Anal de la PUJ 36

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36 Año: 2015


ACUERDO Nº 611 Creación de Programas Académicos: Maestría en Enfermería en Cuidado Paliativo; Maestría en Enfermería en Cuidado Crítico; Maestría en Derecho Administrativo; Maestría en Derecho Constitucional; Maestría en Diseño e Innovación de Productos y Servicios, y Maestría en Creación Audiovisual Extensión de Programas Académicos: Especialización en Gobierno y Gestión Pública Territoriales a la ciudad de Barranquilla; Especialización en Contabilidad Financiera Internacional a las ciudades de Barranquilla y Pereira; y Especialización en Talento Humano a la ciudad de Pereira.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Facultad de Enfermería ha preparado los proyectos de los programas de Maestría en Enfermería en Cuidado Paliativo y de Maestría en Enfermería en Cuidado Crítico. 2. Que la Facultad de Ciencias Jurídicas ha preparado los proyectos de los programas de Maestría en Derecho Administrativo y de Maestría en Derecho Constitucional. 3. Que la Facultad de Arquitectura y Diseño ha preparado el proyecto del programa de Maestría en Diseño e Innovación de Productos y Servicios. 4. Que la Facultad de Artes ha preparado el proyecto del programa de Maestría en Creación Audiovisual. 5. Que la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales ha preparado el proyecto de extensión a la ciudad de Barranquilla de la Especialización en Gobierno y Gestión Pública Territoriales. 6. Que la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas ha preparado los proyectos de extensión a las ciudades de Barranquilla y de Pereira de la Especialización en Contabilidad Financiera Internacional.

9. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la creación de los siguientes programas académicos y el otorgamiento de los correspondientes títulos: •

La Maestría en Enfermería en Cuidado Paliativo, la cual queda adscrita a la Facultad de Enfermería, y otorgará el título de Magister o Magistra en Enfermería en Cuidado Paliativo.

La Maestría en Enfermería en Cuidado Crítico, la cual queda adscrita a la Facultad de Enfermería, y otorgará el título de Magister o Magistra en Enfermería en Cuidado Crítico.

• La Maestría en Derecho Administrativo, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias Jurídicas, y otorgará el título de Magister o Magistra en Derecho Administrativo. • La Maestría en Derecho Constitucional, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias Jurídicas, y otorgará el título de Magister o Magistra en Derecho Constitucional. • Maestría en Diseño e Innovación de Productos y Servicios, la cual queda adscrita a la Facultad de Arquitectura y Diseño, y otorgará el título de Magister o Magistra en Diseño e Innovación de Productos y Servicios. •

La Maestría en Creación Audiovisual, la cual queda adscrita a la Facultad de Artes, y otorgará el título de Magister o Magistra en Creación Audiovisual.

7. Que la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas ha preparado el proyecto de extensión a la ciudad de Pereira de la Especialización en Talento Humano.

ARTÍCULO SEGUNDO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la extensión de los siguientes programas académicos y el otorgamiento de los correspondientes títulos:

8. Que estos programas después de haber recibido la aprobación correspondiente en los respectivos Consejos de Facultad y en el Consejo Académico, fueron presentados en la reunión del 27 de mayo de 2015 de este Consejo (Acta 842), cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad.

Extensión a la ciudad de Barranquilla de la Especialización en Gobierno y Gestión Pública Territoriales, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, y otorgará el título de Especialista en Gobierno y Gestión Pública Territoriales.

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Extensiones a las ciudades de Barranquilla y Pereira de la Especialización en Contabilidad Financiera Internacional, las cuales quedan adscritas a la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, y otorgarán el título de Especialista en Contabilidad Financiera Internacional. Extensión a la ciudad de Pereira de la Especialización en Talento Humano, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, y otorgará el título de Especialista en Talento Humano.

ARTÍCULO TERCERO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener los Registros Calificados de estos programas y su inclusión en el SNIES. Dado en Bogotá, D.C., el 1 de julio de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

ACUERDO N° 612 (Modificaciones al capítulo V. INSTITUTOS del Reglamento de Unidades Académicas) EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que como parte de su dinámica institucional, la Pontificia Universidad Javeriana ha visto conveniente replantear y adecuar la estructura académica de tal manera que le permita llevar a cabo en todo momento su Misión y su Proyecto Educativo, en correspondencia con las exigencias actuales de la educación superior. 2. Que las Orientaciones del Consejo de Regentes a la Universidad de diciembre 1 de 2011, explícitamente sugieren, entre otros, los siguientes desafíos para la Universidad: El énfasis en interdisciplinariedad y diálogo fecundo entre disciplinas; el fortalecimiento de la contribución de la Universidad a la solución de las más importantes problemáticas de la persona humana y del país desde la investigación; la amplificación de su visibilidad, influjo, proyección y acción decidida sobre Colombia; el aseguramiento de una gestión eficiente y eficaz de la Universidad. 3. Que las Vicerrectorías de Investigación y Académica de la Sede Central, adelantaron una reforma de los actuales institutos de la Universidad, iniciada en el primer semestre del 2013, con el fin de darles unidad de propósitos y una estructura común, así como de regularizar la situación de algunos de ellos que no se ajustaban a la normativa actual establecida en el Reglamento de Unidades Académicas. El 30 de agosto de 2013, las Vicerrectorías presentaron al Consejo Académico el documento denominado “Criterios para la re-organización de los Institutos y Centros de Investigación de la Pontificia Universidad Javeriana”. En dicho documento se formularon los lineamientos sobre los cuales se quería reformar los institutos de la Universidad, con base en su caracterización y en una revisión de la normativa existente. La propuesta definitiva, denominada “Re-organización de los Institutos de la Pontificia Universidad Javeriana” fue aprobada por el Consejo Académico en sus sesiones del 3 de diciembre de 2014 (Acta 310) y 10 de diciembre (Acta 311). 4. Que la propuesta “Re-organización de los Institutos de la Pontificia Universidad Javeriana”, presentada por la Vicerrectora de Investigación, identificaba los elementos que se constituyen en la esencia de

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los institutos en la Universidad: la investigación, la interdisciplinariedad, su contribución a la formación en investigación y su influjo en políticas públicas; fue considerada en el Consejo Directivo Universitario en varias de sus sesiones, y aprobada por él en su sesión del 18 de febrero de 2015 (Acta 838). Dicho documento constituye el fundamento para la reforma del capítulo V INSTITUTOS del Reglamento de Unidades Académicas. 5. Que el Consejo Directivo Universitario estudió la propuesta de reforma al capítulo V del Reglamento de Unidades Académicas, presentada por la Vicerrectora de Investigación, y aprobó las modificaciones correspondientes en las sesiones del 4 de febrero del 2015 (Acta 836), 18 de febrero de 2015 (Acta 838), y 15 de abril de 2015 (Acta 840). 6. Que son funciones del Consejo Directivo Universitario, “Expedir, interpretar con autoridad y reformar los reglamentos, de los cuales harán parte… el de Unidades Académicas” (Estatutos, numeral 116, literal e). ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO- Modificar el Capítulo V. INSTITUTOS, números 46 a 60, del Reglamento de Unidades Académicas que fuera expedido por acuerdo del Consejo Directivo Universitario número 344 del 1 de octubre de 2003, con varias modificaciones posteriores. El Capítulo V. INSTITUTOS del Reglamento de Unidades Académicas que quedará así: V. INSTITUTOS 46. Los Institutos son las Unidades Académicas responsables de la investigación y la consultoría sobre una problemática que, a juicio del Consejo Directivo Universitario, o del Consejo Directivo de Seccional, según el caso, tiene una clara relevancia social y científica y demanda un trabajo investigativo de tipo interdisciplinar. 47. Los Institutos deben originarse en una capacidad académica previamente desarrollada en la Universidad, expresada en la existencia de proyectos de investigación o consultoría y en una producción científica suficiente que sustente esta capacidad, en problemáticas que no pueden ser atendidas en la actividad ordinaria de los departamentos. 48. Los Institutos podrán ofrecer servicios docentes directamente relacionados con sus temáticas de investigación y consultoría, que por su carácter especial no puedan ser atendidos por los departamentos de la Universidad. Podrán, igualmente, ofrecer programas de educación continua en su área de competencia.

48a. Los institutos adscritos a una vicerrectoría podrán ofrecer programas académicos de posgrado (maestrías mixtas, maestrías de investigación y doctorados) cuando dicho instituto constituye el ecosistema académico propicio para el desarrollo del programa académico y dada su trayectoria en la temática de la que trata. 49. Corresponde al Consejo Directivo Universitario, o al Consejo Directivo de Seccional, según el caso, la decisión de creación y cierre de un instituto, previa aprobación del Consejo de Facultad o de la Vicerrectoría a la cual estaría adscrito. 50. Los institutos estarán conformados por profesores propios y, de manera temporal, por profesores en comisión provenientes de los departamentos. La vinculación en comisión a un instituto de un profesor de un departamento se realizará en torno a un proyecto específico o por un periodo fijo, y tendrá, por lo tanto, fechas precisas de inicio y de terminación. Dicha vinculación requerirá la aprobación previa del decano de facultad del departamento de procedencia del profesor. Los servicios docentes de los institutos que le sean solicitados por las carreras y posgrados serán asumidos por sus profesores de planta o profesores en comisión. Se exceptúan los servicios docentes solicitados a un instituto, adscrito a una vicerrectoría, por su programa académico de posgrado, cuando sus profesores de planta o profesores en comisión no disponen del conocimiento y las competencias para prestarlos, caso en el cual solicitarán la prestación del servicio docente a otro departamento o instituto de la Universidad y, en su defecto, proceder a la contratación de un profesor por hora cátedra o por honorarios. 50a. Los institutos se comprometen con su auto-sostenimiento y con la generación de ingresos. Los ingresos de los institutos provendrán, principalmente, de proyectos de investigación financiados por recursos externos a la Universidad. Los institutos pueden competir en las convocatorias de investigación financiadas con recursos internos si los términos de referencia de las mismas lo permiten. Sus ingresos provendrán también de actividades de consultoría, educación continua, servicios académicos, programas académicos adscritos si los hubiere y, si aplica, de servicios técnicos (pruebas, análisis) en su área de competencia. 50b. Los institutos se constituyen en centros de acogida para estancias de investigación de estudiantes y de profesores e investigadores visitantes de otras universidades y centros de investigación.

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50c. Los institutos podrán contar con posiciones postdoctorales representadas en cargos que serán llenados por jóvenes doctores que trabajarán por un período que va de uno a dos años, bajo la supervisión de uno de los profesores con doctorado del instituto. Para efectos de su contratación, los post-doctorados serán considerados profesores temporales. 50d. Los institutos se organizarán alrededor de líneas de investigación que recojan el recorrido y la capacidad investigativa de sus profesores. Elaborarán una agenda investigativa en la que se asignen claramente profesores a cada una de las líneas, buscando la colaboración y sinergia de los colegas de su propia unidad, así como la de profesores de los departamentos y de colegas externos. 50e. Los institutos ejercerán acciones de influjo público en la problemática de la cual se ocupan. 51. Los Institutos tendrán un Director, asesorado por un Consejo o por un Comité de Instituto, según corresponda. DIRECTOR DEL INSTITUTO 52. El Director de Instituto es la autoridad personal de gobierno a cuyo cargo se halla la dirección inmediata de las actividades académicas, del Medio Universitario y administrativas que se realizan en el instituto e, igualmente, estará bajo su responsabilidad el funcionamiento y el desarrollo general del mismo, su calidad académica, pertinencia social y viabilidad económica. 53. El Director de Instituto es responsable de la consolidación y el bienestar integral de la Comunidad Educativa que integra el instituto y en relación con los profesores en comisión temporal, actuará en coordinación con los directores de departamento respectivos.

En casos especiales, se podrá prorrogar su nombramiento hasta por un período adicional. 56. Son funciones del Director de Instituto: a. Convocar y presidir el Comité o el Consejo de Instituto, según corresponda, y las demás reuniones del instituto. b. En los institutos adscritos a una vicerrectoría, asistir como invitado ad-hoc a las sesiones del Consejo Académico. c. Asegurar el conocimiento, la apropiación y la realización de los principios educativos de la Compañía de Jesús de la formación integral, profundizando en el sentido humanista y trascendente de la identidad propia de la Universidad, en todas las actividades académicas, del Medio Universitario y administrativas del instituto. d. Prestar atención personal a los estudiantes, profesores y personal administrativo del instituto, fomentar la comunicación entre ellos, promover las actividades orientadas a la conformación y desarrollo de la Comunidad Educativa y promover el Medio Universitario. e. Asegurar que en los procesos de docencia, investigación y servicio del instituto se refle-xione sobre las relaciones entre ciencia y fe, y las consecuencias éticas y sociales del conocimiento. f.

Garantizar, a través de la evaluación y aplicación de estrategias, un adecuado clima organizacional en el instituto, de acuerdo con los principios y valores de la identidad institucional.

g. Dirigir y promover las relaciones del instituto con otras unidades de la Universidad.

54. El Director de Instituto adscrito a facultad dependerá directamente del Decano de Facultad, y el adscrito a una Vicerrectoría, del Vicerrector correspondiente. Ejercerá sus funciones de acuerdo con los Estatutos y los Reglamentos de la Universidad, y según las políticas y las directrices que tracen las autoridades de gobierno de la misma.

h. En los institutos adscritos a una vicerrectoría, presentar al Vicerrector Académico, para el trámite respectivo, las propuestas de creación, suspensión o supresión de maestrías mixtas, de maestrías de investigación y de doctorados, así como las propuestas de reforma de currículo, previa aprobación del Consejo del Instituto.

55. El Director de Instituto adscrito a facultad será nombrado por el Vicerrector Académico entre los candidatos presentados por el Decano de Facultad. Cuando el instituto es adscrito a una Vicerrectoría, será nombrado por el Rector de la Universidad o el Rector de Seccional, según el caso, entre los candidatos presentados por el Vicerrector correspondiente. Formalizada la selección, conforme a los reglamentos, su nombramiento tendrá una duración de hasta tres años, prorrogable hasta por otro período igual.

i.

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En los institutos adscritos a una vicerrectoría, dirigir, de acuerdo con el Proyecto Educativo Javeriano, los procesos de admisión, promoción, faltas, sanciones y procedimientos disciplinarios, así como lo relativo a los grados de los estudiantes del instituto, según lo establecido en los reglamentos de la Universidad y otras disposiciones fijadas al respecto.

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j.

Promover la elaboración y presentación de proyectos de investigación, de consultoría, de educación continua y otras actividades académicas de servicio, derivados de su actividad propia, así como asegurar su calidad académica y agenciar su financiación.

k. Coordinar en el instituto las actividades de investigación, docencia, consultoría, educación continua y otras actividades académicas de servicio, siguiendo los procedimientos y directrices emanados de las vicerrectorías, así como garantizar la elaboración de los planes de trabajo de los profesores del instituto y presentarlos al decano de facultad o al vicerrector, según corresponda, y hacer su seguimiento. l.

Presentar las propuestas de planeación del instituto, de acuerdo con el modelo de planeación institucional, hacer su seguimiento y reporte, y asegurar su cumplimiento.

m. Seguir las orientaciones de la política institucional de investigación y, en los institutos adscritos a una vicerrectoría, constituir y presidir el Comité de Investigación y Ética del instituto. n. Velar, en el instituto, por la articulación y adecuada diferenciación entre los proyectos de investigación, consultoría, educación continua y otras actividades académicas de servicio, y las actividades académicas de los departamentos de la Universidad. o. Proponer al decano de facultad o al vicerrector correspondiente, según el caso, el nombramiento, promoción y remoción de los profesores y del personal administrativo del instituto, de acuerdo con los criterios y los procedimientos académicos y administrativos establecidos en los reglamentos de la Universidad. p. Dirigir y controlar, en lo que le corresponda, los procesos académico-administrativos de evaluación de resultados y desempeño académico, y de producción intelectual de los profesores del instituto, así como de evaluación del desempeño del personal administrativo del instituto. Para ello considerará la información proveniente de las diferentes fuentes. q. Promover la participación de las comunidades académicas nacionales e internacionales en los procesos y actividades académicas del instituto, así como las relaciones de cooperación con instituciones afines que puedan contribuir a su consolidación y desarrollo.

r.

Presentar al decano o al vicerrector correspondiente, según el caso, las propuestas de planes de desarrollo del instituto, de presupuesto, de funcionamiento y de inversiones, y las de adiciones y cambios presupuestales substanciales.

s. Supervisar la ejecución de los planes y presupuestos aprobados por las instancias correspondientes de la Universidad. t. Promover, a través del instituto, el desarrollo de proyectos y actividades de responsabilidad social y de influjo en políticas públicas. u. Promover las publicaciones en el instituto, de acuerdo con las políticas institucionales vigentes. v. Planear, promover y coordinar la creación y desarrollo de laboratorios, talleres, recursos informáticos y demás instalaciones necesarias para las actividades académicas propias del instituto, de acuerdo con criterios de conveniencia general para la Universidad. w. Colaborar con el Sistema de Bibliotecas en la selección y clasificación del material más relevante relacionado con las actividades académicas del instituto. COMITÉ DE INSTITUTO ADSCRITO A FACULTAD 57. El Comité de Instituto es el organismo colegiado responsable de asesorar al Director de Instituto en los asuntos relacionados con el estudio de la problemática de su competencia, con la definición de las líneas de Investigación, así como con las actividades de servicio del Instituto tales como asesorías, consultorías, educación continua y otras actividades académicas de servicio. 58. El Comité de Instituto estará integrado por el Director del Instituto, un profesor vinculado al instituto, un profesor de la facultad a la cual está adscrito y, si se considera conveniente, por una persona externa al instituto. El Consejo de Facultad reglamentará los aspectos relacionados con la integración y funcionamiento del comité. 59. El Comité de Instituto se reunirá por convocatoria y bajo la presidencia de su Director. Extraordinariamente, podrá ser convocado, y en este caso presidido, por el decano de facultad. 60. El Comité de Instituto se reunirá por lo menos dos veces por semestre. De acuerdo con la temática a tratar, a sus reuniones podrán ser invitadas personas externas al instituto. De cada reunión se levantará un acta y copia de la misma debe ser enviada al decano de facultad.

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CONSEJO DE INSTITUTO ADSCRITO A UNA VICERRECTORÍA 60a. El Consejo de Instituto es la autoridad colegiada de gobierno, a cuyo cargo se halla la dirección inmediata del mismo y estará bajo su responsabilidad trazar las directrices específicas para su desarrollo y proyección, y las decisiones a tomar dentro de su ámbito de competencia, de acuerdo con las funciones que le son propias. 60b. El Consejo de Instituto estará integrado por: El Director del Instituto; dos de sus profesores de planta, nombrados por el Vicerrector al cual está adscrito el Instituto; el Director de Investigación de la Vicerrectoría de Investigación, para los Institutos en la Sede Central y, para los Institutos de una Seccional, por la autoridad que haga sus veces en la Seccional; los directores de los programas académicos adscritos al Instituto, si los hubiere, y una persona externa al Instituto reconocida por su excelencia académica, nombrado por el Vicerrector correspondiente. Los miembros del Comité nombrados por el Vicerrector correspondiente, serán elegidos para un período de dos años y podrán ser relegidos por una sola vez, por un período igual. 60c. El Consejo de Instituto se reunirá por convocatoria y bajo la presidencia del Director del mismo. Podrá ser convocado, y en este caso presidido, por el Rector o por el Vicerrector al cual está adscrito el Instituto. El Consejo de Instituto se reunirá por lo menos dos veces por semestre. 60d. Son funciones del Consejo de Instituto: a.

Adoptar las directrices específicas y las decisiones que deben regir las actividades académicas, del Medio Universitario y administrativas del Instituto, y evaluar su aplicación.

b. Estudiar y aprobar las propuestas de planes de desarrollo del Instituto, que debe presentarle el Director del Instituto. En concordancia con ellos, decidir sobre las propuestas que someta a su consideración el Director del Instituto sobre presupuesto y plan de inversiones de cada vigencia, así como sobre las modificaciones substanciales que se presenten en su ejecución. Cumplido el trámite anterior, las propuestas de que trata este literal deberán ser presentadas por el Director del Instituto a la instancia correspondiente para su aprobación definitiva. c.

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Conceptuar sobre el informe anual que el Director del Instituto deberá presentar al Vicerrector correspondiente.

d. Aprobar, para su posterior consideración por parte del Consejo Académico correspondiente, las propuestas sobre creación, suspensión o supresión de Maestrías Mixtas y de Investigación y programas de Doctorado, del ámbito de su competencia, según lo establecido al respecto por el Vicerrector Académico correspondiente. e. Decidir o aprobar las propuestas de reforma de los currículos de los programas académicos del Instituto, según lo establecido al respecto por el Vicerrector Académico correspondiente. f.

Aprobar la agenda de investigación del Instituto e integrar el Comité de Investigación y Ética del mismo.

g. Promover las actividades académicas de extensión del Instituto; fortalecer las relaciones interinstitucionales; facilitar y desarrollar las diversas acciones de internacionalización; propiciar y mantener los vínculos con los Egresados de los programas del Instituto y con las organizaciones que los reúnen, y favorecer la movilidad nacional e internacional de profesores y estudiantes. h. Aprobar la propuesta de otorgamiento de condecoraciones y demás distinciones universitarias, de acuerdo con los reglamentos y las normas correspondientes. i.

Conceder las distinciones académicas que considere pertinentes para los Estudiantes de los posgrados adscritos al Instituto, según las disposiciones fijadas al respecto.

j.

Aprobar las propuestas de requisitos particulares para la admisión de Estudiantes a los posgrados adscritos al Instituto, de conformidad con las políticas trazadas por el Consejo Directivo Universitario o el Consejo Directivo de Seccional, según se trate, y las directrices fijadas por el Consejo y el Vicerrector Académicos correspondientes.

k. Conceptuar sobre la propuesta de creación, suspensión o supresión de cargos en Instituto, según lo establecido al respecto por el Rector de la Universidad o el Rector de la Seccional, según se trate, y definir las posiciones posdoctorales que sea posible atender en el Instituto. 60e. El quórum del Consejo de Instituto será de las dos terceras partes de sus miembros. Las demás normas que regulen su funcionamiento operativo las fijará el mismo Consejo. 60f. El Director del Instituto podrá invitar a las sesiones del Consejo a las personas que, a su juicio, exija el estudio de los temas en consideración.

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60g. Hará las veces de Secretario del Consejo la persona vinculada al Instituto que el Consejo del Instituto designe para desempeñar esta función. 60h. En cada sesión del Consejo se levantará un acta sobre lo considerado en la misma y, una vez aprobada, se compulsará copia al Secretario General de la Universidad o al Secretario General de la Seccional de Cali, según se trate, y al Vicerrector al cual está adscrito el Instituto. ARTÍCULO SEGUNDO- El Consejo Directivo Universitario entiende que con la aprobación de estas modificaciones al Reglamento de Unidades Académicas deben entenderse también aprobadas las concordancias correspondientes en otros capítulos del mismo Reglamento y en los otros Reglamentos de la Universidad. ARTÍCULO TERCERO- Las modificaciones al Reglamento de Unidades Académicas consignadas en este acuerdo entrarán en vigencia con las promulgaciones a la Comunidad Universitaria de la Sede Central y de la Seccional de Cali, que se entenderán surtidas con su publicación en los sitios Web de ambas sedes de la Universidad. Dado en Bogotá, D.C., el 6 de julio de 2015 Luis David Prieto Martínez Rector encargado

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

ACUERDO Nº 613 Extensión del Programa Académico: Especialización en Gerencia del Talento Humano a la ciudad de Pereira.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas ha preparado el proyecto de extensión a la ciudad de Pereira de la Especialización en Gerencia del Talento Humano. 2. Que este programa después de haber recibido la aprobación correspondiente en el Consejo de Facultad y en el Consejo Académico, fue presentado en la reunión del 27 de mayo de 2015 de este Consejo (Acta 842), cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad. 3. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la extensión del siguiente programa académico y el otorgamiento del correspondiente título: •

Extensión a la ciudad de Pereira de la Especialización en Gerencia del Talento Humano, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, y otorgará el título de Especialista en Gerencia del Talento Humano.

ARTÍCULO SEGUNDO- Se corrige el Acuerdo N°. 611 del 1 de julio de 2015, en la cual se presentó un error en la denominación del programa “Especialización en Gerencia del Talento Humano”; y del título que otorga. ARTÍCULO TERCERO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener los Registros Calificados de estos programas y su inclusión en el SNIES. Dado en Bogotá, D.C., el 16 de julio de 2015. Luis David Prieto Martínez Rector encargado

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

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ACUERDO Nº 614 (Modificación sustancial del programa de: Especialización en Derecho de la Competencia y del Libre Comercio, por el de: Especialización en Derecho de la Competencia)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

ACUERDO N° 615 (Por el cual se otorga el Doctorado Honoris Causa en Teología al Padre Silvestre Pongutá Hurtado, S.D.B.)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO: Que la Universidad ha venido ofreciendo el Programa de Especialización en Derecho de la Competencia y del Libre Comercio, creado por Acuerdo número 418 del 17 de mayo de 2006 del Consejo Directivo Universitario, con registro en el SNIES número 52294, y registro calificado expedido por resolución número 16389 del 13 de diciembre de 2012. Que la Facultad de Ciencias Jurídicas ha preparado una reforma curricular del programa, resultado de una profunda autoevaluación del mismo y dados los cambios normativos en la materia. Que esta reforma curricular sustancial del programa, después de haber recibido la aprobación correspondiente en los respectivos Consejos de Facultad y en el Consejo Académico, fue presentada en la reunión del 15 de julio de 2015 de este Consejo Directivo (Acta 843), cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos y el derecho interno de la Universidad. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Aprobar la modificación de la denominación del programa de: Especialización en Derecho de la Competencia y del Libre Comercio, por el de: Especialización en Derecho de la Competencia, y el título que otorga de: Especialista en Derecho de la Competencia y del Libre Comercio, por el de: Especialista en Derecho de la Competencia. ARTÍCULO SEGUNDO– El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios. Dado en Bogotá, D.C., el 17 de septiembre de 2015. Luis Alfonso Castellanos Ramírez, S.J. Rector encargado

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

1. Que el Consejo de la Facultad de Teología, según comunicación del 27 de febrero del presente año, suscrita por el Decano Académico, P. Hermann Rodríguez, S.J., solicitó al Consejo Directivo Universitario, conceder la Distinción Universitaria Doctor Honoris Causa en Teología al Padre Silvestre Pongutá Hurtado, S.D.B., profesor de la Facultad desde 1970, reconocido como Profesor Titular de la Universidad en 1999, y proclamado Profesor Emérito en el año 2013; 2. Que el Padre Pongutá, de la Sociedad de Don Bosco, nacido en Tópaga, Boyacá, hace 80 años, ordenado sacerdote el 11 de febrero de 1963, realizó sus estudios de Filosofía en la Universidad Salesiana de Roma; en la de Turín, los estudios de Teología; y en el Pontificio Instituto Bíblico, la Especialización en Sagrada Escritura; 3. Que durante los cuarenta y cinco años de vinculación a la Facultad de Teología, ha sido reconocido por su ejemplar magisterio y la excelencia de su labor docente en las cátedras de Historia de Israel, Hebreo bíblico, Pentateuco, Salmos y Sapienciales, Profetas, Sinópticos, San Juan y San Pablo; así como también por la amplia producción intelectual recogida en numerosos artículos publicados en Theologica Xaveriana, capítulos de libro y diez textos universitarios, entre los cuales se destacan Para que seáis mis testigos – Una presentación de los hechos de los apóstoles – Lectura de Actos 1-2, de 1991; El Evangelio de Dios – Una lectura de Romanos 1-5, de 1992; y La hora de la fe – Una lectura de Isaías 1-9,6, de 1993 y una segunda edición en 2012. 4. Que el 24 de agosto de 2007, cuando se “exaltó la labor de insignes profesores de la Facultad de Teología, que con su dedicación a la cátedra universitaria, el estudio, la investigación y difusión de las ciencias sagradas, han dado renombre nacional e internacional a la Universidad”, fue admitido en la Orden Universidad Javeriana con el grado de Oficial; 5. Que el Consejo Directivo Universitario, en sesión realizada el 15 de abril del presente año (acta número 840), aprobó la mencionada petición de la Facultad

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de Teología, de conformidad con el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones (numerales 28 y 29); y que, según comunicación suscrita por el ViceGran Canciller de la Universidad, P. Carlos Eduardo Correa, S.J., de fecha 15 de septiembre pasado, el Gran Canciller de la Universidad, P. Adolfo Nicolás, S.J., dio su consentimiento al respecto, obtenido previamente el “nihil obstat” de la Santa Sede, en virtud de lo establecido en las normas de la Constitución Apostólica Sapientia Christiana (Título VII, artículo 38); ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO- Otorgar la Distinción Universitaria “Doctor Honoris Causa en Teología” al P. Silvestre Pongutá Hurtado, S.D.B. ARTÍCULO SEGUNDO- Exaltar la vida y obra del Padre Pongutá, su compromiso con nuestra Facultad de Teología, su extraordinario servicio docente y su invaluable producción académica, a la vez que expresar el reconocimiento y la gratitud de la Universidad. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará entrega del respectivo diploma, en ceremonia solemne convocada especialmente con este fin. Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de octubre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

ACUERDO N° 616 (Por el cual se otorga el Doctorado Honoris Causa en Derecho al Profesor Matthias Herdegen)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que el Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas, según comunicación del 5 de febrero de 2014, suscrita por el Decano Académico solicitó al Consejo Directivo Universitario, conceder la Distinción Universitaria Doctor Honoris Causa en Derecho al Profesor Matthias Herdegen, Director de los Institutos de Derecho Internacional y del Derecho Público de la Universidad de Bonn, Alemania; 2. Que el Profesor Herdegen, recibió en 1981 su grado en Derecho, luego de realizar estudios jurídicos en las universidades de Heidelberg y Cambridge; en 1983 el título de Doctor juris utriusque; y en 1989 el de Dr. jur. utr. habil. y la venia legendi para Derecho Público, Derecho Internacional y Derecho Europeo, en la Universidad de Heidelberg; 3. Que en la Universidad de Bonn este reconocido catedrático ha sido, además, Director de Instituto, Vicerrector y miembro de la Junta Directiva del Centro interdisciplinario de Estudios Latinoamericanos y del Centro para el Derecho Económico Europeo. 4. Que este destacado estudioso de las Ciencias Jurídicas, que hace 30 años fue admitido como investigador del Instituto Max Planck; que con su tesis post-doctoral “La Libertad de conciencia y la normatividad del Derecho Positivo”, obtuvo el Premio Especial del Ministro Federal para la Ciencia; es autor de numerosas publicaciones, entre ellas, dieciséis libros, el último editado hace dos años, por el sello Oxford University Press; 5. Que el Profesor Herdegen, miembro correspondiente de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, ha tenido una muy notoria vinculación con nuestro país, destacándose por su participación a comienzos de la década de los 90, como asesor de un grupo de delegatarios de la Asamblea Nacional Constituyente, y en 2010, como único miembro extranjero de la Comisión presidencial del Gobierno de Colombia para la reforma a la justicia; 6. Que con la Pontificia Universidad Javeriana el Profesor Herdegen ha mantenido estrechos lazos académicos desde 1991, y en esta institución ha realizado

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la mayoría de sus publicaciones en Colombia; que ha sido miembro del Consejo del Doctorado de Derecho, y a partir de 1995, Profesor Honorario de esta Universidad; 7. Que el Consejo Directivo Universitario, en sesión que tuvo lugar el 11 de junio de 2014 (acta número 826), aprobó la mencionada petición de la Facultad de Ciencias Jurídicas, de conformidad con el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones (numerales 28 y 29); ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO- Otorgar la Distinción Universitaria “Doctor Honoris Causa en Derecho” al Profesor Matthias Herdegen. ARTÍCULO SEGUNDO- Reconocer y agradecer los servicios que ha prestado a Colombia, y en particular al Alma Mater Javeriana, este insigne hombre de universidad, autor de una sobresaliente obra en el campo de las Ciencias Jurídicas, que como profesional y académico es ampliamente conocido y apreciado. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará entrega del respectivo diploma, en ceremonia solemne convocada especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 29 días del mes de octubre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

ACUERDO Nº 617 (Política Ecológica y Ambiental de la Pontificia Universidad Javeriana)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Pontificia Universidad Javeriana, en cumplimiento del compromiso de la Compañía de Jesús con la ecología y el ambiente, manifestado desde la Congregación General 35 y concretado en los documentos: Vivimos en un Mundo Roto y Sanar un Mundo Herido, en consonancia con la concepción humanística de ecología, contenida en la encíclica Laudato Si, y teniendo en cuenta los desarrollos conceptuales y jurídicos sobre el tema, su naturaleza educativa y su responsabilidad con la “creación de una sociedad justa y sostenible”, expresada en sus documentos de Misión y Proyecto Educativo, ha considerado conveniente adoptar una Política Ecológica y Ambiental para la Universidad. 2. Que dicha política, en el marco de la Responsabilidad Social Universitaria, fomentará en todas las actividades universitarias: académicas, del medio universitario, de la administración y la gestión del campus; y en todos los estamentos de la comunidad educativa, una cultura ecológica y ambiental, ética y sostenible, que se traduzca en acciones coherentes con su responsabilidad ecológica y ambiental dentro y fuera de la Universidad, de tal manera que llegue a convertirse en un sello distintivo de la institución, de sus estudiantes y egresados. 3. Que de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad, en el Numeral 116, literales a y b, es función del Consejo Directivo Universitario, respectivamente, “Adoptar, a propuesta del Rector, las políticas generales de la Universidad....”, y “A propuesta del Rector, fijar políticas generales relacionadas con la planeación, organización, dirección y control de las actividades de la Universidad”. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- OBJETIVO: La Política Ecológica y Ambiental de la Pontificia Universidad Javeriana tiene como objetivo ofrecer a la Universidad unas orientaciones institucionales y un horizonte de acción sobre sus compromisos en materia de responsabilidad ambiental desde una perspectiva de ecología humana e integral; asumiendo las orientaciones de la Iglesia, de la Compañía de Jesús y la normatividad sobre el tema, para incidir en

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el fortalecimiento de una cultura del cuidado de nuestra casa común.

acciones para lograr el cumplimiento de las estrategias definidas en esta política.

ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTRATEGIAS DE LA POLÍTICA: Son estrategias de la Política Ecológica y Ambiental de la Pontificia Universidad Javeriana:

3. La implementación de la política, en los distintos procesos de la vida universitaria, se hará de manera gradual de acuerdo a la naturaleza de cada unidad, buscando siempre proteger nuestra casa común.

1. Incorporar y articular la dimensión ecológica y ambiental en los procesos de docencia, investigación, extensión, medio universitario, administrativos y de gestión del campus. 2. Propiciar en la comunidad educativa hábitos y comportamientos sostenibles orientados a la preservación del medio ambiente. 3. Mantener una relación de diálogo y colaboración con organismos públicos y privados, con obras de la Compañía de Jesús, ONG y otros actores sociales con competencias o intereses en materia ecológica y ambiental. 4. Sensibilizar, concientizar y formar a la comunidad educativa para que participe activamente en la gestión ambiental de la Universidad; y desde una Cultura Ciudadana optimice su compromiso por la calidad del entorno universitario. 5. Prevenir, reducir y buscar alternativas a los impactos negativos que pudieran derivarse de la actividad universitaria, de acuerdo con los estándares de consumo responsable y uso eficiente de insumos, bienes y servicios, que defina la Universidad. 6. Propiciar un campus universitario sustentable, con estándares ambientales y criterios de responsabilidad ambiental que reflejen el manejo adecuado de los recursos, la infraestructura y nuestro compromiso con el entorno natural y urbano.

4. Las instancias de gobierno de cada sede promoverán espacios institucionales de reflexión, visibilidad y divulgación del compromiso ecológico y ambiental de la Universidad. 5. Para sus acciones académicas y administrativas relacionadas con la ejecución de su responsabilidad ecológica y ambiental, la Universidad recurrirá de manera prioritaria a sus propios expertos y a sus recursos institucionales. 6. La Universidad pondrá especial atención en minimizar la producción de residuos y en racionalizar el consumo de agua y energía asociados con su operación. 7. El campus, en sí mismo, será un espacio pedagógico y un referente de responsabilidad ecológica y ambiental. ARTÍCULO CUARTO.- VIGENCIA.- El presente Acuerdo tiene vigencia a partir de su fecha de expedición. Dado en Bogotá, D. C., el 26 de noviembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

7. Favorecer condiciones de producción limpia, en la compra de suministros, la recepción de donaciones, la construcción de infraestructura y la relación con proveedores. ARTÍCULO TERCERO. – ORIENTACIONES PARA LA ACCIÓN: Constituyen orientaciones para la implementación de la Política Ecológica y Ambiental de la Pontificia Universidad Javeriana: 1. El rector de cada sede creará un comité asesor para la implementación y la evaluación de la Política Ecológica y Ambiental y nombrará sus integrantes. 2. Será responsabilidad de las instancias de gobierno de la Universidad identificar, articular y fomentar

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ACUERDO Nº 618

año], [aquí la modalidad del Premio]. Concedido por la Pontificia Universidad Javeriana a [aquí el nombre del galardonado] por su actividad de investigación en [aquí el área correspondiente]”.

Modificación del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones Universitarias

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Vicerrectora de Investigación, propuso modificar el Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad, expedido por el Acuerdo número 374 del 11 de noviembre de 2004, específicamente el aparte correspondiente al Premio Bienal al Investigador Javeriano, números 34 a 38, aparte previamente modificado por el Acuerdo número 575 del 24 de abril de 2013.

Parágrafo.- Las modalidades serán definidas por el Consejo Académico de la Sede Central de la Universidad.

Dado en Bogotá, D.C., el 26 de noviembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

2. La propuesta de modificación incluye el nombre de la distinción como su alcance, lo que permitirá una mayor flexibilidad en su otorgamiento, de manera que se pueda reconocer tanto al investigador consagrado como al investigador o grupo de estos que tengan una producción reciente de calidad. 3. Que es función del Consejo Directivo “reformar los Reglamentos, de los cuales harán parte el Reglamento… de Emblemas, Símbolos y Distinciones Universitarias”. (Estatutos 116, e). ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO– Acoger la solicitud presentada por la Vicerrectora de Investigación, el 15 de julio de 2015, Acta número 843 del Consejo Directivo Universitario, y modificar el nombre de la distinción, la cual quedará así: Premio Bienal Javeriano en Investigación. ARTÍCULO SEGUNDO – Modificar el número 34 del Reglamento, el cual quedará así:

34. Como estímulo y reconocimiento a la actividad y a la calidad de la investigación de los profesores de planta, la Universidad otorga el Premio Javeriano en Investigación que se entregará en cada una de las áreas del saber científico y cultural señaladas por el Consejo Académico.

ARTÍCULO TERCERO - Los números 35, 36 y 37 de Reglamento no sufren modificación. ARTÍCULO CUARTO – Modificar el número 38 del Reglamento, el cual quedará así:

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38. Diploma. El texto del diploma es el siguiente: “Premio Bienal Javeriano en Investigación [aquí el

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ACUERDO Nº 619 (Creación del Instituto de Salud Pública)

c.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Salud Pública constituye una problemática que tiene una clara relevancia social y científica, y demanda un trabajo investigativo de tipo interdisciplinar. 2. Que de acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad en el Numeral 116, literal g), es función del Consejo Directivo Universitario “A propuesta del Rector, crear, suprimir o integrar, para la Sede Central…, Divisiones, Facultades y demás unidades y dependencias que el mismo Consejo Directivo Universitario determine.” 3. Que de conformidad con lo establecido en el número 49 del Reglamento de Unidades Académicas, modificado en el capítulo V de los Institutos por el Acuerdo número 612 del 6 de Julio de 2015, “Corresponde al Consejo Directivo Universitario,…, la decisión de creación y cierre de un instituto, previa aprobación del Consejo de Facultad o de la Vicerrectoría a la cual estaría adscrito.” ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Crear el Instituto de Salud Pública, unidad académica adscrita a la Vicerrectoría de Investigación, con la organización y las funciones previstas para este tipo de unidades en el Reglamento de Unidades Académicas ( Acuerdo número 612 del 6 de Julio de 2015). ARTÍCULO SEGUNDO - La problemática de la Salud Pública se comprende así: a. La salud es un concepto que se refiere no solo a la ausencia de enfermedad, sino a distintas dimensiones, tanto sociales, políticas, económicas, culturales, biopsicosociales, espirituales y ambientales de un individuo, así como la respuesta organizada de la sociedad y del Estado para recuperarla, mantenerla y mejorarla. b. La salud es un aspecto del bienestar espiritual, mental, social y físico de las personas que es de interés de distintas instancias y prácticas sociales que persiguen el vivir bien de una sociedad.

La salud, al ser la capacidad de regulación propia de cada persona de lograr un adecuado equilibrio en sus dimensiones corporal y psíquica, se inserta en una norma biológica común para los seres humanos, sometida, sin embargo, a una norma cultural propia del mundo epistémico, social, de prácticas y poderes. En ese sentido, cada persona tiene su propia norma individual fruto de su particular historia de vida, personalidad y acoplamiento al medio ambiente. De esta forma, tanto la salud como la enfermedad no solo son categorías científicas, sino son también el resultado de políticas y prácticas culturales, altamente influenciadas por el contexto social y político.

d. La salud pública tiene como objetivo la protección y mejora de la salud de los grupos de población, teniendo en cuenta que el concepto de salud pública cambia y se amplía con las frecuentes redefiniciones de la noción de salud y su objeto de intervención. La evolución en la comprensión de la salud y de los factores y procesos que la afectan implica que la salud pública sea un campo que trasciende las fronteras institucionales, disciplinares y sociales, pero no las excluye. e. El objeto de estudio de la salud pública se refiere más al estado de salud de los grupos de población y sus determinantes que a los individuos, ya que las características demográficas, epidemiológicas, del contexto socioeconómico, cultural, político e histórico producen efectos sobre la salud de estos grupos que se miran como parte de las cohortes a las que pertenecen y los riesgos a los que se ven sometidos. f.

Las poblaciones objeto de la salud pública se definen de acuerdo con su contexto y condiciones sociales, por lo que tal concepto se plantea en términos de las relaciones sociales entre personas y grupos con capacidad de agencia y no como objetos. Como tales, las poblaciones producen sus propias normas y estructuras de autoproducción y reproducción.

g. Cualquier población, independiente de su nacionalidad, ubicación geográfica o posición social, tiene intereses en su salud que deben ser atendidas y gestionadas, por lo que el alcance y preocupación de la salud pública trasciende las fronteras de los países. h. Lo público de la salud pública no se refiere solo a un conjunto de servicios en particular, normalmente a cargo del Estado, ni tampoco a un tipo de problemas, sino también a niveles de análisis y de intervención que son del interés común o general.

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ARTÍCULO TERCERO – Integrarán el Instituto de Salud Pública las siguientes unidades académicas de la Universidad: El Centro de Proyectos para el Desarrollo – CENDEX, los profesores de Administración en Salud y el Sub-centro en Seguridad Social y Riesgos Profesionales. ARTÍCULO CUARTO – El Instituto desarrollará su actividad y buscará su consolidación, asegurando en todo caso y de acuerdo con el Reglamento de Unidades Académicas: (a) el cumplimiento de las directrices y disposiciones de la Universidad para sus actividades académicas de docencia, investigación y servicio; (b) las necesarias y equilibradas articulaciones y colaboraciones con los Departamentos e Institutos que desarrollan su actividad en los mismos, similares o conexos campos disciplinares, y (c) su auto-sostenimiento. El instituto establecerá indicadores del grado de cumplimiento de estos tres criterios. ARTÍCULO QUINTO - El presente Acuerdo tiene vigencia a partir de su fecha de expedición. Dado en Bogotá, D.C., el 26 de noviembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

ACUERDO Nº 620 Creación de Programas Académicos: Especialización en Electrofisiología, Estimulación y Arritmias Cardíacas; Especialización en Dermatología; Maestría en Nutrición Humana; Maestría en Analítica para la Inteligencia de Negocios; Maestría en Bioingeniería; Maestría en Economía de la Salud; Maestría en Gerencia de la Responsabilidad Social y Sostenibilidad Empresarial; Maestría en Gobierno del Territorio y Gestión Pública; Maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo, y Doctorado en Psicología. Extensión de Programa Académico: Licenciatura en Teología - extensión a Tunja.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Facultad de Medicina ha preparado los proyectos de los programas de Especialización en Electrofisiología, Estimulación y Arritmias Cardíacas; y de Especialización en Dermatología, 2. Que la Facultad de Medicina y la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas han preparado el proyecto de Maestría en Economía de la Salud. 3. Que la Facultad de Ciencias ha preparado el proyecto del programa de Maestría en Nutrición Humana. 4. Que la Facultad de Ingeniería ha preparado el proyecto del programa de Maestría en Analítica para la Inteligencia de Negocios. 5. Que la Facultad de Ingeniería, la Facultad de Arquitectura y Diseño, la Facultad de Ciencias, la Facultad de Medicina y la Facultad de Odontología han preparado el proyecto del programa de Maestría en Bioingeniería. 6. Que la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas ha preparado el proyecto del programa de Maestría en Gerencia de la Responsabilidad Social y Sostenibilidad Empresarial. 7. Que la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales y CENDEX han preparado el proyecto de programa de Maestría en Gobierno del Territorio y Gestión Pública. 8. Que la Facultad de Enfermería, la Facultad de Medicina y la Facultad de Ingeniería han preparado el proyecto de programa Maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo.

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9. Que la Facultad de Psicología y la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Seccional Cali han preparado el proyecto de programa Doctorado en Psicología. 10. Que la Facultad de Teología ha preparado el proyecto de extensión a la ciudad de Tunja del programa Licenciatura en Teología. 11. Que estos programas después de haber recibido la aprobación correspondiente en los respectivos Consejos de Facultad y en el Consejo Académico, fueron presentados en las reuniones del 28 de octubre de 2015 (Acta 847) y del 11 de noviembre de 2015 (Acta 848), de este Consejo, cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad. 12. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos, decidir sobre extensiones y otros programas que el mismo Consejo Directivo Universitario determine”, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la creación de los siguientes programas académicos y el otorgamiento de los correspondientes títulos: • Especialización en Electrofisiología, Estimulación y Arritmias Cardíacas, la cual queda adscrita a la Facultad de Medicina, y otorgará el título de Especialista en Electrofisiología, Estimulación y Arritmias Cardíacas. •

Especialización en Dermatología, la cual queda adscrita a la Facultad de Medicina, y otorgará el título de Especialista en Dermatología. Maestría en Nutrición Humana, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias, y otorgará el título de Magister o Magistra en Nutrición Humana.

Maestría en Economía de la Salud, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, y otorgará el título de Magister o Magistra en Economía de la Salud.

Maestría en Gerencia de la Responsabilidad Social y Sostenibilidad Empresarial, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, y otorgará el título de Magister o Magistra en Gerencia de la Responsabilidad Social y Sostenibilidad Empresarial.

Maestría en Gobierno del Territorio y Gestión Pública, la cual queda adscrita a la Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales, y otorgará el título de Magister o Magistra en Gobierno del Territorio y Gestión Pública.

Maestría en Seguridad y Salud en el Trabajo, la cual queda adscrita a la Facultad de Enfermería, y otorgará el título de Magister o Magistra en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Doctorado en Psicología, el cual quedará adscrito a la Facultad de Psicología y otorgará el título de Doctor o Doctora en Psicología.

ARTÍCULO SEGUNDO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la extensión del siguiente programa académico y el otorgamiento del correspondiente título: Extensión a la ciudad de Tunja de la Licenciatura en Teología, la cual queda adscrita a la Facultad de Teología, y otorgará el título de Licenciado en Teología. ARTÍCULO TERCERO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener los Registros Calificados de estos programas y su inclusión en el SNIES. Dado en Bogotá, D.C., el 26 de noviembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

• Maestría en Analítica para la Inteligencia de Negocios, la cual queda adscrita a la Facultad de Ingeniería, y otorgará el título de Magister o Magistra en Analítica para la Inteligencia de Negocios. •

Maestría en Bioingeniería, la cual queda adscrita a la Facultad de Ingeniería, y otorgará el título de Magister o Magistra en Bioingeniería.

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ACUERDO N° 621

3. Que de conformidad con el numeral 116, literales b. y c. de los Estatutos de la Universidad es función del Consejo Directivo Universitario “… fijar políticas generales relacionadas con la planeación, organización, dirección y control de las actividades de la Universidad” y decidir “… sobre la adopción del presupuesto general y del plan de inversiones de cada vigencia …”

(Valores de matrícula y otros derechos pecuniarios para el año 2016)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que las Vicerrectorías Administrativas de la Sede Central y de la Seccional de Cali de la Universidad, han realizado los estudios de costos orientados a asegurar la sostenibilidad de los Programas Académicos, en particular, y de la Universidad, en general. 2. Que de acuerdo con dichos estudios, y oído el parecer de los Decanos, de los Vicerrectores, del Consejo Administrativo y del Consejo Directivo de la Seccional de Cali, el Rector de la Universidad, para la Seccional de Cali, y el Consejo Directivo Universitario, para la Sede Central, han procedido a fijar los valores de matrícula y derechos pecuniarios para el año 2016, según consta en el acta del Consejo Directivo Universitario número 849 del 2 de diciembre de 2015.

4. Que de conformidad con el numeral 153, literal d, de los Estatutos de la Universidad, es función del Rector de la Universidad aprobar el presupuesto para el 2016 de la Seccional de Cali. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Aprobar los siguientes valores de matrícula para el año 2016, de los Programas de Pregrado y Posgrado, así como sus extensiones, que ofrece la Pontificia Universidad Javeriana en Bogotá y en la Seccional de Cali:

SEDE CENTRAL – Pregrado y Posgrado:

PROGRAMA

PREGRADO

Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

$10.572.000

1,5%

$10.730.580

2,5%

$10.836.300

$9.368.000

1,5%

$9.508.520

2,5%

$9.602.200

FACULTAD DE ARQUITECTURA Y DISEÑO ARQUITECTURA 1°a 9° semestre

$9.834.000

ARQUITECTURA 10° semestre

$8.714.000

DISEÑO INDUSTRIAL

$9.834.000

7,50%

$10.572.000

1,5%

$10.730.580

2,5%

$10.836.300

ESTUDIOS MUSICALES

$8.618.000

7,50%

$9.264.000

1,5%

$9.402.960

2,5%

$9.495.600

ARTES VISUALES

$8.618.000

7,50%

$9.264.000

1,5%

$9.402.960

2,5%

$9.495.600

ARTES ESCÉNICAS

$8.618.000

7,50%

$9.264.000

1,5%

$9.402.960

2,5%

$9.495.600

BACTERIOLOGÍA

$6.758.000

7,50%

$7.265.000

1,5%

$7.373.975

2,5%

$7.446.625

BIOLOGÍA

$7.231.000

7,50%

$7.773.000

1,5%

$7.889.595

2,5%

$7.967.325

NUTRICIÓN Y DIETÉTICA

$7.231.000

7,50%

$7.773.000

1,5%

$7.889.595

2,5%

$7.967.325

MICROBIOLOGÍA INDUSTRIAL

$7.231.000

7,50%

$7.773.000

1,5%

$7.889.595

2,5%

$7.967.325

MICROBIOLOGÍA AGRÍCOLA Y VETERINARIA

$7.231.000

7,50%

$7.773.000

1,5%

$7.889.595

2,5%

$7.967.325

MATEMÁTICAS

$4.301.000

7,50%

$4.624.000

1,5%

$4.693.360

2,5%

$4.739.600

7,50%

FACULTAD DE ARTES

FACULTAD DE CIENCIAS

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ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015


PROGRAMA

Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS DIURNA

$8.587.000

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS NOCTURNA 1°a 5° semestre

$8.587.000

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS NOCTURNA 6° y 7° semestre

10,10%

$9.454.000

1,5%

$9.595.810

2,5%

$9.690.350

$9.454.000

1,5%

$9.595.810

2,5%

$9.690.350

$7.356.000

$8.099.000

1,5%

$8.220.485

2,5%

$8.301.475

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS NOCTURNA 8° semestre

$6.787.000

$7.472.000

1,5%

$7.584.080

2,5%

$7.658.800

ECONOMÍA

$9.341.000

9,50%

$10.228.000

1,5%

$10.381.420

2,5%

$10.483.700

CONTADURÍA PUBLICA NOCTURNO

$4.566.000

10,50%

$5.045.000

1,5%

$5.120.675

2,5%

$5.171.125

CONTADURÍA PUBLICA DIURNA

$4.566.000

10,50%

$5.045.000

1,5%

$5.120.675

2,5%

$5.171.125

7,50%

$9.919.000

1,5%

$10.067.785

2,5%

$10.166.975

10,10%

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS DERECHO

$9.227.000

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES HISTORIA

$6.380.000

7,50%

$6.859.000

1,5%

$6.961.885

2,5%

$7.030.475

ESTUDIOS LITERARIOS

$6.380.000

7,50%

$6.859.000

1,5%

$6.961.885

2,5%

$7.030.475

ANTROPOLOGÍA

$6.380.000

7,50%

$6.859.000

1,5%

$6.961.885

2,5%

$7.030.475

SOCIOLOGÍA

$6.380.000

7,50%

$6.859.000

1,5%

$6.961.885

2,5%

$7.030.475

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES CIENCIA POLÍTICA

$8.315.000

7,50%

$8.939.000

1,5%

$9.073.085

2,5%

$9.162.475

RELACIONES INTERNACIONALES

$8.315.000

7,50%

$8.939.000

1,5%

$9.073.085

2,5%

$9.162.475

FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y LENGUAJE COMUNICACIÓN SOCIAL

$8.880.000

7,50%

$9.546.000

1,5%

$9.689.190

2,5%

$9.784.650

LICENCIATURA EN LENGUAS MODERNAS

$6.166.000

7,50%

$6.628.000

1,5%

$6.727.420

2,5%

$6.793.700

CIENCIA DE LA INFORMACIÓN - BIBLIOTECOLOGÍA 1° a 5° semestre (Diurna)

$3.708.000

$3.986.000

1,5%

$4.045.790

2,5%

$4.085.650

CIENCIA DE LA INFORMACIÓN - BIBLIOTECOLOGÍA 6° a 10° semestre (Diurna)

$3.778.000

$4.061.000

1,5%

$4.121.915

2,5%

$4.162.525

CIENCIA DE LA INFORMACIÓN - BIBLIOTECOLOGÍA 1° a 5° semestre (Nocturna)

$3.708.000

$3.986.000

1,5%

$4.045.790

2,5%

$4.085.650

CIENCIA DE LA INFORMACIÓN - BIBLIOTECOLOGÍA 6° a 10° semestre (Nocturna)

$3.778.000

$4.061.000

1,5%

$4.121.915

2,5%

$4.162.525

$4.425.000

1,5%

$4.491.375

2,5%

$4.535.625

7,50%

7,50%

FACULTAD DE EDUCACIÓN LICENCIATURA EN PEDAGOGÍA INFANTIL

$4.116.000

7,50%

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015

17


PROGRAMA

Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

$1.604.000

7,50%

$1.724.000

1,5%

$1.749.860

2,5%

$1.767.100

$5.494.000

7,50%

$5.906.000

1,5%

$5.994.590

2,5%

$6.053.650

LICENCIATURA EN EDUCACIÓN BÁSICA CON ÉNFASIS EN HUMANIDADES Y LENGUA CASTELLANA

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

FACULTAD DE ENFERMERÍA ENFERMERÍA

FACULTAD DE ESTUDIOS AMBIENTALES Y RURALES ECOLOGÍA

$7.255.000

7,50%

$7.799.000

1,5%

$7.915.985

2,5%

$7.993.975

LICENCIATURA EN FILOSOFÍA

$4.893.000

7,50%

$5.260.000

1,5%

$5.338.900

2,5%

$5.391.500

FILOSOFÍA

$4.893.000

7,50%

$5.260.000

1,5%

$5.338.900

2,5%

$5.391.500

INGENIERÍA CIVIL

$9.275.000

7,50%

$9.971.000

1,5%

$10.120.565

2,5%

$10.220.275

INGENIERÍA ELECTRÓNICA

$9.275.000

7,50%

$9.971.000

1,5%

$10.120.565

2,5%

$10.220.275

INGENIERÍA INDUSTRIAL

$9.275.000

7,50%

$9.971.000

1,5%

$10.120.565

2,5%

$10.220.275

INGENIERÍA DE SISTEMAS

$9.275.000

7,50%

$9.971.000

1,5%

$10.120.565

2,5%

$10.220.275

$15.950.000

10,00%

$17.545.000

2,0%

$17.895.900

$8.294.000

7,50%

$8.916.000

1,5%

$9.049.740

2,5%

$9.621.000

7,50%

$10.343.000

2,0%

$10.549.860

TEOLOGÍA

$4.587.000

7,50%

$4.931.000

1,5%

$5.004.965

2,5%

$5.054.275

LICENCIATURA EN TEOLOGÍA

$4.587.000

7,50%

$4.931.000

1,5%

$5.004.965

2,5%

$5.054.275

LICENCIATURA EN CIENCIAS RELIGIOSAS A DISTANCIA

$2.032.000

7,50%

$2.184.000

1,5%

$2.216.760

2,5%

$2.238.600

LICENCIATURA EN CIENCIAS RELIGIOSAS

$2.184.000

$2.184.000

1,5%

$2.216.760

2,5%

$2.238.600

FACULTAD DE FILOSOFÍA

FACULTAD DE INGENIERÍA

FACULTAD DE MEDICINA MEDICINA

FACULTAD DE PSICOLOGÍA PSICOLOGÍA

$9.138.900

FACULTAD DE ODONTOLOGIA ODONTOLOGIA

FACULTAD DE TEOLOGÍA

POSGRADO FACULTAD DE ARQUITECTURA Y DISEÑO MAESTRÍA EN PATRIMONIO CULTURAL Y TERRITORIO

$8.800.000

7,50%

$9.460.000

MAESTRÍA EN PLANEACIÓN URBANA Y REGIONAL

$8.800.000

7,50%

$9.460.000

1,5%

$9.601.900

2,5%

$9.696.500

MAESTRÍA EN DISEÑO E INNOVACIÓN DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

$10.500.000

0,00%

$10.500.000

18

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015


Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

$8.038.000

0,00%

$8.038.000

1,5%

$8.158.570

2,5%

$8.238.950

ESPECIALIZACIÓN EN DIRECCIÓN DE COROS INFANTILES Y JUVENILES

$4.758.000

7,50%

$5.115.000

MAESTRÍA EN MÚSICA

$8.401.000

7,50%

$9.031.000

1,5%

$9.166.465

2,5%

$9.256.775

MAESTRÍA EN CREACIÓN AUDIOVISUAL

$9.221.000

0,00%

$9.221.000

ESPECIALIZACIÓN EN MICROBIOLOGÍA MEDICA

$7.836.000

7,50%

$8.424.000

1,5%

$8.550.360

2,5%

$8.634.600

ESPECIALIZACIÓN EN HEMATOLOGÍA EN EL LABORATORIO CLÍNICO Y MANEJO DEL BANCO DE SANGRE

$7.082.000

7,50%

$7.613.000

ESPECIALIZACIÓN EN ANÁLISIS QUÍMICO INSTRUMENTAL

$6.194.000

7,50%

$6.659.000

1,5%

$6.758.885

2,5%

$6.825.475

ESPECIALIZACIÓN EN BIOQUÍMICA CLÍNICA

$6.754.000

7,50%

$7.261.000

MAESTRÍA EN CIENCIAS BIOLÓGICAS

$8.579.000

0,00%

$8.579.000

1,5%

$8.707.685

2,5%

$8.793.475

DOCTORADO EN CIENCIAS BIOLÓGICAS

$8.579.000

7,50%

$9.222.000

1,5%

$9.360.330

2,5%

$9.452.550

MAESTRÍA EN FÍSICA MÉDICA

$8.014.000

7,50%

$8.615.000

1,5%

$8.744.225

2,5%

$8.830.375

PROGRAMA ESPECIALIZACIÓN EN DISEÑO Y GERENCIA DE PRODUCTO PARA LA EXPORTACIÓN FACULTAD DE ARTES

FACULTAD DE CIENCIAS

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS Y ADMINISTRATIVAS MAESTRÍA EN ECONOMÍA 1°semestre

$9.338.000

10,00%

$10.272.000

MAESTRÍA EN ECONOMÍA 2° a 4° semestre

$9.338.000

7,50%

$10.038.000

1,5%

$10.188.570

2,5%

$10.288.950

ESPECIALIZACIÓN EN ECONOMÍA PARA NO ECONOMISTAS

$5.702.000

7,50%

$6.130.000

1,5%

$6.221.950

2,5%

$6.283.250

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE SALUD

$9.438.000

7,50%

$10.146.000

1,5%

$10.298.190

2,5%

$10.399.650

ESPECIALIZACIÓN EN ADMINISTRACIÓN DE SALUD: ÉNFASIS EN SEGURIDAD SOCIAL

$6.621.000

7,50%

$7.118.000

1,5%

$7.224.770

2,5%

$7.295.950

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA HOSPITALARIA

$8.604.000

7,50%

$9.249.000

1,5%

$9.387.735

2,5%

$9.480.225

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD

$8.896.000

7,50%

$9.563.000

1,5%

$9.706.445

2,5%

$9.802.075

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015

19


Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

MAESTRÍA EN SALUD PUBLICA

$9.635.000

7,50%

$10.358.000

1,5%

$10.513.370

2,5%

$10.616.950

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA FINANCIERA

$8.164.000

7,50%

$8.776.000

1,5%

$8.907.640

2,5%

$8.995.400

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DEL TALENTO HUMANO - 1° Trimestre

$7.762.000

13,06%

$8.776.000

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DEL TALENTO HUMANO - 2° y 3° trimestre

$7.762.000

7,50%

$8.344.000

1,5%

$8.469.160

2,5%

$8.552.600

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DEL TALENTO HUMANO - PEREIRA

$7.370.000

7,50%

$7.923.000

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE MERCADEO

$8.164.000

7,50%

$8.776.000

1,5%

$8.907.640

2,5%

$8.995.400

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA INTERNACIONAL

$7.762.000

7,50%

$8.344.000

1,5%

$8.469.160

2,5%

$8.552.600

ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN TECNOLÓGICA

$7.762.000

7,50%

$8.344.000

1,5%

$8.469.160

2,5%

$8.552.600

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN - 1° semestre

$14.249.000

17,00%

$16.671.000

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN - 2° y 3° semestre

$14.249.000

7,50%

$15.318.000

1,0%

$15.471.180

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN - 4° semestre

$13.257.000

7,50%

$14.251.000

1,0%

$14.393.510

ESPECIALIZACIÓN EN REVISORÍA FISCAL

$7.370.000

8,00%

$7.960.000

2,0%

$8.119.200

ESPECIALIZACIÓN EN CONTABILIDAD FINANCIERA INTERNACIONAL

$7.370.000

8,00%

$7.960.000

2,0%

$8.119.200

ESPECIALIZACIÓN EN CONTABILIDAD FINANCIERA INTERNACIONAL - PEREIRA

$7.370.000

7,50%

$7.923.000

ESPECIALIZACIÓN EN CONTABILIDAD FINANCIERA INTERNACIONAL - BARRANQUILLA

$7.370.000

7,50%

$7.923.000

ESPECIALIZACIÓN EN CONTABILIDAD GERENCIAL

$6.773.000

10,00%

$7.450.000

2,0%

$7.599.000

ESPECIALIZACIÓN EN ASEGURAMIENTO Y CONTROL INTERNO

$7.370.000

8,00%

$7.960.000

2,0%

$8.119.200

PROGRAMA

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS DOCTORADO EN CIENCIAS JURÍDICAS

$28.128.000

7,50%

$30.238.000

2,0%

$30.842.760

MAESTRÍA EN DERECHO DE SEGUROS

$7.918.000

7,50%

$8.512.000

20

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015


Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

MAESTRÍA EN DERECHO ECONÓMICO

$8.969.000

7,50%

$9.642.000

1,5%

$9.786.630

2,5%

$9.883.050

MAESTRÍA EN DERECHO CONSTITUCIONAL

$8.500.000

0,00%

$8.500.000

MAESTRÍA EN DERECHO ADMINISTRATIVO

$8.500.000

0,00%

$8.500.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO TRIBUTARIO

$6.807.000

7,50%

$7.318.000

1,5%

$7.427.770

2,5%

$7.500.950

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO LABORAL

$6.699.000

7,50%

$7.201.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DEL MERCADO DE CAPITALES

$6.807.000

7,50%

$7.318.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LA COMPETENCIA Y DEL LIBRE COMERCIO

$7.019.000

7,50%

$7.545.000

1,5%

$7.658.175

2,5%

$7.733.625

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO MEDICO

$7.040.000

7,50%

$7.568.000

1,5%

$7.681.520

2,5%

$7.757.200

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO COMERCIAL

$7.013.000

7,50%

$7.539.000

2,0%

$7.689.780

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE SEGUROS

$7.372.000

7,50%

$7.925.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE FAMILIA

$6.662.000

7,50%

$7.162.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO URBANÍSTICO

$7.016.000

7,50%

$7.542.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE SEGUROS - MEDELLÍN

$4.684.000

7,50%

$5.035.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

$6.987.000

7,50%

$7.511.000

2,0%

$7.661.220

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO SUSTANTIVO Y CONTENCIOSO CONSTITUCIONAL

$6.754.000

7,50%

$7.261.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO DE SOCIEDADES

$6.754.000

7,50%

$7.261.000

ESPECIALIZACIÓN EN DERECHO ADMINISTRATIVO

$6.754.000

7,50%

$7.261.000

2,0%

$7.406.220

PROGRAMA

FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES MAESTRÍA ESTUDIOS POLÍTICOS

$8.969.000

7,50%

$9.642.000

2,0%

$9.834.840

MAESTRÍA EN POLÍTICA SOCIAL

$8.969.000

7,50%

$9.642.000

1,5%

$9.786.630

2,5%

$9.883.050

MAESTRÍA RELACIONES INTERNACIONALES

$8.969.000

7,50%

$9.642.000

2,0%

$9.834.840

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015

21


Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

ESPECIALIZACIÓN EN RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

$8.340.000

7,50%

$8.966.000

2,0%

$9.145.320

ESPECIALIZACIÓN EN OPINIÓN PUBLICA Y MERCADEO POLÍTICO

$8.340.000

7,50%

$8.966.000

2,0%

$9.145.320

MAESTRÍA EN ESTUDIOS LATINOAMERICANOS

$8.969.000

7,50%

$9.642.000

2,0%

$9.834.840

ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO Y GESTIÓN PUBLICA TERRITORIALES

$8.340.000

7,50%

$8.966.000

2,0%

$9.145.320

ESPECIALIZACIÓN EN GOBIERNO Y GESTIÓN PUBLICA TERRITORIALES - BARRANQUILLA

$8.924.000

0,00%

$8.924.000

MAESTRÍA EN ESTUDIOS DE PAZ Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

$8.969.000

7,50%

$9.642.000

PROGRAMA

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES MAESTRÍA EN LITERATURA

$7.151.000

7,50%

$7.687.000

1,0%

$7.763.870

MAESTRÍA EN HISTORIA

$6.980.000

7,50%

$7.504.000

1,0%

$7.579.040

MAESTRÍA EN ESTUDIOS CULTURALES

$7.151.000

7,50%

$7.687.000

1,0%

$7.763.870

DOCTORADO EN CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS

$11.552.000

7,50%

$12.418.000

1,5%

$12.604.270

2,5%

$12.728.450

FACULTAD DE COMUNICACIÓN Y LENGUAJE MAESTRÍA EN COMUNICACIÓN

$8.189.000

7,50%

$8.803.000

1,5%

$8.935.045

2,5%

$9.023.075

ESPECIALIZACIÓN EN TELEVISIÓN

$9.777.000

7,50%

$10.510.000

1,5%

$10.667.650

2,5%

$10.772.750

ESPECIALIZACIÓN EN COMUNICACIÓN ORGANIZACIONAL

$10.507.000

0,00%

$10.507.000

1,5%

$10.664.605

2,5%

$10.769.675

MAESTRÍA EN LINGÜÍSTICA APLICADA DEL ESPAÑOL COMO LENGUA EXTRANJERA

$6.311.000

7,50%

$6.784.000

1,5%

$6.885.760

2,5%

$6.953.600

MAESTRÍA EN ARCHIVÍSTICA HISTORIA Y MEMORIA

$5.800.000

0,00%

$5.800.000

FACULTAD DE DERECHO CANÓNICO MAESTRÍA EN DERECHO CANÓNICO

$5.318.000

7,50%

$5.717.000

1,5%

$5.802.755

2,5%

$5.859.925

DOCTORADO EN DERECHO CANÓNICO

$5.425.000

7,50%

$5.832.000

1,0%

$5.890.320

$6.291.000

7,50%

$6.763.000

FACULTAD DE ENFERMERÍA ESPECIALIZACIÓN EN ENFERMERÍA PEDIÁTRICA

22

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015


Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

ESPECIALIZACIÓN EN ENFERMERÍA EN CUIDADO CRITICO

$6.291.000

7,50%

$6.763.000

1,5%

$6.864.445

2,5%

$6.932.075

ESPECIALIZACIÓN EN CUIDADO RESPIRATORIO

$6.291.000

7,50%

$6.763.000

ESPECIALIZACIÓN EN ENFERMERÍA ONCOLÓGICA

$6.291.000

7,50%

$6.763.000

ESPECIALIZACIÓN EN SALUD OCUPACIONAL

$7.350.000

7,50%

$7.901.000

1,5%

$8.019.515

2,5%

$8.098.525

MAESTRÍA EN CUIDADO DE ENFERMERÍA AL ADULTO MAYOR

$6.955.000

7,50%

$7.477.000

MAESTRÍA EN ENFERMERÍA EN CUIDADO CRITICO

$7.400.000

0,00%

$7.400.000

MAESTRÍA EN ENFERMERÍA EN CUIDADO PALIATIVO

$7.400.000

0,00%

$7.400.000

MAESTRÍA EN ENFERMERÍA ONCOLÓGICA

$6.500.000

7,50%

$6.988.000

PROGRAMA

FACULTAD DE ESTUDIOS AMBIENTALES Y RURALES MAESTRÍA EN GESTIÓN AMBIENTAL PARA DESARROLLO SOSTENIBLE

$9.126.000

0,00%

$9.126.000

1,5%

$9.262.890

2,5%

$9.354.150

MAESTRÍA EN DESARROLLO RURAL

$8.673.000

0,00%

$8.673.000

1,0%

$8.759.730

DOCTORADO EN ESTUDIOS AMBIENTALES Y RURALES

$12.292.000

7,50%

$13.214.000

1,5%

$13.412.210

2,5%

$13.544.350

ESPECIALIZACIÓN EN GESTIÓN DE EMPRESAS DEL SECTOR SOLIDARIO

$5.547.000

7,50%

$5.963.000

1,5%

$6.052.445

2,5%

$6.112.075

MAESTRÍA EN CONSERVACIÓN Y USO DE BIODIVERSIDAD

$8.673.000

0,00%

$8.673.000

1,0%

$8.759.730

$6.479.000

7,50%

$6.965.000

1,5%

$7.069.475

2,5%

$7.139.125

MAESTRÍA EN FILOSOFÍA

$5.955.000

7,50%

$6.402.000

1,5%

$6.498.030

2,5%

$6.562.050

DOCTORADO EN FILOSOFÍA

$9.851.000

7,50%

$10.590.000

1,5%

$10.748.850

2,5%

$10.854.750

ESPECIALIZACIÓN EN GERENCIA DE CONSTRUCCIONES

$9.509.000

7,50%

$10.222.000

1,5%

$10.375.330

2,5%

$10.477.550

ESPECIALIZACIÓN EN SISTEMAS GERENCIALES DE INGENIERÍA

$9.509.000

7,50%

$10.222.000

1,5%

$10.375.330

2,5%

$10.477.550

FACULTAD DE EDUCACIÓN MAESTRÍA EN EDUCACIÓN FACULTAD DE FILOSOFÍA

FACULTAD DE INGENIERÍA

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015

23


Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

MAESTRÍA EN INGENIERÍA ELECTRÓNICA

$9.893.000

7,50%

$10.635.000

1,5%

$10.794.525

2,5%

$10.900.875

ESPECIALIZACIÓN GEOTECNIA VIAL Y PAVIMENTOS

$9.050.000

7,50%

$9.729.000

1,5%

$9.874.935

2,5%

$9.972.225

ESPECIALIZACIÓN EN TECNOLOGÍA DE LA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES

$8.969.000

7,50%

$9.642.000

1,5%

$9.786.630

2,5%

$9.883.050

ESPECIALIZACIÓN EN ARQUITECTURA EMPRESARIAL DE SOFTWARE

$9.509.000

7,50%

$10.222.000

1,5%

$10.375.330

2,5%

$10.477.550

MAESTRÍA EN HIDROSISTEMAS

$9.893.000

7,50%

$10.635.000

1,5%

$10.794.525

2,5%

$10.900.875

ESPECIALIZACIÓN INGENIERÍA DE OPERACIONES EN MANUFACTURA Y SERVICIOS

$9.509.000

7,50%

$10.222.000

1,5%

$10.375.330

2,5%

$10.477.550

MAESTRÍA EN INGENIERA CIVIL

$9.893.000

0,00%

$9.893.000

1,5%

$10.041.395

2,5%

$10.140.325

MAESTRÍA EN INGENIERÍA INDUSTRIAL

$9.893.000

0,00%

$9.893.000

1,5%

$10.041.395

2,5%

$10.140.325

DOCTORADO EN INGENIERÍA

$13.361.000

0,00%

$13.361.000

1,5%

$13.561.415

2,5%

$13.695.025

MAESTRÍA EN INGENIERÍA DE SISTEMAS Y COMPUTACIÓN

$9.893.000

7,50%

$10.635.000

1,5%

$10.794.525

2,5%

$10.900.875

DOCTORADO EN EPIDEMIOLOGIA CLÍNICA

$14.500.000

0,00%

$14.500.000

1,5%

$14.717.500

2,5%

$14.862.500

ESPECIALIZACIÓN EN NEFROLOGÍA

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN GASTROENTEROLOGÍA Y ENDOSCOPIA DIGESTIVA

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN NEUROLOGÍA

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN NEUROCIRUGÍA

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN GENÉTICA MEDICA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

MAESTRÍA EN EPIDEMIOLOGIA CLÍNICA

$13.370.000

0,00%

$13.370.000

2,0%

$13.637.400

MAESTRÍA EN BIOESTADÍSTICA

$8.500.000

0,00%

$8.500.000

1,5%

$8.627.500

2,5%

$8.712.500

ESPECIALIZACIÓN EN PATOLOGÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN MEDICINA INTERNA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

PROGRAMA

FACULTAD DE MEDICINA

24

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015


Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

ESPECIALIZACIÓN EN PSIQUIATRÍA GENERAL

$10.290.000

7,50%

$11.062.000

1,0%

$11.172.620

ESPECIALIZACIÓN EN PSIQUIATRÍA DE ENLACE

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN PSIQUIATRÍA DE NIÑOS Y ADOLESCENTES

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN PEDIATRÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN GINECOLOGÍA Y OBSTETRICIA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA GENERAL

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN ANESTESIOLOGÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN NEUMOLOGÍA

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN OFTALMOLOGÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA CARDIOVASCULAR

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN OTORRINOLARINGOLOGÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN RADIOLOGÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN UROLOGÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN ENDOCRINOLOGÍA

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN CARDIOLOGÍA

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN ORTOPEDIA INFANTIL

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN MEDICINA FAMILIAR

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA PLÁSTICA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN ELECTROFISIOLOGÍA CLÍNICA, ESTIMULACIÓN Y ARRITMIAS CARDIACAS

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

ESPECIALIZACIÓN EN HEMODINAMIA Y CARDIOLOGÍA INTERVENCIONISTA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

PROGRAMA

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015

25


Valor Matrícula 2015

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

ESPECIALIZACIÓN EN MEDICINA DE URGENCIAS

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN MEDICINA CRITICA Y CUIDADO INTENSIVO

$8.820.000

7,50%

$9.482.000

1,0%

$9.576.820

ESPECIALIZACIÓN EN GERIATRÍA

$14.154.000

7,50%

$15.216.000

1,0%

$15.368.160

ESPECIALIZACIÓN EN TERAPIA SISTÉMICA

$7.870.000

7,50%

$8.460.000

MAESTRÍA EN PSICOLOGÍA CLÍNICA

$9.075.000

7,50%

$9.756.000

1,5%

$9.902.340

2,5%

$9.999.900

PROGRAMA

FACULTAD DE PSICOLOGÍA

FACULTAD DE ODONTOLOGIA ESPECIALIZACIÓN EN ENDODONCIA

$13.125.000

7,50%

$14.109.000

2,0%

$14.391.180

ESPECIALIZACIÓN EN PATOLOGÍA Y CIRUGÍA BUCAL

$13.125.000

7,50%

$14.109.000

2,0%

$14.391.180

ESPECIALIZACIÓN EN ORTODONCIA

$13.125.000

7,50%

$14.109.000

2,0%

$14.391.180

ESPECIALIZACIÓN EN PERIODONCIA

$13.125.000

7,50%

$14.109.000

2,0%

$14.391.180

ESPECIALIZACIÓN EN REHABILITACIÓN ORAL

$13.125.000

7,50%

$14.109.000

2,0%

$14.391.180

ESPECIALIZACIÓN EN ODONTOPEDIATRIA

$13.125.000

7,50%

$14.109.000

2,0%

$14.391.180

ESPECIALIZACIÓN EN CIRUGÍA MAXILOFACIAL

$13.125.000

7,50%

$14.109.000

MAESTRÍA EN TEOLOGÍA

$6.807.000

7,50%

$7.318.000

1,5%

$7.427.770

2,5%

$7.500.950

DOCTORADO EN TEOLOGÍA

$8.945.000

0,00%

$8.945.000

1,0%

$9.034.450

ESPECIALIZACIÓN EN BIOÉTICA

$6.025.000

7,50%

$6.477.000

MAESTRÍA EN BIOÉTICA

$5.883.000

7,50%

$6.324.000

1,5%

$6.418.860

2,5%

$6.482.100

FACULTAD DE TEOLOGÍA

INSTITUTO DE BIOÉTICA

26

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015


SECCIONAL CALI – Pregrado y Posgrado: % Inc. PROGRAMA

Valor Matrícula 2016

Valor Matrícula 2015

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

PREGRADO FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS CONTADURÍA NOCTURNA

$3.583.251

CONTADURÍA DIURNA ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS DIURNA 1° Semestre

5,5%

$3.780.296

3,0%

$3.893.705

12,0%

$4.360.949

$3.942.857

0,0%

$3.942.857

3,0%

$4.061.143

12,0%

$4.548.480

$6.055.172

10,7%

$6.703.448

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS DIURNA 2° a 10° Semestre

$6.055.172

5,5%

$6.388.177

3,0%

$6.579.822

12,0%

$7.369.401

ECONOMÍA 1° Semestre

$6.019.704

10,7%

$6.663.054

ECONOMÍA 2° a 10° Semestre

$6.019.704

5,5%

$6.350.739

3,0%

$6.541.261

12,0%

$7.326.213

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS NOCTURNA 1° Semestre

$4.640.394

10,7%

$5.136.946

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS NOCTURNA 2° a 10° Semestre

$4.640.394

4,5%

$4.849.261

3,0%

$4.994.739

12,0%

$5.594.107

NEGOCIOS INTERNACIONALES 1° Semestre

$7.297.537

12,5%

$8.209.852

NEGOCIOS INTERNACIONALES 2° a 10° Semestre

$7.297.537

5,5%

$7.698.522

3,0%

$7.929.478

12,0%

$8.881.015

FACULTAD DE INGENIERIA INGENIERÍA INDUSTRIAL

$6.172.414

5,5%

$6.512.315

3,0%

$6.707.684

12,0%

$7.512.607

INGENIERÍA CIVIL

$6.230.542

5,5%

$6.573.399

3,0%

$6.770.601

12,0%

$7.583.073

INGENIERÍA ELECTRÓNICA

$6.172.414

5,5%

$6.512.315

3,0%

$6.707.684

12,0%

$7.512.607

INGENIERÍA DE SISTEMAS

$6.172.414

5,5%

$6.512.315

3,0%

$6.707.684

12,0%

$7.512.607

MATEMÁTICAS APLICADAS

$3.872.906

5,5%

$4.085.714

3,0%

$4.208.285

12,0%

$4.713.280

BIOLOGÍA

$5.601.970

5,5%

$5.910.345

3,0%

$6.087.655

12,0%

$6.818.174

FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES PSICOLOGÍA

$5.545.813

5,5%

$5.851.232

DERECHO 1° Semestre

$5.653.202

20,0%

$6.784.236

3,0%

$6.026.769

12,0%

$6.749.981

DERECHO 2° a 10° Semestre

$5.653.202

5,5%

$5.964.532

3,0%

$6.143.468

12,0%

$6.880.684

CIENCIAS POLÍTICAS

$5.133.005

COMUNICACIÓN

$5.983.251

5,5%

$5.415.764

3,0%

$5.578.237

12,0%

$6.247.625

5,5%

$6.312.315

3,0%

$6.501.684

12,0%

$7.281.887

DISEÑO DE COMUNICACIÓN VISUAL

$6.337.931

5,5%

$6.686.700

3,0%

$6.887.301

12,0%

$7.713.777

ARTES VISUALES

$5.635.468

5,5%

$5.945.813

3,0%

$6.124.187

12,0%

$6.859.090

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015

27


PROGRAMA

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

Valor Matrícula 2015

FILOSOFÍA

$3.654.187

5,5%

$3.855.172

3,0%

$3.970.827

12,0%

$4.447.326

ARQUITECTURA

$5.635.468

5,5%

$5.945.813

3,0%

$6.124.187

12,0%

$6.859.090

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD MEDICINA 1° Semestre

$11.306.404

15,8%

$13.097.537

MEDICINA 2° a 12° Semestre

$11.306.404

7,0%

$12.097.832

3,0%

$12.460.767

POSGRADO FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS ESP. GERENCIA SOCIAL

$4.610.837

8,76%

$5.014.778

3,0%

$5.165.221

12,0%

$5.785.048

ESP. EN FINANZAS

$8.132.020

5,50%

$8.579.310

3,0%

$8.836.689

12,0%

$9.897.092

ESP. EN GESTIÓN TRIBUTARIA

$6.843.350

5,50%

$7.219.704

3,0%

$7.436.295

12,0%

$8.328.651

ESP. ADMINISTRACIÓN EN SALUD

$7.277.833

5,50%

$7.677.833

3,0%

$7.908.168

12,0%

$8.857.148

ESP. MERCADEO

$10.295.567

5,50%

$10.862.069

3,0%

$11.187.931

12,0%

$12.530.483

ESP. CONTABILIDAD FINANCIERA INTERNACIONAL

$6.254.187

5,50%

$6.598.030

3,0%

$6.795.971

12,0%

$7.611.487

ESP. EN NEGOCIOS INTERNACIONALES

$7.491.626

5,50%

$7.903.448

3,0%

$8.140.551

12,0%

$9.117.418

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS

$11.381.281

5,50%

$12.006.897

3,0%

$12.367.104

12,0%

$13.851.156

MAESTRÍA EN ADMÓN. DE EMPRESAS MOD. EJECUTIVA

$23.872.906

7,84%

$27.093.596

3,0%

$27.906.404

12,0%

$31.255.172

MBA PASTO COHORTE NUEVA 2016

$8.131.000

7,09%

$8.704.000

3,0%

$8.965.120

12,0%

$10.040.934

MBA PASTO COHORTE APERTURADA EN 2015

$8.131.000

5,50%

$8.575.200

3,0%

$8.832.456

12,0%

$9.892.351

MBA PERERIA COHORTE NUEVA 2016

$9.166.000

7,08%

$9.815.000

3,0%

$10.109.450

12,0%

$11.322.584

MBA PEREIRA COHORTE APERTURADA EN 2015

$9.166.000

5,50%

$9.670.200

3,0%

$9.960.306

12,0%

$11.155.543

MAESTRÍA EN ECONOMÍA *

$6.057.143

5,50%

$6.390.148

3,0%

$6.581.852

12,0%

$7.371.675

MAESTRIA EN FINANZAS

$8.132.020

5,50%

$8.579.310

3,0%

$8.836.689

12,0%

$9.897.092

MAESTRIA EN MERCADEO

-

5,50%

$11.604.926

3,0%

$11.953.074

12,0%

$13.387.443

FACULTAD DE INGENIERIA ESP. SIST. DE INGENIERÍA

$7.599.015

5,50%

$8.016.749

3,0%

$8.257.251

12,0%

$9.248.122

ESP. GERENCIA DE CONSTRUCCIÓN

$7.599.015

5,50%

$8.016.749

3,0%

$8.257.251

12,0%

$9.248.122

ESP. LOGÍSTICA INTEGRAL

$7.599.015

5,50%

$8.016.749

3,0%

$8.257.251

12,0%

$9.248.122

28

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015


PROGRAMA

% Inc.

Valor Matrícula 2016

% 2da Fecha de Pago

Valor Segunda Fecha de Pago

% 3ra Fecha de Pago

Valor Tercera Fecha de Pago

Valor Matrícula 2015

ESP. EN INGENIERÍA DE LA CALIDAD

$7.489.655

5,50%

$7.901.478

3,0%

$8.138.522

12,0%

$9.115.145

MAESTRÍA EN INGENIERÍA

$7.870.936

5,50%

$8.303.448

3,0%

$8.552.551

12,0%

$9.578.858

MAESTRIA EN INGENIERIA CIVIL

$7.871.921

5,49%

$8.304.434

3,0%

$8.553.567

12,0%

$9.579.995

DOCTORADO EN INGENIERIA

$12.807.882

5,49%

$13.714.286

3,0%

$14.125.715

12,0%

$15.820.800

ESP. EN CULTURA DE PAZ. DIH

$4.418.719

5,51%

$4.662.069

3,0%

$4.801.931

12,0%

$5.378.163

ESP. EN DERECHO COMERCIAL

$7.279.803

5,49%

$7.679.803

3,0%

$7.910.197

12,0%

$8.859.421

ESP. EN PROCESOS HUMANOS Y DESARROLLO ORG.

$6.075.862

9,00%

$6.622.660

3,0%

$6.821.340

12,0%

$7.639.901

ESP. NEUROPSICOLOGÍA INFANTIL

$4.992.118

5,51%

$5.266.995

3,0%

$5.425.005

12,0%

$6.076.005

ESP. EN SEGURIDAD SOCIAL

$5.950.739

5,50%

$6.277.833

3,0%

$6.466.168

12,0%

$7.242.108

MAESTRÍA EN FAMILIA

$6.403.941

6,15%

$6.798.030

3,0%

$7.001.971

12,0%

$7.842.207

MAESTRÍA EN DERECHOS HUMANOS

$7.917.241

4,50%

$8.273.892

3,0%

$8.522.109

12,0%

$9.544.762

MAESTRIA EN DERECHO EMPRESARIAL

$7.279.803

5,49%

$7.679.803

3,0%

$7.910.197

12,0%

$8.859.421

MAESTRIA EN SICOLOGIA DE LA SALUD

$7.281.773

0,00%

$7.281.773

3,0%

$7.500.226

12,0%

$8.400.253

$7.906.138

12,0%

$8.854.874

FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD MAESTRIA EN SALUD PUBLICA

$7.275.862

5,50%

$7.675.862

3,0%

ARTÍCULO SEGUNDO –Fijar los siguientes derechos por otros conceptos académicos que presta la Universidad: SEDE CENTRAL

OTROS CONCEPTOS

INSCRIPCIONES

0,00%

CARNE

5,00%

OTROS

5,00%

Tarifa 2015

% Incremento

Tarifa 2016

Alquiler lockers Arquitectura

$53.000

5,66%

$56.000

Carné (duplicado)

$27.000

3,70%

$28.000

Certificación de planes de estudio y programas de asignaturas

$53.000

5,66%

$56.000

Certificaciones, constancias y copias actas de grado

$28.000

3,57%

$29.000

Traducción de diplomas del latín

$43.000

4,65%

$45.000

Derechos de grado

$467.000

4,93%

$490.000

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29


OTROS CONCEPTOS

Tarifa 2015

% Incremento

Derechos de Inscripción Pregrado y Posgrado (Excepto MBA)

$98.000

0,00%

$98.000

Derechos de Inscripción Maestría en Administración (MBA)

$298.000

5,03%

$313.000

Diploma de grado (original o copia) en español o en latín

$144.000

4,86%

$151.000

Evaluación supletoria

$109.000

4,59%

$114.000

Instituto de Bioética Servicio de cursos especiales (tutoriales) para estudiantes de la Universidad

$636.000

5,03%

$668.000

Preparatorio (repetición de examen o primer examen preparatorio de estudiante que incumplió)

$104.000

4,81%

$109.000

Publicación de tesis Facultad de Ciencias Jurídicas

$187.000

4,81%

$196.000

Examen de Clasificación en lengua extranjera por segunda vez

$37.000

5,41%

$39.000

Reemplazo supervisión Psicología

$147.000

4,76%

$154.000

Validación de asignaturas

$317.000

5,05%

$333.000

Tarifa 2015

% Incremento

Tarifa 2016

Inscripción

$26.000

0,00%

$26.000

Derechos de grados

$271.000

5,17%

$285.000

Evaluación supletoria

$68.000

4,41%

$71.000

OTROS CONCEPTOS ESTUDIANTES A DISTANCIA

Tarifa 2016

SECCIONAL CALI OTROS CONCEPTOS

Tarifa 2015

% Incremento

Tarifa 2016

Exámenes de validación

$

250.000

2,00%

$ 255.000

Supletorios parciales y finales

$

100.000

10,00%

$ 110.000

Certificados de estudios

$

22.000

0,00%

$

22.000

Certificados de notas

$

38.000

0,00%

$

38.000

Certificados de contenidos

$

44.000

0,00%

$

44.000

Certificados financieros

$

21.000

0,00%

$

21.000

Certificados laborales

$

3.200

-6,25%

$

3.000

Derechos de grado

$

580.000

3,45%

$ 600.000

Reposición de carné para estudiantes

$

21.000

4,76%

$

22.000

Multas biblioteca, audiovisuales y de laboratorio

$

4.000

0,00%

$

4.000

Multa libros de reserva

$

7.000

0,00%

$

7.000

Hojas de cancelación de asignaturas

$

8.000

0,00%

$

8.000

Revisión de exámenes pregrado

$

44.000

13,64%

$

50.000

Actas de grado (copia)

$

40.000

25,00%

$

50.000

Inscripción

$

95.000

0,00%

$

95.000

Diploma en español (copia)

$

237.000

0,00%

$ 237.000

Reposición de carné para empleados

$

11.000

0,00%

$

Bogotá, D.C., 10 de diciembre de 2015 Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

30

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

ANALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA - SEGUNDO SEMESTRE - AÑO 2015

11.000


ACUERDO Nº 622 Cambio de nombre en un Programa Académico

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Facultad de Ciencias ha preparado el proyecto de cambio de nombre de la carrera de Bacteriología, con número SNIES 943, acto de refrendación de su creación por Acuerdo número 500 del Consejo Directivo Universitario del 26 de noviembre de 2008, registro calificado otorgado por el Ministerio de Educación Nacional en Resolución número 8544 del 30 de octubre de 2009 y renovación de la acreditación de alta calidad por resolución del Ministerio de Educación Nacional número 16182 del 30 de septiembre de 2015. 2. Que este proyecto después de haber recibido la aprobación correspondiente en el Consejo de la Facultad de Ciencias y en el Consejo Académico, fue presentado en la reunión del 9 de diciembre de 2015 de este Consejo Directivo (Acta 850), cumpliendo así el proceso que exigen los Estatutos de la Universidad. 3. Que de conformidad con el numeral 116, h. de los Estatutos de la Universidad, es función del Consejo Directivo “Para la Sede Central de la Universidad aprobar… los programas académicos que conduzcan a la obtención de títulos académicos,…”, así como las reformas sustanciales que se realicen a los mismos, según lo preceptuado en el literal n del número 53 del artículo cuarto del Acuerdo 563 del Consejo Directivo Universitario del 18 de abril de 2012. ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Autorizar, dentro del ámbito de su competencia, la modificación del nombre de la carrera de Bacteriología por el de “Ciencias del Laboratorio Clínico – Bacteriología”. ARTÍCULO SEGUNDO – El título que actualmente se otorga de Bacteriólogo o Bacterióloga pasará a ser el de Profesional en Ciencias del Laboratorio Clínico – Bacteriólogo o Profesional en Ciencias del Laboratorio Clínico – Bacterióloga. ARTÍCULO TERCERO – El Rector de la Universidad en su condición de Representante Legal de la misma, adelantará ante el Ministerio de Educación Nacional los trámites legales necesarios para obtener la inclusión de esta modificación en el SNIES. Dado en Bogotá, D.C., el 15 de diciembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

ACUERDO Nº 623 (Visión y Megas de la Pontificia Universidad Javeriana – Sede Central)

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que en sesión realizada el 5 de agosto de 2015, (acta No 844), el Consejo Directivo Universitario aprobó el modelo de Planeación Universitaria que orienta la labor que en esta materia adelanta la Universidad; el cual fue construido con la experiencia obtenida al respecto, a lo largo de su historia; con el estudio de buenas prácticas de planeación en instituciones reconocidas de Educación Superior; y con amplia participación de la Comunidad Educativa Javeriana. 2. Que cuando se estudió lo relativo a la Visión, la Universidad asumió como definición “la formulación que responde la pregunta sobre cómo desea la Universidad ser percibida o vista, más que cómo se ve ella en el futuro” (Acuerdo No 596 del 8 de agosto de 2014). 3. Que el Consejo Directivo Universitario reunido el 28 de octubre de 2015 (acta No. 847), consideró la propuesta de Visión que le fue presentada y condicionó su aprobación definitiva a su valoración integral con base en las Megas que debían formularse a continuación. 4. Que para estudiar lo relativo a las Megas en 2015, la Universidad asumió como definición la siguiente: “aquellas metas desafiantes, que reflejan la identidad de la Pontificia Universidad Javeriana y por lo tanto son agrupadoras, medibles y estimulantes; que se formulan de acuerdo con la Visión”; y también consideró que “con el fin de focalizar la acción, su número debe ser reducido”. 5. Que el Consejo Directivo Universitario, en la sesión del 9 de diciembre de 2015, (acta No. 850), consideró la propuesta de Megas, de acuerdo con la Visión aprobada anteriormente, de manera condicional. 6. Que de conformidad con el numeral 116, a. de los Estatutos de la Universidad es función del Consejo Directivo “Adoptar… las políticas generales de la Universidad, de acuerdo con la legislación canónica y civil, con los Estatutos, las orientaciones del Consejo de Regentes y los Reglamentos de la Universidad”.

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

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31


ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO – Adoptar la Visión de la Pontificia Universidad Javeriana en su Sede Central, en los siguientes términos: En el 2021, la Pontificia Universidad Javeriana será referente nacional e internacional por la coherencia entre su identidad y su obrar, su propuesta educativa, su capacidad de aprendizaje institucional, así como por su contribución a la transformación de Colombia, desde una perspectiva católica, innovadora y de ecología integral. ARTÍCULO SEGUNDO – Adoptar de acuerdo con dicha formulación de la Visión, las siguientes cuatro Megas: 1. Transformar el sistema de toma de decisiones para que sean efectivas, fundamentadas en criterios definidos institucionalmente y orientadas a la realización de la Visión. 2. Asegurar actividades académicas con impacto en la dinámica de reconciliación del país y con carácter innovador. 3. Priorizar en nuestra opción de excelencia humana y académica, las dimensiones de interculturalidad, internacionalización y cuidado de la casa común. 4. Asegurar el desarrollo sostenible integral de la Universidad, arraigado en el medio universitario. ARTÍCULO TERCERO – Las disposiciones adoptadas en el presente acuerdo entrarán en vigencia a partir de la expedición del mismo. Dado en Bogotá, D.C., el 17 de diciembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

32

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

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RESOLUCIONES RECTORALES



RESOLUCIÓN N° 625 EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que el Consejo Directivo de la Seccional de Cali ha preparado y aprobado las actualizaciones al Reglamento Orgánico de la Seccional; que constan en el Acuerdo 100/15 del 17 de abril de 2015; 2. Que en cumplimiento de lo que prescriben los Estatutos de la Universidad (No 147, e) el Consejo Directivo de la Seccional de Cali recomendó presentar a la sanción del Rector de la Universidad las actualizaciones al Reglamento Orgánico de la Seccional, lo cual se hizo por medio de la carta RS-019-2015 del Rector de la Seccional el 22 de abril de 2015; 3. Que de acuerdo con el literal e) del número 147 de los Estatutos de la Universidad, el Consejo Directivo de la Seccional puede expedir, interpretar y reformar el Reglamento Orgánico de la Seccional, y someterlos a la sanción del Rector de la Universidad; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- Sancionar las actualizaciones al Reglamento Orgánico de la Seccional de Cali, que constan en el Acuerdo número 100/15 del 17 de abril de 2015, expedido por el Consejo Directivo de la Seccional de Cali. ARTÍCULO SEGUNDO- Incorporar las diversas actualizaciones sancionadas en un nuevo Reglamento Orgánico de la Seccional de Cali, concordado y numerado, con fecha del 17 de abril de 2015, suscrito por el Rector de la Seccional y el Secretario General de la Seccional, y que forma parte integral de la presente Resolución. Dado en Bogotá, D.C., el 7 de julio de 2015. Luis David Prieto Martínez Rector encargado

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

RESOLUCIÓN N° 626 (Cruz San Francisco Javier a Jaime Alberto Cataño Cataño)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que el Doctor Jaime Alberto Cataño Cataño, abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, prestó sus servicios a la Universidad desde 1998, primero como Asesor Jurídico, luego como Director General de la Dirección Jurídica y Secretario Jurídico de la Universidad; entre 2005 y 2010, como Secretario General de la Universidad; y en los últimos cinco años como Director Jurídico; 2. Que durante el desempeño de sus funciones, el Doctor Cataño Cataño demostró sus altas calidades personales y profesionales, así como también su especial afecto hacia la Universidad y a la Compañía de Jesús, el cual se ha reflejado claramente en su permanente disponibilidad y compromiso, así como su sabio consejo; 3. Que a lo largo de estos años de trabajo en la Universidad, el Doctor Cataño Cataño ha adquirido un profundo conocimiento, no sólo de las normas jurídicas que rigen los centros de Educación Superior, sino también del quehacer y el sentido de estas instituciones, a las cuales ha prestado de diversas maneras un valioso y reconocido apoyo; 4. Que es deber de la Universidad expresar su gratitud a las personas que han demostrado, en su vida, una especial vinculación con el Alma Mater; RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- Reconocer los servicios destacados que el Doctor Jaime Alberto Cataño Cataño ha prestado a la Universidad, así como los estrechos lazos que lo han unido a la institución. ARTÍCULO SEGUNDO- Concederle al Doctor Jaime Alberto Cataño Cataño, como muestra de agradecimiento de su Alma Mater, la Cruz de Plata San Francisco Javier, Distinción Universitaria creada con el fin de “exaltar y estimular a los Profesores o Empleados Administrativos que hayan sobresalido en el desempeño de sus funciones por sus calidades humanas, su lealtad a la Institución, y su esfuerzo por alcanzar un mayor nivel de excelencia”. ARTÍCULO TERCERO- El Rector de la Universidad hará imposición de la insignia correspondiente y entregará el respectivo diploma, en acto convocado especialmente con este fin. Dado en Bogotá, a los 13 días del mes de agosto de 2015. Jorge H. Pelaez Piedrahita, S.J. Rector

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario General

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RESOLUCIÓN N° 627 (Doctorado en Ciencias Económicas y de Gestión, Maestría en Ciencias Económicas y de Gestión, Nutrición y Dietética – Seccional Cali)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO:

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar el Programa de Nutrición y Dietética que ha presentado la Seccional de Cali, y que otorgará el título de Nutricionista Dietista. Dado en Bogotá, D.C., el 24 de agosto de 2015. Jorge H. Pelaez Piedrahita, S.J.

Rector

Santiago Pinilla Valdivieso Secretario General (E)

1. Que la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación de los programas de Doctorado en Ciencias Económicas y de Gestión y de Maestría en Ciencias Económicas y de Gestión, y los ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional; 2. Que la Facultad de Ciencias de la Salud de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación del programa de Nutrición y Dietética, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional; 3. Que de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Seccional, los Programas mencionados en los numerales anteriores fueron llevados a la consideración del Consejo Académico, en el cual recibieron concepto favorable; 4. Que en cumplimiento de lo prescrito por los Estatutos de la Universidad (No 147, h) el Consejo Directivo de la Seccional, por Acuerdo 103/15 del 12 de agosto de 2015, y por Acuerdo 104/15 del 12 de agosto de 2015, recomendó presentar estos programas al Rector de la Universidad, lo cual se hizo por medio de la carta RS-32-2015 del 12 de agosto de 2015 suscrita por el Señor Rector de la Seccional de Cali; 5. Que es función del Rector de la Universidad aprobar, de conformidad con los criterios establecidos por la Universidad, los programas académicos de la Seccional que conduzcan a la obtención de títulos académicos (Estatutos N° 120, w): RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar los Programas de Doctorado en Ciencias Económicas y de Gestión y Maestría en Ciencias Económicas y de Gestión que ha presentado la Seccional de Cali, y que otorgarán el título de Doctor en Ciencias Económicas y de Gestión y Magister en Ciencias Económicas y de Gestión.

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RESOLUCIÓN N° 628 (Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que el 30 de julio de 2015, la Vicerrectora de Investigación convocó a los profesores de planta de la Universidad, en Bogotá y Cali, para participar en la séptima versión del ahora Premio Bienal Javeriano en Investigación, en dos modalidades: Mejor Trabajo de Investigación y Vida y Obra en Investigación, en cinco áreas del saber: Ciencias de la Salud; Ciencias Naturales y Exactas; Ciencias Sociales; Humanidades y Artes, e Ingenierías, Arquitectura, Diseño y Medio Ambiente, según lo acordado por el Consejo Académico de la Sede Central de la Universidad en el acta número 313 del 11 de marzo de 2015. 2. Que los profesores de planta de la Universidad participaron en las dos modalidades y en las cinco áreas del saber, así: 44 profesores para la modalidad Mejor Trabajo de Investigación y 50 profesores para la modalidad Vida y Obra en Investigación. 3. Que la Vicerrectora de Investigación convocó a jurados externos en las cinco áreas del saber, para la evaluación de las candidaturas, en las dos modalidades del premio. 4. Que la evaluación realizada por los jurados fue consignada en actas para cada una de las modalidades y áreas, y a partir de la consideración de los conceptos, la Vicerrectora de Investigación propuso al P. Rector de la Universidad los premios respectivos. 5. Que se ha cumplido con lo dispuesto en los numerales 34 a 38 del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones de la Universidad. RESUELVE:

A: Juana Ángel Uribe y Manuel Antonio Franco Cortés, de la Facultad de Medicina de la Sede Central de la Universidad. Nombre del trabajo: Circulating human rotavirus specific CD4 T cells identified with a class II tetramer express the intestinal homing receptors alpha4 beta7 and CCR9 Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015 Vida y Obra en Investigación A: Juan Gabriel Ruiz Peláez, de la Facultad de Medicina de la Sede Central de la Universidad. En el Área de Ciencias Naturales y Exactas: Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015 Mejor trabajo de Investigación A: Susana Fiorentino Gómez, María Claudia Cifuentes Barreto y John Fredy Hernández Montaño, de la Facultad de Ciencias de la Sede Central de la Universidad. Nombre del Trabajo: Bioactive Fraction of Petiveria alliacea, pharmaceutical composition containing same and combination with immunostimulants to cancer treatment. Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015 Vida y Obra en Investigación A: Luis Alejandro Barrera Avellaneda, de la Facultad de Ciencias de la Sede Central de la Universidad

ARTÍCULO PRIMERO- Otorgar las siguientes distinciones universitarias a los profesores de planta de la Pontificia Universidad Javeriana, que se han destacado por su actividad y calidad en investigación:

En el Área de Ciencias Sociales:

En el Área de Ciencias de la Salud:

Mejor trabajo de Investigación

Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015

A:

Mejor trabajo de Investigación

Wilson López López, de la Facultad de Psicología de la Sede Central de la Universidad.

Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015. Premio compartido.

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Nombre del Trabajo: Forgiving perpetrators of violence: Colombian people’s positions.

En el Área de Ingenierías, Arquitectura, Diseño y Medio Ambiente:

Y Amada Carolina Pérez Benavides, de la Facultad de Ciencias Sociales de la Sede Central de la Universidad.

Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015. Premio compartido.

Nombre del Trabajo: Nosotros y los otros. Las representaciones de la nación y sus habitantes. Colombia 1880 – 1910.

Mejor trabajo de Investigación

Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015

Alfonso Mariano Ramos Cañón y Luis Felipe Prada Sarmiento, de la Facultad de Ingeniería de la Sede Central de la Universidad.

Vida y Obra en Investigación A:

A:

Flor Edilma Osorio Pérez

Nombre del Trabajo: Linear discriminant analysis to describe the relationship between rainfall and landslides in Bogotá, Colombia.

de la Facultad de Estudios Ambientales y Rurales de la Sede Central de la Universidad

Y Enrique González Guerrero, de la Facultad de Ingeniería de Sede Central de la Universidad.

En el Área de Humanidades y Artes:

Nombre del Trabajo: Quemes: Educación en Tecnología soportada en Robots Cooperativos.

Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015 Mejor trabajo de Investigación

Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015 Vida y Obra en Investigación

A: Manuel Enrique Sevilla Peñuela y Carlos Eduardo Cataño Arango, de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Seccional de Cali. Nombre del Trabajo: Travesías por la tierra del olvido: modernidad y colombianidad en la música de Carlos Vives y La Provincia. Premio Bienal Javeriano en Investigación 2015 Vida y Obra en Investigación

A: Andrés Etter Rothlisberger, de la Facultad de Estudios Ambientales y Rurales de la Sede Central de la Universidad. ARTÍCULO SEGUNDO- El Premio Bienal Javeriano en Investigación se otorgará públicamente en la ceremonia de clausura del XIII Congreso la Investigación en la Pontificia Universidad Javeriana. Dado en Bogotá, D.C., el 25 de septiembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

A:

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

Ángela María del Rosario Calvo de Saavedra, de la Facultad de Filosofía de la Sede Central de la Universidad.

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RESOLUCIÓN N° 629 (Maestría en Educación y Extensión de la Maestría en Administración de Empresas a la Ciudad de BarranquillaAtlántico – Seccional Cali)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación del programa de Maestría en Educación, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional;

ARTÍCULO SEGUNDO.- Aprobar la extensión a la ciudad de Barranquilla, del programa de Maestría en Administración de Empresas que ha presentado la Seccional de Cali, y que otorgará el título de Magister o Magistra en Administración de Empresas. Dado en Bogotá, D.C., el 30 de septiembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

2. Que la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de extensión del programa de Maestría en Administración de Empresas a la ciudad de BarranquillaAtlántico, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional; 3. Que de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Seccional, los Programas mencionados en los numerales anteriores fueron llevados a la consideración del Consejo Académico, en el cual recibieron concepto favorable; 4. Que en cumplimiento de lo prescrito por los Estatutos de la Universidad (No 147, h) el Consejo Directivo de la Seccional, por Acuerdo 105/15 del 1 de septiembre de 2015, recomendó presentar estos programas al Rector de la Universidad, lo cual se hizo por medio de la carta RS-35-2015 del 7 de septiembre de 2015 suscrita por el Señor Rector de la Seccional de Cali; 5. Que es función del Rector de la Universidad aprobar, de conformidad con los criterios establecidos por la Universidad, los programas académicos de la Seccional que conduzcan a la obtención de títulos académicos (Estatutos N° 120, w): RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar el Programa de Maestría en Educación que ha presentado la Seccional de Cali, y que otorgarán el título de Magister o Magistra en Educación.

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RESOLUCIÓN N° 630

RESOLUCIÓN N° 631

(Especialización en Ingeniería de Software, Maestría en Ingeniería de Software y Especialización en Gestión del Consumo de la Energía Eléctrica – Seccional Cali)

(Distinción Cruz San Pedro Claver 2015)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Facultad de Ingeniería de la Seccional de Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado los proyectos de creación de los programas Especialización en Ingeniería de Software, Maestría en Ingeniería de Software y Especialización en Gestión del Consumo de la Energía Eléctrica, y los ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de dicha Seccional; 2. Que de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Seccional, estos Programas fueron llevados a la consideración del Consejo Académico, en el cual recibieron conceptos favorables; 3. Que en cumplimiento de lo prescrito por los Estatutos de la Universidad (No 147, h) el Consejo Directivo de la Seccional, por Acuerdo 106/15 del 3 de noviembre de 2015, recomendó presentar estos programas al Rector de la Universidad, lo cual se hizo por medio de la carta RS-58-2015 del 4 de noviembre de 2015, suscrita por el Señor Rector de la Seccional de Cali, y del correo electrónico del 14 de noviembre de 2015 suscrito por el Secretario General de la Seccional en el que informa un cambio en la decisión del Consejo Directivo de la Seccional en la denominación de uno de los programas; 4. Que es función del Rector de la Universidad aprobar, de conformidad con los criterios establecidos por la Universidad, los programas académicos de la Seccional que conduzcan a la obtención de títulos académicos (Estatutos N° 120, w): RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar los programas: Especialización en Ingeniería de Software, Maestría en Ingeniería de Software y Especialización en Gestión del Consumo de la Energía Eléctrica, que ha presentado la Seccional de Cali, que otorgarán los títulos Especialista en Ingeniería de Software, Magister o magistra en Ingeniería de Software, y Especialista en Gestión del Consumo de la Energía Eléctrica, respectivamente, y quedarán adscritos a la Facultad de Ingeniería.

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que el 3 de agosto de 2015, el P. Rector de la Universidad, de conformidad con el Acuerdo número 556 del 3 de octubre de 2011 del Consejo Directivo Universitario, convocó a los decanos y directores de programas de pregrado para la presentación de los candidatos a la distinción Cruz San Pedro Claver. 2. Que de conformidad con lo dispuesto por el Consejo Directivo Universitario, para cada uno de los programas académicos de pregrado, el Decano y el Director del programa respectivo, escogerán por consenso un candidato a la distinción, entre los estudiantes que a lo largo de su carrera han sobresalido en el desempeño de sus deberes por sus cualidades humanas y su compromiso eficaz con los ideales Javerianos expresados en el Proyecto Educativo Javeriano. 3. Que los candidatos deben haber cursado y aprobado en la Universidad al menos el 80% de los créditos académicos de su carrera. 4. Que las autoridades personales de gobierno de las facultades presentaron los candidatos a la distinción, por escrito y mediante acta que incluía los motivos que sustentan la candidatura. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO- Otorgar la distinción universitaria Cruz San Pedro Claver a los siguientes estudiantes que a lo largo de su carrera han sobresalido en el desempeño de sus deberes por sus cualidades humanas y su compromiso eficaz con los ideales Javerianos expresados en el Proyecto Educativo Javeriano:

Dado en Bogotá, D.C., el 18 de noviembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

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Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

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NOMBRE

PROGRAMA

FACULTAD

Kevin Hassam Otálora Ortega

Carrera de Arquitectura

Facultad de Arquitectura y Diseño

Hugo Andrés Rojas Gallego

Carrera de Diseño Industrial

Facultad de Arquitectura y Diseño

Cristhian Felipe Moncada Barragán

Carrera de Artes Visuales

Facultad de Artes

Laura Constanza Gómez Sánchez

Carrera de Microbiología Industrial

Facultad de Ciencias

Diana Marcela Bravo Estupiñán

Carrera de Bacteriología

Facultad de Ciencias

María Fernanda Buitrago Rodríguez

Carrera de Nutrición y Dietética

Laura Daniela Ramírez Pérez

Facultad de Ciencias Facultad de Ciencias Económicas Carrera de Administración de Empresas Administrativas Facultad de Ciencias Económicas Carrera de Economía Administrativas Carrera de Derecho Facultad de Ciencias Jurídicas Facultad de Ciencias Políticas Carrera de Relaciones Internacionales Relaciones Internacionales Facultad de Ciencias Políticas Carrera de Ciencia Política Relaciones Internacionales Carrera de Sociología Facultad de Ciencias Sociales

María Paula Velásquez Perdomo

Carrera de Antropología

Facultad de Ciencias Sociales

Claudia Marcela Velandia Pirazán

Carrera de Historia

Facultad de Ciencias Sociales

Luis Miguel Montes Vásquez

Carrera de Estudios Literarios

Facultad de Ciencias Sociales

María Alejandra Navarrete Tovar

Carrera de Comunicación Social

Facultad de Comunicación y Lenguaje

Angélica Rocío León Cruz

Licenciatura en Pedagogía Infantil

Facultad de Educación

Sandy Johana Rojas Guerrero

Carrera de Enfermería

Laura Melissa Rodríguez Moreno

Carrera de Ecología

Juan Carlos Díaz Granados Dangond

Carrera de Ingeniería Civil

Facultad de Enfermería Facultad de Estudios Ambientales y Rurales Facultad de Ingeniería

Diego Fernando Parra Díaz

Carrera de Ingeniería Electrónica

Facultad de Ingeniería

Laura del Pilar Murcia Roa

Carrera de Ingeniería Industrial

Facultad de Ingeniería

Lysha Michelle Laurens Acevedo

Carrera de Medicina

Facultad de Medicina

Daniela Rubiano Mejía

Carrera de Odontología

Facultad de Odontología

Laura Rodríguez Cardona

Carrera de Psicología

Facultad de Psicología

Diego Salazar Galvis

Carrera de Teología

Facultad de Teología

Carmen Isabel Gómez Barrera

Licenciatura en Ciencias Religiosas Facultad de Teología modalidad Virtual

César Juragaro Manaideke

Licenciatura en Teología

Andrea del Pilar Lamprea Barragán Germán David Rodríguez Gama Gabriel Agustín Echeverry Quintana Camila Andrea Martínez Becerra Karen Andrea Rodríguez Spell

y y

y y

Facultad de Teología

ARTÍCULO SEGUNDO- Hacer entrega del diploma y la imposición de la insignia correspondiente a los galardonados, en ceremonia solemne convocada especialmente para el efecto. ARTÍCULO TERCERO- A cada galardonado, la Universidad entregará también un reconocimiento económico. Dado en Bogotá, D.C., el 30 de noviembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo

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RESOLUCIÓN N° 632 (Comité de Propiedad Intelectual Organización, conformación, funciones y sesiones)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que mediante el Acuerdo 535 de 2010, del Consejo Directivo de la Pontificia Universidad Javeriana, se adoptó la Política de Propiedad Intelectual para la Universidad. 2. Que el objetivo de la Política de Propiedad Intelectual de la Pontificia Universidad Javeriana, radica en que cada uno de los miembros de la comunidad educativa participen de manera activa y permanente en la creación de bienes intelectuales, y en la implementación de buenas prácticas para su gestión, en el marco de la legislación internacional, comunitaria y nacional, y atendiendo a la misión, al proyecto educativo, a los propósitos y metas de la Planeación Universitaria 2007-2016 de la Universidad. 3. Que mediante el artículo décimo segundo del Acuerdo 535 de 2010 se creó un Comité de Propiedad Intelectual de la Universidad como ente asesor para la dirección y gestión de la Propiedad Intelectual. 4. Que la disposición antes indicada estableció que el Comité creado estaría integrado por el Vicerrector Académico de la Sede Central, por los Vicerrectores Académicos de las seccionales y por cinco miembros adicionales designados por el Rector de la Universidad, para periodos de dos años renovables de manera indefinida. Designándose como Presidente del Comité al Vicerrector Académico de la Sede Central. 5. Que mediante el Acuerdo 563 de 2012 se realizaron modificaciones en el Reglamento Orgánico de la Sede Central de la Universidad sobre la Rectoría y la Vicerrectoría Académica, y se crearon la Vicerrectoría de Investigación y la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales. 6. Que la Vicerrectoría de Investigación es un actor principal de la dirección y gestión de la Propiedad Intelectual, correspondiéndole, por virtud del Acuerdo 563 de 2012, establecer los mecanismos para impulsar, promover, estimular y proteger el conocimiento generado en la actividad de investigación, en la innovación y en la creación artística en el marco de la Política de Propiedad Intelectual de la Universidad.

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7. Que para que se pueda implementar la disposición contenida en el artículo décimo segundo del Acuerdo 535 de 2010 es necesario reglamentar el funcionamiento del Comité de Propiedad Intelectual, incluyendo dentro de su conformación al Vicerrector de Investigación, quien actuará ahora como Presidente del Comité. 8. Que el 30 de septiembre de 2015 el Consejo Académico de la Universidad, en cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo 535 de 2010, expidió las Directrices de Propiedad Intelectual las cuales son un instrumento para la protección y gestión de todos los activos de propiedad intelectual que se generen al interior de la Universidad. 9. Que corresponde al Rector de la Universidad adoptar las decisiones sobre la organización de las actividades de gestión de la Universidad. RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Propósito: El Comité de Propiedad Intelectual es el ente institucional con carácter de consultor y asesor para la dirección y gestión de la propiedad intelectual al interior de la Universidad, responsable de proponer las políticas, lineamientos y directrices, apoyar la definición e implementación de acciones, y realizar el seguimiento a las actividades implementadas y conceptuar en relación con la interpretación y los posibles conflictos que puedan surgir en materia de propiedad intelectual. ARTÍCULO SEGUNDO.- Funciones: El Comité de Propiedad Intelectual desarrollará entre otras, las siguientes funciones: a) Asesorar a las unidades académicas, Rectoría y Vicerrectorías en la gestión de la propiedad intelectual en cumplimiento de la Política y Directrices de Propiedad Intelectual; b) Conceptuar acerca de los lineamientos que permitan decidir la participación económica de los beneficios derivados de la explotación de la propiedad intelectual generada al interior de la Universidad; c) Emitir conceptos sobre la interpretación y aplicación de la Política de Propiedad Intelectual; d) Fomentar una cultura del respeto, trasparencia y adecuada gestión de los derechos de propiedad intelectual al interior de la comunidad universitaria; e) Promover la difusión, promoción, sensibilización y capacitación a la comunidad universitaria acerca de

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la política y directrices de propiedad intelectual, las normas y procedimientos vigentes en la materia; f) Proponer las herramientas para la implementación de las acciones propuestas en las Directrices de Propiedad Intelectual; g) Proponer la implementación de acuerdos, directrices, resoluciones y reglamentos que tengan por objeto materias vinculadas con la propiedad intelectual en la Universidad; h) Proponer a las autoridades personales de gobierno las metodologías y demás recomendaciones para la identificación y valoración de intangibles; i)

j)

Recomendar a la instancia correspondiente, cuando sea del caso, la modificación de la Política, directrices, reglamentos, manuales, procedimientos o en general cualquier normativa que tenga como objeto la propiedad intelectual o esté vinculada a ella; Recomendar acciones para preservar el valor patrimonial de los bienes intangibles de la Universidad y su uso;

k) Servir de órgano consultivo y competente dentro de la Universidad, en lo referente a los derechos de autor y conexos, propiedad industrial, secretos empresariales, recursos genéticos, conocimientos tradicionales y obtentores de variedades vegetales; y en general en cualquier clase de derecho de Propiedad Intelectual que se llegare a generar o definir por cualquier medio conocido o por conocer. l) Autorizar la cesión de derechos patrimoniales de cualquier activo intangible del cual sea titular la universidad, en aplicación de lo establecido en el numeral 12 de las Directrices; m) Autorizar la protección de activos de propiedad intelectual cuando la Universidad decida no protegerlos, según el parágrafo 2o del numeral 9 del documento de Directrices; n) Todas aquellas que se deriven de sus funciones y que sean necesarias para trazar la ruta y bitácora a seguir en materia de Propiedad Intelectual al interior de la Universidad y que no le sean incompatibles, o estén contempladas o asignadas a otras instancias de acuerdo a los demás reglamentos o directrices vigentes y aplicables. ARTÍCULO TERCERO.- Conformación del Comité: El Comité de Propiedad Intelectual estará conformado por:

1. El Vicerrector de Investigación, quien lo presidirá; 2. El Vicerrector Académico, o su delegado; 3. El Vicerrector Académico de la Seccional, o su delegado 4. Un decano de facultad, nombrado por el Rector 5. El Director de Innovación 6. El Asistente para la Creación Artística 7. El Director del Centro Ático 8. El Director de la Editorial Pontifica Universidad Javeriana 9. El Director de Consultorías 10. El Director Jurídico o su delegado, 11. Una persona designada por el Vicerrector de Investigación, quien actuará como secretario del Comité. En los casos en que se estime conveniente, este Comité podrá contar con invitados especiales expertos o autoridades que gestionen asuntos de propiedad intelectual. PARÁGRAFO: El Presidente del Comité podrá invitar a sus sesiones al director, asistente o coordinador de la dependencia productora de los documentos que se evalúen o las personas de la Universidad, sean funcionarios, contratistas o estudiantes o expertos externos que considere relevantes para desarrollar el tema de la agenda propuesta para la reunión. ARTÍCULO CUARTO.- Informe sobre Responsabilidades: El Comité de Propiedad Intelectual deberá informar periódicamente al Rector sobre las actividades desarrolladas por el Comité. ARTÍCULO QUINTO.- Reuniones del Comité de Propiedad Intelectual. El pleno del Comité de Propiedad Intelectual se reunirá obligatoriamente, al menos una vez al semestre, con carácter ordinario y, con carácter extraordinario, cuantas veces sea necesario. Habrá quorum deliberativo y decisorio con mayoría simple, es decir, la mitad más uno de sus miembros. PARÁGRAFO: Las convocatorias de las reuniones ordinarias y extraordinarias estarán a cargo del Presidente. Las sesiones extraordinarias se podrán convocar a solicitud de cualquier miembro.

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En caso de que el Presidente no convoque a la sesión extraordinaria en el término de diez (10) días desde la fecha en que lo solicito uno de los miembros, ésta podrá ser convocada directamente por el miembro solicitante.

d) Actualizar y custodiar el Libro de Actas;

ARTÍCULO SEXTO.- Funciones y Competencias del Presidente: El Presidente del Comité de Propiedad Intelectual tendrá entre otras, las funciones y competencias relacionadas a continuación:

ARTÍCULO OCTAVO.- Actas de las Reuniones: Las decisiones que tome el Comité de Propiedad Intelectual se dejarán constar en actas suscritas por el Presidente y el Secretario del Comité.

a) Presidir y moderar las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité de Propiedad Intelectual;

ARTÍCULO NOVENO.- VIGENCIA: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su promulgación a la Comunidad Universitaria, que se entenderá surtida con su publicación en el sitio Web de la Universidad.

b) Ejercer de Portavoz y ostentar la representación del Comité de Propiedad Intelectual ante los diferentes organismos, tanto internos como externos; c) Programar y convocar las reuniones ordinarias y extraordinarias del Comité de Propiedad Intelectual;

e) Cualesquiera otras que el propio Comité de Propiedad Intelectual determine.

Dado en Bogotá, D.C., el 9 de diciembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

d) Procurar los consensos en los asuntos del Orden del Día, cuando proceda; e) Emitir y/o transmitir los informes solicitados por los Miembros del Comité de Propiedad Intelectual; f)

Dar el visto bueno en las Actas de las Reuniones del Comité de Propiedad Intelectual; y firmarlas junto con el secretario del comité

g) Formular propuestas al Comité de Propiedad Intelectual; h) Cualesquiera otras que el propio Comité de Propiedad Intelectual determine. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Funciones y Competencias del Secretario: El Secretario del Comité de Propiedad Intelectual tendrá las funciones y competencias relacionadas a continuación: a) Hacer efectiva la convocatoria de reuniones del Comité de Propiedad Intelectual efectuadas por el Presidente, enviando o entregando el Orden del Día, así como los documentos que hayan de ser debatidos, con un período mínimo de cinco días anteriores a la reunión del Comité de Propiedad Intelectual; b) Elaborar las Actas de las reuniones, sean estas ordinarias o extraordinarias; y firmarlas junto con el presidente del comité; c) Redactar y someter a la firma del Presidente la correspondencia que origine el funcionamiento del Comité de Propiedad Intelectual;

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RESOLUCIÓN N° 633 (Doctorado en Psicología, Especialización en Oftalmología, Especialización en Medicina de Urgencias y Especialización en Medicina Familiar – Seccional Cali)

EL RECTOR DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA CONSIDERANDO: 1. Que la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Seccional Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación del Doctorado en Psicología, y lo ha sometido a la consideración de la Vicerrectoría Académica de la Seccional de Cali;

• Especializaciones en Medicina de Urgencias, que quedará adscrito a la Facultad de Ciencias de la Salud y otorgará el título de Especialista en Medicina de Urgencias. •

Especialización en Medicina Familiar, que quedará adscrito a la Facultad de Ciencias de la Salud y otorgará el título de Especialista en Medicina Familiar.

Dado en Bogotá, D.C., el 14 de diciembre de 2015. Jorge H. Peláez Piedrahita, S.J. Presidente del Consejo Directivo

Jairo H. Cifuentes Madrid Secretario del Consejo Directivo

2. Que la Facultad de Ciencias de la Salud de la Seccional Cali, con la aprobación de su Consejo de Facultad, ha preparado el proyecto de creación de las Especializaciones en Oftalmología, en Medicina de Urgencias y en Medicina Familiar; 3. Que de acuerdo con el Reglamento Orgánico de la Seccional, estos Programas fueron llevados a la consideración del Consejo Académico, en el cual recibieron conceptos favorables; 4. Que en cumplimiento de lo prescrito por los Estatutos de la Universidad (No 147, h) el Consejo Directivo de la Seccional, por Acuerdos 107/15 del 24 de noviembre de 2015 y 108/15 del 7 de diciembre de 2015, recomendó presentar estos programas al Rector de la Universidad, lo cual se hizo por medio de las cartas RS-61-2015 del 25 de noviembre de 2015 y RS-62-2015 del 7 de diciembre de 2015, suscritas por el Señor Rector de la Seccional de Cali; 5. Que es función del Rector de la Universidad aprobar, de conformidad con los criterios establecidos por la Universidad, los programas académicos de la Seccional que conduzcan a la obtención de títulos académicos (Estatutos N° 120, w): RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar los siguientes programas en la Seccional de Cali: •

Doctorado en Psicología, que quedará adscrito a la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, y otorgará el título de doctor o doctora en Psicología.

Especialización en Oftalmología, que quedará adscrito a la Facultad de Ciencias de la Salud y otorgará el título de Especialista en Oftalmología.

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DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA VICERRECTORÍA ACADÉMICA



CIRCULAR N° 03 - 2015 Para:

Reciban un atento saludo.

DECANOS ACADÉMICOS DECANOS DEL MEDIO UNIVERSITARIO DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE POSGRADOS

De:

VICERRECTOR ACADÉMICO

Asunto: Próximas Festividades Judías

Atentamente,

Fecha: 25 de agosto de 2015

LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico

CIRCULAR N° 04 - 2015

Apreciados Decanos y Directores:

Para:

DECANOS DE FACULTAD DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTOR OFICINA DE ADMISIONES Y REGISTRO

De:

VICERRECTOR ACADÉMICO

Asunto: Inactivación de Asignaturas Fecha:

Por petición del Gran Rabino de la Comunidad Israelita de Bogotá, me permito solicitarles dispensar a los alumnos judíos de sus Facultades y Programas de asistir a las clases los días 14 y 15 de septiembre, 22 de septiembre a partir de las 3:00 p.m., y el 23 del mismo mes todo el día, fechas en las cuales celebrarán el ROSH HASHANA (Año Nuevo 5.776), y el IOM KIPUR (Día del Perdón), Máximas Festividades Judías.

Reciban mi atento saludo. Como parte del proceso de depuración y de cualificación del Catálogo de Asignaturas, la Dirección de Programas Académicos ha analizado las inscripciones de clases de los últimos 5 años encontrando que las siguientes asignaturas Electivas, de Núcleo de Formación Fundamental o de Énfasis, no han sido programadas en los últimos 10 periodos académicos regulares.

28 de septiembre de 2015 Asignaturas Electivas:

ID CURSO

Nombre del curso

ACAD ORG —

Departamento

22704

Cultura y poder en latinoameri

DPT-ANTROP

Departamento de Antropología

19725

Taller Intern Vivie Popular

DPT-ARQUI

Departamento de Arquitectura

15072

Derecho Económico Internal.

DPT-DECON

Departamento de Derecho Económico

270

Estética y Ciudades

DPT-ESTET

Departamento de Estética

2345

Bioética

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

2357

Epistemología de la Psicología

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

2378

Ética y Psicología

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

2413

Latín II

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

16009

Pensamiento filosófico

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

16210

Fundamentos de Filosofía

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

17830

Seminario Ricoeur-Sí mismo

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

19026

Seminario Rousseau

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24440

Sem.Evolución creadora Bergson

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24441

Sem. Religión y Modernidad

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24442

Sem. Aristóteles: Metafísica

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

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ID CURSO

Nombre del curso

ACAD ORG —

Departamento

24446

Sem.Tocqueville.Democ. en Amér

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

25308

Presem. Platón: Diálog.Socrát.

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

25309

Cátedra de Plotino

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

25310

Cátedra de Jürgen Habermas

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

25314

Sem. El Ut Pictura Poesis

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

25315

Sem.Pruebas Existencia de Dios

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

25317

Seminario Hume y Rousseau

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

25320

The Philosophy of William Jame

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

18770

Taekwondo, profundización.

DPT-FORMAC

Departamento de Formación

19506

INGENEIRIA III

DPT-ICIVIL

Departamento de Ingeniería Civil

4211

Programación en Java

DPT-ISIST

Departamento de Ingeniería de Sistemas

24112

Flaubert

DPT-LITER

Departamento de Literatura

19718

Bioinformática

DPT-MATEM

Departamento de Matemáticas

21882

Bacteriología Veterinaria

DPT-MICROB

Departamento de Microbiología

487

Entrenamiento Auditivo JMP IV

DPT-MUSICA

Departamento de Música

491

Guitarra - Interfacultades

DPT-MUSICA

Departamento de Música

497

Introducción al pop

DPT-MUSICA

Departamento de Música

22602

Trombón Bajo IV

DPT-MUSICA

Departamento de Música

23500

Oboe Interfacultades

DPT-MUSICA

Departamento de Música

23506

Jazz Contrabajo VIII

DPT-MUSICA

Departamento de Música

23509

Jazz Contrabajo X

DPT-MUSICA

Departamento de Música

24022

Iniciación técnica contrabajo

DPT-MUSICA

Departamento de Música

24071

JAll AND AMERICAN CONTEXT

DPT-MUSICA

Departamento de Música

24102

Taller Escritura de Canciones

DPT-MUSICA

Departamento de Música

2809

Resolución de Conflictos

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

15827

Arte y Psicología

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

15853

Psicología de la desobediencia

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

17574

Organización, Discurso y Poder

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

17640

Espontaneidad, Juego y Teatro

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

18875

Estilos Creativos de Vida

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

18877

Capitalismo y Esquizofrenia

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

20803

Calidad y talento humano

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

20810

Cuerpo y autoconocimiento

DPT-PSICOL

Departamento de Psicología

8315

Psicología y Pastoral

DPT-TEOLOG

Departamento de Teología

17472

Nuevos Movimientos Religiosos

DPT-TEOLOG

Departamento de Teología

23950

Fundamentos de Microeconomía

VICEACAD

Vicerrectoría Académica

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Asignaturas de Núcleo de Formación Fundamental: ID CURSO

Nombre del curso

ACAD ORG

Departamento

1241

Fundamentos Biología-Ecología

DPT-BIOLOG

Departamento de Biología

8175

Psicobiología

DPT-BIOLOG

Departamento de Biología

22583

Práctica U. en investigación

DPT-CCONTB

Departamento de Ciencias Contables

15832

Farmacología Aplicada

DPT-CSFIS

Departamento de Ciencias Fisiológicas

254

Estética y Desplazamiento

DPT-ESTET

Departamento de Estética

263

Estética Maxiválidos

DPT-ESTET

Departamento de Estética

20901

Sem. Hegel: Fenomenología

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

23635

Sem.W.Dilthey: Crítica

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24443

Sem. San Agustín: La Voluntad

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

17600

Pedagogía y Didactica

DPT-FORMAC

Departamento de Formación

18744

Currículo

DPT-FORMAC

Departamento de Formación

24079

Historiografía Contemporánea

DPT-HGEOG

Departamento de Historia y Geografía

19578

Tolkien

DPT-LITER

Departamento de Literatura

19654

Alejo Carpentier

DPT-LITER

Departamento de Literatura

22672

Cátedra de Balzac

DPT-LITER

Departamento de Literatura

24095

Cátedra Neruda

DPT-LITER

Departamento de Literatura

1193

Lógica Matemática Ecología

DPT-MATEM

Departamento de Matemáticas

24093

Análisis Complejo 1

DPT-MATEM

Departamento de Matemáticas

4227

Estudio del Trabajo

DPT-PPROD

Departamento de Ingeniería Industrial

Asignaturas de Énfasis: ID CURSO

Nombre del curso

ACAD ORG

Departamento

20829

Negocios Sostenibilidad y Paz

DPT-ADMÓN

Departamento de Administración

451

Producción Audiovisual

DPT-ARTVIS

Departamento de Artes Visuales

627

Pintura III

DPT-ARTVIS

Departamento de Artes Visuales

1048

Biogeografía

DPT-BIOLOG

Departamento de Biología

1155

Ecología de Suelos

DPT-BIOLOG

Departamento de Biología

1249

Mariposas

DPT-BIOLOG

Departamento de Biología

19716

Fisiopatología Profundización

DPT-CSFIS

Departamento de Ciencias Fisiológicas

2202

Contratos Comerciales Atípicos

DPT-DPRIV

Departamento de Derecho Privado

2204

PRACTICA SOCIAL PRIVADO

DPT-DPRIV

Departamento de Derecho Privado

2245

Arbitraje

DPT-DPROC

Departamento de Derecho Procesal

2221

International Law

DPT-DIDÜBL

Departamento de Derecho Público

21790

Sistemas tolerantes a fallas

DPT-ELECT

Departamento de Electrónica

20727

Seminario Kant, Ética

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

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51


ID CURSO

Nombre del curso

ACAD ORG —

Departamento

24448

Sem.Énf.Filosofía en Colombia

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24449

Sem.Énf.Filosof. en la Colonia

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24450

Sern.Énf.Herramientas Fil.Col.

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24451

Sem.Énf.de Rorty a Brandom

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24452

Sem.Énf.Teoría.comuni.Habermas

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24453

Sem.Énf.Mét. Emp. Generalizado

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24454

Sem.Énf.Signo.Deleuze

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

24455

Sem.Énf.Signo.Derrida

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

25312

Sem.Nietzsche: Genealog. Moral

DPT-FILOS

Departamento de Filosofía

4039

Gestión de proyectos viales

DPT-ICIVIL

Departamento de Ingeniería Civil

4059

Auditoria de Sistemas

DPT-ISIST

Departamento de Ingeniería de Sistemas

5101

Desarrollo con Hmtas. Libres

DPT-ISIST

Departamento de Ingeniería de Sistemas

1326

Práctica Laboratorio Clínico

DPT-MICROB

Departamento de Microbiología

19571

Interrelación suelo-planta

DPT-MICROB

Departamento de Microbiología

20711

Biología Molecular aplicada

DPT-MICROB

Departamento de Microbiología

691

Contrabajo IX

DPT-MUSICA

Departamento de Música

719

Dirección Coral VI

DPT-MUSICA

Departamento de Música

720

Dirección Coral VII

DPT-MUSICA

Departamento de Música

873

Jazz Saxofón VII

DPT-MUSICA

Departamento de Música

874

Jazz Saxofón VIII

DPT-MUSICA

Departamento de Música

878

Jazz Trompeta IX

DPT-MUSICA

Departamento de Música

883

Jazz Trompeta VIII

DPT-MUSICA

Departamento de Música

987

Trombón VI

DPT-MUSICA

Departamento de Música

988

Trombón VII

DPT-MUSICA

Departamento de Música

20911

Ensamble de Reggae

DPT-MUSICA

Departamento de Música

19604

Tendencias en alimentación

DPT-NYBIOQ

Departamento de Nutrición y Bioquímica

21786

Libros Históricos

DPT-TEOLOG

Departamento de Teología

En virtud de lo anterior quiero solicitar su atenta colaboración para señalarnos a través de una comunicación dirigida al Director (E) de Programas Académicos, Ing. Jorge Silva Rueda, si existen razones para no proceder con la inactivación de estas asignaturas. Agradezco que dicha comunicación nos sea enviada antes del lunes 5 de octubre. Cordialmente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico

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CIRCULAR N° 05 - 2015 Para:

DECANOS ACADÉMICOS DIRECTORES PROGRAMAS DE DOCTORADO

De:

VICERRECTOR ACADÉMICO

Asunto: Convocatoria: Apoyos financieros para estudiantes de programas de doctorado. Fecha: 19 de octubre de 2015

ANEXO CIRCULAR N° 05 - 2015 FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO APOYOS FINANCIEROS PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CONVOCATORIA 2015-2016 Fecha de apertura de la convocatoria: 19 de octubre de 2015

Apreciados Decanos y Directores: Reciban mi atento saludo. Tengo el agrado de compartir con ustedes el documento “Fortalecimiento de los programas de doctorado. Apoyos financieros para estudiantes de programas de doctorado”, el cual contiene en forma detallada las características y procedimientos para acceder a cuatro (4) becas para estudios de Doctorado en la Universidad Javeriana. De igual forma, con la presente circular se abre la convocatoria para que los directores de los programas de doctorado presenten, a más tardar hasta el 20 de noviembre de 2015, en la Dirección de Asuntos Estudiantilies los candidatos que cumplan con los requisitos señalados en el documento anexo. Debo anotar, que solamente se evaluarán las postulaciones que cumplan con todos los requisitos de la Convocatoria. Finalmente, agradezco realizar la difusión correspondiente, para poder contar con excelentes candidatos que se puedan beneficiar del apoyo financiero de la Universidad. Cordialmente, LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico Anexos: Documento Fortalecimiento de los programas de doctorado. Apoyos financieros para estudiantes de programas de doctorado. Convocatoria Interna 2015-2016.

Fecha de cierre de la convocatoria: 20 de noviembre de 2015 Desde el año 2012 la universidad estableció como parte del fortalecimiento a los Programas de Doctorado un nuevo apoyo para becas de doctorado que inicialmente se divulgó bajo la modalidad docente. Para esta nueva convocatoria, el apoyo se ofrecerá bajo la modalidad de auxiliar de investigación o auxiliar docente como contraprestación a la beca que se otorga con recursos propios de la Universidad. Los doctorados vigentes que pueden acceder a la presente convocatoria son los siguientes: Ciencias Biológicas, Estudios Ambientales y Rurales, Filosofía, Ingeniería, Ciencias Jurídicas, Teología, Derecho Canónico, Ciencias Sociales y Humanas y Epidemiología Clínica. Los apoyos son otorgados por concurso teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos de la Universidad. Les corresponde a los directores de doctorado identificar y promover otras fuentes de financiación para los estudiantes de sus programas. Cubrimiento de las becas: las becas cubren el valor de la matrícula del programa de doctorado y el otorgamiento por parte de la Universidad de un apoyo económico complementario por la suma de cuatro (4) salarios mínimos legales vigentes (SMLV) el cual se entregará al beneficiario mediante el pago mensual para sostenimiento y gastos académicos inherentes al desarrollo de su doctorado. Número de estudiantes becados: teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos, la Universidad otorgará cuatro becas anuales a partir del primer periodo académico de 2013 hasta completar veinte becas en cinco años para los estudiantes de los programas de doctorado de la Sede Central. A partir del quinto año el número de becas se mantendrá. No obstante lo anterior, la Universidad podrá modificar en cualquier momento el número de becas en función de la disponibilidad de recursos.

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La presente convocatoria definirá las cuatro becas que se otorgarán para iniciar en el primer periodo académico de 2016. Estudiantes que se pueden postular: en general, se podrán postular a estas becas los estudiantes admitidos o los estudiantes regulares de los programas de doctorado de la Sede Central enunciados anteriormente. No podrán postularse estudiantes admitidos ni estudiantes regulares que cuenten ya con otro tipo de apoyo para la realización de sus estudios, bien sea otorgado por la Universidad o por otra entidad. No podrán ser elegibles a estas becas profesores de planta, bien sea que cuenten o no con recursos provenientes del Plan de Formación Permanente del Profesor Javeriano para adelantar sus estudios, ni tampoco estudiantes de estos programas que resulten beneficiados de apoyos similares en la modalidad de investigación que otorga la Vicerrectoría de Investigación. Deberes de los beneficiarios de las becas: el estudiante becado bajo esta modalidad como contraprestación suscribirá un convenio académico bajo la modalidad de Auxiliar de Investigación o Auxiliar de Docencia, para llevar acabo actividades designadas en dicho acuerdo con una dedicación de seis (6) horas a la semana. Con el fin de garantizar la dedicación de tiempo necesaria para cumplir con el programa de doctorado, el estudiante becado no podrá tener alguna contratación de planta, hora cátedra o de prestación de servicios con la Universidad, ni con otra persona natural o jurídica. En caso de darse un retiro temporal, un retiro definitivo, la exclusión académica del programa o que se imponga una sanción disciplinaria al estudiante beneficiario, la beca se dará por terminada en forma inmediata y el Director de programa de doctorado correspondiente deberá informar a la Vicerrectoría Académica para que se efectúe la anulación inmediata del beneficio. Si el estudiante becado solicita retiro temporal o reserva de cupo, pierde el valor de la beca y éste no será abonado para posteriores periodos académicos. En caso que el estudiante logre obtener una pasantía financiada en el exterior, podrá suspender sus estudios por sólo un semestre, continuará recibiendo la Beca, pero el apoyo económico se suspenderá durante dicho periodo. El apoyo económico se activará para el semestre siguiente tan pronto inicie normalmente sus actividades. El estudiante beneficiario no podrá realizar media matrícula, salvo que el plan de estudios en algún semestre lo estipule.

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Requisitos para postularse a las becas: los estudiantes regulares o los admitidos en todos los programas de doctorado de la Sede Central que deseen postularse deberán cumplir con los siguientes requisitos: •

No tener más de 34 años de edad al momento de la postulación.

• Para estudiantes regulares, haber obtenido en el periodo académico inmediatamente anterior un promedio ponderado acumulado igual o superior a cuatro punto cero (4.0) y no haber sido sujeto de sanción disciplinaria. •

Para estudiantes recién admitidos, ser postulados por el director o por el Comité de Selección del programa en virtud de sus condiciones académicas en los niveles de formación anteriores y de otras condiciones tenidas en cuenta en el proceso de selección.

• Contar con el concepto favorable del director del posgrado y del tutor, para realizar actividades de auxiliar de investigación o auxiliar de docencia. Renovación de las becas: las becas se renuevan semestralmente, previa la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para ello y hasta completar: El número máximo de periodos académicos establecidos en el documento curricular para la culminación del programa, en aquellos casos en que el estudiante sea beneficiario de la beca desde su admisión al programa. El número de períodos académicos faltantes para la culminación del programa, según el documento curricular del mismo, en aquellos casos en que el estudiante acceda a la beca en fecha posterior a su admisión. Condiciones para la renovación de la Beca: •

En caso de renovación, contar con el concepto favorable del director del doctorado correspondiente al desempeño de sus actividades de auxiliar de investigación o auxiliar de docencia.

Mantener un promedio ponderado acumulado por encima de cuatro punto cero (4.0) y en caso que en el programa de doctorado no se establezcan calificaciones, obtener el aval académico del Director de Tesis y del Director de Doctorado.

Procedimiento para la postulación: los candidatos a estas becas deberán presentar su postulación a través del director del doctorado previo cumplimento de las condiciones establecidas.

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Evaluación de candidatos: el Vicerrector Académico contará con el apoyo de un Comité para el análisis de las solicitudes y la selección de los estudiantes beneficiarios. Dicho Comité estará integrado por el Vicerrector Académico, quien lo convocará y presidirá, el Vicerrector Administrativo, el Vicerrector de Investigación, el Director para Asuntos Profesorales, el Director para Asuntos Estudiantiles y un profesor de planta designado por el Vicerrector Académico. Para el otorgamiento de las becas el Comité tendrá en cuenta los criterios que se relacionan a continuación para la evaluación de los candidatos. Cada uno de dichos criterios otorgará un puntaje en una escala de cero a diez y tendrá el peso señalado en la columna de ponderación. El puntaje total de cada candidato se obtiene por la sumatoria de multiplicar el puntaje obtenido en cada criterio por el factor de ponderación asignado a cada uno de estos. Serán beneficiarios de la beca los candidatos que obtengan el mayor puntaje en la selección. En caso de empate en el puntaje total, se resolverá a favor del candidato que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de producción intelectual. Criterio

Ponderación

Competencia en una segunda lengua

20

Producción intelectual

25

Premios o distinciones académicas recibidas

15

Experiencia previa certificada en actividades de investigación

20

Rendimiento académico obtenido en estudios terminados de pregrado

10

Rendimiento académico obtenido en la maestría en curso o maestría terminada

10

A continuación se relacionan los aspectos a tener en cuenta para la asignación del puntaje en cada uno de los criterios para la evaluación de los candidatos: Competencia en otros idiomas: Grado de comprensión y de expresión oral y escrita según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) en una segunda lengua del candidato, la cual debe estar comprobada a través de exámenes como TOEFEL. IELTS, Michigan International, DELF, DAF, entre otros reconocidos a nivel internacional. La puntuación en este criterio, se realizará de acuerdo con las directrices señaladas por la Universidad para el reconocimiento de competencia en una lengua extranjera:

Grado

Puntaje

B1

4

B2

6

C1

8

C2

10

Producción intelectual: obras de producción intelectual presentadas por el candidato contempladas en el Reglamento del Profesorado y valoradas de acuerdo con el sistema de puntaje allí establecido. Rango

Puntaje

Hasta 50 puntos de producción intelectual

2

Entre 51 y 100 puntos

4

Entre 101 y 200 puntos

6

Más de 201 puntos

10

Premios o distinciones académicas recibidas: tanto en la Universidad como las otorgadas por otras instituciones de investigación o de educación superior de reconocido prestigio. El puntaje se otorga en función del número de ellas que el candidato haya recibido. Número

Puntaje

Un premio o distinción

6

Dos premios o distinciones

10

Experiencia previa en actividades de investigación las cuales deben estar certificadas: Calificación Sin experiencia

Puntaje 0

Certificación de un tutor

Hasta 5

Certificación de instituciones

Hasta 8

Haber sido Joven Investigador del programa de COLCIENCIAS

Hasta 10

Las certificaciones institucionales o de tutor deben especificar las actividades desarrolladas y el periodo de tiempo de la experiencia en investigación. Para el caso de joven investigador de debe anexar el certificado o soporte correspondiente.

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Rendimiento académico obtenido en estudios terminados de pregrado: Número

Puntaje

Promedio de 3.6 hasta 4.0

6

Promedio de 4.1 hasta 5.0

10

Rendimiento académico obtenido en la maestría en curso o maestría terminada: Número

Puntaje

Promedio de 3.6 hasta 4.0

4

Promedio de 4.1 hasta 5.0

8

Maestría Terminada

10

Los promedios para el pregrado y la maestría deben estar debidamente certificados por la institución, a través del documento oficial de calificaciones emitido por la instancia correspondiente. En caso de tener título de maestría se debe anexar copia del diploma y el Acta de Grado. Basado en el concepto del Comité, el Vicerrector Académico notificará mediante comunicación escrita a los respectivos directores de doctorado, los beneficiarios de las cuatro (4) becas previstas en la presente convocatoria.

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DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN



del informe financiero y de hacer el cálculo del saldo disponible.

CIRCULAR N° 04 - 2015 Para: DECANOS DIRECTORES DE DEPARTAMENTO E INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD PROFESORES DE PLANTA De:

VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA

Asunto: Directrices referentes al uso de los saldos de los proyectos de investigación con financiación externa Fecha:

17 de julio de 2015

• El profesor que decida utilizar los saldos de esos proyectos debe informarlo a la Vicerrectoría de Investigación a la finalización del proyecto y para su utilización tendrá un plazo máximo de seis (6) meses para presentar a la Vicerrectoría de Investigación un documento con la propuesta de ejecución de esos recursos. La propuesta debe incluir i) las actividades de investigación que se financiaran con dichos saldos, ii) un presupuesto estimado de gastos e iii) indicar el periodo en el que se ejecutarán los recursos. No es necesario registrar esta propuesta en el Sistema de información (SIAP). •

La propuesta de ejecución de los recursos debe contar con la aprobación del Decano de Facultad y sólo debe ser enviada al correo electrónico del(a) Director(a) de Investigación, al (la) Director (a) de Innovación o el (la) Asistente para la creación artística, según corresponda.

Una vez aprobada la propuesta la Vicerrectoría de Investigación asignará un código presupuestal específico para el manejo de esos recursos.

Al mes siguiente de finalizar el periodo de ejecución de los saldos, la Facultad deberá presentar un informe financiero y de actividades ejecutadas.

Apreciados directivos y profesores: Reciban un cordial saludo. Con el propósito de orientar a los profesores de la Pontificia Universidad Javeriana sobre la disposición de los saldos de los dineros no ejecutados de proyectos con financiación externa, me permito promulgar la presente circular. En los casos en los cuales el financiador externo no exija, una vez finalice la ejecución del proyecto de investigación, innovación y creación artística, la devolución de los recursos no ejecutados (o el reintegro de los rendimientos financieros en los eventos en los que esto se haya presentado), el investigador principal puede hacer uso de esos recursos como apoyo a actividades de investigación. Para ello es importante que tengan en cuenta los siguientes aspectos: •

Es necesario que se cuente con una aprobación por parte del financiador del uso de los saldos de los recursos no ejecutados que quedan a favor de la Universidad, es decir, que no es necesario reintegrarlos a la entidad financiadora. Es importante que ello se señale en el acta de liquidación del contrato o convenio. No obstante, en el evento en el que el financiador sea internacional y el contrato o convenio no requiera acta de liquidación, es necesario contar con una comunicación del financiador en la que le informe a la Javeriana que puede hacer uso de esos saldos. Para determinar el valor del saldo del proyecto, es preciso contar con el informe financiero firmado por el (la) contador(a) de la Universidad. Hay que tener en consideración que en el evento en el que la entidad haya financiado el rubro de costos indirectos o de administración, este rubro debe ser ejecutado presupuestalmente al 100% antes de la elaboración

Tenga en cuenta que en el evento en el que el profesor No manifieste su interés de utilizar los recursos al momento de la finalización del proyecto, la Vicerrectoría de Investigación entenderá que No va a hacer uso de esos recursos y por lo tanto procederá con las gestiones necesarias para la inactivación del código presupuestal y los saldos se destinarán a fortalecer el Fondo de Investigación de la Universidad. Así mismo, en el evento en el que el profesor haya manifestado su interés de utilizar los recursos al momento de la finalización, pero que No llegare a entregar la propuesta dentro de los seis (6) meses siguientes a la finalización del proyecto, la Vicerrectoría de Investigación entenderá que no va a hacer uso de esos recursos y por lo tanto procederá con las gestiones necesarias para la inactivación del código presupuestal y los saldos se destinarán a fortalecer el Fondo de Investigación de la Universidad. Atentamente, CONSUELO URIBE MALLARINO Vicerrectora de Investigación CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO Vicerrectora Administrativa

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CIRCULAR N° 05 - 2015

cultad o al apoyo administrativo en la Facultad para proyectos de investigación, para que le confirme el saldo. Es importante que al realizar el cálculo se tengan en cuenta tanto los recursos ejecutados a la fecha, como los comprometidos (pagos que a la fecha no se hayan realizado pero que se tienen comprometidos o programados, posibles diferencias en cambio, etc.). Es importante que esto sea verificado adecuadamente para evitar posteriormente que el proyecto presente recursos insuficientes.

Para: DECANOS DIRECTORES DE DEPARTAMENTO E INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD PROFESORES DE PLANTA De: VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Asunto: Directrices referentes al uso de los saldos de los proyectos de investigación con financiación interna. Fecha:

1 de septiembre de 2015

Apreciados directivos y profesores: Reciban un cordial saludo. Con el propósito de orientar a los profesores de la Pontificia Universidad Javeriana sobre la disposición de los saldos de los dineros no ejecutados de proyectos con financiación interna, me permito promulgar la presente circular. En los proyectos registrados en el SIAP que han sido financiados a través de las convocatorias internas, el investigador principal puede hacer uso de los saldos de esos proyectos en actividades de apoyo a investigación. Para ello es importante que tengan en cuenta los siguientes aspectos: •

Esta circular aplica para los proyectos que tengan fecha de finalización posterior a la fecha del presente documento.

Los profesores que soliciten el uso de saldos de los recursos deben encontrarse al día con todos los compromisos de los proyectos registrados en el SIAP con financiación interna en los cuales figure como IP, sin excepción.

La solicitud se debe remitir vía correo electrónico a la Dirección de Investigación indicando en el asunto: Uso de saldos proyecto interno “XXX” ID PPTA “XXX”. Se debe adjuntar un correo o comunicación de confirmación del saldo de recursos a la fecha por parte del Secretario de Facultad, y la propuesta de uso de recursos justificando la necesidad y el aporte como apoyo a la Investigación e indicando periodo (Días, semanas, meses) durante los cuales se ejecutaran el saldo de recursos.

Los saldos solicitados por el profesor serán trasladados a un nuevo código presupuestal para su ejecución el cual será asignado por la Dirección de Investigación. Tenga en cuenta que en el evento en el que el profesor no manifieste su interés de utilizar los recursos antes de la fecha final del proyecto, la Vicerrectoría de Investigación entenderá que No va a hacer uso de esos recursos y por lo tanto procederá con las gestiones necesarias para la inactivación del código presupuestal y los saldos se destinarán a fortalecer el Fondo de Investigación de la Universidad. La inactivación del código se realiza una vez se recibe el informe financiero final del proyecto. Atentamente, CONSUELO URIBE MALLARINO Vicerrectora de Investigación

Los saldos se deben ejecutar en actividades orientadas a investigación;

Los saldos de recursos de los semilleros de investigación, exclusivamente pueden ser ejecutados en actividades orientadas a fortalecer los semilleros.

• El profesor que decida utilizar los saldos de esos proyectos debe solicitarlo a la Vicerrectoría de Investigación antes de la finalización del proyecto. •

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Para determinar el valor del saldo del proyecto, es preciso que el profesor acuda al Secretario de Fa-

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CIRCULAR N° 07 DE 2015

Este año, a diferencia del anterior, se va a realizar una medición que tendrá vigencia de dos años. Como en la convocatoria anterior, la clasificación se hace en compaPara: DECANOS DE FACULTAD/ACADÉMICOS ración con grupos que se declaran en la misma área del DIRECTORES DE INSTITUTO conocimiento. El reconocimiento de los investigadores NO ADSCRITOS tendrá la siguiente vigencia: Senior, por tres (3) años; DIRECTORES DE DEPARTAMENTO Asociado, por dos (2) años; Junior, por un (1) año. Los LÍDERES DE GRUPO DE INVESTIGACIÓN PUJ investigadores que obtuvieron las categorías Asociado y PROFESORES DE PLANTA Senior pueden optar por no presentarse a clasificación pues mantienen la que obtuvieron este año por el periodo De: VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN indicado; para ello, deben enviar un correo a contacto@ colciencias.gov.co. Esto no obsta para que su grupo se Asunto: Convocatoria 737 de Colciencias de presente a la nueva medición, pues la vigencia de la Reconocimiento y Medición de Grupos clasificación obtenida en 2015 por los grupos es de un de Investigación, Desarrollo Tecnológico año solamente. e Innovación y para el reconocimiento de investigadores del SNCTeI El procedimiento de reconocimiento y clasificación está Fecha:

21 de octubre de 2015

El 15 de octubre Colciencias publicó la Convocatoria Nacional 737 “Reconocimiento y Medición de Grupos de Investigación, Desarrollo Tecnológico o de Innovación y para el Reconocimiento de Investigadores del SNCTeI, 20151. La convocatoria cierra el 11 de marzo de 2016 a las 3 pm, pero los procedimientos necesarios para cumplir con sus términos exigen que tengamos un calendario escalonado y un esquema de responsabilidad compartido. Para cumplir con los términos, además de la Vicerrectoría contamos con la colaboración de las que denominamos Unidades de Apoyo, las cuales incluyen a la Editorial, la Biblioteca, la Dirección de Consultorías y la Dirección de Asuntos Profesorales, como se indica más adelante. La Vicerrectoría de Investigación invita a los investigadores de la Universidad a presentarse a esta convocatoria y a los Decanos y directores de instituto no adscrito a facultad a solicitar el aval institucional de los grupos y de los investigadores de sus respectivas unidades. El reconocimiento es importante no solamente por el prestigio y la visibilidad de la actividad investigativa de la institución, sino también porque está asociado a la acreditación y registro calificado de programas académicos, en especial de posgrado. Además, porque se ha vuelto necesario ser reconocido como investigador para dirigir tesis doctorales de becarios de Colciencias, ser evaluador par de artículos y revistas, y ser miembro del CNA o del CONACES. Los grupos de investigación clasificados en las categorías más altas, además, reciben puntos adicionales en las convocatorias de proyectos de investigación y aquellas de jóvenes investigadores. 1 Se encuentra en: http://www.colciencias.gov.co/convocatoria/ anuncio -de-fecha-de-corte-para-el-proceso -de-laconvocatoria-nacional-para-el-reconocim

sujeto al aval de la información por parte de las instituciones donde se encuentran vinculados laboralmente los miembros de los grupos e investigadores que registran información en la plataforma. El aval se refiere: •

a la existencia del grupo, es decir, que los miembros activos que se registran están efectivamente involucrados en dicho grupo.

a la pertenencia de cada investigador a la institución.

a la existencia de cada uno de los productos registrados.

a la ubicación correcta de estos productos en una de las tipologías establecidas en la convocatoria

Al igual que en la convocatoria 693, en esta convocatoria Colciencias traslada la responsabilidad legal de la veracidad de la información a las instituciones a las que pertenecen los investigadores. En sus palabras: “El representante legal de la institución o entidad que avala el grupo o su delegado, será el responsable de la información de los grupos que avale y responderá ante cualquier reclamación que se haga sobre la misma. En consecuencia, con el aval declara que la misma ha sido verificada, por lo cual exonera a Colciencias de cualquier error e imprecisión sobre la misma.” (pág. 18, numeral 6 de los Términos de Referencia). Al igual que en la pasada convocatoria, Colciencias ha solicitado la conformación de bases documentales donde se alberguen todos los soportes que respalden la información registrada por grupos e investigadores. A su vez, la Vicerrectoría debe comprobar el cumplimiento de los criterios establecidos las guías de verificación para certificar los productos registrados2. 2 Estas guías aparecen en el Anexo No. 5 del Modelo de Medición 2015 (Págs. 142 a 183); enlace en: http://www. colciencias.gov.co/sites/default/files/upload/documents/

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Varios de los productos pueden efectivamente ser resultado de actividades de investigación y no poder ser clasificados como tales, solamente porque no es posible recabar los soportes que Colciencias exige para ser ubicados en una categoría determinada. Estos productos pueden alternativamente registrarse como artículos de divulgación o de apropiación social del conocimiento. Productos de artes, diseño y arquitectura En la convocatoria 737 se tendrá en cuenta por primera vez, la valoración de productos de artes, diseño y arquitectura. Los nuevos productos que pueden ser registrados para su valoración con efectos en la clasificación de grupos e investigadores son:

Productos de nuevo conocimiento: Obras y productos de creación en artes, arquitectura y diseño.

Productos de apropiación social: eventos artísticos y talleres de creación.

Productos de innovación y desarrollo tecnológico: empresas culturales y contratos de licencia para explotación de obras protegidas por derechos de autor.

Los detalles específicos de los criterios de valoración, las formas de registro y los soportes requeridos, se explicarán en una reunión que se llevará a cabo el jueves 22 de octubre de 12 a 2 p.m. en el salón 402 del Fernando Barón. Procedimiento establecido para otorgar el aval institucional La Vicerrectoría dará el aval a aquellos grupos cuyos líderes pertenecen a una facultad o instituto no adscrito, previa solicitud de los decanos al Director de Investigación (Daniel Castillo). La Universidad partirá del principio de la buena fe de sus profesores y de la información que reportan. En el caso de los grupos inter-facultades, se asumirá que la facultad “anfitriona” que solicita el aval es aquella a la que pertenece el líder del grupo. En el caso de los grupos inter-institucionales en los que el líder no es javeriano, se sugerirá una facultad a la que está vinculado uno de los miembros del grupo para la revisión de la información de los respectivos miembros javerianos. El líder de cada grupo de investigación seleccionará, en la plataforma de verificación, la facultad a la cual pertenece su grupo. El proceso por el cual se avalan los grupos de investigación por parte de la PUJ ante Colciencias para participar en la convocatoria tiene 4 niveles, como se ilustra en la figura 1. En primer lugar los investigadores validan sus productos en la Plataforma de Verificación de la Universidocumentomediciondegruposinvestigadoresanexo1.pdf

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dad (nivel 1). A continuación, los líderes de grupos validan la producción de sus miembros (nivel 2). Los decanos solicitan el aval a la Vicerrectoría de Investigación de los grupos que van a participar en la convocatoria por medio de la plataforma de verificación (nivel 3). Finalmente, la Vicerrectoría de Investigación otorga el aval de los grupos de investigación ante Colciencias para su participación en la convocatoria 737 en la plataforma Institulac (nivel 4).

Figura 1. Niveles de aval institucional La Vicerrectoría ha definido el siguiente calendario y procedimiento para otorgar el aval: 1. Los investigadores actualizan la información en el Cvlac (16 de octubre - 18 de diciembre). 2. Los líderes de los grupos de investigación vinculan los nuevos productos en Gruplac (16 de octubre - 20 de diciembre). 3. Los líderes de grupos entran a la plataforma de verificación y después del chequeo que realizan, automáticamente se sincroniza la información de los grupos en el Gruplac (3 de noviembre). 4. Los investigadores ingresan a la plataforma de verificación a validar sus productos, de acuerdo a las ventanas de observación establecidas por Colciencias (16 de noviembre). 5. Las unidades de apoyo empiezan la validación de los productos de acuerdo a las guías de verificación de la convocatoria (7 de diciembre). 6. Los investigadores hacen las correcciones solicitadas (en Cvlac) por las Unidades de Apoyo (22 de enero - 26 de febrero). 7. Los líderes de grupos dan el aval a los grupos en la plataforma de verificación (19 de febrero - 26 de febrero).

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8. Los decanos dan el aval a los grupos de su facultad en la plataforma de verificación (26 de febrero - 4 de marzo). 9. La Vicerrectoría de Investigación da el aval a los grupos de la Universidad en el Institulac (4 de marzo - 11 de marzo). En el ANEXO 1 de esta circular se presenta el cronograma del proceso. Puntos importantes a tener en cuenta en el proceso Actualización de información en las plataformas CvLAC y GrupLAC: Los investigadores y el líder del grupo de investigación ponen al día la información en la plataforma Scienti y se cercioran de conocer las guías de verificación de los productos para la ubicación ajustada de cada producto, según los términos definidos por Colciencias. Se ha previsto el 18 de diciembre como fecha límite interna para la revisión y actualización de la información de grupos e investigadores en las plataformas CvLAC y GrupLAC. Componente legal de la validación La convocatoria realizada por Colciencias establece unos requisitos mínimos que deben ser objeto de cumplimiento para la participación de grupos e instituciones en la misma. De conformidad con lo dispuesto en los numerales 4 y 5 del Modelo de medición, la convocatoria exige: “…4. Cada uno de los investigadores será responsable de la información registrada en su CvLAC y responderá ante cualquier reclamación que se haga de dicha información. 5. Solicitar al Líder del grupo que avale la producción que figura en el aplicativo GupLAC y que por tanto, se haga responsable de la veracidad de dicha información…” Partiendo de los principios de buena fe y transparencia que irradian el funcionamiento de la Universidad, la Vicerrectoría de Investigación asume que la validación de los productos en la Plataforma de Verificación es eficaz como sistema de comprobación de la existencia de los mismos y que el aval de las autoridades personales de gobierno involucradas cumple el proceso de aprobación institucional requerido. Identificación de productos en la Plataforma de Verificación para la convocatoria 737: La información registrada en los aplicativos CvLAC y GrupLAC se contrastará con la existente en los registros institucionales como el RAP, el RUPI, el Catálogo de Tesis de la Biblioteca, SIAP consultorías y los archivos existen-

tes en la Editorial sobre libros, para que los investigadores no tengan que recabar de nuevo los soportes respectivos. Con el propósito de facilitar la validación de información, con base en la información consignada en la Plataforma de Verificación se generarán los siguientes dos reportes a nivel de grupos e investigadores. El primer reporte presenta la copia de la información consignada al 1° de diciembre por los grupos y profesores de planta con contrato laboral vigente en CvLAC y GrupLAC. La plataforma estará en servicio a partir del 3 de noviembre y antes de esa fecha se enviarán las instrucciones de ingreso. El segundo reporte se refiere a los productos que han registrado los profesores en los mencionados sistemas de información de la Universidad (RUPI, RAP3, Repositorio Institucional en la Biblioteca, SIAP, y Catálogo de libros de la Editorial). Este reporte tiene como propósito identificar qué información de la reportada en CvLAC y GrupLAC se encuentra presente en estos sistemas de información de la Universidad y por consiguiente, busca facilitarle al profesor el registro de productos y adjuntos que no se han registrado o están presentes en texto completo en otros sistemas de información de la Universidad. La Plataforma de Verificación brindará también una interfaz de búsqueda que permita identificar productos que -por asuntos técnicos- no pudieron ser identificados en el segundo reporte pero que pueden estar presentes en otros sistemas como el catálogo de tesis y bases bibliográficas en texto completo disponibles en la Biblioteca Alfonso Borrero Cabal S.J. Ventana de Observación de los Productos En este ejercicio de verificación nos concentraremos en los siguientes productos de investigación, de los cuales Colciencias ha establecido las respectivas ventanas de observación: Producto

Ventana

Años

Artículos (A1, A2, B y C)

7 años

20082015

Artículos D

5 años

20102015

Libros

7 años

20082015

Ventana

Años

Producto

3 Para esta tarea, la Dirección de Asuntos Profesorales de la Vicerrectoría Académica nos ha dado acceso a los productos de los cerca de 890 profesores de la Javeriana de Bogotá que han diligenciado el aplicativo CvLAC que están ya registrados como producción intelectual (en el RUPI) y los diplomas de los profesores (en el RUPI).

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Capítulos en Libro

5 años

20102015

Patente y variedades (Vegetales y Animales)

10 años

20052015

Productos de Investigación - Creación en artes, arquitectura y diseño

10 años

20052015

Productos, resultado de innovación y desarrollo tecnológico.

5 años

20102015

Productos de Apropiación Social (ASCTI)

5 años

20102015

Productos relacionadas con la formación de estudiantes

5 años

20102015

La ventana de observación de cinco (5) años va del 1° de agosto del año 2010 hasta el 31 de julio del año 2015. La de siete (7) años, del 1° de agosto de 2008 hasta el 31 de julio del año 2015. La de diez (10 años), del 1° de agosto de 2005 hasta el 31 de julio del año 2015. Unidades de Apoyo Considerando la experiencia en las actividades asociadas a los tipos de productos se ha previsto el apoyo de las siguientes unidades de la propia universidad:

completo en otros sistemas de sistemas de información de la Universidad. Apoyo La Dirección de Investigación es la unidad dentro de la Vicerrectoría, directamente responsable del acompañamiento y del aval institucional. Para dudas y soporte, contactar a Daniel Castillo (para la totalidad de la convocatoria, Ext. 2067), Diana Usgame (para preguntas sobre el modelo, Ext.3390) y José Joaquin Parrado (para la Plataforma de Verificación, Ext. 2069). Los responsables por parte de las Unidades de Apoyo son las siguientes personas: Nicolás Morales, Director de la Editorial PUJ (Ext. 4208) Silvia Prada, Directora de la Biblioteca General (Ext. 2132) Zulma Fajardo, Jefe de Servicios Especializados, Biblioteca General (Ext.2125) Lucila Herrera, Jefe de Análisis de Información, Biblioteca General (Ext.2148) Fanny Almario, Dirección de Innovación (Ext. 2094)

Unidad

Productos

Francisco Rebolledo, Dirección de Consultorías (Ext. 2196)

Editorial

Libros y capítulos de libros resultado de investigación

Dirección de Investigación

Artículos de investigación

Dirección de Innovación

Patentes, Modelos de Utilidad, Variedades vegetales, Nuevas razas animales, producto empresarial, Software

Esta Circular, la dinámica de apoyo a los grupos, los tutoriales que hemos desarrollado para ayudar a los investigadores y las noticias que vayan surgiendo durante la convocatoria se pueden consultar en nuestra página web, en http://www.javeriana.edu.co/web/investigacion/ convocatoria-737-colciencias

Dirección de Consultorías

Consultorías científico – tecnológicas e informes técnicos

Cordialmente,

Biblioteca Alfonso Borrero Cabal, S.J.

Tesis de Doctorado, trabajos de grado de maestría y trabajos de grado de pregrado

CONSUELO URIBE MALLARINO Vicerrectora de Investigación

Ellas estarán encargadas, en lo posible, de verificar que los productos califican como un producto válido en la categoría respectiva y conceptuarán sobre la viabilidad de su permanencia en la plataforma Scienti (Gruplac y Cvlac) o darán su recomendación para que sea dado de baja. Registro de productos en el Repositorio Institucional de la Biblioteca: Se ha previsto ubicar en el Repositorio Institucional de la Biblioteca la producción de los investigadores y grupos de investigación de la Universidad. En el marco de la presente convocatoria, se pedirá registrar la producción que no se ha registrado o que no se encuentra en texto

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CIRCULAR N° 08 - 2015 Para: DECANOS DIRECTORES DE DEPARTAMENTO E INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD PROFESORES DE PLANTA De: VICERRECTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA Asunto: Procedimiento para acceder al beneficio de Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional por participación en proyectos de investigación. Fecha:

28 de octubre de 2015

Apreciados directivos y profesores:

Para aplicar a la convocatoria y hacer efectivo el beneficio, se debe seguir el Procedimiento para acceder al beneficio de Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional por participación en proyectos de investigación VRI N°14 publicado en el enlace: http://www.javeriana.edu.co/ investigacion/procedimientos. En el enlace mencionado, encuentran con mayor detalle las consideraciones a tener en cuenta para aplicar al beneficio y el procedimiento que se debe seguir al interior de la Universidad y en Colciencias. Atentamente, CONSUELO URIBE MALLARINO Vicerrectora de Investigación CATALINA MARTÍNEZ Vicerrectora Administrativa

Atentamente me permito informales que la Vicerrectoría de Investigación y la Vicerrectoría Administrativa, han definido el procedimiento para acceder al beneficio de Ingresos no constitutivos de renta o ganancia ocasional al que hace referencia el Articulo 57-2 del Estatuto tributario, por participación en proyectos de investigación. Al aplicar a este beneficio los profesores obtienen una disminución en la base de cálculo de la retención en la fuente en un valor equivalente al tiempo de dedicación y/o a los ingresos que reciben a través del proyecto de investigación. Así mismo lo pueden reflejar en su declaración de renta. A este beneficio pueden acceder todas las personas que participen y/o reciban ingresos a través del proyecto de investigación (partida o contrapartida) e incluye el personal científico y de apoyo que realizan tareas de CT+i – Auxiliares de investigación, personal de campo, apoyo en laboratorio, operarios, técnicos y estudiantes en general–. No incluye personal cuya función en el proyecto es de carácter administrativo. Este beneficio sólo lo obtienen los profesores que lo soliciten. Para ello, deben aplicar a la convocatoria 240-Exenciones tributarias de Colciencias (tipo de trámite: Ingreso no constitutivo de renta o ganancia adicional). Los proyectos que apliquen a dicha convocatoria son evaluados y calificados como CT+I a través de Colciencias, en los criterios y condiciones del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios – CNBT. En virtud de ello, si el proyecto resulta calificado como CT+I a través de la convocatoria en mención, obtienen el beneficio el personal científico y de apoyo que realizan tareas de CT+i en el proyecto.

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PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA – PUJ DIRECTRICES DE PROPIEDAD INTELECTUAL Aprobadas por el Consejo Académico en la sesión del 9 de septiembre de 2015 (Acta No. 320)

INTRODUCCIÓN Mediante el Acuerdo 535 de 2010, el Rector ratificó la decisión del Consejo Directivo de la Pontificia Universidad Javeriana -PUJ- de aprobar su Política de Propiedad Intelectual. En el presente documento se establecen las directrices que sirven para la implementación de la mencionada política. Este texto es complementario a los otros instrumentos documentales construidos por la Vicerrectoría de Investigación para cumplir con sus funciones enunciadas en el Acuerdo No. 563 de 2012 con la cual se creó. La Propiedad Intelectual1 en una universidad consulta la necesidad de traducir y convertir los activos amparados por ella en un elemento concreto que logre evidenciar resultados reales en la producción intelectual de sus miembros, tanto por razón de su actividad de investigación, creación artística, innovación2, transferencia de conocimiento y tecnología, como de emprendimientos de base tecnológica. De manera general, los activos intangibles protegibles por la propiedad industrial, diseños industriales, obras arquitectónicas y derechos de autor3 se han convertido en un elemento trascendental en los indicadores de desarrollo, riqueza, incidencia en el producto interno bruto (PIB) y en el impacto económico que generan para las economías globalizadas de mercado. 1 Derechos, denominados de exclusiva, para la protección de una variedad de activos intangibles e incorporales resultado de la mente humana, del intelecto. La Propiedad Intelectual ha sido dividida inicialmente en dos grandes ramas: Propiedad Industrial por un lado; Derechos de Autor, por otro. 2 Innovación es “entendida como el proceso por el cual el conocimiento derivado de procesos investigativos o creativos lleva a la generación de productos y servicios nuevos o mejorados, que son apropiados por aquellos que los demandan y se benefician de su uso”. ACUERDO Nº 606 (Política de Investigación de la Sede Central de la Universidad. 3 Las industrias creativas, del entretenimiento, las artesanías, el arte indígena, los conocimientos ancestrales y tradicionales, expresiones del folclore, los proyectos en biotecnologías, los recursos genéticos, la biotecnología, los desarrollos en electrónica, informática, contenidos multimedia, realidad virtual, 3D, video juegos, las tecnologías de información y comunicaciones; así como el denominado entorno digital, entre otros.

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Por otra parte, las universidades se constituyen en un pilar fundamental para la generación, uso y diseminación de conocimiento como parte del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. La gestión de la propiedad intelectual es importante para la PUJ porque permite identificar y explotar sus derechos de propiedad intelectual, los resultados de sus investigaciones, así como los diferentes productos intangibles o tangibles con incorporación de intangibles nacidos de su actividad institucional. Con las presentes directrices la PUJ podrá tomar las decisiones que considere apropiadas dentro de sus actividades con respecto al conocimiento y productos generados por su personal interno o en sus relaciones con terceras instituciones y personas, ya sea ejerciendo una actividad de comercialización o licenciamiento, creando nuevas empresas u ofreciéndolos gratuitamente, o implementando cualquier otra forma comercial o filantrópica que le permita a la Universidad Javeriana hacer sus aportes a la sociedad para cumplir con su misión institucional. La gestión permite que la producción del acervo intelectual asegure que los beneficios producto de los mismos se radiquen en cabeza de la Universidad, en su calidad de generador de los mismos. De acuerdo con lo anterior, estas directrices se proponen implementar buenas prácticas para la gestión de la propiedad intelectual de la PUJ, así como detallar reglas generales que sirvan como parámetro para determinar la titularidad y la participación en los beneficios generados a partir de la explotación de ella. Principios a los cuales se acogen las directrices de Propiedad Intelectual Los principios rectores que inspiran a la Pontificia Universidad Javeriana, así como los dispuestos en el texto de la Política de Propiedad Intelectual de la Universidad, serán aplicables, junto con los siguientes que se esbozan a continuación: •

Preeminencia o prevalencia: Las presentes directrices serán de aplicación preferente sobre las demás políticas y directrices de la Universidad en lo que atañe a propiedad intelectual, sin perjuicio de lo dispuesto de manera específica en otras materias y disposiciones de superior jerarquía.

Legalidad y buena fe: Se presume, y se parte de la base de que la producción intelectual de cada uno de los integrantes de la comunidad universitaria es autónoma y original, y que en el desarrollo de sus actividades respetan los derechos de propiedad intelectual de terceros y se someten a los principios

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generales del derecho, y a la normatividad vigente sobre la materia. • Transparencia e indemnidad: La responsabilidad en materia del cumplimiento de la legislación sobre propiedad intelectual será exclusiva de los autores y/o creadores, quienes asumen el compromiso de respetar los derechos de terceros, de actuar dentro del marco legal vigente y de asumir las indemnizaciones por daños y perjuicios que surjan de cualquier tipo de acción administrativa, civil o penal. Para estos casos la Universidad se mantendrá indemne y actúa para todos los efectos legales como un tercero de buena fe, exento de culpa. • Favorabilidad: En caso de presentarse duda, conflicto o controversia en la aplicación de las presentes directrices o en los documentos generados en su aplicación y desarrollo, se dará prelación a aquella regulación más favorable para el autor o titular de los derechos, según los bienes intelectuales de que se trate, con fundamento en los principios generales previstos en la legislación vigente. • Socialización: Tan pronto entre en vigencia la presente implementación y desarrollo de la Política de Propiedad Intelectual, se desplegará un amplio y completo proceso de difusión y capacitación, estableciendo un programa a través del cual se logre una aplicación integral de los derechos y obligaciones que surgen para todos los miembros de la Comunidad Universitaria en lo que es objeto de regulación en el presente instrumento. El programa se establecerá dentro de los dos meses siguientes a la aprobación de la implementación y deberá ser concertado entre la Vicerrectoría de Investigación y la Dirección Jurídica, y si fuera el caso, con otras dependencias de la Universidad. DISPOSICIONES 1. Objetivo: Implementar la política de propiedad intelectual (Acuerdo 535 del 13 de octubre de 2010) de la Pontificia Universidad Javeriana en aspectos concernientes a su protección y gestión de todos los activos de propiedad intelectual que se generen al interior de la misma. 2. Ámbito de aplicación. La presente implementación regula la protección, gestión y explotación de la propiedad intelectual de la Pontificia Universidad Javeriana, en todas sus sedes y seccionales, creada por el personal administrativo, estudiantes, profesores, y personal que preste sus servicios a la institución bajo cualquier modalidad, o la creada en desarrollo de sus relaciones con terceras instituciones.

Propiedad industrial 3. Titularidad de la propiedad industrial. La PUJ es titular de las patentes de invención4, patentes de modelo de utilidad5, diseños industriales6, secretos empresariales7, esquemas de trazados de circuitos integrados8, nuevas variedades vegetales9, y en general de la propiedad industrial10generada por su personal administrativo, estudiantes y profesores, en ejecución de su contrato laboral y de prestación de servicios. La titularidad enunciada se aplica igualmente al personal que preste sus servicios a la Universidad bajo cualquier modalidad, ya sea como resultado de dicha relación, mediante medios o datos conocidos o utilizados en razón de la labor desempeñada en la Universidad o como resultado del uso significativo de las instalaciones y/o recursos o medios de la Universidad o recursos administrados por este.

Parágrafo primero: En todo caso, y sin perjuicio de

4 Derecho que concede un Estado, a través de la Oficina Nacional Competente al creador de una invención de producto o proceso que sea nuevo, tenga nivel inventivo y reporta una aplicación industrial. 5 Toda nueva forma, configuración o disposición de elementos, de algún artefacto, herramienta, instrumento, mecanismo u otro objeto o de alguna parte del mismo, que permita un mejor o diferente funcionamiento, utilización o fabricación del objeto que le incorpore o que le proporcione alguna utilidad, ventaja o efecto técnico que antes no tenía. 6 La apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto. 7 Cualquier información no divulgada que una persona natural o jurídica legítimamente posea, de valor actual o potencial, que pueda usarse en alguna actividad productiva, industrial o comercial, y que sea susceptible de transmitirse a un tercero, en la medida que dicha información sea secreta. 8 Circuito integrado: un producto, en su forma final o intermedia, cuyos elementos, de los cuales al menos uno es un elemento activo y alguna o todas las interconexiones, forman parte integrante del cuerpo o de la superficie de una pieza de material, y que esté destinado a realizar una función electrónica; Esquema de trazado: la disposición tridimensional, expresada en cualquier forma, de los elementos, siendo al menos uno de éstos activo, e interconexiones de un circuito integrado, así como esa disposición tridimensional preparada para un circuito integrado destinado a ser fabricado. 9 Derecho sui generis que se concede por nuevas, homogéneas, distinguibles y estables variedades vegetales. 10 Se refiere a los bienes creados primordialmente con un propósito de innovación tecnológica, industrial, o comercial; tales como: patentes, diseños industriales, las marcas, los esquemas de trazados de circuitos integrados, los secretos empresariales, entre otros. Se requiere registro.

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lo anterior, la Universidad suscribirá los respectivos actos, contratos (De trabajo, y de prestación de servicios)yacuerdosconsupersonaladministrativo,p rofesores,estudiantes y personal que preste sus servicios a la Universidad bajo cualquier modalidad, e instituciones con las que se relacione estableciendo los derechos y obligaciones respecto a la propiedad intelectual y de esta manera prevenir innecesarias disputas.

Parágrafo segundo: De igual manera los inventores, diseñadores, creadores de nuevas variedades vegetales, y en general los creadores de la propiedad industrial, mantienen el derecho a que sus nombres se relacionen con la respectiva creación. 11

Derechos de autor 4. Titularidad de derechos patrimoniales12 de autor: Son titulares de derechos patrimoniales de autor sobre las obras los siguientes, a saber: La Universidad: • Cuando se trata de creaciones intelectuales de los profesores, -dentro de sus funciones de investigación, docencia y servicio- , estudiantes, personal administrativo y demás personas vinculadas a la Universidad, realizadas en cumplimiento del objeto y funciones propias de la relación laboral o contractual con la Institución que impliquen la elaboración de trabajos según plan señalado por la Universidad y bajo cuenta y riesgo, iniciativa, dirección y coordinación de ésta. •

Cuando se trata de obras creadas por estudiantes, realizadas en cumplimiento de labores operativas, recolección de información, y demás tareas instrumentales, o por encargo de la Universidad según plan señalado por esta, y bajo cuenta y riesgo, iniciativa, dirección y coordinación de ésta. Se trata, por ejemplo de situaciones, donde los estudiantes participan

11 Protección de toda clase de obras artística, científica y literaria, incluido el soporte lógico (software), las bases o bancos de datos, las creaciones o desarrollos multimedia, aplicaciones – Apps, realidad virtual, 3D, los contenidos de los Sitio Web. Este derecho comprende los: derechos morales y derechos patrimoniales. Está protegido desde el momento mismo de la creación, sin que se requiera registro, depósito o formalidad alguna. 12 Derechos Patrimoniales De Autor: Conjunto de facultades y prerrogativas que le permiten a su autor y/o titular controlar los actos de explotación económica de su obra por cualquier medio conocido o por conocer. Los derechos patrimoniales son: Derecho de reproducción, Derecho de transformación, Derecho de comunicación pública, incluida la puesta a disp osición,Derechodedistribución,incluidoelalquiler,préstamo público e importación.

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en proyectos de investigación o colaboran como monitores en actividades conducentes a la creación de obras de producción intelectual, cuando sus aportes o intervenciones no le brindan la calidad de autor o coautor. • Cuando la Universidad a través de sus profesores dirige, coordina, orienta, divulga, publica y comercializa a su nombre, una obra colectiva realizada por un grupo de profesores, empleados o estudiantes que la realizan bajo iniciativa de la Universidad y bajo su subordinación o dirección, siguiendo las directrices de la Universidad y bajo cuenta y riesgo de esta. Los profesores • Cuando se trata de obras realizadas por los profesores por su propia iniciativa y en su tiempo libre, salvo cuando las mismas han sido generadas, creadas o realizadas por estos en cumplimiento del objeto y funciones propias de la relación laboral o contractual con la Institución. •

Las conferencias o lecciones pertenecen a los profesores que las pronuncian y no podrán ser publicadas o reproducidas sin su autorización, sin perjuicio de que las mismas pueden ser anotadas y recogidas libremente por los estudiantes a quienes están dirigidos.

Los estudiantes • Las obras realizadas por los estudiantes en ejercicio de sus actividades académicas, y que hayan sido desarrolladas por su cuenta y riesgo y propia iniciativa, y que no impliquen vinculación con la Universidad a través de relación laboral, de prestación de servicios civiles o como parte de un equipo de trabajo conformado por la Universidad para llevar a cabo un proyecto específico o como resultado del uso significativo de las instalaciones y/o recursos o medios de la Universidad o recursos administrados por esta. Este punto estará subordinado y de acuerdo con lo establecido al respecto en el reglamento de estudiantes. •

Cuando se trata de obras realizadas bajo la dirección de un profesor en ejercicio de una actividad académica prevista en el currículo del programa o como ejecución de un deber institucional derivado del contrato de aprendizaje suscrito entre las partes, sin que tal dirección implique la concreción, materialización y ejecución de la creación; y el estudiante haya concretado y materializado de manera independiente y propia cualquier tipo de proyecto, idea, método o contenido conceptual.

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El personal administrativo • Cuando se trata de obras realizadas el personal administrativo por su propia iniciativa y en su tiempo libre, salvo cuando las mismas han sido generadas, creadas o realizadas por estos en cumplimiento del objeto y funciones propias de la relación laboral o contractual con la Institución.

la propiedad intelectual podrá voluntariamente ceder sus derechos a la Universidad de manera total o parcial, para lo cual se suscribirá el correspondiente documento donde se establezca tal disposición de derechos. La respectiva cesión deberá ser inscrita en el registro de actos y contratos de la Oficina Nacional Competente.

5. Titularidad de los derechos morales13 de autor. Son titulares14 de los derechos morales sobre una obra todos aquellos que hayan participado de manera directa y efectiva en su elaboración, y en especial:

7. Titularidad en investigación contratada o cofinanciada. Cuando se trate de una co-investigación o una investigación contratada, la titularidad sobre la propiedad industrial, los derechos de autor, derechos de obtentor de nuevas variedades vegetales, invenciones, toda clase de obras, bases de datos, secretos empresariales, y en general de las creaciones intelectuales generadas en desarrollo de aquellas, será establecida en el respectivo contrato o convenio suscrito por las Partes. En este caso, los gastos de protección, gestión y comercialización que se generen serán a prorrata de la titularidad. En el caso de existir cotitularidades, el contrato o convenio deberá establecer de manera clara los derechos y obligaciones de cada cotitular y la manera en que se procederá en relación con los mismos.

El profesor, personal administrativo y el estudiante que la realiza de manera independiente, individual o conjuntamente con otros autores.

El estudiante, si en su realización cuenta con la dirección de un profesor, sin que tal actividad de dirección implique concreción, materialización y ejecución de la obra.

El estudiante de manera exclusiva, cuando en un proyecto, trabajo de grado o tesis de grado, el director no participa directamente en su elaboración.

Un grupo de autores en aquellas creaciones intelectuales resultantes de las obras propuestas por la Universidad y desarrolladas en equipo integrado institucionalmente para el efecto. En todo caso se darán de igual modo los créditos institucionales que correspondan a todas y cada una de las entidades que intervengan como gestores o entes financiadores.

Parágrafo: Los derechos morales de los autores y creadores serán reconocidos y respetados en todos los casos por la Universidad. Disposiciones comunes a propiedad industrial, incluidas nuevas variedades vegetales y derechos de autor

8. Confidencialidad. Cuando se trate de investigaciones desarrolladas, financiadas o cofinanciadas por la PUJ, o cuando ésta lo determine, se incluirán cláusulas o se exigirán documentos de confidencialidad para el manejo de la información intercambiada por las Partes, o generada en la respectiva investigación y que deban ser tratadas como tal. En todo caso, el personal administrativo, estudiantes, profesores, y/o personal que preste sus servicios a la PUJ bajo cualquier modalidad mantendrán la obligación de no divulgar planes, documentos, diseños, y en general información que sea de propiedad de la PUJ. Ante el incumplimiento de esta obligación la PUJ podrá ejercer todas las acciones penales y civiles. La finalización de la respectiva relación con la PUJ no invalida la obligación de no divulgación.

6. Transferencia total o parcial de derechos El autor, creador o titular de los derechos patrimoniales sobre

13 Derechos Morales De Autor. Son derechos personalísimo, irrenunciables, inalienables, imprescriptibles e inembargables, que pertenecen siempre al autor y no tienen limitación en el tiempo. Entre ellos se contemplan: Paternidad de la obra, Integridad, Ineditud y Arrepentimiento. 14 Autoría y titularidad: El autor, persona natural, es el titular originario de la obra. Será titular derivado la persona natural o jurídica que adquiere los derechos patrimoniales sobre una obra, bajo alguna de las siguientes modalidades: Cesión total o parcial, por contrato civil de prestación de servicios, por relación o contrato laboral, por donación o renuncia en favor de un tercero y sucesión por causa de muerte.

9. Divulgación para protección. Los profesores, estudiantes y personal administrativo, y en general los creadores intelectuales podrán dar a conocer a la PUJ – Vicerrectoría de Investigación los resultados presumiblemente protegibles para iniciar, si es el caso, los respectivos procesos de protección. Para tal

Al finalizar su relación con la PUJ, el personal administrativo, profesores, estudiantes y personal que preste sus servicios a la PUJ bajo cualquier modalidad, deberá devolver los documentos e información que mantenga en su poder,relacionada como secretos empresariales de la PUJ, de acuerdo con el trámite establecido por ella para tal fin.

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fin remitirse al Procedimiento para la Identificación y Protección de Resultados de Investigación a través de los mecanismos de la propiedad intelectual de la VRI (incluirenlace).

Parágrafo primero: La Universidad, a través de la Vicerrectoría de Investigación, con apoyo de las dependencias de la institución, tendrá en cuenta para la protección y comercialización las negociaciones previas que se hubieren efectuado con creadores y entes financiadores o cooperantes.

Parágrafo segundo: En caso de que la Vicerrectoría de Investigación decida que no va proteger la creación intelectual, o va a desistir del trámite de protección ya iniciado o decide no explotarla, los creadores podrán solicitar a la Universidad autorización para realizar, por su cuenta y riesgo, tales acciones.

Parágrafo tercero. La PUJ establecerá en cada caso particular las condiciones en las que concederá dicha autorización, bien sea cediendo u otorgando una licencia de uso, donde se establecerán las condiciones de protección y explotación. En todo caso si se opta por una cesión de derechos, donde se desprende de tales derechos; la Universidad conservará una licencia gratuita de uso sobre ellos.

10. Protección de la propiedad intelectual. La PUJ propenderá y buscará que se protejan, a través de los mecanismos de la propiedad intelectual, aquellas invenciones, diseños, software, bases de datos, etc. y en general las creaciones intelectuales generadas en desarrollo de su objeto social o en relación con terceras instituciones. Para ello la Universidad, por intermedio de la Dirección de Innovación y de la Dirección Jurídica, determinará el mecanismo y estrategia de protección. Adicional al estudio de los requisitos legales de protección en la jurisdicción nacional o extranjera, las Direcciones deberán tomar en consideración otros factores como la posibilidad de comercialización o transferencia de los respectivos resultados de investigación. Parágrafo: El inventor o creador de la propiedad intelectual tiene la obligación de colaborar plenamente con la PUJ para la realización oportuna de todos los trámites necesarios con el fin de obtener los correspondientes certificados y registros de protección y reconocimiento de sus derechos de propiedad intelectual. 11. Publicaciones. Los profesores, estudiantes y personal administrativo que presten sus servicios a la PUJ bajo cualquier modalidad y que busquen resguardar sus obras o productos a través de los mecanismos de la

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propiedad intelectual deben abstenerse de publicar o divulgar sus resultados de investigación de manera que no se perjudique la eventual protección y explotación de los mismos.

Igual consideración deberá ser establecida en los contratos o convenios suscritos por la PUJ con terceras instituciones.

12. Uso de la propiedad intelectual. Es directriz de la PUJ hacer uso de sus derechos de propiedad intelectual explotándolos con o sin beneficios económicos, haciendo uso de mecanismos como la cesión de derechos, el licenciamiento y la creación de Spin off, u otro tipo de iniciativa, empresarial o no, según su conveniencia. En el caso de ceder sus derechos sobre su propiedad intelectual, deberá obtenerse autorización del Comité de Propiedad Intelectual o en su defecto, por la autoridad de gobierno que ejerza la representación legal de la Universidad. El esquema de licenciamiento será establecido para cada caso concreto buscando beneficiar el desarrollo del objeto social de la Universidad y estará liderado por la Dirección de Innovación quien mantendrá informado al Comité de Propiedad Intelectual.

La PUJ podrá realizar alianzas estratégicas o crear empresas conjuntas con terceros para explotar determinada propiedad intelectual.

Los creadores de activos protegibles por los mecanismos de la propiedad intelectual prestarán apoyo en su proceso de explotación.

La PUJ podrá licenciar sus activos de propiedad intelectual a los propios inventores, diseñadores, y en general, a los creadores, si considera que de esa manera se cumple con los objetivos de transferencia de la Universidad. Las condiciones de dichas licencias deberán ser definidas por las Partes en el respectivo contrato, previo visto buen del órgano competente.

13. Incentivos por producción intelectual: Con el objetivo de reconocer e incentivar la creación intelectual generada o desarrollada al interior de la Universidad cuya titularidad patrimonial esté en cabeza de la Universidad, se reconocerán regalías para los autores de acuerdo con los siguientes parámetros: a) En las obras artísticas y fotográficas la regalía consistirá en el diez por cien (10%). b) En las obras publicadas por la Editorial o bajo su coordinación el diez por cien (10%) de los ejemplares publicados serán para el autor o autores;

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c) En las obras musicales donde la Universidad tenga la calidad de productor de fonograma el diez por cien (10%) de los ejemplares producidos será del autor o autores de la obra; (Entornos Digitales). d) En las obras audiovisuales el diez por cien (10%) de las regalías será del autor o autores, calculado sobre la utilidad neta obtenida por la Universidad por concepto de explotación, comercialización o licenciamiento de la respectiva tecnología de que se trate. Las regalías o participación de los actores y demás titulares de derechos conexos deberán ser incluidas dentro de este 10% establecido. e) En los programas de ordenador (software), material interactivo, multimodal y bases de datos el diez por cien (10%) de las regalías será del autor o autores, calculado sobre la utilidad neta obtenida por la Universidad por concepto de explotación, comercialización o licenciamiento de la respectiva tecnología de que se trate.

Parágrafo: La PUJ podrá establecer acuerdos adicionales con los autores estableciendo mayores incentivos, si con ello se cumple el objetivo institucional de transferencia, explotación y apropiación de conocimiento.

Para el caso de propiedad industrial, incluyendo nuevas variedades vegetales: a) 30% neto para el (los) departamento (s) o instituto (s) donde se generó la propiedad industrial explotada y de acuerdo a la participación efectiva que esta unidad tuvo en la creación de los resultados protegidos por los mecanismos de la propiedad intelectual. b) 30% neto para la Universidad, quien creará un fondo especial para el manejo de dichos recursos, los cuales serán destinados a investigación, capacitación, entre otros objetivos que serán definidos por la Universidad al momento de la constitución del fondo.

Parágrafo primero: Para calcular las regalías la utilidad neta será el resultado del ingreso bruto menos los costos en que haya incurrido la Universidad para obtener, proteger y gestionar y comercializar y explotar el activo intangible de que se trate. Parágrafo segundo: La desvinculación contractual de la persona o su fallecimiento no será causa para la pérdida del derecho a recibir regalías, último caso en el cual el derecho será transmitido a sus herederos o causa habientes. Gestión y aspectos procedimentales en materia de derechos de propiedad intelectual 14. Gestión de la propiedad intelectual en proyectos. Cuando la Universidad por conducto de sus distintas dependencias, unidades académicas, u otra instancia, emprenda el desarrollo de un proyecto de investigación; o de aquel que para su ejecución requiera la participación de una entidad externa pública o privada, nacional o extranjera, dentro de la cual pueda surgir una creación protegible por la propiedad intelectual, se deberá en todos los casos, entrar a realizar y concretar lo atinente a la gestión de los respectivos derechos, previa suscripción del respectivo documento de acuerdo, contrato o convenio, bien sea marco o especifico en el cual se consignen las condiciones generales que regirán la cooperación en proyectos conjuntos. 15. Elementos relevantes de propiedad intelectual a tener en cuenta para el inicio de proyectos de investigación, innovación y creación artística. Al iniciar un proyecto de innovación, creación artística o investigación se deberá suscribir un acuerdo, contrato, convenio, carta de intención o memorando de entendimiento entre los participantes del proyecto, que constituirá la hoja de ruta o bitácora de la relación jurídica derivada de tal participación en temas de propiedad intelectual.

Este documento acompañará el protocolo del proyecto o puede ser incorporado al mismo y debe contener, como mínimo, los siguientes aspectos:

c) 10% neto para la Vicerrectoría de Investigación, recursos que serán usados para financiar las solicitudes de patentes así como el proceso de validación y escalamiento de tecnologías.

a) Unidad académica o administrativa de la cual depende el proyecto o investigación.

d) 30% neto para los Inventores, diseñadores, y en general creadores de la propiedad industrial explotada. Este porcentaje se distribuirá de acuerdo a la participación efectiva que cada uno de ellos tuvo en la creación de los resultados protegidos por los mecanismos de la propiedad intelectual.

c) Objetivo del proyecto o investigación.

b) Nombre del proyecto o investigación. d) Descripción general. e) Director del proyecto o investigación. f) Integrantes del equipo de trabajo, determinación de actividades, responsabilidades y definición de roles para cada uno de ellos.

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g) Entidades externas vinculadas, en caso de existir. h) Cronograma general. i)

Duración del proyecto o investigación.

j)

Organismos financiadores y/o aportantes, si los hay, discriminando la participación porcentual de cada uno de ellos, así como la mención relativa a la naturaleza del aporte.

k) Criterios para fijar los beneficios económicos del Investigador Principal y de los integrantes del grupo de trabajo y demás participantes. l)

Información que indique si la participación de algún integrante del equipo o grupo de trabajo constituye cumplimiento de requisito académico.

m) Los titulares de los derechos morales y patrimoniales del resultado del proyecto o investigación y sus porcentajes de participación en la titularidad de derechos de propiedad intelectual que se generen o generarán sobre el mismo. Obligaciones de confidencialidad o no, definición sobre temas de protección, gestión y comercialización de los resultados del proyecto. n) Causales de retiro y/o exclusión. ñ) Constancia de que todos los partícipes conocen el acuerdo.

Cualquier modificación al acuerdo original deberá constar en escrito que se suscribirá por todos y cada uno de quienes suscribieron el acuerdo inicial. Toda clase de actos o contratos que impliquen disposición, cesión o transferencia total o parcial de derechos deberán ser registrados ante la oficina nacional competente para efectos de publicidad y oponibilidad frente a terceros. En aquellos eventos en los que el desarrollo de un proyecto requiera el acceso a información y documentación confidencial, secretos empresariales, know how, etc., los participantes del proyecto deberán también suscribir un documento a partir del cual adquieren el compromiso de no divulgar las informaciones y/o aspectos antes referidos, que deban conocer con ocasión del proyecto. La responsabilidad por la violación de este compromiso será personal, de modo tal que si la Universidad llega a ser requerida por esta circunstancia, podrá iniciar las acciones procedentes contra el infractor.

Parágrafo: La Dirección Jurídica de la PUJ., cuando sea el caso, apoyará a las unidades académicas y administrativas en la elaboración y revisión de los documentos y/o acuerdos de que trata el presente artículo.

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16. Contratos de disposición de obras: En los contratos que para efectos patrimoniales se deban suscribir entre el autor y/o la Universidad y/o terceros externos a ella, tales como: Cesión, transferencia total o parcial, licencias, edición, edición conjunta, coedición, distribución, impresión, etc., se observarán las normas vigentes y aplicables a tales contratos. Parágrafo: La Editorial de la PUJ prestará el soporte, concurso y apoyo necesario a todas las dependencias y unidades académicas y administrativas en la elaboración, revisión, perfeccionamiento y legalización de toda clase de actos y contratos de que trata el presente artículo y que sean de su resorte. 17. Uso de los derechos de autor y conexos15, y su gestión efectiva La PUJ hará uso de sus derechos de autor y conexos explotándolos con o sin beneficios económicos, haciendo uso, entre otros, sin limitarse a ellos, de mecanismos tales como: La explotación conjunta con terceros, la cesión total o parcial de derechos, esquemas de licenciamiento (Incluyendo modelos y esquemas como Open Access, Creative Commons, Color Iuris, Copy Left, etc.); así como la creación de Spin-offs. En el caso de cualquier tipo de disposición de derecho por parte de la PUJ, deberá obtenerse autorización de la instancia pertinente. El esquema de licenciamiento será establecido para cada caso concreto buscando beneficiar el desarrollo del objeto social de la Universidad.

La PUJ podrá realizar alianzas estratégicas o crear empresas conjuntas con terceros, riesgo compartido, joint venture, uniones temporales, consorcios, Spin Off, Start Up, etc., para explotar sus derechos de autor y conexos.

En caso dado, y de requerirse, el autor, desarrollador, titular y demás intervinientes, y en general, el autor de la obra o titular de los derechos de autor y/ con exos,prestaráapoyoenelprocesodeexplotación,sifue ranecesario.La Universidad evaluará la necesidad y forma de una asesoría técnica o consultoría en el proceso de protección y explotación de sus derechos de autor y conexos.

La Universidad podrá licenciar sus derechos de autor y conexos a los autores, desarrolladores o demás intervinientes, para, de esa manera, cumplir con los objetivos de transferencia de la Universidad. Las

15 Son derechos radicados en cabeza de terceros, que prestan su concurso para efectos de lograr una mejor difusión y conocimiento de las obras de los autores. Son titulares de esta clase de derechos, los Artistas Intérpretes y Ejecutantes, Productores de Fonogramas y Organismos de Radiodifusión.

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condiciones de dichas licencias, deberán ser definidas por las Partes en el respectivo acto, convenio o contrato.

posiciones relativas a los derechos de remuneración por copia privada (Canon compensatorio por copia privada). Así mismo los concesionarios o particulares que ofrezcan a la comunidad Universitaria servicios de reproducción reprográfica de material protegido por derechos de autor y conexos, deberán obtener las licencias otorgadas por los titulares y/o las respectivas sociedades de gestión colectiva previstas en la legislación vigente. Los profesores, estudiantes y personal administrativo, deberá procurar que los centros de copiado, los medios tecnológicos y plataformas utilizadas, internos o externos que se utilicen para reproducir toda clase de material utilizado en su labor, cuenten o tengan la respectiva licencias de derechos reprográficos.

Disposiciones adicionales 18. Utilización de obras, prestaciones y otros materiales en el sistema de bibliotecas de la universidad. Los usuarios de las Bibliotecas de la PUJ, bien sea a través de los ejemplares tradicionales impresos o físicos; así como el uso de estos contenidos o materiales en medios electrónicos, ópticos, magnéticos o similares, conocidos o por conocer; deberán observar además de los reglamentos, estatutos y políticas internas de la PUJ, el presente reglamento e implementación, así como la normatividad vigente sobre propiedad intelectual aplicable.

Es obligatorio el respeto a los derechos de autor y conexos, y la observancia de aquellas limitaciones y excepciones establecidas en la ley. Actuarán de conformidad con los usos honrados (Fair Use) evitando causar daño grave e injustificado a los legítimos intereses del autor o titular, afectar la normal explotación de la obra, independiente del formato en que se encuentre (material o impreso; medio magnético, óptico, electrónico o similares y en general en forma de mensaje de datos.)

Los usuarios del servicio de Bibliotecas deberán observar sus reglamentos, y tener en cuenta las normas que sobre remuneración por copia privada, derechos reprográficos y de reproducción por medios mecánicos que se establece la legislación vigente en nuestro País, así como lo establecido en el presente reglamento.

19. Utilización de los servicios de red y de los demás recursos informáticos que la universidad proporciona. Los usuarios de los sistemas de red y demás recursos informáticos de que dispone la PUJ estarán subordinados y acatarán los reglamentos generales de la Universidad, el reglamento interno del sistema de bibliotecas, el reglamento de profesores y el ordenamiento profesional, los reglamentosdetrabajo ,elreglamentodeusodeserviciosinformáticos y dered, así como a la Política de Propiedad Intelectual y las presentes directrices y la normatividad sobre derecho de autor y conexos. 20. Derechos reprográficos y remuneración por copia privada. Los usuarios de los servicios de reproducción mecánica o reprográfica a través de copiado u otra forma de reproducción, y contenidos digitales debidamente licenciados, deberán observar las dis-

21. Trabajos de Grado, Tesis, y Demás. Los derechos de autor y conexos de los trabajos de grado y trabajos de tesis, se encuentran sometidos a la legislación vigente y aplicable en Colombia, así como a los reglamentos y estatutos internos de la Universidad, teniendo en cuenta las directrices que sobre el particular ha emitido la Dirección Nacional de Derecho de Autor, a través de las directrices, circulares y conceptos emitidos sobre el tema del Derecho de Autor en el Ámbito Universitario, y los reglamentos internos aplicables emitidos por la Pontificia Universidad Javeriana. http://www.javeriana.edu.co/ documents/10179/51548/acuerdo535.pdf/5a5a3e956208-4d2b-b0c4-4a47bdba0f9c

Por su parte muchos de estos aspectos han sido objeto de reglamentación interna por parte de la Universidad por intermedio de la Biblioteca Javeriana – SIBJA, por lo tanto serán de aplicación la remisión o referencia que la presente implementación y desarrollo de la Política de propiedad intelectual haga al mismo. Ver reglamento del SIBJA en: http:// www.javeriana.edu.co/documents/237680/827613/ reglamento-biblioteca-puj-2013.pdf/6ef167c6-f6fb4dbe-aa15-17f1719685bd

Cesión voluntaria y libre que pueden realizar o no los estudiantes de pregrado o postgrado en favor de la Universidad. Lo relativo a estos procedimientos estará regulado por los respectivos instructivos y formatos de cesión de derechos diseñados y administrados por el SIBJA.

En caso de no ceder sus derechos, pueden suscribir y otorgar la consecuente autorización de uso de su trabajo, el cual le permite a la Universidad poder utilizar para fines de consulta y de mención en sus catálogos bibliográficos tanto físicos como en línea.

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Lo relativo a estos procedimientos estará regulado por los respectivos instructivos y formatos de cesión de derechos diseñados y administrados por el SIBJA.

Indicación de la existencia de acuerdos de confidencialidad o reserva sobre los trabajos desarrollados como tesis de grado. Lo relativo a estos procedimientos estará regulado por los respectivos instructivos y formatos de cesión de derechos diseñados y administrados por el SIBJA.

En caso de que el estudiante no ceda sus derechos, ni autorice a la Universidad realizar el uso; el texto del trabajo de grado será entregado, pero de acuerdo con los reglamentos de la Biblioteca, no estará disponible para consulta.

MODELO DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍAS CON FINES COMERCIALES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA 1. Introducción Un sociedad del conocimiento, o mejor denominada “sociedad de los saberes” es aquella sociedad que, además de contar con la tecnología para almacenar y compartir información, tiene la capacidad de apropiar de forma crítica y selectiva esa información para reinterpretarla y convertirla en nuevos saberes y desarrollos para campos específicos que, al ser implementados, benefician a toda la comunidad1. En estas sociedades el factor más importante es el uso intensivo del conocimiento y de la información y prima la capacidad de inventar e innovar, de crear nuevos conocimientos y nuevas ideas que se materialicen luego en productos, procedimientos y organizaciones.2 En este contexto, se le ha encomendado a la universidad que además de llevar a cabo actividades de docencia e investigación, sus actividades de extensión suplan demandas de la sociedad, creando o co-creando con los usuarios nuevo conocimiento y estableciendo diversos mecanismos para transferirlo. Si bien existen diferentes mecanismos de transferencia de conocimiento y de tecnología tales como acuerdos de licencias, cooperación tecnológica, consultoría-asistencia técnica- servicios, movilidad de personal, creación de empresas, alianzas tecnológicas, fusión y adquisición de organizaciones, compra-venta de bienes (maquinaria y equipos), en el ámbito de las Universidades este proceso tiene variaciones y matices. Este proceso puede iniciar con una idea o capacidad investigativa que se concreta en un proyecto de investigación, de consultoría o de prestación de servicios. , En muchos casos, este proceso implica definir previamente la propiedad intelectual y aportes previos. Como resultado de esta actividad pueden surgir conocimientos, tecnologías, procesos, materiales, Know-how, prototipos, modelos, registros de propiedad intelectual (PI), habilidades, nuevas capacidades, entre otros. Lo anterior constituye la fuente de conocimiento a transferir por diferentes mecanismos: artículos científicos, publicaciones de tipo 1 http://colombiadigital.net/actualidad/articulos-informativos/ item/1025-hacia-el-concepto-de-sociedad-del-conocimiento. html

2 Una Introducción a la economía y sociedad del saber. David P. y Foray D. Revista Internacional de Ciencias Sociales. No. 171. Marzo de 2002. http://www.unesco.org/fileadmin/MULTIMEDIA/HQ/SHS/pdf/171-fulltext171spa. pdf

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divulgativo, libros, asistencia a eventos, registros de propiedad intelectual, licencia o venta de registros de propiedad intelectual, secretos industriales o Know-how, entre otros. En resumen y tal como lo plantea la Comisión Europea en 20093, el verdadero proceso de transferencia de tecnología y conocimiento se da en la medida en que el conocimiento, la experticia y los activos intelectuales de las universidades sean aplicados constructivamente más allá de sus límites para el beneficio de la economía y la sociedad, mediante acuerdos de doble vía con la industria, el Estado y las comunidades. La Universidad Javeriana no ha sido ajena a estos procesos de transferencia y desde hace varios años la antigua Oficina de Fomento a la Investigación y, desde el 2013, la Vicerrectoría de Investigación han trabajado en promover y afianzar la relación de sus grupos de investigación con el sector productivo y el Estado, para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) conjuntos. A su vez, se han venido implementando diversas actividades y mecanismos para identificar conocimiento que puede ser plasmado en un bien o un servicio y transferido a la sociedad. Esto ha llevado a la creación de la Dirección de Innovación, cuando se crea la Vicerrectoría de Investigación en el 2013, con la finalidad, entre otras, de facilitar la transferencia de conocimientos y tecnologías, y de garantizar la propiedad intelectual derivada de su actividad investigativa. De igual manera, la Universidad aprobó en el 2014, bajo el acuerdo No. 606, la Política de Investigación para la sede central, en la cual se presenta y desarrolla los principios que deben regir y orientar la actividad de investigación de la Universidad y la forma como ésta se articula con las otras funciones sustantivas de docencia y servicio. Allí se propone, entre otros, sentar las bases para las actividades de innovación, de transferencia de tecnología y de emprendimiento basadas en productos y servicios que se derivan de la investigación y de la creación. Como complemento a esta política se cuenta con los documentos de Definiciones Complementarias y Estrategias, los cuales fueron avalados por el Consejo Académico en septiembre de 2014. Se cuenta también con una Política de Propiedad Intelectual aprobada en el Acuerdo No. 535 de 2010, la cual tiene la finalidad de indicar los términos que regulan la

3 EUROPEAN COMMISSION, (2009): Metrics for Knowledge Transfer from Public Research Organisations in Europe. Report from the European Commission’s Expert Group on Knowledge Transfer Metrics. http://eprints.utas.edu.au/10073/1/knowledge_transfer_ web%5B1%5D.pdf

creación de bienes intelectuales, y la implementación de buenas prácticas para su gestión. Ello fue complementado con Directrices de Propiedad Intelectual avaladas en septiembre de 2015 por el Consejo Académico. Estas Directrices afinan las reglas generales para apoyar la toma de decisiones en los procesos de transferencia y comercialización de conocimiento y tecnologías. El proceso de transferencia de tecnologías se conforma por medio de la conformación de una cadena de valor por la cual se identifican tecnologías, se valoran, se protegen y finalmente se transfieren, como se indica en la Figura 1. Todo lo anterior se constituye en un marco de referencia y de acción para facilitar y promover los procesos de transferencia y gestión de la propiedad intelectual en la Universidad. Pero ¿qué se entiende por transferencia de conocimiento y de tecnología? Para la Universidad Javeriana la Transferencia de Conocimiento es el proceso por el cual se transfiere de la Universidad a la sociedad, conocimiento, bienes materiales, saberes, experiencias y prácticas culturales y artísticas que se ponen a su disposición en diversas modalidades. Por Transferencia de Tecnología se asume el proceso por el cual se transfiere desde la Universidad a otra organización el producto derivado de la actividad científica y tecnológica, en aras de promover su desarrollo y comercialización. Este proceso involucra actividades que van desde la identificación, valoración y protección de la propiedad intelectual cuando se requiere, hasta su comercialización. Es una forma de transferir conocimiento que implica una modalidad contractual, con determinadas normas y parámetros.4 En el presente documento se presentan los procesos implementados para llevar a cabo la transferencia de tecnología con fines comerciales, a partir de resultados de investigación de profesores de la Universidad y aquellos derivados de actividades de gestión de colaboradores javerianos, sea por la vía de acuerdos de licencia5, venta o uso de conocimiento (protegible o no por alguna mo-

4 Definiciones complementarias para la Política de Investigación. Documento avalado por el Consejo Académico el 3 de Septiembre de 2014 (Acta 305). 5 Los acuerdos de licencia se definen como una concesión de permiso o derecho de hacer, usar y/o vender un determinado producto, diseño o proceso, o para realizar otras acciones determinadas por una parte que tiene el derecho de dar dicho permiso (Roger et. al). Rogers, E., Takegami, S., & Yin, J. (2001). Lessons learned about technology transfer. Technovation 21, 253-261.

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Fuente: Elaboración propia

dalidad de la propiedad intelectual), sea por la creación de spin-off universitarias6. Para el caso de spin-off, debido a su especificidad, se presenta la Directriz respectiva en un documento aparte y complementario a este. 2. Descripción del modelo de transferencia de tecnología con fines comerciales al interior de la Universidad Javeriana. El proceso de transferencia de conocimiento y tecnología implica una serie de etapas que aporten valor a los resultados y capacidades artísticas, científicas y tecnológicas derivados de procesos investigativos y de gestión, que definen su uso económico o social con el objetivo de que resulten de interés para que empresas, organismos y personas puedan adquirirlos a través de diferentes ca6 Una spin-off es una empresa creada desde la Universidad para la explotación comercial de un bien o servicio producto de la actividad investigativa de profesores de la institución. Es una forma de concretar su misión de emprendimiento y de realizar su tarea de transferir tecnología a la sociedad, en el marco de su responsabilidad social. Definiciones complementarias para la Política de Investigación. Documento avalado por el Consejo Académico el 3 de Septiembre de 2014 (Acta 305)

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nales e instrumentos de comercialización. Estas etapas son: identificación, evaluación, protección, maduración del conocimiento o tecnología a transferir, valoración y comercialización, etapas que algunas veces se llevan a cabo de manera paralela. Para iniciar este proceso, se parte de conocimiento potencialmente transferible y comercializable. La Dirección de Innovación de la Vicerrectoría de Investigación juega el papel de unidad que acompaña a los generadores de este conocimiento en todo el proceso de transferencia que va desde la identificación de estos resultados, su evaluación tecnológica y comercial, hasta la implementación de la estrategia que busque su comercialización y trasferencia al mercado o potenciales usuarios. Este proceso se indica en la figura 2. A continuación se describen cada una de las etapas indicadas en esta figura. 2.1 Identificación de resultados de investigación con potencial de ser transferidos Es el proceso mediante el cual se identifican resultados de investigación, de creación o de gestión existentes al

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pueden identificar potenciales aplicaciones de los resultados de proyectos de investigación que allí se revisan ;

Figura 2. Modelo de transferencia de Tecnología con Fines Comerciales

interior de la Universidad con potencial ser transferidos7, resultados generados de la actividad investigativa de los profesores, o como resultado de los procesos de gestión, llevados a cabo por docentes o personal administrativo. El primer acercamiento puede surgir de diversas maneras: • Contacto directo del profesor con el equipo de la Dirección de Innovación para exponer la inquietud sobre el uso potencial de sus resultados; •

A través de la revisión de propuestas en los Comités de Investigación y Ética de las Facultades quienes

7 Es importante resaltar que los resultados a transferir pueden ser desarrollados o con base en la oferta o con base en la demanda.

A través de la Plataforma Vector;

Proyectos e informes de avance o final registrados en el SIAP en donde se consigne información que dé pie para prever una aplicación futura;

Convocatorias anuales: internas como la convocatoria de intangibles, o convocatorias externas que promueven la ejecución de actividades de investigación, desarrollo e innovación (Colciencias, INNpulsa, entre otros);

Visitas a grupos de investigación y asistencia a sustentación de tesis o trabajos de grado.

En este proceso se hace una indagación a los investigadores o personal administrativo autores del desarrollo, acerca de los antecedentes de la investigación, diferencia de los resultados obtenidos con los actualmente existentes, usuarios potenciales o a quién les podría interesar, entre otros. Se pone énfasis en el estado de divulgación de los resultados, ya que si han sido dados a conocer con anterioridad se puede perder los derechos de protección (en caso que esto sea viable), al ponerse en cuestión el criterio de novedad. De igual manera, se determina el equipo que ha estado involucrado en la investigación o actividad que da origen a estos resultados (los porcentajes de autoría) y la posible existencia de compromisos adquiridos con posibles entidades financiadoras de la investigación, especialmente si hay empresas involucradas o entidades del Estado que hayan financiado el proyecto o actividad que dio origen a estos resultados. Esto se hace diligenciando el formato de “Divulgación de Resultados de Investigación”. Ver formato en Procedimiento para la Identificación y protección de resultados de investigación a través de los mecanismos de la propiedad intelectual, VRI No. 9. http://www.javeriana.edu.co/documents/12847/5432312/ Procedimiento+VRI+No.+9_act+06.10.15.pdf/12194138-77694b8b-8579-1cfdcf71dfc5 La elaboración de este formato por parte de los investigadores o administrativos es un ejercicio reflexivo que ayuda al equipo generador de los resultados a plantearse preguntas orientadas a descubrir potenciales mercados y aplicaciones de los resultados y desarrollos obtenidos. De igual manera, les permite introducir los conceptos de mercado y aplicabilidad e identificar ex ante potenciales usuarios que serían los socios privilegiados para el desarrollo de proyectos conjuntos y por ende, los beneficiarios de los resultados que se deriven.

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Basado en el análisis de la información contenida en el formato de “Divulgación de Resultados de Investigación” es posible tener una mayor claridad del estado del conocimiento o la tecnología y contar con insumos para para decidir si se trata de una idea de investigación o de un conocimiento con algún grado de madurez que permite ser sometido a un análisis posterior. Si se trata de una idea, se efectúan recomendaciones a los investigadores para continuar avanzando en su desarrollo. 2.2 Evaluación Legal-Comercial-Tecnológica del conocimiento o tecnología a transferir Esta fase consiste en evaluar a través de la revisión de los componentes de propiedad intelectual, tecnológicos y comerciales, si los resultados de investigación tienen potencial de ser protegidos y/o transferidos por parte de la Universidad a algún sector de la sociedad. Para lo anterior, se parte de la información obtenida en el documento de “Divulgación de Resultados de Investigación” y junto con otros estudios se determina si existen bienes o activos intangibles8 protegibles por algún(os) mecanismo(s) de la propiedad intelectual, ya sea a través del derecho de autor, de la propiedad industrial (patente de invención, modelo de utilidad, secreto industrial, diseño, entre otros) o de derechos de obtentores vegetales. A su vez, se establece la estrategia de protección, la titularidad de los mismos, el componente tecnológico a partir de un monitoreo tecnológico9 y el potencial comercial. Es importante anotar que no obstante un conocimiento o tecnología pueda ser protegible por alguna modalidad de la propiedad intelectual, lo cual da un mayor valor frente a terceros, no se descarta la transferencia y comercialización de tecnologías o conocimientos que no sean protegibles, siempre y cuando tengan usuarios o mercados potenciales que se pueden beneficiar de ellas.

8 Se trata de un bien jurídico de naturaleza inmaterial y contenido económico que le da derecho a quien lo posee para explotarlo comercialmente bajo normas de propiedad intelectual. Ello incluye patentes, derechos de autor, modelos de utilidad, software, signos distintivos, marcas, lemas comerciales, know-how, entre otros. La Universidad reconoce los bienes intangibles tanto por su potencial de explotación comercial como por la posibilidad de protegerlos para su libre uso como una de las formas de concretar la responsabilidad social universitaria, en aquellos casos en donde lo considere pertinente. 9 Consiste en escanear de una forma rápida y precisa a partir de bases de datos de patentes, las condiciones de la industria, qué oportunidades y amenazas pueden existir, con qué tipo de aliados o competidores se están relacionando las industrias del sector, entre otros aspectos clave.

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En caso en que se decida proteger por alguna modalidad de la propiedad intelectual, en esta etapa se afinará y ejecutará la estrategia de protección de resultados de investigación, al igual que la estrategia preliminar de comercialización, que incluye aspectos tales como el modelo de negocio para el diseño del plan de comercialización, los segmentos de mercado que se quieren abordar y las fases que deberán seguirse, entre otros. El modelo de negocio describe de manera breve la forma en la que la tecnología, bien o servicio brinda una solución que ofrece valor al mercado, así como las necesidades que puede satisfacer, las relaciones (con los clientes, proveedores, Estado) que permiten el desarrollo de dicha solución y los recursos requeridos para llegar hasta la generación de ingresos en el futuro. En caso de que la transferencia se realice a través de la figura de licenciamiento a terceros, el modelo de negocio define la forma en la que se llegará al potencial licenciatario (contacto directo con los clientes, modelo de bróker o subasta, entre otros); si la transferencia se aborda mediante creación de spin-off, el modelo de negocio permitirá vislumbrar no solo la propuesta de valor y los clientes a los que se apuntará con la iniciativa empresarial, sino las actividades claves que se requieren para avanzar en el proceso, entre los que pueden estar mayor desarrollo tecnológico, pruebas de concepto, financiamiento e inversionistas, entre otros. Aspectos que son evaluados en esta fase • Definir la estrategia más adecuada de protección para cada uno de los bienes o activos intangibles identificados. •

Para el caso en que el activo intangible identificado sea susceptible de protección a través de patente y buscando minimizar los riesgos de no concesión de la misma, se realiza un estudio preliminar de patentabilidad (novedad y nivel inventivo), un estudio sobre la titularidad de la invención y un estudio de monitoreo tecnológico.

Determinar la titularidad que comprende el estudio de la propiedad sobre los resultados de investigación susceptibles de protección, partiendo de las fuentes de financiamiento del proyecto de investigación, instituciones y personas involucradas en la ejecución del mismo, así como los contratos y demás documentos jurídicos relevantes relacionados. Este análisis incluye recomendaciones y sugerencias para el tratamiento de la propiedad de la invención, siempre protegiendo los intereses de la Pontificia Universidad Javeriana y sus profesores e investigadores.

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Estado de madurez de la Industria: Las tecnologías, al igual que los seres vivos, tienen una fase de nacimiento, una de crecimiento, una de madurez y una de muerte. El análisis del ciclo de vida de la tecnología (evaluada desde el punto de vista de tecnologías similares), permite identificar en qué momento la industria apareció, cuándo ocurrió una innovación disruptiva, cómo es su desarrollo, qué tan rápido ha evolucionado y en qué fase se encuentra, si su ciclo de vida es tan corto que difícilmente llegará al mercado, permitiendo establecer barreras de entrada, actividad de patentamiento, necesidades tecnológicas, características de los competidores, entre otros. En la mayoría de los casos, es necesario llevar a cabo ensayos o pruebas que permitan evaluar la aplicación, funcionalidad y replicabilidad del conocimiento o tecnología a transferir previo a su desarrollo. Es lo que se denomina prueba de concepto, que tiene por objetivo valorar el concepto de producto, servicio o proceso antes de comenzar su desarrollo e implementación. Estas pruebas de concepto pueden implicar desarrollar prototipos, modelos de concepto, maquetas de producto y ser probados ya sea a escala de laboratorio o condiciones “reales” con un grupo de consumidores finales. Esta etapa es bien importante, pues permite generar información valiosa para refinar el resultado a ser transferido previo a ser probado. En caso de que la evaluación indique la necesidad de efectuar pruebas de concepto desde la Dirección de Innovación se dan recomendaciones al investigador y se buscan alternativas para conseguir recursos para dicho fin (vía donaciones, convocatorias nacionales, investigaciones financiadas por la universidad o solicitud al fondo de capital pre-semilla).

Potencialidades tecnológicas: A partir de estudio de inteligencia tecnológica se puede establecer otras potencialidades tecnológicas con que cuenta el conocimiento o tecnología desarrollados, para determinar y maximizar la propuesta de valor. Es decir si puede tener más de una aplicación.

Potencial comercial: Se busca evaluar si los resultados a transferir se pueden traducir en productos, procesos o servicios que tengan potenciales mercados, si son identificables sus aplicaciones y si cuentan con un diferencial o ventaja sobre los ya existentes, qué tan listo está el desarrollo para llevarlo al mercado, aspectos a mejorar con miras a una salida al mercado, interés de compra e incluso recomendación de precios. Todo esto conlleva a lo que se denominaría pre-validación comercial.

Para llevar a cabo lo anterior, se realizan diversas actividades que pueden abarcar: Consultas con clientes potenciales, distribuidores o agentes de ventas, y compañías que ofrecen productos o servicios similares, etc. De igual manera, búsqueda en bases de datos empresariales sobre posibles competidores y productos o servicios existentes.

En el caso de que los análisis arrojen como resultado que la tecnología, bien o servicio no está lista para ser transferida o que requiere más actividades de investigación, se le informará al investigador sugiriendo realizar un estudio de direccionamiento estratégico, el cual se trata de un análisis del estado del arte en busca de nuevas oportunidades científicas y tecnológicas, que permita direccionar la investigación. Como resultado de esta fase se deriva un documento que incluye los siguientes aspectos: descripción de la tecnología, tecnologías competidoras, mercados potenciales y posibles barreras. Acompañando este informe final se emite además, una puntuación estimada de la tecnología evaluada a partir de cuatro indicadores con pesos relativos pre-establecidos: Mercado (25%), Madurez del mercado (15%), Desarrollo de la tecnología (idea, prototipo, beta) (40%) y Competidores / Patentes (20%) Por último, se realizan una serie de recomendaciones sobre los pasos a seguir que define si se continua o no dedicando tiempo y esfuerzo a la tecnología y pasar a la etapa siguiente, en donde se implemente la estrategia de protección (en caso de que haya lugar), se establezca el modelo de negocio más viable para llegar al mercado y la estrategia general para su comercialización, entre otros. 2.2.1 Implementación de la estrategia legal – Protección por algún mecanismo de la propiedad intelectual Después de haber identificado los bienes o activos intangibles derivados de los resultados de investigación y de haber establecido la estrategia para su protección, ésta se deberá poner en ejecución. Para el caso de los activos protegibles por el derecho de autor, si bien la protección está dada desde el mismo momento de su creación y para todo el mundo (Ej. Libro, artículo, obra artística, software), se realiza el registro ante la entidad competente, más que para obtener el derecho, para constituir prueba de la creación del activo y la propiedad sobre el mismo. En el caso de Colombia, esta protección se extiende hasta 80 años después de la muerte del autor y la oficina nacional competente para realizar dicho trámite es la Dirección Nacional de Derechos de Autor.

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Para el caso de propiedad industrial sí es necesario realizar trámites específicos para que el derecho sea concedido. Vale la pena recordar que los derechos de propiedad industrial son territoriales, eso quiere decir que sólo se obtiene protección en los países donde se realiza el respectivo trámite y se obtiene el derecho. Así por ejemplo, en el caso de patentes, sólo se tendrán derechos sobre ellas en los países (Jurisdicciones) donde se solicite y obtenga el derecho (para el caso de Colombia 20 años a partir de la solicitud) después de realizar el respectivo trámite administrativo y dentro del cual se prueba que se trata de invenciones (Solución técnica de un problema técnico) que sean nuevas10, con nivel inventivo11 y aplicación industrial12. En el caso en que en un país no se obtenga el respectivo derecho, supondrá que no se podrá excluir a terceros de la utilización de la tecnología consignada en la patente.

-

Hacer un análisis comercial de los países donde se produce, importan y exportan productos relacionados con la tecnología en cuestión.

-

Hacer un análisis de los mercados relevantes donde se comercializan los productos relacionados con la tecnología.

Según este análisis, las solicitudes de registro de patente se podrán llevar a cabo en Colombia o en otros países y para ello se desarrollará un estudio denominado “Definición de fases nacionales” apoyado por el grupo de inteligencia tecnológica y el abogado de propiedad intelectual, en el que se establecen algunos elementos para determinar donde valdría la pena iniciar la protección. •

De acuerdo con lo anterior, es fundamental que antes de realizar cualquier divulgación, se realicen los trámites necesario para iniciar el proceso de protección de la patente, y de esa manera no afectar el requisito de novedad, ya que de hacerlo, se constituirá como parte de dicho estado de la técnica.

Consideraciones a tener en cuenta a la hora de patentar: -

Buscar protección en el país donde se desarrolló la invención y así controlar el mercado nacional, ya sea para comercializar la invención o tener la posibilidad de otorgar licencias a nivel nacional a quien la institución considere, con o sin retribución económica. Adicionalmente es importante tener en cuenta que la protección también se debe contemplar en países donde se prevé la concesión de licencias y donde existan competidores potenciales.

-

La protección para las invenciones relacionadas con tecnologías muy desarrolladas y/o complejas y con gran densidad de capital puede solicitarse únicamente en países industrializados o en rápido desarrollo.

-

La protección para invenciones relativas a componentes sencillos, productos de consumo mundial y sustancias químicas o farmacéuticas puede requerir una cobertura territorial más amplia.

-

Se resalta también que en caso de la patente a proteger use en alguna medida información consignada en otra patente, es necesario obtener autorización del primer titular para su comercialización.

-

La investigación de los documentos de patentes permite identificar las firmas potencialmente competidoras que basan su estrategia comercial en la protección legal.

Las acciones a seguir supone: •

Solicitud de patente a nivel nacional o en otros países. : Los países seleccionados para llevar a cabo la estrategia de protección deberán ser el reflejo de la estrategia previamente definida por la Dirección de Innovación, para la cual se contemplan aspectos no solo tecnológicos sino también comerciales y de posibles transferencias. Este análisis implica: -

Hacer un análisis de los solicitantes de patentes en el sector tecnológico de la invención a proteger

-

Hacer un análisis de los países (jurisdicciones) donde se están llevando a cabo solicitudes de protección para invenciones del respectivo sector tecnológico, incluyendo una referencia especial de los solicitantes líderes de las mismas.

10 Se entiende por novedad que la solución técnica al problema técnico no se encuentre en el estado de la técnica mundial. 11 Que la solución técnica al problema técnico no resulte obvia ni se hubiera derivado de una manera evidente del estado de la técnica para una persona del oficio normalmente versada en la materia técnica correspondiente. 12 Que la invención pueda ser producida o utilizada en cualquier tipo de industria, entendiéndose por industria la referida a cualquier actividad productiva, incluidos los servicios.

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Resguardo de información confidencial: Para el caso de activos intangibles protegibles como secreto empresarial se elaborarán las recomendaciones sobre el tratamiento de la información, dependiendo del tipo de activo intangible del que se esté hablando.

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2.2.2. Validación de la tecnología o conocimiento a transferir Como se mencionó anteriormente, aunque los resultados de investigación o de actividades de gestión puedan ser protegidos y se haya encontrado un potencial comercial, en algunos casos se requiere de un mayor desarrollo de la tecnología o resultado en cuanto al escalamiento técnico o la realización de pruebas y ensayos en diferentes etapas y escenarios. Dependiendo de los análisis del mercado y que tan madura esté la tecnología, se puede optar por hacer paralelamente el proceso de protección con los ensayos o pruebas de concepto. Esto es muy útil para tecnologías o resultados que tienen un gran potencial y que aunque estén lejos del mercado, por ser diferenciadoras o disruptivas, se recomienda su temprana protección. Una vez realizados los primeros ensayos o pruebas, se evalúan los resultados obtenidos y se determinan los pasos a seguir: continuar para poner a punto la tecnología y llevarla al mercado, o desistir de ello porque los resultados en laboratorio difieren sustancialmente de los obtenidos a nivel de prototipo, o porque su escalamiento es muy dispendioso o el tiempo que tomaría es tal, que ya no sería competitivo frente a otros productos. Si el caso es continuar desarrollando la tecnología, en esta etapa es importante definir la búsqueda de recursos de financiación y los hitos técnicos a cumplir para su maduración y en alguna medida el tiempo previsto para ello. 2.2.3 Evaluación del mercado y de la viabilidad económica/necesidades de inversión Esta es una fase importante que busca identificar entre otros, cuáles son las principales características de los mercados potenciales de la tecnología a transferir, cuáles son los mecanismos y vías para ingresar al mercado, si hay algunas regulaciones que podrían ser barreras de entrada para el ingreso de la tecnología o si por el contrario resultan favorables y se convierten en una oportunidad, si es necesario y conveniente hacer alianzas, quienes serían estos potenciales aliados y su intención de invertir. Como parte de esta estrategia se encuentra la estructuración de estudios de mercado, modelos de negocio, análisis de pre-factibilidad y factibilidad. A continuación se describen cada uno de estos: •

Estudios de mercado: permiten evaluar las condiciones de la industria, las características y tendencias tecnológicas, el tamaño del mercado, la comparación de precios de los productos desarrollados y las tendencias comerciales. Todos estos aspectos pueden ser traducidos en oportunidades o amenazas

que rodean la solución o invención evaluada. Para la realización de estos estudios pueden se utilizan herramientas de inteligencia tecnológica, así como fuentes secundarias o primarias con encuestas y entrevistas. En algunos casos, y dependiendo del tipo de tecnología, se pueden realizar con el apoyo de consultores externos. •

Análisis de pre-factibilidad y factibilidad: El análisis de pre-factibilidad revisa de manera rápida factores que pueden afectar el desarrollo del proyecto del emprendimiento, tales como aspectos legales, proveedores y recursos especializados para la producción y desarrollo. Estos estudios se pueden realizar con el apoyo de consultores externos o expertos que estén vinculados con la Universidad. En cualquier caso, se debe contar con la participación activa del equipo investigador interesado en el emprendimiento spinoff.

Si a partir de estos análisis se encuentra que la idea no es factible, se descarta su continuación en el proceso. Por el contrario, si se obtienen resultados positivos, se continúa con el análisis de factibilidad que revisa la viabilidad técnica, comercial y financiera del proyecto. De estos análisis se obtiene el plan de negocio que describe detalladamente aspectos del mercado, competencia, productos ofrecidos, forma de venta, infraestructura, equipo humano, recursos de capital y financiación requerida. Otras actividades que se llevan a cabo son el acercamiento con mentores o expertos en temas de emprendimiento y empresariales, búsquedas de convocatorias o subvenciones públicas y privadas para el fortalecimiento tecnológico o comercial del emprendimiento; asistencia a ferias de inversión y comerciales, búsqueda de inversionistas ángeles y de capital de riesgo, acercamiento con clientes potenciales, firma de acuerdos de confidencialidad, due diligence comercial y legal del inversionista (investigación de potenciales socios previa a la firma de acuerdos) y procesos de negociación, entre otras. Por su parte, la viabilidad económica se determina a partir de responder preguntas tales como: ¿Cuál es el tamaño de los mercados potenciales? ¿Cuál es la demanda de estos mercados para la tecnología que se quiere transferir? ¿Se está en capacidad de suplir esta demanda? ¿Cuál es la estrategia de precios? el valor a ser pagado para esas aplicaciones? ¿Qué inversiones son necesarias? (infraestructura, equipamiento, recurso humano, etc.) ¿Cuáles son los costos operacionales relevantes? (personal, materia prima, comisiones de venta, gastos de marketing, gastos de inteligencia tecnológica, etc.), ¿Cuáles son los resultados económicos – financieros esperados? ¿Cuáles son los principales riesgos de negocio para operar la tecnología?, entre otros.

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2.3 Valoración

Las condiciones actuales y expectativas de la industria

Una de las actividades de mayor complejidad, es la valoración de bienes o activos intangibles derivados de cualquier proceso de investigación. La valoración no se refiere al costo, está más encaminada a lo que el mercado estaría dispuesto a pagar por el beneficio a recibir.

Para determinar las variables anteriores, teniendo en cuenta los métodos de valoración cuantitativos y cualitativos existentes y el abanico de tecnologías a transferir, la Dirección de Innovación viene trabajando en el diseño de un modelo propio de valoración y flexible según la tecnología y las circunstancias.

Para el caso de patentes, esta valoración es necesaria para su trámite, mantenimiento y transferencia, sea por la vía de licencia o cesión. De igual manera, es necesario valorar cuando se decide que el conocimiento o tecnología se transfiera a través de la creación de una nueva empresa, para el caso de las universidades, a través de una spin-off. Aunque existen métodos de valoración particulares para patentes o para empresas, no existe un único método de valoración, inclusive cada método puede arrojar valoraciones diferentes. Según (Holmes, 2009) “todos los métodos y técnicas de evaluación son adecuados si se utilizan en las situaciones indicadas”. Las dificultades en el proceso de valoración de tecnología se centran en que este proceso no es estándar y varía según la tecnología, muchas veces no hay un mercado claro en el que se hagan este tipo de transacciones y los detalles de este tipo de transferencias raramente se conocen. Sin embargo, hay algunos elementos que analizados en conjunto, dan las bases para iniciar un proceso de valoración. Entre estos elementos tenemos: •

En caso de contarse con algún mecanismo de protección, valorar el alcance y seguridad del mecanismos de protección utilizado. Valorar el grado de desarrollo de este conocimiento o tecnología.

Valorar las distintas aplicaciones y los sectores objetivo de la tecnología.

El tiempo restante de vida útil (económica y legal)

• Determinar las características de los productos o tecnologías alternativas de la competencia y, en definitiva, realizar un estudio de mercado, cualitativo y cuantitativo, lo más exhaustivo posible. •

El tiempo restante de vida útil (económica y legal)

La capacidad de generación de ingresos

La naturaleza e historia del activo intangible

Las perspectivas económicas que pueden afectar su desempeño

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2.4 Definición de la estrategia de comercialización y transferencia al mercado Esta etapa busca establecer cuál es el mejor mecanismo para transferir y llevar al mercado esta tecnología o conocimiento: sea a través de licenciamiento o creación de spin-off. La universidad, que es propietaria de los derechos de los resultados de investigación, debe elegir si cederlos, licenciarlos a terceros o licenciarlos a nuevas iniciativas empresariales que ella promueva (spin-off). Para ello, se analizan diferentes variables tales como el tipo de tecnología a transferir y el estado del arte de la misma, mercado, las capacidades del equipo investigador, requerimientos y acceso a capital de riesgo y, por último, de las políticas de cada institución en la materia y cuál de las estrategias adoptadas genera mayores beneficios. Toda esta información se obtiene en los análisis previamente descritos. Para la toma de decisión si licenciar o promover una spinoff se tienen en consideración los siguientes elementos: Aspectos que favorecen la creación de spin-off • Tecnologías que pueden ser escaladas y llevadas al mercado con unos recursos que pueden ser aportados por inversionistas o la entidad promotora de esta iniciativa. • Equipo emprendedor o generador de la iniciativa, dispuesto a colocar parte de su tiempo en su estructuración. • Contar con más de un producto o tecnologías que en un corto plazo darán origen a nuevos productos.

Aspectos que favorecen el licenciamiento de tecnología • Tecnologías inmaduras que requieren actividades subsecuentes de investigación y altos recursos, pero que al ser disruptivas, una empresa estaría dispuesta a apostarle e invertir. • Tecnologías que requieren mucha inversión para llevar a cabo pruebas de concepto y para su escalamiento. • Tecnologías muy maduras y que cuentan con poco tiempo para ser explotadas comercialmente

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Aspectos que favorecen la creación de spin-off • Ecosistema favorable que permita la creación d este tipo de iniciativas: políticas y directrices claras, espacios de pre incubación, fuentes externas que viabilicen su creación (convocatorias gubernamentales, fondos de capital semilla, ángeles inversionistas entre otros.)

Aspectos que favorecen el licenciamiento de tecnología • Necesidad de contar con recursos en un corto plazo para financiar el desarrollo de otros productos mejores e incluso que no compiten con este primero.

• Tecnologías con retornos a largo plazo más altos y que compensen la inversión y la espera inicial. • Conocimiento no fácilmente copiable, ojalá protegible por alguna modalidad de la propiedad intelectual y que le da en alguna medida una ventaja competitiva. En este sentido, es importante considerar las ventajas de la creación de spin-off frente a otras alternativas de transferencia, las cuales se enuncian a continuación: •

A largo plazo una spin-off genera mayores ingresos frente al licenciamiento a terceros.

• Comparadas con otro tipo de empresas, para una spin-off es mucho más barato la creación de un empleo puesto que comparten los costos con la universidad que ofrece dedicación de docentes e investigadores desde su nómina. •

La spin-off tienen menos pérdidas porque se desarrollan con una menor cantidad de gastos operativos como servicios externos, alquileres, mantenimiento, transporte o seguros.

Se crea un vínculo entre las empresas creadas y los laboratorios de origen, que da lugar a un intercambio de conocimientos entre el mundo universitario (congresos, publicaciones, etc.) y el sistema productivo local

En algunas ocasiones las tecnologías que surgen de la investigación no han sido muy explotadas por la industria, el conocimiento de los grupos de investigación puede significar una ventaja competitiva más estable que redunda en unos beneficios de explotación.

No obstante, en ocasiones la decisión de creación de spin-off vs licenciamiento o cesión está fuertemente influenciada por las condiciones existentes tales como tecnología novedosa, la cultura universitaria hasta el espíritu emprendedor de los investigadores, disponibilidad de recursos y las políticas de la universidad. Otros aspectos que deben ser considerados son el equipo promotor de la spin-off que pueda ser capaz de impulsar el desarrollo de la spin-off y cuente con los conocimientos para generar nuevas soluciones. Así mismo, que exista una cultura de innovación y emprendimiento que muestre a las personas la posibilidad de transferir conocimiento y generar impacto de los procesos investigativos desde alternativas diferentes a la publicación. En cuanto al acceso a recursos financieros y las políticas de la Universidad, en países como el nuestro las condiciones son más favorables para universidades privadas por dos razones importantes: en primer lugar, la autonomía en la toma de decisiones de inversión y la independencia para el establecimiento de políticas de participación del equipo promotor y contraprestaciones económicas. Sin embargo, contar con el apoyo de una fuente de financiación externa como inversionistas o subvenciones, agilizan de manera considerable el desarrollo de una spin-off. Finalmente, y no menos importante, está el contar con un plan de negocio que refleje lo más exactamente posible la viabilidad de la spin-off así como el plan para su desarrollo y los requerimientos. Este plan consolida toda la información que pueda ser de interés para la toma

En las ciencias de la vida el horizonte temporal de comercialización es mayor que en las ciencias físicas, lo que favorece la creación de spin-off.

Sin embargo, es importante considerar que estas dos vías no son excluyentes, ya que se pueden presentar casos, dependiendo de la tecnología, en donde se decida licenciarla para la explotación por un tercero y crear la empresa en Colombia para su explotación nacional.

• En el área de software, dado que el conocimiento necesario para el desarrollo es en gran medida de carácter tácito, se favorece la utilización de una spin-off como mecanismo de transferencia de conocimiento

El proceso de estructuración y puesta en marcha implica una serie de fases, las cuales dependen de la tecnología, su estado de madurez, los recursos necesarios para sacarla adelante y la consecución de inversión

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2.5 Transferencia al mercado Se refiere al traspaso de un conjunto de conocimientos y prácticas desde la universidad a otra entidad, a manera de tecnologías, derechos de explotación, productos o servicios, los cuales que representan un retorno económico y social bien sea para generar utilidades o para hacer reinversión que apalanquen nuevos proyectos de investigación, recursos y actividades de divulgación.

2.6 Auditoría y seguimiento de los acuerdos de transferencia Se refiere al monitoreo del desarrollo y del cumplimiento de los acuerdos establecidos entre las partes, revisando el avance, mantenimiento, evaluación y cumplimiento de los derechos y obligaciones asumidos por todas las partes involucradas en el contrato de transferencia.

Este proceso contiene la firma de acuerdos de negociación entre los diferentes actores involucrados en la transferencia, entre los que se cuentan: universidad, Inventores, Socios capitalistas y/o compradores. El propósito de estos acuerdos es el de reglamentar aspectos relacionados las responsabilidades y derechos jurídicos o económicos de los derechos sobre el conocimiento, bienes o servicios desarrollados a partir de la investigación en la universidad. Los acuerdos que se establezcan dependerán de la forma de negociación por lo que los documentos que se describen a continuación pueden ser adaptados a las particularidades del proyecto. No obstante, de manera general, se deben efectuar acuerdos orientados a: • Características de explotación de los derechos de propiedad intelectual e industrial: Existen diversas alternativas para la explotación de tales derechos y los propietarios de los mismos deben realizar acuerdos con quienes estarán a cargo de dicha actividad. Por ejemplo, se puede hacer una cesión de know‐ how para una explotación por parte de terceros o de la Universidad, una venta total de los derechos, una combinación de ambas alternativas o un contrato de exclusividad, por decir algunos. • Formas de participación y aportación de capital o know-how: En el caso en que se cree una empresa spin-off se requiere un acuerdo en el que se defina de qué manera los inventores, la universidad y actores terceros participarán en la nueva estructura jurídica y de qué manera se realizarán los aportes de capital o know-how que harán cada uno de los participantes. •

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Mecanismos y valores de las contraprestaciones económicas: Se refiere al valor y la forma en la que ingresarán los retornos económicos por la explotación de derechos de propiedad intelectual e industrial, así como su distribución entre las diferentes partes que han participado en el desarrollo de los productos y servicios sujetos a la transferencia.

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DIRECTRICES PARA LA CREACIÓN DE SPIN OFFS EN LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA SEDE CENTRAL Febrero de 2016 Introducción Aunque el licenciamiento de tecnologías ha sido el mecanismo tradicional y más comúnmente utilizado por las universidades para transferir tecnología, en las últimas tres décadas las estas vienen promoviendo e incentivando la creación de nuevas empresas derivadas de sus procesos investigativos, empresas creadas por parte de los investigadores, con el objetivo de explotar los conocimientos o resultados de la investigación obtenidos. Este fenómeno recibe nombres diferentes en la literatura, como: start-up, spin-out o spin-off universitarias. En el presente documento, se utilizará el término spin-off para este tipo de iniciativas. Las spin-off tienen ventajas sobre el licenciamiento ya que generan empleos altamente calificados y producen un efecto económico positivo en el entorno en donde se desarrollan. Además de ser un mecanismo que permite la apropiación social del conocimiento generado en las universidades, son un espacio para promover las relaciones de la universidad con su entorno, contar con recursos adicionales para el financiamiento de actividades de investigación, desarrollo e innovación y promover desde el ámbito universitario, valores como la creatividad, la innovación y la capacidad emprendedora. En Colombia, la creación de este tipo de iniciativas está en su fase de exploración y son pocas las spin-offs creadas a la fecha. Ante su importancia, entidades como Colciencias e Innpulsa han venido promoviendo en los últimos tres años la creación de spin-off a través del financiamiento de actividades previas a su constitución, que buscan identificar el potencial de la tecnología, su estado de madurez y mercados potenciales. Sin embargo, se requiere darle continuidad a este financiamiento, ya sea con recursos del Estado o mediante la creación de fondos de capital de riesgo y capital semilla, que permitan financiar las fases iniciales de operación de este tipo de emprendimientos y su constitución y puesta en marcha. En el caso de la Universidad Javeriana, ésta no ha sido ajena a este tema gracias a la actividad investigativa de sus grupos, que cuentan con conocimientos y tecnologías susceptibles de ser transferidas bajo la figura de spinoff, algunas de ellas protegidas mediante patentes. En la actualidad, la Universidad cuenta con un portafolio de 41 solicitudes de patentes (10 aprobadas), provenientes de 19 tecnologías, algunas de ellas con potencial de ser

transferidas bajo la figura de spin-off, contándose de igual manera, con el interés y apoyo por parte de los investigadores y de la misma Universidad para lleva a cabo este proceso. El reto ahora es darle valor agregado a estas patentes y lograr transferirlas y llevarlas al mercado, mediante el vehículo de spin-off. Para ello, desde la Vicerrectoría de Investigación ha propuesto un Modelo de Transferencia de Tecnología que se presenta en otra Directriz complementaria a esta. Este Modelo propone los pasos para comercializar tecnologías; se viene promoviendo la estructuración de este tipo de iniciativas, las cuales una vez identificadas, se han apoyado en las fases subsiguientes para su maduración y en la cual también se ha contado con recursos del Estado, adjudicados en convocatorias para tal fin. Considerando que se ha avanzado en el tema y que se espera en el corto plazo crear las primeras spin-offs, el presente documento busca dar las pautas y directrices para la creación de este tipo de iniciativas al interior de la Universidad. Directrices que contarán posteriormente con procedimientos específicos y se apoyan en el Código del Buen Gobierno de la Vicerrectoría Administrativa y otras normas ya existentes con las cuales estarán armonizadas. Directrices para la creación de spin- off al interior de la Universidad Javeriana Para la Universidad Javeriana una spin-off es una empresa creada desde la Universidad para la explotación comercial de un bien o servicio, producto de la actividad investigativa de profesores o de actividades de gestión del personal administrativo de la institución. Es una forma de concretar su misión de emprendimiento y de realizar su tarea de transferir tecnología a la sociedad, en el marco de su responsabilidad social1. Condiciones para su estructuración 1. La Universidad promoverá la estructuración de este tipo de iniciativas, una vez se haya definido previamente su viabilidad y que cumpla con los siguientes requisitos: a) Que tengan su origen en la actividad investigativa, de docencia o de gestión que se lleva a cabo en la Universidad y que sea susceptible de explotación comercial o industrial. b) Que la Universidad participe en su promoción y creación y obtenga contraprestaciones por dicha actividad. 1 Definiciones complementarias para la Política de Investigación. Documento avalado por el Consejo Académico el 3 de Septiembre de 2014 (Acta 305)

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c) Que participen en la promoción y creación personal docente e investigador o administrativo de la propia Universidad. d) Que al menos uno de los generadores del conocimiento, patente o tecnología esté interesado en apoyar el proceso de estructuración inicial. e) Que la iniciativa empresarial esté basada en la explotación de patentes o de resultados generados por proyectos de investigación o de actividades de gestión o de docencia realizados en la Universidad. Es importante mencionar que no necesariamente el conocimiento o la tecnología que se transfiere a la nueva empresa deban estar protegidos bajo alguna modalidad de la propiedad intelectual (patentes). Hay ejemplos de iniciativas tipo spin-off universitarias que comercializan conocimiento no protegido.

descritas en un documento de proceso de creación de spin-off) y sea el momento de crear la empresa, el aval de inversión será dado por el Consejo Administrativo, decisión que deberá ser aprobada por el Consejo Directivo. Gestores de la idea 3. Podrán ser gestores este tipo de iniciativas, personal docente e investigador o administrativo de la Universidad que haya generado conocimiento o tecnologías protegibles o no, derivados de proyectos de investigación o de actividades de gestión o docencia, realizados en la Universidad y que busquen su comercialización a través de la figura de spin-off.

f) Que tenga por objeto la producción de bienes o la prestación de servicios con un alto valor añadido.

De igual manera, podrán ser parte del equipo de gestores, personal no vinculado a la Universidad y que haya generado el conocimiento o tecnología, siempre y cuando se demuestren dichos aportes y que se cuente con el aval del Departamento y Decano respectivos. Sin embargo, si no hay participación de un profesor de planta, la Universidad no apoyará este tipo de iniciativas.

2. La Dirección de Innovación de la Vicerrectoría de Investigación será la Unidad que hará los estudios y análisis respectivos para establecer la viabilidad de una tecnología para ser transferida a través de una spin-off.

Participación

El personal docente e investigador o administrativo de la Universidad,

La Universidad Javeriana quien aportará a estas empresas fundamentalmente el conocimiento y la tecnología para su desarrollo y evaluará la posibilidad de hacer aportes en dinero o en especie o,

Si los análisis anteriores son favorables, el aval de su creación será asumido por un Comité de empresas spin-off creado para tal fin. Este Comité estará conformado por el Director de Asuntos Profesorales, el Director Financiero, el Director Jurídico, el Director de Gestión Humana y el Director de innovación. Adicionalmente, participará en el mismo, un externo experto en la tecnología y que en lo posible haya sido parte del board2 de este emprendimiento. Si la Tecnología es compartida con otra entidad u organización, se recomienda la participación de un delegado de la organización externa. El comité decidirá la viabilidad de la creación de la spin-off en cada caso teniendo en consideración aspectos como: existencia de inversionistas, oportunidad del mercado, actores involucrados, plan de inversión, entre otros, material que proporcionará la Dirección de innovación como resultado del análisis previo hecho a la tecnología. Una vez la iniciativa empresarial haya surtido las diferentes etapas para su constitución (que serán

2 El Board de Emprendimiento es un comité de expertos no remunerados, que a través del aporte de su conocimiento, experiencia y pertenencia al sector empresarial, apoyan en el direccionamiento estratégico de las spin-off de la Pontificia Universidad Javeriana.

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4. En estas iniciativas empresariales podrán participar:

Un inversionista 5. Participación de la Universidad. La Universidad podrá contribuir a las actividades de las spin-off mediante alguna o algunas de las siguientes modalidades: a) Participando en el capital social (equity), ya sea a través de una nueva organización creada para tal fin o a través de un Fondo de Capital de Riesgo que se estructure para apoyar financieramente este tipo de iniciativas. La participación en el capital social no necesariamente debe estar supeditada a la inyección de aportes en efectivo. b) Concediendo licencias de patentes o de cualquier otro título que permita la explotación, mediante remuneración o royalties, de derechos de

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propiedad intelectual (industrial o de derechos de autor) o derechos de obtentor. En estos casos, los ingresos por royalties a la Universidad serán distribuidos según lo previsto en el documento de Directrices de Propiedad Intelectual. c) Autorizando la utilización de los servicios universitarios, de conformidad con las normas que los rija, así como de las estructuras universitarias de apoyo de las empresas que se creen. Esta utilización será regulada caso a caso en los acuerdos particulares que se firmen. d) Igualmente esta participación podrá consistir en aportes en bienes, derechos o servicios en especie debidamente valorados, o en aportes financieros. El retorno de la participación de la Universidad se puede ver reflejado en participación en el capital social o remuneración a través de regalías o ambas. Las contraprestaciones por el apoyo de la Universidad a las spin-off podrán ser: •

Cobro de dividendos por participación en el capital social.

Cobro de regalías por el uso de la propiedad intelectual.

Cobro por el uso de bienes e infraestructura universitaria en caso de que no sean aportados como parte del capital social.

Contratación preferente de la Universidad para todo tipo de consultoría que deba efectuarse en la spin-off, según los lineamientos de consultorías.

Admisión de alumnos en prácticas.

Posibilidad de realización de trabajos de grado en posgrado en el ámbito de la spin-off.

Cualquiera otra que se acuerde entre las partes con la aprobación correspondiente.

En aquellos casos en que el Consejo Directivo decida que la Universidad no participe en el capital social de la spin-off, ella podrá licenciar a los gestores de la iniciativa la tecnología para que continúen con su proyecto empresarial. Para ello, la dirección de Innovación en conjunto con la Dirección Jurídica y Financiera definirá el acuerdo de transferencia respectivo, en donde se estipulen los términos legales y económicos de dicha transferencia.

Desinversión 6. La Universidad podrá en cualquier momento decidir la venta de su participación en una spin-off. Esta decisión será tomada por el Consejo Directivo, basado en información suministrada por el Consejo Financiero. Participación de los gestores de la idea 7. Los gestores de la iniciativa, independientemente del número o su vinculación o no a la Universidad, tendrán un porcentaje mínimo de participación en el capital social de la empresa del 20%. El valor final de participación será definido por el Comité de empresa spin-off y aprobado por el Consejo Administrativo. 8. Los gestores que formen parte del cuerpo docente o administrativo, podrán hacer consultorías a la spin-off, solo a través de la Universidad y según los lineamientos de la Dirección de Consultorías, siempre que la junta directiva de la empresa lo apruebe. 9. Los gestores de estas iniciativas y que formen parte del cuerpo docente o administrativo tiempo completo, no podrán tener vinculación laboral con la spin-off y la Universidad. 10. Cuando la Universidad tenga parte accionaria en una spin-off, el gestor de la iniciativa no será el CEO de la compañía. 11. Los gestores de la iniciativa y que sean personal de planta tiempo completo en la Universidad, podrán tener estancias en la spin-off, bajo la modalidad de Estancias de Innovación, una vez que están sean definidas y aprobadas. 12. Los promotores que participen en una spin-off tendrán la obligación de informar a la Universidad sobre cualquier circunstancia significativa que pueda dar lugar a un conflicto de interés entre su actividad laboral en la Universidad y su participación en la empresa. 13. Una vez creada la compañía, en aquellos casos en donde la Universidad o un inversionista decidan desinvertir, los gestores de la iniciativa empresarial tendrán la primera opción de compra a precios preferenciales. El precio preferencial será aquel acordado por la junta directiva. 14. Cuando se cuente con un activo protegible y se decida iniciar su proceso de trasferencia por la vía de spin-off, el inventor asumirá un compromiso con la Universidad a trabajar en el desarrollo de esta iniciativa.

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Utilización de espacios, equipos o recursos humanos de la Universidad 15. Cualquier utilización de espacio, equipos o recursos humanos de la Universidad al servicio de estas empresas deberá realizarse, con carácter temporal y requerirá de la negociación y firma del correspondiente convenio o contrato de colaboración con la universidad. Esta utilización será regulada en el documento de procedimientos. Relaciones empresariales con terceros 16. Toda empresa constituida por personal de la Universidad deberá mantener en sus relaciones empresariales una conducta o un modo de comunicación que no pueda dar a entender su actuación en representación de la Universidad. Distribución de beneficios resultantes de la participación de la Universidad en el capital social de una spin-off 17. Los retornos económicos que resulten de la participación accionaria de la Universidad en una spin-off serán destinados a financiar el sistema de I+D+i de la Universidad, distribuidos de la siguiente forma:

Un 30% al gobierno general

Un 50% para la creación de un Fondo de emprendimiento que estará en la Vicerrectoría de Investigación

Un 20% para las unidades generadoras de la spin-off solo para ser utilizados en temas de apoyo al emprendimiento

18. Elementos a ser considerados en documentos de procedimientos y normas de buen gobierno

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-

Cuando constituir una spin-off desde el punto de vista tecnológico y comercial y cuando no apoyar su creación por aspectos éticos

-

Vehículo de participación en las spin-off (financiera y administrativa)

-

Estatutos en los que se definirán la Política de Conflicto de Intereses y las normas de buen gobierno

-

Gestión de la cartera de participaciones de la Universidad en las spin-off y mecanismos de monitoreo para vigilar los intereses de la Universidad en una spin-off, en caso de que tenga participación accionaria.

Pactos a suscribir entre la Universidad y demás socios de una spin-off o acuerdos entre la Universidad y los restantes socios que incluya los pactos para3 que se estimen convenientes. Es importante mencionar que la relación entre la Universidad y cada spin-off será regulada por un convenio particular, el cual se elaborará según los intereses y las negociaciones a las que se dé lugar. Aplicación de estas directrices. 19. Estas directrices proporcionan sólo los principios generales de las disposiciones y requisitos contractuales que deberán ser establecidos y negociados en detalle en cada caso concreto. Cada tecnología y cada transacción debe ser analizada independientemente y lo expuesto en este documento presenta los lineamientos base para determinar la manera y términos más adecuados para cada transacción particular. Papel de la Dirección de Investigación en la estructuración de este tipo de iniciativas 20. La Dirección de Innovación de la Vicerrectoría de Investigación será la unidad responsable de informar, orientar y asesorar a la comunidad universitaria sobre el proceso de creación de iniciativas spin-off. Además será a ella a la que se le presenten las solicitudes y propuestas referentes a la creación de spin-off siguiendo lo estipulado en esta directriz. A través de la Dirección de Innovación se ofrecerá: -

Apoyo en la identificación de la tecnología o conocimiento a transferir, evaluación de las opciones de protección y en el análisis de los mecanismos de transferencia.

-

Gestión de las solicitudes de patentes que sean el fundamento de la nueva iniciativa empresarial.

-

Evaluación sobre la viabilidad de llevar esta tecnología al mercado y definición en conjunto con los promotores y agentes externos, los

3 Los pactos parasociales son acuerdos celebrados al margen de la regulación societaria, entre los socios, entre estos y la sociedad, o con terceros, que constituyen una herramienta de uso frecuente en el desarrollo de las relaciones corporativas pese a la ausencia de una regulación legal integral, y que tienen por finalidad regular extremos no recogidos estatutariamente. Su validez, eficacia e incumplimiento estarán determinados en mayor medida por las normas de derecho civil y en menor proporción por el orden jurídico societario. Henao, L. “Los pactos parasociales”, Revista de Derecho Privado, Universidad Externado de Colombia, n.º 25, julio-diciembre, 2013, pp.

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mecanismos para hacerlo y presentación a las instancias respectivas. -

Estructuración de un board de emprendimiento que acompañe y oriente estas iniciativas para llevarlas de la mejor manera al mercado.

-

Fórmulas de colaboración con la Universidad y negociación con terceros o posibles inversionistas interesados en ser parte de las iniciativas.

-

En colaboración con la Dirección Jurídica, elaboración de los respectivos Acuerdos de Transferencia.

Cordialmente, CONSUELO URIBE MALLARINO Vicerrectora de Investigación

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DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA VICERRECTORÍA DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES



CIRCULAR N° 03 - 2015 Para: RECTOR VICERRECTORES SECRETARIO GENERAL DIRECTORA DE ASUNTOS INTERNACIONALES DECANOS DE FACULTAD DECANOS ACADÉMICOS DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE MAESTRÍA DIRECTORES DE DOCTORADO De:

VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Asunto: Nuevo Sistema de Gestión de Movilidad Estudiantil Fecha:

5 de agosto de 2015

Estimados Decanos y Directores, Reciban mi cordial saludo. Debido al aumento progresivo y constante de estudiantes interesados en aplicar a los programas de movilidad estudiantil, tanto entrante como saliente a nivel nacional e internacional, tenemos el gusto de informarles que la Universidad ha desarrollado un nuevo sistema de gestión de movilidad estudiantil. Este nuevo sistema permitirá gestionar de forma eficiente las postulaciones recibidas cada semestre para las diferentes modalidades de movilidad estudiantil, mejorando así los tiempos de respuesta, el control de las autorizaciones requeridas, y la posibilidad de hacer seguimiento constante a la postulación de cada estudiante. Además de enriquecer la experiencia académica de los estudiantes, les recuerdo que la movilidad estudiantil es uno de los aspectos que se tienen en cuenta y que son evaluados por el CNA, en los intereses particulares de los diferentes programas en lograr su acreditación o reacreditación. En ese sentido, la participación de los programas académicos en estos procesos es fundamental. Teniendo en cuenta lo anterior, quiero informales los roles que los Directores de Programa tendrán en el nuevo sistema: Movilidad Saliente: 1. Aprobación de la movilidad: En el sistema, cada Director deberá dar un aval a su estudiante para que pueda participar en los programas de movilidad estudiantil, teniendo en cuenta su desempeño académico y disciplinario. Para hacerlo, será notificado a través de su correo electrónico institucional. 2. Acuerdo de Aprendizaje: En el sistema el estudiante registrará las asignaturas que quiere cursar en la universidad de destino y adjuntará los respectivos

contenidos programáticos. Cada Director deberá ingresar, previa notificación, al perfil del estudiante y analizar las asignaturas de interés con el fin de aprobarlas o no. El estudiante sólo estará autorizado a cursar las asignaturas aprobadas y la Pontificia Universidad Javeriana reconocerá las calificaciones obtenidas en las asignaturas registradas en el Acuerdo de Aprendizaje. Movilidad Entrante: 1. Aprobación de asignaturas: En el sistema, previa notificación, cada Director deberá aprobar o rechazar las asignaturas que los estudiantes externos están interesados en cursar en la Pontificia Universidad Javeriana. En la sección de aprobación, frente al nombre de cada estudiante, se podrá encontrar una copia de los documentos de postulación recibidos, con los que cada Director tiene las herramientas para llevar a cabo dicho análisis. Les recuerdo que debido a que las aprobaciones y autorizaciones del Programa de Movilidad Estudiantil son responsabilidad de cada Director de Programa, sólo sus usuarios tendrán permisos para ingresar al sistema. Entendiendo que el proceso de movilidad estudiantil cambiará de forma significativa y con el fin de que conozcan de primera mano el nuevo sistema, en los próximos días los estaremos invitando a una jornada de capacitación liderada por los Coordinadores de Movilidad Estudiantil y con el apoyo de la Dirección de Tecnologías de la Información. Les recordamos que su participación es requerida en este proceso de socialización. En caso de necesitar información adicional o si tienen alguna inquietud, no duden en contactar a: Movilidad Estudiantil Nacional Camilo Bonilla Plaza Coordinador Oficina de Movilidad Estudiantil Ext. 2532 bonilla-camilo@javeriana.edu.co Movilidad Estudiantil Internacional Erika Ospina Coordinadora de Movilidad Estudiantil Internacional Dirección de Asuntos Internacionales Ext. 3007 eospina@javeriana.edu.co Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales

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CIRCULAR N° 04 - 2015 Para: RECTOR VICERRECTORES SECRETARIO GENERAL DIRECTORES DE CONSULTORÍAS, EDUCACIÓN CONTINUA, ASUNTOS PROFESORALES Y GESTIÓN HUMANA DECANOS DE FACULTAD Y ACADÉMICOS DIRECTORES DE MAESTRÍA, DOCTORADO Y DEPARTAMENTO, CENTROS E INSTITUTOS SECRETARIOS DE FACULTAD De:

VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Y VICERRECTOR ACADÉMICO

Asunto: Bonificaciones de Salario para Profesores de Planta, por concepto de su participación en Educación Continua y Consultorías Fecha:

6 de agosto de 2015

Estimados Directivos, Reciban nuestro cordial saludo. Con el fin de optimizar los procesos de extensión académica e incentivar la participación de los profesores de planta en las actividades de Educación Continua y Consultorías, conjuntamente la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales y la Vicerrectoría Académica, y con el acompañamiento de la Vicerrectoría Administrativa, definieron los nuevos lineamientos para bonificaciones por concepto de estas actividades. Los lineamientos que encuentran a continuación, serán debidamente incorporados al Manual de Compensación:

Los profesores de planta podrán recibir bonificación no constitutiva de salario por concepto de su participación en actividades de Consultoría y Educación Continua. Las labores de Consultoría y Educación Continua serán desarrolladas por los profesores bajo las siguientes condiciones:

1. El profesor de planta podrá incluir actividades de Consultoría o Educación Continua, dentro de su Plan de Trabajo. La dedicación de un profesor a estas actividades estará regulada por la respectiva Unidad Académica y deberá estar acorde con las directrices establecidas por la Vicerrectoría Académica. En este caso el profesor recibirá como bonificación la suma que resulte de restar al valor de la tarifa horaria establecida en el Programa de Educación Continua o Proyecto de Consultoría, el valor de la hora de salario,

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según la categoría del profesor (ver Nota). Los recursos correspondientes al valor del salario del profesor se reconocerán como una recuperación de salarios para el departamento al que pertenece el profesor1. 2. El profesor de planta podrá desarrollar actividades de Educación Continua y Consultorías por fuera de su Plan de Trabajo. Estas se reconocerán mediante bonificación ocasional y su valor corresponderá a la tarifa plena establecida en el Proyecto de Consultoría o Programa de Educación Continua. Este reconocimiento adicional deberá ser autorizado por el Decano y en ningún caso deberá corresponder a más de 20 horas semanales adicionales a su carga laboral como profesor de Planta; en consecuencia corresponde al Director de la Unidad Académica a la cual pertenece el Profesor, garantizar que cumpla con sus obligaciones del Plan de Trabajo y por tanto impedir que las actividades de consultoría o educación continua, no incluidas en su Plan de Trabajo, interfieran con sus compromisos como Profesor de la Universidad. 3. Las tarifas para estas actividades académicas del Profesor, serán las establecidas para cada Proyecto o Programa; en el caso de Educación Continua, serán fijadas por la Dirección de Educación Continua. Las tarifas de Consultoría, serán propuestas por la Unidad Académica según las condiciones del Proyecto, el perfil del profesor y su rol dentro del mismo. De todas maneras, las Direcciones de Educación Continua y Consultorías deberán avalar dichas tarifas, a partir del análisis financiero de la actividad y de acuerdo con las políticas de la Dirección Financiera de la Universidad. 4. En casos especiales en los cuales, las bonificaciones mensuales superen el salario básico mensual del profesor o se deban otorgar mensualmente por un tiempo consecutivo mayor o igual a un año, deberán ser autorizadas por el Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales a solicitud de la Unidad respectiva previo concepto de la Dirección de Gestión Humana para determinar si la bonificación debe ser constitutiva o no de salario. 5. En todos los casos el pago de bonificaciones por concepto de Proyectos de Consultoría estará sujeto a la generación y registro de los ingresos del proyecto; es decir, solamente si se ha realizado el proceso de facturación a la entidad financiadora, la unidad podrá presentar a la Dirección de Gestión Humana el formato para el pago de la bonificación. No se podrán hacer traslados hacia el rubro de bonificaciones 1 Ver nota explicativa al final

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dentro de un proyecto, sin previa autorización de la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales.

Nota explicativa La dedicación del profesor de planta a la actividad académica de educación continua y consultoría, deberá incluirse como costo directo en la propuesta. Por lo anterior, el valor que resulte de su dedicación, tomando como base la asignación salarial del profesor en la Universidad, se verá reflejado en la recuperación salarial correspondiente.

A manera de ejemplo, el cálculo de la recuperación de salarios y de la bonificación para un Profesor Asociado con dedicación de tiempo completo que participa como Consultor o profesor en Educación Continua, con una dedicación de 48 horas/mes dentro de su Plan de Trabajo y 24 horas/mes, por fuera del Plan de Trabajo sería: Sueldo como profesor Asociado

8,884,100

Factor Prestacional

2,607,483

Salario como Profesor Asociado

11,491,583

No de horas laborales mes

160

Valor Hora como Profesor Asociado

71,822

Valor Hora como Consultor (Fijada por el Proyecto de Consultoría o Programa de EC)

86,000

Número total horas/mes/Consultoría o EC

72

Número de horas en el Plan de trabajo

48

Número de horas por fuera del Plan de trabajo

24

Valor Total como Consultor (72*$86,000)

6,192,000

Valor total Recuperación de Salarios para la unidad (48*$71,822)

3,447,456

Valor Bonificación por Horas en el Plan de Trabajo. Diferencia entre tarifa plena y valor hora profesor ($86.000-71.822 = $14.178) $14.178*48 = $680.544

680,544

Valor Bonificación por Horas por fuera del Plan de trabajo ($86.000*24)

2,064,000

VALOR TOTAL BONIFICACION

2,744,544

Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales LUIS DAVID PRIETO MARTÍNEZ Vicerrector Académico

CIRCULAR N° 05 - 2015 Para: RECTOR VICERRECTORES DECANOS DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE POSGRADOS REPRESENTANTES DE INTERNACIONALIZACIÓN EN CADA FACULTAD DIRECTORES DE INSTITUTOS De: VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Asunto: Nuevo Sistema de Gestión de Convenios Internacionales Fecha:

30 de septiembre de 2015

Estimados Vicerrectores, Decanos, Directores y funcionarios, Reciban mi cordial saludo. En respuesta al creciente interés de las diferentes unidades académicas respecto al establecimiento de convenios internacionales de cooperación con instituciones extranjeras, tenemos el gusto de informarles que la Universidad ha desarrollado un nuevo Sistema de Gestión de Convenios Internacionales. Esta nueva plataforma permitirá tramitar de una forma más eficiente el proceso de solicitud, aprobación, seguimiento y consulta de los convenios a través del sitio web institucional, lo cual nos permitirá mejorar la trazabilidad e interlocución de las diferentes partes involucradas durante el proceso, permitirá contar con una mayor seguridad de la información y con un seguimiento constante al estado al trámite para cada solicitud. Como parte de nuestra política de internacionalización, les recuerdo que los acuerdos de movilidad y cooperación académica y cultural establecidos por la Universidad con organismos internacionales, universidades e instituciones extranjeras de un reconocido nivel de calidad son uno de los principales aspectos evaluados por el CNA para la acreditación o reacreditación de los programas, dado que se trata de un factor que evidencia el su posicionamiento y calidad a nivel internacional. Teniendo en cuenta lo anterior, me permito informales los roles que tendrán los diferentes usuarios en el nuevo sistema: 1. Consulta de convenios: La consulta de convenios internacionales de movilidad y cooperación académica

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y cultural, suscritos por la universidad es pública; cualquier usuario interno o externo podrá realizarla a través de diferentes filtros de búsqueda, sin necesidad de contar con un usuario y una contraseña institucional. 2. Solicitud y seguimiento al trámite de convenios: El gestor del convenio (usuario académico o administrativo responsable por este tema en cada unidad) puede iniciar la solicitud de un convenio nuevo, el cual debe ser aprobado por el Decano o responsable de su unidad a través del mismo sistema. También podrá consultar el estado de trámite y la información general de los convenios que han sido solicitados por él mismo, para lo cual debe realizar la autenticación con su usuario y contraseña institucional. El sistema desplegará un formulario con 4 páginas en las cuales debe registrar la información requerida para dar inicio a la gestión y podrá, además, adjuntar los documentos de soporte del convenio y otra información relevante. Durante todo el trámite posterior, recibirá notificaciones por correo electrónico indicándole en qué estado se encuentra el mismo. De igual manera, en el momento en que lo requiera, podrá ingresar al sistema y consultar el estado de la solicitud.

En caso de requerir información adicional o si tienen alguna inquietud, no duden en contactar a: Ana María Guevara Reina Coordinadora de Convenios Internacionales Dirección de Asuntos Internacionales Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales amguevara@javeriana.edu.co Ext: 2728 Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO, S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales

3. Aprobación de convenios: Previa notificación a través de correo electrónico, cada Vicerrector o Decano deberá avalar o rechazar la solicitud del convenio, incluyendo las observaciones o recomendaciones que considere pertinentes, con base en la información provista por el usuario solicitante. Una vez se dé su aprobación, el sistema notificará a la Coordinación de Convenios Internacionales para comenzar el trámite. Me permito recordarles que, debido a que las aprobaciones de solicitud de convenios internacionales son responsabilidad de cada Vicerrector o Decano, sólo sus usuarios tendrán permisos para ingresar al sistema de aprobaciones. De esta forma, entendiendo que el proceso de solicitud de convenios cambiará de forma significativa y con el fin que conozcan de primera mano el nuevo sistema, en los próximos días los estaremos realizando con algunos representantes una jornada de socialización liderada por la Dirección de Asuntos Internacionales y con el apoyo de la Dirección de Tecnologías de la Información. Les recordamos que su participación es de vital importancia en este proceso de socialización.

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CIRCULAR N° 06 - 2015 Para: RECTOR VICERRECTORES DECANOS DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE POSGRADOS DIRECTORES DE INSTITUTOS PROFESORES De: VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

La Pontificia Universidad Javeriana – Colombia -, fortalece su presencia internacional, en alianza con las mejores universidades del mundo. Ya somos edX. Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales

Asunto: Entrada de La Pontificia Universidad Javeriana a La Plataforma edX Fecha:

1 de octubre de 2015

Estimados Funcionarios, Con el objetivo de llegar a más estudiantes en todo el mundo, innovar en los procesos pedagógicos de los programas de Educación Continua y posicionar los altos perfiles de profesores que apoyan la oferta de cursos, talleres, diplomados y programas para profesionales ofrecidos por la Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales, el 17 de junio de 2015 la Pontificia Universidad Javeriana firmó una alianza estratégica con la organización edX. www.edx.org fundada por Massachusetts Institute of Technology (MIT) y Harvard University. Como resultado de la firma de este acuerdo, la Universidad Javeriana podrá publicar en edX 10 Cursos Masivos en Línea (MOOCS-Massive Open Online Courses). Para el desarrollo de estos 30 MOOCS, la Universidad recibirá el acompañamiento del equipo de diseño instruccional de Massachusetts Institute of Technology (MIT) en el diseño, montaje, metodologías pedagógicas y promoción de estos cursos y trabajará de manera colaborativa con las 86 instituciones alrrededor del mundo que se han unido a Harvard University y MIT en esta iniciativa. Con la entrada a la Plataforma edX, la Pontificia Universidad Javeriana se constituye en la primera Universidad de Latinoamérica en entrar al grupo de Universidades seleccionadas por edX para ser parte de la plataforma. Quiero invitarlos a postular sus ideas y proyectos para que JaverianaX llegue a los más de cinco millones de estudiantes actuales de esta plataforma. La participación de ustedes es la base fundamental para el éxito de este logro. A partir de hoy estaremos recibiendo sus propuestas en el correo electrónico direcontinua@javeriana.edu.co o personalmente en las oficinas de Educación Continua.

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CIRCULAR N° 07 - 2015 Para: RECTOR SECRETARIO GENERAL VICERRECTORES DECANOS De: VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Asunto: Presentación Portal Sello Javeriano Fecha:

5 de octubre de 2015

Estimados Directivos, La Vicerrectoría de Extensión y Relaciones Interinstitucionales y la Dirección de Relaciones con Egresados comprometidas con el fortalecimiento de la vinculación de nuestra Universidad con los egresados, tanto en el ámbito nacional como internacional, ha creado el portal “Sello Javeriano”. El portal “Sello Javeriano” será el punto de encuentro virtual que nos permitirá a directivos, profesores y estudiantes tener un conocimiento permanente sobre los egresados de la Universidad, por tener como objetivo manejar la información acerca de quiénes son, dónde están y qué hacen los egresados, así como reconocer sus logros profesionales y personales. Quiero invitarlos a continuar con esta labor de identificación de egresados y a difundir esta información con su equipo de trabajo. Les presento el vínculo al portal y espero desde ya su compromiso para engrandecer esta iniciativa. http://sellojaveriano.javeriana.edu.co/ Cordialmente, LUIS FERNANDO ÁLVAREZ LONDOÑO S.J. Vicerrector de Extensión y Relaciones Interinstitucionales

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DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA



VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA CIRCULAR N° 01 - 2015 Para: GOBIERNO GENERAL DECANOS DE FACULTAD Y DEL MEDIO UNIVERSITARIO DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE ESPECIALIZACIÓN DIRECTORES DE MAESTRÍA DIRECTORES DE DOCTORADO SECRETARIOS DE FACULTAD DIRECTORES DE INSTITUTO De:

CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO VICERRECTORA ADMINISTRATIVA

Asunto: CIERRE PROCESOS ADMINISTRATIVOS 2015 Fcha: 19 de octubre de 2015 Con el fin de asegurar el adecuado cierre administrativo del presente año, les pido el favor de consultar el documento Fechas límite de cierre año 2015 - Procesos Administrativos en el siguiente enlace: http://www.javeriana.edu.co/of-organizacion-y-metodos/ vicerrectoria-administrativa2/-/asset_publisher/n7ro68DqSibq/document/id/4368238 En este documento encontrarán las fechas de cierre de los procesos del ámbito de la Dirección Financiera, Dirección de Gestión Humana, Dirección de Servicios Universitarios, Dirección de recursos Físicos y Dirección de Tecnologías de Información. Para acceder al documento deben utilizar su usuario y clave de correo electrónico asignados. Agradezco divulgar esta información entre todo el equipo de trabajo de su unidad, de manera que puedan programar sus actividades y dar cumplimiento a los compromisos. Cordialmente, CATALINA MARTÍNEZ DE ROZO Vicerrectora Administrativa

VICERRECTORÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN CIRCULAR DTI N° 01 - 2015 Para:

EMPLEADOS DE PLANTA: PERSONAL ACADÉMICO, DOCENTES Y PERSONAL ADMINISTRATIVO

De:

LUIS FRANCISCO MARTÍNEZ DIRECTOR DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

Asunto: Directrices para acceso a sistemas de Información y Servicios de Tecnología Fecha:

23 de octubre de 2015

Estimados Usuarios: De acuerdo con lo dispuesto en el Manual de “Normas y Lineamientos Generales para el uso adecuado de Tecnologías de Información y Comunicación”, sección 3.3.2. Normas sobre el uso de cuentas de Servicios Informáticos Institucionales, las características técnicas de las cuentas de Servicios Informáticos Institucionales serán comunicadas a través de circulares. En ese sentido, con esta circular, se formalizan algunas Directrices adicionales para el acceso a Sistemas de Información y Servicios de Tecnologías: Tiempo de expiración de sesión por inactividad: periodo de tiempo máximo establecido en el cual un usuario puede dejar una sesión abierta sin actividad, y al reanudarla no necesita nuevamente autenticarse. Si la inactividad supera el tiempo máximo el sistema solicitará una nueva autenticación del usuario. Aplica únicamente para el Sistema de Información Universitaria PeopleSoft; se establece en 20 minutos. Número máximo de intentos de ingreso de contraseña fallidos consecutivos: número de intentos erróneos de autenticación por parte de un usuario de manera consecutiva. Al exceder este parámetro el sistema realizará el bloqueo de la cuenta. Aplica para todos los sistemas y servicios debido a que se maneja una contraseña única de acceso; se establece inicialmente un número máximo de 10 intentos. Estas disposiciones se enmarcan dentro de: las mejores prácticas de seguridad de la información, las acciones de mejora propuestas por los entes de control de la Universidad y el nivel de riesgo al que están expuestos los sistemas y servicios de información de la Universidad al usar Internet como medio de comunicación.

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De igual manera se ratifica lo indicado en la Circular 001/2010, en cuanto a las directrices que deben cumplir las contraseñas: Tener como mínimo 8 caracteres de longitud. Estar compuestas por caracteres alfanuméricos (números y letras). No podrán reusarse ninguna de las ultimas 3 contraseñas utilizadas. Las contraseñas deberán cambiarse de forma obligatoria cada 60 días. Finalmente, le recomendamos lo siguiente: Mantener las contraseñas en sitio seguro y de forma confidencial. No las preste ni revele a otras personas por ningún motivo ni a través de medio alguno. Asignar siempre contraseñas con caracteres alfanuméricos, que incluyan letras mayúsculas y algún carácter especial. No incluir en la contraseña los nombres o apellidos de la persona dueña del usuario, ni el nombre de la cuenta, ya sea de forma parcial o completa. Reportar a la Dirección de Tecnologías de Información cualquier evento inusual o sospechoso en el uso o abuso en una contraseña, sistema o servicio de información y tecnología. Cuando requiera de ayuda o información adicional, puede comunicarse con la Mesa de Servicios de la DTI, a través de SERVIR-T http://www.javeriana.edu.co/dirtecnologias-de-informacion/servir-t, llamar a la extensión 5555 o escribir a dti-mesaservicios@javeriana.edu.co con su inquietud y datos de contacto para ubicarlo. Cordial saludo, LUIS FRANCISCO MARTÍNEZ Director de Tecnologías de Información

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DIRECTRICES EXPEDIDAS POR LA SECRETARÍA GENERAL



CIRCULAR N° 005/2015

CIRCULAR N° 004/2015

Asunto: Calendario de Procesos y Actividades Académicas para los años 2015 y 2016

Para: VICERRECTORES DIRECTORES, ASESORES, JEFES DE OFICINA, ASISTENTES DE RECTORÍA Y DE VICERRECTORÍAS DECANOS DE FACULTAD DECANOS ACADÉMICOS DECANOS DE MEDIO UNIVERSITARIO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE POSGRADO DIRECTORES DE INSTITUTO DIRECTORES DE CARRERA SECRETARIOS DE FACULTAD

Fecha:

De:

Para:

DECANOS DE FACULTAD DECANOS ACADÉMICOS DECANOS DEL MEDIO UNIVERSITARIO DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE POSGRADO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD

De:

SECRETARIO GENERAL

14 de agosto de 2015

Apreciados Decanos, Directores y Secretarios de Facultad: Reciban mi atento saludo. Adjunto les remito el calendario de procesos y actividades académicas para los años 2015 y 2016. Es importante que tengan en cuenta el ajuste que se ha hecho a la fecha de inicio de actividades académicas para el tercer periodo académico del 2016 de todos los programas, excepto en los programas de pregrado de las facultades de Medicina y Odontología. Este ajuste, que adelanta el inicio de actividades académicas, permitirá contar con tiempo adicional para desarrollar los procesos de final del periodo, tales como: registro de calificaciones, definición de situaciones académicas, inscripción de clases para el siguiente periodo, entre otros. Dada la importancia que tiene este calendario en las actividades que se desarrollan en sus unidades, y dada la interrelación que tienen estos procesos para la adecuada gestión académica de la Universidad, les recomendamos estar muy atentos a las fechas indicadas. Aunque el calendario estará publicado en la página de entrada al Sistema de Información Universitario (SIU), les agradezco muy especialmente su divulgación con las personas de sus unidades que consideren necesario. JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID Secretario General

JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID

Asunto: Depuración del Fondo Documental Acumulado de la Universidad Fecha:

18 de agosto de 2015

Apreciados Directivos: Reciban mi cordial saludo. Desde el año 2013 la Coordinación de Archivos Administrativos de la Oficina de Servicios Generales, viene adelantando un proceso de organización de la documentación transferida de segunda edad. Para ello, ha realizado la clasificación de la documentación que se debe conservar permanentemente en el Archivo Histórico Javeriano y la que se podría eliminar de acuerdo con el procedimiento establecido por el Comité del Sistema General de Archivos de la Universidad. La presente comunicación tiene como fin informarles que a lo largo del segundo semestre del presente año, la Oficina de Servicios Generales estará solicitando un espacio en sus agendas, para presentar los informes respectivos sobre la disposición documental definida para los archivos de las Unidades que ustedes dirigen. Les agradezco su colaboración y disposición en este importante proceso para la Universidad. Atentamente, JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID Secretario General

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CIRCULAR N° 008/2015

CIRCULAR N° 007/2015 Para: VICERRECTORES DECANOS DE FACULTAD DECANOS ACADÉMICOS DECANOS DEL MEDIO UNIVERSITARIO DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE POSGRADO DIRECTORES DE INSTITUTO DIRECTORES DE CARRERA SECRETARIOS DE FACULTAD De:

JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID

Asunto: Firma de Constancias y Certificaciones relativas a la información de grado Fecha:

27 de octubre de 2015

Para:

VICERRECTOR ACADÉMICO VICERRECTOR DEL MEDIO UNIVERSITARIO VICERRECTORA DE INVESTIGACIÓN VICERRECTOR DE EXTENSIÓN Y RELACIONES INTERINSTITUCIONALES VICERRECTORA ADMINISTRATIVA DECANOS DE FACULTAD DECANOS ACADÉMICOS DECANOS DEL MEDIO UNIVERSITARIO DIRECTORES DE CARRERA DIRECTORES DE DEPARTAMENTO DIRECTORES DE POSGRADO DIRECTORES DE INSTITUTO SECRETARIOS DE FACULTAD

De:

JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID

Apreciados Vicerrectores, Decanos, Directores y Secretarios de Facultad:

Asunto: APLICACIÓN ENCUESTA PROYECTO DE GESTIÓN DOCUMENTAL

Reciban mi atento saludo.

Fecha:

En desarrollo de la implementación del nuevo Sistema de Gestión de Grados, la firma de las constancias y certificaciones relacionadas con grados corresponderá al Director de la Oficina de Admisiones y Registro Académico. Con esta acción mejoramos la oportunidad y celeridad en la generación de las certificaciones, así como también, facilitamos los procesos de verificación de esta información. En este sentido, en los próximos días se habilitará también una consulta pública y gratuita sobre información de grados, para títulos de pregrado otorgados a partir de 1980 y para títulos de posgrado otorgados a partir de 1990. Esto no limita la posibilidad que el Secretario General firme este tipos de constancias y certificaciones, así mismo, no afecta la validez de documentos sobre esta información firmados con anterioridad por el Director de Admisiones y Registro Académico. Agradecemos divulgar esta información entre las personas de su unidad que estimen conveniente. Atentamente, JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID Secretario General

4 de noviembre de 2015

Apreciados Vicerrectores, Decanos, Directores y Secretarios: Reciban mi cordial saludo. En la Universidad, estamos desarrollando un Sistema de Gestión Documental que se entiende como el conjunto de disposiciones, normas y procesos que inciden en la producción, recepción, digitalización, consulta, trámite, organización y conservación de documentos que se originan en las actividades propias de la Institución. El Sistema facilitará la disponibilidad eficiente de los documentos para la toma de decisiones y para cumplir los propósitos con los que la Universidad se ha comprometido y que vienen exigidos por las normas y disposiciones legales. El Sistema de Gestión Documental no sustituye al Sistema General de Archivos de la Universidad; ellos se complementarán en algunos procesos. En la primera fase del desarrollo del Sistema se aplicará una encuesta que tiene como objetivo conocer la forma en la que las diferentes unidades de la Universidad gestionan los documentos actualmente. Esta es una encuesta de carácter informativo que no pretende evaluar la gestión documental de las unidades. Agradezco especialmente su aporte y colaboración en esta fase, para lo cual un estudiante de la Universidad estará solicitando un espacio en su agenda para la aplicación de la encuesta. Atentamente, JAIRO HUMBERTO CIFUENTES MADRID Secretario General

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ÍNDICE DE LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO (2015)


ÍNDICE DE LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO (2015) Primer Semestre Consejo Directivo Universitario Acta N° 836 Fecha: 04 de febrero de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 385 del 10 de diciembre de 2014 2. Propuesta de re-organización de los Institutos de la Sede Central de la Universidad y propuesta de modificación del Reglamento de Unidades Académicas. 3. Varios: Información sobre el proyecto “Autopista Norte – calle 125”. Acta N° 837 Fecha: 13 de febrero de 2015 1. Consideración del proyecto de financiación con FIDENTER para la finalización de la construcción del edificio Jorge Hoyos Vásquez, S.J. Acta N° 838 Fecha: 18 de febrero de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 836 del 4 de febrero de 2015. 2. Propuesta de modificación del reglamento de unidades académicas sobre Institutos. Vicerrectoría de Investigación. (Continuación). 3. Propuesta de modificación del acuerdo N° 534 del 4 de agosto de 2010 del Consejo Directivo Universitario sobre la Oficina de Gestión Organizacional y de Procesos. 4. Varios Acta N° 839 Fecha: 11 de marzo de 2015 1. Lectura de aprobación del acta N° 838 del 18 de febrero de 2015 2. Lectura del dictamen del revisor Fiscal de los Estados Financieros de la Universidad a 31 de diciembre de 2014: Seccional Cali, Sede Central y Consolidados. Propuesta de aplicación de excedentes. 3. Aprobación y consideración del Consejo Directivos Universitarios de los Estados Financieros de la Universidad a 31 de diciembre de 2014. 4. Propuesta de distinción universitaria para el Sr. Hans-Gert Pôttering, Presidente de la fundación Konrad Adenauer y expresidente del Parlamento Europeo. Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales. 5. Varios Acta N° 840 Fecha: 15 de abril de 2015/ 1. Lectura de aprobación del acta N° 839 del 11 de marzo de 2015 2. Consideración de solicitudes de distinciones universitarias: (a) Doctorado Honoris causa en Historia Para Abel Ignacio López Forero. Facultad de ciencias sociales. (b)Doctorado Honoris causa en Teología para Silvestre Pongutá, SDB. Facultad de teología.

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(c)Orden Universidad Javeriana para Francisco Gónzalez ladrón de Guevara. Facultad de Estudios Ambientales y Rurales. (d) Orden Universidad javeriana para marco Tulio González Silva, S.J. Facultad de Psicología. 3. Propuesta de modificación del Reglamento de Unidades Económicas sobre Institutos. Vicerrectoría de investigación. (continuación) 4. Presentación de Informe de Gestión 2014 del Rector de la Universidad 5. Concepto del consejo directivo universitario sobre el informe de gestión 2014 del Rector de la universidad. 6. Varios Acta N° 841 Fecha: 29 de abril de 2015 1. Acreditación institucional multicampus y su impacto en políticas y directrices comunes. 2. Creación y oferta de programas académicos conducentes a título universitario 3. Implementación a la Reforma Estatutaria. Informe de 2014, valoración de lo realizado y compromiso para el 2015. 4. El programa de innovación con la universidad de Stanford. Seccional de Cali. 5. Varios Acta N° 842 Fecha: 27 de mayo de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 840 del 15 de abril de 2015. 2. Lectura y aprobación del acta número 840 del 29 de abril de 2015. 3. Propuesta de creación de programas académicos: (a) Maestría en diseño e innovación de productos y servicios (profundización); (b) Maestría en creación audiovisual (profundización); (c) Maestría en derecho Administrativo profundización); (Maestría en Derecho Constitucional (profundización); (e) Maestría en Enfermería en cuidado paliativo (profundización); (f) Maestría en enfermería en cuidado critico (profundización); (g) Especialización en contabilidad Financiera Internacional (extensión a Pereira); (h) Especialización en Gerencia del talento humano (extensión a Pereira) ; (i) Especialización en contabilidad Financiera Internacional (extensión a Barranquilla),y (j) Especialización en Gobierno y Gestión pública Territoriales(extensión a Barranquilla). 4. Propuesta de modificación del reglamento de emblemas, símbolos y distinciones sobre el premio bienal al investigador javeriano. Vicerrectoría de investigación. 5. Resultados de la consulta sobre Decano de la facultad de odontología y conformación de la lista de candidatos. 6. Varios

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ÍNDICE DE LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO (2015) Acta N° 843 Fecha: 15 de julio de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 842 del 27 de mayo de 2015 2. Consideración del proyecto de financiación de FIDENTER para la construcción del “edificio de ingeniería”. 3. Propuesta de modificación del Reglamento de Emblemas, Símbolos y Distinciones sobre el premio bienal al Investigador Javeriano. Vicerrectoría de investigación. 4. Propuesta de Política Ecológica y Ambiental para la Pontificia Universidad Javeriana. 5. Propuesta de la modificación sustancial del Programa de Especialización en Derecho de la competencia y del libre comercio. 6. Propuesta de actualización de las normas y procedimientos generales para los aspectos Administrativos de la matrícula de los programas de pregrado de la sede cede central de la pontificia Universidad Javeriana. Propuesta de normas y procedimientos generales para la forma de pago de los derechos de matrícula y los efectos económicos de reserva de cupo, de modificaciones de matrícula, retiro temporal y retiro definitivo de los Estudiantes de Posgrado en la sede central de la pontificia Universidad Javeriana. 7. Varios Acta N° 844 Fecha: 5 de agosto de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 842 del 15 de julio de 2015 2. Resultados dela consulta sobre decano de la facultad de teología y conformación de la lista de candidatos. 3. Presentación de los Estados Financieros de prueba de la sede central, a 30 de junio de 2015. 4. Consideración del Modelo de Planeación Universitaria. 5. Propuesta de actualización de las Normas y procedimientos Generales para los aspectos administrativos de la matrícula de los Programas de Pregrado de la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana. Propuesta de normas y procedimientos Generales para la forma de pago de los derechos de Matrícula y los efectos Económicos de reserva de cupo, modificaciones de Matrícula, de retiro temporal y de retiro de definitivo de los estudiantes de posgrado en la sede central de la Pontificia Universidad Javeriana. 6. Varios Acta N° 845 Fecha: 26 de agosto de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 845 del 5 de agosto de 2015. 2. Propuesta de actualización de las normas y procedimientos generales para los aspectos Administrativos

de la Matricula de los Programas de Pregrado de la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana. Propuesta de Normas y Procedimientos Generales para la forma de pago de los derechos de Matrícula y los efectos económicos de reserva de cupo, de modificaciones de matrícula, de retiro temporal y de retiro definitivo de los estudiantes de posgrado en la Sede Central de la Pontificia Universidad Javeriana. 3. Varios Acta N° 846 Fecha: 7 de octubre de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 845 del 26 de agosto de 2015 2. Propuesta de política ecológica y ambiental para la Pontificia Universidad Javeriana 3. Presentación y aprobación de las bases de Cálculo Presupuestal 2016 para la sede central. 4. Propuesta de creación del instituto de Salud Pública de la Pontificia Universidad Javeriana - Sede Central. 5. Varios Acta N° 847 Fecha: 28 de octubre de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 846 del 7 de octubre de 2015 2. Propuesta de la creación del Instituto de Salud Pública de la Pontificia Universidad Javeriana - Sede Central. 3. Propuesta de visión de la Pontificia Universidad Javeriana al 2021. 4. Propuesta de creación de Programas Académicos: Especialización en Electrofilosofía, Evaluación y arritmias cardíacas; Especialización en Dermatología; Maestría en Nutrición Humana y Maestría en analítica para la inteligencia de negocios. 5. Informe de actividades dela firma Auditora Interna 2013 -2015. Elección de un miembro y presidente del comité de auditoría. 6. Varios Acta N° 848 Fecha: 11 de noviembre de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 847 del 28 de octubre de 2015 2. Informe de actividades de la firma auditora interna 2013 -2015. Elección de un miembro y presidente del comité de auditoría. 3. Propuesta de creación de Programas Académicos: Licenciatura en Teología- extensión a Tunja; Maestría en la Gerencia de la Responsabilidad Social y sostenibilidad Empresarial; Maestría en Gobierno del territorio y Gestión Pública; Maestría en seguridad y salud en el trabajo, Doctorado en Psicología. 4. Varios

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ÍNDICE DE LAS ACTAS DEL CONSEJO DIRECTIVO UNIVERSITARIO (2015) Acta N°: 849

Fecha: 2 de diciembre de 2015

1. Lectura y aprobación del acta número 848 del 11 de noviembre de 2015. 2. Presentación del presupuesto de la Universidad 2016 – Seccional de Cali 3. Propuesta de presupuesto de la Universidad 2016 – Sede Central 4. Propuesta de políticas sobre NIIF 5. Varios

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Acta N°: 850 Fecha: 9 de diciembre de 2015 1. Lectura y aprobación del acta número 849 del 2 de diciembre de 2015. 2. Consideración de las Megas de la Planeación Universitaria 2016 – 2021. 3. Propuesta de reforma curricular sustancial de la Carrera de Bacteriología. 4. Informe de la consulta de nombres para Decano de la Facultad de Educación. Integración de la lista de candidatos. 5. Informe de la consulta de nombres para Vicerrector de Investigación. Concepto del Consejo Directivo Universitario. 6. Distinciones universitarias solicitadas por la Facultad de Ciencias Sociales. 7. Varios.

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