REVISTA GREMITALLER JUNY / JULIOL
2013
Num.
43
GREMI
Sant Cristòfol 2013 GREMI
Presentació denuncia siniestre total. GREMI
Asalariados PUBLICACIÓ OFICIAL GREMI DE TALLERS DE REPARACIÓ D’AUTOMÒBILS DE BARCELONA
Sant Cristòfol 2013
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OBLIGACIÓN LEGAL Asegurar las prestaciones por invalidez o muerte de los trabajadores Art.67 Convenio Colectivo y RD 1588/99 Incumplir esta obligación es falta muy grave y el empresario puede ser sancionado. En caso de acidente de trabajo o enfermedad profesional de un trabajador del que se derive muerte o invalidez, el taller debe pagar al contado la prestación exigible. Coberturas y Prestaciones Por MUERTE: 25.040,25 € Por GRAN INVALIDEZ: 28.199,75 € Por INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA: 19.674,60 € Cuota por trimestre y trabajador: 2,80 €
Ahorro, Fiabilidad, Servicio Acuerdo del Gremi de Tallers de Barcelona con Montepío Metalúrgico CONTACTO Para cualquier información sobre Montepío no dude en contactar con nosotros. Estaremos encantados de atenderles personalmente.
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Tel. 93 458 18 05 · Fax. 93 457 98 37 montmetal@montmetal.net · www.montmetal.net C/ Provença 319, Pral 2ª- 08037 Barcelona 2
Inscrito en el "Registre de mutualitats de previsió social de Catalunya" con el nº 0015.
Trabajando desde 1980, como entidad sin ánimo de lucro
Temps durs
S
ANT CRISTOFOL és un memorial que des que es varen crear els antecedents del nostre Gremi a 1944, hem observat any darrera any.
Suposa una tradició d’un col·lectiu per identificar-se amb una idea de diferenciar-se d’altra gent de la societat, i alhora, segons antigues creences poder gaudir d’ajuts dels poderosos per aquesta distinció de grup; quasi totes les professions tenen un Patró.
Edita: Gremi Provincial de Tallers de Reparació
Del tema dels ajuts dels poderosos, sembla que no deu ser l’època més bona del nostre Sant Cristòfol perquè ja fa més de 6 anys que esta baixant la feina, perquè hi ha una reducció molt important del trànsit privat i del consum de combustibles i en aquesta època tampoc hem tingut quasi ajusts dels que haurien de distribuir les ajudes pels esforços del ram del taller.
d’Automòbils de Barcelona
Un exemple son les cotitzacions que paguem per formació dels nostres treballadors i el Gobierno de Madrid posa condicions difícils a les petites empreses per aprofitar els fons.
President: Celso Besolí Plaça Dr. Letamendi, 37 6è
Cal dir també que tampoc en general hi ha gaire “afició” en els tallers agremiats per a aquesta formació del treballador perquè tot i que el Gremi organitza cursets no sempre trobem disposició de temps i d’organització per omplir-los i això que fa anys que per desgracia els tallers tenim hores “mortes” que podríem aprofitar per formar-nos.
08007 Barcelona Telf. 93 451 66 67 Director Editorial: Armando Higueras Diseño y maquetación:
Com es una diada de festa, millor no recordar temes negatius i així caldrà destacar en aquesta edició de la nostra revista la circumstància que a 2013 ja fa 50 anys que es varen sumar els Gremis de mecànics reparadors i el de Planxistes, Xapistes i Pintors, i des de llavors som el Gremi més gran del sector a Espanya.
Disgraph, S.C.P. Edición gráfica: Anglofort, S.A Secretaria: Montse Barrionuevo Consejo de Redacción: Lluís Camarasa, A. Higueras, Ángela Gán-
Aquesta unitat va permetre superar el número crític de socis el que suposa l’eficàcia entre la feina ben feta i la capacitat de servei i es varen aplegar més de 600 tallers de l’època
dul y Ramón Tejedor. Colaboradores: Vicente Blasco, Ramón Casas, Yolanda
Si parlem amb alguns de l’època ens diran que des de llavors les han passat de tots colors, i se’n han sortit a base del que van poder obrir: treballar moltes hores i rigor professional.
Aguilar, Teresa Raventós y Centro de Estudios Legales. Creación y edición: Gremi de Tallers. Redacción y publicidad:
Cert que d’altres ja han deixat la feina, perquè no tots els professionals poden ser empresaris; per ser-ho s’han de conèixer els punts bàsics de l’economia; no sols és treballar bé, sinó no tenir més despesa de la que es pot generar, i conèixer bé quin és el cost del que produïm, apart de que cal captar treball perquè sols per tenir la porta oberta els clients ja no venen.
Gremi de Tallers.
Ara doncs, cal fer com quan varem començar cadascú al nostre taller; conèixer el nostre cost de feina, anar a cercar clients, ajustar costos i preus al màxim (mai en pèrdues perquè en deixa sense capacitat de modernitzar-nos) i fer més hores que un rellotge. Celso Besolí, President
Sumari 3
Editorial Prevención de riesgos laborales y consecuencias Sant Cristòfol 2013
Un exemple del tràmit de protesta contra un sinistre total Recordatori de Gremiwebs Son asalariados, no son autónomos
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Acuerdo entre el Gremi de Barcelona y DAT Ibérica Renovado el acuerdo del Gremi de Barcelona con Mensaelect Presentació denuncia Valor Venal
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Esos “pequeños” detalles
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Talleres con historia (Sr. Esteban Babot)
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Tauló d’anuncis
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Prevención de riesgos y consecuencias
El empresario es responsable de la seguridad de sus trabajadores durante el transcurso de la jornada laboral, especialmente cuando se encuentran en sus instalaciones.
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ebe evaluar los riesgos existentes en la empresa, calificarlos, adoptar las medidas de seguridad para combatirlos, realizar controles periódicos de las condiciones de trabajo, informar a sus trabajadores de los riesgos existentes y de las medidas de prevención adoptadas, formarlos y vigilar su estado de salud. Todos los talleres que tienen asalariados están obligados a realizar la prevención de riesgos laborales, en cambio, esto no es así si todos son autónomos. Para realizar la actividad preventiva puede concertarse con un servicio de prevención externo, y aunque en empresas hasta 10 trabajadores el propio empresario puede realizar la evaluación de riesgos laborales, excepto la vigilancia de la salud, que debería subcontratarla (reconocimientos médicos específicos para el trabajo a los empleados), para ello debería desarrollar de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tener la capacidad necesaria (en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades), por su complejidad, responsabilidad, coste y tiempo en formarse, así
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como el necesario para realizarla, hacen aconsejable concertar esa actividad con una entidad especializada ajena a la empresa. Si el propio empresario realiza la actividad preventiva, porque reúne los requisitos precisos, contará únicamente con sus conocimientos técnicos y, si sucede un accidente de trabajo, será el único responsable de las consecuencias. En cambio, si contrata el servicio con una empresa especializada (servicio de prevención externo), esta dispone de personal técnico formado, especializado y con experiencia, así como de los medios adecuados, y aunque el empresario seguirá siendo el responsable en caso de accidente de trabajo, en el supuesto caso de deficiencias en su actuación, podrá reclamarles después. Es conveniente que quien sea el interlocutor con el servicio de prevención, en empresas pequeñas, generalmente, es el propio empresario, si es posible, adquiera unos conocimientos mínimos en la materia (formación) que le permitan comprender mejor la actuación del servicio que contrata. Hasta hace poco, las propias Mutuas de Accidentes de Trabajo ofrecían cursos elementales gratuitos sobre esta materia. Aunque contrate un servicio externo, no debe finalizar ahí su función, realice el seguimiento de su actuación y siga las indicaciones que le den. En toda organización, debe integrarse la gestión preventiva. La prevención no debe ser considerada un gasto, sino una inversión. Por todos es conocida la repercusión económica de las bajas médicas por accidente
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de trabajo; por un lado, porque aunque el pago de la prestación que se abona al trabajador se descuenta de los seguros sociales, durante esa situación se mantiene la cotización a cargo de la empresa; y por otro, porque las horas correspondientes a ese tiempo de trabajo dejan de facturarse.El coste de la prevención de riesgos laborales debe ser tratado como un gasto fijo más de la actividad. Si no está conforme con el servicio que recibe por la empresa de prevención, o con su precio, busque alternativas, solicite presupuesto a otras entidades. Al realizar una comparativa, no se deje llevar sólo por el precio, valore el servicio que va a recibir. Como en todo, por debajo de un precio razonable de mercado, la diferencia puede ir en menoscabo del servicio. Cuente con varias alternativas antes de decidirse y, si es posible, busque referencias.
EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN PUEDE GENERARLE A LA EMPRESA Sanciones económicas. Recargos de prestaciones de la Seguridad Social (de un 30 a un 50%), si se determina que el accidente se ha producido por faltas de medidas de seguridad, soportándolo directamente el empresario. Indemnizaciones a cargo del empresario.
No basta con realizar la prevención, hay que hacerla bien. Si aún no la ha hecho, piense que está asumiendo un riesgo elevado, incurriendo, además, en una situación sancionable. Si le sanciona la Inspección de Trabajo, además de tener que pagar la sanción, después deberá realizar la prevención, para evitar ser nuevamente sancionado, sin contar que, durante ese periodo, pueda producirse un accidente de trabajo que, por falta de medidas de seguridad, ocasione consecuencias económicas a su taller. Estos días hemos tenido conocimiento que, en un taller de Valladolid, como consecuencia de un accidente de trabajo que dio lugar al fallecimiento de un trabajador, el jefe de taller, el de la sección de chapa y pintura y un técnico del servicio de prevención que elaboró el informe de evaluación de riesgos, han sido condenados a penas de un año y tres meses de cárcel. Aunque en este caso se absolvió al Gerente, es bastante habitual que este, el administrador, o el titular del negocio, sean también condenados, si se demuestra su responsabilidad. El trabajador fallecido fue aplastado por un vehículo que cayó de un elevador. Se disponía a sustituir un manguito del circuito de refrigeración de un vehículo. Para realizar dicha operación, resultaba preciso manipular la parte inferior del automóvil, por lo que el operario utilizó el elevador, ubicado en la sección de chapa y pintura, alzando el automóvil a una altura de 1,78 metros. El dispositivo de bloqueo del brazo trasero izquierdo del elevador, que desempeña la función de im-
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GREMI pedir el movimiento y posterior desestabilización y caída del vehículo bajo carga, se hallaba estropeado desde hacía un mes, de manera que cuando el trabajador manipuló el vehículo, al no accionarse el sistema de bloqueo, el coche se inclinó hacia la parte delantera y se desplomó sobre él. A consecuencia del aplastamiento, el operario padeció lesiones que provocaron su fallecimiento dos días después. La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid ha considerado que los hechos son constitutivos de un delito contra la seguridad de los trabajadores en concurso ideal con un delito de homicidio imprudente. En concepto de responsabilidad civil, los condenados habrán de satisfacer de manera conjunta y solidaria la suma de 145.000 euros para la viuda del fallecido y el hijo, que con los intereses de demora, la suma podría duplicar dicha cantidad. De ella deberán responder de forma directa y solidaria las compañías aseguradoras y subsidiariamente el taller y el servicio de prevención.
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El equipo elevador carecía de certificado de adecuación y no había sido objeto de revisión ni reparación en el año anterior al accidente. Este peligro de desplome o caída del aparato elevador no se encontraba previsto en la evaluación de riesgos correspondiente al puesto de trabajo que desempeñaba el fallecido, ni en la correspondiente a los equipos de trabajo. La prevención de riesgos laborales había sido contratada con el servicio de prevención ajeno, y el técnico designado, autor del documento de evaluación de riesgos vigente a la fecha del accidente, no había contemplado el peligro de desplome del vehículo, por lo que no había propuesto medida preventiva alguna en relación al mismo ni, se habían adoptado. Este lamentable accidente de trabajo ilustra perfectamente la importancia de la seguridad y la prevención en las empresas, así como la necesaria implicación de todos los afectados, empresas, trabajadores y servicio de prevención, para hacerla correctamente.
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es de que el nostre Gremi es va crear l’any 1944, i refundar modernament a 1977, amb la implantació de la nova democràcia, sempre s’ha celebrat una diada de germanor, per la festa de SANT CRISTÒFOL, i ara, com s’ha vingut fent els darrers tres anys, centrem l’acte al lliurament de les medalles d’or i argent als companys que celebren 25 i 50 anys com a membres del Gremi. A aquestes empreses, així com als nostres patrocinadors, els hi hem D’AGRAIR el seu ajut perquè el Gremi tingui la màxima força i empenta per complir la seva feina, de representar i defensar els interessos dels tallers, i per això, els hi donem testimoni de la important ajuda, que ens esmercen. GRÀCIES a totes les empreses que han ajudat al Gremi i que avui destaquem alhora que recomanem a tots els tallers que comptin amb ells com a bons proveïdors de productes i serveis. Si pel Gremi ho són, també ho poden ser per a tots i cada un dels agremiats.
Fotografia dels guardonats en el Sant Cristòfol 2013.
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Imatges de l’acte
Sr. Josep Just, medalla d’or de Sant Cristòfol 2013 del Gremi, i la seva esposa.
Vista parcial dels assistents a l’acte.
Presentació de l’acte Sr. Besolí i Sr. Camarasa.
Sr. Celso Besolí, President del Gremi, i Sr. Camarasa, Secretari General del Gremi, en el transcurs de l’acte.
Brindis del President del Gremi amb el personal.
Vista parcial de l’aperitiu.
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Guardonats 25 i 50 anys Sant Cristòfol 2013 NOCES D’OR 50 ANYS AGREMIATS TALLERES TORINO, S.L. (Barcelona) REMM GUITART, S.L. (Igualada) BALMES INTERMOTOR, S.L. (Igualada)
NOCES D’OR 50 ANYS AGREMIATS VIZACAYA FERNÁNDEZ HNOS., S.C.P. (Barcelona) · FRANCISCO CASTRO JAÉN (Barcelona) · F.F.G. TALLERS OLÍMPICS, S.L. – FRANCISCO FERNÁNDEZ GONZÁLVEZ (Barcelona) · AUTOS LA FERRERÍA, S.L. (Montcada i Reixac) · TALLERES GASER, C.B. (Esplugues de Llobregat) · JAUME ROSIÑOL SUBIRACHS (Sabadell) · JORDI COSTA ARENAS (Arenys de Mar) · TALLERS ANOIA (Martorell) · AUTO PUIG (Manresa) · SERVIAUTO VILADECANS, S.L. (Viladecans) · ALBERTO ESTEBAN RAFOLS TRAPOTE (Barcelona) · J. PALACIOS RAF, S.L. (Barcelona) · JUAN PALACIOS RUIZ (Barcelona) · TALLER HNOS. ÁLVAREZ (Badalona) · TALLER CERDANYOLA, S.L. – MANUEL CASADO RUIZ (Mataró) · FRANCISCO GONZÁLEZ CANO (Barcelona) · TALLER ERNEST MATAS (Calella) · AVILEO AUTOMOCIÓN, S.L. (Cerdanyola del Vallès) · TALLERES ATLÁNTIDA, S.C.P. (L’Hospitalet de Llobregat) · PLANXÍSTERIA MÉNDEZ (Vilafranca del Penedès) · PLANXÍSTERIA I PINTURA FERNÁNDEZ ARROYO, S.L. (Sant Jaume Sesoliveres) · AUTOMOTRAC 3000, S.L. (Molins de Rei) · GARATGE RIVERO (Molins de Rei) · ANTONIO MENDOZA MARTÍNEZ (Sant Vicenç de Castellet) · TALLERES AUTOLICA, S.A. (Barcelona) · RAMÓN FABREGAT SANAHUJA (Barcelona) · JUAN JOSÉ NICOLAU MARSAL (Gavà) · MANUEL CARQUEIJEDA GARCÍA (Barcelona) · ANTONI SIMÓN FERNÁNDEZ (Barcelona) · PERE VENDRELL RIBÉS (Cornellà de Llobregat) · DOBLE RUEDA · (L’Hospitalet de Llobregat) · ENRIQUETA BLEDA CAÑETE (Barcelona) · HERMENEGILDO PORTA TREPAT (Barcelona) · CENTRAL DE REPARACIÓ DE CARROSSERIES (Barcelona) · TALLERES MIRALTA (L’Hospitalet de Llobregat) · JOSÉ LUIS LEVIT SÁNCHEZ · (Barcelona) · TALLERES NOVO – JOSÉ ANTONIO JAL GER (Barcelona) · MOTOS SANTI · (Santa Coloma de Gramanet) · TALLERES HERRERA, S.C.P. (Barcelona) · JOSÉ VALLEJO GUITIÉRREZ (Badalona) · RAMÓN HIDALGO COLLADO (Sant Just Desvern) · AUTO REPARACIÓ VOLTREGÀ, S.L. (Sant Hipòlit de Voltregà) · JUAN MARTÍNEZ MONTES (Castelldefels) · MOTOS JAB, S.L. (Mataró) · ERNEST PUJOL BONASTRE (Piera) · JOSEP GELPÍ REPARACIÓ VEHICLES (Malgrat de Mar) · SERVICIO ELÉCTRICO CASTELLDEFELS (Castelldefels) · EMILIO LAVADO DONOSO (Viladecans) · TALLERES HERRERO (Barcelona) · ALEMANIA MOTORS, S.A. (Barcelona) · TALLERES HER-GAR (Terrassa) · JOSÉ PRADO DE TENA (Barcelona) · BANDERAS AUTOMOCIÓ, S.L. (El Prat de Llobregat) · SERVIAUTO MOTOR, S.L. (Castelldefels) · REPARACIÓ D’AUTOMÒBILS AGUSTÍN TORRAS (Vic) · JAVIER GALLÉN LLORENS (Premià de Mar) · CASACUBERTA AUTOMÒBILS, S.L. (Vic) · PALMIRA COSTA ALÒS (Monistrol de Montserrat) · ÁNGEL ABAD, S.L. (Sant Sadurni d’Anoia) · TALLER HNOS. MARÍN (Badalona)
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Entregues 50 anys
REMM GUITART, S.L. - MIQUEL RICA SANTAMARÍA
BALMES INTERMOTOR, S. L. - JOSEP JUST RABELL
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FRANCISCO CASTRO JAÉN
AUTOS LA FERRERÍA, S.L. - PEDRO GARCÍA GIMÉNEZ
JAUME ROSIÑOL SUBIRACHS
TALLERS ANOIA - DAVID FORTUNY MULET
SERVIAUTO VILADECANS, S.L. - ANTONI BLANCH TORRES
TALLER CERDANYOLA, S.L. - MANUEL CASADO RUIZ
AVILEO AUTOMOCIÓN, S.L. - EMILIO AVILEO HERREROS
PLANXISTERIA MÉNDEZ - CARLOS MÉNDEZ GONZÁLEZ
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PLANXISTERIA I PINTURA FERNÁNDEZ ARROYO, S.L. - ALFONSO FERNÁNDEZ-ARROYO CABA
GARATGE RIVERO - JOSÉ RIVERO FRANCO
ANTONIO MENDOZA MARTÍNEZ
TALLERES AUTOLICA, S.A. - GONZALO SANCHÍS BLAT
JUAN JOSÉ NICOLAU MARSAL
ANTONI SIMÓN FERNÁNDEZ
CENTRAL DE REPARACIÓ DE CARROSSERIES - JOSEP FERRO MESTRES
TALLERES MIRALTA - JOSÉ RODRÍGUEZ ARGUILES
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TALLERES NOVO - JOSÉ ANTONIO JAL GER
MOTOS SANTI - ANTONIO SANCHO BOIZA
RAMÓN HIDALGO COLLADO
AUTO REPARACIÓ VOLTREGÁ, S.L. - DOMINGO BALTANAS VILLENA i JAUME FONT MUNTADES
ERNEST PUJOL BONASTRE
ALEMANIA MOTORS, S.A. - FRANCISCO SÁNCHEZ SÁNCHEZ
JOSÉ PRADO DE TENA
CASACUBERTA AUTOMÒBILS, S.L. - RAMON SADURNI FONT i Mª DOLORS CASACUBERTA POU
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PALMIRA COSTA ALÒS - FLORA VIVES MASATS
ÁNGEL ABAD, S.L. - ÁNGEL ABAD ARNAS
Agraïments a
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Un exemple del tràmit de protesta contra un sinistre total
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eproduïm un cas que és exemple de tots els problemes que poden sortir en una situació en que un taller vol fer una reparació que el client li ha encarregat.
Suprimim totes les referències a noms de clients, tallers, companyies, i matrícules per no afectar la intimitat de ningú, tot i alguns d’ells acceptaven la publicitat. En abril de 2013, una persona rep danys al seu vehicle per culpa d’un altre que esta assegurat a la companyia “A”. La persona que ha rebut els danys assegurada a la companyia “B” sense danys propis, fa la declaració de sinistre, i ja rep la recomanació de que vagi a tallers “Z” per fer la reparació amb la màxima urgència. La persona perjudicada comenta a la seva companyia la “B” que pensava anar a tallers X a reparar però com la companyia insisteix, accepta passar-ho a tallers Z. Quan va a tallers Z li diuen que com el valor del vehicle no passa de 1.300€ i com el valor de la reparació mínim seria de més de 2.500€ li donaran sinistre total, i que si es mira d’arreglar amb peces velles etc., pot pagar alguna part de la diferència i salvar el vehicle. La persona perjudicada abans de decidir comenta el cas al seu taller de confiança tallers X el mes de maig, que truca al Gremi per confirmar informació i el nostre Servei V.V. comprova que “el preu de compra per un comerciant és 1.200€ i el de venta d’un comerciant per a un particular és de 2.500€.” Amb això confirma que tallers Z informa a l’usuari, faltant a la veritat; el sinistre total NO existeix si el perjudicat no té culpa, i té dret a que li reparin el vehicle per TOT el que costi. El valor venal o de mercat és el que li costaria al client comprar un vehicle similar, i no és el valor que li pugui donar quan el ven; aquest no és cap valor venal, sinó un engany. La persona perjudicada demana al seu taller de confiança un pressupost de reparació que puja a 3.500€ amb peces noves; quan aquesta persona ho exigeix a la companyia amb intervenció de tràmit d’uns advocats que col·laboren amb el Gremi, la companyia “B” accepta però demana que la reparació la faci tallers Z tot i que no l’ha informat degudament. Aquesta persona, rebutja que la reparació la faci del taller concertat amb la seva companyia que no li ha dit la veritat, confirma l’encàrrec al seu taller de confiança, havent rebut la total quantia de 3.500€ a juny, feta la reparació, sense cap més intervenció dels advocats.
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Conclusions Les companyies paguen el que toca si saben que el client coneix els seus drets i els exerceix. El valor de reparació dels danys d’un vehicle perjudicat sense culpa pot arribar fins a 3 vegades el valor venal impropi d’un vehicle. El taller “Z” concertat de l’exemple, no va ser professional davant del seu client, l’usuari, a qui havia de servir i donar la millor garantia de la reparació que es mereixia el vehicle. Va preferir fer el joc a la companyia oferint peces velles al client, que no ser professional amb la reparació òptima que li calia al vehicle i que estava dins de la llei. Una part del problema general del sector és el comportament de poca professionalitat i manca d’ètica de tallers com el Z, en la part que podia conèixer que el perjudicat tenia dret a que li reparessin el vehicle sense rebaixar la qualitat de les peces, però adapta la qualitat de la seva feina als suposats interessos de la companyia de la persona perjudicada. Accepta fer una “chapuza” en interès de la companyia B i oblida el interès de l’usuari. Apart queda la total falta d’ètica de l’asseguradora de la companyia B que es pot qualificar de conducta fraudulenta que tot i que cobra de la persona perjudicada (pòlissa de reclamació i defensa) no li informa dels seus drets i dóna prioritat a acords interns entre asseguradores que perjudiquen el legítim interès del seu assegurat. També la deontologia professional del perit que pagat per la companyia del perjudicat sembla que fa un informe en que amaga informació essencial dels drets del perjudicat, tot i que per la seva professió ha de conèixer que son danys fets per un altre vehicle, i per tant, no hi cap el criteri tècnic de sinistre total o vehicle econòmicament irreparable. Tot plegat TRIST. Qualsevol taller, sigui o no concertat, ha de mantenir la deontologia de reparar amb la millor qualitat que requereix el vehicle i vol el seu propietari i més quan pot percebre la retribució lliure de la seva feina per garantir-la com exigeix la Llei.
Armando Higueras Advocat
GREMI
Recordatori de Gremiwebs
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el cas de que no hagi rebut els correus electrònics que passem regularment als agremiats (problemes tècnics del servidor, deteccions fallides, o errors de procediment) relacionem els correus enviats des de la publicació del darrer Gremitaller.
27/05/2013 (Muy importante) En marcha la campaña contra la aplicación del Valor Venal Impropio. Recuerde que existe en el Gremi un servicio gratuito de información del valor venal (de mercado). 03/06/2013 (Muy importante) Facturación electrónica con Aseguradoras. Renovado el acuerdo del GREMI con MENSAELECT. El Taller puede utilizar el servicio de
Pel taller que no tingui correu electrònic, apart de recomanar-li la importància de treballar amb sistema informàtic, li informem de que podem enviar-li per fax les circulars que ens demani.
Mensaelect sin comisiones, ni costes de alta o mantenimiento. Sólo hay un precio fijo
08/05/2013 (Protección de datos) Obligado cumplimiento para el taller. El taller
DISPONE DE PÁGINA WEB? Estudios recientes afirman que más del 87% de los intern-
por cada factura que gestione, y MEDIANTE ESTE ACUERDO ES MÁS BARATO. 05/06/2013 (Laboral) Cuidado con la subcontratación. 11/06/2013 (Informática) Ahora su taller también estará en Internet. ¿AÚN NO
está obligado a velar por los datos personales. Cumplir con la ley de protección de datos le evitará importantes sanciones. 13/05/2013 Campanya contra el Frau del Sinistre Total. 15/05/2013 Consideraciones fiscales a la At. Exclusiva del ADMINISTRADOR/A. 15/05/2013 (Fiscal) Declaració de Renda i Patrimoni 2012. El Servei Fiscal del Gremi està a disposició de tots els agremiats i les seves famílies per tal d’ajudar-vos en el càlcul i presentació de la Renda 2012, i també del Patrimoni, si s’escau. 21/05/2013 (Informació important) Convocatòria Presentacions Pràctiques al Gremi, “els dijous al Gremi”. 22/05/2013 (Cursos de formación) En Mataró Curso GRATUITO de Valoración de Daños Audatex. Miércoles 29 de Mayo. 23/05/2013 (Laboral) Recordi cobrir les prestacions complementàries del Conveni Col·lectiu. El Gremi renova per quart any l’acord amb el Montepio Metal·lúrgic.
autas busca en internet antes de tomar una decisión de compra. 13/06/2013 (Laboral) Autónomos: Jubilación y Trabajo. Los autónomos pueden compatibilizar pensión de jubilación y trabajo. 17/06/2013 (Laboral) Prevención de riesgos laborales. ¿Tiene empleados? Si es así. ¿Conoce que debe realizar la prevención de riesgos laborales en su taller? 20/06/2013 (Muy importante) Muchas mentiras con el Siniestro Total y todas contra el usuario y taller. 21/06/2013 (Convocatòria Reunió Comarcal) Reunió a Berga. Tallers clandestins. Competència deslleial. 25/06/2013 ZURICH, también seguros para necesidades familiares. 01/07/2013 (Laboral) Incorporar un empleado por algún tiempo. Si no tiene trabajadores y, por algún tiempo, necesita incorporar uno, llame al Gremi antes de contratar. 03/07/2013 (Fiscal) Impuesto Sociedades, optimización del cálculo. En los talleres que son S.L., S.A. ó S.C.C.L. en Julio toca el cierre fiscal definitivo del ejercicio 2012.
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GREMI
Son asalariados, no son autónomos
Ú
ltimamente es muy frecuente recibir consultas en la asesoría laboral del Gremio en relación a la posibilidad de tener “un autónomo contratado en el taller” o “que venga un autónomo a trabajar al taller”.
Esto es posible. Si fuese este último caso, el empleado debería seguir dependiendo de las instrucciones técnicas, organizativas y directivas del empresario que lo tiene contratado, que es quien le paga la nómina, para evitar incurrir en una cesión ilegal de trabajadores.
Es una situación derivada de la difícil situación económica que estamos atravesando.
El problema se produce cuando confundimos esta situación con aquél que se ofrece a un taller como autónomo, pagándose los recibos de cotización y presentando una factura de honorarios, a final de mes o cuando termina el trabajo. Esta situación es distinta y más delicada.
La situación real es la siguiente: El taller tiene poco trabajo para tener un empleado más, con el coste que este representa, pero necesita un refuerzo para poder realizar el trabajo encargado que, con su plantilla o con los socios, no alcanza a desarrollar en determinados momentos. Sobre esta cuestión ya hemos ido explicando con anterioridad las distintas situaciones que se pueden producir. En esta ocasión nos detendremos principalmente en la definición de lo que es un trabajador por cuenta ajena (asalariado). No obstante, antes veremos el ejemplo claro de subcontratación: ¿Es posible subcontratar los servicios de otro taller? Sí, es posible realizar esta colaboración. El trabajo acordado podrá realizarse desde las instalaciones del otro taller o desde las propias. Si se acuerda realizarlo desde las propias, quien se desplaza a efectuar los trabajos puede ser un autónomo o un empleado de éste.
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El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 1, define a los trabajadores por cuenta ajena como “… los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario”. La sentencia del Tribunal Supremo de 7 de noviembre de 2007 define lo que se considera trabajo por cuenta propia: Resulta irrelevante la calificación de los contratos efectuados entre las partes, debiendo analizarse la configuración efectiva de las obligaciones asumidas en el acuerdo contractual y de las prestaciones que constituyen su objeto. En el contrato de arrendamiento de servicios el esquema de la relación contractual es un genérico intercambio de obligaciones y prestaciones de trabajo con la contrapartida de un precio o remuneración de los servicios.
GREMI En el contrato de trabajo dicho esquema o causa objetiva del tipo contractual es una especie del género anterior que consiste en el intercambio de obligaciones y prestaciones de trabajo dependiente por cuenta ajena a cambio de retribución garantizada.
- La adopción por parte del empresario y no del trabajador de las decisiones concernientes a las relaciones de mercado o de las relaciones con el público, como fijación de precios o tarifas, selección de clientela e indicación de personas a atender.
Así pues, cuando concurren, junto a las notas genéricas de trabajo y retribución, las notas específicas de ajenidad del trabajo y de dependencia en el régimen de ejecución del mismo nos encontramos ante un contrato de trabajo, sometido a la legislación laboral.
- El carácter fijo o periódico de la remuneración del trabajo.
Los indicios comunes de dependencia más habituales en la doctrina jurisprudencial son: - La asistencia al centro de trabajo del empleador o al lugar de trabajo designado por éste y el sometimiento a horario. - El desempeño personal del trabajo, compatible en determinados servicios con un régimen excepcional de suplencias o sustituciones. - La inserción del trabajador en la organización de trabajo del empleador o empresario, que se encarga de programar su actividad. - La ausencia de organización empresarial propia del trabajador. Los indicios comunes de la nota de ajenidad son entre otros: - La entrega o puesta a disposición del empresario por parte del trabajador de los productos elaborados o de los servicios realizados.
- El cálculo de la retribución o de los principales conceptos de la misma con arreglo a un criterio que guarde una cierta proporción con la actividad prestada, sin el riesgo y sin el lucro especial que caracterizan a la actividad del empresario o al ejercicio libre de las profesiones. Conviene tener cuidado con el establecimiento de una relación laboral por cuenta ajena bajo la fórmula de autónomo cuando no lo es, esto puede traer importantes consecuencias: • Que por denuncia a la Inspección de Trabajo o demanda ante el Juzgado de lo Social se reconozca la existencia de relación laboral y el taller para el que trabaja ese autónomo deba cotizar por él en el Régimen General de acuerdo con el importe de honorarios o, si éste es inferior, por el salario establecido en el convenio (aunque después el autónomo solicite la devolución de las cuotas que ha pagado en autónomos, si procede), por el tiempo que acredite de vinculación (con el máximo de cuatro años), considerándose, además, que la relación laboral es por tiempo indefinido y a tiempo completo, salvo que se pueda acreditar lo contrario; con los derechos establecidos para los trabajadores por cuenta ajena, por ejemplo: Indemnización por despido, si se produce; vacaciones, pagas extraordinarias, permisos retribuidos, etc.
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• Que si se produce un accidente o enfermedad, y la baja médica es de larga duración o incluso deriva en una incapacidad permanente, reclamada y reconocida la existencia de relación laboral (Inspección de Trabajo o Juzgado), sin existir el alta en el Régimen General de la Seguridad Social (como empleado), el INSS o la Mutua (según corresponda) anticipará el pago de la prestación, debiendo el taller reintegrar después ese importe y, en otros casos, constituir, en el correspondiente Servicio Común de Seguridad Social, el capital necesario para que se proceda con el abono de la prestación durante su duración. • Que, si la empresa no tiene realizada la prevención de riesgos laborales, por no existir otros trabajadores asalariados, si se produce un accidente de trabajo o enfermedad profesional, y se acredita la condición de asalariado, si se determina la existencia de falta de medidas de seguridad, pueden condenar a pagar al taller en el que trabaja, según la gravedad de la falta, un recargo de las prestaciones que se originen (incapacidad temporal, incapacidad permanente, viudedad, etc.) de un 30 a un 50% sobre la cuantía de las mismas. • Que, si se acredita la relación laboral por cuenta ajena, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona, si como consecuencia de accidente laboral o enfermedad profesional se deriva una situación de incapacidad permanente, en grado de
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gran invalidez, o de incapacidad permanente absoluta para toda clase de trabajo, o fallecimiento del mismo, si la empresa no lo tiene asegurado, deberá abonar al mismo, o a sus beneficiarios (en caso de defunción), los importes que en el mismo se indican, y que se actualizan anualmente (dispone de ellos junto con las tablas salariales que le enviamos cada año). La alternativa a esto es la subcontratación laboral, antes comentada, o la contratación laboral realizando un estudio de necesidades y concertando el contrato de trabajo más adecuado para la empresa: Contratos eventuales, para corta duración; formativos, en prácticas para jóvenes que han terminado los estudios, para la formación y el aprendizaje para los jóvenes que no pueden hacérsele contratos de trabajo en prácticas por falta de titulación. Conviene conocer que no todos los contratos tienen que ser a tiempo completo (sólo el contrato para la formación y el aprendizaje), pueden ser a tiempo parcial, con la misma jornada cada día o no, con el mismo número de horas o no. Recuerde que el contrato indefinido de apoyo al emprendedor (a tiempo completo), aprobado tras la última reforma laboral, dispone de un periodo de prueba de un año. Puede consultar las necesidades de contratación con la asesoría laboral del Gremio.
Acuerdo entre el Gremi de Barcelona y DAT Ibérica Aplicar la estimación económica de las reparaciones, una prioridad para el taller. Con DAT especial atención también para motos y V.I. DAT Ibérica y el GREMI de BARCELONA han suscrito un acuerdo de colaboración el pasado 20 de junio, con el objetivo de fomentar el uso de las TIC aplicadas a la estimación económica de las reparaciones, para desarrollar una serie de actividades de Formación gratuitas y específicas para los talleres agremiados durante el segundo semestre de 2013. Dicho acuerdo, que es extensivo para todos los agremiados, no obstante destaca que existen dos colectivos de talleres, concretamente los reparadores de motos y los reparadores de vehículo industrial, con pocas opciones tecnológicas para efectuar dichas valoraciones de una manera objetiva.
se presentarán las nuevas herramientas SILVERDAT en la próxima edición de INNOTALLER 2013 a celebrar el 16 de Octubre en Barcelona. Dentro del Programa de Seminarios Formativos, el GREMI organizará sesiones técnico-prácticas entre septiembre y diciembre próximos coincidiendo con las reuniones DIJOUS AL GREMI, cuya asistencia será convocada en especial para los talleres agremiados con servicio de Motos. INNOTALLER 16 Octubre Presentaciones SILVERDAT MOTOS y SILVERDAT V. INDUSTRIAL DIJOUS AL GREMI Sept.-Dic. Seminarios monográficos para especialistas en Motos
En este sentido, DAT ofrece a los talleres de Europa y otros territorios, herramientas tecnológicas especializadas en la valoración de reparaciones de motos, turismos y 4x4, y de vehículos industriales siniestrados. El Gremi considera de especial interés difundir las opciones tecnológicas que DAT Ibérica pone a disposición de los talleres, en particular para las reparaciones de motos y de vehículos industriales, y en base a ello
Sr. Lluís Camarasa, Secretario General del GREMI y Sr. Luis Murias Dalmau, Director General de DAT IBÉRICA, en la firma del acuerdo.
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GREMI
Renovado el acuerdo del GREMI de Barcelona con MENSAELECT
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or la positiva experiencia que han manifestado los talleres usuarios del servicio de Mensaelect para la tramitación electrónica con Aseguradoras en estos 3 últimos años, el Gremi de Talleres de Barcelona acaba de renovar su convenio de colaboración. Dicho acuerdo tiene como objetivo fomentar el uso de sistemas de gestión que ayuden a incrementar la productividad y rentabilidad a los talleres, con especial interés para el sector de carrocería, donde la simplificación y agilización de la gestión de facturación y cobro con las Aseguradoras es un aspecto fundamental para su negocio. 4 razones para rubricar el acuerdo 1 - Porque Mensaelect es una empresa independiente no vinculada a ninguna aseguradora ni grupo de automoción, ni financiero. 2 - Porque con el sistema online que ofrece Mensaelect, los talleres pueden reducir el tiempo de cobro y racionalizar los procesos administrativos y contables, facilitando la generación de las facturas de los reparadores y controlando de una forma informatizada su seguimiento hasta el cobro. 3 - Porque el taller puede utilizar el servicio de Mensaelect sin comisiones, ni costes de alta o mantenimiento, con un precio fijo por cada factura que gestione, que mediante este acuerdo es más ventajoso. 4 - Porque a partir de la creación de Mensaelect han desaparecido del mercado ciertas ofertas, rayanas en la usura, que se aprovechaban de ciertos fallos administrativos de los talleres.
Ventajas para el Taller - Reducción del tiempo de cobro, aprox. 7 días máx. - Simplificación de la confección de la factura. - Sin envío de documentación física (papel), finiquitos, duplicados, sellos, sobres, certificados, etc. - Facilidad de conciliación contable. - Estandarización de su gestión con aseguradoras. - Eliminación de llamadas de seguimiento. - Menos litigios con Cías. para el cobro de facturas. - Para grupos de talleres posibilita la centralización de la gestión (optativo). - Estadística real de su gestión. - Mejor previsión de pagos y del flujo de caja. - Aumento de productividad. - Disminución de costes fijos y variables. Y sólo se necesita un PC con conexión a Internet. No olvide mencionar que es miembro del GREMI DE TALLERES DE BARCELONA para disfrutar de todas estas ventajas. Consulte Aseguradoras operativas y condiciones para los talleres en www.mensaelect.es o al Tel. 93 360 04 45.
Sr. Arturo Agud, Director de Mensaelect, y Sr Lluís Camarasa, Secretario General del Gremi.
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GREMI
Presentació denúncia valor venal Presentació denúncia contra les companyies pel seu pacte del sinistre total.
El Gremi de Tallers i la Unió de Consumidors de Catalunya, UCC, hem presentat una denúncia contra l’acord de les asseguradores que limiten les indemnitzacions a un valor venal impropi.
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s tracta de la campanya de Valor Venal impropi, aprovada per l’Assemblea del Gremi davant d’una de les pràctiques que creiem il·legals de les asseguradores quan valoren com a sinistre total els danys de vehicles en accidents sense culpa del seu conductor. Hi han altres pràctiques com la desviacio de treballs a tallers concertats sense respectar la clientela del taller que ja ha rebut l’encàrrec de reparació, però l’acord que denunciem, de limitació d’indemnització, integrat suposadament en el sistema Cicos, i aplicat pels perits de una manera concertada, pot ser una molt més clara infracció de la norma de la Competència, perquè afecta al mercat i no afavoreix en res als usuaris. Els primers perjudicats son els usuaris que han de rebre la deguda indemnització dels danys que han sofert per pagar la seva reparació, i després ho son els tallers perquè els seus clients no tenen la capacitat de diners deguda per encarregar la reparació adient del seu vehicle. Per això, la coordinació entre la UCC i el GREMI ha permès aquesta acció que després han de aplicar els tallers en la seva activitat donant el degut servei d’informació tècnica al client que els ha de confiar la reparació del seu vehicle.
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Cal dir que abans de fer la denúncia es va escriure a totes les asseguradores que actuen a la província de Barcelona i a la mateixa associació de perits, des del Gremi demanant que no seguissin aplicant el criteri de sinistre total en el cas de danys fets per culpa de contrari, i no ens varen atendre. Així no tenim altre remei que fer la denúncia per veure de solucionar un greu problema que afecta la legítima viabilitat d’una gran part. Reproduïm alguns dels paràgrafs de la denúncia que també es refereix als perits que no apliquen la deontologia que cal esperar pels assegurats en la seva pròpia companyia quan qualifiquen com sinistre total uns danys, fets per un contrari sense tenir en compta les normes legals. “Aquest convenis s’apliquen per un sistema que no coneixem que s’ha revisat mai per l’autoritat de la Competència: és el procediment CICOS, que les asseguradores qualifiquen com “sistema d’aplicació dels dits convenis”, però que conté ACORDS DE PREUS i de la pròpia interpretació dels convenis, que no son revisats i que generen perjudici als usuaris afectats pels accidents al reduir el import de les indemnitzacions que tenen dret a cobrar. L’acord i la subsegüent pràctica que denunciem és que les asseguradores han convingut que les indemnitzacions als perjudicats sense culpa d’un accident de circulació, es limitaran a pagar el valor venal dels vehicles perjudicats, encara que la reparació dels danys sigui superior. Això és contrari a les obligacions legals del mateix Codi Civil, art. 1902.
GREMI En l’aplicació d’aquest sistema es dóna una altra pràctica de frau o engany i és que el perit que qualifica com a sinistre totals els danys, és el de la mateixa asseguradora que ha de defensar els drets dels perjudicat que paga la pòlissa i ¡¡el servei del perit!! Això genera l’equivocació del perjudicat de l’accident que li dóna una previsible credibilitat a aquell que l’ha de protegir (el perit de la seva pròpia companyia) però que li transmet una informació falsa, per parcial, dels seus drets i expectatives de cobrament. Les mateixes sentencies del TS i de les Audiències que s’indiquen confirmen que el valor venal o de mercat és el que estableix el comerciant per a la venda d’aquest vehicle a un particular; en suma el valor d’adquisició pel perjudicat, coincidint amb el criteri de la Dirección Gral. de Seguros sobre l’abast de la quantia de la indemnització al perjudicat. La filosofia de l’acord en CICOS és el de “hoy por ti, mañana por mi” de manera que si la companyia A ha de reclamar a la companyia B una indemnització en favor del seu client que ha estat perjudicat en un accident del que l’assegurat de B és culpable, fixen un acord per pagar poc i així quan en un altra accident, la companyia B és la que té que reclamar a A, per la culpabilitat del conductor de la A, la quantia també és baixa. Les suposades avantatges de l’acord de les companyies, en pagar ràpidament indemnitzacions no és tal, si es té en compta la gran dismi-
nució de la quantia que correspon,i que haurien de pagar als 3 mesos com estableix l’art. 7 de la Ley 21/2007 que varia el Text Refós del R D. Legislatiu 8/2004. Quina avantatja hi ha, si en un sinistre total habitual, s’ofereixen 1000€ d’indemnització, (pel valor venal impropi) quan la que correspondria és d’un mínim de 1.800 (preu de compra de vehicle similar) més un 30% de valor d’afecció, o fins el de la reparació, d’aprop de 2.500€. Cobrar 1.000 euros un dia, no compensa el dret de cobrar-ne 2.500 al cap de 3 mesos; és un problema financer del que s’aprofita la companyia que inclús s’estalvia la despesa de la reclamació que cobra en la pòlissa.
PER AIXÒ DEMANEM Que a partir de la documentació aportada, s’obri expedient reservat de investigació dels fets ... perquè al seu dia el Tribunal de la Competencia dicti resolució per la que es condemni a los autors de las pràctiques contràries a la competència a la seva immediata paralització i correcció, amb la imposició de la sanció corresponent pels perjudicis econòmics creats als usuaris i al mercat, amb els demes pronunciaments inherents a Dret.
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GREMI
Esos “pequeños” detalles Optimizar el uso de consumibles en el taller Por Francisco González de Prado
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os consumibles se encuentran dentro de las partidas para el cálculo del coste-hora de un taller y representan en su conjunto unos costes de relativa importancia. Se hace necesario realizar un uso racional de ellos y valorar adecuadamente las diferentes alternativas que ofrece el mercado a la hora de su elección. Las operaciones realizadas en las áreas de carrocería y pintura requieren el empleo de diversos tipos de consumibles. En todos ellos es posible efectuar un uso racional mediante una gestión adecuada y una selección apropiada de los diferentes productos que ofrece el mercado. En ciertas operaciones existen posibles alternativas que es necesario valorar convenientemente a la hora de elegir el tipo de consumible más idóneo que nos permita optimizar el coste final, consumible y tiempos de intervención, sin detrimento de la calidad. Seguidamente, se analizan posibles alternativas en la elección de consumibles para las operaciones más habituales en el taller, teniendo en cuenta criterios técnicos y económicos. Desgrapado de piezas de chapa Dentro de los trabajos realizados en el área de carrocería, uno de los más habituales consiste en el corte y desgrapado de piezas soldadas. En esta operación, el empleo de brocas cobra especial relevancia, ya que es el elemento consumible más utilizado y, por lo tanto, hay que reponerlo constantemente. Existen en el mercado multitud de variedades de brocas, se seleccionarán las más adecuadas para este tipo de trabajo, teniendo en cuenta especialmente el tipo de acero con el que se trabaje. Hay diferentes alternativas que el taller reparador deberá sopesar, como precio y durabilidad, y su influencia en los resultados finales.
Así, a modo de ejemplo, el coste de una broca fabricada en aleaciones de cobalto es, aproximadamente, el doble del de una fabricada en acero rápido (HSS), siendo ésta última la más utilizada en el desgrapado de piezas de acero convencional. Sin embargo, la primera, además, es apta para trabajos sobre carrocerías que incorporan aceros de altas prestaciones, característica muy habitual en los vehículos actuales. Las brocas al cobalto tienen una durabilidad mucho más elevada que las de acero rápido, permitiendo obtener una mayor rapidez en la reparación, y realizar el corte de una forma más precisa y limpia. Por otro lado, la aparición en las carrocerías de los aceros de muy alto límite elástico, como el acero al boro, ha obligado a usar nuevos tipos de brocas de aleaciones especiales, por ejemplo la widia, de precio y prestaciones muy superiores a los indicados anteriormente. Su uso sólo estará justificado en este tipo de aceros para no deteriorarlas innecesariamente. Otra alternativa que también hay que valorar es contar con un equipo de afilado de brocas, que permite alargar considerablemente su vida útil. Lijado en el área de carrocería El lijado en el área de carrocería se centra, prácticamente de forma exclusiva, en la eliminación de la pintura en operaciones como el repaso de chapa. La elección del abrasivo adquiere especial relevancia para facilitar y optimizar el trabajo posterior en el área de pintura. En este sentido, la utilización para la eliminación de pintura de discos de gran poder abrasivo de grano P36 ó P50, si bien tienen un coste reducido y permiten realizar con rapidez esta operación, resulta especialmente inadecuada debido a las profundas marcas superficiales que provocan en la chapa. Este hecho obligará a incrementar considerablemente el tiempo de los posteriores trabajos en el área de pintura, con el consiguiente incremento de costes finales para el taller. El uso en su lugar de discos de bajo poder abrasivo del tipo nylon expandido, comúnmente llamados Clean’ Strip, solventa con resultados excelentes esta problemática. Aunque su coste es superior al de las lijas convencionales, se compensa sobradamente por la mayor calidad de la reparación obtenida y el menor tiempo de intervención resultante en el conjunto de la reparación. Para saber más www.cesvimap.com Marcas de consumibles: www.3m.com www.4cr.de www.adesat.com www.blinker.es www.bluemaster.es www.carburos.com
Botella de gas argón
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Lijado de piezas a reparar
www.car-repair-system.com www.exfasa.es www.indasa.es www.mirkaiberica.com www.nortonabrasives.com www.wielanderschill.de www.würth.es
En la revista GremiTaller nº 44 se publicará la segunda parte de este artículo técnico.
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Talleres con historia José Toledano González Talleres T.C. Sant Antoni Maria Claret, 118 (Barcelona) Talleres T.C. en Sant Antoni Maria Claret, 118.
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eses antes de que se iniciara le guerra civil española en 1936, nace en Sisante, un pueblo de Cuenca que no alcanza los 2000 habitantes José Toledano. Realiza sus estudios en Murcia hasta que un familiar que, vivía en Barcelona, le anima a trasladarse a la ciudad, donde las posibilidades de encontrar trabajo eran altas. En septiembre de 1955 José Toledano, con 19 años, llega a Barcelona para establecerse y arraigar por completo en la capital catalana. Le ofrecen trabajo de profesor pero lo rechaza para entrar en la compañía de seguros DAPA donde hizo algunos amigos. Su inquietud le lleva a aceptar el ofrecimiento de un amigo para ir a trabajar a la fábrica Hispano Suiza como técnico y entra en el departamento de planificación, allí conoce a un ingeniero que le cambiaría el destino profesional. El ingeniero se llamaba Emilio Bermejo Llobet y era toda una autoridad en la fábrica. Se dio cuenta el ingeniero de las aptitudes y la entrega de José y le propone, algún tiempo después, marchar con él para iniciar una nueva actividad: se va a la fábrica de motocicletas Bultaco como responsable de recambios, después se traslada a Zaragoza a una empresa de Bultó que se dedicaba a transformar en deportivos los Seat 600, poco tiempo después da un paso más, trasladándose a un taller, recién creado por Emilio Bermejo que se dedica a la construcción de carrocerías, situado en la calle Milá y Fontanal. Hay que recordar que por
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entonces era bastante habitual la existencia de talleres que se dedicaban a carrozar camiones o autocares, a los que hacían los asientos y también turismos, como el Seat 1400, al que le incorporaban dos banquetas más para aumentar el número de pasajeros. Con tremenda escasez de materiales y herramientas. José aprendió el oficio de carrocero, sin cizallas para cortar plancha, haciéndolo con tijera, remachando con la buterola y descubriendo en la pasión por el trabajo, su forma de vivir. Afortunadamente, poco a poco, a partir de los años sesenta se fue introduciendo la tecnología facilitando así el trabajo del planchistas.
En 1965 abre su propio taller en Avenida de Montserrat y para buscar trabajo, él y un compañero de otro taller, van a la búsqueda de coches siniestrados. Se colocan en puntos clave donde sabían que se producían más accidentes y se encargan del transporte, no solo del vehículo al taller, sino del accidentado a la casa de socorro o a su propio domicilio. Es un trabajo muy sacrificado que les exigía estar en la carretera los fines de semana. A veces, para conciliar la vida familiar, llevaba a su mujer y los niños a unas explanadas del Ordal y los dejaba allí, jugando al aire libre, hasta que los recogía por la tarde.
José Toledano en su antiguo despacho.
GREMI Toda esta febril actividad tenía un objetivo: poder tener coches el lunes en el taller y dar trabajo a los cuatro o cinco operarios que ya tenía. Probablemente esta rapidez en el servicio contribuyó a encontrar clientes y a fidelizar compañías aseguradoras.
José Toledano sembró la semilla de un taller en que los clientes siempre vuelven, atraídos por su buen servicio, la calidad y trato personal y Pere Rodés sigue ese camino, ampliando y ensanchando nuevos horizonetes con el empuje de la juventud.
El taller de la calle Avenida Monsterrat lo convierten en Parquing y se traslada a la calle Sant Antoni Maria Claret, que es donde está ahora. Montan una cabina de pintura. Al principio el taller de José se encarga de los coches del servicio Renault del señor José Mª Castellar, antiguo primer presidente del Gremi. El trabajo aumenta y la plantilla también. Pese a las varias crisis que sufrió el sector, el taller fue sorteando cada una de ellas con éxito.
José visita el taller de vez en cuando, cuando no pasa temporadas en León, de donde es su esposa, compartiendo paseos y vinos con los amigos leoneses. Y es que el carácter de José, abierto y generoso, con una portentosa memoria que desgrana nombres y fechas con precisión bibliográfica, es proclive a hacer amigos. Como ha hecho clientes. Vicente Blasco
En el 2000 José Toledano se asoció con Pere Rodés Sánchez y adquieren el segundo local adyacente. Al año siguiente José se jubila a los 66 años y desde entonces es Pere Rodés perteneciente a una saga familiar de mecánicos, quien continúe la nueva andadura de la empresa. En la actualidad dan servicio a una decena de compañías de seguros, como taller preferente, entre las que cabe destacar, el RACC, Mútua Madrileña, Mapfre, Pelayo y un largo etcétera. Ante la crisis han despegado nuevos servicios para captar clientes, como recogida del vehículo o coches de cortesía, y además de plancha y pintura, también realizan trabajos de mecánica. José Toledano y Pere Rodés Sánchez.
Parte del interior del taller, compuestos pos dos naves a nivel de calle y una planta sótano de grandes proporciones.
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GREMI
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