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COMPROBANTES FISCALES DIGITALES ENTREVISTA A PROFESOR Y ALUMNO DISTINGUIDO 2009 OPCIONES PARA TRIBUTAR DENTRO DEL ISR Y DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA EN LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS


Contenido C.P. María Jesús Hurtado Olguín

C.P. Adela Márquez Robles

C.P. Maria Guadalupe Duarte Villa

Editorial ESTIMADOS SOCIOS Y AMIGOS: Iniciamos la edición de este mes con un artículo titulado COMPROBANTES FISCALES DIGITALES colaboración del C.P.C. Martin Baltazar Lagarda Esquer, miembro de la Comisión Fiscal de nuestro Colegio, siendo un tema de interés y de actualidad en nuestra profesión.

El C.P.C Ernesto Manzano García, nos escribe : OPCIONES PARA TRIBUTAR DENTRO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y DEL IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA ÚNICA EN LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS, dirigido especialmente a aquellas personas que se dedican a esta actividad productiva. Presentamos las charlas sostenidas con quienes recibieron los reconocimientos como Profesor y Alumno Distinguido, la C.P. Guillermina Álvarez Ramos y Cynthia Guadalupe Álvarez Sierras, respectivamente, quienes cumplieron con los requisitos establecidos para obtener dichos premios.

No podemos dejar de mencionar la representación de nuestro colegio en la 39 Convención Regional de Contadores Públicos del Noroeste, siendo un grupo muy participativo y entusiasta el que asistió y que ya está listo para la próxima que se llevará a cabo en la Paz, B.C. Es importante atender las convocatorias que aparecen en esta edición para seleccionar al Profesor y Estudiante Distinguido 2010, por lo que hacemos una atenta invitación a las universidades para que registren a sus candidatos que cumplen con los requisitos que establece nuestro Colegio. COMISIÓN REVISTA adeliuska@hotmail.com, mariajhurtado@hotmail.com, lupitadv@hotmail.com

Mensaje de la Presidente.C.P. Patricia Eugenia Argüelles Canseco Comprobantes Fiscales Digitales.C.P.C. Martin Baltazar Lagarda Esquer

Opciones para Tributar dentro del ISRIETU en las Actividades Agropecuarias.M.I. y C.P.C. Ernesto Manzano García Entrevista: C.P. Guillermina Alvarez Ramos.COMISIÓN REVISTA ABACO

Estudiante Distinguida: C.P. Cynthia Guadalupe Alvarez Sierras.COMISIÓN REVISTA ABACO 39 Convención Regional de Contadores Públicos del Noroeste.-

NOTA DE EDICIÓN: Los artículos contenidos en esta revista son responsabilidad del autor y no del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

Consejo Directivo 2010-2011. Junta de Honor: C.P.C Sergio Salido Encinas , C.P.C. Eduardo Alberto Duarte Berumen, C.P.C. Jorge Francisco Navarro Rosales, C.P.C. Ramón Fernández Gómez, C.P.C. Rodrigo Sotomayor Elias.Junta Electoral: C.P. Francisco Paredes López, C.P. Luis Valdez Limón, C.P.C. Othón Ramos Rodriguez, C.P.C. Jesus Humberto Acuña, C.P.C Emilio Avilés Icedo .- Presidente: C.P. Patricia Eugenia Argüelles Canseco.- Vicepresidente: C.P.C. Enrique Rubio Guerrero.- Secretario de Consejo: C.P. María Jesús Rivera Briseno.- Prosecretario de Consejo: C.P.C. Roberto Kitazawa Armendáriz.- Secretario de Asamblea: C.P. German López Virgen.- Prosecretaria de Asamblea: C.P.C. Amira Berenice Rivas Peña.- Tesorero: C.P. Ruth Yamina Baz Moreno.- Protesorero: C.P.C. Benita Maldonado Astorga.- Auditor Financiero: C.P.C. Juan Luis Patiño.- Auditor de Gestion: C.P.C. Gilberto Aguilar Escoboza.- Vicepresidencia de Legislacion: C.P.C. Rodrigo Sotomayor Gonzalez.- Vicepresidencia Práctica Externa: C.P.C. Humberto Garcia Borbon.- Vicepresidencia Fiscal: C.P. José Adalberto Rubio Ozuna.- Vicepresidencia de Sector Empresas: C.P.C. Bernardo Muñoz Zamora.- Vicepresidencia Sector Gubernamental: C.P.C. Rodolfo Duran Majul.- Vicepresidencia de Docencia: C.P.C. Nicacio Ramirez Ramirez.Vicepresidencia de Relaciones y Difusion: C.P.C. Ma. Guadalupe Ruiz Durazo.- Vicepresidente Calidad de la Práctica Profesional: C.P. Jazheel Pérez Durón.- Vicepresidente de Asuntos Internacionales: C.P.C. Jesús Aguirre Valenzuela.- Vicepresidente de la Comisión Estudiantil: E.P.C. Omar Francisco López Haros.- Vicepresidencia de Atención a Delegaciones: C.P.C. Guillermo Williams Bautista.- Presidente Delegacion Agua Prieta: C.P.C. Martha Belen Valdez Quijada.- Presidente Delegacion Guaymas: C.P.C. Jaime Capri Suarez.- Presidente Delegacion Nogales: C.P.C. Feliciano Franco Garcia.- Presidente Delegacion Caborca: C.P.C. Ramón Aurelio Marquez Garcia.- Presidente Delegacion Puerto Peñasco: C.P. Gloria Quintana Garcia.- Gerente: L.A.E. Maby Castillo Ramos.- Comité de Damas: C.P. Claudia Moreno de Rongel.- Impresión: Color Express de México.- Diseño Gráfico: Reyna E. Hernández Carbajal.- Comision de Revista: C.P. Adela Marquez Robles, C.P. María Jesus Hurtado Olguín, Maria Guadalupe Duarte Villa.- Corrección de Estilo: Comisión de Revista.- Fotografias: Antonio López.


FOTOGRÁFO OFICIAL DEL COLEGIO ANTONIO’S STUDIOS

C.P. Patricia Eugenia Argüelles Canseco Presidente del Consejo Directivo 2010-2011 “ LA CALIDAD NUNCA ES UN ACCIDENTE; SIEMPRE ES EL RESULTADO DE UN ESFUERZO DE LA INTELIGENCIA “… ( tema de Texto Taoísta ). ESTIMADOS SOCIOS, COLEGAS Y AMIGOS: En este mes, en el que las temperaturas ambientales y las vacaciones nos invitan aprovechar las bellas playas de nuestro Estado y a disfrutar de unos días de relax y de descanso, quiero comentar con todos ustedes uno de los temas que actualmente estamos viviendo en el Colegio: el inicio de la Certificación por Disciplinas.

En diversas profesiones, surge la necesidad de avalar la calidad y actualización de los servicios profesionales que se ofrecen a la sociedad. Debido a que el campo de aplicación de la Contaduría, Finanzas y Administración es muy amplio, se decide certificar los conocimientos, destrezas y habilidades necesarias para garantizarle a la sociedad, el servicio y calidad requeridos en cada una de ellas.

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos, en conjunto con La Academia de Estudios Fiscales, la Academia Mexicana de Costos y Gestión, la Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración, la Auditoría Superior de la Federación y el Consejo Mexicano para la Investigación y el Desarrollo de Información Financiera, el Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas, la Secretaría de la Función Pública y el Servicio de Administración Tributaria, formaron el Consejo de Evaluación para la Certificación Profesional (CEC) para actuar como cuerpo rector de los exámenes de Certificación por Disciplinas. El Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL) apoya con el desarrollo de los exámenes por cada disciplina.

Los exámenes serán aplicados en cada una de las Instituciones participantes, la administración y aplicación de cada examen será realizado por el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL), guardando los criterios de secrecía. Las disciplinas con las que iniciará el proceso de Certificación son: • COSTOS - Calculan y registran costos para tomar decisiones de trascendencia económica en las entidades donde laboran.

• FISCAL - Relacionada con el cumplimiento debido y oportuno de las obligaciones tributarias, optimizando la carga fiscal de los contribuyentes.

• FINANZAS – Identifican problemas financieros de las empresas, proponen soluciones para la toma de decisiones, optimizan los recursos y administran los riesgos. También aplican herramientas de análisis cuantitativo para la administración de todo tipo de activos financieros en los mercados de capitales, de dinero y de derivados. • CONTABILIDAD Y AUDITORÍA GUBERNAMENTAL – Revisan la información financiera emitida por las entidades gubernamentales. Determinan, registran y/o controlan los procesos económicos y operativos en los que incurren las empresas.

A partir del 1o. de julio de 2010 comenzó el proceso de certificación por disciplinas, con la modalidad de la “cláusula del abuelo” y termina el 31 de diciembre de este mismo año ¿Qué significa esa cláusula? Internacionalmente, organismos que desarrollan procesos para otorgar certificaciones conceden, durante un período, la certificación a personas que comprueben amplia experiencia y prestigio profesional SIN necesidad de presentar examen, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en los reglamentos que se emitieron para las distintas disciplinas a certificar.

Los invito a participar y aprovechar las facilidades que se nos brindan actualmente. Recordemos que la certificación nos permite demostrar actualización profesional y mejora continua, garantía de calidad en los servicios para los sectores económicos y la sociedad. Hagámoslo con apego a las tendencias internacionales de certificación profesional.

Un cordial saludo


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Comprobantes Fiscales Digitales Las personas físicas y morales que cuenten con un certificado de Firma Electrónica Avanzada (FEA) vigente y lleven su contabilidad en sistema electrónico, podrán emitir los comprobantes de las operaciones que realicen mediante documentos digitales, siempre que dichos documentos cuenten con sello digital amparado por un certificado expedido por el SAT, cuyo titular sea la persona física o moral que expida los comprobantes. OBLIGACIONES Los contribuyentes que ejerzan la opción de emitir comprobantes fiscales digitales (CFD) deberán cumplir con las obligaciones siguientes: I. Tramitar ante el SAT el certificado para el uso de los sellos digitales. • Los contribuyentes podrán optar por el uso de uno o más sellos digitales que se utilizarán exclusivamente para la emisión de los comprobantes mediante documentos digitales. • El sello digital permitirá acreditar la autoría de los comprobantes electrónicos que se emitan.

• Los sellos digitales quedan sujetos a la misma regulación aplicable al uso de una FEA. • La obtención de un certificado de sello digital para ser utilizado por todos sus establecimientos o locales, o bien, tramitar un certificado de sello digital por cada uno de sus establecimientos.

• La tramitación de un certificado de sello digital sólo podrá efectuarse mediante formato electrónico, contar con FEA la persona solicitante. Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

C.P.C. Martin Baltazar Lagarda Esquer Miembro de la Comisión Fiscal del Contadores Públicos de Sonora

• La emisión de los CFD podrá realizarse por medios propios o a través de proveedores de servicios. • Dichos proveedores de servicios deberán estar previamente autorizados por el SAT cubriendo los requisitos que al efecto se señalen en reglas de carácter general, asimismo, deberán demostrar que cuentan con la tecnología necesaria para emitir los citados comprobantes. II. Incorporar en los comprobantes fiscales digitales que expidan, los datos siguientes: • Nombre, denominación, domicilio fiscal, RFC, datos del local o establecimiento • Lugar y fecha de expedición

• RFC de la persona a quien se expide

• Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen

• Valor unitario en número e importe total consignado en número o letra, impuestos trasladados, desglosado por tasa de impuesto. • Número y fecha del documento aduanero, así como la aduana por la que se realizo la importación.

• Tener adherido un dispositivo de seguridad en los casos que se ejerza la opción de usar uno o más certificados de sellos digitales para la emisión de los comprobantes digitales. • El certificado de sello digital del contribuyente que lo expide.


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• Público General:

V. Cumplir con los requisitos que las leyes fiscales establezcan para el control de los pagos, ya sea en una sola exhibición o en parcialidades.

• Consignar el valor de la operación sin que se haga la separación expresa entre el valor de la contraprestación pactada y el monto de los impuestos que se trasladen

VI. Cumplir con las especificaciones en materia de informática que determine el SAT.

• Comprobantes simplificados:

• Nombre; lugar y fecha de expedición; RFC; cantidad y clase de mercancía; Valor unitario

III. Asignar un número de folio correspondiente a cada CFD que expidan conforme a lo siguiente:

a) b) c)

Deberán establecer un sistema electrónico de emisión de folios. (RCGSAT)

Deberán solicitar previamente la asignación de folios al SAT

Deberán proporcionar mensualmente al SAT, a través de medios electrónicos, la información correspondiente a los comprobantes fiscales digitales que se hayan expedido con los folios asignados utilizados en el mes inmediato anterior a aquel en que se proporcione la información. (RCGSAT). IV. Proporcionar a sus clientes en documento impreso el comprobante electrónico cuando así les sea solicitado.

• El SAT Determinará las especificaciones que deberán reunir los documentos impresos de los comprobantes fiscales digitales. • Los contribuyentes deberán conservar y registrar en su contabilidad los CFD que emitan. El registro en su contabilidad deberá ser simultáneo al momento de la emisión de los CFD.

• Los contribuyentes que opten por emitir CFD, no podrán emitir otro tipo de comprobantes fiscales, salvo los que determine el SAT.

• Los contribuyentes que deduzcan o acrediten fiscalmente con base en los CFD, incluso cuando dichos comprobantes consten en documento impreso, para comprobar su autenticidad, deberán consultar en la página electrónica del SAT, si el número de folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si el certificado que ampare el sello digital se encuentra registrado en el SAT y no ha sido cancelado. ALMACENAMIENTO DE COMPROBANTES FISCALES DIGITALES Los contribuyentes que emitan y reciban comprobantes fiscales digitales, deberán almacenarlos en medios magnéticos, ópticos o de cualquier otra tecnología, Los contribuyentes deberán mantener actualizado el medio electrónico, óptico o de cualquier otra tecnología, durante el plazo señalado para la conservación de la contabilidad, así como tener y poner a disposición de las autoridades fiscales, un sistema informático de consulta que permita a las mismas, localizar los comprobantes fis-

• Los CFD deberán archivarse y registrarse en los términos que establezca el SAT.

• Los CFD, así como los archivos y registros electrónicos de los mismos se consideran parte de la contabilidad del contribuyente Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.


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cales digitales expedidos y recibidos, así como la revisión del contenido de los mismos. El almacenamiento temporal, se deberá hacer como mínimo por un plazo de tres meses.

Los contribuyentes que derivado de sus operaciones requieran seguir utilizando comprobantes fiscales (simplificados), podrán seguir utilizándolos de manera simultánea con los CFD. Los contribuyentes que hayan optado por emitir CFD podrán seguir utilizando los comprobantes fiscales (impresos) siempre que cumplan con lo siguiente:

a)

Contribuyentes que dictaminen o hayan optado por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales en el ejercicio fiscal inmediato anterior.

b)

Se incluya en el reporte mensual, los datos de los comprobantes fiscales generados

Requisitos adicionales

I. Que los registros que realice el sistema electrónico en el que lleven su contabilidad, apliquen el folio asignado por el SAT y en su caso serie, a los comprobantes fiscales digitales.

II. Que al asignarse el folio, y en su caso serie, se registre de manera electrónica y automática en la contabilidad, al momento de la emisión del comprobante fiscal digital la referencia exacta de la fecha, hora, minuto y segundo, en que se generó el comprobante fiscal digital.

Tratándose de la emisión de CFD en lugar distinto al domicilio, se cumple con el requisito cuando se registre electrónicamente la información contable dentro del término de 24 horas siguientes a la generación del CFD. Este registro deberá hacer referencia exacta de la fecha, hora, minuto y segundo en que se generó el CFD.

III. Que el sistema electrónico en que se lleve la contabilidad tenga validaciones que impidan al momento de Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

asignarse a los CFD, la duplicidad de folios, y en su caso de series, asegurándose que el número de aprobación, año de solicitud, folio y serie en su caso, corresponda a los otorgados para CFD.

IV. Que el mencionado sistema genere un archivo con un reporte mensual, el cual deberá incluir la FIEL del contribuyente, y contener la siguiente información del CFD: a).- RFC del cliente. En el caso de comprobantes fiscales digitales globales que amparen operaciones efectuadas con público en general, éstas se podrán reportar mediante la elaboración de un sólo comprobante global mensual, utilizando el RFC genérico: XAXX010101000. En el caso de comprobantes fiscales digitales que amparen operaciones efectuadas con clientes extranjeros, éstas se podrán reportar mediante la elaboración de un sólo comprobante global mensual, utilizando el RFC genérico: XEXX010101000. b).- Serie.

c).- Folio del comprobante fiscal digital.

d).- Número y año de aprobación de los folios. e).- Fecha y hora de emisión. f).- Monto de la operación.

g).- Monto del IVA trasladado.

h).- Estado del comprobante (cancelado o vigente).

V. Que se cumpla con las especificaciones técnicas previstas en el rubro C ‘’Estándar de comprobante fiscal digital extensible’’ del Anexo 20. El SAT, a través del Anexo 20, podrá publicar los requisitos para autorizar otros estándares electrónicos diferentes a los señalados en la presente regla.

VI. Que genere sellos digitales para los comprobantes fiscales digitales, según los estándares técnicos y el procedimiento descrito en el rubro D ‘’Generación de sellos digitales para comprobantes fiscales digitales’’ del Anexo 20.


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Los contribuyentes que cumplan con los requisitos anteriores, deberán generar a través del software ‘’SOLCEDI’’, o de la aplicación informática a que se refiere la ficha 98/CFF ‘’Obtención del certificado de FIEL’’ contenida en el Anexo 1-A, un nuevo par de archivos conteniendo la clave privada y el requerimiento de generación de certificado de sello digital. Posteriormente, los contribuyentes deberán solicitar a través de la página de Internet del SAT, el certificado de sello digital. Dicha solicitud, deberá contener la FIEL del contribuyente.

Para la solicitud del certificado de sello digital, se deberá acceder a la página de Internet del SAT. En ésta, los contribuyentes podrán solicitar un certificado para su matriz y, en su caso, como máximo uno para cada una de sus sucursales, locales, puestos fijos o semifijos; en el caso de unidades de transporte utilizarán el certificado de sello digital del domicilio fiscal o sucursal al cual estén asignados. Los certificados solicitados se podrán descargar de la sección ‘’Entrega de certificados’’ de la página de Internet del SAT, utilizando para ello la clave del RFC del contribuyente que los solicitó.

DESISTIMIENTO Los contribuyentes que hayan optado por emitir CFD, podrán desistirse de dicha opción conforme a lo siguiente:

a)

Una vez tomada la opción, deberán presentar aviso de desistimiento en el mismo ejercicio, dentro de los treinta días posteriores al cual haya optado por emitir comprobantes fiscales digitales y siempre que no haya emitido ningún comprobante de este tipo.

b)

En caso de haber emitido comprobantes fiscales digitales, el aviso de desistimiento deberá presentarse en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el cual surta sus efectos. El aviso de desistimiento deberá presentarse a través de la página de Internet del SAT, en la opción ‘’Mi portal’’. La presentación del aviso de desistimiento no libera al contribuyente del cumplimiento de las obligaciones que

Para verificar la validez de los certificados de sello digital proporcionados por el SAT, se podrá hacer en las secciones ‘’FIEL’’ o ‘’FACTURACION ELECTRONICA’’, de la página de Internet del SAT.

Para la solicitud de folios y en su caso series, los contribuyentes deberán requerir la asignación de los mismos al SAT, a través de la página de Internet del SAT, en el ‘’Sistema Integral de Comprobantes Fiscales (SICOFI)’’, en el módulo de ‘’Solicitud de asignación de series y folios para comprobantes fiscales digitales’’. Dicha solicitud, deberá contener la FIEL del contribuyente. La emisión de comprobantes fiscales digitales deberá iniciar con el folio número 1 de todas las series que se utilicen. Se entenderá que el contribuyente optó por emitir CFD cuando solicite por lo menos un certificado de sello digital y le sean asignados los folios por parte del SAT.

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a la fecha del mismo estén pendientes de cumplir con relación a la expedición y recepción de CFD, incluyendo la presentación de información mensual de operaciones realizadas con CFD. De la misma forma, la presentación del aviso de desistimiento, no libera al contribuyente del cumplimiento de las obligaciones ya generadas en materia de conservación de los comprobantes fiscales digitales emitidos y recibidos. Información mensual de las personas que emitan comprobantes fiscales digitales

Los contribuyentes que generen y emitan CFD, deberán presentar de manera mensual, la información relativa a las operaciones realizadas con dichos comprobantes en el mes inmediato anterior. Dicha información se deberá presentar dentro del mes siguiente a aquel del que se informa. El sistema informático deberá generar un archivo que contenga un reporte mensual con los datos señalados. El archivo generado deberá de reunir las características técnicas.

El sistema informático deberá ser programado por los contribuyentes para generar automáticamente el archivo con el reporte mensual el cual deberá contener la FIEL del contribuyente, de tal forma que el envío se realice mediante la página de Internet del SAT.

Tratándose de contribuyentes que optaron por emitir comprobantes fiscales digitales y que durante el mes de calendario, no hubiesen emitido CFD, deberán presentar de forma mensual un reporte de no expedición de CFD, dicha información deberá presentarse utilizando su FIEL dentro del mes siguiente a aquel del que se informa. Valor de las impresiones de CFD y sus requisitos • Para los efectos del artículo 29, fracción IV, primer párrafo del CFF (proporcionar documento impreso), las Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

impresiones de los comprobantes emitidos, tendrán los mismos alcances y efectos que los CFD que les dieron origen.

• Las impresiones de los CFD deberán cumplir con los requisitos señalados en el artículo 29-A: Nombre, denominación, domicilio fiscal, RFC, datos del local o establecimiento; Lugar y fecha de expedición; RFC de la persona a quien se expide; Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio que amparen; Valor unitario en número e importe total consignado en número o letra, impuestos trasladados, desglosado por tasa de impuesto; número y fecha del documento aduanero, y la aduana. Requisitos adicionales I. La cadena original con la que se generó el sello digital. II. Sello digital correspondiente al comprobante fiscal digital. III. Número de serie del certificado de sello digital.

IV. Número de referencia bancaria o número de cheque con el que se efectúe el pago (opcional). V. La leyenda ‘’Este documento es una impresión de un comprobante fiscal digital’’.

VI. Para los efectos de lo señalado en el artículo 29A, fracción II del CFF (folio), se deberá incluir la serie en su caso.

VII. Para los efectos de lo señalado en el artículo 29-A, fracción IV del CFF (RFC), se tendrá por cumplida dicha obligación en los casos de comprobantes fiscales digitales globales que amparen una o más operaciones efectuadas con público en general, cuando en el mismo se consigne el RFC genérico: XAXX010101000.

En el caso de comprobantes fiscales digitales que amparen una o más operaciones efectuadas con clientes extranjeros se deberán reportar con el RFC genérico: XEXX010101000.


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VIII. Para los efectos de lo señalado en el artículo 29A, fracción VI del CFF (valor unitario, impuestos), se deberán incluir adicionalmente los montos de los impuestos retenidos en su caso.

IX. Unidad de medida, en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción V (cantidad y clase de mercancías) del CFF. X. El número y año de aprobación de los folios. XI. Monto de la tasa del impuesto trasladado.

XII. Hora, minuto y segundo de expedición, en adición a lo señalado en el artículo 29-A, fracción III del CFF (lugar y fecha de expedición). Proveedores Autorizados Para obtener la autorización de proveedor de servicios de generación y envío de comprobantes fiscales digitales, los contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

VII. Entregar copia de la aplicación, así como de sus mejoras cuando éstas se realicen.

Asimismo, podrán ser autorizadas las agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como los organismos que las reúnan, siempre que tributen conforme al Título III de la Ley del ISR, el servicio se preste únicamente a sus agremiados y cumplan con los requisitos establecidos en esta regla salvo lo señalado en la fracciones II y III. Revocación de la autorización • Han dejado de cumplir con los requisitos que señalan las fracciones II, III, IV y V de la presente regla,

• O hayan incumplido con alguno de los mismos establecidos en la regla II.2.8.4., • Se procederá a hacer del conocimiento del contribuyente dicho incumplimiento.

I. Presentar escrito libre ante la ALSC que corresponda a su domicilio fiscal.

II. Presentar manifestación bajo protesta de decir verdad que indique que harán dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales, por el ejercicio en que se les otorgue la autorización que solicita y por todos los ejercicios durante los cuales gocen de la misma, incluso si no estuviere por disposición legal obligado a ello. III. Tributar conforme al Título II de la Ley del ISR.

IV. Contar con certificado digital de FIEL y ser emisor de comprobantes fiscales digitales propios. V. Demostrar que cuentan con la capacidad tecnológica y de infraestructura que le permita prestar el servicio de generación y envío de CFD.

VI. Entregar planes de contingencia para garantizar la operación y respaldo de información de los CFD emitidos.

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gulado de forma contractual entre el solicitante del servicio y el prestador del mismo.

II. Proporcionar dentro de los primeros cinco días del mes siguiente, el archivo con los datos de los CFD emitidos durante el mes inmediato anterior al contribuyente que hubiere contratado sus servicios,

III. Proporcionar al SAT un informe mensual que incluya el RFC del contribuyente y el número de comprobantes fiscales digitales emitidos, activos y cancelados por serie a más tardar el quinto día del mes siguiente al que se reporte.

• En caso de que se acumulen tres incumplimientos en un mismo ejercicio, procederá la revocación de la autorización.

• Lo anterior no aplica respecto del requisito señalado en la regla II.2.8.4., fracción X, cuyo incumplimiento dará lugar directamente a la revocación de la autorización. • El SAT notificará al proveedor de servicios de generación y envío de CFD que su autorización ha sido revocada.

• El nombre, domicilio, denominación o razón social, la clave del RFC y la fecha de publicación de la autorización de los proveedores de servicios para la generación y emisión de comprobantes fiscales digitales, así como los datos de quienes se les haya revocado la respectiva autorización, se darán a conocer en la página de Internet del SAT. • La autorización y la revocación de la autorización surtirán efectos a partir de su publicación en la página de Internet del SAT. Requisitos para mantener la autorización I. Guardar absoluta reserva de la información de los CFD generados al contribuyente, lo cual deberá estar re-

Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

El informe será enviado a través de la página de Internet del SAT, utilizando para ello el certificado de la FIEL proporcionado por el SAT.

IV. Proveer a la autoridad de una herramienta de acceso remoto o local que le permita consultar los comprobantes fiscales digitales emitidos.

V. Tener en todo momento a disposición del SAT el acceso remoto o local a las bases de datos donde se resguarde la información de los comprobantes fiscales digitales emitidos, para su consulta y previo requerimiento de la autoridad.

VI. Poner a disposición del contribuyente que hubiere contratado sus servicios copia del archivo electrónico de cada uno de sus CFD emitidos, el mismo día de su emisión.

VII. Proporcionar al contribuyente emisor una herramienta para consulta del detalle de sus CFD.

VIII. Conservar los CFD emitidos, durante los plazos que las disposiciones fiscales señalen para la conservación de la contabilidad en un medio electrónico, óptico o de cualquier tecnología, con independencia total de si subsiste o no la relación contractual al amparo de la cual se generaron y emitieron los comprobantes fiscales digitales.

IX. Administrar, controlar, asignar y resguardar a través de su sistema generador de comprobantes fiscales digitales, los folios entregados al contribuyente. Dicha


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entrega deberá quedar establecida en la relación contractual.

X. Establecer de manera contractual la manifestación de conocimiento y autorización de sus clientes para que el proveedor de servicios de generación y envío de CFD entregue al SAT en cualquier momento la información relativa a los comprobantes emitidos.

XI. Generar y emitir los CFD de sus clientes cumpliendo con los requisitos.

Adicionalmente, a los CFD emitidos por proveedores de servicios de generación y envío de comprobantes, deberá incorporarse la siguiente información: a) Nombre o razón social del proveedor de servicios. b) RFC del proveedor de servicios.

c) Número del certificado de sello digital.

Requisitos que deben cumplir los contribuyentes que opten por emitir CFD a través de un proveedor de servicios de generación y envío Los contribuyentes que opten por emitir CFD a través de un proveedor de servicios de generación y envío, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Presentar un aviso a través del formato electrónico por medio de la página de Internet del SAT, en que se señale la fecha de inicio de operaciones bajo éste procedimiento, así como su dirección de correo electrónico, el cual deberá ser firmado por ambas partes utilizando para ello el certificado de FIEL proporcionado por el SAT, dentro de los treinta días siguientes. II. Al término de la relación contractual, el contribuyente deberá presentar aviso de suspensión por los medios señalados anteriormente dentro de los treinta días siguientes al término de la citada relación. III. Llevar su contabilidad en medios electrónicos.

d) Fecha de publicación de la autorización. e) Número de autorización.

f) Sello digital generado a partir de un certificado de sello digital del proveedor de servicios. XII. En caso de suspensión temporal o definitiva de operaciones, los proveedores de servicios autorizados, deberán dar aviso por escrito o vía correo electrónico a sus clientes, así como al SAT con treinta días hábiles de anticipación a dicha suspensión.

En tanto continúen vigentes los supuestos bajo los cuales se otorgo la autorización y se rigen cumpliendo los requisitos correspondientes, la autorización mantendrá vigencia siempre que los proveedores de servicios presenten en el mes de enero de cada año, aviso por medio de la pagina del SAT, en el que bajo protesta de decir verdad, declaren que siguen reuniendo los requisitos para ser proveedores de servicios de generación y envío de CFD. Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.


V CONGRESO DE ADMINISTRACION PUBLICA 2010 9, 10 y 11 de Septiembre de 2010 TEMA: Tendencias en la Auditoría Gubernamental Temas que se abordaran:

Ética, Administración de Riesgos, Contabilidad y Auditoría Gubernamental, Transparencia, Indicadores al Desempeño, Tecnología en la información, etc.-

Objetivo:

Que el profesional en Contaduria Gubernamental alcance un conocimiento de las tendencias profesionales mas sobresalientes en la interpretación, aplicación eficiente y experiencia en el cumplimiento adecuado de las responsabilidades y toma de decisiones, con mayores resultados de productividad en control, administracion de riesgos, tecnologia en la informacion, transparencia y contabilidad gubernamental.

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El Comité de Damas del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C., prepara este Boletín Informativo “El Rostro Humano de la Contaduría Pública”, con el objetivo primordial de mantener informado al lector de las noticias y eventos en esta materia que se presentan día con día. DIRECTORIO:

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C.P. Claudia Moreno de Rongel. Presidenta del Comité de Damas

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Lic. Norma Alicia Terminel de Rubio Vicepresidenta del Comité de Damas

El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. y su Comité de Damas Te invitan al evento: “Bingo Contable”

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Opciones para Tributar dentro del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto Empresarial a Tasa Única en las Actividades Agropecuarias C.P.C. y M.I. Ernesto Manzano García

INTRODUCCIÓN Ante los elevados costos de producción, la competencia local e internacional, los precios casi controlados de los productos y la carga fiscal en el Impuesto Sobre la Renta y en el Impuesto Empresarial a Tasa Única, hacen que las actividades agropecuarias hoy en día busquen diversas opciones para lograr una mayor utilidad y así seguir subsistiendo en nuestro país. El presente artículo contiene opciones que le pueden ser útiles a los Contribuyentes agropecuarios que normalmente en su mayoría no conocen o no están familiarizados con las mismas ya sea por costumbre o por desconocimiento de las leyes, tesis o criterios de la autoridad. Es increíble que muchas empresas que se dedican al giro agropecuario estén constituidas solamente como Sociedad Anónima, situación que las puede dejar en desventaja al no interactuar con otro tipo de sociedad o bien vincular a dicha Sociedad Anónima un contrato ad hoc. ANÁLISIS Para efectos del Impuesto Sobre la Renta o el Impuesto Empresarial a Tasa Única existen opciones que dependiendo la estructura de la actividad o el deseo del (o los) propietario (s) funcionan en mayor o menor grado para optimizar la carga fiscal en el Impuesto Sobre la Renta, cabe mencionar que la misma Ley del Impuesto Sobre la Renta, la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única o la Resolución Miscelánea promocionan o facilitan estas opciones. A continuación se mencionan las opciones Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

que están con tratamiento preferenciales en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, en la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única y en la Resolución Miscelánea: 1.- Régimen General de Ley

2.- Régimen Simplificado de Ley o de Facilidades Administrativas 3.- Sociedad Cooperativa

4.- Copropiedad Empresarial 5.- Contrato de Aparcería

6.- Contrato de Partición de Ingresos o de Acción Conjunta 7.- Empresa Integradora

8.- Asociación Rural de Interés Colectivo

9.- Persona Física con exención del Impuesto Sobre la Renta. 10.- Persona Física Asimilada a Salarios

Cada una de las opciones anteriormente mencionadas produce un beneficio acorde al tipo de estructura del


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Contribuyente, por eso es que a continuación se hace un cuadro resumen: # de opción

Reducción en el I.S.R.

División de Ingresos

Exención total o parcial del Ingreso

Diferimiento del I.S.R.

Beneficios Resolución Misc. 2010

2

Si

No

SI

No

No

1 3 4 5 6 7

No Si Si Si Si Si

8

No

10

No

9

Si

CONCLUSIONES

No Si Si Si Si Si

No Si

Si

Si

No

Si

No

Si Si

Si

No

No

Si

No

No

Si

No Si Si

No

No

No

No

No No No

No No No No

Hoy en día no puede un Contribuyente del Impuesto Sobre la Renta y del Impuesto Empresarial a Tasa Única dejar pasar las alternativas que facilitan la disminución de la carga fiscal de estos Impuestos, así como las facilidades administrativas en su cumplimiento. Las empresas no se pueden dar el lujo innecesario de contar con esquemas que por costumbre se adoptan en las actividades agropecuarias. Justa precisión es el de que, la actividad agropecuaria como el cumplimiento de los Impuesto Sobre la Renta y el Impuesto Empresarial a Tasa Única, requieren de una especialización por parte de las personas que determinan la carga fiscal y por eso es la razón de este artículo. ANEXO DE: Textos de Reglas Nuevas de la Resolución Miscelánea 2010 ISR efectivamente pagado por acreditar de sociedades cooperativas de producción de bienes I.4.3.5. Para los efectos del artículo 8, quinto párrafo de la Ley del IETU, las sociedades cooperativas de producción de bienes que opten por aplicar lo dispuesto en el Capítulo VII-A del Título II de la Ley del ISR, también podrán considerar como ISR propio, el ISR efectivamente pagado por sus socios al recibir los rendimientos anuales o retirar capital, siempre que hayan efectuado el pago mencionado en el ejer-

cicio por el que se calcula el IETU y no acrediten la cantidad determinada en los términos del artículo 8, penúltimo párrafo de la Ley del IETU.

Para los efectos del artículo 10, quinto párrafo de la Ley del IETU, las sociedades mencionadas también podrán considerar como ISR propio, el ISR efectivamente pagado por sus socios al recibir los rendimientos anuales o retirar capital, siempre que hayan efectuado el pago mencionado en el periodo al que corresponda el pago provisional y no acrediten la cantidad determinada en los términos del artículo 10, penúltimo párrafo de la Ley del IETU. LIETU 8, 10, LISR 85-A

Contribuyentes no obligados a efectuar pagos provisionales I.4.3.8. Para los efectos del artículo 9 de la Ley del IETU, los contribuyentes a que se refieren los artículos 85-A, fracción III y 143, tercer párrafo de la Ley del ISR, podrán no efectuar pagos provisionales del IETU. Tratándose de los contribuyentes a que se refiere el artículo 81, fracción I, último párrafo de la Ley del ISR que hubieran optado por realizar pagos provisionales semestrales del ISR, podrán optar por efectuar pagos provisionales semestrales del IETU. En el caso de las instituciones fiduciarias a que se refiere el artículo 144, segundo párrafo de la misma Ley, podrán optar por efectuar pagos provisionales del IETU en forma cuatrimestral. En ambos casos, se deberán presentar dichas declaraciones a más tardar en la misma fecha que para tales efectos se establece en las disposiciones aplicables en materia del ISR. Para los efectos del párrafo anterior, los contribuyentes y las instituciones fiduciarias determinarán los pagos provisionales restando de la totalidad de los ingresos percibidos a que se refiere la Ley del IETU en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del semestre o cuatrimestre al que corresponda el pago, las deducciones autorizadas correspondientes al mismo periodo. LISR 81, 85-A, 143, 144, LIETU

Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.


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C.P. GUILLERMINA ALVAREZ RAMOS PROFESORA DISTINGUIDA 2009

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE SONORA

Dentro de la Semana de la Contaduria organizada por nuestro Colegio se hizo entrega del reconocimiento a la Maestra Distinguida 2009, recayendo este mérito en la C.P. Guillermina Alvarez Ramos, por su destacada trayectoria profesional y docente quien nos otorgó una entrevista para conocer mas a detalle el porque se hizo acreedora a este premio. Platíquenos de su trayectoria profesional desde sus inicios hasta la actualidad: Cuando egresé de la preparatoria del CECYT 26, trabajé en el despacho del maestro Rafael Félix Salazar 6 Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

meses, la Universidad de Sonora estaba en huelga. Posteriormente cuando estaba en 5to semestre trabajé como auxiliar contable en Productores de Nuez y Durazno, me pagaban muy bien, me salí de ahí porque quería aprender, trabajé en los Despachos de Rodrigo Sotomayor y de Eugenio Pablos Antillón, luego de contador a Sonora Motor, de ahí a Comisión Federal de Electricidad. Tuve dos trabajos antes de ingresar a laborar en la Universidad de Sonora impartiendo una hora de Impuestos I, una de Impuestos II, y otro de Contabilidad Administrativa. El primer semestre me dediqué completamente a ello para preparar material de clase. El siguiente semestre ya lo combiné con otro trabajo y


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mi último trabajo en la iniciativa privada fue como auditor interno en Astral de Sonora, combinado con la docencia en la UNISON. Luego me quedé exclusivamente en la Universidad. Después trabajé tres años en la Universidad del Noroeste, impartiendo clases de impuestos y contabilidad administrativa y durante dos años laboré en el SAT como interventor de caja. Actualmente soy maestra de tiempo completo en el Departamento de Contabilidad, tengo una antigüedad de 21 años en la institución y 21 impartiendo clases de impuestos. Presido la Academia de Fiscal. Cómo fue que inició en la docencia, que persona o que motivos la impulsaron a incursionar en este ámbito? Trabajaba en la Comisión Federal de Electricidad y un compañero de trabajo, que estaba en el departamento de auditoría, daba clases en la Universidad de Sonora y tuvo que salir fuera de la ciudad por su trabajo, por ello me pidió que me quedara con su grupo, lo cual acepté. Después, en un momento en que mi trabajo me parecía rutinario, una amiga me dijo – oye, tú puedes ser maestra, estás titulada, estás estudiando una maestría. Así fue como llegué a dar clases.

Qué siente haber recibido el reconocimiento de Contador del año, por parte de nuestro colegio? Se siente una satisfacción muy grande y le doy gracias a Dios y a todas las personas que me han brindado su apoyo, me motivó para seguir mi camino de la enseñanza. Qué mensaje le diría a los jóvenes estudiantes, que están por iniciar una carrera universitaria? Que les tiene que gustar la carrera a la que van a ingresar, para que cuando ejerzan su profesión, lo hagan con pasión. Que cualquier profesión exige actualización y si les gusta la Contabilidad, es muy bonita e interesante. Díganos un mensaje final para nuestros socios y público en general

Que aprendamos a disfrutar de la vida, de nuestro trabajo y siempre dar gracias a Dios por los días y los logros que vamos obteniendo.

Cómo ve a nuestra profesión en la actualidad? En las universidades donde se imparte la carrera de C.P., cuando egresan los estudiantes están realmente preparados para iniciar en el mundo? Debido a la globalización y avances tecnológicos veo que nuestra sociedad exige cada vez más al contador, quien debe estar acorde a los cambios que exige el entorno. Creo que es una garantía pertenecer al Colegio de Contadores Públicos, puesto que se preocupa porque sus afiliados estén actualizados. Veo muy bien a la profesión, ha respondido a los retos actuales. Por lo que se refiere a la pregunta, cuando los estudiantes egresan de las universidades si están preparados para iniciar en el mundo laborar, siempre que durante el transcurso de su carrera se hayan preocupado por dedicarle tiempo a sus estudios. Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.


Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Afiliado al Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

Convoca al Certamen de: PROFESOR DISTINGUIDO 2010 El titulo de Profesor Distinguido es un reconocimiento que el Colegio de Contadores Públicos de Sonora A.C., otorga al Contador Público que haya sobresalido por su vocación de servicio, responsabilidad, capacidad profesional, productividad académica y ética, en la formación de profesionales de la Contaduría Pública, por lo que se invita a las Instituciones de Educación Superior, a los Colegios Afiliados y a los docentes de esta Licenciatura, a participar en su selección bajo las siguientes bases: 1. Los candidatos deben ser docentes de la carrera de Contador Público de una institución educativa que se ubique en cualesquiera de las poblaciones que conforman el Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C., incluyendo a sus delegaciones. 2. El otorgamiento de este honor exige el cumplimiento por parte del candidato propuesto de los siguientes requisitos: a) Ser socio del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C., con una antigüedad no menor a diez años y participar activamente en el mismo. b) Tener una antigüedad mínima de 10 años en el ejercicio de la docencia en la formación de Contadores Públicos.

dente de la Comisión de Premios del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

5. El jurado se sujetara a los términos de esta convocatoria y su decisión será inapelable.

6. La decisión del jurado será en base a la mayor puntuación lograda por los candidatos de acuerdo a la tabla de puntuación. 7. Se premiará al primer lugar como sigue:

a) Constancia de distinción que lo acreditara como Profesor Distinguido 2010.

b) Carnet de la Semana de la Contaduría correspondiente al periodo 2011. c) Inscripción al Certamen de Profesor Distinguido del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C.

d) Asistencia gratuita a cursos o cualquier evento técnico del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. durante el periodo 2011-2012.

c) Ser un modelo para los miembros de nuestro colegio en lo que se refiere a capacidad técnica, científica, ética y proyección moral.

8. Cualquier situación no contemplada en esta convocatoria será resuelta por el jurado calificador.

e) Haber acreditado el cumplimiento de otras actividades en apoyo a la docencia.

a) Carta de apoyo al candidato propuesto firmada por los proponentes.

d) Acreditar el cumplimiento de la Norma de Educación Profesional Continua de cuando menos 5 años anteriores.

f) Ser Contador Público Certificado.

3. Las fechas del concurso serán las siguientes:

a) Periodo de inscripción de candidatos: del 01 de Agosto al 30 de Noviembre de 2010 en horario de 9:00 a 13:00 y de 16:00 a 19:00 de lunes a viernes y sábados de 9:00 a 13:00 en las oficinas del Colegio ubicadas en calle C.P.C. Octavio Acosta Salomón #42, Esquina con Calle C.P. Agustín Caballero Wario, Col. Villa Sol, Hermosillo, Sonora, teléfonos [662] 217-4699 y [662] 213-2145. email: lupitadv@hotmail.com; lupitaduart@yahoo.com.mx, guadalupe.ruiz@mx.ey.com. b) El plazo de notificación de los ganadores: 29 de Abril de 2011.

c) Fecha de premiación: Durante la Semana de la Contaduría 2011 del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C..

4. La selección de los ganadores se hará por un jurado calificador que estará integrado por el Presidente, Vicepresidente General y el Presi-

9. Los proponentes deberán enviar a la Comisión de Premios la siguiente documentación:

b) Formulario para participar en el Certamen Profesor Distinguido indicando: I. Información General. II. Estudios realizados. III. Estudios Posteriores a la Licenciatura IV. Actividades Docentes. V. Distinciones. VI. Asistencia a Convenciones. VII. Actividades Colegiadas. VIII. Experiencia Profesional.

c) Copia de los documentos oficiales que comprueben los requisitos señalados en esta convocatoria numerados del 1 en adelante y en el orden señalado en el inciso anterior, haciendo referencia en el renglón correspondiente al número de comprobante. d) Una fotografía reciente tamaño credencial a color.

Esta Convocatoria fue aprobada por el Consejo Directivo 2010-2011 conforme a los Estatutos del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE SONORA, A.C.

C.P. PATRICIA ARGUELLES CANSECO Presidente del Consejo Directivo

C.P. MA. GUADALUPE DUARTE VILLA Comisión Premios


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Colegio de Contadores Públicos de Sonora

Estudiante Distinguida C.P. Cynthia Guadalupe Alvarez Sierras trabaja con su familia, pero en el mes de Julio inició sus labores en la Secretaria de Salud, en el departamento de Recursos Financieros.

En su mensaje final, Cynthia nos comenta: “Creo que cada joven decide que camino tomar ante los problemas que hay hoy en la actualidad, drogas, alcohólicos, delincuentes, uno decide estar fuerte, no dejarse caer, es una decisión que tenemos nosotros como jóvenes, ser mejores, y que si decidimos seguir por el buen camino, terminar una carrera, lograr sueños y metas, es cuestión de nosotros, hay que sonreírle a la vida”.

Tuvimos el gusto de conversar con la C.P. Cynthia Guadalupe Álvarez Sierras, egresada de la Universidad del Valle de México, quien recibió el reconocimiento como Estudiante Distinguida por el año 2009, por parte de nuestro Colegio en la pasada Semana de la Contaduría Pública. Con gran disponibilidad, nos platicó sobre sus logros obtenidos en su vida estudiantil, como haber participado en el grupo Praxis organizado por la UVM, que le dejó gran aprendizaje, así como su viaje de intercambio a España. También estuvo muy activa dentro de la comisión estudiantil de nuestro colegio. Es una chica con grandes inquietudes y con firmes convicciones en todos los aspectos, lo que la hecho triunfar a su corta edad. Ella es originaria de Hermosillo, Sonora. Su familia es de Guadalupe de Ures. Inició su actividad laboral hace tiempo, en negocios de la familia dentro del ramo restaurantero, en el que ha estado involucrada tanto en lo operativo como en lo administrativo. Entre sus planes en el futuro es realizar una maestría en Finanzas, y tener su propio negocio. Actualmente

Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.


Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. Afiliado al Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

Convoca al Certamen de: ESTUDIANTE DISTINGUIDO 2010 El titulo de Estudiante Distinguido es un reconocimiento que el Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A. C., otorga al estudiante de la contaduría publica que haya sobresalido en su formación profesional, por lo que se invita a los Colegios afiliados, a las Instituciones de Educación Superior y a los estudiantes de esta licenciatura, a participar en su selecciones bajo las siguientes bases:

1. El objeto de esta convocatoria es apoyar y estimular la formación profesional de los estudiantes reconociendo su esfuerzo formativo y disciplinario. 2. El otorgamiento de este honor exige el cumplimiento por parte del candidato propuesto de los siguientes requisitos: a) Ser o haber sido estudiante de la carrera de Contador Público en el año 2009.

b) Haber cursado hasta el momento, el 100% de sus estudios superiores en una institución ubicada en el estado de Sonora y que radique actualmente en la localidad bajo la cual se registre. c) Tener por lo menos un promedio de 90.

d) Poseer otros conocimientos o habilidades (computación, ingles, etc.).

3. Cada institución de educación superior de la localidad, tendrá derecho a inscribir un candidato. 4. Las fechas del concurso serán las siguientes:

a) Periodo de inscripción de candidatos: del 01 de Agosto al 30 de Noviembre de 2010 en horario de 9:00 a 13:00 y de 16:00 a 19:00 de lunes a viernes y sábados de 9:00 a 13:00 en las oficinas del Colegio ubicadas en calle C. P. C. Octavio Acosta Salomón #42, Esquina con Calle C. P. Agustín Caballero Wario, Colonia Villa Sol, Hermosillo, Sonora, teléfonos [662] 217-4699 y [662] 213-2145. email: lupitadv@hotmail.com ; lupitaduart@yahoo.com.mx; guadalupe.ruiz@mx.ey.com. b) El plazo de notificación de los ganadores: 29 de Abril de 2011.

c) Fecha de premiación: Durante la semana de cambio de mesa directiva en el acto que el Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A. C., juzgue conveniente.

5. La selección de los ganadores se hará por un jurado calificador que estará integrado por el Presidente, Vicepresidente General y el Presidente de la Comisión de Premios del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. 6. El jurado se sujetará a los términos de esta convocatoria y su decisión será inapelable.

7. Se premiarán el primer lugar como sigue:

a) Constancia de distinción que lo acreditara como Estudiante Distinguido 2009.

b) Inscripción por parte del Colegio al concurso Estudiante Distinguido del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos, A.C.

c) Asistencia gratuita a cualquier evento técnico del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C., durante el periodo 20102011.

d) Paquete básico de publicaciones del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (Normas de Información Financiera, Normas y Procedimientos de Auditoria y Código de Ética Profesional y Agenda Fiscal 2011). e) Inscripción gratuita al Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A. C., por un año a la sección correspondiente, así como la entrega gratuita de la revista contaduría Pública y revista Ábaco, por el período 2010-2011.

f) Premio en especie que será entregado en el acto de Premiación.

8. Cualquier situación no contemplada en esta convocatoria será resuelta por el jurado calificador. 9. Los proponentes deberán enviar a la Comisión de Premios la siguiente documentación: a) Comentario de la Institución educativa que lo apoya sobre méritos del candidato. b) Formulario para participar en el Certamen Estudiante Distinguido en un tanto y el archivo virtual, indicando: I. Información General. II. Estudios Realizados. III. Actividades desempeñadas. IV. Distinciones. V. Asistencia a Convenciones. VI. Experiencia Profesional.

c) Copia de los documentos oficiales que comprueben los requisitos señalados en esta convocatoria numerados del 1 en adelante y en el orden señalado en el inciso anterior, haciendo referencia en el renglón correspondiente al número de comprobante. d) Una fotografía reciente tamaño credencial.

Esta Convocatoria fue aprobada por el Consejo Directivo 2010-2011 conforme a los Estatutos del Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.

COLEGIO DE CONTADORES PUBLICOS DE SONORA, A.C.

C.P. PATRICIA ARGUELLES CANSECO Presidente del Consejo Directivo

C.P. MA. GUADALUPE DUARTE VILLA Comisión Premios


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39 CONVENCIÓN REGIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS DEL NOROESTE nuestra presidente C.P. Patricia Eugenia Arguelles Canseco, quienes con mucho entusiasmo asistieron a los eventos técnicos y sociales efectuados durante los días del 7 al 9 del dicho mes.

La inauguración estuvo a cargo del C.P.C. Luis Raúl Michel Domínguez, Presidente del IMCP., dirigiendo unas palabras el C.P.C. Fernando Calles Montijo, Presidente del Instituto del Noroeste de Contadores Públicos y por el Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Ensenada, C.P.C. Sergio Rodríguez Chávez Iniciando con el festejo de rompehielos y continuar con diversas conferencias impartidas por reconocidos expositores. Así mismo no podían faltar las noches de fiesta y convivencia social.

El pasado mes de Julio se llevó a cabo la 39 Convención Regional de Contadores Públicos del Noroeste en la ciudad de Ensenada, Baja California, a la cual asistió un grupo representativo de nuestro Colegio encabezado por

Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C.


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ASAMBLEA MENSUAL DE SOCIOS TOMA DE PROTESTA

El C.P.C. Eduardo Alberto Duarte Berumen, ex presidente de nuestro Colegio, encabezó el acto de toma de protesta a nuevos socios que se integran a partir de la Asamblea de Julio, a quienes les dirigió unas palabras de bienvenida: C.P. Karla Mariela Miranda Verdugo C.P. Ignacio Cota Torres

E.C.P. Clemente Gabriel Chávez Covarrubias El Colegio de Contadores Públicos de Sonora, A.C. les da la más cordial bienvenida y les invita a participar en las actividades e integrarse a las comisiones de trabajo, formando así parte importante de nuestra institución, fortaleciendo así los vínculos con la profesión y los colegas, lo que favorecerá su desarrollo y crecimiento profesional.

BIENVENIDOS!


Buzane Gutierrez Adriana Vanessa Meza Palacios Jesus Francisco Sesma Padilla Ramon Ulloa Carpena Sergio Adrian (Nogales) Acosta Gallardo Jesus Octavio Armenta Cota Rebeca Imelda Escoboza Acosta Erika Liliana Valenzuela Miramontes Alvaro Castillo Garzón Valentín Garcia Hernandez Jose Armando Lavandera Torres Liliana Solis Santamaría Marco Polo (Puerto Peñasco) Caraveo Rincon Francisco Javier (Caborca) Ortega Bareño Claudia Maria Borgo Hernandez Jose Alberto Lopez Montiel Saul Valencia Escalanate Hector Vasquez Gonzalez Paula Chavez Velazquez Ricardo Espinoza Martinez Celia Gpe. Lizeth Aviles Icedo Emilio Cordova Felix Juan Antonio Iribe Murrieta Luis Fernando Rocha Ruiz Jesus Arvizu Real Mario Inda Duran Gilberto Villegas Espinoza Jesus Ubaldo (Caborca) Chavez Martinez Francisco Meza Lopez Manuel De Jesus Capri Suarez Jaime Fernando (Caborca) Aispuro De La Vara Jorge Armando Parra Garcìa Sylvia (Nogales) Gomez Mayo Jaime (Nogales) Keith Islas Jorge Ruben Medina Diaz Omar Alejandro Antonio Contreras Martinez Ballesteros Atondo Francisco Ballesteros Peralta Francisco Guadalupe Solis Reyes Juan Manuel Bobadilla Aguiar Victor Hugo Martinez Martinez Francisco Silva Mizugay Jesus Filiberto Valdez Nava Martha Julia Leon Gonzalez Francisco (Agua Prieta) Reyes Cervantes Juan Jose Arguelles Canseco Patricia Aviles Campa Juan Miguel Castillo Lopez Jose Gilberto García Mungarro Miguel Dionisio De La Isla Borbon Ramon Eduardo Espinoza Pompa Jose Rafael

2010 - 2011

Moreno Durazo Alva Inez Parada Ruiz Elsy Guadalupe Acedo Ramirez Luz Amanda Corona Alcaraz Cesar Salido Fuentes Daniela Maria Elena Ortega Orozco (Caborca) Olivares Reyes Jesus Ortega Orosco Maria Elena (Caborca) Sainz Ross Carlos Francisco

1 1 1 2 4 6 7 8 9 9 9 10 10 11 11 12 12 13 14 14 14 14 16 16 17 19 19 21 22 22 22 22 24 26 27 27 28 28 30 30

Campa Campa Julio Cesar Castillo Ramos Maby Lopez Haros Omar Francisco Ruiz Durazo Mario Alberto Sotomayor Gonzalez Rodrigo Ibarra Aragon Honorio Castaneda Grijalva Jose Alberto Espinoza Gutierrez Francisco Javier Canizalez Bernal Efren Salazar Martin Enrique Valenzuela Hernandez Julio Cesar Coronado Wong Adrian Encinas Espinoza Jose Fernando (Nogales) Gutierrez Piñeira Alfredo Medina Buitimea Virginia Guadalupe Chavez Valenzuela Cesar Rene Vejar Grijalva Martha Patricia Rodriguez Moreno Raul Agustin Cornejo Monge Aaron Noe Lopez Lugo Leobardo Romero Almada Hector Enrique Merino Delgado Enrique (Nogales) Aguirre Valenzuela Jesus (Nogales) Millan Palafox Bernardo Lopez Perez Enrique Urias Rodriguez Genaro Quintana Garcia Gloria (Peñasco) Dominguez Guedea Norah Judith Borbon Guzman Martha Elena (Agua Prieta) Corella Davila Carolina Sesma Coronado Ramon Gastelum Villasana Edgardo (Caborca) Ortiz Carrizoza Jorge Alfonso Miranda Verdugo Karla Mariela Arvayo Alvarez Alma Berenice (Agua Prieta) Moreno Coronado Aristeo Campoy Fernandez Francisco Javier Moreno Limon Guadalupe Duran Cota Maria Anais Sotomayor Zazueta Mirna Leticia

Cumpleaños de Septiembre

17 Mayo 2010 14 Junio 19 Julio 16 Agosto 20 Septiembre 18 Octubre 13 Noviembre 6 Diciembre 17 Enero 2011 14 Febrero 12 Marzo 11 Abril 16 Mayo

MIÉRCOLES

1 1 3 3 4 4 4 4 5 5 5 6 6 7 8 8 10 11 12 12 13 13 13 13 15 15 16 17 17 17 18 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 22 22 23 23 24 24 24 25 26 26

26 26 27 27 27 30 30 30 31

LUNES

Cumpleaños de Agosto

19 Mayo 2010 16 Junio 21 Julio 18 Agosto 22 Septiembre 20 Octubre 17 Noviembre 8 Diciembre 19 Enero 2011 16 Febrero 16 Marzo 13 Abril 18 Mayo



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