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Pablo Carrasco Quintana Director general y socio principal
pagos en los plazos acordados. Sin embargo, los problemas económicos que se viene afrontando a nivel general, están provocando desafortunadamente una tendencia de incumplimiento o retraso en el pago o que suelen derivar en la mora. En ese escenario, las empresas empiezan a sentir los efectos de esta circunstancia, entre ellos, impacto en el flujo de efectivo, incremento de costos, afectación de relaciones comerciales, rentabilidad, incremento de riesgo crediticio etc. Bajo este contexto, resulta fundamental que las empresas asuman el reto de implementar una adecuada gestión de la mora y sea con la finalidad de aminorar o prevenir el impacto negativo de la misma, garantizando la continuidad de sus operaciones. La gestión de la mora debe tomar en cuenta mínimamente lo siguiente: a) Políticas de crédito y evaluación de cliente. b) Definición de límites de crédito. c) Programas de fidelización y atención al cliente. d) Asesoría legal. En cuanto a la condicionante de la asesoría legal, el patrocinio especializado de abogados definitivamente es necesario para el inicio de procesos de cobranza. Sin embargo, es aún más importante contar con el debido asesoramiento para implementar MEDIDAS PREVENTIVAS que mitiguen el riesgo de la mora, por ejemplo: a) Validación de políticas comerciales: Existen normas sectoriales que, de ser incumplidas, generan innecesariamente una contingencia que deriva en investigaciones y posiblemente en la imposición de Multas a las empresas. Por ello, el asesor legal debe validar las políticas comerciales de crédito, justamente para prever que no exista ninguna transgresión a la norma. b) Contratos: Existen empresas que optan por no formalizar contratos escritos sea por razones operativas, eficiencias comerciales y otros. Lógicamente, en estos casos, el procedimiento de cobranza de la deuda en mora se complica o, incluso, puede resultar incobrable. Por ello, es preferible que la empresa pueda contar con contratos que se adecúen a sus necesidades comprendiendo aspectos esenciales, estipulando de forma precisa la obligación de pago, el plazo y sus repercusiones en caso de incumplimiento o retraso, sin que ello implique necesariamente un contenido ampuloso o complicado. c) Respaldos: En ocasiones, la empresas se limitan a contar con constancia de entrega de la factura por una venta pero omiten generar la prueba que acredite la entrega del producto o servicio comercializado, situación que pueda ser alegada por el cliente moroso para el impago de su deuda. Por ello, el abogado debe guiar área comercial en la generación de respaldos que demuestren que la obligación de la empresa ha sido satisfecha.
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Ricardo Alemán Z. Socio Responsable sucursal Santa Cruz