NIEVES FERRETI - Seguros de personas

Page 1

Seguros de Personas


Introducción: Seguros de Vida Definición: el seguro de vida tiene como finalidad otorgar protección contra el riesgo de pérdida económica. Ofrece al contratante de la póliza, asegurados y beneficiarios cierta seguridad financiera que se origina en contingencias naturales, tales como la incapacidad, la enfermedad, el fallecimiento o la vejez. La necesidad del Seguro de Vida depende de: • •

la edad de la persona asegurada; la cantidad de personas que tenga a su cargo y de la calidad de vida que desee dejarles a ellos; • las fuentes de ingreso.


Seguro de Vida: Coberturas Coberturas Básicas Muerte por cualquier causa Invalidez total y permanente por enfermedad y/o accidente Coberturas Adicionales Indemnización adicional por muerte accidental Perdidas Parciales por Accidente Indemnización anticipada por enfermedades terminales Indemnización en caso de enfermedades graves (anticipo o adelanto) Adicional para trasplantes de órganos Adicional por renta diaria por internación Adicional de hijo póstumo Cobertura adicional para Cónyuges


Seguro de Vida Colectivo Los seguros de vida colectivos reúnen a varios individuos en una sola póliza, que es contratada por un único tomador. El grupo cubierto debe necesariamente tener algún vínculo como ser profesional, laboral o de otro tipo de asociación. Se excluye de esta definición grupos cuya finalidad de agruparse sea lograr obtener beneficios de un seguro de vida colectivo, que en forma individual no son posibles.


Seguro de Vida Colectivo Seguros para Empresas Seguro de Continuidad Escolar Seguro de Continuidad de Servicios Seguro de Saldo Deudor


Seguro de Vida Colectivo Seguros para Empresas: puede actuar como un instrumento apto para retenci贸n o reconocimiento al personal; o ser la empresa un intermediario para que los empleados contraten este beneficio. De esta manera complementan el seguro de vida obligatorio que la empresa le brinda. Con esta posibilidad el asegurado accede a una protecci贸n por una suma asegurada en relaci贸n con sus ingresos y a un precio m谩s competitivo que una cobertura individual Su costo puede establecerse a cargo del empleado, de la empresa o de ambos en forma conjunta.


Seguro de Vida Colectivo Seguros para Empresas – Obligaciones Patronales: Es un producto Compulsivo, donde la empresa se hace cargo del 100% de la prima y se instituye como beneficiario de la póliza para poder respaldar sus obligaciones patronales emergentes. Solo tienen las Coberturas Básicas anteriormente descriptas: Muerte por cualquier causa e Invalidez total y permanente por enfermedad o accidente Ley Contrato de Trabajo: respaldo frente a las obligaciones emergentes de la Ley 20.744 ante el fallecimiento o invalidez del asegurado. Convenios Colectivos de Trabajo: respaldo frente a las obligaciones emergentes de convenios patronales que obligan a prestaciones dinerarias especiales ante el fallecimiento o invalidez del asegurado. Vida Obligatorio Decreto Ley 1567/74: de obligatoria contratación por parte del empleador, solo cubre la muerte del asegurado y su capital actual asciende a $ 33.330.- ( a partir de Mayo 2016, independientemente cuál sea su sueldo o jerarquía).


Seguro de Vida Colectivo Seguros para Empresas – Planes comercializados: Múltiplo de Sueldos: cubre a cada empleado por una cantidad determinada de sueldos, quedando su suma asegurada en función de su ingreso. Capital por Escala: determina una suma fija y predeterminada para cada empleado conforme a su jerarquía o sección por lo que distintos grupos dentro de la misma empresa pueden tener distintos niveles de suma asegurada Capital Uniforme: se establece un capital predeterminado y uniforme a todo el personal sin importar sueldo ni jerarquía. Seguro de Sepelio: seguro por medio del cual el cliente recibe un servicio de valor agregado en caso de muerte de algún miembro de su grupo familiar primario. Cobertura prestacional, por reintegro o suma fija.


Seguro de Vida Colectivo Seguros para Empresas – Planes comercializados: Los planes de seguros anteriormente descriptos, pueden tener dos tipos de contratación: •

Compulsiva: la empresa cubre el costo del seguro para sus empleados, con una excelente relación costo - beneficio. Adicionalmente, podrá deducir de su declaración de ganancias anual, los importes abonados en concepto de primas por seguros de vida de su personal.

Voluntaria: la empresa no incurre en ningún costo, actúa como sponsor del seguro, descontando la prima de los sueldos y los empleados pueden desgravar de ganancias lo abonado en concepto de primas por seguros de vida (tope anual $996,23.-).


Seguro de Vida Colectivo Seguro de Continuidad Escolar: tiende a disminuir, en lo posible, los efectos económicos motivados por la muerte o invalidez de los padres, en lo que atañe a la educación de sus hijos. Asegura los medios económicos para la finalización de la educación de los alumnos. Se contempla la posibilidad de repetir curso hasta un máximo de 1 curso por alumno. Reemplaza los Fondos de Previsión Escolar (o los crea si no existiesen) de los Colegios para estos casos, trasladando el riesgo a una Compañía de Seguros, por razones lógicas de especialización y economía.


Seguro de Vida Colectivo Seguro de Continuidad de Servicios: destinado a mantener la continuidad en el uso de los servicios que brindan las empresas o instituciones, durante determinado perĂ­odo de tiempo, frente a un siniestro que afecten al principal sostĂŠn econĂłmico del grupo familiar.


Seguro de Vida Colectivo Seguro de Saldo Deudor: seguro de protección de pagos que permite cubrir los saldos de deuda de los préstamos personales, prendarios, hipotecarios, adelantos en cuentas corrientes, giros en descubierto, descuento de documentos que otorgan las entidades bancarias y financieras del país. Cobertura por fallecimiento o invalidez total y permanente. Puntos importantes de la nueva resolución del BCRA: • desaparece el concepto de mark-up o comisiones que tenían los Tomadores; • es la entidad financiera quién asume el costo del seguro; • la prima facturada es sólo la prima técnica de la Aseguradora, sin recargos; • en caso de asumir el riesgo por cuenta propia el Banco no podrá efectuar ningún tipo de reclamo a los asegurados o derechohabientes y deberá hacerse cargo de la pérdida.


Seguro de Vida Individual Los seguros de vida individual se caracterizan por tener una única persona física como tomador de póliza. La finalidad es específica: • PROTECCIÓN: beneficio en caso de fallecimiento del asegurado, bajo una indemnización a pagar a los beneficiarios de la póliza. • AHORRO: beneficio en caso de supervivencia del asegurado, bajo la constitución de un fondo de inversión individual. Las coberturas principales son Muerte por cualquier causa e Invalidez total y permanente, con opción a tomar coberturas adicionales (DMA, PPA, Cónyuge, Renta Familiar, etc.)


Seguro de Vida Individual Seguros Individuales de PROTECCION – características: •

atados a suscripción por parte de la Cía.;

sumas aseguradas importantes y ajustables;

La mayor parte de la prima está asociada a cubrir la suma asegurada y un porcentaje muy bajo va al ahorro;

opción a tomar coberturas adicionales y aumentar la protección al grupo familiar.


Seguro de Vida Individual Seguros Individuales de AHORRO – características: •

en general la suma asegurada es fija y muy baja;

sumas aseguradas bajas y primas muy altas, destinadas prácticamente en su mayoría al ahorro;

pólizas pensadas como inversiones a largo plazo;

no requieren suscripción de la Cía.


Seguro de Accidentes Personales Definición: se entiende por accidente toda lesión corporal que pueda ser determinada por los médicos de una manera cierta, sufrida por el asegurado independientemente de su voluntad, por la acción repentina y violenta de, o con, un agente externo. El seguro cubre todos los accidentes que puedan ocurrir al Asegurado, ya sea en el ejercicio de la profesión/actividad declarada, o mientras se halle prestando servicio militar en tiempo de paz, en su vida particular, o mientras esté circulando o viajando en vehículos particulares terrestres o acuáticos, propios o ajenos, conduciéndolos o no, o haciendo uso de cualquier medio habitual de transporte público de personas, ya sea terrestre, fluvial, lacustre, marítimo, o en líneas de transporte aéreo regular.


Seguro de AP: Coberturas Coberturas BĂĄsicas Muerte Accidental Coberturas Adicionales Invalidez total y permanente por accidente Invalidez total y parcial permanente por accidente Reembolso de gastos mĂŠdicos por accidente Renta diaria por hospitalizaciĂłn y/o cuidados intensivos


Seguro de Accidentes Personales Accidentes Personales en Ocasi贸n de Trabajo Accidentes Personales Eventos Accidentes Personales Abiertos


Seguro de Accidentes Personales Accidentes Personales Abierto: libre selección de coberturas y sumas aseguradas por parte del tomador, cobertura 24 hs. los 365 días del año en cualquier parte del mundo Accidentes Personales en Ocasión de Trabajo: mas conocido como jornada laboral e in itinere, es un seguro que cubre la muerte o incapacidad como consecuencia de un accidente en ocasión de trabajo. El alcance de la cobertura se extiende al horario y ámbito habituales de las tareas desempeñadas por el asegurado e incluso contemplan el accidente in itinere. Es un buen complemento de la cobertura de los Asegurados de Riesgos de Trabajo, porque la indemnización procede independientemente de la atención brindada con motivo de la Ley de ART. Los costos están ajustados al riesgo de la profesión o actividad.


Seguro de Accidentes Personales Accidentes Personales Eventos: es un seguro que otorga coberturas por un plazo determinado, para dar respuesta a una actividad específica del tomador. De esta manera, se logra ajustar las tasas y condiciones a las necesidades puntuales de cada evento del tomador. Este plan está orientado a cubrir los riesgos emergentes de la realización de shows, recitales, espectáculos, ferias y exposiciones, sobre las personas y espectadores.


Segmentación de Clientes Empresas Multinacionales, Nacionales Grandes y Empresas Medianas: en este segmento de grandes empresas se ofrecen generalmente los siguientes productos: • Beneficios para el Personal: cobertura básica de Seguro de Vida Colectivo con Coberturas Adicionales; opción de múltiplo de sueldos o sumas aseguradas escalonadas. • Seguro de Vida Colectivo Obligatorio y de Convenio Colectivo de Trabajo. • Seguro de Accidentes Personales Colectivo. Empresas Pequeñas (menos de 100 empleados): se ofrece un producto “enlatado” pre-suscripto que se puede cotizar desde los cotizadores de las Cías.Este segmento es el principal target de los Productores de Seguros de Vida Individual y Seguros Generales. • Seguros de Vida Colectivo para Obligaciones Patronales & Gremiales • Seguros de Accidentes Personales Colectivo Cooperativas, Mutuales, Sindicatos y Obras Sociales: en este segmento la oferta de las Cías. está compuesta de dos productos: • Seguros de Vida Colectivo (Fallecimiento, Invalidez Total y Parcial, Accidentes, Enfermedades Terminales y Criticas, Trasplantes, etc). • Seguros de Accidentes Personales Colectivo. Grupos de Afinidad: • Seguros de Vida Colectivo (Fallecimiento, Invalidez Total y Parcial, Accidentes, Enfermedades Terminales y Criticas, Trasplantes, etc). • Seguros de Accidentes Personales Colectivo. Entidades Financieras: • Seguro de Vida Crédito.


ยกMuchas Gracias!


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.