“Año de la Integración Nacional y el Reconocimiento de nuestra Diversidad” “JUNTOS, RECUPERAMOS NUESTRAS CLASES”
DIRECTIVA Nº 0004 – 2012- GRH-GDS/DRE-HVCA NORMAS PARA EL PROCESO DE RECUPERACIÓN DE HORAS DE CLASE DEL AÑO ACADÉMICO 2012 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO-PRODUCTIVA I. FINALIDAD Considerando las atribuciones y obligaciones del Estado y los derechos y responsabilidades de las personas y la sociedad en su función educadora; así como el de salvaguardar el pleno ejercicio del derecho fundamental de la persona a la educación; la presente Directiva tiene como finalidad, normar la recuperación efectiva de las horas de clase no desarrolladas en las instituciones educativas de Educación Básica y Técnico Productiva en el ámbito de la Dirección Regional de Educación de Huancavelica, a consecuencia de la Huelga Nacional Indefinida declarado por el Sindicato Unitario de Trabajadores de la Educación del Perú (SUTEP) II. OBJETIVOS 2.1 Garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de clases dispuestas en la R.M N° 0622-2011-ED; Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2012. 2.2 Normar la recuperación efectiva de las horas de clase en las instituciones educativas donde fueron suspendidas a causa de la Huelga Magisterial, decretado por el SUTEP. III. BASE LEGAL
Constitución Política del Perú Ley General de Educación Nº 28044 y sus modificatorias Ley del Profesorado N° 24029., modificada por la Ley 25212 Ley 29062 y su Reglamento aprobado por D.S. 003-2008-ED. Ley N° 28988, que declara la Educación Básica Regular como servicio público esencial. Ley N° 28628, que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas. Decreto Supremo N° 008-2006-ED, que aprueba los Lineamientos para el Seguimiento y Control de la Labor Efectiva de Trabajo Docente en las Instituciones Educativas Públicas. Resolución Ministerial N° 0622-ED que aprueba Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2012 en las II.EE de Educación Básica y Técnico - Productiva. Ley 29812 del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Ley N° 27825, Ley de Código de la Ética de la Función Pública Oficio Múltiple Nº 25-2012-MINEDU/VMGP
IV. ALCANCE 4.1 Dirección Regional de Educación de Huancavelica 4.2 Unidades de Gestión Educativa Local. 4.3 Instituciones Educativas Públicas: Educación Básica Regular (Niveles: Inicial, Primaria, Secundaria). Educación Básica Alternativa (Ciclos: Inicial/Intermedio, Avanzado). Educación Básica Especial (Niveles: Inicial, Primaria). Educación Técnico - Productiva (Ciclos: Básico, Medio). V. DISPOSICIONES GENERALES
5.1 El Director de cada Institución Educativa garantizará el cumplimiento real y efectivo de las horas mínimas establecidas para el año escolar 2012, según el nivel, modalidad, sobre la base de su calendarización establecida. El cronograma de recuperación de clases estará sujeto al estricto cumplimiento de las horas efectivas obligatorias de clases. Las horas mínimas de clase para cada nivel, modalidad y forma son las siguientes: A. Educación Básica y Técnico Productivo -
En Educación Inicial como mínimo 900 horas pedagógicas. En Educación Primaria como mínimo 1100 horas pedagógicas. En Educación Secundaria como mínimo 1200 horas pedagógicas. En Educación Básica Alternativa como mínimo 950 horas pedagógicas en la modalidad presencial y 800 horas pedagógicas en semi presencial. En Educación Básica Especial de acuerdo con el Nivel Inicial y Primaria de la EBR. En Educación Técnico-Productiva, como mínimo 30 horas pedagógicas semanales y10meses de labores académicas.
B. En los Programas y Proyectos: -
En el Programa de Educación “Logros de Aprendizaje del II Ciclo de Educación Inicial, Primaria y Secundaria de la EBR” – PELA, deben cumplir de acuerdo al CAS, términos de referencia y compromisos notariales En el Programa de Educación Básica Regular EBR, deben cumplir de acuerdo al CAS, términos de referencia y compromisos notariales. En el Proyecto QUINTIL, deben cumplir de acuerdo al CAS, términos de referencia y compromisos notariales.
5.2. La DREH tiene, entre otras, las siguientes responsabilidades: -
Garantizar el estricto cumplimiento de la presente Directiva. Supervisar, monitorear y evaluar las medidas adoptadas por las UGELs e Instituciones Educativas referente al cumplimiento de la recuperación de las horas efectivas de clase. Informar a las Instancias Superiores el cumplimiento de las acciones de recuperación efectiva de las horas de clase en las instituciones educativas. Consolidar y sistematizar la información reportada por las UGELs para su evaluación y toma de decisiones concordantes a las normas legales en vigencia.
5.3. Los Directores de UGEL tienen, entre otras, las siguientes responsabilidades: -
-
-
Cumplir con la ejecución de la presente Directiva. Supervisar y monitorear en las instituciones educativas el cumplimiento de las medidas adoptadas para la recuperación de las horas efectivas de clases, garantizando los niveles de logro de los estudiantes, reportando quincenalmente las evidencias: carpeta didáctica del docente, sesiones de aprendizajes desarrollados y el cuaderno de avance de los estudiantes. Informar a la DREH, dentro de las 72 horas de haber levantado la huelga magisterial (según sea el caso de cada IE), el informe consolidado de la recalendarización del año escolar 2012 y el Acta de Compromiso formulada por las II.EE. que acataron la Huelga Magisterial. Consolidar y sistematizarlas informaciones reportadas por las Instituciones Educativas de su jurisdicción.
5.4. Los(as) Directores(as) de las II. EE. tienen, entre otras, las siguientes responsabilidades: -
-
Realizar y asumir compromisos con el CONEI, APAFA y demás Actores Educativos la recalendarización del año escolar y difundir a la comunidad a través de rótulos en el frontis y/o espacios visibles de la Institución Educativa y otros medios de información de la comunidad. Informar en forma obligatoria a la UGEL respectiva, el reinicio de las labores académicas, adjuntando la recalendarización del año escolar, para recuperar las horas
-
de clases perdidas por razones de huelga (según anexo) y un Acta de Compromiso de Recuperación, bajo responsabilidad administrativa. Reportar quincenalmente a la UGEL correspondiente, el avance de las actividades del Plan de Recuperación de clases efectivas. Establecer estrategias de recuperación de clases de acuerdo al compromiso asumido con los Padres de Familia y/o propuestas de la presente Directiva. Informar al final de cada mes el reporte de asistencia del personal a su cargo, refrendada por los miembros del CONEI, no hacerlo es pasible a sanción, previo proceso administrativo disciplinario conforme a Ley.
5.5. Los(as) Profesores (as) de aula y por horas nombrados y contratados tienen, entre otras, las siguientes responsabilidades: -
Cumplir las medidas adoptadas para la recuperación de las horas efectivas de clase en sus respectivas aulas y grados. Los docentes contratados deberán ceñirse estrictamente a lo establecido en la presente Directiva. Reajustar bajo responsabilidad, su programación curricular de corto alcance (capacidades y conocimientos), la misma que debe ser visado por el Director de la Institución. Informar mensualmente a la Dirección de su Institución, el cumplimiento de lo programado para el logro de aprendizajes en el grado(s) y/o áreas que le corresponde. Los docentes a cargo del III Ciclo (1º y2º grados), deben priorizar los aprendizajes en las áreas básicas: Comunicación y Matemática. Las sesiones de aprendizaje deben garantizar aprendizajes significativos con el uso óptimo de materiales proporcionados por el MED, Programas y Proyectos Educativos. Asumir el compromiso ético profesional ante los estudiantes y padres de familia para la recuperación objetiva de las clases, refrendada mediante un Acta del Comité de Aula.
5.6. Los Auxiliares de educación y personal administrativo tienen, entre otras, las siguientes responsabilidades: Cumplir las medidas adoptadas para la recuperación de las horas efectivas de clase en la institución donde laboran y garantizar las condiciones mínimas de limpieza e higiene del local escolar. VI. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS: 6.1 ACCIONES A REALIZAR a)
b) c) d)
El Consejo Educativo Institucional (con presencia obligatoria de todos sus integrantes, de acuerdo a norma) de cada I.E., una vez levantada la huelga, deberá recalendarizar las labores educativas, a fin de garantizar el mínimo de horas efectivas de clase al año, según corresponda a cada nivel o modalidad. Los reportes sobre Asistencia y Cumplimiento de las Horas Efectivas deberá estar visado obligatoriamente por el representante de APAFA en el CONEI. Activar las Redes Educativas y/o Coordinaciones con la finalidad de cumplir la función de control de asistencia y cumplimiento de las horas efectivas de labor académica 2012. El Director de cada I.E. deberá remitir a la UGEL respectiva, la recalendarización correspondiente, dentro de las 72 horas de levantada la huelga, bajo responsabilidad administrativa y funcional.
6.2 DE LAS FORMAS DE RECUPERACIÓN De acuerdo a los compromisos asumidos en cada Aula e Institución Educativa, deberán reprogramar las clases para completar el plan de estudios y el mínimo de horas establecidas al año: a) b) c)
De lunes a sábado incluido los días feriados. El periodo vacacional de inicio de año 2013 (enero y febrero). Ampliación de la Jornada Escolar en turnos mañana y tarde (Sólo en Instituciones Educativas que trabajan en un solo turno).
Las modalidades de- Educación Básica Especial y Alternativa, deberán adecuar las actividades de recuperación a las características del servicio, conforme a los reglamentos correspondientes. 6.3. DE LAS FECHAS QUE NECESARIAMENTE DEBE CONTENER LA RECALENDARIZACIÓN De las IE que iniciaron la huelga a partir del 18 de julio, las fechas de recuperación serían: AÑO 2012 2012 2012 2013
MESES OCTUBRE NOVIEMBRE DICIEMBRE ENERO
2013
FEBRERO
FECHA 20,27 3,10,17,24 1,8,15,22,29 02, 03, 04, 05, 07, 08, 09, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 23, 24, 25 ,26, 28 ,29,30 y 31 01,02, 04,05,06,07,08,09,11,12,…
Nº de días 02 04 05 26
(hasta completar las horas mínimas establecidas)
TOTAL DE DIAS A RECUPERAR
VII. DISPOSICIONES FINALES: 7.1 Las clausuras del Año Escolar 2012, se podrán efectuar una vez cumplida con las horas mínimas establecidas. 7.2 Todos los docentes están en la obligación de recuperar las clases perdidas, bajo responsabilidad administrativa y el descuento de remuneraciones que corresponda. 7.3 La DREH, UGELs y los Directores de las Instituciones Educativas, quedan encargados en cautelar el estricto cumplimiento de la presente directiva y la normatividad vigente. 7.4 Los Directores de las Instituciones Educativas coordinarán en su circunscripción territorial con el personal de Salud y la Municipalidad según corresponda, para prevenir en los estudiantes enfermedades infectas respiratorias y otras que por efectos de las lluvias se produzcan, asimismo recomendarán utilizar ropa adecuada. 7.5 Los juegos florales magisteriales quedan suspendidos. 7.6 El incumplimiento de la recuperación de clases de acuerdo a la recalendarización presentada, será causal de sanción administrativa, conforme a Ley. 7.7 Queda terminantemente prohibido el uso de horas efectivas de clase, para celebraciones de aniversarios, fiestas patronales o similares de acuerdo a la RVM Nº 022-2007-ED y a los compromisos asumidos. 7.8 Los Directores y Docentes de las IE están prohibidos de realizar gestiones en horarios de trabajo en las oficinas de las Unidad de Gestión Educativa Local, Dirección Regional de Educación de Huancavelica y otras instituciones. 7.9 Queda terminantemente prohibido que las UGELs, Programas, Proyectos (EBR, QUINTIL) y otras instituciones, autoricen y ejecuten acciones que movilicen docentes y estudiantes en horarios reprogramados. De igual manera quedan prohibidas las autorizaciones a las ONGs para realizar actividades en horarios que interfieran con las labores académicas. 7.10 Las Instituciones Educativas y Docentes que laboraron normalmente se ceñirán a la información del Anexo. 7.11 Los aspectos no contemplados en la presente Directiva serán resueltos por las UGEL y la Dirección Regional de Educación, según corresponda en coordinación con el GRH y el Ministerio de Educación. Huancavelica, 11 de octubre de 2012
FICHA DEL PLAN REGIONAL DE RESUPERACIÓPN DE CLASES UGEL:
NOMBRE DE LA II.EE
TOTAL:
Nº DE HORAS DE CLASES PERDIDAS POR LA HUELGA
ESTRATEGIAS DE REPROGRAMACIÓN DE CLASES EXTENSIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR
USO DE SÁBADOS
USO DE FERIADOS
TOTAL DIAS
TOTAL DIAS
TOTAL DIAS
FECHA DE CIERRE DEL AÑO ESCOLAR
RESPONSABLE DEL MONITOREO POR LA UGEL
-----------------------------------------------------------------------------------FIRMA DEL DIRECTOR DE LA UGEL INSTRUCCIONES PARA EL LLENADO DE LA FICHA Nº de horas de clase perdidas por la huelga: Colocando los días útiles no trabajados por los docentes Estrategias de Reprogramación: Marcar con una X en la estrategia que decide la II.EE, para que recuperen las clases perdidas y el total de días. o Extensión de la jornada escolar. o Uso de los sábados o Uso de los feriados o Fecha de cierre del año escolar al decidir la prolongación de las clases más allá de diciembre de 2012. o Responsable del monitoreo de la UGEL: nombre del especialista que se responsabilizará de monitorear el cumplimiento de la reprogramación