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MEDIDAS DE CONSERVACIÓN Y ORDENACIÓN DE LA CIAT PARA EL PERÍODO TRIENAL 2022-2024

Alvin Delgado - FUNDATUN - 19 de Noviembre de 2021

CRONOLOGÍA DE EVENTOS

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La discusión de las posibles medidas de conservación y ordenación para atunes tropicales para 2021 y años subsiguientes fue uno de los puntos a tratar durante la celebración de la 95ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT); la cual se realizó entre el 30 de noviembre y el 4 de diciembre de 2020. El Documento IATTC-95-01, elaborado por el Personal Científico de la CIAT y como base para la discusión, recomendaba un ciclo trienal de ordenación (2021-2023) y mantener las disposiciones de la Resolución C-17-02; modificando lo relacionado a la cantidad de Dispositivos Concentradores de Peces (DCP, “Plantados” o FAD´s) activos, limitando el número de lances sobre estos objetos, así como su siembra por buque individual y/o ajustar la duración de la veda para compensar el aumento de los lances OBJ, a los efectos de para abordar aumentos potenciales de la Mortalidad por Pesca (F) causada por esta pesquería. De igual manera, se presentaron propuestas individuales de Miembros de La Comisión (Colombia, Ecuador, Estados Unidos y Unión Europea) dirigidas a ajustar la duración de la veda y el número de plantados que se permitiría sembrar principalmente. Después de arduas discusiones y luego que tres delegaciones (entre ellas la de Venezuela) se opusieran a apoyar una ordenación para atunes tropicales que no incluyera medidas precautorias adicionales para la población de Atún Patudo, se terminó la reunión.

En virtud de no haberse logrado avances en las medidas de ordenación y conservación para los atunes tropicales, el 22 de diciembre se celebró la 96ª Reunión Extraordinaria; con la finalidad de tratar únicamente ese tema. Durante la misma, el Presidente presentó una propuesta de extender la Resolución C-17- 02 por un año más; la cual fue apoyada por varias delegaciones. La delegación de Venezuela manifestó estar de acuerdo, instando a que, durante el 2021, en el Comité Científico Asesor y el Personal Científico de La Comisión presentará medidas alternativas de conservación; en especial dirigidas al Atún Patudo. Otras delegaciones manifestaron su apoyo a esta extensión, pero indicando que se deberían tomar medidas sobre la pesca asociada a plantados en la próxima resolución que fuese adoptada. Finalmente, el Presidente dio por adoptada la extensión de la Resolución C-17-02 para el año 2021.

Del 10 al 14 de mayo de 2021 se celebró la 12ª Reunión del Comité Científico Asesor (CCA), durante la cual se actualizaron los últimos datos de las diferentes poblaciones de túnidos y se hizo énfasis en recomendar las medidas que el Personal Científico de la CIAT ya venía trabajando, las mismas presentadas durante 95ª Reunión. El Comité las avaló y se propuso su recomendación para la 97ª Reunión Extraordinaria de La Comisión. Lamentablemente, aunque el personal había trabajado en un documento de “Revisión de medidas alternativas de conservación para la pesquería de cerco de atunes tropicales en el OPO” (SAC 12-INF-B), no hubo tiempo para su revisión y discusión.

La 97ª Reunión Extraordinaria de la CIAT, que se celebró del 23 al 27 de junio de 2021, tuvo como punto único a tratar las medidas para atunes tropicales para 2022 y años subsiguientes. El personal científico presentó las recomendaciones emanadas de la 12ª Reunión del Comité Científico Asesor (CCA), con medidas de conservación que tenían la misma orientación de las presentadas en reuniones anteriores. Nuevamente, se presentaron propuestas individuales de Miembros de La Comisión (Colombia y la Unión Europea, Estados Unidos, Japón y Ecuador) las cuales estuvieron muy relacionadas con las propuestas del Personal Científico y del CCA. Venezuela, por su parte, presentó una propuesta diferente, con medidas alternativas solo dirigidas a las poblaciones de Atún Patudo; ya que ésta era una población que mostraba, en las diferentes evaluaciones realizadas, una tendencia bimodal contrapuesta (una muy optimista y otra muy pesimista) que generaba mucha incertidumbre (Figura 1). Esta propuesta recomendaba un límite de captura individual de Atún Patudo por buque; así como otras medidas adicionales orientadas a lograr el control de las capturas, para no sobrepasar este límite, y orientadas a garantizar el statu quo que recomendaba el Personal Científico. Esta propuesta de Venezuela logró alcanzar cierta aceptación; pero al final no hubo consenso para lograr adoptar una resolución con las medidas de conservación para atunes tropicales.

Figura 1.- Diagrama de fases de KOBE para la condición de las poblaciones de Patudo en el OPO. (Fuente: modificada de Aires-da-Silva y col., 2020)

La discusión de las medidas de conservación para atunes tropicales se trasladó entonces para la 98ª Reunión de La Comisión, que se efectuó del 23 al 27 de agosto de 2021; cuyo punto central estuvo centrado en la adopción de esas medidas de conservación. El Personal Científico y el CCA mantuvieron sus recomendaciones; otras propuestas, centradas en los mismos lineamientos de la reunión anterior, fueron presentadas de manera individual (USA, Japón) o grupal (Colombia-Unión Europea, Guatemala-Nicaragua-El Salvador). Venezuela presentó su propuesta anterior, de medidas alternativas dirigida específicamente a los atunes patudo, con algunas modificaciones y Ecuador modificó su propuesta para incluir medidas alternativas dirigidas a los atunes patudo; pero en vez de límites individuales por buque, lo sustituyo por días adicionales de veda a los buques que más pescaban, eliminando de esta manera las preocupaciones del personal referentes al monitoreo, por parte de los observadores a bordo, para controlar las capturas individuales de patudo. Luego de la revisión de las propuestas, la discusión de la reunión se centró en estas dos últimas propuestas con medidas alternativas para Atún Patudo. Hacía el final de la reunión, una nueva propuesta conjunta de Ecuador y Estados Unidos, que incluía medidas para patudo, fue revisada y se adelantaron algunos puntos importantes; sin embargo, no hubo tiempo para ponerse de acuerdo en los días de veda para los buques que más pescaban Atún Patudo, por divergencias de enfoques con Centroamérica. La reunión concluyó sin consenso y se decidió no clausularla, sino continuarla en octubre.

Con el borrador de los puntos adelantados en el último día de la 98ª Reunión, el Presidente de la CIAT realizó diferentes contactos con diferentes Miembros de La Comisión para tatar de llegar a una propuesta consensuada. La propuesta, que recogía las diferentes posiciones de los miembros, fue presentada por el Presidente en la 98ª Reunión Reanudada de la CIAT, que se celebró del 18 al 22 de octubre de 2021. Luego de arduas revisiones y discusiones, al final se logró el consenso para adoptar una resolución con las medida de conservación y ordenación para atunes tropicales.

MEDIDAS ALCANZADAS

Entre los puntos más resaltantes de las medidas de conservación para los atunes tropicales del Océano Pacífico Oriental, durante el período 2022-2024, contenidos en la Resolución C-21-04, tenemos:

1.- Medida de conservación trienal (2022-2024). “Las presentes medidas son aplicables a los buques de cerco de todos los CPC de clase de capacidad de la CIAT 4 a 6 (más de 182 toneladas métricas de capacidad de acarreo), y a todos sus buques de palangre de más de 24 metros de eslora total, que pesquen atunes aleta amarilla, patudo y barrilete en el Área de la Convención” (Figura 2 y 3).

Figura 2.- Área de Océano Pacífico Oriental que abarca el ordenamiento de la CIAT

Figura 3.- Atunes contemplados en las medidas de ordenación en la Resolución C-21-04

2.- Período de Veda. “Todos los buques de cerco abarcados por las presentes medidas deben cesar de pescar en el Área de la Convención durante un período de 72 días en cada uno de los años abarcados por la presente resolución”.

3.- 1er período extendido de veda para buques que sobrepasen el límite. “Para 2022, los CPC asegurarán que los buques de cerco que enarbolen su pabellón que hayan pescado durante cualquiera de los años 2017, 2018 y 2019 y hayan capturado en promedio más de 1.200 toneladas métricas de atún patudo en lances sobre objetos flotantes o no asociados durante ese periodo, observarán, además de la veda estipulada de los 72 días, una veda extendida de 8 días adicionales”.

4.- 2do período extendido de veda para buques que sobrepasen el límite. “Para los años 2023 y 2024, los CPC asegurarán que los buques que durante el año anterior rebasen el límite de 1.200 toneladas de captura de patudo al año, incrementarán en el año siguiente en 10 días adicionales el periodo de veda establecido en la resolución. Si en este mismo período un buque rebasa el límite de captura anual de patudo de 1,500 toneladas, aumentará su veda en 13 días; si rebasa el límite de captura anual de 1,800 toneladas, aumentará su veda en 16 días; si rebasa el límite de captura anual de 2,100 toneladas, aumentará su veda en 19 días; y si rebasa el límite de captura anual de 2,400 toneladas, aumentará su veda en 22 días, en adición a la veda estipulada en la resolución”.

5.- Fortalecimiento del monitoreo e información de capturas. “A partir del 1 de enero de 2022, cada CPC deberá fortalecer el sistema de monitoreo y control de las capturas de atunes por buques cerqueros, mediante, entre otros, el uso de los datos de los observadores a bordo, bitácoras de pesca, el muestreo en puertos y la información de las plantas procesadoras de atunes, para facilitar a los armadores y capitanes el monitoreo de sus capturas y el mejor cumplimiento de los objetivos de esta resolución”.

6.- Ampliación del programa de monitoreo. “Se procurará un mayor fortalecimiento mediante el establecimiento e implementación de un programa reforzado de monitoreo, que se iniciará a más tardar el 1 de enero de 2023, y será precedido por un programa piloto, coordinado por el personal científico de la CIAT, que se iniciará a más tardar el 1 de junio de 2022”.

7.- Prioridades del fortalecimiento del monitoreo en tierra. “Los muestreos en puerto y plantas procesadoras podrán priorizar a los buques que hayan alcanzado una captura promedio entre los años 2017 al 2019 mayor a quinientas (500) toneladas de atún patudo anuales, según los datos recibidos por la Secretaría”.

8.- Revisión de días de veda según objetivo. “En caso de que las condiciones de statu quo, representadas por el promedio de las capturas anuales de patudo durante el período trienal 2017-2019 (66,906 toneladas-mejor estimación científica [BSE]), no sean compensadas por esta medida, o teniendo en cuenta los resultados de una nueva evaluación de las poblaciones de patudo, el personal científico de CIAT propondrá a la Comisión una actualización de sus recomendaciones de estas medidas de conservación, incluyendo, entre otros, incrementos en el número de días de veda.

9.- Veda temporal de área. “La pesca de los atunes aleta amarilla, patudo y barrilete por buques cerqueros dentro del área de 96º y 110ºO y entre 4ºN y 3ºS, conocida como el “corralito”, será vedada desde las 00:00 horas del 9 de octubre hasta las 24:00 horas del 8 de noviembre” (Figura 4).

Figura 4.- Área de veda temporal (corralito) contemplada en la Resolución C-21-04

10.- Aclaratoria de Definiciones. “Para los propósitos de la presente resolución, se aplicarán las definiciones que figuran en el Anexo I”.

11.- Reducción progresiva de los Dispositivos Concentradores de Peces activos. “Los CPC asegurarán que los buques de cerco que enarbolen su pabellón no tengan más que las cantidades siguientes de dispositivosagregadores de peces (plantados), definidos en el Anexo I (consistente con la Resolución C-19-01), activos en cualquier momento:

CATEGORIA Clase 6 (1.200 m3 y mayores)

Para 2022 - 400 plantados

Para 2023 - 340 plantados

Para 2024 - 340 plantados

CATEGORIA Clase 6 (< 1.200 m3 )

Para 2022 - 270 plantados

Para 2023 - 255 plantados

Para 2024 - 210 plantados

CATEGORIA Clases 4-5

Para 2022 - 110 plantados

Para 2023 - 105 plantados

Para 2024 - 85 plantados

CATEGORIA Clases 1-3

Para 2022 - 66 plantados

Para 2023 - 64 plantados

Para 2024 - 50 plantados

12.- Aclaratorias de cómo se debe activar, desactivar y reactivar un plantado: - “Un plantado será activado exclusivamente a bordo de un buque cerquero. - Para los propósitos de la presente resolución, se considerará activo un plantado que: a. haya sido lanzado al mar; y b. se ha producido la activación de la boya satelital y ésta transmite su posición y está siendo rastreada por el buque, su propietario, o armador. - La desactivación de una boya satelital sujeta a un plantado solo podrá realizarse en las siguientes circunstancias: por pérdida completa de recepción de la señal, por varamiento, por apropiación de un plantado por un tercero, temporalmente durante un periodo de veda seleccionado, por encontrarse fuera de: • la zona comprendida entre los meridianos 150° O y 100° O y los paralelos 8° N y 10° S; • la zona comprendida entre el meridiano 100° O y la costa del continente americano y los paralelos 5° N y 15° S; o por transferencia de propiedad. - La reactivación remota de una boya satelital en el mar solo se producirá en las siguientes circunstancias: para ayudar en la recuperación de un plantado varado, tras una desactivación temporal durante el periodo de veda, o por transferencia de propiedad mientras el plantado está en el mar”.

Figura 5.- Esquema básico de funcionamiento del rastreo electrónico para el monitoreo de los Dispositivos Concentradores de Peces (DCP) (Modificado: The Pew Charitable Trust, 2014)

13.- Restricciones de capturas a palangreros de países que más capturan. “China, Japón, Corea, Estados Unidos, y Taipéi Chino se comprometen a asegurar que las capturas anuales totales de atún patudo por sus buques de palangre en el Área de la Convención durante 2021 no superen 55.131 toneladas métricas, distribuidas en los niveles siguientes:”

País: China - Niveles de Captura (tm) 2.507

País: Japón - Niveles de Captura (tm) 32.372

País: Corea - Niveles de Captura (tm) 11.947

País: Taipéi Chino - Niveles de Captura (tm) 7.555

País: Estados Unidos - Niveles de Captura (tm) 750

14.- Restricciones de capturas a palangreros de otros países. “Todos los demás CPC se comprometen a asegurar que la captura anual total de atún patudo por sus buques de palangre en el Área de la Convención no supere 500 toneladas métricas o sus capturas respectivas de 2013-4, la que sea mayor”.

15.- Prohibición expresa de incumplir medidas. “Se prohíben las descargas y transbordos de atún o productos derivados que hayan sido identificados positivamente como provenientes de actividades de pesca que contravengan las presentes medidas”.

16.- Prohibición de descarte de atunes a bordo. “Renovar el requerimiento de que todo buque cerquero retenga a bordo y descargue todo atún patudo, barrilete, y aleta amarilla capturado, excepto pescado considerado no apto para consumo humano por razones aparte de tamaño. La única excepción será el lance final de un viaje de pesca, cuando no haya suficiente espacio disponible en bodega para cargar todo el atún capturado en dicho lance”.

17.- Intercambio interorganizacional para el cumplimiento de medidas. “La CIAT continuará los esfuerzos por promover la compatibilidad entre las medidas de conservación y ordenación adoptadas por la CIAT y la WCPFC en cuanto a sus metas y efectividad, especialmente en el área de traslapo, incluyendo mediante consultas frecuentes con la WCPFC, a fin de mantener conocimientos exhaustivos de las medidas de conservación y ordenación dirigidas a los atunes aleta amarilla, patudo, y otros, y de los fundamentos científicos y efectividad de dichas medidas, e informar a sus miembros respectivos de las misma”.

WCPFC son las siglas en inglés de la Comisión de Pesca del Pacífico Occidental y Central fue establecida por la Convención para la Conservación y Ordenación de Poblaciones de Peces Altamente Migratorias en el Océano Pacífico Occidental y Central

CONCLUSIONES

Es importante señalar que esta resolución de conservación y ordenación (Resolución C-21-04) es una de las más completas que haya sido adoptada por alguna Organización Regional de Ordenación Pesquera (OROP) para atunes; ya que la misma contiene medidas de conservación, ordenación y precautorias (Figura 8). Esta resolución establece: a) un periodo trienal para la ordenación; b) está dirigida a la mayoría de los barcos que pescan atunes tropicales en el área de la convención; c) tiene medidas precautorias para los barcos que capturan más de 1.200 toneladas de patudo al año; d) un programa de muestreo más extenso para monitorear las capturas de atunes, con mayor énfasis en los atunes patudo; e) cuenta con una área espacio temporal (corralito) donde no se podrá pescar por un mes; definiciones más claras para la pesca con Dispositivos Concentradores de Peces (plantados); f) regulaciones para su siembra, activación y reactivación; g) límites de captura de patudo para la flota palangrera; h) prohibición de descartes de atunes; entre otras medidas importantes.

Figura 8.- Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera atuneras (OROP´s atuneras)

Fue una tarea difícil llegar a la adopción de la resolución con las medidas de conservación para los Atunes Tropicales en el Océano Pacífico Oriental; ya que se comenzó a trabajar en el 2020 y se logró adoptar en el último trimestre de 2021. Luego de varias intensas reuniones y muchas negociaciones, como se enfatizó en la primera parte de este artículo, una vez más las CPC (países miembros y países no miembros cooperantes) que conforman a La Comisión, liderizados por su Director, su Presidente y el Personal Científico, demostraron la capacidad de negociación, responsabilidad y seriedad en la toma de decisiones; ya que, en esta comisión, todos los acuerdos deben ser adoptados por consenso. Se espera que, con estas medidas, se logren los objetivos planteados y se ayude a mejorar las poblaciones de atunes patudo; que como se señaló, son las que más incertidumbre presentan en estos momentos. Sin duda son un gran número de medidas encaminadas a regular la pesquería de atunes tropicales, con la finalidad de mejorar la conservación de las diferentes poblaciones de estos. Con la adopción de esta nueva resolución (Resolución C-21-04) se demuestra, una vez más, que si hay una gobernanza dentro y fuera de las aguas jurisdiccionales de los países; por lo menos en lo que se refiere a las OROP´s atuneras; en la que no solo se tiene el control de las diferentes flotas que pescan y se realizan estudios sobre las diferentes poblaciones objeto de las capturas y las especies asociadas, sino que también se adoptan medidas para hacer una pesca responsable que garantice el estado saludables las diferentes especies en su conjunto (especies objetivos y asociadas a su pesca).

LITERATURA RECOMENDADA:

Documento IATTC-95-01 (2020). “Recomendaciones del Personal sobre la Ordenación y la Recolección de Datos”. 95ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical. (Videoconferencia) 30 de noviembre a 04 de diciembre de 2020. https://www.iattc.org/Meetings/Meetings2020/IATTC-95/Docs/_Spanish/IATTC-95-01- MTG_Recomendaciones%20de%20conservaci%C3%B3n%20del%20personal%20de%20la%20CIAT.pdf

Documento SAC 12-INF-B (2021).“Revisión de medidas alternativas de conservación para la pesquería de cerco de atunes tropicales en el OPO”. 12 a Reunión del Comité Científico Asesor de la Comisión Interamericana del Atún Tropical. (Videoconferencia) 10-14 de mayo de 2021. https://www.iattc.org/Meetings/Meetings2021/SAC-12/Docs/_Spanish/SAC-12-INF- B_Revisi%C3%B3n%20de%20medidas%20de%20conservaci%C3%B3n%20alternativas.pdf

Resolución C-17-02 (2017). “Medidas de Conservación para los Atunes Tropicales en el Océano Pacífico Oriental durante 2018-2020 y Enmienda de la Resolución C-17-01”. 92ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical. Ciudad de México, México. 24-28 de julio de 2017. https://www.iattc.org/PDFFiles/Resolutions/IATTC/_Spanish/C-17-02_Conservacion%20de%20atunes%20en%20el%20OPO%202018- 2020%20y%20enmienda%20resolucion%20C-17-01.pdf

Resolución C-19-01 (2019). “Enmienda de la Resolución C-18-05 sobre la Recolección y Análisis de Datos sobre Dispositivos Agregadores de Peces”. 94ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical. Bilbao, España. 22-26 de julio 2019. https://www.iattc.org/PDFFiles/Resolutions/IATTC/_Spanish/C-19-01-Active_Enmienda%20y%20reemplaza%20C-18-05%20Plantados.pdf

Resolución C-21-04 (2021). “Medidas de Conservación para los Atunes Tropicales en el Océano Pacífico Oriental durante 2022-2024”. 98ª Reunión de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (REANUDADA). (Videoconferencia) 18-22 de octubre de 2021. https://www.iattc.org/PDFFiles/Resolutions/IATTC/_Spanish/C-21-04-Active_Conservaci%C3%B3n%20de%20atunes%20en%20el%20OPO%202022- 2024.pdf

Los documentos específicos de reuniones de la CIAT (IATTC por sus siglas en Inglés) o de sus órganos auxiliares están disponibles en la página web https://www.iattc.org/.

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