Num.64
Publicació oficial Gremi de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona
GREMI
Novetats fiscals 2017
GREMI
Peritación alternativa al seguro
GREMI
Programa de treball del Gremi
Desembre 2016 / Gener 2017
GREMI
La jubilación 2017
GremiTaller
Revista nยบ64
GREMI
Editorial Más y mejor servicio para los talleres En mi presentación de la Memoria Anual de actividades, en la recientemente celebrada Asamblea General, destaqué, entre otras acciones, que hemos retomado la relación con la Confederación Española de Talleres, CETRAA, para llevar una gestión de defensa del sector mucho más activa. Muestra de ello es la participación del Gremi, como miembro de pleno derecho, en los órganos de representación europeos, cuyas decisiones condicionan de forma definitiva el ejercicio de nuestra profesión; como por ejemplo: el acceso del taller a la información técnica del fabricante del vehículo. El trabajo iniciado en Bruselas el pasado año, ya empieza a dar sus frutos, y el próximo sábado 25 de febrero contaremos, por primera vez en nuestro país, en exclusiva y de forma gratuita para los talleres agremiados, con la presencia de la máxima autoridad europea en Acceso a la Información Técnica del Fabricante y Telemetría. El Sr. Neofitos Arathymos, asesor técnico de CECRA (Comité Europeo del Comercio y Reparación de Automóviles), dará una conferencia del estado actual y la postura oficial de los talleres europeos en este ámbito y se pondrá a disposición de los talleres agremiados para responder sus inquietudes.
Edita Gremi Provincial de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona. Plaça Dr. Letamendi, 37 6è · 08007 Barcelona.Telf. 93 451 66 67 · Fax 93 323 28 36 administracion@gremibcn.com
Demostrar nuestro interés y unidad, es clave fundamental para fortalecer los lazos con los compañeros de profesión europeos, y ahora, es trabajo de todos acudir de forma masiva a esta convocatoria como elemento de fuerza y presión ante quién puede trasladar nuestra voz a los órganos de decisión en Europa.
www.gremibcn.com President: Celso Besolí Director Editorial: Sr. Ramon Casas Diseño y maquetación: Disgraph, S.C.P.
En ámbito de Barcelona y Cataluña, hemos logrado la colaboración de la Administración de Industria para disponer de un canal directo de denuncia de talleres ilegales, manteniendo nuestra exigencia de que la apertura de talleres se condicione a unas mínimas capacidades técnicas y profesionales de sus responsables.
Edición gráfica: Tormiq, S.L Secretaria: Montse Barrionuevo Consejo de Redacción: A. Higueras, Àngela Gándul, Ramón Tejedor y
El servicio de atención personalizada al taller sigue adelante con nuevos acuerdos de colaboración. Merece distinguirse el éxito del Servicio Pericial, que con sus repetidos triunfos en reclamaciones contra las aseguradoras en el tema del siniestro total, ha conseguido que el propio taller se mentalice de su fuerza para defender el interés del cliente, y los propios peritos de las aseguradoras muestren una flexibilidad desconocida hasta ahora.
María González. Colaboradores: Vicente Blasco, Yolanda Aguilar, Teresa Raventós y Centro de Estudios Legales. Creación, edición, redacción y publicidad: Gremi de Tallers.
Para finalizar, permítanme, un LLAMAMIENTO a la PARTICIPACIÓN, no todos los días dispondremos a nuestra entera disposición de una personalidad como el Sr. Arathymos. Traslade a sus talleres colaboradores la importancia de acudir al evento previsto para el próximo 25 de febrero, dónde esperamos encontrarnos todos.
Dipòsit legal: B-26167-2006
elSumari
Necessitat de que tots els tallers obtingueu
Editorial
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Modificaciones al Plan General de Contabilidad
Cobro de facturas al cliente cuando también hay
el permís d’abocament
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una aseguradora
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Conductas abusivas de aseguradoras
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Pot el taller desactivar l’airbag del copilot?
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Bienvenidos
15
Pensión de jubilación en el 2017
23
¿Tiene aseguradas las prestaciones
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Piezas originales
y de PYMES
4-5
complementarias de los trabajadores?
16
Abogada busca cómplice
Tres prioridades 2017 para el Gremi
6-7
Prorrateo pagas extraordinarias
16
Cura amb certa publicitat
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Novedades tributarias 2017
8-9
Prestación de paternidad
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Recirculación de gases de escape II
26-27
Talleres con historia: Antonio Lizana Mairal
28-29
Con los nuevos Coches Conectados, ¿podré seguir eligiendo mi taller de confianza?
10-11
Nuevo éxito del servicio pericial del Gremi
18-19 20
Tingui present el Gremiweb
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Tauló d’anuncis
CLÁUSULA DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD: El Gremi ha tomado medidas para garantizar que la información contenida en esta publicación es correcta. No obstante, deberá tenerse en cuenta que las explicaciones ofrecidas son de carácter general. Debido a que cada caso en particular puede presentar características diferenciales propias, no podrá reemplazar a un asesoramiento legal específico para cada caso.
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Modificaciones al Plan General de Contabilidad y al Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas El Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, modifica entre otros:
¿Qué efectos tendrá la amortización de los activos intangibles adquiridos en años anteriores?
·
El Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre.
·
El Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.
El nuevo Real Decreto acepta dos criterios para el tratamiento de la amortización de los activos intangibles adquiridos en años anteriores, debiéndose aplicar el criterio adoptado de modo uniforme a todos los elementos del inmovilizado intangible y fondo de comercio. Los criterios son los siguientes:
·
Las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por el Real Decreto 1159/2010.
1) A partir del primer ejercicio en que resulte de aplicación este RD (01.01.16), el valor en libros de dichos activos se amortizará de forma prospectiva. Las cuotas de amortización se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias.
¿Qué van a significar estas modificaciones?
·
·
2) Se podrá optar por amortizar estos activos con car-
Simplificación en las obligaciones contables de las pequeñas empresas:
-
Suprimir el carácter obligatorio del estado de cambios en el patrimonio neto.
-
Determinada información a incluir en el modelo de la memoria abreviada.
go a reservas, siguiendo un criterio lineal de recuperación y una vida útil de 10 años a contar desde la fecha de adquisición, o desde el inicio del ejercicio en que se aplicó por primera vez el vigente Plan General de Contabilidad (01.01.2008), en caso de que la fecha de adquisición fuese anterior.
·
Para todo tipo de empresas, nueva regulación en materia de activos intangibles. A partir de 01.01.16, todos los activos intangibles tienen vida útil “definida” y, por tanto, serán objeto de amortización sistemática en función de su vida útil. Cuando esta no pueda estimarse de manera fiable se amortizarán en un plazo de 10 años. Este mismo tratamiento incluye al Fondo de Comercio puesto de manifiesto en función de una adquisición onerosa, en el contexto de una combinación de negocios. Anteriormente el Fondo de Comercio, no se amortizaba, estando sujeto anualmente a la comprobación del deterioro de valor.
Hasta 31.12. 2015
A partir 01.01.16
2.850.000.-€
4 millones de euros
Cifra de negocios
5.700.000.-€
8 millones de euros
Nº medio de trabajadores
No > a 50
No > a 50
Importe Total de Activo
*No ha variado la exigencia de tener que cumplir a la fecha de cierre del ejercicio, al menos dos de las circunstancias descritas.
· Para la elaboración de la cuenta de pérdidas y ga-
nancias los límites se han mantenido como hasta ahora pudiendo elaborar el modelo abreviado las empresas que a fecha de cierre del ejercicio concurran, al menos, dos de las circunstancias siguientes:
Este cambio ha supuesto a su vez la eliminación de la obligación de dotar la reserva por fondo de comercio en la aplicación del resultado, conforme antes estipulaba el apartado 4 del artículo 273 de la Ley de Sociedades de Capital, ya suprimido. A esta reserva, de carácter indisponible, debía destinarse una cifra del beneficio que representase, al menos, el cinco por ciento del importe del fondo de comercio que apareciese en el activo del balance, teniendo que emplear reservas de libre disposición si el beneficio del ejercicio no fuese suficiente.
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Para los ejercicios iniciados a partir de 1 de enero de 2016 se han ampliado los límites para poder elaborar el modelo abreviado de balance y memoria:
Importe Total de Activo
11.400.000.-€
Cifra de negocios
22.800.000.-€
Nº medio de trabajadores
No > a 250
Cuando una sociedad, en la fecha de cierre del ejercicio, pase a cumplir dos de las circunstancias antes indicadas o bien cese de cumplirlas, tal situación
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·
únicamente producirá efectos si se repite durante dos ejercicios consecutivos.
-
Reducción de la información requerida en el apartado de “Fondos Propios”.
Las principales modificaciones en la Memoria Normal:
-
Reducción de la información requerida en la “Situación Fiscal”.
-
Eliminación de los apartados “Ingresos y gastos” así como de “Subvenciones, donaciones y legados”.
-
En relación a las “Operaciones vinculadas” eliminación de:
-
-
-
·
Informar sobre las estimaciones realizadas para determinar la vida útil del fondo de comercio y el método de amortización empleado. Apartado 23. Operaciones vinculadas: En el caso de que la empresa hubiera satisfecho, total o parcialmente, la prima del seguro de responsabilidad civil de todos los administradores o de alguno de ellos por daños ocasionados por actos u omisiones en el ejercicio del cargo, se indicará expresamente con indicación de la cuantía de la prima. Apartado 24. Otra información: El número medio de personas empleadas en el curso del ejercicio con discapacidad mayor o igual al 33%, indicando las categorías a que pertenecen. La conclusión, la modificación o la extinción anticipada de cualquier contrato entre una sociedad mercantil y cualquiera de sus socios o administradores o persona que actúe por cuenta de ellos, cuando se trate de una operación ajena al tráfico ordinario de la sociedad o que no se realice en condiciones normales.
-
Reducción del contenido e información a suministrar en la Memoria Abreviada:
-
Eliminación del apartado de Aplicación de resultados.
-
Modificación en el apartado de “Activos Financieros”:
-
+
Se presentará el movimiento durante el ejercicio de los activos no corrientes y de las cuentas correctoras de valor.
+
Eliminación del cuadro que recogía el desglose por categorías.
+
Inclusión de un cuadro que refleje los movimientos del patrimonio en el ejercicio como consecuencia de los cambios de valor razonable de los instrumentos financieros.
+
Eliminación de la información sobre las empresas del grupo, multigrupo y asociadas (denominación, domicilio, forma jurídica, actividades, porcentaje de participación, etc.).
·
Supresión del cuadro que recogía el cuadro por categorías.
+
Eliminación de la información acerca de las pólizas de crédito y líneas de descuento con sus límites respectivos, precisando la parte dispuesta.
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Información de las operaciones con “Otras empresas del grupo.”
+
Información sobre el importe de los sueldos, dietas y remuneraciones de cualquier clase devengados en el curso del ejercicio por el personal de alta dirección y los miembros del órgano de administración, cualquiera que sea su causa.
Respecto al apartado de “Otra información” se incluye nueva información a suministrar, en concreto:
+
El importe y naturaleza de determinadas partidas de ingresos y gastos cuya cuantía o incidencia sean excepcionales (p.e.: subvenciones, donaciones o legados recibidos, indicando para las primeras el ente público que las concede).
+
Compromisos financieros, garantías o contingencias que no figuren en el Balance.
+
Información sobre hechos posteriores de importancia relativa significativa que se produzcan tras la fecha de cierre de balance y que no se reflejen en la cuenta de pérdidas y ganancias o en el balance.
+
Cualquier otra información que, a juicio de los responsables, fuese preciso proporcionar para mostrar la imagen fiel de las cuentas anuales, así como cualquier otra información que se considere oportuna suministrar de forma voluntaria.
Reducción del contenido e información a suministrar en la Memoria de Pymes:
-
Prácticamente las mismas que para la memoria abreviada.
El PGC de Pymes no regula el tratamiento del Fondo de Comercio, por lo que en caso de existir este, se aplicaran las mismas reglas de valoración y los mismos criterios que lo establecido para el PGC.
Modificación en la información de los “Pasivos Financieros”, destacando:
+
+
Dada la repercusión que pueden tener todas estas modificaciones en las cuentas anuales 2016 (fundamentalmente en la memoria) el DEPARTAMENTO ECONOMICOFISCAL DEL GREMI, está a su disposición para solventarles las dudas que puedan surgirle al respecto.
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Mesa de la Asamblea General del Gremi 2016.
Tres prioridades 2017 para el GREMI de TALLERES de BARCELONA
este enfoque y a favor de que las nuevas tecnologías sean transversales sin comprometer la competitividad, la innovación, el emprendimiento independiente y, en definitiva, la libre elección del consumidor. Garantizar el derecho de los consumidores a escoger libremente al reparador pasa por trabajar a favor de un intercambio comercial equilibrado, normalizando la responsabilidad solidaria de proveedores, y una competencia leal real con opciones (en formación, innovación y, en definitiva, de progreso) para todos.
Defensa de la libre elección del taller, participación en las políticas medioambientales y transformación digital de las relaciones intragremiales son los tres objetivos prioritarios que ha marcado la reciente Asamblea General del Gremi de Talleres de Barcelona para 2017.
2. Políticas medioambientales proactivas vs. restricción El Gremi de Talleres de Barcelona, en cumplimiento de su misión y apoyado en su propia infraestructura técnica y de gestión, trabajará con independencia para defender los intereses de los talleres frente a cualquier presión de lobbies empresariales o sociales cuyas acciones puedan obstaculizar el eficaz ejercicio libre y de calidad de la profesión.
Frente a la restricción de la circulación rodada, en grandes urbes, así como concentrar los recursos únicamente en la promoción y subvención de la compra de vehículos nuevos como respuesta al problema medio ambiental y de movilidad urbana, no son las únicas medidas posibles sino además las menos sostenibles y sociales.
1. Asegurar la libre elección de taller Los talleres tenemos mucho que aportar, y es hora de que nos escuchen y aprovechen nuestro potencial. Fomentar el mantenimiento responsable, la reparación y la transformación del vehículo de motor a energías más limpias, conseguir que el proceso de homologación de vehículos sea homogéneo en la UE, más transparente y participativo, son medidas preventivas importantes en favor de la calidad del aire.
Los nuevos vehículos con telemetría operativa incorporada, permiten que el fabricante del vehículo tenga acceso a los datos que genera, desde la diagnosis hasta hábitos de conducción. Ante el oligopolio que las marcas de automóviles, como únicos custodios de los datos (Extended Vehicle Concept), podrían constituir vendiendo estos datos a proveedores de servicios, como buscadores de internet, aseguradoras, etc., y también en la venta de recambios, información técnica y formación, el GREMI apoyará y participará en todas las iniciativas dirigidas a frenar
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3. Relaciones Intragremiales digitales El Gremi de Talleres de Barcelona se ha marcado renovar su vida asociativa buscando más inmediatez y
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flexibilidad en la participación de los talleres asociados, sin comprometer las garantías institucionales, a través de la transformación de las relaciones con los Agremiados mediante canales online con validez formal. Consolidada la comunicación online mediante web, circulares digitales, redes sociales, formación a distancia, etc., se trata de dar en 2017 un paso más para que el Agremiado pueda participar o realizar acciones formales telemáticamente con el Gremi, desde su taller con acceso remoto seguro, y flexibilizar así la participación de todos en actos como Asambleas, con menos necesidad de desplazamientos,sin renunciar a su productividad profesional.
abierto un canal directo para efectuar denuncias de talleres ilegales. Seguiremos en la senda de esta colaboración en defensa de la seguridad vial.
·
Acreditación y profesionalidad del taller: La Generalitat de Catalunya ha paralizado de momento, la iniciativa de suprimir el requisito de Responsable Técnico de Taller para la acreditación de competencia profesional. Trabajamos con la OGE (Ventanilla Única de Gestión Empresarial de Catalunya) para devolver protagonismo a la placa acreditativa emitida por el Dept. de Industria de la Generalitat, conocido como RASIC, a la vez que se han flexibilizado los plazos para adaptaciones en talleres acreditados.
·
Servicio Pericial independiente para los talleres: contrapunto de peritación a disposición de los talleres agremiados para dar un servicio alternativo a los usuarios del taller perjudicados por prácticas comerciales injustas de aseguradoras.
Otras actuaciones iniciadas en 2016 Continuando con los retos afrontados, destacamos algunos resultados que hemos de potenciar aún más durante este año:
·
Lucha contra el intrusismo ilegal: El Servei Català de Trànsit (Tráfico de Cataluña) ha publicitado en los paneles públicos de la red viaria catalana mensajes explícitos de fomento del mantenimiento responsable en “Talleres Legales” y la Generalitat ha
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Durante 2017 iremos avanzando en estos temas, con acciones y más comunicaciones conforme nuestra hoja de ruta.
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Novedades tributarias 2017
AUTÓNOMOS (Personas Físicas): El pasado 13 de enero, la Agencia Tributaria comunicó que los Autónomos podrán seguir solicitando el aplazamiento de su IRPF y del IVA, cualquiera que sea su importe en las siguientes circunstancias:
Ya no se podrá aplazar el IVA, ni el Impuesto de Sociedades, entre otras obligaciones tributarias, a partir de 01.01.17.
1. Si las solicitudes se refieren a una deuda cuyo importe global es igual o inferior a 30.000 euros, se podrán conceder los aplazamientos, sin garantías, hasta un máximo de 12 plazos mensuales, salvo que el obligado hubiera solicitado un número de plazos inferior, en cuyo caso, se concederán los plazos solicitados. La periodicidad de los pagos será, en todo caso, mensual.
Se elimina la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de determinadas obligaciones tributarias, entre ellas el IVA, excepto las cantidades no pagadas. El Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, procede a la eliminación de la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de determinadas obligaciones tributarias a partir del 1 de enero de 2017.
2. Si las solicitudes se refieren a una deuda cuyo importe global excede de 30.000 euros, se podrán conceder los aplazamientos, en función del tipo de garantía aportada por el deudor, y por un plazo máximo de 36 plazos mensuales, salvo que el obligado hubiera solicitado un número de plazos inferior, en cuyo caso, se concederán los plazos solicitados. Si las deudas son por IVA, será necesario, además, acreditar que las cuotas de IVA repercutidas no han sido pagadas.
· Las correspondientes a obligaciones tributarias que deban cumplir el retenedor o el obligado a realizar ingresos a cuenta.
· En caso de concurso del obligado tributario, las que, de acuerdo con
la legislación concursal, tengan la consideración de créditos contra la masa.
PYMES (Personas Jurídicas): En el caso de las Pymes la única diferencia, con respecto a los autónomos, es que para deudas globales inferiores o iguales a 30.000.- € sólo dispondrán para la devolución del aplazamiento solicitado de un máximo de 6 plazos mensuales.
· Las liquidaciones tributarias confirmadas total o parcialmente
en virtud de resolución firme cuando previamente hayan sido suspendidas durante la tramitación del correspondiente recurso o reclamación en sede administrativa o judicial.
· Los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.
Si la solicitud del IVA a aplazar no supera los 30.000.-€ de deuda global, en el caso de los autónomos y pymes, no será necesario acreditar que las cuotas de IVA repercutidas no han sido pagadas.
· Los tributos repercutidos, dado que el efectivo pago de dichos
tributos por el obligado a soportarlos implica la entrada de liquidez en el sujeto que repercute. Por tanto, sólo serán aplazables en el caso de que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas.
Principales novedades en el Impuesto de Sociedades (introducidas por el Real Decreto-Ley 3/2016, de 2 de diciembre).
Los aplazamientos o fraccionamientos cuyos procedimientos se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2017 se regirán por la normativa anterior a dicha fecha hasta su conclusión.
Aunque principalmente afecta a grandes empresas, las principales novedades introducidas son:
Si se solicita un aplazamiento NO estando permitido, automáticamente será “inadmitido” lo que significa que la deuda entrará inmediatamente en vía ejecutiva exponiéndose al embargo de sus bienes por parte de Hacienda.
Aplicables para el período impositivo que se inició el 01.01.2016: Añade una Disposición Adicional Decimoquinta a la Ley 27/2014 (Ley del Impuesto de Sociedades, en adelante L.I.S), aparte de mantener para las demás sociedades el ya previsto (modificación de la disp. trans. 36ª):
Dado al enorme malestar y rechazo que ha producido esta medida y gracias a la presión ejercida por las asociaciones empresariales y de autónomos, la Agencia Tributaria se ha visto obligada a suavizar su aplicación emitiendo instrucciones dirigidas a:
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· Limitación a la compensación de Bases Imponibles Negativas de
ejercicios anteriores para grandes empresas en los siguientes porcentajes:
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- Empresas con importe neto de la cifra de negocios, durante
realizarse por un importe mínimo anual, de forma lineal durante cinco años.
los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicia el período impositivo, igual o superior a 60 millones de euros, el 25%.
Modificaciones en la L.I.S con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2017:
- Empresas con importe neto de la cifra de negocios, cuando
en los referidos 12 meses sea al menos de 20 millones, pero inferior a 60 millones de euros, el 50%.
· Se excluye la deducibilidad de las pérdidas que pueda generar la ven-
ta o tenencia de participaciones en entidades siempre que se trate de participaciones con derecho a la exención en las rentas positivas obtenidas, tanto en dividendos como en plusvalías generadas en la transmisión de participaciones (artículo 3 del Real Decreto-Ley 3/2016).
- Para el resto de empresas, el 60% de esa base imponible, límite
que ya estaba establecido en 2016 por la Ley de Presupuestos con carácter general.
· Queda excluida de integración en la base imponible cualquier
En todo caso, se mantiene la posibilidad de deducir íntegramente el primer millón de euros.
tipo de pérdida que se genere por la participación en entidades ubicadas en paraísos fiscales o en territorios que no alcancen un nivel de tributación adecuado.
· Límite para la aplicación de deducciones por doble imposición
generadas o pendientes de compensar, que se cifra en el 50% de la cuota íntegra (para empresas con una cifra de negocios superior a los 20 millones de euros).
En definitiva, son medidas que afectan fundamentalmente a grandes empresas y algunas con carácter retroactivo dado que se aplican con efectos de 1 de enero de 2016 y el Real Decreto Ley 3/2016 es de 2 de diciembre de 2016.
Modifica la Disposición Transitoria Decimosexta (L.I.S):
· Reversión de las pérdidas por deterioro de valor de participacio-
Para cualquier aclaración al respecto no duden en ponerse en contacto con el DEPARTAMENT ECONÒMICFISCAL del GREMI.
nes que resultaron fiscalmente deducibles en períodos impositivos previos a 2013 y que a partir de esa fecha no lo son, deberá
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Con los nuevos Coches Conectados,
¿Podré seguir eligiendo mi taller de confianza?
logístico como sector es muy relevante en toda la UE.
La Conectividad de los nuevos vehículos ha de ser abierta.
Hasta ahora, cada consumidor podía escoger libremente su taller de confianza en base a los dos principios generales del Mercado Europeo, que son: libre circulación de bienes y servicios, y libre elección del consumidor. Con los nuevos "Vehículos Extendidos", estas libertades quedan comprometidas.
Están apareciendo en el mercado nuevos coches con tecnologías telemáticas incorporadas que facilitan la resolución técnica de las averías y la comunicación del usuario, pero la aplicación que pretenden los fabricantes de automóviles dista mucho de ser transparente.
Sin embargo, esta realidad no ha de ser un instrumento para manipular el mercado y los precios, ni para condicionar la libertad de los consumidores, ni para perjudicar el trabajo leal de 2,9 millones de profesionales que dan un servicio eficaz, próximo y de calidad a 228 millones de turismos y 38,5 millones de vehículos comerciales en la UE.
Desde hace unos años, los coches están gobernados por sistemas tecnológicos que registran y almacenan datos del estado y funcionamiento de los elementos del vehículo, de modo que tanto el mantenimiento como la diagnosis y reparación de averías, requiere un acceso electrónico a esa información.
Los sistemas electrónicos del vehículo deben basarse en un acceso interoperable, estandarizado, seguro y abierto a la plataforma para aplicaciones y servicios del vehículo, de conformidad con el artículo 12.2 del Reglamento (UE) 750/2015.
Ahora este acceso es telemático y los datos registrados son más amplios, abarcando también información sobre la circulación del automóvil y del estilo de conducción del usuario. La controversia ha surgido con los nuevos coches con conectividad de serie, el nuevo concepto de "Extended Vehicle" (Vehículo Extendido) promovido por los fabricantes de automóviles, que implica en la práctica, que sólo el fabricante decide a quién da un acceso funcional a los datos registrados en el vehículo, además de otras consideraciones de privacidad que afectan a los consumidores.
En defensa de ello, el Consejo Europeo del Comercio y Reparación de Automóviles - CECRA, con sede en Bruselas, ha emitido el documento de Posicionamiento con las propuestas de los reparadores europeos para acometer una transformación digital del automóvil inclusiva
El sector posventa, frente a este concepto, opta por la "Solución de Acceso a Terceros". Cada fabricante de automóviles está estructurando sus sistemas y protocolos técnicos de modo que sólo el servidor de cada fabricante puede recoger y dar acceso a esos datos del vehículo, lo que supone un control exclusivo de cada coche y una más que evidente posición tecnológica dominante para determinar unilateralmente qué reparadores y proveedores de servicios van a poder acceder. Es evidente que la investigación y desarrollo de la tecnología en la Automoción está en las manos de los constructores de automóviles, cuyo peso económico y
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en beneficio, no sólo de la gran industria sino de todos los profesionales y, sobre todo, de los consumidores.
radores de automóviles, a los datos generados por el funcionamiento del automóvil y transmitidos online, como ayuda a una diagnosis, reparación y mantenimiento más eficiente y útil para el conductor.
El Gremi de Talleres de Reparación de Automóviles de Barcelona participa activamente en esta defensa del acceso telemático en tiempo real para todos los repa-
El Gremi de Talleres de Barcelona forma parte del Comité de Acceso a la Información Técnica que representa a CETRAA (Confederación Española de Talleres de Reparación de Automóviles) en CECRA. Asimismo, el Gremi de Barcelona preside la Federación Catalana de Talleres - FECATRA, también implicada en esta misión y que mantendrá contactos con la Administración Catalana en los próximos meses. Durante 2017 iremos avanzando en esta dirección, con acciones y más comunicados, para conseguir que la tecnología sea un beneficio transversal para toda la sociedad.
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Necessitat de que tots els tallers obtingueu el permís d’abocament El taller de reparació de vehicles, com tota activitat industrial, genera alguns abocaments que, independentment del seu origen, han de ser legalitzats. Hem d’obtenir el corresponent permís d’abocament de les nostres aigües residuals.
o a la Mancomunitat de Municipis del Bages per al Sanejament, entre d’altres. La normativa d’aplicació serà, conseqüentment, la que tingui cadascuna d’aquestes administracions competents, si bé totes tenen una gran similitud.
L’origen dels fluids que generem poden ser diversos. En un bon nombre de tallers provenen bàsicament dels sanitaris. En d’altres son generats en algun procés que es desenvolupa al taller com: rentat de vehicles, rentat de motors, estris o peces, etc.
Per sol·licitar el permís d’abocament caldrà elaborar una documentació tècnica a la que s’adjuntaran uns plànols de l’activitat on es reflecteixi la xarxa de sanejament, els punts d’abocament i, si s’escau, els sistemes de depuració emprats.
Insistim però que sempre i en tots els casos, la generació d’aquests fluids ha de ser degudament comunicada a l’administració competent i obtenir així el corresponent permís d’abocament.
A aquesta documentació tècnica caldrà adjuntar, també, una nova documentació justificativa de la gestió dels residus del taller i del consum d’aigua de l’establiment.
I volem insistir especialment en aquest moment perquè ja han estat diversos els tallers agremiats que ens han comunicat la notificació d’una sanció d’entre 6.000 i 30.000 euros per no tenir aquest permís d’abocament.
Com sempre, us recomanem des d’aquestes pàgines de la revista del Gremi, que consulteu amb els nostres Serveis Tècnics ja que cada cas pot tenir les seves peculiaritats i el Gremi us dóna la possibilitat de realitzar aquestes consultes amb tècnics molt especialitats en la matèria, sent un servei més del que podeu gaudir.
L’administració competent, en aquest cas dels abocaments, dependrà d’on estigui ubicat el taller, així, per exemple, en tota la zona de Barcelona és l’Àrea Metropolitana de Barcelona qui atorga el permís de constant referència. En canvi si el taller estigués ubicat a l’àrea del Penedès-Garraf seria la Mancomunitat Penedès-Garraf qui intervindria. Aquesta intervenció també pot correspondre al Consorci Besòs-Tordera
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Estiguem atents davant de les possibles sancions per no posseir el permís d’abocament. Les quantitats son molt importants com podeu veure. Davant del dubte truqueu al Gremi i us informarem.
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Conductas abusivas de aseguradoras El asegurado puede protestar contra su propia compañía, cuando tiene un daño porque tiene un contrato (póliza) o contra la del vehículo que le ha dañado el suyo en un accidente porque es la víctima del mismo, pero el taller NO puede hacerlo salvo casos excepcionales y con testimonios de clientes.
Se considera que en el caso de daños propios (todo riesgo) el vehículo asegurado ha de mantener en todo momento las condiciones en que fue asegurado y calculada así su prima. Si su compañía no lo acepta o recomienda otro recambio puede quejarse.
·
Los abusos de las prácticas de las aseguradoras con sus asegurados se revisan, en teoría, por la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía. Esa Dirección General (ni por desgracia ninguna otra) no interviene en defensa de los talleres, porque no son clientes sino proveedores de servicios como los abogados, los médicos y otros que tratan con las aseguradoras.
La propia Dirección General de Seguros y las sentencias de la práctica totalidad de los Tribunales señalan que el derecho del usuario es obtener la restitución íntegra del bien, aunque el coste de ello (la reparación) sea superior al valor de adquisición de un vehículo idéntico al accidentado. Si no lo atienden el cliente puede quejarse además de encargar la defensa de sus derechos a otro abogado de su confianza.
A menudo el cliente del taller tiene dificultades para recobrar la indemnización que se merece y traslada parte del problema al taller; ante ello el Gremi informa al agremiado de aspectos que puede trasladar a su cliente para ayudarle. Cualquier usuario perjudicado puede protestar de esos abusos escribiendo una carta a esa Dirección General, Paseo de la Castellana, 70, Madrid, contra casos como los que indicamos.
·
Cuando la cobertura es por daños a terceros, algunas compañías, en vez de defender a su asegurado contra el tercero que le ha causado el daño, oponen sus convenios y proponen indemnización por el valor venal, independientemente de que este valor compense la pérdida real del asegurado.
·
Aquellas prácticas que implican recambio de piezas no originales de marca.
No informar sobre la posibilidad de reclamar a la aseguradora del causante de un accidente cuando la indemnización ofrecida al asegurado no cubre la totalidad de los daños. Los automovilistas víctimas de un accidente tienen la protección del seguro obligatorio del que lo haya causado y, su Ley (R.D. Leg.) exige que al perjudicado se le haga por aquel una oferta motivada y por escrito para poner a su disposición la suma de indemnización justa de sus daños. Tal compañía ha de contestar por escrito toda reclamación que se le haga con justificación de los daños habidos.
·
El imponer la firma de un finiquito como forma habitual de ofrecimiento de cualquier clase de indemnización. La norma del Seguro Obligatorio, Real Dec. 8/2004 en su art. 7 exige que la aseguradora en su oferta motivada haga constar que el pago del importe que se ofrece no se condiciona a la renuncia del perjudicado a futuras acciones en caso de que la indemnización sea inferior a la que pueda corresponderle legalmente. Un finiquito que le haga renunciar al cliente a reclamar más, o que afirme que con el pago concreto queda indemnizado puede ser una práctica abusiva.
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Bienvenidos al Gremi Nuevos colegas de profesión, talleres de reparación de automóviles y componentes se siguen integrando en nuestro Gremi Provincial. Estos empresarios, han considerado que ante las dificultades de todo tipo que sufren sus talleres en el día a día de trabajo, encuentran en el Gremi un soporte inmejorable para poder superarlas o al menos afrontarlas con mayor seguridad y expectativa de éxito que estando solos o consultando a técnicos que en realidad no son tan especialistas del ramo como los técnicos (ingenieros, economistas, laboralistas, informáticos, abogados, etc.) que tenemos empleados o los otros especialistas en seguros, marketing, peritos, etc., que colaboran en él. Con esa lenta pero incesante incorporación de empresarios del ramo, suplimos también las previsibles bajas de los talleres que han acabado su ciclo de producción, por la edad de sus dirigentes o, y esto es más triste, por la inadecuación de su organización y capacidad tecnológica al nivel de competitividad actual que está en un marco condicionado por la escasa capacidad económica de nuestra clientela, y por las dificultades que generan las medidas restrictivas de la circulación. La profesión ha tenido una etapa de crecimiento y ahora recesión, pero manteneros con ella, y con gran holgura, las estructuras necesarias para dar el servicio que nos pide el agremiado, y cabe afirmar que sin
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casi subvenciones seguimos siendo el Gremi más representativo de España y con las cuotas más bajas ofreciendo un servicio de óptima calidad e independiente de otros intereses de otras actividades del ramo; (fabricantes, recambistas, aseguradoras, etc.). Gracias por la confianza que nos otorgan. De nuevo bienvenidos y, seguimos al servicio de todos. Nuevas altas Nombre Lopez Sarmiento, Marco Mora Verdugo, Francisco Catalin Promotion Invest, S.L. Neumaticos Aharmin Sport Services, S.L. Lopez Nuñez, Angel T.Martinez Blanco Planxa i Pintura, S.L. Talleres Desguaces Ripollet, S.L. Talleres Reparaciones Integrales, S.L. Bosch de la Cerda, Marc Maik’s Customs Garage, S.C.P. Tot Motor Tiana, S.C.P. Reparacions Lavit, S.L. Gonzalez Rodriguez, David DMD Motors, S.C.P
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Población L’Hospitalet de Llobregat Vallirana Vilafranca del Penedès Sant Andreu de la Barca Gavà L’Hospitalet de Llobregat Ripollet Barcelona Barcelona Cornellà de Llobregat Barcelona Torrelavit Cubelles Viladecans
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¿Tiene aseguradas las prestaciones complementarias de los trabajadores?
mente), y que son adicionales a las prestaciones que van a cargo de la Seguridad Social (INSS) o de la Mutua de Accidentes de Trabajo. La empresa no sólo tiene la obligación del pago, sino también la de asegurar el pago. Incumplir esa obligación es falta muy grave y el empresario puede ser sancionado, además de pagar de una vez el importe establecido como prestación.
El Convenio Colectivo de aplicación a los talleres en la provincia de Barcelona, en su artículo 72, establece unas prestaciones complementarias obligatorias que las empresas deben pagar a los trabajadores por muerte o incapacidad permanente cuando esa situación se produce como resultado de causa laboral (accidente o enfermedad).
Aunque los talleres intentan evitar que sus trabajadores se puedan exponer a riesgos en el lugar de trabajo, en la práctica existen más situaciones de riesgo laboral de lo que pueda parecer, según estadísticas facilitadas por una entidad aseguradora, las causas principales que generan estas prestaciones son: Infartos durante la jornada laboral y accidentes in itinere (al ir o volver del trabajo a casa).
En qué consisten las prestaciones: Si como consecuencia de accidente de trabajo o enfermedad profesional se derivase la muerte del trabajador accidentado o una invalidez permanente (en los grados de absoluta o gran invalidez), la empresa deberá abonar en un solo pago las cuantías fijadas cada año junto con las tablas salariales, y que actualmente son las siguientes: Por muerte: Por gran invalidez: Por invalidez permanente absoluta:
La póliza debe detallar la cobertura establecida en el artículo 72 del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona. Si ya dispone de este seguro, revíselo, por las consultas atendidas en el Gremio, en ocasiones, algunos talleres tienen pólizas genéricas y no siempre están bien cubiertas las prestaciones, por exceso (con un mayor coste a pagar) o por defecto (siendo ineficaces).
26.548,92 € 29.898,77 € 20.864,13 €
Según establece el R.D. 1588/1999, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, la empresa tiene la obligación legal de concertar un seguro que cubra estas prestaciones que, de producirse, irían a su cargo (pagándolas directa-
Acuérdese de informar puntualmente a la entidad que le cubre estas prestaciones de cualquier variación de los trabajadores que tiene asalariados en el taller. ASESORIA LABORAL
Prorrateo pagas extraordinarias
Ante la demanda de un creciente número de agremiados, se trasladó este tema a la plataforma empresarial, para incorporarlo en el último proceso de negociación colectiva. Como resultado de este proceso de negociación, el nuevo convenio vigente para los años 2016 y 2017, ha incorporado la posibilidad de prorrateo de las pagas en los siguientes términos:
El convenio colectivo de la industria siderometalúrgica de la provincia de Barcelona establece dos pagas extras, en los meses de junio y diciembre, que se satisfarán, el día 30 de junio, y el 22 de diciembre, respectivamente. Viene siendo frecuente la consulta interesándose en conocer si se puede pagar las dos pagas extras repartidas entre los doce meses del año (prorrateo).
“Se establece la posibilidad de prorratear en 12 mensualidades las pagas extraordinarias de junio y Navidad, previo acuerdo entre la Dirección de Empresa y la Representación Legal de los Trabajadores (RLT), en ausencia de ésta, el acuerdo se realizará directamente con el trabajador, siempre y cuando no se convierta en una cláusula tipo del contrato de trabajo.”
La posibilidad de que las pagas extraordinarias se abonen de forma prorrateada está condicionada a que se haya previsto expresamente en convenio colectivo (art. 31 Estatuto de los Trabajadores), sin que pueda ser decidida esa forma de pago por el empresario. En el convenio vigente hasta 31/12/2015 no se preveía, por lo que no debía realizarse el prorrateo.
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Prestación de paternidad A partir del 01/01/2017, ha entrado en vigor la ampliación de la duración del permiso de paternidad a 4 semanas ininterrumpidas, ampliables en caso de parto, adopción o acogimiento múltiples en 2 días más por cada hijo a partir del segundo. La ampliación de la duración del permiso de paternidad, se estableció por la Ley 9/2009, de 6 de octubre, inicialmente, con efectos 01/01/2011, pero su entrada en vigor ha venido siendo aplazada por las sucesivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado, sin que se haya producido un nuevo aplazamiento tras la Ley 48/2015 de Presupuestos Generales del Estado para el 2016, que estableció que sería con efectos 01/01/2017. La ampliación de 13 días naturales a 4 semanas afectará únicamente a los padres de hijos nacidos, adoptados o acogidos desde 01/01/2017, pero no a los que venían disfrutando de la prestación por esos mismos supuestos producidos durante el 2016.
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Nuevo éxito del servicio pericial del Gremi En nada pueden repercutir al perjudicado los convenios que privadamente tenga el sector de seguros, máxime cuando como en el caso de autos el perjudicado ha reparado su vehículo.
Un Juzgado de Granollers resuelve que la reclamación planteada por el Gremi en defensa de un cliente al que su aseguradora AXA solo quería indemnizar en 5.393 € después de hacer recibido una demanda judicial, ha de pagar 9.480 € y además los intereses legales que en este caso se acercan a los 900 € añadidos.
Ese juzgado de Granollers cita sentencias de Barcelona, de Guipúzcoa y de la Sección 25ª de Madrid, de 22-10-2013, y 11/05/2016 que afirman que: la cuantía de la indemnización de reparación ya ha sido objeto de reiterados pronunciamientos por esta Sección -Sentencias de 5 de julio de 2005, 27 de febrero de 2007, 5 de febrero y 8 de abril de 2008, 6 de octubre de 2009 y 12 de abril y 11 de septiembre de 2012, entre otras- ha de resolverse, como tiene establecida esta Sala, teniendo en cuenta los siguientes postulados:
No es una novedad el caso que los servicios jurídicos del Gremi, obtengan pleno éxito en una reclamación de la factura de un taller con el precio hora que le haya decidido, y con el material óptimo para la reparación en contra del criterio del perito de la compañía que le regatea el precio hora y sugiere el empleo de material alternativo para “perdonar” la aplicación de siniestro total cuando el usuario del coche o la moto siniestrada no ha tenido la culpa. Lo importante en esta sentencia, y en alguna otra anterior son los criterios fundamentados de un Juez que son perfectamente aplicables en otras reclamaciones de este tipo. Y más cuando cita reiteradas sentencias de sus superiores, las Audiencias provinciales.
1º.- Que la finalidad de toda responsabilidad extracontractual radica en la reposición, restauración o restablecimiento del bien, derecho o interés lesionado, en toda su integridad; lo que implica reponer la cosa al estado y valor que tenía al momento en que sobrevino el daño, y no a un estado o valor económico mejorado.
Nuestros estudios estadísticos nos indican que hay más de 7000 casos al año en que se califican de siniestro total daños, que en su mayoría se pueden reparar y, con ello, los talleres aumentar con justicia su facturación.
2º.- Que, con base en tal finalidad o principio inspirador, la regla general ha de ser la reparación del vehículo, aun cuando ésta fuera superior al valor venal del vehículo en el momento inmediatamente anterior a aquél en que sobrevino el accidente -esto es, al precio en el que, en tal momento, el vehículo en cuestión era susceptible de ser vendido en el mercado libre-, siempre que el importe de dicha reparación no resultará manifiestamente desproporcionado al propio valor venal.
Está en manos del taller informar a su cliente de las expectativas que tiene para reparar el vehículo y cobrar su factura calculada con el precio justo de mano de obra y material óptimo.
3.º.- Que en los supuestos en que la reparación no va a realizarse, o en los supuestos en que el valor de reparación es manifiestamente desproporcionado o excede con mucho al valor venal, la indemnización no puede venir configurada por el valor de reparación -por cuanto ello supondría para el causante del daño un sacrificio desmedido que sobrepasaría el ámbito de su deber de reponer y reparar, y para el perjudicado implicaría, la obtención de un beneficio injustificado, bien por obtener un importe superior al valor del objeto del que se desprendió, bien por la recuperación de la cosa en un estado o situación y con un valor económico mejorado respecto del que tenía en el momento de producirse el daño-; pero tampoco esa indemnización puede venir configurada por el mero valor venal del vehículo,
A partir de los 3 meses del accidente con la correcta tramitación que le ofrece el Gremi ese cliente tendrá derecho a cobrar el 4’5 % de interés anual de la factura que no le paguen. El taller ha de saber que en ese tema se pueden aplicar algunas ideas de los Tribunales: Por el hecho de que las aseguradoras hayan firmado un convenio interno, no se afecta con ello a los usuarios, y más cuando estos no han tenido conocimiento previo del tema ni renuncian a un derecho superior que es la acción directa contra el causante del daño y su aseguradora.
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ya que con ello no podría el perjudicado, ni reparar el vehículo, ni hacerse con un vehículo de características semejantes en el mercado de ocasión.
El perito del Gremi aportó también ejemplos de valoración de mercado de vehículos similares y, así el Juzgado hizo constar que consideraba la pericial de la actora (perito Sr. Miró) estaba mejor fundamentada al aparecer en su informe la explicación del cálculo de la argumentación para establecer el valor venal, lo que no hizo el perito de la aseguradora demandada, que no ha merecido suficiente valoración para superar el criterio del perito Sr. Miró.
4.º.- Que debe entenderse que el valor de reparación es manifiestamente desproporcionado al valor venal, siempre que suponga un porcentaje de desviación superior al 100 % del valor venal, ya que en tales casos más que ante una reparación del vehículo, se estaría en presencia de una auténtica reconstrucción del mismo.
Queda claro que a un taller no le es posible discutir con expectativas de éxito una valoración pericial para convencer a la aseguradora si no cuenta con un informe pericial contradictorio.
5.º.- Que en estos supuestos en los que el valor de reparación es manifiestamente desproporcionado al valor venal, la determinación del "quantum" indemnizatorio ha de hacerse de modo equitativo, de modo que resulte superior al simple valor de mercado e inferior a su coste de reparación.
Ese servicio se ha organizado por el Gremio para ayudar al taller, y se logra satisfactoriamente en interés del cliente del taller y de la debida facturación.
El mérito del servicio pericial en este caso ha sido que el perito de la actora (del Gremi) vio el vehículo y en función de su estado, motor, tapicería y kilometraje dio su dictamen explicando que el valor venal era solo un dato estadístico que había que precisar con otros datos, y el perito de la aseguradora no hizo constar ni siquiera que había visto el vehículo con lo que lo había valorado solo con Eurotax.
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Se han ganado todos los casos planteados, a distintas aseguradoras, Allianz, Axa, Línea Directa, Zurich, Reale, Generali, Catalana, Fiatc, Verti, entre las más significadas. Del taller depende poder aprovechar ese servicio en unas condiciones inmejorables.
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Tingui present el Gremiweb
· 10/11/2016 – Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona para los años 2016 y 2017. El pasado día 7 de noviembre, la Comisión Negociadora firmo el texto y anexos salariales del Convenio. · 14/11/2016 – Taller 3.0. Ara sí, renovi diagnosi i gasos. Mou-te connectat amb el teu taller. Estalviaràs ensurts, contaminació i diners.
Quan en el seu correu aparegui aquest text, LLEGEIXI’L. No és publicitat, sinó informació professional escollida pels tallers del Gremi.
· 17/11/2016 – Cuidado con las valoraciones de pintado Cesvimap. Comparación es la palabra.
Els correus electrònics que anem enviant-li cada setmana. · 22/11/2016 – Sanitas médico. Ventajas exclusivas para agremiados y familia. Seguro médico autónomos. Nos adaptamos a tu trabajo y a tu ritmo de vida.
LA GESTIÓ DEL GREMI ES BASA ENTRE D’ALTRES TEMES EN MANTENIR INFORMAT AL TITULAR DEL TALLER DE NOVETATS TÈCNIQUES I LEGALS QUE EL PUGUIN AFECTAR.
· 22/11/2016 – Convocatòria reunió de tallers a Badalona. Per a fomentar la relació i comunicació entre els tallers de la seva demarcació, acostar personalment als experts tècnics de l’equip que atenen les consultes i els serveis del Gremi, a la vegada que mantenir als tallers informats dels temes de més actualitat.
La revista del Gremi que fa anys mantenim amb l’ajut dels destacats patrocinadors i el treball dels tècnics i administratives del Gremi reflecteix no tant notícies sinó informacions de caire tècnic i organitzatiu, per millorar la gestió.
· 30/11/2016 – Convocatòria Assemblea General 2016. Dissabte 17 de desembre. 1ª convocatòria: 10:30h. 2ª convocatòria: 11:00h. Foment del Treball.
Però la nova tecnologia informàtica ens permet tenir al titular del taller al corrent de temes nous, amb rapidesa i reduint molt el cost.
· 07/12/2016 – Convenio Colectivo del Metal 2016-2017. Publicación del Convenio Colectivo del Sector de Comercio del Metal de la provincia de Barcelona 2016-2017. Información que puede ser de interés sólo si se realiza la actividad de venta de automóviles, motocicletas, recambios o accesorios.
Per això, insistim en que el responsable de taller LLEGUEIXI la documentació i que ens truqui per qualsevol idea que tingui o per aclarir qualsevol dubte. Pel cas de que no hagi rebut els correus electrònics que passem regularment als agremiats (problemes tècnics del servidor, deteccions fallides, o errors de procediment) relacionem els correus enviats des de la publicació del darrer GremiTaller.
· 12/12/2016 – Les instal·lacions del taller. És necessari recordar la necessitat de que el taller i les seves instal·lacions estiguin degudament legalitzades i amb les corresponents revisions periòdiques. · 14/12/2016 – Con los nuevos coches conectados, ¿podré seguir eligiendo mi taller de confianza? La conectividad de los nuevos vehículos ha de ser abierta. Están apareciendo en el mercado nuevos coches con tecnologías telemáticas incorporadas que facilitan la resolución técnica de las averías y la comunicación del usuario, pero la aplicación que pretenden los fabricantes de automóviles dista mucho de ser transparente.
· 26/10/2016 – Que no le engañen. Si usted tiene un taller de chapa y pintura ha de saber qué derechos tiene su cliente, el propietario del vehículo que le entra para reparar si ha de intervenir una aseguradora. · 27/10/2016 – Convocatòria reunió de tallers a Igualada. Per a fomentar la relació i comunicació entre els tallers de la seva demarcació, acostar personalment als experts tècnics de l’equip que atenen les consultes i els serveis del Gremi, a la vegada que mantenir als tallers informats dels temes de més actualitat.
· 19/12/2016 – Bon Nadal i Feliç 2017. La junta i el personal del Gremi, us desitja bon Nadal i feliç 2017. · 21/12/2016 – Límites de exclusión en módulos para 2017. La Orden HFP/1823/2016, de 25 de noviembre mantiene para el año 2017, los mismos límites de exclusión del régimen de estimación objetiva del IRPF (módulos) y el régimen simplificado del IVA, que se han aplicado en 2016.
· 02/11/2016 – Ofertes novembre per tallers agremiats. Tecnologia assequible i en condicions preferents per al taller agremiat. · 04/11/2016 – Recollida i gestió de residus, compari serveis i preus. Sostenibilitat 3.0. Aquí reciclem. Semàfor de la recollida i gestió de residus. Guia orientativa per a la correcta gestió de residus del taller.
· 28/12/2016 – Publicación del Convenio Colectivo del Sector de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona 20162017. Se ha publicado en el B.O.P. de fecha 28 de diciembre, la Resolución de 16 de diciembre de 2016, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Convenio Colectivo de Trabajo del Sector de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Barcelona para los años 2016 y 2017.
· 08/11/2016 – Sanitas médico. Ventajas exclusivas para agremiados y familia. Seguro médico autónomos. Nos adaptamos a tu trabajo y a tu ritmo de vida.
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Cobro de facturas al cliente cuando también hay una aseguradora Una consulta frecuente del taller en las reparaciones que han de pagarse por las compañías aseguradoras, es cuando esa compañía, decide no pagar directamente al taller.
Sello
Puede haber muchas razones para esa conducta de una compañía, lo que no es frecuente, pero hay que recordar que el taller no tiene directo derecho a cobrar sus reparaciones de una compañía de seguros si no es que ella misma (y no solo a través de un perito) lo ha reconocido. Si eso no sucede, el taller tiene derecho a cobrarle al cliente, que es el propietario del vehículo que ha reparado, que es quien se beneficia de su trabajo, pero no a la compañía.
Ref. o siniestro nº ………………………. Póliza nº ……………………….
Como asegurado de __________________ (nombre de la Aseguradora) _________________ por la póliza de referencia, reconozco que ha sido entregado por _____________ (nombre del taller) ___________ mi _______________ (clase de vehículo) __________________ (marca y matrícula) _____________________ y después de haberlo examinado y probado, doy mi conformidad a las reparaciones efectuadas en el mismo, con motivo de los daños del accidente ocurrido el día ____ de _______ de 20_______.
Una compañía de seguros tiene la obligación de indemnizar a su asegurado (y no a otro) porque tiene firmada una póliza en que se compromete a esta obligación. La póliza es un contrato que se firma con otra persona y con él nacen derechos y obligaciones entre ellos. El taller no es ninguno de los dos firmantes así que no tiene derecho de cobro a la Cía. pero si lo tiene ante el cliente, dueño del vehículo, con el que ha firmado una orden de reparación.
La aseguradora responsable de los daños es la del vehículo contrario causante del accidente y tramito mi indemnización por la mía propia.
Una compañía también tiene la obligación de pagar indemnización a los que hayan sido víctimas (no a otros) de un accidente causado por un vehículo al que ella asegura con la cobertura del seguro obligatorio.
Si por cualquier causa la compañía de seguros no hiciera efectivo al taller el pago del importe de esta reparación, en 30 días de la presentación de su factura que recibo hoy, dejando al taller copia para su cobro para caso de su impago, me comprometo a hacer efectivo el importe de la misma, directamente a este taller.
La práctica comercial hace que talleres y aseguradoras tengan una relación fluida, aunque el taller no sea el que ha contratado el seguro ni haya sido víctima del accidente, pero cuando por razones internas de aseguradoras no haya esa relación, y si el cliente del taller no tiene dinero para pagar la factura de la reparación, este taller puede hacerle firmar un finiquito orientativo como el que adjuntamos dándole un plazo para que le liquide.
En ______________ a ____________ de 20_______. Firma del Propietario
Es recomendable que el taller se asegure en estos casos que el vehículo va a nombre de quien extiende la factura, y que es quien le firma la aceptación del finiquito.
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Asociado
Firmado: Don ____________________ D.N.I. ___________________
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Pot el taller desactivar l’airbag del copilot? Com a norma general NO. Si l’airbag és un sistema de retenció complementari original del vehicle, és a dir, instal·lat pel fabricant i previst a l’homologació del vehicle, haurà d’estar operatiu per passar l’ITV.
Quan procedeix l’excepció i, per tant, poden anar al seient del copilot: “Dichos ocupantes deberán situarse en los asientos traseros. Excepcionalmente podrán ocupar el asiento delantero, siempre que utilicen sistemas de retención infantil homologados debidamente adaptados a su talla y peso, en los siguientes casos:
Pàgs. 55 i 56 del MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN DE LAS ESTACIONES ITV (7ª Revisió).
1. Cuando Pot consultar-lo a:
el vehículo no disponga de 2. asientos traseros.
http://www.minetad.gob.es/es-ES/servicios/Documentacion/DocumInteres/ Manual_ITV_V710-Junio2016.pdf
3. Cuando
todos los asientos traseros estén ya ocupados por los menores a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1.
Si l’airbag instal·lat d’origen no disposa d’un dispositiu, accessible per l’usuari, per desconnectar-lo, qualsevol operació per desactivar l’airbag constituirà una reforma d’importància. Segons el Manual de Reforma d’Importància (pàgs. 114 – 115) la desactivació de l’airbag només és permesa si l’usuari del vehicle és “Persona de Mobilitat Reduïda” PMR o també en el següent supòsit: “Se permitirá la desinstalación de los airbag laterales o de cortinilla cuando dichos elementos sean un equipamiento opcional, y por tanto el vehículo sin dichos airbags continúe cumpliendo la reglamentación de seguridad pasiva relativa al choque lateral.”
Cuando no sea posible instalar en dichos asientos todos los sistemas de retención infantil. En caso de que ocupen los asientos delanteros y el vehículo disponga de airbag frontal, únicamente podrán utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado”.
Interpretación de defectos
Pot consultar el Manual de Reforma d’Importància a
Calificación DL DG DMG
http://www.gencat.cat/itv/manual_reformes.pdf 8.- Eliminación de algún airbag o incorporación de alguno no autorizado por el fabricante.
Abans d’octubre de 2015 el Reglament General de Circulació (Real Decreto 1428/2003) recollia la següent excepció respecte l’airbag del copilot: quan es portin sistemes de retenció infantils al seient del copilot.
9.- Algún airbag no operativo. No obstant, a partir de 01-10-15, per norma general “los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil y situarse [...]en los asientos traseros” (art. 117 del Reglament de Circulació).
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10.- Existencia de elementos que impidan el normal despliegue de algún airbag.
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Pensión de jubilación en el 2017 El límite máximo de la pensión de jubilación es de 2573,70 euros mes o 36031,80 euros año. El límite de ingresos para el reconocimiento de complementos económicos por mínimos (para alcanzar la pensión establecida como mínima para cada supuesto) es de 7116,18 euros año, sin cónyuge a cargo, y 8301,10 euros año, con cónyuge a cargo.
·
Sin cónyuge: 8351,00 euros año.
·
Con cónyuge no a cargo: 7893,20 euros año.
Las cuantías mínimas de las pensiones son:
La Ley 27/2011 que introdujo importantes modificaciones en la regulación de la pensión de jubilación, en vigor desde el 01/01/2013, estableció normas transitorias hasta su plena aplicación en el 2027, afectando a la edad de jubilación y la base reguladora de la pensión:
Titular de la pensión con 65 años:
·
Edad ordinaria de jubilación en el 2017: 65 años y 5 meses, aunque podrán acceder a la jubilación con 65 años aquellos que tengan cotizados al menos 36 años y 3 meses.
·
Base reguladora de la pensión de jubilación en el 2017: Se calcula dividiendo por 280 las bases de cotización durante los 240 meses (20 años) inmediatamente anteriores al mes previo del hecho causante.
·
Con cónyuge a cargo: 11016,60 euros año.
·
Sin cónyuge: 8927,80 euros año.
·
Con cónyuge no a cargo: 8471,40 euros año.
Titular de la pensión menor de 65 años:
·
Con cónyuge a cargo: 10326,40 euros año.
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Piezas originales Este es un espacio de opinión; de desahogo legal, también. Mientras desde el Gremi se trabaja por el cambio normativo, este espacio pretende: 1) informar a los talleres; 2) reflexionar conjuntamente; y 3) incentivar a los talleres a que nos cuenten sus experiencias creando un foro de casuística en el Gremi, del que aprender y crear soluciones.
La reparación de un siniestro ha de hacerse con las piezas de la misma calidad que tenía el vehículo antes del accidente. La obligación de la aseguradora de un vehículo es pagar la indemnización por el importe que resulte de la reparación de unos daños que hayan sido asegurados. Eso en el caso del seguro de daños propios (todo riesgo).
Y el taller, ¿tiene suelo? El Tribunal Europeo (TJUE) da la razón a los deudores de préstamos hipotecarios afectados por “cláusula suelo” (CS): se les tiene que devolver los intereses cobrados de más desde la firma del préstamo. Es decir, más o menos, son los intereses cobrados de más desde 2002 a finales de 2005, y desde el 2009 al 09-05-13 (cuando el EURIBOR estaba a tipos muy bajos).
Cuando una aseguradora asegura el vehículo a daños propios ha de hacer las observaciones de que puedan limitar el importe de indemnización en caso de daños; si no hace excepción se entiende que el vehículo se asegura con las piezas originales. Por lo tanto, las piezas que haya de sustituirse han de ser de la misma calidad que las que han sido afectadas.
No es un regalo de navidad; es un derecho, que tras la lucha firme de asociaciones de afectados, se ha reconocido tarde. Moraleja: la banca siempre gana, sea tiempo o dinero; ambos son activos del negocio. Y sigue ganando, pues los afectados –con derecho - deberán llevar al banco al Juzgado, pues de forma voluntaria parece que no devolverán un euro.
Por el seguro obligatorio las compañías han de pagar, entre otras cosas, los daños que causen sus asegurados a otros vehículos. La reparación consiste en restituir la cosa al estado que tenía antes del accidente, según el Tribunal Supremo y las sentencias de los jueces en este sentido; es la “Restitutio in integrum”. Si la pieza perjudicada era la original de marca, para hacer la restitución ha de ponerse ese mismo tipo y marca de pieza.
Recordemos: la CS es el mínimo que cobrará el banco en concepto de interés, cuando el interés pactado (EURIBOR, IRPH, etc.), sea más bajo que la CS. Ejemplo: si el préstamo prevé un interés de EURIBOR + 0,5, y una CS del 3,5%, entre el 2009-10 el deudor pagó unos 2.724,48 € de más al banco, ya que en ese periodo el EURIBOR+0,5 no superaba el 3,5 %. El Tribunal Supremo (TS), el 09-05-13, declaró que la CS era abusiva y por tanto nula. Hasta aquí bien. El debate se centraba en si la nulidad se aplicaba desde la firma del préstamo o desde la Sentencia de 09-05-13. El TJUE concluye que la nulidad es desde que se firmó el préstamo. Nuestro Código Civil de 1889 ya lo decía en su art. 1303, pero se ha necesitado a Europa.
No es enriquecimiento injusto la sustitución de una pieza usada por una nueva, de naturaleza igual, porque la posible mejora del estado del vehículo es ajena a la voluntad de su dueño. Referencia sent. 3.5.12 Audiencia de Barcelona sec. 14 entre otras.
¿La decisión beneficia a las micro-pymes deudores de un préstamo con cláusula suelo? No. No obstante, refuerza el concepto de transparencia y los bancos si deben respetar la buena fe y el justo equilibrio evitando el abuso contractual. Si usted es taller agremiado afectado póngase en contacto con nosotros; analizaremos su caso.
La obligación de la aseguradora de un vehículo perjudicado es reclamar a la contraria, del causante del accidente el pago de la factura de reparación en base a la cobertura de Defensa y Reclamación que paga el cliente para que defiendan su interés.
El TS el 03-06-16 - caso de autónoma que pidió un préstamo hipotecario para adquirir el local donde instaló su farmacia - declaró que el “control de transparencia” que realizan los jueces sobre cláusulas de préstamos concedidos a consumidores, no puede realizarse cuando los deudores son micro-pymes. La razón: porque la ley no lo prevé. Así, cambiando la ley los bancos deberían ser, con las micro pymes, tan transparentes como con los consumidores. Y es que sólo con transparencia el usuario puede comparar y escoger. En definitiva, es un tema “político”. Seguiremos convenciendo a políticos que la micro pyme es un pequeño gran tesoro que mimar y proteger.
Como al parecer son frecuentes los casos de los peritos que aprovechando la ignorancia de sus propios clientes hacen su peritación perjudicándolos en sus derechos a la reparación idónea, proponiendo hasta piezas alternativas, sugerimos que pueda informar de ese derecho a su cliente ya que si no avisa el taller seria el responsable de falta de calidad del servicio y hasta de posible falsedad en la factura.
Existimos por y para el taller: se admiten sugerencias, comentarios y propuestas en administracion@gremibcn.com.
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El Gremi puede facilitarle al cliente del taller modelos para hacer constar su protesta.
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Cura amb certa publicitat Ja fa anys que anem advertint de que hi han comerciants agressius que passen pels tallers oferint fórmules màgiques per l’èxit del negoci del taller i prometent que amb una bona campanya publicitària com ells la saben fer, hi vindran riades de clients a demanar serveis.
L’únic que vostè pot donar és una targeta del taller, perquè si posa qualsevol signatura o dóna les dades fiscals, pot simular-se una obligació contractual, de la que serà vostè responsable, i pot arribar a ser advertit d’accions legals en la seva contra, que possiblement ni es faran però que li donen a vostè una incomoditat.
Alguns agremiats se’ns queixen de que tenen molts oferiments de fer publicitat dels seus tallers en guies empresarials, pàgines web o altres plataformes que si abans es presentaven com a Butlletins de la Guàrdia Civil, de la Policia, dels Orfes d’Hisenda, i moltes altres Institucions. Ara es diuen que tenen plataformes amb milers de seguidors però no se’n coneix ni qui son ni si tenen cotxe o moto.
Oblidi, en tot cas les ofertes per telèfon, no serveixen per res seriós perquè l’únic que es pot comprometre és vostè mateix perquè ni tan sols sap qui el truca. El Gremi TÉ SERVEI D’INFORMACIÓ sobre el cas i si algun venedor insisteix massa, li pot dir que parli amb el Gremi i ens passi la seva oferta per estudiar; així no perdrà vostè temps en una cosa que serà ben probablement, inútil.
Hi ha ofertes de guies publicitàries que volen captar als tallers com anunciants de serveis sense que es doni precisió de quina publicitat es fa, a on, en quins mitjans, amb quina intensitat, i freqüència d’aparició o altres dades que cal poder comprovar per conèixer tècnicament l’efecte possible que poden esperar de la inversió.
Si de tota manera rep alguna carta de reclamació, fax, etc., ens ho pot passar al Gremi perquè segons quin sigui el contingut podrem contestar-ho i defensar els seus drets; si la cosa es fa sol verbalment, no faci ni cas, llevat que recordi haver signat un contracte, perquè al menys ha de tenir una còpia que podem tenir que veure.
Sempre que rebi alguna visita d’aquest tipus de venedors, perquè sols es tracta d’això, li recomanem que demani que li deixin el projecte de publicitat:
Els principis de publicitat, diuen que el servei de taller per fer manteniments i reparacions és especialment indicat en àmbit de proximitat.
I NO SIGNI RES NI POSI EL SEGELL DEL TALLER, en cap document sense llegir-ho i entendre-ho.
Els primers clients que li venen son els que viuen o treballen en el mateix barri on té el taller perquè aprofiten el desplaçament per deixar el vehicle; és difícil que un usuari recorri més de 5 ó 10 Kms., per anar a un taller si no és un real especialista de tal o qual aspecte.
I MENYS ENCARA LI DONI LES SEVES DADES FISCALS NI BANCÀRIES. Com taller vostè no és consumidor i, per protestar l’única via a seguir seria el jutjat que li costa sovint més diners dels que podria pensar en recuperar.
Per això, la publicitat d’un taller de Badalona, feta per exemple arreu Catalunya, no sembla que sigui gens acurada; la millor publicitat pel usuari és la que es fa en el mateix barri, o districte o ciutat, o si és una especialitat concreta, la de la comarca. (bustiada, local, etc.). RESUM: No doni a ningú les seves dades bancàries, ni deixi cap full de factura ni d’O.R., perquè allà té les dades fiscals que no interessen a ningú llevat els seus clients. No signi cap compromís ni paper que no s’hagi llegit, i si s’escau, consultat al Gremi.
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Recirculación de gases de escape
ción de los gases de escape para obtener las más bajas emisiones de NOx. Si la válvula está cerrada, la ECU envía una señal eléctrica (tensión) a la válvula, provocando su apertura hasta una determinada posición; así, se permite el paso de gas desde el colector de escape al colector de admisión. Para cerrar de nuevo la válvula, la ECU enviará una tensión menor o cortará la señal.
Continuamos con esta segunda y última parte del artículo iniciado en el número anterior sobre la Recirculación de gases de escape en la que se explica su funcionamiento y las averías más comunes.
Averías
Funcionamiento
Como hemos visto hasta ahora, la válvula EGR es un elemento esencial para el medio ambiente y su correcto funcionamiento ayuda a su conservación. Si la válvula funciona adecuadamente, el motor estará en buen estado y no contaminará; por el contrario, si se avería o funciona mal la válvula, puede provocar anomalías en el motor y, por consiguiente, contaminar el medio ambiente. Las consecuencias para el conductor son: problemas de arranque, ralentí irregular, falta de aceleración, pérdida de potencia y mayor consumo de combustible.
Para el gobierno de las EGR actuales, la ECU recibe diversas informaciones a través de diferentes sensores, como la temperatura de agua (el sistema EGR se inhibirá si la temperatura está por debajo de 55 º C), la temperatura de aire aspirado (debe ser mayor a 17 º C), la presión atmosférica, el régimen motor (suele actuar al ralentí y a baja carga o regímenes bajos, hasta, aproximadamente, 2.500 a 3.000 r.p.m.), el par motor y la información de la masa de aire aspirado. De este modo, se conocen en todo momento las condiciones de los gases que entran y salen del motor del vehículo y las condiciones del motor; por tanto, se sabe también la cantidad de gas de escape que es necesario recircular (de un 5 a un 15%).
Anomalías de funcionamiento:
Para recircular los gases de escape, la unidad de control del motor contiene programados unos valores de la masa de aire fresco necesaria para cada punto de funcionamiento; así, si la cantidad de oxígeno es muy grande, se puede aumentar la cantidad de gases de escape a recircular y si la cantidad de oxígeno es escasa, se puede reducir. Para el control de la cantidad residual de oxígeno en los gases de escape se utiliza una sonda lambda, que envía información a la unidad de control del motor, que a su vez se encarga de excitar la válvula para la recirculación de los gases de escape.
·
Si la cantidad de gas recirculado es excesiva, el motor presentará falta de potencia, temblores y tirones, debido a que el gas recirculado empobrece en oxígeno la mezcla de aire/combustible. Si, por el contrario, el flujo de gas recirculado fuese muy poco o casi nada, el motor generaría un exceso de óxidos de nitrógeno.
·
Si se observa un ralentí inestable puede deberse a que la válvula se ha quedado abierta por agarrotamiento o mal funcionamiento, que hará que el motor tenga una mezcla desequilibrada con el consiguiente cabeceo al ralentí: humo excesivo y pérdida de potencia y un mayor consumo de combustible.
·
Con el uso, los colectores de admisión llegan a obstruirse, lo que provoca una falta de entrada de aire limpio, resultando una pérdida de potencia, aceleración inestable y un consumo excesivo.
·
Otro de los síntomas por problemas en la EGR son tirones a determinados regímenes del motor. La válvula EGR se ensucia de forma muy notable, reduciéndose su distancia de apertura.
Detección las anomalías de funcionamiento:
·
Los vehículos con sistemas EOBD (European On Board Diagnostics) disponen de un testigo de advertencia de emisiones contaminantes, que avisa al conductor sobre fallos en la composición de los gases de escape. Una avería en el circuito de la EGR puede provocar el encendido de este testigo.
·
Normalmente, una diagnosis electrónica puede indicar
La excitación por parte de la unidad de control abrirá la válvula. Su regulación es posible gracias a la información que ofrece de su posición un sensor que va montado en el eje de la propia válvula y que transmite sus señales a la unidad de control del motor. La unidad de control calcula el caudal óptimo de recircula-
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el buen o mal funcionamiento del sistema, por lo que es recomendable realizarla al presentarse alguno de los síntomas de mal funcionamiento. Por ello, un primer paso consiste en efectuar una lectura, con el útil de diagnóstico, de los códigos de defecto grabados en la unidad de control del motor. Por ejemplo:
- P0400: Recirculación de los gases de escape – flujo defectuoso. - P0401: Caudal de reciclaje de gases de escape – caudal inferior ·
·
a la consigna. P0402: Caudal de reciclaje de gases de escape – caudal superior a la consigna. P0403: Fallo eléctrico de la válvula EGR (CC al +, CC a masa, CA). P0404: Recirculación de los gases de escape – rango, funcionamiento. P0405 / P0407: Sensor de la válvula EGR A / B - señal baja. P0406 / P0408: Sensor de la válvula EGR A / B – señal alta. P0409: Sensor de recirculación de gases de escape – circuito defectuoso.
Con un útil de diagnóstico adecuado, que tenga la función para realizar una prueba activa al sistema EGR (activar y desactivar la válvula), se podrá observar su funcionamiento, así como cambios en la temperatura del gas recirculado y cambios en la R.P.M. del motor. Comprobar que la señal de mando le llega a la válvula, para lo cual deberá utilizarse un osciloscopio que pueda medirla.
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·
Medir la resistencia, además de posibles derivaciones a masa o cortocircuito, ayudará a comprobar las características eléctricas de los bobinados; para ello, habrá que utilizar un polímetro.
·
Problemas en el sensor de posición de la válvula EGR. Estos sensores pueden tener problemas eléctricos, enviando señales eléctricas erróneas al calculador.
·
En algunos casos, estas válvulas EGR tienen la función de “autolimpieza”, abriéndose y cerrándose varias veces al poner contacto y parar el motor, para evitar la suciedad, debido a carbonilla (partículas quemadas del sistema de escape), depósitos de aceite, etc., que impiden que la válvula se cierre.
·
Hay que tener en cuenta que, cuando se montan algunas válvulas EGR nuevas, para su correcto funcionamiento habrá que realizar un aprendizaje de sus datos. Este aprendizaje se puede realizar con el útil de diagnóstico adecuado, o efectuando una prueba prolongada de rodaje.
La recirculación de los gases de escape es un método efectivo para la reducción de emisiones de NOx de los motores diésel de pequeña y mediana cilindrada, ampliamente utilizado durante los últimos años, y con vistas a continuar siendo utilizado para cumplir futuras normativas anticontaminantes.
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Talleres con Historia Antonio Lizana Mairal · Autoreparaciones Antonio Lizana Carrer Bonveí, 45 - Cornellà de Llobregat
A
unque la entrevista ha sido realizada a Antonio Lizana Mairal, heredero de taller, el protagonista de esta historia es su padre Antonio Lizana Cabrero, quien nació en 1929 en Sant Feliu de Llobregat, hijo de emigrantes aragoneses que se establecieron en tierras catalanas.
y el control al que estaba sometido por la guardia mora del general, que repasaban el apretado de los tornillos hasta el punto de romper los espárragos. Su estancia en estos talleres, le permitió aprender mucho, sobre todo de vehículos diesel, siendo para él una excelente escuela de formación, al tiempo que suponía un medio de subsistencia, en unos tiempos, que según recordaba, eran extremadamente duros, porque no solo se llegaba a pasar hambre, sino que además existía el temor a las represalias políticas. El conocimiento de la mecánica diesel, aún poco habitual por aquel entonces, le impulsó a cambiar el Ejercito por empresas de transportes internacionales, donde ejerció de mecánico y conductor. Recordaba el hecho anecdótico, en la que una vez, tuvo que cambiar un motor en plena carretera alemana, y que la policía de tráfico le facilitó amablemente el lugar para la reparación.
Comenzó su andadura laboral realizando múltiples tareas, como repartidor de pasteles o limpiabotas, hasta que encontró su vocación en la mecánica. Estudió en la Escuela Industrial, alternando los estudios con trabajos en empresas mecánicas, trabajos de los que cambiaba de uno a otro por una mejora salarial de media peseta, estamos hablando de los años cuarenta, en plena posguerra. Tras acabar sus estudios, entró a trabajar como civil especialista en el parque automovilístico del ejército, situado en Montjuïc. De esa época recordaba anécdotas como la reparación del coche de Franco,
Vista de la entrada de Autoreparaciones Antonio Lizana. GremiTaller
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A principios de los años 80, en plena crisis del petróleo a causa de los efectos de la revolución iraní y de la guerra Irán-Irak, muchas empresas se vieron obligadas a cerrar, Antonio, con 52 años se encuentra, de pronto, sin trabajo y sin muchas posibilidades de conseguir uno a causa de su edad. Es entonces cuando toma una decisión trascendental. Apoyado por su esposa, quien le animó, monta en una nave dedicada al pupilaje de coches en Cornellà el actual taller de reparaciones. Era el año 1981. La zona, estaba poblada por muchos emigrantes asentados ya en Catalunya que comenzaban a despegar en su crecimiento económico. La buena relación personal, el servicio y la honestidad, hicieron el resto. El taller arraigó como un taller de confianza, de barrio, que continuaría después en manos de su hijo Antonio.
Un joven Antonio Lizana Cabrero aprendiendo en la Escola del Treball, donde se formaría para dedicarse a la reparación de automóviles.
tanto en mecánica como electricidad, y que ello conlleva dominar el proceso de diagnosis y mantener una formación continua. Como servicio Magneti Marelli, el taller dispone de los equipos de la marca para la diagnosis, y cuenta con dos máquinas más, de Bosch y CDP de modo que pueda abarcar la totalidad de los vehículos actuales; esta estrategia le ha permitido sortear cualquier crisis y establecerse en el barrio como un taller de referencia, fidelizando a sus clientes. Un maduro Antonio Lizana se pasea por el taller. Su hijo Antonio al fondo.
En la actualidad Antonio, cuenta con la colaboración en el taller de su primo Carles Lizana, entre ambos, hacen crecer el proyecto De izquierda a derecha, Carles iniciado por su padre, el mejor homenaje que podrían Lizana y Antonio Lizana, que es quién lleva el negocio en la achacerle, al “avi” que es como tualidad. le llamaban en la familia, es continuar mejorando y agrandando el proyecto que él inició con gran esfuerzo hace treinta y cuatro años.
La incorporación definitiva del joven Antonio, durante los años 90 y la jubilación del padre, hizo que el taller experimentara una notable transformación técnica. Antonio, que ya nació con la pasión de la mecánica, heredada de su padre, creció con el olor a la gasolina, manipulando herramientas, desmontando su bicicleta para dotarla de motor, haciendo, en definitiva de aprendiz. Cuando tuvo que decidir estudiar realizó su formación como Maestro de taller en la rama de automoción, como no podía ser de otro modo. Con este bagaje, tanto hereditario como personal, Antonio ha entendido que el mejor modo de dar un buen servicio a sus clientes es la especialización,
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Vicente Blasco Argente
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Revista nº64
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