La indisolubilidad matrimonial y la santa comunión

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La Indisolubilidad Matrimonial y la Santa Comunión A propósito de noticias aparecidas acerca de un llamado telefónico del Santo Padre Francisco. R.P. Carlos Hamel, FSJC

En prácticamente todos los medios de comunicación se ha publicado la noticia de una supuesta llamada telefónica del Santo Padre a una católica argentinacasada civilmente con un divorciado- en la cual le manifestaría que, a pesar de su situación, puede recibir la Santa Comunión sin problemas. La mujer, semanas antes, habría enviado una carta al Papa. Creo que es la ocasión para reflexionar, de una manera profunda, acerca de la sacralidad del vínculo matrimonial y, en general del perdón y de la misericordia. Mucho se ha hablado en los últimos meses respecto a un posible “cambio de praxis” (en realidad imposible) en la Iglesia en relación a este punto. Si bien este asunto toca el ámbito disciplinar, estamos ante todo frente a un tema eminentemente doctrinal. Si admitimos que tal o cual persona, viviendo “como casados” sin estarlo, puede recibir la Santa Comunión, debemos concluir que esa persona no está en pecado, de lo cual se sigue que su nueva unión es perfectamente legítima, o debe legitimarla la Iglesia. Eso, como afirma el Cardenal Caffarra, nos lleva a un nuevo problema: ¿qué pasa con el primer matrimonio rato y consumado?1 Sabemos que ninguna potestad en la tierra, ni siquiera la Suprema Autoridad Pontificia, puede disolver aquel vínculo; su poder no alcanza a esto. Al dar la impresión de que la segunda unión es tan legítima como la primera: “Se introduce una costumbre que con el tiempo asienta esta idea en el pueblo, no solo cristiano: no existe ningún matrimonio absolutamente indisoluble. Y esto ciertamente va contra la voluntad del Señor. No hay ninguna duda sobre esto.”2 Se trata, por tanto, de respetar la voluntad de nuestro Señor. No hablamos de una disciplina que pueda ser modificada, sino de una doctrina inmutable, que la Iglesia, Madre y Maestra, expone, buscando ser fiel a su Divino Fundador y, así, el bien de las almas. Es particularmente claro en este respecto San Juan Pablo II: La Iglesia (…), fundándose en la Sagrada Escritura reafirma su praxis de no admitir a la comunión eucarística a En el caso de la mujer argentina, ella no es divorciada, sino que casada con un divorciado. Este dato no modifica mucho la situación 2 Cardenal Carlo Caffarra, Entrevista Il Foglio, Marzo 2014 1


los divorciados que se casan otra vez. Son ellos los que no pueden ser admitidos, dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía. Hay además otro motivo pastoral: si se admitieran estas personas a la Eucaristía, los fieles serían inducidos a error y confusión acerca de la doctrina de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio.”3 Esto nos lleva, inevitablemente, a considerar un nuevo elemento, del cual se ha hablado, no si error, en los últimos meses a este respecto: la misericordia. El ejercicio de la misericordia y de la caridad no puede estar separado de la verdad y de la fidelidad a la doctrina de nuestro Señor. El Papa Emérito, Benedicto XVI nos ensena: “La verdad es luz que da sentido y valor a la caridad. Esta luz es simultáneamente la de la razón y la de la fe, por medio de la cual la inteligencia llega a la verdad natural y sobrenatural de la caridad, percibiendo su significado de entrega, acogida y comunión. Sin verdad, la caridad cae en mero sentimentalismo. El amor se convierte en un envoltorio vacío que se rellena arbitrariamente. Éste es el riesgo fatal del amor en una cultura sin verdad. Es presa fácil de las emociones y las opiniones contingentes de los sujetos, una palabra de la que se abusa y qu e se distorsiona, terminando por significar lo contrario”4. Sería ilusorio, y un engaño, pretender ofrecer una misericordia carente de toda conexión con la verdad. Nuevamente, San Juan Pablo II, nos da clave a este respecto, la cita es un poco larga, pero creo que es mejor ponerla íntegra: “La Iglesia, en efecto, instituida para conducir a la salvación a todos los hombres, sobre todo a los bautizados, no puede abandonar a sí mismos a quienes —unidos ya con el vínculo matrimonial sacramental— han intentado pasar a nuevas nupcias. Por lo tanto procurará infatigablemente poner a su disposición los medios de salvación. Los pastores, por amor a la verdad, están obligados a discernir bien las situaciones. En efecto, hay diferencia entre los que sinceramente se han esforzado por salvar el primer matrimonio y han sido abandonados del todo injustamente, y los que por culpa grave han destruido un matrimonio canónicamente válido. Finalmente están los que han contraído una segunda unión en vista a la educación de los hijos, y a veces están subjetivamente seguros en conciencia de que el precedente matrimonio, irreparablemente destruido, no había sido nunca válido. En unión con el Sínodo exhorto vivamente a los pastores y a toda la comunidad de los fieles para que ayuden a los divorciados, procurando con solícita caridad que no se consideren separados de la Iglesia, pudiendo y aun debiendo, en cuanto bautizados, participar en su vida. Se les exhorte a escuchar la Palabra de Dios, a frecuentar el sacrificio de la Misa, a perseverar en la oración, a incrementar las obras de caridad y las iniciativas de la comunidad en favor de la justicia, a educar a los hijos en la fe cristiana, a cultivar el espíritu y las obras de penit encia para implorar de este modo, día a día, la gracia de Dios. La Iglesia rece por ellos, los anime, se presente como madre misericordiosa y así los sostenga en la fe y en la esperanza.”5 La Iglesia, y los pastores, por tanto, deben tratar como verdaderos hijos y con una caridad y San Juan Pablo II, Familiaris Consortio, 84 S.S. Benedicto XVI, Encíclica Caritas in Veritate, 3 5 San Juan Pablo II, Familiaris Consortio, 84 3 4


misericordia exquisitas a aquellos cristianos que viven este tipo de situaciones, pero siempre en estrecha unión con la verdad evangélica. Algunos quizás, erradamente, pueden pensar que esto no es más que una doctrina de San Juan Pablo II, o meramente su opinión personal, y que el Papa Francisco quiere establecer una nueva doctrina al respecto. Los católicos sabemos que, en este ámbito al menos, eso es absolutamente imposible. Pero, aun cuando fuese posible, los impugnadores de esta doctrina pueden olvidar sus esperanzas. Hace muy pocos días, y después del supuesto “llamado telefónico”, el Papa Francisco pronuncio las siguientes palabras a un grupo de obispos del sur de África en visita Ad Limina: “La santidad y la indisolubilidad del matrimonio cristiano, que con frecuencia se desintegra bajo la tremenda presión del mundo secular, debe ser profundizada por una clara doctrina y apoyada por el testimonio de parejas casadas comprometidas. (…) “el matrimonio cristiano es una alianza de amor para toda la vida entre un hombre y una mujer que implica sacrificios reales para alejarse de las nociones ilusorias de la libertad sexual y fomentar la fidelidad conyugal. Vuestros programas de preparación al sacramento del Matrimonio, enriquecidos por las enseñanzas del papa Juan Pablo II sobre el matrimonio y sobre la familia, están demostrando ser instrumentos prometedores y, de hecho, indispensables para comunicar la verdad que nos hace libres sobre el matrimonio cristiano, y están infundiendo en los jóvenes una esperanza para ellos mismos y para su futuro como esposos, esposas, padres y madres.”6 El pensamiento del actual Pontífice queda claro en las palabras antes citadas. Se trata de un discurso que forma parte del Magisterio Ordinario del Santo Padre, muy distinto a una supuesta conversación telefónica de tipo estrictamente privado, de la cual no conocemos fidedignamente el contenido. En lo que concierne estrictamente al llamado, simplemente debemos ceñirnos a lo expresado por la Oficina de Prensa de la Santa Sede, que salió al paso para aclarar la situación. “En el ámbito de las relaciones personales pastorales del Papa Francisco ha habido diversas llamadas de teléfono. Como no se trata absolutamente de la actividad pública del Papa no hay que esperar informaciones o comentarios por parte de la Oficina de Prensa. Las noticias difundidas sobre esa materia -ya que están fuera del ámbito propio de las relaciones personales- y su amplificación mediática no tienen por lo tanto confirmación alguna de fiabilidad y son fuente de malentendidos y confusión .

S.S. Francisco, Discurso a los obispos de la Conferencia Episcopal de Bostwana, Surafrica y Swazilandia, 25 de abril de 2014. 6


Por lo tanto hay que evitar deducir de esta circunstancia consecuencias relativas a la enseñanza de la Iglesia.”7 De la misma manera, suponiendo que el Papa “dijo lo que dicen que dijo”, no conocemos el tenor de la conversación, y los motivos por los cuales el Papa habría dicho, supuestamente, que comulgara. Ciertamente, no hubiese dicho en el supuesto de que esta mujer iba a seguir viviendo una vida marital con quien no es su marido delante de la Iglesia. No debemos, como dice el comunicado de la Santa Sede, deducir de esta circunstancia consecuencias que tocan directamente la doctrina de la Iglesia. San Juan Pablo II, cuya doctrina acerca del matrimonio es puesta como modelo por el Papa Francisco, habla de las posibles “soluciones” en lo que concierne los divorciados en nueva unión: “La reconciliación en el sacramento de la penitencia —que les abriría el camino al sacramento eucarístico— puede darse únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios, —como, por ejemplo, la educación de los hijos— no pueden cumplir la obligación de la separación, asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos ”8 Sea esta confusión ocasión para, en completa comunión con la Santa Iglesia y con el Papa Francisco, reafirmar la doctrina católica acerca del matrimonio. Pidamos la intercesión de San Juan Pablo II, que tantos esfuerzos dedicó para fortalecer la familia.

La Londe les Maures, 27 de abril de 2014 Día de la Canonización de Juan Pablo II y Juan XXIII, papas

7 Comunicado de Prensa de la Santa Sede, VIS, 24 de abril de 2014 8 San Juan Pablo II, Familiaris Consortio, 84


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