LEGISLACIÓN
El tratado de distribución de aguas de 1944 El Tratado de 1944 fue el primero de su tipo en el mundo. Se ubica jerárquicamente por encima de las leyes federales y en un segundo plano respecto de la Constitución. Fue ratificado por el Senado mexicano en agosto de 1946. En él se establecieron principios de equidad para la distribución del recurso hídrico entre las poblaciones y los sectores productivos de las zonas fronterizas de México y Estados Unidos. CARLA HERNÁNDEZ RIVAS Encargada de la Gerencia de Ingeniería y Asuntos Binacionales del Agua, Conagua.
Uno de los temas que en meses recientes concentró amplios espacios mediáticos fue el cumplimiento por parte de México del Tratado de Aguas de 1944, que mantiene vigente con Estados Unidos. La discusión se tensó porque existía la posibilidad real de que nuestro país incumpliera su compromiso de entregar el agua al vecino del norte. Las entregas de agua se llevan a cabo en periodos de cinco años, y el 24 de octubre pasado concluía el ciclo trigésimo quinto. El escenario se complicaba porque Estados Unidos se encontraba en pleno proceso electoral para la renovación de su presidencia.
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Un poco de historia Como vecinos cuya frontera común está delimitada por el río Bravo, México y Estados Unidos enfrentaron durante mucho tiempo controversias sobre la forma en que
Presa internacional La Amistad, de la cual se tomó agua de propiedad mexicana para cerrar exitosamente el ciclo 35.
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debían repartirse el agua. A principios del siglo pasado, se registraron diversas situaciones políticas, sociales, económicas e incluso ambientales. Las disputas binacionales por el agua dieron origen a mesas de negociación que iniciaron en 1929 y culminaron 15 años después con la firma en Washington, el 3 de febrero de 1944, del “Tratado entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de los Estados Unidos de América de la distribución de las aguas internacionales de los ríos Colorado, Tijuana y Bravo, desde Fort Quitman, Texas, hasta el Golfo de México”, hoy conocido como Tratado de 1944. Éste fue el primer acuerdo de su tipo en el mundo y en él se establecieron principios de equidad para la distribución del recurso hídrico entre las poblaciones y los sectores productivos de las zonas fronterizas de ambas naciones. El documento se ubica jerárquicamente por encima de las leyes federales y en un segundo plano respecto de la Constitución federal. Fue ratificado por el Senado mexicano en agosto de 1946. En él se estableció que, del río Colorado, Estados Unidos debe aportar a México en condición normal –en forma mensual y calendarizada según lo establezca la parte mexicana– 1,850.234 millones de metros cúbicos (Mm3) de agua al año. A su vez, México entregaría a Estados Unidos, del río Bravo, a través de seis de sus tributarios (Conchos, Las Vacas, San Diego, San Rodrigo, Escondido y Salado), 431.721 Mm3 como promedio anual, en ciclos quinquenales para cubrir un total de 2,158.605 Mm3. Dicha tarea es responsabilidad de la Comisión Nacional del Agua (Conagua). Como se advierte, en general el tratado es benéfico para México, puesto que le permite recibir cuatro veces más agua de la que aporta y tiene flexibilidad en la entrega en ciclos de cinco años. Esta flexibilidad se refiere a que –por condiciones de sequía extraordinaria
IC Ingeniería Civil Órgano oficial del Colegio de Ingenieros Civiles de México ❙ Núm. 615 enero de 2021