La D.O.C. Lujรกn de Cuyo
El 12 de octubre de 1989 se crea el Consejo Denominación de Origen Luján de Cuyo, una asociación civil sin fines de lucro formada por los viticultores y vinicultores de la región con el fin de proteger, promover y difundir fundamentalmente el encepado tinto característico de la región, constituido mayoritariamente por la variedad Malbec, mediante el establecimiento de la primera Denominación de Origen de América. Una Denominación de Origen Controlada (D.O.C.) es el nombre que identifica los productos originarios de una región, cuyas cualidades particulares se deben exclusivamente al medio geográfico, que abarca tanto los factores naturales como los humanos que generan su producción. Como ocurre con cualquier sistema de certificación geográfica del mundo, esta metodología brinda una doble protección. Por un lado, protege al productor al resguardar el prestigioso nombre regional del uso inapropiado. Por otro, le brinda al consumidor que eligió un producto la tranquilidad de estar consumiendo algo típico de ese lugar. Desde un primer momento, de la mano del ingeniero Alberto H. Arizu (p), quien actualmente continúa como presidente del Consejo, Luigi Bosca fue parte de este trabajo, y en 1991 presentó en el mercado el primer vino argentino con D.O.C.
Los vinos de Luján de Cuyo que tienen derecho a llevar la anhelada sigla D.O.C. en la etiqueta deben cumplir con lo establecido en el reglamento de la denominación. Los requisitos son los siguientes (para más detalle, ver la ley provincial 5999): La zona de producción de los vinos amparados por la D.O.C. comprende un área de 372 kilómetros cuadrados, abarca los territorios ubicados entre los 825 y los 1080 msnm y se encuentra ubicada a 33º de latitud sur y a 68º de longitud oeste, en el pedemonte cordillerano andino del departamento de Luján de Cuyo, que comprende los distritos Ciudad, Mayor Drummond, Vistalba, Las Compuertas, Carrodilla, La Puntilla, Chacras de Coria, Perdriel, Agrelo, Ugarteche y El Carrizal. Los vinos deben ser elaborados y embotellados dentro de los límites del departamento.
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Zonas incluidas en la D.O.C. Luján de Cuyo: 1 - UGARTECHE 2 - EL CARRIZAL 3 - AGRELO 4 - PERDRIEL 5 - CIUDAD DE LUJÁN
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La conducción de los viñedos debe llevarse a cabo de acuerdo con el sistema tradicional llamado contraespaldera baja, de tres o cuatro alambres, con una distancia entre las hileras de vides de 1,50 a 1,80 metros y de 0,80 a 1 metro entre plantas. Esta distribución permite una densidad de plantación de 4500 a 5500 cepas por hectárea.
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6 - VISTALBA 7 - LAS COMPUERTAS 8 - CHACRAS DE CORIA 9 - LA PUNTILLA 10 - CARRODILLA 11 - MAYOR DRUMMOND
La única forma de poda admitida es la llamada Guyot Simple y Doble (un viejo sistema francés de Bordeaux) con una variante muy propia y antigua llamada “sistema mendocino”, que admite la presencia de un tercer cargador. Las prácticas de manejo del viñedo también están limitadas en lo que hace a araduras del suelo (4 por año), riegos (12 a 14 por año) y trabajos admitidos en las plantas, como desbrotes, cruzadas y envolturas. La producción máxima admitida para un viñedo se determina en función del promedio de los rendimientos anuales de dicho viñedo en los diez años anteriores a la vinificación, siempre que no supere el límite máximo fijado de 80 quintales métricos por hectárea.
Los rendimientos máximos son: 56 litros de vino flor por cada 100 kilogramos de uva molida y 70 hectolitros de mosto flor por hectárea. En los Malbec D.O.C., esta variedad debe intervenir en no menos del 85% del corte final, en tanto que para el 15% restante pueden usarse optativamente los cepajes Cabernet Sauvignon, Merlot, Pinot Noir o Syrah. La graduación alcohólica mínima admitida es de 12,80 grados, en tanto que para el resto de los valores químicos, se adoptan como límites los establecidos por la legislación provincial vigente. Solo se lo etiqueta una vez que su calidad ha sido evaluada, aprobada y certificada por el Consejo Regulador. En lo que hace a la crianza de los vinos, la D.O.C. Luján de Cuyo determina un tiempo mínimo de 24 meses completos contados a partir del final de su elaboración, de los cuales al menos 12 deben ser en vasijas de madera (usadas o nuevas) y el resto en botella, antes de su distribución.
La existencia de una denominación de origen controlada (D.O.C.) es la consecuencia natural de la existencia de un producto de calidad con reconocido prestigio y tipicidad, amparado por un reglamento que lo define y lo regula controlando calidad, producción, elaboración, puesta en barrica, embotellado y comercialización. En Luján de Cuyo siempre ha tenido un gran arraigo y tradición en el sector vitivinícola la identificación de sus productos de calidad con el lugar de procedencia; el concepto D.O.C. es más amplio: implica que el vino no solamente proceda de un área geográfica perfectamente determinada, sino que, además, corresponda a variedades de uvas tradicionales en ella, con sistemas típicos de cultivo, técnicas de elaboración y crianza. Los vinos con D.O.C. tienen una personalidad específica resultante de las condiciones del medio (suelo y clima), de las variedades cultivadas y de los factores humanos: es el triángulo de la tipicidad, que tiene una gran dependencia histórica. La D.O.C. ampara viñedos y variedades ya producidas en la región incluso antes de que ella existiera. Y nunca puede ser invertido este proceso. Mejorar y perfeccionar los vinos es un compromiso de todos los sectores involucrados en la industria vitivinícola de nuestra región. En esto colaboran viticultores, bodegueros, comerciantes y exportadores, y todos están dispuestos a acatar una serie de normas restrictivas destinadas a la limitación de la producción, al control de la calidad y a permitir que el vino llegue al consumidor en las mejores condiciones. El consumidor encuentra una garantía en la D.O.C. unida al interés de saber qué consume en un determinado contexto histórico y cultural. La D.O.C. se hizo para proteger un lugar que les asegura a sus uvas inmejorables perspectivas de desarrollo. La D.O.C. necesita un reglamento para que tengan efecto las obligaciones y derechos que el régimen establece para los productores y elaboradores localizados dentro del límite geográfico de Luján de Cuyo.
La D.O.C. es una propiedad colectiva de la región, la participación en ella es optativa y está controlada por organismos profesionales. Empieza como un entorno cultural y busca proyectarse a la civilización del mañana. La bebida embotellada es un producto auténtico del lugar, es una propiedad de la tierra y del viñedo, que sigue ligado a ambos y transfiere sus propiedades cuando se descorcha. ¿Por qué Malbec? Porque es la primera variedad que se cultivó, y que se mantiene en la región hace más de 200 años, y fue la que le dio a la zona el prestigio que hoy tiene. La D.O.C. representa el beneficio del terruño y de sus cultivos. Así como la tierra es de los hombres, el renombre es el resultado de su labor.
LUIGI BOSCA MALBEC D.O.C Este ejemplar fue el primer vino de la Argentina con certificación D.O.C., y se constituyó en el ejemplar arquetípico del espíritu de Luján de Cuyo. Desde 1991 hasta hoy se ha elaborado todos los años y siempre ha calificado.
Luigi Bosca Malbec D.O.C 2010 Viñedo: Finca La Linda, Vistalba Antigüedad de las vides: 70 años Rendimiento por hectárea: 7000 kilogramos; 49 hectolitros Composición: 100% Malbec Crianza en barrica: 14 meses Crianza en botella: 12 meses Graduación alcohólica: 14,1º
Sello de certificación D.O.C.
Datos del winemaker: Color violáceo intenso y brillante. En nariz se perciben delicados pero definidos aromas a cerezas, ciruelas maduras y especias, y muchas veces se aprecian ciertas notas que recuerdan al café, producto de su crianza en barricas. En la boca exhibe toda la dulzura tánica del Malbec en el marco de una estructura sólida, una acidez firme y un final gratamente prolongado. El Luigi Bosca Malbec D.O.C tiene una capacidad de guarda de al menos 10 años.