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ACTIVIDADES UNIDAD 2. EL DPTO. DE RRHH. 1. MHE pág. 30-5: a) ¿Cómo se califican las faltas que cometen los trabajadores? Toda falta cometida por un trabajador se clasificará, atendiendo a su importancia y trascendencia, en leve, grave o muy grave. b) Extracta las principales actuaciones de los trabajadores que pueden dar lugar a algún tipo de falta. 1. La suma de faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo cuando exceda de quince minutos en un mes. 2. El abandono del trabajo sin causa justificada. 3. Falta de aseo y limpieza personal cuando sea de tal índole que pueda afectar al proceso productivo e imagen de la empresa. 4. Utilizar los medios de comunicación de la empresa para usos distintos para los que esté habilitado. 5. La suma de faltas de puntualidad en la asistencia al trabajo, cuando exceda de treinta minutos en un mes. 6. Ausencia al trabajo sin la debida autorización o causa justificada, de un día al mes. 7. La desobediencia a las órdenes de los superiores en cualquier materia de trabajo. 8. Realizar, sin el oportuno permiso, trabajos particulares durante la jornada laboral. 9. Facilitar la clave de acceso individual a otra persona, simular la identidad de otro utilizando su clave y la creación de copias de ficheros sin la autorización de la empresa. 10. La reincidencia en falta leve, aunque sea de distinta naturaleza, dentro de un trimestre y habiendo mediado comunicación escrita. 11. La no presentación a la Empresa de los partes de baja, confirmación y alta de incapacidad temporal, en los plazos legalmente establecidos. 12. La ausencia al trabajo sin la debida autorización o causa justificada de más de un día al mes.


13. El fraude, aceptación de recompensas o favores de cualquier índole, deslealtad o abuso de confianza en las gestiones encomendadas y el hurto o robo tanto a la empresa como a los compañeros de trabajo. 14. La simulación de enfermedad o accidente. 15. Simular la presencia de otro trabajador, por cualquier medio de los usuales para verificar la presencia del trabajador en la empresa. 16. Falta de respeto o consideración al público. 17. Hacer desaparecer o causar desperfectos en primeras materias, útiles, herramientas, maquinarias, aparatos, instalaciones, edificios, enseres y documentos de la empresa. 18. Violar el secreto de la correspondencia o documentos reservados de la empresa. 19. La continuada y habitual falta de aseo y limpieza. 20. Los malos tratos de palabra u obra, abuso de autoridad, falta de respeto y consideración a los jefes o familiares, así como a los compañeros de trabajo y al público en general. 21. La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo. 22. Prestación de tarjeta de compra a personas no autorizadas para su uso. 23. Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento normal de su trabajo. 24. Transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo. 25. No respetar las medidas de protección derivadas del Plan de Prevención de Riesgos. 26. El incumplimiento o abandono de las normas y medidas establecidas por la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 27. Toda conducta, en el ámbito laboral, que atente gravemente al respeto a la intimidad y dignidad. 28. La transgresión de las normas de seguridad informática 29. La reincidencia en falta grave.


c) Realiza una relación de las mayores sanciones que pueden acarrear cada tipo de falta, según su clasificación. 1. Por faltas leves: Amonestación por escrito. Suspensión de empleo y sueldo hasta tres días. 2. Por faltas graves: Suspensión de empleo y sueldo de cuatro a quince días. 3. Por faltas muy graves: Desde la suspensión de empleo y sueldo de dieciséis a sesenta días hasta la rescisión del contrato de trabajo en los supuestos en que la falta fuera calificada en su grado máximo. 2. MHE pág. 30-6: a) Los derechos sindicales Artículo 35. Derechos sindicales. Las partes firmantes se reconocen como interlocutores válidos en orden a instrumentar unas relaciones laborales, basadas en el respeto mutuo y tendentes a facilitar la resolución de cuantos conflictos y problemas suscite la dinámica social en la empresa. En lo que respecta a los derechos y funciones de los/as delegados/as sindicales, ambas partes estarán a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Libertad Sindical. b) Los procedimientos de solución de conflictos. Artículo 39. Comisión mixta. Para la interpretación y desarrollo de lo pactado en el presente Convenio Colectivo, se constituirá una Comisión Mixta compuesta por dos miembros de cada una de las dos partes negociadoras y que entenderá, necesariamente, con carácter previo del tratamiento y solución de cuentas cuestiones de interpretación colectiva y conflictos de igual carácter puedan suscitarse en el ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo. Así como adecuar el convenio a los cambios normativos que se produzcan durante su vigencia. En el supuesto de discrepancia en el seno de la Comisión Mixta las partes, de mutuo acuerdo, podrán someter las mismas a un procedimiento de mediación, finalizado el cual sin resultados positivos, podrán ejercer las acciones que estimen pertinentes.


Artículo 40. Solución extrajudicial de conflictos laborales. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3.3 del Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales y 4.2.b) del Reglamento que lo desarrolla y, en base a lo dispuesto en el artículo 92.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda adherirse en su totalidad al Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales, así como, a su Reglamento de aplicación, vinculando en consecuencia, a la totalidad de los trabajadores y a la Empresa en el ámbito territorial y funcional que representan. d) Localiza el capítulo en el que se regula la seguridad y salud laboral, e indica cual es el objetivo de la regulación de estos aspectos en este convenio colectivo. Artículo 29. Prevención de riesgos laborales y salud laboral. 1) La empresa garantiza al personal la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. El Servicio de Vigilancia de la Salud de la empresa desarrollará un programa de exámenes de salud iniciales y periódicos conforme a protocolos específicos. Así mismo, la empresa realizará campañas preventivas y de salud, como campaña de vacunación. 2) Evaluación de riesgos laborales. La empresa dispondrá en todos sus centros de trabajo de la evaluación inicial de riesgos y planificación de la actividad preventiva. Deberá actualizar dicha evaluación inicial mediante evaluaciones de riesgos periódicas y planificadas y por inspecciones técnicas tras accidente laboral y cambios en el proceso productivo. Las evaluaciones de riesgo contendrán necesariamente un análisis de las condiciones de trabajo tanto desde el punto de vista de la seguridad e higiene industrial como de los factores ergonómicos y psicosociales derivados del trabajo. 3) De conformidad con el artículo 35.4 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, las competencias de la delegación de Prevención y Comités de Seguridad y Salud serán ejercidas por el Comité Intercentros de Seguridad y Salud como interlocución del conjunto de los centros de trabajo incluidos en el ámbito de aplicación de este convenio.

3. MHE pág. 31-7: Tabla Salarial 2014 Puesto de trabajo: Auxiliar administrativo. -Permanencia: menos de 3 años. Gerente A. Salario Base Anual: 15.160,50 € Salario base mensual: 1010,70 € -Permanencia: más de 3 años. Gerente A. Salario base Anual: 15.304,95 € Salario base mensual: 1020,33 €


4. MHE pág. 31-10 CAPÍTULO XIII Beneficios sociales Artículo 78. Suministro de energía eléctrica. 1. El personal de las Empresas incluidas en el ámbito funcional del presente Convenio, disfrutará, dentro del Estado Español, de la tarifa eléctrica de empleado en su primera y/o segunda vivienda, para alumbrado y uso doméstico exclusivos del trabajador y de los familiares a su cargo o ascendientes que con él convivan, con un tope de 15.000 kw/h anuales para ambas, al precio de 0,000901 €/kwh. 2. Sin perjuicio de lo previsto en el punto anterior, el derecho al suministro de energía eléctrica, en los términos en los que el mismo esté previsto en norma, Convenio Colectivo o pacto que resulte de aplicación y con el carácter que se establece en el punto 7 de este artículo, seguirá en vigor para los trabajadores, activos y pasivos, que lo vinieran disfrutando a la firma del I Convenio Marco. 3. El exceso de consumo sobre el cupo máximo anual previsto, se facturará al precio fijado en el Acuerdo Previo de Valoración que se encuentre vigente en cada momento a efectos de valoración de la tarifa como salario en especie. 4. El coste del exceso de consumo a que hace referencia el párrafo anterior será descontado en la nómina del mes siguiente a aquel en que se produjera el mismo, siempre que el trabajador no comunique a la Empresa otro procedimiento de pago. 5. De acuerdo con el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, serán de cuenta del empleado las cargas fiscales derivadas del mencionado suministro. 6. Cada trabajador tendrá derecho a la contratación, dentro del cupo máximo anual, de la potencia que estime adecuada a sus necesidades. 7. A efectos del disfrute de este derecho, ambas partes reconocen que se trata de un salario en especie de carácter individual. 5. MHE pág. 33-13 Enumera al menos cinco tareas que se desarrollen en cada una de las secciones del Dpto. de RRHH que aparece representado en la siguiente figura:


Planificación, reclutamiento y selección: -Estudios del mercado laboral. -Planificación de las plantillas. -Reclutamiento y selección de nuevos trabajadores. -Acogida e inserción de los recién contratados. -Relaciones con las ETTs. Administración de personal: -Realización, firma y registro de contratos de trabajo. -Creación y mantenimiento del expediente laboral de los trabajadores. -Elaboración de recibos de salarios. -La gestión de la incapacidad temporal por enfermedad, accidente y maternidad. -La gestión administrativa de las medidas disciplinarias. Retribución: -Realización de estudios salariales. -Establecimiento de sistemas retributivos. -Elaboración de sistemas de medición de resultados individuales y grupales. -Elaboración de un sistema de incentivos. Desarrollo de RRHH: -Estudio de la motivación laboral y métodos de motivación. -Diagnóstico y tratamiento del clima laboral. -Diseño de planes formativos. -Puesta en marcha de planes de formación. -Diseño y establecimiento de planes de carrera profesional. Seguridad y salud laboral: -Organizar revisiones médicas periódicas. -Asistencia en caso de enfermedad y accidente dentro de la jornada laboral.


-Establecimiento de medidas de prevención de accidentes y enfermedades profesionales. -Campañas de sensibilización para prevenir accidentes. -Análisis y evaluación de los costes del desarrollo de la prevención de riesgos. Beneficios sociales: -Seguros colectivos de vida. -Fondos de pensiones a cargo de la empresa. -Guarderías y cuidado de niños. -Flexibilidad horaria. -Préstamos y anticipos.

6. MHE pág. 36-15:

7. MHE 39-2 Aplicando las políticas de desarrollo como son los cursos de formación, la definición de carreras profesionales y la implantación de políticas de conciliación de la vida profesional y laboral se consigue que los trabajadores estén motivados en su puesto de trabajo, lo que implica que se mejora la productividad, se reducen los costes y se consigue una mejor atención al cliente y por lo tanto, una mayor satisfacción de los clientes.


8. MHE 39-3 -Políticas de formación. -Estrategias de motivación -Valoración de los puestos de trabajo. -Evaluación del desempeño. -Carreras profesionales. -Políticas de conciliación e igualdad. 9. MHE 39-4

10. MHE 39-7 Gestión de personal………………Planificación de RRHH Selección de personal…………… “ “ Planificación de plantilla……….. “ “ Control del absentismo………….Administración de Personal Régimen disciplinario……………. “ “ Gestión de permisos…………….. “ “ Estudio del absentismo………… “ “ Bajas por enfermedad…………. “ “ Elección de contratos………….. “ “ Nóminas y seguros sociales…. “ “ Formación de personal………..Desarrollo de los RRHH Evaluación motivación………… “ “ Negociación colectiva…………. Relaciones laborales


Extinción de empleo…………. “ “ Guarderías……………………….. Beneficios sociales o servicios empleado Seguros colectivos de vida… “ “ “ Residencias de vacaciones… “ “ “ Economatos……………………… “ “ “ Servicios médicos de empresa..…Seguridad y Salud Laboral Estudio incentivos……………………..Retribución y compensación. 11. MHE 38-Test de repaso 1. d) 8. c) 2. b) 9. a) 3. a) 10. d) 4. b) 11. b) 5. d) 12. c) 6. c) 13. d) 7. b) 14. a)

al


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