Guía de Buenas Prácticas en el sector de las Artes Escénicas
Personal Técnico L os riesgos del sector
En una primera aproximación a los riesgos del sector de las Artes Escénicas, identificamos que las tareas de los trabajadores están centradas en dos contextos operativos diferentes. Por un lado, la actividad profesional está vinculada en la “asistencia a la función”, antes, durante o después de ésta; es decir, a todos aquellos requerimientos técnicos, en el sentido más amplio, que, desde el montaje, puesta en escena y el desmontaje, requieren atención de los profesionales del sector. Los riesgos en este caso son específicos de cada oficio (caracterización, técnicos de iluminación, técnicos de sonido, maquinistas, utileros, regidores) pero algunos son comunes a todos ellos: Tensión y sobre esfuerzos físicos y mentales. Espacio escénico peligroso. Concurrencia de varios técnicos en el mismo espacio. Y durante la representación: actividad con exigencias de movimientos rápidos, precisos, con poca iluminación y en silencio. Por otra parte, debemos situarnos en la “gira” o “bolo” para entender la dimensión del problema. Es en los “bolos“ donde la dificultad de las condiciones de trabajo normales, se acompañan de la provisionalidad debido al traslado de personal, equipos y materiales, de una localización a otra, en un circuito que puede durar días, semanas, meses o, en algunos casos, años, dentro y fuera del país. En las giras, además de los riesgos específicos de cada profesional, se suman algunos de estos otros que son comunes a todos los trabajadores: Periodos de trabajo prolongados y muy intensos. Alteraciones del ritmo de sueño. Alimentación deficiente y/o poco equilibrada. Generalmente, información inicial insuficiente sobre el escenario donde se va a montar la escenografía y demás equipos. En muchos casos, condiciones deficientes de orden y limpieza en el escenario. Desplazamientos, generalmente por carretera, de todo el personal, equipos, vestuarios elementos de la escenografía, etc...
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L a gestión de la prevención
Pero la prevención de riesgos laborales, además de un proceso de evaluación de los riesgos a que está sometido el trabajador y sus condiciones de trabajo, debe soportarse en un sistema de gestión que contemple un conjunto de actividades planificadas, que denominamos “actividades preventivas”, dentro de las que encontramos: Información a los trabajadores sobre los riesgos a que está sometido. Formación en prevención de riesgos laborales. Entrega de equipos de protección individual (EPIs) Vigilancia de la salud. Si el trabajador no ha sido informado por un profesional de la prevención de sus riesgos y si no participa de actividades de formación periódicas, en esta materia, estará sometido a un riesgo laboral por esta carencia, que, además, es una exigencia legal para el empresario. La formación es un pilar de la prevención desde donde se puede transmitir información, integrar destrezas e incorporar actitudes favorecedoras de la salud e higiene laboral. Cuando un riesgo no puede ser controlado en su origen se requiere del empleo de un equipo de protección individual (EPIs). Será obligación del empresario hacer entrega de estos equipos (EPIs) y responsabilidad del trabajador hacer buen uso de ellos. El papel de la vigilancia de la salud es de una gran trascendencia porque tiene como primer objetivo valorar la aptitud o no del trabajador para el desempeño de una determinada función profesional. El control periódico de los trabajadores, desde la perspectiva de la medicina del trabajo, permite diagnosticar enfermedades profesionales con la anticipación suficiente para que no constituyan un grave trastorno en el futuro. Para llevar a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores será inexcusable concertar con un servicio de prevención ajeno esta actividad preventiva.
L a guía de buenas prácticas
La presente guía tiene como objetivo proporcionar al trabajador de las Artes Escénicas vinculados a su actuación en actividades técnicas un conjunto de informaciones y herramientas para implantar la prevención en sus actividades empresariales y mejorar las condiciones de seguridad en las que trabaja. El material se ha estructurado en forma de casos en las que se organiza la información en los siguientes apartados: Riesgo Descripción de la situación de riesgo Medida preventiva Valoración de la buena práctica Observaciones
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La buena práctica se deriva de la medida preventiva asociada al riesgo de cada caso. Cada riesgo descrito constituye una “ficha” o elemento independiente. Las fichas están elaboradas por medio de un trabajo previo de campo y de consulta en diversas fuentes relacionadas con el trabajador del sector del que se derivan las siguientes consideraciones: Los trabajadores de cada área descrita efectúan de forma más frecuente ciertas tareas, por eso, a efectos de esta guía, se han tomado como referencia las tareas comunes que puedan llevarse a cabo. Esta transversalidad en el planteamiento permitirá abarcar a un mayor número de trabajadores aunque la especificidad del sector pueda verse penalizada. No obstante, ha sido inevitable hacer mención de riesgos específicos de determinadas actividades. Al final de esta guía presentamos una breve referencia a la normativa actual. Para cada riesgo, el proceso que se ha seguido ha sido el siguiente: En primer lugar, se ha hecho una descripción del riesgo, en ocasiones con referencia al oficio o tarea en el que más frecuentemente se encuentra identificado. En el apartado de la descripción de la situación de riesgo se han descrito algunos aspectos derivados del riesgo y el contexto en el que éste suele aparecer. La medida preventiva representa la recomendación de buena práctica. El contenido ha sido extraído de la experiencia de cada caso y está apoyada en consejos o consideraciones técnicas. La valoración de la buena práctica se presenta con el objetivo de que se comprenda cuales son los resultados de su aplicación y siempre que se ha podido se ha cuantificado la inversión necesaria aunque estos datos sólo presentan un orden de magnitud que no es posible matizar en este breve documento. Finalmente, se han introducido observaciones de varios tipos, desde referencias normativas hasta datos técnicos que complementan la explicación anterior. La documentación gráfica que acompaña a cada explicación tiene el sentido de facilitar la lectura y favorecer la retención de algunos contenidos que se han valorado como particularmente esenciales o importantes. En definitiva, la aproximación al trabajador de una práctica correcta pretenden incidir en esta idea principal: LA INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LAS ARTES ESCÉNICAS.
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I ndice de riesgos Caídas por resbalones o tropiezos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Uso de escaleras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Trabajar sin cinturón de protección en trabajos en altura . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Trabajos en altura en el escenario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
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Falta de revisión de los mecanismos elevadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 Uso inapropiado de herramientas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 Uso de calzado de trabajo y otros equipos de protección individual sin marcado . . . . 13 Falta de señalización en el centro de trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Riesgo de manipulación de sustancias inflamables . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16 Manipulación de sustancias tóxicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 Uso de productos pirotécnicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 Falta de orden y limpieza . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 Trabajos inapropiados para la mujer embarazada o en periodo de lactancia . . . . . 21 Riesgo “in itinere”. Uso de vehículos para traslado de personal y materiales durante las giras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 Riesgo eléctrico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 Desconocimiento de los planes de emergencia y evacuación . . . . . . . . . . . . . . . . . 25 Incendio en el centro de trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26 No disponer de botiquín en el centro de trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27 Exposición a altos niveles de intensidad acústica en técnicos de sonido . . . . . . . . . 28 Uso de ropa de protección inadecuada frente al frío, el calor y la intemperie . . . . 29 Sobreesfuerzos en montaje y desmontaje de estructuras . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 Uso de maquinaria y herramientas durante el montaje de conjuntos . . . . . . . . . . 32 Trabajo nocturno y a turnos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34 Exceso de cansancio y adormecimiento debidos a malas condiciones termoambientales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 Riesgo de agotamiento y estrés debido a una mala organización del trabajo . . . . 37
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RIESGO
CAÍDAS POR RESBALONES O TROPIEZOS
D escripción de la situación de riesgo
Son numerosos los accidentes que se producen por caídas como consecuencia de un entorno desordenado o sucio, suelos resbaladizos, materiales esparcidos por doquier y acumulación de materiales sobrantes o inservibles.
Medida preventiva
Las buenas prácticas van unidas al trabajo personal de los operarios y el buen estado en el que cada uno mantenga su puesto de trabajo, además de la limpieza general: Revestir el suelo con pavimento antideslizante y sin irregularidades. Marcar y señalar los obstáculos, desniveles, y escalones que no pueden ser eliminados. Retirar los objetos innecesarios. Ordenar las herramientas en cajas y materiales que se están utilizando en el trabajo. Cada cosa en su sitio y un sitio para cada cosa. Mantener los pasos y vías de circulación libres de todo material desechable.
V aloración de la buena práctica
El orden y la limpieza aseguran una mayor productividad que a veces es difícil valorar pero que siempre redunda en un menor riesgo de accidente.
Observaciones
El pavimento puede dar lugar a que se creen condiciones favorables para los resbalones. Algunas características que pueden ser observadas en la elección de pavimentos son la facilidad de limpieza y la resistencia al desgaste y la abrasión. Un aspecto particularmente importante en los espacios públicos son las vías de evacuación libres de objetos que dificulten su uso provocando caídas en situaciones de emergencia.
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RIESGO
USO DE ESCALERAS
D escripción de la situación de riesgo
Las escaleras manuales se han convertido en elementos casi imprescindibles de nuestro entorno laboral. Los trabajos que requieren la ayuda de una escalera son muchos y diversos (trabajos de montaje, desmontaje, etc.) y el número de accidentes que se producen durante su utilización es muy elevado. El riesgo más frecuente, y típico, es el de las caídas que se deben a diversas causas: deslizamiento de la escalera (apoyo precario, suelo en pendiente, viento, etc.); pérdida de equilibrio (resbalones, gestos bruscos originados por el transporte de cargas pesadas o el manejo de herramientas); y rotura de elementos de la escalera (cadena de seguridad, peldaños, etc.). No olvidemos como causa de caídas la subida o bajada de una escalera de espaldas a ella, y los contactos eléctricos cuando se utilizan escaleras metálicas por los técnicos de iluminación. La mayoría de estos accidentes son evitables si se hace un uso adecuado y se mantienen en buen estado de conservación.
Medida preventiva
Asegurar la estabilidad de la escalera antes de usarla. La base deberá quedar sólidamente asentada y no se colocará sobre elementos inestables o móviles como cajas, bidones, etc. Emplear zapatas, abrazaderas o ganchos que aumenten la estabilidad de la escalera en función del tipo de suelo o de la operación que deba realizarse. En superficies muy lisas, se recurrirá a las zapatas antideslizantes y, si el suelo está inclinado, se usarán zapatas ajustables de forma que los travesaños queden en posición horizontal. Colocar la escalera formando un ángulo aproximado de 75 grados con la horizontal: una inclinación más vertical puede favorecer que la escalera bascule hacia atrás. En lugares elevados, los largueros sobrepasarán al menos un metro los puntos superiores de apoyo. Igualmente, hay que inspeccionar los lugares de apoyo para evitar contactos con cables eléctricos, tuberías, etc. Asegurarse, antes de acceder a la escalera, de que tanto los peldaños como el calzado están limpios de grasa o sustancias deslizantes. Ascender, descender y trabajar de frente a la escalera. Si se realizan trabajos a más de 3,5 metros de altura que requieran esfuerzos peligrosos para la estabilidad del trabajador, la ley obliga a utilizar un cinturón de seguridad; sin embargo, es aconsejable que a partir de los dos metros también se use.
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V aloración de la buena práctica
Considerar siempre el trabajo que hay que hacer antes de utilizar una escalera. Cuando haya que acceder con frecuencia a un lugar determinado, es mejor emplear una escala o escalera fija. Para trabajos que precisen esfuerzos y el uso de las dos manos, o que deban realizarse en condiciones climáticas desfavorables (viento, visibilidad reducida, vibraciones, etc.), deben sustituirse las escaleras por andamios, plataformas móviles o plataformas motorizadas. Está prohibida la utilización de escaleras de madera pintadas, por la dificultad que ello supone para la detección de posibles defectos. Está prohibido el transporte y manipulación de cargas, por o desde escaleras, cuando su peso o dimensiones puedan comprometer la seguridad de la persona que trabaja. Poner en una bolsa sujeta a la escalera, o colgada del hombro de la persona que use la escalera, las herramientas o materiales que se necesiten para trabajar. Nunca se deben dejar sobre los peldaños. No se utilizarán por dos o más personas simultáneamente y no se moverá la escalera cuando alguien esté trabajando sobre ella. En las que son de tijera, hay que mantener completamente extendido el tensor de seguridad, no pasar de un lado al otro por la parte superior y tampoco trabajar a “caballo” sobre ella.
Observaciones
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. UNE-EN 131-1:1994. Escaleras.Terminología, tipos y dimensiones funcionales. UNE-EN 131-2: 1994. Escaleras. Requisitos, ensayos y marcado.
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RIESGO
TRABAJAR SIN CINTURÓN DE PROTECCIÓN EN TRABAJOS EN ALTURA
D escripción de la situación de riesgo
Un cinturón de sujeción no es un arnés, es un elemento que rodea el cuerpo y que está constituido por elementos dispuestos y conectados de manera adecuada, unido a un elemento de amarre de sujeción y destinados a sostener al técnico durante su trabajo en altura.
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Las consecuencias de un accidente en trabajos en altura sin las debidas precauciones suelen conducir al fallecimiento del trabajador accidentado, el cinturón es una pieza más de seguridad.
Medida preventiva
A la hora de elegir un cinturón de protección se debe tener en cuenta lo siguiente: Los sistemas de sujeción y posicionamiento deben destinarse para ser utilizados por los trabajadores de líneas u otros que trabajan en postes u otras estructuras similares en posición de sujeción, permitiéndoles tener las manos libres durante su tarea. No deben ser utilizados para detener caídas de altura. Deben poseer protección lumbar. No se considera un sistema anticaídas. Un cinturón puede ser incorporado a un arnés anticaídas, de ser así éste debe cumplir en su conjunto la Norma EN 361 y la Norma 358.
V aloración de la buena práctica Evitar caídas en trabajos en altura no tiene precio.
En la actualidad no existe ningún tipo de formación reglada, ni certificado de profesionalidad, expedido por organismo competente o reconocido. Los trabajadores que realizan trabajos en altura, se deberían formar mediante cursillos teórico-prácticos que suelen tener una duración entre 20 y 40 horas y que están impartidos por escuelas especializadas.
Observaciones
El mantenimiento y el almacenaje de estos equipos deben realizarse de forma escrupulosa pues su deterioro, a veces, puede no ser apreciado. Lo más práctico es seguir detalladamente las RECOMENDACIONES del fabricante. Éstas deberán acompañarse en todos los equipos y deben estar redactadas en el idioma del país donde se comercializa. El cinturón debe llevar como anexo una cinta llamada cabo de vida, que tiene un largo de 1,5 a 2 m y se asegura por medio de un gancho o mosquetón de fácil apertura cuando alguien tiene que trabajar en lo alto de una escalera o en el borde de un techo es recomendable asegurar el extremo de ese cabo al hierro superior de la escalera o a algún sector seguro de la terraza.
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RIESGO
TRABAJOS EN ALTURA EN EL ESCENARIO
D escripción de la situación de riesgo
Se considera trabajo en altura, a todo aquel que se realice por encima de dos metros sobre el suelo o plataforma fija, sobre fosos, cortes o voladizos. El riesgo que se genera es de: Lesiones por caída de altura debidas a: · Desplomes de andamios. · Caídas al vacío por plataformas de trabajo inadecuadas. · Caídas al vacío por no utilizar el cinturón de seguridad. Lesiones a personas que circulan por los alrededores al ser golpeadas por herramientas o materiales caídos del andamio.
Medida preventiva
Bajo ningún concepto debe despreciarse el rango de alturas al que se efectúe la tarea: comience a aplicar criterios de protección aun cuando trabaje sólo a 1 metro de altura. Este tipo de trabajos para realizarlos con total seguridad requieren andamios y protecciones acordes con las normas siguientes: En todo trabajo en altura en ausencia de protección colectiva y con peligro de caída eventual, será obligatorio el uso de cinturón o arnés de seguridad. Las plataformas de trabajo deben estar protegidas del vacío en todo su perímetro libre, por una barandilla que impida la caída de personas y materiales. En todos los trabajos en altura, se acotarán y señalizarán las zonas de paso de los niveles inferiores para evitar daños por posibles caídas de objetos, materiales o herramientas. Los medios de protección contra las caídas deben colocarse correctamente y mantenerse en buen estado, y no deben ser manipulados, modificados, ni mucho menos eliminados. Si por algún motivo alguna vez hubiera que retirar esas protecciones, deberán ser instaladas tan pronto como sea posible. El cinturón de seguridad como equipo de protección individual que es, debe utilizarse cuando el riesgo presente de caída de altura en el puesto de trabajo no se evite con medios de protección colectiva o técnicos.
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V aloración de la buena práctica
El adoptar medidas de protección tanto individuales como colectivas puede evitar lesiones que pueden ser leves, graves y hasta mortales.
Observaciones
Algunas recomendaciones son las siguientes: PARA TRABAJOS VERTICALES: · Únicamente personal entrenado por centros/entidades especializadas, que haya superado los correspondientes cursos de capacitación. · Únicamente se utilizarán equipos certificados como Equipo de Protección Individual. · Equipos en perfectas condiciones, únicamente utilizados para realizar las tareas, no simultaneando su uso con el de actividades deportivas. PARA ANDAMIAJES: · Únicamente se empleará modelos que cumplan normas UNE (especialmente UNE 76502:1990). · Montados exclusivamente por empresas suministradoras con capacidad y cualificación técnica suficiente para instalar los mismos. · Revisados periódicamente por empresas instaladoras. · Personal que efectúe tareas sobre los mismos utilizará también Equipos de Protección Individual.
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RIESGO
FALTA DE REVISIÓN DE LOS MECANISMOS ELEVADORES
D escripción de la situación de riesgo
Un mal funcionamiento de estos elementos puede provocar la caída de objetos pesados con el consiguiente riesgo para la integridad del trabajador. Nos referimos también en este apartado a las plataformas elevadoras denominadas “genie”.
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Medida preventiva
Los elevadores hidráulicos deben ser revisados anualmente. La revisión debe estar a cargo de una empresa especializada o de una O.C.A. Pero además se debe comprobar que tienen instalados un bloqueo automático en todos los sistemas hidráulicos. Y aunque la maquinaria cumpla aparentemente todas las normas de seguridad, se debe establecer la prohibición de situarse debajo de cargas elevadas o suspendidas cuando estas cargas están siendo manipuladas. Finalmente dar la información del uso correcto de los medios de elevación y transporte de cargas a los trabajadores completará el resto de medidas.
V aloración de la buena práctica
Una revisión de estos equipos tiene un coste aproximado de 120 euros al año.
Observaciones
Una declaración de conformidad es el documento con el que el fabricante declara a su máquina o componente conforme a la Normativa Europea, responsabilizándose de la seguridad del producto. La declaración de conformidad acompañará a toda máquina. Sin esta declaración una máquina no puede disponer del marcado . Todo fabricante de máquinas ha de colocar el marcado en toda máquina nueva (fabricada después del 1 de enero de 1995) que vaya a poner en servicio en la Comunidad Europea, acompañándola de la declaración de conformidad y del manual de instrucciones. Cada máquina llevará, de forma clara, visible e indeleble, como mínimo las indicaciones siguientes: Nombre y dirección del fabricante. Marcado . Designación de la serie o del modelo. Número de serie, si existiera. Año de fabricación. Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
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RIESGO
USO INAPROPIADO DE HERRAMIENTAS
D escripción de la situación de riesgo
Este uso inapropiado (por ejemplo, un soldador como martillo), lleva a su empleo para funciones distintas de aquellas a las que están destinadas provocando su deterioro y riesgos para el trabajador.
Medida preventiva
Las buenas prácticas se basan en la formación e información sobre el correcto uso, mantenimiento y guarda de las herramientas: Utilizar útiles de buena calidad, correctamente diseñados, que tengan la dureza apropiada y los mangos o asas bien fijados. No usar las herramientas para trabajos distintos a los que están destinadas, ni sobrepasar las prestaciones para las que técnicamente han sido concebidas. Verificar el buen estado de conservación de las herramientas antes de usarlas y retirarlas para reparación o sustitución si presentan anomalías. Transportar las herramientas de forma segura y con los filos protegidos. Guardar las herramientas ordenadas, limpias y en un lugar seguro. El desorden dificulta la selección del utensilio preciso.
V aloración de la buena práctica
La existencia de procedimientos de trabajo escritos y accesibles en cada puesto de trabajo, genera pautas de conducta que permiten limitar los accidentes.
Observaciones
Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre. Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por parte de los trabajadores en el trabajo de los EPI. Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
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RIESGO
USO DE CALZADO DE TRABAJO Y OTROS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL SIN MARCADO
D escripción de la situación de riesgo
El uso de un calzado inadecuado es frecuente en muchas actividades dando como consecuencia caídas en suelos resbaladizos, lesiones en los pies por caída de objetos, etc. La adecuación de los equipos de protección individuales (EPI) implica el estudio de necesidades y en muchas ocasiones contemplar varios modelos de un mismo equipo para circunstancias diferentes, pero es el marcado de estos equipos de protección, como pueden ser el calzado, guantes, etc., lo que garantizará una adecuación al uso para el que se requiere.
Medida preventiva
Las condiciones para la comercialización y las exigencias esenciales de salud y seguridad de los EPI están establecidas en el Real Decreto 1407/1992 de 20 de noviembre (transposición de la Directiva 89/686/CEE, de 21 de diciembre). Con la colocación del marcado el fabricante declara que el EPI se ajusta a las disposiciones indicadas en el citado Real Decreto. Aparte del obligatorio marcado " " conforme a lo dispuesto en los Reales Decretos 1407/1992 y 159/1995 y OM del 20 de febrero de 1997, el calzado debe ir marcado con los siguientes elementos: Según lo exigido en las normas UNE-EN 345, 346 y 347. Se deben incluir marcas relativas a los siguientes elementos: · Talla. · Marca o identificación del fabricante. · Nombre o referencia del modelo. · Fecha de fabricación (al menos trimestre y año). · Número de la norma armonizada aplicada para la evaluación de su conformidad con las exigencias esenciales de salud y seguridad. Según lo establecido en las normas UNE-EN 344, 345, 346 y 347, en sus diferentes partes y revisiones: Se estamparán diferentes marcas, según los rendimientos ofrecidos por el calzado en su tarea protectora frente a los diferentes riesgos. En cualquier caso, una explicación de las marcas, detallada y clara, debe estar incluida en el folleto informativo de obligado suministro por parte del fabricante.
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V aloración de la buena práctica
Entre los resultados que se pueden esperar queremos señalar: Evitar caídas en suelos resbaladizos Proteger al trabajador de la intemperie Evitar las consecuencias de los golpes en los pies
Observaciones
Como ejemplo de calzado de seguridad tenemos: Características: Bota de seguridad. Corte de cuero. Cierre de cordones. Collarín y lengüeta acolchados. Forro de tejido Cambrelle. Piel hidrofugada. Gran resistencia al agua. Piso antiestático, antideslizante y con gran resistencia a hidrocarburos. Puntera + plantilla de acero. Indicador de nivel de protección: S3 Normas: EN – 344 y EN – 345
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RIESGO
FALTA DE SEÑALIZACIÓN EN EL CENTRO DE TRABAJO
D escripción de la situación de riesgo
Una deficiente señalización impide identificar los elementos de extinción de incendios y llevar a cabo una evacuación correcta y fluida en caso de que esto fuese necesario. Sobre todo a las personas ajenas al centro, que puedan estar presentes en el momento de una emergencia, la falta de señalización les dificultará cualquier respuesta eficaz a la situación.
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Medida preventiva
Se deben instalar señales en los centros de trabajo, al menos, de los siguientes elementos: Situación de medios de extinción. Botiquín. Cuadro eléctrico. Vías de evacuación y salidas.
V aloración de la buena práctica
La instalación de 10 señales como las anteriores tiene un coste aproximado de 25 euros en tamaño DIN A-4 en materiales de poliéster y serán suficientes para un centro de trabajo con superficies de hasta 100 metros cuadrados.
Observaciones
En el caso de estar utilizando espacios de otras empresas como instalaciones alquiladas, se debe exigir los mismos niveles de protección que cuando las instalaciones son propias. El Real Decreto 485/1997 de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo contempla todos los aspectos relacionados con esta materia y entre otros señala las disposiciones mínimas relativas a diversas señalizaciones, como:
Riesgos, prohibiciones y obligaciones Riesgos de caídas, choques y golpes Vías de circulación Tuberías, recipientes y áreas de almacenamiento de sustancias y preparados peligrosos Equipos de protección contra incendios Medios y equipos de salvamento y socorro Situaciones de emergencia Maniobras peligrosas
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RIESGO
RIESGO DE MANIPULACIÓN DE SUSTANCIAS INFLAMABLES
D escripción de la situación de riesgo
Éstos pueden abarcar desde líquidos para limpieza, pinturas y gasolina, hasta líquidos más volátiles y peligrosos.
Medida preventiva
La mayoría de la siniestralidad con sustancias químicas se presenta en su manipulación, especialmente en las operaciones de trasvase. Esta operación debería efectuarse en instalaciones fijas, en lugares bien ventilados, preferentemente con extracción localizada y bajo control de derrames, evitando el vertido libre. Con este tipo de productos deben así mismo adoptarse medidas preventivas ante las descargas electrostáticas. Los derrames deben eliminarse con medios adecuados como absorbentes. Se deben controlar los posibles focos de ignición cercanos: enchufes, superficies calientes, canalizaciones eléctricas defectuosas, etc.
V aloración de la buena práctica
Disponer de bayetas absorbentes para recogida de derrames tiene un coste entre 3 € y 25 €.
Observaciones
Consideramos un líquido inflamable la sustancia cuyo vapor arde con extraordinaria facilidad al mezclarse con el aire, bastando para ello una pequeña aportación de calor. El punto de inflamación (P.I.) del producto en cuestión es el parámetro determinante de esta peligrosidad, el cual se define como la temperatura mínima a la cual se desprende suficiente vapor como para que se produzca la inflamación. Con arreglo a ello, los productos se dividen en: Muy inflamables: su P. I. es inferior a 21º C Inflamables, su P. I. está entre 21º y 55º C y Combustibles, cuando su P. I. es superior a 55º C.
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Los envases contenedores de sustancias peligrosas deben ir etiquetados por el fabricante o proveedor. El almacenamiento de líquidos inflamables se debe llevar a cabo en armarios protegidos y se considerarán como tales aquellos que tengan, como mínimo una resistencia al fuego RF-15, conforme a la norma UNE 23.802.
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RIESGO
MANIPULACIÓN DE SUSTANCIAS TÓXICAS
D escripción de la situación de riesgo
La utilización de sustancias químicas en utilería como son los barnices, disolventes, pegamentos, etc. entraña un grave riesgo para los trabajadores puestos que son productos de una gran toxicidad.
Medida preventiva
Utilizar sustancias que tienen las mismas propiedades pero son menos peligrosas. Exigir al fabricante las fichas y etiquetas de datos de seguridad de los productos. Establecer métodos de utilización segura de los productos (higiene, limpieza y eliminación). Evitar el contacto de sustancias con la piel, utilizando mezcladores, paletas o guantes adecuados. Preparar los productos de acuerdo con las instrucciones del fabricante, sin realizar mezclas que no sean las indicadas expresamente. Utilizar equipos de protección individual con el marcado , según las prescripciones de uso de éstos. Almacenar los productos en lugares apropiados, manteniendo los recipientes cerrados. Instalar sistemas de extracción de aire.
V aloración de la buena práctica
Establecer medidas higiénicas como norma habitual de trabajo tales como no comer ni fumar en el lugar de trabajo y utilizar ropa de trabajo, sobre todo cuando se están manipulando sustancias tóxicas.
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Observaciones
¿Cómo penetran en el organismo las sustancias tóxicas? Por inhalación:Es la vía más importante. El vapor de las sustancias en el aire es respirado y pasa fácilmente a través de los pulmones hasta entrar en la sangre. Contacto con la piel: Muchas sustancias, como los disolventes, pasan directamente a través de la piel y entran en el torrente sanguíneo. Ingestión: Estas sustancias tóxicas pueden ser ingeridas a través de la boca por contacto con las manos (bebidas, alimentos y cigarrillos contaminados).
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RIESGO
USO DE PRODUCTOS PIROTÉCNICOS
D escripción de la situación de riesgo
El trabajo con sustancias químicas explosivas, como son los productos pirotécnicos, entrañan grave peligro causando lesiones y quemaduras de diversa consideración y pudiendo causar un incendio en el lugar de trabajo.
Medida preventiva
Utilizar siempre que sea posible, sustancias que tienen las mismas propiedades pero sean menos peligrosas. Exigir al fabricante las fichas y etiquetas de datos de seguridad de los productos. Establecer métodos de utilización segura de los productos. Preparar los productos de acuerdo con las instrucciones del fabricante, sin realizar mezclas que no sean las indicadas expresamente. Utilizar equipos de protección individual con el marcado , según las prescripciones de uso de éstos. Almacenar los productos en lugares apropiados, debidamente alejados de cualquier fuente de calor y guardados en lugares cerrados con llave.
V aloración de la buena práctica
Los productos explosivos se definen como sustancias y preparados que puedan explosionar bajo el efecto de una llama o que son más sensibles a los choques o a la fricción que el dinitrobenceno. No fumar durante la manipulación de estos productos puede salvar su vida y la de otros.
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Observaciones
Mención de algunos riesgos específicos de las sustancias explosivas serían: Frases R: R1: explosivo en estado seco R2: riesgo de explosión por choque, fricción, fuego, u otras fuentes de ignición R5: peligro de explosión en caso de calentamiento R6: peligro de explosión, lo mismo en contacto que sin contacto con el aire R7: puede provocar incendios R8: peligro de fuego en contacto con materias combustibles R9: peligro de explosión al mezclar con materias combustibles Algunos consejos de prudencia relativos a estos productos: Frases S: S1: consérvese bajo llave S2: manténgase fuera del alcance de los niños S15: protéjase del calor S16: protéjase de fuentes de ignición. No fumar S17: manténgase lejos de materiales combustibles S21: no fumar durante su utilización
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RIESGO
FALTA DE ORDEN Y LIMPIEZA
D escripción de la situación de riesgo
En cualquier actividad laboral, para conseguir un grado de seguridad aceptable, tiene especial importancia mantener el orden y la limpieza. Son numerosos los accidentes que se producen por golpes y caídas como consecuencia de un ambiente desordenado o sucio, suelos resbaladizos, materiales colocados fuera de su lugar y acumulación de material sobrante o inservible. Esto constituye, a su vez, cuando se trata de productos combustibles o inflamables, un factor importante de riesgo de incendio que pone en peligro los bienes patrimoniales de la empresa e incluso la vida de los ocupantes si los materiales dificultan y/o obstruyen las vías de evacuación.
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Medida preventiva
Algunas normas de orden y limpieza son las siguientes: Elimina lo innecesario y clasifica lo útil · Elimina lo inútil · Clasifica los materiales según su utilidad · Coloca los restos de productos inflamables en los bidones metálicos con tapa Acondiciona los medios para guardar y localizar el material fácilmente · Coloca las herramientas de trabajo en el lugar indicado · No dejes las herramientas en lugares de tránsito o donde puedan caerse Evita ensuciar y limpiar después · Limpia inmediatamente cualquier derrame que se produzca · Elimina diariamente los residuos que generes Favorece el orden y la limpieza · No apiles materiales en las zonas de paso Y además, mantén limpio los espacios comunes como vestuarios, armarios, duchas, etc.
V aloración de la buena práctica
El orden y la limpieza aseguran una mayor productividad que a veces es difícil valorar pero que siempre redunda en un menor riesgo de accidente.
Observaciones
Clasificar y reciclar materiales y residuos es parte de la estrategia de orden y limpieza y entre las principales recomendaciones podemos considerar las siguientes: Separar los elementos que son necesarios para el trabajo de los que no lo son. Mantener los elementos necesarios para el trabajo en el lugar conveniente y en número adecuado. Disponer de distintos tipos de contenedores para los distintos tipos variados de residuos, de esta manera pueden ser reciclados. Real Decreto 486/1997 de 14 de abril por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
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RIESGO
TRABAJOS INAPROPIADOS PARA LA MUJER EMBARAZADA O EN PERIODO DE LACTANCIA
D escripción de la situación de riesgo
La mujer embarazada sufre una serie de cambios fisiológicos y se ve afectada por una serie de estresores físicos y mentales. Las consecuencias negativas de estos estresores varían en función del trabajo que realice, de la constitución, la resistencia y la adaptación que tenga cada trabajadora. En general, las causas que están implicadas en la aparición de estos tipos de consecuencias son bastantes similares y suelen ser la realización de esfuerzos, la adopción de posturas forzadas, los escasos tiempos de descanso, la repetición de un determinado esfuerzo, la utilización de productos tóxicos y el trabajo nocturno. Los efectos de una sobrecarga de trabajo en la mujer embarazada pueden agruparse en tres grandes bloques: patología osteomuscular, patología vascular y estrés.
Medida preventiva
Cuando se llega a la situación de embarazo debemos tenerlo en cuenta y hacerlo saber a nuestro entorno laboral. Durante el embarazo y la lactancia hay más dificultad en realizar determinadas actividades que se desarrollan, de forma habitual, tanto en el mundo laboral como en casa por lo que habrá que restringirlas, controlarlas o eliminarlas y entre las que se encuentran las siguientes: Subir escaleras. Alcanzar objetos situados en estanterías altas. Trabajar sentado. Coger cosas del suelo. Permanecer de pie. Manejar pesos. Utilización de productos tóxicos. Trabajo nocturno.
V aloración de la buena práctica
El conocimiento de la situación de embarazo puede evitar daños irreversibles para el futuro niño y para la madre. Un daño en esa etapa temprana del desarrollo puede lastrar de manera permanente a la futura persona.
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Observaciones
La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), obliga al empresario a la evaluación de los riesgos para la reproducción en el conjunto de sus fases: antes de la fecundación y durante el embarazo y la lactancia. El art. 26, “Protección de la maternidad”, señala que la evaluación de riesgos deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente, así como en el período de lactancia, a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras, el feto o el recién nacido o nacida. La Directiva 92/85/CEE trata de este tema y la puedes consultar si tienes interés en su contenido.
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RIESGO
“IN ITINERE”: USO DE VEHÍCULOS PARA TRASLADO DE PERSONAL Y MATERIALES DURANTE LAS GIRAS
D escripción de la situación de riesgo
En carretera los riesgos son muchos y cambiantes por diferentes motivos: meteorología, estado del vehículo, estado general del conductor, etc. En la conducción de vehículos uno de los riesgos más importantes es la fatiga que irá apareciendo a lo largo de la jornada laboral, y que se manifiesta en fatiga visual, auditiva, trastornos del sueño y desorientación espacial, entre otros.
Medida preventiva
Las buenas prácticas nos indican que lo más aconsejable para prevenir la aparición de la fatiga será: Evitar los tiempos de servicio prolongados, respetando los periodos de descanso. Planificar adecuadamente los trayectos, recogiendo los puntos de descanso, y asignando las horas de conducción adecuadas a cada miembro del equipo de conductores. Respetar los periodos de sueños y reposo, tratando de dormir durante la noche y en las condiciones más confortables posibles.
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V aloración de la buena práctica
El tiempo máximo de conducción ininterrumpido no podrá sobrepasar las cuatro horas, salvo que la conducción durante media hora más permita llegar al punto de destino o de estacionamiento adecuado. Si la conducción debe prolongarse durante más de cuatro horas, se procederá a un descanso ininterrumpido de 30 minutos que puede ser sustituido por dos de 20 minutos o 3 de 15 minutos distribuidos a lo largo del recorrido. El tiempo máximo de conducción efectivo entre dos periodos de descanso no excederá de 9 horas diarias, ni de 48 horas semanales. El tiempo mínimo de descanso ininterrumpido es de 10 horas consecutivas cada 24 horas contadas desde que se inicia el tiempo de conducción. Se reducirá a 8 horas si se realiza en ruta.
Observaciones
La observancia de ciertas normas de conducta personal resultan de suma importancia para realizar desplazamientos seguros, tales como: Está contraindicado el consumo de fármacos, medicamentos y otras sustancias que pueden provocar somnolencia y falta de reflejos, como son los antidepresivos, tranquilizantes, somníferos, antihistamínicos, analgésicos, estimulantes, etc. Llevar una alimentación adecuada, es aconsejable una dieta ligera pobre en grasas y rica en frutas, verduras y leche, con el aporte necesario de carnes, pescado y legumbres. Por último sería de estricto cumplimiento el no consumir alcohol durante la jornada laboral.
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RIESGO
RIESGO ELÉCTRICO
D escripción de la situación de riesgo
El cuerpo humano es un buen conductor de la electricidad y el trabajo con ella unido a las malas prácticas, descuidos, o el no observar las precauciones debidas, puede ocasionar quemaduras o lesiones mayores en los trabajadores.
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Medida preventiva
Antes de empezar a trabajar, realizar un control visual para detectar defectos reconocibles. Observar si existe puesta a tierra de las masas en combinación con interruptores diferenciales de sensibilidad adecuada. Alejar y aislar las partes activas de la instalación para evitar contactos directos. Llevar a cabo un examen periódico de las instalaciones eléctricas y del material eléctrico por personal especializado. Evitar el uso de alargadores que interrumpan la línea de tierra. Comprobar diariamente el estado de cables, enchufes y aparatos eléctricos. No utilizar aparatos en mal estado hasta su reparación. No utilizar aparatos eléctricos con manos húmedas o mojadas. Situar los cables de manera que no puedan ser aplastados, dañados o sometidos a tracción. Instalar el número suficiente de tomas de corriente en cada zona. Evitar limpiar con líquidos un equipo conectado a la corriente eléctrica.
V aloración de la buena práctica
La electricidad puede causar lesiones de gravedad variable, desde un leve cosquilleo inocuo hasta la muerte por paro cardiaco, asfixias o graves quemaduras. Los equipos eléctricos, enchufes y cables pueden sobrecalentarse, constituyendo un peligro de incendio y las chispas eléctricas pueden ser fuente de ignición en atmósferas inflamables.
Observaciones
Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre. Real Decreto 486/1997 de 14 de abril por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Real Decreto 842/2002 de 2 de agosto. Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los EPI.
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RIESGO
DESCONOCIMIENTO DE LOS PLANES DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN
D escripción de la situación de riesgo El desconocimiento por parte de los trabajadores de los planes de emergencia y evacuación establecidos puede ocasionar consecuencias graves para ellos y las instalaciones, sobre todo ante situaciones de asistencia médica de urgencia e incendios, circunstancias en las que las medidas establecidas de salvamento y evacuación del personal no garantizarían la rapidez y eficacia que requieren estas situaciones.
Medida preventiva
Designación del personal encargado de poner en práctica estas medidas. Estas personas deberán poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, para cumplir correctamente con las medidas propuestas. Comprobar periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento.
V aloración de la buena práctica
Conocer cuál es la actuación adecuada en caso de emergencia y evacuación del edificio, en caso de que se produjera una situación que requiera esta medida como necesaria, puede salvar su vida y la de muchos otros que trabajan con usted. Participe en los simulacros de incendios y evacuación de manera seria y responsable. Su vida lo merece.
Observaciones
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Orden de 29 de noviembre de 1984 del Ministerio del Interior. Protección Civil. “Manual de Autoprotección. Guía para el desarrollo del plan de emergencia contra incendios y de evacuación de locales y edificios”.
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RIESGO
INCENDIO EN EL CENTRO DE TRABAJO
D escripción de la situación de riesgo
Las consecuencias de un incendio son imprevisibles pero siempre catastróficas por eso la presencia de medios de extinción y el conocimiento de su uso son imprescindibles y nunca será suficiente insistir en esta práctica.
Medida preventiva
Descolgar el extintor, asiéndolo por la maneta o asa fija y dejarlo sobre el suelo en posición vertical. Asir la boquilla de la manguera del extintor y comprobar, en caso de que exista, que la válvula o disco de seguridad está en una posición sin riesgo para el usuario. Sacar el pasador de seguridad tirando de su anilla. Presionar la palanca de la cabeza del extintor y, en caso de que exista, apretar la palanca de la boquilla realizando una pequeña descarga de comprobación. Dirigir el chorro a la base de las llamas con movimiento de barrido. En caso de incendio de líquidos, proyectar superficialmente el agente extintor efectuando un barrido evitando que la propia presión de impulsión provoque derrame del líquido incendiado. Aproximarse lentamente al fuego hasta un máximo de un metro.
V aloración de la buena práctica
El fuego es el elemento físico cercano al puesto de trabajo más devastador su control debe ser previsto. Los daños derivados de un incendio pueden llegar a ser irreparables pero el mantenimiento de un extintor convencional tiene un coste anual entre 180 € y 300 €
Observaciones
Los incendios se clasifican en tres clases, según el tipo de elementos combustibles y de acuerdo a esto se elige el tipo de agente extintor: Clase "A": Sólidos. Son generalmente de naturaleza orgánica, y tal que la combustión se produce dejando rescoldos. Clase "B": Líquidos. Son sustancias líquidas o sólidos licuables.
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Clase "C": Eléctricos.Tableros, cableado y equipos eléctricos. Clase "D": Metales. Son aquellos que afectan a metales combustibles (magnesio, titanio, sodio, circonio, litio, potasio). Clase "E": En algunos países se clasifica como "E" a los incendios que involucran gases.
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RIESGO
NO DISPONER DE BOTIQUÍN EN EL CENTRO DE TRABAJO
D escripción de la situación de riesgo
Si el centro de trabajo no dispone de un botiquín, cualquier accidente leve que pueda producirse en el lugar de trabajo no podrá ser atendido con la celeridad que requiera dicha situación.
Medida preventiva
Todo centro de trabajo debe estar dotado de un botiquín portátil con material para primeros auxilios, que suelen suministrar las mutuas y que contiene, al menos, lo siguiente: desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. El material de primeros auxilios se revisará periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado. El material y locales de primeros auxilios deberán estar claramente señalizados. Habrá de existir al menos una persona en cada centro que conozca la situación y contenido exacto del botiquín. Los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores deberán disponer de un local destinado a los primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias. El contenido del botiquín será el suficiente y adecuado para atender de manera inmediata las pequeñas lesiones o dolencias leves que pueden producirse en el centro de trabajo.
V aloración de la buena práctica
Se considera herida leve la que afecta sólo a la capa más externa de la piel, en la que no hay ningún factor específico de gravedad y que, normalmente, no hace más de seis horas que se ha producido. El tratamiento en estas heridas va dirigido a prevenir una infección, para ello se seguirán los siguientes pasos:
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Evitar la contaminación Desinfectar la herida Vendar la herida Prevenir la infección aplicando una vacuna antitetánica
Observaciones
Que no debe hacerse ante una herida leve: No debe utilizarse algodón, ya que puede dejar restos de filamentos en el interior de la herida, favorecer la infección y retrasar la cicatrización. Tampoco hay que manipular la herida ni quitar cuerpos extraños enclavados en la misma. No deben usarse antisépticos de color ni polvos, cremas o pomadas.
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RIESGO
RUIDO. EXPOSICIÓN A ALTOS NIVELES DE PRESIÓN ACÚSTICA EN TÉCNICOS DE SONIDO
D escripción de la situación de riesgo
La exposición al ruido por encima de un determinado nivel puede provocar daños inmediatos. Sin embargo una exposición regular a un nivel de ruido considerable puede originar problemas a largo plazo por la acumulación de efectos. El manejo de los equipos de sonorización y la amplificación del sonido en un espacio teatral de forma constante, puede generar pérdidas de audición, hipoacusia, disminución de respuestas a otros tipos de señales, etc.
Medida preventiva
En general, hay que evitar los ruidos innecesarios; si esto no es posible, se debe evaluar el nivel de ruido que se produce en el entorno laboral durante el tiempo de trabajo (tiempo de exposición). La legislación española obliga a implantar medidas preventivas si se superan los 80 dB (A) de nivel diario equivalente y 140 dB pico. Si el ruido supera los 80 dB (A) de nivel diario equivalente, se debe informar y formar al trabajador sobre los riesgos relacionados con la exposición al ruido y sobre el modo de prevenirlos (métodos
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de trabajo, protecciones, etc.), hacer un reconocimiento inicial de la función auditiva y controles periódicos, informar sobre los resultados, así como proporcionar protectores auditivos a quienes los soliciten. Si el ruido supera los 85 dB (A) de nivel diario equivalente, se debe realizar, además de las medidas del punto 2, un control periódico de la función auditiva, cada tres años, y suministrar protectores auditivos a los trabajadores. Si el ruido supera los 90 dB (A) de nivel diario equivalente y 140 dB pico, además de las medidas de los puntos 2 y 3, se deben buscar las causas por las que se superan estos límites, implantar medidas técnicas para disminuir la propagación del ruido, realizar controles anuales de la función auditiva y restringir el acceso a los puestos de trabajo afectados; todos los trabajadores deben utilizar protectores auditivos.
Observaciones
Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición al ruido durante el trabajo. Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, que dicta las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas, modificado por Real Decreto 56/1995, de 20 de enero.
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RIESGO
USO DE ROPA DE PROTECCIÓN INADECUADA FRENTE AL FRÍO, EL CALOR Y LA INTEMPERIE
D escripción de la situación de riesgo
Es frecuente que sean las condiciones de trabajo en condiciones ambientales extremas de frío y de calor las que constituyan un factor de riesgo. La protección frente a esto puede ser colectiva, pero en muchos casos es inviable y es cuando se hace necesario el uso de ropa adaptada a estas condiciones. El obviar esto provoca lesiones que acaban en muchas ocasiones en enfermedades de la piel o del aparato respiratorio e incluso constituye un estresor que provoca situaciones de riesgo en el trabajador que no se adapta.
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Medida preventiva
Los materiales constituyentes de este tipo de ropa habitualmente consisten en textiles naturales o sintéticos recubiertos de una capa de material impermeable (PVC o poliuretanos) o bien sometidos a algún tratamiento para lograr una protección específica. Las características de este tipo de ropa vienen reguladas por la norma EN 11079.
V aloración de la buena práctica
Entre los resultados que se pueden esperar señalamos: Proteger al trabajador de la intemperie. Realizar descansos periódicamente. Mantenerse hidratado de forma constante. Evitar problemas respiratorios. Mejorar las condiciones de trabajo.
Observaciones
Algunas recomendaciones de interés, a la hora de desarrollar el proceso de selección, son: A la hora de elegir prendas de protección se buscará una solución de compromiso entre la protección ofrecida y la comodidad y libertad de movimientos. Por tanto, las prendas de protección se deberán adquirir, en particular, en función del tipo y la gravedad de los riesgos presentes, así como de las solicitaciones a que van a estar sometidas, de las indicaciones del fabricante (folleto informativo), del rendimiento del equipo (p. ej. clases de protección, ámbitos de uso específicos) y de las necesidades ergonómicas y fisiológicas del usuario. Al elegir la ropa de protección, es conveniente tener en cuenta el folleto informativo del fabricante referenciado en los Reales Decretos 1407/1992 y 159/1995. Este folleto informativo debe contener todos los datos útiles referentes a: almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, desinfección, clases de protección, fecha o plazo de caducidad, explicación de las marcas, etc. Antes de comprar una prenda de protección, esta debería probarse en el lugar de trabajo. Cuando se compre una prenda de protección, deberá solicitarse al fabricante o al proveedor un número suficiente de folletos informativos en la(s) lengua(s) oficial(es) del Estado miembro. En caso de que algunos trabajadores no comprendan esta(s) lengua(s), el empresario deberá poner a su disposición la información necesaria presentada de modo que les resulte comprensible.
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RIESGO
SOBREESFUERZOS EN MONTAJE Y DESMONTAJE DE ESTRUCTURAS
D escripción de la situación de riesgo
El trabajo que exige movimientos repetitivos, rápidos o forzados, o que requiere mantener una postura fija durante períodos largos puede provocar alteraciones músculo-esqueléticas. La manipulación y el transporte de cargas constituyen un problema específico que puede provocar molestias o lesiones, sobre todo en la espalda, siendo un factor importante de sobrecarga muscular.
Medida preventiva
Para evitar la sobrecarga en el trabajo se tendrán en cuenta las características personales del individuo (sexo, edad, peso, etc.) que va a desarrollar dicho trabajo y además: Es muy importante formar al personal en las técnicas de manipulación de cargas. Las técnicas de levantamiento, tienen como principio básico mantener la espalda recta y hacer el esfuerzo con las piernas. No se deben manejar cargas pesadas de forma individual. Como norma general, se ha comprobado que mover pesos por encima de, aproximadamente, 10 Kg., en las condiciones de trabajo del comercio, no son aconsejables para personas con una constitución normal y nunca para menores.
V aloración de la buena práctica
Estos hábitos de conducta profesional se adquieren, sobre todo, a través de la sensibilización del trabajador, por eso, las campañas, cursos, y otras actividades que se encaminen a favorecer la cultura preventiva del trabajador deben ser aprovechadas. El tiempo medio de una baja por lumbalgia puede estar entorno a 10 días.
Observaciones
En el Convenio OIT nº127 (1967) relativa al peso máximo de la carga que puede ser transportada por un trabajador se recogen, entre otros, estos acuerdos: Artículo 3: No se deberá exigir ni permitir a un trabajador el transporte manual de carga cuyo peso pueda comprometer su salud o su seguridad.
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Artículo 6: Para limitar o facilitar el transporte manual de carga se deberán utilizar, en la máxima medida que sea posible, medios técnicos apropiados. Artículo 7: · El empleo de mujeres y jóvenes trabajadores en el transporte manual de carga que no sea ligera será limitado. · Cuando se emplee a mujeres y jóvenes trabajadores en el transporte manual de carga, el peso máximo de esta carga deberá ser considerablemente inferior al que se admita para trabajadores adultos de sexo masculino.
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RIESGO
USO DE MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS DURANTE EL MONTAJE DE CONJUNTOS
D escripción de la situación de riesgo
En el montaje de conjuntos a medida (estanterías, stands, decoración, etc.) el uso de maquinaria para la madera y el metal, como son las sierras circulares y herramientas de carpintería son utilizadas por los trabajadores de forma habitual, por lo que las condiciones en las que estas herramientas se encuentren deberán ser óptimas para evitar así posibles cortes. Igualmente durante el montaje de conjuntos los trabajadores suelen manipular objetos grandes y se realiza empuje de cargas. El peso parcial de cada pieza es asumible por cualquier trabajador. Por ejemplo, un lateral en madera de pino de una estantería de 220 x 40 x 3 cm. pesa, aproximadamente, 21 Kg. pero esta misma pieza unida a otras que forme una estructura puede hacer que el peso resultante se multiplique por tres o más y esto ya no es manejable por una sola persona. La manipulación de este tipo de elementos sin los conocimientos apropiados y la debida protección provocan en poco tiempo lesiones en la columna.
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Medida preventiva
Para evitar los efectos nocivos sobre el trabajador por sobre esfuerzos se deben seguir los consejos siguientes cuando se manipulen cargas pesadas: Solicitar la ayuda de otro u otros compañeros cuando la carga a mover sea superior a la capacidad física del trabajador. Planificar el levantamiento. Separar los pies para proporcionar una postura estable y equilibrada para el levantamiento, colocando un pie más adelantado que el otro en la dirección del movimiento. Doblar las piernas manteniendo en todo momento la espalda derecha. Mantener el mentón metido. No flexionar demasiado las rodillas. No girar el tronco ni adoptar posturas forzadas. Sujetar firmemente la carga empleando ambas manos. Es muy importante el tipo de agarre de la carga, es fundamental que sea seguro (para evitar que resbale). Cuando sea necesario cambiar el agarre, hacerlo suavemente o apoyando la carga. Levantarse suavemente, por extensión de las piernas, manteniendo la espalda derecha. No dar tirones a la carga ni moverla de formar. Procurar no efectuar nunca giros, es preferible mover los pies para colocarse en la posición adecuada. Mantener la carga pegada al cuerpo durante todo el levantamiento. Si el levantamiento es desde el suelo hasta una altura importante, por ejemplo la altura de los hombros o más, apoyar la carga a medio camino para poder cambiar el agarre. Depositar la carga y después ajustarla si es necesario. Realizar levantamientos espaciados en el tiempo (no llevarla de un tirón, sino descansar, volver a cogerla, seguir...).
V aloración de la buena práctica
Las lesiones de columna están siendo identificadas como las más frecuentes en los trabajadores de este sector. Manipular cargas correctamente evita este tipo de lesiones que, a veces llevan a incapacitar al trabajador.
Observaciones
De acuerdo a lo que establece el REAL DECRETO 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores, constituyen factores individuales de riesgo los siguientes: la la la la
falta de aptitud física para realizar las tareas en cuestión; inadecuación de las ropas, el calzado u otros efectos personales que lleve el trabajador; insuficiencia o inadaptación de los conocimientos o de la formación; existencia previa de patología dorso lumbar.
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RIESGO
RIESGO DE TRABAJO NOCTURNO Y A TURNOS
D escripción de la situación de riesgo
El tiempo de trabajo es uno de los aspectos de las condiciones de trabajo que tiene una repercusión más directa sobre la vida diaria pudiendo afectar no sólo a la calidad de vida en el trabajo, sino a la vida extralaboral. El montaje, desmontaje, las representaciones y giras son ejemplos claros del trabajo nocturno. Las alteraciones más frecuentes que pueden darse en estos tipos de trabajo son: Digestión laboriosa e imperfecta (dispepsia). Gastritis. Colitis. Pirosis (ardor de estómago). Digestiones pesadas. Flatulencia. Úlcera de estómago. Aumento de peso/obesidad por modificaciones cualitativas de los alimentos (más grasas, bocadillos, alcohol, etc.) y cuantitativas (exceso de lípidos y falta de glúcidos/hidratos de carbono) cuando el ritmo metabólico es más bajo. Falta de relaciones sociales y familiares.
Medida preventiva
Se debería comer diariamente dos raciones del grupo de la carne (carne, pescado, huevos, leguminosas, frutos secos, etc.), dos raciones del grupo de la leche y derivados, cuatro del grupo de las hortalizas y frutas y cuatro del grupo del pan y los cereales. Tener en cuenta que la inadaptación se detecta en los primeros meses, con lo que deberá hacerse un seguimiento de estos trabajadores durante el primer año a fin de prevenir la aparición de síntomas de no adaptación. Evitar la realización de trabajos a turnos y nocturnos en menores de 25 años y mayores de 50. Disponer de tiempo suficiente para que los trabajadores tomen al menos, una comida caliente durante el turno de trabajo. Introducir pausas breves que permitan mejorar el estado funcional del organismo, es especial durante el trabajo nocturno. Después de dos o tres turnos de noche consecutivos dar al menos una jornada completa de descanso.
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V aloración de la buena práctica
Una organización del trabajo nocturno correcta que contemple las medidas propuestas contribuye al equilibrio e integración del trabajador.
Observaciones
El tiempo de trabajo es uno de los aspectos de las condiciones de trabajo que tiene una repercusión más directa sobre la vida diaria, ya que su distribución puede afectar no sólo a la calidad de vida en el trabajo sino a la vida extralaboral. Se habla de trabajo a turnos cuando el trabajo es desarrollado por distintos grupos sucesivos, cumpliendo cada uno de ellos una jornada laboral de manera que se abarca un total de entre 16 y 24 horas de trabajo diarias. EL trabajo nocturno es el que tiene lugar aproximadamente entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana. Se considera trabajador nocturno al que invierte una tercera parte de su jornada laboral o más en este tipo de horario. Ritmos circadianos: El organismo humano tiene unos ritmos biológicos, es decir, que las funciones fisiológicas siguen unas repeticiones cíclicas y regulares. Estos ritmos suelen clasificarse en ultradianos, si son superiores a 24 horas; circadianos si siguen un ritmo de 24 horas.
Directiva 93/104/CE del Consejo, de 23 de noviembre de 1993, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo. RD 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE 29 marzo 1995). RD 1561/1995, de 21 de septiembre sobre jornadas especiales de trabajo (BOE 26 septiembre 1995).
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RIESGO
EXCESO DE CANSANCIO Y ADORMECIMIENTO DEBIDO A MALAS CONDICIONES TERMOAMBIENTALES
D escripción de la situación de riesgo En general, en los espacios cerrados o en los talleres auxiliares de los centros teatrales, las máquinas, durante su funcionamiento, producen calor que se acumula en las zonas que, en ocasiones, se encuentran mal ventiladas por falta de medios o porque el frío externo disuade de abrir las ventanas. Este calor provoca un exceso de sequedad en el ambiente, y todo ello puede incrementar las sensaciones de cansancio, somnolencia, dolores de cabeza, u otro tipo de patologías que pueden llegar a ser crónicas.
Medida preventiva
Las buenas prácticas deben tender a nivelar las condiciones ambientales de trabajo o facilitar prendas protectoras adecuadas: Proporcionar ropa de protección adecuada. Llevar a cabo pausas durante los trabajos pesados cuando el cuerpo está sometido a la influencia del calor. Regular la temperatura de calefacción y aire acondicionado de acuerdo con las exigencias de la tarea que se desarrolle. Aislar los focos de calor y humedad. Humectar el aire del local. Evitar corrientes de aire. Instalar en su caso, sistemas de ventilación forzada.
V aloración de la buena práctica
Mantener una temperatura correcta y una humedad en el ambiente entre el 30 y 70 por ciento, unido a una buena ventilación del ambiente, evita que las condiciones medioambientales provoquen situaciones estrés y malestares crónicos. Esta humedad siempre debe ser mayor al 50% en zonas con presencia de electricidad estática.
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Observaciones
De acuerdo a lo que establece el RD 486/1997, la temperatura debe estar comprendida entre los 14 y los 27º C en función de las características de las tareas.
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RIESGO
RIESGO DE AGOTAMIENTO Y ESTRÉS DEBIDO A UNA MALA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
D escripción de la situación de riesgo
Las expectativas laborales que no se corresponden con la realidad laboral, la acumulación de tareas y la intensidad del trabajo, se han convertido en prácticas cotidianas que responden a una falta de organización del trabajo. Las sobrecargas laborales pueden crear un mal ambiente de trabajo entre los operarios y, en ocasiones confundirse con conductas de persecución y acoso al trabajador. Existen momentos puntuales de sobrecarga como son el estreno, montaje y giras.
Medida preventiva
Las buenas prácticas parten de una buena organización y distribución del trabajo, sin asignar tareas que por sí mismas superen la duración de la jornada laboral, para evitar así situaciones de estrés, sobrecarga mental o sensación de impotencia y desánimo. Por este motivo es necesario: Distribuir claramente tareas y competencias. Planificar los diferentes trabajos de la jornada teniendo en cuenta una parte para imprevistos. Prever el trabajo extra. Prever pausas y descansos. Disponer de medios y equipos adecuados. Distribuir adecuadamente las vacaciones. No prolongar en exceso la jornada habitual de trabajo y compensarla preferentemente con descanso adicional. Asignar al trabajador la actividad que mejor va ha desarrollar.
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V aloración de la buena práctica
En toda actividad laboral los factores que influyen de forma negativa o positiva en las condiciones de trabajo pueden ser materiales (contaminantes, maquinaria peligrosa, iluminación, etc.), ambientales o asociados a la organización del trabajo. Los factores que dependen de la organización del trabajo son decisivos para la realización personal. El horario de trabajo, el ritmo, la automatización de la producción, la comunicación y las relaciones personales son factores relacionados con la organización del trabajo.
Observaciones
Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre. Norma ISO 10075. Principios ergonómicos relativos a la carga mental de trabajo. Real Decreto Legislativo 1/1995 de 24 de marzo.Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Real Decreto 1561/1995 de 21 de septiembre. Jornadas especiales de trabajo. Directiva 93/104/CE del Consejo, de 23 de noviembre relativa a la ordenación del tiempo de trabajo.
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Listado de Legislación Básica en Prevención de Riesgos Laborales · · · · · · · ·
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Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Modificada por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Modificado por el Real Decreto 780/1998, de 30 de abril, y desarrollado por la Orden Ministerial de 27 de junio de 1997 Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo Real Decreto 1124/2000, de 16 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerigenos durante el trabajo. (Fecha actualización 20 de octubre de 2000) Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen la disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas en obras de construcción Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. REAL DECRETO 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura
Otros documentos de interés · · · · · · · · · · ·
Real Decreto 1995/1978, de 12 de mayo, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la seguridad social. Real Decreto 1316/1989, de 27 de octubre, sobre protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición a ruido durante el trabajo. Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo Directivas 92/85/CEE, 94/33/CEE y 91/383/CEE, relativas a la protección de la maternidad y de los jóvenes y al tratamiento de las relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal. CONVENIO 155 DE LA OIT sobre seguridad y salud de los trabajadores de 22 de junio de 1981. LEY 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. (Modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, artículo 26). RESOLUCIÓN DE 23 DE NOVIEMBRE DE 1999, que dicta instrucciones con el fin de incluir en la estructura presupuestaria de la Seguridad Social para 1999 la nueva prestación de "Riesgo durante el embarazo". Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo. Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas. BOE número 267 de 6 de noviembre de 1982.
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Financiado por:
Realizado por:
Calle Guzmán el Bueno, 133, Edificio Britania, 9º E 28003 Madrid
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Socios participantes:
Diseño, maquetación e ilustraciones MYTHAGOS