GremiTaller nº37

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REVISTA GREMITALLER JUNY / JULIOL

2012

Num.

37

GREMI

Obligaciones salariales GREMI

Cura amb fums del dièsel GREMI

Formación bonificada FECATRA

Peticions Indústria PUBLICACIÓ OFICIAL GREMI DE TALLERS DE REPARACIÓ D’AUTOMÒBILS DE BARCELONA.

Sant Cristòfol 2012 1


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GREMI

Editorial

La falta de organización en el taller Todos los datos económicos que se estan publicando desde ya hace más de 6 meses nos confirman una noticia objetivamente negativa para la posventa del automóvil. Hay menos circulación privada, y menos venta de combustible y de lubricantes. Esto demuestra que cae la actividad del taller porque el vehículo no se desgasta, la raíz del problema es la reducción de la capacidad de gasto del usuario del automóvil. Así pues, es tiempo de reducción de ingresos, y por tanto, el taller ha de centrarse en el análisis de sus gastos y de su propia organización como empresa, para poder capear esa situación. Primer punto de análisis: La estructura de nuestro taller; ¿hay una adecuada proporción de mano de obra que puede facturar con la que se dedica a la administración? Edita: Gremi Provincial de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona President: Celso Besolí Plaça Dr. Letamendi, 37 6è 08007 Barcelona Telf. 93 451 66 67 Director Editorial: Armando Higueras Diseño y maquetación: Disgraph, S.C.P. Edición gráfica: Anglofort, S.A Secretaria: Montse Barrionuevo Consejo de Redacción: Lluís Camarasa, A. Higueras, Ángela Gándul y Ramón Tejedor. Colaboradores: Vicente Blasco, Ramón Casas, Yolanda Aguilar, Teresa Raventós y Centro de Estudios Legales. Creación y edición: Gremi de Tallers. Redacción y publicidad: Gremi de Tallers.

Muchos manuales de organización establecen que por cada 4 horas (algunos dicen 3) que se dedican al trabajo del taller facturable, ha de haber 1 hora dedicada a la administración, y hasta la atención al cliente que es básico. Si no se sigue este criterio y el taller dedica más tiempo proporcional a la administración, el resultado es que el coste de producción (la base de nuestro precio hora) se dispara y nos hace poco competitivos ante la competencia. A ese taller le será difícil mantener a sus clientes con la adecuada relación calidad/precio. Segundo punto de análisis: ¿Qué tiempo de facturación se hace en el taller y cuántas horas hay de dedicación posible? ¿Qué se paga de salario a los empleados? Con la reciente legislación laboral es posible pensar que si se analiza el caso de cada taller puede haber alguna opción de reconfigurar la empresa antes de pensar en despidos costosos económica y emocionalmente. Un taller debe al menos conseguir facturar el 80% del tiempo de trabajo disponible; si no lo hace ha de revisar su productividad, y también conseguir más clientela. Eso supone dominar los baremos, establecer una mínima organización y control del trabajo del operario (o del dueño de taller) y aun analizar porqué no se consiguen esos tiempos; sea problema de formación, o de falta de equipamiento técnico; en todo caso ha de concretar con objetividad qué problema tenemos para poder aplicar soluciones. Si nos “sobra tiempo” es que nos falta clientela, y en ese caso ha de acudirse a una posible reestructuración de la empresa, y paralelamente salir a vender el taller a la vecindad; hay que salir a buscar clientes y centrarse en los usuarios que son cercanos geograficamente al taller. Desde el Gremio podemos ayudarle con esos análisis, pero lo principal para el negocio del taller es que no se olvide que vendemos trabajo, horas, y lo demás es complementario porque sin facturar horas casi nunca hay nada más. President Celso Besolí

Sumari Editorial La reforma parcial de l’Impost sobre Societats Averiguación de la solvencia de nuestro deudor Formación bonificada Prevenir sancions per manca de papers El taller ha de poder acreditar la seguridad de sus equipos y de su manejo en cualquier circunstancia Noticies del Gremi No cumplir correctamente con las obligaciones salariales y de cotización origina resposabilidades al empresario Quan tinguis algun problema pensi en el Gremi, s’estalviarà diners Elevadores y máquinas en general Sant Cristòfol 2012

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Riesgo de cáncer por la combustión del diesel Modelo de solicitud para pedir indemnización por citación judicial Ley de Enjuiciamiento Civil - Artículo 375. Indemnizaciones a los testigos Cartel aviso necesidad de seguros Circular de Cetraa Carta adreçada al Conseller, Sr. Xavier Mena, de la Generalitat de Catalunya Comprobaciones de la sonda de la temperatura del combustible en motores diésel Recordatori Gremiwebs Talleres con historia: Jorge Molina Tauló d’anuncis

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La reforma parcial de l’Impost sobre societats

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ntre les diferents mesures amb les que el Govern vol redreçar la situació econòmica, la reforma de l’Impost sobre societats era un dels clamors pendents, especialment per part de la Unió Europea, ja que la situació de fallida del sector públic té una relació clara amb la baixíssima recaptació d’aquest impost. Val a dir que el problema no rau en les petites i mitjanes empreses, que tenen un tipus aplicable més moderat, però no es poden acollir a tots els avantatges que el nostre ordenament ha conferit per a conceptes només a l’abast de les grans empreses, sinó a les multinacionals, que poden traslladar els beneficis –amb l’excusa de les despeses de la seu central o la cessió d’ús de patents i procediments- a la seva matriu. Però la reforma afecta també a les petites i mitjanes, en la mesura que elimina alguns dels beneficis que s’havien incorporat en els darrers exercicis. MOMENT D’APLICACIÓ DE LA REFORMA

Lògicament, la reforma no afecta a l’exercici en curs, sinó els que comencen més tard de l’1 de gener del 2012 –que, majoritàriament, seran els que comencen l’1 de gener de 2013- raó per la qual encara s’aplicarà en part d’aquest any a les societats que tenen exercicis que no coincideixen amb l’any natural. Però anem a concretar les mesures:

duir aquestes despeses al llarg dels anys, podent només deduir cada exercici fins al 30 per 100 del benefici operatiu de l’exercici, tot gaudint del 18 anys per a deduir els que restin pendents d’exercicis anteriors. Es considera benefici operatiu el calculat sense amortitzacions ni deteriorament, sense imputació de subvencions, ni les alienacions d’immobilitzat, però afegint els ingressos financers de les participades de volum superior a 6 milions d’euros i percentatge de propietat igual o superior al 5 %. Però s’introdueix la possibilitat de deducció completa en un any si la contribuent acredita “motius econòmics vàlids” per a aquestes operacions de préstec dins del grup. Entenem que només una dificultat administrativa per a invertir o un préstec excepcional i a curt termini per circumstàncies imprevistes es podria considerar, doncs, raó per a la deducció completa d’aquestes despeses. I, en tot cas, es permet deduir el primer milió d’euros. LIMITACIÓ DE LES AMORTITZACIONS

S’ha suprimit la llibertat absoluta d’amortització que ha resultat d’efímera durada, però es mantenen les lligades a la conservació de l’ocupació. PAGAMENTS FRACCIONATS

Fins a hores d’ara es permetia deduir cada any el 5 per 100 de valor pagat pel fons de comerç –actiu intangible- si s’havia adquirit pagant i no provenia d’altre societat del Grup.

S’augmenta el mínim de pagaments fraccionats –al 8 per 100 dels beneficis del darrer període- per a empreses de facturació superior a 20 milions d’euros, però es podrà reduir al 4 per 100 si la societat obté un 85 % o més de rendes exemptes per doble imposició internacional o obtingudes per mitjà d’establiment permanent a l’estranger (reduïts, respectivament, al 4 i al 2 per 100 pel que fa a venciment del 20 d’abril de 2012.

Ara es redueix a deducció de l’1 per 100 anual.

LLIBERTAT D’AMORTITZACIÓ PENDENT D’APLICAR

IMMOBILITZAT FINANCER

Per a períodes posteriors, les amortitzacions deduïbles tindran el límit del 40 per 100 de la base imposable prèvia (és a dir, abans d’aplicar aquestes amortitzacions) inclús quan provinguin d’exercicis anteriors.

LIMITACIÓ DE LA DEDUCCIÓ PER AMORTITZACIÓ DEL FONS DE COMERÇ

També es limita en un 1 per 100 anual l’amortització anual de participacions en ens filials que tinguin un valor real inferior al d’adquisició i no provinguin d’empreses del Grup. LIMITACIÓ DE DEDUCCIÓ DE DESPESES FINANCERES

No limita la deducció de totes les despeses financeres, sinó només de les que venen carregades per empreses del mateix grup. La situació anterior permetia crear una participada amb un capital insuficient, cedir-li diners i cobrar-li els interessos sense limitació. Això provocava que la filial no obtenia beneficis i no havia d’ingressar per l’Impost, mentre que la matriu –normalment estrangera- obtenia beneficis i pagava el seu impost al país d’origen. Ara es limita aquest efecte i l’empresa resident a Espanya només podrà de-

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Aplicació a l’Impost sobre la renda de les persones físiques S’aplica la modificació a les inversions dels empresaris autònoms –no subjectes a mòduls- posteriors a la publicació del Reial decret llei. En cas d’alienació dels béns, no es prendran en compte les amortitzacions que excedeixin del que regulava el règim comú. Conclusions Es tracta, doncs, de mesures molt puntuals i normalment poc aplicables a les petites i mitjanes empreses. Però queda clar que la tendència ja no serà a concedir noves deduccions, sinó tot al contrari: eliminar bonificacions i règims especials.


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Averiguación de la solvencia de nuestro deudor Recoger datos identificativos previos del cliente es IMPRESCINDIBLE

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l taller tiene la Orden de Trabajo / Presupuesto debidamente firmada por el cliente, los trabajos encargados ya han finalizado, el taller ha emitido la correspondiente factura y se la ha remitido al cliente, no obstante, éste no paga.

¿Qué hacer frente al moroso?

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Podemos acordar un aplazamiento o/y fraccionamiento del pago, lo cual siempre es imprescindible que se establezca por escrito debidamente firmado por ambas partes. Se podrán establecer intereses por dicha forma de pago, intereses de demora en caso de retraso, avalistas, fiadores, etc.

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Si lo anterior no es posible, el siguiente paso puede ser enviarle reclamación extrajudicial. Es decir, informar al deudor por escrito, de un modo fehaciente (que posteriormente podamos hacer valer en un procedimiento judicial), la existencia de la deuda y nuestra intención de reclamarle judicialmente si no atiende a la misma en el plazo que le otorguemos.

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Si aún así, el deudor no procede al pago, el taller debe valorar la posibilidad de reclamar la deuda a través de procedimiento judicial.

El primer paso aconsejable es conocer el estado de cargas del propio vehículo que nos han dejado en depósito para reparar a través de un informe del Registro de Vehículos a través de la matrícula del vehículo. Éste, como todo bien del deudor, puede responder de la deuda, con la ventaja para el taller que lo tiene localizado. Pero si el vehículo tiene alguna reserva de dominio o embargo, la solvencia es prácticamente nula porque el crédito del taller se constituiría después de las reservas de dominio ya constituidas e inscritas en el Registro correspondiente. Como hemos hecho referencia anteriormente, dentro de un procedimiento de ejecución, a través del Juzgado, tenemos más herramientas para conocer con detalle el patrimonio del deudor (cuentas corrientes y sus saldos, salarios, pensiones, prestaciones, ingresos profesionales, etc). Fuera del procedimiento judicial esas herramientas son mucho más limitadas, por eso es importante conocerlas y, sobre todo, saber “interpretar” los resultado conseguidos para poder tener una idea de la situación patrimonial de nuestro moroso, y por tanto, su capacidad a responder de nuestra deuda. La segunda parte de este artículo se publicará en la próxima revista 38.

A pesar que el consejo, a priori, es reclamar judicialmente la deuda a fin de obtener una resolución judicial que nos reconozca como acreedores del deudor y poder acudir al procedimiento de ejecución a través del Juzgado para que embarguen el patrimonio del deudor, la valoración previa es importante, en la medida en que hay que analizar tres parámetros importantes:

a/ Cuantía de la deuda. b/ Los costes que puede acarrear para el taller iniciar un procedimiento judicial.

c/ Posibilidad de cobro. Es decir, la solvencia del deudor. Tras esta valoración se podrá determinar si se inicia o no procedimiento judicial; qué tipo de procedimiento y en qué momento. En este artículo nos centraremos en dar unos apuntes sobre la tarea de averiguar la solvencia del deudor.

Conocer la solvencia del deudor; ¿Por dónde empezamos? La solvencia de un deudor sólo podremos conocerla comparando su activo y pasivo, es decir, determinar el valor neto de su patrimonio.

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GREMI

Formación bonificada

Una plantilla con una mejor cualificación ayuda a un rendimiento más eficaz y eficiente para el taller.

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odas las empresas que dispongan de trabajadores en Régimen General de la Seguridad Social y que, por tanto, cotizan en concepto de formación profesional disponen de una cuantía anual (crédito de formación) para bonificar los costes de la formación que realicen esos empleados. Si Vd. tiene empleados tiene tal crédito que puede invertirse libremente en formación. Su importe resultará de aplicar a la cuantía ingresada por su empresa el año anterior en concepto de cuota de formación profesional, el porcentaje establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, determinado en función del número de trabajadores. El crédito es anual y no acumulable, es decir, si no se emplea en el ejercicio en curso lo pierde y para el siguiente año se vuelve a contar con el mínimo de 420 €. El organismo encargado de gestionar este sistema de bonificación es la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, ante la que hay que realizar una tramitación especial para tener derecho a la bonificación. ¿Qué debemos hacer para bonificarnos la formación? El taller con empleados que desee bonificarse el importe pagado por la formación de sus trabajadores deberá cumplir obligatoriamente con unos trámites a realizar ante la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo y disponer para ello de Certificado Digital válido. Dichos trámites pueden delegarse en una ENTIDAD ORGANIZADORA que será la encargada de realizar las comunicaciones de inicio y finalización de la acción formativa en la que participan sus trabajadores y de formalización de la bonificación. Para ello deberá adherirse al Convenio de Agrupación de Empresas y facilitar la información necesaria para la tramitación a la Entidad Organizadora. Este año el Gremi ha suscrito un Convenio de Agrupación de Empresas y se ha registrado como ENTIDAD ORGANIZADORA ante la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.

A partir del próximo mes de Septiembre, los talleres agremiados que lo deseen podrán adherirse a dicho Convenio y beneficiarse de la bonificación de la formación de sus trabajadores en los cursos que se programarán y de los que informaremos debidamente.

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¿Cómo conozco el crédito de que dispongo en mi empresa? Para conocer el crédito formativo de que dispone una empresa hay que partir, en primer lugar, del número de trabajadores que disponga en plantilla. Sume todas las casillas 501 de los TC1 del año anterior y multiplique su resultado por el 0,7% y obtendrá así el montante anual de su cotización en concepto de formación profesional. Al importe que resulte aplicaremos los porcentajes de la siguiente tabla:

Empresas de 1 a 5 trabajadores Empresas de 6 a 9 trabajadores Empresas de 10 a 49 trabajadores Empresas de 50 a 249 trabajadores Empresas de 250 a más trabajadores

420 € garantizados 100% 75% 60% 50%

Si nuestro taller no supera los 6 trabajadores, el Estado nos garantiza 420 € anuales independientemente del resultado de la operación anterior, aunque si la suma resulta superior a esa cifra prevalecería el importe más alto. En caso de tener una plantilla superior a 5 trabajadores, al resultado de la operación, habrá que aplicar directamente los porcentajes de la tabla. En cualquier caso, y si Vd. delega la formación en una ENTIDAD ORGANIZADORA, como lo es el Gremi, le podremos informar del crédito de que dispone.

¿Cómo me deduzco el importe que me corresponda? Una vez finalizada la formación, su empresa recupera el importe que le corresponde aplicándose una bonificación en la cotización a la Seguridad Social, a partir del mes siguiente a la finalización del curso. Será requisito imprescindible para ello: • Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la seguridad social • Haber pagado el importe correspondiente a la formación El Gremi dará a cada empresa participante una certificación con el importe a deducir y los plazos para ello a fin de que el taller informe a su profesional de confianza que le tramita los seguros sociales para que le practique la deducción.


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Prevenir sancions per manca de papers

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i un client fa denúncia, el taller tot i que hagi fet bé la feina, pot ser sancionat per part de Consum, i d’altres Departaments per moltes raons de manca de papers.

Això no és gaire nou; ja fa 25 anys en aparèixer una norma de tallers el Decret 147/87 va passar que el 75% de tallers no feien constar la garantia en la factura, el 72% no donaven còpia de l’ordre de reparació i el 50% feien l’Ordre malament (de la feina no deien res). Vist els antecedents, avisem que com hi han noves normes pot passar el mateix. Cal tenir bé els papers del taller i evitar reclamacions, per poder defensar-se de clients que amb mala fe puguin tractar de condicionar-lo.

PUNTS DELICATS FACTURES i LLEI DE GARANTIES Les factures han de detallar les feines fetes i el material/recanvi aportat. Art. 251.3.7 del Codi de Consum i la garantia oferta; en serveis al menys 3 mesos i mínim de 6 el material (art. 15 del Decret de Tallers i la normativa de protecció a l’usuari) apart de la de protecció de dades.

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També cal donar factures als clients, com a propietaris dels vehicles encara que sigui una asseguradora la que pagui. Les factures han d’indicar el preu de mà d’obra separat del material, i l’IVA explicitat de la part del preu al que s’ha d’aplicar. ORDRES DE TREBALL (Nou Codi de Consum, Llei 22/2010) L’art. 251.3.2 estableix les condicions dels fulls d’encàrrec de reparació o de pressupost. Ja no val la renúncia al pressupost en un imprès, sinó que si el client no vol pressupost ha de escriure a mà que renuncia a ell; o fer un full on consti el preu del servei que demana.

El Gremi ha creat un model específic de Full d’Encàrrec de servei o reparació que reuneix les condicions que demana la norma. Amb aquest document signat el taller si pot retenir el vehicle si el client no paga la factura; si no té la signatura és il·lícita la retenció, a diferència del que s’admet a la resta d’Espanya.


GREMI

tercers que cobreixi al menys 260.000€. El taller, com industria que és, ha d’estar inscrit al Registre Industrial. L’experiència ens diu que una bona part de pòlisses no tenen en compte aquest aspecte i han d’actualitzar-les, la qual cosa no vol dir de que hagin de ser més costoses. Tal com el Gremi va recomanar la pòlissa de Winterthur a l’època, ara recomana la de Zurich com la més adient pel negoci de taller, que és diferent qualsevol altra de comerç. FULLS RECLAMACIO És tràmit obligat. El client té dret a rebre un joc del taller (i de qualsevol establiment). S’ha de donar sense cap excusa; no s’ha de signar fins que el client el porta omplert, i el taller hagi pogut contestar per escrit del que es queixa l’usuari que l’ha demanat. DECRET DE TALLERS 298/93 Tots els tallers han de tenir a disposició del client un exemplar del Decret de Tallers; els agremiats poden descarregar-lo de la pàgina web del Gremi, així com altres documents que poden aclarir dubtes als taller (com deixar un vehicle de cortesia, reclamar despesa d’estada, etc.). ASSEGURANÇA Llei 12/2008 de Seguretat Industrial, i art. 127 del Reglament. Els tallers han de tenir una pòlissa de responsabilitat civil per danys a

El Gremi pot assessorar de resposta immediatament. PREU HORA Tot taller ha de tenir exposat al públic un Cartell que indiqui el preu dels serveis, per hora de treball, i els especials, com els de fora de jornada, fora de taller i despeses d’estada. El Gremi edita un cartell acurat que a petició del taller es renova quan se’ns demana.

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El taller ha de poder acreditar la seguridad de sus equipos y de su manejo en cualquier circunstancia El Gremi de Barcelona firma la renovación del convenio con GREM Maquinaria Industrial y Global Tecnics. Es primordial evitar los accidentes y las incidencias en el taller, tanto por el trastorno que supone una posible baja de un operario o del mismo autónomo, como por tener que enfrentarse a reclamaciones por deterioros del vehículo del cliente. Con el recrudecimiento de la crisis, los talleres pueden estar preocupados por mantener la rentabilidad de su negocio e incidir en los gastos e inversiones. En el contexto actual es más fácil caer en la tentación de comprar lo más barato, no hacer el mantenimiento cuando toca, hacerle caso a alguien no autorizado, y un largo etc. de situaciones y excusas del momento que más tarde podemos lamentar.

Es muy lógico y lícito conseguir rebajas o precios de saldo, pero es mucho más inteligente negociar la relación Necesidades-PrestacionesPrecio. La sabiduría popular nos lo advierte desde hace generaciones, ya lo decían nuestras abuelas “Els estalvis fan malbé les estovalles”. En el taller no se deben asumir riesgos indebidos por improbables que puedan parecer (la ley de Murphy suele cumplirse) y recomendamos:

1. Al adquirir un equipo exigir y revisar que cumpla la normativa porque las normas están hechas fundamentalmente para trabajar con calidad, seguridad y fiabilidad. 2. Llevar un seguimiento periódico del mantenimiento de todos los equipos para asegurar su productividad. 3. Formar y controlar a los operarios en el manejo diario de los equipos para evitar accidentes o incidencias fortuitas. 4. Utilizar sólo servicios de revisión y mantenimiento con personal competente y cualificado que le proporcionen los certificados, etiquetas o documentación acreditativa de su función.

Si no está seguro de los detalles de la normativa aplicable en cada equipo, llame a su Gremio para informarse.

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Para facilitar a los talleres la consecución de estos objetivos y por la positiva experiencia acumulada, el Gremi de Tallers de Barcelona ha renovado su acuerdo de colaboración con las empresas Grem Maquinaria Industrial SL y Global Tecnics SL, bajo la temática de la aplicación práctica de nuevas normativas de seguridad en el equipamiento de taller de reciente vigencia, con especial atención a las relativas a elevación de vehículos. Uno de los focos principales de accidentes graves en el taller son los elevadores y desde el año pasado está vigente la norma EN1493 que ayuda a una mejor prevención porque obliga tanto a incorporar mejoras técnicas como a incrementar la profesionalidad de los técnicos implicados en el manejo y mantenimiento. El marcado CE es obligatorio. Se trata de un compromiso por parte del fabricante del cumplimiento de las normativas vigentes. Se han detectado elevadores de procedencias varias que, a pesar de aparecen con este marcado, incumplen con los requerimientos mínimos de seguridad. Tampoco es adecuado el auto montaje en este tipo de equipos que en ocasiones son vendidos por internet, pues además del resto de requisitos, se debe documentar el montaje y mantenimiento por personal competente y cualificado. Cualquier accidente o desperfecto causado por el uso de elevadores no acreditados o bien de equipos con deficiencias de adaptación a la normativa es responsabilidad del taller y la aseguradora le puede reclamar al taller el importe del siniestro.

Si en el taller se dispone de elevadores anteriores a la nueva normativa, éstos seguramente pueden adaptarse. Sólo necesita un Estudio de Seguridad que le indique los cambios o mejoras a realizar si fueran necesarios. Mediante el convenio firmado, Global Tecnics puede realizar gratuitamente el Estudio de Seguridad a los talleres agremiados que lo soliciten.

Sr. Miguel Ángel de Gregorio, Gerente de Grem Maquinaria, Sr. Celso Besolí, Presidente del Gremi, y Sr. Josep Pons, Gerente de Global Tecnics.


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Noticies del Gremi

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l President del Gremi. Sr. Besolí, pren el relleu del Sr. Francesc Faura en el Ple de la Cambra de Comerç de Barcelona, per seguir la bona feina de defensa de l’interès del taller des d’una de les institucions econòmiques més importants de Catalunya; el darrer Salon Expomóvil Comercial, especialment adreçat al taller va gaudir del seu impuls Firal.

E

l Vicepresident d’IVECO Parts&Service Mundial Sr. P. Fleck ha visitat recentment a un dels tallers del Gremi, DIESEL PENEDES a Santa Margarida i els Monjos.

Ha estat acompanyat pel Sr. F Santiago, Director de l’entitat per Espanya i Portugal, i ha estat rebut i atès pels Srs. Lluis Marti, Gerent de l’empresa, i J.R. Curtó, gerent de Sideco. Aquesta distinció s’ha produït per la bona consideració de l’entitat IVECO a una de les principals empreses de la seva xarxa, de la que s’avaluen molt positivament les seves opinions, en el nou gir de política comercial que la marca ha decidit establir.

E

l Gremi de Tallers ha donat la veu d’alarma davant d’una proposta del Departament de Consum de la Generalitat que pretén donar capacitat a l’Agència per establir obligacions d’indemnitzar als clients pels “danys i perjudicis” que tinguin si no son ben atesos pel tallers i d’altres empresaris. Foment del Treball esta estudiant el tema que el Gremi entén il·legal però que podria arribar a tindre gran importància en l’exercici de la professió.

Horari d’estiu. Les oficines del Gremi romanen obertes el mes d’agost en horari d’estiu de 8 a 15 h; la resta del any l’horari és de 9 a 14 i de 16 a 19, de dilluns a divendres.

DIESEL PENEDES, S.A. és un taller amb 20 anys d’antiguitat en el Gremi en el sector de vehicle industrial.

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No cumplir correctamente con las obligaciones salariales y de cotización origina responsabilidades al empresario. La importancia de confeccionar bien las nóminas y las cotizaciones.

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a cotización de los empleados por cuenta ajena, es decir, de los empleados asalariados (Régimen General de la Seguridad Social) se produce de acuerdo con el salario que éstos perciben. El salario viene determinado, como mínimo, por las cuantías establecidas en el convenio colectivo, pero también las cuantías que por otros conceptos se establezcan entre empresa y trabajador (retribución voluntaria, etc.). Según establece el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio), el empresario es sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotización y debe ingresar las aportaciones propias y las de sus trabajadores, en su totalidad. El empresario debe descontar a sus trabajadores, en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones, la aportación que corresponda a cada uno de ellos. Si no efectuase el descuento en dicho momento no podrá realizarlo con posterioridad, quedando obligado a ingresar la totalidad de las cuotas a su exclusivo cargo. Asimismo, el empresario que habiendo efectuado los descuentos no ingrese dentro de plazo la parte de cuota correspondiente a sus trabajadores, incurrirá en responsabilidad ante ellos y ante los organismos de la Administración de la Seguridad Social afectados, sin perjuicio de las responsabilidades penal y administrativa que procedan. Por tanto, en el supuesto de falta de liquidez y no poder pagar los boletines de cotización correspondientes a ese periodo, el empresario debería liquidar en el plazo legalmente establecido, al menos, la cuota correspondiente a los empleados, que les habrá descontado de las nóminas. La obligación de cotizar nace con el mismo comienzo de la prestación del trabajo, incluido el periodo de prueba, debiendo siempre coincidir ese momento con la fecha de alta en la Seguridad Social.

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Para causar derecho a percibir las distintas prestaciones vigentes en el actual sistema de la Seguridad Social, además de los correspondientes requisitos de cada una de ellas, existen dos elementos que mayoritariamente determinan su concesión: el tiempo cotizado con anterioridad a que ésta se produzca (carencia) y las bases de cotización (formadas éstas por el salario percibido por el trabajador). Cuando el trabajador cause derecho a una prestación por cumplir las condiciones establecidas para ello, la responsabilidad se imputará, de acuerdo con sus respectivas competencias, a las entidades gestoras (INSS) o Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, no obstante, el incumplimiento por el empresario de las obligaciones en materia de afiliación, altas y bajas y de cotización determinará la exigencia de responsabilidad, en cuanto al pago de las prestaciones, previa fijación de los supuestos de imputación.

El empresario, respecto a los trabajadores a su servicio, será responsable de las prestaciones en los siguientes supuestos: •

Por falta de alta del trabajador en Seguridad Social.

Por falta de ingreso de las cotizaciones, salvo concesión de aplazamiento o fraccionamiento de pago.

Por la diferencia entre la cuantía total de la prestación causada por el trabajador y la que corresponda asumir a la Seguridad Social o Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales por las cuotas efectivamente ingresadas.


GREMI

Cuando sea responsable de las prestaciones el empresario, las entidades gestoras (INSS) o Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales anticiparán el pago de las prestaciones, debiendo el empresario, en unos supuestos, reintegrar después el importe y, en otros, constituir, en el correspondiente Servicio Común de la Seguridad Social, el capital necesario para que se proceda con él abono de la prestación.

Podemos resumir que, si el empresario no diese de alta a un trabajador en Seguridad Social, no cotizara por él, o no cotizara el salario correcto, al producirse una prestación sería responsable del pago de la misma o, en este último caso, de la diferencia resultante entre ambos salarios, aunque la entidad gestora (INSS) o la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales anticipe al pago (luego se resarcirá de la empresa). Por tanto, aunque entendemos que las altas de los trabajadores se están produciendo en la misma fecha en que empiezan a trabajar y

que la empresa abona las cotizaciones, extremos que son fácilmente observables sin dificultad, convendría que se comprobase cada año que son actualizados los importes de los conceptos salariales establecidos en el convenio colectivo, así como que se produce el pago de la cotización de los atrasos si las nuevas tablas salariales no se aplican desde inicios del año, el mes de enero (la Inspección de Trabajo y Seguridad Social lo viene comprobando), porque en caso contrario la empresa podría contraer la responsabilidad en el pago de las prestaciones por la diferencia resultante. Para comprobar este último aspecto puede coger las tablas salariales que le enviamos cada año y verificar que los importes que le aplican en las nóminas son los indicados en las tablas, así como si el cambio de importe se ha hecho desde inicio de año (no habría atrasos) o durante el mismo (generaría atrasos, con las nóminas por la diferencia y su cotización correspondiente). Estamos a su disposición en la Asesoría Laboral del Gremio para cualquier consulta que precise sobre este u otro tema.

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GREMI

Quan tingui algun problema pensi en el gremi, s’estalviarà diners Si hi ha possibilitat l’ajudarem a solucionar-ho La feina continuada de molts anys defensant els interessos legítims dels tallers ens han permès millorar la nostra organització i comptar amb tècnics i personal en general que poden donar resposta a una gran part dels problemes que afecten als tallers, perquè aquests problemes solen ser molt comuns i tenim l’experiència d’haver-ne tractat.

reclamar a la contraria, i documentació per facilitar la feina. Acostuma a sortir a compte pel que es pot guanyar amb la reparació. El Departament Jurídic li facilitarà la informació

ÀREA ECONÒMICA

Uns quants exemples, quin és el seu?

RAONS PER LES QUE PERDEM DINERS EN EL TALLER Sovint els tallers d’avui dia veuen que hi han dificultats econòmiques per seguir el negoci; perquè tenen més despeses que ingressos.

ÀREA D’INDÚSTRIA

Aquesta situació rau quasi sempre, en la mateixa organització del taller.

LEGALITZAR les instal·lacions del taller. El taller té la placa on consta que és legalitzat en mecànica, però no en electricitat; hi ha taller que pot pensar que té més imatge i prestigi professional si també inclou el símbol del llamp, però creu que ha de fer una inversió forta per demanar-ho a Indústria. Molt sovint no cal. Cada 3, 6 i 12 anys s’ha de revisar el compressor; hi ha qui suposa que és un tràmit d’alt cost. El Departament Tècnic li farà els tràmits, amb un estalvi sorprenent.

ÀREA LEGAL

GARANTIR EL COBRAMENT de les factures del taller. Cobrar el treball és bàsic en qualsevol negoci. El primer que cal organitzar és que el vehicle que surti del taller pagui o garanteixi el pagament de la factura. Amb una documentació adient el taller que no vulgui retenir el vehicle, podrà tindre una millor garantía de cobrament. Cal conèixer la solvència del client, quan entra en el taller i quan surt sense pagar. Si el client no és solvent, el taller no cobrarà el seu treball. L’àrea legal pot fer pel taller informes de solvència de gran interès, començar pel vehicle que s’ha reparat o s’ha de reparar i després amb la persona, titular del vehicle; únic responsable legal del pagament.

ÀREA LEGAL

AJUDAR AL CLIENT a reclamar els danys que li han fet. L’interès del cient és que li paguin el que val reparar el que li han fet, i l’interès del taller es poder reparar el vehicle i tenir feina, com a professional, per facturar. L’assegurança obligatòria estableix que el culpable d’un accident ha de pagar la reparació del que ha resultat perjudicat. Hi han pactes entre moltes asseguradores (pensem que no son legals) amb els que sols es paga el valor venal del vehicle perjudicat. El Gremi pot ajudar al taller informant de quin és el real valor venal; facilitant un perit que li pot fer un pressupost detallat de la reparació per

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El Departament econòmic-contable del Gremi, li pot revisar la documentació contable del taller i ajudar-li a establir el seu preu-hora òptim, a orientar-li en l’organització del taller i amb el Dept. de Projectes ajudar-li a millorar el seu markèting pels clients.

ÀREA LABORAL

CONTROLAR el que ens costa el personal del taller. La despesa laboral suposa més del 60% de promig, de totes les despeses del taller. POT CONTRACTAR TOT TIPUS DE SERVEIS D’AQUESTA ÀREA!

ÀREA INFORMÀTICA

LEGALITZAR arxius en l’Agència de Protecció de Dades. No cal fer abonaments pel tràmit anyal de regular aquesta obligació per un taller. Sols té que fer-ho una vegada, i no li passarà en general d’uns 230€. No cal fer cursets per legalitzar-se en aquest tema; al contrari, hi ha qui passa de forma il·legal dades de treballadors per cursets que no son veritat, a canvi de legalitzar-se en l’Agència. CURSETS DE MILLORA INFORMÀTICA. Un taller professional ha de conèixer els sistemes d’accés a bases de dades per fer pressuposts, tant en Xapa Pintura, com per a Reparacions i Manteniments dels vehicles segons estableix tècnicament el seu fabricant. La indispensable Guia de Tasaciones, és ara present en programes informàtics, i Audatex té la base de dades més complerta en Vehicles que circulen per Espanya. El Gremi pot oferir-li formadors en informàtica que coneixen també aquests programes. El Gremi té Enginyers, Economistes, Advocats, Graduat Social, Informàtics, Tècnics en Markèting que poden atendre totes les consultes en aquestes matèries; ÉS D’APROFITAR.


GREMI

Elevadores y máquinas en general

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na información relevante de la que los talleres ha de tener conocimiento, es que los elevadores de vehículos están clasificados como Maquinaria de riesgo y sólo son legales para la venta e instalación los que cumplan la CE y que explícitamente digan que cumplen la normativa Específica de Elevadores 1493:2010 que en breve publicará el BOE y la directiva CE: 2006/42 CE en vigor desde 29/12/2009. Es importante saber que la ley ante un accidente grave puede conllevar sanciones hasta 600.000 euros e incluso la suspensión de la actividad. También lo es la problemática a dar de alta un taller con elevadores fuera de la normativa, no es posible, y sobre todo la problemática del SEGURO del taller ante un accidente, este no se hace responsable si el elevador no la cumple.

Bajo nuestro punto de vista es MUY importante apostar por fabricantes reconocidos con un largo recorrido que primen la calidad, seguridad y el servicio, ante todo. En nuestro caso además apostamos por un fabricante nacional; Velyen-Istobal que lleva más de 60 años fabricando y del que somos sus distribuidores exclusivos en Cataluña.

No menos importante es, en el momento de comprar un elevador o cualquier tipo de maquinaria, es hacerlo a distribuidores especializados que posean mecánicos propios con formación específica y no dependan de autónomos y subcontratados que siempre demoran el tiempo ante un problema de post venta. Sin comentar la importancia de tener un seguro que responda a cualquier problema que pueda ocurrir en el montaje, condición obligatoria que no todas las empresas poseen. Me gustaría resaltar la importancia de no cegarse sólo en el precio ante una necesidad de compra de una máquina. Creo que los primeros aspectos que debería mirar un taller ante la compra de una máquina serían los siguientes: Si cumple la normativa lo primero, Su procedencia, quien es el fabricante y cuantos años hace que las fabrica y existe, Que empresa le va a dar el servicio post venta, si esta tiene mecánicos propios y cuantos, como está organizada ante la presencia de una avería, que tiempo de respuesta y que filosofía sigue ante una reparación, Que ventajas o diferencias tiene con el resto de máquinas que hay en el mercado, Años de garantía, Posibilidad de hacer manteni-

mientos y Por último el precio, ya que este es muy relativo si tenemos en cuenta todo lo anterior, y no lo más importante como algunos talleres creen. Creemos también que hay que tener muy en cuenta la modalidad de renting para la compra de máquinas, ya que nos facilita no tener que desembolsar un dinero al momento, no nos aumenta la deuda del taller, lo desgravamos como un gasto de alquiler y una vez acabado el tiempo de alquiler podemos quedarnos con la máquina por un pequeño valor residual. Podemos incluir también en este el mantenimiento y la garantía de la máquina. Utilizar esta opción nos da la posibilidad de comprar varias máquinas para mejorar la rentabilidad del taller o el servicio, o sustituir varios elevadores que tenemos antiguos y fuera de normativa en el mismo momento. Sobre todo y lo más importante es ponerse en manos de un profesional que nos asesore y sea capaz de ponerse en el lugar del taller para acertar de pleno en la operación, nosotros quedamos a la espera... EXPO EINESS, S.L.

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GREMI

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es de que el nostre Gremi es va crear l’any 1944, i refundar modernament a 1977, amb la implantació de la nova democràcia, sempre s’ha celebrat una diada de germanor, per la festa de SANT CRISTÒFOL, i ara, com s’ha vingut fent els darrers tres anys, centrem l’acte al lliurament de les medalles d’or i argent als companys que celebren 25 i 50 anys com a membres del Gremi.

A aquestes empreses, així com als nostres patrocinadors, els hi hem D’AGRAIR el seu ajut perquè el Gremi tingui la màxima força i empenta per complir la seva feina, de representar i defensar els interessos dels tallers, i per això, els hi donem testimoni de la important ajuda, que ens esmercen. GRÀCIES a totes les empreses que han ajudat al Gremi i que avui destaquem alhora que recomanem a tots els tallers que comptin amb ells com a bons proveïdors de productes i serveis. Si pel Gremi ho són, també ho poden ser per a tots i cada un dels agremiats.

Vista general de la sala

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GREMI

Sr. Besolí (President) i Sr. Camarasa (Sec.General)

Sr. Besolí i Sr. Arturo Agud (Mensaelect)

Sr. R. Casas i Sr. A. Campos (Expo Einess)

Sr. Higueras, Sr. Tena i Sr. Besolí

Sr. Besolí i Sr. M Ribases (Cator)

Sr. Coloma (APPLUS), Sr. Camarasa i Sr. Besolí

Lliurament al Sr. Jose Gomez en els seus 25 anys de servei comptable del Gremi

Personal del Gremi de Tallers

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GREMI

Vista parcial dels asistents

Tres generacions de Tallers Galofré (Medalla d’or)

NOCES D’OR 50 ANYS AGREMIATS LÓPEZ PIÑÉS, J. MARIA Y OTRO, C.B. (Barcelona). ARTURO GALOFRÉ FERRERONS (Barcelona). TALLER BABOT (Barcelona). TALLERES CANUDAS (Barcelona). TALLER CLAPERA (Barcelona). RECTIFICADOS CARCASSONA, S.A. (Barcelona).

NOCES D’ARGENT 25 ANYS AGREMIATS ENCARNACIÓN JIMÉNEZ MEDINA (L’Hospitalet de Llobregat) · TALLERES ARANDA, S.A. (Barcelona) · AUTOMÒBILS SPORT, S.C.P. (Barcelona) · TALLERES OCAMPOS, C.B. (Santa Coloma de Gramanet) · XAVIER VALVERDE GARCIA (Sant Boi de Llobregat) · AUTO BOX TEODORO Y ALFONSO VIZCAINO, C.B. (Barcelona) · MOTOSET (Barcelona) · JOSE ANTONIO GINES PÉREZ (Badalona) · AUTOMÒBILS CALAFELL, S.L. (Berga) · BARCIPRAT, S.L. (El Prat de Llobregat) · JOSE OLMEDO GONZÁLEZ (Barcelona) · RAMÓN IGLESIAS TALLERES IGLESIAS (L’Hospitalet de Llobregat) · ELECTRO SERVICIO MOLINS, S.C.P. (Molins de Rei) · CLÍNICA DE L’AUTOMÒBIL, S.L. (Barcelona) · JORDI AGUT LATORRE (Castelldefels) · TALLERS DOMENECH, C.B. (Sant Pere de Sacarrera) · AUTO COMERCIAL MAAM, S.L. (L’Hospitalet de Llobregat) · VESPA CASTILLEJOS, S.L. (Barcelona) · JOSE MIGUEL BOROBIA URZAIZ (Barcelona) · ENRIQUE CARRILLO LEÓN (Sant Joan Despí) · ORIOL MOTOS, S.L. (Barcelona) · DE HARO, S.C.P. (Barcelona) · FRANCISCO RÁMIREZ MORA (Badalona) · FRANCISCO MARSAL CARBÓ (Badalona) · RAMON CASANOVAS UBIETO (Terrassa) · TALLERES COOPERDIESEL, S.C.L.C. (L’Hospitalet de Llobregat) · AUTO CORNELLÀ, S.C. (Cornellà de Llobregat) · TALLER AUTO-MOJA, S.C.P. (Moja) · BOIEN MOTOS, S.C.P. (Sant Boi de Llobregat) · XAVIER PALAZÓN AMAT (Vilafranca del Penedès) · DIEGO LEDESMA RUANO · (Sant Adrià del Besòs) · AUTO UNO, S.A. (Martorell) · TALLERS VILAUTO, S.C.P. (Martorell) · TALLERES MONTEVIDEO (Barcelona) · AUTO GARVI-BCN, S.L. (Barcelona) · PNEUMÀTICS TURINI · (Barcelona) · AUTOMÓVILES TORRAS, S.A. (El Prat de Llobregat) · JUAN MANUEL PUERTAS SEGURA · (Badalona) · TALLERS COLOMER, S.A. (Palafolls) · TALLERES JORSAN, S.L. · (Barcelona) · FAURÉ MOTOS, S.L. (Barcelona) · AUTO GARATGE RIUDOR, S.C.P. (Vilanova i la Geltrú) · DIESEL INYECCIÓN MOHEDANO (Esplugues de Llobregat) · JUAN MANUEL TORRES GARCIA (Barcelona) · TALLERES GARCIA ABAD, S.L. (Barcelona) · TALLERES BERMA, S.C.P. (Barcelona) · JOAN LLOP BROTONS (Viladecans) · SALVADOR BLASCO DOMÍNGUEZ (Pineda de Mar) · TALLERS L’ÀNGEL D’ARAN (Molins de Rei) · AUTO BELTRÁN, S.A. (Barcelona) · AUTO REPARACIÓ GREGORI, S.L. (Manresa) · BESORA MOTORS (El Prat de Llobregat) · JOAN BASCOMPTE CASAPONSA (Calaf) · AUTO 88, S.A. (Barcelona) · MOTOR LLANSÀ, S.L. (Barcelona) · AUTOMÓVILES FERNÁNDEZ, S.A. (Barcelona) · MIQUEL PLACIS BOTA (Malgrat de Mar) · PÉREZ BAIXCAR, S.L. (El Prat de Llobregat) · JOSÉ MANUEL VILCHES PÉREZ - AUTO-REPARACIÓN VILCHES, S.L. (Sant Vicenç dels Horts) · ARCO IRIS CARS, S.L. (Gavà) · AGUSTIN’S, S.C.P. (Santa Coloma de Gramanet) 18


GREMI

Fotos entrega 50 anys

López Piñés, J. Maria y otro, C.B.

Arturo Galofré Ferrerons

Taller Babot

Rectificados Carcassona, S.A.

Taller Canudas, S.C.P.

Taller Clapera

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Fotos entrega 25 anys

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Talleres Aranda, S.A.

Xavier Valverde García

José Antonio Ginés Pérez

Automòbils Calafell, S.L.

José Olmedo González

Ramón Iglesias - Talleres Iglesias

Electro Servicio Molins, S.C.P.

De Haro, S.C.P.


GREMI

Taller Auto-Moja, S.C.P.

Boien Motos, S.C.P.

Tallers Vilauto, S.C.P.

Talleres Montevideo

Auto Garvi-Bcn, S.L.

PneumĂ tics Turini

Tallers Colomer, S.A.

FaurĂŠ Motos, S.L.

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GREMI

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Juan Manuel Torres García

Talleres Berma, S.C.P.

Salvador Blasco Domínguez

Tallers l’Àngel d’Aran

Auto Reparació Gregori, S.L.

Joan Bascompte Casaponsa

Motor Llansà, S.L.

Automóviles Fernández, S.A.


GREMI

Vespa Castillejos, S.L.

Francisco Ramírez Mora

Agraïments GRÀCIES a totes les empreses que han ajudat al Gremi i que avui destaquem alhora que recomanem a tots els tallers que comptin amb ells com a bons proveïdors de productes i serveis. Si pel Gremi ho són, també ho poden ser per a tots i cada un dels agremiats.

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GREMI

Riesgo de cáncer por la combustión del diesel El pasado 12 de junio la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer (IARC), departamento de la OMS experto en oncología, ha reclasificado los gases generados por la combustión del diésel desde el grupo 2A de probables cancerígenos y los ha colocado en el grupo 1 de sustancias que tienen relación concreta con el cáncer

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l grupo de trabajo IARC ha detectado que la combustión del diésel es una causa de cáncer de pulmón y también avisa de una asociación positiva con un mayor riesgo de cáncer de vejiga.

El estudio hecho en Febrero de 2011 del que detrae esa conclusión ha sido hecho en lugares cerrados con cierta ventilación pero donde se concentran las partículas microscópicas y a los óxidos de nitrógeno que se producen en la combustión diesel. Ese tipo de partículas penetran profundamente en el área bronquial y pulmonar creando inflamaciones crónicas. Las cifras de la OMS señalaban ya en 2002 que el amianto, el arsénico, el cadmio, el cromo, los gases de escape de los motores diesel y el níquel representan el 10,3% aproximadamente de los cánceres del pulmón, la tráquea y los bronquios. Esta noticia ha generado mucho debate, hay quien lo ve como una forma de desanimar la compra de vehículos diesel, y animar a los de gasolina y otras fuentes de energía con los consiguientes aumentos de impuestos, etc. y hasta hay quien dice que eso puede animar a la renovación del parque, porque el 70% de vehículos que circulan en España son Diesel y la media en Europa es el 55%. Otros lo ven como una oportunidad de las empresas de prevención de riesgos laborales para encarecer los servicios, a base del alarmismo de una noticia como esa cuando la mayoría de automóviles usan ese

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combustible, pero lo cierto es que la Organización Mundial de la Salud y en concreto la Agencia Internacional de la Investigación del Cáncer, nunca peca de ser alarmista, según varios epidemiólogos españoles. Lo esencial de la noticia es que existe una relación entre el cáncer de pulmón y de bronquios y la inhalación de humos diesel cuando hay cierta concentración, y eso afecta a los que los que están en lugares poco ventilados; es decir el personal que trabaja en el taller, y es notorio que es el titular del taller el que más tiempo está en su empresa, y tiene el mayor riesgo. No creemos que haya que preocuparse especialmente de los vehículos que circulan por la calle, donde existe una importante ventilación, y donde los filtros de los vehículos modernos y la propia composición del diesel, pueden reducir (que no anular) esos riesgos. El problema, insistimos, es la concentración de humos que se puede producir en el taller y que sea inhalado por el titular del taller y sus empleados; hay muchos vehículos diesel que entran en el taller, algunos son modernos y están en buen estado con sus filtros a pleno rendimiento, pero hay otros vehículos, más antiguos, que emiten bastante humo y ante esa circunstancia han de extremarse las precauciones con equipos de protección y extractores, además de tratar de recomendar al propietario del vehículo diesel que mantenga su vehículo del mejor modo posible para que no contamine la misma atmosfera del taller. En el Gremi pensamos que lo básico es LA SALUD del titular del taller, que como dice algún anuncio actual NO TIENE RECAMBIO y ha de mentalizarse para evitarse a sí mismo y a sus trabajadores el riesgo de una enfermedad, que cada vez es más previsible pero que sigue sin tener remedio seguro.


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GREMI

Cartel aviso necesidad de seguros PARA EL CASO DE PRUEBA DEL VEHÍCULO A REPARAR SE RECUERDA AL SR/SRA. CLIENTE QUE DEBE DISPONER DE UN SEGURO OBLIGATORIO VIGENTE PARA EL AUTOMÓVIL DEL QUE SEA TITULAR, QUE CUBRA EN LA CUANTIA EXIGIDA POR LA LEY, SU RESPONSABILIDAD CIVIL. Artículo 2 del R. Dec. Leg. 8/2004 redacción Ley 21/2007 SU CARENCIA PUEDE CAUSAR UNA SANCIÓN ECONÓMICA Y EL DEPÓSITO O PRECINTO DEL VEHÍCULO CON CARGO A SU PROPIETARIO HASTA QUE NO SE CONCIERTE TAL SEGURO.

Ley de Enjuiciamiento Civil Artículo 375. Indemnizaciones a los testigos

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Los testigos que atendiendo a la citación realizada comparezcan ante el Tribunal tendrán derecho a obtener de la parte que les propuso una indemnización por los gastos y perjuicios que su comparecencia les haya originado, sin perjuicio de lo que pudiere acordarse en materia de costas. Si varias partes propusieran a un mismo testigo, el importe de la indemnización se prorrateará entre ellas.

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El importe de la indemnización lo fijará el Secretario judicial mediante decreto, que tendrá en cuenta los datos y circunstancias que se hubiesen aportado. Dicho decreto se dictará una vez finalizado el juicio o la vista. Si la parte o partes que hayan de indemnizar no lo hiciesen en el plazo de diez días desde la firmeza de la resolución mencionada en el párrafo anterior, el testigo podrá acudir directamente al procedimiento de apremio.

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Modelo de solicitud para pedir indemnización por citación judicial AL JUZGADO D. con DNI, titular del taller de reparación de automóviles (nombre) en c/ nº de la ciudad de ante el Juzgado comparezco y como mejor proceda, DIGO Que he sido citado como testigo ante este Juzgado para comparecer hoy en el juicio nº lo que he cumplido dejando mi trabajo en el taller. Que esa ausencia y desplazamiento me causa un perjuicio de dejar de atender a mi clientela, no facturar horas de trabajo ni supervisar la labor de mi personal, por lo que creo que me corresponde una indemnización de € en base al art. 375 de la Ley de Enjuiciamiento, que me compense los daños y perjuicios sufridos, al tener que dedicar horas para el desplazamiento ida y vuelta así como el propio trámite ante ese Ilmo. Juzgado. Que para determinar esa cuantía aporto copia del cartel de precio-hora de mi taller que contrasta el Gremi Provincial de Talleres de Barcelona, y los justificantes de los gastos de desplazamientos en mi propio vehículo (matrícula) de 0’19€ por los Kms. por el viaje del taller al Juzgado y regreso quedando el importe en la cuantía que considere S.S.I. SUPLICO Que teniendo por presentado este escrito con la documentación adjunta se digne admitirlo y resuelva determinar el importe de la indemnización solicitada por mi asistencia a la citación que se me ha efectuado, estableciendo a cargo de quien corresponda su liquidación, que estimo en euros y se me comunique la resolución que se dicte. En

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La Confederación Española de Talleres, CETRAA, nos ha enviado un aviso sobre hechos que pueden ser un fraude, y por tanto, sancionados tanto por la Comisión de la Competencia como por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. ROGAMOS QUE EVITE MEZCLARSE EN PRÁCTICAS DE CEDER LOS NOMBRES Y DATOS DE LOS TRABAJADORES PARA PAGAR OTROS SERVICIOS; EL GREMI NO PODRÁ DEFENDER ACTUACIONES CONTRA LA COMPETENCIA DE LAS QUE HEMOS ADVERTIDO PORQUE NOS PERJUDICA A TODOS.

Estimado/a Presidente/a: La Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo ha realizado un comunicado (nota de 14-6-2012 -enlace 1-) en el que informa que desconoce el convenio suscrito entre la FEMP-CLM y Conversia Consulting Group sobre la implantación de la Ley de Protección de Datos y en el que se cita a la propia Fundación como posible financiadora, y que no puede, por tanto, valorar el contenido del mismo. Hay que recordar que la Fundación Tripartita viene advirtiendo a empresas y consultores, a todos los gestores de formación para el empleo del sistema de bonificaciones de ámbito estatal, sobre la existencia de entidades que de manera gratuita ofrecen servicios de implantación, auditoría y asesoría jurídica en materia de protección de datos de carácter personal, que en la práctica financian estos servicios con cargo al crédito asignado para la formación, un hecho que puede llegar a ser constitutivo de fraude. El Real Decreto 395/2007 y la Orden Ministerial 2307/2007 establecen que este crédito está destinado exclusivamente a la realización de acciones formativas y permisos individuales de formación de los trabajadores (comunicado de 14-4-2010 -enlace 2-). La Fundación Tripartita inició hace ya dos años un proceso de comprobación de este proceder y trasladó la información sobre los casos detectados, así como las denuncias presentadas por los propios usuarios, al órgano com-

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petente en materia de seguimiento y control de los fondos públicos de formación en el empleo, el Servicio Público de Empleo Estatal. Dicho traslado tiene por objeto comprobar sí las bonificaciones aplicadas por las empresas respondían exclusivamente a su finalidad, esto es, la realización de acciones formativas y permisos individuales de formación de los trabajadores. Las actuaciones realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal han dado lugar, en ocasiones, a la imposición de sanciones a las empresas ofertantes de los citados servicios de protección de datos de carácter personal, así como a la devolución de las bonificaciones practicadas en materia de formación en el empleo por parte de las empresas. Sin perjuicio de ello, podrá darse traslado de los hechos constatados y de las evidencias obtenidas tanto a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, como a los órganos administrativos pertinentes en materia de Defensa de la Competencia (comunicado de 6-2-2012 -enlace 3-). Por todo lo anterior, la Fundación Tripartita comunica de nuevo a todos los usuarios esta situación, para que en caso de recibir alguna oferta de este tipo de servicios u otros de similares características, se puedan poner en contacto con el servicio al cliente de la Fundación en: servicioalcliente@fundaciontripartita.org. Luis Ursúa Secretario General de Cetraa

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Carta al Conseller d’Empresa i Ocupació Barcelona, 13 de Juliol de 2012 Hble. Sr., Com Vè. coneix el nostre col·lectiu esta format per més de 5.500 tallers, associats voluntàriament a les 6 entitats que composem aquesta Federació Catalana; i més enllà del context general de situació econòmica, volem expressar-li la preocupació de que en els quasi dos anys de mandat de l’actual equip de govern, tenim pocs resultats concrets de millora en els temes que exposàrem a Juny de 2010, quan varem ser atesos amb molta amabilitat pel Director General Sr. Sureda i el seu adjunt el Sr. Gallifa a partir de la petició de reunió amb Vè. per exposar la situació del nostre empresariat. La situació del sector és palesa amb les dades estadístiques d’ocupació que coneix prou bé el seu Departament i els nostres estudis ens indiquen una caiguda d’ocupació del nostre sector d’un 15% en els darrers tres anys, i que és creixent. És ben cert que la crisi financera i comercial és el motiu principal d’aquesta situació. Tanmateix, els empresaris del sector estem convençuts que certes decisions normatives, i encara més, d’algunes interpretacions, estan incidint en el desànim dels empresaris. Ens preocupa la dificultat de mantenir les nostres empreses per la reducció de la capacitat econòmica dels usuaris, i de la creixent marginació de les pimes de les oportunitats de negoci en el sector, imposant condicions, o tolerant les establertes per entitats de gran domini en el mercat (cas entitats asseguradores, etc.) de impossible compliment, o situacions de competència il·lícita que no podem abordar. Per tal de manifestar dites preocupacions amb més amplitud i la nostra opinió sobre aquestes, li agrairem poder tractar, si és possible personalment amb Vè., els temes que li relacionem adjunts a aquest escrit. Romanem a l’espera de les seves noticies fixant una dada de reunió a la que ens adaptarem i mentrestant, li expressem la nostra respectuosa salutació, Per la Federació Catalana de Tallers, el seu President i del Gremi de Barcelona, Celso Besolí

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Temes a tractar amb el Departament d’Empresa i Ocupació MANCA DE COORDINACIÓ AMB ITV Es manté una exclusió als tallers per fer qualsevol feina de control de vehicles, ni tan sols de manera voluntària, que deixa als empresaris de tallers com dels pocs exclosos a Espanya de l’opció de col·laboració en aquesta matèria. L’art. 43 de la Llei de Seguretat Industrial, és contrària al R. D L. 7/2000 i R.D. 833/2003. No pretenem assumir la gestió de l’ ITV periòdica, però en aquests moments de reducció de les expectatives de treball, demanem un canvi del radical criteri excloent que patim. No existeix cap grup de treball del Departament amb el nostre Sector i els responsables de les ITV pel seguiment de la seva gestió pel coneixement de les instruccions tècniques (circulars, etc.) del Manual que al cap i a la fi hem d’aplicar els tallers en l’atenció al vehicle pel bon compliment de la norma d’ ITV, amb les interpretacions d’Indústria per la matèria; les Reformes d’importància o criteris de provisionalitat son exemples del cas. PROJECTE A.C. CONSUM L’Agència Catalana de Consum, ens exposa l’interès de derogar el Decret 298/93 de Tallers, que és una referència de la legalitat dels tallers, i substituir-lo per un opcional Codi de Conducta. Això, que pot tenir algun aspecte positiu, suposa una pràctica via lliure al tema d’intrusisme professional i competència il·lícita, tema que després també exposem. COMPETÈNCIA IL·LICITA En funció al que estableix la Llei 9/2011, de Promoció de l’activitat econòmica,

cal establir els procediments de gestió a seguir per les nostres entitats amb els òrgans competents de la Generalitat, i resta d’Administracions que permetin que les comunicacions d’intrusisme professional siguin ateses i s’actuï mitjançant inspeccions coordinades. La creixent competència il·lícita i deslleial en el sector perjudica la viabilitat de les nostres empreses que compleixen la legalitat, afecta la capacitat de fer les inversions en equipament, i fins i tot l’opció de més ocupació de personal; el cas de les asseguradores imposant criteris discriminadors en el mercat és un dels més contraris als principis de lliure competència que mereix alguna actuació del Departament, tant com la proliferació de tallers il·legals. TEMES MENORS A més a més, hi ha un conjunt de temes, diríem menors que també cal millorar pel bon ordre de l’activitat, com la qualificació dels responsables tècnics de tallers, les acreditacions dels experts ens gasos fluorats sense convalidacions; interpretacions contradictòries de les OGE, o un “secretisme” en instruccions internes que afecten la gestió d’informació dels Gremis, etc., o la discriminació en els ajuts per garanties al finançament dels tallers. El cas de la variació de les condicions del servei de recollida de pneumàtics exigeix duplicar el volum del dipòsit per la recollida de pneumàtics usats que seguim pagant, sense que l’Administració hagi tingut en compta als tallers afectats per una mesura unilateral del SIG que agreuja la seguretat industrial del taller que ha d’augmentar el dipòsit de material combustible (càrrega de foc) en els seus locals.

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GREMI

Comprobaciones de la sonda de la temperatura del combustible en motores diesel Los campos de medición del funcionamiento de un motor, en parte tan variados, exigen el manejo de un gran número de conceptos y tecnologías de sensores diferentes, a la par que demandan precisión y dinámica. En muchos momentos del funcionamiento del motor se mide la temperatura como magnitud auxiliar para descartar sus efectos negativos o compensar sus influencias.

L

a importancia que tiene el gasoil en el sistema de alimentación es tal que si su temperatura no es la correcta puede afectar al funcionamiento del motor, ya que la variación de la temperatura del combustible modificaría la cantidad de moléculas inyectadas, cambiando la mezcla aire-combustible (esto es debido a que las moléculas de un gas o de un líquido, dentro de un mismo volumen, varían en cantidad de acuerdo a su temperatura).

Sonda de temperatura del combustible

Desmontaje de la sonda de temperatura del combustible

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Cuando la temperatura del combustible sea alta, éste será menos denso, al ser menor la concentración de moléculas, y se quemará con mayor facilidad. Por el contrario, cuando el combustible esté frío, será más denso, al ser mayor la concentración de moléculas, y se quemará con más dificultad. Por ello se hace necesario disponer de un sensor que pueda medir esta magnitud (temperatura del gasoil) que será procesada por la unidad de control del motor, que ajustará los cálculos de la proporción del consumo de combustible, teniendo en cuenta los cambios en la densidad del combustible en función de su temperatura.

Descripción La medición de la temperatura en el automóvil se efectúa mediante termómetros de contacto constituidos por materiales resistivos que pueden ser de coeficiente de temperatura positivo (PTC) o coeficiente de temperatura negativo (NTC), aprovechando su dependencia de la temperatura. La sonda de temperatura de combustible es uno de estos sensores que interviene en la protección térmica del motor, indicando a la unidad de control del motor la temperatura del combustible (campo de medición entre -40 ºC y +120 ºC) para que ésta determine la densidad del gasoil y decida la cantidad de inyección de combustible necesaria.


GREMI

Esta información es indispensable para regular el caudal de combustible inyectado, ya que, en función de la temperatura, puede variar el volumen de gasoil a inyectar. Gracias a esta información, y a través de las electroválvulas de dosificación de combustible, la unidad de control determina el caudal máximo a encaminar hacia la bomba de alta presión. Así, cuando el combustible esté caliente, el módulo de control del motor inyectará más volumen de combustible y retrasará el tiempo de la inyección; por el contrario, cuando el combustible esté frío, inyectará menos volumen de combustible y avanzará el tiempo de la inyección.

significa que cuando la temperatura del gasoil disminuya, el valor de resistencia aumentará y viceversa. Transmite su información a la unidad de control del motor, quien recibe la señal de temperatura del gasoil en milisegundos. Para facilitar la in-

Funcionamiento La sonda de temperatura de combustible está implantada en el paso de combustible del motor, generalmente en el circuito de retorno de combustible o a la salida del filtro de gasoil (zonas de baja presión del combustible diesel). En algunos casos, también nos la podemos encontrar en la parte de alta presión. Es una termistencia de tipo NTC (resistencia de coeficiente de temperatura negativo) alimentada a 5 voltios por el módulo de control del motor, sensible a los cambios de temperatura del combustible, lo que

Comprabación con el equipo de diagnosis

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Substitución de la sonda de temperatura del combustible

terpretación de la temperatura, la señal se vuelve lineal. Una cartografía interna del módulo de control permite luego interpretar qué temperatura real corresponde a la señal de tensión procedente del sensor y así poder actuar sobre el sistema de combustible.

En caso de fallo del sensor, en algunos casos, la unidad de control del motor utiliza valores de sustitución dados por el sensor de temperatura del líquido refrigerante o bien fijando la unidad de control de motor un valor de la temperatura del combustible de 60º C.

Defectos detectables

Conclusiones

Cuando la velocidad de ralentí no es la adecuada o aparece humo negro, con tirones y posible calado del motor, con evidentes faltas de potencia o una aceleración pobre, es probable que se trate de un defecto del sensor de la temperatura del combustible.

Como se ha podido estudiar, una posible avería mecánica sólo puede ser debida a un problema por una temperatura menor a la real indicada por el sensor, donde podrían verse afectadas partes mecánicas como inyectores, bomba de alta presión, regulador de caudal y regulador de presión.

Posibles disfunciones de este sensor pueden deberse a una información errónea de la temperatura del gasoil, ya sea mayor o menor a la real. Con una temperatura mayor a la real (ejemplo: el sensor informa de 80 ºC cuando en realidad el gasoil se encuentra a 60 ºC), la unidad de control intentaría reducir la presión del gasoil en el circuito common-rail y, con ello, rebajar la temperatura del combustible. Esto se traduciría en una reducción de prestaciones del motor, pero no conllevaría ninguna avería mecánica.

No afectaría una información de temperatura superior a la real ni tampoco una disfunción del captador, ya que la estrategia de protección del módulo de control del motor entraría en modo de estrategia de seguridad.

Por el contrario, cuando la información de la temperatura es menor a la real del gasoil, los distintos componentes mecánicos del sistema de inyección podrán verse afectados por falta de lubricación (inyectores, bomba de alta presión, regulador de caudal/presión) al perder el gasoil sus propiedades a altas temperaturas. Siempre y cuando la unidad de control del motor no cortara por la elevación de la presión, que sería lo más normal, ya que ante dicha señal, cuando pasa de un máximo, la unidad de control descarga la presión para proteger el sistema. Medición de la resistencia

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Recordatori de Gremiwebs Pel cas de que no hagi rebut els correus electrònics que passem regularment als agremiats (problemes tècnics del servidor, deteccions fallides, o errors de procediment) relacionem els correus enviats des de la publicació del darrer Gremitaller.

Pel taller que no tingui correu electrònic, apart de recomanar-li la importància de treballar amb sistema informàtic, li informem de que podem enviar-li per fax les circulars que ens demani.

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11/05/2012 (Cursos de formación) Convenio con Formaprime para los Curos de Manipulador de Gases Fluorados. 14/05/2012 (Laboral) Renovado el acuerdo de colaboración entre el Gremio y el Montepío Metalúrgico de Previsión. La experiencia satisfactoria que nos indican los talleres agremiados que se han acogido a esta póliza, ha motivado que el Gremi de Barcelona y Montepío Metalúrgico hayan renovado su acuerdo. 24/05/2012 (Laboral) Contratación laboral. Un contrato laboral bien hecho le previene de riesgos. 31/05/2012 (Laboral) Publicación tablas Convenio 2012. Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona. Tablas Salariales para el año 2012. 04/06/2012 (Técnico) Preste atención a los equipos de taller.

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El taller ha de poder acreditar la seguridad de sus equipos. 11/06/2012 (Muy importante) Campaña de inspección a talleres de Martorell. 19/06/2012 (Protección de datos) Ley de protección de datos, cumplimiento obligatorio para los talleres. 21/06/2012 (Informació important) Alerta de productes de l’Agència Catalana de Consum. El defecte dels vehicles comporta un risc considerable. 26/06/2012 Puntos importantes del Seguro del Taller. Hay reparaciones que le pueden salir muy caras. 03/07/2012 (Sant Cristòfol 2012) Acte d’homenatge als agremiats que fan 25 I 50 anys. 05/07/2012 (Laboral) Calendario Oficial de Fiestas laborables para el año 2013. 11/07/2012 (Laboral) Acuerdo de colaboración con Montepío Metalúrgico. Bajan las cuotas a partir del 1 de Julio.

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Talleres con historia: Jorge Molina Llort Taller GALILEO, Travesera de Gracia, 368 (Barcelona)

P

ara contar brevemente la vida de Jorge Molina hay que citar primero a su padre, que fue quien le metió el amor por la mecánica. Su padre, que era tintorero de profesión, montó junto con un socio un taller de motocicletas en el año 1946. Quizá la afición le venía de la Guerra ya que el transcurso de la misma se recorrió toda la España republicana a lomos de una Harley con sidecar como enlace en el cuerpo de Sanidad. Jorge comenzó trabajando, primero con su padre en la tintorería, hasta que pasó al nuevo negocio del taller de motocicletas. Allí, el joven Jorge se enamoró de esta profesión, aprendida mientras reparaba y reconstruía motos ya que la carencia de materiales y repuestos hacía de la mecánica pura artesanía. A los 17 años se apuesta con el socio de su padre a ver si él es capaz de hacerse su propia moto y Jorge realiza el milagro: construye una moto totalmente partiendo como base de un motor Ariel, al que dota de chasis, depósito, guardabarros, todo, absolutamente, hecho a mano. Durante esa época había muy poco parque móvil y las motos reconstruidas, ya que aún no habían nacido las grandes fábricas como Montesa, Ossa y Búltaco, se hacían prácticamente de una en una. Había mucha demanda de estos

vehículos ya que los automóviles eran pocos y caros. De esa época Jorge recuerda, con una sonrisa en los labios, como en el taller preparaban la moto de un rejoneador que rejoneaba a los toros desde la moto. En 1950 la situación económica de país era de gran escasez, se vivía en una autarquía con pocos recursos económicos y se comenzaba a estar harto de un régimen político aislado del mundo que no ofrecía posibilidades de mejorar económicamente. Se hablaba en la calle de “hacer las Américas”, emigrar al nuevo continente donde parecía que se podía uno establecer sin muchas dificultades para ganarse la vida. El impulso de su padre haría el resto, así que ese año emigró toda la familia, primero unos meses a Sao Paulo (Brasil) después a Montevideo (Uruguay) donde permanecerían durante quince años. Jorge cuenta con diecinueve años cuando en Sao Paulo entra en contacto con lo que sería su profesión, la planchistería, gracias a las motos. Un día paseando con su padre entran en un taller de plancha y ve en un cajón el despiece de un par de motos, entonces su padre le dice al dueño que su hijo es mecánico de motos y que es capaz de reconstruirlas, el dueño, un tanto

Con 17 años Jorge Molina construyó totalmente esta motocicleta con un motor Ariel de 4T.

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Este coche carrozado por completo partiendo de un chásis con motor, fue el primer coche que tuvo Jorge Molina.

incrédulo acepta el reto y Jorge, después de su trabajo acude al taller y monta dos motos, cuando el dueño, sorprendido, oye el petardeo de las máquinas le propone trabajar en su taller como planchista y le pone a prueba dándole la puerta de una ambulancia: Jorge cumple el encargo y comienza su nueva etapa de planchista. A la madre de Jorge le cuesta adaptarse a Brasil así que deciden trasladarse a la capital de Uruguay, una ciudad que por el tamaño y el idioma podía recordarse más a Barcelona. Nada más instalarse Jorge, que acaba de cumplir 20 años, busca en los anuncios del periódico oferta de mecánico de motos, su pasión, y no encuentra nada, y de nuevo el destino parece que le inclina para seguir trabajando en la plancha, porque solo encuentra un planchista, que por casualidad tiene una moto con la que corre pero con la que jamás acaba ninguna carrera, Jorge se ofrece prepararle la moto con la que por fin puede acabar una carrera sin averías y es el fichado por el taller para trabajar de planchista. En este taller aprende el oficio a fondo y se establece por su cuenta a los 22 años aunque se ve obligado a cerrar pronto por la poca formalidad en los


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pagos del trabajo. Esta experiencia le lleva un cambio de estrategia: no volverá a fiar más un trabajo; de este modo con dos socios más: mecánico y pintor, alquilan un local de 400 metros en el centro de la ciudad. El trabajo de Jorge era hacer carrocerías. Se importaban vehículos sin carrocería, para no pagar impuestos y en el taller se montaban

las típicas pick-up (furgoneta abierta). Fuera de horas de trabajo Jorge se construye su propio coche partiendo de un chásis DKW de fabricación rusa. El propietario del inmueble les ofrece comprar el local y los socios rechazan la oferta y se van por lo que Jorge decide compra en solitario el local. Sigue con su taller y en esa época conoce a una catalana en el casal catalán de Montevideo a la que ronda durante dos o tres años hasta que deciden iniciar el noviazgo y se acaba casando, Jorge tiene entonces veintiséis años. La joven pareja tiene un hijo y la vida de la familia transcurre apacible hasta que a principios de los años sesenta una fiebre revolucionaria surge en muchos países sudamericanos; en Uruguay aparecen “Los tupamaros” y con ellos los secuestros y actos terroristas. Ante esta situación muchos emigrantes sienten la necesidad de regresar a sus países de origen y Jorge y su familia lo hacen definitivamente en 1967. Previamente había realizado un viaje de prospección a España para preparar el traslado definitivo y se toma unas vacaciones, las primeras que coge en su vida; se compra un Renault 4 y viaja por toda Europa. Tras el regreso definitivo a Barcelona decide montar un taller y

Jorge Molina en el taller de 400 metros cuadrados situado en el centro de Montevideo (Uruguay).

De izquierda a derecha el equipo al completo: José Rodríguez, Jorge Molina y Juan Antonio Jaime.

consigue el local que posee en la actualidad en la Travesera de Gracia, desde entonces ha estado y sigue estando al pie del cañón, en la actualidad junto a sus dos colaboradores: José Rodríguez y Juan Antonio Jaime. Jorge Molina es buen conversador que desgrana las anécdotas de su vida, siempre con una sonrisa en los labios, en un rostro afable que no aparenta los ochenta y dos años que tiene. Es un planchista de profesión, aunque guarda en su corazón la vocación intacta por la mecánica de motos. Vicente Blasco

Fachada del taller Galileo en la Travesera de Gracia.

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Ofertas y demandas profesionales GR37-03-4402 POR ENFERMEDAD SE TRASPASA AGENCIA OFICIAL DE MECÁNICA, ELECT., PINTURA, PLANCHA Y NEUMÁTICOS. 700m2, todos los permisos, cartera de clientes, con trabajo, máxima discreción. b 653.81.01.82 GR37-04-0000 TRASPASO O VENDO TALLER REPARACIÓN AUTOMÓVILES. 100m2. 2 puertas, vado. Zona Guinardo b 93.436.82.42 - Sr. Jordi Barrera / Email: jordibarrera@hotmail.com GR37-05-4495 SE VENDE O SE TRASPASA TALLER MEC. POR JUBILACIÓN. 100m2. con un altillo. Oficina, aseo, equipado con herramientas. Documentación en regla. Badalona b 93.383.73.05 / 629.98.99.17 - Sr. Francisco GR37-06-3471 SE TRASPASA O SE VENDE TALLER. 85m2 Todo legalizado, permisos y buena clientela. Las Corts b 93.330.15.12 - Sr. Frias GR37-07-5137 TALLER DE MECÁNICA Y ELECTRICIDAD. 300m2. En traspaso o posible asociación de uso. 2 puertas, maquinaria. Calvet - La Forja b 93.202.04.97 - Sr. Solsona GR37-08-5473 SE VENDE UTILLAJE DE TALLER POR CIERRE DE NEGOCIO. C/ Cruz Roja (L’Hospitalet de Llobregat) b 655.81.82.08 - Sr. Juan Ballesteros

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