Gestión Pública Perú Sistemas Administrativos Giancarlo Merino Alama

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GESTIÓN PÚBLICA Tema : “Sistemas Administrativos en el Perú” Giancarlo Merino Alama 2013


Sumario La Administración Pública Los Sistemas Administrativos: Concepto e Importancia Sistema de Gestión Presupuestal en el Perú: Presupuesto por Resultados (PPR). Sistema de Control Gubernamental: Sistema Nacional de Control Planeamiento en el Sector Público: Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico.







Las Estructuras Organizacionales en las Entidades Públicas

Estructura típica: Seis niveles (Órgano de dirección, órgano de control, órganos de asesoramiento, órganos de apoyo, órganos de línea y órganos desconcentrados) Órgano de Control

Órgano s de Dirección

Órganos de Asesoramiento Órgano de Apoyo

Órganos desconcentrados

Órganos de Línea



Elementos de un proceso: administración pública

 Los recursos o insumos (son vistos por igual)  Las etapas en niveles (actividades, procesos, tareas, etc.) . Casi siempre son lineales, consecutivas (¿por qué?)  Los administrados (clientes externos) que se atienden al final del proceso.  Los productos: el (los) producto (s) materiales o servicio (s) que se genera (n).  Los resultados: el (los) objetivo (s) logrados.  Los impactos generados.  Los mecanismos de monitoreo, control y evaluación se trata por separado.  No hay un único responsable del proceso toda vez que las personas están sujetas a cargos con funciones determinadas y oficialmente aprobadas según MOF, CAP, RIT, MAPRO y demás.  En la realidad, los impactos dependen de variables exógenas al limite de l proceso.


Definición de Sistema

• RAE: SISTEMA: (del lat. systēma, y este del gr. σύστημα). 1. m. Conjunto de reglas o principios sobre una materia racionalmente enlazados entre sí. 2. m. Conjunto de cosas que relacionadas entre sí ordenadamente contribuye a determinado objeto • Los sistemas, tienen dos (2) usos muy diferenciados, que se refiere a los sistemas de conceptos y a los objetos reales complejos y dotados de una organización • La mayoría de los sistemas que tienen importancia en el mundo real poseen controles; y, los sistemas son diseñados por el hombre o la naturaleza para alcanzar algo o realizar algo • En general, se puede señalar que cada una de las partes que encierra un sistema puede ser considerado como un subsistema, así los subsistemas son sistemas más pequeños dentro de sistemas mayores 11



Sistemas Administrativos - Ley 29158

• La Ley 29158, de 19.Dic.2007 (LOPE), en su Título V – Sistemas, precisa que los Sistemas, son de 2 tipos: Sistemas Funcionales y Sistemas Administrativos; y que solo por ley se crea un Sistema, debiéndose contar con la opinión favorable de la PCM • Los Sistemas están a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional; dicta normas y establece procedimientos relacionados con su ámbito; coordina su operación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de la LOPE y sus leyes especiales • Los Sistemas Funcionales, tienen la finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado • Los Sistemas Administrativos, tienen la finalidad de regular la utilización de los recursos en las entidades de la Administración Pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso Ley 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo

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Los Sistemas administrativos en el Estado Peruano Ley Nª 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo Título V Los Sistemas del Poder Ejecutivo Artículos43ª - 48ª Los Sistemas son los conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionales y los niveles de Gobierno. Son de dos tipos:  Sistemas Funcionales.  Sistemas Administrativos. Los Sistemas están a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico-normativa a nivel nacional; dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito; coordina su operación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de la presente Ley, sus leyes especiales y disposiciones complementarias.


Los Sistemas administrativos en el Estado Peruano Sistemas Funcionales. Los Sistemas Funcionales tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de polĂ­ticas pĂşblicas que requieren la participaciĂłn de todas o varias entidades del Estado. El Poder Ejecutivo es responsable de reglamentar y operar los Sistemas Funcionales. Las normas del Sistema establecen las atribuciones del Ente Rector del Sistema.


Sistemas Administrativos

• Los sistemas administrativos, son procesos de apoyo administrativo que contribuyen e impulsan al cumplimiento de los objetivos del Estado. Estos sistemas racionalizan las estructuras y los procedimientos administrativos y a la vez promueven el mejor uso de los recursos humanos, financieros y materiales, logrando así una mayor eficiencia • Los sistemas administrativos, están compuestos de principios, normas, procedimientos y técnicas que regulan la utilización de recursos en las entidades de la administración pública. Entre los principales sistemas de la administración pública peruana, figuran los de presupuesto, contabilidad, tesorería, adquisiciones y contrataciones, personal, inversión pública, control, entre otros • Usualmente, su operatividad se da sobre la base de un órgano central que gobierna (rector del sistema) y por un conjunto de unidades descentralizadas 16


Conceptualización de los sistemas administrativos • Son mecanismos que establecen procedimientos, estandarizan conductas y generan información para la supervisión de la conducta pública. • Su finalidad es limitar la discrecionalidad de la administración pública en el uso de los recursos del Estado, dado el carácter temporal de las administraciones.


Conceptualización de los sistemas administrativos • Regulan la forma en que se deben realizar los procesos a través de principios, normas, procedimientos y técnicas. • Con el objetivo de asegurar el uso eficiente de los recursos públicos para el cumplimiento de los fines de una entidad.


Importancia y riesgos de los sistemas administrativos • Dichos sistemas han permitido que el Estado se ordene paulatinamente y son clave para seguir modernizåndolo. • Siempre corren el riesgo de burocratizarse y ser poco efectivos, privilegiando procedimientos antes que resultados, generando costos adicionales.


Importancia de los sistemas administrativos • Los sistemas buscan un objetivo común: el uso eficiente de los recursos públicos. • En tal sentido, resulta necesario que las entidades conozcan y se capaciten en la interrelación existente entre dichos sistemas administrativos.





Sistemas Administrativos- Ley 29158

• En su Art. 46º, la Ley 29158, de 19.Dic.2007 – LOPE,, precisa que los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos. Los sistemas administrativos, de aplicación nacional abarca 11 materias: 1. Gestión de Recursos Humanos 2. Abastecimiento 3. Presupuesto Publico 4. Tesorería 5. Endeudamiento Público 6. Contabilidad 7. Inversión Pública 8. Planeamiento Estratégico 9. Defensa Judicial del Estado 10. Control (El Poder Ejecutivo no ejerce rectoria de este sistema) 11. Modernización de la Gestión Pública Ley 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo

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Los Sistemas administrativos en el Estado Peruano Sistemas Administrativos. Los Sistemas Administrativos tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la administración pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso. Los Sistemas Administrativos de aplicación nacional están referidos a las siguientes materias:


SISTEMA ADMINISTRATIVO

ENTIDAD RECTORA

Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico

Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN

Sistema Nacional de Presupuesto

Dirección General de Presupuesto - MEF

Sistema Nacional de Contabilidad

Dirección Nacional de Contabilidad - MEF

Sistema Nacional de Tesorería

Dirección Nacional de Tesorería - MEF

Sistema Nacional de Endeudamiento Público

Dirección Nacional de Endeudamiento Público - MEF

Contrataciones del Estado

Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE

Sistema Nacional de Inversión Pública

Dirección General de Programación Multianual del Sector Público - MEF

Sistema Nacional de Bienes

Superintendencia de Bienes Nacionales

Empleo Público

Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR

Sistema Nacional de Control

Contraloría General de la República


PRINCIPALES SISTEMAS ADMINISTRATIVOS SISTEMAS ADMINISTRATIVOS

SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO

SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA

SISTEMA NACIONAL DE ABASTECIMIENTO

SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD

SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA

SISTEMA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO LEY Nº 28411

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERIA LEY Nº 28693

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE ABASTECIMIENTO D.LEY Nº 22056

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD LEY Nº 28708

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA LEY Nº 27293

LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO D. LEG. Nº 1088

DIRECCIÓN NACIONAL DE PRESUPUESTO PÚBLICO

DIRECCIÓN NACIONAL DE TESORERÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE ABASTECIMIENTO

DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTABILIDAD

DIRECCIÓN NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO

SISTEMA NACIONAL DE CONTROL LEY Nº 27785 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA




GESTIÓN EFECTIVA DEL SECTOR PÚBLICO



Sistema de Administración Financiera Ministerio de Economía Viceministerio de Hacienda Secretaría Técnica

Sistema Integrado de Administración Financiera SIAF

Comité de Coordinación

Sistema Sistema Sistema Nacional Nacional Nacional de de de Endeudamiento Tesorería Presupuesto (Ley 28563) (Ley 28693) (Ley 28411) ------------------- -------------------- ----------------------DNEP DNTP DNPP

Sistema Gobierno Nacional

Sistema Gobiernos Regionales

Sistema Gobiernos Locales

Sistema Nacional de Contabilidad (Ley 28708) ------------------DNCP

Ley 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Publico

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Administraci贸n Financiera del Estado


Esquema normativo






Principios del Sistema de Presupuesto I • Equilibrio presupuestario: ingresos=gastos • Equilibrio macrofiscal: preservar la sostenibilidad de las finanzas públicas • Especialidad cuantitativa: todo plan debe ser traducido a gasto. • Especialidad cualitativa: el gasto se destina a la finalidad a que se autorizó.


Principios del Sistema de Presupuesto II • Universalidad y unidad: los ingresos y gastos de las Entidades se sujetan a la Ley Anual de Presupuesto. • Integridad: se registra todo ingreso y gasto. • Anualidad: vigencia coincide con año fiscal • Eficiencia en la ejecución de los fondos públicos: ejecución orientada a resultados. • Otros: Transparencia, Program. Multianual...


El Sistema de Presupuesto • Para preservar la solvencia fiscal de mediano plazo, el Estado requiere la elaboración anual del Presupuesto General de la República. • El Presupuesto es el instrumento de gestión que permite a las entidades lograr sus objetivos y metas contenidas en su Plan Operativo Institucional (POI).


El Sistema de Presupuesto • El presupuesto es el reflejo financiero del plan, sin embargo a falta de un ente rector en la materia, cada presupuesto formulado por las entidades de los distintos niveles de gobierno es inercial. • Se precisa asignar los recursos según las prioridades gubernamentales.


Indicadores de desempeño – Los indicadores son instrumentos que proporcionan información cuantitativa sobre los logros de los objetivos de desarrollo planteados. – Permiten realizar estimaciones de los avances alcanzados con el gasto público efectuado. – En el avance hacia un presupuesto por resultados, las entidades deben elaborar indicadores de producto y resultado identificando los medios para su seguimiento y evaluación.


Nociones presupuestarias básicas I • Pliego Presupuestal: entidad que recibe un presupuesto propio en la Ley Anual de Presupuesto. • Fondos públicos: son los ingresos de naturaleza tributaria, no tributaria o por financiamiento. • Crédito presupuestal: es la asignación del gasto, agrupado en gasto corriente, de capital o servicio de la deuda.


Nociones presupuestarias básicas II • Clasificador funcional programático: agrupa los créditos presupuestarios en tres niveles para el análisis de las líneas de acción de las entidades en el cumplimiento de las funciones, objetivos y metas. • Actividades y proyectos: constituyen la asignación de gasto oficial para el presupuesto. Pueden contener varias metas presupuestarias.


Nociones presupuestarias básicas III • Fuentes de financiamiento: tipos de ingreso con que cuenta la entidad. • Genérica del gasto: constituyen grandes agrupaciones de gasto, según naturaleza. Están conformadas por las subgenéricas y específicas de gasto. • Modificaciones presupuestarias: es la variación del presupuesto asignado para un mejor cumplimiento de las metas.


Nociones presupuestarias básicas IV • Compromiso: suscrito el contrato, es el acto por el cual se procede a separar la porción del crédito presupuestal para su financiamiento. • Devengado: acto que reconoce la obligación de pago previa acreditación y conformidad de las prestaciones. • Pago: acto que extingue parcial o totalmente las obligaciones de un contrato.


Las fases del proceso presupuestal

Formulación (estructura funcional, definición de metas y de cadenas de gasto)

Programación (estrategias y productos, demanda de gasto e INICIO

Aprobación (Presupuesto Institucional de Apertura)

Ejecución (Disponibilidad presupuestal, calendarios, gasto)

Retroalimentación Evaluación al siguiente (cumplimiento proceso de metas) FIN


Presupuesto Público Documento en el cual se programan los ingresos y gastos de un país, es decir, es la expresión financiera de lo que el Gobierno pretende llevar a cabo en un período determinado, por lo general un año. En su concepción moderna, el presupuesto es un importante instrumento de programación económica y social al posibilitar la identificación de los objetivos que el Estado pretende alcanzar.


El Presupuesto “El presupuesto constituye el instrumento de gestión del Estado para el logro de resultados a favor de la población, a través de la prestación de servicios y logro de metas de coberturas con eficacia y eficiencia por parte de las Entidades. Asimismo, es la expresión cuantificada, conjunta y sistemática de los gastos a atender durante el año fiscal, por cada una de las Entidades que forman parte del Sector Público y refleja los ingresos que financian dichos gastos.”

Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para año Fiscal 2011, que modifica el Artículo 8°, 8.1 de la Ley N° 28411.- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.


La Normatividad Presupuestaria en el Perú - Constitución Política del Estado Peruano de 1993, Artículos 74°, 75°, 77°, 78° y 80°. - Ley N° 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Estado. - Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. - Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público. - Directivas para la Programación, Formulación, Aprobación, Ejecución, Control y Evaluación Presupuestaria. - Instructivo del Presupuesto Participativo


Las Fases del Proceso Presupuestario El Proceso Presupuestario comprende las fases siguientes: 1. Programación 2. Formulación 3. Aprobación 4. Ejecución 5. Control 6. Evaluación Se sujeta al criterio de estabilidad, situación de sostenibilidad de las finanzas públicas, en términos de capacidad de financiación


Las Fases del Proceso Presupuestario PROGRAMACIÓN

SE ESTABLECEN LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES, PROPONEN LAS METAS, Y SE DETERMINA LA DEMANDA GLOBAL DE GASTO Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS

FORMULACIÓN

SE DEFINE LA ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMÁTICA, LAS METAS Y ARMONIZACIÓN DE LA DEMANDA GLOBAL DE GASTOS

APROBACIÓN

APROBACIÓN POR LEY DEL CONGRESO

EJECUCIÓN CONTROL EVALUACIÓN

SE CONCRETA EL FLUJO DE INGRESOS y EGRESOS

SEGUIMIENTO DE INGRESOS Y EGRESOS CONTROL DE LA LEGALIDAD Y DE LA GESTIÓN DETERMINAR LOS RESULTADOS DE LA GESTIÓN


El Sistema Nacional de Presupuesto El Sistema Nacional de Presupuesto está conformado por: - La Dirección Nacional del Presupuesto Público; - La Entidad Pública; - La Oficina de Presupuesto del Pliego. - El Titular de la Entidad


La Dirección General del Presupuesto Público “La Dirección Nacional del Presupuesto Público como la más alta autoridad técnico-normativa en materia presupuestaria, mantiene relaciones técnico-funcionales con la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad Pública y ejerce sus funciones y responsabilidades de acuerdo con la Ley N° 28112 …”

* Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 5°.


Entidad Pública “… todo organismo con personería jurídica comprendido en los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, incluidos sus respectivos Organismos Públicos Descentralizados y empresas creados o por crearse; los Fondos, sean de derecho público o privado cuando este último reciba transferencias de fondos públicos, las empresas en las que el Estado ejerza el control accionario; y los Organismos Constitucionalmente Autónomos.”*

* Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 5°.


La Oficina de Presupuesto del Pliego “… es la responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad, sujetándose a las disposiciones que emita la DNPP, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la información que se genere así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los Presupuestos y sus modificaciones, los que constituyen el marco límite de los créditos presupuestarios aprobados.”

* Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 6°.


El Titular de la Entidad “… es la más alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable de manera solidaria, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Directorio u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad, según sea el caso. Dicha autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado.”

* Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 6°.


Técnicas Presupuestaria aplicadas en el Perú Las técnicas presupuestarias que se han aplicado en el Perú son: - Presupuesto Tradicional: Hasta 1962 - 63. - Presupuesto por Programa: A partir de 1962 – 63. - Presupuesto Base Cero: De 1982 a 1984. - Presupuesto Funcional Programático: Desde 1997. - Presupuesto por Resultados: A partir de 2007. Es necesario indicar que las tres (03) últimas metodologías se han implementado en el marco del Presupuesto por Programas.

* Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Artículo 6°.


El Presupuesto por Resultados “Artículo 79. Del Presupuesto por Resultados (PpR) 79.1 Presupuesto por Resultados (PpR) es una estrategia de gestión pública que vincula la asignación de recursos a productos y resultados medibles a favor de la población, que requiere de la existencia de una definición de los resultados a alcanzar, el compromiso para alcanzar dichos resultados por sobre otros objetivos secundarios o procedimientos internos, la determinación de responsables, los procedimientos de generación de información de los resultados, productos y de las herramientas de gestión institucional, así como la rendición de cuentas.

UNICA Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 29812 Ley de Presupuesto 2012


Elementos del ciclo de gesti贸n p煤blica


La Gestión basada en el Presupuesto por Resultados versus la Gestión bajo el Enfoque por Procesos

Presupuesto por Resultados (PPR) Es un nuevo enfoque para elaborar el Presupuesto Público en el que las interacciones a ser financiadas con los recursos públicos, se diseñan, ejecutan y evalúan en relación a los cambios que propician a favor de la población, particularmente la más pobre del país. Es una estrategia de gestión pública que vincula la asignación de recursos a productos y resultados medibles a favor de la población, que requiere de la existencia de una definición de los resultados a alcanzar, el compromiso para alcanzar dichos resultados por sobre otros objetivos secundarios o procedimientos internos, la determinación de responsables, los procedimientos de generación de información de los resultados, productos y de las herramientas de gestión institucional, así como la rendición de cuentas.

Enfoque de Procesos

Es una forma de ver a la gestión, un enfoque, una mirada, constituyendo un modelo de gestión. Puede ser también una estrategia dado que define qué hacer en la gestión.


La Gestión basada en el Presupuesto por Resultados versus la Gestión bajo el Enfoque por Procesos

Presupuesto por Resultados (PPR)

Enfoque de Procesos

Se implementa progresivamente a través de los programas presupuestales, las acciones de seguimiento del desempeño sobre la base de indicadores, las evaluaciones y los incentivos a la gestión, entre otros instrumentos que determine el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, en colaboración con las demás entidades del Estado.

Se implementa progresivamente, pero a diferencia del PpR, no sólo mira a los Programas Presupuestales, puede desagregar en actividades o procesos importantes dentro de cada Programa Presupuestal, encontrando una relación de comando entre ellos, de tal manera que pueda llegarse a presupuestar cada proceso.


Sistemas de Control Gubernamental

• En el Perú, el sistema de control gubernamental se aplica sobre el funcionamiento de los sistemas administrativos de los recursos públicos y los sistemas funcionales; comprendiendo las estructuras de Control Interno del sector público; así como por el régimen de responsabilidad que estipula y está previsto en el marco legal y normativo de los funcionarios y servidores públicos • En algunos países, debido a la imposibilidad física del organismo contralor para ejercer por sí solo, integralmente, el control gubernamental sobre un complejo universo de entidades y órganos que integran la administración pública, y la coexistencia de los órganos de control externo e interno que actúan aisladamente, sin coordinación entre si y sin unidad de planes, objetivos y metas; se ha implementado un Sistema Nacional de Control, como es el caso del Perú 65


Sistema Nacional de Control

• En el Perú, el Sistema Nacional de Control, fue creado por D.Ley 19039 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, de 16.NOV.71, el cual definió y reguló su ámbito, organización, obligaciones, responsabilidades y sanciones. Su Reglamento, fue aprobado por D.S. Nº 001-72-CG de fecha 07.MAR.1972 • Posteriormente, el Art. 146º de la Constitución de 1979, precisó: “La Ley establece la organización, atribuciones y responsabilidades del Sistema Nacional de Control” • El Art. 82º de la Constitución de 1993, señala que la Contraloría General es el órgano superior del Sistema Nacional de Control • En la actual Ley 27785, del 22.JUL.2002, el Título II – Sistema Nacional de Control, se establece: Capítulo I - Concepto y conformación del Sistema (arts. 12º al 14º) Capítulo II - Atribuciones del Sistema (art. 15º) Capítulo III - Órganos del Sistema (arts. 16º al 21º) 66


Definición de Sistema Nacional de Control El Sistema Nacional de Control, es el conjunto de: • órganos de control; • normas; • métodos; y, • procedimientos estructurados e integrados funcionalmente, destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada

Ley 27785 - Art. 12.- Definición 67


Órganos del SNC Contraloría General de la República – CGR (Ente técnico rector del SNC) Órganos del Sistema Nacional de Control (SNC)

Órganos de Control Institucional - OCI (Ministerios, Gobiernos Regionales, Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Municipalidades, Empresas, etc.) Sociedades de Auditoría - SOA (Designadas por la CGR, para efectuar Auditorias Financieras Anuales) 68


Normas del SNC MARCO NORMATIVO SUPERIOR

Constituci贸n Ley Org谩nica SNC - CGR Normativa General

MARCO NORMATIVO INSTITUCIONAL

Normativa Operativa

R.C. 049-2011-CG de 22.Feb.2011

Normas Generales de Control Reglamentos Directivas

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Constitución Política del Perú

• Artículo 81°.- La Cuenta General de la República, acompañada del informe de auditoría de la CGR, es remitida por el Presidente de la República al Congreso en un plazo que vence el 15.Nov, del año siguiente al de ejecución del presupuesto • Artículo 82º.- La CGR es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control • Artículo 199°.- Los gobiernos regionales y locales … y están sujetos al control y supervisión de la Contraloría General de la República, la que organiza un sistema de control descentralizado y permanente* *Ley 27680 Ley de Modificación Constitucional, pub. 07.Mar.2002 70


Ley 27785

La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, promulgada el 22.Jul.2002 (pub. 23.Jul.2002), contiene un total de 44 artículos, 3 D.T. y 9 D.F., que se resume a continuación: • Titulo I - Disposiciones Generales (11 Arts.) • Titulo II - Sistema Nacional de Control (10 Arts.) • Titulo III- Contraloría General de la República (23 Arts.) • Disposiciones Transitorias (3) • Disposiciones Finales (9) Modificaciones de la Ley 27785: Ley 28396 de 24.Nov.2004 (RIS) Ley 28422 de 16.Dic.2004 (Ley que modifica el Art. 22º inciso l) Ley 28557 de 27.Jun.2005 (Regula designacion de Jefes de OAI del SNC) Ley 29555 de 12.Jul.2010 (Incorporación de los OCI a la CGR) Ley 29622 de 29.Nov.2010 (Amplia facultades para sancionar la RAF) 71


El Planeamiento en el Sector Público LOS PEI Y LOS PESEM “Los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) son similares a los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), difieren de éstos por tener un alcance institucional a nivel de cada Pliego Presupuestario. La suma de los PEI reflejará con mayor detalle los objetivos estratégicos contemplados en los PESEM y responden a la manera como el pliego presupuestario aporta en alcanzar las metas que se ha fijado el sector al cual pertenece”.

DGPM-MEF: (2001) Planeamiento Estratégico en el Sector Público: “Formulación de los Planes Estratégicos Institucionales 2002 -2006”


El Planeamiento en el Sector Público EL PLAN ESTRATÉGICO: “Es un esfuerzo organizacional, definido y disciplinado que busca que las instituciones definan con la mayor claridad posible su misión y la visión que tienen de esta en el mediano y largo plazo. Constituyéndose en una herramienta poderosa que posibilita la adaptación de la organización a medios exigentes, cambiantes y dinámicos logrando el máximo de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de sus servicios”.

Fuente: FONAFE.- “Manual de Planeamiento Estratégico


El Planeamiento en el Sector Público LOS PLANES OPERATIVOS: “reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica”.

Numeral 71.3 del Art. 71° de la Ley Nº 28411


El Planeamiento en el Sector Público EL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL o, EL PLAN DE TRABAJO INSTITUCIONAL (PTI) “es un documento de gestión mediante el cual se define con claridad los objetivos que persigue en relación a las funciones previstas en su Ley de creación que sirve como guía técnica y política con la finalidad de orientar a sus funcionarios y servidores, hacia el logro de las metas Institucionales”.

Directiva Nº 002 – 94 – INAP / DNR, Normas para la Orientación, Formulación, Aplicación, Evaluación y Actualización del Plan de Trabajo Institucional


El Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico •

En el Estado se perdió por muchos años la visión de largo plazo debido a la eliminación de la institución a su cargo (Instituto Nacional de Planificación, desactivado el año 1992). El sistema estuvo sin ente rector por muchos años, la DGPM – MEF y PCM se hicieron cargo de las funciones del INP. El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN implementado el año 2008 ha elaborando el PLADES.


El Planeamiento Estratégico • Para decidir cómo utilizar mejor los recursos escasos se requiere de una prospectiva articulada de largo plazo. • Objetivo: definición concertada de una visión de futuro compartida y de los objetivos y planes estratégicos para el desarrollo nacional.


Niveles de Planificación del Estado • Nacional: Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PLADES) • Sectorial: Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) • Institucional: Plan Estratégico Institucional (PEI) • Programático: Plan Operativo Institucional (POI)


Plan Estratégico de Desarrollo Nacional El PLADES o Plan Bicentenario: Perú hacia el 2021. • Contiene la definición concertada de una visión de futuro compartida y las políticas para guiar las tomas de decisiones públicas y privadas hasta el 2021, contando con seis objetivos estratégicos de desarrollo. 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Derechos fundamentales y dignidad de las personas Oportunidades y acceso a los servicios Estado y gobernabilidad Economía, competitividad y empleo Desarrollo regional equilibrado e infraestructura Recursos naturales y ambiente

Nota: Estos objetivos generales, se disgregan en objetivos específicos, que a su vez son desarrollados por diversas entidades.


Instrumentos de planificación del Estado según su alcance • El Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) contiene el diagnóstico de cada sector, su misión y visión, muestra los objetivos estratégicos y las líneas de acción para un determinado periodo multianual, acordes al PLADES. • Se elabora un PESEM por cada ministerio. Las entidades adscritas a cada ministerio formulan sus planes considerando a este instrumento como guía.


Instrumentos de planificación del Estado según su alcance • El Plan de Desarrollo Concertado (PDC) es una herramienta de gestión multianual para el planeamiento territorial (geográfico), cuenta con la participación de la ciudadanía y del sector privado (es un medio para ejercer la democracia directa). • Se elabora a nivel de los gobiernos regionales, provinciales y distritales. Contiene los acuerdos y compromisos con la comunidad, concordantes con los planes sectoriales y nacionales.


CONCLUSIONES

 Existe un grupo con un grado alto de profesionalidad en funciones económicas y reguladoras del Estado, mientras existe un sistema de empleo fragmentado y poco profesionalizado donde no hay aún meritocracia ni carrera pública.  El costo fiscal del empleo público equivale casi el 40% de los gastos del gobierno, en parte debido a la baja presión tributaria, y representa casi el 6,6% del PBI, ubicándose sobre el promedio regional.  El Estado presenta una baja eficacia -efectividad- en la prestación de bienes y servicios, siendo crítico la provisión de infraestructura y de servicios de carácter social.  El estado muestra un buen desempeño en áreas de conducción macroeconómica y fiscal, y en áreas reguladoras.


CONCLUSIONES

 Las causas de la baja eficacia son: la baja capacidad del erario fiscal peruano, la excesiva rigidez presupuestaria. Para solucionar uno de los factores, la baja capacidad del erario fiscal, el Estado ha comenzado a hacer algunas acciones como mejorar la eficacia de la administración pública (Modernización de la gestión del Estado).  Perú presenta fuertes ineficiencias debido a: una inadecuada participación de los interesados en la toma de decisiones sobre gasto (instituciones políticas y sociedad civil), la ausencia de una dirección estratégica, la debilidad de los organismos implementadores del gasto (especialmente los locales), la inercia presupuestaria e insuficientes incentivos, un bajo nivel de integración y consistencia de los sistema de información de gestión pública, y la debilidad del sistema de adquisiciones públicas.


CONCLUSIONES

 El Estado es una organización compleja que viene atravesando un proceso de reforma y modernización en sus sistemas administrativos.  Cuenta con una serie de instrumentos de planificación, la cual se requiere sea concertada y unificada para el uso eficiente de los recursos.  El presupuesto por resultados es una herramienta que propicia la vinculación entre los sistemas de planificación y presupuesto.


BIBLIOGRAFÍA 1. BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO. La gestión para resultados en el desarrollo. Avances y desafíos en América Latina y el Caribe. 2010 (pp. 19-37) 2. Bonifacio, J. A., & Falivene, G. (2002). Análisis comparado de las relaciones laborales en la administración pública latinoamericana: Argentina, Costa Rica, México, y Perú (No. 19758). Inter-American Development Bank. (pp. 10-20) 3. Giesecke, A., & Hurtado, I. (1987). Cómo funciona la administración pública peruana?: la burocracia estatal y la regulación y gestión del desarrollo. Fundación Friedrich Ebert. (pp. 10-30) 4. INSTITUTO LATINOAMERICANO Y DEL CARIBE DE PLANIFICACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL – ILPES. 2003. SERIE seminarios y conferencias. Gestión pública por resultados y programación. (pp. 67-130) 5. LONGO, Francisco y Tamyko Ysa (eds.). Los escenarios de la gestión pública del siglo XXI. Escola d’ Administració Pública de Catalunya. 2008. (pp. 111-148) 6. Mostajo Guardia, R. (2002). El sistema presupuestario en el Perú. Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES). Chile. (pp. 25-40)


BIBLIOGRAFÍA 7. Prats I Catala, J. (1998). Administración pública y desarrollo en América Latina. Un enfoque neoinstitucionalista. Revista Reforma y Democracia, (11), 7-48. 8. Shack, N. (2006). Presupuestar en Perú. Naciones Unidas, CEPAL, ILPES. (pp. 13-22) 9. Shepherd, G. (1999). Administración pública en América Latina y el Caribe: en busca de un paradigma de reforma. De burócratas a gerentes, 69-103. 10. PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ. Escuela de Gobierno y Políticas Públicas. Lima: Materiales en soporte electrónico de los cursos: “Modernización del Estado” (diciembre 2010), “Planeamiento Estratégico del Sector Público” (febrero 2011); y, SNIP (abril 2012). 11. PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ. Centro de Educación Continua. Lima: Material de Estudio del curso “Enfoque y Gestión de Procesos en la Administración Pública” a cargo del Lic. Ricardo Camacho. 2012. 12. UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO. Escuela de Postgrado. Lima: Material del curso: “Gestión Estratégica del Sector Público”. Maestría en Gestión Pública. 2013


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