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El Reto de los Nuevos Centros de Conciliación en Materia Laboral
Ángel Pavel Salas García Abogado Especialista en Derecho del Trabajo
EL PASADO 18 DE NOVIEMBRE DE 2020 COMENZÓ LA IMPLEMENTACIÓN DE LA REFORMA LABORAL PUBLICADA EL 1 DE MAYO DE 2019 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, LOS PRIMEROS 8 ESTADOS EN DAR ESTE IMPORTANTE PASO SON: CAMPECHE, CHIAPAS, DURANGO, ESTADO DE MÉXICO, HIDALGO, SAN LUIS POTOSÍ, TABASCO Y ZACATECAS.
Pavel Salas @PavelSalas pavelsalasgarcia@gmail.com
Estos Centros de Conciliación ya sean Estatales o Federales cobran su principal importancia pues antes de que las partes decidan acudir ante un tribunal laboral del poder judicial, deberán agotar una etapa prejudicial también denominada instancia conciliatoria.
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sta corresponde a la primera fase de activación de un nuevo modelo de justicia laboral que fue idealizado como una manera de resolver las problemáticas y atender las diversas deficiencias de los tribunales laborales, a fin de dar certidumbre a trabajadores y empleadores.1 Dentro de los puntos a destacar en esta reforma laboral se encuentra principalmente
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la desaparición gradual de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, pues estas seguirán existiendo hasta que terminen de conocer el último asunto que tengan en trámite, de igual forma la resolución de los conflictos laborales quedará a cargo de un Juez y con ello la creación de Tribunales Laborales que estarán a cargo del Poder Judicial Federal y los poderes judiciales locales,. Asimismo se crea un organismo público descentralizado,
Fundación y Quién Habla por Mí. Diálogos por la Justicia Cotidiana. Disponible en: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/79028/Di_logos_Justicia_ Cotidiana.pdf