PUNTOS DESTACABLES DEL NUEVO REGLAMENTO
Alejandro Gutiérrez Liarte. Departamento Técnico FEAGAS.
Curso de Formación Ganadera. 10 de noviembre de 2015. Madrid
ÍNDICE
1. PREOCUPACIONES INICIALES
2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
3. CONCLUSIONES
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 1. PREOCUPACIONES INICIALES
Poca independencia de los países.
Concepto comercial Vs conservacional.
Inclusión de porcinos híbridos.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 1. PREOCUPACIONES INICIALES
Requisitos específicos para la especie equina.
Entorpecen la lectura.
Libro original y libros filiales.
Expedición de pasaporte equino por las autoridades veterinarias.
Obligatoriedad de aceptar todas las técnicas reproductivas.
Excesivas excepciones según las especies.
Procedimiento de autorizaciones, denegaciones, que incumple el ordenamiento jurídico nacional y el principio de subsidiariedad.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 1. PREOCUPACIONES INICIALES Definiciones problemáticas: Animal reproductor. Se solicito cambiar por animal de raza. Reconocimiento de nuevas Organizaciones de criadores: Reconocimiento de organizaciones para razas con organizaciones que ya las gestionan. Riesgo de fragmentación de los programas de mejora. Se hacia necesaria la independencia de los países miembros a la hora de autorizar o no un reconocimiento de este tipo. Requisitos especiales para la especie equina. Reconocimiento de Organizaciones de Criadores, y autorización de Programas de Mejora por separado.
Puntos destacables nuevo reglamento de 1. PREOCUPACIONES INICIALES zootecnia
Estructura de libros genealógicos:
Sin registro de nacimientos.
Necesario un cambio de redacción para que se considere que los animales jóvenes entran en la sección de reproductores.
Necesaria una revisión profunda
conciliación técnica de registros y criterios, entre diferentes especies.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia
NO OBSTANTE, Y A PESAR DE ESTAS PREOCUPACIONES INICIALES, A LO LARGO DE ESTE TIEMPO, Y DURANTE EL ESTUDIO Y ALEGACIONES DE LA NORMA, NO SÓLO SE HAN IDO SOLUCIONANDO ALGUNO DE ESOS PROBLEMAS PLANTEADOS, SINO QUE HAN IDO EVIDENCIANDOSE OTROS.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2. Definiciones:
No inclusión en el Reglamento de todas aquellas especies que no sean: bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y equinos.
Introducción del concepto de Raza.
Instauración de las distinciones entre “breeding register” y “breeding book”
Se introduce también el término “breeding operations”, para definir a aquellos organismos encargados de llevar a cabo los Programas de Mejora en los porcinos híbridos.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2. Definiciones:
Breeding operations.
Preocupación del sector del Porcino híbrido.
Las entidades privadas pueden ejercer las funciones de Organizaciones de Criadores, sin tener los mimos requisitos administrativos que éstas.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 2. Definiciones:
Raza autóctona en peligro de extinción: a lo largo del recorrido del Reglamento, se establecía como raza autóctona en peligro de extinción aquella que cumplía lo establecido en el Reglamento (UE) 1305/2013.
Últimas modificaciones: Se hace necesario que además, sea el Estado miembro quien identifique la Raza.
Mayor protagonismo para el Estado Miembro, mayor conocimiento técnico.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO II. RECONOCIMIENTO DE ORGANIZACIONES DE CRIADORES (ANEXO I)
Más ligado Reconocimiento de las Organizaciones de Criadores y la aprobación de su Programa de Mejora.
Art. 8: Se establece la posibilidad de que las Organizaciones de Criadores subcontraten la gestión de los Programas de Mejora, para actuaciones como los Controles de Rendimientos y las Evaluaciones Genéticas.
En el original no se daba esta opción.
Artículo 29 se repite.
Puntos destacables nuevo reglamento de 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO zootecnia CAPÍTULO II. RECONOCIMIENTO DE ORGANIZACIONES DE CRIADORES (ANEXO I) Art.8b: Situaciones en las que la autoridad competente puede denegar la aprobación de un Programa de Mejora, siempre que este comprometa el Programa de Mejora llevado a cabo por otra organización para la misma raza, teniendo en cuenta:
Las características de la raza. Los objetivos de su Programa de Mejora. La preservación de esa diversidad genética. (Sería bueno incluir tamaño efectivo)
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO II. RECONOCIMIENTO DE ORGANIZACIONES DE CRIADORES (ANEXO I)
Art.8b: Situaciones en las que la autoridad competente puede denegar la aprobación de un Programa de Mejora.
FEAGAS ha defendido en conjunto con el MAGRAMA, y lo apoyado por Italia o Portugal, y ha hecho lobby con France Selection a pesar de que Francia a nivel oficial no ha defendido esta postura, lo referente a:
Esta excepción Criadores.
bajo la cual la autoridad competente puede denegar el reconocimiento de una nueva Organización de
Mantener el término “improvement”.
No sólo debe incluirse en el caso de querer proteger a razas en peligro de extinción.
Los estados miembros, puedan llevar a cabo estas excepciones con el objetivo de preservar poblaciones efectivas pequeñas (aunque se trate de razas con mayor censo), o por proteger la diversidad genética existente.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO ANEXO I
Completa el capítulo II, de manera más concreta y técnica.
Se ha establecido, en las últimas revisiones, un punto importante para la especie equina:
Anexo I, aunque debería haber sido en el Anexo II.
Los Estados miembros pueden autorizar a que los animales que entren en el libro genealógico exclusivamente si han sido identificados por algún método como el certificado de cubrición, u otro método comparable, como un control parental basado en un análisis de ADN.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO IV. ENTRADA DE ANIMALES DE CRÍA EN LIBROS GENEALÓGICOS Y REGISTROS GENEALÓGICOS Y ACEPTACIÓN PARA LA REPRODUCCIÓN (ANEXO II)
Sección Principal del Libro:
La sección principal del libro puede subdividirse, pudiendo dar cabida así, por ejemplo, al registro de nacimientos.
Uno de los puntos preocupantes en origen.
Las O. Criadores no podrán rechazar la entrada en la sección principal del L. Genealógico de animales que ya estén dados de alta en la sección principal del L. Genealógico de la misma Raza en otro país que cumpla con lo establecido en este reglamento.
Excepciones para las condiciones de entrada de animales en Libro Genealógico en las situaciones en las que se pretenda:
Crear nuevas razas.
Reconstruir Razas con muy bajo censo.
Reconciliación aspecto comercial Vs conservacional del Reglamento.
Puntos destacables nuevo reglamento de 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO zootecnia CAPÍTULO IV. ENTRADA DE ANIMALES DE CRÍA EN LIBROS GENEALÓGICOS Y REGISTROS GENEALÓGICOS Y ACEPTACIÓN PARA LA REPRODUCCIÓN (ANEXO II) Condiciones para la aceptación de animales de Raza Pura y su material reproductivo para los Programas de Mejora (muy relacionado con el capítulo V, controles de rendimiento, y Anexo III): ¿¿¿ Controles de rendimiento y/o evaluaciones genéticas para la aceptación de los animales en los Programas de Mejora y/o para el uso de su material genético???
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO IV. ENTRADA DE ANIMALES DE CRÍA EN LIBROS GENEALÓGICOS Y REGISTROS GENEALÓGICOS Y ACEPTACIÓN PARA LA REPRODUCCIÓN (ANEXO II)
Condiciones para la aceptación de animales de Raza Pura y su material reproductivo para los Programas de Mejora (muy relacionado con el capítulo V, controles de rendimiento, y Anexo III):
FEAGAS defendió que para la aceptación de animales para los Programas de Mejora, no deberían ser obligatorio disponer de controles de rendimientos o evaluaciones genéticas.
En muchos casos estos no son fruto de una calificación lineal, sino que dichos controles, y dichas evaluaciones se realizan en base a datos de la descendencia o datos obtenido a lo largo de la vida productiva del animal.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO IV. ENTRADA DE ANIMALES DE CRÍA EN LIBROS GENEALÓGICOS Y REGISTROS GENEALÓGICOS Y ACEPTACIÓN PARA LA REPRODUCCIÓN (ANEXO II)
Condiciones para la aceptación de animales de Raza Pura y su material reproductivo para los Programas de Mejora (muy relacionado con el capítulo V, controles de rendimiento, y Anexo III):
Finalmente, desde la Comisión se estableció:
Obligatoriedad de disponer de estos controles y/o evaluaciones genéticas en el caso de querer hacer uso de técnicas reproductivas (IA, transferencia de embriones, y recolección de oocitos).
Se establecen requisitos distintos para el bovino, respecto al resto de especies (ovino, caprino, porcino), en lo referente a la aceptación de animales para Inseminación Artificial:
Bovino: Se hace necesario que ese animal disponga de una evaluación genética.
Ovino, Caprino, porcino: Se hace necesario que hayan superado un control de rendimientos O una evaluación genética.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO IV. ENTRADA DE ANIMALES DE CRÍA EN LIBROS GENEALÓGICOS Y REGISTROS GENEALÓGICOS Y ACEPTACIÓN PARA LA REPRODUCCIÓN (ANEXO II) -
Condiciones para la aceptación de animales de Raza Pura y su material reproductivo para los Programas de Mejora (muy relacionado con el capítulo V, controles de rendimiento, y Anexo III):
Finalmente, desde la comisión se estableció:
Obligatoriedad de disponer de estos controles y/o evaluaciones genéticas en el caso de querer hacer uso de técnicas reproductivas (IA, transferencia de embriones, y recolección de oocitos).
NO OBSTANTE, SE ESTABLECIERON CIERTAS EXCEPCIONES:
En aquellos casos en los que el objetivo sea la conservación de una raza, o la preservación de la diversidad genética, no será necesario que se realicen controles de rendimientos o evaluaciones genéticas para la aceptación de animales para los programas de mejora.
Reconciliación del aspecto comercial Vs conservacional.
Puntos destacables nuevo reglamento de 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO zootecnia CAPÍTULO IV. ENTRADA DE ANIMALES DE CRÍA EN LIBROS GENEALÓGICOS Y REGISTROS GENEALÓGICOS Y ACEPTACIÓN PARA LA REPRODUCCIÓN
Condiciones para la aceptación de animales de Raza Pura y su material reproductivo para los Programas de Mejora (muy relacionado con el capítulo V, controles de rendimiento, y Anexo III):
EXCEPCIONES EQUINO:
Para el Equino, el Reglamento establece que las Organizaciones de Criadores podrán prohibir o limitar el uso de ciertas técnicas reproductivas. Esto responde a la defensa del PSI.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
ANEXO II
Completa lo establecido en el capítulo IV de una forma más técnica.
No obstante, es importante destacar que se establecen:
Las normas para la entrada de animales en la sección principal del libro.
Las normas para la entrada de animales en las secciones auxiliares del libro.
Las normas que controlan la “promoción” de animales descendientes de animales inscritos en el registro auxiliar al registro principal.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
ANEXO II
Las normas que controlan la “promoción” de animales descendientes de animales inscritos en el registro auxiliar al registro principal.
Desde la Comisión se lanzó una consulta a los países, planteando dos opciones: Opción A
Todo animal producto del cruce entre un padre 100 % puro, y una madre inscrita en el registro auxiliar, cuya madre esté inscrita también en el registro auxiliar es susceptible de ser inscrito en la sección principal. El equino utilizará las normas propias que establezca su programa de mejora
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
ANEXO II
Las normas que controlan la “promoción” de animales descendientes de animales inscritos en el registro auxiliar al registro principal.
Desde la comisión se lanzó una consulta a los países, planteando dos opciones: Opción B
Únicamente las hembras producto del cruce entre un padre 100 % puro, y una madre inscrita en el registro auxiliar, cuya madre esté inscrita también en el registro auxiliar es susceptible de ser inscrito en la sección principal.
Se mantiene la excepción para las Razas en peligro de extinción, que podrán promocionar tanto a machos como a hembras a la sección principal.
El equino utilizará las normas propias que establezca su programa de mejora.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
ANEXO II Las normas que controlan la “promoción” de animales descendientes de animales inscritos en el registro auxiliar al registro principal:
Opción resultante en la votación lanzada por FEAGAS, y en EUROPA: Opción B
Únicamente las hembras producto del cruce entre un padre 100 % puro, y una madre inscrita en el registro auxiliar, cuya madre esté inscrita también en el registro auxiliar es susceptible de ser inscrito en la sección principal.
Se mantiene la excepción para las Razas en peligro de extinción, que podrán promocionar tanto a machos como a hembras a la sección principal.
El equino utilizará las normas propias que establezca su programa de mejora.
CUIDADO CON EL 0 %
Puntos destacables nuevo reglamento de 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO zootecnia CAPÍTULO V. CONTROLES DE RENDIMIENTO Y EVALUACIONES GENÉTICAS Relacionado con el artículo 8, cuando se habla del reconocimiento de Org. De criadores y sus obligaciones. Se establece que las Organizaciones de Criadores pueden ser ellas mismas quienes lleven a cabo estas actividades de control de rendimientos o evaluación genética, pero también pueden subcontratarlas. Inicialmente no se establecía esta opción.
Puntos destacables nuevo reglamento de 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO zootecnia CAPÍTULO Va. CENTROS DE REFERENCIA
Aumenta la importancia de los Centros de Referencia de la Unión Europea.
Serán los encargados de armonizar y mejorar los métodos empleados para los controles de rendimiento y evaluaciones genéticas.
Además, velarán por la armonización y avance también en materia de conservación de razas en peligro de extinción y preservación de la diversidad genética.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO CAPÍTULO VI. CERTIFICADOS ZOOTÉCNICOS CAPÍTULO VII. ENTRADA EN LA UNIÓN DE ANIMALES DE CRÍA Y SUS PRODUCTOS REPRODUCTIVOS •
Se establecen una serie de condiciones bajo las cuales se considera que en un tercer país se dispone de unas medidas equivalentes a la aplicación de medidas en la cría.
•
Así se establecerán los casos en los que un animal inscrito en el Libro Genealógico de esa misma raza, pero en el libro de otro país, deba ser admitido en este país.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO VIII. AUTORIDADES COMPETENTES QUE LLEVAN A CABO PROGRAMAS DE MEJORA EN ANIMALES DE RAZA PURA •
En el caso en el que, en un determinado país, no haya una Organización de Criadores que se esté haciendo cargo de una Raza determinada, las autoridades competentes pueden llevar a cabo ellas mismas los Programas de Mejora, siempre y cuando: •
Exista una necesidad de mantener esa raza o de establecer esa raza en el estado miembro en cuestión, o.
•
Sea una raza autóctona en peligro de extinción.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO
CAPÍTULO IX. CONTROLES OFICIALES Y OTRAS ACTIVIDADES OFICIALES, ADMINISTRATIVA, COOPERACIÓN Y ESFUERZO DE LOS ESTADOS MIEMBROS
ASISTENCIA
Se establecen los controles oficiales que se aplicarán para comprobar el cumplimiento del reglamento por parte de los distintos operadores, y las medidas que se tomarán en los casos de no cumplimiento.
También se indican los mecanismos de interacción entre estados miembros para vigilar el cumplimiento del reglamento.
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 2. REVISIÓN DEL ARTICULADO CAPÍTULO X. CONTROLES DE LA COMISIÓN CAPÍTULO XI. IMPLEMENTACIÓN
DELEGACIÓN
E
CAPÍTULO XII. PROVISIONES FINALES
Puntos destacables nuevo reglamento de zootecnia 3. CONCLUSIONES
Mayor independencia de los Estados Miembros.
Reconciliación del concepto comercial Vs conservacional.
Gran importancia de los controles de rendimiento y evaluaciones genéticas.
Gran importancia de los controles de la Comisión y entre países.
Excepciones sector equino.
Inclusión del porcino híbrido.
ยก MUCHAS GRACIAS !