2 minute read

Anexo II. Relación de normativa y listado no exhaustivo de criterios, métodos e instrumentos aplicables en la evaluación de riesgos laborales

ANEXO II. RELACIÓN NO EXHAUSTIVA DE NORMATIVA, CRITERIOS, MÉTODOS E INSTRUMENTOS APLICABLES EN LA EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES

Observación preliminar: La finalidad de este anexo es facilitar al evaluador una relación no exhaustiva de referencias normativas y técnicas que podrán, o en su caso deberán, tenerse en cuenta a la hora de abordar la evaluación de riesgos laborales (ERL). En el anexo se podrá encontrar lo siguiente:

Advertisement

• Referencias normativas que recogen disposiciones relativas a la ERL.

Todas las referencias normativas incluidas pueden consultarse a través de la sección normativa de la web del INSST donde, además, se puede acceder a diversa documentación elaborada por el INSST, así como a enlaces de instituciones y organismos europeos e internacionales.

La normativa citada en el presente documento es la existente en el momento de publicación de la misma. No obstante, hasta una nueva revisión puede ser publicada otra nueva normativa que deberá ser tenida en cuenta.

La normativa se encuentra directamente enlazada al apartado “legislación consolidada” del BOE. No obstante, en las disposiciones para las que el BOE no disponga de su texto consolidado, se recomienda consultar el apartado de “análisis jurídico”.

• Mención a las Guías técnicas del INSST, donde se aportan orientaciones y recomendaciones para la aplicación de las disposiciones señaladas anteriormente. En dichas guías se mencionan, asimismo, distintas normas técnicas que tienen por objeto determinar criterios, métodos o instrumentos relativos a la ERL.

• Listado descriptivo de distintos criterios, métodos o instrumentos aplicables a la ERL.

Para facilitar el análisis al personal evaluador, las anteriores referencias están clasificadas por tipo de riesgo dentro de bloques relativos a cada una de las especialidades preventivas, incluyéndose también un bloque con criterios, métodos e instrumentos aplicables a riesgos que no son clasificables de forma específica en alguna de las especialidades preventivas. Para facilitar el acceso a cada una de las referencias recogidas en el anexo, estas se encuentran enlazadas a los espacios web donde se localizan.

Debe tenerse en cuenta que la relación de normativa y el listado de criterios, métodos e instrumentos tiene carácter no exhaustivo. Asimismo, se debe tomar en consideración que algunos de los criterios y métodos relacionados en el anexo son referidos en la normativa de PRL. En cambio, otros, si bien no tienen carácter vinculante, han sido incluidos en el anexo por haber sido emitidos o desarrollados por profesionales, organismos u entidades de reconocido prestigio en materia de PRL (ISO, UNE, INSST, otras instituciones nacionales e internacionales, etc.).

Algunos de los documentos incluidos en este anexo están basados en normas técnicas que pueden haber sufrido alguna actualización. Se considera importante que el personal evaluador consulte la posible actualización con objeto de identificar cambios en las mismas.

Para la evaluación de un mismo riesgo laboral, pueden resultar aplicables distintos criterios, métodos e instrumentos de los recogidos en el anexo. En cada caso concreto, la idoneidad de cada uno vendrá determinada por las circunstancias específicas que se presenten, por la confianza que estos pueden ofrecer en cada situación y siempre bajo el criterio técnico del personal evaluador.

This article is from: