Boletín 007, setiembre 2009
Mayo 2010
Año 2, Nº14.
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El Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la prevención del delito y el tratamiento del delincuente (ILANUD) colabora con los gobiernos en el desarrollo económico y social equilibrado de los países de América Latina y el Caribe, mediante la formulación e incorporación en los planes nacionales de desarrollo, de políticas e instrumentos de acción adecuados en el área de la prevención del delito y la justicia penal. Para alcanzar su objetivo principal, el ILANUD lleva a cabo una serie de actividades. Las más importantes son: capacitación a través de seminarios, cursos, talleres, y reuniones de expertos, sobre los temas de prevención del delito y justicia penal que sean relevantes para los gobiernos de la región; investigación criminológica y de los sistemas de justicia penal; provisión de asistencia técnica; y recolección y difusión de información en temas de su competencia. La Fundación Justicia y Género como el Programa Mujer Justicia Género se crearon a partir de profundas reflexiones sobre la necesidad de buscar el mejoramiento de la administración de justicia y los derechos humanos en la región. Para combatir esa invisibilización de la mujer y la carencia de la perspectiva de género en la Administración de Justicia, que trae como consecuencias discriminación, desigualdad, opresión y violencia contra la mujer.
El Salvador, Guatemala Honduras y México superan a Costa Rica
Países latinoamericanos discutieron acerca del femicidio
-Actividad fue organizada por el Instituto de Estudios de Género de la UNED, el Programa Mujer, Justicia y Género del ILANUD, y la Fundación Justicia de Género El año pasado en Costa Rica ocurrieron 39 femicidios, cifra que alarmó a las autoridades gubernamentales y a la sociedad en general, pues en los últimos años la cantidad de mujeres asesinadas se incrementó. Este año la cifra ya va por 14 y recién estamos en el quinto mes del 2010 Como respuesta a esta problemática, la Universidad Estatal a Distancia (UNED) puso en marcha el Instituto de Estudios de Género. El Instituto fue creado el 04 de noviembre del 2009, este acuerdo que fue aprobado por el Consejo Universitario está adscrito a la Vicerrectoría Académica y tiene como objetivos impulsar la gestión del conocimiento en el tema de género a partir de la documentación e investigación de las realidades sociales e institucionales, contribuir al desarrollo de un currículum universitario con perspectiva de género, y desarrollar un marco teórico y metodológico desde la perspectiva de género, que contextualicen las acciones institucionales de la UNED, entre otros.
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Para ello, se resolvió realizar la primera cátedra virtual de manera conjunta con el Programa Mujer, Justicia y Género del ILANUD, y la Fundación Justicia y Género. Dicha actividad se realizó en las instalaciones de la sede central de la Universidad y contó con la participación de Thelma Aldana, magistrada de la Corte Suprema de Justicia de Guatemala, el Dr. Quirós, magistrado de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador y Jesid Ramírez, magistrado de la Corte Suprema de Justicia de Colombia. Todos ellos se conectaron desde sus respectivos países mediante el sistema de videoconferencia “Las investigaciones realizadas por la Procuraduría de Derechos Humanos de Guatemala, muestran que, en la mayoría de casos de hombres asesinados, el 80% se perpetra con armas de fuego sin haber contacto íntimo entre la víctima y el autor. En el caso de las mujeres, el 69% son asesinadas con armas de fuego, sin embargo, el 31% de los casos, los agresores emplean la violencia física, muchas de estas víctimas son violadas, torturadas o mutiladas antes de ser asesinadas”, añadió Aldana, magistrada de la Corte Suprema de Justicia en Guatemala. Aunque la discusión acerca de este mal social es reciente en la sociedad en general, los resultados muestran que este fenómeno se manifiesta desde hace varias décadas, pero las cifras más alarmantes pertenecen a El Salvador, Honduras y Guatemala. La investigación arrojó los siguientes resultados: del 2000 al 2006 en la mayoría de los países se registraron de 2 a 4 homicidios por cada 100 mil mujeres, excepto El Salvador, cuya cifra fue de 13 mujeres asesinadas por cada 100 mil; seguido por Guatemala con 10. En la actualidad, las cifras de femicidio se han duplicado y en otros casos hasta triplicado. Otro de los países que no escapa a la realidad centroamericana es México, pues supera los 300 femicidios por año. Alda Facio, del ILANUD quien fungió como moderadora de la actividad dijo que en Costa Rica no se ha logrado bajar los números de femicidio a pesar de la Ley de Penalización, “afortunadamente en Costa Rica hay menos feticidios que en El Salvador y Guatemala o Nicaragua, pero eso no quita de que no debemos de preocuparnos, pues vemos que a pesar de la Ley de Penalización las cifras en nuestro país han ido en aumento y la forma de mejorar estos aspectos es contar con mayor prevención, educación, eliminando el machismo, eliminando esa sensación de que las mujeres son sus propiedades y que puedan hacer lo que quieran con ellas”.
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México
El Tribunal Electoral aprueba licencias de paternidad para su personal - Amplía beneficios a madres biológicas y crea licencias para madres y padres por adopción.
- Esta medida sin precedentes en el Poder Judicial busca contribuir a cambiar la relación de los roles del padre y de la madre. La Comisión de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó un Acuerdo para conceder licencias de paternidad a su personal, ampliar los beneficios de las licencias de maternidad e inclusive, otorgar licencias a madres y padres por adopción. En el Acuerdo se destacan beneficios como la ampliación de las licencias de maternidad en casos de parto prematuro o múltiple o de problemas de salud al nacer. Además, se contempla licencia de paternidad remunerada de diez días hábiles continuos, con goce de sueldo, contados a partir del nacimiento del hijo o hija. También el hombre o la mujer que adopten a un niño o niña, tendrán licencia parental. Haciéndose cargo de principios derivados de tratados internacionales como la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Acuerdo en cuestión reconoce el derecho de mujeres y hombres a contar con licencias parentales aseguradas y remuneradas, en reconocimiento de la responsabilidad compartida en la crianza, cuidado del recién nacido y la necesaria relación afectiva con él. Con estas medidas, sin precedentes en el Poder Judicial de la Federación, se busca contribuir a cambiar la relación y la percepción de los roles del padre y de la madre, coadyuvando a la adopción de enfoques más equilibrados desde el punto de vista del género.
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África
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Esclavitud sexual
Uno de los fallos nominados al premio Mallete es el del Tribunal de Justicia de la Comunidad Económica de Estados de Africa Occidental (Cedeao) que el 27 de octubre de 2008 encontró a Níger responsable por no proteger a una ciudadana de la esclavitud sexual y lo condenó a pagar una suma de 23.100 dólares. La sentencia tiene que ver con el caso de una mujer que en 1996, cuando tenía 12 años, fue vendida al jefe de su tribu, siguiendo la práctica de Wahiya, que consiste en adquirir una niña joven, generalmente una esclava, para que trabaje como sirvienta y como concubina. La chica quedó al servicio de su amo, quien podía tener relaciones sexuales con ella en cualquier momento que lo quisiera. El hombre la violó antes de que cumpliera 13 años y durante casi 9 años ella fue su sirviente: se encargaba de todas las labores de la casa y a la vez cumplía el rol de concubina. La mujer dio a luz a cuatro hijos, dos de los cuales murieron. En agosto de 2005, el amo le dio un certificado de libertad. Ella decidió irse de la casa pero él se rehusó, diciendo que ella era su esposa y lo seguía siendo. Bajo el pretexto de visitar a su madre enferma, la joven escapó y nunca regresó. En febrero de 2006, presentó una solicitud ante la corte civil y tradicional para que le otorgaran su deseo de ser una persona libre y vivir su vida en donde quisiera. El tribunal le concedió la solicitud y determinó que nunca había estado casada con su amo. Pero el hombre apeló ante la Corte de Primera Instancia y ganó. La mujer llevó su caso ante la Cámara Judicial de la Corte Suprema de Niamey y pidió que se aplicara la ley nacional contra la esclavitud y prácticas similares. La Corte revocó el fallo por razones formales. La mujer formó otra familia y contrajo matrimonio. Al enterarse de que se había casado, el antiguo amo presentó una denuncia penal contra ella por bigamia y ella y su hermano fueron arrestados. La mujer apeló y presentó una queja contra el hombre por esclavitud y una petición ante el Tribunal Comunitario de la Cedeao.
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El Tribunal determinó que la demandante había sido sometida a esclavitud por cerca de nueve años y concluyó que Níger era responsable tanto bajo el derecho internacional como el nacional por todas las violaciones de derechos humanos derivadas de la esclavitud debido a su tolerancia, pasividad, inacción y abstención respecto de la práctica de la esclavitud. Por Mariana Carbajal Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/subnotas/144544-46451-2010-04-25.html América Latina
Algunos premios Mallete y Garrote El concurso para darles visibilidad a los fallos más sexistas y aquellos que más promuevan la equidad de género se realizó por primera vez en 2009. En esa oportunidad hubo 33 nominaciones de resoluciones de tribunales de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Guatemala, México, Paraguay, Perú, Puerto Rico y una hecha del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. El Garrote de bronce fue otorgado a una decisión de la corte de primera instancia de Murcia, España, en la que se le niega la custodia parental a una mujer porque es lesbiana. El de plata se lo llevó una decisión de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala, en la que se dice que las trabajadoras domésticas no deben recibir las mismas protecciones laborales que el resto de las personas trabajadoras. Y el de oro fue para una decisión de la Corte Constitucional de Chile, que prohibió la distribución de anticoncepción de emergencia en hospitales públicos.
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anterior El Mallete de bronce fue entregado al caso conocido como Karen Llantoy vs. Perú, en el que el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas encontró que el Estado peruano violó los derechos de una mujer a quien le impidieron tener un aborto, a pesar de que el feto era anencefálico y moriría al nacer. El de plata fue para la decisión de la Corte Constitucional de Colombia, en la que ordena al gobierno tomar medidas para proteger a las mujeres desplazadas, cuyos derechos han sido violados de forma sistemática, extensa y masiva. Y el de oro, para la Corte Suprema de México, que establece que la ley del Distrito Federal aprobada en 2007, que legaliza el aborto en las primeras 12 semanas del embarazo, es constitucional, en tanto garantiza los derechos fundamentales de las mujeres. El año pasado el concurso recibió más de 1500 votos del público, que en la categoría Garrote, para la peor decisión, otorgó el premio al Tribunal Constitucional de Ecuador por suspender indefinidamente el registro farmacéutico de la anticoncepción de emergencia y así impedir su venta y distribución. El Mallete lo ganó, por un amplio margen, la sentencia de la de la Corte Constitucional de Colombia, que reconoce los derechos de las parejas del mismo sexo. Argentina
Absuelven a una joven que fue violada y mato a su hija recién nacida El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba avaló el fallo del juicio oral que absolvió a una mujer de 19 años que mató a su hija al nacer. La joven había quedado embarazada al ser violada por un hombre que había abusado de ellas desde los diez años. La apelación del fiscal José Luis Cerioni fue desestimada ayer por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, que entiende que Elizabeth Díaz actuó bajo emoción violenta cuando mató a la hija que acababa de parir y era fruto de una violación. El fiscal había pedido 8 años de prisión pero Díaz fue absuelta. La misma cantidad de años propuesta por Cerioni fue la condena que recibió, en 2008, Arturo Benavídez, que abusó de ella desde que tenía diez años hasta que cumplió 19 y quedó embarazada. “Elizabeth Díaz padecía un estado que le impedía asimilar el significado de las conductas que realizaba, esto es, comprender la criminalidad de sus actos y en consecuencia dirigir sus acciones resultando imposible exigirle actuar de otro modo”, afirma el fallo.
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Un argumento similar se utilizó para justificar la supuesta “premeditación” de la jujeña Romina Tejerina, que mató al bebé nacido de su vientre y que también denunció que era de una violación que no pudo ser probada, ni castigada judicialmente. La defensa de Díaz, a cargo del abogado Eduardo Cúneo en una primera instancia, se ciñó al estudio de la psicóloga del Poder Judicial Gabriela Cuenca, quien aseguró que la imputada actuó sin tener dominio de sus actos. “Lo que demostramos es que esta niña no estaba matando a su hijo, estaba rechazando el producto de diez años de violaciones y abusos sexuales”, señaló el abogado. Eli, así se la conoce en San Javier, un pueblo que dista 220 kilómetros al oeste de Córdoba capital, fue encontrada ensangrentada en el baño de la casa donde era empleada doméstica, con aparentes signos de haber sufrido un aborto de un embarazo que nadie notó. El feto muerto estaba en una valija. En el juicio oral, seis de los ocho jurados populares elegidos entre la vecina población de Villa Dolores votaron en favor de la joven. Los que votaron en contra fueron los dos jueces de la Cámara del Crimen y dos de los jurados populares. Aquel primer fallo resultó inédito porque por primera vez la decisión iba en contra de la opinión de los jueces técnicos. El giro del caso vino cuando la joven contó que había sido víctima de abusos sexuales desde hacía unos 10 años por un comerciante de la zona, Arturo Benavídez, de 60 años, en cuya casa también realizaba tareas domésticas. Benavídez fue condenado en noviembre de 2008 a ocho años de prisión por un tribunal de Villa Dolores, aunque podría salir en cinco por buena conducta. Fue esta circunstancia la que cambió los planteos del fiscal. Primero la acusó de “homicidio calificado”, un delito que prevé la prisión perpetua, y luego optó por imputarle “homicidio simple” y pedir la pena máxima, ocho años, tomando como atenuante el abuso que venía sufriendo la joven.
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Argentina
Absuelven a una joven que fue violada y mato a su hija recién nacida El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba avaló el fallo del juicio oral que absolvió a una mujer de 19 años que mató a su hija al nacer. La joven había quedado embarazada al ser violada por un hombre que había abusado de ellas desde los diez años. La apelación del fiscal José Luis Cerioni fue desestimada ayer por el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, que entiende que Elizabeth Díaz actuó bajo emoción violenta cuando mató a la hija que acababa de parir y era fruto de una violación. El fiscal había pedido 8 años de prisión pero Díaz fue absuelta. La misma cantidad de años propuesta por Cerioni fue la condena que recibió, en 2008, Arturo Benavídez, que abusó de ella desde que tenía diez años hasta que cumplió 19 y quedó embarazada. “Elizabeth Díaz padecía un estado que le impedía asimilar el significado de las conductas que realizaba, esto es, comprender la criminalidad de sus actos y en consecuencia dirigir sus acciones resultando imposible exigirle actuar de otro modo”, afirma el fallo. Un argumento similar se utilizó para justificar la supuesta “premeditación” de la jujeña Romina Tejerina, que mató al bebé nacido de su vientre y que también denunció que era de una violación que no pudo ser probada, ni castigada judicialmente. La defensa de Díaz, a cargo del abogado Eduardo Cúneo en una primera instancia, se ciñó al estudio de la psicóloga del Poder Judicial Gabriela Cuenca, quien aseguró que la imputada actuó sin tener dominio de sus actos. “Lo que demostramos es que esta niña no estaba matando a su hijo, estaba rechazando el producto de diez años de violaciones y abusos sexuales”, señaló el abogado. Eli, así se la conoce en San Javier, un pueblo que dista 220 kilómetros al oeste de Córdoba capital, fue encontrada ensangrentada en el baño de la casa donde era empleada doméstica, con aparentes signos de haber sufrido un aborto de un embarazo que nadie notó. El feto muerto estaba en una valija. En el juicio oral, seis de los ocho jurados populares elegidos entre la vecina
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población de Villa Dolores votaron en favor de la joven. Los que votaron en contra fueron los dos jueces de la Cámara del Crimen y dos de los jurados populares. Aquel primer fallo resultó inédito porque por primera vez la decisión iba en contra de la opinión de los jueces técnicos. El giro del caso vino cuando la joven contó que había sido víctima de abusos sexuales desde hacía unos 10 años por un comerciante de la zona, Arturo Benavídez, de 60 años, en cuya casa también realizaba tareas domésticas. Benavídez fue condenado en noviembre de 2008 a ocho años de prisión por un tribunal de Villa Dolores, aunque podría salir en cinco por buena conducta. Fue esta circunstancia la que cambió los planteos del fiscal. Primero la acusó de “homicidio calificado”, un delito que prevé la prisión perpetua, y luego optó por imputarle “homicidio simple” y pedir la pena máxima, ocho años, tomando como atenuante el abuso que venía sufriendo la joven. Las reacciones en el pueblo sorprendieron a la propia joven, que al momento de ser liberada, en noviembre de 2006, fue recibida por cientos de personas que había incluso marchado para reclamar por su libertad. “Todos somos culpables de lo que pasó. Eli es una buena chica, callada, seria, que nunca nos trajo ningún problema y por eso nunca nos preguntamos si le pasaba algo”, le dijo por entonces a Página/12 Gloria González, directora de la escuela primaria en la que estudió Eli.
Romina Tejerina sigue en prisión en Jujuy por haber matado a su hijo cuando nació. Fuente: http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-142610-201003-25.html
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inicio
El Grupo de Estudios en Sexualidad y Sociedad La Fundación Arco iris por el respeto de la Diversidad Sexual El Colegio de Antropología Social de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla El Cuerpo Descifrado Facultad de Psicología de la UNAM Sexuality Policy Watch Convocan al II Encuentro Latinoamericano y del Caribe
“La sexualidad frente a la sociedad” México, D. F. 10 al 13 de agosto de 2010 Tradicionalmente, la sexualidad se ha concebido como una esfera de la vida de las personas restringida a la vida privada. Sin embargo, como una actividad humana más, se conforma a través de un complejo proceso en el que intervienen distintas dimensiones de la vida social. Desde finales de los años sesenta, la sexualidad ha sido motivo de un amplio y consistente debate que ha llevado al reconocimiento de sus múltiples expresiones, así como de la amplia gama de actores y dimensiones participantes en sus definiciones. Hoy ninguna aproximación a la sexualidad podría desconocer el contenido socio-cultural que enmarca a la sexualidad, las prácticas sexuales no pueden considerarse como “naturales”, producto de la anatomía o de la naturaleza, sino definidas, simbolizadas por la cultura y por tanto producciones humanas. Costo del Seminario $ 2,500.00 dólares o su equivalente en pesos mexicanos. La fecha límite para presentar la solicitud de beca será el 20 de abril de 2010. Mayor información: Gloria Careaga Facultad de Psicología, UNAM. careaga@unam.mx