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Sesión 2: Descentralización y Desarrollo Regional Conocer el proceso de descentralización en nuestro país e identificar las diferencias y similitudes entre los Gobiernos Regionales y Locales.
Proceso de Descentralización El artículo 188 de la Constitución define al proceso de descentralización como “una forma de organización democrática y que constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país”. Asimismo, determina la gradualidad del proceso, al señalar que este se realizará “por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales”. Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680. El 6 de marzo del 2002 se aprobó y promulgó la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización.
Regulación de la descentralización y los tres niveles de gobierno La ley regula la estructura y organización del Estado en forma “democrática, descentralizada y desconcentrada”, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Define las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal. Establece la finalidad, principios, objetivos y criterios generales del proceso de descentralización. Regula la conformación de las regiones y municipalidades, y fija las competencias de los tres niveles de gobierno. Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783. Aprobada por el Congreso el 26 de junio y promulgada por el Poder Ejecutivo el 17 de julio del 2002.
Gobierno Nacional Al Gobierno Nacional le corresponde un rol de rectoría, conductor y orientador del proceso de desarrollo y la provisión de los servicios públicos, en el marco de un Estado Unitario, democrático y descentralizado. Le corresponde establecer y supervisar las políticas públicas (nacionales y sectoriales), que son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado y en todos los niveles de gobierno. Su accionar es sectorial, es decir especializado por cada materia, y para ello cuenta con los ministerios y las entidades publicas del Poder Ejecutivo.
Gobierno Regional Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, las actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Adoptan sus políticas regionales en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, adaptándolas a su realidad territorial. Tienen un rol articulador en el proceso de gestión pública, pues el diseño y aplicación de sus políticas tienen que ser integrados, es decir abordar dos o más materias articuladamente. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867.
Gobierno Local Los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Al igual que los gobiernos regionales, adoptan sus políticas locales en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, integrándose a las políticas regionales y adaptándolas a su realidad local. Tienen un rol ejecutor en el proceso de gestión pública, pues el diseño y aplicación de sus políticas tienen que integrar dos o más materias, y ejecutar todas aquellas funciones que atiendan las demandas más inmediatas de la población. Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972.
Participación Ciudadana En el marco del ordenamiento jurídico nacional, y las corrientes modernas de la nueva gestión pública, la participación ciudadana es un elemento sustantivo para promover los procesos de desarrollo y la mejor prestación de los servicios públicos, y sobre todo para vigilar el desempeño de los gestores públicos. Por ello, a la participación ciudadana también se le reconoce un rol de aporte de propuestas y vigilancia.
Roles de los Ă“rganos de Gobierno
La coordinación intergubernamental En el marco del proceso de descentralización, el ejercicio del poder entre el Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y locales debe ser equilibrado, de cooperación y colaboración mutua. Para ello la separación de competencias y funciones tiene que ser racional, evitando la duplicidad de funciones entre instituciones, y bajo el criterio de alcanzar la mayor eficiencia y efectividad para la prestación de los servicios del Estado a la comunidad. Para poner en práctica la colaboración y coordinación intergubernamental, se establecen tres tipos de competencias que definen el modo de actuación de los tres niveles de gobierno:
La coordinación intergubernamental Competencias exclusivas: Son aquellas cuyo ejercicio corresponde de manera exclusiva y excluyente a cada nivel de gobierno conforme a la Constitución y la ley. Competencias compartidas: Son aquellas en las que intervienen dos o más niveles de gobierno, que comparten fases sucesivas de los procesos implicados. La ley indica la función específica y responsabilidad que corresponde a cada nivel. Competencias delegables: Son aquellas que un nivel de gobierno delega a otro de distinto nivel, de mutuo acuerdo y conforme al procedimiento establecido en la ley, quedando el primero obligado a abstenerse de tomar decisiones sobre la materia o función delegada. La entidad que delega mantiene la titularidad de la competencia, y la entidad que la recibe ejerce la misma durante el periodo de la delegación.
Descentralización y control gubernamental La Constitución, sujeta a los gobiernos regionales a la Contraloría General de la República, a la cual le encarga organizar un “sistema de control descentralizado y permanente”. La Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27783, señala que los gobiernos regionales y locales estarían sujetos al control y supervisión permanente de la Contraloría General de la República en el marco del Sistema Nacional de Control. Además, se dio a la Contraloría el mandato de organizarse con una estructura descentralizada y de establecer criterios mínimos y comunes para la gestión y control de los gobiernos subnacionales.
Desarrollo de Caso
Conteste las siguientes preguntas 1. ¿Cuál es el problema de fondo que puede identificar en el artículo proporcionado? Descríbalo claramente. 2. ¿Desde su punto de vista, cuál es la implicancia de cada uno de los tres niveles de gobierno con el problema? Detalle su respuesta por cada nivel. 3. A su criterio, ¿Cuál sería una propuesta viable para la solución del problema?