Abaco agosto

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Revista Informativa y de Opinión Profesional del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

Acciones de la SCHP contra el Lavado de Dinero y la Evasión Fiscal

No. 168 del 1 al 31 de Agosto 2013

La Fiscal y otras Reformas

SEGURIDAD SOCIAL UNIVERSAL,

Una iniciativa con Tintes Políticos, Más que ajustada a la Realidad Mexicana ¿Quieres sólo tener dinero o ser realmente rico?

C.P.C. Octavio Acosta Salomón No.42 Esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol. Hermosillo, Sonora. Tels. (662) 2 13 21 45 y 217 46 99, recepción@ccpdesonora.org www.ccpdesonora.org.


Contenido AGOSTO 2013

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IMPUESTOS

Determinación del Impuesto sobre la Renta por la Enajenación de casa habitación así como sus exenciones.

C.P.C. Martin B. Lagarda Esquer M.I.

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FISCALIZACIÓN

20 22

ECONOMÍA

La Fiscal y Otras Reformas Dr. Luis A. Galaz

RESEÑAS

Junta del CEN del IMCP en Hermosillo

C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez

Acciones de la SCHP contra el Lavado de Dinero y la Evasión Fiscal Lic. y C.P. Jaime Dávila Galván

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SEGURIDAD SOCIAL

SEGURIDAD SOCIAL UNIVERSAL: Una iniciativa con Tintes Políticos, Más que ajustada a la Realidad Mexicana C.P. Gabriel Aranda Zamacona

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MOTIVACIONAL

¿Quieres sólo tener dinero o ser realmente rico? C.P.C. Humberto García Borbón

C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante Vicepresidente de Relaciones y Difusión del IMCP Sonora, Comisión de Revista

Publicidad: C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, email: acostahtur@gmail.com, Cel. 662-2333767 NOTA DE EDICIÓN: Los artículos contenidos en esta revista son responsabilidad del autor y no del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Directorio Consejo Directivo 2013 - 2014: Presidente - C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez; Vicepresidente General - C.P.C. Guillermo Williams Bautista; Tesorero - C.P.C. Martín Baltazar Lagarda Esquer; Protesorero - C.P.C. Rubén González Martínez; Secretaria de Asamblea - C.P. Martha Isela Islas Pacheco; Prosecretario Asamblea - C.P.C. Sebastián Colio Constante; Secretario de Consejo - C.P.C. Bernardo Muñoz Zamora; Prosecretario Consejo - C.P.C. Francisco Martínez Martínez; Auditor de Gestión - C.P.C. Sebastián Rivera Peña; Auditor Financiero - C.P.C. Ernesto Varela Salazar; Vicepresidencia del Sector Empresas - C.P. José Carlos Félix Santos; Vicepresidencia del Sector Gobierno - C.P.C. Javier Fuller Velázquez; Vicepresidencia de Práctica Externa - C.P. María Jesús Rivera Briceño; Vicepresidencia de Relaciones y Difusión - C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante, Comisión de Premios - C.P. María Jesús Hurtado Olguín; Comisión de Membrecía - C.P.C. Martha Patricia Véjar Grijalva; Comisión de Imagen y Comunicación Social- C.P.C. José Gilberto Aguilar Escobosa; Comisión de Protocolo y Logística - C.P. Eduardo Antonio Ross Navarro; Comisión de Eventos Culturales –C.P. Renata Félix Nicols y E.C.P. Yanet Sandoval César; Comisión de Redes Sociales y Página Web- C.P.C. Rosalba Montaño Martínez y C.P.C. María Eugenia Hernández Moreno; Comisión de Revista - C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante; Vicepresidencia de Legislación - C.P.C. Ramón Fernández Gómez; Comisión de Normas de Información Financiera- C.P.C. Javier Humberto Carreño Knappe; Comisión de Normas de Auditoría- C.P.C. Juan Luis Patiño; Comisión de Estatutos- C.P.C. Carlos Zamora Balderrama; Comisión de EPC- C.P.C. Guadalupe Romero Navarrete; Comisión de Ética- C.P.C. Isis Edith Curiel Moreno; Vicepresidencia de Docencia - C.P.C. Maclovia Fernández Castro; Comisión Vinculación – C.P. Esthela Carrillo y C.P. Blanca Cruz Silva; Comisión de Servicio Social – C.P.C. Maclovia Fernández Castro; Comisión de Educación – C.P. Blanca Irene Bernal Peral y C.P. Adriana Romero Fernández; Comisión de Eventos y Comisiones Estudiantiles – C.P. Ma. Guadalupe Bustamante Ruíz; Presidente Comisión Estudiantil -C.P. Eduardo Antonio Ross Navarro; Comisión Estudiantil – E.C.P. Flor Villalba Ruíz; Vicepresidencia de Fiscal - Mtro. José Adalberto Rubio Ozuna, Comisión Fiscal - C.P. Juan Carlos Ostler López; Comisión ante Organismos de Seguridad Social – C.P. Israel López Meza; Comisión representativa ante AGAFF y Dictamen Fiscal – C.P. Juan Córdova Félix; Síndico del Contribuyente ante el SAT – C.P. Carlos Arturo Estrada Tapia; Representante del Contribuyente ante el Gobierno del Estado – C.P. Juan Carlos Ostler López; Vicepresidencia de Calidad de Práctica Profesional - C.P. Jazheel Pérez Durón; Vicepresidencia de Asuntos Internacionales - C.P.C. Rosalba Montaño Martínez; Vicepresidencia de Apoyo a Delegaciones - C.P.C. Jesús Aguirre Valenzuela, Diseño Gráfico: L.D.G. Reyna E. Hernández Carbajal. Edición y Corrección de Estilo: Comisión de Revista.


Mensaje PRESIDENTE Estimados socios y amigos, lectores de nuestra revista ÁBACO En este mes de agosto el C. Gobernador del Estado, Lic. Guillermo Padrés Elías, decidió nombrar a quien ocupará la titularidad de la Secretaría de la Contraloría General del Estado. La elección de la nuevo(a) Contralor(a) se dio en base a una terna que fue propuesta del Comité Ciudadano para la Transparencia y Buen Gobierno del cual nuestro Colegio forma parte, los trabajos realizados por este comité iniciaron el pasado mes de junio, donde se dio el debate entre organismos de la sociedad civil para definir la mencionada terna, siendo el 8 de agosto de 2013 cuando se decidió por la propuesta presentada por nuestro Colegio en la persona de nuestra socia C.P.C. GUADALUPE RUIZ DURAZO, tomándose la protesta constitucional el día 09 de agosto.

hasta principios del mes de diciembre. El segundo de ellos, corresponde a normatividad en materia de auditoría, primeramente, el módulo a impartir en este mes se relaciona con los aspectos básicos de dicha normatividad, para los meses de septiembre y octubre se desarrollarán los niveles intermedio y avanzado, respectivamente. ¡Espero para todos nosotros un provechoso y exitoso mes!

Un gran logro, y a la vez reto, para nuestra colega y un posicionamiento importante, sin duda, para nuestro gremio. ¡Enhorabuena Lupita! En este mes iniciamos con dos diplomados, el primero de ellos el ya tradicional Diplomado Fiscal el cual incluye además de los estudios de las obligaciones e impuestos federales lo correspondiente a seguridad social, el diplomado fiscal se desarrollará desde mediados del mes de agosto

C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez, M.D.F. Presidente del Consejo Directivo 2013 - 2014


IMPUESTOS

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C.P.C. Martin B. Lagarda Esquer M.I., Miembro del Grupo de Estudio de los Martes Tesorero del IMCP Sonora

Determinación del Impuesto sobre la Renta por la Enajenación de casa habitación así como sus exenciones Introducción

04 AGOSTO 2013

El estudio del presente artículo ha derivado de las múltiples dudas consultas que nos han hecho llegar en atención a la enajenación de casa habitación en donde se pueden dar varios momentos como son: si el contribuyente ha habitado la casa en los últimos 5 años, o si nunca la habito, o si en el lapso de 5 años el contribuyente no ha enajenado otra casa habitación. En atención a lo anterior veremos los diferentes escenarios que se dan, incluyendo las exenciones a que tienen derecho por estas operaciones.

Fundamentos y Desarrollo del problema El inciso a) de la fracción XV del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta exenta de esa contribución a los ingresos derivados de la enajenación de la casa habitación del contribuyente, estableciendo para ello algunos requisitos:

1.

Que el monto de la contraprestación obtenida no exceda de un millón quinientas

mil unidades de inversión (7´427,518.50 al 11 de junio del 2013). Este límite no será aplicable cuando el enajenante demuestre haber residido en su casa habitación durante cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su enajenación.

2. 3.

La transmisión se formalice ante fedatario público.

Durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación de que se trate el contribuyente no hubiere enajenado otra casa habitación por la que hubiera obtenido exención antes citada y manifieste, bajo protesta de decir verdad, dichas circunstancias ante el fedatario público ante quien se protocolice la operación. En relación con el punto 1 anterior del mencionado inciso dispone por el excedente se determinará la ganancia y se calcularán el impuesto anual y el pago provisional que corresponda, considerando las deducciones en la proporción que resulte de dividir el excedente entre el monto de la contraprestación obtenida. El cálculo y entero


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del impuesto que corresponda al pago provisional se realizará por el fedatario público.

Monto de la contrapresta ción obtenida (supuesto) Menos: Límite de exención Igual a: Excedente

$ 9´000,000.00 7´427,518.50 $1´572,481.50

Excedente $1´572,481.50 Entre: Monto de la contraprestación obtenida (supuesto) $9,000,000.00 Igual a: proporción 0.1747

Expresado en porcentaje podemos decir que todas las deducciones que podría hacer la persona física que enajena su casa habitación lo serían solamente en un 17.47%. Al igual que en otro tipo de enajenaciones a los ingresos obtenidos por enajenación de inmuebles se les podrán restar las deducciones autorizadas por ley. Tales deducciones se encuentran señaladas en el artículo 151 de la LISR, y son:

1. 2.

El costo comprobado de adquisición actualizado.

El importe actualizado de las inversiones hechas en construcciones, mejoras y ampliaciones.

3.

Los gastos notariales, impuestos y derechos por escrituras de adquisición y de enajenación, pagados por el enajenante. Asimismo, serán deducibles los pagos efectuados con motivo de avalúos de bienes inmuebles.

4.

Las comisiones y mediaciones pagadas por el enajenante, con motivo de la adquisición o de la enajenación del bien. El cálculo y entero del impuesto que corresponda al pago provisional se realizará por el fedatario público.

Considérese que el articulo 154 tercer párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta traslada a los notarios, corredores o jueces la obligación de calcular y enterar el impuesto cuando las operaciones se consignan en escritura pública (naturalmente que cuando la enajenación es objeto de impuesto). Es conforme al capítulo IV del título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta denominado “De los ingresos por enajenación de bienes” que se debe pagar el impuesto por el excedente citado. El fedatario público que protocoliza la operación se encuentra obligado a consultar el Servicio de Administración Tributaria a través de la página de Internet de dicho órgano desconcentrado y de conformidad con las reglas del carácter general que el efecto emita, si previamente el contribuyente ha enajenado alguna casa habitación durante los cinco años anteriores a la fecha de la enajenación de que se trate, por la que hubiera obtenido exención señalada y dar aviso al SAT de dicha enajenación, indicando el monto de la contraprestación y, en su caso, del impuesto retenido. Sobre lo antes expuesto, la regla 1.3.10.7., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2012 dispone de lo siguiente:

“Cumplimiento de la obligación Fedatario Público de señalar si el contribuyente ha enajenado alguna casa habitación y requisitos de procedencia de la extensión”. 1.3.10.7. Para los efectos del artículo 109, fracción XV, inciso a) último párrafo de la Ley del ISR, la obligación del fedatario público para consultar al SAT si previamente el contribuyente ha enajenado alguna casa habitación durante los cinco años inmediatos anteriores, se tendrá por cumplida siempre que realice la consulta a través de la página de Internet del SAT e incluya en la escritura pública correspondiente el resul-

05 AGOSTO 2013


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En el artículo 130 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta nos señala la forma los contribuyentes deben acreditar ante el fedatario público que formalice la operación, que el inmueble objeto de la operación en su casa habitación a fin de gozar de la exención a la que nos hemos referido, con cualquiera de los documentos comprobatorios que se mencionan a continuación, siempre que el domicilio consignado en dicha documentación coincida con el del domicilio del bien inmueble enajenado:

l. La credencial del elector, expedida por el Instituto Federal Electoral.

tado de dicha consulta o agregue al apéndice, la impresión de la misma y su resultado. El fedatario deberá comunicarle al enajenante que dará aviso al SAT de la operación efectuada para la cual indicará el monto de la contraprestación y, en su caso el ISR retenido.

06 AGOSTO 2013

Cuando los ingresos por enajenación de casa habitación del contribuyente excedan de un millón quinientas mil unidades de inversión, para que proceda la exención de la totalidad de los ingresos mencionados a que se refiere el artículo 109, fracción XV, inciso a), tercer párrafo de la Ley del ISR, el enajenante deberá declarar ante el fedatario público que formalice la operación en su casa habitación y acreditarle que ha residido en dicho inmueble durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su enajenación con los documentos mencionados en el artículo 130 del Reglamento de la Ley del ISR, exhibiendo cuando menos un comprobante por cada uno de los cinco ejercicios anteriores a la enajenación. Tratándose de la credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral, deberá exhibir además algunos de los documentos mencionados en el artículo 130, fracciones ll y lll del Reglamento de la Ley del ISR, con una antigüedad de cinco años inmediatos anteriores a la fecha de enajenación”.

ll. los comprobantes de los pagos efectuados por la presentación de los servicios de energía eléctrica o de telefonía fija. lll. Los efectuados de cuenta que proporcionan las instituciones que componen el sistema financiero o por casas comerciales o de tarjetas de crédito no bancarias. La documentación a que se refieren las fracciones anteriores, deberá estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o de sus ascendientes o descendientes en línea recta. Para el ejecutivo federal, seguramente derivado de controversias que en cierto momento tuvo la autoridad hacendaria con algunos contribuyentes, se hizo necesario precisar el alcance del concepto de casa habitación, puesto que hay viviendas en las cuales los metros cuadrados de la construcción son muy pocos en relación con el terreno sobre el cual están asentadas. Si un contribuyente deseaba enajenar un terreno de grandes extensiones buscando que estuviera exento del impuesto sobre la renta lo que hacía era construir una pequeña vivienda y enajenarla como su casa habitación. A partir de los expuesto es que el artículo 129 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta dispone que se considerará que la casa


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habitación del contribuyente comprende además la superficie del terreno siempre que este no exceda de tres veces el área cubierta por las construcciones que integran casa habitación, por ejemplo, si la parte construida es de 100 metros cuadrados, el terreno adicional a la parte que ocupa la construcción podrá ser de hasta 300 metros cuadrados.

Impuesto al valor agregado Las operaciones con inmuebles destinados a casa habitación no generan Impuesto al Valor Agregado (IVA). Así, la fracción ll del artículo 9 de la ley del IVA señala que no se pagará dicho impuesto en la enajenación de construcciones adheridas del suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación y que cuando sólo parte de las construcciones se utilicen o destinen a casa habitación, no se pagará el impuesto por dicha parte. Asimismo, señala que los hoteles no quedan comprendidos en esa exención. La aclaración es pertinente debido a que los hoteles se destinan a la habitación, pero como una actividad lucrativa, distinguiéndose en ello en la casa habitación común. Los terrenos, conforme a la fracción l del artículo 9 de la ley del impuesto al valor agregado no generan tal contribución. Las personas físicas o morales que realizan actividades empresariales deducen sus construcciones a la tasa 5% anual, según lo precisa el inciso b) de la fracción l del artículo 40 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. La fracción ll del artículo 151 nos habla de los casos en los que una persona física enajena un inmueble que no está destinado a una actividad empresarial, por ejemplo, su casa habitación. Estos contribuyentes están obligados a determinar utilidad en la enajenación (en realidad quien lo hace es el notario público que protocoliza la operación) considerando que el costo de la construcción disminuye en un 3% anual. Las deducciones que podrá efectuar son las correspondientes a todas aquellas erogaciones en que incurrió para construir las casas, incluyendo

la adquisición de terrenos, solo que la deducción será procedente hasta el momento en que se enajenen los inmuebles. No obstante, el artículo 225 de la Ley del ISR establece que los contribuyentes que se dediquen a la construcción y enajenación de desarrollos inmobiliarios, podrán optar por deducir el costo de adquisición de los terrenos en el ejercicio ene l que los adquieran, siempre que cumplan con los requisitos que establece dicho numeral debiendo aplicar tal disposición respecto de todos sus terrenos que formen parte de su activo circulante, por un periodo mínimo de cinco años contados a partir del ejercicio en el que ejerzan la opción de deducir los terrenos en esa forma. El IVA de las erogaciones que se identifican con la obtención de ingresos exentos no es recuperable, es decir, no se considera acreditable y por lo tanto no genera saldos a favor, son embargo, lo podrá considerar como un gasto deducible, claro está cumpliendo con los requisitos que establecen las disposiciones fiscales (que haya un comprobante, del IVA expresamente y por separado, folio, cédula de identificación fiscal, RFC, etc.). El artículo 28 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado precisa que se considera que también son casa habitación los asilos y orfanatorios. Dicho numeral también dispone tratándose de construcciones nuevas, se atenderá al destino para el cual se construyó, considerando las especificaciones del inmueble y las licencias o permisos de construcción. Cuando se enajene una construcción que no estuviera destinada a casa habitación, se podrá considerar que si lo está, cuando se asiente en la escritura pública que el adquirente la destinará a este fin y se garantice el impuesto que hubiera correspondido ante las autoridades recaudadoras autorizadas para recibir las declaraciones del mismo. Dichas autoridades ordenarán la cancelación de la garantía cuando por más de seis meses contados a partir de la fecha en que el adquirente reciba el inmueble, este se destine a casa habitación.

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Igualmente se consideran como destinadas a casa habitación las instalaciones y áreas cuyos usos estén exclusivamente dedicados a sus moradores, siempre que sea con fines no lucrativos.

Servicios de Construcción

08 AGOSTO 2013

Según lo precisamos, el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado señala que no se pagará el impuesto enajenación del suelo y de las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación. Señala además que cuando sólo parte de las construcciones se utilicen o destinen casa habitación, no se pagará el impuesto por dicha parte y que los hoteles no gozan de la exención referida. Por su parte, el artículo 15 del referido ordenamiento dispone que no se pagará el impuesto respecto de las comisiones y otras contraprestaciones que cubra el acreditado a su acreedor con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios para la adquisición, ampliación, construcción o reparación de bienes inmuebles destinados a casa habitación, salvo aquéllas que se originen con posterioridad a la autorización del citado crédito o que se deban a pagar a terceros por el acreditado. El artículo 20 de la Ley mencionada precisa tampoco se pagará el impuesto por el uso que goce temporal de inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa habitación. Dispone además que si un inmueble tuviera varios destinos o usos, no se pagará el impuesto por la parte destinada o utilizada para casa habitación y que la exención no será aplicable a los inmuebles o parte de ellos que se proporcionen amueblados o se destinen o utilicen como hoteles o casas de hospedaje. En relación con la casa habitación, encontramos en los tres párrafos anteriores los tres actos o actividades fundamentales regulados por la ley del IVA: Enajenación, prestación de servicios y otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, sin embargo, no encontramos en las disposiciones

aludidas el señalamiento de que los servicios de construcción de casa habitación se encuentran exentos de IVA y es por la sencilla razón de que por ley no están exentos. El artículo 29 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado señala que la prestación de los servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, ampliación de ésta, así como la instalación de casas prefabricadas que sean utilizadas para este fin, se consideran exentos siempre y cuando el prestador del servicio proporcione la mano de obra y materiales. Si el prestador del servicio proporciona el servicio de construcción, los materiales y la mano de obra en realidad está construyendo con sus propios recursos (lo que bien podría considerarse una actividad empresarial completa) los inmuebles y dada la similitud que ello tienen con la enajenación, es decir cuando una constructora interviene materiales, mano de obra y servicio de construcción para construir inmuebles que posteriormente vende, es que a los servicios referidos se les considera exentos de IVA. El referido artículo reglamentario señala que tratándose de unidades habitacionales, no se considera como destinadas a casa habitación las instalaciones y obras de urbanización, mercados, escuelas, centros o locales comerciales, o cualquier otra obra distinta a las señaladas, es decir, en estos casos sí debe causarse el IVA independientemente de que el prestador del servicio proporcionara los materiales y la mano de obra.

Bienes usados que se destinarán a casa habitación Según lo comentamos son dos supuestos que hacen que la enajenación de una construcción adherida al suelo se encuentre exenta del IVA:

1.

uso), o

Que el bien se utilice para casa habitación (es decir, cuando el enajenante le daba


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2.

Que el bien se destine a casa habitación (es decir, cuando el adquiriente le dará ese uso independientemente que el enajenante no se lo estuviera dando) Es debido a lo señalado que el artículo 28 del Reglamento de la Ley del IVA precisa que cuando se enajene una construcción que no estuviera destinada a casa habitación, se podrá considerar que si lo está y gozar por lo tanto de la exención en la enajenación, cuando se asiente en la escritura pública que el adquiriente la destinará a ese fin y se garantice el impuesto que hubiera correspondido ante las autoridades recaudadoras autorizadas para recibir las declaraciones del mismo. Dichas autoridades ordenarán la cancelación de la garantía cuando por más de seis meses contados a partir de la fecha en la que el adquiriente reciba el inmueble, éste se destine a casa habitación.

64/2011/ISR Ingresos por enajenación de bienes inmuebles destinados a casa habitación Para los efectos de la exención establecida en el artículo 109, fracción XV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en el supuesto de que sólo una parte de la superficie del inmueble sea destinada a casa habitación y la otra se utilice para un fin diverso o no se destinen exclusivamente para el uso habitacional, el impuesto sobre la renta se pagará sólo por la parte que no corresponda a la superficie destinada a casa habitación. Ahora bien, el artículo 129 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que, para los efectos de esta misma exención, la casa habitación comprende también al terreno donde se encuentre ésta construida, siempre que la superficie del terreno no exceda de tres veces el área cubierta por las construcciones que integran la casa habitación. Por lo anterior, para efectuar el cálculo de la superficie del terreno precisado en el párrafo ante-

rior, no deberá tomarse en cuenta el área cubierta por las construcciones destinadas a un fin diverso al habitacional.

104/2011/IVA Enajenación de casa habitación. La disposición que establece que no se pagará el impuesto al valor agregado no abarca a servicios parciales en su construcción. El artículo 9, fracción ll de la Ley del Impuesto al Valor Agregado establece que no se pagará dicho impuesto en la enajenación de construcciones adheridas al suelo destinadas o utilizadas para casa habitación. Asimismo, el artículo 29 del Reglamento de dicha ley señala que quedan comprendidos dentro de la exención la prestación de servicios de construcción de inmuebles destinados a casa habitación, la ampliación de éstas y la instalación de casas prefabricadas que sean utilizadas para este fin, siempre que el prestador del servicio proporcione la mano de obra y los materiales. Por lo anterior, los trabajos de instalaciones hidráulicas, sanitarias, eléctricas, de cancelería de fierro o aluminio y, en general cualquier labor que los constructores de inmuebles contraten con terceros para realizarlos o incorporarlos a inmuebles y construcciones nuevas destinadas a casa habitación, no se encuentran incluidos en la exención prevista en el artículo 9, fracción ll de la mencionada Ley y 29 de su reglamento, ya que dichos servicios por sí mismos no constituyen la ejecución misma de una construcción adherida al suelo, ni implican la edificación de dicho inmueble. En la siguiente edición compartiremos un ejercicio de la venta de una casa habitación, es decir, la parte práctica.

FIN PARTE TEÓRICA

09 AGOSTO 2013


FISCALIZACIÓN

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Lic. y C.P. Jaime Dávila Galván Director General Despacho Dávila y Asociados Columnista en varios periódicos a nivel nacional

Acciones de la SHCP contra el Lavado de Dinero y la Evasión Fiscal llegar a lo que hoy tenemos de comprobantes digitales, también se estableció un impuesto de control como lo es el Impuesto a los Depósitos en Efectivo que le ha funcionado bastante bien al gobierno federal para detectar omisiones de ingresos. Recientemente se ha aprobado una serie de ordenamientos para el combate al lavado de dinero y en contra de la evasión fiscal, ordenamientos que ameritan estudio y análisis.

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1. Entrada en vigor del facta

AGOSTO 2013

La Secretaria de Hacienda y Crédito Público en la búsqueda de cumplir con sus objetivos y facultades ha establecido diversos mecanismos, y se han aprobado leyes que le permitan hacer un combate más eficiente contra el Lavado de dinero y la evasión fiscal. Desde hace muchos años se ha tratado de cerrarle el camino a la evasión fiscal, mediante los requisitos fiscales que se implementaron a la facturación hasta

La Secretaria de Hacienda y Crédito Público y el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, Firmaron el Acuerdo Interinstitucional para mejorar el cumplimiento fiscal, que incluyo a FACTA,. Esto significa que a partir del día 01 de enero del 2013, las Entidades Financieras de todo el mundo deben cumplir nuevas reglas en la captación, procesamiento y reporte de información, derivadas de la ley fiscal de cuentas en el extranjero de EE.UU. conocida como FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act). Al haber firmado nuestro país, dicho convenio a partir del 01 de enero del 2013, se debió haber iniciado el intercambio de información de forma automática. El Departamento del Tesoro de EE.UU. recaba información sobre ciertas cuentas y productos financieros de residentes mexicanos mantenidas en Instituciones Financieras estadounidenses y


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está comprometido a intercambiar dicha información con la Secretaría de Hacienda de México y buscar niveles equivalentes de intercambio. Esto significa que ambos países intercambiaran información de manera automática sobre las cuentas reportables en instituciones financieras de personas no residentes. Por lo que las cuentas bancarias en instituciones financieras de los Estados Unidos de América que pertenezcan a mexicanos no residentes serán informadas a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, deberán informar entre otras cosas, el nombre del titular de la cuenta, número de cuenta y el monto de intereses pagados. Cabe señalar que el único objetivo del intercambio de información será para evitar la evasión fiscal.

2. Ley federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilicita. El día 17 de octubre de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se expide la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, misma que entro en vigor el día 18 de julio de 2013, iniciando en consecuencia la exigibilidad de sus disposiciones y el cumplimiento de las obligaciones en ella previstas. Cabe destacar que a la fecha no se ha publicado el reglamento respectivo. Con dicha Ley se pretende combatir el Lavado de Dinero, que es un fenómeno antisocial de carácter criminal, generalmente con implicaciones internacionales, donde regularmente participa la delincuencia organizada y cuyo proceso consiste en ocultar, disfrazar o encubrir el origen ilícito de las ganancias derivadas de la comisión de actividades ilícitas, a fin de darles una apariencia de legitimidad. Es por ello que esta nueva Ley regula ciertas actividades económicas a las cuales denomina como “Actividades Vulnerables”, imponiendo una serie de obligaciones a los particulares.

Se señala en la misma Ley que su objeto es proteger el sistema financiero y la economía nacional, estableciendo medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones que involucren recursos de procedencia ilícita, a través de una coordinación interinstitucional, que tenga como fines recabar elementos útiles para investigar y perseguir los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, los relacionados con estos últimos, las estructuras financieras de las organizaciones delictivas y evitar el uso de los recursos para su financiamiento.

El Departamento del Tesoro de EE.UU. recaba información sobre ciertas cuentas y productos financieros de residentes mexicanos mantenidas en Instituciones Financieras estadounidenses y está comprometido a intercambiar dicha información con la Secretaría de Hacienda de México y buscar niveles equivalentes de intercambio.

11 AGOSTO 2013


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Se Señalan como actividades vulnerables, entre otras: 1) Las vinculadas a la práctica de juegos con apuesta, concursos o sorteos. 2) La emisión o comercialización, habitual o profesional, de tarjetas de servicios, de crédito, de tarjetas pre pagadas y de todas aquellas que constituyan instrumentos de almacenamiento de valor monetario, que no sean emitidas o comercializadas por Entidades Financieras. 3) El ofrecimiento habitual o profesional de operaciones de mutuo o de garantía o de otorgamiento de préstamos o créditos. 4) La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles. 5) La comercialización o distribución habitual profesional de vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres. 6) La compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos.7) La prestación de servicios de fe pública.

12 AGOSTO 2013

La Ley impone tres obligaciones a los particulares, la primera de ellas es en relación a la información que tienen que obtener de las personas con las que realizan alguna actividad de las que se consideran vulnerables, es decir se deberá identificar a los clientes y usuarios con quienes realicen las propias Actividades sujetas a supervisión y verificar su identidad basándose en credenciales o documentación oficial, así como recabar copia de la documentación, así como custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable, así como la que identifique a sus clientes o usuarios, por un plazo de cinco años. La Segunda obligación que impone la Ley a los particulares es la presentación ante la Secretaría de los Avisos, información y documentación a que se refiere la Ley. Es decir, los particulares tendrán obligación de informar a la Secretaria cuando sus actividades vulnerables superen los montos que señala el mismo ordenamiento. La tercera obligación es que queda prohibido dar cumplimiento a obligaciones y, en general,

liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación o el pago, de actos u operaciones mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional o divisas y Metales Preciosos, en los supuestos a los que se refiere el artículo 32 de la propia Ley como son: 1)Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles por un valor igual o superior al equivalente a ocho mil veinticinco veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal. 2) Transmisiones de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres por un valor igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, entre otras operaciones. Un claro ejemplo de todo lo anterior seria, que una persona adquiera un vehículo, que se considera actividad vulnerable, por la que se tendría que pedir toda la información respecto a la identificación del adquirente y conservarla, si dicho vehículo supera el monto de seis mil cuatrocientas ve veces el salario mínimo vigente en el DF, dicha operación tendrá que ser informada a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, además si el valor del vehículo es igual o superior al equivalente a tres mil doscientas diez veces el salario mínimo vigente en el Distrito Federal, estaría prohibido su pago en efectivo. La Ley establece una serie de sanciones por incumplimiento a las disposiciones que van desde doscientos y hasta sesenta y cinco mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Además de todo lo anterior, las Instituciones de Crédito de nuestro país, deberán informar a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público todo tipo de transferencias internacionales de fondos como prevención, detección y reporte de operaciones posiblemente relacionadas con delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita. Por un monto superior o igual a mil dólares de los Estados Unidos de América.


C.P. Gabriel Aranda Zamacona Especialista IMSS, INFONAVIT, AFORE Webmaster de http://www.elnidodelseguro.com.mx

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SEGURIDAD SOCIAL UNIVERSAL

Una iniciativa con Tintes Políticos, más que ajustada a la Realidad Mexicana En el pasado proceso de campañas políticas para la Presidencia de la Republica, casi todos los candidatos, dieron a conocer sus iniciativas que de llegar al poder, iban a empezar a establecer en materia de Seguridad Social, llamándoles Seguridad Social Universal, que con el solo nombre ya implica un sinfín de modificaciones y sobre todo establecimientos de legislaciones, en este sentido, el candidato del PRI, ahora Presidente de la Republica, Lic. Enrique Peña Nieto, dio a conocer su propuesta por medio de un artículo publicado en el periódico “El Universal” el 26 de Julio de 2010, que se llamó “Estado Eficaz, Seguridad Social”, mismo artículo que se desprende de su libro “México, la gran esperanza”: Un estado eficaz para una democracia de resultados”, donde detalla a grandes rasgos como seria su propuesta donde destaca lo siguiente:

1.

La creación de un Sistema de Seguridad Social “Universal” donde toda la población, tendría (en teoría) el acceso garantizado a servicios de salud, y tener una “pensión digna”, únicamente a los adultos mayores.

2.

Estos servicios de Salud garantizados, deben de ser de calidad, y con la particularidad de que los asegurados, podrían escoger

donde poder atenderse, tal como sucede en otros países, lo que se conoce como la Portabilidad en Seguridad Social, por un lado para fomentar la competencia entre instituciones de salud para mejorar su calidad, por otro lado para evitar la duplicidad.

13 AGOSTO 2013


SEGURIDAD SOCIAL

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3.

Las pensiones, se hace el énfasis, será solo en la vejez, es decir a partir de los 65 años, y no por Cesantía como venía ofreciéndose, pero sería financiada por los impuestos federales, ya que no se formarían los fondos de ahorro, tal como sucede en la actualidad con las Cuotas Obrero Patronales de organismos como el IMSS, ISSSTE, ISSFAM, etc.

4.

Se pretende además que se eliminen los Costos patronales de Seguridad Social en este rubro, (RCV, IV, RT, Enfermedades y maternidad) esto es, las Cuotas Mensuales y Bimestrales que se pagan por parte de los descuentos de los salarios de los trabajadores, en conjunto, con los pagos de los empresarios.

5.

Con esta eliminación, menciona la propuesta, se quitaría las barreras (tramites, corrupción, costos, etc.) para que la mayoría de la población, pudiera tener acceso a un empleo formal, al facilitarle a los empresarios la creación de fuentes de empleo.

14 AGOSTO 2013

6.

Para poder detonar toda esta Seguridad Social Universal, se tiene que realizará una Reforma Fiscal Integral, tal como se ha mencionado en la actualidad.

7.

En recientes fechas, se le ha incorporado a esta propuesta un Seguro de Desempleo, que funcionaría ,más como una beca para ayudarlos a encontrar una fuente de trabajo. De todos estos puntos, debe de analizarse que esta propuesta, de su momento hace ya tres años, a muchos analistas nos causó mucha sorpresa y hasta incredulidad, sin embargo, en las próximas semanas esta propuesta, se volverá Iniciativa Presidencial, a presentar en el siguiente periodo ordinario de Sesiones del Congreso de la Unión, que inicia el 01 de Septiembre, lo preocupante como tal, en principios de cuentas, es que se está confundiendo el Seguro Popular con la totalidad de la Seguridad Social actual, ya que al parecer desparecerían las cinco ramas del Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS), con ello se cancelarían las precarias, prestaciones de los derechohabientes actuales, debido a que esta propuesta, hasta donde se conoce, solo ve por la atención médica y una pensión mínima garantizada, con la portabilidad de derechos, la pregunta seria, entonces qué pasaría con los Sistemas de pensiones como es el de Régimen de Reparto (Ley Seguro Social 1973) y el sistema de cuentas individuales (Afores, Ley del Seguro Social 1997), existiría un tercer régimen en “transición”, y es como lo menciona en su propuesta,

Lo preocupante como tal, en principios de cuentas, es que se está confundiendo el Seguro Popular con la totalidad de la Seguridad Social actual


SEGURIDAD SOCIAL

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La Pregunta que queda en el aire es ¿Que pasara con las Afores e INFONAVIT y con las obligaciones constitucionales en materia de vivienda y de Retiro?

ya no existiría la remota, pero posible, pensión anticipada como lo contempla la Ley del Seguro Social vigente (1997), y solo se daría a los adultos que tengan de 65 años en adelante, que pasaría con todos los jóvenes, adultos de mediana edad que no tuviesen un empleo formal, no tendría acceso a estos recursos por su edad, por ello la justificación del Seguro de Desempleo. Es muy importante mencionar datos reales, sobre el diagnóstico, actual de la Seguridad Social, uno de ellos es, 6 de cada 10 personas trabajan en la informalidad y no tienen prestaciones sociales, cobertura de salud ni seguridad social; la productividad de los trabajos informales es menor en 45% a la observada en la formalidad, de acuerdo con el gobierno federal. A nivel mundial, datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) indican que sólo 20% de la población tiene una protección social adecuada y más de la mitad no tiene ninguna cobertura. Uno de los puntos medulares a tomarse en cuenta, es que para lograrse esta iniciativa necesita una Reforma Fiscal Integral, por lo cual, ya se tiene el pretexto exacto y necesario para pasar por el mecanismo llamado “Pacto por México” esta situación, toda vez que según uno de los asesores de la propia Seguridad Social Univer-

sal, Santiago Levy, se pretende tomar dos puntos porcentuales del Impuesto al Valor Agregado, con ello, se estará casi por hecho el gravamen de este impuesto en los alimentos y medicinas, tan comentado en los últimos meses por la opinión pública. Esta propuesta, recorta prestaciones y eleva impuestos, ésta es una promesa de intelectuales mediáticos, y actualmente está siendo divulgada como una de las reformas que el país necesita y ampliamente publicitada como soporte social del incremento del IVA generalizado y sin excepción. La Pregunta que queda en el aire es ¿Que pasara con las Afores e INFONAVIT y con las obligaciones constitucionales en materia de vivienda y de Retiro? Hay que esperar en las próximas semanas la presentación al Congreso con su debate público para ver si esta situación se pudiera concretar. Amable lector, tal vez, a la fecha de lectura de estos comentarios, ya se conozca en forma la propuesta oficial de la Seguridad Social Universal, si así fuera ya tiene usted una introducción para el análisis profundo del tema, si todavía no se dar a la opinión pública esta iniciativa, con gusto aquí nos leeremos para debatirla o desmenuzarla en las próximas ediciones.

15 AGOSTO 2013


MOTIVACIONAL

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C.P.C. Humberto García Borbón Ex presidente del IMCP Sonora

¿Quieres sólo tener dinero o ser realmente rico?

16 AGOSTO 2013

Estimados lectores, leí recientemente un artículo que me hizo reflexionar sobre mi vida y la actividad profesional que realizo y que creo que trasciende a un estatus que no imaginamos y que quiero compartir con ustedes. Algunas frases las dejé tal y como estaban escritas en el artículo y agregué algunas con mi sello y experiencia personal. Organiza tu vida para vivir mejor Muchas personas perciben la riqueza como la habilidad de mantenerse financieramente seguro y obviamente a tu familia también. Sin embargo, las verdaderas riquezas te ofrecen un beneficio mucho mayor que solamente seguridad financiera. Si quieres ser rico, primero debes saber y definir qué es ser rico para ti mismo y qué implicaciones tiene para tu vida. Sobre todo, debes saber cómo manejar el dinero y tener conciencia de cómo manejas tus recursos, cuántos activos obtienes constantemente y cuánto te queda para que lo puedas heredar a tu descendencia. Aunque esto último ,yo pienso desde mi muy personal punto de vista, que no debiera ser lo más importante, ya que no trabajas y ahorras simplemente para

pensar en heredar tus logros a tus seres queridos, ya que esto es una simple consecuencia, que al final debes dejar en manos de alguien lo que fue tuyo en este mundo. NO vale la pena desgastarse pensando en este aspecto, ya que seguramente nadie piensa ni se preocupa por nosotros de cómo cuidarnos de viejos. Pregúntate: ¿Qué es para ti la riqueza? ¿Estás contento con lo que tienes y con lo que has logrado? ¿Has utilizado todos los talentos y capacidades que se te han dado o que traes contigo? ¿Eres feliz? ¿Qué te hace falta?


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más de lo que es necesario, descontrolas el equilibrio natural y tal vez enferma y muere. ¿Por qué no aplicamos este principio básico a nosotros mismos? ¿Qué les parece? He pensado que jamás estimamos las ventajas de una vida sencilla. Me refiero a que para determinar la posibilidad de vivir, fijamos el mínimo básico de nuestras rentas, honorarios o salario, y estimamos que es imposible vivir con un ingreso menor. Muchos han llegado hasta el suicidio porque creen insuficientes sus recursos materiales para vivir. Y ese mínimo que causó su desesperación, pudo haber sido suficiente para contentar a muchas personas de pretensiones más simples. Creo entonces, que si existe algún rico que viva contento, es porque ha aprendido a estar contento, no por el hecho de ser rico.

Alguna vez me planteé estas preguntas y me puse a pensar en ellas durante un tiempo intentando responderlas. Como resultado de estas reflexiones, obtuve mi definición personal de riqueza, la cual quisiera compartir hoy con ustedes independientemente de que cada uno tenga su propio concepto. El objetivo es que todos nos preguntemos si aquello que estamos siguiendo es la verdadera riqueza. Estar contentos con lo que tenemos, ¿es ser ricos? Hay quienes son felices en la adversidad y quienes son desgraciados en medio de las riquezas. Todo depende de la actitud con que soportamos desgracias y del modo que utilizamos las riquezas. Así que coincido con el artículo que “el bienestar no proviene de las muchas riquezas, sino de las pocas necesidades”. Cuando compramos una mascota y nos informamos de lo que necesita, encontramos que sus necesidades son realmente pocas. Si le damos

Sin duda que el dinero puede contribuir para que alcancemos alguna dicha, pero es por esta razón que solo debemos considerarlo como un medio y no como un fin. Por ahí alguien dice: El dinero no lo es todo, pero calma los nervios y las angustias. Por eso vemos como un error muy frecuente el querer acumular el dinero de modo tal que para obtenerlo agotemos nuestra vida o nos desgastemos demasiado. Sin duda, el hombre que trabaja y se afana sin descanso durante los mejores años de su vida, con la esperanza de reunir suficiente dinero para retirarse de los negocios y hacer de sus últimos años un eterno día de fiesta o de cosas placenteras, quizá descanse hasta el sepulcro, al que bajará prematuramente. La naturaleza no puede ser forzada impunemente. La riqueza no se trata de gastar nuestra vida por estímulos ambiciosos, lo que muchas veces es una tarea vana, ya que agotamos nuestros cuerpos por exceso de trabajo, por dormir poco, por comer mal, y por no procurar hacer actividades

17 AGOSTO 2013


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para mantenerlo saludable. Yo por ejemplo, he jugado beisbol en ligas organizadas más de 50 años y de complemento como hobby realmente activo, juego golf muy seguido. Por eso, únicamente debemos buscar el dinero que podamos disfrutar, pues aunque fuéramos mil veces más ricos no podríamos multiplicar en igual proporción nuestras necesidades, nuestros placeres, ni nuestro tiempo. Debemos estar conscientes que con el dinero no podríamos adquirir talento, afectos, salud, vida, ni tantas otras cosas que deseamos y que nos producen satisfacción y felicidad. Lo que nos hace felices o desgraciados no es la riqueza ni la miseria, sino la imaginación. La pobreza tiende a promover el éxito; la riqueza, todo lo contrario. Quien lo dude, que se fije en los que han crecido siendo ricos y qué multitud de ellos han caído, y cuántos han alcanzado éxito a pesar de su pobreza.

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La abundancia disminuye la imaginación y tranquiliza todo esfuerzo. El gato deja de perseguir a los ratones en cuanto se le da abundante carne de comer. Otro tanto sucede con los hombres, con pocas y honorables excepciones, sólo trabajamos “duro”, cuando nos vemos precisados a hacerlo.

capaces de apreciarnos; muchos placeres sanos, que no traigan consigo sufrimientos ni penas; devoción por lo bueno, y una religión sencilla, sin misterios, llena de confianza, amor y esperanza: Esta es la verdadera riqueza, porque mientras más vacía tiene el hombre la cabeza, más llenos necesita sus bolsillos.

Además, las riquezas heredadas, en la mayoría de los casos, vuelven inútiles a sus poseedores; inútiles para sí mismos y para los demás, pues disminuyen las aspiraciones, las ambiciones y los deseos de superación o de hacer algo auténticamente de uno mismo. Aprendamos a estar contentos con lo que tengamos. Abandonemos toda ambición irrazonable y sólo busquemos los grandes ideales.

En el progreso del mundo, llegará el día en que no tengamos que depender de muebles suntuosos, lujosas vajillas, ni costosos decorados. El carácter se enriquecerá tanto en el desarrollo ascendente del mundo, que no importará el precio de lo que nos rodee, no importa que costoso sea, solo formará una insignificante porción de los cimientos de nuestra vida. Así que nuestros mejores esfuerzos sean, no para acumular riquezas, sino para ganar independencia.

Una casa tranquila; disfrutar tu matrimonio y/o a tu pareja; flores o algo cultivado por nosotros mismos, unos cuantos libros o revistas escogidos, llenos de la inspiración del genio; unos pocos amigos, merecedores de que se les quiera y

Piensa en que mientras más tenemos, más queremos. Quien tiene asegurado un mejor mañana, es quien más se preocupa por su subsistencia y la de sus descendientes, por su presente y por su


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porvenir; y es la dama que más vestidos tiene la que se desvela pensando qué se pondrá mañana; y el que tiene mejor despensa, quien más se preocupa por lo que comerá al día siguiente. Concluyo pensando en que no debe llamarse rico al que puede perder sus bienes al día siguiente por quiebra, incendio, robo o cualquier otro accidente. Solamente es rico el hombre de carácter; éste lleva sus riquezas consigo y las retendrá aun cuando pierda cuanto objeto material haya poseído. Si quieres saber realmente en qué enfocar tu mente y tus decretos de intención, te voy a decir de forma breve y concisa lo que muchos gurús, profetas y filósofos te dicen en cientos de tomos. Esto es ser rico de carácter, no le des vueltas. No hay mayor riqueza. Velo tú mismo. Se rico en tu interior, cultiva tu creatividad, ahí está tu espíritu. Disfruta cualquier arte, deporte, lee, escribe, ve al teatro, sueña despierto, escucha música, dibuja, conversa. Ten fe en algo superior a ti, cree en tus valores, en tus ideales, en Dios; pídele mucho, pero agradécele aún más.

El poder hacer un cambio en tus hijos, en las personas, en la sociedad, en tu oficina, al colegio que perteneces, en tus allegados simplemente no tiene precio. Saber que fuiste importante para otros y que ayudaste grandemente a otro ser humano produce una satisfacción tan grande que si no la has sentido definitivamente tienes cierto grado de “pobreza”. El dinero no es tu enemigo, no te equivoques, pero no te hace rico por sí mismo, es más bien un vehículo para lograr objetivos más trascendentes. Tú no quieres $500 mil para comprarte un auto, quieres transportarte seguro y cómodo. Tú no quieres $200 mil para pagar la escuela, quieres una buena educación para tus hijos. El dinero ofrece bienestar y ayuda a los demás. El dinero afecta para bien tu vida si lo sabes usar. Come bien, duerme a tus horas, haz ejercicio (pero en verdad hazlo, no te engañes a ti mismo con actividades esporádicas), se aseado y siéntate en una posición correcta. De nada te va a servir el dinero si tu cuerpo o mente están enfermos. Estudia, abre tu mente a ideas nuevas. Conoce lo que piensan los demás. Cultívate y aprende sobre materias diferentes a las de tu trabajo. Se esférico, no cuadrado. Realmente, ¿eres un buen amigo?, ¿eres un buen padre o una buena madre?, ¿dedicas tiempo a tus seres queridos? Se abundante en amabilidad y cortesía. No seas egoísta y vanidoso. Entre más grande es tu ego, menos amor das y por ende, menos amor recibes. Mientras más vacía tiene el hombre la cabeza, más llenos necesita sus bolsillos. La riqueza consiste mucho más en el disfrute que en la posesión, dice Aristóteles. Si o no te hacen pensar detenidamente todas estas reflexiones? Ojalá te haya servido y sé felíz! Hay una frase que dice: “Tener éxito es obtener lo que se desea y ser feliz, es disfrutar lo que se obtiene”.

19 AGOSTO 2013


ECONOMÍA

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Dr. Luis A. Galaz Director General de Fundación Beltrones, Columnista de varios periódicos y revistas locales y nacionales con temas de economía internacional

La Fiscal y otras Reformas Mucho se ha analizado, y más se seguirá discutiendo en los próximos meses acerca de las reformas que México necesita hacer para progresar.

20 AGOSTO 2013

Entre los múltiples y complejos ajustes que requiere la economía mexicana, se destaca la reforma fiscal integral, que también debe abarcar e incluir o comprender en primer lugar a la reforma del estado, a la reforma hacendaria encaminada hacia un nuevo federalismo fiscal y patrimonial, así como incluir a la polémica reforma energética que abarca la CFE y a Pemex. O sea que una verdadera reforma integral de la política fiscal, que corre paralela a la política monetaria, inicia desde el replanteamiento de una moderna política económica de estado; y no sólo se trata de las simples estrategias e instrumentos fiscales de las políticas de ingresos y gastos del Gobierno federal y los locales. No, una verdadera reforma fiscal no sólo se refiere a cobrar más impuestos. Lo que también debemos definir con urgencia son los grandes lineamientos macroeconómicos que más nos beneficien y fortalecen la soberanía económica como las convenientes alternativas de nichos estratégicos de apertura comercial y las privatizaciones. Simultáneamente tenemos que decidir qué tipo de modelo o sistema económico queremos implantar en la economía mexicana de manera permanente y con rumbo fijo, esto es una verdadera política económica de

estado, que para que sea viable, efectiva y duradera, tiene que ser consensuada por todos los agentes económicos y sectores productivos, así como concertada o aprobada por la mayoría de la población. En virtud de una adecuada planeación del desarrollo y gasto público, que conlleva una efectiva y eficiente instrumentación de la política económica, se conforma el sistema o modelo económico que se aplica e implanta en determinado país. En los Estados Unidos mantienen un sistema capitalista de estado desde hace siglos. En Cuba sostienen un sistema socialista desde hace seis décadas. En China y en Rusia acaban de pasarse del comunismo hacia el capitalismo salvaje. Así todos los países aplican algún modelo para decidir qué producir, cómo producir y para quién producir.


ECONOMÍA

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21 En esto de seleccionar el mejor y más adecuado sistema para nosotros, aquí en México ya hemos probado de todo, a pesar de que la Constitución muy claramente nos exige la aplicación de un régimen de economía mixta, que se ubique entre el capitalismo y el socialismo, entre el libre mercado y el estado. Empero, nuestro problema aquí con nosotros es que hemos andado dando tumbos de un extremo a otro y pocas veces hemos permanecido con rumbo fijo en la sabia medianía del sistema mixto. Ya en muchas ocasiones hemos analizado que el mal llamado modelo “neoliberal” que se trata de aplicar ha sido un rotundo fracaso. Otra vez el reconocido economista premiado con el Nobel, Eric Maskin, lo reitera: falló el modelo económico. Se disparó la pobreza y la consecuente disparidad o desigualdad entre ricos y pobres.

El fracaso del actual modelo, que no es nuevo ni mucho menos liberal, a pesar de elevó algunos ingresos por la globalización, desafortunadamente también incrementó la inequidad, situación que debe atenderse en el próximo camino, modelo o sistema económico que instrumentemos durante la presente década. Brillantes expertos economistas laureados con el premio nobel como Maskin, Krugman y Stiglitz, sugieren e insisten en que para vencer a la recurrente crisis que afecta al mundo se deben bajar los impuestos, aumentar el gasto público y relajar la política monetaria. Se requiere concretar un intenso trabajo sistémico entre los agentes económicos y sectores productivos para evitar las crisis recurrentes, y una estrategia es bajar los impuestos.

AGOSTO 2013


RESEÑAS

Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez, Presidente del IMCP Sonora

Junta de Consejo Ejecutivo Nacional del IMCP en Hermosillo

22 JUNIO 2013

El 28 de junio de 2013 el Consejo Ejecutivo Nacional del IMCP celebró su reunión ordinaria en nuestra ciudad, la cual fue presidida por nuestro Presidente Nacional C. P. C. Carlos Cárdenas Guzmán. El Colegio de Contadores Públicos de Sono-

ra, A. C. fue el anfitrión de este evento el cual se celebró en las instalaciones del Hotel Fiesta Americana, ahí nuestro Presidente Nacional entregó un reconocimiento al IMCP Sonora en agradecimiento a su disposición para celebrar


RESEÑAS

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la junta ordinaria. En representación del IMCP Sonora asistieron a dicha reunión C. P. C. José Fidel Ramírez Jiménez, Presidente, y C. P. C. Guillermo Williams Bautista, Vicepresidente General. Al presidente del IMCP fue acompañado por su esposa la Sra. Alejandra de Cárdenas, de igual manera la Sra. Ileana Herrera de Garza esposa del C.P.C. Martín Garza, fueron atendidas por la C.P. Lorena Guadalupe de Ramírez y la C.P. Siria de Williams. En la junta se tocaron temas de gran relevancia para la profesión. Una vez concluidos los trabajos se ofreció, por parte de los anfitriones en las instalaciones del Colegio, un convivio que incluyó una representación de la danza del venado, la cual fue de mucho agrado por parte de nuestros visitantes. Durante la convivencia nos visitó el C.P. Alejandro López Caballero, Presidente Municipal de Hermosillo, quien habló de las ventajas que ofrece nuestra ciudad y ofrecer a nuestros visitantes la posibilidad de celebrar convenciones nacionales y regionales en la capital del estado.

23 JUNIO 2013


El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A. C Se enorgullece en felicitar ampliamente a la C.P.C. María Guadalupe Ruiz Durazo, socia activa de nuestro Colegio, por haber sido designada por el C. Gobernador del Estado Lic. Guillermo Padrés Elías como titular de la Secretaria de la Contraloría General del Estado de Sonora a partir del 09 de agosto de 2013. Reiteramos nuestro respaldo institucional a la primera Contralora que resultó de una propuesta ciudadana. Esperamos éxito total en tu gestión.

Atentamente C.P.C. JOSÉ FIDEL RAMÍREZ JIMÉNEZ, MDF Presidente del Consejo Directivo 2013-2014


El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, te da la más cordial de las bienvenidas y te invita a que te integres a sus actividades y a sus Comisiones de Trabajo, formando parte importante de nuestra institución, fortaleciendo así los vínculos con la profesión y los colegas, lo que favorecerá a tu desarrollo y crecimiento profesional.

ELIA DEL CARMENO MOREN IBARRA

En la gráfica, se aprecia a nuestra nueva socia la C.P. Elia del Carmen Moreno Ibarra en la toma de protesta respectiva por el C.P.C. Víctor Hugo Bobadilla Aguiar, distinguido Ex Presidente de nuestro Colegio, ante la Asamblea de Socios acaecida el día 17 de julio. Aquí nuestra nueva socia, acompañada por el C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez, Presidente de nuestro Colegio, y el C.P.C. Víctor Hugo Bobadilla Aguiar, Ex Presidente quien hizo la toma de protesta, en la foto del recuerdo.

¡¡ Orgullosamente Colegiados!!

AGOSTO 2013 HERMOSILLO, SONORA, MÉXICO.

C.P.C. Martha Patricia Véjar Grijalva Presidente de la Comisión de Membrecía del IMCP Sonora


C.P. Ma.de Jesús Rivera Briceño Vicepresidente de Práctica Externa

CIBER TIPS

El uso de la Tecnologías de la Información ha llegado a formar parte de las primeras necesidades dentro de un Despacho Contable o para los Contadores Públicos independientes, automatizando los procedimientos contables y haciendo sus prácticas profesionales de una manera eficiente, agilizando trámites, trabajo y ahorrando tiempo. El objetivo de ésta sección, es apoyar al gremio de Contadores Públicos con artículos que puedan ayudar a resolver problemas que quizás con un poco de orientación, obtengan una solución y en caso de no ser así, que se acerquen a su especialista informático de confianza. Contar con un aliado al cual se pueda recurrir para resolver fallas o simplemente exponerle dudas y que proporcionen distintas soluciones a las problemáticas o inquietudes presentadas es algo primordial. Esperamos sea de su utilidad y agrado.

¿Qué es el SIPARE?

1. Generar el archivo de pago con el SUA Ejemplo: W1405485.SUA 2. Si es la primera vez que entra al SIPARE hay que darse de alta en el sistema. Entra a la siguiente liga: http://sipare.imss.gob.mx/sipare_webapp /index.jsp

3. Hacer clic en Registrar Nuevo Usuario. 4. Hace clic en la opción Examinar.

Es una nueva y moderna herramienta del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) que le permitirá realizar el pago de sus obligaciones como patrón de una manera mucho más sencilla, rápida y segura. 1. Podrá realizar el pago de sus aportaciones en las Instituciones Bancarias autorizadas, utilizando simplemente una Línea de Captura (LC) que vendrá incluida en la propuesta de pago. 2. Si está de acuerdo con la propuesta emitida por el Instituto, sólo deberá realizar su pago ya sea en ventanilla o a través de la banca en línea utilizando la Línea de Captura. 3. En caso de no estar de acuerdo con la propuesta emitida por el Instituto, podrá acceder a la página SIPARE en el sitio web del IMSS y generar su nueva LC utilizando el archivo de pago SUA con el que calculó sus aportaciones. Generar una nueva Línea de Captura (LC).

5. Se busca la ruta donde guardamos el archivo de pago generado con el SUA (en nuestro caso el archivo es el mencionado arriba en el ejemplo: W1405485.SUA). 6. Damos clic en Aceptar. Nos desplegara la información como sigue: Datos Obtenidos Favor verifique los datos de usuario Nombre o Razón Social: JUAN PEREZ Registro Patronal: E6435871102 Dirección: AVE DEL ROSAL 45 Confirmación


CIBER TIPS

Ing. Martín Ignacio Molina Forni Comisión de Informática

Si los datos obtenidos son correctos ingrese los siguientes campos

Bienvenidos. Derechos Reservados IMSS.

• Correo electrónico*

Aquí seleccionaremos la opción 2 que es Recepción y Validación de Arch. Pago Recepción y validación del archivo de pago El tamaño máximo de archivo a validar es de 4 Megabytes

• Contraseña del usuario sipare*

Archivo de Pago* longitud de 8 a 25 caracteres • Reescribir Contraseña* Examinar Aceptar Aquí ingresaremos la información que se nos solicita. 7. Una vez que tenemos nuestra contraseña entramos al SIPARE. Capturamos el Usuario (este es el número patronal, ejemplo: E6435871102) y la contraseña que acabamos de generar. • Usuario

En examinar buscamos la ruta donde se encuentra el archivo de pago que generamos con el SUA. Una vez localizado el archivo, damos clic en Aceptar. Si el archivo fue generado correctamente, nos aparcerá la siguiente información. Recepción y validación del archivo de pago El tamaño máximo de archivo a validar es de 4 Megabytes

• Contraseña*

* Datos Requeridos.

* Datos Requeridos.

Archivo de Pago* Aceptar

• [Registrar Nuevo Usuario] [Recuperar Contraseña] Nos desplegará una nueva ventana donde nos aparecerá la siguiente información:

Aceptar

* Datos Requeridos. RESULTADO: Diagnóstico El archivo fue recibido con éxito, ahora puede generar su Línea de Captura. Generar línea de captura Puede consultar su diagnostico

Línea Captura • Consulta Línea de Captura • Recepción y Validación Arch. Pago • Consulta carga de archivos de pago

Clave de recepción de archivo 4255417

Damos clic en generar línea de captura y nos abrirá una nueva ventana con la nueva línea de captura. Imprimimos y es la hoja que llevaremos a una institución bancaria autorizada.


C.P. Renata Félix Nicols Presidente de la Comisión de Eventos Culturales

CULTURA

UN PASEO POR ESPAÑA… Mis mas estimados conta-lectores, el tiempo sí que pasa rápidamente, escribiendo por tercera vez para nuestro deleite sobre uno de los países más importantes del mundo como la Gran España. Quien no deja de pensar cuando escuchamos su nombre a la Gran Conquista, Cristóbal Colon, Toros, Flamenco, Reyes, Vinos, Quesos, Pan, y más… Como recordarán, España es una monarquía parlamentaria, con un monarca hereditario que ejerce como Jefe de Estado —el Rey de España—, y un parlamento bicameral, las Cortes Generales.

El Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy

El Rey de España, Juan Carlos I

La monarquía parlamentaria es una de las formas de gobierno existente en las democracias occidentales actuales, en la que el rey ejerce la función de jefe de Estado bajo el control del poder legislativo (parlamento) y del poder ejecutivo (Gobierno), es decir, el rey reina pero no gobierna (expresión debida a Adolphe Thiers). Las normas y decisiones emanadas del Parlamento regulan no sólo el funcionamiento del Estado sino también la actuación y funciones del propio rey. Aun que España en sus últimos años su economía se ha tornado con problemas de desempleo y crisis, la Madre España sigue potenciándose y los ojos del mundo sobre ella. Esperamos que España logre cautivarlos un poco y sea esta sección de su agrado y… Olé!


Y ARTE PERSONAJES ESPAÑOLES PINTOR PABLO PICASSO : Pablo Picasso nació en Málaga, España, el 25 de octubre de1881. Su padre era profesor de dibujo y se llamaba José Ruiz Blasco, por lo que tomó el apellido de su madre, María Picasso, para hacerlo famoso en todo el mundo. ÉPOCA EXPRESIONISTA: Con el comienzo de la Guerra Civil Española, Picasso fue nombrado director del Museo del Prado. En 1937 pintó uno de sus cuadros más famosos, el Guernica, es un alegato contra la guerra y el terror infligido a la población civil durante el bombardeo aéreo alemán sobre Guernica. En estos años la mayor parte de las obras expresan un sentimiento de angustia, como consecuencia de la problemática situación que se vivía. El punto culminante de su expresionismo lo marcan sus cabezas de dos caras.

FLAMENCO El Arte Flamenco es un arte andaluz, nacido al Sur de España. Este arte se manifiesta en tres formas, en el Canto, en el Baile y en la Guitarra. Su procedencia es bastante incierta, pues al poseer raíces muy antiguas y ser a su vez una manifestación popular, se cree encontrar sus orígenes en los cantos y danzas populares que existieron en Andalucía.

E.C.P. Yanet Sandoval Miembro de la Comisión de Eventos Culturales del IMCP Sonora

Miguel de Cervantes Saavedra: A pesar de ser el escritor más célebre no sólo del Siglo de Oro sino de toda la literatura española, la vida de Miguel de Cervantes Saavedra (1547-1616) no fue una de mucha tranquilidad ni de riquezas.

El ingenioso hidalgo don Quijote de la Mancha es la obra cumbre de Miguel de Cervantes Saavedra, y una de las obras más influyentes de la literatura española y hasta de la literatura universal. Además, se le considera la primera novela moderna. Consiste en dos partes que se publicaron en 1605 y 1615.


CONVOCA AL CERTAMEN DE

PROFESOR DISTINGUIDO 2013

30 AGOSTO 2013

El título de “PROFESOR DISTINGUIDO” es un reconocimiento que el Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C., anualmente otorga al Contador Público que haya sobresalido por su vocación de servicio, responsabilidad, capacidad profesional, productividad académica y ética, en la formación de profesionales de la Contaduría Pública; por lo que se invita a las Instituciones de Educación Superior, a las Delegaciones Afiliadas y a los docentes de la Licenciatura en Contaduría Pública, a participar en su selección bajo las siguientes bases:

1.

Los candidatos deben ser docentes de la carrera de Licenciado en Contaduría Pública de Instituciones educativas que se ubiquen en cualesquiera de las poblaciones que conforman el Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C., incluyendo a sus delegaciones.

c) Ser un modelo para los miembros de nuestro Colegio en lo que se refiere a capacidad técnica, científica, ética y proyección moral. d) Acreditar el cumplimiento de la Norma de Educación Profesional Continua de cuando menos 5 años anteriores. e) Haber acreditado el cumplimiento de otras actividades en apoyo a la docencia. f) Ser Contador Público Certificado.

3.

Las fechas del concurso serán las siguientes:

a) Ser socio activo del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C., con una antigüedad no menor a diez años y participar activamente en el mismo.

a) Periodo de inscripción de candidatos: del 15 de Septiembre de 2013 al 30 de Noviembre de 2013, en horario de 9:00 a 13:00 horas y de 16:00 a 19:00 horas de lunes a viernes y sábados de 9:00 a 13:00 horas, en las oficinas del Colegio ubicadas en calle C.P.C. Octavio Acosta Salomón #42, Esquina con Calle C.P. Agustín Caballero Wario, Colonia Villa Sol, Hermosillo, Sonora, teléfonos [662] 217-46-99 y [662] 213-2145, email: mariajhurtado@hotmail.com

b) Tener una antigüedad mínima de 10 años en el ejercicio de la docencia en la formación de Contadores Públicos.

b) Fecha de premiación: Durante la Semana de la Contaduría Pública 2014 del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

2.

El otorgamiento de este honor exige el cumplimiento por parte del candidato propuesto de los siguientes requisitos:


4.

La selección de los ganadores se hará por un jurado calificador que estará integrado por el Presidente, Vicepresidente General, Vicepresidente de Relaciones y Difusión y el Presidente de la Comisión de Premios del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

5.

El jurado se sujetara a los términos de esta convocatoria y su decisión será inapelable.

6.

La decisión del jurado será en base a la mayor puntuación lograda por los candidatos de acuerdo a la tabla de puntuación.

7.

Se premiará al primer lugar otorgando:

a) Constancia de distinción que lo acreditará como “PROFESOR DISTINGUIDO” 2013.

8.

Cualquier situación no contemplada en esta convocatoria será resuelta por el jurado calificador.

9.

Los proponentes deberán enviar a la Comisión de Premios la siguiente documentación:

a) Carta de apoyo al candidato propuesto firmada por los proponentes. b) Formulario para participar en el Certamen “PROFESOR DISTINGUIDO” indicando:

I. Información General. II. Estudios realizados. III. Estudios Posteriores a la Licenciatura IV. Actividades Docentes. V. Distinciones. VI. Asistencia a Convenciones. VII. Actividades Colegiadas. VIII. Experiencia Profesional.

b) Carnet de la Semana de la Contaduría Pública correspondiente al periodo 2014. c) Inscripción al Certamen de Profesor Distinguido del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C. d) Asistencia gratuita a cursos o cualquier evento técnico del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. durante el periodo 2014-2015.

c) Copia de los documentos oficiales que comprueben los requisitos señalados en esta convocatoria, numerados del I. en adelante y en el orden señalado en el inciso anterior, haciendo referencia en el renglón correspondiente al número de comprobante. d) Una fotografía reciente tamaño credencial a color.

Esta Convocatoria fue aprobada por el Consejo Directivo 2013-2014 conforme a los Estatutos y el Reglamento a los Estatutos del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez Presidente del Consejo Directivo

C.P. Ruth Lizbeth Acosta Bustamante Vicepresidente de Relaciones y Difusión

C.P. María Jesús Hurtado Olguín Presidente de la Comisión de Premios

31 AGOSTO 2013


EVENTOS

Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

EVENTOS DEL MES DE JULIO El día viernes 5 de julio se llevó a cabo el taller téorico práctico para la presentación de pagos provisionales del ISR e IETU para Personas Morales, donde tuvimos a los excelentes expositores miembros de la Comisión Fiscal los C.P.C. Sebastián Rivera Peña y el C.P.C. Martín Baltazar Lagarda Esquer, donde el Ex Presidente el C.P.C. Rodolfo Flores Hurtadoles hizo entrega de un merecido reconocimiento a nombre de nuestro Colegio.

El día miércoles 17 de julio se llevó a cabo la Tercer Asamblea General Ordinaria de Socios, en donde tuvimos como invitado especial al Ing. Saúl Rojo del Movimiento AGUA (Agrupación unidos por el agua) con el tema: Soluciones ciudadanas a la problemática del agua en Hermosillo.

32 AGOSTO 2013

El día sábado 20 de julio contamos con la excelente exposición del C.P. Carlos Estada Tapia, Miembro de la Comisión Fiscal y Síndico del Contribuyente ante el SAT del taller de Régimen de Arrendamiento donde también se contó con una gran número de asistentes y el C.P.C. Octavio Acosta Salomón, Ex Presidente y Vicepresidente de Legislación del INCP y Miembro de la Junta de Honora del IMCP, le entregó un merecido reconocimiento a nombre de nuestro colegio.

El día 27 de julio se efectuó el taller de Régimen Intermedio de las Actividades Empresariales expuesto por nuestro Presidente el C.P.C. José Fidel Ramírez Jiménez y donde la Vicepresidente de Práctica Externa la C.P. Ma. Jesús Rivera Briceño le entregó un reconocimiento a nombre de nuestra institución.


EVENTOS

Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

El Comité que lleva a cabo las labores del ROSTRO HUMANO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA del IMCP Sonora, encabezadas por la CP Lorena Guadalupe Islas de Ramírez, llevaron a cabo, el día 27 de julio, la primera actividad de beneficencia del periodo 2013-2014 la cual consistió en llevar desayuno y realizar actividades manuales a niños residentes en la invasión “Guayacanes” ubicada al norte de Hermosillo, beneficiando a 80 niños de dicha comunidad. De igual manera, en esa fecha, las voluntarias del ROSTRO HUMANO llevaron al “Albergue Luz Valencia” para enfermos en fase terminal 40 kg de arroz y 30 kg de frijol, asimismo se entregó al “Asilo Don Bosco” medicamentos, 20 kg de arroz y 20 kg de frijol.

33 JUNIO 2013


ACTUALIZACIÓN INTEGRAL DE AUDITORIA 2013 NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA MODULO I: ACTUALIZACIÓN PARA PRINCIPIANTES 22, 23 Y 24 DE AGOSTO DE 2013 MODULO II: ACTUALIZACIÓN PARA INTERMEDIOS 24, 25 Y 26 DE SEPTIEMBRE DE 2013 ENFOCADO AL PERSONAL DE LAS FIRMAS DE CONTADORES PÚBLICOS, ASÍ COMO A PROFESIONISTAS QUE SE ACTUALIZARAN CON NORMATIVIDAD DE AUDITORIA EN VIGOR. OBJETIVO: A) Los participantes se adentraran en las NIA´S, en vigor en México a partir de 2012. B) Cumplir con normas de control de calidad, al dar entrenamiento a su personal. C) Familiarizarse con los términos de las NIA´S en vigor. Actualización Integral de Auditoría Normas Internacionales de Auditoría Actualización para Principiantes 20 horas (jueves, viernes y sábado), Segunda quincena de Agosto 10 temas de 2 horas 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

TEMAS

EXPOSITOR

HORARIO

Introducción a las normas de auditoría (glosario) Efectivo y Equivalentes NIF C-1 Cuetnas por cobrar NIF C-3 Control Interno Inventarios/Costo de Ventas NIF C-4 Propiedades Planta y Equipo NIF C-6 Nominas Análisis y Revisión Contingencias/ Pasivos provisionales NIF C-9 Impuestos por pagar Cuentas de Resultados NIF B-3

Juan Luis Patiño Javier Carreño Knappe Francisco Preciado Bracamonte Ramón Gómez Fernández Carlos Zamora Balderrama Jazheel Pérez Durón Ernesto Villegas Roberto Clemente Ramírez Juan Luis Patiño Juan Luis Patiño

9-11 11-13 15-17 17-19 9-11 11-13 15-17 17-19 9-11 11-13

Agosto-22-2013

Agosto-23-2013 Agosto 24-2013

Actualización Integral de Auditoría Normas Internacionales de Auditoría Actualización para Principiantes 20 horas (jueves, viernes y sábado), 24 a 26 de Septiembre 10 temas de 2 horas 1

2 3 4 5 6 7 8 9 10

TEMAS

EXPOSITOR

HORARIO

Planeación de la Auditoría /NIA 300/NIA 320/ Importancia o materialidad en la planificación de la auditoría Documentación de la Auditoría NIA 230 C-5 Pagos Anticipados y C-8 Activos Intangibles D-3 Beneficios a los Empleados B-2 Estados de Flujo de Efectivo Muestreo Estadístico NIA 530 Revisión de Comisario NIA 330 Respuestas del Auditor a los riesgos valorados Hechos Posteriores (NIF 560) Partes Relacionadas (NIF 550)

Juan Luis Patiño

9-11

Jesús Acuña Edmundo Salazar Act. Alejandro Turner Hurtado Fernado de Silva Guillermo Williamns Sebastián Rivera Humberto García Borbón

11-13 15-17 17-19 9-11 11-13 15-17 17-19

Emilio Aviles Carlos Zamora B-

9-11 11-13

Septiembre -26-2013

Septiembre-27-2013

Septiembre 28-2013

COSTOS POR MÓDULO : Socios al corriente en pagos y su personal $2000 (Aplica promoción de asisten 4 y pagan 3), Socio no al corriente y su personal $2600, Público en general $3000 (Aplica promoción de asisten 4 y pagan 3) Atentamente: C.P.C. Ramón Fernández Gómez Vicepresidente de Legislación. Lugar: Colegio de Contadores Públicos de Sonora, AC. Calle C.PC. Octavio Acosta S, esq. Calle Agustín Caballero W., Col. Villa Sol, Hermosillo, Sonora . Reservaciones: 217 46 99 y 213 21 45 ó al mail: recepcion@ccpdesonora.org


Diplomado Fiscal Integral OBJETIVO: Siempre con el compromiso de cumplir con la educación profesional continua de nuestros socios así también pensando en la preocupación de los empresarios y publico en general por cumplir correctamente con la legislación fiscal vigente, hemos diseñado nuestro programa de capacitación fiscal 2013, con el fin de que el participante solvente sus necesidades personales o bien asesore a los empresarios personas morales así como también a las personas físicas con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a través de conocer la legislación fiscal vigente de nuestro país así como algunos tópicos en el extranjero, así como también el poder desarrollar un criterio fiscal y de poder tomar las decisiones mas correctas como asesor o responsable del área fiscal de la empresa u organización.

CONTENIDO TEMÁTICO: Módulo I - Código Fiscal de La Federación Módulo II - Aspectos Fiscales contable y notas a los estados financieros Módulo III - Estudio del Impuesto Sobre la Renta Módulo IV - Enajenación de acciones y dividendos Módulo V - Residentes en el extranjero Módulo VI - Integración del Salario Base de Cotización Módulo VII – Industria Maquiladora de Exportación Módulo VIII - Dictamen del Seguro Social Módulo IX - Consideraciones Fiscales Al Cierre De Ejercicio Módulo X - Regimen Simplificado y sus consideraciones Fiscales LUGAR: Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Dirección: Calle C.P.C. Octavio Acosta Salomón #42, esq. Agustín Caballero Wario, Col. Villa Sol, Hermosillo, Sonora. Contacto: Lic. Judith Ramírez Tel. (662) 213 2145 y (662)217 46 99 PROMOCIÓN CORPORATIVA Para asistentes de una misma empresa o despacho, en la compra de 3 carnets completos el 4to es gratis!!!

PRECIOS: Público General $8,500.00 Socios (NO al corriente en sus pagos) $8,000.00 Socios (al corriente en sus pagos) $7,000.00 Módulo Individual $1,500.00 Precios incluyen IVA.

VENTA DE CARNETS: Oficinas del Colegio de Contadores Públicos de Sonora Calle Octavio Acosta S. No.42 esquina con Agustín Caballero, Col. Villa Sol, Hermosillo, Sonora. Tels: 01(662) 213-2145 y 217-4699, E-mail: recepción@ccpdesonora.com.mx www.ccpdesonora.com.mx


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