Panorama registral n° 36

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Staff Director Periodístico: Alejandro Puga Coordinación: Cynthia Luna Comunicación Digital: Laura Sánchez Corrección de Estilo Alejandra Colombo Diseño Gráfico Marisa Di Palma Síntesis Normativa: Federico Bracamonte Legales Javier Cornejo Eduardo Mascheroni Mercado Automotriz Marcelo Gallo Sara En los Registros María del Valle Gastaldi Ficciones Juan Carlos Pacífico Entrevistas Martín Soto Colaboraron en este número: Adriana Muslera Silvia Fasano Gustavo Miraz Marcelo Morone Sandra Rinaldi Luis Uriarte Patricia Orellana María Alejandra Abdulatiff Javier Tayar Emilce Hernández Dibujos Walter Pacenza E-Mail: panoramaregistral@live.com Facebook: Panorama Registral Twitter: @panoregistral Página Web: www.panoramaregistral.com.ar Registro de la Propiedad Intelectual Nº 662.826 – Ley Nº 11.723

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Índice 3

EDITORIAL Meses de inquietudes y expectativas

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LA NUEVA “CHAPA MERCOSUR” En la voz de sus registradores

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JAVIER CORNEJO Los poderes y el Régimen Jurídico del Automotor

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EDUARDO MASCHERONI La Cancelación de Prenda por artículo 25

12

MARÍA DEL VALLE GASTALDI Punto final a una gran evasión fiscal

14

MARCELO GALLO SARA El mercado automotor, con los números de la primera parte del año

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LAURA SÁNCHEZ Un elogio a la “buena onda”

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MARIANO GENTILE Hijo y nieto de Registradores

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SIRA LÓPEZ CASADO 47 años de actividad registral

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SILVIA FASANO La aplicación del Régimen patrimonial del matrimonio y el Régimen Automotor

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JUAN CARLOS PACÍFICO El palimpsesto de Piti Fernandez, o cómo “Las Pastillas del Abuelo” nos traen a Bernárdez

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GASTÓN NOWAKOWSKY Desde el Gran Buenos Aires a la Cordillera

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LAURA SUÁREZ Encargada Suplente en Tres de Febrero

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CRONOGRAMA REGLAMENTARIO Diciembre de 2015, Enero, Febrero, Marzo, Abril y Mayo 2016

Editorial

Meses de inquietudes y expectativas 4Alejandro Puga Vivimos “tiempos viscerales”, donde la ponderación de los hechos tiene mucho más que ver con el prisma con la que miramos que con el objeto observado. La evaluación de los hechos se ha divorciado de la realidad que los genera. La sociedad parece dividida entre quienes aplauden los logros del gobierno kirchnerista sin limitaciones y quienes critican esos años sin salvedades. Tal vez tenga que transcurrir el tiempo y los años pero, como con todos los fenómenos, las realidades no son absolutas. Seguramente se superará el dramatismo y se podrán conciliar los logros de los últimos 12 años de gobierno previos a Mauricio Macri con los faltantes. La registración de automotores, afortunadamente, no parece haber caído en esta dicotomía inconducente: al día de hoy, no se han tirado por la borda las medidas positivas de los últimos años (con nueva Chapa Mercosur y la informatización del sistema al frente) ni se dejan de considerar los pendientes (la profusión reglamentaria de los últimos cuatro meses, el reconocimiento de las realidades locales con los Encuentros Regionales de Encargados y el reflejo de una realidad informativa propia en las redes de Intra e Internet son prueba de ello) El organismo central es conducido por el Lic. Carlos Walter como nuevo Director Nacional, secundado por el Dr. Oscar Agost Carreño. Se trata del primer Director Nacional nombrado luego de la designación del Dr. Jorge Landau, en 2003; y

deseamos a sus protagonistas una exitosa gestión, que redunde en beneficio del sistema en su conjunto. La comercialización de automotores es otra de las incógnitas a develar en el segundo semestre. A pesar de la desaceleración observada en distintos sectores económicos, el patentamiento de autos ha crecido en relación a 2015. Los analistas explican el fenómeno con conceptos opuestos, también de acuerdo a la lupa de cada uno. Desde nuestra revista, esperamos a que el segundo semestre perfile una respuesta más acabada. En este número ofrecemos, a dos meses de su nacimiento, la primera evaluación y repercusiones de la Nueva Placa Mercosur. Encabezados por la Dra. Adriana Muslera (Encargada Titular de Capital Federal N° 89, una permanente iconoclasta de sentidos construidos) varios colegas de todo el país, funcionarios de la Dnrpa y Mandatarios dan sus primeras impresiones del nuevo elemento identificatorio. Ya en aspectos más técnicos, el Dr. Javier Cornejo (hoy Encargado Titular del Registro de Capital Federal Nº 77) nos ofrece un paneo sobre la nueva reglamentación de Poderes regulada por el nuevo Código Civil y el Dr. Eduardo Mascheroni (docente en cursos de Capacitación de Mandatarios en todo el país) trata la Cancelación de Prenda por artículo 25. La Sra. María del Valle Gastaldi (Encargada Suplente de General

Cabrera “A”, provincia de Córdoba) trata la sanción de la nueva normativa referida a la consideración del domicilio del titular a efectos impositivos, el Dr. Marcelo Gallo Sara (Interventor del Registro Seccional Henderson, provincia de Buenos Aires) analiza la antedicha realidad de la comercialización de autos, el Sr. Martín Soto (entrevistador permanente de Panorama y Encargado Suplente de Olivos N° 8, provincia de Buenos Aires) publica un reportaje al Sr. Mariano Gentile, Interventor del Registro Seccional San Martín N° 1 en la misma provincia. Nuestra Coordinadora de Redes Sra. Laura Sánchez acerca las experiencias de su primer año a cargo de los sitios Web, la Escr. Sira López Casado, a punto de cumplir… ¡47 años! al frente de su Seccional de Concepción del Uruguay en la provincia de Entre Ríos, el ya clásico escrito de ficción del Dr. Juan Carlos Pacífico, Encargado del Registro de Pergamino N° 2, lo más destacado de nuestras páginas Web y un muy nutrido “Cronograma Reglamentario”, con un resumen de la normativa dictada por la Dnrpa durante el último semestre. Creemos haber logrado así una publicación que combina el presente, el pasado y las perspectivas a futuro de la registración de autos en nuestro país. Toda una visión registral que queremos alcanzar, sin anteojeras, los hacedores de “Panorama Registral”. Lic. Alejandro Puga Director Periodístico PANORAMA REGISTRAL • 3


Panorama Nacional

La “Chapa Mercosur” ya está entre nosotros

4Adriana Muslera

“Pasaron los días y pasó la euforia, todo volvió a la normalidad, y casi nos olvidamos de la nueva chapa. Pero sin embargo llegó la Disposición de la Dirección Nacional descifrando el jeroglífico de cómo se archivan los legajos con la nueva combinación alfanumérica. Por suerte la lógica utilizada por las cabezas pensantes de mi Registro y las de la Dirección fue la misma así que no hubo que modificar nada, pero toda esa situación me llevó a volver a hablar de las nuevas chapas y preguntar a los chicos de mostrador cómo estaban reaccionando los usuarios después de los primeros días… la respuesta me dejó azorada:‘Re bien’ me dijeron... ‘todos quieren la nueva Chapa’ y la pregunta más frecuente es ‘¿cuando se hace la convocatoria?’. Y lo que 4 • PANORAMA REGISTRAL

El pasado 1° de abril se lanzó finalmente la Chapa Mercosur en la Argentina, por imperio de la Circular D.N. N° 11/16, que reglamentara la Disposición D.N. N° 659/15. A partir de esa fecha, todos los Registros Seccionales del país comenzaron a expedir la Placa de Identificación conformada por 4 letras y 3 tres números frente a la petición de patentamiento de automotores y motovehículos. La Dra. Adriana Muslera, Encargada del Registro de Capital Federal N° 89, nos acercó sus impresiones de las primeras semanas posteriores al lanzamiento. Para completar este pantallazo inicial, consultamos también otros protagonistas del sistema (responsables de Registros, Funcionarios de la Dnrpa y Mandatarios) sobre las repercusiones generadas por el nuevo elemento identificatorio. más me llamó la atención es que la gente cuando viene a hacer la transferencia dice: ‘¿cómo no me dan chapa nueva?’. ¡Hasta quieren pagarla! ¿Increíble? No tanto… Si se hubiera impuesto que había que hacer convocatoria obligatoria hubieran dicho improperios que no puedo reproducir en este artículo, pero como no les damos las chapas ¡ahora las quieren! Y aquí voy a delatar que estoy dentro de las cuatro décadas… Jajajaj ¡pero no importa! Creo que los argentinos somos todos un poco el personaje de “el Contra” de Juan Carlos Calabró. O quizás sea el barrio que me toca en mi jurisdicción que quiere tener todo lo último, y estar a la moda, lo dejo a vuestro criterio. No sé qué pasará en otros Registros. Por mi parte estoy de acuerdo que las chapas son muy

lindas, un poco grandes, pero eso no es lo importante, lo fundamental es que permiten una unificación tecnológica en medidas de seguridad con los países integrantes del Mercosur, ayudando a los distintos estamentos del Estado a identificar los automotores y prevenir el delito que más muertes causa en toda Latinoamérica que es el robo de automotores. Esta chapa unificada fue pensada y propuesta en este sentido a los países limítrofes primero y del Mercosur después. Se había querido hacer desde hace muchísimos años por varias gestiones anteriores. Por eso espero que realmente pueda cumplir su cometido y se lleve adelante con el espíritu por el que fue pensada desde la primera vez. Entonces,que se venga la nueva convocatoria y todos felices”.

¿Habrá sido alguna de éstas la primera entregada en la Argentina? La chapa-patente de numeración más baja (AA-000-AA) fue entregada a una Ford Ranger en el Registro de Escobar N° 2. No obstante ello, saber cuál fue el primer dominio adjudicado fue una cuestión de minutos durante la mañana del 1° de abril, y ¡bien pudo haber sido alguna de estas giradas ese mismo día por los responsables de Registros a nuestro Facebook!

La Contadora María Alejandra Abdullatif, Interventora del Registro de Rafaela N° 5, provincia de Santa Fe, nos hizo llegar la primera Chapa-Mercosur entregada en su Seccional.

La Escribana Alejandra Ferreyra, Interventora del Registro Clorinda, en Formosa, también nos acercó la primera chapa de su Seccional.

La Dra. Sandra Rinaldi, Encargada del Registro Seccional Córdoba Nº 17 nos giró su foto, donde se la ve junto al primer usuario al que se le patentó la primera Chapa Mercosur en su Registro diciéndonos que “el estreno una nueva forma de identificación dominial de los automotores marca el inicio de una etapa, que nos hermana a los que integramos el Mercosur. Así lo sentimos y quisimos compartir con nuestros usuarios, por eso elegimos agasajar la primera inscripción inicial en nuestro Registro Seccional entregando un ramo de flores, junto con la chapa”. PANORAMA REGISTRAL • 5


Panorama Nacional

Repercusiones en todo el país pectativas de parte de usuarios… ¡hasta vinieron de varios medios radiales y escritos! Todos nos consultaban sobre las ventajas, las características de la nueva Placa, las tarifas, ahora ya se ha diluido la expectativa, de la mano de la realidad socio-económica difícil que estamos atravesando y que genera menos inscripciones, al menos en mi jurisdicción”.

Frente a la pregunta… ¿Cómo viviste estas primeras semanas de Chapa-Mercosur? Y... ¿Qué recuerdo guardás de las primeras entregas? Estos son los testimonios que reunimos de Encargados, Interventores, Funcionarios y Mandatarios de todo el territorio nacional: La Escribana Patricia Amalia Orellana, del Registro Automotor y Motovehículos de Cafayate, en Salta, nos comentó que “Frente a las primeras entregas, los usuarios particulares preguntaban si cada provincia tenía una distinta; cómo se diferencian de otros países Mercosur, o si todas eran iguales. Algunos se admiraron del tamaño. Otros elogiaron la mejor calidad más duras. Más consistentes. Mejor visibilidad una vez colocadas. Pero lo más curioso es que aún siguen preguntando cuándo van a cambiar las otras. Que aunque no cambie la identificación cambie el modelo con fondo claro. Letras más grandes y mejor calidad del metal”.

Patricia Amalia Orellana 6 • PANORAMA REGISTRAL

Marcelo Morone El Dr. Marcelo Morone, funcionario del Departamento de Asuntos Normativos y Judiciales de la Dnrpa nos dijo que “la nueva Placa Mercosur ha generado mucha curiosidad y muchas inquietudes de parte de los usuarios, la recepción fue positiva. Tal vez no sea el momento para una convocatoria de todo el parque, lo cual no quiere decir que no se evalúe en un futuro. En la DNRPA hemos incluso dado charlas sobre su implementación para capacitar a todo el personal propio” El Escribano Javier Abraham Tayar, Interventor del Registro de Motovehículos Corrientes “B” nos manifestó que “antes de la puesta en vigencia de las Placas Mercosur hubo bastantes dificultades, ya que no había stock de las anteriores y finalizando el mes de marzo se generaron demoras en la entrega de trámites de Inscripción Inicial. Una vez entrado en vigencia el nuevo régimen se generaron muchas ex-

zamiento de la Placa Mercosur en mi ciudad, prácticamente sin demoras en la entrega de las chapas de automotores y motovehículos que me tocó inscribir en la primera

semana de vigencia del nuevo sistema de identificación”

Luis Uriarte Javier Abraham Tayar

Gustavo Miraz

El Sr. Gustavo Miraz, Funcionario de la Dnrpa y actualmente interviniendo el Registro de Salta N° 6 nos expresó que “fue muy buena la experiencia de las nuevas Placas Mercosur y por suerte se dio todo de maravillas ya que contamos con el apoyo de las autoridades de la Dnrpa; el cual hacía mucho tiempo no se tenía”. El Dr. Diego Gebil, Mandatario en la ciudad de Corrientes nos comentó que “viví muy bien el lan-

Diego Gebil

El Sr. Luis Uriarte, auditor de la Dirección de Fiscalización y Control de Gestión de la Dirección Nacional, nos contó que “en las primeras semanas de entrega de placas del Mercosur, me encontraba yo haciendo auditorias en el Registro Seccional de Cañada de Gómez Nº 1. La experiencia en ese momento fue que tanto el Encargado del Registro como los empleados nos preguntaban cómo era la metodología y tratábamos de explicar, lo mejor posible, en qué consiste la modificación, y la manera más convenien-

te de archivar las carpetas de 0KM en las estanterías” La Cdora. Emilce Hernández, Interventora en el Registro de La Matanza N° 3 nos expresó que “Los últimos días de expedición de las patentes del anterior modelo muchos no inscribieron esperando las nuevas del Mercosur, ¡menos mal que todos los Registros empezamos a entregarlas desde el 1° de abril! Fue muy emotivo cuando llegamos a la terminación “RA” parecía especial para República Argentina. También recuerdo salir en esa semana del Registro y por las calles de San Justo, ver un 0KM con la chapa Mercosur que nosotros habíamos entregado”.

Emilce Hernández PANORAMA REGISTRAL • 7


Legales

Los poderes y el Régimen Jurídico del Automotor

4Javier Cornejo El Dr. Javier Cornejo es Encargado Titular del Registro de Capital Federal N° 77 y dicta en forma constante cursos de actualización y perfeccionamiento para Encargados, Funcionarios y Mandatarios. En esta nota, el Dr. Cornejo -quien también se desempeñó 22 años como funcionario de la DNRPA- trata diversos aspectos referentes a la representación por poder, a raíz de los cambios generados con la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, y dictado de las Disposiciones D.N. Nº 353/15 y Nº 137/16.

El Digesto (Título I Capítulo IV) establece que los trámites pueden ser peticionados por cuatro posibles sujetos: a) el propio interesado (es decir, aquél sujeto que la normativa le asigna el rol de legitimado activo para promover la actividad registral), b) su representante legal, c) su apoderado, d) la autoridad judicial o administrativa y las personas autorizadas por éstas. Trataremos en el presente al apoderado, como peticionario de trámites, toda vez que dicho instituto ha tenido cambios normativos a raíz de la sanción del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), y del posterior dictado de las Disposiciones DN Nº 353/15 y Nº 137/16. En cuanto a la forma, los poderes pueden realizarse: • Para suscribir las Solicitudes Tipo: mediante escritura pública • Para notificarse personalmente de las resoluciones de la DNRPA y CP o de los Registros Seccionales, para consentirlas expresamente o para interponer recursos: mediante escritura pública, carta poder o autorización expresa en la Solicitud Tipo (en estos dos últimos supuestos, la firma debe estar certificada por algunos de los certificantes del Título I Capítulo V Sección 1ª del DNTR) 1) Poderes generales y especiales

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Lo referido a la representación voluntaria (apoderados) se encuentra regulado entre los artículos 362 y 381 del CCCN, no afectando dicha normativa lo establecido en el Artículo 13º del Decreto Ley Nº 6582/58 referente a la caducidad de los poderes especiales. Sin perjuicio de ello, la Dirección Nacional ha ampliado el criterio existente, mediante el dictado de la Disposición DN Nº 137/16, considerando que los poderes que versen sobre todo el género automotor son considerados generales (y por lo tanto ya no sujetos a caducidad). Por lo expuesto, y a la luz de la nueva normativa, se simplifica lo relativo al mandato y su caducidad, y podríamos sintetizarlo de la siguiente manera: Poder general es aquel que contenga facultades en relación a todo el género automotor. Poder especial es aquel que contenga facultades en relación a uno o varios automotores, pero NO a todos los automotores. Estos poderes especiales (y salvo que se trate del poder para interponer recursos), son los que caducarán a los 90 días hábiles administrativos de su otorgamiento. Cabe destacar que, independientemente del carácter de general o especial (importante para determinar el posible vencimiento del poder), se deberá analizar

que el apoderado contenga facultades para el acto en cuestión. Para ello, resulta de importancia el artículo 375 del CCCN, que establece para qué actos es necesario facultades expresas, requiriendo el inciso e) dichas facultades para “constituir, modificar, transferir o extinguir derechos reales sobre … bienes registrables”. Es decir, no sería suficiente un poder general de administración para realizar cualquiera de dichos actos, ya que debe contener el poder las facultades expresas. 2) Asentimiento por poder

conyugal

El artículo 375 del CCCN ha introducido un importante cam-

bio en lo relativo al asentimiento conyugal por poder. A diferencia de lo que establecía la normativa anterior, actualmente en los casos en que el asentimiento se otorgue por instrumento público o privado (con firma certificada) debe dejarse constancia en el documento cuál es el acto en sí, y sus elementos constitutivos (por ejemplo, venta del automotor Dominio…). Por lo expuesto, ya no serviría un asentimiento genérico. El mismo criterio se aplica al efectuado por apoderado, debiendo versar el poder sobre el acto en sí y sus elementos constitutivos, no siendo válido el efectuado en términos generales.

Dicho poder, aunque será especial (toda vez que se referirá a uno o varios automotores en particular, y no a todos los automotores de manera genérica), no estará sujeto a caducidad, toda vez que no se encuentra alcanzado por el artículo 13º del Decreto Ley Nº 6582/58 (conforme Título I Capítulo VIII Sección 2ª Artículo 1º inciso c) del Digesto). Por el Dr. Javier Antonio Cornejo, Abogado (UBA), Profesor en Ciencias Jurídicas para la Enseñanza Media y Superior (UBA), Director Académico de la Diplomatura Régimen Registral del Automotor en el CPACF y en la UK. Web: www.javiercornejo.com.ar Mail: info@javiercornejo.com.ar

CURSO DE POSGRADO

RÉGIMEN JURÍDICO DEL ENCARGADO DE REGISTRO Dirigida a: Encargados de Registro (Titular, Suplente o Suplente Interino), Interventores y abogados. Director Académico: Dr. Javier Antonio Cornejo Cuerpo docente: Dra. Mónica Cortés (Jefa del Departamento Sumarios de la DNRPA) Dr. Javier Antonio Cornejo (Encargado Titular Capital Federal Nº 77, ex funcionario DNRPA y Profesor en Ciencias Jurídicas) Dr. Marcelo Morone (Funcionario del Departamento Asuntos Judiciales y Recursos de la DNRPA y miembro del Tribunal Evaluador de Concursos).

Lugar de cursada: Sede de la Escuela de Posgrado del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, sita en calle Juncal 931. Teléfonos: 4379-8700 internos: 553/554/551/552. E-mail: escuela.posgrado@cpacf.org.ar secretaria.posgrado@cpacf.org.ar. Web: www.cpacf.org.ar

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Legales

La Cancelación de Prenda por Artículo 25

4Eduardo

Mascheroni Torrilla El Dr. Eduardo Mascheroni Torrilla es docente en cursos de capacitación de

Mandatarios y permanente colaborador de nuestra revista y sus espacios digitales. En este número analiza el procedimiento a seguir por los interesados para Cancelar una Prenda sobre automotores, de no contar con el certificado emitido por el acreedor.

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También denominada cancelación de la inscripción de prenda por consignación administrativa o administrativa, es un trámite de carácter obligatorio por los principios registrales de legalidad, tracto sucesivo y prioridad, que se realiza en conformidad con el artículo 25 inc. c) de la ley 12062, de Prenda con registro, ante los Registros Seccionales de la Propiedad Automotor, Motos o MAVI donde se encuentre inscripta una Prenda que afecta o grava el dominio de un vehículo, conforme a los artículos 1° a 9° de la citada ley y con el procedimiento reglado en el Digesto de Normas Técnico Registrales, Título II, Capítulo XIII, Sección 1ª y 2a de dicho cuerpo normativo. Conforme a ello, encontrándose inscripto este gravamen, al operarse el pago o cancelación de la misma por el deudor prendario, sea titular registral o no del bien prendado (Prenda sobre cosa propia o ajena o adquirente del automotor en una transferencia, aunque este supuesto depende de cuestiones interpretativas del registrador) ,en atención al artículo 19 del RJA; y ante el faltante del certificado de Prenda (originales de la Solicitud Tipo 03 y Contrato de Prenda inscripto con constancia de la cancelación a través de fecha de la misma y firma del acreedor prestando conformidad), el camino a seguir por el deudor o el adquirente en una transferencia de un bien que se registra como pren-

dado (aunque, como dijimos, está cancelada o paga), indica: 1) La petición por dichos interesados, con presentación del mandatario matriculado, o por sí, en una Solicitud Tipo 02 (identificando al presentante con una Solicitud Tipo 59 y abonando el arancel fijado por Resolución MJ 314/02), acompañada de un depósito bancario simbólico de un $1 más comisión bancaria, ante el Banco Nación, sucursal correspondiente al Registro donde está inscripta la prenda y, 2) Una carta documento a cursar al acreedor por el Encargado de Registro, intimándolo a manifestar su conformidad o no con el pedido de inscripción de cancelación, en el plazo de 10 días corridos. En caso de aceptación tácita o expresa o no recepción de la carta (en este último caso por aplicación de reglas del derecho procesal, por tratarse de un domicilio cierto, el del contrato), se procederá a cancelar, y ante negativa expresa, debe resolverse el diferendo entre las partes por vía judicial o extrajudicial. 3) Transcribimos la norma pertinente. (artículo 25 inciso c) de la ley de Prenda y su reglamentación en Digesto, Título II, Capítulo XIII, Sección 6a), aclarando que el depósito bancario supone la demostración fáctica de que efectivamente se ha abonado el gravamen prendario, atento a que no se cuenta con el instrumento adecuado para requerir la cancelación per se, esto es, el certificado de

prenda, conformado por el la Solicitud Tipo 03 y el contrato originales, de prenda, con nota de cancelación suscripta por el acreedor prendario.

sentado y siempre que obrare en él constancia de la inscripción de la respectiva prenda, entregándolo luego al peticionario.

“Artículo 4º.- Para la cancelación por petición del titular registral mediante depósito bancario del importe de la deuda, en los términos del artículo 25 inciso c) de la Ley de Prenda con Registro, se deberá presentar la Solicitud Tipo “02” adjuntando el comprobante del depósito bancario, dando cumplimiento al procedimiento previsto en el Anexo I de esta Sección. En su caso se presentará, además, la documentación a la que se alude en el artículo 5º de esta Sección”.

c) Agregar al Legajo B el original de la Solicitud Tipo “02”, el certificado de prenda y el original del contrato de prenda o de la orden judicial, según el caso. (tampoco es factible en este caso- N. del A.)

4) Y para mayor explicitación, destacamos el mentado artículo 5° de la sección referida supra: “Artículo 5º.- En los supuestos previstos en los artículos 2° y 3° (Se pide la cancelación o su inscripciónN. del A.), si no mediaren observaciones el Encargado procederá a: a) Inscribir la cancelación en los tres ejemplares de la Solicitud Tipo “02”, y en los ejemplares de la Solicitud Tipo “03” y del contrato de prenda que obraren en el Legajo B. (Las llamadas copias no negociales, N. del A.) b) Dejar constancia de la inscripción de la cancelación en la Hoja de Registro y en el certificado de prenda (Solicitud Tipo “03”) y en el original del contrato de prenda o en la orden judicial, según el caso, que se hubieren presentado (no es el caso que nos ocupa- N. del A.). También se dejará constancia de la cancelación en el Título del Automotor, si éste se hubiere pre-

d) Entregar el triplicado de la Solicitud Tipo “02” al presentante. e) Remitir el duplicado de la Solicitud Tipo “02” a la Dirección Nacional en la forma prevista en el Título I, Capítulo III, Sección 3ª. (actualmente esta gestión se realiza por el sistema S.U.R.A- N. del A.). 5) Y precisando el trámite de consignación que comentamos en esta nota, en el artículo 6° de la mentada Sección 13, se indica que en el supuesto previsto en el artículo 4º (ya expusimos no se cuenta con el certificado o título ejecutivo de la Prenda, con nota de su cancelación), presentada la petición de cancelación al Registro, el Encargado notificará la consignación al acreedor mediante carta certificada dirigida al domicilio constituido en el contrato. Si el notificado manifestare su conformidad o no formulare observaciones al Registro en el término de DIEZ (10) días corridos contados a partir de la notificación, el Encargado procederá a (y aquí reiteramos lo reseñado precedentemente) a) Inscribir la cancelación en la forma prevista en el artículo 6º, inciso a), b) Dejar constancia de la cancelación en la Hoja de Registro y en el Título del Automotor, si éste se hubie-

re presentado y siempre que obrare en él constancia de la inscripción de la respectiva prenda, entregándolo luego al peticionario. c) Agregar al Legajo B el original de la Solicitud Tipo “02” y copia de la notificación y constancia de su materialización. d) Entregar al presentante el triplicado de la Solicitud Tipo “02” y el Título del Automotor. e) Comunicar al Banco que el depósito efectuado debe ser abonado al acreedor, a cuyo efecto le entregará a éste el triplicado de la boleta de depósito oportunamente presentada por el titular registral y la orden respectiva. f) Remitir a la Dirección Nacional el duplicado de dicha solicitud, en la forma prevista en el Título I, Capítulo III, Sección 3ª (Hoy por medio del S.U.R.A.) 6) Si el acreedor objetare el depósito en la forma y plazo previstos en el artículo 25 inciso c) de la Ley de Prenda con Registro, esto es dentro de los 10 días corridos, el Encargado desestimará la petición y notificará esa circunstancia al titular registral y al Banco mediante carta certificada u otro medio fehaciente, todo ello sin perjuicio del derecho del dueño del automotor prendado a promover juicio por consignación. De este modo hemos reseñado este trámite, que resulta el más usual en cuanto a la inscripción de la cancelación de Prenda, más al no contarse con el certificado de Prenda emitido por el acreedor, o haberlo extraviado el deudor, y que muchas veces es motivo de observación a la Transferencia de un automotor prendado cuando, en realidad, el gravamen está cancelado. PANORAMA REGISTRAL • 11


En los Registros La Circular D.R. N° 10 /2016

Punto final a una gran evasión fiscal

4María del Valle Gastaldi

La Sra. María del Valle Gastaldi es Encargada Suplente del Registro de General Cabrera “A”, en la provincia de Córdoba. En este número, María analiza la sanción de la Circular D.R. N° 10/16, donde se indica que, a los efectos impositivos, se considerará siempre el domicilio del adquirente; y ya no el emplazamiento de guarda habitual que se declara para el automotor.

12 • PANORAMA REGISTRAL

La Circular D.R. N° 10/16 entró en vigencia el 28 de abril del corriente año y puso luz en un mar de sombras, ya que terminó con algo que, tapado por un marco legal como es la Guarda Habitual, permitía a muchas personas y/o empresas una forma sutil de evasión fiscal, evadiendo impuestos, sellados y tasas tributarias en las provincias que correspondía pagarlas según el domicilio del titular registral provocando a estas jurisdicciones grandes pérdidas impositivas. Durante muchos años quienes trabajamos en los Registros fuimos testigos de estos movimientos poco éticos e inapropiados pero sin poder hacer nada, ya que ninguna normativa vigente decía que fuera un delito o que estuviera mal, pero todos sabíamos que esto no es lo correcto. Usando la figura de la Guarda Habitual hemos sido testigos de movimientos tales como por ejemplo transferir a nombre de empresas con guarda habitual en pequeños pueblitos en el medio de la nada flotas enteras de camiones dejando deudas impositivas grandísimas en diferen-

tes municipalidades o incluso provincias. Y ustedes dirán… ¿Qué beneficios tendrían en hacer esto? Les aseguro muchos como una reducción de un gran porcentaje en el pago de impuestos y no pagar la deuda ya generada en el municipio o provincia en donde estaban radicados los vehículos, ya que al no contar con un Convenio de patentes a nivel nacional como se está implementando actualmente con SUCERP, cuando un legajo se iba a otro Registro en otra provincia lo que hacían era no retirar la documentación en el Registro de origen en donde -habiendo Convenios de Complementación de Servicios- la documentación era retenida si no se abonaba la deuda. Lo que hacían era retirar toda la documentación en el Registro de destino el cual correspondía la mayoría de las veces a una guarda habitual ya que en esos Registros la documentación debía entregarse. Y quiero aclarar que los Encargados no hacían nada mal, ellos cumplían con la normativa vigente a la fecha aunque colocaban en el título la leyenda “deberá regularizar

su situación fiscal en la Municipalidad de ……” cosa que la mayoría de las veces nunca ocurría ya que no la regularizaban y el vehículo podía ser vuelto a transferir. Hace poco estuve en una cena con un grupo de Mandatarios y mi asombro fue enorme cuando en la charla se tocó este tema y contaban como había pueblitos en el medio de la nada que tenían “más camiones que habitantes”. Sobre todo me llamó la atención un comentario de un pueblito en el norte de nuestro país en donde supuestamente había 1000 habitantes y 700 camiones, sinceramente salta a la vista que algo no está bien. Y

lo que más me indigna de esta situación es que la mayoría de los ciudadanos que tenemos un auto pagamos nuestros impuestos y cumplimos con lo que corresponde a nuestra provincia y yo creo la ley debe ser pareja e igual para todos y por eso creo yo es de destacar la actitud de la Dirección Nacional de la Propiedad del Automotor, más específicamente del Departamento Rentas que con esta circular comienza a poner fin a algo que está mal y a poner orden para que así como cada trabajador honesto paga sus impuestos también lo hagan quienes hasta ahora estuvieron utilizando algo legal como la Guarda Habitual para evadir el pago de

los impuestos en su provincia. Como digo siempre lo que es justo para uno es justo para todos y creo yo cuando algo se hace bien es bueno muy bueno destacarlo por eso me pareció muy importante que todos supieran porqué es tan importante esta circular que parece tan simple. Si queremos un país mejor tenemos que comenzar y una excelente forma de comenzar es darle a cada uno lo que corresponde entonces que sea la provincia del domicilio del titular registral la que cobre lo que corresponde, y use ese dinero para dar a los habitantes de su zona lo que necesitan.

PANORAMA REGISTRAL • 13


Mercado Automotor

Con los números de la primera parte del año

4Marcelo Gallo Sara El Interventor del Registro Seccional Henderson, provincia de Buenos Aires, Dr. Marcelo Gallo Sara, refleja habitualmente los vaivenes del mercado automotor en Panorama. Tarea en este caso especialmente compleja durante los primeros meses del año, dado el oscilante comportamiento del sector en el período.

La venta de autos usados mostró en el primer semestre un compartimiento inverso al de los 0km

14 • PANORAMA REGISTRAL

En nuestra última entrega sobre mercado publicada en la página Web de Panorama, decíamos que era conveniente dejar transcurrir –por lo menos- el primer cuatrimestre del corriente año, para así tener un panorama un poco más certero sobre el desempeño del mercado automotor argentino, bajo las reglas adoptadas por la nueva administración nacional. Las últimas cifras de patentamientos y ventas de usados que se conocen, ratifican que abrir aquel compás de espera fue una decisión correcta. Los días transcurridos desde el 10 diciembre de 2015, y los meses enero y febrero, hicieron que muchos actores del sistema registral expresaran su preocupación. Si bien febrero mostró un alza esperanzadora en los patentamientos, el desempeño de los usados mostraba una baja pro-

nunciada, y se hacía necesario ver como evolucionaba la situación los meses siguientes. Pues bien, el desempeño del mercado automotor en lo que va de esta primera parte del año, especialmente en lo que tiene que ver con los patentamientos, exhibe números bastante alentadores. En la mesa de entradas del Seccional han vuelto a recibirse con números similares a los del pasado año, trámites de 0km. El mercado de los usados por su parte, se presenta con mayores vaivenes que en el caso de los patentamientos, intercalando algún mes con avance y otros con retrocesos. La Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA) informó que el número de vehículos patentados durante marzo de este año ascendió a 55.814 vehículos, lo que

La Ford Ranger 2016

muestra un crecimiento del 13,1% en comparación con el mismo mes de 2015, cuando se habían patentado 49.356 unidades; retomando así la senda del crecimiento. Asimismo, según el informe brindado por la mencionada entidad, los patentamientos en abril registraron una suba del 13,8% respecto de igual período del año anterior. Pero lo más “llamativo” (tal la expresión de cuanto medio de prensa se ocupó de la noticia) es cuál fue el modelo más vendido del mes: la pick-up Hilux, un vehículo que arranca con precios arriba de $400.000 hasta alrededor de $780.000 ¡y que desplazó a los tradicionales líderes del mercado que son los económicos Volkswagen Gol y Chevrolet Classic! Pero además, la versión más demandada fue la más equipada, la 4x4 SRX con caja automática, la más cara, y le sigue el mismo modelo con caja manual, en precio un escalón por debajo del tope de gama. Como desempeñamos nuestra tarea en medio de la pampa húmeda, damos fe que

estas versiones no son las que usualmente compra la “gente de campo” para trabajar, a estas versiones del gran fenómeno de ventas de la japonesa Toyota, no es frecuente verlas circulando por los pueblos del interior chacarero. En todo abril los registros llegaron a 59.550 unidades y permitieron cerrar otro mes en alza, el tercero consecutivo. Por su parte, la comercialización de vehículos usados alcanzó en marzo último las 129.473 unidades, lo que representó una caída de 5,69% en comparación con el mismo mes de 2015, informó la Cámara del Comercio Automotor (CCA), aunque señaló que en comparación con febrero, se registró una suba 18,97%; siendo este un dato alentador. Pero como decimos más arriba, el mercado de los usados se presenta más retraído e inestable que el de los 0km, a modo de ejemplo diremos que así como hubo una suba en marzo en relación con febrero, posteriormente en abril se verificó una baja en relación con marzo de 4,53%; lo cual

encendió varias luces de alarma en la gente de la CCA. En el acumulado del primer cuatrimestre del año, las ventas de usados sumaron 488.968 unidades, con una baja de 10,66% respecto del mismo periodo de 2015. Con la provisionalidad que el análisis de la primera parte del año depara, y esperando podamos ver un repunte en las ventas de usados; podemos decir que el mercado automotor argentino (0km. con más certeza que en el caso de los usados) podría encaminarse a repetir o al menos “arrimar” los números obtenidos el año pasado. No vamos a aventurar sobre las causas de este desempeño, quizás sea consecuencia de determinadas medidas económicas internas; quizás se deba a la situación internacional, particularmente de Brasil; quizás requiera un análisis de tipo sociológico; o quizás sea un mix de todas esas cosas juntas más alguna otra; pero aseverar sobre ello excede las competencias y saberes de quien esto escribe, así que lo dejamos a criterio del lector. PANORAMA REGISTRAL • 15


Un elogio a la “buena onda” “¡Esa es la clave!” dice…

4Laura Sánchez La Sra. Laura Sánchez coordina desde hace un año las redes sociales de “Panorama”. Charla con los participantes, saluda los cumpleaños de los amigos, agradece los comentarios,interactúa y provoca empatía…

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“Guío mi actividad Web con esa premisa… Nadie va a buscar el Face de “Panorama” sólo para un desarrollo normativo, una noticia del ambiente o la última designación en la Dnrpa, las redes son comunitarias, son sociales, y Panorama forma parte de ellas. Así, como forma parte tu marido, tu hijo, tu sueldo y el colectivo que tomás para llegar al Registro”, desarrolla su teoría… “Por eso no nos apropiamos de las redes, sino que tratamos de ser parte de ellas... Son sólo facetas, de una realidad más integral, que construimos en conjunto con ustedes” “Bueno, no sé realmente si lo logro, me puedo equivocar, ¡pero eso trato! Me corrigen un poco mis hijas, un poco mi marido… y claro, mucho Alejandro

Puga, que es incansable para eso…. pero bueno, en definitiva son muchos años y lo aprecio jaja” Pero quedó dicho ¡el Face y el Twitter es de ustedes! Corríjanme, interactúen, critiquen, aplaudan y sobre todo… equivóquense! Las opiniones que uno vierte en el Face son muy impulsivas y momentáneas, pero de eso se trata… La única “regla” de nuestro espacio es mantener el respeto por la opinión ajena y no descalificar al que piensa distinto… Lo demás todo vale, errores y opiniones contradictorias son bienvenidas ¡porque así somos los seres humanos! Cualquier cosa que pongan y luego se sientan arrepentidos, ustedes digan que “fue un virus” Jajaja, ¡Saludos a todos y gracias por la participación!

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Entrevistas a dos voces Mariano Gentile

Hijo y nieto de registradores

4Mariano Gentile El Sr. Mariano Daniel Gentile es Interventor del Registro Seccional de San Martin Nº 1, provincia de Buenos Aires. En una entrevista con Martín Soto, el responsable del Seccional cuenta su historia en la registración de autos, la forma en que maneja distintas alternativas laborales en su oficina y ofrece algunas propuestas para el futuro.

Nieto de un registrador como lo fue el Sr. Camilo Gentile Leonardis, su abuelo asumió la titularidad del Registro de Olivos Nº 2 en el año 1964. Luego su padre el Sr. Jorge Amilcar Gentile, en el año 1985 es nombrado al frente del Seccional San Martin N° 1. Es en ese momento, desde su adolescencia, cuando Mariano concurre con su padre al RRSS y comienza su apego por la actividad registral, empezando por el archivo, y otras tareas menores. A mediados de los ´90 es nombrado Encargado Suplente Interino, y a principios del año 2000 Encargado Suplente. En el año 2012 fallece su padre, y Mariano asume hasta el día de hoy como Interventor. De 44 años, hincha de Boca, ex jugador de rugby y actual de tenis, en pareja con María Eugenia y feliz padre de Nacho de 6, dice con cara de alegría, que hoy su familia y el Registro son sus pasiones. Nacido en Martínez vive en

Martín Soto 18 • PANORAMA REGISTRAL

Olivos, le gusta leer sobre historia, política y derecho, es una persona muy dedicada y con ganas de seguir estudiando todos los días, tanto para el Registro Seccional como para finalizar la Facultad… “me faltan pocas materias para terminar la Carrera de Contador Público -dice-… espero retomar pronto”. Concurre actualmente a la Diplomatura sobre el Régimen Jurídico del Automotor en la Universidad UCES y completa la totalidad de los cursos organizados por la AAERPA en dicha facultad. ¿Qué sistemas comenzaban a trabajarse cuando empezaste en el Registro? “Yo comencé reemplazando a mi hermano Claudio por vacaciones en la Caja, a fines de los 80. Todo era manual y mi padre me decía que también haga un poco de archivo… no recuerdo que hubiera ningún sistema nuevo hasta el “Infoauto”, pero manual era muy pesadooooo, la búsqueda de inhibidos, confección de planillas, documentación…Ufffff”. ¿Qué métodos de trabajo se utilizaban en ese entonces? “Antes era todo mas compartimentado, cada empleado hacía una cosa y no salían de eso. No existía el Digesto y las Disposiciones había que buscarlas en los Boletines de la Dirección Nacional, todo más engorroso. Hoy tengo personal muy joven que se adapta a las necesidades que tengamos

en cada momento, y trato que todos sepan hacer todos los trámites y procesos. Quiero que el Registro sea ágil y que los usuarios esperen poco y se vayan contentos”. ¿Cómo transitó tu relación con la Dnrpa durante todo este tiempo? ”Siempre la relación fue muy buena. Cuando necesité su apoyo después de la muerte de mi padre estuvieron, al igual que la AAERPA. Es más, trato de ir a la Dirección Nacional cada uno o dos meses y visitar amigos, me lo inculcó mi padre, todavía me siguen preguntando por él y me cuentan anécdotas suyas, y algunos hasta de mi abuelo…” ¿Tenés contacto con el usuario? “Obvio, siempre…esto es un servicio y lo que le digo a mis colaboradores es que el usuario debe ser atendido bien y rápido, para que haga su trámite sin problemas y se lleve una buena imagen del sistema”. ¿Qué diferencias encontrás entre la registración de ayer y la de hoy? “Yo creo que se avanzó mucho, tanto en los sistemas informáticos como en lo normativo, hay muchas herramientas y hay que usarlas todas”. ¿Pensaste que sería lo que es hoy el Registro o cómo lo hubieras imaginado? “Sísí… pensé que sería como es ahora, porque vi cómo se fue mejorando desde todos los sectores. Hoy podemos trabajar con más seguridad y rapidez que hace unos años”. ¿Un colega admirado? “Sin dudas…el Dr. Álvaro González Quintana…un prócer y como persona… única...”-ya muchos me

han hablado muy bien de él, le digo- “Álvaro es una persona que está en todo momento y siempre predispuesto…además le podés preguntar lo que sea, tiene un conocimiento, una solidez intelectual y una memoria envidiables. ¿Cómo es tu relación con el Suplente? ¿Te apoyas en él? “Sí claro… además Claudio es mi hermano, ¡y también el interino, Diego! Así es que confío en ambos plenamente”. El sector, para vos, clave del Registro “El mostrador sin dudas, tenés que ir y venir todo el tiempo, además es importante el contacto personal con los usuarios y dar un vistazo a los trámites antes del ingreso. Trabajando así tengo más seguridad luego en el proceso y en el control”. ¿Qué idea pensás podría optimizar el Sistema Registral? “Pensar algún método para que la documentación registral que no esté intervenida por un Seccional no sirva para nada, que nosotros le agreguemos vía impresión o laminado, las medidas de seguridad indispensables. Así se evitaría la concreción de ilícitos con la documentación que se roba en blanco. Por otro lado es muy riesgoso tener que guardar la documentación en una caja de seguridad y concurrir al banco todos los días”. ¿Usás los nuevos sistemas de comunicación en el Registro? (WhatsApp, Tweeter, Facebook) “La verdad… no estoy muy familiarizado con esa parte de la tecnología, leo algo de Tweeter que me interese”.

¿Qué propuesta harías para mejorar el Sistema? “Entiendo que el llenado del Formulario 12 debería ser digital, como el SITE, e impreso por la Planta Verificadora, eso evitaría la cantidad de observaciones que se producen hoy por errores de escritura en la ST 12”. “Mariano gracias, y espero se repita -se pronuncia ahora el entrevistador Martín Soto- vos sabés que hacerte este reportaje me hace entender que sos una persona que busca mejorar día a día este sistema y que la atención al público sigue siendo importante… -me alegra-…y no creo que haya problemas en un Registro si utilizamos tus métodos de trabajo”. “Si de algo hemos hablado y has aportado Mariano a esta entrevista es historia… es importante saber quiénes contribuyeron a este sistema para saber hacia dónde vamos”. “Sras. y Sres. estuvimos con el Int. Mariano Gentile, gran persona”, finaliza Martín Soto.

Camilo Gentile, abuelo de Mariano y Encargado del Registro Seccional de Olivos N° 2 en el año 1964 PANORAMA REGISTRAL • 19


Sira, de vacaiones, junto a su familia

La Encargada más experimentada

La actividad registral, relatada con mucho orgullo

4Sira López Casado

La Escribana Sira López Casado es Encargada del Registro de Concepción del Uruguay N° 1, en la provincia de Entre Ríos, desde el 1° de julio de 1969. En esta nota, Sira nos relata sus primeros años en el Seccional, elogia la actual informatización del Sistema, propone algunos cambios técnicos para simplificar el proceso de registración y nos cuenta detalles de la registración de autos y la vida en su ciudad. Ser una activa participante de nuestro Facebook y contar con este espíritu de modernización entendemos que obedece a una razón generacional, ya que Sira está tan solo a punto de cumplir 81 años en el próximo mes de agosto… Una historia de vida para leer, y releer.

¿Desde cuándo sos Encargada de tu Registro? “Desde el 1° de julio de 1969 cuando, sola y con muchos temores e incertidumbres, abrí el Registro en un rinconcito del estudio jurídico de mi hermano, a quien con el correr del tiempo fui desplazando para apropiarme de todo el espacio. Al mes de trabajar sola, le pedí a una vecina amiga (mi recordada y querida Elba, que se jubiló en el 2000) que viniera a trabajar conmigo. Hoy cuento con la invalorable ayuda de cuatro empleados: Luis, Encargado Suplente, hace ya casi 29 años que, día a día, hombro a hombro, está conmigo y es un compañero increíble e irreemplazable. Andrea, 27 años, Encargada Suplente Interina y con los mismos méritos que Luis. Ambos han aliviado el escarpado camino que es este

de Encargada de Registro También están Julián y Fabiana, con menos años y adquiriendo experiencia en el día a día”. ¿Cuál te parece el mayor logro del sistema registral en tu jurisdicción? “Sin lugar a dudas el mayor logro ha sido la informatización y merece una mención especial la gente que trabaja en esto: tratan de resolver los problemas que se presentan con una cordialidad y una diligencia dignas de imitar y valorar”. ¿Qué te gustaría se mejore en el sistema registral para lo que queda de este año 2016? “Hay mucho por mejorar. ¡Empezando por la despapelización! Una Transferencia común suma a un Legajo “B” 20 (sí, ¡veinte!) fojas. El tema ya se ha encarado en la Di-

Sira, aquí junto a una de sus nietas ”Abu, sos un amor, joven y canchera, seguí disfrutando de la ciudad que tanto amás!” le puso su nieta en el face dedicándole la imagen. 20 • PANORAMA REGISTRAL

rección Nacional pero también urge hacerlo en nuestros Legajos “B”. Así no hay archivo que aguante. Estamos “engordando” los Legajos con papeles que yo considero innecesarios: las constancias de CUIT/CUIL…¿por qué no declararlas y consultarlas por la Web sin imprimirlas? Así también la declaración de datos personales en caso de Cancelación de Prenda anticipada… ¿a quién le sirve?, SUGIT por Duplicado y Triplicado, constancia

de inscripción en AFIP de los acreedores prendarios, etc, etc…” “También simplificaría la forma de cobro que considero complica innecesariamente a los pobres cajeros. Eso de primero cobrar para después bonificar (sumar para después restar) es buscar el camino más complicado. Se debería buscar otra forma más simple para llegar al mismo resultado”. ¿Qué opinión te merece, y qué comentarios recibiste en tu ciudad con respecto al lanzamiento de la “Placa Mercosur”? “Por ahora sólo me preocupa el archivo, pero ya nos acostumbraremos, como nos hemos acostumbrado a tantas innovaciones. Los comentarios del público expresan su curiosidad de saber si deberán cambiar las chapas de sus autos…” ¿Naciste en Concepción? ¿Cómo es la vida y el parque automotor en la ciudad? “Sí, nací en Concepción del Uruguay (provincia de Entre Ríos) el 11 de agosto de 1935. Estudié la Carrera de Notariado en Santa Fe.

Me casé con Dardo Ghisi, también de mi ciudad, un médico radiólogo bohemio y tanguero. Estuvimos juntos 27 felices años hasta su temprana muerte, tuvimos 5 hijos, 3 mujeres y 2 varones que me han dado 20 nietos (¡y un bisnieto!). Ninguno de ellos volvió a vivir a Concepción del Uruguay después de terminar sus carreras universitarias porque su profesión les ofreció mejores oportunidades en Buenos Aires. Y por casamiento las mujeres. Así que tengo una gran familia, somos muy unidos ¡pero vivo sola!” “La vida en Concepción del Uruguay, la Histórica, es tranquila y llena de ofertas en el orden cultural. Buen cine, buen teatro vocacional, exposiciones, conferencias. Se ha convertido en una ciudad universitaria, con una diversidad enorme de carreras y cuya oferta se va ampliando año a año”. “Respecto al parque automotor… ¿qué decir? ¡circular en auto por mi ciudad se ha convertido en una pesadilla! He optado por caminar, de ser posible,¡porque encon-

trar estacionamiento es una odisea! ¿Recordás algún episodio sucedido en el Seccional que te guste compartir con nuestros lectores? “La anécdota que me viene a la mente aconteció allá por los comienzos: como vivo al lado del Registro al principio tocaban timbre a cualquier hora como si mi casa fuera un anexo del Seccional. Pero una vez, fue el colmo: a las tres de la mañana, ¡timbre! Salió mi esposo a atender. Eran dos señores de aspecto “dudoso”, por no decir preocupante, que manifestaron que en la Policía les habían dado mi domicilio y pretendían que yo “les diera algo” para poder circular ya que la policía los había detenido y secuestrado el vehículo. Dardo les dijo que volvieran al día siguiente al Registro, cosa que nunca ocurrió”. ¿Tenés algún hobby o interés especial fuera del Registro que nos quieras comentar? “Mi hobby es viajar y mi actividad principal extra registral es formar parte de la Comisión Directiva de la Sociedad Vicentina San Vicente de Paul. Tenemos tres Hogares donde 50 abuelas carenciadas han encontrado alojamiento y contención. También me gusta mucho ver tenis por la TV. Y jugar a las cartas con mis amigas los fines de semana”. Estas líneas siempre serán insuficientes para reflejar tan extensa historia de registración. Pero vale este resumen, ya que así fue, y es, la vida registral de Sira en la ciudad entrerriana de Concepción del Uruguay. Hoy, con la misma dedicación y entusiasmo que he puesto en estos 47 años. PANORAMA REGISTRAL • 21


“¿Contigo pan y cebolla?”

Aplicación del Régimen Patrimonial del Matrimonio y Régimen Automotor

4Silvia Fasano La Dra. Silvia Bibiana Fasano fue puesta en funciones como Encargada del Registro de Capital Federal Nº 49 a fines del mes de mayo pasado. Ésta es su segunda presentación en nuestra revista, con un artículo referido a la reforma establecida por el nuevo Código Civil al régimen de los bienes en el matrimonio, y su aplicación en el Régimen Jurídico del Automotor.

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En el antiguo Egipto las mujeres disfrutaban al casarse un régimen de separación de bienes, es más el esposo transfería la propiedad de sus bienes a la esposa e hijos, convirtiéndose en usufructuario de sus propios bienes, existían los convenios nupciales, aunque hoy nos parezca increíble, todo fue cambiando con los tiempos. Llegando a la Edad Media la mujer aportaba al matrimonio su dote y en caso de quedar viuda literalmente iba a parar a la calle, de allí los cuentos de las madrastras malas, es que si no se apuraban a asegurarse patrimonialmente en vida de su esposo (eliminando herederos) su destino era negro. Por nuestros lares, ante la nada misma llegamos al Código Velezano que abrevaba en las fuentes de Sabin y Trolling, lo que fue un gran avance, donde se consagró la comunidad de bienes y la administración de los bienes a cargo del marido (aún de los bienes propios de la mujer con rendición de cuentas incluida), tratando a la mujer como una incapaz, ¿gran injusticia verdad? Esto se modificó en forma parcial y lenta, pero no lo suficiente de acuerdo al desarrollo en la materia en el mundo. El nuevo Código Civil de la Nación vino a reformar el régimen de los bie-

nes en el matrimonio adecuándolo a la marcha de los tiempos. Se estableció (arts. 446 sig. y cc) dos tipos de regímenes matrimoniales: 1) de comunidad de bienes y 2) de separación de bienes. La regla en la materia es el de comunidad de bienes (art. 463), estableciendo el carácter de propio de ciertos bienes que no integraran la comunidad, pero si sus frutos. En lo que atañe a la actividad registral debemos tomar en cuenta esta reforma para actuar debidamente y no alterar el régimen de los bienes, con las consecuencias jurídicas que ello podría acarrear. En principio al momento de la inscripción de cualquier trámite, tal como lo establece el CC, el régimen de comunidad se impone y por tanto nada nos resulta ajeno en materia registral. Al momento de la transmisión del dominio deberá tomarse en cuenta lo prescripto en la materia en el Título I Capitulo VIII del Digesto de Normas Técnico Registrales. Así en materia del consentimiento conyugal el mismo debe ser pedido tanto en la transferencia, como en la baja de automotor y la constitución de prenda. La forma de prestar el consentimiento es en a.- forma personal, b.- por instrumento privado o público o c.- mediante apodera-

do. En el caso de la prestación del consentimiento en forma personal nada ha cambiado debiendo pues los cónyuges certificar su firma de acuerdo a las previsiones generales establecidas en el Titulo 1 Capítulo V del Digesto. Lo que ha variado es la forma de la prestación del consentimiento por instrumento público o privado o por poder en razón de la modificación establecida en el art. 375 de Código Civil y las previsiones del art. 457 del mismo cuerpo legal. El artículo 375 del CC establece que las facultades contenidas en un poder son de interpretación restrictiva, y que se necesitan facultades expresas para constituir, modificar, transferir y extinguir derechos reales, siendo pues éste el caso de nuestra incumbencia, debe requerirse en los trámites en que se necesita el asentimiento conyugal poder especial para instrumentar los mismos. Pero esto no es suficiente, dicho poder debe detallar expresamente la facultad para asentir debiendo identificarse los bienes a que se refiere. Dicha reforma fue receptada en el DNTR, donde específicamente se establecen las formas de prestar el asentimiento conyugal y así debemos requerirla, esto es: en el poder debe constar el acto para el que se lo otorga (transferencia, constitución de prenda, baja de automotor) e identificación del dominio del automotor. De tratarse de un instrumento privado además de los requisitos antes expuestos, la firma del cónyuge debe ser certificada según las previsiones del DNTR (Título I –Parte General, Capítulo V).. Refuerza lo antedicho la especial previsión del art. 457 del CC que establece como requisito ineludible

para el asentimiento conyugal que éste debe versar sobre el acto en sí y sus elementos constitutivos. De resultas de lo expuesto el poder general amplio de administración y disposición recíproco entre cónyuges sirve para adquirir, pero no para prestar el asentimiento conyugal, salvo que en el mismo se establezca la facultad de prestar el mismo referido a un automotor determinado identificándolo correctamente. Debe tomarse especial nota de los establecido en el Título I, Capitulo VIII artículo 2 , donde se establece que los poderes o instrumentos otorgados para prestar el asentimiento conyugal no se encuentran comprendidos en las previsiones del art. 13 del Régimen Jurídico del Automotor y en consecuencia no caducan a los 90 días hábiles de su otorgamiento. Además el Digesto nos instruye que en los casos en que el dominio esté inscripto a nombre de ambos cónyuges resultará suficiente la firma de cada uno de ellos como titulares no siendo imprescindible requerir que el asentimiento sea reiterado expresamente en la misma Solicitud Tipo. En materia de comunidad de bienes salvo las modificaciones en materia de poderes no ha afectado al régimen registral. Lo que resulta novedoso, y no solamente en materia registral es el régimen de separación de bienes y su acreditación. En el régimen de separación de bienes, art. 446 sig. Y cc del CC. cada uno de los cónyuges mantiene la libre disposición y administración de sus bienes personales. Se formaliza dicho régimen por medio de escritura pública, la pueden realizar antes del matrimonio pero solo tendrán efecto si el matrimonio se

celebra, pero para que produzcan efectos ante terceros deben ser anotadas marginalmente en el acta de matrimonio. El régimen puede modificarse por convención de los cónyuges después de un año de aplicación del régimen patrimonial, también por escritura pública pero que para que produzca efectos con respecto a terceros debe ser inscripta en forma idéntica que su constitución. ¿Qué previsiones tenemos que tomar pues cuando alguien se presente a inscribir un automotor declarando la existencia de un matrimonio que sometió su régimen patrimonial a la separación de bienes? Entiendo que la única manera de acreditarlo es con la partida de casamiento debidamente actualizada donde surja la anotación marginal del régimen patrimonial. Por qué digo actualizada, pues podría ocurrir que transcurrido el año desde su anotación los cónyuges hayan decidido cambiar el régimen y hayan inscripto el mismo, lo que afectaría la debida calificación del trámite por parte del registrador. Tener en cuenta el régimen patrimonial del matrimonio resulta de vital importancia, porque probada la separación de bienes, y solo así, los cónyuges podrían venderse entre sí los automotores inscriptos como del mencionado régimen. Indudablemente se ha avanzado legislativamente en el régimen patrimonial del matrimonio. Resta saber si la sociedad se ha sumado al cambio, firmando las convenciones para resguardar cada uno de los cónyuges su patrimonio o si culturalmente el “contigo pan y cebolla” se lleva los premios al momento de consumar el matrimonio aún a riesgo del patrimonio. PANORAMA REGISTRAL • 23


Ficciones

El palimpsesto de Piti Fernandez, o cómo Las Pastillas del Abuelo nos traen a Bernárdez El Dr. Juan Carlos Pacífico es Encargado Titular del Registro de Pergamino N° 2. Ecléctico, combina en Panorama comentarios de actualidad nacional e internacional, escritos de ficción, y hasta publicó domingo a domingo una novela por entregas en nuestra página web. Ahora, nos sorprende con su mención al Piti Fernández, Francisco Bernárdez, la poesía, y aquellos bares que saben de 4 Juan Carlos Pacífico

momentos impenetrables.

Días atrás encontré en el bar de mi ciudad de la pampa húmeda a un buceador de letras de rock, sí, un músico de 60 años de edad que tuvo una banda en los años ´70, cuando ese género empezaba a ganarse su lugar atrayendo a multitudes. Los Beatles, Credence, Génesis, Queen, los Rollings, Chicago, Police, entre otros, y ni qué hablar de las bandas argentinas que con Charly, Spinetta y tantos otros músicos talentosos se animaron a componer canciones hermosas que todavía tienen la fuerza de conmover y recordarnos tiempos idos y que, hoy, bailan nuestros adolescentes; el rock nacional es bandera de buen gusto. Cada encuentro estaba signado por el recuerdo y sus innumerables anécdotas que llenas de toques humorísticos develan un pasado vívido y alegre, lejos de las representaciones nostálgi24 • PANORAMA REGISTRAL

cas que a veces, sólo a veces, nos abrazan y nos someten a una tristeza difícil de sobrellevar . T.L.B. es un hombre que vive de su pasado, bucea en las letras del rock actual y da clases de música en el Conservatorio Local, su especialidad son los instrumentos de cuerda -especialmente la guitarra a la que ama profundamente- esa clase de amor que solo pueden disparar las cosas inanimados a los cuales nuestra pasión le insufla el alma. Gran lector anuda las letras de la literatura y las partituras de los músicos en un fresco bordado de colores vivos, siempre vigentes, no es un hombre de creencias religiosas pero las respeta, conversa siempre con nuestro Párroco y ambos, a pesar de tener una visión distinta de la vida, se profesan mutuo respeto; el músico le pone color a las armoniosas palabras de las Escrituras. Así vivo los diálogos

que ellos suelen tener en nuestra mesa cargada de cafés, sonrisas y conocimientos que se desparraman sin que uno los solicite. T.L.B. de los grupos actuales tiene gran afinidad con Las Pastillas del Abuelo, grupo musical argentino que de no ser por él no hubiéramos conocido nunca, y admira a su letrista Juan ‘Piti’ Fernandez que, conforme sus dichos es un joven lector que ha escrito letras sólidas que la música embellece y les otorga un resplandor de vivencias y esperanzas. Quedó fascinado con una -especialmente- Me juego el corazón, la cantó a capela con una voz clara y rítmica y de pronto en el medio de la canción apareció una poesía, famosísima, de Francisco Luis Bernárdez (argentino, 19001978) poeta de honda raíz católica que compuso odas de profunda influencia en la grey creyente. “Si para recobrar lo re-

cobrado, debí perder primero lo perdido, si para conseguir lo conseguido, tuve que soportar lo soportado, si para estar ahora enamorado, fue menester haber estado herido, tengo por bien sufrido lo sufrido, tengo por bien llorado lo llorado, porque después de todo he comprobado, que no se goza bien de lo gozado, sino después de haberlo padecido, porque después de todo he comprendido, que lo que el árbol tiene de florido, vive de lo que tiene sepultado”. Sí para recobrar, Francisco Bernárdez. Nos miramos con sorpresa, pensamos que era una broma, pero me explicó claramente que esa poesía le daba al tema un encanto especial, un hálito del pasado que

se cuela en el presente y que nos prodiga recuerdos idos y que en el caso de esta especial poesía ese hálito tiene, casi, un acento religioso. Habló del palimpsesto y, claro, tuvo que definir esa extraña palabra que algunos por primera vez escuchamos, pero, en definitiva, estableció que las obras literarias y las poesías (las letras de las canciones lo son en alguna u otra forma) son siempre las mismas y que es el mismo autor el que las está escribiendo. Conforme el Diccionario de la Real Academia Española: manuscrito antiguo que conserva huellas de una escritura anterior borrada artificialmente. Me dejó pensando que tal

vez nuestra mente sea un palimpsesto, donde los recuerdos van pasando y borrándose con el tiempo, para escribir nuevos pero en algún momento, en alguna ocasión especial todo aquello que pensábamos borrado aparece nítidamente, nuestros antepasados así se comunican porque en nosotros algo de ellos hay; como los textos literarios también los seres humanos somos una cadena ininterrumpida del principio de los tiempos a hoy y hacia un futuro inimaginable . ¿Cuánto hay de nuestro pasado en nosotros? ¿Cuánto de las costumbres atávicas? ¿Cuántas acciones ya vienen con nosotros y aparecen espontáneamente como rescatadas, súbitamente, de ese olvido que no es eterno? En fin, esa charla, esos amigos, esos cafés, esos personajes que habitan nuestro bar son una fuente inagotable de sorpresas y admiración, porque detrás de la alegría, del café compartido, siempre hay algo que nos deja pensando porque todos los que allí asistimos tenemos diferentes raíces y estudio y profesiones. Es la heterogeneidad lo que da riqueza a la sociedad y especialmente a Nuestro Bar. Vaya este opúsculo en homenaje de los músicos y letristas que saben darnos lo mejor de sí para alegrarnos, hacernos pensar y disfrutar de ese arte antiquísimo y exquisito y a los Bares que nos cobijan con su calor y espontaneidad. PANORAMA REGISTRAL • 25


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Un “Latin Lover” Registral...

Gastón Nowakowski, del Gran Buenos Aires a la Cordillera

4Gastón Nowakowski El Sr. Gastón Alejandro Nowakowsky comenzó a trabajar en la Dnrpa el 15 de mayo de 1987 y es actualmente Interventor en el Registro de Salliqueló, provincia de Buenos Aires. En esta nota nos cuenta su trayectoria en el organismo central y su andar por diversas regiones de nuestro país.

Cuando le preguntamos sobre sus comienzos en la Dirección Nacional del Automotor, Gastón Nowakowsky se remonta en el tiempo y nos cuenta que ”los primeros tres meses hice tarea de numerar las Solicitudes Tipo en los biblioratos del archivo y luego pasé al Departamento de Inspecciones. Allí estuve hasta el 1997, momento en que pasé a trabajar en la Delegación de Mendoza de la DNRPA hasta el 2001; cuando por razones que todavía no comprendo, cerraron las mismas y me despidieron como a muchos compañeros”. En octubre de 2010, felizmente, Gastón volvió al Departamento Inspecciones de la DNRPA, y desde febrero de 2014 se desempeña como Interventor del Registro de Salliqueló (una localidad al extremo oeste de la provincia de Buenos Aires). “En el Registro tenemos 7000 legajos de autos, 2000 de motos y 200 de maquinaria agrícola y vial”, nos comenta. Cuando le preguntamos por

su lugar de origen nos dice que “yo soy de Banfield, provincia de Buenos Aires, pero me casé con una empleada de Registro de San Martín, Mendoza y vivo allá...tuvimos idas y vueltas, ¡pero seguimos juntos!” Frente a la pregunta de qué Director Nacional le ha dejado mejor recuerdo nos dice que “Personalmente, el Dr. Mariano Durand, sin desmerecer el trabajo de los demás”, y no deja de mencionar los buenos recuerdos de compañeros “de quienes aprendí muchísimo”. Gastón tiene tres hijos: Delfina y Norberto de su actual matrimonio y Valentina de su segunda relación, quien también vive en la provincia de Mendoza, pero en este caso en la localidad de Tunuyán (también a la mamá de Valentina la conoció en un Registro...) “¡Pero estoy actualmente casado con mi primera esposa y feliz!” finaliza Gastón, evitando cualquier malentendido sobre su actual situación afectiva.

Laura Suárez, Encargada Suplente en Tres de Febrero Laura comenzó a trabajar en su Seccional en noviembre de 2002, asumiendo como Encargada Suplente Interina seis años después. Y, desde 2010 es Encargada Suplente del Registro. Es así como Panorama le pregunta...

4Laura Suárez

Buscando un rostro registral de mucha popularidad entre nuestros amigos Facebook, nos encontramos con Laura Suárez, Encargada Suplente en el Registro de Tres de Febrero Nº 3.

¿Qué avances registrales que considerás más importantes en estos 14 años de trabajo? “Desde que estoy en el Registro creo que hemos avanzado muchísimo, me acuerdo que teníamos Infoauto en blanco y negro, un sistema de MS-DOS, en el que cada vez que tenías que hacer algo tenías que modificar todo, aún me acuerdo de F2, F4 y F6 (jaja), la base de datos no guardaba cambios más allá de Transferencias, luego el Infoauto a color que era similar... y ahora con SURA yo estoy muy contenta, lógicamente que faltan mejoras ¡pero ya es otra cosa! el ACE aceleró los tiempos de todos tanto del usuario como el nuestro, ¡hasta me salió un juego de palabras! y ni hablar del fabuloso SITE” En el Registro, nuestra entrevistada casi no hace Mostrador, “a no ser que haya alguna consulta específica”, dedicándose habitualmente a la corrección y firmado de trámites. Tiene 32 años, es soltera y con relaciones de largo plazo: “Tuve 2 novios, uno 10 años y otro casi 5, me encanta pasar mi tiempo libre con amigos, salir, me gustan los deportes (miro futbol y

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box), voy al gym, soy una cinéfila perdida, adoro viajar y amo pasar el tiempo con mi familia”. Desde que terminé la secundaria comencé a trabajar en el Registro y arranqué la carrera de Psicología en la UBA, pero preferí dedicarme a aprender todo lo referente a esta profesión ya que me apasiona, y como siempre le digo a mis allegados, en este trabajo estás en constante aprendizaje, ya que la normativa se actualiza y modifica día a día”. ¿Qué expectativas tenés para este 2016, y qué opinión te merece la gestión del nuevo Director, el Lic. Carlos Walter? “Espero sigan los avances para este año, creo que vamos muy bien y respecto a la nueva gestión del Director, ha pasado poco tiempo y muchas modificaciones, tales como la incorporación de la Placa Mercosur, llamado a Concursos, y el reciente envío digitalizado de los desgloses mensuales (Ver las Disposiciones D.N. Nº 142 y Nº 143) , que se irá haciendo en etapas, así que espero sigamos evolucionando constantemente” Laura nació en el barrio de Caballito de la Capital Federal, pero se crió y vivió siempre en la localidad de Martín Coronado del partido de Tres de Febrero. “Me encanta el barrio y por suerte estoy cerca del trabajo, ¡más no podría pedir!” nos dice. Laura se considera”auténtica”, por lo que nos dice que en su Face tiene fotos de su vida “tal y como es”. PANORAMA REGISTRAL • 27


Síntesis Normativa Un semestre pleno de información

Cronograma Reglamentario Reseñamos en estas páginas las novedades normativas más relevantes difundidas por la Dirección Nacional a partir de nuestra última edición impresa. Es éste entonces el último semestre reglamentario (Diciembre de 2015 a Mayo de 2016) del compendio publicado por Panorama Registral sin interrupciones desde el año 2005. Destacamos —como se adelantó en el Editorial— la profusión normativa del período, recordando que la síntesis de 11 años se encuentra siempre disponible en nuestra página Web: www.panoramaregistral.com.ar; bajo la Tarjeta “Reseña” – “Reseña en Word”

1. Sistema Integrado de Anotaciones Personales – Constataciones - Disposición D.N. N° 597 (04/12/15): Unificó el criterio con relación a la necesidad o no de constatación de las inhibiciones u otras medidas de carácter personal presentadas ante la DNRPA, habida cuenta de que las reinscripciones se encontraban sometidas a mayores recaudos que la inscripción original. Se dictó la medida para un mejor aprovechamiento de los Recursos Humanos con que cuenta el organismo. Atendió así al DNTR, Título I, Capítulo XI, Sección 4ª, modificando su artículo 2°. 2. Resumen de Pagos - Disposición D.N. N° 596 (04/12/15): Determinó que, a partir del día de sanción de esta norma, el “Resumen de Pagos” en los RRSS sería entregado sólo a petición de los usuarios, habida cuenta que la demora que su emisión puede generar en el tiempo de permanencia en los Seccionales. Indicó que la novedad debería ser informada en la Cartelera de las Sedes. Refirió así la Disposición D.N. N° 380.15. 28 • PANORAMA REGISTRAL

3. UIF – Documentación Respaldatoria - Circular D.R.S. Nº 30 (10/12/15): Adjuntó la Resolución UIF Nº 460/15, que dispuso que los sujetos Obligados y Oficiales de cumplimiento del Sistema de Reporte de Operaciones (SRO) deberán acompañar la documentación respaldatoria requerida en el artículo 3º bis de la Resolución UIF Nº 50/11 en el plazo de 150 días corridos a partir del 3/12/15. Indicó que, vencido el plazo, la UIF procedería a bloquear la correspondiente inscripción en el Sistema de Reporte de Operaciones (SRO) de quienes no hubieran dado cumplimiento a lo indicado. Refirió así las sanciones previstas en el Capítulo IV de la Ley 25.246 y sus modificatorias. 4. Nuevas Placas de Identificación de Automotores y Motovehículos (Placa Mercosur) - Disposición D.N. N° 659 (18/12/15): Prorrogó hasta el 1/4/16 la fecha de entrada en vigencia de la “Placa de Identificación Metálica” del Automotor y Motovehículo aprobadas por Ley

27.187(Placa Mercosur). La medida obedece a la imposibilidad de cumplir con las entregas pautadas e tiempo y forma, de acuerdo a lo manifestado por la Casa de la Moneda S.E. Refirió así la Disposición D.N. N°411/15. - Circular D.N. Nº 11 (31/3/16): Indicó a los Registros Seccionales que deberían expedir las Placas de Identificación de Vehículos Mercosur en todos los casos de Inscripciones Iniciales, a partir del 1º de abril de 2016, habida cuenta de que se había logrado agotar prácticamente la totalidad del stock del modelo previo. Hizo saber que a la brevedad se impartirían las instrucciones a seguir con respecto a las placas del anterior modelo no utilizadas. Refirió así la Disposición D.N. Nº 411/15. - Disposición D.N. Nº 40 (16/2/16): Estableció especificaciones a las que se ajustaría la codificación alfanumérica de identificación de dominios aprobada por Disposición D.N. Nº 411/15, a partir del AA000AA en el caso de automotores y del A000AAA en el de motovehículos. Dispuso que PANORAMA REGISTRAL • 29


los automotores cuya codificación se conforme de tres letras y tres números mantendrían esa codificación en caso de solicitarse la reposición del viejo modelo. - Circular D.R.S. Nº 10 (26/4/16) y 11 (28/4/16): Difundió a los Registros Seccionales el Sitio Web desde donde deberían bajar y reproducir, a partir del día de sanción de la Circular, un nuevo Video institucional sobre la “Placa de Identificación Metálica Mercosur”. Refirió el Capítulo V de la Sección 1ª, Inciso I del RINOF, y la Circular D.R.S. Nº 10/14. - Circular D.R.S. N° 13 (29/4/16): Estableció el orden en que deberían archivarse los Legajos “B” correspondientes a los dominios otorgados a partir del 1/4/16; bajo la nueva codificación de dominios Mercosur. Recordó el orden correlativo y ascendente, de izquierda a derecha tomando en cuenta la combinación alfanumérica que debería respetarse para su archivo. Refirió las Disposiciones D.N. N° 411 y 659/15. 5. Informe Nominal – Extensión de la Base - Disposición D.N. N° 658 (18/12/15): Amplió la información a suministrar a través del informe nominal, extendiendo la Base de búsqueda de manera tal que a partir de una persona física o jurídica; cualquier Registro del país podía acceder a la información obrante en la totalidad de Seccionales de la república. Sustituyó así la Parte Tercera del DNTR, Título II, Capítulo XIV, Sección 1ª. 6. Modelo – Año de los Automotores 0 km. 30 • PANORAMA REGISTRAL

- Circular D.N. N° 1 (7/1/16): Estableció las condiciones para que los automotores fabricados o despachados a plaza a partir del 1/4/2015 y que aún no hubieren sido comercializados, pudieran ser considerados modelo-año 2016; a pesar de que en sus respectivos certificados de origen se consigne como modelo-año 2015: fecha de fabricación o despacho, consignación de modelo, código VIN, Declaración Jurada y fecha de petición). 7. 2016 – Año del Bicentenario de la Independencia Nacional - Circular R.S. Nº 2 (20/1/16): Comunicó que durante el año 2016, toda la papelería oficial a utilizar en la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, así como en los Entes Autárquicos dependientes de ésta, deberán llevar en el margen superior derecho un sello con la leyenda “2016, Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”. Refirió así el Decreto Nº 177/16. 8. Sistema de Legalización - Circular DRS Nº 3 (4/2/16): Determinó que, a partir del 1/2/16, todos los documentos deberían ser legalizados con un nuevo sistema que reemplazará a la actual oblea. El mismo utilizará un código de respuesta rápida (Código QR) impreso en la foja de legalización 9. DNRPA – Designación del Lic. Carlos Walter y el Dr. Oscar Agost Carreño a) Decisión Administrativa Nº 39 (3/2/16): Comunicó la designación efectuada a partir del 21/12/15 del Lic. Carlos Gustavo Walter en

el cargo de Director Nacional de la DNRPA. b) Decisión Administrativa Nº 104 (24/2/16): Comunicó la designación efectuada a partir del 24/2/16 del Dr. Oscar Agost Carreño como Subdirector Nacional de la DNRPA. 10. Cámaras de Mandatarios y Colegios Profesionales – Informes de Dominio - Disposición D.N. Nº 54 (23/2/16): Estableció que, a partir del 1/3/16, las Cámaras de Mandatarios, Colegios Profesionales y demás entidades autorizadas — cuya nómina se adjunta como Anexo— podrían operar la petición de informes de dominio mediante el uso del Formulario 58 a través del Sistema ACE (Asignación de Competencia Electrónica). Sustituyó el artículo 6º, Parte Primera, Sección 1ª, Capítulo XIV, Título II del DNTR, a la que incorporó el Anexo adjunto. 11. Llamado a Concurso para Encargados de Registro - Disposición D.N. Nº 99 (11/03/16): Aprobó el listado de 28 Registros Seccionales cuya titularidad sería cubierta en la décima etapa del llamado a Concurso para la elección de Encargados Titulares (que se adjunta como Anexo I) y el texto que se publicará en cumplimiento de los establecido en el artículo 6º de la Resolución ex M.J.S y D.H. Nº 238/03; que se integra como Anexo II a la norma. Refiere así las Resoluciones M.J. y D.H. Nºs 561/05 y 238/03; entre otras. - Disposición D.N. Nº 110 (17/03/16): Convocó a la inscrip-

ción de postulantes para la décima etapa de los Concursos previstos en la Resolución M.J. y D.H. Nº 561/05 y complementarias, destinados a la cobertura de cargos de Encargado Titular de los Registros enumerados en la Disposición D.N. Nº 99/16. Indicó el horario y lugar de inscripción, aprobando la información general y complementaria que se integró como Anexo I y la información particular que se integró como Anexo II. 12. Servicios Informáticos de la Dirección Nacional – Vía de Consulta - Circular D.S.I. Nº 1 (11/3/16): Comunicó a los Registros Seccionales que, con el objetivo de contribuir a la tarea de modernización de procedimientos, adecuación a las nuevas tecnologías de información y Comunicación (TICs) y responder a las consultas de los usuarios de Sistemas Informáticos, los requerimientos de Capacitación, Soporte Técnico, Consultas o inconvenientes surgidos de la operación de los aplicativos informáticos en los Registros Seccionales serían atendidos a través de la Mesa de Ayuda (MdA) de la Dnrpa. Indicó la manera de acceder a esta atención. 13. Primer y Segundo encuentro Regional de Encargados 2016 - Circular D.N. Nº 9 (21/3/16): Convocó a los Encargados e Interventores de Registro de las provincias de Córdoba y San Luis al primer Encuentro Regional del año 2016 relativo a diversos temas registrales que se enumeraron. Informó que a la charla asistirían el Director Nacional Lic. Carlos Walter, el Subdirector Dr. Oscar Agost Carreño, y los

funcionarios Dr. Martín Pennella, Dr. Marcelo Valle, Sr. Ricardo Berger y Sr. Leonardo Mancuso. - Circular D.N. N° 18 (9/5/16): Convocó a los Encargados Titulares, Suplentes, Interventores y personal afectado a las tareas de Rentas, de las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero al “Segundo Encuentro Regional del Año 2016”, donde se tratarían temas Normativos, de Rentas y Fiscalización de Registros Seccionales. Con la presencia del Director Nacional Lic. Carlos Walter, el Subdirector Oscar Agost Carreño, junto a altos funcionarios de la Dnrpa (los directores Cdor Justo Beyer y Dr. Marcelo Valle; los Sres. Ricardo Berger, Leonardo Mancuso y el Dr. Martín Pennella). 14. Identificación VIN - Circular D.T.R. y R.U.D.A.C. Nº 1 (21/3/16): Comunicó a los Jefes de Plantas de Verificación que la Asociación de Fábricas de Automotores (Adefa) había puesto en conocimientos de la Dirección Técnico Registral y Rudac que en el transcurso del corriente año se fabricarían nuevos modelos de automotores cuya identificación VIN se grabaría en dos líneas. Destacó que ello resulta viable, en tanto se efectúe sin espacios y sin separación entre secciones. Refirió la norma internacional ISO Nº 3779, punto 5.7.2. 15. Guarda Habitual y Domicilio Fiscal - Disposición D.N. N° 163 (28/4/16): Comunicó a los Encargados que, a partir del 2/5/16, al momento de inscribir un trámite de Inscripción Inicial, Trasferencia

o Cambio de Radicación en que se acredite la guarda habitual del automotor en una jurisdicción distinta a la del domicilio del titular registral, deberá considerarse a todos los fines tributarios como lugar de configuración del hecho imponible del Impuesto a la Radicación de Automotores (Patentes) el domicilio del titular registral.Detalló las particularidades a considerar en los Registros con y sin Convenio de Complementación vigente. La medida se dictó con la finalidad de evitar la radicación de automotores en lugares de baja tributación impositiva; desvirtuándose así el espíritu del tributo. - Circular D.R. N° 10 (28/4/16): Hizo saber a los Registros que ante la petición de un trámite de Inscripción Inicial, Transferencia o Cambio de Radicación en los que se invoque Guarda Habitual, a los efectos impositivos se considerará el domicilio del adquirente, el que deberá acreditarse de acuerdo a las normas de rigor. Indicó el procedimiento a seguir tanto en los Registros que cuentan con sistema informático que les permite generar el Alta Impositiva en extraña jurisdicción como en los que no. Refirió también el procedimiento a seguir en lo que respecta al Impuesto de Sellos. 16. CUIT y CUIL – Acreditación - Disposición D.N. Nº 130 (7/4/16): Incorporó al DNI formato Tarjeta como elemento válido para acreditar el CUIT o CUIL del peticionante ante los trámites de Inscripción Inicial, Transferencias y Prendas; incorporándolo a los demás documentos aptos para ello. Modificó el texto del artículo 13, Sección PANORAMA REGISTRAL • 31


2ª, Capítulo I, Título I del DNTR. 17. Declaración Jurada Patrimonial Integral - Circular D.N. Nº 12 (1/4/16): Informó a los Encargados e Interventores que el vencimiento del plazo para la presentación en soporte papel de la Declaración Jurada Patrimonial Integral (DJPI) por “Actualización Año 2015” operaría el día 30/5/16. Informó los Formularios y otros detalles técnicos de la presentación. Recordó la plena vigencia de la Resolución O.A. Nº 9/2011. 18. Poderes y separación de bienes - Disposición D.N. Nº 137 (12/4/16): Estableció regulaciones referidas a los poderes generales, especiales e irrevocables. Requisitos a reunir y recaudos a tomar por los Certificantes de Firma y Encargados de Registro; frente a su presentación en la transmisión o adquisición de automotores. Se precisó también el régimen de separación de bienes en el matrimonio. Sustituyó así la Sección 4ª, Capítulo IV, Título I del DNTR, en sus artículos 4º y 6º, el artículo 1º, Sección 6ª, Capítulo V, la Sección 6ª, Capítulo VIII del mismo Título y el artículo 1º, Sección 8ª, Capítulo II, Título II del cuerpo normativo. 19. Desglose Mensual – Envío Digitalizado - Disposición D.N. Nº 142 (13/4/16): Sustituyó el texto del DNTR, Título I, Capítulo III, texto de la Sección 3ª, por el que obra como Anexo. El mismo refiere la forma en que los Registros Seccionales deberán remitir mensualmente la documentación a la DNRPA, eliminando el envío de Planillas en 32 • PANORAMA REGISTRAL

soporte papel. Refirió así el Plan de Modernización del Estado, establecido por el Decreto PEN Nº 434/16. - Disposición D.N. Nº 143 (13/4/16): Detalló los trámites sobre los cuales los Registros Seccionales deberían practicar el envío digitalizado del desglose del uno al diez de cada mes. Aclaró que en ningún caso debería remitirse copía de los Formularios relativos a la identificación del presentante y al cobro de Impuesto e Infracciones. Indicó que la remisión debería practicarse a través del Sistema SURA, de conformidad a las instrucciones impartidas por el Departamento de Servicios Informáticos. Adjuntó un Anexo I detallando las especificaciones técnicas con que deberá contar el equipo a tal fin destinado en los RRSS y un Anexo II con la nómina de 15 Registros Seccionales en los cuales estas previsiones comenzarían a aplicarse en calidad de prueba. Refirió así las Disposiciones D.N. Nº 356/12 y 127/14; y el Decreto P.E.N. Nº 434, entre otras normas. 20.Cédulas Únicas – Plastificado - Circular D.R.S. Nº 9 (25/4/16): Informó a todos los Encargados que deberían prestar especial atención a que las Cédulas no queden abiertas y vulnerables a posibles maniobras de adulteración; por lo cual deberán ser siempre laminadas a una temperatura 160º. 21. Stock Mínimo de Elementos - Circular D.R.S. Nº 12 (29/4/16): Informó a los Registros que a partir del día 16 de mayo de 2016 se encontraría a disposición de los Seccionales en el aplicativo SURA la consulta de las actuales cantidades mínimas de elementos

registrales que se establecieron a partir de la implementación de los nuevos, ya sumada la incorporación de los Registros de Motovehículos y Mavi a esa prescripción. Refirió el RINOF, Anexo II, Capítulo V, Sección 3ª, artículo 7º. 22. DNRPA – Estructura Administrativa a) Director de Registros Seccionales - Resolución M.J. y D.H. N° 79 (18/3/16): Designó a partir del 17/2/16 al Dr. Marcelo Daniel Valle como Director de la Dirección de Registros Seccionales de la DNRPA. b) Director de Fiscalización y Control de Gestión - Decisión Administrativa M.J. y D.H. Nº 278 (5/4/16): Designó a partir del 3/3/16 al Cdor. Público Justo Beyer en el cargo de Director de la Dirección de Fiscalización y Control de Gestión de la DNRPA. c) Departamento de Inspecciones - Disposición D.N. N° 38 (12/2/16): Asignó, a partir del 12/2/16, al Sr. Juan Pablo Torres las funciones inherentes al cargo de Jefe del Departamento Inspecciones de la DNRPA

Solicitó a los Encargados que informen a la Dirección de Registros Seccionales de la DNRPA los datos correspondientes a la Caja de Ahorros o Cuenta Corriente (utilizada exclusivamente para el manejo de fondos públicos) a la que serán destinados los pagos que se realicen en virtud de la implementación próxima del pago de aranceles por Inscripción Inicial a través de transferencias bancarias electrónicas; cuando la misma sea gestionada a través del concesionario interviniente. Informa los plazos y la dirección electrónica a la que deberá girarse la información. 24. Rentas – Impuesto de Patentes – Sistema Interjurisdiccional - Disposición D.N. Nº 127 (1/4/16): Estableció el día 4/4/16 como fecha de entrada en vigencia del sistema de liquidación y percepción del Impuesto de Patentes dispuesto por los Convenios de Complementación de Servicios celebrados entre la DNRPA y 31 jurisdicciones del país. Previó extender la medida a la totalidad de Registros del país, cuando estuvieren en condiciones para ello. Refirió así

las Disposiciones D.N. Nº 759/10 y 276/14; entre otras normas.

10, 11 y 14/16. Refirió así la Disposición D.N. N° 127/16.

- Circular D.R. Nº 4 (1/4/16): Detalló el procedimiento a tener en cuenta atento al dictado de la Disposición D.N. Nº 127/16; que puso en vigencia el sistema de cobranza en extraña jurisdicción de Impuesto de Patentes; atento a la presentación de cualquiera de los trámites alcanzados por el Convenio vigente: presentación de la Solicitud Tipo 13 unificada, consulta impositiva de parte del Encargado, entre otras.

25. Rentas – Jurisdicción Indistinta – Infracciones

-Circular D.R. N° 16 (27/5/16): Comunicó que, a partir del 1/6/16, se incorporaban a los procedimientos de Altas Interjurisdiccionales de Rentas a todos los Registros Seccionales de las provincias de Santa Fe, Salta, Jujuy, Tucumán y Santiago del Estero. Informó que los mismos utilizarían el Sistema Informático de Interconexión “en línea” y la Solicitud Tipo 13 (Única) para realizar los trámites de Altas y Bajas citados en la norma. Adjuntó el Instructivo de Procedimientos del Sistema Unificado de Liquidación, las Disposiciones D.N. N° 127 y 163/16, y las Circulares D.R. N° 4,

- Disposición D.N. N° 199 (31/5/16): Amplió, a partir del 1/6/16, la nómina de trámites alcanzados por la operatoria “Solicitud de Deuda por Infracciones” regulada por Disposición D.N. N° 746/06 y su similar N° 7/07. Sustituyó así el artículo 2° de la norma referida, derogando su Anexo I. 26. Inscripción Inicial – Pago electrónico obligatorio - Disposición D.N. Nº 190 (18/5/16): Determinó que, a partir del 1/6/16, los aranceles y tributos correspondientes a la petición de los trámites de Inscripción Inicial deberán ser abonados a través de Transferencia o depósitos bancarios, ya sea por sistema de carga virtual, por cajeros o “por ventanilla”. A tal efecto, informa que se pondrá a disposición de los usuarios, en la página Web de la D.N.R.P.A, los datos de la cuenta oficial del Registro interviniente, a fin de practicar las referidas operaciones. Circunscribe la opción a los

d) Departamento Registros Seccionales - Disposición D.N. Nº 144 (14/4/16): Asignó, a partir del 11/4/16, a la Sra. Dina Laura Vazón las funciones inherentes al cargo de Jefa de Departamento Registros Seccionales de la DNRPA. 23. Registros Seccionales – Caja de Ahorros o Cuenta Corriente para transferencia de Aranceles - Circular D.N. Nº 14 (6/4/16): PANORAMA REGISTRAL • 33


trámites de Inscripción Inicial, debido a que implican un mayor movimiento de fondos, redundando la medida en una mayor seguridad tanto para los peticionantes como para los Registros Seccionales y el público en general. - Circular D.N. Nº 23 (26/5/16): Adjuntó los instructivos de procedimiento celebrados por el Departamento Calidad de Gestión, a los cuales deberían ajustar su proceder los Usuarios y Encargados de los Registros Seccionales a efectos de optimizar el sistema de bancarización del pago de aranceles y tributos relativos a las Inscripciones Iniciales de dominio. Hace saber que los Comerciantes Habitualistas, gestores matriculados y meros presentantes deberán ingresar los pagos obligatoriamente mediante las formas bancarizadas; mientras que los usuarios que actúen por derecho propio podrán abonar los conceptos por depósito, transferencia bancaria, tarjeta de débito o efectivo en Caja. Se enmarcó así en la Disposición D.N. Nº 190/16. - Circular D.R.S. N° 15 (27/5/16): Hizo saber a los Encargados que la información por ellos suministrada con respecto a la cuenta a la que serán destinados los pagos que se realicen en virtud de la próxima implementación del pago de aranceles por Inscripción Inicial a través de transferencias bancarias ha sido actualizada y procesada debidamente. No obstante ello, solicitó a los Encargados que informen en un plazo perentorio de 24 hs el número de CBU y Cuenta Bancaria de conformidad a un proceso electrónico a través de la página Web de la Dnrpa que se detalló. Aclara que los números de 34 • PANORAMA REGISTRAL

Cuenta y CBU pueden coincidir o no con aquellos informados para la implementación del SITE. 27. Aranceles – Modificación - Resolución M.J. y D.H. Nº 289 (17/5/16): Excluyó, a partir del 1/6/16, los trámites de expedición de documentación registral, certificación de firmas y alta impositiva en el impuesto a la radicación de automotores de la bonificación que al día de sanción de la norma gozaban cuando eran presentados junto a la Inscripción Inicial y Transferencia. Motivó la medida el hecho de que estos costos eran soportados en definitiva por el Estado Nacional, comportando una transferencia de recursos a favor de los adquirentes de esos bienes. Mantuvo no obstante la inclusión de las Placas Metálicas de Identificación, debido a que se trata de un elemento identificatorio que es provisto por única vez al momento de la Inscripción Inicial del dominio. Refirió, entre otras, las Resoluciones M.J. y D.H. Nºs 314/02 y 2432/15. 28. Emolumentos – Liquidación - Resolución M.J. y D.H. Nº 290 (17/5/16): Sustituyó, a partir del 1/6/16, el régimen de liquidación de emolumentos de los Encargados de Registro; incorporando nuevas previsiones para la liquidación de determinados aranceles registrales. Refirió así las Resoluciones M.J. y D.H. Nº 1981 y 2430/15. 29. Cambio de Radicación - Disposición D.N. Nº 191 (19/5/16): Informó la viabilidad de peticionar el trámite de Cambio de Radicación en el Registro Seccional de futura radicación cuando, en lugar de la Cédula de Identificación,

se acompañe un Acta de Secuestro efectuada por las Fuerzas de Seguridad; siempre y cuando dicha situación pueda ser constatada a través del Sistema S.U.R.A. Motivó esta instrucción el hecho de que, con motivo de la vigencia de una orden de secuestro, las fuerzas de seguridad proceden a secuestrar la Cédula de Identificación. Sustituyó de esta forma el DNTR, Título II, Capítulo III, Sección 8va, texto del artículo 4º. 30. Elementos Registrales – Comunicación de su Extravío, Robo o Hurto - Disposición D.N. N° 181 (9/5/16): Eximió a los Registros Seccionales de la obligación de comunicar a la Dnrpa el extravío, robo o hurto de las Placas de Identificación, el Título del Automotor y la Cédula de Identificación; cuando se solicitare la expedición de un Duplicado de estos elementos identificatorios, o cuando se denunciare su robo, hurto o extravío frente a una petición de retención. La indicación obedece a que la puesta en vigencia del SURA permite contar con esa información al momento de toma de razón del trámite; sin necesidad de su ulterior comunicación. Modifica y deroga distintos incisos, artículos, Secciones y Capítulos del Título II del DNTR. 31. Site y Concursos Públicos – Gacetillas Informativas - Circular D.N. N° 17 (9/5/16): Comunicó a los Encargados e Interventores que próximamente se le remitirán mediante Correo Postal gacetillas informativas relacionadas con la precarga de las Solicitudes Tipo en el SITE, y otras referidas a los Concursos Públicos

para cubrir los cargos vacantes de Encargado Titular. Hizo saber que los folletos tenían por función promocionar y alentar el uso de las nuevas herramientas informáticas con que contaban los usuarios y deberían exhibirse en forma obligatoria. Asimismo, se indicó que los Registros deberían disponer como mínimo de una terminal informática con conexión a Internet destinada a aquellos usuarios que deseen completar la precarga de las Solicitudes Tipo Trámites Posteriores o de las Solicitudes Tipo Trámites Posteriores de Motovehículos; como así también consultar por los Concursos. 32. Registros Seccionales a) Prestación del Servicio - Circular D.N. N° 19 (12/5/16): Comunicó a los Encargados e Interventores que la Dnrpa se encuentra avocada a modernizar las tareas que llevan a cabo los Registros Seccionales, consolidando la seguridad, eficiencia y transparencia del Sistema en su conjunto. Informa que se prestará

especial atención al modo en que se brinda el servicio registral, en particular en lo que respecta a los tiempos de espera, respuesta y recursos humanos dispuestos a tal fin. Recuerda las vías de reclamo con las que cuenta el público. b) Constatación de órdenes judiciales o administrativas - Disposición D.N. N° 182 (10/5/16): Incorporó la consulta a las páginas Web del Poder Judicial como opción para realizar la constatación de las órdenes judiciales por parte de los Registros. La indicación estuvo motivada en los adelantos tecnológicos disponibles en algunas jurisdicciones y en la demora que en muchos casos genera la constatación física del libramiento de una orden ante el Juzgado u otro organismo emisor. Refirió así el DNTR, Título I, Capítulo XI, Sección 3ª. 33. Cédulas de Identificación del Anterior Modelo – Devolución - Circular D.N. Nº 22 (20/5/16): Informó a los Encargados

de todo el país que deberían remitir el remanente de Cédulas de Identificación, Motovehículos, MAVI y Autorizados del anterior modelo, expedidas hasta la entrada en vigencia de la Cédula Única (y se encuentran actualmente bajo su guarda) al Ente Cooperador ACARA. Hizo saber que esa Entidad procederá posteriormente a la devolución de su valor mediante Nota de Crédito. 34. Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos - Disposición D.N. Nº 197 (30/5/16): Aprobó una nueva Tabla de Valuación de Automotores y Motovehículos a los fines del cálculo de aranceles de Inscripción Inicial y Transferencia, que entraría en vigencia el 1/6/16. Estableció la forma de cálculo para aquellos automotores y motovehículos cuyo modelo y año no estuviere valuado, dejando así sin efecto la Disposición D.N. Nº 36/ del 5/2/16, y refiriendo la Resolución M.J. y D.H. Nº 314/02.

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