Panorama registral nº 33

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Staff Director Periodístico: Alejandro Puga Coordinación: Cynthia Luna Comunicación Digital: Graciela del V. Martinez Síntesis Normativa: Marcelo Colonel Legales: Javier Cornejo Eduardo Mascheroni Mercado Automotriz Marcelo Gallo Sara Colaboraron en este número: Sandra Martínez María del Valle Gastaldi Martín Soto Karina Zernich Diego Sáramo E-Mail: panoramaregistral@live.com Facebook: Panorama Registral Twitter: @panoregistral Página Web: www.panoramaregistral.com.ar Registro de la Propiedad Intelectual

Nº 662.826 – Ley Nº 11.723

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Índice


Editorial

A las puertas de 2015

“Lento pero viene el futuro real; el mismo que inventamos nosotros y el azar” “Cada vez más nosotros, y menos el azar” (Extracto del poema “Lento pero viene”, Mario Benedetti, del libro “Cotidianas”, 1979) En esta edición número 33 de nuestra publicación —digital pero también impresa— seguimos recorriendo los acontecimientos y protagonistas que jalonaron 50 años de registración de automotores en nuestro país, desde sus inicios en 1964 hasta su presente y su proyección futura. Avanzando las páginas, el Dr. Javier Cornejo, funcionario de la DNRPA y actual Interventor del Registro Seccional de Avellaneda Nº 2, trata los distintos supuestos de comunicaciones (oficios, testimonios)

libradas por los Tribunales, según el lugar en que se emitan y el Registro donde se presente el trámite y el Dr. Eduardo Mascheroni, docente en cursos de capación registral de Mandatarios en todo el país, analiza casos especiales de Certificación de Firmas, donde deben aplicarse normas poco frecuentes. También en este ejemplar, el Dr. Marcelo Gallo Sara, Interventor del Registros Seccional Henderson (Buenos Aires), nos ofrece su mirada sobre la actual situación del mercado automotriz, la Sra. María del Valle Gastaldi, Encargada Suplente del Registro Seccional de General Cabrera (Córdoba), fundamenta la necesidad de un espacio de información registral del automotor, y el Sr. Martín Soto, destaca la importancia de valorar los aspectos emocionales para el buen desarrollo de las tareas administrativas. Abrimos un nuevo espacio con la Dra. Adriana Muslera, Encargada del Registro de Capital Federal Nº 89, que en este bimestre se convirtió en la entrevista más leída de nuestra página web www.panoramaregistral.com.ar y, como es habitual, presentamos la reseña de las instrucciones normativas más relevantes dictadas por la Dirección Nacional durante el último bimestre. A las puertas de 2015, el escenario político-económico parece haberse distendido en comparación a lo que fueran los comienzos de

este año 2014. Consecuencia de ello observamos en nuestra esfera una tenue mejoría en la venta de autos, propiciada tal vez por el Plan Procreauto, tal vez por una mejora en las expectativas económicas, tal vez por ambas. Aún siendo sensiblemente inferior a la cifra del período pasado, la marca pronosticada para 2014 supera la de los cuatro años de gobierno de Néstor Kirchner y los cuatro de la primera presidencia de Cristina Fernández de Kirchner; siendo sólo superada por los últimos tres. Bueno es siempre buscar la superación, pero debemos justipreciar la realidad con perspectiva histórica. Vamos así a encontrarnos con un nuevo año, manteniendo siempre desde Panorama abiertos nuestros canales de participación plural, democrática y libre; propiciando que la Comunidad Registral canalice la expresión libre de sus ideas. Celebremos entonces ya el nuevo y limpio año por nacer, a fin del cual los argentinos habremos completado treinta y dos consecutivos de vigencia del sistema democrático. En poco tiempo más ya serán dos las generaciones de argentinos que nunca vivieron bajo gobiernos totalitarios, y vaya si no es éste un gran motivo para celebrar.

Lic. Alejandro Puga Director Periodístico

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Panorama Nacional Episodios y Personajes

Pasado, Presente y Futuro de la D.N.R.P.A. Cumplidos el pasado 2 de Julio los primeros 50 años de la Dirección Nacional, Panorama Registral quiere hacer un elogio a todos los protagonistas del sistema que hicieron posible este medio siglo de registración, históricamente caracterizada como “eficiente” por sus destinatarios finales. En estas páginas y luego de resaltar en nuestras ediciones anteriores las más antiguas conducciones de la DNRPA, ampliamos el breviario del período actual que iniciara el Dr. Jorge Landau como Director en 2002 y encuentra hoy al Lic. Gustavo Shargorodsky como Subdirector a cargo del organismo. Entrevistamos también al Dr. Horacio Cañavate —hoy Encargado Titular del Registro de Quilmes Nº 4, provincia de Buenos Aires, empleado de la DNRPA en ese iniciático año 1964— y recordamos el que se prevé como desafío próximo del sistema, la Chapa Patente Mercosur anunciada para 2015/2016.

Habían pasado 37 años de la primera inscripción inicial de un automotor bajo el actual régimen cuando el Dr. Jorge Landau — actualmente 66 años, Diputado Nacional por el Frente para la Victoria—, asumió la conducción de la Dirección Nacional del Automotor en enero de 2002. Luego de la crisis social y económica argentina en diciembre de 2001, nuestro país se encontraba en ese entonces bajo la presidencia del Dr. Eduardo Duhalde. “Creo que es el momento de reordenar las relaciones jurídicas, económicas y administrativas que fundan este sistema y preparar un futuro mejor”, declaró poco después de ponerse al frente del organismo a la revista “Micromundo Registral”. “El sistema se ha desnaturalizado -continuó-: su eje son los Registros Seccionales y la Dirección Nacional es su soporte. En ese sentido mi gestión está desarrollando una política de reducción de gastos y está proponiendo proyectos para generar recursos genuinos. Por

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otro lado, es oportuno cuestionarse si a través de los años no se ha producido una desnaturalización de la Ley Convenio que introdujo buena parte de la financiación del Sistema a través de los Entes Cooperadores CCA Y ACARA, ya que nos encontramos transfiriendo fondos generados por el Sistema Registral hacia otros organismos”. En un Congreso realizado por la Asociación AAERPA en noviembre de 2004 indicó el agradecimiento que como Director guardaba por el acompañamiento permanente a su gestión de parte de esa Entidad y de los Registros Seccionales como “elementos verdaderamente eficientes del Estado Nacional”. Ya en 2005, Landau fue elegido diputado nacional por el Frente para la Victoria, siendo suplido por el ex-Subdirector Dr. Miguel Angel Gallardo; quien ocupó el cargo hasta fines de 2011. En 2012 asumió la ex-Subdirectora Dra. Mariana Aballay, quien dirigió la gestión hasta junio de este año, cuando el cargo quedó en

manos del Lic. Gustavo Schargorodsky (Decreto P.E.N. Nº 1960/14). El actual responsable tiene 38 años, es Licenciado en Sociología (UBA), con una Maestría a finalizar en Economía y Desarrollo Industrial. Su gestión se presenta como de continuidad con su predecesora, habiendo incluso mantenido el mismo equipo de asesores. El organismo se encuentra al día de hoy modernizando su estructura edilicia en el edificio de Corrientes 5666 que ocupa desde 1966 y adecuando sus tramitaciones a la cada vez mayor participación de las ventajas electrónicas. Alternativas ya imprescindibles para permitir un adecuado procesamiento de las peticiones en tiempo y forma; teniendo en cuenta que en los trece años que siguieron al nombramiento del Dr. Jorge Landau en 2002, el parque automotor que la Dirección regula tuvo un crecimiento explosivo, partiendo de los 101.231 vehículos inscriptos ese año hasta los 961.355 en el pasado récord 2013, y los 680.000 que se proyectan para este 2014.


Testigo calificado

El Dr. Horacio Carlos Cañavate es hoy Encargado del Registro Seccional de Quilmes Nº 4. Pero distingue al Dr. Cañavate el hecho de haber ingresado a traba-

jar en la DNRPA en el año 1964, habiendo participado en la inscripción inicial del ya histórico Siam Di Tella chapa C-000001. “Ocurre que yo comencé a trabajar en la Dirección a mis 19 años cuando el Registro Seccional de Capital Nº 1 era parte de ella, en un pequeño espacio de la Avenida Rivadavia 1523. Comenzamos con la ansiedad del desconocimiento, y el mayor logro de este medio siglo fue la gestación definitiva del sistema”. Testigo calificado de todos los cambios acaecidos en los últimos 50 años —25 como funcionario de la DNRPA y otros 25 como Encargado— Cañavate destaca

como hitos del camino “la expansión nacional del sistema logrado durante la gestión de los Coroneles Carlos Berrotarán y Francisco Berteloni (1966 a 1971) y la sanción de las Leyes-Convenio con los Entes ACARA y CCA, bajo la conducción del Dr. Mariano Durand (1984 a 2000)”. “Personalmente, yo recorrí el país, puse a muchos Encargados en funciones, creo no tener enemigos y soy una persona reconocida”. Amigo del Facebook de nuestra revista “todos los días leo las noticias que publican”, es un orgullo para Panorama tener tan prestigioso protagonista entre sus lectores.

La Chapa-Patente Mercosur El crecimiento en el número de patentamientos provocó en Argentina un rápido agotamiento de las combinaciones de números y letras que se implementaron en 1995. A esta realidad pragmática, se sumó el interés de lograr que los países miembros del Mercosur exhibieran una patente única para todo el bloque, como símbolo de la unidad regional. Así fue como el 9 de octubre pasado, en un acto encabezado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak; el canciller Héctor Timerman y el secretario de Jus-

ticia, Julián Álvarez, y que contó con la presencia de distintos funcionarios que conforman el bloque, se presentó oficialmente la Patente MERCOSUR que utilizarán Argentina, Brasil,

Uruguay, Paraguay y Venezuela de forma obligatoria desde 2016 y que podría implementarse en Argentina desde mediados de 2015. El nuevo dominio, posibilita 450 millones de combinaciones y tendrá efecto sobre un parque automotor conformado por unos 110 millones de vehículos. Los nuevos dominios automotores, según se explicó, tendrán siete caracteres alfanuméricos, identificación con nombre y bandera de cada país, tamaño único, emblema oficial del bloque regional y medidas de seguridad comunes.

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Legales

Oficios y testimonios judiciales: La Ley N° 22.172 y su aplicación a los trámites que se realizan ante el Registro Automotor El Dr. Javier Cornejo, prestigioso funcionario de la Dirección Nacional, nos detalla en estas páginas los recaudos que deberán contener los oficios y testimonios judiciales; de acuerdo al lugar desde el cual se libren y al Registro Seccional en que se presenten

La Ley Nº 22.172 (sancionada y promulgada el 25/02/1980. Publicada BO 29/02/1980) aprobó el Convenio sobre Comunicaciones entre Tribunales de Distinta Jurisdicción, celebrado en el año 1979 entre el Poder Ejecutivo Nacional y el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe. Posteriormente, todas las provincias adhirieron a los términos del referido Convenio, mediante las leyes ratificatorias correspondientes (Vgr., en la Provincia de Buenos Aires, mediante el Decreto Ley Nº 9618/1980). Dicha normativa rige los recaudos que deben contener las comunicaciones (oficios, testimonios) libradas por los Tribunales, y que se presenten en las diferentes reparticiones ubicadas en otra jurisdicción territorial. Por lo tanto, cuando un trámite sea peticionado por la autoridad judicial (por ejemplo, transferencia por sucesión, anotación de embargo, informe de dominio, entre muchos otros), deberá tenerse en cuenta si es o no aplicable la referida Ley.

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A continuación, se graficará los distintos supuestos según el lugar en que se libre el oficio o testimonio, y el Registro donde se presente el trámite. OFICIOS O TESTIMONIOS: 1) Librados por disposición de jueces nacionales Serán recibidos en todos los Registros del país, sin otros recaudos que los establecidos en el Código Procesal aplicable al fuero y pago de arancel conforme Resolución MJS y DH Nº 314/2002 y modificatorias (excepto gratuidad conforme Decreto Nº 335/88) 2) Librados por disposición de jueces provinciales Serán recibidos en los Seccionales de esa Provincia, sin otros recaudos que los establecidos en el Código Procesal local y pago de arancel conforme Resolución MJS y DH Nº 314/2002 y modifi-

catorias (excepto gratuidad conforme Decreto Nº 335/88). 3) Librados por disposición de jueces provinciales Serán recibidos en los Registros de la Capital Federal, o en otras provincias, mientras cumplan con la Ley Nª 22.172, y previo pago de arancel conforme Resolución MJS y DH Nº 314/2002 y modificatorias (excepto gratuidad conforme Decreto Nº 335/88). Por lo expuesto, según establece el Título I Capítulo XI Sección 1º del DNTR, sólo será aplicable la Ley Nº 22.172 en los casos que se trate de oficios o testimonios librados por jueces provinciales, y que deban presentarse ante los Registros Seccionales de la Capital Federal, o de otra provincia diferente a la que lo ordenó. RECAUDOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS OFICIOS O TESTIMO-


NIOS LIBRADOS EN LOS TERMINOS DE LEY Nº 22.172 En lo que respecta a las tramitaciones que se realizan en los Registros, según los recaudos exigidos por esta Ley, podría dividirse en dos categorías de trámites: a)Pedidos de informe de dominio: Es de aplicación el artículo 6º del Convenio aprobado por la Ley Nº 22.172. Por lo tanto, el oficio será firmado conforme lo indique la norma local del fuero en que se libró (por el letrado patrocinante, en el fuero Civil y Comercial del ámbito nacional y Provincia de Buenos Aires), y tendrá que tener el sello del tribunal de la causa. Asimismo, la persona autorizada a diligenciarlo deberá ser un abogado o procurador matriculado en la jurisdicción del Registro donde se presente el oficio. b)Diversas inscripciones en los Registros: Es de aplicación el artículo 7º a las comunicaciones ju-

diciales que ordenen inscripciones en el Registro del Automotor (Vgr., transferencia, embargo, reinscripción de prenda, etc.). Se debe presentar testimonio de la resolución –con la constancia que la misma está ejecutoriada, salvo que se trate de medidas cautelares-. Este testimonio debe estar autenticado por un sello especial que confecciona el Ministerio de Justicia de la Nación, y que coloca el Superior Tribunal de Justicia o máximo tribunal judicial de la jurisdicción del tribunal de la causa. Asimismo, deberá el testimonio tener los siguientes recaudos: •Designación y número del tribunal y secretaría y nombre del Juez y del Secretario; •Nombre de las partes, objeto o naturaleza del juicio y el valor pecuniario, si existiere; •Mención sobre la competencia del tribunal oficiante;

•Transcripción de las resoluciones que deban cumplirse, y su objeto claramente expresado si no resultare de la resolución transcripta; •Nombre de las personas autorizadas para intervenir en el trámite (la persona autorizada a diligenciarlo deberá ser un abogado o procurador matriculado en la jurisdicción del Registro donde se presente el testimonio); •Sello del tribunal y la firma del Juez y del Secretario en cada una de sus hojas. Por el Dr. Javier Antonio Cornejo. Abogado (UBA), Profesor en Ciencias Jurídicas para la Enseñanza Media y Superior (UBA), Mediador judicial y Profesor Adjunto Ordinario de la UBA. Director Académico de la Diplomatura Régimen Registral del Automotor en el CPACF y en la UK. Web: www.javiercornejo.com.ar Mail: info@javiercornejo.com.ar

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Legales

Certificación de firmas: casos singulares El Dr. Eduardo Mascheroni, docente en cursos de capacitación de Mandatarios en todo el país, y consecuente colaborador de nuestra revista desde sus inicios, analiza en este artículo algunos casos especiales de Certificación de Firmas (residencia foránea o alejada del firmante y ciudadanos extranjeros), donde no son aplicables las reglas más frecuentes en la materia. Por Dr. Eduardo Mascheroni

La certificación de firmas es la acreditación de la personería del peticionario de un trámite registral del automotor, exigible por Decreto Ley Nacional 6582/58 en su artículo 13° y regulado el procedimiento en el Capítulo V del Título I del DNTR, y prescribe que cuando las Solicitudes Tipo no se suscriben por los interesados ante el Encargado del Registro Seccional, deberán presentarse con firmas certificadas en la forma y por las personas que establezca el organismo de aplicación y dicho artículo, agrega que los Encargados del Registro y las demás personas con facultad certificante no podrán válidamente certificar firmas en Solicitudes Tipo que han perdido su eficacia y que las que hicieren en violación a esa norma carecerán de valor . Conforme a dicha delegación directa, la DRNPA reglamentó lo concerniente a la certificación de firmas en el capítulo V del Título I del DNTR, indicando quienes son los autorizados a certificar, la modalidad de certificación en general y en especial, la legalización de las certificaciones, los supuestos de certificación de firmas sin y con acreditación de personería. Entonces, los autorizados a certificar las firmas de los peticio-

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nantes de la Solicitud Tipo, además del Encargado del Registro de la radicación del automotor o del Registro donde se presentará el trámite, son: los Escribanos Públicos, el Director Nacional, el Subdirector Nacional, los Jefes de Departamento u otras personas que se desempeñen bajo la exclusiva autoridad de la DNRPA, habilitadas para la certificación de firmas, el Juez o el Secretario o Prosecretario de un Juzgado, (jueces de paz han sido excluidos, por Disposición 653/03 DN, no así los de la provincia de Santa Cruz, admitidos por las peculiaridades de la geografía de dicha provincia), los Cónsules de la República Argentina en el extranjero, los Embajadores y Jefes de misiones diplomáticas, Representantes de organismos internacionales y Cónsules extranjeros acreditados en nuestro país respecto de la firma de personal diplomático, consular o administrativo de sus respectivas misiones, los habilitados por las terminales de la industria automotriz nacional y sus concesionarios oficiales inscriptos como Comerciantes Habitualistas en la DNRPA para certificar la firma del adquirente en la inscripción inicial, los funcionarios del Estado Nacional, Provincial o de Municipalidades, de las empresas y sociedades

de propiedad estatal, habilitados por el mismo organismo, en cuanto a operaciones relativas a automotores de su propiedad. Y las personas habilitadas a certificar firmas, en las Solicitudes Tipo 03 referidas a Contrato de Prenda con registro y sus trámites posteriores, pudiendo certificar las firmas de las partes y del cónyuge que presten el consentimiento conyugal, de acuerdo a la Ley de Prenda con registro. En cuanto a la legalización de las certificaciones consiste en la aseveración de que la firma puesta en un instrumento pertenece al funcionario o notario que lo escribió o lo certificó, insertado en el mismo o correlacionado con el por un organismo o autoridad de superior jerarquía. Apreciaremos dos casos singulares, que son motivo de consulta a los espacios de Panorama Registral: ¿Cómo certificar la firma, en especial de la Solicitud Tipo 08, o de cualquier Solicitud Tipo si el peticionario o uno de los peticionarios (en una Transferencia, generalmente el enajenante), se encuentra residiendo en forma definitiva o temporal , fuera de su domicilio? Esto es, si el peticionario está radicado en un país extranjero o en otra jurisdicción dentro


del país, muy alejada del lugar donde se pretende presentar el trámite, ¿cómo certificamos su firma?, más cuando no es factible que éste retorne al país o dentro de él, a su domicilio, para realizar tal acto, al menos en forma inmediata. Las soluciones posibles son la designación de un apoderado, mediante un poder general o especial, o bien que certifique firma en el lugar de su residencia, ante el embajador o cónsul argentino en el extranjero o ante un escribano público, si reside en el país pero en una ciudad o localidad alejada del sitio donde se presentará el trámite registral, donde es exigible su prestación de consentimiento, o petición o firma. En cuanto al poder, se rige por el artículo 13 del RJA y el Capítulo IV, Sección 4º, Título I del DNTR, pudiendo éste ser general y amplio, en cuyo caso no tiene vencimiento, y el apoderado mandatario, facultades para firmar en representación del peticionario titular, sólo exhibiendo ante el certificante de firma el original del poder, presumiendo su validez y vigencia. Si fuere especial, es decir para un acto determinado, debe tenerse en cuenta que el plazo de vigencia del mismo se limita a 90 días hábiles, por ende en dicho término debe ejecutarse la manda y presentar el trámite en el Registro Seccional correspondiente.

Y si remitimos la Solicitud Tipo a firmar al interesado a su domicilio de residencia, en el extranjero o dentro de la República, el mismo debe enviarse por un medio de correo seguro (no olvidemos la naturaleza jurídica de la Solicitud Tipo y sus condiciones de seguridad) al destinatario y éste concurrir, en el extranjero a firmar ante el consulado argentino que le resulte más cercano, teniendo dicho funcionario facultad certificante conforme al artículo 1º, inciso d) de la Sección 1º del Capítulo V, Título I del DNTR, y dentro del territorio nacional, ante un escribano público, de acuerdo a los preceptos del artículo 1°, inciso 1, Sección 1a, del mencionado Capitulo y Título. En alusión a lo dicho, sobre ciudadanos argentinos en el extranjero, observamos el caso de ciudadanos extranjeros en nuestro país, pero que se desempeñan en las embajadas o delegaciones de países extranjeros o misiones internacionales, allí el certificante puede ser el embajador o cónsul de dicho país foráneo (inciso e) del artículo 1° de la Sección, Capítulo y Título ya expresado) En este supuesto último, la firma debe estar no sólo certificada sino legalizada la actuación del notario por ante el Colegio de Escribanos de la provincia donde se haya practicado la certificación, ya que el documento se hará valer,

en definitiva, en extraña jurisdicción (artículo 1°, inciso a, Sección 4a, Capítulo V, Título I del DNTR), y respecto a los embajadores o cónsules extranjeros citados, la legalización estará a cargo de las autoridades del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Argentina por el artículo 1° prealudido, inciso b), y en cuanto a los representantes diplomáticos argentinos, no será necesario, si obra un folio de seguridad. Se tendrá en especial consideración en cuanto a la modalidad de certificación, las previsiones de la Sección 3º del Capítulo V, Título I, en su artículo 1º, incisos a, d y e, así como el artículo 1º de la Sección 2º del aludido capítulo. Párrafo aparte para el asentimiento conyugal, ya que en este supuesto con cónyuges separados de hecho o ya divorciados, igualmente deben prestarlo o ausentes por razones laborales, frecuentemente, el mismo puede insertarse no sólo en la Solicitud Tipo, sino en un documento ad hoc, donde expresamente el cónyuge firmante brinde su consentimiento, en consonancia con el aún vigente artículo N° 1277 del Código Civil. Situaciones singulares, entonces, respecto a la certificación de firma, donde ninguno de los otros certificantes autorizados en el Capítulo V del Título I del DNTR, tiene atribuciones para intervenir.

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En los Registros

Comunicación Cómo una sola palabra puede encerrar la capacidad de lograr que algo funcione bien o mal. Cómo algo que parece tan simple puede ser la diferencia entre el éxito o el fracaso... En nuestro trabajo como en cualquier situación de la vida diaria una buena comunicación es la clave para lograr grandes cosas, yo diría hasta para el éxito de nuestras metas. Por María del Valle Gastaldi

En la actividad registral una buena comunicación es la base para que logremos trabajar en equipo, y cuando hablo de trabajar en equipo me refiero a integrar en este gran grupo a todos los que de una forma u otra conformamos lo que a mí me gusta llamar la gran familia registral. Aquí incluyo a toda la gente que trabaja en la Dirección Nacional desde el Director hasta el simple cadete, los Encargados de Registro, los Empleados de Registro, los Mandatarios, y sobre todo la persona que yo considera más importante: el Usuario. ¿Por qué la considero la más importante? Porque nuestro principal objetivo debe ser que el Usuario se retire del Registro con su trámite en mano resuelto de manera ágil y eficiente en tiempo y forma. Ahora bien, para que un equipo funcione en forma correcta debe haber una buena comunicación entre sus integrantes, que sea fluida y constante. Yo creo que Panorama Registral está logrando que esta comunicación empiece a fluir y que cualquiera que integre el sistema registral, aunque esté en el lugar más ale-

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jado de la Argentina o incluso desde el exterior se mantenga al tanto de todos los cambios que se suceden día a día. Ahora aquí es donde yo creo debemos hacer hincapié, todos debemos tener acceso a la información. Pero ésta debe ser dada de forma que todos podamos entenderla, desde la máxima autoridad del la Dirección hasta la persona común que se acerca al Registro a presentar su trámite. Muchas veces la gente comete errores simplemente por no estar informada, por ejemplo todavía hay casos de personas que compran un auto o una moto, personas que a lo mejor invirtieron en esto todos sus ahorros y cuando llegan al Registro a presentar el trámite, se encuentran con que el vendedor está inhibido o que tiene Prenda o Embargo. Esto es porque a lo mejor no es-

tán informados y no saben que antes de comprar tienen que pedir un Informe de Dominio para asegurarse de que lo que están comprando es transferible y que no se van a ver perjudicados en ningún sentido. También mucha gente que se entera de la Tarjeta de Autorizado a Conducir recién cuando lo detiene la policía caminera y le cobra una multa. Hoy tenemos la ventaja de contar con todos los medios posibles para que esto cambie, podemos llegar a cualquier lugar y a cualquier persona, podemos informar desde la radio, la televisión y sobre todo desde Internet. Entonces veamos la forma de lograrlo, y ¿qué es lo que yo pro-


pongo? Algo simple, comenzar a realizar una campaña de información utilizando todos los medios y sobre todo adaptar el lenguaje de la información para que todos logren comprender. Les voy a dar un ejemplo claro, cuando el Ministerio informó sobre la nueva Cedula Única, la información se difundió por todos los medios. Pero aunque parezca increíble se creó una confusión… ¿por qué? Bueno quienes trabajamos en los Registros la comprendimos al instante pero muchas personas e incluso algunos medios de difusión hicieron una mala in-

terpretación de la misma y creyeron por ejemplo que única significaba que ya no había que pedir más cedulas de autorizados sino que una sola cedula servía para todos. Ustedes imaginen si todos estamos informados podemos trabajar mucho mejor, la comunicación es muy importante en todos los ámbitos de la vida, Panorama Registral es un gran avance nos permite comunicarnos e intercambiar opiniones con gente de diferentes puntos del país, nos permite debatir sobre diferentes temas y esto es algo que nos enriquece a todos.

Entonces por qué no apostar un poquito más y tratar de lograr comunicarnos y estar todos continuamente actualizados e informados. A lo mejor es un sueño pero creo que no es imposible, si todos estamos informados todo va a funcionar muchísimo mejor.

MARÍA DEL VALLE GASTALDI Encargada Suplente del Registro de Motovehículos Seccional 28009 Gral. Cabrera “A”

La admiración: una emoción fundamental El Sr. Martín Soto, del Registro de Olivos N° 8, provincia de Buenos Aires, continúa transmitiéndonos desde el Gran Buenos Aires sus vivencias en la atención del Mostrador de su Registro.

¿Qué seríamos sin ella en los momentos de aprendizaje? ¿En qué lugar nuestro se encuentra para saber qué camino seguir y así, ir formándonos? En los momentos en que trabajamos en el Registro Seccional suceden muchas cosas y una de ellas son las preguntas de cómo se hace esto o cómo se hace aquello y una de las cosas que conlleva es que le preguntemos al que más admiramos. Entiendo también que esta la persona más capacitada que suele resol-

ver todos los asuntos pero a veces se admira al “más trabajador” o al que “mejor atiende siendo servicial” o al que más pone “empeño”. La admiración nos empuja todo el tiempo, a veces sin darnos cuenta. Utilizamos la admiración para ver y saber que queremos ser iguales y así poder crecer. También la admiración está del otro lado del mostrador cuando el usuario observa el desempeño del Registro y realiza una exposición de agradecimiento en el libro de quejas o manifestaciones por la buena atención. Cuando se trabaja en mostrador se observa el movimiento regis-

tral y es ahí donde aparecen los cambios y aprendemos y la admiración nos ayuda a recordar las soluciones. Pero que ella no opaque nuestras ganas de aprender, porque es ahí donde ya no aparecen las dudas de ver por ejemplo, el Digesto, pieza fundamental del Registro Automotor. Cuando atendemos mostrador debemos poner el mejor empeño posible para que exista un buen desarrollo en los trámites y paso a paso admiraremos nuestro trabajo. Nunca debemos permitir que se mezcle la admiración con el fanatismo pues de nada serviría todo lo que hacemos y deseamos.

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Protagonistas

Adriana Muslera Replicamos en esta edición impresa la entrevista que más lecturas tuvo este último bimestre en nuestra página Web: se trata de la realizada con la Dra. Adriana Muslera, Encargada de Registro de la Ciudad de Buenos Aires.

La Dra. Adriana Muslera es Encargada del Registro Capital Federal Nº 89 desde el año 1996. “Tenía yo en ese entonces sólo 29 años y aparentaba aún mucho menos. Me acuerdo que tuve problemas con la gente que pedía por la Encargada, y cuando me veían, algunos ofendidos decían ´no nena con vos no, pedí con la Encargada del Registro…´ Y era muy divertido verle las caras cuando comprobaban que efectivamente era la Titular, a la que habían estado tratando de nena. Se deshacían en disculpas y demás…” ¿Fueron complejos tus comienzos en la actividad? “Unos meses antes de poner en marcha el Registro practiqué en el Seccional Nº 40 en el edificio de la calle San José 352 y allí me quedé hasta la actualidad. Tuve suerte de estar allí, puesto que gracias a los Encargados vecinos siempre me sentí muy acompañada y protegida. Especialmente le agradezco a la Dra. Maria Lorenzo y el Dr. Jorge Sawaya quienes me enseñaron como arrancar en esta maravillosa tarea de ser Encargado de Registro, me ayudaron a dar los primeros pasos y me incluyeron en esta gran familia Registral, a mis amigas entrañables, las Dras. Rita Perez Bertana

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y Gloria Rodriguez y al ´sabio registral´ Dr. Alvaro Gonzalez Quintana, que hasta hoy me sigue enseñando cómo seguir en este camino”. ¿Cuál te parece el mayor logro del sistema registral en la Capital Federal? “Creo que no podemos dividir los logros que ha tenido el sistema Registral en ventajas a nivel jurisiccional. La informatización del Sistema —cuya decisión se adoptó un par de antes de mi nombramiento— puede considerarse el mayor. Y que siga mejorando y siendo cada vez una herramienta de ayuda más completa, eficaz y eficiente para ayudarnos a prestar un mejor servicio al usuario me parece fantástico”. ¿Y cuál considerás el mayor desafío, o la “asignatura pendiente” para el futuro? “Creo que simplificar algunos Formularios como los 13 de Rentas sería un gran adelanto, especialmente porque una vez que se cargan los datos de la persona con el sistema informático ya no es necesario repetirlo, que no haya duplicidad de tareas que entorpecen y generan pérdida de tiempo valioso que podría utilizarse mejor”. Ya en su faceta más personal,

Adriana se autodefine como “pisciana por todos lados. Me encanta la moda, la estética de los años 60 y los ideales femeninos de esa época, mujeres inteligentes pero que además están a la moda, no pierden el glam nunca, son bellas y sensibles pero fuertes cuando es necesario y mantienen sus ideales. ¡Pero sobre todo son divertidas y tienen buen humor!”. ¿Tenés algún hobby o interés especial fuera del Registro que nos quieras comentar? “Yo estudié diseño de carteras y ahora estoy dedicando mi tiempo libre a ello, para darle un poco de rienda suelta a mi veta creativa. También estudio canto y participo una vez por año de la muestra de la escuela donde estudio. El arte me puede y admiro a todos aquellos que tienen talento…. Pero tengo que agregar que ¡mi debilidad es viajar! Siempre que puedo estoy lista para ir a donde sea. Conozco toda la Argentina y desde muy joven tuve la suerte de poder recorrer el mundo y absorber las distintas costumbres y tradiciones, me hizo valorar a los seres humanos y abrir mi mente totalmente. Considero los viajes una parte muy importante de mi vida, que han forjado realmente mi personalidad”.


Mercado automotor

Para capear el temporal

Por: Dr. Marcelo Gallo Sara, Interventor del Registro Seccional Henderson, provincia de Buenos Aires

En la anterior entrega de “Panorama Registral” conversábamos acerca del peligro de caer en las llamadas “profecías autocumplidas”, consistentes en que de tanto repetir como un mantra que “algo va a acontecer”, finalmente ello, por más improbable que fuera; termina sucediendo. En aquella oportunidad el tema puesto en discusión eran los nuevos rumores de devaluación del peso frente al dólar, y la interpretación que hacían muchos (la Presidenta incluida) que esas versiones estaban sembrando obstáculos en la marcha de un plan como el PROCREAUTO que, si bien no es la panacea, es una política activa por parte del Estado, idónea para arrimar clientes a los concesionarios, y por añadidura, después a los Registros Seccionales. Me encantaría poder afirmar —como hacen algunos— que la baja de impuestos que gravan autos y salarios sería una gran solución para la problemática, pero como desconozco la forma en que se cubriría el agujero fiscal producto de tal baja, prefiero no meterme en esas cuestiones. Las políticas activas, o contracíclicas; como su propio nombre lo indica, se aplican para contrarrestar un ciclo que viene en un sentido determinado. El mismo sentido en que va la economía en Brasil,

nuestro principal socio comercial y destino mayoritario de nuestras exportaciones automotrices, o en España, donde sólo el mes de octubre de 2014 se reportaron 80 mil “parados” (desocupados) nuevos, o en Bélgica, donde miles de ciudadanos marchan contra las políticas sociales y laborales, o en Francia, donde en estos momentos se privatizan servicios públicos y miles de personas quedan en la calle; y así podríamos seguir, porque los ejemplos abundan. Lamentablemente, la globalización es un hecho irrefutable con el cual debemos acostumbrarnos a convivir. Dicho esto, volvemos a la política activa que significa el PROCREAUTO. Sólo quien no haya recibido jamás un trámite de patentamiento o transferencia tras el mostrador de un Registro Seccional, puede pensar que este plan es la solución para la actual coyuntura del mercado automotor. El porcentaje de usuarios que acude a endeudarse mediante prenda o alguna otra herramienta financiera para adquirir un vehículo, es mínimo; un poco por lo costoso para el bolsillo de la gente de esas alternativas, y otro poco por un imperativo cultural, que recela de tomar deuda y prefiere comprar “cuando tiene la plata” para hacerlo.Así es que el PROCREAUTO o similares (a pesar de haber otorgado a la fecha más de 20 mil créditos) está claro que no son la solución definitiva, pero ciertamente han contribuido a mantener viva la actividad. Como también lo va hacer sin dudas la Resolución General AFIP Nº 3683, que reglamenta la reducción de contribuciones patronales establecida por Ley 26.940; la cual va a ser de utilidad –por lo menos- en aquellos Registros Seccionales con reducida planta de personal. Sería de desear que dichos beneficios se ampliaran a los Seccionales con más personal que el previsto originalmente por la norma, ya que es público y notorio que la mayoría de los Registros debió incorporar muchos empleados, para hacer frente a

la verdadera avalancha de trámites recibidos en los últimos años. Tenemos que asumir que el mercado automotor difícilmente vuelva a ser el de 2013, adonde se dio un récord histórico de patentamientos, explicado por la conjunción de una serie de factores, cuyo análisis da para una nota separada de esta. Según los expertos en el tema, con suerte este año cerraremos en aproximadamente 700 mil unidades patentadas, lo cual en el actual contexto nacional, regional y mundial no está tan mal; y se aproxima a un número más lógico que el de 2013. Y digo lógico porque en 2013 se dieron numerosos casos de personas que por primera vez en su vida cambiaban su auto con 1 año de antigüedad, o que por primera vez en su vida adquirían el tercer auto de la casa… Ya finalizando el año resulta claro que nuestra actividad se encuentra en medio de una suerte de temporal, y que todos debemos poner nuestra parte para capearlo: el Estado manteniendo e ideando nuevas políticas activas, y las tendientes a la substitución de importaciones, lo que significará más puestos de trabajo para argentinos y ahorro de divisas; los fabricantes arbitrando de una vez por todas los medios, para que el supuesto faltante de ¡una pieza! que se importa, no paralice una línea entera de producción; los concesionarios –no todos, aunque sí algunos de ellos- demostrando que quieren vender de verdad, sin especulaciones ni presuntos “encanutamientos”; la autoridad de aplicación extremando los recaudos para que el tránsito de los Registros por esta situación difícil después de tantos años de bonanza, sea lo menos traumática posible, sobre todo para aquellos Seccionales cuya rentabilidad se encuentra hoy amenazada; los Encargados intentando hasta las últimas instancias preservar al personal que tanto costó formar; los empleados teniendo claro que el peor trabajo, es el que no se tiene. Y esperar que luego de la tormenta, venga la calma.

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Síntesis Normativa

Cronograma Reglamentario Reseñamos en estas páginas las novedades normativas más relevantes difundidas por la Dirección Nacional durante los meses Octubre y Noviembre de 2014. Seguimos así adelante con el resumen periódico de instrucciones reglamentarias, publicado por “Panorama Registral” sin interrupciones desde el año 2005. Recordamos que esta compilación de 10 años está siempre disponible en nuestra página www. panoramaregistral.com.ar, bajo la Tarjeta “Reseña” – “Reseña en Word”. 1.Bolsines de Elementos Registrales -Circular D.R.S. Nº 30 (15/10/14): Solicitó a los Encargados e Interventores no retener los bolsines de envíos de elementos registrales de “Correo Argentino” para permitir que el Ente Cooperador cuente en todo momento con el Stock suficiente de los mismos a fin de no originar atrasos en los despachos de elementos. 2.Certificación de Firmas – Consignación de Identidad -Circular D.R.S. Nº 31 (15/10/14): Recordó dos formas adecuadas de consignar la identidad del firmante cuando la Certificación de Firma se efectúe ante escribano público en los términos del artículo Nº 1002 de Código Civil. 3. Feriados Locales -Circular D.R.S. Nº 32 (21/10/14): Informó a los Encargados e Interventores la manera de comunicar los días provinciales o municipales no laborales: conjunta, individual y anticipadamente. 4. Cédula de Identificación de Vehículos a) Nuevo Modelo -Disposición D.N. Nº 413 14

(27/10/14): Aprobó el Modelo de “Cédula de Identificación de Vehículos” que sería utilizada del mismo modo que las actuales Cédula de Identificación de Automotores, Cédula de Identificación de Motovehículos, Cédula de Identificación de Maquinaria Agrícola, Vial e Industrial y Cédula de Identificación para autorizados. Informó que la Dirección Nacional establecería la fecha de entrada en vigencia del elemento. Aclaró también que, si bien el diseño sería único, las diferencias con respecto a las diversas competencias registrales y con respecto a Titulares o Autorizados estarían insertas en la impresión que se realizará en los Registros. Refirió los artículos Nº 22 y 23 del RJA y las Disposiciones D.N. Nºs 245, 246 y 247/12; entre otras normas. b) Faltantes de Stock -Circular D.N. Nº 6 (28/11/14): Comunicó a los Encargados e Interventores que el procedimiento excepcional dispuesto por Circular D.N. Nº 4/14 para los casos en que el Registro Seccional se encontrare transitoriamente con faltante de stock de “Cédulas de Identificación” o “Cédulas

de Identificación para Autorizado a Conducir” sería prorrogado hasta el 31/12/14. Indicó que la misma vigencia tendrán las constancias expedidas en ese carácter. Refirió y adjuntó así la Circular D.N. Nº 4/14. 5.Área de Interpretación y Aplicación Normativa – Diligencias Preliminares -Circular D.A.N.J. Nº 2 (18/11/14): Hizo saber a los Encargados que los pedidos de documentación, Legajos B, pericias o demás diligencias preliminares dispuestas por el Área de Interpretación y Aplicación Normativa del Departamento de Asuntos Normativos y Judiciales serían instrumentados únicamente a través de un correo electrónico enviado desde la casilla oficial que se consignó. En ese marco, detalló particularidades de procedimiento, aclarando que la medida se adoptaba en aras de obtener una mayor celeridad en la tramitación de las actuaciones preparatorias, de modo que éstas no demoren la resolución del fondo de la cuestión planteada. Dejó expresa constancia de que la vía no se encontraba habilitada para formular o evacuar consultas.


Cómo bajar Panorama a tu PC 1) Clickear sobre la Tapa, en miniatura sobre el margen derecho en nuestro sitio web www.panoramaregistral.com.ar 2) Una vez hecho esto estás en en servidor que contiene la revista en la web. Replicamos una respuesta por mail de Graciela Martínez, nuestra comunicadora digital, que puede ser útil para todos nuestros amigos. Un lector le preguntaba cómo evitar que la reviste “vuele” on-line, que eso le dificultaba la lectura... “Para bajar la revista y que te quede firme en tu Pc —le contesta Gachi—, tenés que:

3) Podés leer desde allí “on line” —donde la revista es cuando vos decís que “vuela”, y para algunos es más incómodo— simulando “hojear la revista” o simil la vista tradicional de un pdf. 4) Podés desde esa misma pantalla clickear abajo a la izquierda el recuadro EDIT PUBLICATION que te lleva a una pantalla donde

ves la miniatura nuevamente. 5) Allí clickear la flechita sobre el margen derecho, presionás Download y listo! Ya la tenés en tu Pc. Desde ahí abrís en forma “Fija” como archivo Pdf, y ya no “vuela”,podés tenerlas todas en el Escritorio, en el Pen o en la Carpeta que quieras de tu Pc y las abrís cada vez que tengas un rato libre o una duda. En el caso de algún inconveniente solicitanos un envío pdf via mail a: panoramaregistral@live.com Saludos! Gachi.

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