A continuación se presentan ciertas características de las opciones de inscripción que tiene un empresario cuando inicia un negocio, así también las ventajas y desventajas que tiene cada una de las opciones. A. Comerciante individual Es quien en nombre propio y con fines de lucro puede ejercer cualquier actividad comercial, industrial, bancaria, seguros, finanzas y servicios, así como auxiliares de estas mismas (Código de Comercio, Artículo 2). Ejemplos: • Guatecomputadoras y más. • Diseño de sistemas computarizados DISC. Ventajas • Es fácil de crear y organizar. • El costo de inicio como de
Desventajas • Se responde a todas las obligaciones de forma
inscripción ante las autoridades
directa, aún con los bienes
son bajos.
propios en caso de
• La ganancia es solo para el
quiebra.
propietario y no comparte con ninguno. B. Sociedad colectiva (S.C.) Es una asociación de dos o más personas para conducir un negocio con fines lucrativos, involucra la contribución del capital o la fundación del negocio en propiedades, finanzas, habilidades y trabajos por los socios.
Esta sociedad debe tener el nombre y apellido de uno de los socios o con el apellido de dos o más socios, con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, Sociedad Colectiva, la cual puede abreviarse y Cía, S.C. En este tipo de sociedad, todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada solidariamente de las obligaciones de la sociedad (Código de Comercio, Artículos 59 al 67). Ejemplos: • Payés, López y Cía, S.C. • Carlos Gálvez y Cía, S.C. Ventajas • Resulta fácil de organizar y
Desventajas • Responsabilidad ilimitada
tiene las ventajas del negocio
de cada socio por el total
de propietario individual.
de las obligaciones
• Se cuenta con varias personas
sociales.
que aportan al capital. • Se da la mezcla de conocimientos y habilidades administrativas por parte de los socios. C. Sociedad en comandita simple Compuesta por uno o más socios comanditados o comanditarios, la responsabilidad de los primeros es subsidiaria, ilimitada y solidaria, totalmente contrario en lo que son los comanditarios, ya que su responsabilidad está limitada al monto de su aportación.
La integración del nombre para la sociedad irá por lo menos con el nombre de uno de los socios comanditados o bien con los apellidos de dos o más de este tipo de socios y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía, Sociedad en Comandita, la que puede abreviarse: y Cía. S. en C. En este tipo de sociedad el capital se debe aportar íntegramente al momento de su constitución, por uno o más socios comanditarios o bien por este tipo de socios y los socios comanditados. Las aportaciones no pueden ser representadas por acciones (Código de Comercio, Artículos 68 al 77). Ejemplos: • Godínez López y Cía, S. en C. • Juan Carlos Gálvez y Cía, S. en C. Ventajas • Su organización es práctica y sencilla.
Desventajas • La responsabilidad ilimitada de los socios comanditados.
• Se logra obtener mayores recursos de los socios en un momento dado. D. Sociedad de responsabilidad limitada Está compuesta por varios socios obligados solo al pago de sus aportaciones por
las obligaciones sociales, se
responde a estas
obligaciones sociales únicamente con el patrimonio de la misma y no afecta el patrimonio de los socios.
La razón social se formará con el nombre completo de uno de los socios o con el apellido de dos o más de ellos, en ambos casos es obligatorio agregar la palabra limitada o la leyenda: y Compañía Limitada, la que podrá abreviarse: Ltda. o Cía. Ltda.; El capital estará dividido en aportaciones que no podrán incorporarse a ningún título y debe ser aportado íntegramente, el número de socios no puede ser superior a 20 (Código de Comercio, Artículos 78 al 85). Ejemplos: • Auto vidrios limitada. • Distribuidora de maderas y Cía. Ltda. Ventajas • Se limita el riesgo en relación
Desventajas • Se limita a 20 socios como
con el monto de su aportación
máximo, por lo que no
al momento del evento.
puede atraer capitales en caso de requerirlo.
E. Sociedad anónima Se caracteriza porque su capital se divide en acciones y en la denominación de la misma, debe de estar la leyenda Sociedad Anónima y se puede abreviar: S. A. La responsabilidad de los accionistas está limitada al pago de las acciones que hubieren suscrito los accionistas. El capital puede ser autorizado, suscrito y pagado; el capital pagado debe ser de por lo menos cinco mil quetzales al momento de constitución y también pueden hacerse aportaciones con otra clase de bienes.
Las acciones se representan a través de títulos, los cuales dan derecho de emitir opinión de voz y voto ante la junta de accionistas. Cuando un cambio puede afectar al negocio se convoca a los accionistas y se hace una votación para la correcta toma de decisiones. Las acciones se emiten, ya sea al portador o nominativas, también pueden emitirse acciones comunes o acciones preferentes, las cuales brindan ciertos beneficios a sus propietarios al momento de querer recuperar su capital o el valor de las acciones (Código de Comercio, Artículos 86 al 194). Ejemplos: • Negocios diversos, S. A. • Dentistas por Guatemala, S. A. Ventajas • Se limita la responsabilidad y aportación de las acciones suscritas. • Puede atraer grandes capitales mediante la venta de acciones. • La ausencia o retiro de un
Desventajas • Su creación incurre en altos costos. • Su administración se delega en representantes legales y no está integrada por los propietarios.
integrante no disuelve la sociedad. F. Sociedad en comandita por acciones Es la sociedad compuesta por uno o varios socios comanditados que responden en forma subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las
obligaciones sociales y que tienen responsabilidad limitada al monto de las acciones que han suscrito. Este tipo de sociedad se rige por la mayoría de reglas aplicables a la sociedad anónima, con excepción de la razón social, los administradores, los órganos de fiscalización, cese de responsabilidad y limitaciones en votos (Código de Comercio, Artículos 195 al 202). El nombre social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con el apellido de dos o más de ellos y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, la cual se puede abreviar: y Cía. S.C.A. Ejemplos: • Edgardo Rolando Sierra Laparra y Cía. S.C.A. • Ayala, Anleu y Cía. S.C.A. Ventajas • Posee las mismas condiciones
Desventajas • El
anonimato
no
es
de la sociedad anónima y su uso
valedero, ya que por razón
es poco en Guatemala.
social,
debe
llevar
el
nombre o apellido de los socios comanditados.