FJ 131 agosto 2014

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Sumario

Agosto 2014 Director General Dr. Elías Huerta Psihas Director Editorial Dr. Lázaro Tenorio Godínez Directora Ejecutiva Lic. Janet Huerta Estefan

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Directora de Difusión Lic. Jackeline Huerta Estefan

Consejo Editorial Dr. Sergio García Ramírez Dra. Mireille Roccatti Velázquez Dr. Raúl Carrancá y Rivas Dr. Moisés Moreno Hernández Dra. Elena Ruth Guzmán Gómez Dr. Arturo Ancona García López Dr. Ricardo Ojeda Bohorquez Dr. Carlos Quintana Roldán Dra. Ruth Villanueva Castilleja Dr. Emilio Zebadúa González Dr. Miguel Ángel Aguilar López Dr. David Vega Vera Editor Marco A. Ríos editorial@forojuridico.org.mx Diseño Editorial Scientika contacto@scientika.mx Coordinación de Distribución Antonio Estevez Celestino Fotografía Jorge Luis Salas Cruz Agencia Cuartoscuro

Acabar con la Impunidad es el Principal Reto de Latinoamérica: Rigoberta Menchú Tum 4

EDITORIAL Aprueban Leyes Secundarias de la Reforma Energética

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FORO DEL LECTOR

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Celebran en Los Pinos el Día del Abogado

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Lic. Marco A. Villegas Serrano Foro Jurídico, tiene periodicidad mensual y cuenta con la Reserva Exclusiva del Título, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la sep, número issn 1870–1183 trasnformado al número ean– 13 de fecha 28 de mayo de 2005. Certificado de Licitud del título no. 13058 expediente 1/432’05’/16949 otorgado el 8 de marzo de 2005 por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Certificado de Licitud de Contenido Num. 10631, expediente 1–432 ‘05’–16949 de fecha 8 de marzo de 2005 otorgado por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Redacción: Monte Albán 613 Col. Letrán Valle C.P. 03650, México, D.F. Tel 2995 6254. Impresión: Impresora Múltiple, Zaratoga 909, Col. Portales. Distribución: Platón 429 Colonia Palmitas. INTERMEX Foro Jurídico No. 131, Agosto 2014.

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Presentan el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014–2018

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Listas las Leyes Secundarias de Telecomunicaciones y Radiodifusión

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Marco A. Ríos

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El Contrato de Outsoursing: Fraude a la Legislación Laboral Dr. Christian González García

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Presenta en el INACIPE el Libro El Nuevo Amparo Penal

36


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FISCAL 40 MIRADOR Justicia Fiscal y Vigilancia Efectiva Lic. Juan de la Cruz Higuera Arias

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Arranca la Sucesión por la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia

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58

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Dr. Juan D. Balanzátegui Sánchez

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Se Acota el Poder de los Militares

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La Autonomía del Blanqueo de Capitales

58

La Cultura de la Legalidad en el Nuevo Paradigma de los Derechos Humanos

Marco A. Ríos

Dr. Jorge L. Romo Reyes

Lic. David Boone de la Garza

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Convenio SEP- SEGOB y ANUIES 60 Firman para Sistema de Justicia Penal Acusatorio

62

Etiquetas que Dañan: Bullying, Mobbing y Equidad de Género Dr. Fernando Córdova del Valle

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Gobiernos de Coalición

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TIEMPO DE SABER Nueva Ley de Movilidad; Viejas Formas de Movilizarse

Dr. Rodrigo Moreno Trujillo

Mtro. Jorge A. Alfaro Villamil

FORO DE PROPIEDAD Amenaza la Tecnología la Seguridad Nacional Scientika

76

CADALSO

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LIBROS

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TEMAS CONSTITUCIONALES Derechos Humanos y Derechos Fundamentales Lic. José R. Padilla


EDITORIAL Aprueban Leyes Secundarias de la Reforma Energética

Finalmente luego de intensos y acalorados debates en la tribuna y en los medios, de periodos extraordinarios y jaloneos legislativos, se concretó la que parece ser la más importante de las reformas estructurales a la que tanto se opusieron en bloque los partidos de izquierda.

tos de gas y petróleo, que no podemos atraer las nuevas tecnologías, de las que carecemos.

La mejor prueba de que se está haciendo lo correcto son las declaraciones del ex Presidente brasileño Luis Ignacio Lula Da Silva, quien recientemente señaló que MéxiLas leyes secundarias indispensables para normar la co estaba más retrasado que ellos en materia energética, reforma en materia energética pretenden actualizar al y consecuentemente, en su modelo económíco, ya que país del rezago en el que cayó por políticas proteccio- ellos recorrieron ese camino hace 20 años. nistas durante las últimas décadas, que al final del día terminaron por llevar a la catástrofe uno de los elemen- Lo que sigue ahora, y es al lo que apuesta la sociedad tos indispensables en cualquier país para su desarrollo, mexicana, es que todo este trabajo sirva no sólo para llecomo lo es la energía y que provocó colosales prácticas gar a una recuperación económica, como lo ha señalado de corrupción para un pequeñísimo grupo de políticos, el Presidente Enrique Peña Nieto, sino que la conversión dirigentes sindicales y empresarios agraciados y cómpli- de pemex y la cfe en empresas públicas (ya no paraesces, que el monopolio estatal les permitió. tatales), conduzcan a un modelo realmente competitivo, que termite con los cotos de poder político y económico Después de una infructuosa discusión pública de al me- y sobretodo, que ponga fin a la multimillonaria corrupnos 2 décadas, con estas nuevas leyes, se abren otra vez ción existente en la industria y que se traduzca en reculas puertas a la inversión privada nacional y extranjera perar la confianza social en este sector. en el sector energético, pero bajo una estricta supervisión el Estado. Se acabarán los monopolios para dar ca- El éxito de la Reforma Energética será sin duda el prinbida a una competencia en donde el ganador será el con- cipal instrumento de medida para calificar en el mediasumidor, todo esto de acuerdo con la versión oficial. Por no y largo plazo la gestión de Enrique Peña Nieto. De su eso habrá que revisar, punto por punto, las nuevas reglas éxito o fracaso; del cumplimiento o no de las promesas del juego para evitar que en efecto se atente contra el empeñadas por el Presidente de la República, dependepatrimonio nacional. No cabe duda que hoy se requiere rá la continuidad del pri en el poder en las elecciones de un gran capital para explorar y explotar los yacimien- del 2018. 4    Foro Jurídico


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FORO DEL LECTOR

Redes Sociales

RT @licfharo: @ForoJuridico Excelente revista jurídica de vanguardia! RT @JNMIJANGOS: @ForoJuridico Da pena que nos queramos sujetar al amparo por tradición jurídica más que como opción de vida institucional: ir a lo convencional. El amparo mexicano, que tanto pregonamos, dejará d tener sentido si asumimos la convencionalidad de la ley como cultura jurídica.

e–mail Fernando Reyes Chacon: Con respecto a la colegiación obligatoria, desde el punto de vista profesional, me parece correcta la medida, sin embargo esto se puede prestar a situaciones de tipo personal, venganzas y cuestiones políticas. Si algún servidor público a cargo de estos mecanismos de control y evaluación tiene interés en perjudicar a algún profesionista, simplemente puede no validar sus conocimientos o no certificarlo y eso obligará a dicho profesionista a revalidar estudios de conocimiento y por ende a gastar nuevamente en actualizarse. En todo caso si el Estado pretende eso pues que lo pague el Estado.

Editorial: Cae Gobernador de Michoacán por Ineficacia y Corrupción Raúl Alamillo: ¿Nexos con el crimen organizado? Simple “ineficacia” para gobernar. ‫يينتيتبتبا سشسشم شسشقثمخعلش‬: Todo el sistema es ineficaz, incluidos nuestros abogados. Luis C. Rmz Torres: ¿Pero el hijo de fausto vallejo en dónde está? He ahí la incongruencia del gobierno, y piden que creamos en ellos. Victor Tellez: ¿Y así dicen que las cosas están mejor en Michoacán? Bola de mentirosos criminales. Carlos Fonseca: #FaustoVallejo deja #Michoacán con una deuda de 16,186.6 millones de pesos y se va impunemente a su casa. En el país de “no pasa nada”.

La PGR se Prepara para ser la Fiscalía General de la República del Siglo XXI RT @JorgeAlbertoAma: La @PGR_mx requiere aplicar desde ya la nueva estructura y el nuevo personal para que en un menor tiempo pueda dar resultados. RT @JNMIJANGOS: @ForoJuridico @PGR_mx El mayor reto será que los órganos no jurisdiccionales apliquen criterios de convencionalidad, sin hacer caras compungidas. RT @marianabenitezt: Les quiero compartir más acerca de los cambios y procesos que se viven en @PGR_mx. Mi entrevista en @ForoJuridico.

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FORO DEL LECTOR

La Reforma Política y la Reelección de Senadores y Diputados RT @le_maa4: La #reeleccionlegislativa coartará el derecho ciudadano de votar y ser votado y sobre todo creará feudos burocráticos de poder perpetuo! RT @BarbaraCabrera: La implementación de la reelección legislativa inmediata es sólo un paso; no obstante, no será eficiente si no se cuenta con una certera transparencia de la labor parlamentaria, encaminada a coadyuvar una adecuada rendición de cuentas que lleve a ejercer mecanismos de control y posibles sanciones a los abusos de poder de quien nos representa en una curul RT @marco_cancino: La #ReelecciónLegislativa como se planteó en la #ReformaPolítica fortalecerá la disciplina partidista e incrementará el poder d los partidos RT @LatinaZurda: Apoyo la #ReelecciónLegislativa para crear carrera parlamentaria, siempre y cuando los ciudadanos seamos co-responsables en rendición de cuentas. RT @alexperezcorzo: Si la #ReelecciónLegislativa pretende empoderar al #ciudadano dándole mecanismo de rendición de cuentas, no deberían estar de arbitrio los partidos. RT @estedavid: La #reelecciónlegislativa en México reservará los espacios de representación política a un grupo aún más reducido y refractario.

Julian Dominguez Flores: La reelección ya existía en la Constitución antes de la reforma política. Senadores que inmediatamente buscan una diputación, presidencia municipal o gubernturas. Son puestos heredados generacionalmente a hijos. Es un asco el sistema. Edna Castillo: La reelección legislativa Obligaría a los legisladores a educarse en diversas materias, a ser eficaces, propositivos, participativos y disciplinados. Javier Barros: Estoy en contra de la reelección legislativa ya que reduce espacios de participación política.

Cadalsos: Sucesión del Director del IIJ de la UNAM Eduardo Rodríguez: Para mí los mejores son Edgar Corzo Sosa o Pedro Salazar Ugarte Ricardo Dozal Mendoza Seguramente el Dr. Imer Benjamín Flores Mendoza hará un extraordinario papel y estaba a la altura que se requiere. Julian Dominguez Flores: Creo que el más calificado y preparado es el Dr. Pedro Salazar Ugarte. Ulises Flores: Yo voto por dos de mis mejores maestros que tuve en la Licenciatura en Derecho en la Universidad Americana de Acapulco, me refiero a los Doctores Edgar Corzo Sosa e Imer Benjamin Flores Mendoza, cualquiera de los 2 que quede será buena elección.

Envíanos tus comentarios a: contacto@forojuridico.org.mx o a nuestras redes sociales:

Foro Juridico @ForoJuridico Agosto 2014   7


Acabar con la Impunidad es el Principal Reto en Latinoamérica:

RIGOBERTA MENCHÚ • Los Derechos Humanos son una lucha de siempre. • Opresión, maltrato y desigualdad laboral son problemas que viven las mujeres y que aún no han quedado resueltos. • Mi lucha ha sido en contra de la impunidad y la salvaguarda de los derechos de las víctimas. Dr. Elías Huerta Psihas 8 Foro 8   Foro Jurídico Jurídico


RIGOBERTA MENCHÚ TUM

ENTREVISTA

los jóvenes del derecho tienen una gran tarea por delante: encontrar modelos de justicia que dignifiquen a México, América Latina y a todos los pueblos del mundo En una visita a nuestro país para participar el pasado mes de junio en un Foro de conmemoración del tercer aniversario de la Reforma Constitucional de Derechos Humanos, Rigoberta Menchú Tum –indígena guatemalteca que cobró notoriedad mundial luego de haber obtenido el Premio Nobel de la Paz en 1992–, concedió una entrevista a Foro Jurídico, resaltando el esfuerzo realizado por México para organizar foros en la materia. Estos eventos, dijo, son una contribución para actualizar la agenda sobre el tema, pero además, un escenario que permite visualizar los retos venideros. Mi lucha ha sido siempre en contra de la impunidad, afirma Rigoberta Menchú, por la salvaguarda de los derechos y garantías de las víctimas, sobre todo en todos aquellos crímenes cometidos en contra de la humanidad. Es también para apoyar a aquellas personas que padecen los estragos de la persecución oficial y contra la criminalización de los dirigentes sociales. Sostiene la luchadora social, que el principal reto que tienen los Estados Latinoamericanos es acabar con la impunidad Comentó que muchas veces la legislación tiene una visión sancionatoria, de castigo y no de prevención, que es el eje fundamental para brindar soluciones a los problemas que enfrenta cualquier comunidad. Es importante, destacó, que el ciudadano tenga plena conciencia de sus derechos y herramientas necesarias para ejercer su propia defensa. Los esfuerzos realizados en México en materia de dh, afirma la también Investigadora Extraordinaria de la unam, son un paradigma para América Latina; los modelos que aquí se generan, nutren las experiencias en el continente americano e incluso en aquellos países que todavía están en la definición de cuál es el delito de atentado contra la paz. México, afirmó, sigue siendo un gran campo para sentar algunos precedentes. En cuanto a la equidad de género, considera Rigoberta Menchú que hay un posicionamiento de mujeres en la política y en los diferentes campos de liderazgo, pero eso no significa que los problemas históricos que viven las mujeres como la opresión, el maltrato, las condiciones de desigualdad en el trabajo y la falta de respeto, se hayan resuelto. Reproducimos para nuestros lectores la parte esencial de la entrevista.

¿Como luchadora social cuál es su principal preocupación?

¿Cómo percibe el respeto a los DH en México?

La impunidad. Me parece que el principal reto que tienen los Estados en Latinoamérica y otras partes del mundo, es acabar con la impunidad. Mi lucha ha sido siempre contra la impunidad y por la salvaguarda de los derechos y garantías de las víctimas, sobre todo en todos aquellos crímenes cometidos en contra de la humanidad. Es también para apoyar a aquellas personas que padecen los estragos de la persecución oficial y a los dirigentes sociales que son injustamente criminalizados. Otro gran problema que me preocupa es la discriminación. Es necesario que los gobiernos trabajen en la educación para erradicar la discriminación, porque sólo trabajando desde las aulas se podrá combatir este mal.

Son relevantes los esfuerzos realizados en México para organizar foros en materia de protección y defensa de los derechos humanos. Estos eventos son una contribución para actualizar la agenda sobre el tema, pero además, un escenario que permite visualizar los retos venideros. Al aprender de las experiencias propias, seguramente podemos enderezar el camino sobre los esfuerzos realizados en la materia. Los logros obtenidos en México en dh son un paradigma para América Latina; los modelos que aquí se generan, nutren las experiencias en el continente americano e incluso en aquellos países en donde todavía están en la definición de cuál es el delito de atentado contra la paz. México sigue siendo un gran campo para sentar algunos pre-

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ENTREVISTA

RIGOBERTA MENCHÚ TUM

Hay un posicionamiento de mujeres en la política y en los diferentes campos de liderazgo, pero eso no significa que los problemas históricos que viven las mujeres como la opresión, el maltrato, las condiciones de desigualdad en el trabajo y la falta de respeto, se hayan resuelto.

de derechos humanos: la persona, su dignidad, sus valores, son de gran valía en cualquier tiempo. Hay aún mucho trabajo por delante. Por ejemplo, para que se respeten los derechos humanos de las víctimas y en general para garantizar que el ser humano sea libre y tenga plenitud de vida.

¿Considera que la equidad de género ha avanzado en la región?

En cuanto a definición en conceptualización de derechos de mujeres creo que hay un gran avance en el ámbito internacional. Las resoluciones de la onu , los foros mundiales organizados por mujeres, no sólo de Estado, sino de cualquier estatus. También creo que hemos avanzado como mujeres en cuanto al conocimiento de nuestros derechos. Hay un posicionamiento evidente de mujeres en la política, en los diferentes campos de liderazgo, pero eso no significa que los procedentes. Sin embargo, todavía hay mucho que hacer blemas históricos que viven como la opresión, el malen la materia. Creo que la lucha por mejorar las con- trato, las condiciones de desigualdad en el trabajo y la diciones de dignidad, de vida, de felicidad, de liber- falta de respeto, se hayan resuelto. Esto es preocupantad de las personas es por y para siempre. No estamos te porque cada vez que hablamos de temas que tienen hablando de una temporada o sólo cuando hay abuso que ver con la mujer, es ella la que paga el delito. Por

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ENTREVISTA

La tortura debe ser considerada como crimen de lesa humanidad y ser castigado en donde quiera que ocurra. ejemplo, en el aborto; y no obstante que debe ponerse atención a todos los actos de violencia y a los delitos que se cometen contra mujeres, es urgente atender especialmente el feminicidio, el cual tiene que ser tipificado como delito de lesa humanidad y castigarse con todo rigor en cualquier parte del mundo.

¿Qué opina de la penalización del aborto? La penalización normalmente es buena cuando está tipificado el delito, pero no me puedo imaginar en la realidad cual es la tipificación de este delito. Cuando veo que una mujer abortó por desnutrición, por un golpe del marido, por un trabajo excesivo o en ejercicio de su libertad sexual, me pregunto si es justo que esta conducta sea delito. Se tendrían que plasmar los delitos de acuerdo a las características o motivos del aborto. Si no se tipifica qué es la libertad sexual; si no hay una investigación científica, una identificación de los hechos y una correlación con los hechos, no funciona. Si queremos respeto mutuo tenemos que crear ¿Cuál es la situación de los pueblos nuevos códigos de relacionamiento entre los humanos, indígenas en la región? si usted me dice que hay mil mujeres que abortaron por tales motivos y cada una tiene un fundamento de En este tema también existe un gran avance en su requé es lo que pasó, yo puedo opinar. Por ello, en princi- conocimiento y el respeto a sus dh , pero es necesario fortalecer las acciones y las políticas públicas para su pio no estoy de acuerdo con esta penalización. incorporación plena a la sociedad, con beneficios y de¿Cómo ve el fenómeno de los migrantes rechos; por eso hay que fortalecer el derecho indígena centroamericanos en México? a partir de la educación y las normas incluyentes, en un contexto multicultural que preserve y destaque las Muy preocupante. Los migrantes son un tema univer- libertades de los pueblos autóctonos y en este tema la sal que tiene que ver con la sobrevivencia del ser hu- justicia tiene un papel central. Por ejemplo, en Chiamano y con otros fenómenos como la pobreza, el ham- pas –estado que hace frontera con Guatemala y que bre, la falta de trabajo y de oportunidades, por lo tanto tiene una considerable población indígena–, se ha la migración no debe ser criminalizada. La migración creado la figura del traductor indígena a fin de que se es un fenómeno que ha existido durante siglos y que respete el proceso penal y la aplicación de la justicia debe ser tratado respetando los derechos humanos de sea la adecuada. También cuentan con algunos jueces las personas, superando la intolerancia y la falta de propios. Es importante, para que esto se logre, que la respeto que se tiene con los migrantes. La migración legislación no tenga sólo una visión sancionatoria, de no debe tratarse como un delito ni los migrantes ser castigo, sino de prevención, que es el eje fundamental tratados como criminales, pues son personas que tie- para brindar soluciones a los problemas que enfrenta nen derecho a habitar en este mundo. Se debe buscar cualquier comunidad. El ciudadano debe tener plena una solución a este fenómeno social que es penoso y conciencia de sus derechos y de las herramientas neceque atenta contra la dignidad humana. sarias para ejercer su propia defensa.

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ENTREVISTA

RIGOBERTA MENCHÚ TUM

Rigoberta Menchú y el Dr. Elías Huerta Psihas, Director General de Foro Jurídico durante la entrevista.

¿Qué opinión le merece el tema de la tortura en México y en América Latina? Lo más importante es que sancionemos el delito de tortura y que sea considerado como de lesa humanidad, así sea una persona o varias; aquí no debe importar la cantidad, sino el hecho en sí mismo. Hay crímenes que por conciencia propia de una sociedad deben ser condenados y no permitirse. Todos los países deben estar en contra de la tortura, es un crimen que se debe castigar en donde quiera que ocurra.

¿A quién se debe capacitar y educar primero para cumplir con el respeto a los dh ? A los impartidores de justicia. Los jueces y los estudiantes de Derecho deben tener una educación integral de la esencia de la dignidad humana; una visión integral de los problemas que enfrenta la sociedad, de tal manera que la Constitución no sólo se aplique parcialmente sino que se haga en su totalidad. En este sentido, la academia tiene la obligación de realizar esfuerzos para que el juez tenga los mejores conocimientos de la sociedad y de sus problemas. Y hablo en general, pueden ser soldados o policías, yo veo a la persona como es. Hoy ya tenemos reformas que limitan las facultades del ejército; ha ocurrido en Ar12    Foro Jurídico

Los jueces y los estudiantes de Derecho deben tener una educación integral de la esencia de la dignidad humana; una visión integral de los problemas que enfrenta la sociedad. gentina, en Chile, en Guatemala, hemos trabajado en las limitaciones que deben tener las fuerzas armadas para determinar qué es un delito militar y un delito común, nos toca fortalecer los sistemas de justicia civil. Los derechos humanos es una lucha de siempre, no es ver qué más o que menos. Por eso creo que los jóvenes del derecho tienen una gran tarea por delante: ser más pragmáticos pero a la vez más detallistas en la defensa del mal de la discriminación; que promuevan la prevención de la violencia y de la violación de los derechos civiles, económicos y sociales que ya están contemplados en la comunidad internacional y, sobretodo, para encontrar modelos de justicia que dignifique a México, a América Latina y a todos los pueblos del mundo.


ENTREVISTA

Semblanza

Rigoberta Menchú Tum • Inició sus actividades laborales como trabajadora agrícola y empleada doméstica en su natal Guatemala. Desde los 10 años participó como catequista en actividades religiosas en su comunidad. • Ha tenido una formación profesional autodidacta. Actividades Políticas y de Defensa de DH • Desde 1979 ha sido activista campesina con representación internacional. En 1982 participó en la Oposición Guatemalteca. Es fundadora de la Iniciativa Indígena por la Paz. • En 1993 participación como Embajadora de Buena Voluntad para el Año Internacional de los Pueblos Indígenas en Austria, así como en la Comisión de dh de la onu y en la Subcomisión de Prevención de las Discriminaciones y Protección de las Minorías. Como primera indígena guatemalteca asiste al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la onu . Cargos Desempeñados • Miembro del Consejo Internacional de los Tratados Indios. • Miembro del Consejo Honorario del Servicio Universitario Mundial. • Presidenta Vitalicia de la Fundación Rigoberta Menchú. • Embajadora de Buena Voluntad de la onu. • Promotora del Decenio Internacional de los Pueblos Indígenas del Mundo (onu ). • Embajadora de Buena Voluntad de la unesco . • Presidenta de la Iniciativa Indígena por la Paz (onu ) Reconocimientos Ha recibido múltiples reconocimientos internacionales, destacando: • Premio Nobel de la Paz, 1992.

• Premio de la unesco “Educación para la Paz”, 1990. • Condecoración “Legión de Honor en el máximo grado de Comandante”. (Francia) • Premio Príncipe de Asturias de Cooperación Internacional. (España) • Le han otorgado Doctorados Honoris Causa Universidades de: Bolivia, Nicaragua, El Salvador, Costa Rica, Oklahoma, Japón, México, España, Noruega, Guatemala y varias Norte Americanas. • Fue nombrada Investigadora Extraordinaria por la unam Obras publicadas • Me llamo Rigoberta Menchú y así me nació la conciencia. Libro testimonial traducido a 13 idiomas. • Se han escrito numerosas obras y ensayos sobre su vida y obra, destacando: Rigoberta: Senza Frontiera. Rigoberta: la Nieta de los Mayas y Crossing Borders.

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ARTÍCULO

CELEBRAN EN LOS PINOS DÍA DEL ABOGADO

Celebran en los Pinos el Día del Abogado Lic. Marco A. Villegas Serrano

L

uego de más de una década de ausencia, la celebración del Día del Abogado regresó a la Residencia Oficial de Los Pinos, con la presencia del Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, quién aseguró que los abogados han sido protagonistas de los grandes cambios que ha vivido la nación y que su conocimiento y experiencia han servido, incluso, a instituciones de corte mundial, recordando que el 12 de julio de 1960, se celebró por primera vez en México el Día del Abogado, en conmemoración a la primera cátedra de Derecho celebrada en nuestro país en la entonces Real y Pontificia Universidad de México. A partir de entonces, los abogados conmemoran el inicio de la cátedra de leyes que hace 461 años impartiera el jurisconsulto oriundo de Talavera de la Reina, Bartolomé de Frías y Albornoz, celebración que pone de manifiesto, afirmó

epn , la necesidad de que hoy, como entonces, se desa-

rrolle en México la investigación jurídica, se mejore la enseñanza del derecho, se perfeccione la norma jurídica y se optimice y transparente la impartición de justicia. El titular del Ejecutivo Federal –quién es también abogado de profesión–, aseguró que ya ha iniciado la etapa de instrumentación de los nuevos preceptos legales impulsados por su administración, siendo estos cambios

Los abogados han sido protagonistas de los grandes cambios que ha vivido la nación: Enrique Peña Nieto

El Presidente Enrique Peña Nieto durante el evento del Día del Abogado que se realizó en el Salón Adolfo López Mateos de la Residencia Oficial de Los Pinos.

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ARTÍCULO

Luis Maldonado Venegas, Presidente del Comité Rector del Día del Abogado, entregó al Primer Mandatario una efigie del Presidente Adolfo López Mateos, fundador del Día del Abogado el 12 de julio de 1960.

profundos y con velocidad en materia de educación, telecomunicaciones, política y electoral, energética y financiera y de competencia económica. Manifestó que corresponde al gobierno, la responsabilidad mayor de aplicar esas reformas de manera adecuada y con un respeto irrestricto a los derechos humanos. En un acto al que asistieron abogados con diversas actividades, lo mismo pertenecientes al sector público que a la práctica privada, a la academia, a la docencia o a la investigación, el Secretario del Trabajo, Alfonso Navarrete Prida, dirigió un mensaje en el que resaltó la obligación de los abogados para defender la legalidad como mínimo ético de convivencia social, refiriendo que hoy somos testigos de los cambios que habrán de modificar el rumbo de nuestro México, y el reto consiste, en que los abogados seamos actores del cambio. “Los abogados estamos llamados, dijo, a que esta revolución estructural se dé bajo una premisa, que es la que el país más necesita; el respeto al Estado de Derecho”. Estamos llamados a sumarnos a causas justas, y es justo que nuestros hijos tengan una educación de calidad que los prepare para enfrentar la vida de manera exitosa. Es justo que las desigualdades que tanto ofenden, se moderen. Que podamos disfrutar de bienes y servicios de calidad a pre-

El Día del Abogado en México fue instituido en 1960 por el Presidente Adolfo López Mateos. cios asequibles, que los grupos más desfavorecidos de la sociedad puedan acceder a empleos dignos y de calidad, a créditos que les permitan construir su ­patrimonio. Enfatizó el Secretario del Trabajo que en un Estado de Derecho como el nuestro, los abogados estamos llamados a defender la legalidad como mínimo ético de convivencia social y a defender la legitimidad y la justicia “no sólo la formal, sino la justicia real y auténtica que le dio origen al Estado mexicano del Siglo xx . La que permita que los mexicanos con carencias alimentarias tengan diariamente no sólo un pan que llevarse a la boca y un techo que cobijarse, sino una oportunidad de estudio y trabajo para transformar verdaderamente su vida”. Esta generación de abogados, aseguró, está invitada por la historia a recobrar los cauces del respeto a los derechos de los demás, de sus vidas, sus libertades, sus Agosto 2014   15


ARTÍCULO

CELEBRAN EN LOS PINOS DÍA DEL ABOGADO

Pedro Joaquin Codwell, secretario de Energia; Jesús Murillo Karam, procurador general de la República y José Elias Romero, presidente de la Federación Nacional de Abogados durante el evento.

Los abogados tenemos la obligación de defender la legalidad como mínimo ético de convivencia social: Alfonso Navarrete Prida propiedades. “No podemos mirar con pasividad la arbitrariedad, la corrupción, la injusticia o el abuso. Hay que volver los ojos a nuestros valores fundamentales, como individuos y como colectividad. Tenemos ante nosotros la oportunidad invaluable, y tal vez irrepetible, de aportar nuestro mejor esfuerzo por alcanzar mejores estadios de vida para todos; o enfrentamos unidos las mejores soluciones para el país o habremos perdido nuestra oportunidad histórica de transformar para mejorar, y nos ubicaremos en el umbral del severo juicio de las futuras generaciones”.

el apostolado de la academia, la pasión por el foro, la disciplina en la investigación, el compromiso de vida en la impartición de justicia, la necesaria e incesante tarea legislativa, así como la vocación por el servicio público. Es esta, indicó, la fecha idónea para honrar a tantos hombres de derecho, quienes con su particular cosmovisión, diseñaron y aportaron su conocimiento para el desarrollo de nuestro país.

Al referirse a la equidad de género, la Dra. Luna Ramos comentó que el camino del derecho para las mujeres, no ha sido fácil. “En la Roma antigua, pudieron desempeñarse como abogadas hasta los tiempos de Cicerón. Época en que se les prohibió, excepto para defenderse a sí mismas. Los alegatos certeros y profundos de la abogada Caya Afrania provocaron la ira del Pretor contra el que contendía en el foro, merced a lo cual se prohibió a las mujeres ejercer la abogacía por sus posiciones temerosas e irrespetuosas.” Aludió también a la Tercera de las Siete Partidas, de Alfonso el Sabio, que prohibía a las mujeres el ejercicio de la abogacía por no ser decoTambién participó en la celebración la Ministra Marga- roso que tomen el oficio del varón, así como porque si rita B. Luna Ramos, quien felicitó y reconoció la labor pierden la vergüenza, es fuerte cosa oírlas o de contenque cada uno desempeña, como destacados mexicanos der con ellas. que abrazan con fervor y pasión nuestra profesión. Los abogados, afirmó, hemos estado presentes de mane- Largo ha sido el proceso de aceptación de la mujer en ra relevante en las diversas etapas de la evolución de las actividades políticas, económicas y sociales, antes nuestro país. El carácter multifacético de nuestra pro- encomendadas solamente a los varones, dijo, y por eso, fesión nos permite incidir en diversos ámbitos sociales: es de justicia honrar también a aquellas mujeres que

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ARTÍCULO

El Presidente de la República felicita a la Ministra Margarita Luna Ramos por su mensaje durante el evento del Día del Abogado.

Los abogados hemos estado presentes de manera relevante en las diversas etapas de la evolución de nuestro país y el carácter multifacético de nuestra profesión nos permite incidir en diversos ámbitos sociales: Margarita Luna Ramos Agosto 2014   17


ARTÍCULO

CELEBRAN EN LOS PINOS DÍA DEL ABOGADO

Estuvieron en el presidium los miembros del gabinete legal y ampliado que son abogados, los presidentes de la Cámara de Diputados y Senadores, la Ministra Margarita Luna Ramos y el Abogado General de la UNAM, Luis Raúl González Pérez, entre otros.

abrazaron nuestra profesión, que con enorme talento y determinación demostraron su capacidad, entrega y profesionalismo, abriendo brecha para las que hoy seguimos sus pasos. Recordemos a María Asunción Sandoval, la primera abogada mexicana, que presentó su examen profesional en la Escuela Nacional de Jurisprudencia, en 1898. Y sobre todo, a Doña Cristina Salmorán de Tamayo, primera mujer designada Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en 1961, por el entonces Presidente Adolfo López Mateos, abogado e ilustre mexiquense. Recordó que a 199 años de existencia del máximo tribunal del país, solamente 9 mujeres, después de ella, han tenido el honor de ser Ministras.

El Gobierno Federal tiene la responsabilidad de lograr una adecuada implementación de las reformas, cuidando en todo momento el respeto irrestricto a los derechos humanos y los abogados deben aportar a la construcción de la gran obra colectiva que es México: Enrique Peña Nieto

los abogados en la construcción de un México de leyes, destacando la importancia que tendrán en la implementación de las reformas estructurales recién aprobadas, “en especial las que han tenido impacto directo y positivo en el sistema jurídico y procesal del país, como la reforma de la ley de amparo y del Código Nacional de Procedimientos Penales”. Estoy seguro, comentó, que los abogados seguirán aportando a la construcción de la gran obra colectiva que es común a todos: México. “Su diaria actividad sea como jueces, legisladores, investigadores, docentes, fedatarios públicos o desde el libre ejercicio de la abogacía, contribuirá a que los mexicanos accedan a todos los beneficios derivados de las reformas que hemos impulsado y que sin duda son transformaSe refirió el compromiso que tienen los abogados para doras de nuestro orden social”. lograr la implementación de las reformas constitucionales. “Las reformas constitucionales y su eficaz apli- Señaló que el Gobierno Federal tiene la responsabilidad cación sólo son posibles si en ellas se da la conjunción de lograr una adecuada implementación de las reforde esfuerzos de la comunidad jurídica, en un ambiente mas, cuidando en todo momento el respeto irrestricto de apertura y participación creativa, con discusión que a los derechos humanos y que los abogados seguirán privilegie la evolución del derecho”. Señalando igual- aportando a la construcción de la gran obra colectiva mente que el Poder Judicial de la Federación se ha su- que es México, enfatizando sobre la trascendencia del mado a la transformación del país, al hacer vigentes los derecho para la vida social, ya que su fin último lo consderechos humanos. En el Poder Judicial estamos cons- tituye la justicia, “valor esencial que nos une y comprociente, afirmó, de la modernización de nuestro país y mete a todos los abogados”. asumimos nuestra responsabilidad con irrestricto apego a la Constitución y a la ley, si el abogado es el defen- Correspondió al Lic. José Elías Romero Apis, Presidensor con el que cuenta la sociedad, que más importante te de la Federación Nacional de Abogados al Servicio de compromiso que la transformación de un México en el México dirigir un mensaje en nombre de las Barras, Coque prevalezca la justicia y la paz. legios y demás organizaciones de abogados, resaltando la importancia de que sea el Primer Mandatario quién Concluyó el evento con el mensaje del Presidente Peña encabece la celebración del Día del Abogado, agradeNieto, quién se refirió a las aportaciones que han tenido ciendo al abogado Enrique Peña Nieto su disposición 18    Foro Jurídico


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Los abogados seguirán aportando a la construcción de la gran obra colectiva que es México: Enrique Peña Nieto para retomar esta importante ceremonia para el gremio y que regrese su celebración anual con el Presidente de la República en un recinto oficial. Estuvieron presentes en la ceremonia, además de los ya mencionados, entre otros, abogados que integran el gabinete legal y ampliado, los presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores, el titular de la pgr , Jesús Murillo Karam, el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal Humberto Castillejos Cervantes, abogados del sector público y privado, ministros, juzgadores, legisladores, académicos, docentes, litigantes, procuradores de justicia de todo el país y presidentes de de tribunales federales y locales, destacando la presencia de Raúl Plascencia Villanueva, Presidente de la cndh , Luis Raúl González Pérez, Abogado General de la unam , Fauzi Hamdan, Rector de la Escuela Libre de Derecho, Jesús Cortazar Murphy Presidente del Colegio de Abogados de México, Elias Hureta Psihas Presidente de la

Asociación Nacional de Doctores en Derecho, abogados destacados del foro como Rafael Macedo de la Concha, Diego Fernández de Cevallos y Fernando Gómez Mont, Ma. Leoba Castañeda Rivas, Directora de la Facultad de Derecho de la unam , Xavier Gómez Coronel Yslas, Presidente de la Barra Nacional de Abogados, Carlos Daza Gómez, Presidente del Colegio de Profesores de Derecho Penal, Napoleón Fillat Martínez, del Consejo Nacional de la Abogacía y Juan Carlos Sánchez Magallán, de la Legión de Honor Nacional.

Las reformas constitucionales y su eficaz aplicación sólo son posibles si en ellas se da la conjunción de esfuerzos de la comunidad jurídica, en un ambiente de apertura y participación creativa, con discusión que privilegie la evolución del derecho.

El Procurador General de la República, Jesús Murillo Karam y la Ministra de la SCJN, Margarita B. Luna Ramos.

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PRESENTAN EL PROGRAMA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS 2014-2018

Presentan el Programa Nacional de Derechos Humanos 2014–2018 • México debe consolidarse como un Estado Democrático de Derecho: Enrique Peña Nieto • El centro de las acciones del Gobierno Federal es el respeto de los DH y el bienestar de las personas: Miguel Ángel Osorio Chong • La única autoridad que nos podrá sacar adelante en la lucha en favor de los DH es la autoridad moral: José Narro Robles

E

l Presidente Enrique Peña Nieto presentó en Palacio Nacional el pasado mes de junio el Programa Nacional de Derechos Humanos 20142018 (pndh ), ratificando el compromiso del Estado mexicano con la difusión y protección de los derechos fundamentales de las personas. Durante su mensaje resaltó que México debe consolidarse como un Estado Democrático de Derecho, que impulse y procure el pleno respeto y garantía de los Derechos Humanos (dh ). Para alcanzar este propósito, aseguró, se ha trabajado en el fortalecimiento del marco de protección a los derechos de las personas. Lo que ha permitido su ampliación y fortalecimiento gracias a la actitud constructiva y a la corresponsabilidad prevalecida entre los Poderes de la Unión. Peña Nieto realizó un recuento de los logros alcanzados durante los últimos años en materia de dh en los diferentes ámbitos de la vida social y política de México. Citó por ejemplo el reconocimiento que hace la Constitución al derecho a una educación de calidad, a la identidad, el acceso a las tecnologías de la información y comunicación, incluido el internet. “Igualmente, se han fortalecido los derechos de libertad de expresión, el de libertad de conciencia y de acceso a la información pública. Asimismo se elevó la edad mínima para el trabajo de menores.” En cuanto a derechos políticos, refirió el mandatario, se estableció la paridad de género para acceder a cargos legislativos, de igual forma, se instituyeron las candidaturas independientes para cargos de elección popular.

El objetivo de su administración es transitar del reconocimiento de los DH económicos, sociales, culturales, ambientales, civiles y políticos de las personas, a una política de Estado que garantice en la práctica, su efectivo cumplimiento. vo de los derechos. Entre ellos la nueva Ley de Amparo. “Entró en vigor la Ley General de Víctimas, una norma que cumple con estándares internacionales en materia de asistencia, protección, atención, reparación integral y restitución de los derechos de las víctimas. Se publicó el Código Nacional de Procedimientos Penales, que pone en el centro de atención a la víctima, el respeto a sus derechos, la presunción de inocencia y la reparación del daño.”

El Jefe del Ejecutivo destacó como a un año y medio de su administración ya se perciben importantes avances en materia de dh . Destacó la reducción del 75% de las recomendaciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (cndh ) hacia las dependencias del El Presidente Peña Nieto destacó que México cuente ya Gabinete de Seguridad, especialmente a las Fuerzas con instrumentos jurídicos que protegen el goce efecti- Armadas. El Presidente resaltó el cumplimiento a las 20    Foro Jurídico


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sentencias condenatorias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (cidh ); “se decidió retirar las reservas a artículos de 5 tratados internacionales, para ampliar la protección a los derechos fundamentales de las personas. La expansión de los Derechos Humanos en nuestra Constitución, a partir de 2011, tanto de fuente nacional como internacional, representó un gran paso para México. Este avance jurídico, junto al control de convencionalidad, que debe realizar todo juzgador nacional, representa una significativa evolución legal para nuestro país; en ella, el Poder Judicial Federal ha desempeñado un papel fundamental. Sin embargo, México requiere seguir avanzando en esta materia.” Las profundas transformaciones que ha experimentado el país, comentó, sólo podrán arraigarse en el mediano y largo plazos; por lo que el objetivo de su administración es transitar del reconocimiento de los dh económicos, sociales, culturales, ambientales, civiles y políticos de las personas, a una política de Estado que garantice en la práctica, su efectivo cumplimiento. Por ello se comprometió ante el titular de la cndh , Raúl Plascencia Villanueva, el Dr. José Narro Robles, Rector de la unam , así como ante líderes sociales, que su gobierno mantendrá firme su disposición al diálogo y a la cooperación con los mecanismos internacionales de protección a los dh . “Sumando esfuerzos con estos mecanismos y con las organizaciones de la sociedad ci-

vil, el Estado mexicano seguirá combatiendo con determinación prácticas inaceptables, violatorias de la ley y los dh , como la tortura, las desapariciones o la trata de personas.” Advirtió el Presidente Peña Nieto el pndh 2014-2018, se distingue por cuatro características esenciales:

Es un programa con visión nacional, que trasciende el ámbito de la Administración Pública Federal al involucrar a los tres poderes y a los órganos autónomos, por eso se puede considerar una auténtica política de Estado.

Coloca a los dh en el centro de todas las acciones del gobierno. Con ello se asegura que en sus programas y políticas públicas exista una perspectiva de promoción y protección de derechos fundamentales.

Promueve la articulación eficaz, ya que con la presencia de los representantes de los Poderes, de los órdenes de Gobierno y de la sociedad civil, se acredita que se trata de una tarea que convoca a la sociedad en general.

Cuenta con mecanismos de información y evaluación independientes. Por primera vez se estaAgosto 2014   21


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PRESENTAN EL PROGRAMA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS 2014-2018

El Presidente de la Cámara de Diputados, José González Morfín y el Presidente de la SCJN, Ministro Juan Silva Meza flanquean al Presidente de la República.

blecen indicadores para medir y evaluar el goce y ejercicio de los dh , además, prevé un mecanismo que integra información actualizada, accesible, oportuna, confiable y objetiva que permita mejorar la toma de decisiones. Además, adopta la metodología de indicadores del Alto Comisionado de las Naciones Unidas y de la Organización de los Estados Americanos.

La Autoridad Moral y los Derechos Humanos

El Dr. José Narro Robles, Rector de la unam , afirmó durante su participación, que la única autoridad que nos podrá sacar adelante en la lucha en favor de los dh es la autoridad moral. Añadió que en su desarrollo, México ha faltado a muchas citas, pero a la que no puede fallar es con el porvenir, y para ello, dijo, el pndh 2014Se refirió a los tres ejes de acción que la administración 2018 es fundamental. Se trata dijo, de un compromiso federal implementa para hacer eco del pndh . Se trata de la autoridad por avanzar en la construcción de una de la ampliación y fortalecimientos del proceso de ca- verdadera política de Estado en la materia. pacitación a los servidores públicos, en el marco de las nuevas disposiciones constitucionales. Cada Secretaría deberá fortalecer sus mecanismos internos de evaluación, a fin de asegurar el alineamiento de sus programas y acciones con el programa; finalmente deberán adoptar las disposiciones reglamentarias y administrativas necesarias, para prevenir violaciones a los dh en el ámbito de su competencia. “Somos parte de una nueva cultura que va cobrando cada día más fuerza y más arraigo entre la sociedad mexicana de hacer un respeto pleno a los derechos humanos, pero al mismo tiempo reconocemos que hay camino por andar y que trabajar de El Rector celebró que el documento contenga un diagforma conjunta. Ésta es una tarea del Estado mexicano nóstico crítico y objetivo. Al comentar el contenido del en su conjunto con la participación de la sociedad civil”, pndh , Narro Robles, dijo, que sus páginas contienen una revisión completa del marco normativo, un diagfinalizó el Presidente Peña Nieto.

Las recomendaciones de la CNDH a las dependencias del Gabinete de Seguridad se han reducido en más del 75%, especialmente las dirigidas a las Fuerzas Armadas.

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La autoridad tiene un gran compromiso para avanzar en la construcción de una verdadera política de Estado en la materia de DH y la única que nos podrá sacar adelante en esta lucha es la autoridad moral: José Narro Robles

“existen prácticas abominables, como la desaparición forzada, la tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, al tiempo que se acepta que el sistema penitenciario está lleno de fallas e insuficiencias. De la misma manera, se identifica una cultura de discriminación hacia la mujer, actitudes estereotipadas por parte de las autoridades”. A pesar de este sobrio panorama que relató, Narro Robles advirtió que el premio otorgado por la onu a la scjn es una muestra de que internacionalmente se valora lo alcanzado; “mucho que falta por hacer, da cuenta el Programa Nacional de Derechos Humanos”. La consolidación de una cultura basada en el respeto y protección de los dh , refirió el Rector de la unam , es la vía que nos debe conducir al ejercicio de nuestros derechos y el cumplimiento de nuestras obligaciones. “Podremos vivir en un Estado de Derecho, de mandar lo que nos corresponde, pero también aportar lo que nos toca. En este sentido la educación es fundamental.” Al respecto, recordó a los asistentes a la ceremonia, que la Máxima Casa de estudios desde 1985 estableció la defensoría de los derechos universitarios, además, que el pasado 5 de junio se emitió el acuerdo por el que se establecieron políticas institucionales para la protección de los dh en la Universidad. “Refrendamos el compromiso institucional que existe en la materia y la prioridad que los universitarios le concedemos”, finalizó Narro Robles.

El Dr. José Narro Robles, Rector de la UNAM saludando al Presidente Enrique Peña Nieto durante el evento.

nóstico, objetivos, estrategias, líneas de acción e indicadores, así como la definición de las dependencias y entidades que participarán en la ejecución del programa, con metas nacionales y con los distintos programas sectoriales. Enfatizó que en su aplicación no hay lugar para la autocomplacencia. “La consolidación de una cultura basada en el respeto y la protección de los derechos humanos es la vía que nos debe conducir como Nación a alcanzar esa condición plena a la que la mayoría aspiramos: el ejercicio de nuestros derechos y el cumplimiento de nuestras obligaciones”. Sostuvo que todavía deben resolverse injusticias, entre otras, los problemas de los migrantes, los indígenas, las mujeres, los jóvenes y los ancianos. No se ha logrado revertir, refirió, el número de violaciones que persisten en muchos ámbitos de los dh ; asimismo recriminó que, la capacitación no ha incidido de la manera esperada;

El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, afirmó que el centro de las acciones del gobierno federal es el respeto de los dh y el bienestar de las personas. En esta nueva era se dejaron atrás los esfuerzos aislados para dar pie a la coordinación eficaz entre los distintos órdenes de gobierno, los Poderes de la Unión y, en particular, con la sociedad. Con esa visión, destacó, se diseñó el pndh , el cual es un esfuerzo que articula y consolida los logros alcanzados en la presente administración, mismos que han sido reconocidos por la Corte Interamericana. Enfatizó que nadie está por encima de la Constitución y nada por encima de la dignidad humana; por eso el Programa articula los esfuerzos del Gobierno y de la ciudadanía para avanzar en la construcción de una sociedad de derechos; “se trata de un paso decisivo en la historia de la promoción y defensa de los mismos, poniendo a nuestro país a la vanguardia en esta materia”. El Programa, explicó Osorio Chong, es un producto del diálogo y del consenso, resultado de una intensa consulta con académicos, organismos multilaterales, representantes locales, los poderes Legislativo y Judicial, y organizaciones de la sociedad civil. Su diagnóstico, refirió, sumado al análisis de in-

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PRESENTAN EL PROGRAMA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS 2014-2018

El Presidente EPN conversa con el Secretario de Gobernación Miguel Ángel Osorio Chong en presencia del Ministro Juan Silva Meza.

El Programa es producto del diálogo y del consenso, de una intensa consulta con académicos, organismos multilaterales, representantes locales, los poderes Legislativo y Judicial, y organizaciones de la sociedad civil: Miguel Ángel Osorio Chong formes nacionales y recomendaciones internacionales, permitió consolidar el contenido, estrategias y líneas de acción del Programa. El Presidente de la cndh , Raúl Plascencia Villanueva, destacó que el gobierno de Enrique Peña Nieto aceptó todas las recomendaciones emitidas por Comisión; una situación, dijo, que no se observaba desde hacía más de una década. Recalcó la disminución en cerca del 50% en el número de quejas en contra del Ejército y las Fuerzas Armadas en el año anterior, en comparación con el año 2012. “Esto implica un compromiso más allá del discurso, un compromiso que está traduciéndose en realidades, una capacitación y un cambio de estrategias que sí está dando frutos y resultados en México y que estamos compartiendo ya con por lo menos una docena de otros países de América Latina, de África y de Asia”. 24    Foro Jurídico

Señaló que es clara la tendencia en la reducción de las quejas por tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes, al situarlos en un 30% a la baja durante el 2013 en comparación al 2012. “Esto implica que capacitar, educar con las herramientas adecuadas da frutos y nos permite hacer realidad de una mayor y mejor manera los derechos humanos”, apuntó.

Plan Nacional de Derechos Humanos 2014–2018 El Programa tiene alcance nacional y tanto en su elaboración como en su seguimiento contempla la participación y consulta con la sociedad civil. Asimismo, contiene un breve diagnóstico de la situación de los derechos humanos en el país, en la cual se reconoce la existencia de diversas violaciones en distintos ámbitos y la importancia de fortalecer las capacidades de las autoridades nacionales para responder a ellas. Cabe señalar, que en la definición de los objetivos y líneas de acción del programa se consideró la atención de distintas recomendaciones de mecanismos internacionales de dh , incluidas las recomendaciones del Examen Periódico Universal. El pndh también incluye un capítulo relativo a indicadores para medir los avances en la materia para lo cual se contempla la creación de un mecanismo independiente y participativo de seguimiento y evaluación. Entre los indicadores se encuentra el retiro de reservas y declaraciones interpretativas a tratados internacionales, reducción en el número de recomendaciones de la cndh por violaciones a derechos humanos y que más


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Es clara la tendencia en la reducción de las quejas por tortura y tratos crueles inhumanos o degradantes, al situarlos en un 30% a la baja durante el 2013 en comparación al 2012: Raúl Plascencia Villanueva entidades federativas establezcan programas estatales de dh . El documento cuenta además con un anexo que especifica el papel de cada institución en la ejecución del Programa. Se ha identificado también la relación de los objetivos del programa con las líneas y objetivos de los programas sectoriales de las dependencias. Cabe destacar que en la Declaración de Viena y el Programa de Acción, adoptados en junio de 1993, en el marco de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, se recomendó que cada Estado “considere la posibilidad de elaborar un plan de acción nacional en el que se determinen las medidas necesarias para que ese Estado mejore la promoción y protección de los derechos humanos.”

El Programa Nacional de Derecho Humanos está compuesto por diversos objetivos, estrategias y líneas de acción que deberán realizar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a fin de lograr los siguientes objetivos: 1. Implementar de forma efectiva la reforma constitucional de derechos humanos. 2. Prevenir las violaciones de derechos humanos. 3. Garantizar el ejercicio y goce de los derechos humanos, atendiendo las problemáticas de derechos humanos señaladas por organismos nacionales e internacionales y buscando la efectividad de los mecanismos de seguimiento a recomendaciones internacionales, entre otras cosas. 4. Fortalecer la protección de los derechos humanos. 5. Generar una adecuada articulación de los actores involucrados en la política de Estado de los derechos humanos para lo cual se trabajará conjuntamente con la Conferencia Nacional de Gobernadores y la Conferencia Nacional de Municipios de México. 6. Sistematizar información en materia de derechos humanos para fortalecer las políticas públicas a través de la elaboración de reglas de coordinación interinstitucional y de un Sistema Nacional de Evaluación del nivel de cumplimiento de los derechos humanos.

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LISTAS LAS LEYES SECUNDARIAS DE TELECOMUNICACIONES

Listas las Leyes Secundarias de Telecomunicaciones y Radiodifusión Marco A. Ríos

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uego de un prolongado trabajo legislativo por parte de senadores y diputados, el Presidente Enrique Peña Nieto promulgó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano. De esta manera, los legisladores cumplieron, aunque tardíamente, con la transformación del Estado mexicano en la materia que se tanto necesitaba y que reclamaba la sociedad, para avanzar en nuestro despegue económico y social, como lo ha dicho el Ejecutivo Federal.

Un hecho que trascendió en el ámbito político fue la que hasta el inicio de la sesión, la Diputada Purificación Carpinteyro Calderón (prd ), ex subsecretaria de Comunicaciones con Felipe Calderón, había sido la única que se excusó de participar en la discusión de estas leyes reglamentarias, luego que medios de comunicación difundieron una grabación en la que planteaba realizar negocios en el sector.

La Ley de Federal de Telecomunicaciones, así como el resto de los ordenamientos promulgados por el PresiUna vez publicados los ordenamientos en el Diario Ofi- dente Peña Nieto conforman la Legislación Secundaria cial de la Federación, se concreta uno de los cambios de la Reforma Constitucional en Materia de Telecoestructurales impulsados por la actual administración municaciones, alcanzada el año pasado con el amplio federal que debía realizarse desde hace por lo menos respaldo del Pacto por México. Se pretende que constidos décadas, de acuerdo con el titular de la Secretaría tuyan un importante instrumento para ampliar la liberde Comunicaciones y Transportes, Carlos Ruiz Esparza, tad, fortalecer la igualdad e incrementar la prosperidad quien aseveró que la falta de las reformas ha provoca- de los mexicanos, porque a decir del propio Jefe del Ejedo que México se haya rezagado en terrenos como la cutivo, asegura la libre expresión y manifestación de las educación, el crecimiento del empleo formal, el crédito ideas en todos los medios de comunicación electrónica, bancario, la recaudación fiscal, la modernización de la incluyendo a internet. Asimismo, fomenta la compeindustria energética y las telecomunicaciones, lo cual tencia, la productividad y la innovación; reduce costos llevó a nuestro país a ocupar los últimos lugares entre de operación de las empresas en todos sus tamaños; micro, pequeñas y medianas, y grandes empresas y, lo más los países de la ocde . importante, genera ahorros para las familias mexicanas. A pesar de la férrea oposición por parte de algunos legisladores de la izquierda, se concretó esta reforma que Ruiz Esparza, ha señalado que el nuevo marco jurídico permite que en México contemos ya con la legislación implica un cambio estructural en el desarrollo de las tenecesaria en telecomunicaciones que da fuerza y certe- lecomunicaciones y la radiodifusión, que nos permitirá za jurídica a las reformas constitucionales en la mate- superar las notorias insuficiencias existentes. Basta reria. En periodo extraordinario ex profeso, los diputados cordar que de acuerdo con datos de la dependencia, en aprobaron la legislación secundaria en lo general con la actualidad apenas el 30% de los hogares tiene acceso 340 votos a favor, 129 en contra y una abstención lue- a internet, cuando en otros países superan el 60, inclugo de desechar de manera gradual 552 reservas; horas so el 70%. De ahí que exista la confianza de acelerar el más tarde se logró la aprobación en lo particular con paso para extender el uso de las tecnologías de la infor318 votos a favor, 107 en contra y cero abstenciones. Du- mación y la comunicación en todo el país, incluidas las rante el posicionamiento de los grupos parlamentarios, zonas con mayores rezagos sociales. El gobierno fedediputados del prd , pt y mc se pronunciaron en contra ral en voz del titular de la sct , ha indicado que con las del documento, mientras que los del pri , pan , pvem nuevas inversiones, podrá construirse una red troncal resaltaron la importancia de su contenido. de fibra óptica con la que se duplicará la red actual y

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Acompañan al mandatario EPN, Gerardo Ruiz Esparza, Secretario de Comunicaciones y Transportes, así como los presidentes de las Cámara de Diputados, José González Morfin, y Senado, Raúl Cervantes.

La Ley de Telecomunicaciones regula el uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico, la preponderancia en el mercado, las redes públicas de telecomunicaciones y el acceso a su infraestructura.

la doble ventanilla, ofrecen seguridad jurídica a los usuarios y a las audiencias, regulan el uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico, la preponderancia en el mercado, las redes públicas de telecomunicaciones y el acceso a su infraestructura. En ella se otorga al Instituto Federal de Telecomunicaciones (ift ) un marco legal para actuar ante el nuevo escenario que tiene nuestro país, sobre todo porque reducen los mecanismos de impugnación y no se permite la suspensión de las resoluciones que emita el Instituto. Esto significa que las medidas regulatorias tendrán aplicación inmediata y no serán evitadas con litigios de años como sucedía hasta ahora.

se pondrá en funcionamiento una red compartida que La ley establece que agente económico preponderanpermitirá llevar servicios de banda ancha a todas las re- te en el sector de las telecomunicaciones o con poder giones de México. sustancial estará sujeto, entre otras acciones, a registrar ante el Instituto una lista de los servicios de intercoAdemás, la Ley Reglamentaria garantiza la transición nexión desagregados, previamente autorizados por el a la televisión digital a familias de escasos recursos, las ift , para proveer la información necesaria a otros conposibilidades de información, recreación y entreteni- cesionarios sobre las especificaciones técnicas y funciomiento se enriquecen con esa transición que, por dispo- nales de los puntos de interconexión, la cual deberá ser sición constitucional, deberá darse a fines del 2015. Sig- actualizada por lo menos una vez al año; así también, nifica más opciones para el público y para la promoción no llevar a cabo prácticas que impidan o limiten el uso comercial, y más aún, con la licitación próxima de dos eficiente de la infraestructura dedicada a la intercocadenas de televisión digital abierta. Establecen reglas nexión; permitir la compartición de los derechos de vía. claras para la competencia y libre concurrencia, evitan

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LISTAS LAS LEYES SECUNDARIAS DE TELECOMUNICACIONES

Los empresarios Claudio X. González, Carlos Slim Domit y Francisco Gil Díaz, durante la promulgación de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en el Palacio Nacional.

A partir del 1° de enero de 2015, ya no habrá cobro por larga distancia nacional en telefonía fija.

Dispone tomar las medidas necesarias para que 70% de los hogares y 85% de las micro, pequeñas y medianas empresas, cuenten con el servicio.

Impide cualquier bloqueo a Internet o a las redes sociales, y asegura la neutralidad de la red; es decir, los usuarios accederán con plena libertad y sin discriminación a cualquier aplicación, contenido o servicio.

La calidad y velocidad de Internet habrán de mejorar en beneficio de todos los usuarios, conforme a los lineamientos que irá definiendo el Instituto Federal de Telecomunicaciones.

En materia de telefonía

Beneficios de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión En materia de Internet

Pone las tecnologías de la información al alcance de más mexicanos, y asegura la libertad de expresión en ellas. Obliga al Estado a ofrecerlo de manera gratuita en 250 mil sitios públicos del país, principalmente en escuelas, bibliotecas, hospitales y plazas públicas.

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Se establecen medidas eficaces para alentar la competencia, reducir los costos de este servicio y elevar su calidad.

A partir del 1 de enero de 2015, ya no habrá cobro por larga distancia nacional en telefonía fija.

Todos los usuarios de telefonía celular podrán hacer y recibir llamadas en cualquier parte del país, sin importar quién sea la empresa proveedora del servicio.


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Se otorga al IFT un marco legal para actuar ante el nuevo escenario que tiene nuestro país, sobre todo porque reducen los mecanismos de impugnación y no se permite la suspensión de las resoluciones que emita el Instituto. •

Los saldos de prepago en telefonía celular tendrán una vigencia de un año. La consulta del saldo será gratuita. Quienes tienen un plan tarifario, obtendrán recibos que detallen claramente cada cobro y la opción de pagar por minuto o incluso por ­segundo.

Los usuarios de los diferentes servicios de telecomunicaciones podrán cancelar su servicio si los operadores cambian las condiciones del contrato o exigir el cumplimiento de los términos pactados.

Cuando los usuarios así lo decidan, tendrán la libertad de cambiar de compañía conservando su número telefónico y con la seguridad de que su teléfono no será bloqueado. Todos los derechos que establece la ley deberán hacerse del conocimiento de los usuarios por escrito, o a través de los medios electrónicos, al contratar el servicio.

cano y será obligatorio promover la equidad de género y los derechos de la niñez.

Los suscriptores de televisión de paga recibirán todos los canales de televisión abierta sin costo adicional;

Se prohíbe la contratación en exclusiva, por parte de alguna televisora, de contenidos, programas o eventos de amplio interés para los televidentes.

La transición de la televisión analógica a la digital, se realizará a más tardar el 31 de diciembre de 2015.

En materia de radiodifusión

Se promueve la competencia, la innovación y una mayor diversidad de programación, ya que habrá más televisoras y nuevos canales.

Permite que las dos nuevas cadenas comerciales de televisión, que están en proceso de licitación ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones, compitan en igualdad de condiciones, ampliando la oferta de contenidos.

Para que haya más contenidos de calidad se crea una nueva cadena de televisión pública, denominada Sistema de Radiodifusión del Estado mexi-

Beneficios específicos para los usuarios con alguna discapacidad

Las compañías de telecomunicaciones deberán ofrecerles equipos especiales con funciones, programas o aplicaciones que les permitan acceder y usar los servicios contratados.

Las televisoras con cobertura en más de la mitad del país tendrán un plazo máximo de 36 meses para incluir lengua de señas mexicanas o subtitulaje oculto en la programación que transmitan de seis de la mañana hasta la medianoche.

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EL CONTRATO DE OUTSOURSING

El Contrato de Outsoursing: Fraude a la Legislación Laboral disminución y abaratamiento en los costos de la mano de obra.1 La palabra cuenta con una definición, a saber: out, fuera y source, fuente o suministro, que acompañado del gerundio ing alude a que algo se está haciendo. Por lo que el término de literalmente significa suministro externo y se refiere a los servicios que provienen de fuera de la propia empresa. Esto constituye para los mercantilistas una reingeniería empresarial.2 En este sentido la nueva Reforma a la Ley Federal del Trabajo reconoce la legalidad del régimen de subcontratación, situación por la cual se adicionó el artículo 15-A a la Ley Federal del Trabajo, que dispone lo siguiente:

Doctor en Derecho Laboral. Dr. Christian González García

L

“…El trabajo en régimen de subcontratación es aquél por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y las supervisa en el desarrollo de los servicios o en la ejecución de las obras contratadas…”

a flexibilización de los derechos laborales es Sin embargo, el propio artículo establece que existen una de las tantas consecuencias negativas del ciertas medidas de control para las empresas que opemodelo económico neoliberal que se ha instaurado en el ámbito mundial. La práctica del outsourcingo, subcontratación, comienza a ser cotidiana en el plano nacional e internacional.

Este fenómeno en México propicia la precarización de las condiciones de trabajo de los trabajadores. Sin lugar a dudas significa un retroceso histórico para los derechos laborales individuales y colectivos; los que la sociedad mexicana ya había logrado conseguir desde principios del siglo pasado a costa de la muerte de miles de trabajadores con la entrada en vigor de la Constitución Política de 1917. El término outsourcing es utilizado por diversos expertos como sinónimo de subcontratación, externalización, terceriarización, reubicación o intermediación. Para el patrón equivale a plusvalía,

Algunas empresas de outsourcing llegan a consumar fraudes específicos sin darse cuenta que existen tipos penales en el Código Penal Federal y en algunos otros cuerpos normativos que contienen delitos especiales.

Curiel Sandoval, Alejandra, “La reforma a la Ley Federal del Trabajo”, Revista Alegatos, México, número 83, enero/abril de 2013, pp. 213-214. Ruíz Moreno Ángel Guillermo, “Outsourcing: Instrumento jurídico sin control legal”, GASCA SICCO, Laboral, año X, núm. 115, México, 2002. 3 Idem. 1

2

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ran bajo este tipo de figura jurídica y las cuales se en- trabajo, en detrimento de los trabajadores, constitucuentran limitadas bajo las siguientes condiciones: yen por parte de los empleadores evidentes violaciones a la legislación laboral y que por su desconocimiento No podrá abarcar la totalidad de las actividades, igua- pudieran ser consideradas como conductas delictivas.4 les o similares en su totalidad, que se desarrollen en el Autores como Rafael Santoyo Velasco reconoce que hay un verdadero Derecho Penal Laboral y se refiere a los centro de trabajo. tipos penales que ya existen; sin embargo, sugiere que debería haber un catálogo de penas relacionado con los Deberán justificarse por su carácter especializado. delitos laborales.5 De tal suerte que coincido con el ciNo podrá comprender tareas iguales o similares a las tado autor debido a que la realidad del momento obeque realiza el resto de los trabajadores al servicio de la dece a los aspectos por los cuales algunas empresas de outsourcing llegan a consumar fraudes específicos sin contratante. darse cuenta que existen tipos penales, en el Código PeDe no cumplirse con todas estas condiciones, el contra- nal Federal y en algunos otros cuerpos normativos que tante se considerará patrón para los efectos de esta Ley contienen delitos especiales. incluyendo las obligaciones en materia de seguridad En este sentido, a continuación se elaboran cuadros social. 3 que contienen tres casos, los cuales responden a delitos Por otro lado, habría de cuestionarse si los contratos de laborales, comúnmente cometidos por las empresas y outsourcing son típicos regulados por la legislación la- desconocidos por los trabajadores:6 boral o si las prácticas precarias de las condiciones de

CASO 1 Fraude al salario contra los trabajadores

Sujeto Activo

El contratista y el contratante debido al acuerdo previo y al dominio funcional del hecho. En el dolo no se atribuye únicamente a quien realiza materialmente la conducta descrita por la ley, sino a quien posee bajo su control directo e inmediato la decisión total de llegar al resultado.

Sujeto Pasivo

Trabajador.

Objeto Material

Salarios.

Conducta Típica

Valerse de la ignorancia o de las condiciones económicas del trabajador, pagándole cantidades inferiores a las que legalmente le corresponde.

Caso práctico

Que el trabajador firme recibos de pago con base en un sueldo inferior y que en tarjeta de débito o nómina le depositen otro ingreso adicional por sus servicios por parte del contratante con un sueldo superior al que realmente percibe.

Fundamento Legal

Artículo 387 del Código Penal Federal, fracción XV, y 230, fracción IX, del Código Penal para el Distrito Federal, dependiendo si es asunto es de competencia Federal o Local.

Comentarios elaborados por el autor. Santoyo Velasco Rafael, “¿Existe un Derecho Penal Laboral”, Revista el Mundo del Abogado, p. 39 6 Cuadros elaborados por el autor. 4 5

Agosto 2014   31


ARTÍCULO

EL CONTRATO DE OUTSOURSING CASO 2 Fraude procesal

Sujeto Activo

El contratista y el contratante debido al acuerdo previo y al dominio funcional del hecho. En el dolo no se atribuye únicamente a quien realiza materialmente la conducta descrita por la ley, sino a quien posee bajo su control directo e inmediato la decisión total de llegar al resultado.7

Sujeto Pasivo

Trabajador.

Objeto Material

Contrato, escrito, acto jurídico o juicio simulado.

Conducta Típica

Valerse de la ignorancia o de las condiciones económicas del trabajador, pagándole cantidades inferiores a las que legalmente le corresponde. El famoso contrato de outsourcing pirata, que se encuentra establecido en oficinas pequeñas que operan prácticamente sin ningún patrimonio, para no responder con sus deberes fiscales antes las instituciones de seguridad social.

Caso práctico

Fundamento Legal

7

Las empresas que cambian de razón social año con año, para no generar antigüedad en los trabajadores, ni tampoco pagan las vacaciones, ni la prima de vacacional de acuerdo a su antigüedad, pero que continúan operando con los mismos representantes legales y dueños del capital. • Los convenios de sustitución patronal con los mismos dueños de las empresas que no reconocen el mismo salario originalmente pactado con sus trabajadores, existiendo diferencias substanciales en las nuevas condiciones de trabajo con el empleador, creyendo el trabajador que con el nuevo convenio, el vínculo laboral subsistirá con la esperanza de conservar su empleo. • Los patrones que pagan el salario superior al mínimo, pero en realidad reportan al seguro social un salario inferior al verdaderamente devengado por el trabajador, el cual merma la capacidad adquisitiva del trabajador al momento de pensionarse, conforme a la carestía de la vida. • Se evita el pago de las utilidades por ser empresas de primera creación las cuales están exentas de dar utilidades a los trabajadores durante el primer año. Artículo 387 del Código Penal Federal, fracción X, y 310 del Código Penal para el Distrito Federal, dependiendo si es asunto es de competencia Federal o Local.

Soto Mayor López Oscar, Práctica Forense de Derecho Penal, México, Ed. UbiJus, 2007, p. 203.

32    Foro Jurídico


ARTÍCULO CASO 3 Delito de defraudación fiscal Sujeto Activo

El contratista y el contratante debido al acuerdo previo y al dominio funcional del hecho.

Sujeto Pasivo

El IMSS o el INFONAVIT y el trabajador.

Objeto Material

Cuotas obrero patronales de seguridad social.

Conducta Típica

Por omisión no se reporten las cuotas del IMSS e INFONAVIT durante los primeros 5 días al inicio de la relación laboral.

Caso práctico

Empresas “patito” que no dan seguridad social a los trabajadores y quienes laboran en condiciones precarias de salud y seguridad social en el trabajo.

• Fundamento Legal

Reportar el grado de siniestralidad con el más bajo, en comparación al realmente ocasionado por la empresa.

Artículos 307 y 308 de la Ley del Seguro Social y 57 y 58 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda de los Trabajadores. 8

CASO 4 Fraude a acreedores Sujeto Activo

El contratista y el contratante debido al acuerdo previo y al dominio funcional del hecho. (Dirigentes, administradores y mandatarios que la efectúen).

Sujeto Pasivo

El IMSS o el INFONAVIT y el trabajador.

Objeto Material

Los créditos insolutos.

Conducta Típica

Venda o traspase una negociación, sin la autorización de los acreedores.

Caso práctico

Empresas endeudadas económicamente con el fisco y sus trabajadores, por colocarse en estado de insolvencia en forma deliberada.

Fundamento Legal

Artículo 387, fracción XIV, del Código Penal Federal y artículo 231, fracción VIII, del Código Penal, para el Distrito Federal.

8

Idem.

Agosto 2014   33


ARTÍCULO

EL CONTRATO DE OUTSOURSING

Asimismo es importante no perder de vista el nexo causal entre la conducta y el resultado material en el delito de fraude, a saber:

TENDIENTE A

CONDUCTA

RESULTADO

Engaño o aprovechamiento del error

Hacerse de una cosa ilícitamente o alcanzar un lucro indebido

Engañar

Hacerse de una cosa

Aprovechamiento o error

Alcanzar un lucro

La subcontratación en México es un fenómeno social que se encuentra latente como resultado tanto de la crisis económica que atraviesa el mundo entero, así como del establecimiento de algunas empresas trasnacionales. Éstas trajeron consigo políticas económicas bajo las cuales deberá relacionarse el patrón con los trabajadores en el actual mercado laboral. Finalmente otros autores de la doctrina internacional han querido definir este problema social como el fenómeno de la “deslaboralización”; como una tendencia que se ha venido dando en el mundo del trabajo, que consiste en una serie de situaciones que escapan de la aplicación, total o parcial, del derecho del trabajo o de la seguridad social.9 La contratación bajo este tipo de régimen provoca que el trabajador pierda derechos laborales a los cuales habría tenido derecho si la empresa contratante lo hubiera empleado directamente. Algunos de ellos son, por ejemplo el reparto de utilidades, la obtención de un salario menor por el desempeño de sus labores y que se verá aminorado en los pagos, la ruptura del principio de estabilidad en el empleo o que pierda otro tipo de prestaciones laborales. Asimismo la subcontratación provoca que se pierdan los derechos laborales de carác9

La subcontratación en México es un fenómeno social que se encuentra latente como resultado tanto de la crisis económica que atraviesa el mundo entero, así como del establecimiento de algunas empresas trasnacionales. ter colectivo como son: el derecho a la sindicalización, la contratación colectiva y el tan esperanzado derecho de huelga, que podrían ser obtenidos en caso de que la contratante se convirtiera en el patrón de los trabajadores. Los procedimientos y controles contables que se pudieran dar en una empresa son la falsa sensación de seguridad; ya quela teoría difiere de la práctica cuando la primera no se actualiza, conforme a los resultados obtenidos en la segunda.10

Reynoso Castillo Carlos, “Deslaboralización”, Revista Alegatos, número 45, Mayo de 2000, p. 241. Taller de prácticas, “Cómo evitar el fraude en las empresas”, Revista Practica Fiscal, núm. 352, Febrero de 2004, B1.

10

34    Foro Jurídico


ARTÍCULO

Conclusiones Sin lugar a dudas, el contrato de outsoucing representa un método recurrente para las empresas que atropella los derechos de los trabajadores. En la actualidad las empresas suelen recurrir a la figura jurídica de la subcontratación sin tener presente lo siguiente:

Evade la responsabilidad laboral con los patrones en la relación de trabajo con sus trabajadores.

Produce inestabilidad en el empleo.

Se pierde la antigüedad, la pensión digna de los trabajadores, las vacaciones conforme a tiempo efectivamente laborado e incluso no existe reparto de utilidades a los trabajadores de la empresa.

Elimina el derecho a la sindicalización y el derecho de huelga.

Las empresas que figuran como contratantes regularmente son insolventes para responder frente a un laudo condenatorio para el pago de los ­trabajadores.

Persiste la raquítica seguridad social de los traba- Derivado del breve estudio que generó este artículo, rejadores. itero mi posición de que en el derecho del trabajo deberán prevalecer sus propios principios y no deberá de • Genera empleos mal pagados abaratando el costo estar abarrotado por otras materias como la mercantil y de la mano de obra. la civil, que han transgredido los principios protectores del trabajador. Agosto 2014   35


EVENTO

PRESENTA EN EL INACIPE EL LIBRO EL NUEVO AMPARO PENAL

Presenta en el INACIPE el Libro El Nuevo Amparo Penal

E

n el Instituto Nacional de Ciencias Penales (inacipe ) fue presentado el pasado mes de julio el libro del Dr. Ricardo Ojeda Bohórquez titulado El Nuevo Amparo Penal, participando como presentadores el Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, Presidente de la Primera Sala de la Corte, el ex Procurador General de la República, Dr. Rafael Macedo de la Concha, el Mtro. Carlos Marcelo Baquedano Gorocica y el Director del Instituto, Dr. Rafael Estrada Michel, quienes coincidieron en señalar que en el marco de las recientes reformas constitucionales en materia de derechos humanos, derecho procesal y la nueva ley de amparo, obras como la del Dr. Ojeda Bohórquez, ayudan a atender la transición que México vivirá en poco tiempo.

El autor responde con oportunidad al desafío que ocupa a la sociedad por una justicia eficaz, rápida y expedita, capaz de devolver la confianza al justiciable en los órganos de impartición de justicia: Rafael Estrada

Durante su intervención, el Dr. Estrada Michel afirmó que para el inacipe era motivo de satisfacción publicar la obra de uno de sus grandes maestros, querido amigo y prestigiado juzgador federal, porque su obra dignifica el acervo de publicaciones del instituto. Este tipo de textos, aseveró, son claves para lograr la instrumentación efectiva del nuevo sistema procesal penal acusatorio, en lo que corresponde específicamente el juicio de amparo penal. Destacó que el autor responde con oportunidad al desafío que ocupa a la sociedad por una justicia eficaz, rápida y expedita, capaz de devolver la confianza al justiciable en los órganos de impartición de justicia. El Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, aseguró que el motivo por el cual el Mgdo. Ojeda Bohórquez escribió el libro, fue su preocupación por responder a las grandes definiciones jurídicas por la cual atraviesa México. Comenzó con la Reforma Constitucional que incorporó el nuevo sistema de justicia penal acusatorio en 2008; en 2011, la reforma constitucional en materia de derechos humanos, y en ese mismo año la reforma constitucional en materia de amparo. Celebró la reciente promulgación del Código Nacional de Procedimientos Penales, por considerarlo “un elemento indispensable para detonar el nuevo sistema” y finalmente, la tan esperada nueva Ley de Amparo en 2013.

Estuvieron en el presidium acompañando al autor Carlos M. Baquedano Gorocica, Areli Gómez González, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Rafael Macedo de la Concha, Diego Fernández de Cevallos y Rafael Estrada Michel.

36    Foro Jurídico


ARTÍCULO

El autor analiza las nuevas leyes en materia de amparo, pues constituye el objetivo de las recientes reformas al sistema de justicia penal y a los cambios que deberán hacer los impartidores de justicia al emitir sus resoluciones: Carlos M. Baquedano Gorocica

El libro responde a las grandes definiciones jurídicas por las que atraviesa México con la Reforma Constitucional de 2008 que incorporó el nuevo sistema de justicia penal acusatorio y las de 2011, en materia de derechos humanos y de juicio de amparo: Jorge Mario Pardo Rebolledo Por su parte, el Dr. Rafael Macedo de la Concha, quien fue Procurador General de la República en el sexenio del Presidente Vicente Fox y quien recientemente culminó su gestión en las Fuerzas Armadas como Magistrado del Supremo Tribunal Militar, concluyó que el autor hace un verdadero análisis en relación a la reforma constitucional de derechos humanos, pero frente a la diversa de amparo y pone en firme la interpretación moderada y objetiva de ambas reformas; felicitando al autor por su excelente obra. El Mtro. Carlos Marcelo Baquedano Gorocica, quién acudió al evento con la representación del Ministro

Luis María Aguilar Morales –autor del prologó la obra–, comentó que el autor hace un análisis de las nuevas leyes en materia de amparo, pues constituye el objetivo de las recientes reformas al sistema de justicia penal y a los cambios que deberán hacer los impartidores de justicia al emitir sus resoluciones. Finalmente, el autor, quien es magistrado de circuito en materia penal en el Distrito Federal, expresó los motivos que lo llevaron a escribir el libro exponiendo una síntesis de su contenido que se refiere fundamentalmente a un análisis minucioso de las nuevas leyes en materia de amparo. Agosto 2014   37


EVENTO

PRESENTA EN EL INACIPE EL LIBRO EL NUEVO AMPARO PENAL

El Dr. Ricardo Ojeda Bohórquez durante su mensaje.

El libro hace un verdadero análisis en relación a la reforma de derechos humanos, pero frente a la diversa de amparo y pone en firme la interpretación moderada y objetiva de ambas reformas. Igualmente se aborda, afirmó el autor, el tema de los derechos fundamentales, desde el punto de vista del garantismo introducido en la reforma del sistema de justicia penal del 2008 y desde luego, del recién promungado Código Nacional de Procedimientos Penales. Se trata, de poner a disposición de los estudiosos del derecho penal una obra en la que se aborde de manera integral la temática del nuevo Juicio de Amparo Penal y los Derechos Humanos, explicando la metamorfósis jurídica que está viviendo México, en el marco de la etapa de las grandes reformas estructurales que está aprobando el Congreso de la Unión. Finalmente, el autor agradeció a los presentadores sus manifestaciones en favor de la obra, a sus familiares y amigos y a todos los asistentes al acto, que lo motivan, dijo, para seguir profundizando en el análisis y estudio de estos trascendentes temas para que alcancemos en 38    Foro Jurídico

el país los niveles de impartición de justicia penal a los que aspira la sociedad mexicana, agradeciendo de manera especial al Dr. Rafael Estrada, Director del inaci pe , no sólamente haber propiciado la presentación del libro en esa institución, sino también su publicación.


ENTREVISTA

Agosto 2014   39


COLUMNA

MIRADOR FISCAL

Justicia Fiscal y Vigilancia Efectiva

Lic. Juan de la Cruz Higuera Arias

E

n el año de 1936 fue promulgada la Ley de Justicia Fiscal para entrar en vigor al año siguiente, misma que dio nacimiento formalmente al primer tribunal que dirimiría en México las controversias que se suscitaban entre los particulares y las autoridades fiscales. Desde entonces, con sólo 15 Magistrados, se abocaron a resolver, para todo el país, los diversos conflictos fiscales en forma permanente.

Para los contribuyentes afligidos por los actos de las autoridades fiscales, significó un escudo importante para mitigar los daños y perjuicios que en no pocas ocasiones les afectaban, pues a través de su intervención se lograba frenar el apetito recaudatorio de la Administración Pública. Originalmente su función estuvo centralizada en la Ciudad de México y posteriormente, para el año de 1978, inició un proceso de descentralización de impartición de la Justicia Fiscal. Así, surgieron las Salas Regionales, que se ubicaron en diversas zonas del país y que en su momento coincidían con la sede de actuación de las denominadas Administraciones Fiscales Federales, dependientes todavía, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (shcp ) y no del actual Servicio de Administración Tributaria (sat ).

transformándolo gradualmente en un auténtico Tribunal de lo Contencioso Administrativo Federal, concretándose formalmente tal evolución en el año 2000, cuando cambió su denominación a Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (tfjfa ). A la fecha, debido a la enorme carga de trabajo, se integra por un considerable número de Magistrados adscritos a las diversas Salas Regionales (3 en cada una de ellas), distribuidas en 23 regiones, a lo largo y ancho del territorio nacional, que podrán tener el carácter de Salas Especializadas o Auxiliares. Además, cuenta con una Sala Superior compuesta por 11 Magistrados, misma que actúa en Pleno o en 2 Secciones, ejerciendo centralmente sus facultades jurisdiccionales para resolver casos de particular relevancia.

El TFJFyA, a sus 78 años de fundación, representa un prototipo de modelo a seguir para los órganos impartidores de justicia de nuestro país e incluso del resto del mundo, por el resultado efectivo, imparcial y justo.

El fructífero resultado en la diversa materia administrativa propició la creación de 3 Salas Especializadas en las materias de Propiedad Intelectual, Juicio en Línea y Ambiental y de Regulación. Ésta última enfocada al conocimiento de aquellos juicios que se promuevan en contra de resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos dictados por dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de los Órganos Reguladores de la actividad del Estado, tales como la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, Comisión Cabe señalar que debido a su enorme éxito como guar- Nacional Bancaria y de Valores, Comisión Nacional de dián de la justicia tributaria, su competencia para re- Hidrocarburos, Comisión Nacional de Seguros y Fiansolver los juicios planteados por los justiciables se fue zas, Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el ampliando a otras áreas del derecho administrativo, Retiro, entre otros.

40    Foro Jurídico


COLUMNA

Particularmente importante resulta la materia de competencia de la Sala Especializada en Juicios en Línea, ya que tiene como mandato legal el tramitar y resolver todas aquellas demandas que se interponen por los particulares afectados por los diversos actos de autoridad a través de medios electrónicos. El Sistema de Justicia en Línea implica que los contribuyentes y, en general, los justiciables, puedan iniciar, tramitar y obtener sentencias favorables en contra de actos de autoridad que se consideren ilegales desde la comodidad de sus oficinas, negocios e incluso de su hogar. Naturalmente, como en todas las nuevas actuaciones y procedimientos legales, este medio de defensa ha venido paulatinamente incrementándose como opción de impugnación entre los particulares.

En suma, el tfjfa a sus 78 años de fundación, representa un prototipo de modelo a seguir para los órganos impartidores de justicia de nuestro país e incluso del resto del mundo, no sólo por el resultado efectivo, imparcial y justo probado durante estas casi 8 décadas de existencia, sino también por la tendencia modernizadora e innovadora que le caracteriza, tanto en el ámbito procedimental, como de su administración interna. Hoy se le percibe como un órgano del Estado mexicano fuerte, con una visión acorde a los cambios vertiginosos de la sociedad mexicana, sean económicos, tecnológicos, legales o culturales, y sobre todo, con una actuación transparente y justa en el desempeño de sus funciones.

Agosto 2014   41


ARTÍCULO

ARRANCA LA SUCESIÓN POR LA PRESIDENCIA EN LA SUPREMA CORTE

Arranca la Sucesión por la Presidencia en la Suprema Corte de Justicia Dr. Juan D. Balanzátegui Sánchez

C

on el inicio del segundo periodo de sesiones del año 2014 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (scjn ), se abrió prácticamente el proceso para suceder en la presidencia de la scjn y del Consejo de la Judicatura Federal (cjf ) al ministro Juan N. Silva Meza, quien termina su periodo el 31 de diciembre de este año. No obstante que en teoría los otros 10 ministros pueden aspirar a este importante cargo, en la práctica son 5 o 6 tienen la posibilidad de contar con los votos suficientes para alcanzarlo: Margarita B. Luna Ramos, Sergio Armando Valls Hernández, Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y Jorge Mario Pardo Rebolledo.

país, pero sin duda serán serios aspirantes en el futuro, ya que su gestión termina hasta el 2027. En este contexto, se presenta a continuación un análisis de cada uno de los posibles contendientes.

Olga María Sánchez Cordero (1995–2015)

Olga Sánchez Cordero, junto con Juan Silva Meza, son los últimos 2 ministros que quedan de la integración original de la nueva Corte, que inauguró la Novena Época del Semanario Judicial de la Federación, a partir de 1995 en que se conformó la nueva estructura de la scjn con 11 ministros, en lugar de los 25 anteriores, la reducción de 5 a 2 Salas y la creación del cjf . Ambos Entre los candidatos se encuentran también los 2 mi- fueron designados por el Senado para el periodo más nistros que apenas ingresaron a finales del 2012 a la largo (20 años). De tal suerte que culminarán juntos su Corte, Alberto Pérez Dayán y Alfredo Gutierrez Ortíz gestión constitucional en noviembre de 2015. En conseMena, sin embargo, esta circunstancia reduce conside- cuencia, no resulta lógico suponer que la Ministra Sánrablemente las posibilidades de su candidatura, en vir- chez Cordero fuera electa para fungir como presidenta tud de su mínima experiencia en el máximo tribunal del por tan sólo 11 meses. 42    Foro Jurídico


ARTÍCULO

Olga Sánchez Cordero fue elegida como parte de la re- so en el que resultó seleccionado Juan N. Silva Meza, al forma constitucional que rediseñó la estructura y com- manifestar públicamente que su mayor aspiración era petencias de la SCJN (Novena Época). Estuvo entre 18 la de contribuir a la construcción constitucional nececandidatos propuestos por el Presidente Ernesto Zedi- saria para sustentar una sociedad auténticamente dello al Senado y fue elegida con 89 votos a favor. mocrática. En aquel mes de octubre de 2010, el Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid aseguró –y así se ha mantenido–, que sus compromisos e ideales debe realizarlos desde la posición como ministro. Señaló entonces, que la Presidencia de la Corte y del cjf conlleva la tarea de coordinar y ordenar los trabajos fundamentalmente administrativos de ambos órganos, así como realizar funciones protocolarias. Quien preside la scjn –advirtió en su momento–, no tiene la posibilidad de elaborar proyectos ni presentar sus propuestas al pleno de forma directa, ni ser parte en alguna sala de donde se originan los criterios jurisprudenciales más relevantes; incluso aseguró que la incidencia jurisdiccional del Presidente de la Corte es limitada.

Datos relevantes

Aunque su gestión culminará en 2018, tendría el tiempo suficiente para presidir la scjn , cuyo período es de 4 años, sin embargo, seguramente el ministro, que forma parte de la Primera Sala, seguirá en la misma postura y se dedicará plenamente a sus funciones jurisdiccionales.

• •

Licenciada en Derecho por UNAM Cursó el posgrado en Política Social y Administración, en el University College of Swansea, Gran Bretaña. • Doctora Honoris Causa por la Universidad Autónoma de Morelos y por la Universidad Autónoma de Nuevo León. • Fue Secretaria de Asuntos Escolares en la Facultad de Derecho de la UNAM y Directora del Seminario de Sociología General y Jurídica. • Es la primera mujera designada Notario Público en el Distrito Federal. • Fue Magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. • Fue designada Ministra de la SCJN para el período1995-2015, quedando adscrita a la Primera Sala. • Tuvo a su cargo el polémico proyecto que otorgó la libertad a la ciudadana francesa Florence Cassez.

José Ramón Cossío Díaz (2003–2018) No obstante que es uno de los ministros más vanguardistas, no parece viable su designación, ya que él mismo se auto descartó para el cargo de Presidente del Máximo Tribunal de la República durante el anterior proce-

Datos relevantes

Es profesor de diversas instituciones académicas, principalmente del ITAM. • Su formación profesional se ha dividido entre la docencia, la investigación y el servicio público. • Ha escrito 21 libros y más de 750 ensayos. • Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores como Investigador Nacional Nivel III, la Academia Mexicana de Ciencias y el American Law Institute. Agosto 2014   43


ARTÍCULO

ARRANCA LA SUCESIÓN POR LA PRESIDENCIA EN LA SUPREMA CORTE

Alberto Pérez Dayán (2012–2027)

Dado lo temprano de su ingreso a la Corte, sería difícil que alcanzara ahora la presidencia, y según ha trascendido, él mismo ha expresado que éste no es el momento. Sin embargo, no deja de ser un viable candidato en futuras elecciones, ya que su gestión termina hasta el 2027, por lo que tiene tiempo para aprender y mover sus piezas.

Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena (2012–2027)

Datos relevantes

• • • • • •

Licenciado en Derecho por la Universidad La Salle. Doctor en Derecho por la UNAM. Tutor Académico del Posgrado en la UNAM y profesor de diferentes universidades y del Instituto de la Judicatura Federal (IJF). Fue integrante del Comité Académico IJF y Sinodal en el Primer Concurso de Oposición para designar Magistrados y Jueces de Distrito. Es autor de las obras: Ley de Amparo y su Jurisprudencia, ahora en su 18a edición y Teoría General del Acto Administrativo, en su 4a edición. Pertenece a la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, Academia Mexicana de Derecho Fiscal y la Asociación Nacional de Doctores en Derecho.

Datos relevantes

• •

Es Licenciado en Derecho por la UNAM. Cuenta con una Maestría en Derecho y Certificado en Tributación Internacional por la Universidad de Harvard. • Se ha desempeñado en la práctica privada en firmas nacionales e internacionales; ocupó varios cargos dentro del sector hacendario como Jefe de Departamento de Legislación y Normatividad en la Procuraduría Fiscal de la Federación, abogado en la Dirección de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales y Sub Administrador de Consultas (SHCP). • Fue Jefe del Sistema de Administración Tributaria (SAT). • Es miembro de la Barra Mexicana Colegio de Abogados y de la Barra de Abogados del Estado de Nueva York.

Es uno de los ministros de más reciente ingreso. Llegó al Máximo Tribunal en noviembre de 2012 substituyendo al Ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia. En 2010 había ya sido incluido en la terna para ocupar la vacante del Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, que ocupó el Dr. Jorge Mario Pardo Rebolledo. Se ha especializado en Amparo, Derecho Constitucional y Administrativo. Forma parte del Poder Judicial desde hace más de 25 años. Fue Juez Primero de Distrito en Yucatán, Juez Quinto de Distrito Penal en el df , Magistrado de ColeAl igual que el Ministro Pérez Dayán, llegó a la scjn giado Civil y Administrativo en el Primer Circuito. en 2012 para ocupar la vacante del Ministro Salvador Entre los casos relevantes que ha conocido como juzga- Aguirre Anguiano. Su trayectoria ha sido preponderandor destaca el predio del Encino, dictando una senten- temente en el ámbito fiscal. Fue Jefe del sat . Es abogacia administrativa en contra del gobierno de la Ciudad do egresado de la unam y Maestro en Derecho por la Universidad de Harvard. Ha sido funcionario en la Prode México, a cargo de Andrés Manuel López Obrador. 44    Foro Jurídico


ARTÍCULO

curaduría Fiscal de la Federación en la Dirección General de Política de Ingresos y Asuntos Fiscales Internacionales de la shcp y Sub Administrador de Consultas.

Datos relevantes

En su caso también sus posibilidades se reducen por el poco tiempo como ministro ya que tiene aún varias oportunidades, porque su gestión culmina en 2027.

Jorge Mario Pardo Rebolledo (2011–2026)

• • •

Tras el fallecimiento del Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo, el Dr. Pardo Rebolledo fue nombrado Ministro en febrero de 2011. Su llegada permitió acelerar los casos pendientes en la Corte ante la falta del Ministro número 11 en aquellos expedientes empatados por las votaciones, como el amparo promovido por intelectuales en contra de reformas constitucionales en materia electoral, los alcances de la jurisdicción militar, las reformas estatales en materia de derecho a la vida y el caso que determinó los alcances de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Licenciado en Derecho por la Escuela Libre de Derecho. Maestro en Derecho de Amparo por el Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Superiores. Master en Derecho Civil y Familiar por la Universidad Autónoma de Barcelona, España. Doctor en Ciencias Penales por el Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Superiores. Docente del Instituto de Capacitación y Especialidad Judicial del Estado de México, del Instituto Federal de Defensoría Pública y del Instituto de la Judicatura Federal. Tiene varias publicaciones destacando: Carrera Judicial en México. Balance y Perspectivas de la Reforma Judicial de Diciembre de 1994. Es Coautor en: Ley de Amparo Comentada, Los Juicios Orales y la Ley de Amparo y Retos y Perspectivas del Juez Constitucional. Algunos de los cargos que ha ocupado son: Actuario Judicial, Secretario de Juzgado, Secretario de Estudio y Cuenta, Juez de Distrito y Magistrado de Circuito.

Fernando Franco González Salas (2006–2021)

Tiene una trayectoria de más 27 años en el pjf . Es egresado de la Escuela Libre de Derecho. Su especialidad académica alcanza, el Derecho penal, civil y familiar. Inició su carrera judicial en 1982 como actuario judicial. A un año de llegar a la Corte, fue designado Presidente de la Primera Sala. Se ha ganado el aprecio y reconocimiento de sus compañeros por su prudencia y sencillez. El Ministro Franco es también uno de los más serios candidatos para suceder a Silva Meza, particularmente No obstante que es un sólido aspirante a la presiden- porque ésta sería prácticamente su última oportunidad cia, y que es el único ministro con antecedentes en este para ocupar el cargo por un periodo completo, dado terreno, ya que su abuelo (Mario G. Rebolledo F.) fue que el siguiente será de 2015 a 2018 y su gestión consen el siglo pasado en varias ocasiones Presidente de la titucional culmina en noviembre del 2021. Es decir que Corte, ha trascendido que él mismo ha comentado que le faltan 7 años como ministro. no contendrá en esta ocasión, por no ser su momento, ya que tiene cuando menos 2 o 3 oportunidades en el Fernando Franco cuenta con una amplia trayectoria académica y como funcionario público. Fuera del Pofuturo, pues su gestión termina en el 2026. Agosto 2014   45


ARTÍCULO

ARRANCA LA SUCESIÓN POR LA PRESIDENCIA EN LA SUPREMA CORTE

der Judicial ha sido Subsecretario de Gobernación y del Trabajo, asesor de Estudios Especiales de la Presidencia de la cndh , del Banco Nacional de Crédito Rural y en la Jefatura de Relaciones Laborales del imss . En el Poder Judicial ha sido Secretario de Acuerdos del Tribunal para Menores, Magistrado Presidente del Tribunal Federal Electoral. Está adscrito a la Segunda Sala, de la que fue Presidente en el periodo 2008–2009.

Datos relevantes

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Licenciado en Derecho por la Escuela Libre de Derecho. Estudió Administración Pública y Ciencias Políticas en la Universidad de Warwick, Inglaterra. Su desarrollo profesional ha estado tanto en la academia, el sector público y en el judicial, siendo profesor de diversas materias en el ITAM y de Derecho Administrativo en la Escuela Libre de Derecho. Fue Subdirector General “B” de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Presidencia de la República. Secretario General de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Titular de la Jefatura de Relaciones Laborales del IMSS. Magistrado Presidente del Tribunal Federal Electoral. Fue Subsecretario en la Secretaría de Trabajo y Previsión Social y Subsecretario de Desarrollo Político en la Secretaría de Gobernación. Es autor del libro Los Impedimentos e Incompatibilidades en el Marco del Estatuto Personal de los Senadores y coautor de La Competencia en Materia Laboral y los Tribunales de Seguridad Social, así como, Derechos y Cultura Indígena.

Humanos de los indiciados y del debido proceso en materia penal. No obstante que se le considera un fuerte contendiente, el hecho de que termina su gestión en el 2024 (junto con el Ministro Luis María Aguilar Morales) y que por ello tiene otra oportunidad en el futuro para aspirar a la presidencia de la scjn y del cjf , le resta por ahora posibilidades, aunado a que tiene una escasa trayectoria y experiencia como juzgador federal y sería aconsejable que acumule en este sentido más tiempo en sus actividades y experiencia como ministro de la Corte.

Datos relevantes

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Arturo Zaldivar Lelo de Larrea (2009–2024) Fue designado por el Senado en el 2009 para ocupar la vacante del Ministro Genaro David Góngora Pimentel, accediendo a la Corte junto con el Ministro Luis María Aguilar Morales. Se le identifica con el ala liberal de la Corte. El Dr. Zaldívar fue integrante de la Comisión Redactora del Proyecto de Nueva Ley de Amparo, elaborada por acuerdo del Pleno de la scjn en 1999. Su principal actividad ha sido la de abogado postulante en materia constitucional. Está adscrito a la Primera Sala de la que ya fue presidente en 2010, donde se ha destacado por sus proyectos en defensa de los Derechos 46    Foro Jurídico

Licenciado en Derecho por la Escuela Libre de Derecho. Doctor en Derecho por la UNAM. Profesor titular de Derecho Constitucional en la Escuela Libre de Derecho. Fundador y Vicepresidente del Instituto Mexicano de Derecho Procesal Constitucional. Miembro del Comité Directivo de la Sección México del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional. Es autor de los libros Hacia una Nueva Ley de Amparo y La Ciencia del Derecho Procesal Constitucional.

Sergio Armando Valls Hernández (2004–2019) Uno de los fuertes candidato para ocupar la Presidencia de la Corte es el Ministro Valls Hernández, particularmente por ser ésta su última oportunidad ya que su gestión termina en el 2019. Sergio Valls ocupó ya la Presidencia de la Segunda Sala en el periodo 2012-2013.


ARTÍCULO

No se le ubica como conservador o liberal en la Corte, Luis María Aguilar Morales (2009–2024) dado que ha apoyado ambas posturas en sus votos. Durante su trayectoria profesional se ha destacado como servidor público, en la iniciativa privada e incluso en el Poder Judicial. Es el único ministro que ha sido Diputado Federal por el pri y Presidente de ese partido en su natal Chiapas, circunstancia por la que se le considera el Ministro político en el máximo tribunal. Al interior de la scjn se comenta que es poco probable su designación debido a que en los últimos 2 años ha tenido algunos problemas de salud que lo han obligado a ausentarse de las sesiones de Pleno y de Sala, al menos 2 ocasiones y la presidencia de la Corte y del cjf es muy demandante de tiempo por las complejas actividades jurisdiccionales, administrativas y protocolarias que tiene como representante del Poder Judicial de la Federación.

Datos relevantes

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Licenciado en Derecho por la UNAM. Cursó el Diplomado en Historia Contemporánea de México en la Universidad Iberoamericana. Fue Agente del Ministerio Público Federal. Fue Magistrado del TSJDF. Diputado Federal en la LIll Legislatura por el IX Distrito de Chiapas. Fue Consejero de la Judicatura Federal. Ha sido Profesor en la UNAM y la Universidad Iberoamericana. Es Autor de los libros Seguridad Social y Derecho, Consejo de la Judicatura Federal y Modernidad en la Impartición de Justicia.

Es Licenciado en Derecho por la UNAM. Fue Asesor en la Dirección Jurídica de la UNAM y de la Secretaría de la Reforma Agraria. Ingresó al PJF como Taquimecanógrafo en un Tribunal Colegiado de Circuito en 1968. Fue Secretario de Juzgado de Distrito en el DF. Fue Secretario de Estudio y Cuenta en la Corte. En 1980 fue designado Juez de Distrito. Fue designado Magistrado de Circuito en 1985. En 1995 fue designado Secretario de la Presidencia y Oficial Mayor de la SCJN. En 2004 fue designado Consejero de la Judicatura Federal. Es autor del estudio La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y coautor en varios libros relativos a la actividad judicial.

Fue nombrado en el 2009 para cubrir la vacante del Ministro Mariano Azuela Güitron. Al interior de la Corte se le considera, junto con la Ministra Margarita Luna Ramos, los candidatos más fuertes y viables para suceder a Silva Meza, teniendo ambos la carrera judicial más amplia. Está adscrito a la Segunda Sala de la que ya fue Presidente. Se le identifica como un destacado defensor de los derechos humanos y lo ha evidenciado en sus proyectos, como en el caso de la legislación de Baja California que penalizaba el aborto. No obstante que ha desempeñado algunos cargos en la Administración Pública Federal, la mayor parte de su carrera profesional la ha desempeñado en el Poder Judicial. Ha ocupado los más diversos cargos desde taquiAgosto 2014   47


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ARRANCA LA SUCESIÓN POR LA PRESIDENCIA EN LA SUPREMA CORTE

mecanógrafo, hasta llegar a Ministro y éste es uno de los principales puntos a su favor para alcanzar la presidencia de la Corte. Sin embargo, debe mencionarse que si no logra este objetivo ahora, tendrá otra oportunidad, ya que concluye su gestión constitucional dentro de 10 años, en 2024, y podría presentar su candidatura para el siguiente período de 2019-2022, al igual que el Ministro Lelo de Larrea, que está en esta misma hipótesis.

Margarita B. Luna Ramos (2004–2019)

Junto con Luis María Aguilar, Luna Ramos es una de las más serias aspirantes para suceder a Silva Meza. Independientemente de su capacidad y experiencia, al ser la única mujer a contender, le incrementan sus posibilidades por la coyuntura nacional que se está dando en el empoderamiento de la mujer en cargos de dirección de todo tipo y de manera señalada por la tendencia de impulsar, desde la Presidencia de la República, la participación de las mujeres en los más elevados cargos. Esta política se ejemplifica con el impulso a la equidad de género del Presidente epn , quién promovió el acceso a las mujeres a un 50% de las senadurías y diputaciones, a partir del 2015. En el caso de que la Ministra Luna Ramos sea nombrada presidenta, la Corte enviaría un claro mensaje a la ciudadanía sobre su madurez, transparencia y apertura y sería sin duda un factor de unidad. La Dra. Luna Ramos posee varias cualidades adicionales en esta contienda: tiene 39 años en el pjf , ocupando todos los puestos en el escalafón de la carrera judicial, empezado como mecanógrafa, actuaria, secretaria proyectista de juzgado, de colegiado y secretaria de estudio y cuenta en la Primera y Segunda Sala de la Corte, Juez de Distrito, Magistrada de Circuito, Magistrada Electoral, Consejera de la Judicatura Federal y Ministra. Como mujer ha sido pionera en varía áreas: primera mujer Presidente del Colegio de Secretarios de Estudio y Cuenta de la Corte, primera mujer presidenta de la 48    Foro Jurídico

Reunión Nacional de Jueces de Distrito, primera mujer Magistrada Electoral y primera mujer designada por oposición Consejera de la Judicatura Federal, y ahora aspira, legítimamente, a convertirse en la primera mujer Presidenta de la scjn y del cjf . Tiene un amplio reconocimiento al interior y al exterior de la Corte por sus conocimientos, su claridad y capacidad de síntesis y argumentación en el debate, su congruencia y particularmente, por su sencillez y buen trato. Se ha destado por su probidad, habiendo cobrado gran notoriedad por sus posicionamientos públicos en casos relevantes como el de Atenco, la Improcedencia de de Impugnaciones contra Reformas Constitucionales y la Consulta Popular. Ha tenido una intensa vida académica siendo Doctora en Derecho y docente en centros de educación superior y posgrado. Su imagen positiva se evidenció durante su reciente participación en la celebración del Día del Abogado en Los Pinos, en la que fue reconocida públicamente por su trayectoria por el propio Presidente epn , y felicitada por políticos, legisladores, juzgadores, académicos y presidentes de Barras, Colegios y Asociaciones de Abogados. Tomando en consideración que su periodo concluye en el 2019, esta sería la última oportunidad para ser Presidenta de la Corte, mientras que su más serio competidor, Luis María Aguilar, aún tiene otra oportunidad.

Datos relevantes

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Licenciada en Derecho por la UNAM. Maestría y Doctorado en la División de Posgrado de la UNAM. • Profesora Externa Adscrita al Programa de Posgrado de la Facultad de Derecho C-III de la Universidad Autónoma de Chiapas. • Ha obtenido varios reconocimientos por su obra jurídica, de investigación y docente, destacando el Premio Mérito a la Impartición de Justicia, otorgado por la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, los otorgados por la Revista Foro Jurídico a la Excelencia Judicial y por la Asociación de Abogados de Empresa y del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México. En 2012 la Barra Mexicana, Colegio de Abogados le entregó el Premio Nacional de Jurisprudencia, que por primera vez fue otorgado a una mujer. Habrá que esperar la convocatoria correspondiente, para que, quienes aspiran, se manifiesten formalmente y presenten su plan de trabajo. Ahí veremos quiénes se apuntan. Por lo pronto habrá que ir haciendo pronósticos, ya que las cartas están sobre la mesa.


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SE ACOTA EL PODER DE LOS MILITARES

Se Acota el Poder de los Militares Marco A. Ríos

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on la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la reforma al Código de Justicia Militar el pasado mes de junio, se concluyó por parte del Gobierno Federal con una de las exigencias de organismos y ong s de derechos humanos para acotar el fuero militar en nuestro país. De esta forma, con la modificación a 108 artículos, la derogación de 4 y la adición de 17 artículos, poco a poco comienza a verse reflejado el arduo trabajo por regular la actuación de las fuerzas militares en nuestro país, con lo que se confía, disminuya considerablemente la impunidad existente en las actuaciones de las fuerzas armadas en cualquier acto que involucre a la sociedad civil.

El Ministerio Público Militar está obligado a remitir la indagatoria a la autoridad civil que corresponda, absteniéndose de ordenar ulteriores actuaciones. Este gran esfuerzo se concluyó luego de un arduo trabajo y diálogo con las Fuerzas Armadas que, por primera vez, comparecieron en audiencias públicas para intercambiar puntos de vista, técnicos e institucionales. De acuerdo con la reforma, cuando un civil esté implicado en un delito cometido por militares, en ningún caso se juzgará en la jurisdicción militar y siempre será por tribunales civiles. Asimismo, se delinearon los alcances del fuero bajo 3 directrices fundamentales: la jurisdicción penal militar debe tener un alcance restrictivo y excepcional; sólo se debe juzgar a militares en activo por la comisión de delitos y faltas que, por su naturaleza, atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar; y, las víctimas civiles tienen derecho a participar en el proceso penal no sólo para efectos de la reparación del daño, sino para hacer efectivos sus derechos a la verdad y la justicia.

demás normas que rigen a la sociedad mexicana bajo las sugerencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la sociedad civil que desde hace años demandaban que el ordenamiento fuese reformado. Por otra parte, las fuerzas armadas cuentan con un marco normativo que fortalece sus esfuerzos, a fin de que su actuación sea con respeto absoluto a los derechos humanos. El nuevo Código Militar establece que los delitos, del orden común o federal, realizados por militares en servicio o con motivo de actos del mismo, en tiempo de guerra, en territorio declarado en ley marcial o cualquiera de los supuestos previstos en la Constitución, serán juzgados por la justicia civil. Cuando de la investigación de un delito se desprenda que éste no atenta contra la disciplina militar, inmediatamente el Ministerio Público Militar está obligado a remitir la indagatoria a la autoridad civil que corresponda, absteniéndose de ordenar ulteriores actuaciones.

Ministerio Público Se faculta al Ministerio Público (mp ) para que, al investigar delitos contra la disciplina militar, pueda solicitar la práctica de un cateo, para lo cual deberá acudir al juez militar o al orden federal o común. El legislador estableció que cuando de las diligencias practicadas durante la investigación no se atenta contra la disciplina militar, inmediatamente y bajo la más estricta responsabilidad, el Ministerio Público Militar deberá remitir la indagatoria a la autoridad civil que corresponda, absteniéndose de ordenar ulteriores actuaciones, sin perjuicio de seguir actuando en la investigación de aquellos delitos.

Policía Ministerial Militar

Con la reforma se incluye en el Código de Justicia Militar a la figura de Policía Ministerial Militar (pmm ), la cual actuará bajo la conducción y el mando del Ministerio Público en la investigación de los delitos, en susEs así que luego de una fuerte presión social e inter- titución de la Policía Judicial Militar. Se precisa que nacional se moderniza y armoniza el Código con las por ningún motivo podrá realizar, de propia autoridad, 50    Foro Jurídico


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indagaciones sobre personas, manipulación y práctica de peritajes sobre los objetos asegurados. Tendrá facultades y obligaciones como informar inmediatamente al Ministerio Público Militar competente cuando reciba noticia de un hecho que pueda constituir una conducta delictiva. Así también deberá recopilar información y confirmar los datos que reciba sobre los hechos denunciados y hacerlos constar en un registro, en el que se asentarán el día, la hora, el medio por el cual se obtuvo y los datos de los policías que intervinieron.

petente lo estime imprescindible a fin de preservar los derechos del procesado o así lo requieran las necesidades del servicio de justicia. En este caso, a solicitud del imputado, la autoridad deberá elevar ante el juez que instruya el proceso la solicitud en donde funde y motive tal necesidad, a efecto de que se acuerde lo conducente. En tanto, la autoridad militar colaborará con los órganos jurisdiccionales del fuero ordinario, para que el procesado comparezca ante dichas instancias siempre que se requiera. Por su parte, los sentenciados a pena privativa de libertad podrán compurgar la pena en priLa pmm estará obligada a prestar el auxilio que requie- sión militar o en centros de reinserción social del orden ran las víctimas u ofendidos y proteger a los testigos, común o federal, si lo estima necesario la autoridad mirealizar detenciones en los supuestos que autoriza la litar competente para preservar los derechos del senConstitución, y poner de inmediato a las personas de- tenciado. En caso de que algún alumno de educación tenidas a disposición del agente del Ministerio Público militar, menor de 18 años de edad, cometa una conduccompetente, entre otras funciones. Cuando se trate de ta tipificada como delito en las leyes penales, será puesdelitos contra la disciplina militar, sus agentes estarán to a disposición de las autoridades del sistema integral facultados para realizar inspecciones personales sobre de justicia para adolescentes que corresponda. el detenido y recoger los objetos que tenga en su poder, sujetándose para ello a las reglas del reformado Código. Juez de Sentencia En lo que respecta a integrantes de las fuerzas armadas que hayan cometido algún ilícito en agravio de civiles, los legisladores avalaron que puedan permanecer en prisiones militares cuando la autoridad respectiva com-

Uno de los aspectos relevantes del nuevo Código Militar, se encuentra en el Juez de Sentencia, cuya actividad y funciones están señaladas en el artículo 76 Ter, que establece entre sus obligaciones modificar o declarar Agosto 2014   51


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SE ACOTAN EL PODER DE LOS MILITARES

extintas las penas o medidas de seguridad, garantizando el respeto de los derechos que asisten al sentenciado durante la ejecución de las mismas, siempre que se trate de penas impuestas por órganos del fuero militar. De esta manera, también, el impartidor de justicia deberá decidir sobre la libertad preparatoria y su revocación; comunicar a la autoridad penitenciaria la libertad inmediata de los sentenciados, por extinción de la pena privativa de libertad que les hubiera sido impuesta, con motivo de los indultos concedidos por el Ejecutivo Federal y resolver sobre las solicitudes de reducción de penas. También deberán:

• Emitir las órdenes de aprehensión y reaprehen-

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El nuevo Código Militar establece que los delitos, del orden común o federal, realizados por militares en servicio o con motivo de actos del mismo, en tiempo de guerra, en territorio declarado en ley marcial o cualquiera de los supuestos previstos en la Constitución, serán juzgados por la justicia civil.

La reforma incorpora al Sistema de Justicia Penal Militar el principio de presunción de inocencia, en congruencia con el contenido del artículo 20 Constitucional. Pronunciarse sobre la cesación de la pena o me- Instituye que los militares sujetos a prisión preventiva dida de seguridad una vez transcurrido el plazo o que hayan sido sentenciados, podrán hacerlo en prifijado por la sentencia y se haya cumplido en sus siones militares. Además, reemplaza el nombre de pena términos; corporal, por el de pena privativa de libertad, y el de reo por los de acusado, procesado y sentenciado; sustituye Resolver en relación a la extinción o suspensión de el concepto de Secretaría de Marina y Guerra, por los la pena o de las medidas de seguridad; actuales nombres de las dependencias administrativas: Secretaría de la Defensa Nacional y Secretaría de Resolver en audiencia pública, de oficio o a pe- ­Marina. tición de parte, las propuestas que formulen las autoridades penitenciarias o las solicitudes de Con estos cambios se pretende armonizar el fuero de reconocimiento de beneficios que supongan una guerra con las reformas constitucionales respecto de la modificación en las condiciones del cumplimien- presunción de inocencia y protección de los derechos to de la condena o una reducción del tiempo de humanos, estableciendo los límites de dicha jurisdicprivación efectiva de la libertad, verificando que ción, en términos del artículo 13 de la Ley Suprema. el daño haya sido reparado o, en su caso, se haya Estas modificaciones responden a la sentencia del caso garantizado; Rosendo Radilla, dictada en 2009 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (cidh ), mediante la Dejar sin efecto la sentencia condenatoria, cuando cual demandó al Estado mexicano que ajustara su legisuna ley elimine un hecho u omisión el carácter de lación para garantizar que los integrantes de las Fuerdelito que otra anterior le deba, ordenando la ab- zas Armadas, que delincan contra la ciudadanía, sean soluta libertad del sentenciado; juzgados por autoridades civiles. sión que procedan en ejecución de sentencia;

Inspeccionar el lugar y condiciones en que se deban cumplir las penas y/o medidas de seguridad; asimismo, ejercer el control sobre las sanciones disciplinarias decretadas por las autoridades competentes e imponer las que correspondan, controlando además la forma en que se cumplan las medidas de seguridad impuestas a los inimputables;

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LA AUTONOMÍA DEL BLANQUEO DE CAPITALES

La Autonomía del Blanqueo de Capitales El artículo 400 bis del Código Penal Federal, que tipifica el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita –llamado, coloquialmente, lavado de dinero o blanqueo de capitales–, en su párrafo primero, exige que el sujeto activo realice su conducta con conocimiento de que los bienes, recursos o derechos, provengan o representen el producto de un delito. Para efectos de comprobar la independencia jurídica del ilícito en comento, el párrafo 6°, resulta clave; así, aclara que se entiende que son producto de una actividad ilícita los bienes, recursos o derechos de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen, directa o indirectamente, o representen las ganancias derivadas de la comisión de un delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia.

Doctor en Derecho. Profesor del INACIPE y de la Universidad Ius Semper Dr. Jorge L. Romo Reyes

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omúnmente se cree que, para que exista el delito de lavado de dinero, necesariamente tiene que haber una sentencia en relación al delito previo, o estar vinculado al narcotráfico o a la delincuencia organizada. Si bien es cierto que con frecuencia así sucede, la técnica jurídica nos dice otra cosa.

El texto legal y su interpretación: planteamiento del problema Cuando cursaba el segundo grado de preparatoria, en el Centro Universitario México, mi profesor de Historia de México, nos preguntaba: “¿Qué se necesita para hacer sopa de conejo? Pues, conejo”. Contestábamos. Así, podríamos preguntarnos: ¿Qué se necesita para que exista el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita? Entre otras cosas, la ilicitud de los recursos, es decir, un delito previo. Sin embargo, esta sencilla afirmación, merece de un análisis más profundo.

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Si nos apegamos a lo que dice este apartado, podríamos afirmar que el origen ilícito de los recursos es un elemento normativo del tipo. Las operaciones con recursos de procedencia ilícita no serían, en sí mismas, delictuosas. Adquieren tal carácter, únicamente, cuando los recursos, tal y como lo señala el nombre del delito, son de procedencia ilícita. Siguiendo este criterio, ese delito previo, es decir, el que dio origen a los recursos, tendría que ser plenamente probado en el correspondiente proceso. Lo anterior sería necesario para considerar integrado este delito. No discutimos la ilicitud de los recursos como elemento del tipo. Lo que se tendría que aclarar es hasta dónde se tiene que probar tal ilicitud. En otras palabras, ¿se necesita una sentencia, en relación al delito previo para condenar por lavado de dinero? Para resolver este asunto y afirmar, con toda precisión, sobre la naturaleza autónoma del delito de blanqueo de capitales, hemos recurrido, entre otros recursos, a algunas resoluciones judiciales –50 en total–, que la Unidad de Inteligencia Financiera1 ha analizado en relación a este delito.

La Dirección General Adjunta de Procesos Legales de la SHCP, a través de la Unidad de Inteligencia Finanaciera –quien es la encargada de denunciar cualquier sospecha de lavado de dinero cuando se utilicen servicios del Sistema Financiero Mexicano–, llevó al cabo en el pasado 2006, el análisis de 50 resoluciones judiciales relacionadas con este delito. Este estudio nos ha sido muy útil para poder llevar al cabo la presente opinión al respecto de la autonomía del delito de blanqueo de capitales.

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Criterio 1. El delito previo tiene que ser plenamente probado en el correspondiente proceso El Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito aplicó, precisamente, este criterio en la sentencia que se transcribe a continuación: OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA, DELITO DE. PARA SU CONFIGURACIÓN SE REQUIERE LA COMPROBACIÓN, ENTRE OTROS, DE UN ELEMENTO NORMATIVO. El delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto y sancionado por el artículo 400 bis del Código Penal Federal, requiere para su integración, que se demuestre en autos, entre otras cuestiones, que los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza provienen, efectivamente, de actividades ilícitas, si se toma en cuenta que dicha circunstancia es un elemento normativo de dicho injusto, de conformidad con lo previsto en el penúltimo párrafo del citado artículo 400 bis, el cual dispone: “Para efectos de este artículo se entiende que son productos de una actividad ilícita, los recursos, derechos o bienes, de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente,

El delito de lavado de dinero en México, tanto en la ley como en la práctica, no necesita de una sentencia previa para poder configurarse. o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia”. Lo anterior es así si se considera que el elemento normativo se define como aquellas situaciones o conceptos complementarios impuestos en los tipos que requieren de una valoración cognoscitiva, jurídica, cultural o social. De ahí, que en el caso se estime el concepto aludido como un elemento normativo por definirlo así el propio tipo penal. Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito. Amparo en revisión 42/2000. 8 de junio de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Daniel Cabello González. Secretaria: María Guadalupe Romero Esquer.

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LA AUTONOMÍA DEL BLANQUEO DE CAPITALES

Criterio 2. Indicios fundados o prueba indiciaria No obstante, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito estableció en una tesis de jurisprudencia definida, que no es necesario probar la existencia de un delito previo, basta que existan indicios fundados del ilícito origen de los recursos, pues, de otra manera, la intención del legislador de reprimir tales conductas se anularía ante la necesidad de demostrar plenamente el delito previo. OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. ACREDITAMIENTO DEL CUERPO DEL DELITO. Para que se acredite la corporeidad del delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, previsto en el artículo 400 bis, párrafo primero del Código Penal Federal, no es imprescindible que se demuestre la existencia de un tipo penal diverso, porque de conformidad con el párrafo sexto del mismo artículo, basta que no se demuestre la legal procedencia de los mismos para colegir la ilicitud de su origen; de otra manera la intención del legislador de reprimir tales conductas se anularía ante la necesidad de demostrar, plenamente, el ilícito que dio origen a esos recursos.

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Si existen indicios fundados del origen del ilícito de los recursos y no se comprueba la legítima procedencia de los mismos por el inculpado, ello basta para tener por satisfecho el requisito necesario para condenar al acusado por el delito de lavado de dinero. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 11418/99. Ariana Carcedo Peña.- 12 de julio del 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz.- Secretaria: Gabriela González Lozano. Amparo directo 1422/99. Jenny Casañas.- 12 de julio del 2000. Unanimidad de votos. Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Secretaria: Gabriela Gutiérrez Lozano.


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Amparo directo 1426/99. Luz Mary Quintero Ortega. 12 de julio del 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Secretaria: Gabriela González Lozano. Amparo directo 1430/99. Álvaro Santana Durán. 12 de julio del 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Secretaria: Gabriela González Lozano. Amparo directo 1462/99.-Arturo Cordero Zepeda. 12 de julio del 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Wilfrido Gutiérrez Cruz. Secretaria: Gabriela González Lozano.

Las sentencias que fueron objeto de aquel análisis siguen, en su gran mayoría, la tesis de jurisprudencia definida arriba citada, como se los ordena el artículo 193 de la Ley de Amparo. Veinticinco de ellas, adoptando el criterio de esa tesis, invocan el sexto párrafo del artículo 400 bis, conforme al cual entienden que: “son producto de una actividad ilícita los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen, directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia”. Afirman, esos juzgadores que integran la mayoría, que si existen indicios fundados del origen del ilícito de los recursos y no se comprueba la legítima procedencia de los mismos por el inculpado, ello basta para tener por

satisfecho el requisito necesario para condenar al acusado por el delito de lavado de dinero. Éste, comentan, es un tipo autónomo, no subordinado a otro que podamos considerar como requisito para su integración. Algunos jueces aseveran que, dados esos indicios fundados, el acusado tiene la carga de la prueba de la legítima procedencia de los recursos. Este razonamiento, dicen, no viola la presunción de inocencia que favorece al acusado; lejos de ello, señalan, respeta su garantía de defensa y da al acusado la oportunidad de probar su inocencia. Tan sólo 2 jueces absuelven al acusado al afirmar que el Ministerio Público de la Federación no probó el origen ilícito de los recursos, y que es él a quien le corresponde la carga de la prueba de ese que es, señalan, un elemento normativo del delito de lavado de dinero.

Conclusión Podríamos concluir que el delito de lavado de dinero en México, tanto en la ley como en la práctica y, siguiendo las tendencias internacionales y la mayoría de la doctrina al respecto, no necesita de una sentencia previa para poder configurarse. Es decir, su autonomía se manifiesta cuando el objeto del delito, esto es, el origen delictivo de los bienes lavados, puede ser comprobado por cualquier medio legal. En este sentido, la prueba indiciaria, correctamente aplicada conforme el criterio de la sana crítica, permitiría corroborar el origen criminal del lavado de dinero.

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LA CULTURA DE LA LEGALIDAD EN EL NUEVO PARADIGMA DE LOS DH

La Cultura de la Legalidad en el Nuevo Paradigma de los Derechos Humanos en particular cuando se ven en la necesidad de resolver situaciones en las que una ponderación de principios resulta adecuada para resolver un caso. Esta modalidad de impartición de justicia coincide y está íntimamente vinculada con el nuevo paradigma de protección de los derechos humanos, reconocido desde el año 2011 en la Constitución mexicana.

Asesor de la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República. Lic. David Boone de la Garza

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erecho que es injusto no es derecho. Al menos en eso coinciden una gran cantidad de juristas. La llamada “Fórmula de Radbruch", la cual postula que el derecho extremadamente injusto no es derecho, acuñada por quien le diera su nombre, el profesor alemán Gustav Radbruch, ha sido retomada en las últimas décadas por la mayoría de los promotores del nuevo iusnaturalismo, en virtud del cual se ha construido y se está consolidando un nuevo modelo de derecho, basado en la aplicación de los principios que dan sentido a las normas. Se trata de la respuesta de los exponentes de esta corriente dominante frente a la necesidad de asegurar a la persona, independientemente de su nacionalidad o sus condiciones concretas, la interpretación y la aplicación del derecho de forma tal, que resulte lo más justo posible para las partes involucradas en una situación o un conflicto de difícil solución. Lo anterior ha dado lugar a lo que algunos estudiosos del derecho han denominado el desbordamiento de las fuentes del derecho, y que ha permitido dar una mayor importancia a la labor creadora del derecho por parte de los jueces,

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La aplicación de los principios como una parte fundamental de la facultad interpretativa de los juzgadores, mediante el control difuso, nos coloca frente a la necesidad de repensar la noción de cultura de la legalidad. Me explico. La legalidad puede comprenderse, esencialmente, desde dos enfoques. Por una parte, a partir de la definición del principio de legalidad, de acuerdo con el cual la autoridad solamente puede hacer aquello que la ley le mandata; por la otra, a partir de la cultura de la legalidad como un conjunto de elementos que determinan la relación de los individuos frente al resto de la sociedad, a la autoridad y viceversa, de conformidad con lo establecido en las leyes. Me interesa reflexionar en torno a éste último enfoque. Es indudable que la aplicación rigorista de las normas contenidas en las leyes ha sido atemperada por la aplicación de los principios subyacentes en dichas normas, entendidos éstos como los mandatos de optimización a los que se refiere Robert Alexy en su teoría de la argumentación jurídica. La cultura de la legalidad debe ahora ser comprendida como una cultura que, en efecto, se traduzca en el cumplimiento voluntario y la defensa de la legalidad, pero no sólo en cuanto a los supuestos comprendidos en las normas, sino, principalmente, en cuanto a los principios que les dan sentido. Es decir, la cultura de la legalidad, en particular, en el nuevo paradigma de los derechos humanos, implica que una sociedad que la posee debe conocer, comprender y promover el derecho, concibiendo a éste como un conjunto de normas y de principios, pues sólo mediante esta concepción es posible dar una solución justa a aquellos casos que escapan a la aplicación mecánica y positivista de la ley.


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Para el Observatorio de Medios de Comunicación y Cultura de la Legalidad, la cultura de la legalidad tiene ocho características esenciales: 1) la sociedad conoce la mayoría de las normas y leyes; 2) la mayoría tienen la voluntad de respetar las leyes; 3) existe una rama estructurada y órganos de control; 4) existe una sanción por una violación de ley; 5) existe un proceso de defensa de acusados; 6) existe un sistema de apoyo a víctimas; 7) se condena a la delincuencia y corrupción, y 8) existe un sistema para cambiar las leyes.

La legalidad es un elemento indispensable de las democracias contemporáneas. Una noción básica de cultura de la legalidad la podemos obtener al combinar la definición literal de los dos conceptos que integran la expresión: cultura y legalidad. Cultura es el conjunto de conocimientos que permite a alguien desarrollar su juicio crítico, así como el conjunto de modos de vida y costumbre, conocimientos y grado de desarrollo artístico, científico, industrial, en una época, grupo social, etc. Legalidad es el principio jurídico en virtud del cual los ciudadanos y todos los poderes públicos están sometidos a las leyes y al derecho (rae , 2014). En consecuencia, visto así, la cultura de la legalidad es el conjunto de conocimientos, modos de vida y costumbres que determinan la medida en la cual los ciudadanos y la autoridad están sometidos a las leyes y al derecho. Es un elemento indispensable de las democracias contemporáneas. Sin cultura de la legalidad, la legalidad no sería espontánea ni perdurable. En ese sentido, para que la legalidad proteja de la forma más amplia los derechos humanos, se requiere que ésta no sea concebida como una “legalidad basada sólo leyes”, sino más bien en una “legalidad de leyes y principios”, pues, como ya se ha señalado, si por cualquier motivo una ley no es suficiente para solucionar un caso, la mejor salida siempre son los principios, los cuales, por cierto, no se encuentran perdidos en el espacio, sino están inmersos en las normas, las justifican y definen. Esto, aunque dicho con ese simpleza, más por la economía del espacio para este texto que por otra razón, no quiere decir que sea enteramente de esa forma, ya que para que el análisis esté completo se requeriría confrontar lo expuesto con aspectos muy importantes como la certeza, la seguridad jurídica, los alcances y los límites a los diversos sistemas de interpretación.

Para que haya una democracia, en el sentido amplio y contemporáneo de la expresión, se requiere la existencia de un verdadero estado de derecho; lo que implica no sólo que exista legalidad, sino una cultura de la legalidad. Esto es así toda vez que la legalidad, aunque implica el cumplimiento de las leyes, no necesariamente conlleva la existencia de una justicia plena, pues aquella, la legalidad, puede lograrse mediante el cumplimiento estricto de las leyes, incluso mediante el uso de la fuerza pública, pero ello no significa, en todos los casos, que eso sea lo más justo, ni siquiera lo medianamente justo. Como ha quedado acreditado a lo largo de la historia en diferentes países y regiones del mundo, y como lo han establecido en los últimos años organismos internacionales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que una ley sea democrática no basta con que sea producto del acuerdo de una mayoría, sino que se requiere que su contenido reconozca y proteja los derechos humanos. Esta nueva definición de la cultura de la legalidad, en atención al nuevo paradigma de los derechos humanos y del derecho en general, debe difundirse y permearse entre los grupos de la población, los sistemas económico, político y gubernamental. Formalmente la persona ha sido colocada como el centro de la actuación del Estado, pero aún nos falta lo más importante: hacerlo realidad. Para ello el único camino es una sólida cultura de la legalidad entre toda la sociedad. Agosto 2014   59


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FIRMAN CONVENIO SEP-SEGOB Y ANUIES

Firman Convenio SEP–SEGOB y ANUIES para Sistema de Justicia Penal Acusatorio

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pasos acelerados el Gobierno Federal trabaja para llegar en tiempo y forma a la implementación del nuevo sistema procesal penal en México. Por eso, con el objetivo de contar con profesionales especializados en la materia, la Secretaría de Gobernación (segob ), la Secretaria de Educación Pública (sep) y la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior en México (anuies ), firmaron un convenio de colaboración para actualizar los planes y programas de estudio en las universidades para estar acorde a la nueva realidad jurídica del país.

El evento realizado en el salón Hispanoamericano del edificio sede de la sep , estuvo encabezado por Miguel A. Osorio Chong, titular de la segob , Emilio Chuayffet Chemor, Secretario de Educación Pública, Miguel Ángel Mancera, Jefe del gdf , César Duarte Jáquez, Gobernador del Estado de Chihuahua y Coordinador de Seguridad y Justicia de la conago , Carlos Graco Romero, Gobernador del Estado de Morelos, Coordinador de Educación de la conago , Rafael Moreno Valle, Gobernador del Estado de Puebla, Enrique Fernández Pasos, Secretario General Ejecutivo de la anuies , César Esquinca Muñoa, Consejero de la Judicatura Federal y Ma. de los Ángeles Fromow, titular de la setec . El acuerdo signado establece que las instituciones de educación superior adscritas a la anuies impulsarán las adecuaciones de los planes de estudios, promoverán la formación de profesionales académicos e investigadores y articularán programas de educación continua para la capacitación y actualización de especialistas en el nuevo sistema de justicia penal. El Dr. Enrique Fernández aseguró ante los asistentes que las investigaciones y propuestas de solución a los problemas que surjan de la implementación del nuevo esquema emergerán de los recintos de las universidades, “nuestras casas de estudio son espacios idóneos para al discusión y análisis en los que la libertad el respeto y la pluralidad son principios fundamentales para procesar adecuadamente este tipo de retos.”

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Con la transformación académica se busca que de las universidades mexicanas egresen especialistas del Derecho con nuevos perfiles, defensores preparados para la argumentación oral y la mediación. El Secretario Osorio Chong, destacó que con responsabilidad y compromiso, el Gobierno de la República “seguirá cambiando el rostro de la justicia en México y fortaleciendo la confianza de los ciudadanos en sus instituciones”. Al destacar la importancia del convenio, manifestó que son los jóvenes estudiantes de derecho quienes directamente contribuirán a materializarlo, aplicando el nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales y las demás leyes que emita el Congreso de la Unión. El titular de segob enfatizó que el acuerdo permitirá actualizar nuestra cultura jurídica y construir referentes de enseñanza innovadores, a través de reformas curriculares. Se fortalecerán los conocimientos y habilidades de aquellos que tendrán la responsabilidad de procurar y administrar justicia. Explicó que se realizarán progra-


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mas de capacitación y educación continua, junto con la sociedad civil y las instituciones de educación superior, para que jueces, peritos, policías, ministerios públicos y litigantes, se actualicen y puedan actuar todos con mayor eficacia. Informó de la puesta en marcha del Programa de Capacitación en el Sistema Acusatorio para Instituciones Policiales en el que participó la prg , Gobernación así como las Conferencias de Procuración de Justicia y Seguridad Pública del país. Se estableció ya, dijo, una agenda de trabajo para el desarrollo de protocolos de actuación durante la investigación, y se actualizó el Plan Rector de Profesionalización, el cual se presentará en la próxima sesión de la conago .

Emilio Chuayffet Chemor, titular de la SEP, Miguel Ángle Osorio Chong, titular de la SEGOB y César Duarte Jáquez, Gobernador de Chihuahua, muestran el convenio.

Emilio Chuayffet Chemor, titular de la sep , hizo un llamado para lograr que la cultura de la legalidad se convierta en práctica cotidiana. La Reforma Educativa, aseveró, debe entenderse bajo la óptica del apego a la ley y el respeto a los derechos de los alumnos, maestros, directivos y padres de familia. Precisó que México ha dado un paso de suma relevancia, porque por primera vez es una meta constitucional explícita otorgar una educación de calidad. “Esta suma de voluntades que hoy cristalizamos se encamina esencialmente a consolidar un estado de derecho, en el que la les sea respetada”. Aseguró que la enseñanza del derecho radica en establecer el vínculo directo con la realidad social, abatir el aprendizaje formalista y apostar por la renovación integral.

El convenio permitirá actualizar nuestra cultura jurídica y construir referentes de enseñanza innovadores a través de reformas curriculares profesionalización y especialización forjado desde las universidades hacia los profesionistas del derecho. El nuevo modelo de justicia penal, enfatizó el Gobernador de Chihuahua, demanda construir también nuevos paradigmas para la enseñanza y confianza procesal en las instituciones que imparten el Derecho. De ahí que el convenio es la suma de voluntades que dio a luz una guía de estudios denominada Derecho Procesal Penal, un instrumento que facilitará a las instituciones de enseñanza superior el tránsito de sus contenidos curriculares actuales al que demanda el nuevo sistema de ­justicia.

Con estos cambios académicos, aseveró Duarte Jáquez, se busca que las universidades mexicanas egresen especialistas del Derecho con nuevos perfiles, defensores César Duarte señaló que el nuevo modelo de justicia preparados para la argumentación oral y la mediación. penal demanda aplicar nuevos paradigmas para la Así también, agentes del Ministerio Público eficaces en confianza y enseñanza procesal en facultades, escuelas la investigación y con un profundo sentido común y jue instituciones que imparten el Derecho. Sostuvo que rídico en el manejo y la aplicación de los criterios de una transformación jurídica como la actual no puede oportunidad. “Jueces que dirijan de manera efectiva el permitir que los expertos se formen a la luz del apren- proceso penal, en permanente contacto con las partes y dizaje empírico, debe ser un esfuerzo de capacitación, demás intervinientes procesales.” Agosto 2014   61


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ETIQUETAS QUE DAÑAN: BULLYING, MOBBING Y EQUIDAD DE GÉNERO

Etiquetas que Dañan: Bullying, Mobbing y Equidad de Género Porque con el juicio con que juzgáis, seréis juzgados, y con la medida con que medís, os será medido. Mateo 7:2-5 palabra que la define literalmente, sin embargo, hace referencia al: “maltrato”, “acoso”, “abuso”, etc.

Juez Décimo Segungo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal Dr. Fernando Córdova del Valle

E

n los último años hemos percibido un aumento en la problemática del bullying, del mobbing y de las cuestiones relacionadas con equidad de género. Esto no necesariamente significa que dichos fenómenos han crecido, pero sí su difusión mediática y la percepción entre la sociedad. De cualquier forma, lo cierto es que al incluir en los medios estos temas, se han hecho mucho más conscientes ante la población y evidente la urgencia por crear medidas para tratar de mitigarlos. Estos 3 fenómenos sociales nacen de una problemática en común, de un juicio que se hace de un género, o de una persona, y de las etiquetas que se le imponen a partir de éste, que sin duda van dañando su imagen y hasta su dignidad.

Es importante destacar que México ocupa el primer lugar internacional de casos de bullying, como se denomina a la persecución y hostigamiento deliberado de una persona o grupo que ejerce el poder hacia personas percibidas como vulnerables o débiles. El bullying se ha dado a conocer a través de las escuelas, los alumnos y los maestros; por eso que en ocasiones la primera imagen que nos viene a la mente es la del abuso generado por niños o jóvenes; sin embargo, no sólo en las escuelas ocurre este tipo de agresión, también en las empresas y grandes consorcios o todo lugar que implique una relación laboral, en cuyo caso, este acoso es denominado mobbying, término que es delimitado por la conducta abusiva de una persona hacia otra, que ocasiona que los empleados se sientan incómodos, avergonzados y ­agredidos.

El Workplace Bullying Institute precisa el término como “maltrato lo suficientemente severo como para comprometer la salud de un empleado, poniendo en peligro su carrera laboral y haciendo tensas las relaciones con sus familiares y amigos”. El bullying se convierte en mobbing cuando del ambiente laboral se trata, no importa si es en una empresa privada o dependencia pública. De varias encuestas realizadas en el país, se desprende que estos casos son más comunes de lo que imaginamos ya que más de un 80% de la población declara haber sido víctima de algún acoso de esta índole.

Tanto el bullying escolar como el mobbing, comparten la violencia voluntaria de quien lo realiza, dolosa por El bullying tiene su origen en el vocablo en inglés que cuanto hace a lastimar a una persona a costa de, en ocasignifica pandilleros o pandilla, que se empezó a estu- siones, simplemente reírse de ella, o demostrarle que diar en la década de los 70 en Europa; término adop- no es deseada. tado por todos los países; en castellano no existe una 62    Foro Jurídico


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El bullying y mobbying nace de un juicio que se hace de una persona, y de las etiquetas que se le imponen a partir de este juicio, que van dañando su imagen y hasta su dignidad. El mobbing puede detectarse si se percibe lo siguiente:

• • • • • • •

Amenazas laborales y personales Comentarios despectivos Humillación pública Tácticas de intimidación Abuso verbal (groserías) Exclusión de reuniones o convivios Demandas excesivas de tiempo y entrega

Quienes llevan a cabo esta conducta generalmente lo hacen por sus propias inseguridades. Acostumbran intimidar y humillar con el fin de ganar o tener poder sobre otros.

Las víctimas del mobbing presentan las siguientes ­conductas:

• • • • • •

No querer trabajar No poder dormir Sufrir de depresión Obsesionarse con su desempeño laboral Pensar que merece ese trato Tener dificultades en casa o con los amigos debido al estrés.

Etiquetas que Dañan Existe un experimento interesante que nos demuestra tangiblemente cómo las etiquetas impuestas, y todas las actitudes y comentarios que vienen con ellas, pueden dañar a un organismo. Lo llamaremos el Experimento del Arroz y consiste en tomar 3 botes exactamente iguales con arroz cocido en el interior. A uno se le pone una etiqueta positiva; en la que aparezca escrita, por ejemplo, la palabra te amo. Al otro una negativa; puede ser te odio o algo. Al tercero, simplemente se le ignora. Durante una semana, al primer bote se le dicen palabras amorosas. Al segundo, se le insulta con palabras negativas y al tercero simplemenete no se le hace caso.

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ETIQUETAS QUE DAÑAN: BULLYING, MOBBING Y EQUIDAD DE GÉNERO

casos con ponerles etiquetas, colocándolos de manera fuerte, tierna, o indiferente. Este experimento se ha replicado, obteniendo resultados similares, con plantas y también se ha visto el cambio vibracional del agua con los famosos experimentos de Masaru Emoto quien confirma que la estructura molecular del agua se modifica dependiendo de la energía que se le emita ya sea a través de palabras, música o imágenes. Los experimentos mencionados pueden sonar básicos, sin embargo son un fiel ejemplo de lo que pasa con las personas a las que etiquetamos. Siendo esto lo mismo que acontece en los ambientes escolares y laborales entre los compañeros y hasta entre autoridades y subordinados. Los estudios sobre bullying coinciden en que, en su mayoría, los casos de acoso escolar entre compañeros empiezan con apodos como “gordo”, “nerd”, “inútil” o insultos; que comienzan por debilitarla al bajarle su autoestima. Esto mismo pasa en el ambiente laboral, siendo que, la gente a la que se estigmatiza con adjetivos negativos, hacen no se puedan integrar a los grupos de trabajo, y como se mencionó, disminuyan la calidad en su desempeño académico o laboral, cometiendo muchos errores y faltas causados, no por su falta de habilidad, sino por ausencia de motivación y percepción de sí mismos.

El sistema social en México ha desarrollado jefes y no líderes. Jefes de familia, jefes en los grupos de jóvenes y jefes en el trabajo, que enseñan a través de ejercer la autoridad más no a través de ejercer el ejemplo.

En oportunidades escucho comentarios del ambiente que existe en uno o diversos juzgados –lugar en donde diariamente trabajo– que me llaman la atención, porque las frases asignan características al ambiente o a las personas que sólo están en nuestra mente. Comentarios tales como: “en ese juzgado siempre están alegres”, “hay mucho trabajo y muy pesado”, “el titular siempre viene enojado”, “se ve que no lo quieren en casa, por eso se va tarde”, por mencionar algunos ejemplos. Es como si en el percibir estuviera implícito el etiquetar o juzgar; incluso colocarle nombres, apodos, es también una manera de juzgarlas. Por ejemplo, “ella tiene la culpa, ya ves cómo se viste”; “ya llegó el barbero, el chismoso, la lamebotas”; “aguas, viene de la SCJN, o “es del Consejo”.

Si llevamos a cabo estas instrucciones, el bote al que le dirigimos adjetivos negativos se pondrá negro, ya que nuestra negatividad lo estropea. Sin embargo, al que le damos cariño y estimulamos con acciones y frases Distinta es la situación en la que se trata bien a un coalentadoras permanecerá blanco, ya que nuestros sen- laborador o compañero, al que además se le reconocé timientos positivos lo conservarán; y al que ignoramos, su labor y se le incentiva a seguir adelante. Esta gente, simplemente se echará a perder en su tiempo normal. por lo general mantendrá una actitud entusiasta, proPara obtener estos resultados no es necesario proferir positiva y, como decimos coloquialmente, se “pondrá la fuertes insultos, o por el contrario, ser tan lindo y ama- camiseta”. ble hasta exagerar con el arroz; basta en muchos de los 64    Foro Jurídico


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Jefe vs Líder ¿De quién es responsabilidad esta situación? Considero que la respuesta está en el tipo de liderazgo que culturalmente aprendemos a ejercer, así como a la baja autoestima que se genera en los subordinados, que hace que sigan aceptando el acoso. A pesar de que estas relaciones de subordinación se oficializan en el ámbito laboral con los jefes, los tipos de liderazgo se aprenden y se desarrollan desde pequeños, desde la escuela y más allá, desde la casa. Por tal, podemos decir que el acoso del bullying y del mobbing tiene la misma raíz. El sistema social en México ha desarrollado jefes y no líderes. Jefes de familia, jefes en los grupos de jóvenes y jefes en el trabajo, que enseñan a través de ejercer la autoridad más no de ejercer el ejemplo. Un jefe es impuesto y la autoridad se la da su posición jerárquica; muchas veces ejerce el poder a través del miedo; no le interesa que su gente crezca porque se siente amenazado por las capacidades de los que lo rodean y por eso se enfoca en destacar los errores de los empleados. Un líder, en cambio, tiene autoridad moral que gana a través del respeto de su gente y ejerce su liderazgo con el ejemplo y el empoderamiento de los que lo rodean. Sabe que solo no llegará lejos, que sólo a través de construir equipo es como podrán crecer todos, incluido él. Un buen líder puede dar órdenes pero no impone nada a nadie, sus acciones se caracterizan porque integran a un grupo laboral e incentivan la convivencia, reco-

JEFE

• Maneja a sus empleados • Inspira temor • Se siente más haciendo menos a sus empleados • Dice YO • Destaca los errores • Regaña • Individualista • La gente trabaja para él

nociendo los aciertos de su equipo ya que sabe que es importante que la gente se sienta orgullosa de lo que hace. Todo esto trae como consecuencia un ambiente de equidad e igualdad con resultados positivos en todas las áreas de trabajo.

LÍDER

• Guía a su equipo • Inspira entusiasmo • Crece en la medida en la que crece

su equipo • Dice NOSOTROS • Reconoce los aciertos • Detecta áreas de oportunidad • Colaborativo • Su gente se siente parte del proyecto porque hay un objetivo en común

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INMUJERES, ABC de género en la Administración Pública Federal, 2007

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ETIQUETAS QUE DAÑAN: BULLYING, MOBBING Y EQUIDAD DE GÉNERO

Equidad de Género El género se define como “un conjunto de ideas, creencias y atribuciones sociales, construidas en cada cultura y momento histórico, tomando como base la diferencia sexual; a partir de ello se elaboran los conceptos de “masculinidad y “feminidad” que determinan el comportamiento, las funciones, las oportunidades, la valoración y las relaciones entre mujeres y hombres”.1

tos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos público y privado, promoviendo el empoderamiento de las mujeres y la lucha contra toda discriminación basada en el sexo.

Siendo sus principios rectores la igualdad, la no discriminación, la equidad, todos aquellos contenidos en la Constitución mexicana y los que por razón de su sexo, Agregando el tema de la equidad de género a la situa- independientemente de su edad, estado civil, profesión, ción de acoso que se vive en el país, se puede decir que cultura, origen étnico o nacional, condición social, sano necesariamente la falta de equidad de género trae lud, religión, opinión o discapacidad, se encuentren con consigo el bullying o mobbing, sin embargo, el género algún tipo de desventaja ante la violación del principio sí es una de las etiquetas que se ponen y que propician de igualdad que esta Ley tutela. estas conductas abusivas. El juicio que se hace de una persona, basado en su diferencia o preferencia sexual, Conclusiones sin duda constituye una conducta de falta de respeto. El hecho de que culturalmente se perciba a la mujer como El experimento del arroz pretende ser una prueba de el “sexo débil” trae consigo acoso tanto en la casa, como que nuestros pensamientos y emociones, las cosas que decimos, pero sobre todo las etiquetas que ponemos, en la escuela y en la oficina. afectan el desarrollo de las personas y por ende afectan La equidad de género permite brindar a mujeres y hom- su desarrollo profesional y dañan su autoestima. Por bres las mismas oportunidades, condiciones, y formas de eso debemos de concientizar los juicios que hacemos trato, sin dejar a un lado las particularidades de cada uno a diario, respetar las diferencias entre las personas, y de ellos, que permitan y garanticen el acceso a los dere- evitar las etiquetas. Desgraciadamente el etiquetar está chos que tienen como ciudadanos. Debemos crear cons- tan arraigado en nuestro sistema que no sólo lo senciencia en todos acerca de la importancia que implica, timos como natural sino que hasta lo hacemos como primero conocer los derechos de todas y todos en el ór- motivo de fiesta, porque no nos damos cuenta que lo gano jurisdiccional, fortalecer las relaciones equitativas estamos haciendo. entre hombres y mujeres, y la construcción de espacios de respeto, tolerancia, paz y libres de violencia de género. En vez de juzgar, enfoquémonos mejor en convertirnos en verdaderos líderes para guiar a nuestras familias, a Para que haya una igualdad de género y se tengan las mis- nuestros amigos y equipos de trabajo, generando ammas oportunidades, no sólo basta la educación dentro de bientes armónicos construidos con base en relaciones un aula. El mayor cambio que se debe de hacer, es en la de igualdad y de respeto mutuo. Si seguimos no sólo caeducación que recibimos desde nuestros hogares, ya que lificando sino incluso clasificando a las personas con las ahí se origina la forma en la que percibimos el mundo y que trabajamos, terminaremos por crear un ambiente en donde se da el más importante proceso de transmisión laboral discrepante, hostil. de conocimiento. Espero que la reflexión plasmada en este trabajo sirva Estoy convencido que también faltan políticas públicas para que entendamos que vale la pena dejar a un lado concretas, verdaderas y directas, encaminadas a hacer todos nuestros prejuicios, nuestros problemas, y darnos conciencia de lo que significa la equidad de género y la cuenta que de la misma manera en que juzgas a las perigualdad a través de la aplicación de principios y valores sonas, serás juzgado por los tuyos y que para juzgar, prique son inculcados desde la familia, para ser proyecta- mero debemos aprender a juzgarnos a nosotros mismos. dos a todos los ámbitos de la sociedad. Por ello, no juzgues a las personas, no etiquetes y sobre Tan es así que el gobierno mexicano, preocupado por todo, no les faltes al respeto. El respeto es la actitud y esta situación expidió la Ley General para la Igualdad la acción del ser humano, de no dañarse a sí mismo, a entre Mujeres y Hombres el 2 de agosto de 2006, re- sus semejantes ni a su entorno. Actuar con respeto es formada el 14 de noviembre de 2013. Tiene por objeto aceptar las diferencias de los otros y no sentirse amenaregular y garantizar la igualdad de oportunidades y de zados por éstas. Porque el respeto es la excelencia de la trato entre mujeres y hombres, proponer los lineamien- humildad y empieza contigo. 66    Foro Jurídico


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GOBIERNOS DE COALICIÓN

Gobiernos de Coalición que dio lugar al primer gobierno de coalición británico desde el Ministerio de Guerra de Winston Churchill (1940-1945), teniendo hoy un gabinete integrado con 5 funcionarios de corte liberal demócrata, entre ellos, el Vice–Primer Ministro.

Dr. Rodrigo Moreno Trujillo

L

a reciente reforma político–electoral da paso a la formación de gobiernos de coalición como una forma democrática para integrar a las fuerzas políticas en un sólo gran polo de dirección nacional. Se trata de un llamado de la sociedad en general, para armonizar al Poder Ejecutivo con el Legislativo, y abonar así, a la consolidación de los acuerdos necesarios para el país.

Para contar con un panorama preciso, considero importante puntualizar que el papel de los gobiernos de coalición resulta ser muy variable. Por ejemplo, en los sistemas parlamentarios, mayoritarios en países europeos, para que el Jefe de Gobierno lleve a cabo su función, requiere de la confianza del Parlamento, por lo que, cuando el grupo afín al mandatario no logra la mayoría necesaria, debe pactar con otro grupo o grupos, comúnmente de la misma ideología política, para obtener el apoyo que requiere y con ello, dar lugar a un gobierno conjunto o de coalición, con la finalidad de no verse superado por el resto de las fuerzas políticas. Se consolidan de esta manera los acuerdos correspondientes para materializar las iniciativas necesarias en pro de la ciudadanía.

Alemania es otro claro ejemplo, cuenta con el tercero en su historia, integrado por el grupo conjunto de su Canciller –los partidos Demócrata Cristiano (cdu ) y su partido hermano bávaro, la Unión Social Cristiana (csu )– y el Partido Social Demócrata (spd ), cuya unión es el resultado de que en las elecciones de septiembre de 2013, el bloque conservador cdu /csu , ganara sin obtener la mayoría, quedando a tan sólo 5 escaños de lograrlo. Dado que sus acostumbrados socios, los liberales, quedaran fuera del Bundestag, obligó a buscar una nueva alianza, logrando un gobierno de izquierda– derecha, fiel a la tradición alemana caracterizada por la búsqueda de estabilidad y de acuerdos entre partidos.

La formación de los gobiernos de coalición ha respondido históricamente ante el cuestionable rendimiento gubernamental, y a la consecuencia de la inestabilidad social.

Otro escenario es la República Helénica (Grecia), que ante la inestabilidad política, producto a su vez de la precaria situación económica por la que atraviesan, en las elecciones de mayo de 2012 los conservadores del Partido de Nueva Democracia obtuvieron el mayor número de votos, pero sin lograr los sufragios necesarios para gobernar por sí solos. De ahí que, con el fin de abonar a la estabilidad y para garantizar su permanencia en la eurozona, los nuevos demócratas optaron por un gobierno de unidad nacional con los socialistas del pasok y el partido Izquierda Democrática (dimar ). Sin emUn caso paradigmático es el Reino Unido, en el que en bargo, considero importante señalar que apenas un año mayo de 2010, el partido conservador ganó las eleccio- después de que el nuevo gabinete tomara juramento, nes pero sin lograr la mayoría para gobernar en solita- por diversos desacuerdos, el partido Izquierda Demorio, toda vez que obtuvo 20 escaños menos de los nece- crática abandonó la coalición gubernamental y retiró a sarios. Esta situación lo obligó a conciliar con el Partido sus 2 ministros, caso en el que fue innecesario convocar Liberal Demócrata –de evidente ideología opuesta–, lo a nuevas elecciones, dado que entre conservadores y so68    Foro Jurídico


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La reciente reforma política permite superar el fenómeno que se ha presentado desde 1997, en el que ninguna fuerza política ha logrado obtener la mayoría que facilite al Presidente ejercer acciones de gobierno de modo independiente, sin adoptar medidas como la cláusula de gobernabilidad.

binete multipartidista cuando el apoyo legislativo sea poco. Bajo esa tesitura, las coaliciones en este sistema han funcionado generalmente como alianzas electorales entre partidos durante un proceso, con el fin de obtener un mejor resultado en la votación mediante una candidatura común que los posicione de una forma más ventajosa a la que habrían logrado en forma independiente. Sin embargo, durante los últimos años ha sido creciente la adopción de coaliciones tanto electorales como gubernamentales, dando lugar a que el Ejecutivo y las cámaras, pacten una agenda paralela con metas en conjunto y mecanismos para la solución de controversias que disminuyan el clima de confrontación y facilite el trabajo de ambos poderes.

Al respecto, la experiencia del presidencialismo de coalición en América del Sur cuenta con el claro ejemplo de Brasil, país que desde 1995 se ha movido dentro de esta figura, superando el inmovilismo político y los blocialistas se alcanzó una débil, pero al final mayoría de queos legislativos para separar las dificultades lógicas 153 de los 300 mandatos en el Parlamento. que supone la formación de un gobierno de coalición en un sistema multipartidista, de federalismo robusto, con Por el contrario, en los sistemas presidencialistas pre- un Ejecutivo con amplios poderes constitucionales y la dominantes en América, el fenómeno de los gobiernos existencia de una vasta diversidad de partidos políticos, de coalición es diverso. Esta situación es menor dado que hace que la negociación y la concertación se tornen que la elección del Poder Ejecutivo y Legislativo es más complejas. independiente y, por tanto, el Gobierno no depende de que exista o no una mayoría legislativa. Asimismo, Por otro lado, encontramos el caso de Chile, en donde sólo en algunos sistemas presidenciales el titular está el sistema binominal ha contribuido en buena medida respaldado expresamente en la norma para que en su a la formación de grandes coaliciones. De 1990 a 2010 caso, opte por formar un gobierno de coalición y un ga- el gobierno chileno estuvo a cargo de la alianza de parAgosto 2014   69


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GOBIERNOS DE COALICIÓN

tidos de izquierda, centroizquierda y centro, denominada Concertación de Partidos por la Democracia1. Esto permitió pasar de ser una coalición electoral, a transformarse en una verdadera coalición legislativa y de gobierno, en donde los legisladores concertacionistas, votaban en la misma dirección para lograr la necesaria aprobación de reformas y leyes sin la demora obstaculización que habría supuesto la ausencia de una mayoría unipartidista en la legislatura; asimismo, el reparto de los ministerios de los 4 gabinetes presidenciales comprendidos en tales fechas, respondió de manera proporcional, al número de escaños con que contaba cada partido integrante de la coalición dentro del Congreso.

Aunque en México pareciera reciente la idea de un gobierno de coalición, su aprobación es resultado de la necesidad de evitar o reducir el estancamiento y la parálisis legislativa y administrativa, producto de los gobiernos divididos. Es evidente que la formación de los gobiernos de coalición ha sido históricamente una opción ante el cuestionable rendimiento gubernamental, así como a la consecuencia de la inestabilidad social, crisis sistémica o polarización política que en algún momento atraviesan la mayoría de los países. De ahí que el caso mexicano no sea la excepción ante la imperante necesidad de dar el cauce adecuado a las propuestas del gobierno en turno. Si bien, en México pareciera reciente la idea de un gobierno de coalición, lo cierto es que su aprobación es resultado de la necesidad de evitar o al menos reducir, el estancamiento y la parálisis legislativa y administrativa, producto de los gobiernos divididos. Un claro ejemplo para tratar de erradicar dicha parálisis es sin duda el acuerdo político denominado Pacto por México, en el que el Presidente electo y los 3 principales partidos de México, pri , pan y prd , acordaron realizar acciones y reformas específicas en 5 capítulos: a) Sociedad de Derechos; b) Crecimiento Económico, Empleo y Competitividad; c) Seguridad y Justicia; d) Transparencia, 1

Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción; y e) Gobernabilidad Democrática. Situación que dejó de manifiesto, cuando menos en la agenda, una voluntad política para dar paso a un marco de pluralidad, con un espacio de discusión que diera lugar a un sistema de alianzas para fortalecer el funcionamiento del Estado. Cabe recordar que en nuestro país, a efecto de garantizar la conformación de un grupo parlamentario con mayoría absoluta, esto es, que el resto de los grupos políticos presentes no obstaculizaran el cumplimiento de la agenda legislativa del partido mayoritario, se adoptó la denominada “cláusula de gobernabilidad”, dispuesta mediante la reforma política de 1986, en el artículo 54 de la Constitución Federal, misma que fue eliminada de nuestro sistema a través de la diversa reforma de 1993. En ese orden de ideas, la reciente reforma política permite superar el fenómeno que se ha presentado desde 1997, en el que ninguna fuerza política ha logrado obtener la mayoría que facilite al Presidente de la República ejercer acciones de gobierno de modo independiente, sin adoptar medidas como la cláusula de gobernabilidad. Si bien, en atención al principio de división de poderes, el hecho de que el partido político del Presidente no logre una mayoría absoluta en el Congreso, no constituye un impedimento para que cada órgano lleve a cabo las funciones inherentes a su naturaleza, la realidad es que la cooperación entre éstos, resulta un elemento indispensable para alcanzar la gobernabilidad democrática requerida para la buena marcha de nuestra nación. Sobre esa base, si bien lo lógico resulta que antes del convenio exista una coalición electoral, lo cierto es que ello no es requisito indispensable y, por tanto, deja de ser estrictamente necesario para la formación de un gobierno con estas características, como se advierte del reformado artículo 89, fracción XVII, de la Constitución mexicana, en donde se precisa que en cualquier momento, el titular del Ejecutivo tendrá la posibilidad de optar por dicha figura constitucional, con la que a través de la construcción de mayorías, el sistema se torne más incluyente y plural, evitando los bloqueos políticos. En conclusión de todo lo anterior, estoy convencido que la implementación de estas figuras abonan de manera significativa a la gobernabilidad democrática del país e impedirá el estancamiento gubernamental derivado de la fragmentación del poder.

En el año 2013, los partidos integrantes de la Concertación, se unieron con otras fuerzas políticas de ideología similar, para dar lugar a la coalición Nueva Mayoría.

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Agosto 2014   71


COLUMNA

TIEMPO DE SABER

Nueva Ley de Movilidad; Viejas Formas de Movilizarse relevantes. En la Ciudad de México requerimos más y mejores vialidades, pero también aprender a convivir de una manera más respetuosa y inteligente en las vialidades, no como simples fluidos que toman la forma del recipiente que los contiene. Respecto a la importancia de los reglamentos y la autoridad que los haga valer. Lo segundo es más urgente que lo primero, sin embargo en fechas recientes se ha dado un paso en la actualización de la ley. La Ley de Transporte y Vialidad del DF fue reemplazada por la Ley de Movilidad del df (lmdf ).

Mtro. Jorge A. Alfaro Villamil

E

n la Ciudad de México, como en muchas otras urbes, la movilidad en la vía pública tiende a comportarse de manera muy semejante a los fluidos, ya sean líquidos o gases, contenidos en un recipiente. Si en el recipiente hay salidas o canales, el fluido se escurrirá por ellos según la fuerza de gravedad o la presión que reciba. El tráfico de vehículos en las vialidades del Distrito Federal y el área conurbada también busca, como si fuera un fluido, llegar de un lado a otro por el camino más corto y más rápido. La urgencia de llegar a un destino actúa como un factor de presión que hace al tránsito vehicular e incluso al peatonal aún más semejante a un fluido en un cauce. A mayor urgencia, mayor presión y el fluido, en este caso el tráfico, tiende a desbordarse, crear embudos, remolinos, olas y hasta tormentas.

La lmdf va en sintonía con el Programa Integral de Movilidad 2013-2018, presentado por la aun Secretaría de Transporte y Vialidad (Setravi) el 29 de octubre de 2013. En el trasfondo de dicha ley se considera la movilidad como un derecho fundamental y un aspecto estratégico para la viabilidad de la urbe. Como resultado de dicha ley la Setravi cambió su nombre para convertirse en la Secretaría de Movilidad. Uno de los aspectos que destaca en la nueva ley es que hay una “jerarquía de movilidad” que considera el nivel de vulnerabilidad y las externalidades que genera cada modo de transporte. Por externalidades la lmdf entiende: “Efectos indirectos que generan los desplazamientos de personas y bienes y que no se reflejan en los costos de los mismos.” (Gaceta Oficial del df , 14/julio/2014). De acuerdo al artículo 6 de la lmdf , “La Administración Pública proporcionará los medios necesarios para que las personas puedan elegir libremente la forma de trasladarse a fin de acceder a los bienes, servicios y oportunidades que ofrece la Ciudad” y la jerarquía de movilidad establecida en el mismo artículo es la siguiente:

I. Peatones, en especial personas con discapacidad y

Por lo que respecta a los peatones y el servicio de transpersonas con movilidad limitada; II. Ciclistas; porte público, la situación no es mejor, por el contrario, III. Usuarios del servicio de transporte público de papuede ser más estresante que moverse en transporte sajeros; privado. Antes tales situaciones de conflicto vial, uno se IV. Prestadores del servicio de transporte público de pregunta qué pasa ¿son el transporte público y las viapasajeros; lidades insuficientes? Al transportarnos bajos presión V. Prestadores del servicio de transporte de carga y ¿somos incapaces de convivir en forma cordial y respedistribución de mercancías; y tuosa? O acaso ¿es que no tenemos reglas de tránsito VI. Usuarios de transporte particular automotor. adecuadas? O que sí las hay, ¿pero no tenemos autoridades dispuestas a hacerlas valer? Mi particular hipótesis es cada uno de los cuatro factores antes menciona- Además de la jerarquía de movilidad, el artículo 7 de la dos tienen algún peso en el conflicto vial, sin embargo, lm plantea 10 principios que observará la administrame atrevo a pensar que los dos primeros son los más ción pública para implementar programas y acciones: 72    Foro Jurídico


COLUMNA

Necesitamos aprender a convivir de una manera más respetuosa y más inteligente en las vialidades, no como simples fluidos que toman la forma del recipiente que los contiene. I. Seguridad. Privilegiar las acciones de prevención del delito e incidentes de tránsito durante los desplazamientos dela población, con el fin de proteger la integridad física de las personas y evitar la afectación a los bienes públicos y privados; II. Accesibilidad. Garantizar que la movilidad esté al alcance de todos, sin discriminación de género, edad, capacidad o condición, a costos accesibles y con información clara y oportuna; III. Eficiencia. Maximizar los desplazamientos ágiles y asequibles optimizando los recursos disponibles, sin que su diseño y operación produzcan externalidades negativas desproporcionadas a sus beneficios. IV. Igualdad. Equiparar las oportunidades de la población para alcanzar un efectivo ejercicio de su derecho a la movilidad, poniendo especial énfasis en grupos en desventaja física, social y económica, para reducir mecanismos de exclusión; V. Calidad. Procurar que los componentes del sistema de movilidad cuenten con los requerimientos y las propiedades aceptables para cumplir con su función, producir el menor daño ambiental, ofrecer un espacio apropiado y confortable para las personas y encontrarse en buen estado, en condiciones higiénicas, de seguridad, y con mantenimiento regular, para proporcionar una adecuada experiencia de viaje; VI. Resiliencia. Lograr que el sistema de movilidad tenga capacidad para soportar situaciones fortuitas o de fuerza mayor, con una recuperación de bajo costo para la sociedad y al medio ambiente; VII. Multimodalidad. Ofrecer a los diferentes grupos de usuarios opciones de servicios y modos de transporte integrados, que proporcionen disponibilidad, velocidad, densidad y accesibilidad que permitan reducir la dependencia del uso del automóvil particular; VIII. Sustentabilidad y bajo carbono. Solucionar los desplazamientos de personas y sus bienes, con los mínimos efectos negativos sobre la calidad de vida y el medio ambiente, al incentivar el uso de

transporte público y no motorizado, así como impulsar el uso de tecnologías sustentables en los medios de transporte; IX. Participación y corresponsabilidad social. Establecer un sistema de movilidad basado en soluciones colectivas, que resuelva los desplazamientos de toda la población y en el que se promuevan nuevos hábitos de movilidad, a través de la aportación de todos los actores sociales, en el ámbito de sus capacidades y responsabilidades, y X. Innovación tecnológica. Emplear soluciones apoyadas en tecnología de punta, para almacenar, procesar y distribuir información que permita contar con nuevos sistemas, aplicaciones y servicios que contribuyan a una gestión eficiente, tendiente a la automatización y eliminación del error subjetivo, así como a la reducción de las externalidades negativas de los desplazamientos. La nueva Ley de Movilidad aporta elementos realmente novedosos y acordes con la necesidad de una ciudad funcional para el tránsito de las personas en general y no únicamente para quienes poseen un automóvil. Sin embargo, está por verse hasta donde la Secretaría de Movilidad, la Secretaría de Seguridad Pública del df , las delegaciones, Asamblea y demás instituciones involucradas en operar dicha ley y generar los reglamentos que la complementen se involucran en el cumplimiento. En ese sentido, vuelven a cobrar relevancia los 4 ejes mencionados, sin ellos, aunque la ley sea nueva, las formas de movilizarse seguirán siendo viejas:

1 Generación y mantenimientos de vialidades para diferentes medios de transporte.

2 Educación vial desde los peatones a los conductores de transporte público, pasando por ciclistas, motociclistas, automovilistas, etc.

3 Reglamentos acordes con la ley. 4 Autoridades firmes e incorruptibles dispuestas a hacer valer leyes y reglamentos. Como dato curioso, la Ley de Movilidad excluye los moto-taxis como medio de transporte, pero contempla la permanencia reglamentada de los bici–taxis, ahora llamados ciclo taxis. Estos últimos quedan en el concepto de “vehículo no motorizado” y deja la posibilidad de que utilicen un motor que desarrolle velocidades de hasta 25 kilómetros por hora. Tal vez porque éstos, como los de muchas bicicletas que se están vendiendo en la actualidad sean eléctricos y por lo tanto no contaminantes, es que la ley deja esta posibilidad, sin embargo, mientras no haya vialidades para estos vehículos, desde mi punto vista son tan peligrosos como los moto–taxis. Agosto 2014   73


COLUMNA

FORO DE PROPIEDAD INTELCTUAL

Amenaza la Tecnología la Seguridad Nacional Scientika

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l gobierno de la República Popular de China, anunció por su transmisora oficial que el iPhone, producto de la marca Apple, representa una amenaza a la seguridad nacional debido a que su sistema de registro de ubicación abre la posibilidad de que se expongan secretos de Estado y al mismo tiempo facilitan la fuga de información, y esto no los ha dejado tranquilos.

Resulta comprensible que ciertos gobiernos perciban como una amenaza las funciones que develan datos que antes no eran posibles ser conocidos por parte de civiles.

ya sea información de contacto, gustos, páginas que se visitan recurrentemente, conversaciones y ubicaciones. Se han visto casos similares por parte de los gobiernos, como la prohibición de redes sociales en Irak y en Turquía debido a que se podía utilizar para alentar comportamiento rebelde. Sin duda que las Tecnologías de la Información y Comunicación (tic s) implican una nueva dinámica de flujo de información en la sociedad y en relación con sus gobiernos ya que no se pueden controlar ni censurar como los medios masivos tradicionales. Sin embargo, los intentos de los gobiernos por restringir el contenido que se genera en las tic s, persistirán. Por lo que, las empresas de tecnología, así como los usuarios, deben saber proteger sus derechos y su información.

Las empresas deben de generar confianza tanto en sus usuarios, como al gobierno, publicando lo que hacen sus aparatos y sus redes, así como informar al usuario de qué forma puede proteger sus datos e información de entidades externas como agencias gubernamentales En la medida en la que la tecnología avanza y las fun- o hackers. Adicionalmente los gobiernos, más allá de ciones de los aparatos celulares evolucionan, resulta tratar de censurar o bloquear algunos portales, deben comprensible que ciertos gobiernos perciban como normar y regular el uso de las tic s sin necesidad de una amenaza las funciones que develan datos que an- sentirlas como una amenaza. La utilización de estos tes no eran posibles de ser conocidos por parte de ci- aparatos o de servicios de telecomunicaciones se ha viles. ¿Qué deben de hacer las empresas que reciben vuelto de gran importancia para la ciudadanía global estas acusaciones? ¿Vale más la palabra del gobierno o y preservar estos derechos será imprescindible en un los derechos de propiedad intelectual que las empresas futuro próximo. privadas tienen sobre cada uno de sus productos?

Las Tecnologías de la Información y Comunicación implican una nueva dinámica de flujo de información en la sociedad y en relación con sus gobiernos .

Apple decidió emitir una declaración en la que se explica que la compañía nunca ha trabajado con ninguna agencia de gobierno para hacer disponible la información de sus usuarios. Alegó también que nunca se ha permitido el acceso a sus servidores a entidades externas y que no se permitirá en un futuro, ya que este es uno de los principios más importantes por los que se rigen. Es bastante creíble que la empresa Apple cumpla con uno de los fundamentos sobre los que descansa su reputación a nivel mundial, ya que la empresa cuenta En repetidas ocasiones la censura gubernamental puecon millones de datos sobre usuarios en todo el mundo, de resultar en un atraso para la tecnología y la innova-

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ARTÍCULO

En repetidas ocasiones la censura gubernamental puede resultar en un atraso para la tecnología y la innovación, así como para la convivencia ciudadana y la libre expresión.

ción, así como para la convivencia ciudadana y la libre expresión. Apple no es la única empresa que ha sufrido censura o crítica y quejas por parte de China, en repetidas veces portales como Google se han bloqueado y se han invalidado contraseñas de distintas redes sociales. Además, se ha prohibido que las nuevas computadoras empleen el recién creado sistema operativo de Microsoft llamado Windows 8. Cisco Systems e ibm tampoco han sido bienvenidos en este país. Aunque este tipo de decisiones afecte a las empresas privadas y a su propiedad intelectual, por razones de política internacional y polaridad, hay líderes dispuestos a frenar el desarrollo sociedades ni la información y que deben cambiar su tecnológico. Los gobiernos deben entender que hoy en estrategia a la colaboración con estos nuevos medios así día, la censura ya no es una opción para controlar a las como a la regulación para una sana convivencia.

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CADALSO Inicia sus movimientos estratégicos el Comisionado de Seguridad Monte Alejandro Rubido García, nombrando al Dr. Juan Ignacio Hernández Mora, Comisionado del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social. Este relevo es una prueba de que el problema penitenciario en México es más grave de lo que se cree. Luego de fugas, escándalos y motines en diferentes centros penitenciarios, Rubido decidió aceptarle su renuncia a José Luis Musi Nahmias y poner a uno de sus hombres de confianza en esta delicada posición del Sistema Penitenciario Federal. El Dr. Hernández Mora se venía desempeñando como Director General de Vinculación y Seguimiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública y había sido previamente Secretario Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública en Quintana Roo y Subprocurador de Justicia Estatal en Cancún. Ha trascendido que el nuevo Comisionado es un especialista en temas de seguridad y pretende impulsar una nueva estrategia para atemperar los múltiples problemas que se viven en este sector, considerado por la sociedad como unos de los modelos de política pública en crisis severa. El Dr. Hernández Mora tiene el gran reto de instrumentar a nivel nacional una nueva política penitenciaria compatible con las nuevas estrategias de prevención y combate a la violencia y a la delincuencia organizada del gobierno del Presidente Peña Nieto y la avanzada normatividad en materia de Derechos Humanos prevista en la Constitución.

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Inconformidad y disgusto expresó un amplio sector de la sociedad mexicana luego de que el Instituto Nacional Electoral (INE) entregara las constancias de registro a los nuevos partidos políticos que participarán en las próximas elecciones, por el millonario incremento, con cargo al erario público, que esta acción generará. Los nuevos paridos que lograron su registro son: Movimiento de Regeneración Nacional (morena ), Partido Humanista y Partido Encuentro Social, quienes recibirán cuantiosos recursos económicos para sus actividades partidistas, así como acceso a radio y televisión. Estos partidos recibirán cada uno, sólo de agosto a diciembre de este año, más de 31 millones de pesos. Aunque el Presidente del ine , Lorenzo Córdova Vianello afirmó que son los ciudadanos mexicanos quienes otorgan y quitan el registro a los partidos mediante su voto, la buena noticia, si es que la hay, es que esto no implica un mayor presupuesto, por el contrario, el resto de los partidos registrados recibirán un recorte en sus percepciones ya que las partidas distribuidas a los institutos nacientes se obtienen de la bolsa general de prerrogativas aprobadas para el año en curso, con lo que el financiamiento no se incrementa. Ojalá no presenciemos en 2015, luego de las elecciones federales, una familia política de nuevos ricos con los financiamientos del ine .

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Tal parece que ya inició la carrera para amarrar alguna de la 2 sillas que dejarán en la Corte el próximo año los Ministros Juan Silva Meza y Olga Sánchez Cordero. Uno de los posibles candidatos que parece estar levantando la mano es el Senador Raúl Cervantes Andrade, Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara Alta. Luego de la efectiva y acertada conducción de los trabajos parlamentarios que lograron la aprobación de todas las reformas estructurales, todo parece indicar que el Presidente Peña Nieto lo incluirá en una de las ternas que enviará al Senado el próximo año para nombrar a los 2 ministros que habrán de cubrir las vacantes de Sánchez Cordero y Silva Meza, quienes culminan su gestión constitucional como ministros en noviembre de 2015. El dilema lo tendrá el Dr. Raúl Cervantes para decidir en qué momento

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solicitará licencia como Senador para cumplir con el requisito constitucional del artículo 95 que establece en su párrafo VI que quienes aspiren a ser Ministros de la scjn no deberán ser Secretarios de Estado, Fiscal General de la República, “senador, diputado federal, ni gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante el año previo al día de su nombramiento”. Todo parece indicar que al término de su cargo como Presidente de la Mesa Directiva, el próximo 31 de agosto el Sen. Cevantes presentará su petición de licencia y se pondrá en posición de arranque para acceder al Palacio de Pino Suarez. Habrá que estar atentos a la eventual solicitud de otras licencias por parte de cualquier otra senadora o senador que igualmente aspiren al mismo cargo, aunque se ve difícil que sus compañeros senadores le nieguen en el futuro su voto al Dr. Rául Cervantes, quien se ganó el respeto de sus colegas del pri y de otros partidos y su reconocimiento como legislador y jurista. El grave situación de la migración infantil que enfrenta tanto México, los Estados Unidos, así como los países centroamericanos, ha resultado un delicado problema de geopolítica y derechos humanos. El escándalo demostró la ineficiencia de las política públicas sobre el tema en cada uno de los Estados involucrados, en donde el nuestro no es principal causante del fenómeno por permitir su tránsito hacia Estado Unidos, sino tan sólo uno más de los entes participes. Las medidas tomadas por las autoridades federales para impedir su traslado en “La Bestia” y otorgar una carta anual de residencia, son apenas un paliativo para la escalada que representa los miles de personas que cruzan diariamente nuestra frontera sur para llegar a la norte. En el marco de la revolución jurídica de los derechos humanos por la que atraviesa el continente americano, los vecinos del norte deben poner el ejemplo de respeto irrestricto a los menores. Es urgente crear políticas públicas transfronterizas que involucren acciones en donde no se criminalice a quienes buscan mejores oportunidades de vida, sobre todo cuando se trata de menores de edad. Esperemos que el Presidente Obama sea sensible a este problema y no se salga por la tangente de que los Republicanos siguen oponiéndose a su Reforma Migratoria.

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Acelera la Secretaria Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justica Penal (SETEC) los trabajos para la capacitación en el nuevo proceso jurídico. En alianza con el inacipe , us aid y de American Bar Association, durante el mes de julio se llevó a cabo el seminario Introductorio de Formación de Formadores en Técnicas Básicas para el Litigio Oral Penal, dirigido a miembros de diversas Asociaciones, Barras y Colegios de Abogados de todo el país. María de los Ángeles Fromow, titular de la setec , informó que a lo largo de 6 días, brindaron a los asistentes un marco introductorio de lo que implica el nuevo paradigma jurídico que entra en operación en el 2016. Es de resaltar que con este tipo de esfuerzos da muestras claras de su compromiso que tiene con la sociedad mexicana, cumpliendo con la instrucción que tiene del propio Presidente de México para que no exista dilación en la entrada en vigor de nuevo sistema.

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LIBROS

Libros recomendados POR

Manual de Ortografía y Redacción para Servidores Públicos. Jorge L. Romo. Escuela Palafoxiana de Derecho. 2013. La obra está dirigida principalmente a los servidores públicos que, como parte de sus funciones, usan el lenguaje escrito para comunicarse con la población o para aquellos, que, simplemente, estén interesados en mejorar su redacción. Con frecuencia encontramos grandes deficiencias en sus escritos. Éstos se caracterizan regularmente, por conservar un estilo arcaico, complicado, sumamente confuso y que convierte los documentos en oficios prácticamente ininteligibles para el receptor, impidiendo una comunicación clara y efectiva. El autor, describe que no necesariamente un buen lenguaje está conformado por palabras rebuscadas y textos largos. Al contrario, debe ser preciso y sencillo, comprensible para todos y no sólo para un grupo especializados. El objetivo del libro, es hacer un llamado a crear una cultura burocrática, dentro de la cual los servidores públicos logren mantener una comunicación escrita, clara, concreta y sencilla, que facilite el entendimiento entre autoridades y particulares a través de ejercicios prácticos, ganando la confianza de la ciudadanía.

Sociología General y Jurídica. Arturo Hernández Bata. Flores Editor y Distribuidor. 2012. El autor de la obra plasma elementos sobresalientes dentro del ámbito de la sociología jurídica con una sencillez que permite que el contenido de los temas abordados a lo largo de sus páginas sea fácilmente asimilable. Arturo Hernández hace referencia a los grandes escritores que han abordado el tema de la sociología dentro de los cuales están J. S Mill, Emily Durkhein, Tarde, Antonio Caso, Augusto Comte, Karl Marx, Léci- Strauss, Merton entre otros. Además incluye las diversas teorías así como escuelas como la estructuralista, funcionalista, sociológica de dinámica social etc. Esto le permite al final llegar a la idea concreta de lo que es la justicia, luego de proporcionar diversos conceptos y tipos sobre la materia. La investigación que se encuentra en el libro pasará a formar parte del acerco cultural que queda a disposición de la sociedad y de todos aquellos que interesados en leer un texto enriquecedor.

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LIBROS

La Reforma Constitucional de Derechos Humanos. Miguel Carbonell, Pedro Salazar, coordinadores. Porrúa, UNAM. 2014. Los textos que integran este libro, escritos por destacados académicos de distintas universidades públicas y privadas de México, intentan dar cuenta del origen y el sentido profundo de los cambios constitucionales en materia de Derechos Humanos (DH). Son trabajos distintos, pero complementarios que en su conjunto ofrecen al lector un panorama completo de lo que se reformó en junio de 2011. Este acontecimiento que ocupa la atención de los autores, fue una operación política ambiciosa, que después de superar resistencias de múltiples actores, se tradujo en la modificación sustantiva de 11 artículos de la Carta Magna y 8 artículos transitorios como mandatos específicos para la actuación legislativa por parte del Congreso de la Unión y uno de ellos dirigido a los congreso locales. Por ello, quienes escriben ofrecen una reconstrucción de la evolución social, política e institucional que hizo posible una operación constitucional, en la que los DH o fundamentales se colocan como los límites y vínculos que todos poder, púbico o privado, debe respetar y garantizar.

El Derecho en la Era Digital. Alberto Enrique Nava Garces, coordinador. Porrúa. 2013. En este libro interdisciplinario y colectivo, la matización de cada uno de los temas abordados se logran desde una perspectiva enfocada en las tecnologías como un objeto de reglamentación jurídica. Desde la muy particular perspectiva de cada uno de los distintos coautores se tocan hechos de indudable relevancia como la regulación jurídica de internet, la firma electrónica, la protección de datos, los delitos informáticos etc., lo cual garantiza al lector una pluralidad de temas y enfoques. Los fenómenos que se analizan vinculados con el derecho en la era digital son entre otros: el delito informático, hacktivismo y ataques dd os , las redes sociales, la regulación del video vigilancia en México. No hay que olvidar que resulta incuestionable la creciente importancia que ha ganado en el terreno académico, empresarial y gubernamental la relación entre el derecho y las nuevas tecnologías de la información. De esta forma, la obra se convierte en un inroducción al marco legal del nuevo escenario digital en donde se requiere una actulización constante en el ámbito jurídico para enfrentar los nuevos delitos cibernéticos a los que nos enfrentamos día a día.

www.iussemper.com Agosto 2014   79


COLUMNA

TEMAS CONSTITUCIONALES

Derechos Humanos y Derechos Fundamentales mentales, así como a todas las personas morales o jurídicas, públicas o privadas. No está por demás precisar que todo derecho humano (dh ), es fundamental, pero que no todo derecho fundamental es dh . Puesto que el primero es el género y el segundo es la especie. Basta recordar que las personas morales, bien sean públicas o privadas, carecen de dh , puesto que no son personas humanas, sino jurídicas.

Lic. José R. Padilla Profesor de Derecho Constitucional, Garantías y Amparo en la Facultad de Derecho de la UNAM.

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l párrafo inicial del artículo 1° de la Constitución Política se ha venido prestando a una serie de interpretaciones incorrectas; unas de buena fe y otras no tanto. Lo anterior provoca, a diario, una serie de lamentables confusiones dado que su texto se encuentra incompleto y considero que requiere una reforma. La Reforma Constitucional practicada en medio de una euforia “humanística” no está excenta de grandes presiones demagógicas, nacionales e internacionales, que han venido a dar al traste con la soberanía del Estado mexicano, lo mismo al interior, como al exterior. Señala el texto vigente: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos contenidos en esta Constitución y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”. Por su parte, el artículo 2° de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, mejor conocida como la Carta de San José, establece: “Para efectos de esta Convención, persona es todo ser humano”.

Es necesario hacer notar que los dh atienden únicamente a los aspectos más íntimos o inherentes de la naturaleza humana, más no de otra índole, como pueden ser simplemente los actos de comercio o mercantiles los que siempre comprenden ánimos de lucro, así sean de baja cuantía. De ahí que sea necesario proponer una reforma al texto constitucional mencionado, la cual consistiría en agregar un primer párrafo de contenido general, que señale: “En los Estados Unidos todas las personas físicas o humanas y las jurídicas o morales, ya sean públicas, privadas o de índole social, gozarán de los ‘derechos fundamentales’ contenidos en esta Constitución y de los recursos establecidos para su defensa, incluido el Juicio de Amparo. Lo mismo se trate de recursos ordinarios o del Juicio de Amparo”. El siguiente párrafo, esto es, el que hoy figura como primero, quedaría como segundo de tal artículo 1º constitucional, mismo que tendría el contenido siguiente: “En los Estados Unidos Mexicanos las ‘personas humanas’ gozarán de los ‘derechos humanos’, sin perjuicio de los ‘fundamentales’, contenidos en esta Constitución y en los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte; así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Así como de los recursos establecidos para su defensa, incluido el Juicio de Amparo”.

Mediante la reforma constitucional propuesta, se aclara En tales circunstancias, no solamente el párrafo inicial que no solamente existen dh , sino además, los llamados del artículo 1° de la Carta Magna, sino también la Carta fundamentales, que son el género y que igualmente figude San José, dejan fuera los llamados derechos funda- ran personas morales, bien sean públicas o ­privadas.

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