ENTREVISTA
Retos del Sistema Penal Acusatorio a 13 años de su Implementacion Entrevista con la Dra. Diana Cristal González Obregón Especialista en el Sistema Acusatorio. Por Equipo Editorial
En el marco de la presentación de su obra Único Código Nacional de Procedimientos Penales, la Dra. Diana Cristal González Obregón, especialista en el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio -quien participó en el proceso de redacción del Código Nacional de Procedimientos Penales-, compartió con Foro Jurídico su visión de lo que ha pasado con el Sistema de Justicia Penal a 13 años de su implementación a partir de la Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia de 2008.
FJ: EN LA OPINIÓN DE VARIOS PENALISTAS, EL GRAN RETO DEL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ES EL DE LA INVESTIGACIÓN POLICIACA QUE NO LOGRA CONSOLIDARSE ¿CONSIDERA QUE HA CAMBIADO LA INVESTIGACIÓN EN EL ACTUAL MODELO ACUSATORIO? DIANA CRISTAL GONZÁLEZ OBREGÓN (DCO): En la actualidad todavía no se aplica plenamente el procedimiento penal vigente; todavía no se aplica el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) a cabalidad. Hay mucha apatía y desconocimiento por cuestiones de austeridad, desconocimiento del sistema, por miles de razones no se aplica. Aunado a que pocas escuelas de Derecho se han dado a la tarea de revolucionar los planes de capacitación. Los planes actuales de la mayoría de las universidades aplican la misma teoría procesal tradicional 24 | Foro Jurídico
que ya ha cambiado. Es aberrante ver el debate del litigio que se concentra en puntos que son reconocidos por dogmática y argumentados como tal en las audiencias y muchas veces defendidos así con los jueces, pero no son parte del nuevo procedimiento. Por ejemplo, todavía hay penalistas que creen que la vinculación a proceso son solamente datos de prueba, cuando en el artículo 316, fracción 3, se estipula vinculación a proceso, datos de prueba y que existan indicios razonables. Imaginemos a un juez que, con puros datos de prueba, dándole fe a todos los que hablen, vincule a una persona, será como en el sistema de anterior donde se decía que una orden de aprehensión no se le negaba a nadie. Este es uno de los varios ejemplos de que no se consulta a profundidad el Código Nacional. En México tenemos un grave problema, no existe una comprensión armónica del sistema