REVISTA GREMITALLER AGOST / SETEMBRE
2013
Num.
44
GREMI
Noves O.R. GREMI
Sinistre total FECATRA
Contratos parciales GREMI
Principis de recepció de vehicles
PUBLICACIÓ OFICIAL GREMI DE TALLERS DE REPARACIÓ D’AUTOMÒBILS DE BARCELONA
Principis de recepció de vehicles
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OBLIGACIÓN LEGAL Asegurar las prestaciones por invalidez o muerte de los trabajadores Art.67 Convenio Colectivo y RD 1588/99 Incumplir esta obligación es falta muy grave y el empresario puede ser sancionado. En caso de acidente de trabajo o enfermedad profesional de un trabajador del que se derive muerte o invalidez, el taller debe pagar al contado la prestación exigible. Coberturas y Prestaciones Por MUERTE: 25.040,25 € Por GRAN INVALIDEZ: 28.199,75 € Por INVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA: 19.674,60 € Cuota por trimestre y trabajador: 2,80 €
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Inscrito en el "Registre de mutualitats de previsió social de Catalunya" con el nº 0015.
Trabajando desde 1980, como entidad sin ánimo de lucro
Ara depèn del taller. Si ajudem a l’usuari ell ens podrà ajudar a fer una bona feina
REVISTA GREMITALLER AGOST / SETEMBRE
2013
Num.
44
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GREMI
l passat dia de Sant Cristòfol, el Gremi i la Unió de Consumidors de Catalunya varen presentar una denúncia contra la pràctica de les asseguradores de valorar com sinistre total els danys que tenen els vehicles quan reben danys sense culpa de l’accident.
Noves O.R. GREMI
Sinistre total FECATRA
Contratos parciales GREMI
Principis de recepció de vehicles
PUBLICACIÓ OFICIAL GREMI DE TALLERS DE REPARACIÓ D’AUTOMÒBILS DE BARCELONA
Aquesta pràctica empeny als molts usuaris (pot ser uns 20.000 a l’any) pels nostres càlculs, a desballestar el vehicle i el taller es queda sense poder fer la reparació que li cal al vehicle i en la que com empresaris basem les nostres expectatives de mercat.
Principis de recepció de vehicles
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Això es basa en la gran majoria de casos en l’engany a l’usuari, de part del perit de la seva asseguradora que és la que avalua els danys i el vehicle, que no l’informa a l’usuari correctament del seus drets.
Edita: Gremi Provincial de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona President: Celso Besolí
Les nostres dades ens diuen que de promig, els perits rebaixen en més de 1.600 € el cost de la indemnització en que deurien avaluar el dret del seu propi client, i això, sols en aplicar el preu de valor venal impropi, en comptes del preu de valor de mercat. Ja no diguem, quan rebaixen del cost de la reparació que haurien de pagar.
Plaça Dr. Letamendi, 37 6è 08007 Barcelona Telf. 93 451 66 67
L’usuari té dret a que li reparin tot el dany que li han fet, però per aquest acord que el Gremi ha denunciat, ni el perit li diu la veritat, ni ho fa la seva companyia, ni la plataforma a qui li toca gestionar el sinistre.
Director Editorial: Armando Higueras Diseño y maquetación: Disgraph, S.C.P. Edición gráfica: Tormiq, S.L
Llavors és el taller l’únic que pot avisar a l’usuari de la “jugada” que li fan, perquè és ell l’únic que tindrà interès en defensar el seu dret, i per això, el Gremi ha trobat la col·laboració de la Unió de Consumidors de Catalunya a qui es pot recomanar al client que s’adreci després d’haver-li donat la informació bàsica del seu cas; cost orientatiu de la reparació i preu del valor de mercat per comprar un vehicle similar al que ha tingut el sinistre.
Secretaria: Montse Barrionuevo Consejo de Redacción: Lluís Camarasa, A. Higueras, Ángela Gándul y Ramón Tejedor.
Hi haurà taller que prefereix “quedar bé” amb la companyia, no informi al client que li porta el vehicle de res i s’adapti a fer una reparació que li diu el perit conscientment reduïda, per recuperar el vehicle i sortir del pas, amb peces velles i d’altres formes poc professionals de treballar, al menys quan hi ha l’opció legal de fer-ho bé pel propietari del vehicle.
Colaboradores: Vicente Blasco, Ramón Casas, Yolanda Aguilar, Teresa Raventós y Centro de Estudios Legales. Creación y edición: Gremi de Tallers. Redacción y publicidad: Gremi de Tallers.
A aquest taller li hem de dir que reflexioni; que es posi al seu lloc com a professional, que no enganyi al seu client que és el propietari del vehicle, que no accepti fer reparacions que no pot ni tan sols explicar en la factura que ha de donar al propietari per la seva garantia, perquè aquest company esta fent competència deslleial, i fins i tot, il·lícita a la resta de membres de la professió, estiguem o no en el Gremi que varem crear, entre d’altres raons per evitar-la. L’organització que tenim al Gremi és l’arma dels febles contra el poder dels forts. Aquí hi ha un exemple. Celso Besolí President
Sumari
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El contrato a tiempo parcial
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Editorial
Cambio en la ley de alquileres (arrendamientos urbanos)
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Precauciones para evitar problemas con aseguradoras por diferencias de criterio de peritación Notes de les noves fulles d’ordres de reparació Cal acostumar-se als papers Recordatori de Gremiwebs Cuidado con no caer en situación de empleo sumergido Principis de la recepció de vehicles
8-9 10-11
Seguim demanant que apliquin les lleis als altres tal com les complim els tallers agremiats
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Nota de premsa
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La Confederación Española de Talleres, Cetraa, nos informa
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El Taller 2.0 ¿Debe el taller tener una estrategia de presencia en las redes sociales?
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Una obligación menos – al parecer –
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Esos pequeños detalles
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Trabajos rápidos
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Talleres con historia (Sr. Josep Just)
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Tauló d’anuncis
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GREMI
El contrato a tiempo parcial
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ebido a las reiteradas consultas sobre la prestación de servicios del contrato a tiempo parcial, habiendo detectado confusión sobre algunas cuestiones, consideramos que puede resultar de interés recordar los aspectos más relevantes de esta modalidad: El art.12 del Estatuto del Trabajadores define el contrato a tiempo parcial como el acordado para realizar la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable. A estos efectos, se entiende por trabajador a tiempo completo comparable aquel que reúna los siguientes requisitos: Ser un trabajador a tiempo completo de la misma empresa y centro de trabajo. Que tenga el mismo tipo de contrato de trabajo. Que realice un trabajo idéntico o similar. A falta de trabajador a tiempo completo comparable, se tendrá en cuenta la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal. En nuestro sector, el convenio colectivo establece una jornada laboral anual de 1750 horas.
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La reducción del tiempo de trabajo, inferior a la jornada ordinaria a tiempo completo, puede realizarse de diferentes maneras: Reducción de horas al día. Disminución de días al año. Reducción de horas al día y de días al año. El contrato deberá ser formalizado necesariamente por escrito. El contrato a tiempo parcial podrá concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada en los supuestos en que legalmente se permita su utilización. En el contrato debe figurar necesariamente: El número de horas al año, mes, semana o día contratadas. La distribución horaria. Cuando se incumplan estos requisitos el contrato se entenderá celebrado por tiempo completo salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios y el número y distribución de las horas contratadas.
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Podría suscitarse la duda sobre si basta la simple referencia a la jornada disminuida que se conviene, o resulta necesario determinar a priori los días semanales sobre los que se asienta dicha jornada tanto si abarca algunos que pudieran corresponder a una jornada completa o si sobre los mismos se actúa de manera regular durante todos los días de la semana de forma reducida respecto a la jornada ordinaria culminando así el total de la jornada pactada. Pues bien, la exigencia de una condición de trabajo tan relevante como es la distribución horaria y la necesaria certidumbre por parte del trabajador sobre el conocimiento previo de la distribución determinada del tiempo de trabajo convenido, se impone necesariamente, debiendo exigirse un acuerdo o manifestación de voluntad expresa que contenga un mínimo criterio de la distribución de la jornada so pena de quedar ello a la libre discrecionalidad del empresario dejándose en tal caso la determinación precisa de la jornada a la voluntad unilateral del mismo, por lo que la expresión de la norma a la concreta distribución del tiempo en el que se estructura dicha jornada sí parece requerirse y ello con la finalidad de que se conozca por el empleado que días concretos y horas debe acudir a su trabajo.
El número de horas complementarias no podrá exceder del 15 por 100 de las horas ordinarias de trabajo objeto del contrato. Los convenios colectivos de ámbito sectorial o, en su defecto, de ámbito inferior podrán establecer otro porcentaje máximo, que, en ningún caso, podrá exceder del 60 por 100 de las horas ordinarias contratadas. La distribución y forma de realización de las horas complementarias pactadas deberá atenerse a lo establecido al respecto en el convenio colectivo de aplicación y en el pacto de horas complementarias. Salvo que otra cosa se establezca en convenio, el trabajador deberá conocer el día y hora de realización de las horas complementarias con un preaviso de siete días. Las horas complementarias efectivamente realizadas se retribuirán como ordinarias, computándose a efectos de bases de cotización a la Seguridad Social y períodos de carencia y bases reguladoras de las prestaciones. El pacto de horas complementarias podrá quedar sin efecto por renuncia del trabajador, mediante un preaviso de quince días, una vez cumplido un año desde su celebración, cuando concurran las siguientes circunstancias: La atención de las responsabilidades familiares. Por necesidades formativas, siempre que se acredite la incompatibilidad horaria. Por incompatibilidad con otro contrato a tiempo parcial.
La jornada diaria de los trabajadores contratados a tiempo parcial puede realizarse de forma continuada o partida.
Desde el 12 de febrero de 2012, los trabajadores a tiempo parcial pueden realizar horas extraordinarias, con independencia de la fecha de celebración de su contrato.
Cuando la jornada diaria del trabajador contratado a tiempo parcial se realice de forma partida y sea inferior a la de los trabajadores contratados a tiempo completo, solo será posible efectuar una única interrupción en la jornada diaria, salvo que se disponga otra cosa mediante Convenio Colectivo sectorial o, en su defecto, de ámbito inferior. En los contratos a tiempo parcial indefinidos puede pactarse la realización de horas complementarias, que son las horas trabajadas adicionales a las horas ordinarias pactadas. El empresario sólo podrá exigir la realización de horas complementarias cuando así lo hubiera pactado expresamente con el trabajador. El pacto sobre horas complementarias podrá acordarse en el momento de la celebración del contrato a tiempo parcial o con posterioridad al mismo, pero constituirá, en todo caso, un pacto específico respecto al contrato. El pacto se formalizará necesariamente por escrito, en el modelo oficial. El pacto de horas complementarias deberá recoger el número de horas complementarias cuya realización podrá ser requerida por el empresario.
Las horas extraordinarias se toman en cuenta para determinar las bases de cotización a la Seguridad Social así como las bases reguladoras de la pensión de jubilación, las prestaciones de IT, incapacidad permanente y muerte y supervivencia y de las prestaciones por maternidad y paternidad. En todo caso, la suma de las horas ordinarias, extraordinarias y complementarias debe ser inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
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GREMI
Cambio en la ley de los alquileres
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l pasado 5 de junio se ha publicado la Ley 4/2013 que adapta, SOLO PARA LAS VIVIENDAS, algunos aspectos de la Ley de arrendamientos urbanos de 1994.
No obstante como algunos artículos de viviendas (21, 22,23 y 26,) se aplican también a los locales de negocio pueden tener una directa afectación (temas de conservación y mejora y obras del arrendatario) a un taller.
Transcribimos algunos artículos de esa nueva Ley por su interés para los afectados; en el aspecto de lo que es el alquiler de locales de negocio no cambia, aunque existen dudas para los locales alquilados que se hayan prorrogado de algún modo por la antigua Ley según el mismo artículo 3 de esa nueva ley.
Art. 5. Las partes podrán pactar la sumisión a mediación o arbitraje
de aquéllas controversias que por su naturaleza puedan resolverse a través de estas formas de resolución de conflictos, de conformidad con lo establecido en la legislación reguladora de la mediación en asuntos civiles y mercantiles y del arbitraje.
Comentario: Es interesante pactar el arbitraje por evitar gastos y demoras judiciales en caso de discrepancias.
Art. 6. Las partes podrán señalar una dirección electrónica a los efectos de realizar las notificaciones previstas en esta ley, siempre que se garantice la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción íntegras y del momento en que se hicieron.» Comentario: Es interesante fomentar la comunicación con las otras partes de un contrato, para evitar malos entendidos que puedan derivar en actuaciones judiciales que salvo excepciones, nunca son satisfactorias.
Artículo 9. Plazo mínimo
1. La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes. Si ésta fuera inferior a tres años, llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de tres años salvo
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(arrendamientos urbanos)
que el arrendatario manifieste al arrendador con 30 días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo.
Comentario: Se reduce el plazo mínimo actual de 5 años a 3 años y se precisa el caso de necesidad para familiares.
Artículo 10. Prórroga del contrato.
1. Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.
Comentario: Este artículo aunque referido a la vivienda podría ser una referencia para afectar los contratos de alquiler que se hayan prorrogado en ocasión de la Ley.
Artículo 35. Resolución de pleno derecho. El arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las causas previstas en las letras a), b), d) y e) del apartado 2 del artículo 27 y por la cesión o subarriendo del local incumpliendo lo dispuesto en el artículo 32.». Comentario: Aclara la opción de traspaso y cambio de socios de las sociedades que alquilan un local.
EN ESTE PRÓXIMO AÑO 2014 se cumplen 20 años de la aplicación de la Ley 29/94 que prorrogaba 20 años el alquiler de determinados contratos. RECOMENDAMOS QUE CONTACTEN CON EL GREMI SI TIENEN SU TALLER EN ALQUILER PARA PREVENIR SITUACIONES NUEVAS QUE LE PUEDAN AFECTAR A SU PROYECTO DE EMPRESA. PODREMOS ASESORARLE SI NOS APORTA COPIA DEL CONTRATO.
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GREMI
Precauciones para evitar problemas con aseguradoras por diferencias de criterio de peritación El Gremi coordina con un perito independiente la valoración de presupuestos con ayuda informática.
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e especial aplicación en el caso del valor venal impropio o para previsión de desviaciones importantes en presupuestos de más de 2000 €, orientativamente.
Cada día en el Gremi recogemos la queja de algún taller que no esta de acuerdo con la valoración de una reparación que le hace una aseguradora a través de una peritación. Entre cientos de reparaciones diarias, resulta perfectamente posible que existan diferencias de criterios entre dos profesionales (el perito y el taller), y por eso, ES ESENCIAL que consten por escrito las distintas opiniones si se quiere superar la situación y evitar nuevas diferencias, porque al fin y al cabo, se trata de que el taller pueda justificar ante SU CLIENTE, que tiene razón, porque las palabras como todos sabemos, se las lleva el viento.
perito ha cambiado el precio o el tiempo de una reparación, o cuando no aparece la referencia de la pieza a sustituir. Eso significa que el perito no sigue la regla general de aplicación técnica de los baremos. Especialmente grave es el caso de Centro Zaragoza y su supuesto baremo de pintado, que esta planteado para reducir el importe de valoración de daños, conscientemente, en las operaciones agrupadas de dos o más piezas. El ejemplo más claro es el pintado de un vehículo completo. En resumen: Si el taller no tiene una valoración alternativa no puede demostrar nada y en la práctica ha de conformarse con lo que le de el perito. Al menos en los casos de valoraciones de más de 1000 € es BÁSICO tener una valoración hecha por el taller con Audatex o GT Motive; el pequeño gasto compensa la certeza del coste de la reparación, porque no hay ningún taller que conozca de memoria las más de un millón de posibilidades de precios tiempos y precios de un automóvil concreto. No es lo mismo el tiempo de un frontal de un Ibiza de 2004 que uno de 2009.
Con esta experiencia en su día la Comisión de Secretarios de la Confederación Española de Talleres, CETRAA, después de estudiar el tema, consideró que el taller ha de actuar con los siguientes principios: 1.- El taller ha de tener SIEMPRE su previa valoración de la reparación del siniestro, y en lo posible apoyarse en sistemas informáticos y de baremo para hacer constar su versión. El perito usa un sistema informático para determinar las reparaciones a hacer y su valor. Ese es el que le vale a la compañía y el que en caso de disconformidad del dueño del vehiculo le sirve para justificar su criterio técnico.
Cuando el taller hace SU propia valoración escrita, puede compararla con la del perito, y así localizar por ejemplo el caso que el perito haya suprimido el desmontaje de alguna pieza que ha de pintarse, o que no haya incluido una operación que resulta obligada según el manual del fabricante (que es el que ha de seguirse). Es también el caso de que en el peritaje, o en el documento base aparezca un asterisco (*) al lado de una operación lo que significa que el
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2.- El taller NUNCA ha de firmar en blanco una hoja de valoración, ya que se compromete profesionalmente a aceptar criterios ajenos, no contrastados. Si en la visita del perito este no deja su informe completo puede firmarse el impreso del perito con la indicación “a efectos de visita” para facilitar a ese profesional el cobro de sus honorarios, pero sin comprometer el criterio del taller a una valoración no determinada. El importe de la valoración de los daños de un vehículo que puedan ser indemnizados por una compañía o mutua ha de ser el resultado del contraste de dos profesionales (el taller que ha de garantizar su trabajo, y el perito que ha de definir qué es lo que la Cía. indemniza). Si uno de los dos no hace constar por escrito su posición y su criterio, le cede al otro toda la autoridad para decidir, sin posible reclamación posterior, con un matiz: Si el perito es el que no firma nada la aseguradora no tiene obligación de pagar nada (salvo que intervenga un juzgado) o que el asegurado aporte su peritaje, lo que obliga a la Cía. si no lo contradice.
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Si el taller no hace constar su posición, se considera que está de acuerdo con lo que le diga el perito, y maás si pone el sello (con o sin firma) a la valoración o si recibe un fax o un correo electrónico, y no contesta nada se aplica el principio de quien calla otorga. 3.- El taller NO DEBE iniciar una reparación que pretenda cobrar a una aseguradora sin tener copia escrita de la valoración del daño, y la confirmación de cobertura y compromiso de pago de la aseguradora.
cualquier cantidad que no pueda demostrar que ha sido aceptada por esa aseguradora, y ésta quedará libre de pagar lo que le de la gana, o no pagarlo. Las leyes en España establecen que la obligación de pagar una reparación (ejecución de obra en un objeto) es el mismo propietario de ese objeto; es decir el dueño del vehículo, y la Cía. aseguradora es solamente un mandatario de ese dueño (art. 1717 del C. Civil) y que por no ser la propietaria de ese objeto no tiene tal obligación.
De no tener todo ello ha de AVISAR de la manera más formal posible al cliente para que asuma el pago de la reparación al finalizar la misma. Si el taller no toma esa precaución queda totalmente desprotegido (con el cuello al aire) ante la situación de que por ejemplo la aseguradora no acepte ninguna cobertura del siniestro. Por las mismas razones que un taller puede tener graves dificultades de cobrar un trabajo que no pueda probar que se le ha encargado, también ese taller puede tener grave dificultad de cobrar a una aseguradora
SI EL TALLER NO TOMA PRECAUCIONES SI INTERVIENE UNA MUTUA O UNA ASEGURADORA ASUME RIESGOS QUE A VECES SON INSUPERABLES.
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GREMI
Notes de les noves fulles d’ordres de reparació El nou Codi de Consum de Catalunya instaura noves obligacions al taller. El model del Gremi intenta facilitar-ne l’ús.
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metre al client un “Resguard de dipòsit / Ordre d’encàrrec” no només implica una obligació legal pel taller, sinó també la base documental de la relació jurídica que s’estableix, i per tant, pot resultar el document imprescindible per a la defensa del taller en cas d’una possible reclamació per part del client, així com fonamentació de la reclamació del taller contra el client. El taller és qui omple la fulla de Resguard de dipòsit / ordre d’encàrrec”, per aquesta raó, és important que el taller conegui les conseqüències jurídiques que s’estableixen darrera de cada apartat d’aquest document,
El nou model del Gremi contempla 4 opcions diferents d’encàrrec a escollir pel client: 1. Confecció de Pressupost. 2. Reparació amb renuncia a la confecció del pressupost. 3. Reparació amb preu tancat.
Recollida de dades: Diferència entre el DIPOSITAT y el TITULAR del vehicle. En moltes ocasions la persona que porta el vehicle al taller NO ÉS EL TITULAR, sinó un 3er encarregat pel titular. Per exemple: un familiar, el conductor/usuari, un treballador, etc. Recollir només les dades del portador del vehicle (i no les del veritable propietari), pot ocasionar problemes a l’hora de fer valer l’ordre d’encàrrec i reclamar la quantia de la factura. El nou model del Gremi inclou 2 apartats diferenciats perquè el taller reculli tant les dades de la persona que ens porta el vehicle com les dades del titular.
i pugui preveure i evitar futurs problemes amb el client. En aquest article recollim alguns aspectes per tenir en compte el “NOU MODEL D’ORDRE D’ENCÀRREC / RESGUARD DE DIPÒSIT”:
Així, el taller ha de demanar aquestes dades i comprovar-ho amb la documentació del cotxe, de la que és recomanable quedar-se amb una còpia.
Preu de la confecció del pressupost:
Si el client escull l’opció de “Confecció de Pressupost” el taller haurà de contemplar a la fulla: a) Descripció de les tasques que el taller haurà de realitzar a fi de trobar l’averia del vehicle i confeccionar un pressupost de la reparació d’aquesta averia localitzada. En aquest punt NO S’HA DE DESCRIURE LES TASQUES PER REPARAR, només les estrictament necessàries per determinar la averia. b) Preu de la confecció del pressupost. És la quantitat que el client haurà de pagar si una vegada emès el pressupost el client no accepta el pressupost per a que el taller procedeixi a la reparació. És imprescindible indicar aquesta quantitat per poder exigir-la després al client. c) Una vegada omplert, el client ha de signar l’encàrrec.
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GREMI
Ordre de reparació: A l’ordre de reparació, el taller ha de reflectir: 1) Descripció de la reparació i/o serveis que s’han de dur a terme. 2) Imports de la reparació i/o serveis prestats.
La guia per omplir el document, es desglosa en colors corresponents als espais que destaquem en el model de fulla que reproduïm.
Renuncia a la confecció del Pressupost: El consumidor només podrà renunciar a la confecció del pressupost si així ho escriu de forma manuscrita en la fulla d’ordre de reparació, a més d’estampar la seva signatura. Abans de la nova normativa de consum, el consumidor que volia reparar directament sense la confecció d’un pressupost previ, podia renunciar a la confecció del pressupost simplement signant l’espai reservat per aquesta renuncia. Ara el nou Codi de Consum de Catalunya exigeix la signatura i l’escriptura de la renuncia de pròpia mà del consumidor.
Si la voluntat del client és reparar directament, sense la confecció prèvia del pressupost, aquest haurà de autoritzar-lo al taller de forma expressa per signatura i a més, com em explicat en l’apartat anterior, de forma manuscrita. La normativa el que pretén amb aquesta mesura és que el consumidor coneixhi el preu final del servei abans de contractar-lo. Ordre de reparació amb preu tancat: Fer al consumidor escriure de forma manuscrita la seva renuncia al pressupost pot constituir una situació que generi desconfiança per part del client al taller. Per evitar-ho, i sempre i quant el taller hagi indicat a l’ordre de reparació el PREU MÀXIM DEL SERVEI, el consumidor podrà encarregar la reparació directament sense escriure expressament la renuncia al pressupost
Aquest requisit només s’exigirà si el client és un consumidor final (és a dir, que NO és cap professional o persona jurídica).
Omplir totes les caselles: Moltes reclamacions dels consumidors no esdevenen per qüestions tècniques ni mecàniques del servei prestat, sinó per qüestions contractuals que es podrien evitar preveient-les al Resguard de Dipòsit / Ordre d’encàrrec.
Durada prevista del servei i Despeses d’estada: S’ha d’indicar data de lliurament del vehicle i el import de les despeses d’estada.
Al model del Gremi es preveuen les situacions més comuns on s’haurà d’escollir segons les indicacions del client, la casella del SÍ o la casella del NO.
El resguard de dipòsit / ordre d’encàrrec ha de recollir la data de recepció del vehicle i la data prevista del lliurament del vehicle (ja sigui perquè el pressupost ja s’ha confeccionat, ja sigui perquè el vehicle ja està reparat).
És important que aquestes caselles no quedin en blanc, per tal de evitar reclamacions ulteriors i perquè el taller tingui clar el seu marc d’actuació:
La data de lliurament serà la raonablement suficient per acabar la feina encarregada.
- Desfer-se de les peces substituïdes a la reparació. - Utilitzar recanvis reconstruïts. - Adquisició de recanvis en nom del client. - Subcontractar serveis a altres professionals o empreses.
Si a la data de lliurament prevista, el vehicle NO està acabat, caldrà avisar al client del retard. Aconsellem que aquest avis es faci per escrit (e-mail, fax, etc.). Amb aquest avis paralitzaríem una possible reclamació per danys i perjudicis del client. Es recomana indicar una data de lliurament amb un marge de 2 o 3 dies de més, per tal d’evitar possibles retards esdevinguts per circumstàncies sobrevingudes. Establir una data de lliurament és imprescindible per poder reclamar despeses d’estada a partir del 3er dia de la data de lliurament que es va indicar al client en el Resguard de dipòsit.
4. Diagnòstic averia. Recordem que la normativa obliga al taller a lliurar al client una còpia del document que ell hagi signat. Per tant, després de la signatura del client no es pot modificar el document, doncs aquesta pràctica pot ser susceptible de sanció administrativa i, fins i tot, de responsabilitat penal per Falsedat documental. Davant qualsevol dubte, si us plau, truqui al Gremi per ampliar la informació i obtenir un assessorament particular al seu cas.
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Cal acostumar-se als papers Un taller amb Internet té menys problemes que un que no en té.
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olts dels problemes que tenen els tallers son deguts a que no consta per escrit el que diuen o els hi diuen, els clients, venedors, proveïdors de serveis, etc.
El taller acostuma a signar, o a donar les seves dades però no passa sempre amb els altres. Passa amb les peritacions, el perit diu que comenci la reparació amb desmuntatge de peces i el taller no li diu que li deixi un escrit amb el número de referència del sinistre o que li doni per mail l’autorització.
Recordem l’article 14.6 del Decret de Tallers: De les averies o defectes amagats que puguin aparèixer durant la reparació del vehicle, caldrà informar el més aviat possible a l’usuari amb l’expressió del seu import (de reparació) i només amb la conformitat prèvia i expressa d’aquest es podrà dur a terme la reparació.
El taller segueix endavant la feina, perquè li ha dit la seva companyia o la “plataforma”, i es troba que el perit declara el vehicle sinistre total, i no pot recuperar la mà d’obra que ha fet.
La solució és molt senzilla. Fer signar sempre l’encàrrec de treball al qui porta el vehicle i identificar-lo si no és el propietari conegut.
Ja no diguem si el perit li passa un peritatge ja tancat i el taller no esta d’acord; com que no s’atreveix a cobrar al client, “s’ho menja” i en el millor dels casos el perit li diu que ja li compensarà en una altra peritació, el que per cert poques vegades es compleix de manera equilibrada.
Això mateix val per aquestes noves reparacions que surten i que no consten en l’ordre de reparació inicial; llavors serveix l’autorització que pugui fer el client a través d’un correu electrònic, i no cal que el client passi pel taller.
La solució per aquest problema és que el taller ABANS de començar la feina demani per fax o correu electrònic a la companyia o al perit aquesta referència i alhora l’autorització de començar la feina, amb una frase com “després de la visita del perit Sr. …..... per valorar els danys del vehicle matrícula…........per l’accident de ......(data)......, prego confirmació d’encàrrec de desmuntatge per la deguda avaluació dels danys”. Passa amb els contractes que signa el taller; que no llegeix quan vol canviar de companyia de telèfons o de llum, se li posen totes les facilitats per part del venedor, però després comencen a sortir problemes com el de que l’antiga companyia no ha rebut la baixa i resten rebuts per cobrar o que s’havia signat algun pacte d’exclusivitat que el taller no ha respectat i llavors és molt difícil defensar-se de les reclamacions que se’ls hi fan. La solució per aquest problema passa per demanar còpia del que li proposen signar i del que té signat, i consultar al Gremi per s’hi ha alguna responsabilitat pel fet del canvi.
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No cal anar al Gremi, se’ns pot passar còpia dels documents per Internet. Passa amb les reclamacions dels clients que si després d’alguna reparació tenen una altra averia, encara que no tingui a veure amb la que s’ha li ha fet, protestarà i si el taller no té la signatura de l’encàrrec, i si arriba a la Inspecció de Consum, encara que el client no tingui raó li posaran al taller una sanció que com a mínim pot pujar uns sis-cents euros (600€) o més.
El més important de tot és que sense Internet és pràcticament impossible tenir accés de les dades tècniques que calen per establir preus d’una reparació de xapa o pintura o per fer qualsevol factura de manteniment sense afectar a la garantía del vehicle que es tracti. A l’època, el taller seguia la Guia de Tasaciones, com a documentació indispensable per poder atendre sense sorpreses el servei del vehicle del seu client, llevat que no fos un taller oficial i atengués el vehicle de la marca. Ara aquestes publicacions i altres que han aparegut, son a Internet, i amb el creixement del parc de vehicles i la multiplicitat de models es fa imprescindible estar-hi subscrit.
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Recordatori de Gremiwebs
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el cas de que no hagi rebut els correus electrònics que passem regularment als agremiats (problemes tècnics del servidor, deteccions fallides, o errors de procediment) relacionem els correus enviats des de la publicació del darrer Gremitaller.
10/07/2013 (Valor Venal Impropi) Campanya de denúncia. La Unió de Consumidors i el Gremi de Tallers denuncien l’acord de les asseguradores de vehicles. 18/07/2013 (Muy importante) Ayuntamiento de Viladecans: Procedimiento de licitación para mantenimiento de vehículos de la flota municipal. 23/07/2013 (Atención al taller) Nuevo horario durante el mes de Agosto.
Pel taller que no tingui correu electrònic, apart de recomanar-li la importància de treballar amb sistema informàtic, li informem de que podem enviar-li per fax les circulars que ens demani.
Por la estructuración del mejor horario de servicio del Gremio durante el mes de Agosto, el horario de atención al taller en nuestras oficinas, personalmente y por teléfono, será de: Lunes a Viernes de 8:00h. a 15:00h.
08/07/2013 (Sant Cristòfol 2013) Acte d’homenatge als agremiats que fan 25 i 50 anys. Moment d’honorar els companys de professió que celebren els 25 i 50 anys com a membres del Gremi, al que han donat el suport i participació que ens ha permès arribar a ser el millor Gremi de Tallers de Reparació d’Automòbils d’Espanya. 08/07/2013 (Colabora) Colaboración para la localización de un vehículo robado. Suzuki Grand Vitara 5428GFW.
26/07/2013 (Muy importante) Ayuntamiento Viladecans: Error documentación licitación para Mantenimiento Flota Municipal. Atendiendo a la petición del citado Ayuntamiento, adjuntamos el documento correspondiente al Anexo V que es el modelo que deberán cumplimentar aquellos talleres que deseen optar a la licitación. 03/09/2013 (Valor Venal Impropio) Que no le cuelen un siniestro total. Llame al Gremi. Ayude a su cliente informándole de sus derechos y facilitándole como hacerlo.
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Cuidado con no caer en situación de empleo sumergido Conviene conocer las repercusiones si se produce un descuido.
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scuchando unos tertulianos en un programa de radio en relación a la economía sumergida y al riesgo que corría un trabajador que cobrando el paro estaba trabajando en una empresa sin asegurar, para compatibilizar el cobro íntegro de la prestación con el salario que le pagaban, lo primero que pensé es que no estaba de acuerdo y que, en esos casos, el riesgo de verdad lo corre el empresario, no el trabajador que tiene acotada perfectamente su sanción. Aunque no contemplamos esa situación en nuestro sector, conviene ser cuidadosos y planificar bien la incorporación de los trabajadores al taller (cuando se los contrata), ya que debe coincidir la fecha de inicio de la prestación de servicios con el alta del trabajador en Seguridad Social. De hecho, según la normativa vigente, antes de que se produzca el inicio de la prestación de servicios por el trabajador, debe haberse comunicado el alta en Seguridad Social. Por ejemplo, si empieza a trabajar un lunes a las 9 de la mañana, antes de esa hora debe haberse producido la gestión del alta con esa fecha (mejor comunicarla el día antes para evitar malentendidos con el horario de inicio).
Conviene recordar que actualmente las altas se producen telemáticamente, a través del Sistema Red, y queda constancia de la fecha y de la hora (minuto y segundo) en que se produce.
¿Por qué hay que ser cuidadosos con las incorporaciones? ¿Qué pasaría si hubiese una Inspección de Trabajo y el empleado fuera dado de alta en Seguridad Social con posterioridad a ese momento? El Real Decreto-ley 5/2011, de 29 de abril, estableció medidas para combatir el trabajo no declarado, incrementando la cuantía de las sanciones administrativas establecidas en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Es infracción grave: No solicitar la afiliación inicial o el alta de los trabajadores que ingresen a su servicio, o solicitar la misma, como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo establecido; y se sancionarán con multa, en su grado mínimo, de 3126 a 6250 euros. Es infracción muy grave: Dar ocupación como trabajadores a beneficiarios o solicitantes de pensiones u otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social, cuyo disfrute sea incompatible con el trabajo por cuenta ajena (asalariado), cuando no se les haya dado de alta en la Seguridad Social con carácter previo al inicio de su actividad; y se sancionarán con multa, en su grado mínimo, de 10001 a 25000 euros.
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Es infracción muy grave: La contratación de trabajadores sin haber obtenido con carácter previo la correspondiente autorización de residencia y trabajo, siempre que el hecho no constituya delito; y se sancionarán con multa, en su grado mínimo, de 10001 euros. No obstante, podríamos encontrarnos con una situación peor: Si el trabajador tuviese un accidente grave (laboral o no) y se produjera su alta en Seguridad Social con posterioridad a ese momento.
¿Qué consecuencias puede tener esto? Si como consecuencia del accidente la baja médica es de larga duración, le deja serias secuelas, o incluso deriva en una incapacidad permanente, o se produce el fallecimiento del empleado, reclamada y reconocida la existencia de relación laboral (Inspección de Trabajo o Juzgado), sin existir el alta en el Régimen General de la Seguridad Social (como empleado), el INSS o la Mutua (según corresponda) anticipará el pago de la prestación, debiendo el taller reintegrar después el importe y, en otros casos, constituir, en el correspondiente Servicio Común de Seguridad Social, el capital necesario para que se proceda con el abono de la prestación durante su duración.
Si la empresa no tiene realizada la prevención de riesgos laborales,por no existir otros trabajadores asalariados, si se produce un accidente de trabajo o enfermedad profesional, se acredita la condición de asalariado, y si se determina la existencia de falta de medidas de seguridad, pueden condenar a pagar al taller en el que trabaja, según la gravedad de la falta, un recargo de las prestaciones que se originen (incapacidad temporal, incapacidad permanente, viudedad, etc.) de un 30 a un 50% sobre la cuantía de las mismas. Si se acredita la relación laboral por cuenta ajena, de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona, si como consecuencia de accidente laboral o enfermedad profesional se deriva una situación de incapacidad permanente, en grado de gran invalidez, o de incapacidad permanente absoluta para toda clase de trabajo, o fallecimiento del mismo, si la empresa no lo tiene asegurado, deberá abonar al mismo, o a sus beneficiarios (en caso de defunción), los importes que en el mismo se indican, y que se actualizan anualmente (dispone de ellos junto con las tablas salariales que le enviamos cada año). R. Tejedor. Gdo. Social - Asesor laboral.
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Principis de la recepció de vehicles Rebi al seu client personalitzadament en un lloc acollidor del seu taller, si ja ha tractat amb aquest client, (o amb el vehicle) comprovi els seus últims serveis i interessis pel seu resultat; ofereixili el seu servei complet en la cura del seu vehicle.
assenyalar-se el cost de l’estància si es demora més de 72 hores la recollida del vehicle després de la data prevista d’entrega, una vegada pressupostat o reparat.
Mostri la seva professionalitat preguntant al client per les fallades que observa i anoti’ls en el full d’entrada junt amb els danys que Vè. observa. Comenti’ls-hi amb detall per a guanyar així la seva confiança.
Asseguris de donar una data d’entrega del servei que pugui complir, tenint en compte la disponibilitat en el mercat del recanvi que precisi; comuniqui a l’usuari la forma de pagament del treball que va a encarregar (efectiu, targeta, etc.).
Empleni el full d’entrada amb les dades del client (matrícula, model, quilometratge y assegurança obligatòria); té aquesta obligació pel correcte compliment del Decret 298/93 i La Llei 22/2010 Codi de Consum.
Si només li encarrega un pressupost ha d’advertir-li abans de signar i per escrit, del cost de la realització del mateix, pel cas que el client no accepti dur a terme la reparació.
Per establir el pressupost de reparació REVISI la totalitat del mecanisme i que influeix en l’avaria a reparar, ja que respondrà del seu bon funcionament del que repari. Doni totes les explicacions necessàries, per a què el comprenguin i acceptin el seu diagnòstic y projecte de reparació; sàpiga que pot negar-se a efectuar qualsevol servei del que no estigui d’acord econòmicament i/o amb la tècnica adequada de seguretat pel bon funcionament del vehicle, de manera que Vè. pugui complir amb la garantia que obligadament ha de donar a la reparació. Sol·liciti i obtingui la signatura de l’usuari a la petició del servei (reparació o pressupost) i posi al full el import concret del servei, (alternativament ha de fer que el client també escrigui de la seva mà que renúncia al pressupost). La manca d’aquesta pot sancionarse per Consum fins a 10.000€ de multa, per incompliment del Decret 298/93, i Llei 22/2010 que ens obliga a complir el dit requisit. En la petició de servei, de la que ha de donar resguard a l’usuari, ha de constar l’autorització expressa per a subcontractar als especialistes que puguin necessitar-se per a realitzar el treball, que Vè. no realitza i la garantia del qual Vè. ha d’assumir. Igualment pot
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Per l’experiència adquirida en aquest sector per impagats i abandonament irregular de vehicles en el taller, sàpiga Vè. que pot demanar per avançat el import del material i recanvis a substituir, en especial quan el valor del vehicle a reparar esta en el mercat (per antic o per danyat) per menys del doble del valor de la reparació. Ofereixi al client la devolució de les peces substituïdes, abans de que el vehicle sigui reparat. Recordi el risc que té la prova del vehicle, que no tingui Assegurança Obligatòria en cas d’accident. La majoria de les pòlisses de R.C. que tenen contractades els tallers no cobreixen els danys d’accident, si no s’acompanya de l’assegurança obligatòria vigent del vehicle. Si ens trobem amb danys ocults que no han estat pressupostats o indicats al client, no hem de reparar-los, fins no obtenir de nou per escrit la conformitat del contractant. Si el client no vol reparar-los i poden afectar la eficàcia de la reparació que fa, ha de advertir-ho en la factura. Respectant les obligacions davant l’usuari el taller no esta obligat a fer-se responsable dels danys ocults, o no observats pel professional i que no formen part de la reparació contractada.
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Seguim demanant que apliquin les lleis als altres tal com les complim els tallers agremiats
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n l’edició nº 42 del nostre GremiTaller, varem informar de la gestió de la Federació Catalana de Tallers davant del Hble. Conseller Felip Puig.
Varem exposar alguns dels problemes que ens afecten i que no depèn del taller, ni de la nostra Federació solucionar-los, en especial. COMPETENCIA IL·LICITA: El Departament del Conseller és d’Empresa i Treball; inclou l’àrea d’Indústria i hem entès sempre que és l’òrgan que més directament ha d’organitzar el degut control de l’activitat en qualsevol lloc en que es faci; per això varen establir del Decret de Tallers ja en 1987. Exercir la professió de reparador d’automòbils exigeix tenir un local adequat a l’activitat industrial, estar donat d’alta en l’àrea fiscal del negoci, complir les obligacions laborals, sobre tot de seguretat i cotització i les normes mediambientals entre d’altres. Com a Empresa hem demanat que atengui una coordinació entre les titularitats dels diferents permisos o llicències existents; en especial en l’àrea de Seguretat Industrial, en base a la que els locals dels tallers han de tenir una adaptació a les exigències dels reglaments de seguretat. Si no es fa, aquells que no compleixen l’obligació d’inscriure’s poden gaudir de situació en les que com tenen menys despesa per funcionar com taller poden enfonsar els preus i els tallers que tracten de complir resultem molt afectats. En no tenir Industria gaire capacitat de personal inspector, en l’àrea industrial, s’ha demanat que recordin als Ajuntaments que JA tenen Policia Municipal, que les Industries que son als Municipis estiguin al corrent de les seves obligacions, i entre d’elles els tallers de reparació. Son els Ajuntaments qui, llevat excepcions, més responsabilitat tenen en que es mantingui l’activitat il·lícita perquè tenen més capacitat de policia administrativa.
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Així la Policia Municipal pot complir un bàsic control de l’activitat, perquè l’Ajuntament és el que té més mitjans de policia per conèixer el que passa al seu Municipi, i si com per desgracia les denuncies dels Gremis segueixen sense ser prou ateses formalment, confiem en que l’advertiment de Indústria de que es fan treballs de reparació a una vila, sense estar inclòs en el Registre Industrial pot fer moure a l ‘Ajuntament per no ser “còmplice” del problema que pot crear una empresa del ram de taller en qualsevol accident, incendi, etc. MANCA DE COORDINACIO AMB LA I.T.V Des de la creació del servei de ITV la Federació havia mantingut una bona coordinació amb les entitats que feien les inspeccions; reunions amb Indústria i concessionaris relativament freqüents, e iniciatives de col·laboració per millora del servei a l’usuari. Hem tornat a demanar que es puguin fer reunions periòdiques, cada 3 mesos per ex. amb les empreses que fan les inspeccions i els responsables de Indústria, i ens diuen que en quant la Federació Catalana plantegi temes tècnics o peticions concretes de millora de servei, es pot estudiar convocar amb urgència aquestes reunions. Així OBRIM A TOTS ELS TALLERS, com sempre hem fet, l’opció de presentar temes de queixes sobre problemàtica que hagin observat en la feina de la ITV, sempre revisant en primer lloc si l’actuació s’ajusta o no al Manual de Procediment d’inspecció que és la línia que han de seguir les Estacions. També podem considerar tractar amb Industria i les Concessions d’ ITV qualsevol proposta que millori l’eficàcia del servei, a través de retocs del dit Manual, i d’actuacions de millor control del parc automobilístic, com ja hem demanat als responsables de Trànsit de la Generalitat. ESPEREM ELS SEUS SUGGERIMENTS La Fecatra ha tingut un cert paper en la decisió de les autoritats per poder fer la coordinació de les dades de matricula del vehicles que han passat Inspecció, amb el Registre de Vehicles, el que permetrà localitzar més fàcilment als incomplidors (s’han arribat a falsificar els segells de color groc, verd i vermell pel control de vehicles) i com en el cas de manca d’assegurança s’aplicarà.
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Nota de premsa La Unió de Consumidors i el Gremi de Tallers denuncien l’acord de les asseguradores de vehicles
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a Unió de Consumidors de Catalunya i el Gremi de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona, han presentat avui davant l’Autoritat de la Competència una denúncia contra l’acord de les asseguradores que limita injustament les indemnitzacions a que tenen dret els perjudicats que, sense culpa, han rebut danys al seu cotxe en un accident. L’acord denunciat, que aplica sistemàticament la pràctica totalitat d’asseguradores, limita la indemnització a un valor inferior al preu de la reparació dels danys rebuts. El Gremi ha detectat la generalització d’aquesta pràctica abusiva que consisteix en que, en els casos de sinistre total, les companyies no indemnitzen l’usuari per la totalitat del dany causat, tal i com exigeix la llei, sinó per un suposat valor venal del vehicle, que és sempre inferior al de mercat i que no permet al perjudicat recuperar la seva situació inicial, és a dir, tornar a disposar del seu cotxe en les mateixes condicions en les que estava abans de l’accident. Aquesta pràctica influeix també de manera directa en el mercat de postvenda, atès que redueix o exclou la possibilitat de reparació de vehicles perfectament hàbils per circular.
Una perversió del sistema és que els pèrits que valoren els danys són de la mateixa companyia asseguradora del perjudicat, a qui no l’informen degudament dels seus drets, i que donen com valor venal del vehicle el que obtindria l’usuari si el volgués vendre i no el valor de mercat, que és el que costa la compra d’un vehicle similar a l’accidentat i el que marca la Llei. El Gremi ha pogut saber que a la província de Barcelona es donen cada any més de 7.000 casos d’aquestes característiques, el que suposa, aproximadament, més de 10 milions d’euros que els perjudicats no reben per la deguda reparació dels seus vehicles amb càrrec a l’assegurança obligatòria que paguen com a titulars del vehicle. Els denunciants esperen que la intervenció de les Autoritats i les legítimes exigències dels perjudicats en accidents de circulació, obliguin a les asseguradores a renunciar a aquesta pràctica contrària a la Competència.
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CETRAA
La Confederación Española de Talleres, Cetraa, nos informa
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a Dirección General de Tráfico está comenzando una nueva campaña mediante la cual pretende notificar a 2.462 propietarios de vehículos, que no tienen la ITV en regla, bien sea por no haberla pasado o bien por no haber acudido a la segunda visita tras haberles detectado algún problema.
A), Actividad de transportes terrestres por carretera. b) Comercio de vehículos automóviles. c) Gestorías administrativas relacionadas con el campo de la automoción. d) Entidades aseguradoras que operen en los ramos del seguro de automóvil. e) Peritos de seguros y mediadores de seguros privados que ejerzan su actividad en los ramos del seguro de automóvil. En Catalunya, la Generalitat incluyó otra incompatibilidad (anulada en España en 2000) para quienes, como el taller, tenían relación con la actividad de reparación de automóviles.
Por parte de la Generalitat no tenemos conocimiento de que exista una campaña concreta para la localización de este tipo de vehículos, salvo el descubrimiento de una red de falsificadores de etiquetas de ITV en la que participaba también algún taller con poca profesionalidad y honradez que no merecería estar en el Gremio si fuese agremiado (suponemos que no lo está). El Ministerio de Industria ha presentado UN PROYECTO de Real Decreto que anula todas las incompatibilidades para la creación de una estación de Inspección Técnica de Vehículos.
Después de la sentencia de la Audiencia que ha anulado el concurso de adjudicación de las nuevas estaciones, puede suponerse que los talleres ya no tienen incompatibilidades, pero sigue existiendo la obligación de que las ITV se adapten a Real Decreto 224/2008.
A.1 La estación ITV deberá disponer al menos de una línea de inspección para vehículos ligeros y otra para vehículos pesados o universales. En casos excepcionales la Administración competente podrá admitir estaciones ITV con una sola línea universal cuando se sitúen en zonas de población muy dispersa y se justifique la inviabilidad de instalar dos líneas en función de las inspecciones previstas. Igualmente, con carácter excepcional, la Administración competente de cada CC.AA, podrá admitir otras configuraciones
Queda anulado el artículo 4. Incompatibilidades del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos. Esas incompatibilidades, en toda España eran relativas a la actividad como socio o directivo de las estaciones ITV y para el personal que preste servicio en:
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La ITV debe estar ubicada en locales o naves totalmente independientes de cualquier local o nave en el que se realice cualquier otra actividad distinta de la inspección técnica de vehículo. El taller no puede simultanear el uso de sus instalaciones ni de sus equipos, ni de su personal. Eso supone una nueva empresa e inversión de dudosa rentabilidad por la relación de oferta/ demanda.
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El Taller 2.0 ¿Debe el taller tener una estrategia de presencia en las redes sociales?
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uede pensarse que las redes sociales están reservadas exclusivamente para la comunicación interpersonal y para las complejas estrategias comerciales de las grandes empresas. Sin embargo nada más lejos de la realidad, las redes sociales están ahí, diferentes estudios nos revelan que su número de usuarios aumenta a diario y es más que probable que muchos de ellos sean clientes de nuestro taller, además cada vez son más las pequeñas empresas que empiezan a contemplar su presencia en estos medios. Realizar un completo planteamiento sobre una estrategia de redes sociales en el Taller de Reparación de Automóviles no es sencillo y es difícil resumir en este artículo. Para simplificar intentaremos dar respuesta a dos cuestiones que consideramos clave, ¿Cuáles pueden ser los objetivos del taller en las redes sociales? y ¿Qué puede esperar el taller de este canal? El objetivo fundamental de nuestra presencia en las redes sociales debe ser establecer una comunicación bidireccional con nuestros clientes actuales y con los nuevos posibles. Para conseguirlo debemos, en primer lugar, aclarar dos cuestiones importantes: Dónde están mis clientes y qué tipo de relación tengo con ellos.
¿Dónde están mis clientes?
Lo primero es conocer el uso que hacen mis clientes de las redes sociales. Si mis clientes no usan redes sociales, ¿Para qué voy a plantear una estrategia en éste canal? Probablemente puedo obtener muchos más beneficios cuidando la relación personal. Si en efecto son usuarios de redes sociales, tendremos que evaluar cuáles son las que usan mayoritariamente para concentrar nuestros esfuerzos en estas (probablemente Facebook y Twitter).
¿Qué tipo de relación tengo con ellos?
Al igual que no podemos plantearnos competir con la estrategia online de una gran empresa, hay algo en lo que un taller gana por goleada. Tener una relación estrecha con los clientes, de amistad incluso, supone una gran ventaja. Este tipo de relación permite conocer los gustos y preferencias de un gran número de clientes. Lo que nos será de gran ayuda a la hora de planificar nuestras comunicaciones. Una vez aclarados estos dos aspectos podemos plantearnos nuestros objetivos en redes sociales. Sean cuales sean nuestros objetivos, hay que tener en cuenta que los resultados que podamos obtener se verán
en el medio o largo plazo. Por lo tanto, no solo es necesario ser constante con la estrategia que elijamos, sino también marcar unos objetivos que seamos capaces de cumplir. A grandes rasgos esto es lo que un taller puede esperar de las redes sociales:
Mejorar la comunicación con sus clientes
Las redes sociales ofrecen una forma de comunicarse que permite que los clientes nos hablen sobre temas que quizás en persona no tratarían. Además, el hecho de utilizar el ordenador o el móvil para redactar el mensaje hace que taller y cliente estén en las mismas condiciones. Cada uno escribe “desde su casa”. Debemos acercarnos a los gustos y preferencias de nuestros clientes con comunicados sencillos pero de su interés. Dado que el taller dispone de un nexo común con su cliente, el vehículo, centrémonos en él.
Promoción del taller
Evidentemente este canal permite llegar a muchas personas. Sin embargo esto no quiere decir que hablar exclusivamente sobre nuestro negocio esté bien. Nadie quiere poner su “me gusta” en una página de la que solo va a recibir publicidad. Hay que ser cautos en este sentido y planificar nuestras comunicaciones en base a los gustos de nuestros clientes (no sólo hablar de lo buenos y extraordinarios que somos en nuestro taller), quizás hablar de seguridad, conducción o hasta de eventos deportivos relacionados con el automóvil ayudará a amenizar nuestras comunicaciones y aumentar el número de seguidores.
Fuentes de ventas
Este es el objetivo que sin duda un gran número de empresas considera como más importante. ¿Es real que se pueda conseguir? Por supuesto, la estrategia online pude reportar aumentos en la facturación, pero como decíamos probablemente no va a ocurrir de la noche a la mañana. Las redes sociales no son una tienda online. Permiten que el boca a boca tradicional tenga un efecto mucho mayor del habitual. Ser constante en nuestras comunicaciones con los rasgos definidos anteriormente ayudará a que nos conozca un mayor número de gente y poder aumentar el número de visitas a nuestro taller. Departament de Projectes - Gremi de Tallers.
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Una obligación menos (al parecer) Los talleres de reparación están excluidos de la obligación de obtener una certificación de eficiencia energética de los locales donde hacen su actividad. Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. El Real Decreto establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.
cen en el Código Técnico de la Edificación. De esta forma, valorando y comparando la eficiencia energética de los edificios, se favorecerá la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía. Además, este Real Decreto contribuye a informar de las emisiones de CO2 por el uso de la energía proveniente de fuentes emisoras en el sector residencial, lo que facilitará la adopción de medidas para reducir las emisiones y mejorar la calificación energética de los edificios. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Se excluyen del ámbito de aplicación:
d) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
Los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios o unidades de éste no se incluyen en este real decreto, ya que se estable-
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Esos “pequeños” detalles Optimizar el uso de consumibles en el taller
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os consumibles se encuentran dentro de las partidas para el cálculo del coste-hora de un taller y representan en su conjunto unos costes de relativa importancia. Se hace necesario realizar un uso racional de ellos y valorar adecuadamente las diferentes alternativas que ofrece el mercado a la hora de su elección.
Lijado en el área de pintura
En el mercado existe una enorme variedad de marcas y calidades de lijas, al ser uno de los consumibles más utilizados en el importancia elegir las más adecuadas para las diferentes operaciones. Si bien el precio no deja de ser un aspecto importante en su elección, hay otra serie de factores que habrá que valorar para que la opción final sea un compromiso de todos ellos:
Las operaciones realizadas en las áreas de carrocería y pintura requieren el empleo de diversos tipos de consumibles. En todos ellos es posible efectuar un uso racional mediante una gestión adecuada y una selección apropiada de los diferentes productos que ofrece el mercado. En ciertas operaciones existen posibles alternativas que es necesario valorar convenientemente a la hora de elegir el tipo de consumible más idóneo que nos permita optimizar el coste final, consumible y tiempos de intervención, sin detrimento de la calidad. Seguidamente, se analizan posibles alternativas en la elección de consumibles para las operaciones más habituales en el taller, teniendo en cuenta criterios técnicos y económicos.
No se trata de usar las lijas más baratas, sino las que permitan garantizar los resultados finales, evitando la realización de posibles trabajos repetitivos, con la consiguiente disminución de los tiempos de intervención.
Soldadura MIG/MAG
Enmascarado
En las operaciones de soldadura de chapa mediante MIG/MAG, el uso del gas de protección adecuado puede suponer un ahorro significativo. Así, el gas que se debería utilizar en la soldadura de chapa de acero es una mezcla de argón y CO2, cuyo coste resulta en torno al 40 % más barato que si se utilizara argón puro como en algunos talleres se aprecia. Donde no existirá elección es en la soldadura de aluminio o la soldadura MIG-Brazing, debiendo emplearse en esos casos argón puro.
Han de tener un buen poder de corte, y corresponderse con la granulometría indicada en la propia lija. Deben contar con una buena relación entre la dureza del abrasivo y la vida de corte. Tienen que estar dotadas de un buen soporte, aglutinante y tratamiento antiembazado.
Es uno de los trabajos de pintura en los que más tiempo y materiales se invierten, por lo que una correcta elección de los materiales resulta de gran importancia. Dentro de los diferentes productos existentes en el mercado hay dos a los que prestar especial atención: las cintas y los papeles o plásticos de enmascarado:
Reparación de piezas de plástico
Tradicionalmente las dos técnicas existentes de reparación de piezas de plástico han sido la soldadura y el empleo de adhesivos, obteniéndose con ambas similares resultados en cuanto a calidad y acabado, siempre que se utilicen los procesos de trabajo y productos adecuados en cada caso. No obstante, el coste de los productos de reparación mediante adhesivos es muy superior al de la soldadura, por lo que, siempre que las características del daño a reparar y la naturaleza del plástico lo hagan posible, esta última técnica permitirá obtener un mayor ahorro de costes en la reparación. Enmascarado con plástico
1. Cintas de enmascarar: deben presentar las siguientes propiedades: Elásticas, que puedan adoptar formas curvas. Resistentes a la pintura al agua. Resistentes a temperaturas de, como mínimo, 60 ºC, valor que habitualmente se alcanza en el secado en cabinas-horno. Resistentes al secado mediante rayos infrarrojos. Al retirarlas no deben dejar restos de adhesivo sobre la pieza a la que estaban fijadas. Reparación de pieza de plástico
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Una calidad deficiente en las cintas de enmascarar podría motivar un aumento de los trabajos repetitivos o defectuosos y, con ello, de los costes para el taller.
PARA SABER MÁS www.cesvimap.com
2. Papel o plástico de enmascarar: comparativamente, el papel de enmascarar es más barato que el plástico. Sin embargo, este último ofrece una serie de ventajas que justifican su empleo en lugar del papel, siempre que las características de la zona a enmascarar lo permitan: Se emplea menos tiempo en realizar el enmascarado. Presenta menos riesgos de que aparezcan defectos de pintado posteriores, como pulverizados. No hay consumo de cinta adicional, al evitarse la necesidad de empalmes, al contrario de lo que ocurre con el papel. Se obtiene una mejor calidad final. Su utilización ayudará a reducir los costes en muchas operaciones. Una adecuada elección de los consumibles, que no esté basada únicamente en su precio, ayudará al taller a reducir sus costes, pero no la calidad que ofrece a sus clientes.
Marcas de consumibles: www.3m.com www.4cr.de www.adesat.com www.blinker.es www.bluemaster.es www.carburos.com www.car-repair-system.com www.exfasa.es www.indasa.es www.mirkaiberica.com www.nortonabrasives.com www.wielanderschill.de www.würth.es
Por Francisco González de Prado - Colaboración de Cesvimap.
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Trabajos rápidos Equipos y herramientas que reducen la estancia del automóvil en el taller. Por David Jimenez Martín Los trabajos rápidos de pintura se realizan sobre superficies pequeñas, donde prima la rapidez en la entrega, sin que la calidad se vea mermada. Por ello, su ejecución conlleva utilizar herramientas y equipos adaptados a esta circunstancia, que reducen el tiempo de intervención del pintor sobre el vehículo y la estancia del automóvil en el taller. En los últimos años están proliferando, dentro de los talleres de reparación, zonas dedicadas a la realización de servicios rápidos en las que se efectúan trabajos de chapa y, fundamentalmente, de pintura, con plazos de entrega muy cortos. Los nuevos equipos y herramientas actúan sobre dos aspectos clave en este tipo de procesos: la reducción de los tiempos de intervención del operario y de secado de los productos. Para rebajar el tiempo de intervención del operario, existen equipos que no incrementan la superficie de trabajo, ciñéndose exclusivamente a la reparación, como lijadoras y pistolas pequeñas.
Lijadoras
Con el fin de rebajar el tiempo de intervención, los lijados que se realicen en el área de servicios rápidos deben efectuarse, preferiblemente, en seco y, siempre que sea posible, a máquina. Las reparaciones más pequeñas (arañazos profundos, pequeñas deformaciones), que requieren la aplicación de pinturas de fondo sobre superficies de muy reducidas dimensiones, reclaman la introducción de nuevos equipos, pequeñas herramientas, no habituales en el taller. Por ello, los fabricantes han desarrollado lijadoras de menor tamaño, de 77 mm de diámetro, la mitad del que tiene una convencional (150 mm). Esto, traducido a superficie de lijado, supone que el área trabajada por la pequeña lijadora es, únicamente, la cuarta parte del que se abarca con una convencional. Esto permite centrarse en la zona dañada, sin incrementar la extensión de la superficie de trabajo ni, por consiguiente, el tiempo de tratamiento.
Pistolas
El difuminado es una técnica que cobra importancia en la realización de trabajos rápidos. Con ella, se reducen los tiempos dedicados a la búsqueda del color, el consumo de materiales es menor y se mejora la calidad, al evitar problemas de igualación. La técnica de difuminado se podrá acometer más fácilmente si la superficie aparejada es pequeña y si existe suficiente espacio para difuminar el color dentro de la misma pieza.
La reducción del tiempo de secado cobra una gran transcendencia, acortando la permanencia del vehículo en el taller y, por lo tanto, anticipando la entrega al cliente. A este respecto influye, de manera significativa, el empleo de equipos de secado por ultravioletas o infrarrojos.
Pistola de retoques
En pequeños daños, las pistolas de tamaño convencional producen abanicos de demasiada amplitud, que aumentan la superficie de trabajo. Por ello, son más adecuadas las denominadas pistolas de retoques. De menor tamaño y con un depósito más pequeño, son más manejables. Su abanico es más cerrado, circunstancia que permite aplicar color únicamente a la superficie dañada, dejando un mayor espacio para realizar el difuminado. A pesar de su menor tamaño, estas pistolas reproducen fielmente el color.
Los equipos de secado por infrarrojos son fundamentales en una zona dedicada a los trabajos rápidos de pintura.
Si se emplean las pistolas de tamaño normal, se podrá agilizar la tarea del operario utilizando los sistemas de preparación de pintura. Con éstos se acorta el período dedicado a la preparación de la mezcla y, sobre todo, a la posterior limpieza de la pistola.
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Secadores por infrarrojos
Los equipos de secado por infrarrojos son fundamentales en una zona dedicada a los trabajos rápidos de pintura, ya que reducen los tiempos de endurecimiento de los diferentes productos aplicados durante la reparación: masilla, aparejo, color y barniz. La utilización de equipos de secado por infrarrojos en las pinturas de acabado posibilita la ejecución de trabajos de pulido y abrillantado, cuando fueran necesarios, poco después de que estas pinturas hayan sido aplicadas, lo que reduce el tiempo de inmovilización del vehículo en el taller y adelanta la hora de entrega. Existen diversos tipos de equipos de secado por infrarrojos; se recomiendan equipos de onda corta modulares o en arco.
al otro lado del espectro visible. Los productos secan gracias a que contienen una resina fotoiniciadora, sensible a los rayos ultravioletas. Además, se caracterizan por una polimerización de cadena corta, que da mayor dureza a la capa.
Otros equipos
Otros equipos complementarios, que agilizan y dan precisión a los trabajos del pintor, son las balanzas inteligentes, para la búsqueda del color y la preparación de mezclas, y las cartas pintadas a pistola, que reproducen fielmente el color, facilitando su búsqueda. La eliminación de pequeños daños que únicamente han afectado al color de los acabados monocapa y al barniz de los bicapa (arañazos y rozaduras superficiales) es, sin duda, el trabajo más rápido, económico y de más alta calidad que se puede realizar en los servicios rápidos. La pulidora es el equipo utilizado para la eliminación de este tipo de daños. Funciona con velocidades de giro bajas (como máximo, 1.800 revoluciones por minuto, aunque, generalmente, menores), con el fin de no calentar excesivamente la capa de pintura. Precisan de diversos tipos de esponjas, en función del producto y de la técnica a realizar: pulido, abrillantado, etc.
Pueden tener un pie para su sujeción o ser aéreos. Los infrarrojos aéreos se mueven por unos carriles situados en la parte superior de la zona de preparación, de manera que no entorpecen los movimientos del pintor.
Organización de la herramienta
La reducción del tiempo empleado por el pintor en desplazamientos dentro de la zona para buscar productos y herramientas es otro de los aspectos que se persiguen en los servicios rápidos. Son de gran ayuda los carros portaherramientas, en los que se pueden guardar las herramientas y los productos necesarios para la reparación, facilitando el orden de la zona. Secadores por infrarojos
Por su parte, los carros de lijado integran el equipo de aspiración, las lijadoras, los abrasivos y el suministro de energía y aire comprimido. Además, tienen diversos compartimentos, donde se pueden guardar otras herramientas y productos: pistolas, equipos de protección personal, pintura en aerosol (imprimaciones, aparejos, etc.)
Arco de infrarojos
Secadores por ultravioleta
Los productos de secado mediante luz ultravioleta suponen una verdadera revolución dentro de los trabajos rápidos. Endurecen los aparejos en menos de dos minutos. Los ultravioletas están en el extremo opuesto de los rayos infrarrojos,
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Talleres con historia Josep Just Rabell Balmes Intermotor, S.L. Bellprat, 3 (Igualada) Aspecto de Balmes Intermotor, S.L. en la calle Bellprat de Igualada.
J
osep me cita en el taller Balmes Motor de Igualada, concesionario Fiat, un enorme local con más de 2000 m2 que ahora gestiona su hijo. Josep Just ya está jubilado, a sus ochenta y tres años, ofrece un aspecto magnífico que denota su afición por el deporte: camina cada día una hora, hace montañismo y esquí, y además, para delicia de su esposa es un consumado bailarín de salón.
Josep es un enamorado de la mecánica ya que con 13 años, junto con un amigo construye un mini coche con el que se desplazan por todos los pueblos de la comarca. De nuevo se
traslada la familia, esta vez a Igualada. Josep entra a trabajar como aprendiz de mecánico en el taller de Ramón Solsona donde permanece dos años en los que aprendió a manejarse con
Aunque Josep ha pasado casi toda su vida en Igualada nació en una pequeña población tarraconense: La Pobla de Carivenys en 1930. Cuando solo tiene tres años emigra toda la familia a Sant Llorenç d'Hortons, una población más grande cercana a Sant Sadurni d’Anoia donde su padre se dedicará a cultivar la tierra, las vides y algo de ganado. Aquí permanecerán hasta que Josep tenga trece años. Es apenas un niño cuando se despierta su afición por la mecánica, hasta tal punto, que su padre accede a que entre como aprendiz en un taller de Molins de Rei. Recuerda Josep, entre sonrisas, que allí montó su primer gasógeno a un taxi que debía ir a Valencia y como el cliente no se fiaba mucho de “esa” tecnología, hace viajar al muchacho con él por si surge algún problema en el viaje que duró casi tres días, afortunadamente todo funcionó a la perfección. Josep con un amigo construyen un minicoche con el que se pasean por los pueblos de la comarca.
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los camiones y turismos. Su buena formación técnica y su espíritu emprendedor (animado también por su padre) le lleva con 16 años a establecerse por su cuenta. Es el año 1946, en plena época de escasez y estraperlo pero hay trabajo de mecánico. Una noche, recuerda, es avisado para arrancar un camión que se ha quedado averiado en la montaña, al llegar allí, observa que ha perdido la gasolina por un impacto de bala en el depósito. El camión es de alguien que transporta trigo de estraperlo y al ser descubierto por una patrulla de la Guardia Civil, escapa por un camino de montaña bajo los tiros de la benemérita. Josep, tirado bajo el camión conecta el tubo de combustible a una lata y en ese momento comienza a oír disparos. El camión arranca apresuradamente dejando a Josep debajo del camión; salva la vida de milagro y se esconde mientras la refriega se aleja de él, y espera, a la mañana para regresar a casa guiándose como puede.
Josep Just y su hijo posan en la tienda de coches Fiat de Balmer Intermotor, S.L.
Balmes Intermotor, S.L. cuenta con más de 2000 m2 de instalaciones.
Tras establecerse por su cuenta, al cabo de un par de años, y debido al mucho trabajo que tiene, necesita mecánicos para atender a todos sus clientes y es entonces cuando se asocia con un amigo, Enric Montoliu con el que decide hacer una sociedad. Se da la circunstancia que ambos hacen el servicio militar juntos, lo que les obliga a trabajar noche y día para atender a sus clientes. En 1952, acabado esta dura etapa, los dos socios se dedican a comprar camiones de las subastas del ejército para adaptarlos al transporte de las pedreras; recortan chasis, montan volquetes y motores diesel Barreiros. También acoplan estos motores en turismos. En el año 1955 la empresa se encamina a la comercialización y mantenimiento de maquinaria agrícola, especialmente camiones Nazar y Avia. Cuatro años más tarde la empresa se traslada a un local nuevo situado en la calle Trobadiners con la finalidad de obtener la representación de los camiones Austin Leyland, los tractores Ford y los vehículos todo terreno Jeep Willys que se fabricaban
en Zaragoza. Después consiguen la representación de la marca de turismos Authi que comercializan el Mini, así como las marcas Morris, Austin y MG. Nos encontramos a mediados de los años sesenta, en plena efervescencia y crecimiento del parque automovilístico español y Josep ve como el negocio crece: necesitan más espacio, entonces crean la sociedad Auto Balmes que dispone de tienda y recambios. En 1978 aparece una nueva división dedicada a la venta y al servicio de camiones y furgonetas Mercedes y abren un local nuevo en la carretera de la Pobla de Claramunt. En 1984 se disuelve la sociedad y Josep continua con la venta y asistencia de varias marcas, entre ellas Ford, Opel, Skoda, Volvo, Rover, bajo el nombre comercial de Balmes Motor. En 1994 consigue la concesión de las marcas Alfa Romero para toda la Anoia y Baix Llobregat. La vida laboral de Josep Just ha sido un continuo crecimiento, con mucho esfuerzo y dedicación, como recalca en su conversación. Un hombre emprendedor y valiente que ha creado numerosos negocios y ha proporcionando trabajo a muchos mecánicos. Josep es de una casta de empresarios que ha enriquecido el país y que ahora, desde la distancia de su jubilación le entristece ver como la crisis se está cebando en todas las áreas industriales y de servicios como los talleres. Actualmente la empresa continúa la actividad con la concesión de las marcas Fiat y Alfa Romeo, que dirige desde hace unos años su hijo Josep. Vicente Blasco 29
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