Identidades de género y justicia abierta para las Mujeres

Page 1

Identidades de GĂŠnero y Justicia Abierta para las Mujeres

2 0 2 0

|

C A P A C I T A C I O N @ F U N D A C I O N J Y G . O R G


Presentación Este documento contiene la memoria del XVII Encuentro de Magistradas de los Más Altos Órganos de Justicia, llevado a cabo el 30 de setiembre, 1 y 2 de octubre del 2018 en Ciudad de Guatemala. El evento fue organizado por la Fundación Justicia y Género, con el coahuspicio del Organismo Judicial de Guatemala, y llevó por nombre: "Identidades de Género y Justicia Abierta para las Mujeres".


Presentación En la actividad se reunieron magistradas de 7 países para discutir acerca de la identidad de género, la transparencia judicial la corrupción. A continuación, se presentarán las personas participantes, los temas tratados, así como la declaración final producto de este encuentro


Inauguraciรณn


Magistradas Participantes

Bolivia Armijo Paz, Cinthia Cornejo Gallardo, Elizabeth Cruz Villca, Lucy Garrón Yucra, Ma. Teresa Terceros Cuéllar, Elva Vargas Barañado, Brígida

México

Armijo Paz, Cinthia Gómez Aguilar, Aurora Iglesias Gutiérrez, Estrella Pérez Maldonado, Gladyss Pujol Rosas, Rebeca

Colombia

Acosta Walteros, Magda Araujo Oñate, Rocío Arbeláez de Tobón, Lucía Carvajal Basto, Stella Janett Cabello Blanco, Margarita Díaz del Castillo, Stella Conto Hernández Mindiola, María Ls Ibarra Vélez, Sandra Lisset López Jaramillo, Gloria Stella Méndez Cubillos, Doris Ruth Olano Guzmán, Martha Lucía Ortiz Delgado, Gloria Stella Pardo Schlesinger, Cristina

Costa Rica Esquivel Rodríguez, Marta

Guatemala Dávila Salazar, Delia García Molina, Silvia Morales Aceña, María Eugenia Ochoa Escribá, Dina Orellana y Orellana, Vitalina Valdés Quezada, Silvia Patricia

Paraguay Wapenka Galeano, María Elena

República Dominicana Agelán Casasnovas, Esther Peralta Arias, Rafaelina


Conferencia Inaugural: “Rendición de Cuentas ante los Organismos Internacionales de Derechos Humanos"

Doctora Roxana Arroyo Vargas

Intervención del Alcalde de la Ciudad de Guatemala Licenciado Ricardo Quiñonez Nombramiento de las Magistradas como visitantes distinguidas


PANEL 1: Identidades Masculina y Femenina ante la Corrupción Judicial

Stella Janett Carvajal Basto, Magistrada Consejo de Estado de Colombia

Gabriela Cinthia Armijo Paz Ex magistrada Tribunal Agroambiental de Bolivia

Gladys de Lourdes Pérez Maldonado Magistrada Tribunal Superior de Justicia de Verac

Sandra Lisset Ibarra Vélez, Magistrada Consejo de Estado de Colombia


PANEL 1: Identidades Masculina y Femenina ante la Corrupción Judicial

Conclusiones y Recomendaciones Buscar estrategias para combatir la corrupción en el poder judicial Cambiar el estereotipo es que la mujer es menos corrupta, por lo que si comente una falta, es más señalada. Basta de esperar de la mujer una conducta más ética, basta de poner sobre los hombros de las mujeres responsabilidades que son compartidas con los hombres en una sociedad, como es abatir la corrupción y la impunidad, basta de considerar que la honorabilidad es sinónimo de mujer. Utilizar las herramientas de la OCDE para aplicar en el poder judicial y combatir la corrupción. Contar con un plan y objetivos claros en igualdad de género (capacitar, dar incentivos, identificar líderes, asegurar recursos financieros y talento humano, entre otros). Dirigir las ofertas de trabajo hacia grupos que representen diversidad étnica y de género Desarrollar un entorno favorable para la retención y promoción del talento, en la carrera judicial Ejemplos de políticas para un ambiente de trabajo sensible al género en el poder judicial: 1. Contar con mecanismos sólidos de denuncia contra la discriminación y el acoso 2. Que haya normas que incluyan referencias a conductas sensibles al género 3. El uso de un lenguaje sensible al género tanto en las actuaciones judiciales, como en cualquier otro tipo de comunicación pública. 4. Elaborar materiales de capacitación (en línea e impresos) para promover una cultura de trabajo sensible al género Monitoreo del impacto en las iniciativas de género en la rama judicial. La lucha contra la corrupción no debe ser una lucha que libren las mujeres, ya que compete a mujeres y hombres. Para que se den las condiciones de una democracia, se hace necesario que las mujeres participen en forma igualitaria en la vida económica, cultural y política y que asuman conductas éticas, apoyando la lucha contra la corrupción.


PANEL 2: Violencia masculina como instrumento de corrupción

Ana Isabel Garita Vilchez ONU Mujeres Guatemala

Stella Conto Díaz del Castillo, Exmagistrada Consejo de Estado de Colombia

Rodrigo Jiménez Sandoval Director Fundación Justicia y Género


Panel 3: Tecnología como método de acceso a información pública y cumplimiento de transparencia en la administración de justicia desde una visión de género

Noé Ventura Loyo Magistrado Justicia Especializada Violencia contra la Mujer del Organismo Judicial de Guatemala

Gloria Stella López Jaramillo, Magistrada Consejo de la Judicatura de Colombia

Lucía Arbeláez de Tobón Ex-presidenta Consejo de la Judicatura de Colombia

Martha Lucía Olano Guzmán Magistrada Consejo de la Judicatura de Colombia

Conclusiones y Recomendaciones Implementación de estándares internacionales de gestión de calidad para la administración de justicia. Desarrollo de plataformas virtuales cuyo objetivo es formar y capacitar a los servidores judiciales. Desarrollo de sistemas que permita la sistematización de información con perspectiva de género, la cual permita determinar y establecer políticas de igualdad y derechos humanos. Implementación de plataformas virtuales que consoliden políticas, revistas, guías, protocolos, reglamentos y sitios de interés, con enfoque de género.


Panel 4: Alianzas para combatir la corrupción en el sistema de administración de justicia

Delia Dávila Salazar Magistrada Vocal Primera Corte Suprema de Justicia de Guatemala

Marta Esquivel Rodríguez Magistrada Sala Constitucional

Cristina Pardo Schlesinger Magistrada Corte Constitucional de Colombia

María Elena Wapenka Galeano Magistrada Tribunal Superior de Justicia Electoral de Paraguay


Panel 5: Métodos e instrumentos para la medición de transparencia desde una visión de género

Vitalina Orellana y Orellana Magistrada Vocal Tercera Corte Suprema de Justicia de Guatemala

Rebeca Florentina Pujol Rosas Magistrada Tribunal Superior de Justicia de México

Elva Terceros Cuéllar Magistrada Tribunal Agroambiental de Bolivia

Elizabeth Cornejo Gallardo Magistrada Tribunal Constitucional Plurinacionl de Bolivia


Panel 5: Métodos e instrumentos para la medición de transparencia desde una visión de género

Conclusiones y Recomendaciones: La sentencia se constituye en un instrumento de medición de la aplicación de la perspectiva de género y derechos humanos de las mujeres en casos concretos y al momento de socializarla se constituye como un elemento de transparencia de las sentencia judiciales dictadas. Reforzar la capacitación al personal en perspectiva de género, y promover en las instituciones la implementación de políticas de igualdad de género, para brindar el trato apropiado a los grupos de personas en condición de vulnerabilidad, además de promover a lo interno de las instituciones climas organizacionales apropiados que brinden las condiciones necesarias para la atención de las personas sin ningún tipo de discriminación. Promover políticas públicas de igualdad de género en las instituciones, y el compromiso por parte de las autoridades para su efectva implementación, monitoreo y control. Sin una medición objetiva es imposible verificar los avances y realizar los ajustes necesarios para que las políticas sean implementadas de manera efectiva. Contar con legislación vigente y políticas públicas referente a la igualdad de género y derechos humanos de las mujeres, es la plataforma sobre la que debe construirse el avance de una justicia inclusiva. Pero sin mecanismos claros de implementación, monitoreo y evaluación, es imposible medir el avance y realizar los ajustes necesarios para administrar justicia de una forma justa tomando en cuenta la diversidad que existe en la población. El Estado debe contar con una estrategia para la institucionalización de un comité para la igualdad, formación y capactiacióin permanente a todos los operadores de justicia, además de brindar condiciones apropiadas para los operadores del sistema realizando elavaluaciones del clima laboral. La jurisprudencia constitucional debe contribuir a construir la igualdad real de las mujeres, en os aspectos sociales, económicos, culturales y políticos. Se recomienda el uso de test utilizados como instrumentos que miden la perspectiva de género en las sentencias y que los mismos hayan sido sometidos a la aprobación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


Panel 6: Auditoría Ciudadana para la transparencia y el acceso a la justicia de las mujeres.

Esther Agelán Casasnovas Silvia Patricia Valdés Quezada, Magistrada Magistrada Vocal Primera Corte Suprema de República Dominicana Corte Suprema de Justicia de Guatemala

Ana María Méndez Libby Representante OXFAM Costa Rica

Erika Mireya Mendoza García Directora· Instituto de Formación y Actualización Judicial de México


Mesa 1: Ética Judicial con Perspectiva de Género

Silvia V. García Molina Magistrada Vocal Octava Corte Suprema de Justicia de Guatemala

Margarita Cabello Blanco Magistrada Corte Suprema de Justicia de Colombia

Magda Victoria Acosta Walteros Magistrada Sala Jurisdiccional Disciplinaria de Colombia

Estrella Alhely Iglesias Gutiérrez Magistrada Tribunal de Justicia Administrativa de Veracruz

Conclusiones y Recomendaciones Juzgar con perspectiva de género, incluyendo el lenguaje. Interpretar la norma aplicando principios de igualdad y no discriminación. El sexo o género del juzgador no debe impactar en una resolución bajo su estudio pues debe ser imparcial. Tomar en cuenta el marco jurídico nacional y marco jurídico internacional (CEDAW, Belem Do Pará, Estatuto de Juez Iberoamericano, Las 100 Reglas de Brasilia, Código de Ética Iberoamericano) Incluir las buenas prácticas de incorporación del enfoque de derechos humanos y perspectiva de género en las sentencias, en las políticas institucionales. Debemos de fortalecer los programas de capacitación, la evaluación de los impactos de los programas de formación de los jueces y de los auxiliares judiciales. La transparencia y rendición de cuentas no sólo de lo económico sino del actuar de los jueces ante la sociedad.


Mesa 2: Garantías de independencia judicial con visión de género

Roxana Arroyo Vargas Fundación Justicia y Género

Lucy Cruz Villca Magistrada Tribunal Supremo Electoral de Bolivia

Dina Ochoa Escribá Magistrada Corte de Constitucionalidad de Guatemala

Gloria Stella Ortiz Delgado Magistrada

Consejo de la Judicatura de Colmbia


Mesa 2: Garantías de independencia judicial con visión de género

Conclusiones y Recomendaciones

Se debe tener presente el patriarcado como influencia de las resoluciones judiciales. Se debe priorizar la primacía de los derechos o garantías individuales de acuerdo a las condiciones a asimetría que se dan en la vida cotidiana Se debe tener presente el sostenimiento de la rigidez en la imposición de penas relativas a violencia contra la mujer como medio de disuadir la intención del agresor. La aplicación de jurisprudencia constitucional debe atender a la aplicación del derecho de manera igual entre iguales y desigual entre desiguales. Se deben abandonar los conceptos estereotipados desfavorables a la mujer en la emisión de las sentencias o resoluciones judiciales. El juez debe ser neutral e imparcial para impartir justicia. La discriminación indirecta es la que propicia la discriminación contra la mujer, siendo una manera invisible de eliminar los derechos de las mujeres. La justicia solo se da cuando se entiende que hay desigualdad entre las partes y se busca equilibrarlas, y es donde el juez debe intervenir para equiparar la desigualdad existente y establecer criterios de interpretación diferenciado. El juez debe tener presente la flexibilización las reglas y normas del proceso, así como la forma de valorar la prueba en los juicios que conllevan cierta intimidad (familia). Es necesaria la transversalización del tema de género en las instituciones para generar la conciencia necesaria en las y los trabajadores El o la juez debe interpretar las normas ya existentes en favor de grupos en situación de vulnerabilidad, es decir, debe darle más peso al derecho que ostenta el grupo más vulnerable. Es necesario construir un nuevo discurso público de mujeres para buscar equidad y justicia, velando por respetar las diferencias. La perspectiva de género ayuda a democratizar la sociedad y busca una sociedad más justa. La corrupción no es un tema de género o sexo, si no del abuso del poder. No es necesario más normativa que la existente, el reto es poner en práctica lo que está en papel para brindar una justicia equilibrada.


Conferencia: Injerencia del poder patriarcal en los altos órganos de justicia de Iberoamérica

María Eugenia Mijangos Martínez Magistrada Vocal IV Tribunal Supremo Electoral de Guatemala


Mesa 3: Armonización de las Convenciones Anti corrupción y legislación interna desde una perspectiva de género

Nydia Arévalo de Corzantes Directora Instituto de la Defensa Pública Penal de Guatemala

Ana Isabel Garita Vilchez ONU Mujeres

María Tereza Garrón Yucra Magistrada Tribunal Agroambiental de Bolivia


Mesa 4: Transparencia y paridad en los nombramientos del Sistema de Justicia

Rafaelina Peralta Arias Rafael Morales Solares Magistrada Magistrado Tribunal Superior Electoral de República Justicia Especializada en Violencia contra Dominicana las Mujeres

Brígida Celia Vargas Barañado Magistrada Tribunal Constitucional de Bolivia

Silvia Verónica García Molina Magistrada Presidenta de Cámara Civil de Guatemala


Mesa 5: Transparencia y paridad en los nombramientos del Sistema de Justicia

Olga Alicia Paz Impunity Watch

Doris Ruth Méndez Cubillos Magistrada Consejo Nacional Electoral de Colombia

Dora Villalobos Mendoza Directora Consejo de la Judicatura de Chihuahua

Rocío Araujo Oñate Consejera de Estado de Colombia

Conclusiones y Recomendaciones Tener una política de paridad para los cargos de elección popular y en cargos de decisión. Como Estado es necesario respetar el 30% de cuota de poder a favor de las mujeres. Establecer una integración del sistema de justicia que represente de manera justa y proporcional los componentes de su sociedad en igualdad Los sistemas de reclutamiento para jueces, juezas, magistrados y magistradas, aparte de realizar la valoración de conocimientos técnicos, debe ponderar la calidad humana de los aspirantes, y su vocación por defender la igualdad, solidaridad, transparencia y equidad de género para mejorar la calidad de justicia Establecer indicadores cualitativos y cuantitativos que brinden datos integrales que ayuden en la medición del sistema de justicia y sirvan para adoptar medidas que ayuden a corregir deficiencias que se encuentren.


Declaraciรณn de Ciudad de Guatemala C I U D A D 2

A B R I L

2 0 1 9

|

D E

D E

G U A T E M A L A ,

O C T U B R E

D E

2 0 1 8

C A P A C I T A C I O N @ F U N D A C I O N J Y G . O R G


Discusiรณn de la Declaraciรณn

A B R I L

2 0 1 9

|

C A P A C I T A C I O N @ F U N D A C I O N J Y G . O R G


Preámbulo Nosotras, las mujeres que integramos y hemos integrado los MÁS ALTOS ÓRGANOS DE JUSTICIA DE IBEROAMÉRICA, reunidas en el XVII Encuentro de Magistradas "por una justicia de género". Reconociendo que la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas del 1 O de diciembre de 1948 proclamó la igualdad en dignidad y derechos de todos los seres humanos (artículol), así como contar con un orden social e internacional en que los derechos y libertades proclamadas en esta Declaración se hagan plenamente efectivos (artículo 28) y que toda persona debe respeto a la comunidad y satisfacer las justas exigencias del orden público y del bienestar general de la sociedad democrática (artículo 29) Tomando en cuenta que la Convención Americana de Derechos Humanos del 22 de noviembre de 1969 reconoce que todas las personas son iguales ante la ley, y en consecuencia, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección }(artículo' 24); a garantizar el cumplimiento, por las autoridades competentes, de toda decisión que se ha estimado procedente en un recurso judicial (artículo 25) y a rendir cuentas ante la Comisión Interamericano de Derechos Humanos, así como cumplir con sus recomendaciones y las resoluciones de la Corte Interamericano de Derechos Humanos (artículos 41, 61 y 62 , 63 y 64 y el Estatuto de la Corte Interamericano de Derechos Humanos). Reconociendo que la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas del 18 de diciembre de 1979, rompe con el principio de igualdad androcéntrica y establece: i) el principio de igualdad sustantiva, el principio de no discriminación y el principio de responsabilidad estatal para eliminar la discriminación contra la mujer (artículo 1 ); ii) modificar patrones socioculturales de la creencia de superioridad del sexo masculino sobre el femenino ( artículo 5); iii) garantizar la participación de las mujeres en la formulación y ejecución de políticas, ocupar cargos públicos y ejercer funciones en todos los planos gubernamentales en condiciones de igualdad (artículo 7 ) y iv) rendir informes sobre las medidas judiciales que hayan adoptado para hacer efectivas las disposiciones de la Convención.


Reafirmando lo establecido en la Convención Interamericano para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las mujeres, que estipula: "i) absteniéndose de realizar cualquier acción o práctica de violencia contra las mujeres velando por que las autoridades, sus funcionarios, personal y agentes se comporten conforme a esta obligación ii) adoptar medidas administrativas para para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres iii) adoptar medidas para conminar al agresor a abstenerse de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de la mujer iv) cumplir con la debida diligencia en casos de violencia contra las mujeres" (artículo 7). Recordando que, la Convención de los Derechos del Niño/a (1), el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países lndependientes (2), Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (3), la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas (4), la Convención Interamericano para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (5), Convención Interamericano contra toda forma de Discriminación e lntolerancia (6) y la Convención para la Protección de los Derechos de las Personas Mayores se enfatiza el derecho de esa diversidad de mujeres a vivir sin ningún tipo de violencia o discriminación y la respectiva obligación de los Estados de garantizar que no la haya en su territorio; así como la participación en la decisiones que afecten sus derechos (7), la rendición de cuentas ante los respectivos comités sobre los avances de implementación de las obligaciones asumidas. (8) Reconociendo la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción cuyos fines son promover y fortalecer las medidas de prevención y combate de la corrupción, facilitar y apoyar la cooperación internacional y asistencia técnica en la lucha contra la corrupción y promover la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos públicos. Tomando en cuenta la Convención Interamericana contra la Corrupción cuyo propósito es de promover y fortalecer el desarrollo de mecanismo para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción. .


Recordando la Carta Iberoamericana de Gobierno Abierto que promueve principios, criterios y orientaciones para un buen gobierno que se traduzca en bienestar y prosperidad en mejores servicios públicos de calidad de vida de las personas Considerando la recomendaciones de la XIX Cumbre Judicial Iberoamericana realiza en Quito Ecuador en abril del 2018. Preocupadas por el impacto en las identidades masculinas tóxicas generadas por un sistema patriarcal que no facilita establecer las estrategias de una justicia abierta democrática e igualitaria libre de violencia. Reafirmando los principios básicos de una justicia abierta como lo son i) igualdad ii) la vida libre sin violencia iii) transparencia iv) participación ciudadana y v) colaboración. Reafirmando que el respeto a los Derechos Humanos empieza por el respeto de los derechos de todas las mujeres, en especial aquellas que se encuentran en situación de riesgo social por razones de raza, origen étnico, religión o creencias, salud, discapacidad, estatus, edad, clase, casta, estatus migratorio, orientación sexual e identidad de género Considerando la participación de las mujeres en la toma de decisiones en condiciones de igualdad para el bien común como un derecho humano Conscientes de la importancia de transversalizar la perspectiva de género en la justicia abierta para garantizar la igualdad sustantiva de las mujeres sin importar su raza, origen étnico, religión o creencias, salud, discapacidad, estatus, edad, clase, casta, estatus migratorio, orientación sexual e identidad de género en los órganos de justicia de Iberoamérica tanto nacionales como supranacionales, en búsqueda del bien común. Reunidas en Ciudad de Guatemala, los días 30 de septiembre, 1 y 2 de octubre de 2018 para analizar, desde la justicia abierta una perspectiva de género, sus repercusiones jurídicas y los retos que enfrentan los órganos judiciales que representamos, adoptamos la siguiente Declaración:


Declaración de Ciudad de Guatemala Declaramos lo siguiente: 1. Impulsar políticas, planes y programas de justicia abierta que transversalicen la perspectiva de género. 2. Cumplir con la rendición de cuentas ante los organismos internacionales de protección de los derechos humanos sobre los avances en en el acceso a la justicia de las mujeres y los cambios en los patrones culturales machistas generados por el sistema judicial. 3. Crear canales permanentes y auditables de participación ciudadana de mujeres desde una perspectiva de género en las distintas etapas tempranas de diseño de procesos de evaluación y mejora continua de programas, políticas, planes y acciones del Poder Judicial. 4. Facilitar la participación ciudadana de las mujeres de diversas razas, orígenes étnicos, religiones o creencias, discapacidades, entre otras, en la formulación de estrategias para contar con una justicia abierta inclusiva con perspectiva de género

5. Promover el desarrollo de indicadores sobre el acceso a la justicia de las mujeres y el uso de la tecnología como herramienta para el acceso a la información publica desde una perspectiva de género que facilite la transparencia y participación ciudadana de las mujeres en el sistema de administración de justicia. 6. Facilitar información oportuna y comprensible a las personas usuarias, personal judicial, sociedad civil y medios de comunicación para lograr la auditoría ciudadana. 7. Realizar campañas educativas sobre los derechos de las mujeres usuarias tomando en cuenta las identidades de género desde la interseccionalidad para dar a conocer la gobernanza en los Poderes Judiciales los derechos y obligaciones como un servicio público.


8. Transversalizar la perspectiva de género en los principios y Códigos de Ética Judicial. 9. Fortalecer las garantías de independencia judicial con visión de género. 10. Investigar los actos de corrupción judicial tomando en cuenta las relaciones desiguales de poder generadas por las conductas machistas del sistema patriarcal. 11. Concienciar al personal del sistema judicial sobre la relación de los patrones culturales machistas, las prácticas de corrupción judicial y la obligación de rendir cuentas a la ciudadanía. 12. Establecer un sistema para prevenir, sancionar y erradicar los actos de violencia de género y/o corrupción que sufren las magistradas, juezas, funcionarias judiciales y usuarias de los servicios judiciales producto de la corrupción judicial. 13. Evidenciar manifestaciones de corrupción invisibilizadas y naturalizadas por las identidades masculinas y femeninas en el sistema patriarcal. 14. Capacitar en argumentación jurídica con visión de género para el juzgamiento del delito de corrupción.

15. Sistematizar y dar a conocer las sentencias sobre corrupción que incorporen la perspectiva de género. 16. Facilitar alianzas sororarias para combatir la corrupción en el sistema de administración de justicia tomando en consideración las relaciones desiguales de poder producto del sistema patriarcal. 17. Desarrollar métodos e instrumentos para la medición de la transparencia judicial desde una perspectiva de género 18. Promover buenas prácticas de transparencia judicial que incorporen la visión de género para reducir la discriminación y violencia que sufren las mujeres en la administración de justici


19. Difundir los principios de la justicia abierta con perspectiva de género desde la interseccionalidad en el personal y mujeres usuarias de la administración de justicia.

20. Propiciar la transparencia en la gestión presupuestaria judicial por medio del etiquetamiento de las acciones dirigidas a facilitar el acceso a la justicia de las mujeres.

21. Establecer redes nacionales e internacionales del sistema de administración de justicia que faciliten la comunicación, articulación, prevención, sanción y la protección de las víctimas de corrupción para mejorar sus servicios conforme a las necesidades de las mujeres usuarias del sistema de administracion de justicia 22. Concienciar sobre la importancia de la paridad y transparencia en los nombramiento de magistradas/os de los más altos órganos de justicia de iberoamérica.

23. Exhortar a la cooperación internacional a facilitar el cumplimeinto de la presente Declaración y apoyar el Plan de Acción Regional del Encuentro de Magistradas. 24. Orientar a la secretaría técnica del Encuentro de Magistradas, Fundación Justicia y Género a articular acciones con las redes internacionales del sector justicia para promover la implementación de la presente Declaración. 25. Difundir en las Cortes Supremas de Justicia y los medios de comunicación la presente Declaración sobre justicia abierta e igualdad de género. 26. Agradecer a la Corte Suprema de Justicia de Guatemala su calurosa hospitalidad que ha hecho posible la realización de este Décimo Séptimo Encuentro.


Elaboración: María Fernanda Valverde Díaz - Área de Capacitación Fundación Justicia y Género capacitacion@fundacionjyg.org

2 0 2 0

| Á R E A

D E

C A P A C I T A C I Ó N


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.