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Discapacidad
Cigna
SOBRE LA DISCAPACIDAD
El seguro de invalidez protege uno de sus activos más valiosos, su sueldo. Este seguro sustituirá una parte de sus ingresos en el en caso de que no pueda trabajar por enfermedad o lesión durante un periodo prolongado de tiempo.
Para conocer todos los detalles del plan, visite el sitio web de su Beneficio: www.cbebc.com
BENEFICIOS PARA LOS EMPLEADOS
RESUMEN DE BENEFICIOS Si tuvieras una enfermedad o lesión inesperada y no pudieras trabajar, ¿cuánto tiempo podrías pagar tus facturas? La invalidez de larga duración paga una parte de su salario si no puede trabajar debido a una invalidez cubierta.
Elegibilidad Todos los empleados activos a tiempo completo del empleador que sean ciudadanos o residentes permanentes extranjeros de los Estados Unidos y que trabajen un mínimo de 20 horas semanales en los Estados Unidos.
Opciones de los emplead os Beneficio mensual bruta1
Seleccione la Beneficio mensual: Beneficio fija en dólares en incrementos de 100 dólares entre 200 y 7.500 dólares que no puede superar el 662/3% de su mensualidad actual ganancias Beneficio mensual bruta máxima
$7,500
Período de espera de la Beneficio Seleccione una de las cuatro opciones: Accidente/enfer medad 0 días/7 días* 14 días/14 días* 30 días/30 días* 60 días/60 días 90 días/90 días 180 días/180 días Período máximo de Beneficio
Consulte el "Periodo máximo de Beneficio", más abajo, para más detalles
*Si, debido a su discapacidad, está hospitalizado, las Beneficios comienzan a partir del primer día de internamiento. Coste mensual de la cobertura del empleado
Invalidez - por cada 100 dólares de Beneficio Periodo de eliminación Plan 1 0/7 $3.70 14/14 $3.14 30/30 $2.72 60/60 $2.22 90/90 $1.28 180/180 $0.92
Definiciones y disposiciones políticas importantes: Discapacidad- "Discapacidad" o "Discapacitado" significa que, únicamente debido a una lesión o enfermedad cubierta, no puede realizar las tareas materiales de su ocupación habitual y no puede ganar el 80% o más de sus ingresos indexados trabajando en su ocupación habitual. Después de haber recibido las Beneficios durante 24 meses, se le considera incapacitado si únicamente debido a su lesión o enfermedad, no puede realizar las tareas materiales de cualquier ocupación para la que esté (o pueda razonablemente llegar a estar) cualificado por su educación, formación o experiencia, y no puede ganar el 60% o más de sus ingresos indexados. Exigiremos una prueba de los ingresos y de la continuidad de la incapacidad. Ganancias cubiertas – "Ganancias cubiertas" significa su sueldo o salario, sin incluir bonificaciones, comisiones y otras compensaciones adicionales. Cuándo comienzan las Beneficios – You Debe estar incapacitado de forma continuada durante el periodo de espera de la Beneficio elegida antes de que las Beneficios sean a pagar por una Incapacidad cubierta. Para cualquier Beneficio seleccionada Período de espera de 30 días o menos, el período de espera de la Beneficio terminará en la fecha en que sea admitido como paciente interno en un hospital si esa fecha es anterior al final del periodo de tiempo especificado.
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BENEFICIOS PARA LOS EMPLEADOS
Periodo máximo de Beneficio – Una vez que se tiene derecho a las Beneficios en el marco de este plan, seguirá recibiéndolas hasta que finalice la Beneficio o hasta que deje de tener derecho a ella, lo que ocurra primero. Si sigue incapacitado, sus meses. Beneficios continuarán de acuerdo con una de las siguientes opciones según la edad que tenga en el momento de quedar incapacitado y el plan que elija.
Cronograma del período máximo de beneficios Edad de discapacidad Duración de los Pagos (Accidente y Enfermedad) Antes de los 60 años Hasta los 65 años, pero no menos de 5 años
De 60 a 64 años 5 años 65 a 69 años Hasta los 70 años, pero no menos de 1 año 70 años y más 1 año Cuándo entra en vigencia la cobertura: su cobertura entra en vigencia en la fecha de vigencia de la póliza, la fecha en que se vuelve elegible, la fecha en que recibimos su formulario de inscripción completo o la fecha en que autoriza cualquier deducción de nómina necesaria, lo que ocurra más tarde. Si no está trabajando activamente en la fecha en que su cobertura entraría en vigencia, su cobertura entrará en vigencia en la fecha en que regrese al trabajo. Si tiene que presentar evidencia de buena salud, su cobertura entra en vigencia en la fecha en que acordamos, por escrito, cubrirlo.
Reducciones de beneficios, condiciones, limitaciones y exclusiones: Efectos de otros beneficios de ingresos: este plan está estructurado para evitar que sus beneficios totales y ganancias posteriores a la discapacidad igualen o excedan las ganancias previas a la discapacidad. Por lo tanto, reducimos los beneficios de este plan por otros beneficios de ingresos pagaderos a usted, sus dependientes o un tercero calificado en nombre de usted o sus dependientes. Los beneficios por discapacidad pueden reducirse por los montos recibidos a través de los beneficios por discapacidad del Seguro Social pagaderos a usted, sus dependientes o un tercero calificado en nombre de usted o sus dependientes. Sus beneficios por discapacidad no se verán reducidos por ningún beneficio por discapacidad del Seguro Social que no esté recibiendo, siempre y cuando coopere plenamente en los esfuerzos para obtenerlos y acepte reembolsar cualquier sobrepago cuando los reciba y si los recibe. Los beneficios por discapacidad también se reducirán por los montos recibidos a través de otros programas gubernamentales, licencia por enfermedad, licencia sabática del empleador, plan de licencia por agresión del empleador, beneficios de jubilación financiados por el empleador, compensación para trabajadores, franquicia/seguro grupal, auto sin culpa y daños por pérdida de salario. . Para obtener más información, consulte el esquema de cobertura, el certificado de la póliza o la descripción resumida del plan de su empleador. Nota: Algunos de los Otros beneficios de ingresos, según se definen en la póliza de grupo, no se considerarán hasta después de que los beneficios por discapacidad sean pagaderos durante 6 meses. Ingresos durante la discapacidad: durante los primeros 24 meses en que se pagan los beneficios, los beneficios se reducirán si los beneficios más los ingresos del empleo superan el 100 % de los Ingresos cubiertos antes de la discapacidad. Después de eso, los beneficios se reducirán en un 50% de las ganancias del empleo. Período de beneficio limitado: Las discapacidades causadas por o a las que contribuyen una o más de las siguientes condiciones están sujetas a un límite de por vida de 24 meses para el tratamiento ambulatorio: Trastornos de ansiedad, trastornos delirantes (paranoicos) o depresivos, trastornos alimentarios, enfermedades mentales, trastornos somatomorfos (incluyendo enfermedades psicosomáticas), alcoholismo, drogadicción o abuso. Los beneficios son pagaderos durante los períodos de hospitalización por estas condiciones para hospitalizaciones que duren más de 14 días consecutivos que ocurran antes de que se agote el límite de 24 meses de por vida para pacientes ambulatorios. Exención por condición preexistente: La Compañía de seguros renunciará a la Limitación por condición preexistente durante el primer mes de discapacidad, incluso si el Empleado tiene una Condición preexistente. Los beneficios por discapacidad, como se muestra en el programa de beneficios, continuarán más allá de 1 mes solo si no se aplica la limitación de condiciones preexistentes. Limitación de condiciones preexistentes: los beneficios no se pagan por condiciones médicas por las cuales incurrió en gastos, tomó medicamentos recetados, recibió tratamiento, atención o servicios médicos (incluidas las medidas de diagnóstico) durante los 3 meses anteriores a la fecha de vigencia más reciente del seguro. . Los beneficios no son pagaderos por ninguna discapacidad que resulte de una condición preexistente a menos que la discapacidad ocurra después de haber estado asegurado bajo este plan durante al menos 12 meses después de la fecha de entrada en vigencia más reciente de su seguro. Terminación de los beneficios por discapacidad: sus beneficios terminarán cuando cese su discapacidad, cuando se exceda el período de duración de su beneficio o en los siguientes eventos: (1) la fecha en que gane de cualquier ocupación más del 80% de sus ganancias cubiertas, o la fecha usted no coopera con nosotros en un plan de rehabilitación, un arreglo de trabajo de transición o la administración del reclamo. Requisito de rehabilitación: para ser elegible para los beneficios por discapacidad en virtud de este plan, es posible que deba participar en un plan de rehabilitación a discreción y cargo exclusivos de la compañía de seguros o de la compañía que administra los beneficios en virtud de este plan. Si no coopera plenamente con el plan de rehabilitación, no se pagarán beneficios por discapacidad y la cobertura finalizará. Para obtener más información, consulte su Certificado de seguro. Exclusiones: Este plan no paga beneficios por una Discapacidad que resulte, directa o indirectamente, de cualquiera de los siguientes: • Suicidio, intento de suicidio o lesiones autoinfligidas intencionadamente estando cuerdo o loco. • guerra o cualquier acto de guerra, sea o no declarado. • participación activa en un disturbio. • la comisión de un delito. • la revocación, restricción o no renovación de la licencia de un empleado la licencia, el permiso o la certificación necesarios para desempeñar las funciones de su profesión, a menos que se deban exclusivamente a una lesión o enfermedad de otro modo cubierto por la póliza. • cualquier cirugía estética o procedimiento quirúrgico que no sea médicamente necesario. • una lesión o enfermedad por la que el empleado tiene derecho a recibir
Beneficios de la ley de indemnización por accidente de trabajo o enfermedad profesional. • una lesión o enfermedad relacionada con el trabajo. Además, el plan no paga las Beneficios por incapacidad ningún periodo de Incapacidad durante la cual está encarcelado en una institución penal o penitenciaria.