GremiTaller nº52

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REVISTA GREMITALLER DESEMBRE / GENER

2014 · 2015

Num.

52

GREMI

Denunciamos a las aseguradoras GREMI

Acuerdo en Asamblea General GREMI

Reforma fiscal

PUBLICACIÓ OFICIAL GREMI DE TALLERS DE REPARACIÓ D’AUTOMÒBILS DE BARCELONA


GremiTaller

Revista nยบ52


Editorial E

ste nuevo año 2015, se presenta con una cierta expectativa de cambios que pueden afectar al empresario de taller. Especialmente los cambios fiscales de los que se ocupa una buena parte de esta edición del GremiTaller. De cada uno de nosotros depende podernos aprovechar de ello y adaptarnos en nuestra organización de lo básico para nuestra empresa: la Economía.

Edita:

No hemos de esperar por desgracia grandes cambios en nuestra clientela ya que no se espera reducción del paro y los nuevos puestos de trabajo que haya serán de poca capacidad de ingresos, así que nuestro taller ha de ajustar el procedimiento económico; rentabilizar las horas de trabajo y optimizar el gasto.

Gremi Provincial de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona Plaça Dr. Letamendi, 37 6è 08007 Barcelona Telf. 93 451 66 67 · Fax 93 323 28 36 Email: administracion@gremibcn.com www.gremibcn.com

Aquí el Gremio puede una vez más ayudarle con eficacia; recuerdo a todos mis colegas agremiados que el Gremi ha organizado diversas áreas de servicio para colaborar en el día a día del taller en muchos temas, y el ECONÓMICO FISCAL es, en estos momentos, uno de los más necesarios; por el gran conocimiento que tienen de nuestro tipo de empresa, por la competitividad económica de precios y porque además tiene coordinación con los demás departamentos del Gremi, Jurídico, Laboral, Industrial, o Informático lo que le puede ofrecer un servicio inmejorable.

President: Celso Besolí

Director Editorial:

CONSULTE A NUESTRA ÁREA ECONÓMICO FISCAL para su contabilidad, declaración de impuestos y trámites económicos. Quedara gratamente sorprendido.

Sr. Lluís Camarasa

Diseño y maquetación: Disgraph, S.C.P.

Edición gráfica: Tormiq, S.L

Secretaria: Montse Barrionuevo

Consejo de Redacción:

Poco podemos esperar de los posibles cambios políticos, ya que desde hace mucho tiempo no se ha tenido en cuenta por ningún gobierno prácticamente en nada la especial problemática del taller y todas las ayudas al automóvil se dirigen a los fabricantes de vehículos, como si los talleres no fuésemos empresas del sector y pese a que nuestros puestos de trabajo son más numerosos. Las políticas ciudadanas tienden a suprimir la circulación del automóvil y las de los aseguradores tienden a achatarrar vehículos. Por suerte para el taller una medida se contrapone a la otra, y así la labor de mantenimiento de vehículos no tiene perspectivas de decaer ya mucho más de lo que ha sucedido en estos últimos 5 años.

A. Higueras, Àngela Gándul, Ramón Tejedor y María González

Colaboradores: Vicente Blasco, Ramón Casas, Yolanda Aguilar, Teresa Raventós y Centro de Estu-

En los propósitos del nuevo año, si que le sugiero, amigo taller que incluya Vd. tener más contacto con sus clientes que son los propietarios de vehículos y más si se dedica a la plancha o pintura donde no debe confundir a la aseguradora con el cliente; al fin y al cabo ya solo menos del 25% de asegurados lo están a todo riesgo.

dios Legales.

Creación y edición: Gremi de Tallers.

Redacción y publicidad:

Si no los tiene, consiga los correos electrónicos de sus clientes para hacer labor de marketing; le será de resultado ya a corto y medio plazo durante el 2015, en que el cliente pueda tener presente a su taller de confianza que le informa de servicios y ofertas de revisiones, etc.

Gremi de Tallers.

Feliz y próspero 2015. Celso Besolí, President

elSumari Editorial. Assemblea General. Segueix la protesta oficial del Gremi. Recurso contra aseguradoras. Nuevo modelo recibo individual de salarios (nómina). Reforma Fiscal 2015. Tenga en cuenta.

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GremiTaller

Un servicio del Gremi esencial para el taller de chapa y pintura. Tingui present el Gremiweb. Rufre Diesel Injection. Carrocerías avanzadas. Talleres con historia (Pedro Salvador Valero) Tauló d’anuncis.

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GREMI

Breu resum d’activitats del Gremi a 2014

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La presència en totes aquelles entitats majoritàriament representatives al sector de l’empresa i la indústria.

Referència de la comunicació del Sr. Besolí, president del Gremi, a l’Assemblea del darrer dia 13 de desembre. S’ha distribuït un exemplar de la Memòria d’activitats que hem fet al Gremi enguany.

En l’àmbit associatiu, destaquem la pertinença a la Cambra de Comerç de la que treballem per una col·laboració més directa.

Al llarg de l’any, com podeu veure, hem fet molta feina, que consta resumida en la Memòria, però no ha estat suficient per millorar la situació de tot el nostre col·lectiu.

També el ser reconeguts a la Unió Patronal del Metall com el representant dels demès Gremis, i tenir

No obstant, tenim les eines essencials per defensar els nostres interessos: primer l’esperit emprenedor i la força del treball que caracteritza la nostra professió; i segon la nostra arrel associativa d’aquest orgullós col·lectiu que continua sent un dels sectors econòmics més destacables del país.

una actuació destacada en el Comitè Executiu on s’ha participat directament en l’aprovació del Conveni Col·lectiu que se’ns aplica, dins d’un context social i econòmic complicat. A FEPIME, on continuem al Comitè Executiu treballant amb la nova Presidenta, la Sra. Maria Helena de Felipe.

A Catalunya, segons dades del 2012 de l’Institut d’Estadística de Catalunya, hi ha 6.758 empreses que desenvolupen l’activitat econòmica de reparació i manteniment de vehicles en 7.228 establiments i donant feina a 15.961 treballadors assalariats i aquestes son dades en temps difícils.

També, a Foment, on després de les eleccions del passat dia 4 de Desembre, continuem com membres de Junta Directiva.

No fa gaires anys, el sector tenia quasi 9.000 establiments i menys vehicles a servir.

La feina més important, però; la que fa de suport a l’empresari de taller dia rere dia, és la feta de portes endins, amb els serveis que l’equip del Gremi dóna a l’agremiat, i reflecteix la Memòria.

El Gremi de Tallers de Barcelona (a nivell província), i la Federació Catalana de Tallers de Reparació (a nivell català) en la que es troba inclòs, actualment son les associacions més representatives dels tallers de reparació. Pel que respecte al nostre Gremi de Barcelona, la prova d’aquest fet és, no només, la llarga trajectòria des de 1944; sinó també:

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La potent infraestructura que té, amb tècnics de l’àrea econòmica, perits, advocats i altres professionals, alguns d’ells externalitzats i tots especialitzats en la casuística de l’àmbit del taller de reparació, que ens ha de fer sentir orgullosos.

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La independència de la que gaudeix el Gremi respecte entitats i grups poderosos amb qui de tant en tant tenim interessos contraposats; em refereixo a les asseguradores, als grups de recanvistes, a les administracions, etc.

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Imatge de la presentació de l’Assemblea General 2014.

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GREMI

A DESTACAR:

Renovació del conveni amb ZURICH millorant el contingut de la pòlissa especial per als tallers agremiats; concretament, en aquells casos de recanvi defectuós, l’asseguradora posarà a disposició del taller un perit per confeccionar informe pericial que valori la responsabilitat del recanvista.

Els resultats obtinguts treballant darrera d’un dels objectius clau del Gremi de mantenir un pont directe i en ambdues direccions entre el món educatiu i el món empresarial i laboral: Projecte Formaempresa 50.cat dins del Consorci per a la Formació Contínua a Catalunya de la Generalitat.

Continuem amb les al·legacions per modificar una a una les Ordenances de Soroll que venen aprovant els diferents Ajuntaments de la província, i obliguen als tallers a incloure en els seus locals mesures oneroses com treballar a porta i finestres tancada i establir ventilació forçada entre d’altres. Aquestes ordenances, de 66 ajuntaments, afectaven a més de 1900 agremiats, que venien obligats a realitzar unes despeses de 2.000 € de mitjana per adaptar-se a aquestes ordenances, en la majoria dels casos, ja modificades per evitar aquestes despeses als tallers.

El Gremi com part integrant al Grup de Treball per la “Formació per a l’Ocupació Contínua” al Consell de la Formació Professional de Barcelona. Subscripció del conveni de col·laboració amb el Centre d’Estudis Monlau preparant-nos per a la futura i imminent formació dual de la que només es podrà garantir l’eficiència si treballem al costat dels centres formatius més preparats i punters del sector. Projecte “Dispositiu l’Ajuntament de Vic.

d’Inserció

Laboral”

El Gremi ha presentat anunci de Recurs contra la decisió de la Comissió Nacional de la Competència i del Mercat d’arxivar la denúncia que al 2013 el Gremi i la Unió de Consumidors de Catalunya, varen interposar contra l'acord de l’associació estatal de les asseguradores (UNESPA), consistent en oferir als perjudicats d’un sinistre només el valor venal quan per normativa procedeix indemnitzar amb el valor de reposició.

de

Lluita contra l’intrussisme a la professió i la competència deslleial amb: La creació de la plataforma de denúncia anònima online, utilitzada també per les entitats de FECATRA constituint així la primera eina de denúncia centralitzada pel territori català. A la província de Barcelona tenim 93 denúncies enregistrades de les que estem fent el seguiment. Us convido a consultar les dades publicades pel vostre coneixement a la web del Gremi.

Consolidació i resultats molt positius del nou servei “Valor Venal” del Gremi que ofereix als agremiats peritacions i advocat per reclamar davant les companyies asseguradores dels seus clients, les quals valoren sinistres per sota del preu que realment per normativa pertocaria, perjudicant als tallers que deixaran de fer la reparació, amb la deguda qualitat i rendibilitat.

Canal de comunicació directe amb el SEPRONA de la Guàrdia Civil per intervenir en les activitats completament clandestines.

Com podeu comprovar, el col·lectiu dels tallers a través de la seva voluntat de fer pinya i fer Gremi, treballa i està present a tots els fronts. Les institucions i agents del sector coneixen la nostra placa del Gremi que llueix en la façana dels tallers.

El Gremi s’ha personat en 5 Ajuntaments per fer seguiment del procediment sancionador contra activitats clandestines de taller.

Crec que s’ha fet una feina que ha de merèixer l’aprovació de l’Assemblea, i per això demano, que reviseu la memòria i es manifesti l’aprovació amb un nou agraïment a tots els membres que han participat en aquesta tasca, així com a tot el personal del Gremi (el cos de tècnics, el d’administració i assessors externs) que tots vosaltres coneixeu, i que amb la seva dedicació vetllen i treballen pels interessos generals i particulars dels agremiats, intentant facilitar les coses per a que el taller pugui concentrar la seva atenció a la seva productivitat.

Reunió amb el Conseller d’Empresa i Ocupació, en Felip Puig, denunciant aquesta greu problemàtica del sector i presentant les dades recavades, obtenint el compromís del Conseller de crear una FINESTRETA ÚNICA per denunciar aquests casos. Consolidació de l’INNOTALLER com a punt de trobada pels tallers i empreses que ofereixen els serveis més innovadors i necessaris per a la nostra activitat. Degut a l’èxit i l’aforament d’aquesta edició, ja estem treballant per l’any vinent en un nou emplaçament més gran per donar cabuda als assistents.

GremiTaller

Per tots ells demano un aplaudiment. Celso Besolí, President

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GREMI

Srs. Ramos, Camarasa, Besolí, Fortuny i Sra. González - Mesa assemblea.

Programa d’activitats 2015 Presentem els punts més destacats del Programa d’activitats per a l’any 2015:

crèdit de bonificacions de les empreses destinats a formar als seus treballadors.

Apropament a l’agremiat a través de la programació de més visites que garanteixin un contacte personal i regular amb el taller així com la intensificació de la presència del Gremi. Aquesta nova proposta pot implicar la nova contractació d’un nou comercial.

Formació gratuïta pels agremiats impartida pels propis tècnics del Gremi en aspectes fonamentals en el dia a dia del taller: recepció de vehicle, consum, laboral, fiscalitat, informàtica, etc. I aquells temes que interessin i demani l’agremiat.

Actualitzar i intensificar els canals de comunicació amb l’agremiat: gremiwebs, facebook, twitter, telèfon, email, etc.

AQUEST PROGRAMA COMPTE AMB EL SEGUIMENT DE TOTES LES ACTIVITATS REPRESENTATIVES I D’ATENCIÓ A L’AGREMIAT QUE S’HAN ANAT FENT AL LLARG DELS DARRERS ANYS.

Millorar el disseny, estructura i contingut de la Revista del Gremi potenciant la seva presència com a medi de comunicació escrita de referència del sector de taller. Incentivar la imatge del taller agremiat als medis, com a garantia de qualitat i regularització davant de l’usuari, com resposta a l’intrusisme a la professió i els tallers clandestins. Expandir la plataforma de denúncia online oferint l’eina a diferents entitats dirigides a sectors interrelacionats amb el taller: consumidors, servei de trànsit, etc. Impulsar i crear formació per a l’autònom i empreses del sector, encara que sigui de pagament, per tal de compensar l’actual falta de subvencions per part de les administracions, ja que el taller necessita informació i formació per ser més professional davant les noves tecnologies. Recerca, plantejament i oferiment de cursos útils i de qualitat pels treballadors assalariats dels tallers aprofitant el

Detall de la sessió.

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GREMI

Acords de l’Assemblea General 2014

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esprés de l’àmplia informació aportada sobre la gestió del Gremi a 2014 a l’Assemblea, que en resum consta en les pagines anteriors, el President, Sr. Besolí, i el Secretari General, Sr. Camarasa, varen comentar el projecte de gestió de 2015, i en ell els acords que s’indiquen a continuació:

Aprovació de projecte de més activitats en àrea comercial, de la publicació GremiTaller, de la difusió de la imatge del taller agremiat i l’emblema del Gremi als mitjans, expandir la plataforma de denúncia online de competència il·lícita, afavorir la formació d’autònoms i dels treballadors assalariats, potenciació de l’aplicació intensiva d’internet, etc.

Aprovació de la Memòria d’activitats i del programa de gestió 2015.

Mantenir la delegació a la Junta General per la decisió de relacions amb les entitats del sector com Cetraa.

Informació a la propera assemblea de dades distribuïdes per territoris del moviment gremial.

Modificar les quotes gremials que suposa un augment de 9€ l’any per tallers de 1º quota, de 12€ l’any per la segona quota, 16€ l’any per la 3ª quota i 20€ l’any per la 4ª quota.

Aprovació de les comptes de l’exercici 2014 amb resultat de 4.460,03€.

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GREMI

Segueix la protesta oficial del Gremi

26/11/2014 Comunicado de prensa

Recurso contencioso ante la Audiencia Nacional contra la decisión de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia de no investigar a las aseguradoras por un acuerdo de precios que afecta al perjudicado sin culpa en un accidente de circulación.

L

a Audiencia Nacional accepta continuar el tràmit de l’avís de recurs del Gremi contra l’arxiu de la denúncia que varem fer amb la Unió de Consumidors de Catalunya contra les asseguradores que varen acordar reduir les indemnitzacions dels perjudicats en un accident de circulació al Valor Venal.

E

l Gremio de Talleres de Barcelona presenta recurso contencioso contra la decisión de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia, CNMyC de archivar la denuncia que se presentó con la Unió de Consumidors de Catalunya, UCC, contra la práctica de las aseguradoras de automóviles de calificar como Siniestro Total los daños de indemnización a los automovilistas perjudicados en un accidente de circulación sufridos por culpa de otro.

Les proves que hem aportat acrediten que els perits donen com a valor venal, el import del que cobraria l’usuari quan segons la Direcció General d’Assegurances i els Tribunals, fins i tot el Tribunal Suprem, diu que el valor venal de mercat a comptar con indemnització és el que ha de pagar l’usuari per comprar un vehicle com el que li han avariat. Acostuma a ser més de 1.000€ en cada cas o criteris com el d’Axa que comença oferint 4.500€ i en 3 mesos reconeix més de 9.000€, o el Racc, que no passa de 3.100€ i acaba pagant 6.200€, tampoc cal oblidar Linea Directa, el que més queixes rep, del que tenim exemples de negar-se a valorar els danys, oferint X € com a sinistre total.

Sus propias compañías les ofrecen a esos perjudicados una indemnización por el importe del valor venal, cuando según la Ley y las propias recomendaciones de la Dirección General de Seguro y de los Tribunales el perjudicado tiene derecho a cobrar no solo el valor venal sino toda la reparación o al menos el importe de la compra de otro vehículo igual, como valor de mercado más un valor de afección.

Això demostra que amb les asseguradores i, en especial, pels casos que qualifiquen com sinistre total, qui no exigeix (no és plorar) no cobra el que li toca.

Son muchos miles de casos al año, quizá más de 70.000 en toda España en que se defrauda al perjudicado con ese modo de indemnización para reparar el vehículo dañado o adquirir uno similar.

Reproduïm les notes de premsa que hem tramés a més de 60 mitjans de comunicació, inclús a algunes agències de premsa, i que no s’ha reproduït llevat alguna revista del ram de taller i també les publicacions del sector dels asseguradors.

La propia compañía que le debe defender da una información incierta confundiendo el valor venal con el valor de mercado que indica la Dirección General de Seguros. Es notoria la diferencia de precio entre el de ir a comprar y el de ir a vender; en promedio puede superar la suma de 1000€ lo que el usuario tiene derecho a recibir y no recibe en cada caso.

Ja no és que no els interessi donar notícies de tallers, sinó que sembla que no els importa informar als més de 70.000 usuaris que anyalment son defraudats, per no dir enganyats, pels seus propis asseguradors que no els assessoren prou dels seus drets com a perjudicats.

Las aseguradoras acordaron un pacto, sistema CICOS para indemnizar ese tipo de accidentes donde califican los daños de Siniestro Total y aplican el valor venal (de ir a vender) reducido hasta por simple antigüedad a vehículos en buen estado que pueden perfectamente ser reparados con plena garantía para seguir circulando dando servicio a su propietario.

Vistes les grans campanyes publicitàries dels asseguradors en els mitjans de comunicació, inclosa la TV, recordem una frase d’una revista, La Codorniz, que va ser referent cultural en temps de la dictadura, i és que “Donde no hay Publicidad, resplandece la Verdad”.

Pese a que los denunciantes hemos aportado más de estos 100 casos de la práctica totalidad de compañías en España la CNMyC no ha comprobado ni uno solo de ellos y se ha limitado a preguntar a la asociación de aseguradoras Unespa que tampoco ha controlado nada.

Contra això la força comunicativa del taller és la boca a orella i la millor campanya és informar als seus clients, que son el propietaris dels vehicles, de les pràctiques injustes de les asseguradores en el cas de qualificar com a sinistre total els danys que reben sense tenir culpa.

De ahí el recurso ante la Audiencia Nacional para que pueda pedirse que investiguen directamente a las aseguradoras en una práctica que perjudica con mucho dinero a muchos miles de perjudicados sin culpa en un accidente.

De cada agremiat depèn difondre informació i donar testimoni del cas. Des del Gremi ajudem a poder fer aquesta comunicació i als mitjans fer suport a la queixa raonada.

Director de la campaña V.V. impropio. Armando Higueras Miró

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GREMI

1/12/2014 Segundo comunicado de prensa

Las consecuencias de este acuerdo limitan el derecho a indemnización de los usuarios; y afectan a los talleres al tratar de excluir, por desguace, una parte del mercado natural de reparación, (quizá más de 80.000 casos al año en toda España) y su correspondiente recambio.

Muy Sr. nuestro, La Audiencia Nacional ha aceptado tramitar el aviso de recurso contencioso administrativo que este Gremio ha presentado contra la decisión de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMyC) de archivo de la denuncia del Gremio y la Unió de Consumidors de Catalunya, UCC, contra el acuerdo tomado entre las compañías de seguro de Unespa para calificar como siniestro total e indemnizar a los perjudicados en un accidente de circulación, solo con el valor venal y no con el valor de reposición como así establece la propia Dirección General de Seguros y la más alta jurisprudencia del TS y Audiencias. La Comisión ha de poner a disposición del Gremi los más de 400 folios de información que Unespa ha aportado en su defensa pero no consta que haya investigado a ninguna aseguradora de las que (todas) con ese acuerdo fomentan el desguace del vehículo accidentado sin culpa a través de sus peritos, valorando erróneamente a la baja el importe de la indemnización a que tiene derecho ese perjudicado, limitándola de forma injusta al valor venal impropio del vehículo que no permite ni la compra de un vehículo similar ni una reparación de calidad.

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La CNMyC, dictará resolución para que los interesados en el procedimiento puedan ser parte del recurso presentado contra su resolución de archivo de la denuncia. El Gremi de Talleres y la Unió de Consumidors de Catalunya confían en la sensibilidad de las aseguradoras que gestionan el Seguro Obligatorio de Vehículos a motor para asumir con rigor su función de responsabilidad como garantes de las indemnizaciones que merecen los usuarios que han recibido sin culpa daños, y abandonen esas prácticas que eluden el pago de quizá más de 60 millones de euros anuales a dichos usuarios.

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Recurso contra aseguradoras Este es el aviso de recurso que ha sido aceptado por la Audiencia Nacional para su tramitación:

A LA SALA DE LO CONTENCIOSO · ADMINISTRATIVO DE LA AUDIENCIA NACIONAL

Al tratarse de un supuesto incardinable en el artículo 11 de la citada Ley 29/1998, se formula la demanda en base a los siguientes hechos y fundamentos de derecho.

HECHOS

D. Javier ZABALA FALCO, Procurador/a de los Tribunales, Colegiado/a nº ____, y del Gremio de Talleres de Reparación de Automóviles de Barcelona, representación que acredito mediante la escritura de poder que acompaño al presente escrito como documento nº 1, bajo la dirección letrada de D. Armando Higueras Miró, colegiado nº 8.415 del Colegio de Abogados de Barcelona, ante el Juzgado comparezco y como en Derecho mejor proceda,

PRIMERO.- El Gremio aquí instante, presentó una denuncia en 10 de julio de 2013 ante la Agencia de la Competencia de la Generalitat de Catalunya por si el acuerdo del sistema CICOS, de las aseguradoras del ramo de automóviles integradas en la Comisión de Seguros de Unespa, pudiera ser un acuerdo de fijación de precios de indemnización a los perjudicados sin culpa en un accidente de circulación, al establecer un límite de indemnización que para ese trámite era el simple valor venal, calificando como siniestro total ese tipo de daños causados por un tercer vehículo. El expediente creado se remitió a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que abrió expediente de información reservada en 28.10.13 con nº S/0496/13. Se adjunta doc. nº 1 de esa admisión.

DIGO: Que mediante el presente escrito interpongo recurso contencioso administrativo de conformidad y al amparo del artículo 45 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, contra la Resolución de fecha 25 de septiembre de 2014, notificada en 3 de octubre de 2014 emitida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el expediente sancionador S0496/13 CIDE.

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En la denuncia, con documentos acreditados notarialmente de la existencia del acuerdo de limitación se

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aportaron testimonios de más de 100 casos de siniestros ocurridos en la provincia de Barcelona en los que se indicaban los nombres de más de 12 aseguradoras en cuyo trámite habían aplicado ese valor venal, que coincidían en interpretar restrictivamente para la indemnización a liquidar al perjudicado de forma contraria, y perjudicial a estos, de la definición e interpretación que se establece por reiteradas sentencias del Tribunal Supremo, las AA.PP. y el propio criterio de la Dirección General de Seguros para esa casuística.

la existencia de un acuerdo fijando precios; cual fuese su fundamento y legalidad, y la conducta de las aseguradoras y peritos que aplicaban unos criterios unánimes, de restrictiva interpretación que además no era conforme con los criterios de las sentencias el TS y las AA.PP ni la propia interpretación de la Dirección General de Seguros para estos casos, como se desprende de la interpretación lógica de la documentación aportada al Expediente.

Entiende esta parte que no se han practicado las mínimas diligencias para la comprobación de los hechos denunciados, y acreditados con la documentación aportada al repetido expediente, para formalizar la creación de un expediente sancionador

Esa coincidencia interpretativa basada en el acuerdo Cicos, limitativa de la indemnización al usuario no ha sido objeto de ninguna investigación entre las aseguradoras que tramitan los siniestros, ni entre los peritos que por su encargo establecen la evaluación de los daños de los vehículos de los usuarios como siniestro total, lo que implica su achatarramiento y retirada del mercado por tales erróneas pero coincidentes interpretaciones económicas y jurídicas.

y sin haberse facilitado el acceso a las supuestas explicaciones de una de las entidades denunciadas, UNESPA, esta parte carece de datos objetivos para evaluar la decisión de archivo de la Administración cuya resolución se impugna.

Tras solicitar alegaciones a la entidad Unespa, que ha aportado casi 400 folios de explicaciones al caso, de las que esta parte es absolutamente ignorante al no poder acceder al expediente administrativo, se ha dictado resolución de archivo del mismo y no se ha incoado expediente sancionador a las entidades denunciadas por la creación de un acuerdo limitador de precios y su aplicación, ni para los agentes que en la práctica lo realizan, aseguradoras y peritos designados por las mismas. Se adjunta doc nº 2 de la resolución impugnada.

SEGUNDO.- La tramitación en si del expediente resulta incomprensible para esta parte ya que según se desprende de la muy escasa documentación que ha sido manifestada a esta parte, tras la denuncia en 10 de Julio de 2013, en 29 de Octubre se abrió un procedimiento reservado en el que se solicito información únicamente a Unespa y a este Gremio, que respondió en 5 y 6 de Noviembre. Unespa contesto con una amplia documentación en 18 de Noviembre, tras la respuesta del Gremio y posteriormente en 4 de Diciembre se le reiteró una solicitud de datos que contestó en 16 de Diciembre de 2013 con casi otros 90 folios.

TERCERO.- Esta parte ha acreditado su personalidad de acuerdo con el requerimiento del artículo 45 d) de la Ley 29/1998 constando todos los extremos en el expediente S/0496/13 CIDE de la C.N.M y la Competencia a que se refiere esta acción. Ver doc. nº 1 y se acompaña copia de los Estatutos de la entidad y documentación al efecto. Se interesa por el artículo 48 la aportación del Expediente al que se contrae el presente recurso para que se integren en los presentes autos todos los documentos aportados por mi mandante al mismo.

Ninguna de las respuestas de Unespa ha sido conocida por esta parte denunciante, que ante el silencio de la Comisión solicito información del trámite, en 22 de mayo, respondiendo la Comisión que pese a superar los 6 meses de trámite, no se producía ningún defecto formal. La definitiva respuesta de no admisión de la denuncia para formar un expediente sancionador llega a los 11 meses del inicio de los trámites sin que conste que se han practicado las diligencias de comprobación de los hechos denunciados como es

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GREMI

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PLAZO.- Se interpone el recurso en el plazo legal de dos meses desde la promulgación de la Resolución impugnada, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

VI

DE FONDO.- Anulabilidad de la Resolución al no haberse seguido el procedimiento establecido para investigación de hechos por si la conducta denunciada de más de 15 aseguradoras con una cuota de mercado superior al 70% del mismo era acorde con el acuerdo supuestamente legítimo del sistema Cicos en la fijación de precios.

Ley 125/2007 de la Competencia y su Reglamento RD 261/2006, en cuanto a la gestión de la información reservada del artículo 49.2 de aquella al no constar realizada ninguna comprobación a las entidades ni profesionales cuya actividad coordinada debía verificarse para evaluar la correcta aplicación de un acuerdo constatado en documentación notarial formal aportada relativa a un hecho de fijación de precios de indemnización. Ley 29/98 en cuanto a procedimiento y en especial la falta de actividad que prevé el artículo 25 y concordantes de su título II.

I

COMPETENCIA.- Es competente la Sala de lo

II

CUANTÍA.- A los efectos de lo dispuesto en el

Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que en reparto corresponda de conformidad con el artículo 11.1 h) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, por cuanto la resolución recurrida ha sido dictada por la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia y nos informa en la misma de ser la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Excma. Audiencia la competente para conocer en única instancia de su resolución.

artículo 40 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se fija inicialmente la cuantía de la presente reclamación es indeterminada.

III

TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO.- Deberán

seguirse los trámites establecidos en las artículos 11 y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la J.C.A. que regulan el procedimiento ordinario por ser el trámite correspondiente.

IV

LEGITIMACIÓN DEL ACTOR.- Está legitima-

do al amparo del artículo 19 de la Ley 29/1988 el Gremio Provincial de Talleres de Reparación de Automóviles de Barcelona por cuanto inició el escrito de denuncia que ha dado lugar al expediente citado de la CNMyC y ha sido considerado parte al haberse aportado diversas actuaciones ante el mismo. Es una entidad sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de entidades sindicales como se acredita mediante copia de los Estatutos que se adjuntan en el doc nº 3.

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Por lo expuesto,

aportados al expediente por la denunciada, que como se desprende de la resolución que impugnamos, no se han facilitado a esta parte; interesamos que con suspensión del procedimiento según el artículo 52 de la Ley 29/1998, se requiera a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para que aporte la totalidad del expediente que ha dado lugar a la resolución que se recurre, con suspensión del plazo para que esta parte pueda formalizar la demanda para complementar las presentes alegaciones y solicitar en su caso la práctica de las pruebas para fundamentar mejor su derecho.

A LA SALA SUPLICO que tenga por presentado este escrito, con sus copias y documentos que lo acompañan, y en su virtud, tenga por interpuesto el recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de fecha y por formulada la presente demanda, la admita y, tras los trámites previstos en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, solicite a la Administración recurrida la remisión del expediente impugnado y tras demás trámites legales dicte en su día sentencia por la que, estimando el recurso, declare la anulación de la citada Resolución.

A LA SALA SUPLICO, que tenga por hecha la anterior manifestación y requiera a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la remisión del Expediente referenciado.

PRIMER OTROSI DIGO, que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 40.1 de la L.J.C.A., se establece la cuantía del presente recurso en indeterminada a

Es justicia que pido en Madrid, en el lugar y fecha indicados.

A LA SALA SUPLICO, que tenga por hecha la anterior manifestación y, en su virtud, se fije la cuantía como indeterminada.

Fdo. Armando Higueras Miró · Colegiado Icab 8415 D. Zabala Falco

SEGUNDO OTROSI DIGO: Que no habiendo tenido acceso a la amplia documentación (casi 400 folios)

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Nuevo modelo recibo individual de salarios (nómina)

S

e publicó en el B.O.E., de fecha 11/11/2014, la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se modifica el anexo de la orden de 27 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios.

aportación del empresario y la parte correspondiente al trabajador, en los términos que reglamentariamente se determinen.” Hasta ahora, en los recibos de salarios de los trabajadores únicamente constaban la base de cotización y el tipo de retención correspondiente a la aportación del trabajador, pero no la determinación de la aportación del empresario. Mediante esta Orden se modifica para incluirla.

La Orden tiene por objeto aprobar un nuevo modelo y dar cumplimiento a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 104.2 de la Ley General de la Seguridad Social: “En los justificantes de pago de dichas retribuciones, el empresario deberá informar a los trabajadores de la cuantía total de la cotización a la Seguridad Social indicando, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.2, la parte de la cotización que corresponde a la

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La norma ha entrado en vigor el día siguiente al de su publicación (12/11/2014), si bien se establece un plazo transitorio de 6 meses a partir de esa fecha para que las empresas adapten el recibo de salarios.

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REFORMA FISCAL 2015 ¿COMO AFECTA A LOS TALLERES?

E

Por el contrario han aprobado unos nuevos tipos de tributación más reducidos. Indicamos a continuación un cuadro comparativo de los mismos:

l pasado 28 de noviembre se publicó en el B.O.E. la tan anunciada Reforma Fiscal. Una Reforma que afecta al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, en menor medida al I.V.A y muy especialmente al Impuesto de Sociedades. Los dos primeros impuestos mantienen su estructura y lo que han hecho es modificaciones a algunos artículos e introducción de nuevos, en cambio en el Impuesto de Sociedades se trata de una nueva reformulación y lo han rehecho prácticamente por completo.

Los primeros 6.000 € Entre 6.000€ y 24.000€ Entre 24.000€ y 50.000€ >50.000 €

En este artículo elaborado por el Departament Fiscal del Gremi, lo que pretendemos es enunciar las principales novedades tanto a nivel de I.R.P.F como de Impuesto de Sociedades, ciñéndonos en los apartados que mayoritariamente pueden afectar a los talleres.

2014

2015

21% 25% 27% 27%

20% 22% 22% 24%

2016

19% 21% 21% 23%

SOCIEDADES CIVILES: Las sociedades civiles que tengan carácter mercantil (que desarrollen una actividad económica) dejarán de tributar en el I.R.P.F en régimen de atribución de rentas, para pasar a tributar en el Impuesto de Sociedades a partir de 1 de enero de 2016.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Se habilitará un régimen especial de disolución y liquidación, con beneficios fiscales, para aquellas sociedades civiles que a consecuencia de la Reforma pasen a tributar en el Impuesto de Sociedades y no deseen hacerlo.

(Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifica la Ley 35/2006, de 28 de noviembre)

Informaremos más ampliamente de esta medida en cuanto sea aprobado el Reglamento que lo regule, dado el impacto que puede tener en muchos talleres que están constituidos en esta forma societaria.

RENTAS EXENTAS: Planes de Ahorro a Largo Plazo

PROVISIONES Y GASTOS DE DÍFICIL JUSTIFICACIÓN:

Se crea un nuevo producto financiero llamado “Planes de Ahorro a Largo Plazo”, en los que los rendimientos positivos que se generen estarán exentos de tributación, siempre y cuando el contribuyente no realice ninguna disposición de las aportaciones que vaya realizando antes de finalizar el plazo de 5 años desde su apertura. Se establece un límite máximo anual de aportaciones de 5.000.-euros.

El límite máximo que podrán deducirse las personas físicas que tributen en estimación directa simplificada por provisiones y gastos de difícil justificación será de 2.000.-euros (hasta 31.12.2014 se aplicaba una deducción del 5% del rendimiento neto obtenido).

REDUCCIÓN LÍMITE EN EL MÉTODO DE ESTIMACIÓN OBJETIVA (MÓDULOS):

Dividendos y participaciones en beneficios de fondos propios

El límite de cifra de negocio NO podrá superar los 150.000 euros (actualmente estaba fijado en 450.000.euros), el mismo importe de 150.000 euros, también se aplicará para las compras de bienes y servicios (según normativa actual 300.000.- euros).

Queda suprimida la exención de los dividendos y participaciones en beneficios obtenidos por la participación en los fondos propios de cualquier tipo de entidad, hasta 31.12.2014 era de 1.500 euros anuales.

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Estos límites entrarán en vigor en 2016 y se tomará como referencia los importes referidos a 2015.

Las personas físicas que cumplan los requisitos para ser consideradas empresas de reducida dimensión (facturación inferior a diez millones de euros), podrán aplicar una nueva deducción por inversión del beneficio empresarial en la adquisición de determinados bienes del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias, afectos a actividades económicas desarrolladas por el contribuyente.

LÍMITES DE REDUCCIÓN POR APORTACIONES A PLANES DE PENSIONES Y PLANES DE PREVISIÓN ASEGURADOS: En los planes de pensiones y planes de previsión asegurados se han incluido cambios. Se aplicará como reducción, en la base imponible, la menor de las cantidades siguientes:

La nueva deducción cuenta para su aplicación, con requisitos de cuantía de la inversión, plazo, porcentajes sobre rendimientos reinvertidos, límites sobre cuotas y permanencia de funcionamiento del bien en el patrimonio del contribuyente. Está deducción es incompatible con la aplicación de la libertad de amortización.

El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. Se elimina el aumento de este límite para contribuyentes mayores de 50 años, que estaba establecido en el 50%.

DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE LA VIVIENDA HABITUAL:

8.000 euros anuales para todos los contribuyentes. Se modifica el límite fijado anteriormente en 10.000 euros, o de 12.500 para mayores de 50 años. El dinero aportado podrá rescatarse ahora a partir de los diez años desde el comienzo de las aportaciones. Anteriormente, solo se podía hacer líquido en el caso de paro de larga duración o de acceder a la jubilación.

Se elimina la deducción por alquiler de la vivienda habitual, aunque de forma transitoria se mantiene para algunos arrendatarios. Para ello resultará necesario que el contribuyente hubiera tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por dicho concepto, en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015. Debiendo además mantener en vigor el contrato de arrendamiento y seguir cumpliendo los requisitos de rentas máximas.

TRANSMISIÓN DE INMUEBLES: Una de las novedades a destacar es la desaparición de los coeficientes correctores de la inflación, así como los coeficientes de abatimiento.

DEDUCCIONES POR FAMILIA NUMEROSA O PERSONAS CON DISCAPACIDAD:

En la actualidad, al vender un inmueble, actualizamos el precio de adquisición por medio de los coeficientes correctores de la inflación y además para los inmuebles adquiridos con anterioridad al 31 de diciembre de 1994, se les aplica a la ganancia obtenida el coeficiente reductor de abatimiento pertinente.

Para los contribuyentes que realicen una actividad económica por cuenta propia o ajena integrados en una familia numerosa, o con ascendientes o descendientes discapacitados a cargo del contribuyente, se crean nuevas deducciones que tendrán como límite por cada una de las deducciones sus cotizaciones sociales.

TRANSMISIONES DE ELEMENTOS PATRIMONIALES POR MAYORES DE 65 AÑOS: Estarán exentas las ganancias patrimoniales que se obtengan en la transmisión de elementos patrimoniales (no necesariamente inmuebles) por contribuyentes mayores de 65 años, siempre que el importe (total o parcial) obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, en las condiciones que reglamentariamente se establezca. La cantidad máxima total que podrá destinarse a constituir rentas vitalicias será de 240.000.- euros.

Se podrá minorar de la cuota diferencial del impuesto las siguientes deducciones: Descendientes con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes, hasta 1.200 euros anuales por cada uno. Ascendientes con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por ascendientes, hasta 1.200 euros anuales cada uno.

DEDUCCIONES EN ACTIVIDADES ECONÓMICAS:

Familia numerosa de categoría general, hasta 1.200 euros anuales si se forma parte de ella.

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AMORTIZACIONES:

Familia numerosa de categoría especial, hasta 2.400 euros anuales, si se forma parte de ella.

Se simplifican las tablas de amortización, reduciéndose su complejidad. A continuación hemos elaborado una tabla simplificada (en base al artº 12 de la Ley 27/2014) con los elementos que afectan especialmente a nuestro sector:

Las mencionadas deducciones se podrán obtener de forma anticipada, mes a mes, para ello se tendrá que solicitar a través de internet (www.agenciatributaria. es) o teléfono (901 200 345) a partir del 7 de enero y presencialmente desde el 3 de febrero. La Agencia Tributaria ha comenzado a enviar cartas a los beneficiarios potenciales, con los requisitos y procedimientos para la percepción mensual de estos “impuestos negativos”.

RETENCIONES SOBRE RENDIMIENTOS DEL TRABAJO QUE SE PERCIBAN POR LA CONDICIÓN DE ADMINISTRADORES: Para los Administradores de sociedades mercantiles (las más habituales S.L y S.A) que en sus estatutos sociales figure que el cargo de administrador NO es gratuito las retenciones que se tendrán que efectuar sobre los rendimientos que perciban serán de: Para el ejercicio 2015 ……………………. el 37% Para el ejercicio 2016 ……………………. el 35%

El tratamiento de las amortizaciones sigue siendo flexible en cuanto a la posibilidad de aplicar diferentes métodos de amortización (lineal, porcentaje constante, de números dígitos, plan formulado por el contribuyente y aceptado por la Administración tributaria).

No obstante cuando los rendimientos procedan de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros, el porcentaje de retención será:

En cuanto al inmovilizado intangible con vida útil definida, se amortizará atendiendo a la duración de la misma.

Para el ejercicio 2015 ……………………. el 20% Para el ejercicio 2016 ……………………. el 19%

NUEVAS RETENCIONES A RENDIMIENTOS DE CAPITAL MOBILIARIO E INMOBILIARIO (alquileres locales) en 2015 y 2016: General

Tipo 2015 20%

Se mantienen los supuestos tradicionales de libertad de amortización (elementos del inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias de las sociedades anónimas laborales y de las sociedades limitadas laborales afectos a la realización de sus actividades, adquiridos durante los cinco primeros años a partir de la fecha de su calificación como tales, los gastos de investigación y desarrollo). Se introduce un nuevo supuesto de libertad de amortización para los elementos del inmovilizado material nuevos, cuyo valor unitario no exceda de 300 euros, hasta el límite de 25.000 euros referido al período impositivo.

Tipo 2016 19%

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

DEDUCIBILIDAD DE DETERMINADOS GASTOS: Se limita la deducibilidad fiscal de las atenciones a clientes, hasta el 1% del importe neto de la cifra de negocios de la entidad (el importe que supere esa cantidad no podrá deducirse fiscalmente, aunque si podrá figurar como gasto contable).

Las principales novedades introducidas por la nueva Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y que de una forma mayoritaria puede afectar a los talleres serian:

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OPERACIONES VINCULADAS:

se condicione su creación en la inversión de algún tipo de activo. Con esta medida se pretende incrementar el patrimonio neto social y, con ello, incentivar el saneamiento de las empresas y su competitividad.

La Ley presenta novedades en relación con la documentación específica a elaborar por las entidades afectadas, tendrá un contenido simplificado para aquellas entidades o grupos de entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 45 millones de euros. Este contenido simplificado resultará de aplicación a determinadas operaciones y en otros supuestos no será exigible.

Los contribuyentes que tributen al tipo del 25% o 30% tendrán derecho a una reducción en la base imponible del 10% del importe del incremento de sus fondos propios, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

También es muy importante resaltar el artículo 18.2 que establece un nuevo porcentaje de vinculación del 25% para considerar la relación socio-sociedad (es decir, inferior a ese porcentaje no tendría la consideración de operación vinculada desde el punto de vista fiscal).

Que el importe del incremento de los fondos propios de la entidad se mantenga durante un plazo de 5 años desde el cierre del período impositivo al que corresponda esta reducción, salvo por la existencia de pérdidas contables en la entidad. Que se dote una reserva por el importe de la reducción, que deberá figurar en el balance con absoluta separación y título apropiado y será indisponible durante el plazo indicado en el párrafo anterior.

REDUCCIONES EN LA BASE IMPONIBLE: Como principales novedades en la reducción de la base imponible se encuentra la:

Compensación de bases imponibles negativas:

Reserva de capitalización:

Se modifica la forma de compensar las bases imponibles negativas regulado en el artículo 26 Ley 27/2014, destacando la aplicabilidad de dichas bases imponibles en un futuro SIN LÍMITE TEMPORAL. No obstante, se

Se crea este tipo de reserva que consiste en la NO tributación de aquella parte del beneficio que se destine a la constitución de una reserva indisponible, sin que

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introduce una limitación cuantitativa en el 70% de la base imponible previa a su compensación, y admitiéndose, en todo caso, un importe mínimo de 1 millón de euros. El límite mencionado del 70%, no resultará de aplicación en el caso de entidades de nueva creación en los 3 primeros períodos impositivos en que se genere una base imponible positiva previa a su compensación. Con el fin de evitar la adquisición de sociedades inactivas o cuasi-inactivas con bases imponibles negativas, se establecen medidas que impiden su aprovechamiento.

siguientes, anticipando, así, en el tiempo la aplicación de las futuras bases imponibles negativas. De no generarse bases imponibles negativas en ese período, se produce un diferimiento durante 5 años de la tributación de la reserva constituida. La constitución de esta reserva permitirá reducir en la práctica el tipo de gravamen hasta el 22,5%. Se elimina la libertad de amortización para inversiones de escaso valor, por debajo de los 601,01 euros. En cambio, se introduce a nivel general y de aplicación para todo tipo de empresas, la libertad de amortización para inversiones del inmovilizado que no superen los 300 euros, hasta el límite de 25.000 euros por ejercicio.

Tal y como hemos mencionado la nueva ley contempla que la compensación de bases imponibles negativas NO tenga un plazo determinado de prescripción en beneficio de los contribuyentes (ocurre también lo mismo con las deducciones), pero se acompaña de la limitación, a un período de 10 años, del plazo de que dispone la Administración para comprobar la procedencia de la compensación o deducción originada.

TIPO DE GRAVAMEN: General: El tipo de gravamen general pasa en 2015 del 30% al 28%.

RÉGIMEN DE ENTIDADES DE REDUCIDA DIMENSIÓN:

En 2016 será del 25%. Los incentivos fiscales establecidos en este régimen lo pueden aplicar todas las empresas que tengan una cifra de negocios inferior a 10 millones de euros.

Empresas de reducida dimensión: El tipo de tributación será del 25% para toda la base imponible en 2016, eliminándose la escala de tributación. En 2015 se mantendrá de la siguiente forma:

La principal novedad que presenta este régimen es el de la creación de la Reserva de Nivelación de Bases Imponibles Negativas, que supone una reducción de la misma hasta un 10% de su importe. Esta medida permite minorar la tributación de un determinado período impositivo respecto de las bases imponibles negativas que se vayan a generar en los 5 años

Hasta 300.000.-€ el 25% y a partir de 300.000.-€ el 28%. Las sociedades que tengan en 2015 un importe neto de la cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y la plantilla media de trabajadores inferior a 25 empleados, tributarán al tipo de gravamen del 25%.

Las novedades indicadas serían un resumen de lo extraído de la Reforma Fiscal, que consideramos pudiera afectar a una amplia mayoría de talleres, para cualquier aclaración o ampliación al respecto, no dude en ponerse en contacto con el DEPARTAMENT FISCAL DEL GREMI.

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Tenga en cuenta Objetivo del taller: Tener clientela lo más fija posible y cobrar el trabajo.

Apunte el correo electrónico del cliente que pase por el taller. Es un aspecto muy importante para futuras comunicaciones comerciales con sus clientes y para la misma gestión del servicio que se haga al usuario.

sión de fondos para, por ejemplo, adquisición del material.

gos, y con quien hay que hablar para el servicio más adecuado.

Le recordamos que un servicio del Gremi coordinado con el servicio de peritaciones, es el de informar al taller de cual es el valor venal de mercado de los vehículos que recepciona, lo que no es sólo de aplicación para las confusiones que generan las aseguradoras cuando indican cual es el valor venal.

Y también alguna reflexión para evitar gastos.

No iniciar una reparación de un vehículo cuyo importe sea superior al que puede tener ese vehículo cuando se venda.

Tome los datos del PROPIETARIO DEL VEHÍCULO con la documentación que exista en él, ya que la factura debe hacerse a nombre de dicho propietario que es legalmente el único obligado a pagar el servicio.

Si el propio vehículo no da la debida garantía del pago de su reparación por parte del cliente, el taller tiene derecho a solicitar una provi-

No está de más tomar los datos del conductor que nos deja el vehículo, porque a menudo es el habitual usuario y el que decide los encar-

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No firme ningun compromiso de pago de servicios o de compras SIN LEER el contenido de lo que firma. Si no lo entiende puede pedir que le den explicaciones por escrito porque en el comercio suele valer más lo que está escrito que la palabra. Una firma de un contrato le obliga a cumplir lo que allí conste y ha firmado, porque no es excusa legal indicar que no se ha leído, o ha habido abuso de confianza. Los servicios del Gremi, le podemos ayudar a interpretar ese tipo de contratos si nos los envía.


GREMI

Un servicio del Gremi esencial para el taller de chapa y pintura Conozca el valor venal de mercado de cada vehículo que entre en su taller.

S

Un ejemplo:

i no lo conoce siempre quedara en manos de los peritos de las aseguradoras, cuyo objetivo es que las aseguradoras paguen lo menos posible de indemnizaciones.

Renault Clio:

CON UN SIMPLE CORREO ELECTRÓNICO con los datos del impreso que reproducimos, el servicio de Valor Venal del Gremio coordinado por nuestros abogados y un perito, le informará de cuál sea ese valor venal de mercado.

Año Versión detallada

ESE VALOR VENAL DE MERCADO es la referencia que marca la Ley para determinar la indemnización que ha de pagar la compañía por la reparación de su vehículo, al automovilista que ha sufrido daños en un accidente de circulación.

Sport 2.0 16V Access RS, 145KW, 197CV, 3p. (2007-2009)

P.V.P.

NO confundir con el simple valor venal que es lo que le pagarían al cliente si el va a vender su vehículo; el valor venal de mercado es lo que el cliente paga cuando lo va a comprar.

Si el automovilista prefiere no reparar y elije comprar otro vehículo, puede exigir al culpable que le indemnice con ese valor venal de mercado más un tanto por ciento entre el 20 y 50% que es lo que se conoce como valor de afección por la sustitución del vehículo.

22.410€

Compra

8.320€

Compra corregida

6.761€

Venta

10.160€

Venta corregida

8.601€

Si la culpa es del contrario, la factura de reparación de esos daños puede subir hasta el doble de ese valor siempre que se valide por un perito como adecuada a los daños del accidente.

El perito de la Cía. ofrece menos que el valor venal simple (6.761€) y aun pretenden rebajar un 25% como si fuera un caso de siniestro total como restos. La realidad para indemnizar al cliente es que el valor venal de mercado es de 8.601€; la reparación del vehículo (en buen estado) puede llegar a 15.000€ con informe pericial sin que sea calificable como enriquecimiento injusto.

Si la culpa es del propio automovilista la aseguradora habrá de acreditar que está cobrando la prima adecuada en el seguro a daños propios que haya contratado. Sucede muy a menudo en vehículos que llevan años asegurados a Todo Riesgo que están pagando una prima proporcionalmente muy superior al valor del vehículo: Cada año se les baja el valor del vehículo si surge un accidente, pero no se baja el precio del seguro así que el cliente paga más dinero, por menos aseguramiento.

GremiTaller

2007

Si la reparación supera los 17.000€ posiblemente la alternativa es que el cliente compre otro vehículo y la indemnización orientativa seria de 8.601€ más un 30% sobre 12.200€.

Reproducimos formulario para solicitar el valor venal de mercado.

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GREMI

FORMULARIO SERVICIO VV GREMI Puede fotocopiar el texto para enviar los datos escaneados o solicitar por email que se lo enviemos.

(Ejemplo coche: Ford C-Max, 1.6 TDCi Trend, 66KW, 89CV). (Ejemplo motocicleta: Yamaha YZF-R1M, 998cc., 147,1KW, 200CV).

Para vehículos siniestrados con culpa contraria y aplicación de Valor Venal por el perito.

o Número Puertas (en su caso) o Año de Fabricación o Matrícula o Fecha de Primera Matriculación o Quilómetros o Fecha del Siniestro o Aseguradora o Existe Valoración del Perito No Sí ¿QuéValor? ________

Distinguido Agremiado, Con relación a su solicitud para el valor de reposición de un vehículo, rogamos nos facilite los siguientes datos:

Datos Necesarios del Taller o Nombre del Taller:

o Marca o Modelo o Versión detallada

o Persona de Contacto: o E-Mail ó fax: o Teléfono:

Fecha solicitud:

del Vehículo

Agradeceremos nos remita esta información al fax 93 323 28 36 o por email a gremitaller@gremibcn.com

(Coche o Motocicleta) (para alguno de los datos es posible que necesite consultar la documentación del vehículo)

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Tingui present el Gremiweb

· 19/11/2014 Concertar la atención para talleres de chapa, pintura, de motos y mecánicos que gestionen siniestros. Hay bastantes problemas con las aseguradoras desde los imposibles de resolver como sería de desear, hasta los que se pueden gestionar con facilidad. Dedicarse a esos últimos es lo adecuado para la relación esfuerzo beneficio que le resulta al taller.

Els correus electrònics que anem enviant-li cada setmana.

· 24/11/2014 Convocatòria Assemblea General. Dissabte 13 de desembre de 2014. 10:30h 1ª convocatòria. 11:00h 2ª convocatòria. Foment del Treball.

LA GESTIÓ DEL GREMI ES BASA ENTRE D’ALTRES TEMES EN MANTENIR INFORMAT AL TITULAR DEL TALLER DE NOVETATS TÈCNIQUES I LEGALS QUE EL PUGUIN AFECTAR.

· 27/11/2014 Contratos de arrendamiento anteriores a 1985. ¿Mi contrato de arrendamiento finaliza el 31-12-2014? ¿Puedo traspasar mi negocio? Sepa que como agremiado tiene derecho al asesoramiento jurídico-legal gratuito en este asunto, entre otros. Llámenos.

La revista del Gremi que fa anys mantenim amb l’ajut dels destacats patrocinador i el treball dels tècnics i administratives del Gremi reflecteix no tant noticies sinó informacions de caire tècnic i organitzatiu, per millorar la gestió.

· 03/12/2014 Siniestro total. Sigue la lucha contra la calificación injusta de siniestro total. La Audiencia Nacional parece apoyarnos en nuestra denuncia y acepta el trámite de aviso de recurso del Gremi contra la resolución de la Comisión de la Competencia de archivar la denuncia del Gremi y la Unió de Consumidors de Catalunya, UCC, contra las aseguradoras que dan por siniestro total a vehículos que, sin culpa, han sido dañados por otros vehículos en accidente de tráfico.

Però la nova tecnologia informàtica ens permet tenir al titular del taller al corrent de temes nous, amb rapidesa i reduint molt el cost.

Per això insistim en que el responsable de taller LLEGUEIXI la documentació i que ens truqui per qualsevol idea que tingui o per aclarir qualsevol dubte.

· 05/12/2014 Tarifas Signus 2015. Signus ens ha fet arribar una nota informativa en relació a les tarifes que aplicarà als pneumàtics de reposició declarats i posats al mercat pels productors a partir de l’1 de gener de 2015.

Pel cas de que no hagi rebut els correus electrònics que passem regularment als agremiats (problemes tècnics del servidor, deteccions fallides, o errors de procediment) relacionem els correus enviats des de la publicació del darrer GremiTaller.

· 10/12/2014 Solucions per a les seves necessitats de Servei. Els Serveis del Gremi dissenyats a la mida del seu taller. Es planteja canviar de gestor per fer les nòmines de la seva empresa? Pensa que pot aconseguir un servei especialitzat a un bon preu? Coneix que en el Gremi disposa d’un servei de gestió? Conegui’ns, som especialistes en el sector: Centre Gestor del Gremi.

· 10/11/2014 Invitación jornada técnica de formación. Oportunidades para el taller que ofrece la nueva Formación Profesional. Jornada técnica en desarrollo del acuerdo suscrito el pasado mes de junio con el Centre d’Estudis Monlau y con el fin de establecer lazos de unión entre la realidad del mundo laboral y los centros de formación.

· 15/12/2014 Calendari Oficial de festes locals 2015. En data 02/12/2014 s’ha publicat al D.O.G.C. l’Ordre EMO/347/2014, de 26 de novembre, per la qual s’estableix el Calendari de festes locals a Catalunya per a l’any 2015.

· 13/11/2014 Exenciones Impuesto Actividades Económicas. El I.A.E., ¿lo tienen que pagar todos los talleres? El I.A.E. es un impuesto que grava el hecho de realizar una actividad económica. Lo recaudan los Ayuntamientos, aunque el alta, variaciones y baja se realizan a través de la AEAT.

· 17/12/2014 Cartel precio-hora 2015. La Llei 22/10 de Consum y el Decret 298/93 de la Generalitat, regulador de la actividad de talleres, nos obliga a tener a la vista del público el precio-hora de trabajo del taller.

· 17/11/2014 Protección de datos, un trámite obligatorio. Cumplir con las obligaciones previstas en la LOPD es un trámite económico con el Gremi y sencillo para el tallercuyo cumplimiento puede ahorrarle graves consecuencias, no habiendo ninguna obligación de hacer ningún curso.

GremiTaller

· 22/12/2014 Bon Nadal i feliç 2015. La Junta i el personal del Gremi, us desitja bon Nadal i feliç 2015.

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Rufre Diesel Injection, com l’especialització del taller pot portar fins els mercats internacionals

R

Rufre és Servei Oficial i Partner Tecnològic dels principals fabricants de sistemes d'injecció, com Bosch, Delphi, Denso, VDO i Stanadyne, entre d’altres, tot seguint estrictament els seus procediments i directrius oficials. Rufre dóna servei de reconstrucció i reparació, comprovació i diagnosi, peritatge i gestió de garanties, vendes d’equips nous i reconstruïts, i de peces de recanvi, juntament amb un assessorament tècnic als professionals.

ufre va començar al 1958 com a taller mecànic a Lleida, de la mà de dos socis, Lluís Rubies i Felip Freixes, per dedicar-se a la reparació en general. Però aviat els fundadors van comprendre que podrien ser més competitius i arribar més lluny si s’especialitzaven en tecnologies innovadores d’ús creixent. Rufre es va especialitzar en sistemes d’injecció en vehicles dièsel, i van ser pioners en la seva zona, iniciant la reparació de les primeres bombes d’injecció d’Ebro, Pegaso, Barreiros, etc., incorporant un dels primers bancs de proves d’aquella època.

Amb aquesta especialització en la Injecció Dièsel, al 2011 l’empresa va iniciar les seves vendes a d’altres països i l’èxit de la seva aposta no ha parat de créixer. De fet, les seves vendes han crescut més d’un 50% en els darrers 3 anys i el 30% de la facturació ja corresponen a vendes internacionals.

Lluís Rubies i Felip Freixes en els seus inicis.

Des dels inicis i gràcies a la confiança dels seus clients, Rufre ha mantingut intacte el mateix esperit de servei i de permanent innovació, assolint una altra fita al 2011 quan van inaugurar les noves instal·lacions per a la reparació dels sistemes Common Rail amb la incorporació de la Sala Blanca d’atmosfera controlada, certificada ISO 6. Aquesta sala, l’única a Espanya i una de les poques a Europa, permet realitzar el muntatge dels injectors de Common Rail sense cap risc de contaminació i garantint, per tant, una qualitat màxima.

Naus industrials de RUFRE a Lleida.

2014 ha corroborat l’èxit de la seva estratègia i de l’aposta per a la internacionalització, doncs Rufre, present a més de 75 països, ha participat amb stand propi, per primera vegada, a la fira Automechanika de Frankfurt el passat mes de setembre. L’experiència ha estat molt exitosa degut a la gran afluència de visitants d’arreu del món que Rufre va tenir l’oportunitat d’atendre, presentant els seus productes i serveis en Sistemes d’Injecció Dièsel.

Amb aquesta experiència, Rufre segueix apostant per la seva expansió internacional i consolidant la seva posició com una de les empreses de referència en Sistemes d'Injecció Dièsel.

RUFRE remarca la seva capacitat de donar cobertura en tot moment a qualsevol necessitat del professional en el servei de postvenda dels sistemes d’Injecció Dièsel, mitjançant l’àmplia gamma de productes, tant nous com reconstruïts, així com de peces de recanvi de les principals marques, com Bosch, Denso, Delphi, VDO, Stanadyne, etc. Sala Blanca per al muntatge d’injectors.

Per a més informació, pot visitar la web: www.rufre.com

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Carrocerías avanzadas Nuevos materiales y métodos de fabricación de automóviles Por Noé Rodríguez Gómez

L

Nuevos materiales empleados en la fabricación de automóviles

as carrocerías están inmersas en un proceso de investigación constante, en cuanto a diseño y materiales, con el objetivo de reducir el peso global del vehículo, y, en consecuencia, los consumos de combustible y las emisiones de CO2. Asimismo, en su fabricación se tienen muy en cuenta las medidas que contribuyen a elevar la seguridad de los ocupantes.

La resistencia y capacidad de absorción de energía de una carrocería autoportante dependen, principalmente, del material empleado, del espesor y de la forma de cada una de las piezas que la componen. Estos parámetros definirán el comportamiento del vehículo frente a cargas estáticas y dinámicas.

El objetivo prioritario de las investigaciones que los fabricantes llevan a cabo para incrementar la seguridad de los pasajeros ante posibles colisiones es preservar el espacio vital de los ocupantes. Esto se consigue haciendo que el habitáculo del automóvil permanezca indeformable, en la medida de lo posible, ante cualquier tipo de impacto.

Cada material tiene determinadas propiedades físicas, químicas y mecánicas que lo hacen más o menos idóneo para una función concreta, dependiendo del tipo de solicitaciones a las que vaya a ver sometido. La variedad de materiales de una carrocería es enorme.

Los más representativos son:

Algunos de los criterios más importantes, además de los mencionados, a la hora de diseñar carrocerías son la estabilidad aerodinámica, el confort, la estética y la reducción de emisiones contaminantes a la atmósfera.

Acero: es el material por excelencia para la construcción de las carrocerías de los automóviles, pero bajo la misma denominación hay diferentes calidades con características muy particulares, que propician su utilización según la aplicación. Se emplea en diversas aleaciones y con distintos grados de resistencia, siendo los aceros de alto y ultraalto límite elástico los más novedosos y los que están ganando protagonismo cada día dentro de la carrocería. El acero presenta excelentes características mecánicas: rigidez, resistencia, aptitud para el mecanizado y conformación.

Dentro de la compleja tarea del diseño de carrocerías, existen diversos factores que contribuyen al éxito final; entre los principales se encuentran el tipo de material empleado y su espesor, el diseño de cada una de las piezas, su método de fabricación y, por último, las técnicas de unión empleadas. Todos estos factores están interrelacionados, de modo que el diseño de una carrocería debe hacerse considerándola como un conjunto.

Su obtención y transformación son relativamente baratas.

Aluminio: gracias a su relación resistencia/peso, es uno de los materiales más idóneos en la fabricación total o completa de carrocerías. Se consigue así una reducción de hasta el 40% del peso respecto a una carrocería de acero, sin rebajar su resistencia. Otra de sus numerosas ventajas es que, durante el proceso de oxidación que sufre el aluminio, casi de forma instantánea, se genera una fina capa impermeable, que no sólo hace que la oxidación no sea un problema, sino todo lo contrario, ya que ofrece autoprotección para el propio material.

Diferentes aceros de la carrocería del Golg VII.

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Por el contrario, esta opción supone un gran esfuerzo de diseño, puesto que los sistemas de unión tradicionales para el acero no siempre son los más apropiados para el aluminio y exigen una nueva perspectiva tanto en la fabricación como en la reparación.

vada resistencia y bajo peso) hacen prever que este material será uno de los grandes protagonistas de un futuro próximo.

Magnesio: se caracteriza por su extraordinaria ligereza en relación al volumen (1,74 g/cm3), un 33% más ligero que el aluminio y un 75% más que el acero, así como por su alta capacidad para amortiguar vibraciones. Las piezas de magnesio pueden obtenerse por fusión o por forjado.

Plataforma modular transversal (MQB) del grupo Volkswagen.

Este material ya se ha incorporado en la industria automotriz, en diversas partes de los motores, la dirección o las llantas, pero su aparición en la carrocería es más reciente y constituye un problema implementarlo, debido a las elevadas exigencias en cuanto a rigidez.

Plástico: entre las cualidades que lo hacen especialmente adecuados para la construcción de la carrocería están su gran facilidad para el moldeado, ligereza, gran flexibilidad y que no se oxidan. Dentro de este grupo, la tendencia más novedosa es el Plástico Reforzado con Fibra de Carbono (CFRP), que tiene cada día más presencia, en algunos casos se fabrica la carrocería íntegramente en este material. A día de hoy, está mayoritariamente reservado a vehículos de alta gama, pero sus características (ele-

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PARA SABER MÁS Área de Carrocería carroceria@cesvimap.com Reparación de carrocerías de automóviles. CESVIMAP, 2009 www.revistacesvimap.com *NOTA: La segunda parte de este artículo técnico se publicará en la revista GremiTaller nº 53.

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Talleres con Historia Pedro Salvador Valero · Drug Moto, S.A. Enric Prat de la Riba, 166 · Hospitalet de Llobregat

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edro Salvador, que ya ha dejado las riendas del negocio por jubilación, es esa clase de empresario que se define por la pasión que pone en todo lo que hace y sobre todo en hacer crecer su empresa. Nacido en Hospitalet de Llobregat, en el seno de una familia de trabajadores, comenzó su andadura profesional desde muy joven, ya que es con tan solo 17 años cuando crea su propia empresa. Hay una anécdota de su infancia que resume este carácter emprendedor: su padre, que enfermó de silicosis, hacía alpargatas para redondear su sueldo y a Pedro, que era su hijo mayor, le encargaba coser los bordes por el precio de una peseta, Pedro acometió esta tarea con tal entusiasmo que la producción fue tal que su padre le decía con una sonrisa en los labios:

¡ Pedro vas a ganar más dinero tú que yo !

Un joven Pedro Salvador se dispone a probar una motocicleta de la época.

Ambas marcas se habían establecido en España, la una en Eibar (Serveta Lambretta) y la otra en Madrid (Moto Vespa, S.A.). Estamos hablando de mediados de los años cincuenta del pasado siglo, cuando prácticamente dio comienzo la expansión de la motocicleta en España con empresas como Montesa, Ossa, Lube, etc., (Bultaco vendría un poco más tarde) y que alcanzaría su pleno apogeo, su época dorada en los sesenta. Así fue como se iniciaba, poco a poco, la motorización del país.

Pedro Salvador en la calle Prat de la Riba cuando se dedica a la reparación de la marca Lambretta.

Pedro Salvador entró a trabajar muy joven como aprendiz en un taller de bobinados eléctricos (contaba con poco más de catorce años). Un tiempo más tarde incentivado por el jefe de la empresa, que quizá vio en él talento para la mecánica, le animó a hacerse mecánico, y el joven Pedro ni corto ni perezoso se fue a trabajar a un concesionario de Lambretta de Hospitalet. La marca Lambretta, eterna competencia de la otra italiana Vespa, que habían comenzado su rodadura en la Italia de postguerra.

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Durante tres años Pedro aprendió y desarrolló su oficio en el concesionario Lambretta hasta que, algún contratiempo llevó a la empresa al cierre; obligada pues a indemnizar a los trabajadores Pedro rechazó el dinero pero pidió a cambio las herramientas del taller. Con este bagaje, sus diecisiete años recién cumplidos y el ímpetu emprendedor que le caracteriza, comenzó una nueva aventura: la de instalarse por su cuenta. Al principio lo hizo, junto un amigo mecánico de motos,

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con el pacto de que él arreglaría las Lambrettas y su amigo el resto de marcas. Aunque esto no duraría mucho ya que poco tiempo después se establece solo en un local de la misma calle. El negocio comienza bien su andadura, con un progresivo crecimiento que le lleva a contratar a un operario, y se dedica de lleno al trabajo; pero es entonces cuando es llamado a filas. El servicio militar en la marina le tuvo apartado del taller casi dos años, pese a ello, su padre frente a taller como encargado y el operario en las reparaciones consiguieron salvar esta situación. Tras acabar su servicio militar se incorporó de nuevo al taller y contrae matrimonio.

La aparición del Seat 600 y otros utilitarios, fue arrinconando las motos de carretera y ante esa coyuntura los fabricantes de motos se abren a un nuevo mercado: las motos de trial, enduro y cross. Pedro Salvador se hace agente oficial de Montesa y el negocio crece. Abre un nuevo local. A veces la gestión de ventas durante el día, le obliga a trabajar por la noche, solo en la reparación, es cuando más le cunde el trabajo, concentrado en una única tarea. Las ocupaciones de Pedro Salvador se multiplican, hasta llegar el fin de semana, tiempo sagrado que dedica a su numerosa familia.

Fachada del taller multimarca de la calle Enric Prat de la Riba, 166 de Hospitalet. Aspecto de la fachada de la tienda exposición de la calle Rodes, 22 y Pedro Salvador en la tienda junto a su hija Mari.

En la actualidad DRUG MOTO, es Concesionario Oficial de la marca Kymco, y sigue representando las nuevas y renovadas Lambretta. La empresa a lo largo de estos años ha sabido ir adaptándose a los cambios y nuevas tendencias, guiados por un hombre hecho a sí mismo y que ha sabido trasmitir su entusiasmo por la profesión a varios miembros de su familia, porque resulta sorprendente, por poco habitual, que de sus cinco hijos, cuatro lleven en la actualidad los varios negocios que abarca el nombre de DRUG MOTO: Mari, Juana, Núria y Pedro, y además que la empresa siga creciendo, ya que muy pronto, además de la tienda taller y servicio multimarca de la calle Prat de la Riba, la tienda exposición en la calle Rodés, 22, tienen ya dispuesta la próxima reapertura de sus instalaciones en la calle Hierbabuena, 2-4. Un ejemplo de que ese ímpetu empresarial se ha trasmitido a las nuevas generaciones.

Interior del taller.

Pedro se siente con las energías al máximo, y desarrolla todo su potencial como vendedor y mecánico. Es en esa década, a mediados de los años sesenta cuando las motos de carretera se venden más, marcas como Ossa, Bultaco y Montesa, compiten por ocupar el ranking de ventas.

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Vicente Blasco 29

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