Num.65
Publicació oficial Gremi de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona
GREMI
Jornada Acceso Datos Técnicos
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Novedades laborales
Febrer / Març 2017
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Solucions d’interès sinistre total
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Revista nยบ65
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Editorial Nuevas formas de trabajar. Acceso a la información técnica. A lo largo de nuestra vida profesional, los reparadores de automóviles nos vamos adaptando a las técnicas que imponen los constructores de vehículos en sus productos, y a las herramientas de trabajo para llevarlo a cabo con competitividad ante los demás profesionales, pero también al ser empresarios, hemos de seguir determinados sistemas de trabajo, las llamadas “leyes” del mercado: Mantener clientela, y crear ingresos que nos aporten beneficios, con inversiones muy controladas. El conocimiento técnico del automóvil obliga al responsable del taller a mantener una importante dedicación en horas al conocimiento de las constantes novedades que llegan al sector, primero informándose y luego formándose. Edita Gremi Provincial de Tallers de Reparació d’Automòbils de Barcelona. Pl. Dr. Letamendi, 37 6è · 08007 Barcelona. Telf. 93 451 66 67 · Fax 93 323 28 36 administracion@gremibcn.com www.gremibcn.com President: Celso Besolí Director Editorial: Sr. Ramon Casas Diseño y maquetación: Disgraph, S.C.P. Edición gráfica: Tormiq, S.L Secretaria: Montse Barrionuevo Consejo de Redacción: A. Higueras, Àngela Gándul, Ramón Tejedor y María González. Colaboradores: Vicente Blasco, Yolanda Aguilar, Teresa Raventós y Centro de Estudios Legales. Creación, edición, redacción y publicidad: Gremi de Tallers. Dipòsit legal: B-26167-2006
El CÓMO HACERLO es la clave del tema. Hoy la información ha pasado a ser pieza clave en el proceso de reparación. Si el taller no conoce o no dispone de acceso a la información del fabricante del vehículo, al menos sobre las pautas necesarias para su mantenimiento y reparación, no puede trabajar, y solo lo hará el que tenga ese acceso a esa información. Ese acceso a la información exige que el taller SEPA MANEJAR UN ORDENADOPR PARA ALGO MÁS QUE HACER FACTURAS y conectar directamente con la información WEB del fabricante. Es una realidad que en el mercado hay intereses contrapuestos, muchos fabricantes de automóviles desean limitar la información de sus productos sólo a sus talleres oficiales, a los que controlan totalmente, pero los gobiernos de los países de la Comunidad Europea, al menos oficialmente, impulsan políticas anti monopolios y para ello hacen normas, que obligan al constructor del automóvil a facilitar esa información al reparador de manera no discriminatoria, de fácil acceso y a un precio razonable y no disuasivo. El Gremi y la Confederación Española de Talleres, CETRAA, luchamos en ámbito europeo contra ese monopolio que afectaría muchísimo a la profesión. Sin embargo, sólo la existencia de una normativa no es suficiente, el taller también ha de poner de su parte. Sobre el derecho a tener acceso a la información del fabricante y las condiciones que se imponen tanto al constructor como al reparador que quiere conocerlas, se ha tratado ampliamente en la muy importante Jornada Técnica que hizo el Gremi el pasado 25 de febrero y que resumimos en estas páginas. LEA POR FAVOR ESTA EDICIÓN. Como presidente del Gremi, pero sobre todo como compañero de profesión, le ruego que lo lea y comprenda la necesidad de ADAPTAR SU TALLER A UN PLAN DE DIGITALIZACIÓN: es decir, poner medios informáticos para acceder a la información técnica y formarse en ello.
Central d’alertes
CLÁUSULA DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD: El Gremi ha tomado medidas para garantizar que la información contenida en esta publicación es correcta. No obstante, deberá tenerse en cuenta que las explicaciones ofrecidas son de carácter general. Debido a que cada caso en particular puede presentar características diferenciales propias, no podrá reemplazar a un asesoramiento legal específico para cada caso.
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Cumplir con la oferta motivada
Esa opción de Axa cumple con la ley y permite al cliente que le reclame indemnización no tenga una carga financiera tan importante para asumir el pago al taller de TODA la reparación, sino solo de la parte que no paga Axa.
Un nuevo paso en la defensa del interés del cliente del taller y del propio taller, a cobrar lo que es justo de las compañías de seguros.
En una factura de 7.000 € por ejemplo, hasta ahora el cliente debía asumir el pago total al taller, los 7.000 €, y luego reclamar todo con intereses del 4’5% anual o más; ahora si Axa cumple el pago parcial de lo que ella perite; pongamos 4.000 €, el cliente tendrá que pagar el resto de 3000 €, y reclamar esa cantidad lo que le es más llevadero.
La última es de AXA, una de las más grandes aseguradoras en España ha tenido que incluir en sus impresos de trato con el cliente, el reconocimiento en la Oferta Motivada que ha de hacer por escrito a la víctima de que si un asegurado suyo es culpable de un accidente ha de ofrecer al perjudicado PAGAR lo que cree adecuado pero SIN IMPONER, como hasta ahora, QUE EL CLIENTE DEBA RENUNCIAR A RECLAMAR MÁS dinero del que le facilita su aseguradora.
Hay que reconocer la adecuación de AXA en este caso a lo que marca la Ley en defensa del usuario, que se suele enterar de poco lo que trata su aseguradora y el taller ha de protegerlo porque ayudando al cliente se ayuda a sí mismo.
Tras varias quejas del Gremi en casos de reclamación de pago de facturas, parece que AXA acepta el pago de la Oferta motivada como a cuenta de más indemnización sin condicionar más reclamación que pida el cliente. Hasta ahora las ofertas de esta aseguradora eran del tipo “Reconoce estar conforme con el finiquito y la oferta motivada… Una vez cobrada se considerará indemnizado sin que ello suponga renunciar al ejercicio de futuras acciones”. Pero la Ley dice “Se hará constar que el pago del importe que se ofrece no se condiciona a la renuncia por el perjudicado del ejercicio de futuras acciones en el caso de que la indemnización percibida fuera inferior a la que en derecho pueda corresponderle”. No es igual porque el cliente si firma que acepta lo que le ofrecen y se considera indemnizado, ya no puede reclamar más indemnización.
Cambiar este párrafo lo acepta ahora Axa en su nuevo modelo de finiquito.
Es importante que hagan llegar al Gremi la documentación que les envían las aseguradoras a sus clientes, es probable que podamos descubrir y si acaso denunciar, prácticas ilegales en la gestión de seguros, y especialmente, de siniestros que impiden la libre competencia, como lo es EL DERECHO DEL DUEÑO DEL VEHÍCULO A ELEGIR EL TALLER; porque ese derecho lo tiene siempre y más cuando ese dueño no es culpable del daño que ha sufrido.
Con la nueva fórmula se reproduce exactamente la frase del art. 7 d) del RD Leg. que el Gremio ha exigido e incluso denunciado a la Dirección General de Seguros (la que está en negrita). Si lo hubieran hecho antes se hubieran ahorrado más de 1.000 € de intereses en otro caso que han ganado los abogados del Gremi. Se reclaman 9.480 € tras un accidente, Axa solo ofrecía 5.300 €, la sentencia de diciembre condena a Axa a pagar esos 9.480 € más los intereses y las costas. El cliente del taller está satisfecho con el servicio del Gremi que le ha sido gratuito.
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Solo en caso de todo riesgo y si ha renunciado por escrito en su propia póliza puede tener algún límite a la libre elección de taller; pídale copia de la póliza al cliente, la revisaremos gratuitamente por si es un abuso, y si se desea se denunciará a la Dirección General de Seguros.
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Legalització del taller Aquest article representa una continuació de dos articles anteriors, publicats en aquesta revista, ens els que s’indicava la gran importància d’estar ben assessorats en el moment d’escollir un local on establir el nostre taller, així com la conveniència de comptar amb un bon disseny de les seves instal·lacions i el que pot suposar en estalvi, seguretat i funcionalitat. Volem referir-nos ara a la LEGALITZACIÓ, tant de l’activitat com de les instal·lacions, fet que representarà la darrera etapa abans d’obrir les portes i començar a treballar.
Com probablement ja teniu coneixement, una activitat com el taller cal que sigui legalitzada davant de l’ajuntament corresponent. Per això, tindrem que encarregar a un Tècnic Competent un Projecte. El Projecte constarà d’una memòria tècnica i uns plànols.
Paral·lelament, caldrà inscriure el taller en el Registre d’Agents de la Seguretat Industrial de Catalunya (antic Registre Industrial) per la qual cosa caldrà presentar una documentació tècnica a l’Oficina de Gestió Empresarial de la Generalitat de Catalunya. Com a resultat d’aquest tràmit obtindrem el nº de RASIC que serà el que després constarà, juntament amb les especialitats, en la placa distintiva del taller. Fins aquí hem legalitzat l’activitat, ara bé, no hem tingut en compte, de moment, les instal·lacions del taller que estan subjectes a un Reglament específic com és el cas de la instal·lació elèctrica, la de gas, la de clima i la d’aire a pressió. Totes aquestes instal·lacions han de legalitzar-se de forma independent. Caldrà fer un projecte tècnic per a cada una d’elles on es detallin tots els càlculs de dimensionat de les mateixes i la seva distribució.
La memòria és el document on es justifica el compliment de tota la normativa d’aplicació en matèria d’incendis, seguretat, medi ambient, urbanística i sanitària. En els plànols grafiarem la morfologia del taller i els usos de cada zona, la ubicació de la maquinària, les sortides de fums, gasos i ventilació, les mesures contra incendis i la dotació de sanitaris entre d’altres. El projecte en el seu conjunt es presentarà, degudament certificat, a l’ajuntament del municipi on estigui ubicat el taller per que els seus serveis tècnics l’aprovin. En aquest cas ja disposarem del permís de l’ajuntament.
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Tenint l’activitat i les instal·lacions legalitzades ja només caldrà obtenir, en la majoria dels casos i depenent d’on estigui ubicat el taller, el permís d’abocament i donar-nos d’alta com a productors de residus. És convenient que el conjunt de tota la documentació esmentada en aquest article estigui correctament endreçada i arxivada en les nostres oficines, fet que representarà exercir la nostra feina amb plenes garanties de seguretat davant possibles sinistres, queixes, reclamacions o inspeccions. Novament us recordem que des dels Serveis Tècnics del Gremi podem assessorar-vos i donar-vos una total informació sobre l’estat legal del vostre taller. En funció del diagnòstic, podreu actuar en conseqüència.
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Repercusiones fiscales de la devolución de la “cláusula suelo” El R.D Ley 1/2017, de 20 de enero establece como actuar en el IRPF en caso de que el banco devuelva intereses por la anulación de la cláusula suelo de un préstamo hipotecario.
Antes de entrar a analizar las consecuencias fiscales de la devolución de las “cláusulas suelo” empezaremos por un breve recordatorio de lo que son las cláusulas de limitación de tipos de interés popularmente conocidas como “cláusulas suelo”. La mayoría de hipotecas en España están referenciadas al Euribor. Se trata de una tasa de interés que se calcula a nivel europeo y que fluctúa constantemente. Los bancos, cuando conceden un crédito, por regla general, exigen en la devolución el pago de ese Euribor más un diferencial. Un préstamo a Euribor+1% significa que tiene los intereses del Euribor y un punto extra. Esos intereses se revisan cada año, en los que se actualiza según la cotización del Euribor. Debido a la fluctuación constante del Euribor, en muchas hipotecas se incluyeron “cláusulas suelo”. Significaba que el banco incorporaba en los contratos unos límites bajo los que los intereses nunca podrían reducirse (suelo). Por lo que, si el Euribor estaba por debajo del tipo de interés establecido en la cláusula suelo (por ejemplo, al 3% o 4%) sería el Banco el que salía beneficiado y no el consumidor.
1. Si nos devuelven los intereses pagados de más, esAnte las masivas denuncias de afectados por entender que esas cláusulas no eran suficientemente transparentes, una sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, declaró la nulidad de la “cláusula suelo” en los préstamos hipotecarios, pero sólo tenía efectos a partir de esa fecha, no obstante, el 21.12.16 la justicia europea hizo público un fallo en el que se reconocían los efectos retroactivos de la devolución de la “cláusula suelo” dejando de existir el límite temporal de mayo de 2013.
tos NO tienen en ningún caso la consideración de renta. Nos estarían devolviendo (únicamente) un importe que ingresamos de más. No obstante, SI estos intereses fueron en su día objeto de deducción SI QUE DEBEREMOS REGULARIZARLOS FISCALMENTE, es decir, si los intereses de la hipoteca fueron aplicados como deducción en cuota por inversión en vivienda habitual en el ejercicio en el que se hubiera celebrado el acuerdo con la entidad financiera o haya sentencia judicial que reconozca dicha devolución, se tendrán que incluir en la declaración de renta siempre que no haya prescrito el derecho de la Administración (los últimos cuatro años). Así, si la sentencia o el acuerdo con el banco se producen en 2017, al presentar el IRPF de dicho año (hasta 30 de junio de 2018) sólo se tendrán que devolver las deducciones aplicadas en exceso a partir de 2013.
Consecuencias fiscales de la devolución de la “cláusula suelo”: Los conceptos por los que nos pueden indemnizar y tributar en el IRPF, tras la aprobación del RD Ley 1/2017, de 20 de enero, son:
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ración del capital, por lo que tendrían la consideración de rendimientos del capital mobiliario con la retención del 19% y tributarían en la base del ahorro.
5. Si llegáramos a juicio, nos podrían indemnizar por las costas del procedimiento o por otras cuestiones, en cualquiera de estos dos casos, sería ganancia patrimonial NO sometida a retención y que tributaría en la base general.
¿Qué repercusión fiscal tendría en el caso de que el inmueble adquirido no se hubiera utilizado como vivienda habitual, sino que se hubiera destinado al alquiler? Si el inmueble se destinó para alquilarlo y se dedujeron los intereses como gasto, al recuperarlos SI QUE SE TENDRÁ QUE DECLARAR EL INGRESO CORRESPONDIENTE. Habrá que presentar declaraciones complementarias de los ejercicios no prescritos y declarar un menor gasto (la Agencia Tributaría, no exigirá sanciones, ni intereses de demora, ni recargo alguno). Las declaraciones complementarias se tendrán que presentar entre la fecha del acuerdo de devolución de los intereses (o de la sentencia) y el fin del siguiente plazo de presentación del IRPF, es decir:
· Si el acuerdo o la sentencia se han producido entre el 6 de abril de 2016 (inicio del plazo del IRPF 2015) y el 4 de abril de 2017, se tendrán que presentar declaraciones complementarias de los años 2012 a 2015 antes del 30 de junio de 2017.
2. En el caso de acordar con el banco que los intereses a devolver se destinen directamente a reducir el principal del préstamo (en lugar de que lo devuelvan en efectivo), NO se tendrá que regularizar las deducciones de años anteriores. Al reducir el importe del préstamo, también disminuirán las cuotas a pagar y, por tanto, las deducciones aplicables en el futuro.
· Si se producen a partir de 5 de abril de 2017 (inicio del plazo del IRPF 2016), habrá que presentar declaraciones complementarias de los años 2013 a 2016 antes del 30 de junio de 2018.
3. La compensación puede ser por intereses indemnizatorios, es decir, no sólo nos devuelven lo pagado de más, sino que nos indemnizan con un interés legal del dinero. A raíz del RD Ley 1/2017 dichas cantidades NO están sujetas al IRPF.
Dependiendo del tipo de indemnización y compensación recibida se deberá estar muy atento para declararlo correctamente en la declaración correspondiente del IRPF.
4. Podrían resarcirnos con unos intereses remune-
Para cualquier aclaración al respecto no duden en ponerse en contacto con el DEPARTAMENT ECONÒMICFISCAL del GREMI.
ratorios que son los que superan el interés legal del dinero y constituyen una verdadera remune-
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El contrato a tiempo parcial Debido al frecuente interés observado en las consultas recibidas, recordamos sus características más destacadas:
Los trabajadores a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias, excepto para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
El art.12 del Estatuto de los Trabajadores define el contrato a tiempo parcial como el acordado para realizar la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
El empresario, en relación a la jornada de los trabajadores a tiempo parcial, debe:
· Registrar día a día, y totalizar mensualmente, la jornada de los trabajadores a tiempo parcial.
· Entregar al trabajador, junto con la nómina, el resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto ordinarias como complementarias.
A falta de trabajador a tiempo completo comparable, se tendrá en cuenta la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal. En nuestro sector, el convenio colectivo establece una jornada laboral anual de 1750 horas.
· Conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante, al menos, 4 años. Son horas complementarias las horas trabajadas adicionales a las horas ordinarias pactadas en el contrato a tiempo parcial.
La reducción del tiempo de trabajo, inferior a la jornada ordinaria a tiempo completo, puede realizarse de diferentes maneras:
Solo pueden realizar horas complementarias los trabajadores a tiempo parcial cuya jornada de trabajo sea de, al menos, 10 horas semanales en cómputo anual. Existen dos modalidades posibles de horas complementarias: Horas complementarias pactadas y horas de aceptación voluntaria.
· Reducción de horas al día. · Disminución de días al año. · Reducción de horas al día y de días al año. El contrato deberá ser formalizado obligatoriamente por escrito. El contrato a tiempo parcial podrá concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada en los supuestos que legalmente se permita su utilización. En el contrato debe figurar necesariamente:
· El número de horas al año, mes, semana o día contratadas.
· La distribución horaria. Cuando se incumplan estos requisitos el contrato se entenderá celebrado por tiempo completo salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios y el número y distribución de las horas contratadas. La jornada diaria de los trabajadores contratados a tiempo parcial puede realizarse de forma continuada o partida.
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· Horas complementarias pactadas (en el momento
Las horas complementarias se retribuyen como ordinarias, computándose a efectos de base de cotización, de período de carencia y de base reguladora de las prestaciones. A estos efectos, se debe recoger el número y retribución de las horas complementarias realizadas en el recibo individual de salarios y en los documentos de cotización.
de la contratación o en un momento posterior), cualquiera que sea la duración del contrato. El pacto debe realizarse por escrito. El número de horas no puede ser superior al 30% de la jornada contratada como ordinaria, aunque los convenios pueden establecer otro porcentaje máximo (no inferior al 30% ni superior al 60%). El convenio de la industria siderometalúrgica establece que no podrá exceder del 40%.
· Horas complementarias de aceptación voluntaria, cuando el contrato a tiempo parcial sea de duración indefinida. El empresario puede ofrecérselas al trabajador en cualquier momento. No pueden superar el 15% de las horas ordinarias objeto del contrato. Estas horas no se computan a efectos de los límites establecidos para las horas complementarias pactadas.
En todo caso, la suma de las horas ordinarias y complementarias, incluidas las previamente pactadas y las voluntarias, debe ser inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
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60 aniversario Seat 600 – AniverSEAT Fechas previstas: del 21 al 25 de junio de 2017. PROGRAMA:
Día 600L (24/06/2017)
· Salida de Peñíscola con destino al Circuit de Barcelona-Catalunya en
Día 600N (21/06/2017)
Montmeló (Barcelona), lugar en el que nos adheriremos a la gran fiesta que SEAT España organiza para celebrar el 60 aniversario de nuestro amado 600 y así poder conseguir batir el récord del mayor número de SEAT 600 congregados en nuestro país desde su nacimiento. Buscaremos el 600/600. En esta jornada realizaremos unos 240km. aprox. y tendremos el almuerzo, la cena y el alojamiento incluidos.
· Llegada de los participantes al punto de origen de la “TraveSEAT600”, en Madrid o alrededores (se está gestionando la mejor ubicación para nuestros Seat 600). Bienvenida y presentación de “AniverSEAT”. · Inicio de nuestra ruta por carreteras secundarias de la red nacional en dirección a Guadalajara de 70km aprox., donde pararemos para comer. · Posteriormente nos dirigiremos a Cuenca, realizando un total de unos 130km. · Cena y alojamiento.
Día 600L “Especial” (25/06/2017)
· Última jornada de esta II Edición de la TraveSEAT600. · Almuerzo de despedida y finalización del evento.
Día 600D (22/06/2017)
· Salida de Cuenca en dirección a Teruel, con una ruta de aprox. 90km, NOTAS DE INTERÉS:
en la que podremos admirar los increíbles parajes que la Serranía de Cuenca nos depara. Una vez más disfrutaremos de las carreteras de la zona más espectaculares, integrándonos con nuestros queridos 600 en la más espléndida Naturaleza. · Llegada a la población de Albarracín, dónde disfrutaremos de un almuerzo típico de la zona y tras el mismo, proseguiremos con una ruta de unos 40km hasta Teruel. · Llegada a Teruel. Registro en hotel y cena.
El coste total estimado de la “AniverSEAT” es de 425,00 € por persona. Alojamiento en habitación doble, para otros tipos de alojamiento, precios para menores, etc., por favor, consultar. No olvidéis indicar claramente vuestras preferencias en el momento de la reserva. El GREMI dispone de unas PLAZAS LIMITADAS para talleres agremiados que deseen participar en la TraveSEAT 2017. Si es de su interés puede dirigirnos un correo electrónico a administracion@gremibcn.com, indicando claramente los datos personales de las personas asistentes (nombre, apellidos, DNI, teléfonos de contacto, etc.), así como modelo y matrícula del SEAT 600 participante.
Día 600E (23/06/2017)
· Inicio de esta tercera etapa en dirección hacia la costa mediterránea. · Llegada a la población de Morella tras unos 130km aprox., como siempre, por carreteras secundarias. Almuerzo.
· Salida y ruta de aproximadamente 80km, hasta la bonita población
Una vez recibido vuestro email de respuesta, se os responderá con las pautas necesarias para formalizar la reserva. También se os indicará el tiempo del que dispondréis a partir de ese momento para formalizarla.
de Peñíscola. · Llegada a Peñíscola, registro en hotel. Cena.
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en el precio final, pero estamos trabajando para conseguir las mejores condiciones con los principales transportes, como AVE y Avión hasta Madrid. Se os informará del precio final tan pronto nos sea posible.
Pasado este plazo, TraveSEAT600 no se responsabiliza de posibles problemas en el bloqueo de las mismas o por exceso de cupo. Dado que el número de plazas es limitado te recomendamos no aplazar el proceso de vuestra reserva hasta el último momento, ya que podrías quedarte fuera. Una vez finalizado el plazo estimado que se os informará, se pasará a ofrecer las plazas disponibles a los inscritos en las listas de espera, siguiendo el mismo criterio descrito anteriormente.
TraveSEAT600, a través de su patrocinador Applus Iteuve, pondrá al servicio de todos sus participantes la Inspección Técnica del Vehículo (ITV) de manera gratuita, el día 10/06/2017 en la estación de Sant Just Desvern (Barcelona). Deberéis indicarnos si queréis disfrutar de esta ventaja para poder reservaros una plaza. En caso de ser de otra provincia, y estar interesado en disfrutar de esta ventaja, por favor, comunícanoslo igualmente, y haremos lo posible para que puedas pasarla en una estación cercana a tu residencia.
Una vez formalizada la reserva se os informará correspondientemente de los detalles de la misma. El transporte de los SEAT 600, para todos aquellos que lo deseen, se realizará al punto de origen de la “AniverSEAT”, sin coste adicional, donde nos esperaran para el inicio de esta II Edición.
Desde TraveSEAT600 agradecemos vuestro interés, cariño y, sobre todo, la confianza depositada en nuestro proyecto. Esperamos que la presente edición sea de vuestro total agrado y que podamos veros a bordo de vuestro SEAT 600 en “AniverSEAT”, la travesía del 60 Aniversario.
El desplazamiento hasta el punto de inicio de la travesía no está incluido
Información importante para el taller El Tribunal Supremo estableció en noviembre de 2014 que el taller / conductor es tercero responsable de los daños que ocasione a otros con el vehículo de su cliente. Es decir, que aunque la aseguradora del vehículo del cliente indemnice los daños ocasionados – al perjudicado -, aquella podrá reclamar (acción de repetición) lo que ha pagado al taller.
el seguro del taller dispone o no dispone de la cobertura de pruebas de vehículos de los clientes, y si la tiene, qué cubre. Sin información previa cualquier decisión es arriesgada. Encontrará redactados como los que vienen a continuación en el apartado de la póliza dedicado a la cobertura de Responsabilidad Civil, que hay que analizar con detalle y contrastándolos con la totalidad del redactado de la póliza.
Así que, es importante que revise la póliza de su taller para confirmar si en
Ejemplos de redactado que pueden aparecer en la póliza del taller respecto a la cobertura Responsabilidad Civil - Probadores
La información contenida en este artículo es de carácter general e informativo. Por ello, asesórese con un profesional respecto a su caso concreto antes de contratar. Ante cualquier duda contacte con el Gremi para estudiar, sin coste alguno, su caso concreto.
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Despido nulo en casos de incapacidad temporal de larga duración
profesional en igualdad de condiciones con los demás trabajadores. Entiende el Tribunal de Justicia que para determinar si cabe considerar una «persona con discapacidad», hay que analizar si esa limitación de su capacidad es «duradera», remitiéndose a la jurisprudencia del propio Tribunal para la determinación del concepto “duradero”, y concluyendo que este debe ser objeto de una interpretación autónoma y uniforme para todos los Estados Miembros, pero correspondiendo al juzgado remitente comprobar si la limitación de la capacidad del interesado tiene carácter «duradero». Razona que la incapacidad temporal ni excluye ni predetermina la concurrencia de una limitación “duradera”.
Unas recientes sentencias han declarado nulo el despido en los casos de incapacidad temporal de larga duración: la sentencia del TJUE de fecha 01/12/2016 y la sentencia del Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona de fecha 23/12/2016, basada en la anterior.
El Tribunal de Justicia declara que entre los indicios que permiten considerar que la limitación es «duradera» figuran, en particular, el que, en la fecha del hecho presuntamente discriminatorio, la incapacidad del interesado no presente una perspectiva bien delimitada en cuanto a su finalización a corto plazo o el que dicha incapacidad pueda prolongarse significativamente antes del restablecimiento de dicha persona. Al comprobar ese carácter «duradero», el juzgado remitente debe basarse en todos los elementos objetivos de que disponga: Documentos y certificados relativos al estado de dicha persona, datos médicos y científicos actuales.
Sentencia TJUE 01/12/2016 El trabajador inició un proceso de baja derivado de un accidente de trabajo, siendo despedido mediante comunicación disciplinaria, estando aún en situación de incapacidad temporal. El trabajador solicitó la nulidad o, subsidiariamente, la improcedencia del despido. A pesar de la doctrina jurisprudencial y del Tribunal Constitucional, según la cual un despido en la situación de enfermedad o de incapacidad temporal derivada de un accidente de trabajo que hace que el mantenimiento del contrato de trabajo no se considere rentable para la empresa no es un factor discriminatorio (aunque pudiera serlo en otras circunstancias en la que resulte apreciable el elemento de segregación) y, por tanto, tampoco nulo, se pregunta si no concurre una discriminación por “discapacidad” con arreglo a la Directiva 2000/78. La empresa consideró la incapacidad laboral demasiado larga, incompatible con sus intereses, concurriendo el requisito relativo al carácter «permanente» de la limitación en la vida profesional.
Sentencia Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona 23/12/2016 La sentencia considera, a la vista de los hechos acreditados, que en la situación analizada concurren los “indicios” apuntados en la sentencia TJUE de 01/12/2016 para concluir que la limitación padecida por el trabajador a consecuencia del accidente de trabajo es “duradera” y, por consiguiente, calificable como “discapacidad”.
El Tribunal de Justicia recuerda que el concepto de «discapacidad» en el sentido de la Directiva 2000/78, debe entenderse referido a una limitación, derivada en particular de dolencias físicas, mentales o psíquicas, a largo plazo, que puede impedir la participación plena y efectiva de la persona de que se trate en la vida
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Bienvenidos al Gremi
de óptima calidad e independiente de otros intereses de otras actividades del ramo; (fabricantes, recambistas, aseguradoras, etc.).
Nuevos colegas de profesión, talleres de reparación de automóviles y componentes se siguen integrando en nuestro Gremi Provincial.
Gracias por la confianza que nos otorgan. De nuevo bienvenidos y, seguimos al servicio de todos.
Estos empresarios, han considerado que ante las dificultades de todo tipo que sufren sus talleres en el día a día de trabajo, encuentran en el Gremi un soporte inmejorable para poder superarlas o al menos afrontarlas con mayor seguridad y expectativa de éxito que estando solos o consultando a técnicos que en realidad no son tan especialistas del ramo como los técnicos (ingenieros, economistas, laboralistas, informáticos, abogados, etc.) que tenemos empleados o los otros especialistas en seguros, marketing, peritos, etc., que colaboran en él. Con esa lenta pero incesante incorporación de empresarios del ramo, suplimos también las previsibles bajas de los talleres que han acabado su ciclo de producción, por la edad de sus dirigentes o, y esto es más triste, por la inadecuación de su organización y capacidad tecnológica al nivel de competitividad actual que está en un marco condicionado por la escasa capacidad económica de nuestra clientela, y por las dificultades que generan las medidas restrictivas de la circulación. La profesión ha tenido una etapa de crecimiento y ahora recesión, pero manteneros con ella, y con gran holgura, las estructuras necesarias para dar el servicio que nos pide el agremiado, y cabe afirmar que sin casi subvenciones seguimos siendo el Gremi más representativo de España y con las cuotas más bajas ofreciendo un servicio
Prestación por maternidad en gestación por sustitución Los padres por maternidad subrogada (gestación por sustitución o vientre de alquiler) podrán disfrutar de las prestaciones de la Seguridad Social. dad biológica, por adopción, acogimiento o maternidad/ paternidad mediante un contrato de gestación por sustitución, que suspenda su contrato de trabajo y sustituya su salario (ya se venían dispensando en otros supuestos en los que no hay alumbramiento: adopción y acogimiento).
El Tribunal Supremo reconoce el derecho de los progenitores de hijos por gestación subrogada (llamados vientres de alquiler) a cobrar las prestaciones de maternidad que reconoce la Seguridad Social. Distingue entre la atención a los menores y la prohibición en relación a la gestación por sustitución. La nulidad del contrato de maternidad por subrogación no elimina la situación de necesidad surgida por el nacimiento del menor. En este sentido, determina que la atención a los niños es un factor predominante cuando se trata de prestaciones de Seguridad Social, que justifica la prestación económica de quien se hace cargo del niño por paterni-
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Advierte que no se aprecia conducta fraudulenta, que las prohibiciones sobre la inscripción en el Registro Civil del menor o del propio contrato de sustitución quedan al margen del problema y que no se está creando una prestación de Seguridad Social, sino interpretando las exigencias actuales conforme a las exigencias del ordenamiento jurídico.
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El Gremi s’adhereix a la xarxa Barcelona + Sostenible amb la signatura del Compromís Ciutadà per la Sostenibilitat El 7 de febrer de 2017, al Saló de Cent de l’Ajuntament de Barcelona, les entitats associatives del món del comerç, gremis i organitzacions professionals de Barcelona, entre els que es trobava el Gremi de Tallers de Barcelona, van signar el Compromís Ciutadà per la Sostenibilitat. La tinenta d’alcaldia d’Ecologia, Urbanisme i Mobilitat, Janet Sanz, i la regidora de Comerç i Mercats, Montserrat Ballarín, van presidir l’acte de signatura del Compromís i inici del programa Comerç + Sostenible. També hi va assistir Frederic Ximeno, comissionat d’Ecologia de l’Ajuntament de Barcelona.
L’àmbit del comerç té un gran pes a Barcelona i un caràcter propi, i és per aquest motiu que dins de Barcelona + Sostenible s’ha creat el nou programa Comerç + Sostenible. Les accions de les entitats de comerç i els comerços es centren principalment en el consum responsable, el compromís amb la comunitat, l’estalvi d’energia i aigua, la prevenció i gestió de residus i la mobilitat sostenible. Són molts els establiments que posen en pràctica els principis de la sostenibilitat en el seu dia a dia.
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L’acte de signatura el va concloure la tinenta d’alcaldia d’Ecologia, Urbanisme i Mobilitat, Janet Sanz, qui va agrair a les entitats del comerç, gremis, organitzacions professionals i empreses la seva implicació amb el Compromís Ciutadà per la Sostenibilitat de Barcelona. La tinenta d’alcaldia va destacar que: “Us integreu en una xarxa que, amb vosaltres, suma ja més de 900 membres", entre els quals hi ha entitats cíviques, organitzacions empresarials i comercials, centres educatius, universitats, col·legis professionals, sindicats i administracions. Va remarcar que: “Amb la signatura del Compromís Ciutadà per la Sostenibilitat, us adheriu a un marc de treball que té com un dels seus valors principals la responsabilitat compartida. Cada membre de la xarxa de signants contribueix a la millora de la sostenibilitat amb les accions pròpies del seu àmbit de treball. Així, la sostenibilitat ens implica en el present i en el futur de tots i totes nosaltres”.
JORNADA ACCESO INFORMACIÓN TÉCNICA Y TELEMETRÍA
Acceso a la Información Técnica y Telemetría del Automóvil en Europa De amenaza a oportunidad para el taller innovador Organizado por el Gremi de Talleres de Barcelona, y en el marco de las actuaciones 2017 en defensa de la igualdad de oportunidades para los talleres y de la libertad de elección de taller para el consumidor, se ha celebrado, el 25 de febrero, la Jornada de introducción y debate sobre el acceso a la información técnica de los fabricantes para la reparación y mantenimiento del automóvil, basada en la Telemetría. El objetivo de esta Jornada ha sido informar y debatir con los talleres, la situación actual del acceso a la Información técnica y la Conectividad, las acciones de CECRA, CETRAA, FECATRA y el Gremi de Talleres de Barcelona, para impedir que prospere la situación monopolística que se dibuja por parte de los fabricantes de automóviles y defender el acceso telemático en tiempo real para todos los reparadores de automóviles, a los datos generados por el funcionamiento del automóvil y transmitidos online, como ayuda a una diagnosis, reparación y mantenimiento más eficiente y útil para el conductor.
Asociación Alemana de Talleres – ZDK y Asesor Técnico del Comité Europeo del Comercio y Reparación de Automóviles – CECRA (Bruselas) en la comisión de Acceso a la Información Técnica, que ha presentado en qué consiste la Telemetría en el contexto actual en Europa y sus consecuencias para el taller y el consumidor, así como la respuesta que el sector de servicio del automóvil está estructurando para garantizar que en la práctica, el consumidor siga gozando de la libre elección de taller y el profesional bien preparado y eficaz, pueda ejercer con equidad de oportunidades.
El Derecho a Reparar ahora se convierte en el Derecho a Conectar. La Jornada ha contado con la participación especial del Sr. Neofitos Arathymos, Director de Tecnología de la
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4. Advertir a las Autoridades Españolas, Autonómicas
Han intervenido por parte del Gremi de Barcelona, el Sr. Celso Besolí, Presidente, y el Sr. Ramón Casas, Secretario General, aportando una visión del sector en nuestro territorio y directrices bajo las que los talleres pueden actuar.
y Locales de los inconvenientes para los consumidores y las pymes, del nuevo esquema de acceso del Coche Conectado, para que exijan mayor transparencia a las Marcas y Operadores privilegiados y más información al consumidor.
El encuentro ha sido un éxito, no sólo por la gran asistencia de talleres y especialistas del sector, sino especialmente por la profundidad de las ponencias presentadas y el fructífero debate, cuyas conclusiones han de orientar a los talleres de nuestra demarcación en sus objetivos empresariales y apoyar las acciones de reivindicación del sector de la reparación del automóvil.
5. Recomendar a los talleres un plan de digitalización del negocio por fases, mediante la incorporación progresiva de los niveles de acceso a la Información Técnica, así como de la Conectividad, estructurando sus plantillas por funciones con Formación especializada y contrastando las opciones tecnológicas a adoptar que den mejor respuesta a las necesidades y demandas de la clientela de cada taller. Así como anteriormente, el OBD, las diferentes opciones de máquinas de diagnosis y la posibilidad para todos los talleres de reparar vehículos Euro 5 y 6, no hubiera sido posible sin el trabajo de lobby que en Europa llevó a cabo el sector de la posventa organizado en asociaciones europeas como CECRA en Bruselas, CETRAA en España, y FECATRA y el Gremi de Barcelona en su ámbito, consiguiendo que se obligara a los fabricantes (OEM) a facilitar el acceso a la información técnica, ahora la normativa de acceso a la información técnica (RMI, repair and maintenance information) se está revisando en base a las alegaciones del sector de la reparación.
CONCLUSIONES
1. La aplicación de la Telemetría a la reparación del A pesar de las amenazas en la aplicación inicial de la Telemetría, con el esfuerzo conjunto de nuestras asociaciones en representación de los intereses del sector de la reparación, hemos de conseguir encontrar un equilibrio entre todas las partes implicadas, lo que ha de suponer un progreso y una oportunidad de innovación, servicio y fidelización del cliente del taller.
vehículo, tal como la está planteando la industria automovilística, es contraria a la libre competencia y transparencia del mercado, porque abre la puerta a obstáculos técnicos y económicos que pueden restringir la oferta de servicio para el vehículo y limitar de facto la libertad de elección de taller por parte del usuario.
2. Los representantes del sector de talleres, a través de CECRA, han presentado en Bruselas un documento de Posicionamiento exigiendo que “Los sistemas electrónicos del vehículo deben basarse en un acceso interoperable, estandarizado, seguro y abierto a la plataforma para aplicaciones y servicios del vehículo, de conformidad con el artículo 12.2 del Reglamento (UE) 750/2015”.
3. Los representantes de los talleres en Europa proponen la incorporación de la “Solución de Acceso a Terceros”, que posibilite la creación de plataformas de interfaz universales para que todos los talleres puedan acceder a la Información Técnica del vehículo en equidad de condiciones. Se ha presentado en la Jornada, una iniciativa de la Asociación Alemana de Talleres – ZDK mediante esta tecnología.
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Telemetría del Automóvil y oportunidades para el taller De la herramienta al servicio
servidores en tiempo real, en cualquier punto donde se ubiquen, significa en la práctica que el taller se convierte en verdaderamente “virtual”, ya no sólo se contacta o promociona por Internet.
Si la política de innovación de la industria automovilística ha pasado de fabricar coches a poner en el mercado vehículos que ofrecen servicios basados en la movilidad a sus usuarios, ahora con la Conectividad y la Telemetría, siempre que se estructure de manera abierta, el sector de la reparación, que ya es de por sí servicio, puede ofrecer anticipación y resolución de más calidad, durabilidad, eficiencia y comodidad para el usuario.
Con la Conectividad y la Telemetría, el taller repara con Internet, porque es como si estuviera donde se encuentre el usuario o conductor del vehículo, definiendo así la verdadera digitalización del taller, y aprovechando los beneficios de la era digital.
La monitorización permanente y remota del funcionamiento del automóvil va a permitir al taller detectar las anomalías antes de que deriven en averías. Avisar a su cliente, aconsejarle en su resolución y atenderle cuando mejor convenga al cliente y al taller, se traduce en una más estrecha relación de confianza y de fidelización. Digitalización del taller, para estar donde está el cliente El acceso remoto del usuario al taller, y del taller a los
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Especialización y transformación del negocio
RECOMENDACIONES A LOS TALLERES
El ritmo de matriculaciones en España va a marcar el crecimiento del número de nuevos Coches Conectados. De todos es conocido el envejecimiento que ha sufrido nuestro parque automovilístico a consecuencia de los efectos de la larga crisis. Ahora los indicadores apuntan a un cambio de tendencia con francas oportunidades de renovación, que pueden acelerarse si la economía española mantiene su evolución positiva como en los dos últimos años.
Análisis de la clientela y sus expectativas, Estructuración de la plantilla por funciones y Formación especializada, Contraste de opciones tecnológicas y Planificación a varios años de las inversiones, son cuatro pilares sobre los que el Gremi de Barcelona anima a los talleres a llevar a cabo para tener éxito en la transformación digital del negocio del taller. Recomendar a los talleres trazarse un objetivo de negocio con un plan de digitalización del taller por fases, mediante la incorporación progresiva de los niveles de acceso a la Información Técnica y contrastando las opciones tecnológicas a adoptar que den mejor respuesta a las necesidades y demandas de la clientela de cada taller.
Los talleres hemos de estar atentos para aprovechar esta tendencia y convertirla en una oportunidad de innovación, actuando siempre con sentido empresarial y reflexión.
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Tingui present el Gremiweb
· Necessitat de que tots els tallers obtingueu el permís · ·
d’abocament. Y el taller, ¿tiene suelo? Novedades contables.
24/01/2017 - Tràmits en les estacions d’ITV: · Tràmits en les estacions d’ITV. · Las PYMES (personas jurídicas) podrán seguir aplazando el IVA. · Pot el taller desactivar l’airbag del copilot?
Quan en el seu correu aparegui aquest text, LLEGEIXI’L. No és publicitat, sinó informació professional escollida pels tallers del Gremi. Els correus electrònics que anem enviant-li cada setmana.
31/01/2017 - Tres anys de denúncia donen resultats: · Reportatge a Cuatro: ‘Coches peligrosos’, del programa En el punto de mira. · Tecnologia assequible i en condicions preferents per al Taller Agremiat. · Autónomos en pluriactividad, devolución del exceso de cotizaciones. · Servicio especializado en la gestión laboral de talleres.
LA GESTIÓ DEL GREMI ES BASA ENTRE D’ALTRES TEMES EN MANTENIR INFORMAT AL TITULAR DEL TALLER DE NOVETATS TÈCNIQUES I LEGALS QUE EL PUGUIN AFECTAR.
La revista del Gremi que fa anys mantenim amb l’ajut dels destacats patrocinadors i el treball dels tècnics i administratives del Gremi reflecteix no tant notícies sinó informacions de caire tècnic i organitzatiu, per millorar la gestió.
02/02/2017 - El fin del OBD Jornada Técnica Europea Inscripción gratuita para agremiados: · Jornada “Acceso a Información Técnica del Fabricante y Telemetría.
Però la nova tecnologia informàtica ens permet tenir al titular del taller al corrent de temes nous, amb rapidesa i reduint molt el cost.
08/02/2017 - Novedades legislativas: · Jornada Acceso a Información Técnica y Telemetría. · Novedades legislativas.
Per això, insistim en que el responsable de taller LLEGUEIXI la documentació i que ens truqui per qualsevol idea que tingui o per aclarir qualsevol dubte.
14/02/2017 - 60 Aniversario SEAT 600 – AniverSEAT: · Jornada Acceso a Información Técnica y Telemetría. · 60 Aniversario SEAT 600 – AniverSEAT. · Distribució d’espais i instal·lacions del taller. · Buenas noticias para el taller.
Pel cas de que no hagi rebut els correus electrònics que passem regularment als agremiats (problemes tècnics del servidor, deteccions fallides, o errors de procediment) relacionem els correus enviats des de la publicació del darrer GremiTaller.
16/02/2017 - Recordatorio - El fin del OBD Jornada Técnica Europea - Inscripción gratuita para agremiados: · Jornada “Acceso a Información Técnica del Fabricante y Telemetría.
02/01/2017 - Cartell Preu-Hora 2017. · Cartell preu hora 2017. Demani’ns-el tot i que no modifiqui el preu per aquest any. · Tecnologia assequible i en condicions preferents per al · Taller Agremiat. · Calendari Oficial de Festes Locals 2017. · Comencem 2017 amb un nou format.
22/02/2017 - Autónomos, base cotización 2017: Autónomos, base mínima 2017. · Autónomos, limitaciones para elegir la base de cotización. · El Gremi present al Saló de la Moto de Barcelona, MotOh! · Resultats de la lluita contra l’intrusisme professional i la competència deslleial.
10/01/2017 - Acords Assemblea 2016: · Acords de l’Assemblea General 2016 del Gremi de Tallers de Barcelona. · Nou tipus impositiu dels gasos fluorats d’efecte hivernacle. · Principales novedades en el Impuesto de Sociedades. · Nueva sentencia ganada por los servicios jurídicos del Gremi.
28/02/2017 - Telemetría del Automóvil, pasar de amenaza a oportunidad: · Acceso a la Información Técnica y Telemetría del Automóvil en Europa. · Prestación de paternidad a tiempo completo o parcial. · Tecnologia assequible i en condicions preferents per al Taller Agremiat.
18/01/2017 - Los autónomos podrán seguir aplazando el IVA: · Los autónomos podrán seguir aplazando el IVA.
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Central d’alertes Entre tots fem Gremi!
Aquest espai pretén compartir amb els tallers agremiats la informació facilitada per altres tallers agremiats.
A continuació PROVEÏDORS dels quals HEM REBUT ALGUNA QUEIXA d’agremiats, s’ha reclamat i no han donat resposta:
La informació publicada es basa en expedient obert pel Departament Jurídic del Gremi en defensa d’un agremiat.
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No se conforme con siniestro total El propietario de un vehículo que ha tenido daños por culpa de otro tiene derecho a que se lo reparen, aunque el precio de la reparación sea superior a lo que le costaría comprar uno parecido.
Si el taller no ayuda al cliente a protestar cuando le califican sus daños de siniestro total, se hace aún más dependiente de las aseguradoras. Cada año hay más de 8000 casos en la provincia de Barcelona de reclamaciones de los clientes que rechazan las ridículas indemnizaciones que les ofrecen sus propias aseguradoras, de forma semifraudulenta, a afectos de Consumo, que les impiden reparar el vehículo con las garantías de calidad deseables, al calificar el daño de siniestro total, pese a que haya culpa de otro vehículo. Muchos de esos vehículos ya no se aprovechan en nada por el taller.
Eso lo reconoce la propia Dirección General de Seguros en sus dictámenes de consultas, pero parece que lo ignoran las aseguradoras y los peritos que desde la propia compañía del dueño del vehículo afectado no le informan de sus derechos. Para solucionar el problema no solo ha de protestar el cliente contra la peritación injusta de la compañía propia, sino también reclamar el importe del presupuesto del taller a la compañía del seguro obligatorio del culpable.
Eso supone que el colectivo de talleres en conjunto deja de facturar un importe como mínimo de 16 millones de euros al año en conjunto, y lo que es peor es que el taller pierde contacto con buena parte de esos clientes que quizá se compren un vehículo y cambien de taller.
Eso que es un trámite exigido por el art. 7 del Real Decreto Leg. 8/2004, se puede hacer con un modelo de carta que sigue cuando el perito de la Cía. propia no acepta lo que dice el taller.
Si desea cambiar al menos esta situación puede consultar al Gremi.
Después de ello el trámite es básico, tener una peritación alternativa (en el Gremi colaboran peritos titulados) y a partir de su dictamen que se comunique a las aseguradoras ya se puede empezar a reparar el vehículo.
Con apoyo del servicio jurídico y pericial del Gremi se están ganando todas las reclamaciones a las aseguradoras que se hacen con el apoyo del propietario del vehículo cuando les declaran sus daños como siniestro total.
Los servicios jurídicos del Gremi pueden actuar y obligar al pago a la aseguradora contraria.
Estas reclamaciones se hacen calculando el precio hora al que ostenta el taller y con recambio original; con la facturación justa, y últimamente las aseguradoras cuando reciben una citación judicial ya ni discuten y pagan la reparación. Todas las reclamaciones por este tema añaden un interés del 4’5% anual a favor del usuario desde el día del accidente, y lo ha de pagar la aseguradora del culpable del accidente.
Desde primeros de año, AXA y LIBERTY han perdido demandas coordinadas por los técnicos del Gremi, y ZURICH, VERTI, ALLIANZ, MAPFRE y FIATC, ENTRE OTRAS, han aceptado la reclamación para evitarse más gastos. Hay casos de reclamaciones ganadas de 2.100 € por las que ofrecían 500 € y otras de más de 10.000 € en las que ofrecían unos 6.000 €.
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¿Puede vender recambios de segunda mano el taller?
Este es un espacio de opinión; de desahogo legal, también. Mientras desde el Gremi se trabaja por el cambio normativo, este espacio pretende: 1) informar a los talleres; 2) reflexionar conjuntamente; y 3) incentivar a los talleres a que nos cuenten sus experiencias creando un foro de casuística en el Gremi, del que aprender y crear soluciones.
Dudas sobre el nuevo Real Decreto 20/2017, de 20 de enero
Motortec Madrid 2017 Esperaba un coherente déjà vu respecto a la Automechanika del pasado septiembre en Frankfurt. Sin embargo, la modestia en temas de digitalización, movilidad y conectividad ha marcado la diferencia. La feria de Madrid, con la estable predominancia de equipos y componentes para el taller, parece retrasar más “el mañana es ayer”, que la alemana.
Entró en vigor el 22/01/2017 el Real Decreto 20/2017, de 20 de enero, sobre los vehículos al final de su vida útil. El objetivo es cumplir con la exigencia europea de reutilizar, reciclar y valorizar (min. 85-95 %) los residuos provenientes del vehículo al final de su vida útil (9 millones toneladas al año en la UE). Quedan excluidos los vehículos históricos o con valor de colección.
No obstante, la transformación – algunos la llaman “digital” otros “darwiniana” – a la que viene abocada la posventa ya está pasando. Y es que cuando los nuevos modelos de vehículos se presentan en ferias de móviles; el fabricante abraza logos que gobiernan nuestros portátiles mientras envía su recambio, al por menor, en drones; los concesionarios son virtuales; y el urbanita de 18 años sufre más por no quedarse sin datos a mitad de mes que por cómo adquirirá su primer coche, es arriesgado confiar en que sólo adaptándonos seguiremos en el mercado.
Las modificaciones más relevantes - respecto al anterior Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil - versan sobre precisar en mayor detalle las obligaciones de los productores y agentes económicos.
La empresa debe prever, avanzarse, arriesgar. No nos desanimemos; con otro tempo, el emprendedor sabe, que siempre ha sido así. Afrontándolo positivamente la creatividad y la experiencia de cada taller puede dar con la fórmula mágica para explotar la nueva herramienta que los talleres tienen a su servicio: acceder a la información técnica del fabricante (RMI) para diagnosticar, reprogramar y formarse en cualquier marca y modelo de vehículo.
En especial la del art. 7.3 ha suscitado dudas acerca de si el taller puede vender recambios de segunda mano.
· Artículo 7.3 dispone que “La extracción de piezas y componentes para su preparación para la reutilización y comercialización únicamente podrá realizarse en un CAT, y siempre de vehículos que previamente hayan causado baja definitiva en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico y hayan sido descontaminados.”
Así, la especialización y posicionamiento; la cooperación y sinergias entre talleres; la sistematización y previsión de procesos; y la transparencia frente al cliente y terceros, es una estrategia empresarial real. Por primera vez el taller dispone de esta herramienta en tiempo real y sin intermediarios.
El artículo, introduce de forma expresa, lo que antes se regulaba pero a la práctica lleva a confusión.
Y tiene su relevancia; su uso individual coloca al taller como un cliente/peón más, pero su uso con conciencia y organización colectiva, como sector, ofrece una posición estratégica y protagonista de la posventa (naturalmente).
Lo que NO puede hacer el taller es extraer piezas y/o componentes de un vehículo dado de baja definitiva administrativamente y conservarlas (es un residuo según la Ley y por tanto debe entregarse al gestor correspondiente) como recambio de segunda mano en futuras reparaciones.
El próximo sistema SERMI –única acreditación para el acceso del taller a la RMI de cualquier marca comercializada en EU - es consecuencia del trabajo colectivo para la defensa de los intereses generales del que consume recambio, repara el vehículo y garantiza al usuario final: el taller.
No obstante, si el vehículo NO está dado de baja definitiva administrativa, el taller puede extraer aquellas piezas y/o componentes necesarios para la ejecución de su reparación. Algunos de esas piezas y/o componentes se
Existimos por y para el taller: se admiten sugerencias, comentarios y propuestas en administracion@gremibcn.com.
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les peces no específiques permeten una adaptació amb garantia suficient en el model del vehicle que es repara.
entregan a proveedores como piezas de intercambio, se reconstruyen o se conservan por tener un uso adscrito a su naturaleza (reutilización).
Art. 16.5 Decret 298/1993 de tallers: En estos casos esas piezas/componentes pueden volver al mercado y entendemos que el taller podrá suministrarla ofreciendo la garantía que obliga el Decret 298/1993 de tallers y la normativa de Consumidores y usuarios.
16.5 L’aportació eventual de peces per l’usuari, per a la reparació del seu vehicle, no afectarà en cap cas la seguretat vial, i, en tot cas, el taller que les munti podrà no garantir-les. Conclusión y recomendaciones:
Esta interpretación es la que hemos consensuado con CETRAA, desde donde se contactará con las Administraciones competentes para establecer un criterio común en todas las comunidades autónomas, así como con AEDRA y la Agència de Residus de Catalunya. De su resultado les iremos informando.
Al ser el taller el obligado a ofrecer al cliente la garantía sobre los recambios que provén e instalan, el consejo es:
1. Si el recambio de segunda mano es aportado por el cliente, esta circunstancia y la razón de optar por recambio usado debe constar en la OR/Presupuesto/ Factura del taller junto con la firma del cliente.
Aprovechamos el debate para informar sobre el régimen regulador acera de la instalación, por el taller, de componentes, recambios o piezas de segunda mano:
2. Y, además, pedir al cliente que acredite la procedenArt. 9.c) Decret 298/1993 de tallers:
cia del recambio usado;
c) Solament podran utilitzar-se els elements descrits a l’apartat d) de l’article 8 (PECES DE SEGONA MÀ) en els casos següents, i sempre que no afecti elements actius, o conjunts, dels sistemes de frens, suspensió i direcció del vehicle: Per raó d’urgència justificada. Pel fet de tractar-se d’elements de models que s’han deixat de fabricar i de figurar en les existències normals dels magatzems de recanvis. Per qualsevol altra raó acceptada per l’usuari. Per a la seva utilització, a més a més, serà requisit indispensable la conformitat per escrit del client, sempre que també es responsabilitzi, per escrit, el taller, del fet que les peces usades es troben en bon estat i ofereixen suficient garantia, i que
a) Si el cliente es consumidor final y lo ha adquirido en un CAT, le deberán emitir factura donde conste 1 año mínimo de garantía (art. 123 RDL 1/2007, de 16 de noviembre). Fotocopia dicha factura.
b) Si el cliente no acredita al taller el origen del recambio y éste, aun así y a pesar del riesgo que informamos al taller que conlleva esta operación, accede a instalarlo (podrá siempre que no sea en elementos activos descritos en el art. 9.c) Decret 298/1993 de tallers), aconsejamos que el taller haga constar en su OR/Presupuesto/Factura, además de las circunstancias mencionadas en el 1er punto, argumentación de no poder ofrecer garantía suficiente sobre el recambio por no haberse acreditado su procedencia. Es importante recordar que, aunque el CAT debe ofrecer 1 año mínimo de garantía al consumidor que le compra recambio usado; el mismo CAT que vende al taller no está obligado a ofrecerle 1 año de garantía, por ser el taller una empresa – como el CAT - y no un consumidor final. Por ello, negocie con su proveedor de recambios (usados, nuevos o reconstruidos) las condiciones de garantía al igual que el margen comercial. Seguimos trabajando en el seguimiento del sistema de recogida que los fabricantes de vehículo deben proponer en el plazo de 9 meses al Gobierno, y el papel que tendrá el taller como sector afectado. Les mantendremos informados. Cualquier duda que tenga no dude en contactar con el Gremi.
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Informaciรณn cedida por Cesvimap.
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Talleres con Historia Josep Menchón Ayala · Automòbils Menchón, S.A. C/ Pintor Mir, 3 - Montmeló - Barcelona
J
osep Menchón nació en Granollers en el año 1943, desde muy joven sintió atracción por la mecánica, lo que le llevó a iniciar su andadura profesional como aprendiz, con tan solo doce años, en Talleres Prades, concesionario Vespa y Seat de Granollers. El joven Josep pasó a la división de coches, en la época en que los flamantes Seat 1400 A, primer modelo desarrollado hacía dos años en la fábrica española comenzaban a cubrir una moderada demanda de vehículos nacionales, demanda que explotaría dos años más tarde con el lanzamiento del popular 600. Como aprendiz, Josep, demostró ser un alumno excepcional: puesto a prueba los siete aprendices por su jefe, a los que mandó ajustar la distribución de un 1400, solo Josep demostraría ser capaz de realizarlo. Josep era un joven atento y con una gran capacidad de aprendizaje. Tras dos años en Prades, cuando cuenta con 14 años, decide dejar esta empresa y entra a trabajar en Talleres Clavera, donde espera progresar profesional y económicamente.
Padre e hijo: Josep y Xavier Menchón.
Objetivo que logrará con creces ya que, con tan solo 18 años, ya es oficial y tiene aprendices a su cargo, y un año antes de su marcha al servicio militar, ya es encargado. La prestación del servicio militar le toca en Valencia, donde acaba trabajando también como mecánico, ocupándose de la reparación de vehículos militares. Su talento destaca como un excelente mecánico al solucionar un problema que parecían sufrir los motores de los robustos Reo M35 (camiones americanos) de escaso rendimiento, la actuación de Josep rápidamente le impulsa a convertirse en responsable del taller. Durante su paso por la mili, había madurado la idea de establecerse por su cuenta, abrir un taller y aventurarse como empresario. Busca un lugar donde poder establecerse y opta por un lugar estratégico, Montmeló, porque ni en esta población ni la población más próxima, Montornés, hay talleres de reparación de automóviles, y es así como en octubre de 1966 abre el taller en la plaza San Isidro de Montmeló. La empresa exige echar muchas horas y dedicación completa, pero el taller prospera rápidamente, presta un buen servicio y fideliza cada vez mayor número de clientes, autóctonos unos y trabajadores otros, de empresas del polígono industrial cercano. Es una época, los años sesenta y setenta, de gran incremento de la motorización en España, además de Seat,
Aspecto del taller de la calle Pintor Mir cuando se inauguró en 1974. Fachada del taller actual.
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ya hay otras fábricas como Renault y Citroën, que van poblando las carreteras con modelos. El taller de Josep, bien ubicado y con mucho trabajo, aumenta el número de trabajadores.
comienzan a imponerse en los modernos vehículos y la formación es una necesidad vital. Xavier realiza numerosos planes formativos, además del soporte que le proporciona Renault, lo que permite que el taller afronte el futuro con una buena capacitación. La jubilación de Josep, dejará pues el mando a su hijo, perfectamente preparado tanto a nivel técnico como empresarial para dirigir la empresa.
En 1974, ocho años después de su implantación en Montmeló, amplía el negocio, trasladándose a unas nuevas y mayores instalaciones: la ubicación actual en la calle Pintor Mir, un local cuyas dimensiones permiten disponer de espacio para que haya tienda para las ventas, cabina de pintura y una mejor ordenación del espacio. Durante estos años, Josep repara cuanto se le pone por delante. Recuerda, como anécdota, sus intensos trabajos en una cantera próxima, realizando reparaciones y mantenimiento de las pesadas máquinas o bien, reparando bombas de agua que los payeses usaban en los sistemas de regadío. El taller aumenta cada vez más su actividad en la zona y en un momento determinado, acabará aceptando la oferta de Renault para ser representante de su marca.
De izquierda a derecha: Martí Prats, Josep y Xavier Menchón, y Albert Dicha.
En la actualidad, Automòbils Menchón es un taller multimarca que forma parte de la red RENAULT MOTRIO, a la cabeza del cual se halla Xavier Menchón, con la colaboración de los mecánicos: Albert Dicha y Martí Prats y en las tareas administrativas Olga Aznar. Josep, ya jubilado desde hace unos años, presenta un aspecto envidiable a lo que contribuye, seguramente, su asistencia al gimnasio varios días a la semana y también su pasión por el buceo y EL SENDERISMO, disfruta saliendo a navegar con su embarcación. Pero con lo que se le llena el rostro de felicidad a Josep, es hablar de sus cuatro nietos. Quién sabe si alguno de ellos continuará con un negocio familiar que ya rebasa los cincuenta años de existencia.
Xavier Menchón responsable del taller y Olga Aznar, quien se encarga de la administración.
Al negocio se incorpora, en los años noventa, su hijo Xavier, un joven con el mismo espíritu emprendedor que su padre que dará un nuevo impulso a la empresa. Es el tiempo en que las nuevas tecnologías electrónicas
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Vicente Blasco Argente
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