Control y evaluación de riesgos

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A. Eliminación La mejor forma de proteger a los trabajadores es eliminando el riesgo o alejándolos de él. En este método se resuelve inmediatamente la situación sin tener que dotar de equipo de protección o de realizar inversiones costosas. Es mejor eliminar desde la etapa de la planificación, al diseñar los lugares de trabajo, ya que es más rentable hacer modificaciones en esta etapa y cuando ya esté construido todo. Ejemplo: 1. Alejar al personal de las fuentes de ruido. 2. Limpiar derrames de aceite en el piso. 3. Levantar las herramientas del suelo para evitar caídas.

B. Sustitución Este método consiste en cambiar algún elemento por otro que sea de menor riesgo para el trabajador. Implica buscar alternativas menos riesgosas y realizar las siguientes preguntas: •

¿Se puede hacer de otra forma?


¿Por qué se hace de esta forma?

¿Hay otros productos o procesos mejores?

¿Se pueden utilizar otras herramientas?

¿Se puede utilizar otro producto químico menos dañino?

Ejemplo: •

Cambiar

de

lugar

a

las

personas para aprovechar la iluminación. •

Investigar si existe en el mercado un producto que no dañe el medioambiente.

Cambiar una cortadora que genera mucho ruido por otra menos ruidosa.

C. Control de ingeniería Significa buscar formas a través del diseño o rediseño para mejorar las condiciones laborales y minimizar los riesgos. Ejemplo: •

Diseñar puestos de trabajo más cómodos que eviten lesiones lumbares.

Rediseño de carritos para que sean

más

livianos

en

el

transporte de objetos. •

Diseño de ventilación adecuada en los lugares de trabajo.


D. Control administrativo Cuando el riesgo no puede ser eliminado o sustituido deben buscarse reglas que limiten la exposición de los trabajadores al riesgo. Ejemplo: •

Disminuir la jornada de trabajadores expuestos a altas temperaturas.

Establecer tiempo de descanso para personal que trabaja expuesto al sol.

Designar dos o más trabajadores en donde solo lo hacía uno.

E. Equipos de protección personal. EPP El Reglamento de SSO en el artículo 230, establece: “Los equipos de protección individual son aquellos equipos destinados a ser llevados o sujetados por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud o seguridad, así como cualquier otro complemento o accesorio destinado para tal fin.” El artículo 7, inciso C, del Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, establece como obligación del patrono el proporcionar el equipo de protección personal a todos los trabajadores que lo necesiten. Así mismo el artículo 8, establece que el trabajador está obligado a utilizarlo.


El EPP surge de una correcta planificación y luego de haber evaluado los riesgos en cada área, para garantizar que se está mitigando adecuadamente el riesgo ya que protege partes del cuerpo de los trabajadores que están expuestos a riesgos que no se han podido eliminar o reducir con los métodos anteriores. Dentro de la planificación se debe considerar que si se va a adquirir equipos, estos

deben estar certificados

bajo

normativos

internacionales

que

garanticen su uso. Ejemplo, la utilización de zapatos industriales que garanticen la fuerza de compresión que la etiqueta dice. Debe observarse cuál es la norma internacional que los avala, ejemplo: ANSI, ASTM, etcétera. Por lo tanto, el EPP es la última frontera del control de riesgos y lo último que se debe hacer y dar al trabajador, antes debe buscarse formas de eliminar o reducir el riesgo. El equipo de protección no reduce al 100 % la exposición al riesgo, por lo que hay que considerar la combinación con alguno de los métodos mencionados

anteriormente,

también

porque

generalmente

a

los

trabajadores no les gusta utilizarlo ya que limita sus movimientos y en algunos casos son incómodos y dan calor. Por lo tanto, dotar de EPP implica un proceso de planificación que incluya buscar equipos que les ajusten bien a los trabajadores y capacitarlos para su uso y conservación. Para la dotación de EPP hay que considerar lo siguiente: •

Determinación del riesgo que cubre

Área del cuerpo que protege

Costo del equipo

Especificaciones técnicas


Certificación

Tiempo de vida útil y cambio

Registro de entrega y cambio de EPP

Inducción y/o capacitación del uso, cuidado y mantenimiento

Deducción de responsabilidades en caso de extravío o mal trato

Revisiones periódicas de los equipos

Procedimientos de revisión, antes, durante y después de utilización

Equipos de protección de alturas •

Protección de la cabeza:

Los casos en los que se requiere protección de la cabeza son aquellos en los cuales hay riesgo de atrapamiento de cabellos, exposición continua a sol o lluvia o riesgo de proyección de partículas o caída de objetos. Si es necesaria la utilización de cascos, estos deberán ser seleccionados de acuerdo con el nivel de riesgo por lo que tienen una clasificación que va de la clase A a la clase D. Deja claro que los cascos deben proteger al trabajador de las descargas eléctricas, resistentes a impactos, que sean regulables y de uso personal. En relación con los cascos debe enseñarse a los trabajadores que el mantenimiento incluye la limpieza del mismo y que esto no debe hacerse lavando el casco con agua y jabón, sino limpiándolo con un paño. Debe dejarse claro al trabajador que si el casco sufrió un golpe por una caída de varios niveles, aunque el casco se vea en buen estado es muy probable que no sea ya útil pues el nivel de impacto recibido superó lo establecido en las especificaciones. El cambio de cascos debe estar establecido en las especificaciones técnicas.


Protección de cara

A todos aquellos trabajadores expuestos a radiaciones luminosas, infrarrojas, ultravioletas, agentes químicos y biológicos, así como polvos, humos, neblinas, gases, vapores y voladura de partículas. De acuerdo con el Reglamento las medidas de protección incluyen pantallas de diversos tipos.

Protección de la vista

Los medios de protección de la vista deben ser seleccionados en función de los riesgos siguientes: a. Choque o impacto de partículas sólidas. b. Acción de polvos y humos. c. Proyección y salpicadura de líquidos fríos o calientes. d. Sustancias gaseosas irritantes o cáusticas. e. Radiaciones peligrosas. f. Deslumbramientos.

Protección del oído

Debe seleccionarse el equipo cuando el ruido supere los 85 dB, para lo cual, independientemente de qué tipo de dispositivo sea, debe ser garantizado y ser el adecuado para el trabajador, tanto desde aspectos ergonómicos como en aspectos de atenuación, por lo que ello deberá ser demostrado por el proveedor.


El tipo de dispositivos pueden ser intrauriculares, esto es, que van dentro del oído y se ajustan a él, o de concha u orejas. Se debe velar, a través del patrono o el Comité de Seguridad que los equipos auditivos estén en buen estado.



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