Rumbo a los 100 días, ¿de qué?
Tabasco en el atraso social y la desaforada corrupción de los alcaldes
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Viernes 15 de Abril de 2016
EDI T O R I A L
Agapo: la obsesión por el poder
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gapito Domínguez Lacroix, es un personaje fuera de serie. Un hombre político adicto al poder. Siempre lo ha sido. Siempre lo será. Esos son sus hábitos, sus costumbres. Su vicio o defecto mayor. Lo aprendió de su padre, Agapito Domínguez Canabal. Solo que el Agapo Jr. —al igual como Roberto Madrazo Pintado—lo aplicó a la inversa: pervirtió sus enseñanzas y se acogió a lo que Frank Kafka, definiría como la miseria humana: Individuos sin escrúpulos, cínicos y extremadamente corruptos. Los insectos del poder, diría el autor de La Metamorfosis. Domínguez Lacroix, --como todo Junior, ¿A su edad?-- está con la firme ilusión de mandar sobre otros, de influenciar sus decisiones, de manipular los actos de sus testaferros, de corromper los sentimientos de su corte y no se da cuenta de que sus pasiones altivas y grotescas, son simples quimeras, y es solo eso: una ilusión. Desde su adolescencia--cuentan los que lo conocen y convivieron con él en su juventud—Agapito Domínguez, siempre ha intentado controlar a sus semejantes, utilizando todo tipo de mecanismos: la fuerza física, la superstición, el dinero, el lacayismo, la extorsión, y hasta el espionaje. Hay datos que desnudan la patología del director del ISSET. Y, hoy esos hechos deformes y retrógrados, definen el quehacer político y social del primo de Humberto Mayans Canabal. Sus incondicionales de hoy y de siempre no conocen un solo día de libertad, sin estar bajo el yugo de alguien de su propia especie. Y en esa yunta—la que los amarran como los bueyes—solo existen intereses y complicidades que rayan en la desvergüenza, el deshonor y la mansedumbre. Eso exige a su cofradía Agapito Domínguez quien nunca ha sido capaz de valerse por
su propia inteligencia, capacidades o conocimiento. Domínguez Lacroix, no solo es servil y miserable a su propia causa, es de esos personajes que se vale de los demás para subir las escaleras del poder. No solo es trapecista con suerte, es además, un oportunista que le gusta la lucha fácil y que su comportamiento estéril y caduco lo convirtieron en un animal político ignorante, autoritario, rapaz y arrogante. En esas utopías se arrastra quien presume una cultura miserable, ofensiva, vulgar y arbitraria. Agapo, de tanto que lee, --según él-- se olvidó de lo que estuvo en boga en los comienzos del Siglo XIX, en las cuales se preconizaba la igualdad absoluta del homo sapiens. Esas utopías, según lo ilustran pensadores contemporáneos, fueron el sustento del materialismo histórico de Marx y Engels, el cual derivó en la formulación de un nuevo paradigma de dominación: el socialismo. Capitalismo y socialismo -desde un punto de vista más amplioson sistemas que derivan de la obsesión por el poder. En el primero, Agapito Domínguez, según sus biógrafos, convirtió su vida en privilegios acomodaticios que rayan en la opulencia; en el según, extendió sus redes para engrandecer su reino llevando a sus hombres al
avasallamiento y a la disciplina; no tan solo para obedecerlo, si no para convertirlos en sus fieles sirvientes y, como tal, en esclavos del poder. En el ISSET se observa todo esto. La obediencia fiel y cómplice. La lealtad por intereses, privilegios y canonjías. Así lo demuestra uno de sus hombres más cercanos, Víctor Manuel Maldonado Tosca, personaje gris y mediocre que con solo ostentar el poder por el dinero, por los privilegios y una vida de reyezuelo, permite que pisoteen su dignidad, su ética, su honorabilidad—si es que la tiene-- y su dignidad. El cambio no es gratuito. La dicha de contar con un milímetro de poder, tampoco. El cambio por el poder trae infortunios, insultos, gritos y leperadas que salen de la salivosa lengua de quien se ostenta como director del ISSET. Esta es la triste trama—tragedia familiar muy profunda que lacera y ofende la dignidad de la prole Maldonado Tosca—que protagoniza el director jurídico de esa institución el cual está convertido no en un gusano, que repta sin ningún aliento de pudor, si no es un parasito que medra bajo las sombras de su arrogante protector. Como el Respetable podrá leer en estas páginas, Agapito Domínguez, no solamente es un
burgués insolente y majadero, es un individuo incapaz de controlar sus propios ánimos, voluntad e inteligencia. Es, además, un personaje incontrolable, pervertidor y violador de las leyes e incapaz de hablar con la Verdad y desobedeciendo lo que mandata la Constitución Local. La falta de autodominio, desequilibra todo. Se observa en su forma de ejercer el cargo. Y si no aquí están las pruebas en esta edición. Como se ha puntualizado y dejado claro, la obsesión de Agapo por el poder es casi enfermiza, psicótica. No vale lo que dicen sus amigos, si no su férrea voluntad. No vale lo que le observan sus testaferros, si no su terquedad. No vale lo que de él dice la prensa, si no su arrogancia y soberbia. Para Agapito, lo único que vale es su obsesión por el poder. Eso es lo que vale. Lo demás, no cuenta para el gran Agapo. En todo esto, Agapito Domínguez, solo están pensando--como todo ególatra—en él mismo: ¡qué cinismo tan grande! Hablar de que todo está bien cuando en los hospitales del ISEET se están muriendo personas por qué no hay medicinas, camas o doctores, mientras que los peones de madera juegan al ajedrez. Si la obsesión por el poder llevó a Maquiavelo a escribir una cartilla dedicada a uno de los integrantes de la familia Médici, en la cual le aconsejaba de manera cruda y descarnada la forma de obtener ese poder y de cómo conservarlo, Agapito Domínguez, además de seguir los consejos del gran florentino, en su loca desesperación por seguir manteniéndose en el poder, se aferra también a la idea—absurda, por cierto por la edad del protagonista-- de que es mejor tener poder y más dinero. Y esto, al final, resulta trágico por las ambiciones mezquinas de quien hoy, todavía, detenta el poder en el ISSET. Vanguardia.
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La biografía negra de un monstruo apodado “Cuasimodo”
La perversa y cobarde infamia del protegido de Agapito Domínguez Maldonado Tosca, el cancerbero inmoral y cobarde del titular del ISSET
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Nicolás del Toro Jr.
omo se escribió en Vanguardia en la edición 627 de fecha 08 de noviembre del 2013, Víctor Manuel Maldonado Tosca, el todavía cancerbero incomodo de Agapito Domínguez Lacroix, director general del ISSET, contrajo nupcias con la señorita Mónica Jesús Valencia Bautista, el 19 de abril de 1995 en Villa Cuauhtémoc, Centla, Tabasco. Existe constancia y el expediente negro del director jurídico del ISSET (Averiguación Previa número E-I-1044/2000) en donde se revela que a éstos los casó el licenciado Pablo Contreras Pérez, oficial del registro civil número 04 de aquella demarcación. Los testigos fueron, por parte del novio, Napoleón Rodríguez Suárez y Rosa María Aguilar de Rodríguez; por parte de Mónica Jesús Valencia Bautista sus testigos fueron Daniel Hernández Hernández y Juan Cupil Sánchez. Por aquellas fechas se dejó testimonio que a pesar de que Víctor Manuel Maldonado Tosca, es licenciado en derecho con maestría en ciencias penales por la UVM —conoce ampliamente la ley—se casó nuevamente, sin haberse divorciado legalmente, con la menor —en ese tiempo 17 años de edad—Sandra Guadalupe Juárez López, el día 13 de diciembre de 1999. Para poder contraer matrimonio, los padres de la novia, Bartolo Juárez Sánchez y Nereyda López Sánchez, tuvieron que dar su consentimiento por minoría de edad. Así está asentado en el acta 806 levantada por el oficial del registro civil número 02, licenciada Claudia Cecilia Gómez del Rosario. De su primer matrimonio entre Maldonado Tosca y Mónica Jesús Valencia Bautista, procrearon una niña que tiene por nombre Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia que nació a las 22:10 horas del día 09 de septiembre de 1994—hoy esa niña tiene 21 años de edad-- en Villahermosa, Tabasco. El protegido de Agapito Domínguez, y todavía director Jurídico del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET) —el cancerbero “incomodo” -- teniendo todos los conocimientos de las ciencias del derecho, no solo engañó a su primera esposa, si no que—por el estudio y análisis del expediente 225/2000— se desprende que también le mintió a su actual esposa, Sandra Guadalupe Juárez López, a la que enrolló en “bigamia” y tuvo también que ser procesada y sentenciada. Y para muestra un botón: El 24 de junio del año 2000 la señora Mónica Jesús Valencia Bautista interpuso querella por los delitos de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar y bigamia en contra de su esposo Víctor Manuel Maldonado Tosca, radicándose la averiguación previa número E-I1044/2000 ante el licenciado Silvio Rodolfo Chan Pérez, Agente del Ministerio Público Investigador, adscrito al Primer turno de la Quinta delegación de esta ciudad de Villahermosa, Tabasco. En las cinco fojas tamaño oficio, Valencia Bautista narra la terrible historia de su vida conyugal en donde el protagonista principal era (es) el hoy flamante y “respetable” director jurídico del ISSET, licenciado Víctor Manuel Maldonado Tosca. Los hechos contados—como si fuera una novela de suspenso, terror y lágrimas—por la denunciante son ofensivos, gravosos e indignantes. Dice, Mónica Jesús Valencia, que con fecha 19 de abril de 1995 contrajo matrimonio civil con Víctor Manuel Maldonado Tosca, tal como lo acreditó con el acta número 35 inscrito en el libro número 01, foja número 11356, levantada ante el oficial número 04 del registro civil, licenciado Pablo Contreras Pérez, de la Villa Cuauhtémoc, Centla, Tabasco. Manifiesta que desde 1992 ambos, ella y Víctor Manuel, empezaron a vivir en unión libre, procreando a su menor hija Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia que nació el 09 de septiembre de 1994 y fue registrada hasta los siete meses de nacida, el día 19 de abril de 1995. La misma fecha en que ambos contrajeron matrimonio civil, según se observa en la documentación oficial en poder de Vanguardia. En el punto tres de su querella, la señora Mónica Jesús Valencia Bautista señala: “Es el caso que mi esposo me empezó a dar malos tratos,
físicos y emocionales, o sea golpeándome muy fuerte tal como obra en la averiguación E-II-1936/97, situación que originó que tomara una decisión de separarme de mi esposo y abandonara el domicilio conyugal el cual estuvo ubicado en la calle Francisco Trujillo Gurría número 1029 interior 3 de la colonias Tierra Colorada de esta ciudad, tal como lo acredito exhibiendo original y copias fotostáticas, constancia de fecha 23 de octubre del año 1997, expedido por el profesor Raúl León de la O, delegado municipal de dicha colonia”. Sigue narrando la ofendida: “Ante tal situación me vi en la necesidad de hacerme cargo de mi menor hija, siendo padre y madre para ella, ya que en ese tiempo me encontraba realizando mis estudios profesionales; me vi en la necesidad de rentar un lugar donde habitar, y a muchas
insistencias logré que mi esposo Víctor Manuel Maldonado Tosca, me depositara quincenalmente la cantidad de $200.00 pesos, pero esto fue a casi un año de haberme separado, o sea que me depósito, por primera vez, el día 17 de septiembre de 1998, tal como lo acredito exhibiendo en copia al carbón con firma y sello original de auto de inicio del expediente número 1296/98”. En el punto cinco de su demanda penal, Mónica Jesús Valencia Bautista luego de explicar que su esposo ha sido impuntual en sus pagos de pensión alimenticia, asegura que éste le ha dicho que no puede depositarle la cantidad de $250.00 pesos: “Ya que él afirma que no gana mucho dinero en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el cual desempeña el puesto de Coordinador y que por eso no ha podido depositarme la primera quincena del mes de junio del año en curso situación que se me hace desesperante ya que tengo que pagar, renta, agua, luz, despensa, ropa, zapatos, gastos médicos, inscripción, útiles escolares para el nuevo ciclo escolar ya que mi menor hija va a primero de primaria y que actualmente debe lo cantidad de $2,100.00 pesos por concepto de renta de tres meses ($700.00 pesos cada mes)”. “Con la raquítica pensión alimenticia--así lo aseguró en la indagatoria-- que me pasa mi esposo no nos alcanza para nada, y aparte de eso resulta ser impuntual, situación que hace más critica nuestra manera de vivir, incluso, en ocasiones no tenemos ni para la comida, y que algunos parientes y amigos nos han apoyado prestándonos dinero, tal es el caso de la contadora Sandra Luz Pancardo Cabrera persona a quien le pedí prestado la cantidad de $3,500.00 pesos, cantidad que actualmente debo y que le pedí prestado el día 15 de diciembre del año próximo pasado, para comprarle ropa, zapatos y pagar unos meses de renta que debía”, aseveró en su denuncia la ofendida. En el punto seis del cuerpo de su demanda, Valencia Bautista tras sostener que en múltiples ocasiones le ha pedido a Maldonado Tosca realizar los tramites del divorcio, así como le aumente la pensión alimenticia para su menor hija por la cantidad de $700.00 pesos quincenal, afirmó que éste le ha dicho que nunca le va aumentar la pensión alimenticia y que tampoco le va a dar el divorcio. Agregó que Maldonado Tosca hizo alardes de influencias al revelarle que él conoce a altos funcionarios de la PGJ, así como a gente influyente del gobierno y que por eso a él no le hacen nada. “Me ha amenazado— acusa la denunciante—diciéndome que lo deje de estar chingando, que el tiene el poder para mandarme a matar si quiere ya que tienen muchos amigos que pueden hacer el trabajo”. En cuatro renglones, la querellante narra el grave daño psicológico que Maldonado Tosca le ha causado: “Me ha manifestado que el 04
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divorcio no me lo va a dar nunca y que ni lo sueñe porque si no soy de él no seré de nadie. Que él— cuenta—prefiere verme muerta que andar con otro hijo de la chingada; razón por la que con tal temor deje de insistir en cuanto al divorcio y la pensión alimenticia”. Valencia Bautista, revela, en el punto siete de su demanda penal que el 12 de diciembre del año próximo pasado (12/12/1999) grande fue su sorpresa cuando se enteró por unos amigos que su esposo, Víctor Manuel Maldonado Tosca, había contraído matrimonio el día 13 del mismo mes (13/13/1999), situación—añade—que le hizo pensar que no era real, ya que como lo acreditó, ella estaba casada con el probable responsable. Ante la fatal noticia de que su esposo se había vuelto a casar sin haber disuelto, primero, su vinculo matrimonial con la querellante, ésta—dice—se constituyó hasta el registro civil de la colonia Atasta en donde se acreditó, ante los representantes sociales, como la legitima esposa de Víctor Manuel Maldonado Tosca y les pidió que investigaran, en los libros oficiales, si su esposo había contraído matrimonio con alguna persona: “Llevándome una gran sorpresa al constatar que efectivamente mi esposo sí contrajo matrimonio ante el registro civil”, resaltó. Ante los hechos consumados y sabiendo que Víctor Manuel Maldonado Tosca, aun conociendo las leyes, éste las había violentando configurándose el delito de bigamia, Valencia Bautista, explica, en el cuerpo de su demanda, que solicitó copias certificadas del acta de matrimonio número 806 a la licenciada Claudia Cecilia Gómez del Rosario, oficial del registro civil número 02 quien las había registrado en el libro 05, foja 4212 y con fecha 13 de diciembre de el año 1999 y, en el cual se aprecia claramente que su esposo Víctor Manuel Maldonado Tosca, contrajo matrimonio—a pesar de estar casado legalmente con ella—con Sandra Guadalupe Juárez López. Mónica Jesús Valencia Bautista, exigió a la autoridad ministerial aplicar todo el peso de la ley contra su esposo Víctor Manuel Maldonado Tosca además,--exhortó —se proceda conforme a derecho en contra de Juárez López. “Pido que mi esposo me haga la reparación de daños y perjuicios”, exigió. La querellante nombró como testigos de cargo a Esperanza Bautista Alejandro, Sandra Luz Pancardo Cabrera, Silvia Tetetla Berber y Digna Frías Ramón: “Quienes saben y les consta los hechos aquí manifestados”. A las diez de la noche del 25 de junio del año 2000, la señora Valencia de Maldonado, ratificó ante el Ministerio Público de la Quinta Agencia Investigadora los cargos en contra de su cónyuge. La historia contada por los protagonistas no solos conmocionó a gran parte de la sociedad si no también causó repudio de sus mismos compañeros de trabajo que no podían creer que Maldonado Tosca se había comportado no solo como un pelafustán si no como un violador de las leyes familiares. Además se enterarían que a las 20:00 horas del 01 de julio del año 2000, el licenciado Silvio Rodolfo Chan Pérez, agente del MP investigador de la Quinta delegación en compañía de sus testigos de asistencia Margarita Salmerón Gómez y Elígia Torres Luciano acordaron girar cedula de notificación a Víctor Manuel Maldonado Tosca y a Sandra Guadalupe Juárez López “para que se presenten los días 07 y 09 de julio a las 20:00 horas y 10:00 horas respectivamente y declaren en relación a los hechos, fundamentando esto en los articulo 60 y 61 del Código de Procedimiento Penal del Estado de Tabasco”. Fue el agente judicial José Francisco Morales Collado el que dio cumplimiento—número de oficio 7008—a las órdenes del MP. El 07 de julio a las 20:25 horas Víctor Manuel Maldonado Tosca, “por ser perito en la materia” (Eso dice él) se presentó tan solo para alegar que por cuestiones de su trabajo tiene que ausentarse de la ciudad “Pero que en este acto se compromete a presentarse el día lunes 10 de julio a las 20:00 horas a rendir su declaración en relación a los hechos
acompañado de su abogado particular”. En su cita con la historia—pecaminosa e inmoral-- Sandra Guadalupe Juárez López—a pesar de ser inocente y de sufrir un vil engaño der parte de su “esposo”-- compareció el día en que había sido requerida como probable responsable del delito de bigamia tal y como fue señalada en la averiguación previa número E-I-1044/2000. Declaró: “En relación a los hechos que se me pretende involucrar(sic) la hoy supuesta agraviada Mónica Jesús Valencia Bautista (ésta) trata de sorprender la buena fe de esta autoridad toda vez que la de la voz –su declaración los hundió solitos--si está debidamente casada con Víctor Manuel Maldonado Tosca”. Poniéndose la soga al cuello—la mal asesoraron-- la señora Juárez de Maldonado confesó de motu propio que: “Para que lleváramos a efecto nuestro matrimonio cumplimos con las exigencias que marcan el Código civil en vigor”. Y allí enumera una serie de requisitos con la finalidad—se observa claramente—de evadir la acción de la justicia. Sandra Guadalupe, que en ese tiempo—cuando rindió su declaración ministerial-- contaba con tan solo 18 años de edad—según lo manifestó—reconoció que su esposo, Víctor Manuel Maldonado Tosca, había asistido, hace seis años, a una ceremonia de casamientos colectivos; por cierto—dijo-- en estado de ebriedad, en el mismo no se cumplieron los requisitos que marca la ley ya que nunca se ratificó esa acta de matrimonio ni mucho menos se reunieron los requisitos para dar solemnidad al mismo. Como si fuera perito en la materia,-- se ve que estaba bien adiestrada por “peritos” jurídicos-- la señora Juárez López—ella sí queriendo sorpren-
der la buena fe de las autoridades—manifestó que en cada una de sus partes el acta (de matrimonio) que exhibe la hoy agraviada (sic) fue emitida con dolo y mala fe. Y en ese momento nombró como testigo de descargo a Guillermina Maldonado Tosca y a Trinidad Maldonado Tosca—ésta última hoy demandada por ella, averiguación previa número AP-DGI-34/2016--(sus cuñadas): “Para demostrar en su momento procesal (resic) que soy inocente de los cargos que se me mencionan ya que como lo manifiesto en ningún momento existió algún impedimento ya que el día que se celebró la ceremonia civil (probablemente la de su boda) Mónica Valencia Bautista en compañía de su madre Esperanza Bautista Alejandro estuvieron presentes ya que estaban totalmente de acuerdo”. Y añade en su declaración—resumida por el redactor-- de descargo: “Por lo tanto carece de lógica que vengan a interponer tales hechos(sic) después de haber pasado cinco años, siendo todo lo que deseo manifestar”. Y firmó al margen y calce para constancia. El 10 de julio del 2000 a las 10:45 horas se presentó nuevamente al MP Mónica Jesús Valencia Bautista compareciendo para exponer—mediante escrito de dos fojas—que el 03 de julio del presente año cuando se encontraba laborando como de costumbre en su centro de trabajo, el cual se encuentra ubicado en la calle Revolución número 315 de la colonia Atasta de esta ciudad se presentó—13:00 horas aproximadamente-- su esposo Víctor Manuel Maldonado Tosca acompañado de dos personas del sexo femenino en la que al parecer, una de ellas resultaba ser la persona con la que contrajo nuevo matrimonio y la otra, al parecer, resulta ser su madre de la antes citada. Apuntó en su nuevo testimonio: “Al momento que me acercaba a mi esposo para preguntarle que era lo que deseaba me dijo: “ Que él ya había recibido una notificación por parte del Ministerio Público y que estaba enterado de la demanda que yo había puesto en su contra y al mismo tiempo me decía… Mira Mónica, si tu no retiras la demanda que pusiste en mi contra te voy a mandar a matar porque ya me tienes hasta la puta madre, sabes de lo que soy capaz y también sabes que tengo mucha influencia y a mi no me van hacer nada porque yo, si quiero, puedo mandarte a la cárcel y le voy a decir a tu jefe que has llamado a mi casa en varias ocasiones para insultarme e insultar a mi esposa al mismo tiempo que me señalaba (a) la persona del sexo femenino que está(sic) embarazada”. En otra parte de su declaración Valencia Bautista explica detenidamente que al llegar a su hogar, su madre Esperanza Bautista le informó que como a las 16:40, del mismo día, había llegado Maldonado Tosca para amedrentarla de nuevo: “Le dijo a mi madre que me dijera que dejara
de estarlo chingando, que me desistiera de la demanda que le formulé o, de lo contrario, que me atuviera a las consecuencia porque él era capaz de todo, de matarme o de meterme a la cárcel y quitarme a la niña porque él es abogado y sabe que el Ministerio Público se vende fácilmente”. Posteriormente—asegura la demandante – que como a las 18:00 horas del mismo día Maldonado Tosca irrumpe de nuevo en su hogar—las puertas de su casa estaban abiertas y su familia se encontraba en el comedor—para intimidarla otra vez, le grita: “¿Qué pensaste?. Vas a retirar la demanda SI o No, porque ya te dije que si no lo haces soy capaz de matarte con mis propias manos y a mi no me van hacer ni madres, porque conozco a mucha gente influyente del gobierno y de la Procuraduría, ya que la denuncia que me pusiste no sirve para nada porque nuestro matrimonio no es válido, al mismo tiempo que me decía esto señalaba con el dedo, piénsalo bien o atente a las consecuencias. Acto seguido procedió a retirarse. La legítima esposa de Maldonado Tosca— según documentos oficiales—solicitó al MP tome en cuenta el nuevo delito—amenazas-- en que incurrió su cónyuge y a la vez que exigió se proceda en contra del mismo. No obstante que autoridades de la Procuraduría General de Justicia en el estado lo habían notificado que debería de rendir su declaración sobre los hechos el 07 de julio a las 20:25 horas y de que él mismo se había comprometido con el MP Silvio Rodolfo Chan Pérez, que lo haría el 10 de julio a las 20:00 horas, Víctor Manuel Maldonado se presentó a rendir su declaración en relación a los hechos hasta el día 12 de julio a las 07:40 horas. Maldonado Tosca, en su declaración ministerial se olvidó por completo—en una acción contradictoria a la verdad—de lo manifestado unos días antes por su falsa cónyuge Sandra Guadalupe Juárez López cuando prácticamente lo desnudo: “Víctor Manuel había asistido, hace seis años, a una ceremonia de casamientos colectivos, por cierto— remachó -- en estado de ebriedad” y el susodicho había asegurado a las autoridades ministeriales en su testimonial “que no es afecto a las bebidas embriagantes”. Vaya error. El hoy director jurídico del ISSET, mintió. De la misma forma—para encubrir sus mañas y antecedentes penales—como engañó él y su jefe— Agapito Domínguez Lacroix, quien a sabiendas de que sobre su director jurídico pesa un “expediente negro” lo protege y encubre -- al gobernador, violando con estos actos vergonzosos y ofensivos a la sociedad que es la que le paga sus honorarios como funcionario gubernamental. El cancerbero “incomodo” de Domínguez Lacroix se identificó con su credencial de elector número 041254572770, tener –en aquel tiempo--32
Viernes 15 de Abril de 2016 años de edad, licenciado en derecho—tenia plenos conocimiento de lo que hacia por ser perito en la materia—ocupación, defensor de lo administrativo; dio como domicilio calle Sandino número 444 de la colonia Primero de Mayo; dijo ser hijo de los señores, Trinidad Maldonado Ramírez (F) y de Lilia Tosca Zapata. Además dejó asentado en autos su media filiación: 1:58 metros de estatura, complexión regular, blanco, cabello ondulado, frente amplia,, cejas pobladas, nariz regular, boca chica, labios delgados, orejas medianas, ojos cafés claros y, al final, nombra a la abogada oficial—pagada por el gobierno—Yolanda Rodríguez Hernández, que fue la que asumió su defensa. En el primer delito que se le imputa, incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, el actual titular de área jurídica del ISSET, rechaza de entrada los cargos y asegura que éste es totalmente falso y tendencioso, toda vez—añade—“Que en ningún momento he dejado de depositarle a mi menor hija su pensión alimenticia y busca demostrarlo con el recibo número 206248 expedido por la Tesorería judicial del Juzgado primero de lo familiar; además, lo trata de acreditar con el auto de inició del expediente número 835/2000 pero jamás dice cuantas veces depositó—el único pago que existe es cuando deposito la suma de $750:00 pesos correspondiente a los meses de junio y julio-- la cantidad que le da como pensión(según filtraron los familiares de VMMT, solo le da $5,000.00 pesos mensuales) a su hija Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, hoy convertida ya en una señorita de 21 años de edad. En un acto cobarde, lleno de infamia y con el fin de rehuir a su responsabilidad paterna, Víctor Manuel Maldonado “busca aclarar” que su esposa Mónica Valencia Bautista, “madre de mi menor hija” es profesionista, licenciada en contaduría pública— pero jamás reconoce que los éxitos de su cónyuge han sido gracias a los sacrificios y sufrimiento de la querellante—presta sus servicios, desde hace cuatro años, en las empresa norteamericana denominada Tech Power, donde ocupa el cargo administradora general “y estoy enterado, através de sus amigas, que percibe un salario mensual de Mil dólares, equivalente a diez mil pesos mensuales”, apuntó. Después de emitir una serie de contradicciones, de erigirse como un “padre responsable” de que “no soy coordinador” de que “la querellante trata de sorprender la buena fe de éste órgano investigador”, de presentar un documento—oficio número TCA/DA/107/20000—en donde trata— este sí—de sorprender a la autoridad ministerial señalando que “me otorgaron licencia en mi trabajo pero sin goce de sueldo”—se ve con claridad que
busca ponerse el parche—Víctor Manuel Maldonado Tosca, con toda su ignominia, ataca a su esposa Mónica Valencia arguyendo: “Que como marca el Código Civil en vigor las dos partes tenemos el mismo derecho de dar alimentos, por lo tanto—dice el fenómeno inquisidor—carece de toda lógica su pretensión infundada al señalarme dicho ilícito”. Y, por cobardía, objetó en todas y cada una de sus partes lo manifestado en su escrito inicial de la querella así como las probanzas aportadas que no se encuadran a dicho antijurídico (sic) por lo que solicitó a la representación social que, al momento de entrar al estudio de fondo, determine que no le asiste la razón ni el derecho a la supuesta ofendida”. Al referirse al delito de bigamia en que incurrió el hoy director jurídico del ISSET y “caballo negro” de Agapito Domínguez, “manifestó y aclaró” que en la época en que “supuestamente contraje matrimonio” yo era una persona que no me encontraba estudiando y, además,--añade—en dicha época era muy afecto a las bebidas embriagantes al grado de llegar al alcoholismo( otra contradicción más) y que “el supuesto matrimonio que realizamos era colectivo y que en ningún momento exhibimos documentación alguna en cuando a los requisitos que marcaba el Código Civil”.
Como todos los cobardes, miente. Y si no lea usted: Maldonado Tosca, con el fin de curarse en salud, trató de justificarse arguyendo—insistentemente-- que en ningún momento, en su matrimonio con Mónica Jesús, presentaron los documentos que marca el Código Civil en vigor. Señaló que la celebración conjunta entre matrimonios—colectivo—no exime al oficial del registro civil del cumplimiento estricto de la solemnidad. Explicó que el artículo 115 del Código Civil de Tabasco señala que una de las principales exigencias y requisitos es la solicitud de matrimonio. Argumentó que para que el matrimonio tenga válidez y solemnidad debe de darse cabal cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 116, fracciones I, III, IV en correlación con el 117. Además, en una defensa a ultranza y llena de cobardía, Maldonado ofreció tesis de jurisprudencia emitidas por la suprema Corte de justicia de la Nación. Nada de eso le sirvió. Todo fue una maraña de patrañas interpuestas para enlodar más su prestigio y “honorabilidad”. La declaración fue extensa. Sin límite de tiempo. El MP y el secretario ministerial dejaron que el presunto culpable desarrollara sus alegatos dentro del marco del derecho. Y Maldonado Tosca, se explayó, como pudo y cuanto quiso. Declaró todo lo que debía y, hasta lo que no se debía, hasta al grado de decir que su esposa Mónica de Jesús, “sufre ciertas lagunas” por lo que pidió a la representación social “librar oficio al hospital psiquiátrico en el estado (para que) se le practique examen psicológico, psiquiátrico y analítico a la supuesta ofendida”. Infame el ataque. Cobarde el procedimiento. Y cínica la acción. Pero así es la miseria humana del sujeto de marras que no se midió en su agresividad, y que lastimó a la madre de su hija. En tres fojas tamaño oficio—de cara a cara-- que el órgano investigador utilizó para que Maldonado Tosca rindiera su declaración se corrobora la forma y el fondo perverso y aberrante que se utilizó para combatir las verdades jurídicas “y muy bien sustentadas” que se exponían en la indagatoria E-I-1044/2000. Maldonado, con el fin de sembrar la duda se valió de todos los instrumentos ilegales para enfrentar las serias acusaciones que le había formulado su verdadera esposa Mónica Jesús a quien le señaló que vive en amasiato—“como lo demostraré
en su momento procesal”—con Gilberto Macías Murguía, el cual—indica—una vez que yo “recabe los datos de su domicilio”, solicitaré a esta autoridad sea llamado a declarar para esclarecer tales hechos”. La ignominia en marcha. Y como todo un delincuente que retrata su personalidad en actitudes de ruindad y maldad, el cancerbero “incomodo” de Agapito Domínguez expulsa su egolatría y perversión aduciendo que Mónica de Jesús y Gilberto Macías,-- “porque estoy enterado”—se encuentra legalmente casados en la ciudad de Zitcuaro, Michoacán. Lo malo es que nunca aportó pruebas, solo fueron salivazos que escupió para ofender y auto denigrarse más. Más adelante, el testaferro predilecto del director general del ISSET, con el fin de confundir y “aparentar” que todo estaba “arreglado” asegura que cuando contrajo nupcias con su actual esposa, Sandra Guadalupe Juárez: “La ofendida fue invitada de honor en la boda civil y religiosa”. Y advierte que Mónica dejó pasar muchos años para presentar dicha querella en forma dolosa y con datos totalmente falsos y tendenciosos”. Y precisa al final de su declaración: “Niego dichas imputaciones porque la que se dice ofendida sufre ciertas lagunas”. Y pidió a la autoridad: “Librar oficio para que le practiquen examen psiquiátrico”. Prácticamente, Víctor Manuel Maldonado Tosca, todavía director jurídico del ISSET, erigiéndose en psiquiatra diagnóstico que su cónyuge Mónica Jesús: ¡estaba loca! Pero en todo esto, ¿Quién es el verdadero orate? ¿Maldonado Tosca, el cancerbero “incomodo” de Agapito o Mónica de Jesús? El otro expediente: 520/2014
El retrato hablado de un delincuente inmoral Aun cuando dejó testimonio de que siempre ha estado pendiente de su hija,-- desde que era niña, y de que ésta “siempre ha sido mi adoración”-- en su pensión alimenticia Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, ésta lo desnuda y retrata tal y como es su progenitor: Cobarde, embustero, traidor y mal padre. El expediente número 520/2014 radicado en el Juzgado 2do. Familiar de Primera Instancia del primer Distrito judicial, habla por sí solo. Si no vea usted la ingratitud de éste engendro del mal: En el juicio especial de pensión alimenticia en donde Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia demanda a su padre Víctor Manuel Maldonado Tosca, se subraya: “Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, mexicana mayor de edad, por mi propio Derecho y en calidad de parte actor y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de citas y notificaciones del Despacho jurídico ubicado en calle Melchor Ocampo 240-A de la colonia Centro, Villahermosa, tabasco, y en términos del artículo 85 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco designo al Licenciado en Derecho Carlos Alberto Jiménez Zurita, como mi abogado patrono, quien ejerce con cedula profesional número 2975558, expedida por la Dirección general de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública, así mismo autorizo a los pasantes de la carrera en Derecho Vanessa Benito Pereyra, Diego Alejandro Jiménez Cabrera, Luis Roberto Aguirre Occegueda, Elías Enrique García Ramos, para que a mi nombre y representación pueda oír y recibir toda clase de citas, notificaciones, documentos y revise el expediente que se forme por el presente escrito las veces que sean necesarias; ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo”: Por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 299, 300, 304 y 307 del Código Civil en Vigor en el Estado de Tabasco 28 fracción IV, 487, 488, 530, 531, 532, 533, 534 y demás correlativos aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor en el Estado, en contra de Víctor Manuel Maldonado Tosca, quien puede ser llamado a juicio en el Domicilio Ubicado avenida 27 de febrero número 930 altos, lugar que ocupan las oficinas de la dirección jurídica del ISSET del centro de esta ciudad de Villahermosa; persona a quien le reclamo el pago y cumplimiento de las siguientes:
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En su escrito de prestaciones Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia le reclama a su padre Víctor Manuel Maldonado Tosca el pago de una pensión alimenticia provisional, no menor al 50% del sueldo—tan solo le entrega mensualmente $5,000.00 pesos mensuales; esto como una burla y vil engaño-y demás prestaciones que percibe el demandado, así como los ingresos que por cualquier otro concepto perciba, ya sea por actividades de cualquier especie en base a las argumentaciones que más adelante señalare, por tener capacidad económica suficiente incluyendo bonos de puntualidad, comisión de venta o de cualquier otra especie que percibe el hoy demandado como trabajador del ISSET (Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco), con el cargo de director jurídico de la citada dependencia. Además Maldonado Valencia exige que por sentencia definitiva debidamente ejecutoriada se condene al demandado al pago de una pensión alimenticia definitiva de acuerdo a las necesidades que la sustenten “por lo que se deberá tomar en consideración todas las prestaciones de ley tales como prima vacacional, aguinaldos, incrementos salariales, liquidación y productividad, tiempo extra entre otros que devenga el demandado como trabajador de su centro de trabajo ISSET (Instituto de Seguridad social del Estado de Tabasco), con cargo de director jurídico”. En grueso expediente, --del que Vanguardia tiene en su poder-- la demandante explica, en las cláusulas de hechos, que Víctor Maldonado Tosca: “nunca en lo que llevo de vida a cumplido con sus obligaciones de padre en todos los aspectos; pero lo más preocupante—afirma la hija legitima del director jurídico del ISSET-- y lo que hoy nos ocupa es, que el demandado no realiza el menor esfuerzo para proporcionarme los alimentos, por lo que me veo en la imperiosa necesidad de acudirá este H. juzgado para exigir de manera judicial el cumplimiento de mi señor padre ya que cuenta con la capacidad económica bastante y suficiente para proporcionarme los medios alimenticios para mi subsistencia”. Aclara: “Siendo el caso que, durante todo el tiempo que llevo de vida mi señor padre jamás se ha hecho cargo de sus obligaciones esenciales como es el proporcionarme los alimentos no obstante del fuerte lazo consanguíneo que existe entre ambos como lo es el de padre e hija”. (Las negrillas son nuestras). Explica, Sheldy’s de Jesús: “En la actualidad me encuentro estudiando la carrera de médico cirujano, carrera que es de todos conocidos que es una carrera profesional costosa pues el material y los libros que utilizo para estudiarla son de un precio elevado y aun cuando él tiene conocimiento de que me encuentro estudiando dicha carrera en ningún momento me ha apoyado para sufragar estos gastos, y al yo querer seguir con mi desarrollo profesional y no ser suficiente lo que me da mi señora madre para sufragar los gastos como los pasajes, alimentos, material didáctico, etc. es que me veo en la necesidad de entablar la presente demanda en contra de mi padre, para poder seguir con mis estudios”. En el punto tres de su escrito de demanda la primogénita del funcionario del ISSET, explica: “Lo anterior resulta a pesar de que acudí a mi padre Víctor Manuel Maldonado Tosca para pedirle que cumpliera con sus obligaciones de padre cuestión que hasta hoy se ha negado a satisfacer, desatendiéndose de manera absoluta de sus obligaciones alimenticias, las cuales son de elemental importancia para continuar con mis estudios los cuales demandan la mayor parte de mi tiempo por lo que me resulta imposible laborar. De tal manera—añade-- que me es imposible solventar mis gastos no obstante que he acudido en varias ocasiones a él de manera extrajudicial y se me ha negado el apoyo que le he solicitado”. “Sin embargo, no obstante que me he esforzado para que no me falte nada de lo que en este momento requiero, ya me resulta imposible debido al alto costo de la vida, por el precio de los artículos de primer necesidad, como son los básicos (alimentos, ropa, calzado), hechos que no resultan ser probados por ser públicos y notorios”, externa en su demanda. Por todo lo anterior manifestado, y por las actitudes que ha tomado Víctor Manuel Maldo- 6
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Viene de la Pág. 5 … La perversa y cobarde infamia...
nado Tosca, en cuanto a no quererme proporcionar los alimentos, me veo en la imperiosa necesidad de solicitar lo siguiente:
Solicitud de alimentos provisionales En el cuerpo de la demanda se fundamenta: en lo dispuesto por los artículos 195, 196 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado, tomando en cuenta que los alimentos son de orden público e irrenunciable, solicito a su señoría el aseguramiento de una pensión alimenticia provisional contra el demandado Víctor Manuel Maldonado Tosca, a favor de Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, consistente en el 50% de su salario y demás prestaciones que devenga como trabajador del ISSET (Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco), Departamento Jurídico. Y le solicita al juez, de manera muy especial: se gire atento oficio al departamento correspondiente o de recursos humanos de la empresa señalada con anterioridad, la cual se encuentra ubicada en avenida veintisiete de febrero numero 930, esquina con calle peralta del centro de esta ciudad para que por su conducto hagan llegar dicho oficio a quien corresponda o departamento de nómina, para que procedan a realizar el descuento, motivo por el cual solicito se perciba a dicha empresa que de no dar cumplimiento al mandato judicial se aplique una multa en su contra de acuerdo a lo que esta autoridad considere. La hija de Maldonado Tosca no se anduvo por las ramas, “atoró” al desobligado padre y ofreció pruebas por demás contundentes: 1.- DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente copia certificada de Acta de Nacimiento a nombre Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, de fecha 19 de abril de 1995, levantada ante la fe del Oficial número cuatro del Registro Civil de la Oficialía 04 de la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, asentada en el Libro 1, foja 49488, acta número 104; 2.- DOCUMENTAL PÚBLICA.- consistente en constancia de estudio con fecha de 18 de marzo del 2014 expedida por la dirección de servicios escolares a nombre de Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia que tiene número de cuenta 12210113, donde acredita que se encuentra inscrita en esta universidad, cursando el segundo año de la licenciatura en médico cirujano. Además añadió: 3.- CONFESIONAL.- Que estará a cargo del ciudadano Víctor Manuel Maldonado Tosca, a quien deberá notificársele en el domicilio que señale en el proemio del presente escrito, donde puede ser localizado a efectos de que se presente en la hora y fecha que tenga a bien señalar su Señoría a absolver las posiciones de manera personalísima, misma que se le formularan conforme a los hechos de la demanda, y que posterior a la presentación de la demanda exhibiré en sobre cerrado correspondiente, en la que deberá apercibirse al demandado que en caso de no comparecer sin causa justificada a desahogar dicho medio de prueba se le declarara confeso de las posiciones que sean calificadas de legales. 4.- DECLARACION DE PARTE.- La cual será desahogada por el ciudadano Víctor Manuel Maldonado Tosca, a quien deberá notificársele en el domicilio que señale en el proemio del presente escrito, para que sea citado a la hora y fecha que su Señoría señale para que comparezca ante este H. Juzgado a responder los cuestionamientos que de manera abierta se les harán, y en caso de no asistir de manera injustificada al desahogo de la misma, se le aplique la medida de apremio que este Juzgador tenga a bien considerar conforme al código de la materia; 5.- LA TESTIMONIAL.- La cual correrá a cargo de la C. Mónica Jesús Valencia Bautista, a quienes solicito sean citados a declarar en forma personal y a lo cual me comprometo a presentarlos en la fecha y hora que en efecto se señale, para que sean examinados conforme a las preguntas que se les formulen. Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, también solicitó al juez: 6.- INFORME.- Consistente en el oficio que deberá girar esta autoridad en la
Viernes 15 de Abril de 2016 avenida veintisiete de febrero número 930 esquina con calle peralta del centro de esta ciudad, para los efectos de que informen todos y cada uno de los emolumentos y prestaciones que percibe el ahora demandado Víctor Manuel Maldonado Tosca, como trabajador del ISSET (Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco) prueba que relaciono con todos y cada uno de los hechos de la presente demanda. Fueron años de lucha, de enfrentarse a un padre irracional y represor hasta de su propia carne, fue por eso que Maldonado Valencia, le solicitó a la jueza de lo familiar: “Decretar en contra del demandado una pensión alimenticia provisional suficiente para satisfacer las necesidades alimenticia y dictar Sentencia Definitiva decretando una pensión alimenticia definitiva a favor de Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia. El 09 de octubre del 2014 y en 21 cuartillas, Víctor Manuel Maldonado Tosca le responde a su hija de forma vil, cobarde, embustera: “Con respecto a la prestación correlativa que se contesta, manifiesto, que ésta es notoriamente improcedente, ya que si bien es cierto, de conformidad con el artículo 318 del Código Civil en vigor, los alimentos son irrenunciables, no menos cierto es cierto, que dicha obligación corresponde a ambos progenitores proporcionar alimentos a sus hijos, no menos cierto es que de acuerdo con el artículo 167 del Código Civil en la entidad, el cual establece que es obligación de los cónyuges, proporcionarse alimentos, pues el artículo en comento, establece que los alimentos de los cónyuges y de sus hijos serán a cargo de aquellos por partes iguales”. Agrega en su escrito de marras: “Sin embargo pueden los cónyuges por convenio repartirse en otra proporción el pago de los alimentos. Y si no llegan a un acuerdo y no estuviesen conformes con el 50% fijado por el artículo de referencia, la proporción que a cada uno le corresponda en el pago de los alimentos dependerá de sus posibilidades económicas y en la especie como se acreditará en el momento procesal oportuno, la Licenciada en Contaduría Pública y Maestra en Finanzas Públicas C. Mónica Jesús Valencia Bautista, progenitora de la actora cuenta con una capacidad económica superior a las posibilidades del suscrito, por lo que el 50% que pretende la actora es improcedente y por ende el 20% decretado de manera provisional por parte de su Señoría es excesivo tomando en cuenta las circunstancias del suscrito”. Y como todo cobarde, rehuyendo su responsabilidad, dice: “Aunado a lo anterior, señalo que la prestación que se contesta es improcedente porque, el suscrito no cuenta con ingreso diverso que no sea el que obtengo como producto de mi trabajo ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco, siendo falso, que el suscrito obtenga ingresos por “comisión de venta o de cualquier otra especie”, como falazmente arguye la actora”. En claro ataque a su propios genes, Maldonado Tosca, arguye, con respecto a la prestación correlativa que ésta es notoriamente improcedente: “Porque el suscrito no he (sic) dado motivo alguno para que se me demande alimentos en la vía judicial, pues desde hace mucho tiempo, para ser exacto, desde que tengo la obligación de proveer alimentos a la actora, siempre he cumplido con mi obligación, entregando en efectivo y a la mano, cantidades que me ha recibido en presencia de varias personas, y cuyo dinero, según me ha dicho la actora lo utiliza para sus estudios, ya que su progenitora no le apoya en nada, pese a que vive con ella, con lo poco que el suscrito he podido darle durante todo este tiempo en efectivo, es que ella cubre sus necesidades básicas como alimentación y estudios, pues, su progenitora llega al extremo de desatenderse de ella, ya que sus actividades comerciales prosperas (sic)y ganaderas, le restan tiempo pata atender a la actora, tal como se acreditará en el momento procesal oportuno”. En el expediente número 520/2014 radicado en el Juzgado Segundo de lo Familiar de Primera Instancia del primer Distrito judicial, están establecidos todas las argumentaciones ruines y cobardes de Maldonado Tosca quien se olvida del expediente penal número 225/2000 en donde la madre de
Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, Mónica Jesús Valencia Bautista, lo demandó por bigamia—en donde fue sometido a proceso y sentenciado al igual que su actual cónyuge-- y precisamente porque jamás le proporcionó los alimentos a su menor hija. Estos hechos lo desnudan como padre irresponsable. Pero no obstante las pruebas irrefutables que presentó en su demanda Sheldy’s de Jesús donde afirma que su padre Víctor Manuel Maldonado Tosca: “Nunca en lo que llevo de vida a cumplido con sus obligaciones de padre en todos los aspectos”, éste con todo el cinismo y la canalla que le caracteriza, dice que su hija Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, se conduce falsamente, vulnerando los principios de la buena fe, lealtad y probidad procesal”. Y con total desprecio a su sangre, asegura que su hija: “Con sus manifestaciones endebles, que marca como hecho número uno de su escrito de demanda, premeditadamente, intenta sorprender la buena fe de su Señoría alegando falsamente, el suscrito, nunca en lo que lleva de vida la actora, (sic) he cumplido con mis obligaciones de padre en todos los aspectos, dejando al descubierto, que dichas manifestaciones no son más que puras apreciaciones subjetivas y sin sustento alguno”. ¡Qué vileza! Maldonado Tosca, arropado y protegido por su patrón Agapito Domínguez Lacroix y utilizando como su abogado patrono al licenciado Rigoberto Chablé Chablé, quien resulta ser Jefe de Departamento del ISSET, lo que violenta la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tabasco y se configura el delito de peculado, se dijo sorprendido por los señalamientos de su hija y manifestó que ésta, “no deja en claro a que se refiere cuando señala, vagamente, “. . .en todos los aspectos. . .”, porque contrario a ello, el suscrito siempre, desde el momento de su nacimiento e incluso desde el momento de su concepción, el suscrito siempre estuve pendiente de ella, de su crecimiento, de su evolución, de su desarrollo, proveyéndole lo más indispensable, que es amor, amor de padre”. Falso. Mentira. Mónica de Jesús, la madre y su hija, Sheldy’s de Jesús, aseguran, en sus respectivas demandas, que “jamás se preocupó por su primogénita. Y si no vea usted: Su teatro y farsa se la tumba su ex esposa Mónica Jesús Valencia Bautista, primero en la Averiguación Previa número E-I1044/2000, después en el juicio procesal expediente 225/2000 y, posteriormente, su propia hija-expediente número 520/2014 -- quien lo retrata de cuerpo entero como un mitómano, cobarde, embustero y mal padre. Pero él, personaje sin escrúpulos y llenos de infamia, alega en su defensa amañada: “Si bien es cierto, que el suscrito prescindió de manifestaciones de amor, de afecto, hacia su progenitora, porque simple y llanamente, mis sentimientos y mis afectos hacia la progenitora de la actora cambiaron, no menos cierto es que hacia la actora en lo particular, jamás hubo indiferencia alguna, siempre le proveí de atenciones, amor, cariño y sobre todo, en la medida de mis posibilidades económicas, pues jamás he sido una persona pudiente, con la capacidad económica que falsamente alega la actora”.(sic). Mientras que la hija le pide pan, el canalla se lo niega y acusa a la madre de la querellante: “Ahora bien, me preocupa en gran medida, la actuación de la actora, porque con la sola lectura de sus manifestaciones en el hecho que se contesta, me queda claro, que el hecho (resic) de haber vivido con su progenitora y estar bajo su influencia, ha adquirido el vicio desleal de falsear ante su Señoría, sin el menor pudor o asomo de rubor alguno”. Agrega el muy ingrato: “Y además que su crecimiento estuvo carente de principios morales como la probidad, la honradez, la educación, principios que son pilares fundamentales en la perfección moral del individuo, pues, claramente señala que lo
que más le preocupa es que el suscrito no realizó el más mínimo esfuerzo en proporcionarle alimentos, lo cual es falso, por las razones que he esbozado con antelación”. En un escrito cantinflesco, lleno de oprobio, de maldad, de saña y, sobre todo, de una pésima ortografía y redacción, el Cuasimodo de opereta profundiza en su defensa: “El hecho que se contesta NO es cierto. No es cierto que el suscrito, durante el tiempo de vida de la actora, jamás me he preocupado por proporcionarle alimentos, ya que lo cierto es que el suscrito siempre le he proporcionado cantidades de dinero en efectivo, en ocasiones a ella directamente y en la mayoría de las veces, más cuando la actora estaba en la infancia, las cantidades de dinero se las entregaba a su progenitora Mónica Jesús Valencia Bautista”. “… De quien, señalo, que una vez que se hizo acompañar de su actual pareja sentimental, desde hace muchos años, me pidió que el dinero del suscrito le entregaba a mi hija para sufragar sus necesidades, fuera únicamente lo esencial para nuestra menor hija en aquel entonces, incluso llegando al extremo de solicitarme que hablara con su actual pareja y que llegara a un acuerdo entre caballeros, en el sentido de que el suscrito ya no tenía obligación alguna de proporcionar alimentos a Mónica Jesús Valencia Bautista”. “… La cantidad que yo le entregaba era únicamente para sufragar las necesidades de nuestra hija Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, ya que la progenitora de la actora no quería tener problemas con su actual pareja, acuerdo, que voluntariamente llevamos a cabo la progenitora de la actora y su pareja sentimental, y el suscrito, y que hasta la actualidad he seguido cumpliendo a cabalidad, por lo que me sorprende la instauración del presente juicio, relató. Abunda en su contestación a la demanda: “Hago valer que desde el momento en que llevamos a cabo el acuerdo aludido en el párrafo anterior, el suscrito dejó de manifiesto, que mis posibilidades económicas no eran tan optimas como para proporcionarle a la actora exorbitantes cantidades de dinero, sin embargo—añade-- tomando en consideración que el suscrito pude (sic) trascender profesionalmente, y mi calidad de vida se ha modificado, con respecto a las condiciones que prevalecían cuando la actora era apenas una infante, claro, sin siquiera, acercarme a la capacidad económica de la progenitora de la actora, puesto que ésta tiene altos ingresos económicos, lo que propició que ésta persuadiera a la actora para que se esmerara en cursar educación en Instituciones Públicas, y en cambio, la progenitora la inscribió a cursar bachillerato en Instituciones Educativas Privadas, pagando altos costos de colegiaturas, ello sin mi consentimiento y solo con la venia y complacencia de la C. Mónica Je-
Viernes 15 de Abril de 2016 sús Valencia Bautista, siendo esa la razón por la cual la actora señala que en la actualidad se encuentra estudiando la carrera de Médico Cirujano, en la Universidad Olmeca de ésta Ciudad, Centro de Estudios muy costosos, carrera que ella misma reconoce que es muy costosa, ya que los materiales y los libros que utiliza son de un costo muy elevado”. En su insolente discurso trillado y éste si tratando de sorprender la buena fe de los funcionarios judiciales, Maldonado Tosca objetó lo que su hija documentó sobre su constancia de estudios donde cursa la carrera de médico cirujano: “Señalo a su Señoría, que desde éste momento objeto dicha constancia en cuanto a su alcance y valor probatorio que pretenda darle la parte actora, porque en el hecho que se contesta señala que al momento de la elaboración de su demanda, se encontraba estudiando, cuando de la literalidad de la propia constancia se advierte que la actora con número de cuenta 12210113, al momento de la expedición de la constancia, 18 de marzo del 2014, se encontraba inscrita en la Universidad Olmeca cursando el Segundo Año de la Licenciatura de Médico Cirujano, en el periodo que comprende del 12 de agosto de 2013 al 23 de mayo de 2014”. Maldonado Tosca, no solo demuestra que fue un padre irresponsable y ególatra si no que con sus argumentos revela que no tiene valores ni sentimientos. Si no mire usted lo que rebuznó: “La actora para tener derecho al ejercicio de la acción que entabla en contra del suscrito, debió de acreditar fehacientemente estar inscrita en el tercer año de la carrera, o bien señalar si está repitiendo materias del segundo año de la carrera, sin embargo al no haberlo hecho, es claro que al momento de la presentación de demanda no existe elemento probatorio alguno para suponer que la actora se encuentra estudiando, como falsa y dolosamente lo alega; con la intención de acreditar tal extremo con la constancia de estudios que se objeta, en todas y cada una de sus partes”. ¿A este monstruo se le debería llamar realmente padre? No conforme con las pruebas que presentó su propia hija, el cancerbero favorito de Agapito Domínguez, le solicita al juez—“velando por los principios de publicidad que rigen al derecho de familia”--gire oficio a la Universidad Olmeca de Tabasco, para que por su conducto de su Rector o de quien Legalmente la represente, informe a su Señoría respecto a la C. Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, con número de cuenta 12210113, informe lo siguiente. Y mire usted si no causa asombro la petición de Maldonado: a).- Si en la actualidad se encuentra cursando estudios: señalar qué carrera y que año; b).- Señalar a su Señoría cual ha sido el aprovechamiento escolar de la C. Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, debiendo remitir a su Señoría calificaciones completas en las que se advierta puntuación y materias; c).- Señalar a su Señoría cual es el costo de la inscripción a la carrera, cual es el costo de colegiaturas y con qué periodicidad se cubren dichos costos. Para Ripley, ¿No? Y el malvado sujeto rechaza todo: “El hecho que se contesta NO es cierto. No es cierto que la actora haya acudido al suscrito para pedirme que cumpliera con mi obligación de padre, puesto que siempre con respecto a la obligación de proveer alimentos a la actora siempre he cumplido tal como se acreditará en su momento procesal oportuno, de acuerdo con mis condiciones económicas, cuando estaba cursando estudios en instituciones públicas y ahora que está cursando estudios en Instituciones Privadas, pese a que en la Ley ni en la Constitución se establece que la actora tenga el derecho de cursar educación privada, o bien teniendo el derecho, de acuerdo a mis condiciones económicas, el suscrito tenga esa obligación de proveerle educación de paga, es decir, en la ley no existe disposición expresa que obligue a los padres a proporcionarles educación privada a sus hijos, o que la pensión alimenticia a la que estamos obligados debe ser para sufragar tales cargas, pues la educación pública es más que suficiente para cumplir con la obligación de los padres y del Estado. ¿Cómo la ven? 10
Maldonado, Viola la ley con toda impunidad
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Agapito, alcahuete de su testaferro “favorito”
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nsolente. Arbitrario y despótico. Además, como todo sujeto autoritario y abusivo, Agapito Domínguez Lacroix, permite que su cancerbero consentido cometa toda clase de ultrajes y violaciones a las leyes con toda impunidad. Y esto es un hecho gravoso y ofensivo que lacera a la sociedad misma. A pesar de conocer las leyes, como todo ente pusilánime y arrogante, Víctor Manuel Maldonado Tosca, las tuerce en su beneficio. Abusa. Se excede. Trafica. Utiliza su influencia para aplastar. Y, al final, se corrompe y salpica a quien debería—por su jerarquía gubernamental— ser garante del estado derecho. Y para que no quede ninguna duda de como Maldonado Tosca, en complicidad con el director del Instituto de Seguridad Social del estado de Tabasco (ISSET), violentan, para sus intereses personales las leyes, vean ustedes: En el juicio especial de pensión alimenticia que promovió Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia—expediente número 520/2014—el director jurídico del ISSET autorizó y nombró como su abogado patrono al licenciado Rigoberto Chablé Chablé, quien en su representación estuvo atento del proceso judicial familiar. Nada tuviera de extraño si no fuera porque el abogado Rigoberto Chablé, es alto funcionario del ISSET y, por este simple hecho, tanto Agapito Domínguez, así como Maldonado Tosca y el propio Chablé, incurren en el delito de peculado y tráfico de influencias, violando, además, la Ley de responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tabasco. Y Para muestra varios botones: Vamos por partes. En la escritura pública número 5781, Volumen número 111 a folios del 285 al 289 y firmada ante el notario número 20 Carlos Francisco Dagdug Cadenas y fechada el día 18 de Febrero del año 2014 se hace constar los siguientes actos I.- REVOCACION DEL PÓDER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS Y REPRESENTACION EN MATERIA DEL DERECHO DEL TRABAJO Y PATRONAL “que ante mí lleva a efecto el Ingeniero Arquitecto José Agapito Domínguez Lacroix, en su carácter de Director General del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET), en lo sucesivo el “ISSET”, dice el fedatario en su escrito. En el punto II, se apunta: “OTORGAMIENTO DE PODER GENERAL que lleva a efecto el “ISSET”, a favor del Maestro en Derecho Víctor Manuel Maldonado Tosca y Licenciados German Ordoñez Méndez, José Guillermo Santana Caso, José Luis López Montalvo, José Menadier Jiménez Aquino, Ana Julia Hernández Milla y Rigoberto Chablé Chablé, (Las negrillas son nuestras).
revela en el Juicio Especial de pensión Alimenticia. Maldonado Tosca, utiliza a un servidor público del ISSET para su beneficio personal cometiendo el delito de peculado. El artículo 243 fracción 1 del Código Penal del estado de Tabasco es muy preciso en esto: Comete el delito de peculado, el servidor público que: Para usos propios o ajenos distraiga de su objeto dinero, valores, fincas o cualquier otra cosa perteneciente a los poderes, dependencias o entidades a que se refiere el artículo 232, o a un particular, si por razón de su cargo los hubiere recibido en administración, en depósito o por otra causa. Los honorarios de Chablé Chablé, salen del erario estatal no de los bolsillos de Maldonado Tosca, por ende se configura el delito de peculado ya que el director jurídico del ISSET “utiliza” para sus intereses personales los servicios profesionales de este funcionario gubernamental. Pero además, violenta el artículo 47 en sus fracciones 1,11 y XX1 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tabasco: Artículo 47.- Todo servidor público tendrá las siguientes obligaciones, para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deben ser observadas en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y a las sanciones que correspondan, sin perjuicio de sus derechos laborales.
I. Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo, cargo o comisión;
Los actos y hechos quedan claros: “Para que en nombre y representación del “ISSET”, LO EJERZAN CONJUNTA O SEPARADAMENTE, ante toda la clase de personas físicas o morales y ante toda clase de autoridades y tribunales civiles, penales, administrativos, fiscales, agrarios y del trabajo (Juntas de Conciliación y Arbitraje), organismos públicos centralizados y descentralizados, sean federales, estatales o municipales”. Como se puede observar Rigoberto Chablé Chablé es empleado del ISSET. Para ser más exactos, es Jefe de departamento. El Gobierno del estado le paga sus honorarios para que ejerza un trabajo que beneficia a las instituciones, en este caso al ISSET y no para que lleve asuntos particulares tal y como se
II. Formular y ejecutar legalmente, en su caso, los planes, programas y presupuestos correspondientes a su competencia y cumplir las Leyes y otras normas que determinen el manejo de recursos económicos públicos;
XXI. Abstenerse de cualquier conducta que implique incumplimiento de cualquier disposición jurídica relacionada con el servicio público. Como se puede observar no solamente Víctor Manuel Maldonado Tosca hace uso indebido de su ejercicio como servidor público si no también Agapito Domínguez quien con el afán de ser tapadera de su testaferro, por complicidad, ignorancia u omisión, también violenta los principios rectores de estas leyes. ¿Hasta cuándo Domínguez Lacroix seguirá tolerando, alcahueteando o consintiendo las tropelías de su cancerbero favorito? Vanguardia.
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Viernes 15 de Abril de 2016
Balancán.
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Cárdenas.
Jaime Valero
o se sabe qué es más peor, si BANOBRAS haya autorizado recursos para los municipios de Tabasco, justo cuando viven la peor crisis financiera y administrativas de toda la historia estatal o, que sea Candelario Pérez Alvarado, uno de los principales culpables del saqueo perpetrado por todos los alcaldes perredistas de la última década, quien lo diera a conocer con “Bombo y Platillo”, ufanándose de haberlo gestionado. A inicio de este mes, el diputado federal y dirigente estatal del Partido de la Revolución Democrática, dio a conocer que como resultado de la gestión de él y otros legisladores perredistas por Tabasco, ante el Congreso de la Unión, el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, adelantará 28 meses de los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAIS), con el cual se beneficiarán 14 de los 17 Ayuntamientos. Por supuesto, esto es sería algo muy positivo en otras tierras; sin embargo, en Tabasco el hecho provoca urticaria, si aceptamos que es precisamente este político, junto a Francisco Javier Cabrera Sandoval y Juan Manuel Fócil Pérez (patriarca del grupo político conocido como “Los Focilistas), quienes no solo han empoderado a decenas de sus secuaces en distintos Ayuntamientos, trienio tras trienio. Sino que además los han protegido a diestra y siniestra, a través de la Segunda y Tercera Comisión Inspectoras de Hacienda de las legislaturas pasadas, en cada acto de corrupción cometidos por ellos. De acuerdo a lo declarado por Pérez Alvarado, este dine-
Centla.
Emiliano Zapata.
Jalapa.
Rumbo a los 100
Tabasco en el at desaforada corrupc
Para conocer el futuro de los tabasqueños, solo queda esperar hasta qué grado de corrupción podrán llegar los nuevos alcaldes, incluyendo ya a los del PVEM. ro debe servir para que los municipios pongan en marcha sus respectivos Planes Municipales de Desarrollo; y ahí está el problema, porque hasta la fecha ninguna administración municipal ha presentado dicho documento. Se dijo además, que con esos recursos se trabajarán proyectos de obra pública (drenaje, agua potable o alumbrado público). Más, lo cierto es que tampoco hay evidencias que algún ayuntamiento esté iniciando obras nuevas, sino más bien terminando las inconclusas dejadas por los alcaldes anteriores. Más preocupa el hecho de que el mandatario estatal, Arturo Núñez Jiménez, también informara, casi a la par, que BANOBRAS también había autorizado apoyar a los municipios con el 25% de su programa crediticio. En el marco de la instalación de los Comités Municipales del COPLADET, refirió que este crédito “es una buena medida para que las comunas inicien con obras y no esperar más tiempo” –explicó-. Para ello, es obvio que se requerirá la intervención de la LXII Legislatura estatal, para la aproba-
ción del empréstito a los ayuntamientos que lo soliciten, a los que se les cobrará mensualmente con tasas de interés bajas, a comparación del mercado –se detalló-. Es un hecho que para mitigar el atraso social, se requiere la intervención de los gobernantes y los representantes populares; sin embargo, la cultura de la opacidad y la corrupción de los Ayuntamientos, no deja mucho para el pensamiento positivo. Es más, la actitud de los propios alcaldes, la sumisión de los Cabildos, también es alarmante. Si a eso se le suma que Centla, Jonuta, Emiliano Zapata y Jalapa, tienen alcaldesas improvisadas, parejas o parientes de ex aspirantes a presidentes municipales, entonces la situación se complica en demasía, porque no tienen en sí personalidad política propia, menos un proyecto municipal real. Desesperante es conocer esa situación, toda vez que ningún alcalde se encuentra explorando alternativas reales para resolver la situación financiera del Ayuntamiento, tampoco la reactivación económica.
De acuerdo al FONATUR (Fondo Nacional de Fomento al Turismo), los actuales ediles no están atendiendo la promoción de esa importante actividad, despreciándola como una alternativa para impulsar la derrama económica en sus demarcaciones. Esto a pesar que el Gobierno Federal, precisamente a través de ese Fondo, elaboró Programas de Desarrollo Turísticos, con un enfoque integral y visión de largo plazo. Esto demuestra que los alcaldes, pretenden administrar el presupuesto fiscal, más no generar riqueza a través de un Plan Municipal de Desarrollo, creado con visión económica de alto impacto y alcance. En ese contexto, poco importa que el gobernador Arturo Núñez, en la primera asamblea plenaria del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado (COPLADET), firmara con los acaldes el Convenio Único de Desarrollo Municipal 2016-2018, con el cual se busca coordinar esfuerzos; incluso les haya exhortado en varias ocasiones, a evaluar sus acciones y revisar si los recursos se han aplicado con honestidad y apego a la ley.
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Jonuta.
Macuspana.
Nacajuca.
Tacotalpa.
días, ¿de qué?
traso social y la ción de los alcaldes Tal desinterés de los alcaldes, es sumamente preocupante, toda vez que como lo ha señalado el mandatario existe una baja en las recaudaciones fiscales, como lo detalló el Secretario de Hacienda, Luis Videgaray. Un hecho que provoca que el poco presupuesto en existencia, sea protegido para no ser despilfarrado; y en consecuencia, las participaciones fiscales a los estados y municipios, son menores. Esta es la realidad de los municipios del país. Una, a la que deberán adaptarse con disciplina financiera y creatividad administrativa el Presidente Municipal de Balancán, Mario Eugenio Bocanegra Cruz; Cárdenas, Rafael Acosta León; Centla, Gabriela López Sanlucas; Emiliano Zapata, Manuela del Pilar Ríos: Huimanguillo, Sabino Dagdug Herrera; Jonuta, Ana Lilia Díaz Zubieta; Jalapa, Esperanza Méndez Vázquez; Macuspana, José Eduardo Rovirosa Ramírez; Nacajuca, Francisco López; Tacotalpa, Efraín Narváez Hernández, Teapa, Jorge Armando Cano Gómez y Tenosique, Francisco R. Abreu Vela. Ellas y ellos, tienen que comprender que cada peso extraviado, mal invertido, redirigido, robado, complica el bienestar de las familias. De ahí la urgencia del Sistema Nacional Anticorrupción, toda vez que el Órgano Superior de Fiscalización del Estado (OSFE) y el H. Congreso del estado, realizan un pésimo trabajo en materia fiscal. En todo esto, lo peor es que los
municipios tabasqueños, siempre llegan tarde a las conclusiones institucionales, lo mismo que la Cámara de Diputados. Por ejemplo, en materia crediticia, hace unos días, las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Estudios Legislativos Primera, aprobaron con modificaciones el dictamen a la minuta que expide la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios (LDFEFM), la cual reforma, adiciona y deroga las Leyes de Coordinación Fiscal, General de Deuda Pública y General de Contabilidad Gubernamental. Concretamente, una de las modificaciones se dio al artículo 46 de la (LDFEFM), en donde se plantea elevar al 15 % el techo de financiamiento neto de los ingresos de libre disposición, a las entidades que estén en condiciones de sanidad, para que esto sirva como un incentivo. Esto es, que los ayuntamientos que acrediten tener sanas sus finanzas, podrán solicitar más empréstitos. Pero ¿Qué se puede esperar en Macuspana, en donde al alcalde José Eduardo Rovirosa Ramírez, se le reprobó su cuenta pública, la primera vez que estuvo en ese cargo o, en los Municipios en los que realmente gobierna la esposa de un ex aspirante? Con estas nuevas disposiciones se busca que las entidades y municipios, administren sus recursos con base en los principios de legalidad, honestidad, eficacia,
eficiencia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas. Conceptos despreciados por los alcaldes de Tabasco. A pesar de ello, todos esos conceptos mencionados se han convertido, junto con la evaluación de los resultados en el ejercicio de programas, excelentes herramientas de retroalimentación en el proceso de planeación, programación y presupuesto, en todo el país; lo que permitirá a los entes gubernamentales una mayor eficiencia, eficacia y honradez, en el ejercicio del gasto público. Bueno eso es la idea. Lo malo es que en estas tierras opacas esto se desconoce. En la nueva disposición se señala que los estados y ayuntamientos que tengan buenas calificaciones en materia de transparencia y acceso a la información, podrán accesar de mejor manera a los créditos. Principios que son otro “Talón de Aquiles” para los alcaldes, si entendemos que estos son totalmente opacos en cuanto a la rendición de cuentas. Sobre todo, cuando se trata de dar conocer cuáles son los programas de cada Dirección, Coordinación y unidad administrativa. Solo Dios y el alcalde conocen a ciencia cierta, cuáles son las metas y objetivos de sus programas. Y, es que a pesar de que la Ley de Transparencia obliga a los alcaldes a informar todo, a través de sus páginas web (Plataformas in-
Tenosique. formativas), no señalan muchos aspectos básicos, como quiénes son los responsables de cada programa y sus índices de gestión. Lo más burdo, es que cualquiera autoridad o instancia civil nacional, estatal o un ciudadano común, que quieran saber quién es quién en el ayuntamiento, no lo podrán saber; toda vez que el Directorio de servidores públicos, a partir de jefe de Departamento (con nombre, foto, cargo, horario de atención, domicilio, teléfono y correo), nunca aparece. Peor aún, es que no informan el total de percepciones económicas de cada uno de ellos (remuneración mensual, compensación, prestaciones o prerrogativas en especie o efectivo). Además, son omisos en cuanto a los fondos revolventes y viáticos. Es casi imposible conocer cuáles son los criterios de asignación; tampoco publican los resultados de los concursos de licitación de obras, las adquisiciones, los arrendamientos, las concesiones y prestación de servicios. En fin. Esta es la realidad de Tabasco, visto desde la óptica municipal. Concluyendo, en los primeros días de abril, los 16 Ayuntamientos, el Consejo Municipal de Centro, cumplirán sus primeros “100 días de Trabajo”. Es de esperarse eventos “Pomposos”, discursos elocuentes. Sin embargo, lo cierto es que Tabasco aún no sale del atraso social, producto de la tremenda corrupción desatada en cada demarcación, por los presidentes municipales del pasado, ya sea de PRI, PRD o PAN. Por lo tanto, para conocer el futuro de los tabasqueños, solo queda esperar hasta qué grado de corrupción podrán llegar los nuevos alcaldes, incluyendo ya a los del PVEM. Vanguardia.
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Viene de página 7 … La perversa y cobarde infamia...
Y como todo un malandro, el fichado delincuente rechaza toda acusación. Sostiene: “No es cierto que la actora carezca de lo más indispensable como alimentos, ropa, calzado, etc., pues la capacidad económica de su progenitora es tan pujante al grado de que cuenta con varios vehículos con costo superior a quinientos mil pesos, y cuenta con una serie de negocios de dulcerías que proveen enormes cantidades de dinero como ingresos y, obviamente, al estar viviendo con ella, es claro que, tenido(sic) su progenitora la capacidad económica señalada, no permitiría que la actora carezca de lo más indispensable como dolosamente lo afirma la actora máxime que el suscrito siempre le he proporcionado la cantidad de $3,000.00 en efectivo ya (sic)la mano mensualmente, las cuales le he entregado a su progenitora Mónica Jesús Valencia Bautista, y si ésta no se lo proporciona a la actora ya no es responsabilidad del suscrito máxime que ella en su carácter de progenitora de la actora también tiene obligación de proveer alimentos a la actora”. Irresponsable, carente de toda autoridad moral y de reprobable fama pública, Víctor Manuel Maldonado. No tan solo cae en la mediocridad si no que tratando de lavar sus culpas, reprochando a la ciudadano jueza que el 20% que se decretó como pensión alimenticia provisional a favor de la actora y en su contra : --“está descontando de mis salarios y demás prestaciones laborales-- es excesivo y me deja en desventaja respecto a la obligación de proveer pensión alimenticia no solo a la actora sino a cinco acreedores alimentistas más; es decir,--fija postura-mi esposa Sandra Guadalupe Juárez López, quien no tiene un empleo remunerado y está dedicada al cuidado de los niños Adolfo Ángel, Cielo Michelle y Mia Victoria, todos de apellidos Maldonado Juárez; así como a la atención de nuestro hogar”. Aunado a eso—señala el demandado-- a la carga de pensión alimenticia que tengo sobre mi esposa y mis hijos menores de edad. Además—apunta-- el sostenimiento de las necesidades de mi Señora Madre Lilia Tosca Zapata, quien está a cargo y es dependiente económica del suscrito; persona longeva, con enfermedades terminales, como son insuficiencias coronarias, hipertensión arterial, problemas de pulmones, e incapacidades para caminar por desgaste de rodilla, misma que aunque tiene servicio médico, requiere de medicamentos especiales y que se obtienen y compran en farmacias de especialidades. Todo un drama les pinto a las autoridades judiciales. Nadie le creyó. Y sin importarle la dignidad y el decoro dijo que sus hijos Adolfo Ángel, Cielo Michelle y Mia Victoria, todos de apellidos Maldonado Juárez, son menores de edad, tal como lo acreditó con las actas de nacimiento números 02065, 01245 y 02149, expedidas a su nombre por el Oficial de registro Civil, revistiéndolas de fe pública y por ende las ofrezco como pruebas, para acreditar la carga de pensión alimenticia que pesa sobre mí y a su favor. Y en un acto de degradación moral Maldonado Tosca, empujó su salivosa pusilanimidad: “Además respecto a los alimentos de su progenitora(sic) mi esposa Sandra Guadalupe Juárez López, con quienes vivo junto con mi señora madre Lilia Tosca Zapata, en el domicilio ubicado en la Avenida Cesar A. Sandino número 444, de la Colonia Primero de Mayo de la Ciudad de Villahermosa, Tabasco, domicilio respecto al cual todas y cada uno de los gastos el suscrito los sufraga, tal como lo acredito con las documentales que ofrezco como pruebas tales como pagos de luz eléctrica, teléfono, agua, así como créditos solicitados por el suscrito para el acondicionamiento de la vivienda en donde mantenemos nuestra casa habitación”. Haciéndose el mártir y buscando misericordia de la jueza planteó en su escrito: “Dada las necesidades y requerimientos de mis menores hijos y mi señora madre, quien es una persona de la tercera edad, que debido a la edad avanzada, sus requerimientos físicos son tan exigentes y ante la falta de recursos del suscrito, me vi en la necesidad de solici-
tar el crédito de nómina ante la Institución Bancaria denominada Banorte y que se me descuenta de manera quincenal en mi centro de trabajo la cantidad de $5,600.00, por lo que solicito a su Señoría, que si bien es cierto en el descuento ordenado por concepto de pensión alimenticia provisional, señalo que nos e (sic) debe considerar las deducciones, pido que al momento de resolver, tome en consideración que la necesidad de hacer uso del crédito señalado, se debió a necesidades básicas de mis propios acreedores alimentistas”. El infame padre buscando tapar su irresponsabilidad se sacó de la bolsa una infinidad de artimañas con el fin de querer sorprender a la autoridad responsable a quien le contó que con el fin de acreditar el cumulo de erogaciones en “cumplimiento de sus obligaciones” y cargas que por concepto de pensión alimenticia pesa sobre él—puntualizó-- que paga de manera permanente servicio de teléfonos, seguro de auto, “el cual me permite trasladarme a mi centro de trabajo, así como el pago de tarjetas de crédito con la cual el suscrito compro despensas y productos de primera necesidad para mi esposa, mis hijos, mi señora madre”. En su largo relató—y haciéndose el mártir-Maldonado le confió también a la jueza que paga colegiaturas de sus hijos Cielo Michelle Maldonado Juárez, a quien por concepto de Educación Secundaria en el Colegio Villahermosa y María Teresa A.C., paga la cantidad de $2,424.00, correspondiente al mes de septiembre del presente año; y respecto al menor Adolfo Ángel Maldonado Juárez, por concepto de Educación Primaria en el colegio Villahermosa y María Teresa A.C., la cantidad de $1,860.00, correspondiente al mes de septiembre del presente año; y respecto a la menos Mia Victoria Maldonado Juárez, $450.00, por cuota de cooperación correspondiente al mes de octubre el año en curso, pro su estancia en el CENDI 4, Nivel Lactancia . “Pagos que reitero, son de carácter permanentes y que evidentemente merman mi capacidad económicas y evidentemente no se ven reflejados como gastos en el salario neto que se me entrega en mi centro de trabajo, por lo que al descontárseme el 20% ordenado con el carácter de pensión provisional, me causa agravios y me deja en estado de indefensión, por lo que pido a su Señoría que al momento de resolver se determine que la pensión que debo pagar a la creedora actora en este juicio la C. Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia debe ser del 10%”,subrayó. En los hechos, la hija abandonada, la hija vilipendiada y despreciada por su propio padre Sheldy’s de Jesús Maldonado, tan solo recibe, según su tía, Trinidad Maldonado Tosca, $5,000.00 pesos
mensuales. Esa es la Verdad según confesó la hermana de Víctor Manuel, con quien por cierto, está agarrado de los pelos, y demandada—tanto ella como su hija Lady Azarel López Maldonado-- ante la Fiscalía del Ministerio público Investigador, según la averiguación previa número AP-DG1-34/ 2016 por los delitos de amenazas. Pero eso es otra historia que ya les contaremos. Y como todo buen mitómano, el protegido de Agapito Domínguez trató de hacer valer lo que para él es lo correcto y le dio clases en materia civil a la jueza Norma Alicia Cruz Olán: “Hago valer, que dentro del espíritu de equidad de la ley que debe prevalecer en su Señoría, es importante contar con fórmulas que permitan establecer parámetros para fijar o cuantificar el pago de alimentos por parte de la persona que se encuentra obligada a proporcionarlos a sus acreedores alimentarios”. En una sarta de artimañas, llenas de oprobios, falsedad y cobardía, Víctor Manuel Maldonado, incluyó en su escrito de marras fundamentos, maquinaciones y jurisprudencias que nada tenía que ver con la petición de su hija, la misma que se quejó ante la jueza: “Jamás mi señor padre se preocupó por mi durante toda mi vida”. Pero el perverso sujeto, en vez de guardar la cordura, dignidad y amor por su hija, se le fue encima alegando que en materia de alimentos, no existe en la actualidad una regla establecida por la ley, ni por la jurisprudencia en la que se establezca la forma en que deba fijarse el monto de la pensión alimenticia a la que están obligados los deudores alimentarios. A pesar de que el demandado es abogado y, según él, es doctor en derecho, pecó de ignorante al interponer jurisprudencias “apócrifas” que nada tiene que ver con las causales de que su hija Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, le interpuso en su demanda familiar. Él mismo lo admite: “Sin embargo, en materia de alimentos, no existe en la actualidad una regla establecida por la ley, ni por la jurisprudencia en la que se establezca la forma en que deba fijarse el monto de la pensión alimenticia a la que están obligados los deudores alimentarios”. Y agrega: “Por lo tanto, la obligación alimentaria proviene o tiene su origen en un deber ético. Al reconocer su “deber ético” él mismo se pone la soga al cuello. Así de clarito. En su enorme rollo llena de contradicciones, infamia y perversidad, el mismo Maldonado Tosca, se enreda y cae en su misma trampa: su inmoralidad y corrupción ética y profesional. Así se constata en la respuesta que da a la demanda que promovió su primogénita en los juzgados familiares. Como si fuera su enemiga y no su propia hija el titular de asuntos jurídicos del ISSET, refuta todas y cada una de las peticiones de Maldonado Valencia: En la falta de acción y derecho, “lo hace valer” porque la actora invoca un derecho con base a hechos que en realidad no acredita de manera fehaciente; en el punto dos, la falta de presupuesto procesal la cual fundo en el hecho de que, con base en los supuestos hechos que alega la actora de ninguna manera se advierte que haya acreditado las supuestas causas que generaron la supuesta separación o el supuesto incumplimiento de mis obligaciones familiares. Para hacer más clara y contundente la crueldad y miseria humana de este padre de marras, el reportero trascribe tal y como ofreció sus medios de pruebas el demandado ante el juzgado correspondiente. Así con sus errores gramaticales y su pésima redacción:
1.- CONFESIONAL que con fundamento en el artículo 250, 251, y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos civiles vigentes en la entidad, y que ofrezco a cargo de la C. Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, quien deberá absolver las posiciones que en sobre cerrado haré llegar a los autos en el momento procesal oportuno, y a las cuales deberá responder de manera personalísima sin asistencia de abogados o representante legal alguno, apercibida de conducirse con verdad en su declaración, y con las penas en que incurren los falsos declarantes ante las autoridades, debiéndosele hacer saber que en caso de estar debidamente notificada y no acudir a la diligencia de desahogo de pruebas, se le tendrá por confesa de todas las posiciones que de legales sean calificadas por su Señoría. El reportero subraya para que no quede duda de la cobardía de Maldonado Tosca: “Las cuales deberá responder de manera personalísima sin asistencia de abogados o representante legal alguno, apercibida de conducirse con verdad en su declaración, y con las penas en que incurren los falsos declarante. Prácticamente vulnera los derechos de su hija. “Esta prueba tiene relación con los puntos de hechos 1, 2, 3, y 4, de la demanda y de los argumentos que esgrimo al dar contestación a los hecho de la demanda, pues con la misma acredito, que el suscrito siempre he cumplido con mi obligación de proveer alimentos a mi hija, y que no existen los presupuestos procesales para considerar procedente la acción intentada en mi contra, por lo que relaciono esta probanza con todos y cada uno de los hechos de la demanda, los argumentos esgrimidos en la presente contestación y la adminiculo con todas y cada una de los siguientes medios de pruebas ofrecidas en este escrito”, planteó. Y enumera sus alegatos malévolos y sin ningún escrúpulo: 2.- DECLARACIÓN DE PARTE, que con fundamento en los artículos 259, 260 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles en vigor en el Estado, y que ofrezco a cargo de la C. Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, quien deberá responder de manera directa y sin asistencia de apoderado o representante legal al interrogatorio que en forma directa le hare el día de la diligencia de desahogo de pruebas, apercibida de conducirse con verdad en su declaración, y con las penas en que incurren los falsos declarantes ante las autoridades, debiéndosele hacer saber que en caso de estar debidamente notificada y no acudir a la diligencia de desahogo de pruebas, se le tendrá por ciertos los hechos que comprendan las preguntas que se formulen y que sean calificadas de legales por su Señoría. ¿Padre o verdugo? Y con desfachatez y cobardía mete en su escrito de marras hasta a sus hijos que nada tienen que ver en este caso: 3.- DOCUMENTALES PÚBLICAS que hago consistir en: a).- Original del Acta de Nacimiento número 02065, visible en la foja 79940, del Libro 0011, de la Oficialía 01 del Registro Civil, de la Localidad de Villahermosa, Tabasco, registrada con fecha 19 de mayo del año 2003, expedida a nombre del menor Adolfo Ángel Maldonado Juárez, con la cual acredito que además de la actora del presente juicio soy padre del citado menor, y respecto al cual tengo la obligación de proveerle alimentos y quien se encuentra en desventaja dada la minoría de edad en la que se encuentra y en pleno desarrollo, lo que no acontece con la actora, por lo que piso sea valorada conforme a derecho. Y mire usted hasta donde llega la infamia de este sujeto: b).- Original del Acta de Nacimiento número 01245, visible en la foja 74193, del Libro 0007, de la Oficialía 02 del Registro Civil, de la Localidad de Villahermosa, Tabasco, registrada con fecha 20 de julio del año 2001, expedida a nombre de la menor Cielo Michelle Maldonado Tosca, con la cual acredito que además de la actora del presente juicio soy padre de la citada menor, y respecto a la cual tengo la obligación de proveerle alimentos y quien se encuentra en desventaja dada la minoría de edad en la que se
Viernes 15 de Abril de 2016 encuentra y en pleno desarrollo, lo que no acontece con la actora, por lo que pido sea valorada conforme a derecho. c).- Original del Acta de Nacimiento número 02149, visible en la foja 0228417, del Libro 0011, de la Oficialía 02 del Registro Civil de la Localidad de Villahermosa, Tabasco, registrada con fecha 03 de octubre del año 2013, expedida a nombre de la menor Mía Victoria Maldonado Juárez, con la cual acredito que además de la actora del presente juicio soy padre de la citada menor, y respecto a la cual tengo la obligación de proveerle alimentos y quien se encuentra en desventaja dada la minoría de edad en la que se encuentra y en pleno desarrollo, lo que no acontece con la actora, por lo que pido sea valorada conforme a derecho. Y como todo tránsfuga de la moral trata de redondear sus mentiras para no darle a su hija lo que por ley le corresponde: d).- Original de la Factura con número de Serie C Folio 15523, de fecha 10 de septiembre del año 2014, expedida por el Colegio Villahermosa y María teresa A. C., por concepto de colegiatura del mes de septiembre del 2014, nombre del suscrito por la cantidad de $2,424.00, correspondiente a la educación de la menor Cielo Michelle Maldonado Tosca, acreditando con ello que la menor de referencia se encuentra estudiando secundaria. e).- Original de la Factura con número de Serie C Folio 15524, de fecha 10 de septiembre del año 2014, expedida por el Colegio Villahermosa y María Teresa A. C., por concepto de colegiatura del mes de septiembre del 2014, a nombre de Adolfo Ángel Maldonado Tosca, acreditando con ello que el menor de referencia se encuentra estudiando educación primaria. f).- Original del Recibo de Pago número 157979, de fecha 7 de octubre del 2014, expedido por la Caja General de la Dirección de Finanzas, del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco, a favor del suscrito, por concepto de cuota correspondiente al mes de octubre del 2014, debido a la estancia de la menor Mia Victoria Maldonado Tosca, en el CENDI 4, Nivel Lactancia 2, documental con la cual acredito que respecto a la menor de referencia el suscrito también eroga cantidades que no se ven reflejadas en el pago que me realizan en mi centro de trabajo, luego entonces al estárseme descontando el 20% sobre la cantidad que debido al informe que mi centro de trabajo rindió a su Señoría, es claro que me deja en estado de indefensión, por lo que pido a su Señoría que se reduzca ese porcentaje y al momento de resolver la presente controversia se determine el 10% como pensión para la actora del presente juicio. g).- Original del Aviso Recibo con número de cuenta 29DK17P010753950, de fecha 06 de abril del 2014, expedido a mi favor por la comisión Federal de Electricidad, documental con la cual acredito que el suscrito cubro el servicio de energía eléctrica, servicio que en las condiciones actuales es de primera necesidad dada la minoría de edad y la edad avanzada de mis acreedores alimentistas, aviso recibo que se relaciona con el comprobante de pago de fecha 03 de abril del año 2014, el cual ofrezco y acompaño como prueba y adjunto en original al presente escrito, el cual piso sea valorado conforme a derecho. Sin que tenga ninguna repercusión judicial a su favor, Maldonado Tosca trata de emplear argumentos que en lugar de beneficiarlo lo exhiben como todo un truhán. Y si no mire usted lo que muestra: h).- Original de la factura número 080614090057440, de fecha 09 de octubre del 2014, expedido a mi favor por Teléfonos de México TELMEX, documental con la cual acredito que el suscrito cubro el servicio de telefonía, servicio que en las condiciones actuales es de primera necesidad dada la minoría de edad y la edad avanzada
mento de mi capacidad económica se me está descontando en mi centro de trabajo.
de mis acreedores alimentistas, y el cual pido sea valorado conforme a derecho. i).- Póliza de Seguro de Automóvil, de fecha 01 de septiembre del año 2014, respecto al vehículo VW JETTA CLÁSICO A4 CL TEAM AC TIPTRONIC, modelo 2012, color blanco, con número de serie 3VW2V09M4CM027541, con número de motor BP298319, y con al cual acredito estar pagando la prima del seguro de vehículo al que se hace referencia, respecto al vehículo que me es de suma utilidad para trasladarme a mi centro de trabajo. j).- Original del Estado de cuenta de fecha 27 de septiembre del 2014, correspondiente a la cuenta número 8822 9001 1520 2194, de la Institución Bancaria denominada Banamex, correspondiente a la tarjeta de crédito de hasta por la cantidad de $64,000.00, de la cual dispongo para gastos de despensas, medicinas, transporte, útiles escolares, etc., estado de cuenta que se relaciona con el Boucher de fecha 26 de agosto del 2014, pro la cantidad de $3000.00, comprobante de pago que acompaño al presente escrito en original para que surta los efectos legales a que haya lugar. k).- Originales de tres comprobantes de pagos a la tarjeta de crédito número 49315800-0129-4716, de la Institución Bancaria denominada Banorte, con la cual acredito que quincenalmente el suscrito realizo pagos a dicha cuenta, y esos gastos no se ven reflejados en la información que rindió mi centro de trabajo en el informe que su Señoría le requirió. I).- Esquema de pago respecto al crédito de nómina que me fue otorgado por la Institución Bancaria denominada Banorte, y del cual dispuso en la cuenta número 0863709490, a cargo de dicha institución bancaria, y cuyo crédito como ya dije, use para acondicionar la casa habitación en la que habitaos el suscrito y mis acreedores alimentarios distintos a la actora del presente juicio, por lo que al no haberse reflejado esta erogación en el informe que rindió mi centro de trabajo a su Señoría, solicito sea tomado en consideración al momento de ponderar mis gastos y sea suficiente para decretar que la pensión alimenticia que le corresponde a la actora del presente juicio es del 10% sobre mis salarios y demás prestaciones, dejándose sin efectos el 20% decretado de manera provisional y el cual detri-
Y hasta a su señora madre exhibe: m).- Credencial de elector expedida por e Instituto Federal Electoral, a nombre de la C. Lilia Tosca Zapata, de la que se advierte que mi señora madre tiene como domicilio la dirección del suscrito y por ende se presume legalmente estar bajo mi cuidado y consecuentemente estar bajo la dependencia económica del suscrito. n).- Original del Acta de nacimiento número 2944, visible a fojas 71, del libro 8/74, con fecha de registro 16 de noviembre de 1974, expedida por el Oficial del registro Civil 01 de la Localidad de Cárdenas, Tabasco, a nombre de la C. Lilia Tosca Zapata, de la cual se advierte que esta cuenta con 76 años de edad, al haber nacido el día 3 de agosto de 1938, de lo que se presume que, tal como lo he referido, es un apersona de avanzada edad, y esta afecta de enfermedades tales como presión arterial y obstrucción coronaria, es decir, sufre de enfermedades cardiacas y por ende requiere de atención médica especializada, y tratamientos muy costosos. En su punto cuatro en donde pidió que la autoridad responsable investigue a Mónica Jesús Valencia Bautista, solicita si ésta aparece inscrita en el padrón vehicular y cuantas unidades motrices aparece inscrita en el padrón vehicular. También exige—actos irrelevantes—si la madre de su hija aparece inscrita en los archivos Instituto Registral del Estado de Tabasco “Si aparece—dice-- señalar que propiedades están registradas a su nombre”. Como ha quedado escrito, a pesar de que Maldonado Tosca, tiene amplios conocimientos del derecho cae en la ignorancia porque a sabiendas de que lo que solicita no tiene la mayor importancia y fueron desechados por la autoridad competente del caso, éste le sigue exigiendo a la jueza sí Mónica Jesús Valencia Bautista, aparece inscrita en el Padrón de Registro Federal de Contribuyentes “En caso de aparecer Valencia Bautista, en el Padrón del registro Federal de contribuyentes, señalar el monto total de los ingresos anuales reportados en los últimos cinco años contados desde la presente anualidad, y señalar cuál es la actividad por la cual se encuentra inscrita como contribuyente”. Todas unas payasadas. Y en más de sus ridiculeces, mire usted lo que también solicita: “Si en la actualidad—su hija Sheldy’s de Jesús Maldonado-- se encuentra cursando estudios: señalar qué carrera y que año; cual ha sido el aprovechamiento escolar, debiendo remitir a su Señoría calificaciones completas en las que se advierta puntuación y materias y cuál es el costo de la inscripción a la carrera, cual es el costo de colegiaturas y con qué periodicidad se cubren dichos costos. El 09 de octubre de 2014 Víctor Manuel Maldonado Tosca abrió una de sus biografías más negras de su vida. Mostró su verdadero rostro. Su insolente y despiadada forma de amar a su hija y que, desde que era una niña “siempre ha sido mi adoración”, lo cual, en sus hechos, demostró todo lo contrario: siempre la ha despreciado, odiado y olvidado. Y lo peor: nunca en lo que lleva de vida--según Sheldy’s de Jesús—se ha preocupado por ella. Las razones y motivos del porqué el reportero trascribió la mayor parte de las demanda en su totalidad es para desenmascarar y poner en la vitrina de la opinión pública a un funcionario de gobierno que carece de honorabilidad, de decencia política y de moral, que son los requisitos más importantes que exige la Ley orgánica del ISSET. En este caso Maldonado Tosca, carece de estos principios que son fundamentales para ocupar un puesto en el organigrama gubernamental. Además de todo esto, si la Institución pública y de beneficencia, como es el DIF-Estatal desea combatir realmente a padres irresponsables y procurar justicia para los menores y adolescentes, aquí está este caso que debería ser investigado y sancionar al funcionario público que violenta los principios rectores que la Primera dama de Tabasco trata de corregir. Ésta no es una telenovela sacada de Lágrimas,
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risas y amor. Estos son hechos reales que exhiben la monstruosidad de un padre que golpeó, avasalló y abandonó a una madre (Mónica Jesús Valencia Bautista) junto con su criatura quien nunca tuvo, cuando menos un gramo de amor—si este se pudiera medir—y que hoy con toda la miseria humana de un individuo carente de misericordia, piedad o humanismo, le niega el pan—instrumentando perversamente mil objeciones—a su propia hija. Una hija que lleva sus propios genes—la que desde niña fue rechazada y arbitrariamente dejada en la orfandad-- y por la cual, el arrogante y ensoberbecido cancerbero favorito de Agapito, nunca se preocupó.
La forma y el fondo de como trataron de torcer la ley en complicidad con Agapito Domínguez De cómo Agapito Domínguez Lacroix, trató por todos los medios de proteger y solapar a su lacayo Víctor Manuel Maldonado Tosca El 13 de Junio del 2014 la licenciada Norma Alicia Cruz Olán, Juez Segundo familiar mediante oficio número 4146 y expediente número 520/2014 dictó auto de inicio de juicio especial de pensión alimenticia, promovido por Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia en contra de Víctor Manuel Maldonado Tosca. A Maldonado Tosca no tal solo se le emplaza a juicio si no que se le decreta como pensión alimenticia provisional para la ciudadana Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia el 20% /veinte por ciento) del salario y demás prestaciones que se obtenga como producto de sus trabajos, tal y como lo establece el artículo 84 de la Ley Federal del trabajo, incluyéndose además aguinaldo, vacaciones, bono de actuación (incentivo al desempeño), compensación, canasta básica, fondo de ahorro, (liquidación y jubilación en su caso) y cualquier otra prestación que perciba, semanal, catorcenal o mensualmente el demandado Víctor Manuel Maldonado Tosca quien es Director Jurídico del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET). La jueza toma estas atribuciones legales “Por la urgente necesidad, pues se acredita el parentesco, así como presuntivamente el derecho de necesitar alimentos y que estos son de orden público de conformidad con los artículos 195 y 196 del Código de procedimientos civiles en vigor en esta Entidad Federativa y 313 del Código Civil del Estado”. La autoridad judicial giró oficio al Departamento Jurídico y/o Recursos humanos del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET), con domicilio en Avenida veintisiete de Febrero número 930, esquina con calle Peralta del Centro de esta ciudad y ordenó: “A quien corresponda, haga efectivo el descuento decretado y la cantidad líquida que se obtenga sea entregada a la ciudadanía Sheldy’s de Jesús Maldonado Valencia, previa identificación y firma de recibido que obre, cantidad que deberá descontársele de forma semanal, quincenal o mensual según sea el cobro del demandado en el presente asunto”. El juzgador a la letra dice: “Asimismo se sirva informar en “forma pormenorizada” a este H. Juzgado Segundo Familiar de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial del Centro Tabasco, con domicilio en la Avenida Gregoria Méndez Magaña sin número frente al Recreativo de Atasta, Juzgados Civiles y Familiares del H. Tribunal Superior de justicia en el Estado. Tel. 3-15-21-79. Villahermosa, Tabasco, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al en que reciba el oficio, el monto total de los salarios, prestaciones y deducciones, es decir, desglosando cada uno de los conceptos y montos que obtenga mensualmente el deudor alimentario, así como si desempeña algún otro trabajo dentro de esa empresa o en su caso informe a quien y a que domicilio debe ser dirigido el oficio de referencia, apercibido que de no hacerlo, se le aplicará una multa de treinta días de salarios mínimos generales, vigente en el Estado, la cual se duplicará en caso de reincidencia, sirve de apoyo a lo anterior los artículos 129 fracción 1 y 242 de la Ley Adjetiva Civil en cita”. 14
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Viernes 15 de Abril de 2016
En el combate a la inseguridad pública
El fracaso de mis generales
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Cristóbal Guerra
n ocho meses desde que fue designado como secretario de Seguridad Pública del Estado de Tabasco en sustitución de Audomaro Martínez Zapata, que dejó mucho que desear en su paso por Tabasco, el también general Sergio Ricardo Martínez Luis, ha dado igual muestras de incapacidad e incompetencia para frenar de una vez por todas los índices delictivos que tienen a la entidad en una situación por demás crítica. Pese a contar con una experiencia en el ámbito castrense y policiaco, a la fecha, el general Sergio Ricardo Martínez no ha podido responder a toda la confianza que le depositó con su nombramiento el gobernador Arturo Núñez Jiménez para que bajara la incidencia de delitos y ofreciera una mayor tranquilidad y paz a las familias tabasqueñas que vivieron también una mala experiencia con Audomaro Martínez Zapata. Ni Audomaro en su momento, ni hoy Ricardo Martínez, pueden, sin embargo, decir que no contaron o no cuentan, como es en el caso del segundo, con los recursos y el apoyo del gobierno del Estado que, sin embargo, ha estado atento para procurar en la medida de las posibilidades la protección a la integridad y patrimonio de los tabasqueños. Pero el responsable de que la Secretaría de Seguridad Pública funcione, simplemente no ha logrado delinear ni menos poner en acción un efectivo programa preventivo para inhibir o detener a la delincuencia común que trae asolado a Tabasco, y los elementos de la corporación solo están dando bandazos, desorganizados, sin estrategia. Esa falta de acciones y decisiones del general Sergio Ricardo Martínez es lo que ha provocado que los
• Ni Audomaro en su momento, ni hoy Ricardo Martínez, pueden decir que no contaron o no cuentan, como es en el caso del segundo, con los recursos y el apoyo del gobierno del Estado que, sin embargo, ha estado atento para procurar en la medida de las posibilidades la protección a la integridad y patrimonio de los tabasqueños. ciudadanos, por ejemplo, se estén haciendo justicia por propia mano, hartos de que los policías lleguen tarde o que cuando lleguen no intervengan. El linchamiento en la Colonia La Manga I de un presunto violador ilustra precisamente esa pasibilidad y lentitud con la que han venido desempeñándose los cuerpos de Seguridad Pública ante las constantes denuncias de los ciudadanos que padecen a la delincuencia y que tienen que hacer justicia por propia mano. Pero a ese evento se han sumado otros tantos en colonias, villas y comunidades del estado, y no hay manera de que los delincuentes puedan ser contenidos y detenidos. Esa falta de resultados es la que ha provocado que el tema de la inseguridad pública ocupe hoy el primer lugar en la agenda pública de los actores políticos y sociales. El Congreso del Estado se ha convertido en el foro principal en el que se ha cuestionado el desempeño y la
• Pero el responsable de que la Secretaría de Seguridad Pública funcione, simplemente no ha logrado delinear ni menos poner en acción un efectivo programa preventivo para inhibir o detener a la delincuencia común que trae asolado a Tabasco.
falta de resultados del general Sergio Ricardo Martínez que, por otra parte, se ha mostrado indiferente y muy sobrado, como si contara con todo el tiempo y no hubiera prisa para que frenar a la desatada delincuencia. Apenas la semana pasada, uno de los diputados del PRI, integrante de la Comisión de Seguridad Pública del Congreso, César Rojas Rabelo, cuestionó el comportamiento “insensible y “frívolo” que ha tenido el titular de Seguridad Pública ante los últimos acontecimientos delictivos, en particular en el asesinato del empresario radiofónico Moisés Dagdug Lutzow. En un boletín que circuló y al que Vanguardia tuvo acceso, el legislador propuso que ante la crisis delictiva que azota a la entidad y la incapacidad de las autoridades para contenerla, el secretario de Seguridad Pública, Sergio Ricardo Martínez Luis, debe ser removido. Y en ese sentido, fue que reprobó, desde la máxima tribuna del Congreso, que “no es posible que el res-
• Esa falta de acciones y decisiones del general Sergio Ricardo Martínez es lo que ha provocado que los ciudadanos, por ejemplo, se estén haciendo justicia por propia mano, hartos de que los policías lleguen tarde o que cuando lleguen no intervengan. ponsable de garantizar la seguridad de las familias tabasqueñas, insensible y frívolamente, haya dicho que es normal que asesinen a alguien en su casa” en alusión al asesinato del empresario radiofónico Moisés Dagdug Lutzow. “Si para él (el secretario de Seguridad Pública), eso es normal, pues lo normal para este Congreso es exigir su renuncia”, ponderó ante sus compañeros diputados, y estimó que “es evidente que en Tabasco la seguridad pública vive un estado de crisis, la policía está rebasada por la delincuencia y la paz social está rota, por lo que urge que se tomen acciones institucionales para proteger a la ciudadanía y no continúe a merced de los delincuentes que roban, extorsionan, violan y asesinan”. Destacó que quisiera pensar que el gobernador es el principal interesado de que “en el tema de la seguridad se rindan buenas cuentas y a todos, sin duda, nos gustaría lo mismo”.
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Viernes 15 de Abril de 2016 La demanda, no obstante, es unánime: el general no puede continuar en el cargo, porque no ha podido o no ha sabido cómo frenar a la delincuencia que amenaza a los tabasqueños y tampoco se le ven ganas de que las cosas cambien en la corporación. Por si eso no bastara, el general ha minimizado la inseguridad pública que predomina en la entidad y no ha hecho absolutamente nada para dar un giro en esa materia. No se le ve siquiera encabezando rondas de vigilancia y no sale de sus cómodas oficinas, sin desquitar un solo peso de su jugoso salario que cobra quincenalmente. Lo grave, es que el errático desempeño del aún secretario de seguridad pública, amaga con afectar seriamente el buen trabajo que viene realizando el gobernador, no solo para proteger a los tabasqueños, sino en general para procurar el bienestar de todos. El mandatario estatal ha sido paciente y tolerante, pero es evidente que ante la falta de resultados, no debe sorprendernos que en cualquier momento pueda realizar cambios de mando en la Secretaría de Seguridad Pública, e incluso en la misma Fiscalía, donde también se han visto muy lentos para investigar y dar con los responsables de quienes han protagonizado tanto el linchamiento en la Manga I como en el asesinato del empresario radiofónico que conmocionó al gremio periodístico. El general, pues, tiene sus días contados al frente de una de las áreas más sensibles e importantes, que es la de garantizar la seguridad de las familias tabasqueñas. El reto para su eventual sucesor es mayúsculo: lograr detener el avance aparentemente imparable de una delincuencia que hoy se mueve con plena impunidad y poner fin a la espiral de violencia que ha trastocado la estabilidad del estado. Vanguardia
• El linchamiento en la Colonia La Manga I de un presunto violador ilustra precisamente esa pasibilidad y lentitud con la que han venido desempeñándose los cuerpos de Seguridad Pública ante las constantes denuncias de los ciudadanos que padecen a la delincuencia y que tienen que hacer justicia por propia mano. • El mandatario estatal ha sido paciente y tolerante, pero es evidente que ante la falta de resultados, no debe sorprendernos que en cualquier momento pueda realizar cambios de mando en la Secretaría de Seguridad Pública, e incluso en la misma Fiscalía, donde también se han visto muy lentos para investigar y dar con los responsables de quienes han protagonizado tanto el linchamiento en la Manga I como en el asesinato del empresario radiofónico que conmocionó al gremio periodístico.
Análisis
El estallido abominable de una lucha social
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… El de todos contra todos
Rodolfo Montiel Olmos
xpresar numeral de los acontecimientos sangrientos y criminales que han estremecido a la sociedad, al pueblo en su conjunto, activa el rumor alimentando la especulación imprecisa, equivocada de tales sucesos. Lo que más llama la atención además del asesinato del señor Moisés Dagdug, fue el linchamiento en un sector de la manga, Colonia Gaviotas. Por ser los hechos violentos más reciente los nombramos porque la fiscalía general de justicia del estado habla de investigaciones sin que nadie hasta el momento conozca, por información de la propia fiscalía, de resultados sobre conocidos actos en la colonia García, el asunto de los Almeida y otros más. En efecto, esos casos son parte de un fenómeno que ha extendido sus tentáculos a lo largo y ancho del país trayendo por consecuencia terror, irritación y miedo. Aquí en tabasco es tanto el ruido que provoca esta fenomenología que desorienta el criterio de la opinión pública. Somos una sociedad que no puede rebasar la sensatez que el equilibrio en las expresiones nos haga caer en el error de especular haciendo juicios sin testimonios precisos, creíbles, emitidos por la autoridad correspondiente, la fiscalía de justicia. No debemos como sociedad echar culpas absurdas abonando el rumor que lesiona al tejido social e intranquiliza a la institución familiar. El no reaccionar, particularmente en el asunto de la Manga, Gaviotas de manera inmediata habiendo indicios de una respuesta violenta de vecinos ante el señalamiento de una probable violación en contra de una jovencita por parte de unos malhechores es lo que indigna, reprueba y condena la sociedad. Fueron horas de un abierto aviso sobre qué harían e hicieron en contra de lo que fuera, tirador de droga, ratero, sicario, etc., pero ser humano al fin y nadie, ni un policía preventivo, que por eso es preventivo, o de la judicial, federal o estatal, pudieran dialogar, negociar con vecinos y la mamá del delincuente la entrega a la justicia de esa persona que, la población y unos descerebrados asesinaron. Con comportamientos así no se forma ciudadanía. Esa inexplicable tiricia para reaccionar es lo que
lleva a la sociedad, al pueblo en su conjunto a comenzar actuar en sentido contrario de lo que reclama, fin a la violencia y a la violación de derechos. Eso no puede alentarse, provocarse, con lentas reacciones y falta de respuesta judicial. La fiscalía debe parar el ruido, el rumor, la desorientación que hoy es exageradamente dimensionada por unos que otros charlatanes políticos con grandes mentiras. Quienes mandatan no piensan o cuanto menos ordena se atropelle la vida o los derechos de alguien, por tanto no puede caer nuestra sociedad en el equívoco de hacer juicios sin testimonios probados que nos lleve a la afirmación de “verdades históricas” inexistentes. Luego entonces, la fiscalía debe salir al paso de tanto exabrupto que las voces obstaculizantes de priistas y verde ecologistas exaltan para culpar de todas esas lentas reacciones de las policías y de los malos resultados de funcionarios del gabinete pues pareciera que es la fiscalía general de justicia la que inmola todo acto de gobierno. Augusto Comte, fundador de la sociología, usó por primera vez la palabra dinámica que tomó de la física, dice Maurice Duverger, en “métodos de las ciencias sociales”, para hacer ver que la sociedad como organismo vivo que está en continuo proceso de cambio. Por ello, el ser humano al vivir en sociedad se ve en la necesidad de organizarse en todos sentidos, bueno, no precisamente en la compra masiva de esos instrumentos musicales para organizarnos, pero si creando estructuras sociales diversas y dinámicas, es decir, familia, trabajo, educación, ciudad, gobierno, etc., y de esta última, del gobierno vía la fiscalía y de los funcionarios de gabinete que se estacionaron “en la curva de aprendizaje” es que la sociedad espera resultados contundentes y de servicio en las secretarias del ramo. La fiscalía tiene la obligación de combatir eficazmente tanta violencia en el estado y evitar con ello que nuestra población tome una dinámica de venganza traduciendo la falta de eficiencia de los mandos policiacos en linchamientos que nos hacen ver como si cada quien nos tomáramos la libertad de infringir la ley agregando juicios absurdamente sustentados encaminando con ello el estallido abominable de una lucha social de todos contra todos. ¡Nada más criminal que eso!... Es Cuanto. Vanguardia
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Viene de página 11 … La perversa y cobarde infamia...
Y en el mismo escrito deja bien detalladito: “También se hace del conocimiento que el descuento decretado será a partir de la fecha de recepción del oficio ordenado y que no se deben incluir en él las deducciones legales, como son de manera enunciativa más no limitativa los gastos de representación y los viáticos, entre otras. Medida provisional que podrá decretarse en cualquier centro de trabajo en donde en lo sucesivo o con posterioridad labore el demandado y que debe aplicar quien tenga el carácter de patrón al tener conocimiento de esta medida”. El 11 de julio de 2014, Carlos Alberto Jiménez Zurita, en su calidad de abogado patrono de la parte actora le hizo ver a la juzgadora Norma Alicia Cruz Olán que el oficio número 4146, deducido del expediente 520/2014 fue entregado directamente al demandado Víctor Manuel Maldonado Tosca que manifestó que él recibirá el oficio de manera personal, por lo que no estampó el sello de la institución para la cual labora en el acuse que hoy exhibo”. Aseguró en su escrito Jiménez Zurita, que el director jurídico del ISSET le señaló que él daría tramite al citado oficio, por lo que ésta parte actora manifestó que el oficio era dirigido a la institución no a una persona física y no por ser el director de dicha área podría recibir el oficio de manera personal por lo tanto lo que él pretende hacer esta fuera de derecho. Maldonado Tosca abusó de su cargo y como veremos trató de torcer la ley a su favor. El representante legal de Sheldy’s de Jesús Maldonado, explica que Víctor Manuel Maldonado Tosca, le declara que por ser una persona pública por lo que no quería (sic) ningún tipo de escándalo o ser exhibido de manera pública, de igual manera—sigue comentando el jurisconsulto-- expreso su interés en solucionar el problema con la hoy actora de manera extrajudicial. Falso. Nunca tuvo esa intención como se puede observar en todo el proceso. La perversidad y la maldad, atributos que muy bien desarrolla Maldonado Tosca, se refleja en su conducta y más cuando observa que la hija lo tiene bien “atorado” y no obstante de haberse comprometido --“por ser una persona pública y no buscar ningún tipo de escándalos o ser exhibido de manera pública”-- éste se echa para atrás y mediante oficio número numero: DJ/RCC/1795/2014 con fecha 25 de julio de 2014 le alega a la Jueza: “Relativo al Juicio especial de Pensión Alimenticia promovido por Sheldy´s de Jesús Maldonado Valencia en contra del Víctor Manuel Maldonado Tosca, en el que ordena se realice descuento del 20% del salario y demás prestaciones que se obtenga como producto de su trabajo el demandado de quien dice se desempeña como Director Jurídico de este Instituto, y ordena que el descuento se realice en los salarios y otras prestaciones que perciba de manera semanal, catorcenal, o mensual el demandado”. “Respecto a lo anterior, señalo a su Señoría, que para efectos de no dar margen a suspicacias en la tramitación del ordenamiento judicial al que se hace referencia y con ánimo de no actuar como juez y parte en el presente asunto, siendo que en la Dirección Jurídica a mi cargo, se recibió el oficio de referencia, hago saber a su señoría que me encuentro imposibilitado y para no dar margen a malos entendidos, dado que requiere se le propor-
Viernes 15 de Abril de 2016 cione información de carácter reservado respecto al suscrito, solicito de su Señoría en atención y salvaguardando los derechos de la acreedora alimentista, tenga a bien, girar el oficio con el que hace el requerimiento señalado al Departamento de Recursos Humanos del Instituto de Seguridad Social de Estado de Tabasco, a fin de que se proceda conforme a derecho”. ¿Se observa la mala leche de este monstruo? No obstante ser él el responsable del área jurídica y a sabiendas que las notificaciones judiciales recaen, todas, en ese departamento, para retardar y entorpecer el trabajo judicial, buscó desviar todo lo que pudo la atención de de los funcionarios del TSJ. A esto se le llama perversidad o argucias legaloides. Lo que Maldonado buscó es solo ganar tiempo. Sabiéndose protegido de su patrón, Agapito Domínguez Lacroix, quien a pesar de que su lacayo “consentido” lo ha metido en serios y graves problemas tanto personales como institucionales, lo mantiene en el cargo—quizás por los secretos confidenciales que Maldonado le conoce—solapándole toda clase de sinvergüenzada y atrocidades que rayan en lo grotesco y ruin y en donde, incluso, los mismos parientes de VMMT lo han denunciado, el director del ISSET lo sostiene en el cargo. Las complicidades son mutuas. Ambos se deben favores. Es por eso se tapan los unos a los otros. Y tanto Jefe como subordinado, tienen el mismo defecto: Corrupción. Las marrullerías y conducta atroz han quedado debidamente expuestas en la vitrina de la opinión pública; asimismo la forma arrogante y autoritaria en que ha actuado su principal cómplice y protector quien en lugar de aplicarle la Ley de responsabilidades de los servidores públicos, lo instruye a que las violente y se burle de quienes buscan hacer justicia. Así se explica de cómo ha torcido la ley en su beneficio. La jueza—dentro del marco del derecho-- gira nuevamente el oficio al Departamento de Recursos Humanos del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco,--tal y como lo solicitó el demandado-- haciéndole saber que el descuento decretado deberá realizarlo retroactivamente a partir de la fecha de la recepción del mismo once de julio del dos mil catorce, del oficio número 4146. Mientras tanto el jefe de la camarilla y solapador de su subordinado, Agapito Domínguez Lacroix, titular del ISSET, mediante oficio DG/DJ/3858/14 con folio DJ/2388/14, de fecha 07 de septiembre del 2014 le dice, en la parte medular, a la licenciada Norma Alicia Cruz Olán, Jueza Segundo Familiar: “Al respecto, le comunico que en la Dirección General a mi cargo, no se ha recibido, el oficio número 4146 al que hace referencia, ya que el púnico oficio que se ha recibido es el número 5147 de fecha 21 de agosto del 2014, pero del mismo, no se desprende qué porcentaje se ordena descontar y menos respecto a qué prestaciones, infiriéndose que el supuesto descuento ha sido decretado en contra del C. Víctor Manuel Maldonado Tosca, porque es en contra de éste que se promovió el juicio de alimentos, pero como el oficio y/o Recursos Humanos del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET), y respecto de los cuales, señala como su domicilio la Avenida 27 de Febrero número 930, esquina con calle Peralta del centro de ésta ciudad”. Como se puede observar con el afán de solapar y proteger a su lacayo, también Domínguez Lacroix, cae en garrafales errores y sufre de amnesia al hacerse el desentendido ante el requerimien-
to judicial. ¿Complicidad o mediocridad? Domínguez Lacroix, conocía ampliamente de los hechos pero con el fin de brindarle toda clase de privilegios y protección a su eunuco, plantea en su escrito: “Contrario a lo antes señalado, le hago saber que el domicilio del Departamento de Recursos Humanos del Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco, es el ubicado en la calle Iguala esquina con calle Peralta número 337, Cp. 86000, colonia Centro, de la ciudad de Villahermosa, Tabasco, teléfono 3582878, lo que hago de su conocimiento para los efectos legales a que haya lugar. ¡Hipócrita!, arrogante y frívolo como es su estilo, Agapito Domínguez todavía tiene el descaro de decir: “No omito señalarle que con ánimo de poder brindarle la atención debida a su Señoría se ha obtenido copia del oficio número DJ/RCC/1795/214, de fecha 25 de julio de 2014, del índice de la Dirección Jurídica del Instituto, y del mismo se advierte que el número de expediente de donde se deduce el oficio número 5147, es el número 520/2014. La jueza, que llevó el caso, sabía perfectamente todo lo relacionado con ese expediente. Por eso hay que subrayar: ¿Quién es el estúpido e ignorante, Agapito o la Jueza Cruz Olán? Como quedó plenamente comprobado, Maldonado Tosca fue condenado a pagarle a su hija el 20 por ciento de su salario y ante esa decisión judicial, el demandado, con el fin de echar abajo los acuerdos judiciales, promovió Recurso de Reconsideración el día 05 de septiembre, respecto al Punto Segundo del auto de fecha 21 de agosto del 2014 en la que expuso una serie de agravios intranscendentes en donde, a decir de él, “Me dejan en completo estado de indefensión”. Burda su defensa. Pusilánime su actuación. Por un simple cambio de domicilio y arguyendo que el oficio número 4146 de fecha 13 de junio del 2014 debió entregarse en la dirección de Recursos Humanos y no en la dirección Jurídica, Maldonado Tosca dio argumentos inverosímiles que causan risa por el tamaño de su mediocridad y estulticia. El hecho real fue que Víctor Manuel Maldonado no quería cumplir con el requerimiento de la
jueza de entregarle a su hija el 20 por ciento de su salario. Y para eso tuvo que emplear ocho fojas tamaño oficio en donde, además, deja ver su miseria humana y la falta de respeto, valores y amor para con su hija Sheldy’s de Jesús Maldonado a quien jamás le ha demostrado ninguna clase de afecto, según la agraviada. Otro hecho que demuestra la bajeza y cobardía de Maldonado Tosca consiste en que para evadir su responsabilidad y, según filtraron nuestras fuentes, contando con la alcahuetería—como siempre—y complicidad de Domínguez Lacroix, éste tiene un sueldo neto de más de ochenta mil pesos mensuales, pero para engañar y falsear impunemente, le simularos honorarios de 22 mil 930,39 pesos mensuales. Además en el análisis que el redactor hace, se plantea por un lado que Maldonado Toscas subraya que su hija Sheldy’s de Jesús Maldonado, no tiene por qué estudiar en colegios privados pero los hijos procreados con Sandra Guadalupe Juárez López— tal y como lo expone abiertamente—sí estudian en escuelas de paga con razón social: Colegio Villahermosa y María Teresa AC. Las preguntas son: ¿Es acaso que Sheldy’s de Jesús, vale menos que los hijos de su segunda camada? ¿Es acaso que un padre debería amar más a unos que a los otros hijos? ¿Por qué pregonar entones que Sheldy’s de Jesús “siempre ha sido mi adoración” cuando en los hechos es todo lo contrario? ¿Porque a unos les brindó privilegios, comodidad, lujos y felicidad mientras que a la hija de su primer matrimonio siempre le ha dado desprecio y se ha mostrado arrogante y soberbio para con ella? ¿Por qué a una le niega el pan mientras que a los otros les sobra y lo despilfarran? ¿Porque a la hija de Mónica Jesús Valencia Bautista, la desprecia, ofende y ataca mientras que a los de Juárez López, son sus “ovejitas” consentidas, según “Trini” Maldonado? ¿Cuál fue el verdadero pecado de Sheldy’s de Jesús Maldonado? ¿Ser la hija de un monstruo? ¿Haber sido engendrada por un parasito inmoral, perverso e infame? ¿O llevar el apellido Maldonado que solo representa la escoria social de Tabasco? ¡Vaya para padre que escogió la naturaleza para esta niña! “Por sus frutos los conoceréis”, dice el Evangelio. En esta biografía los hechos son claros. Y hablan solos. Vanguardia.
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• Su comportamiento arrogante y autoritario es una ofensa para todos los tabasqueños que caminan indefensos por las calles o que son asaltados en sus casas, mientras el Fiscal y su familia disponen de decenas de policías para su “seguridad personal”.
Viene de la Contraportada ...Valenzuela Pernas: ególatra, mentiroso y traidor
• Lo lamentable es que haya traicionado la confianza del gobernador Arturo Núñez Jiménez. No solo porque ha fracasado como Fiscal, sino porque miente cuando le solicitan los informes sobre lo que está pasando realmente en las calles de Tabasco. Sus cuentas alegres, sus números no se corresponden con la realidad y lo que está padeciendo las familias de Tabasco que continúan a merced de la delincuencia. • En su gestión, todo se ha disparado: Feminicidios, ejecuciones, secuestros, asaltos a mano armada, atracos a casas, robos de autos y otros tantos delitos que no se investigan o, lo que es peor, que acaban archivados por que los nuevos fiscalistas son tentados y ceden a unas monedas para dejar libre al delincuente o mal integran la averiguación previa para deslindarlo de responsabilidades, son el pan nuestro de cada día.
COORDINADOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
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ASISTENTE DEL DIRECTOR Ing. Esmeralda De la Cruz Villegas
DIRECTOR GENERAL Lic. José Luis Cortés Moreno
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COLABORADORES José Luis Lara López, Perales, Cristóbal Guerra, Jaime Valero, Andres Llanos, Rubén Darío Arias, Estrella Ojeda, Luis A. Pampillón Ponce, Tomas García, Nicolás del Toro Jr. CARICATURISTA Naranjitos, Madrigal, Urrusti.
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CAPTURA, FORMACION Y DISEÑO Sandra Carballo Cruz ASESOR JURÍDICO Lic. Jesús Ezequiel de Dios (+)
Periódico VANGUARDIA es editado en sus propios talleres de Litografía e impresiones JL Korm’s Ubicado en Calle: Belisario Domínguez No. 423 Col: Gil y Sáenz Código Postal No. 86080 Tel: 315 49 96 Cel: 044 99 31 60 93 56 Villahermosa, Tabasco. Cualquier correspondencia dirigirla a VANGUARDIA. Artículo firmado es responsabilidad del autor. Correo: VANGUARDIA_JLCM@HOTMAIL.COM
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