Acida 1era Edición

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Ediciรณn# 1 - Aborto e Interrupciรณn voluntaria del embarazo - IVE ISSN: 2711-4872




Edición # 1 Publicación semestral Septiembre, 2020 Popayán, Cauca, Colombia

Editora: Sara Cristina Tejada Calle 52N 11-150 Antigua Real Telefonos:(+57)3178231572 feministacida@gmail.com

Equipo editorial Sara Tejada Mónica Quevedo Natalia Fernández Hormiga Daian Alexa Muñoz Lina Durán

Diseño e ilustración Equipo editorial revista Ácida En colaboración con Aquelarre, laboratorio de diseño y comunicación visual.

Con el apoyo de: Fondo Lunaria Atribución – No comercial – Compartir igual: Esta licencia permite a otros distribuir, remezclar, retocar, y crear a partir de tu obra de modo no comercial, siempre y cuando te den crédito y licencien sus nuevas creaciones bajo las mismas condiciones.


Primera ediciรณn

ABORTO E INTERRUPCIร N VOLUNTARIA DEL EMBARAZO EN COLOMBIA



En este primer número encontramos 6 lecturas sobre aborto con un hilo conductor en común y es la exigibilidad de la garantía del derecho avalado por la corte constitucional en 2006, convencidas de incidir en su materialización movilizando pensamiento de mujeres caucanas.

ÁCI DA | Aborto e Interrupción Voluntaria del Embarazo - IVE

Ácida es una revista de pensamiento feminista caucano, pretende visibilizar las voces y lecturas que se están gestando desde el territorio sobre temas de interés para los derechos y las luchas de las mujeres.

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contenido*


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Cuerpo, territorialidad y autonomía

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¿Qué es la IVE?

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El verde abortista es también transfeminista!

Cinco claves sobre el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo

¿Qué tan cierto es que existen traumas después de un aborto? Algunas respuestas desde la Psicología

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Interrupción Voluntaria del Embarazo: una medida de salud pública e igualdad

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Recomendaciones para realizar un cubrimiento periodístico respetuoso de casos de IVE



Cuerpo*,

Sara Tejada Politóloga y Fotógrafa

territorialidad

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Existen dos consignas acaso históricas o actuales dentro del feminismo: “lo personal es político”, acuñado por el feminismo estadounidense en la década de los 70, y “nuestro cuerpo, nuestro primer territorio”, pensado desde los feminismos latinoamericanos. En estas consignas encontramos dos palabras o conceptos propicios para pensar el aborto, las maternidades y el cuerpo, estos son lo territorial y lo político, el territorio y el poder. ¿Qué es el territorio? ¿Qué es el poder? Podríamos empezar diciendo que todo territorio y que todo poder son históricos, es decir que en la territorialidad no solo se ejerce una forma de ver, habitar

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Parir nos hace madres? ser madres nos hace mujeres? Qué signifíca ser mujer?

y autonomía

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y concebir el mundo sino muchas, y que estas muchas se encuentran en disputa constante. Así pues, este territorio (que es nuestro cuerpo) viene de antemano con una impronta que parece biológica, pero es histórica, y es la maternidad como mandato. Este poder sobre la corporalidad de las mujeres se ejerce desde muchos ámbitos simbólicos, discursivos e inclusive legales para derivar en una materialidad concreta: la maternidad como destino manifiesto. Esta impronta niega la diversidad del poder corporal y las construcciones diversas que ese cuerpo, el de la mujer, puede realizar. Sin embargo, y volviendo a la idea de la disputa, la autonomía aparece como la estrategia de apropiación del cuerpo, la herramienta de cuestionamiento y acción que se concreta en la capacidad de decisión, la idea de renunciar momentánea o definitivamente a la maternidad como destino manifiesto y la posibilidad no solo de incidir en la historia personal sino en la colectividad del poder. El acceso a la autonomía, el acceso al aborto es la irrupción de un nuevo mandato, el mandato de la diversidad de poder, de la diversidad territorial que viven nuestros cuerpos. El cuerpo, el territorio, el poder y la autonomía son siempre situados, su lógica y libertad de ejercicio pasan por una contextualización radical, la posibilidad de esta autonomía no está por fuera de la clase, la ciudad, el barrio. Así pues, la posibilidad de entrelazar nuevas


El ejercicio de la política y la apropiación del territorio-cuerpo son al final la politización del goce, el desencadene de un deseo explicito, de ser madres o no, de serlo ahora, después o nunca. Nombrar y ejercer lo que nos hace libres desde la autonomía histórica de que nos ha dotado la lucha feminista.

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autonomías, que rompan la lógica del privilegio impuesta por el capitalismo es una batalla política que de nuevo implican el poder y el territorio, pero esta vez en colectivo. El ejercicio de la autonomía corporal desde todas las clases y condiciones sociales es ejercer un derecho que aún está en disputa, tal cual como nuestro cuerpo.

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¡El verde* abortista es también

Yinna Ortiz Antropóloga - Colectivo Viraje

Si hay algo que nos han arrebatado históricamente y que las feministas buscamos reconquistar a diario es la imaginación política. Esta, como toda nuestra existencia, está mediada por las de-formaciones culturales que le dan sentido a nuestro mundo y ello se ve reflejado en el debate sobre la autonomía corporal y la lucha por el derecho al aborto. Entonces ¿cómo pensarnos esta discusión sin que el patriarcado se nos cuele por las fisuras de nuestras propias reflexiones? ¿Quiénes se están quedando por fuera cuando pedimos aborto para las mujeres? ¿Existen otro tipo de personas con capacidad de gestar y de abortar? Pensar en hombres que se embarazan y también abortan resulta para muchas personas un imposible, recordemos que las nociones de lo posible son a su vez disputas políticas. Así, hemos cimentado nuestra lucha por los derechos sexuales y (no) reproductivos sobre la idea de un único sujeto político: mujer heterosexual, blanco-

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transfeminista!

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mestiza, de clase media-alta y cisgénero, dejando en los márgenes de nuestros reclamos a otras personas con capacidad de gestar, como varones trans, mujeres lesbianas, bisexuales y personas no binarias que reclamamos acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en condiciones dignas y seguras, pues abortar es una práctica de autonomía corporal que urge sacar de la cisheterosexualidad que silenciosamente filtra nuestro propio ejercicio político. Pensemos por un momento en las situaciones bajo las cuales diferentes personas con capacidad de gestar buscan abortar. En el caso de varones trans y personas transmasculinas hay quienes deciden conservar su útero y ovarios, al tiempo que pueden sostener relaciones sexo-afectivas con otros hombres, con mujeres trans y/o con personas no binarias; recordemos que orientación sexual e identidad de género no son hilos que estén naturalmente trenzados entre sí. Por otra parte, la violación es una realidad que funciona como forma de castigo y disciplinamiento de quienes transgreden las normas socialmente aceptadas de la sexualidad y las fronteras del género. Es por ello que el cuerpo es también


En Colombia, pese a contar con la Sentencia C-355 de 2006 que permite la IVE bajo tres causales, el acceso al aborto sigue plagado de barreras que impiden ejercerlo de forma libre y segura. Ahora imaginemos la experiencia de un hombre trans o una persona no binaria que quiere abortar en un país donde la única herramienta que le da vía, solo menciona a mujeres y niñas, dejando por fuera a otras personas con plena capacidad de gestar. Esto no solo reproduce la idea nociva que asocia reproducción a ser mujer, sino que perpetúa un imaginario normativo sobre las personas trans como “cuerpos estériles”, como si sus transiciones implicaran la renuncia a su capacidad reproductiva. Dicha situación ha derivado en la negación de las propias identidades de género con el fin de acceder a la IVE, y en casos donde hombres trans han modificado el componente sexo en la cédula, no hay posibilidad que le permita acceder al aborto, lo que conduce a procedimientos

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territorio de disputa y trinchera desde la cual muchas personas con experiencias disidentes nos disputamos el aborto e imaginamos otros escenarios y luchas relacionadas con las autonomías corporales.

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clandestinos, a un constante subregistro y ausencia de protocolos de acompañamiento y salud sexual integral. Este panorama pone de manifiesto que nuestra imaginación política es un producto cultural que nos invita a repensar nuestros reclamos y certezas, nuestros compromisos éticos y políticos, nuestras búsqueda por la eliminación de todas las formas de opresión. Es un llamado a desmantelar el cisheterosexismo de nuestras militancias políticas, a repensar desde qué lugar y con quiénes nos imaginamos construyendo hombro a hombro nuestros horizontes políticos por un aborto libre, seguro y transfeminista.


Qué es la IVE?

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Es un derecho fundamental de las niñas, mujeres y en general de todas las personas capaces de gestar, el cual fue reconocido por la Corte Constitucional Colombiana mediante la SENTENCIA C-355 DE 2006.

Reinventemos este cuento : historias para hablar de aborto en Colombia Aquelarre laboratorio de diseño y comunicación

Aplica solo en las siguientes condiciones: Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud física y mental de la mujer.

Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, fuera del útero. Cuándo el embarazo sea el resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.

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Interrupción Voluntaria del Embarazo

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sobre el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo*

Edna Patricia Mosquera Orozco Politóloga y Abogada

Uno La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) es un derecho fundamental de las mujeres reconocido por la Corte Constitucional a través de la Sentencia C-355 en el 2006, en ella se consagró que las mujeres pueden voluntariamente decidir si continuar o no con el proceso de gestación en tres circunstancias: 1) Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer y para iniciar el trámite requiere únicamente certificación del médico que así lo constate, 2) Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida extrauterina, e igual que la causal anterior, sólo requiere de certificación médica y

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Cinco claves

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3) Cuando el embarazo sea el resultado de una conducta punible, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto, el requisito exclusivo es la presentación de la denuncia.

Dos Muchos de los argumentos contrarios a la práctica de la IVE se basan en que el Estado colombiano protege como derecho supremo el derecho a la vida y que la IVE no sería constitucional. Sin embargo, es importante mencionar que el “ordenamiento protege en principio el derecho a la vida de la persona humana, artículo 11, y de una manera diferente, protege al embrión humano, pues el uno representa al ser como tal y el otro la potencialidad del ser” (Corte Constitucional, C-355/06), lo cual ratifica que el sujeto de protección frente a las causales planteadas anteriormente, será la mujer, que bajo los principios autonomía y de autodeterminación reproductiva tiene el derecho a elegir si continúa o no con el periodo de gestación.


Ante las barreras institucionales y sociales es indispensable recordar que existe una herramienta constitucional para proteger a la mujer gestante de la violación al acceso del procedimiento de la IVE: la Acción de Tutela, esta no requiere abogado y si se desconoce cómo presentarla se puede acudir a la Defensoría del Pueblo o a cualquier consultorio jurídico.

Cuatro En Colombia, cuando una mujer gestante solicita la práctica de la IVE se enfrenta a múltiples barreras, una de ellas es la llamada objeción de conciencia institucional o las juntas médicas para decidir si se practica o no. Ambas son contrarias a la ley. Las EPS e IPS deben garantizar al menos un profesional de salud que preste el servicio a la IVE en todos los casos, sin excepción.

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Tres

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Cinco Actualmente se está dando el debate sobre el derecho a la paternidad del hombre con quien se gesta el feto, por lo que es clave tener en cuenta lo siguiente: según el Código Civil en su artículo 133, la paternidad es la filiación, la relación que existe entre el hijo y su padre, sin embargo, el feto, no es aún su hijo, toda vez que es una expectativa de vida y tampoco es persona, sujeto de derechos, ya que no se ha desprendido de la mujer gestante y respirado aunque sea un instante, lo cual llega a soportar la postura de la Corte Constitucional de que no se podrá exigir que la mujer gestante presente permiso, autorización, o notificación, bien del marido, compañero, novio o de los padres si es menor de edad. Esto sería violatorio a la dignidad humana, a los derechos sexuales y reproductivos, al principio de autonomía y del derecho a decidir sobre su cuerpo.

Y todas las mujeres, recuerden: ¡Tan pronto como sea posible, tan tarde como sea necesario!


CAUSAL I Un profesional de la medicina o la psicología debe certificar que el embarazo está afectando tu bienestar físico y/o mental.

La salud, desde una perspectiva integral,no incluye sólo afectaciones físicas,si no también situaciones que pueden afectar nuestra salud mental y emocional.

Malformaciones del feto incompatibles con la vida CAUSAL II Debes tener un certificado médico expedido por un profesional de la salud donde explique la condición de inviabilidad del feto.

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requisitos en Colombia para el acceso a la IVE

Riesgo para la vida o la salud de la mujer

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Qué tan cierto es que existen traumas después de un aborto? Algunas respuestas desde la Psicología*

Fernanda Fajardo Castillo Psicóloga, Especialista en Derechos Humanos

¿Existe un trauma postaborto? Múltiples investigaciones de profesionales, como la asociación estadounidense de psicología, afirman que no existe evidencia de este tipo de impactos en la salud mental en los casos en que se ha realizado un aborto en un ambiente seguro.

En ocasiones, ¿las mujeres después del aborto pueden sentirse tristes? Es probable y naturalmente humano que después de interrumpir el embarazo algunas mujeres tengan sentimientos de tristeza, sin embargo, estos, son a corto plazo y no permanecen en el tiempo.

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¿A veces pueden aparecer sentimientos de culpa en la mujer por haberse practicado un aborto? Aunque no es un sentimiento común en este tipo de situaciones, suele suceder que cuando aparece la culpa, está más relacionada con prejuicios, señalamientos y estigmatización alrededor del tema, que el aborto en sí mismo. De hecho, Turnaway Study, una de las investigaciones más recientes y serias sobre la relación aborto-salud mental, encontró que en la mayoría de los casos las mujeres que habían decidido de manera autónoma interrumpir su embarazo, sentían alivio después de que se les realizó el procedimiento médico.

¿Algunas mujeres pueden necesitar acompañamiento psicológico después de un aborto? De hecho, es importante garantizar una atención psicológica adecuada antes y después de la interrupción del embarazo, ya


Después de un aborto ¿una mujer una puede seguir con su vida? Si la interrupción voluntaria del embarazo se realiza en un ambiente seguro, en condiciones dignas, por una decisión libre y autónoma de la mujer, no tendrá mayor repercusión en su salud mental. Si por el contrario se realiza de manera clandestina, con silencios, secretos, soledad y señalamientos, esto sí puede hacer que seguramente la persona pueda sufrir afectaciones psicológicas.

¿Una mujer que sufre de depresión o ansiedad puede practicarse un aborto sin agravar su salud mental? Si existe un adecuado acompañamiento por un equipo interdisciplinar de profesionales en la salud, los riesgos de efectos en la salud mental que puedan agudizar estos diagnósticos previos se equiparan a los que pueden existir con otras situaciones o procedimientos médicos.

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que como ocurre en muchas situaciones de la vida, la toma de decisiones puede ser estresante, sentir nervios y/o confusiones; o a veces, con un espacio en el que se puedan expresar con confianza y libres de juicios, en el que se sientan escuchadas, es suficiente.

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¿Si una mujer accede a un aborto en condiciones seguras es poco probable que presente trastornos psicológicos en el futuro? Según estudios de la Facultad de Psicología y Medicina de la Universidad Católica de Valencia, España, es frecuente encontrar que las mujeres que desencadenaron un trastorno psicológico después de años de realizarse un aborto, lo hicieron en la clandestinidad y no contaban con una red de apoyo. Por otro lado, en los casos en los que se encontró que el aborto se practicó en condiciones seguras y confiables, por una decisión libre y autónoma de la mujer, con apoyo de personas cercanas en el proceso pre y pos aborto, y aun así años después se vio afectada su salud mental, en los estudios se relaciona en su mayoría con otros factores ajenos a la interrupción del embarazo.


CAUSAL III En este caso debes tener una copia de la denuncia penal. Si eres menor de 14 años, se asume que el embarazo es producto de violencia sexual, por lo tanto no se requiere denuncia formal, ni ningún otro tipo de requisito. Las mujeres víctimas de violencia en el marco del conflicto armado como garantía de derecho a la salud gratuita e integral, también pueden acceder a la IVE incluso sin la denuncia penal. IMPORTANTE: En Colombia no existe un límite en la edad gestacional que impida acceder a la IVE.

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requisitos en Colombia para el acceso a la IVE Tomado de: https://www. minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/ BibliotecaDigital/RIDE/VS/PP/ abc-maternidad-elegida.pdf

Acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de óvulo

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Interrupción* Voluntaria del Embarazo:

Jennyfer Paola Flórez Holguín Enfermera docente en salud sexual y reproductiva

una medida de salud pública e igualdad El concepto de mujer en edad fértil en nuestro país varía muchísimo. Pero, para el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y su aplicativo conocido como Sistema de Vigilancia Epidemiológica de la Mortalidad Materna basada en la web (SVEMMBW), la edad en la que se mueren las mujeres por estar embarazadas en nuestro país, oscila entre los 10 a 54 años. Es decir, durante muchos años de nuestras vidas somos fértiles, incluso cuando no los somos legalmente (menores de 14 años) y somos susceptibles de morir por el hecho de quedar embarazadas. Desde la normatividad, el panorama de quedar en embarazo en ciudades como la nuestra y con recursos adecuados para exigir una atención en salud es hipotéticamente maravilloso: existe el programa de planificación familiar,

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consulta preconcepcional, control prenatal y hace muy poco acabó de salir una normatividad para las parejas que no pueden concebir. Pero ¿qué sucede con esas mujeres que no desean parir nunca o justo en este momento y son precisamente a las que la norma no llegó a tiempo, la educación sexual, les falló el método, las que no tienen acceso al sistema de salud o los recursos (capacidad de afrontamiento) para poder decidir no quedar en embarazo? A esas mujeres ¿quién las protege? Mueren en la clandestinidad a diario, sin importar su raza o credo; mueren a diario convirtiéndose en sólo una cifra dentro de una estadística que crece día a día. A esas mujeres las protege la sentencia C-355 de 2006 y un protocolo dictado desde el Ministerio de Salud, conocido como Protocolo de Prevención del Aborto Inseguro, una norma que es obligatoria para todas las instituciones de salud, pero que todavía sigue siendo erróneamente optativa dependiendo del personal con el que las mujeres se encuentren. Esta norma reconoce que, desde la salud pública, el aborto inseguro es un problema, que la decisión no corresponde a aborto sí o aborto no, porque esto sólo es decisión de


Para eso salió este protocolo que nos invita al personal de salud a un cumplimiento ético de la norma, entendiendo que los códigos deontológicos obligan a principios éticos como la autonomía, que se centra en informar a la paciente sin ningún tipo de sesgo para que tome la decisión más adecuada para ella, y el principio de beneficencia, que implica que debo analizar las consecuencias de mis juicios morales y que dichos juicios no pueden poner en riesgo la salud de las mujeres. Finalizando, la norma es clara en que nuestro deber es certificar la “posibilidad” de daño en la salud de una mujer con una gestación no aceptada, pero es la mujer quien identifica el nivel de riesgo o peligro que está dispuesta a correr.

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la mujer sobre su cuerpo. Reconoce que la interrupción del embarazo en condiciones inseguras es una práctica que ha cobrado miles de vidas a lo largo de la historia. Es decir, está ahí, es una realidad, por encima de la moral o las religiones o las condiciones socioculturales, una mujer que no desea parir va a interrumpir su embarazo sin importar la condición y entonces la pregunta cambia y sería aborto en qué condiciones.

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Recomendaciones para realizar un cubrimiento de casos de IVE*

Por: Andrea Calderón Villareal Comunicadora Social. Mg. Artes Visuales

En la actualidad, el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) ha ubicado el cuerpo de las personas gestantes en un escenario de debate público. Hemos visto desde el panorama informativo ausencia de perspectiva de género, la discusión ha dejado de lado el soporte jurídico para convertirse en un estrado o en un púlpito desde el cual se incurre en la violación de un derecho humano fundamental. Se ha perdido de vista la responsabilidad periodística de aproximar información a la gente para que pueda responder a las exigencias y contingencias propias de la vida cotidiana y por el contrario se ha caído en la perspectiva fácil de agitar el fanatismo y las creencias sin dar elementos ni espacio a la razón.

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periodístico respetuoso

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Como periodistas no dejamos de ser personas con historias, intereses y creencias. Es importante entender que no siempre los derechos de los demás coinciden con nuestros intereses religiosos, políticos o sociales y que la IVE es uno de los derechos sexuales y reproductivos de las personas gestantes, que hace parte de los derechos humanos y está íntimamente ligado al derecho a la vida, a la salud, a la integridad, a la autodeterminación y a la dignidad de las personas gestantes. Hay una serie de recomendaciones que pueden contribuir a que la información que ofrecemos se corresponda con una perspectiva de género. Es importante crearse un contexto como productor de la información. De manera sucinta, ello implica:

1. Informarse frente a los derechos

sexuales y reproductivos de las personas gestantes.

2. Informarse sobre la problemática social y sanitaria del aborto clandestino.


3. Informarse frente al derecho

Una vez se ha realizado un ejercicio básico de contextualización es fundamental cuestionarse por el valor informativo del hecho en sí. Cabe preguntarse:

4. ¿Realmente el cubrimiento de la IVE tiene valor periodístico u obedece más al morbo, a la misoginia y al amarillismo?

5. ¿Ha creado un contexto infor-

mativo que le permita al público, de todos los niveles socioeconómicos, entender que la no prestación del servicio de interrupción del embarazo infringe los derechos constitucionales fundamentales de la persona gestante?

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de las personas gestantes a decidir sobre su cuerpo y a acceder a una IVE segura de acuerdo con el sistema legal vigente

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6. Brindar un contexto informando de manera pertinente y coherente frente a los derechos sexuales y reproductivos de las personas gestantes.

7. Entender y enmarcar el acceso

a la IVE como un tema en salud pública no como un tema moral.

8. Evitar la espectacularización y el escándalo frente a la IVE.

Una vez culmina su redacción, siempre vale cuestionarse frente a quién o qué se favorece o se perjudica con su producción informativa

Después de considerar el valor informativo es pertinente detenerse a pensar en el punto de vista, es decir desde dónde, desde qué perspectiva va a informar sobre el hecho. Entonces vale la pena:


zar el derecho a la IVE se vulneran derechos humanos fundamentales.

10. Evitar criminalizar, juzgar o exhibir a quienes han hecho uso de su derecho en tanto se cae en la violaciรณn de varios derechos constitucionales como el derecho a la intimidad, a la honra y el buen nombre.

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9. Tener en cuenta que al morali-

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Riverside Texture en el cuerpo del texto y la carátula.

Esta publiación fue diagramada utilizando fuentes

Merriweather a 9,5 pts complementada con la fuente

¿tienes un escrito ácido para compartir con nosotRes? Ácida quiere conocer tus letras, escribenos alcorreo feministacida@gmail.com nuestra línea editorial tiene como temas principales: la defensa de los derechos de las mujeres y los feminismos, la extensión no debe superar las 500 palabras. Popayán, Septiembre 2020



VAS A SER LA MUJER QUE TE DÉ LA GANA DE SER!

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