Abaco octubre

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Revista Informativa y de Opinión Profesional del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

No. 196 del 1 al 31 de Octubre 2016

Prestaciones Sociales Ley de Transparencia y Acceso a la Información El Fraude y La Corrupción El Mal Hábito de No Alegar C.P.C. Octavio Acosta Salomón No.42 Esq. C.P. Agustin Caballero Wario, Col. Villa Sol. Hermosillo, Sonora. Tels. (662) 2 13 21 45 y 217 46 99, recepción@ccpdesonora.org www.ccpdesonora.org


Contenido Octubre 2016

04 07 13 15 19 20

AUDITORIA GUBERNAMENTAL

Ley de Transparencia y Acceso a la Información

C.P. Jorge Arturo Herrera Ibarra

SEGURIDAD SOCIAL

Prestaciones Sociales

C.P.C Juan Antonio Córdova Feliz

AUDITORIA FORENSE

El Fraude y La Corrupción Dra. Muna Buchahin Abulhosn FISCAL

Donación

C.P. y Lic. Rosalba Montaño Martínez

REFLEXIÓN

El Mal Hábito de No Alegar Aron Tapia

motivación

Éxito Personal Dr. Rich Morales

Dra. Yeziret Peralta Leyva PCCA PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE REVISTA

Publicidad: Dra. Yeziret Peralta Leyva, email: abaco.ccpdesonora@gmail.com NOTA DE EDICIÓN: Los artículos contenidos en esta revista son responsabilidad del autor y no del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. DIRECTORIO CONSEJO DIRECTIVO 2016-2017. PRESIDENTE – CPC MARIO ARVIZU REAL, VICEPRESIDENTE GENERAL – CPC SEBASTIÁN COLIO CONSTANTE, TESORERO – CP JUAN CARLOS ÓSTLER LÓPEZ, PROTESORERO – CPC MARTIN BALTAZAR LAGARDA ESQUER, SECRETARIO DE ASAMBLEA – CPC PEDRO WILFREDO TAPIA MALDONADO, SECRETARIO DE CONSEJO – CP GERMÁN LÓPEZ VIRGEN, PROSECRETARIO DE ASAMBLEA- CP MARTHA ISELA ISLAS PACHECO, PROSECRETARIO DE CONSEJO – CP ISRAEL LÓPEZ MEZA, VICE PRESIDENTE FISCAL – CPC JOSÉ FIDEL RAMÍREZ JIMENEZ, VICE PRESIDENTE DE CALIDAD – CP ALBERTO CASTAÑEDA ROSAS, VICE PRESIDENTE ASUNTOS INTERNACIONALES– CPC, FCO. ENRIQUE LUJAN VILLAESCUSA , VICE PRESIDENTE DOCENCIA – CPC VICTOR HUGO BOBADILLA AGUIAR , PRESIDENTE DE APOYO A DELEGACIONES – CPC JESUS AGUIRRE VALENZUELA, VICE PRESIDENTE SECTOR EMPRESAS – CP ADRIÁN SÁNCHEZ BARRÓN, VICE PRESIDENTE SECTOR GUBERNAMENTAL – CP TOMÁS GARCÍA IBARRA, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL – CP CYNTHIA GUADALUPE BOJÓRQUEZ GASTÉLUM, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL – CP LUZ AMANDA ACEDO RAMÍREZ, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE CUENTA PÚBLICA – CP UBALDO LÓPEZ RUÍZ, MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE LIDERAZGO Y COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL- C.P. JORGE ARTURO HERRERA IBARRA, VICE PRESIDENTE PRACTICA EXTERNA – CPC ARACELI ESPINOZA CEBALLOS, VICE PRESIDENCIA LEGISLACIÓN – CPC GUILLERMO WILLIAMS BAUTISTA, MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA – CPC HUMBERTO GARCÍA BORBÓN, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE AUSCULTACIÓN Y ANÁLISIS DE BOLETINES – CPC JESÚS HUMBERTO ACUÑA, MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORÍA- CPC JUAN LUISPATIÑO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ESTATUTOS – ISAAC YAEL TOSTADO CORTÉS , , PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE ÉTICA – CPC EMILIO AVILÉS ACEDO; VICE PRESIDENTE RELACIONES Y DIFUSIÓN – CP MARÍA JESÚS RIVERA BRICEÑO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE REVISTA- DRA. YEZIRET PERALTA LEYVA PCCA.; PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE IMAGEN Y COMUNICACIÓN SOCIAL – CPC JOSÉ GILBERTO AGUILAR ESCOBOZA; PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE REDES SOCIALES- DRA. YEZIRET PERALTA LEYVA PCCA.; AUDITOR FINANCIERO – CPC FRANCISCO PRECIADO BRACAMONTO, AUDITOR DE GESTIÓN – CPC GUSTAVO RUIZ ALDAMA. JUNTA HONOR: CPC FERNANDO CALLES MONTIJO, CPC OCTAVIO CABALLERO GUTIÉRREZ, CPC ALI BECERRA DESSENS, CPC RODOLFO FLORES HURTADO, CPC RUBEN GONZALEZ MARTINEZ; JUNTA ELECTORAL: CPC JESUS HUMBERTO ACUÑA, CPC EMILIO AVILEZ ICEDO, CPC EDMUNDO SALAZAR ESCOBOZA, CPC ENRIQUE RUBIO GUERRERO. REVISTA ÁBACO: DISEÑO GRÁFICO: L.D.G. REYNA E. HERNÁNDEZ CARBAJAL.- EDICIÓN Y CORRECCIÓN DE ESTILO: DRA. YEZIRET PERALTA LEYVA PCCA.


Mensaje PRESIDENTE Estimados Asociados y Amigos, Es un gusto saludarlos y además desearles salud y éxito, en todo lo que emprendan, voy en mi sexto mes al frente del Consejo Directivo 2016-2017, el cual ha estado de lleno de retos y de crecimiento en el ámbito personal y profesional, sobre todo cuando estas rodeado de un excelente equipo de trabajo, que está firme en lograr la misión y visión de nuestro colegio, el cual consiste en mejorar las capacidades de los profesionales de la Contaduría Pública y Vinculación con los diversos Sectores Productivos de la Sociedad, Universidades, entre otros. Hoy en día los sectores demandan más de nuestra profesión, ya no únicamente el ser preparadores de información financiera, requiere que el profesional sea un consultor que oriente y ofrezca soluciones respecto a los diversos cambios que ha generado la globalización, la herramienta básica para los actuales y futuros profesionistas sin duda serán las herramientas informáticas(TI). Tuve la fortuna de estar en la inauguración de la Semana de la Contaduría Pública en la Universidad Estatal de Sonora (UES) y dirigí unas palabras a los estudiantes, en la cual a manera de reflexión, mencioné que cuando era estudiante, nos tocaba pagar la cuota del aprendizaje, el cual consistía en que cuando realizábamos las practicas en los despachos Contables o de Auditoría,

C.P.C. Y L.D. Mario Arvizu Real, PCCA Presidente Consejo Directivo 2016-2017

nos pagaban el 95% en conocimiento y el otro 5% en remuneración, lo interesante es que este mismo parámetro se revertía cuando entrabamos al mundo laboral, ya que ese noventa y cinco por ciento se convertía en oportunidades. Es esencial que el estudiante busque espacios dentro los despachos contables o de auditoría, con el objeto de que sus oportunidades no se limiten en su vida profesional. Me pongo a sus órdenes y serán bienvenidas todas las propuestas e inquietudes que contribuyan al crecimiento de nuestro Colegio.


Auditoria Gubernamental

C.P. Jorge Arturo Herrera Ibarra, Presidente de la Comisión de Liderazgo y Comunicación Institucional de Vicepresidencia del Sector Gubernamental

Conociendo la ley número 90, de transparencia y acceso a la información pública del estado de sonora Para conocer lo que hoy es la Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, es importante mencionar que ésta posicionó al Estado de Sonora como el primer estado de la República Mexicana en instalar el Sistema de Transparencia que se encuentra estipulado tanto en la Ley General como en la Ley Estatal, así como también es importante resaltar que Sonora forma parte de los quince estados que homologaron la Ley Estatal de Transparencia a la Ley General de Transparencia y Protección de Datos Personales antes del vencimiento del plazo indicado para tal efecto, a continuación mencionaremos algunos antecedentes de éste tema tanto en México como en Sonora. Iniciaremos con México, en donde el derecho de acceso a la información tiene su origen en el año de 1977 como resultado de la modificación al Artículo 6 constitucional el cual expresaba en su contenido entre otras cosas lo siguiente: “El derecho a la información será garantizado por el Estado”. En el 2002 se aprueba la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Esta ley reconoció por primera vez que la

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información en posesión de los órganos del Estado es pública. Para inicios de 2007 todos los estados de la República contaban con su propia Ley de Transparencia. El 20 de Julio del 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones al mismo artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. Esta reforma introdujo de manera explícita el derecho de acceso a la información gubernamental como un derecho fundamental de los mexicanos. El 04 de mayo del 2015, se publica en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la que “deroga cualquier disposición que contravenga los principios, bases, procedimientos y derechos reconocidos en la presente Ley….” Posteriormente en Agosto del 2015, el INAI y órganos de los estados promueven la armonización de sus leyes con la Ley General para garantizar el derecho a la información en igualdad de condiciones.


Auditoria Gubernamental

Es por ello que el día 28 de Abril del 2016, en Sonora se publica en el Boletín Oficial, la Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, la que de acuerdo a su artículo segundo transitorio indica que “Se abroga la Ley de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales del Estado de Sonora, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 16, sección II, de fecha 25 de febrero de 2005….” CAPÍTULO

SECCIÓN

PRIMERO I II III SEGUNDO

CONCEPTO DISPOSICIONES GENERALES * Del Objeto de la Ley. * Principios Generales. * Sujetos Obligados.

II III

DEL INSTITUTO * Del Sistema Estatal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. * Del Instituto. * Del Consejo Consultivo.

ÚNICA

DE LOS COMITÉS DE TRANSPARENCIA * De su integración y funciones.

ÚNICA

DE LAS UNIDADES DE TRANSPARENCIA * De las funciones.

I

TERCERO

CUARTO

QUINTO I II III SEXTO I II III IV

SÉPTIMO

DE LA CULTURA DE TRANSPARENCIA * De la promoción de la Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información. * De la Transparencia Proactiva. * Del Gobierno Abierto. OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA DE LOS SUJETOS OBLIGADOS * Disposiciones Generales. * De las obligaciones de Transparencia de los Sujetos Obligados. * De las obligaciones de Transparencia Específicas. * De la verificación y denuncia de las obligaciones de Transparencia.

ARTÍCULO(S) 01 al 07 08 al 21 22 al 29

30 al 32 33 al 52 53 al 55

56 al 57 58 al 59

60 al 62 63 al 66 67 al 72

73 al 80 81 82 al 93 94 al 95

DE LA INFORMACIÓN CLASIFICADA * De la Información Reservada. * De las Disposiciones Generales de la Clasificación de la Información Reservada. * De la Información Confidencial.

107 al 116

DEL PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN * Del Procedimiento de Acceso a la Información.

117 al 137

I II III

DE LOS RECURSOS * Recurso de revisión. * Del recurso de inconformidad. * Del cumplimiento.

138 al 155 156 al 161 162 al 164

I II

DE LAS MEDIDAS DE APREMIO Y SANCIONES * De las Medidas de Apremio. * De las Sanciones.

165 al 167 168 al 178

I II III OCTÁVO ÚNICA NOVENO

DÉCIMO

TRANSITORIOS

Para conocer una Ley, una buena forma de empezar con ello, es conociendo como está estructurada, de cuantos capítulos, secciones y artículos se componen, así como de que habla cada uno de sus capítulo y secciones para posteriormente analizar y conocer cada uno de los artículos que la integran, es por lo anterior descrito que a continuación presentamos en un cuadro, la estructura que le da forma a esta nueva Ley, la cual se compone de la siguiente forma:

96 al 98 99 al 106

PRIMERO AL SÉPTIMO


Auditoria Gubernamental

Para efectos de culminar con este artículo es necesario queden claros algunos puntos que pueden causar confusión en cuanto a la aplicación práctica de la “Ley número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora” con

respecto a la Ley de Transparencia que ha quedado derogada con la publicación de ésta “Nueva Ley de Transparencia”, los puntos necesarios de aclaración son los siguientes:

MATERIA:

APLICACIÓN PRÁCTICA:

FUNDAMENTO NORMATIVO:

Datos Personales y Sistema de Archivos.

Se continuará aplicando la Ley de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales del Estado de Sonora, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 16, sección II, de fecha 25 de febrero de 2005.

Segundo Transitorio de la Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

Publicación de Información de los Sujetos Obligados.

Se continuarán realizando en los mismos términos, hasta que se aprueben los Lineamientos de la Ley Número 90, para los supuestos contemplados en los artículos 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92 y 93 de la misma Ley.

Cuarto Transitorio primer párrafo de la Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

Posterior a la publicación de los Lineamientos de la Ley Número 90, los sujetos obligados contarán con 90 días hábiles para cumplir con su obligación.

Cuarto Transitorio segundo párrafo de la Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

Los sujetos obligados de la Ley Número 90 que no se encontraban contemplados en la Ley derogada, tendrán un plazo de 50 días hábiles para que cumplan con las obligaciones que le fueron impuestas, mismo que empezará a contar a partir de la publicación de los lineamientos emitidos por el Instituto.

Cuarto Transitorio tercer párrafo de la Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

Comités de Transparencia

Los sujetos obligados, deberán de constituir los Comités de Transparencia en un plazo de 90 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor de los lineamientos.

Quinto Transitorio de la Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

Procedimientos de acceso a la información pública y los recursos de revisión

Los procedimientos que se estén tramitando al momento en de la entrada en vigor de la Ley Número 90, se substanciarán de acuerdo a los procedimientos de la Ley de Acceso a la Información Pública y de Protección de Datos Personales del Estado de Sonora.

Sexto Transitorio de la Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora.

Bibliografía: 1. Ley Número 90, de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora. (2015, 18 de abril). (En Línea). México. Primera Comisión de Gobernación y de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de la Quincuagésima Séptima Legislatura del Estado de Sonora. Disponible en http://www.congresoson.gob.mx:81/Content/Doc_leyes/ doc_474.pdf (2016, 08 de Agosto) 2. Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. (2015, Septiembre). Promueven INAI y Órganos de los Estados Armonización de Leyes, para Garantizar el Derecho a la Información en Igualdad

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de Condiciones. (En Línea). Disponible en http://inicio.inai.org. mx/Comunicados/Comunicado%20INAI-114-15.pdf (2016, 08 de Agosto) 3. Laris C. C., Sotelo S. A., Mejía P. M. E., Limas C. J. S., Matheus P. J. S. y González, L. C. I. P., Análisis del Régimen de Transparencia y Acceso a la Información en los Estados y la Federación Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). 2013. (En Línea). México. Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos. Disponible en http:// inicio.ifai.org.mx/EstudioComparativo/AnalisisdelRegimendeTransparenciayAccesoalaInformacionnov2012.pdf (2016, 08 de Agosto).


C.P.C Juan Antonio Córdova Feliz Integrante de la CROSS

Seguridad Social

Prestaciones sociales SUBSIDIO POR INCAPACIDAD: Pagos de Subsidios por Incapacidad, Arts. 96-103: Riesgo de trabajo, maternidad: si el trabajador sufre un riesgo de trabajo o incapacidad por maternidad, el instituto mexicano del seguro social pagara desde el primer día en que se incapacite el empleado otorgando un subsidio que será del 100% del último salario diario de cotización manifestado al IMSS. Enfermedad no profesional: ahora bien, si la causa de la incapacidad es por una enfermedad general, (no profesional) entonces el instituto pagara el subsidio a partir del cuarto día del inicio de la incapacidad, mientras dure esta y hasta por el termino de cincuenta y dos semanas. Art. 96. Si al concluir dicho periodo el asegurado continuara incapacitado, previo dictamen del instituto, se podrá prorrogar el pago del subsidio hasta por veintiséis semanas más. Requisitos: el asegurado solo percibirá el subsidio cuando tenga cubiertas por lo menos cuatro cotizaciones semanales inmediatamente anteriores a la enfermedad. Los trabajadores eventuales percibirán el subsidio cuando tengan cubiertas seis cotizaciones semanales en los últimos cuatro meses anteriores a la enfermedad. art.97. Monto y pago del subsidio: el subsidio en dinero que se otorgara cuando la enfermedad lo incapacite para el trabajo consiste en un 60.00% del último salario diario de cotización. El subsidio se pagara por periodos vencidos que no excederán de una semana. Art. 98.

Interrupción del pago del subsidio: en caso de incumplimiento por parte del enfermo a la indicación del instituto de someterse a hospitalización, o cuando interrumpa el tratamiento sin la autorización debida, se suspenderá el pago del subsidio. Art. 99. Pago del subsidio en hospitalización: cuando el instituto hospitalice al asegurado, el subsidio se pagara a él o a sus familiares derechohabientes señalados en el artículo 84 de la LSS. Art. 100. • Esposa del asegurado o, a falta de esta, la mujer con quien ha hecho vida marital durante los cinco años anteriores a la enfermedad, o con la que haya procreado hijos, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio. si el asegurado tiene varias concubinas ninguna de ellas tendrá derecho a la protección. • Hijos, padre y madre del asegurado que vivan en el hogar del asegurado o pensionado, que dependan económicamente del asegurado o pensionado. En el caso de maternidad, para que el instituto mexicano del seguro social le pague al trabajador, este debe tener por lo menos 30 semanas cotizadas en el último año, y haber asistido a cinco consultas médicas prenatales durante su embarazo. Asimismo, deberá constar en el expediente médico que el doctor familiar certifico el embarazo y la determinación de la fecha probable del parto y no trabajar durante el tiempo en que este incapacitado el trabajador. art.102. Si se decide llevar el control prenatal en el instituto, se acude con el médico de la unidad de medicina familiar que le corresponda a que certifique el

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Seguridad Social

estado de embarazo una vez que sospeche que se encuentra embarazada, derivado de la atención se determinara el número de consultas a las que se deberá acudir. Si se decide atender en hospitales externas al instituto, únicamente deberá acudir en una sola ocasión con el médico de la unidad de medicina familiar, cualquier día dentro de la semana 34 de gestación dictaminada por tu medico particular, a la expedición de tu certificado de incapacidad por maternidad. El instituto expedirá el certificado único de incapacidad y se deberá presentar a partir del tercer día hábil en la ventanilla del banco autorizado para el pago de subsidio. Como embarazada registrada ante el IMSS se tiene derecho a: • Recibir atención medica • Ayuda en especie por 6 meses para lactancia • Una canastilla con artículos de cuidado por cada hijo que tenga. • Descanso previo y posterior al parto hasta por 84 días naturales. • Pago de un subsidio. Exime responsabilidad al patrón: el goce por parte de la asegurada del subsidio exime al patrón de la obligación del pago del salario íntegro a que se refiere la ley federal del trabajo. Art.103. AYUDA POR MATRIMONIO: Ayuda para Gastos de Matrimonio: ACDO.SA2. HCT.270814/185.P.DPES DEL IMSS. Una de las prestaciones que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social es la ayuda para gastos de matrimonio. Dicha prestación se financia con los recursos de la cuenta individual del asegurado, el monto de esta prestación es de 30 días de salario mínimo correspondiente al distrito federal, es decir, de $2,191.20 pesos.

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Requisitos Para que el trabajador tenga derecho a esta ayuda deberá tener 150 semanas cotizadas en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, a la fecha de celebración del matrimonio, además de que se podrá disfrutar por una sola ocasión y se otorga de manera individual. No haber ejercido este derecho con anterioridad. En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario acreditar la disolución del vínculo matrimonial, o bien, el fallecimiento de este. Que cualquiera de los cónyuges (el solicitante o con quien haya contraído matrimonio), no haya sido registrado con anterioridad en el instituto con esa calidad. Estar vigente como asegurado, en caso de haber dejado de pertenecer al régimen obligatorio podrá solicitar la prestación, si el matrimonio se contrae dentro de los 90 días hábiles contados a partir de su baja. Documentos: Presentar la siguiente documentación en original y copia fotostática: 1.- Identificación oficial con fotografía y firma. 2.- Cualquier documento que contenga el número de seguridad social 3.- Clave única de registro de población (CURP). 4.- Acta de matrimonio certificada. (Posterior al 30 de junio de 1997) 5.- Documento que compruebe tu registro ante la AFORE. (estado de cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE,


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con una antigüedad no mayor a seis meses, previos a la fecha de la solicitud. 6.- Llenar correctamente la solicitud de ayuda para gastos de matrimonio y firmarla. 7.- Acudir al área de prestaciones económicas de la clínica familiar que le corresponda. Dentro de los catorce días naturales siguientes, el área de prestaciones económicas deberá entregar la resolución de otorgamiento de la prestación. 8.- Acudir a la afore correspondiente, misma que comprobara que los datos de la solicitud sean correctos. En caso de ser correctos, sellaran la solicitud entregando una copia, así como los documentos originales poniendo a disposición del trabajador el importe de los 30 días de salario mínimo del D.F. Con el pago de esta prestación no se descuentan semanas de cotización.

AYUDA PARA DESEMPLEO: Ayuda para Desempleo de la Cuenta Individual del SAR: En caso de haber perdido el empleo, el trabajador tiene una ayuda para desempleo, al respecto, el día 26 de mayo de 2009 se publicó en el diario oficial de la federación el decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la ley del seguro social, regulando los retiros que una persona desempleada puede efectuar de su saldo de la subcuenta de retiro. Por lo tanto, existen dos tipos de retiros: Retiro A: si la cuenta individual tiene al menos tres años de haber sido abierta y tiene un mínimo de 12 bimestres de cotización al IMSS acreditados en dicha cuenta se podrá retirar en una exhibición la cantidad que resulte equivalente a treinta días de su último salario base de cotización, con un límite de diez veces el salario mínimo mensual general que rija en el distrito federal. (22,204.16) Retiro B: si la cuenta tiene cinco años o más de haber sido abierta, podrá retirar la cantidad que resulte menor entre 90 días de su propio salario base de cotización de las últimas 250 semanas o las que tuviere, o el 11.50% del saldo de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Por lo tanto, el importe a retirar dependerá de cada caso en particular. Cabe aclarar que en este caso, las cantidades se entregaran en un máximo de 6 mensualidades, por lo tanto, se debe manifestar a la afore, bajo protesta de decir la verdad, que subsiste el estado de desempleo, dentro de los cinco días naturales previos a la fecha en que deba realizarse el pago de la siguiente mensualidad. El trabajador que cumpla con una antigüedad mínima de 5 años con su cuenta individual podrá elegir el monto a retirar entre el retiro a y el retiro b.

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En caso de que el trabajador se reincorpore a laborar durante el plazo de entrega de los recursos, las mensualidades posteriores a su reincorporación se suspenderán. Al hacer uso de este derecho, las semanas cotizadas se verán disminuidas. El número lo determina el IMSS con base en el monto retirado lo que disminuirá el monto de su pensión. Este derecho solo podrán ejercerlo los trabajadores que acrediten con los estados de cuenta correspondientes, no haber efectuado retiros durante los cinco años inmediatos anteriores a la fecha citada. art.191. Anteriormente esta ayuda consistía en lo que fuera menor entre 75 días de su propio salario base de cotización en las últimas 250 semanas, o el 10% del saldo de la propia subcuenta a partir del cuadragésimo sexto día natural contado desde el día en que quedo desempleado. Requisitos: 1.-Identificación oficial con fotografía y firma. 2.-Los dos últimos estado de cuenta emitidos por la afore. 3.-Haber sido dado de baja en el régimen obligatorio del IMSS. 4.-No haber realizado este tipo de retiro en cinco años. 5.-Obtener el folio de certificado por desempleo que otorga el IMSS (se solicita en la afore). 6.-Contar con su expediente de identificación tramite en la AFORE. 7.-Acudir a la AFORE correspondiente, misma que revisara que la solicitud esté debidamente llenada, en caso de ser correcto, sellara la solicitud, entre-

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gara copia de la misma junto con los documentos originales y pondrá a disposición del trabajador el monto a recibir. AYUDA PARA FUNERAL. Ayuda para Gastos de Funeral: TRAMITE ACDO. SA2.HCT.270814/185.P.DPES DEL IMSS. Para que el Instituto Mexicano del Seguro Social pague esta ayuda, el asegurado o pensionado fallecido debió estar afiliado al momento de su muerte, (vigente) y tener 12 semanas cotizadas por lo menos en los nueve meses anteriores a su fallecimiento, tratándose del fallecimiento de un asegurado por un riesgo de trabajo, no requiere semanas previas de cotización. Para estos efectos, el familiar del trabajador o pensionado fallecido deberá presentar la siguiente documentación: 1.-Credencial del asegurado o pensionado fallecido, o cualquier otro documento que contenga su número de seguridad social. 2.-Copia certificada del acta de defunción expedida por registro civil. 3.-Clave única de registro de población, (CURP). 4.-Original de la factura de los gastos de funeral.


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GUARDERÍAS: Servicio de Guarderías: Una de las prestaciones más solicitadas al instituto mexicano del seguro social es el servicio de guarderías, donde se cuida a tus niños, se les brinda alimentación, vigían su salud y aprenden jugando. Este servicio lo pueden solicitar los siguientes trabajadores.

Descripción de los servicios funerarios así como cualquier gasto como es el ataúd, cremación, embalsamamiento, equipo de velación, derecho de servicio de entierro o servicios de traslado y en general gastos por servicios funerarios o de velación. 5.-Copia simple del aviso de atención medica inicial y calificación de probable accidente de trabajo (formato ST-7). Solo en caso de fallecimiento por un riesgo de trabajo. 6.-Presentar identificación oficial. El área de prestaciones económicas de la clínica del fallecido revisara la documentación, regresara los documentos originales, llenara y entregara el formato ayuda para gastos de funeral. Dicha solicitud deberá ser firmada por el familiar y devolver al área de prestaciones económicas, quien dentro de los 7 días naturales siguientes debe entregar la resolución del otorgamiento correspondiente. Si se otorga el pago, entonces el familiar tendrá derecho al importe de 60 días de salario mínimo general vigente en el distrito federal en la fecha del fallecimiento, cantidad que asciende a $4,382.40. Con el pago de esta prestación no se descuentan semanas de cotización.

1.- Madre trabajadora. 2.- Trabajador viudo. 3.- Trabajador divorciado con hijos bajo su custodia. 4.- Asegurados con resolución judicial y que ejercen la patria potestad y custodia de un menor. Otorgamiento del Servicio: Para calificar en este servicio el asegurado debe contar con la constancia de empleo, misma que al realizar el trámite no deberá exceder de 30 días naturales. Se deberá autorizar máximo a tres personas mayores de edad para que puedan recoger a sus hijos. El servicio de guardería se prestara hasta que el hijo tenga la edad de cuatro años. En caso de que el asegurado sea dado de baja en su empleo, tendrá derecho a este servicio hasta por un mes después de la baja ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Suspensión del Servicio: 1.- Este servicio podrá ser suspendido cuando el hijo requiera de cuidado especializado. 2.- Cuando en varias ocasiones se recoja al hijo después de la hora de tolerancia. 3.- Cuando se recoja al hijo bajo el efecto de bebidas alcohólicas, drogas, o cualquier otra sustancia toxica.

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Seguridad Social

Requisitos/Documentos: Trabajador: 1.- Comprobante de vigencia de derechos. 2.- Impresión de CURP 3.- Constancia de la empresa en la que trabaja, que deberá contener, nombre o razón social de le empresa, horario de trabajo, días de descanso, periodo vacacional y firma del patrón o representante legal.

CURSOS: Inscripción a Cursos de Prestaciones Sociales: Los derechohabientes o el público en general pueden inscribirse en los cursos de prestaciones sociales que otorga el instituto mexicano del seguro social de acuerdo con lo siguiente: Deberán presentarse en el centro de seguridad social, de extensión de conocimientos, de esquema modificado, de artesanías, cultural, o unidad deportiva de que se trate con la siguiente documentación en original y copia fotostática.

4.- Acta de defunción de la madre del menor en su caso.

Requisitos:

5.- Documento legal que acredite la patria potestad del menor en su caso.

1.- Cedula de inscripción a cursos de prestaciones sociales.

Hijo: 1.- Presentar original y copia del acta de nacimiento del hijo.

2.- Dos fotografías tamaño infantil.

2.- Comprobante de inscripción como beneficiario ante el IMSS.

4.- Constancia del CURP.

3.- Constancia de la clave única de registro poblacional del hijo.

3.- Identificación oficial.

5.- Credencial de afiliación al IMSS, o en su caso, tarjetón de cobro. 6.- Constancia médica expedida por el IMSS.

4.- Comprobante del examen médico de admisión efectuado por tu clínica al hijo.

7.- Orden de los servicios médicos institucionales y en su caso, recibo de pago correspondiente.

5.- Cartilla de vacunación actualizada del hijo. La guardería del IMSS de su preferencia cotejara la documentación y entregara los originales al trabajador, salvo la copia certificada del acta de nacimiento del hijo, el comprobante del examen médico y la constancia de empleo emitida por el patrón. Una vez analizado la documentación anterior, en caso de contar con cupo, la guardería del instituto mexicano del seguro social procederá a la inscripción del hijo y se tendrá 7 días hábiles para concluir el trámite.

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El instituto cotejara la información, devolverá los documentos originales y dentro de los cinco días hábiles siguientes entregara la credencial correspondiente, pudiendo asistir al curso en los días y horarios establecidos. Los costos de los cursos están autorizados por el consejo técnico del IMSS, según el área correspondiente, el pago es anual. Si se trata de personas mayores de 60 años, entonces se tendrá derecho a un descuento del 50% de la cuota correspondiente.


Dra. Muna Buchahin Abulhosn CFE, CGAP, CRMA, CFI, MA

Auditoria Forense

Unidos contra el fraude y la corrupción No es un simple slogan. Es algo que deberíamos practicar de manera cotidiana: la unión, la solidaridad, para atajar en conjunto las prácticas fraudulentas que tanto lastiman a organizaciones y a la sociedad. No conocemos un fraude que haya sido realizado por una sola persona. Para la actividad fraudulenta se requiere de la complicidad. De igual manera, para su detección también se requiere de ayuda, recuerdo cuando de niña jugaba a la ronda: “Doña Blanca está cubierta de pilares de oro y plata… romperemos un pilar para ver a doña Blanca…. ¿De qué es este pilar? ¿De marfil? ¿De oro? ¿De plata?”; y entonces el amiguito afuera del círculo, tenía como misión romper o deshacer con su mano ese lazo humano que manteníamos, estrechados fuertemente, tratando de vulnerar nuestro círculo, para entrar en él.

ir acompañada con las acciones precisas, para alcanzar una nueva perspectiva incluyente, a partir del compromiso y el deber que tenemos de garantizar el respeto a los derechos humanos; y me refiero, más allá de lo individual, al derecho del ser humano a una vida digna, a tener una coexistencia pacífica, libre y respetuosa entre sus semejantes. En consecuencia, las organizaciones deben estar a la altura de las circunstancias para disuadir y detectar cualquier intento de fraude y para ello se requiere de un esfuerzo institucional encaminado a fortalecer la integridad. Corresponde a la alta dirección la responsabilidad de implementar y desarrollar un programa con un enfoque antifraude. Son los niveles de mayor jerarquía los principales responsables de fortalecer la gobernanza; y a través de la ejemplificación, dejar claro la conducta esperada basada en principios éticos.

Hago esta remembranza para resaltar que la colaboración estrecha permite angostar los caminos de la actividad ilícita. ¿Qué le sucede a la mayor parte de individuos que optan por el lado oscuro y penetran a círculos dedicados a la delincuencia? ¿En qué momento se rompió la unión social? Ahí está nuestra debilidad, y esto trajo como consecuencia la pérdida de valores importantes; destaco el de la honestidad.

Se implanta el estilo de la cultura organizacional. Es el primer paso de un blindaje disuasivo contra cualquier conducta inapropiada. El mensaje permea en sentido horizontal y vertical. Esto significa, que la prevención y detección de fraudes involucra a toda la estructura: desde el consejo de dirección, comités de ética, auditores internos y externos, hasta los empleados de menor nivel en la estructura.

Nadie puede solo con ese encargo. La responsabilidad colectiva es una obligación de todos. No debemos perder de vista que nuestra actitud debe

Definir las funciones específicas que deben realizar las partes, en este rubro, garantizará que cada quien conozca y asuma su responsabilidad en esta

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materia. En consecuencia, debemos ver más allá del aspecto organizacional, generar las expectativas adecuadas y una coordinación apropiada entre todas las áreas para reducir el fraude dentro de nuestras estructuras.

trabajar con mayor eficacia y alcanzar las metas organizacionales. Cada parte integrante se vuelve un eslabón en la cadena de información que puede ampliar su alcance y mejorar sus posibilidades de disuadir y detectar el fraude.

Fortalecer nuestras instituciones puede ayudar a inhibir actos fraudulentos, a generar la percepción de que no se tolerará la permisividad en hechos que vulneren las políticas y lineamientos internos. Es decir, establecer con claridad que la conducta esperada debe redundar en el bien hacer para un ente colectivo. Ya no se puede ni se debe limitar a lo tradicional.

Cada área debe conocer los principales riesgos que pueden propiciar un fraude, y debe dejar clarificado cada uno de los tramos de responsabilidad. Resulta clave que las partes interesadas, sean proveedores o clientes, etc. y generen y adquieran confianza. Finalmente, tenemos que voltear la mirada a todos los que nos rodean. Trabajar en armonía y colaboración permite generar un ambiente cordial, fomenta la solidaridad, nos vuelve más humanos y por tanto, generosos y empáticos con el prójimo. “Empecemos hoy y disfrutemos esa sensación infinita de sentirnos abrazados por nuestro entorno”.

La vinculación proactiva de esfuerzos de todos los responsables es clave para mantener una comunicación abierta, regular y permanente en todos los niveles de la organización, y resulta necesaria para

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C.P.C. y Lic. Rosalba Montaño Martínez Asociado IMCP y Miembro de la Comisión Fiscal

Fiscal

Donación de bienes de consumo humano Actualmente la donación de bienes de consumo humano tiene una serie de reglamentaciones, derivado a que antes de su destrucción la legislación establece que deberán ofrecerse en donación, siendo por ello interesante adentrarnos en este tema. Para este efecto tenemos que el Código Civil Federal define la donación como:” Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes” (Artículo 2332). La cual puede ser “… pura, condicional, onerosa o remuneratoria” (Artículo 2334 CCF). Una vez que definimos el concepto de donación, veremos cómo en materia la Ley del Impuesto Sobre la Renta las deducciones por este concepto deben de cumplir con una serie de requisitos que se señalan en el artículo 27 fracción I. “Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria…”. Pero ¿qué se entiende como Oneroso o Remunerativo? En nuestro Código Civil Sonorense define ambos conceptos en su artículo 2593 “Es onerosa la donación que se hace imponiendo algunos gravámenes, y remuneratoria la que se hace en atención a servicios recibidos por el donante y que este no tenga obligación de pagar”. Siendo las entidades con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos (cumplien-

do con lo señalado en el artículo 82 y fracciones VI, X, XI, XII, XIX, XX y XXV del artículo 79) beneficiadas de esta disposición. Por otro lado continuado con los requisitos de las deducciones autorizadas nos encontramos que para efectos de inventario, si pretendo deducirlo por deterioro u otras causas no imputables al contribuyente hubiera perdido su valor, deberán ofrecerlo en donación; como se señala en el artículo 27 en su fracción XX establece que antes de su destrucción siempre deberán cuando se traten de “bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud, antes de proceder a su destrucción, se ofrezcan en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, dedicadas a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud de personas, sectores, comunidades o regiones, de escasos recursos, cumpliendo con los requisitos que para tales efectos establezca el Reglamento de esta Ley”. Considerando que cumple con este requisito si los donativos se otorgan a donatarias que se encuentran en la lista de donatarias autorizadas para recibir donativos. Delimitando que “No se podrán ofrecer en donación aquellos bienes que en términos de otro ordenamiento jurídico, relacionado con el manejo, cuidado o tratamiento de dichos bienes, prohíba expresamente su venta, suministro, uso o establezca otro destino para los mismos”.

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Para efectos de destrucción de mercancía el contribuyente debe de presentar un aviso por lo menos con 30 días, salvo se trate de bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud, antes de proceder a su destrucción por haber perdido su valor, los contribuyentes deberán ofrecerlos en donación a las instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles. El procedimiento para este aviso está regulado en el reglamento de la LISR (artículo 108) que establece que se deberá presentar en el portal del SAT cuando menos 15 días antes de la fecha de destrucción; si los bienes están sujetos a caducidad el plazo es de 5 días antes de la misma. Tratándose de medicamentos el plazo del aviso es de seis meses antes de su fecha de caducidad. Si son productos perecederos en los que se dificulte su almacenamiento o conservación, así como de productos sujetos a caducidad en el aviso se deberá informar lo siguiente: * La fecha de caducidad, así como el plazo adicional a partir de dicha fecha, en el que el bien de que se trate pueda ser consumido o usado sin que sea perjudicial para la salud. En el caso de productos que no estén sujetos a).- A una fecha de caducidad, de conformidad con las disposiciones sanitarias, el contribuyente deberá informar la fecha máxima en que pueden ser consumidos; b).- Las condiciones especiales que, en su caso, se requieran para la conservación del bien, y c).- El tipo de población o regiones hacia las cuales están enfocados sus productos, Los bienes deberán mantenerse en las mismas condiciones en las que se tuvieron para su comercialización, hasta que se realice su entrega. En el caso de bienes perecederos que sean destruidos o decomisados por las autoridades sanitarias, se deberá conservar durante el plazo previsto en el

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artículo 30 del Código Fiscal de la Federación, la copia del acta que al efecto se levante, misma que compruebe el registro contable respectivo. Convenios de donación periódica Si un contribuyente desea donar en forma periódica sus bienes que hubieran perdido su valor por deterioro u otras causas no imputables al mismo, pueden celebrar convenios con las donatarias registrándolos por medio del portal del SAT dentro de los diez días siguientes a su celebración. En el convenio se deberá señalar el tipo de bienes objeto de la donación, las cantidades estimadas de los mismos, así como la periodicidad de entrega. En estos casos, los contribuyentes estarán liberados de presentar los avisos a que se refieren los artículos 107 y 108 de este Reglamento, por los bienes que entreguen conforme al convenio celebrado. Los contribuyentes que realicen los convenios deberán presentar en el mes de febrero de cada año respecto de aquellos bienes que fueron entregados en donación en el ejercicio inmediato anterior, con motivo de dichos convenios, así como de aquéllos que, en su caso, fueron destruidos en ese mismo ejercicio. Cuando las donatarias a que se refiere este artículo no recojan dentro del plazo señalado en el convenio celebrado los bienes ofrecidos en donación, el contribuyente podrá destruirlos. El SAT, en base a la información proporcionada por los contribuyentes, deberá publicar en su página de Internet una relación de los convenios a que se refiere el presente artículo, así como de los bienes donados y de los destruidos. Donatarias Interesadas Las instituciones interesadas en recibir los bienes ofrecidos en donación a que se refiere el artículo 108 de este Reglamento, deberán cumplir con lo siguiente: I. Presentar aviso en el que manifiesten su interés de recibir los bienes ofrecidos en donación a través de la página de Internet del SAT;


Fiscal

II. Destinar la totalidad de las donaciones recibidas al cumplimiento de su objeto social; En ningún caso podrán comercializar dichas donaciones. No se considera que se comercializan los bienes recibidos en donación, cuando se cobren cuotas de recuperación por el suministro o la distribución de los mismos, siempre que su monto no sea mayor al 10% del precio de mercado de los productos. Para tales efectos, las donatarias deberán llevar un registro de las cuotas de recuperación que, en su caso, obtengan, y III. Llevar un control de los bienes que reciban, que permita identificar a los donantes, los bienes reci-

bidos de los donantes y los entregados a sus beneficiarios y, en su caso, los bienes destruidos que no hubieran sido entregados a los beneficiarios de las donatarias. Estímulo Fiscal En el artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación en su fracción IX establece un estímulo fiscal consistente en una deducción adicional por un monto equivalente al 5 por ciento del costo de lo vendido que le hubiera correspondido a dichas mercancías, que efectivamente se donen y sean aprovechables para el consumo humano. Lo anterior, siempre y cuando el margen de utilidad bruta

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de las mercancías donadas en el ejercicio en el que se efectúe la donación hubiera sido igual o superior al 10 por ciento; cuando fuera menor, el por ciento de la deducción adicional se reducirá al 50 por ciento del margen. Señalando en su último párrafo que los estímulos fiscales previstos en las fracciones IX no se considerarán ingresos acumulables para efectos del impuesto sobre la renta.

En la regla 9.8 de la Miscelánea fiscal para 2016 se considerará que los contribuyentes ejercen el estímulo, al momento de aplicarlo en la declaración del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2015, incluso tratándose de aquellos contribuyentes que conforme a las disposiciones fiscales opten por la presentación de la declaración anual.

Momento en que se considera se ejerce la opción del estímulo

Para efectos de ver el monto de estímulo consideremos el siguiente ejemplo:

Margen de utilidad Bruta = > al 10% Precio por venta Tonelada de Frijol Costo de venta Utilidad Bruta Margen de Utilidad Bruta Costo de venta Por % Estímulo Fiscal por Donación de Bienes Consumo Humano

$15,000.00 $13,350.00 $1,650.00 0.1100 $13,350.00 5% $667.50

Margen de utilidad Bruta = < al 10% Precio por venta Tonelada de Frijol Costo de venta Utilidad Bruta Margen de Utilidad Bruta Costo de venta Por % Reducción al 50% del margen Estímulo Fiscal por Donación de Bienes Consumo Humano

Conclusión Como podemos observar la aplicación del estimulo tal vez para el contribuyente no sea tan significativo; sin embargo al ser imperativo su aplicación al decir la autoridad que “deberán” ofrecer bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud, antes de destruir a una donataria autorizada, hace necesario conocer el procedimiento del aviso y su

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$15,000.00 $13,950.00 $1,050.00 0.0700 $13,950.00 0.035 488.25

estimulo correspondiente para obtener una deducción adicional. Por otro lado para una donataria que se dedicada a la atención de requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud de personas, sectores, comunidades o regiones, de escasos recursos esta donación sería muy benéfica para continuar con el cumplimiento de sus objetivos.


Aron Tapia, Columnista en el periódico digital de www.proyectopuente.com.mx.

Reflexión

“El mal hábito de no alegar” Frecuentemente sostengo discusiones con diferentes personas en temas de diversa índole, he de confesar que en muchas ocasiones soy yo quien busca propiciar esas discusiones, intento que se torne en un intercambio de ideas casi un ejercicio dialéctico donde se escuchen, se expongan y se rebatan esas ideas, y aunque al final del debate los exponentes sigan abrazando sus creencias, lo que sí se garantiza con un debate civilizado es que por lo menos estos exponentes obtendrán una visión más amplia de las ideas contrarias a las propias; en conclusión el debate, alegata, discusión (como se le guste llamar) con argumentos sólidos y no sólo tratando de “ganar” e imponer la opinión propia, sino, siempre con el objetivo en busca de la verdad o lo que más se acerque a ella, finalmente enriquece el intelecto. Desafortunadamente en esta sociedad sonorense es difícil coincidir con gente que acceda a este tipo de dinámica, cada quien ostenta sus verdades absolutas y es un oprobio personal el contradecirlas, en algunos casos el simple hecho de cuestionarlas genera una reacción colérica. Somos una sociedad hipercrítica de todo y de todos menos de nosotros mismos. Cuando un automovilista hace sonar su claxon encabronado por la casi envestida errática de otro conductor, este último es muy probable que reaccione igualmente enfurecido porque piensa que el otro debió haber actuado de manera más tolerante y no haber reaccionado iracundamente porque no hubo intención de impactarlo, solo fue un descuido. Pero si invertimos a los automovilistas en la

misma escena, la probabilidad de que reaccionen de la misma manera es altísima. Este sencillo ejemplo es un espejo del tipo de sociedad que somos, la crítica no da pie a un cuestionamiento interno sino que activa un mecanismo instintivo de negación y agresión. En Estados Unidos y Europa presentadores de ideologías y empresas rivales se sientan a debatir al aire, no están de acuerdo pero reconocen el derecho mutuo de la opinión y celebran sus diferencias con el debate. Nosotros los sonorenses hemos construido una sociedad simplista preocupada enormemente por la imagen de los envases y no tanto por lo nutritivo del contenido ideológico que guarda dicho recipiente, burbujas vacuas que al menor pinchazo de cuestionamiento revientan en desagrado e incomodidad porque se exhibe el vacío de ideas. Propongo empezar a gestar una sociedad alegadora, porque en las contradicciones encontraremos una parte inseparable de toda cultura humana. En realidad las discordancias son los motores de la cultura, responsables de la creatividad y el dinamismo de nuestra especie. Y qué mejor como lo expresa el historiador israelita Yuval Noah Harari en su recién excelsa obra literaria “De animales a dioses”: “Así como cuando dos notas musicales discordantes que se tocan juntas obligan a una pieza musical avanzar, la discordancia en nuestros pensamientos, ideas y valores nos fuerzan a pensar, reevaluar y criticar. La consistencia es el campo de juego de mentes obtusas”.

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Motivación

Dr. Rich Morales Consultor Empresarial y Entrenador Certificado de PNL

Éxito personal La felicidad y el éxito personal son sinónimos e interdependientes. Ambos dependen de la madurez emocional del individuo.

3) Independencia: Cuando nuestras acciones están inspiradas, dirigidas por nuestra visión propia, bajo el control de nuestra voluntad.

La felicidad es un estado de paz interna y el disfrute completo de nosotros mismos, de los demás, y de cada momento de nuestra vida.

La independencia viene de nuestras competencias, nuestra integridad, y el dominio de nuestras emociones.

La persona madura vive consciente de que está creando sus propias experiencias. Por lo tanto, no se siente amenazado por sus circunstancias y relaciones ya que son una expresión de su propia creatividad y la fuente de todo su aprendizaje.

4) Paciencia: Todos los cambios toman un tiempo natural en desarrollarse. El individuo maduro entiende y acepta esta realidad ya que no depende de resultados inmediatos para sentirse bien.

MADUREZ Y ÉXITO

5) Aceptación de la realidad: Las cosas son como son y no como quisiéramos que fueran.

El éxito personal es imposible si vivimos dependientes de la aceptación de los demás o de obtener resultados específicos para poder sentirnos felices.

6) Utilización y Flexibilidad: Usar los elementos de la realidad de cada momento para actuar en servicio de nuestra visión.

La madurez psicológica, emocional, mental y espiritual, es un proceso que requiere visión, propósito, integridad personal y disciplina propia.

7) Disciplina: El hábito de repetir un comportamiento hasta perfeccionarlo.

La madurez progresa por etapas naturales: 1) Conciencia: Para liberarnos de nuestras limitaciones, tenemos que estar conscientes de quienes somos, lo que creemos y como interpretamos la realidad. 2) Dependencia: La dependencia es nuestra primera etapa de desarrollo y la más difícil de superar. (Lo que aparenta ser independencia es usualmente una reacción a nuestra dependencia sobe otras personas o circunstancias).

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8) Persistencia: El continuar moviéndose hacia una meta hasta lograrla 9) Servicio: Al igual que el árbol maduro produce fruto, la madurez y el éxito personal se expresan en el servicio a los demás. El individuo maduro, (exitoso), es aquel cuyas metas trascienden su bienestar personal y el bienestar de su familia y se extiende al bienestar de la humanidad. 10) Fe: El éxito no es cuestión de suerte. Aplica estos principios, cultiva estas virtudes y tu éxito será inevitable.


Lic. Margarita Oropeza Ramos

POETISA: DIMINUTIVO DE POETA

Tenemos entonces que con un criterio por demás inclinado a considerar lo masculino como lo “bien hecho”, lo respetable, a estas nuevas mujeres se les comenzó a llamar “poetas”, como un término que las, digamos, graduaba al ingresar al mundo de la tradición literaria. De esta suerte, poetisa viene a ser un estadio preparatorio y de baja categoría, en comparación con poeta, adjetivo exacto para quienes crean poesía. Habráse visto.

En todas las realidades clasificatorias de la literatura, la palabra “poetisa” no existe; por lo menos aplicada en serio. De la misma manera que la expresión “médica”, “arquitecta” y algunas otras cuya función sea referirse a ciertas mujeres profesionistas. Pero es curioso que el término “poetisa”, al revés de los otros adjetivos, al parecer ha tenido una vida efímera, que fue apagada por la incisiva aplicación de la ideología machista sobre las primeras mujeres que se atrevieron a poner sobre papel sus sentimientos y formas profundas o íntimas de concebir la vida. Según opina al articulista Julian Palley en revista cultural que circula a nivel nacional, las poetisas fueron mujeres que orientaron el contenido de sus trabajos hacia la “efusión sentimental”, como por ejemplo en México, Guadalupe Amor y María Enriqueta; o Juana de Ibarborou, en otras latitudes también “clasificada” en esta corriente.

Pero volvamos a las “poetisas”. Como digresión interesante, puede citarse que en el diccionario inglés-español (y al revés) “Cuyá’s”, existen las dos versiones: poet (poeta, claro) y poetess (poetisa). Existe entonces la calificación “poetisa” como algo del pasado, para -según dice Julian Palley- reconocer a las mujeres cuyo sentimentalismo las ligaba a una condición de subordinación y de apego a la personalidad tradicional -culturalmente impuesta dicen las feministas- considerada “femenina”. Cuando las mujeres pasaron a crear literatura feminista -entiéndase agresiva y de protesta, pues- y después a una fase más autónoma y de búsqueda de la identidad mujer, el adjetivo “poetisa” se fue olvidando en tanto se volvía la cara a mirar con respeto a estas nuevas mujeres más valientes, independientes y talentosas que aquellas primeras cuyo sentimentalismo las llevó a ser menospreciadas como creadoras de poesía.

Incluso las propias mujeres se niegan a utilizar la palabra “poetisa” para clasificar a sus colegas o a sí mismas. Sin embargo, hace mucho tiempo que están aceptados en el uso común los adjetivos “escritora” y “autora”, como si las novelistas y cuentistas, en su momento, no se hubieran dado también su amplia paseada por el mundo de las lágrimas y la cursilería. Si el proceso hubiera sido el mismo, ahora a las mujeres que escribimos prosa nos llamarían “escritores” ¿no? ¿Qué, el género poesía está invadido por machos? ¿Los escritores de versos son más chauvinistas que los de prosa? ¿Cuál es el motivo de la resistencia y la actitud sumisa de las poetisas al temer a esta palabra? Finalmente, si la “efusión sentimental” es la causa de que en sí misma la expresión “poetisa” llevara el germen de su propia destrucción, ¿qué ocurre cuando los artistas hombres sufren y se lamentan (sobre todo de las traiciones amorosas de las mujeres, ¡cómo se quejan!)? ¿Por qué no los llaman “poetisos”?


Isaac Yael Tostado Cortés Estudiante UVM

Los días 20, 21 y 22 del mes septiembre se tuvo de parte de alumnos de la Universidad del Valle de México, su primera semana de contaduría. En esta semana se tuvo la presencia en la inauguración de personas destacadas como el Presidente del Colegio de Contadores de Público de Sonora el C.P.C. Mario Arvizu Real y la Directora Académica de UVM la Mtra. Edith Yanez. Tuvimos temas relevantes para otras carreras además de contabilidad, como lo fue la plática sobre “La Receta Secreta Para el Éxito” en la cual se habló sobre cómo llegar a obtener lo que uno realmente necesita y no lo que queremos, que a veces confundimos con el éxito, además también como parte de motivacional la Directora en Impuestos del Corporativo de PWC, C.P. Karla Mariela Miranda Verdugo quien nos platicó sobre su trayectoria académica y laboral hasta llegar a su puesto actual y todos los obstáculos por los que tuvo que pasar. También destacamos la conferencia sobre “Contabilidad Electrónica” donde se mencionó la importación de la digitalización y llevar a cabo la contabilidad por medios electrónicos por su facilitamos todo para presentarse y revisarse. Se contó con un taller interactivo muy divertido el cual nos acerca a la realidad, el juego llamado “Cashflow” donde se emplea los conocimientos de contabilidad, economía y finanzas que nos lleva a una posición laboral y del realismo como lo es el comercio, inversiones, gastos necesarios, un sueldo y lo que conlleva tener una familia respecto a los gastos. Con este tipo de conferencia y con el apoyo de nuestros compañeros estudiantes, maestros y colegas futuros, estamos cumpliendo con nuestro programa referente a nuestro eslogan “Tu Camino Hacia la Profesión” y enfocar a contadores junto con otras carreras al futuro que nos espera por pasar y la insistencia que hay que dar para conseguir lo que queremos, y haciendo énfasis a nuestra especialidad, lo importante que es actualizarse y empezar a utilizar la tecnología para mayor eficiencia en la vida laboral como contador.


El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, te da la más cordial de las bienvenidas y te invita a que te integres a sus actividades y a sus Comisiones de Trabajo, formando parte importante de nuestra institución, fortaleciendo así los vínculos con la profesión y los colegas, lo que favorecerá a tu desarrollo y crecimiento profesional. NUEVOS SOCIOS: C.P. Gabriel Millán Elías, E.C.P. Sandra Sofía Aguirre Franco Tomo protesta a los nuevos socios.- C.P.C. Saúl Lopez Montiel

Orgullosamente Colegiados!!

S EPTIEMB R E 2016, HERM OSIL L O, SON ORA, M É X I CO 23 | del 1 al 31 de junio 2015


CUMPLEAÑOS DE OCTUBRE Muciño Montiel Miguel Angel

01 de octubre

Acuña Moreno Ernestina

01 de octubre

Gonzalez Martinez Ruben

04 de octubre

Preciado Bracamonte Francisco

04 de octubre

Olivero Granillo Omar Sergio

05 de octubre

Rubio Guerrero Refugio Enrique

06 de octubre

Leon Leon Virgen Olivia

06 de octubre

Murrieta Saavedra Lourdes B.

06 de octubre

Mendivil Preciado Francisco Horacio

07 de octubre

Acosta Aguila Judith Rocio

08 de octubre

Ruelas Ramos Alfonso Humberto

09 de octubre

Flores Hurtado Rodolfo

10 de octubre

Moncayo Lopez Manuel

10 de octubre

Balderas Lozano Angelica

10 de octubre

Reyes Chavez Leonardo

11 de octubre

Ramirez Ramirez Nicacio

11 de octubre

Lopez Caballero Jose Humberto

11 de octubre

Nafarrate Vega Alberto

12 de octubre

Kitazawa Armendariz Roberto

16 de octubre

Andrade Ornelas Juan Carlos

16 de octubre

Varela Castro Maria Natalie

16 de octubre

Pestaño Uruchurtu Francisco Javier

17 de octubre

Jimenez Mendoza Rodrigo

17 de octubre

Lopez Montiel Diana

17 de octubre

Martinez Noriega Sofia Irene

19 de octubre

Aviles Borbon Jesus

19 de octubre

Lopez Oros Luis Alberto

22 de octubre

Castillo Enriquez Liz Margarita

22 de octubre

Moreno Ibarra Elia Del Carmen

23 de octubre

Baz Moreno Ruth Yamina

24 de octubre

Felix Enriquez Sergio

24 de octubre

Pablos Jimenez Eugenio

25 de octubre

Fonseca Chon Maria De Lourdes

28 de octubre

Alvarez Sanchez Carlos Alberto

28 de octubre

Martinez Verdugo Juan Carlos

28 de octubre


EVENTOS SEPTIEMBRE 2016

Asamblea del día.- miércoles 21 de septiembre de 2016. Invitada.- Lic. Rosalba Bazan Ortega, de la Notaria 101

Módulo III y IV Diplomado Fiscal Temas y expositores: Estudio del Costo de lo Vendido Fiscal Expositor: C.P.C. Jose Fidel Ramirez Jimenez Estudio de las Deducciones Autorizadas Expositores: C.P.C. Sebastian Rivera Peña C.P.C. Martin B. Lagarda Esquer

Curso Práctico de Actualización en Contabilidad Gubernamental Expositora: C.P. Cynthia Guadalupe Gastelum Bojórquez MAP, PCCAG

Nuevos Socios CP. Gabriel Millán Elias ECP. Sandra Sofía Aguirre Franco Tomo Protesta a los nuevos socios CPC. Saúl López Montiel

DIPLOMADO FISCAL Modulo V, Comercio Exterior Expositor: LIC. Fernando David Mendoza Modulo VI, ISR Sueldos Y Salarios 2016 Expositor: C.P.C.. Jose Carlos Felix Santos


ACTUALIZACIร N DE AUDITORES AVANZADO 1.- Partes relacionadas y su relaciรณn con estudio de precios de transferencia. C.P.C. Carlos de Jesus Zamora Balderrama 2.- Responsabilidad del auditor con respecto al fraude. C.P.C. Guillermo Williams 3.- Pagos No Anticipados y Activos inteligentes. C.P.C. Edmundo Salazar Escoboza 4.- Estado de Flujo de efectivo. C.P.C. Victor Valdez Gonzalez


ACTUALIZACIÓN DE AUDITORES AVANZADO 1.- Informes del Auditor. CP. Sonia Molina Peñuñuri 2.- Planeación de la Auditoria NIA300 Nia 320. CPC. Humberto García Borbón 3.- Documentación de la Auditoria y Muestreo Estadístico. CPC. Jesús Humberto Acuña 4.- Introducción al uso de la tecnología informática. CPC. Francisco José Morales G.

ACTUALIZACIÓN AUDITORIA AVANZADA 1.- Control de Calidad de la Auditoria de Edos. Financieros. CP. Alberto Castañeda Rosas 2.- El Comisario y el Comité de Auditoria del Gobierno Corporativo. CPC. Juan Luis Patiño

Show cómico 8 de septiembre, Rostro Humano



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