4 Estado de situación y perspectivas del nuevo reglamento de zootecnia. Montserrat Castellanos

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Madrid, 10 Noviembre 2015

Subdirección General de Medios de Producción Ganaderos Montse Castellanos Moncho Jefa de Área de Zootecnia

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REGLAMENTO DE ZOOTECNIA 1. Antecedentes: reuniones, informes y trabajos realizados

2. Evoluciรณn con logros alcanzados 3 .Observaciones de FEAGAS que han sido tenidas en consideraciรณn 4. Estado de situaciรณn con perspectivas 5. Aspectos mรกs novedosos que hay que poner en marcha y adaptaciรณn 2


1. Antecedentes Propuesta de la Comisión (feb 14)

Consejo: propuestas y debates Grupo de Expertos zootecnia 18 reuniones

Presidencia griega, italiana, letona (enero 2014-junio 2015): 4 reuniones del grupo de trabajo en cada presidencia. Presidencia Luxemburguesa ( julio-diciembre de 2015): − −

8-9 julio y 7-8 septiembre (revisión doc. Articulado y anexos, documentos independientes); Intenso trabajo Octubre: Reuniones: 5-6, 12, 21 y 28.

Documentos: − 12374/15 Articulado y anexos + revisiones (REV1,2,3,4) − 12588/15 Considerandos + revisiones (REV1,2,3,4) − 12589/15 Directiva + (REV1) − 11868/15 Upgrading − 13051/15 Documento de cuatro columnas (REV 1) − 13324/15 Porcino híbrido − 2.CuestionariosI: gral y de control rtos − Numerosas observaciones de delegaciones

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Parlamento •Comité de Medio Ambiente, salud pública y seguridad alimentaria - ENVI (Opinión en enero 2015) •Comité de Agricultura y Desarrollo Rural – COMAGRI (Proyecto de informe-mayo 2015) AM parlamentarias ES •Votación AM: 5 octubre – Informe PE 15 de octubre •Documento 4 columnas Presidencia Consejo

Delegación Española

•Asistencia reuniones e informes •Observaciones a AM parlamentarias •Consulta a sector •Comentarios por escrito al Consejo •Comentarios Grupo de agregados 4


2 y 3. Logros alcanzados

FEAGAS

Mejora de definiciones y mayor claridad de aspectos técnicos SIMPLIFICACIÓN Y FLEXIBILIDAD •Definición de raza y raza en peligro de extinción: especial consideración, excepciones y particularidades: Gestión de programas por AACC y excepciones: art19, upgrading (muy debatido), denegación aprobación programas de cría, exclusión CRtos y EvG.

Revisión y retirada de actos delegados: (definición raza peligro extinción, reconocimiento de asociaciones, aprobación de programas de cría, LLGG: entrada animales en registro, promoción a sección principal; Aceptación de animales de cría monta natural e IA y su material reproductivo) 5


Programa de cría como eje del Reglamento: definición y vinculación al resto de articulado: Mayor vinculación en reconocimiento de asociaciones –aprobación programa de cría (art.4): •Solicitud de reconocimiento por asociaciones: Se mantiene presentación de borrador para cada programa que pretendan gestionar y •Nuevo punto 2.d Remitir solicitud de aprobación de al menos un programa de cría cuando soliciten su reconocimiento como asociación. Flexibilidad para asociaciones que gestionan varios programas y margen para nivel de intensidad en control de rtos Margen actuación AC de EEMM: - Posibilidad coincidencia en tiempo de reconocimiento y aprobación de programa. - Art. 8b: Motivos denegación programa de cría (objetivos, preservación…) -Requisitos aprobación programa: población suficiente y medios para desarrollarlos Respeto y ajuste de plazos de tiempo a normativa nacional: Art. 6 Rechazo reconocimiento de asociaciones, recursos… 6


•Mayor claridad en Lista de asociaciones reconocidas – página web (art.7) •En la lista deberá figurar si la asociación se acoge a excepciones para LG (art 19 a: reconstrucción de razas – capitulo IV anexo II razas peligro extinción). •Referencia a página web – información Programa de cría •Simplificación sistema de notificaciones (art. 9): LISTA CONTACTO AC (Art 45), Evitar sobrecarga solicitudes extensión otro EM– 12m sin aplicación = retirada, traducción si se solicita) •Simplificación derechos y deberes de criadores (disputas): Reglamento y funcionamiento interno •Flexibilidad para libros genealógicos pero mayor valor a la sección principal (definición de raza pura): • Excepciones entrada en Sección principal (art. 19 a): ausencia LG / reconstrucción razas en peligro. • Registro en sección suplementaria y upgrading progenie – (art. 20 y Anexo II, capítulo IV): (opción 2 y excepciones) 7


Aceptación de animales reproductores de RP y su material reproductivo para cría (art 21): Articulado más claro que versión Comisión. Métodos verificación de identidad (art 22): se ha extendido a más spp y sexos, pero hay flexibilidad Designación y consideración de terceras partes C. Rtos y Ev.genética (art 29): margen para asociaciones y libertad decisión de autorización de 3º por EM. Revisión de Certificados zootécnicos (art 33) Excepciones emisión certificados por Centros de reproducción (art 34): reducción carga administrativa, pero autorización e información por la asociación; ¿Inclusión en programa de cría para control por AC?.

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Designación de autoridades competentes para controles y simplificación (art 45b): vinculación a lista de AC de los EEMM en web a efectos de notificaciones art 9, información y notificación art 53 Incorporación de medidas transitorias (art. 73): mantenimiento de reconocimiento de asociaciones y programas de cría aprobados antes de Rto, pero deberán ajustarse a nuevas normas. Programas de cría aprobados antes de Rto aplicados en otro EM – Información (operadores – AC EM de reconocimiento – otro EM) Anexo III: Simplificación e inclusión de otros parámetros (docilidad, otras características…)

Encaje del Porcino híbrido: Parcial. Muy debatido y con varias opciones. Artículo 1 excepciones : 8a(4), 10, 15(2) y (3), 24, 25, 30(2) y 38a(1) para empresas privadas sistemas producción cerrado. 9


No logrado en su totalidad: •Mayores excepciones para híbrido, aunque hay margen para las empresas •Mantenimiento Art. 5 y criterios art. 8b: ¿otros criterios objetivos para rechazo de programas? ¿ no solo por comprometer conservación si no también mejora? Peligro de descoordinación entre programas de cría de igual raza que perjudique a la raza •Art 21 y otros art. No igualdad entre especies: •Régimen muy diferenciado de équidos •Diferencias para filiación o valoración genética (Bo Ev. genética/ Resto spp control de Rtos ó ev.genética. •Art. 34. Excepción emisión certificados por Centros de reproducción: Posibilidad de mayor flexibilidad •PERO: Ya hay ese enfoque en normativa actual!

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4. Estado de situación y perspectivas INFORME PE 15/10/15 DOCUMENTO CUATRO COLUMNAS

TRÍLOGOS •COMISION •CONSEJO •PARLAMENTO Primera reunión 18 noviembre

GRUPO AGREGADOS

Reunión 3 y 6 nov Aprobación por mayoría cualificada EEMM 4 RESERVAS

POSICIÓN DE ESPAÑA: apoyo al Consejo y a ciertas enmiendas del Parlamento Existe cierto margen de mejora

COREPER: punto I (sin discusión ) Reunión 11 NOV Procedimiento Legislativo ordinario (codecisión Parlamento-Consejo) ¿primera lectura?

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Parlamento / Grupo agregados ENMIENDAS PARLAMENTO / DOC. 13051 Cuatro columnas – Posición de Consejo respecto AM del PE •196 AM del PE •Mayoría aceptables ó parcialmente aceptables por Consejo •Debatidas: 26 AM aproximadamente (AM1, 3, 8, 10, 11, 13, 15, 16, 17, 26, 31, 33, 36, 47, 58, 65, 66, 69, 74, 90, 91, 102, 105, 111, 114, 164, 181, 183)

GRUPO DE ATTACHÉS Reunión 3 y 6 de Noviembre: posición ES

•Definiciones: Programa de cría, Raza en peligro, Animal de raza pura (castrados) •Art 5 y 8b Denegación reconocimiento asociaciones y programas de cría: propuesta •Porcino híbrido: opción 2 •Otros: Conservación in-situ y ex-situ (AM 183), Exclusión tras registro de animales. 12


5. ADECUACION A LA NUEVA SITUACION Y ADAPTACIONES DE LA LEGISLACION (ART. 73 Y 74)

•Se derogan Directivas marco y Dec de todas las especies •Se han incorporado disposiciones transitorias •Asociaciones y programas de cría: mantienen reconocimiento y aprobación, pero deben adaptarse •Notificación actividades en otros EEMM • Entrada en vigor a 20 días tras publicación •Aplicación a 30 meses •Desarrollo, reuniones, consultas y propuesta reglamento actos delegados y actos de ejecución •Necesidad de preparar adaptación y aunar iniciativas 13


5. ADECUACION A LA NUEVA SITUACION Y ADAPTACIONES DE LA LEGISLACION (ART. 73 Y 74)

•Se derogan Directivas marco y Dec de todas las especies •Se han incorporado disposiciones transitorias •Asociaciones y programas de cría: mantienen reconocimiento y aprobación, pero deben adaptarse •Notificación actividades en otros EEMM • Entrada en vigor a 20 días tras publicación •Aplicación a 30 meses •Desarrollo, reuniones, consultas y propuesta reglamento actos delegados y actos de ejecución (todavía sin cerrar) •Necesidad de preparar adaptación y aunar iniciativas 14


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REGLAMENTO ES DE DIRECTA APLICACIÓN ADAPTACIÓN RD 2129/08: Legislacion UE y más temas Programa Nacional Nueva norma (RD/Ley?) con Reglamento UE + ∗ Catálogo de razas ∗ Competencias AAPP ∗ Control técnico- IR ∗ ARCA ∗ Programas difusión de mejora y Certámenes ∗ Comisión Nacional ∗ Centros de genética y reproducción: funciones y Centros de Referencia ∗ Requisitos LG/programas, ganaderías colaboradoras • OBLIGACIONES DE ASOCIACIONES: Adaptación jurídica y técnica. Nuevas opciones. • Estatutos y Reglamentos internos: Reglas claras y transparentes a criadores (derechos y obligaciones) • Revisión y adaptación programas de cría (LG + programas de mejora): Condiciones registros LG/upgrading, ámbito geográfico….. • Notificación a MAGRAMA actividades en otros EEMM • Cooperación en controles oficiales ∗ ¡A LOS 30 M DE ENTRADA EN VIGOR TODO EN ORDEN: NO AGOTAR PLAZOS! ∗ ¡IMPORTANTE PAPEL DE LAS FEDERACIONES!

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OBLIGACIONES DE ADMINISTRACIONES: • ESTABLECER NUEVO MARCO LEGISLATIVO • CONTROLES OFICIALES A OPERADORES (Asociaciones, centros genética o terceras partes, centros reproducción, criadores): Procedimientos, registros, medidas según nivel de cumplimientos • Colaboración con Comisión Europea en sus controles oficiales • Aprobación de nuevos REGLAMENTOS DE RAZA (LG+PROGRAMA DE CRÍA) • En caso de extensión a otros EEMM: Notificaciones y colaboración para controles • Nuevas posibilidades: gestión de programas de cría por AACC, designación centros para evaluación genética… En general, se considera un Reglamento que ha evolucionado positivamente tras propuesta de la COM: resultado satisfactorio y adecuado marco futuro para regulación y comercio de razas y material genético 16


隆Gracias por su atenci贸n!

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