« O T M AÑO X I I I . - V O L . X I I I . - N t T M . 146.
M a d r i d , f e b r e r o 1935.
El fraude d e e n e r g í a Por C.
GASCUÑANA
De oportuno y acertado puede calificarse el editorial que la revista I N G E N I E R Í A Y CONSTRUCCIÓN h a publicado en el número de diciembre último sobre el fraude en los suministros de energía eléctrica. De oportuno, porque el fraude de energia en estos momentos tiene tal importancia que compromete seriamente la situación de las E m p r e s a s productoras y distribuidoras de electricidad, no sólo desde un punto de vista económico, sino también desde el punto de vista técnico, que hace que los suministros se efectúen de un modo deficiente por el exceso de carga debido al fraude. Acertado es el editorial, porque con él se abre una especie de encuesta entre las personas afectadas por este asunto o conocedoras de él por razón del cargo que ocupan. No queremos nosotros dejar de a p o r t a r n u e s t r a opinión en un asunto de esta naturaleza, opinión que, aunque modesta, h a sido formada ante la realidad que el fraude de energía eléctrica produce. No t r a t a m o s en este artículo de romper una lanza en favor de los intereses de las E m p r e s a s de electricidad, aun cuando estos intereses, como todos aquellos que son legítimos, sean dignos de todo respeto; pero el problema del fraude h a llegado a alcanzar tal importancia, que pone en riesgo inminente la continuación normal de los suministros eléctricos urbanos. L a práctica pone de manifiesto la casi nula eficacia que p a r a reprimir el fraude proporciona el vigente Reglamento de Verificación de Contadores, el cual, la parte que a este asunto se refiere, deja tal cantidad de resquicios, que al ser aprovechados hábilniente por los defraudadores lo hace virtualmente inútil. El Reglamento citado no h a hecho en este aspecto sino recoger la legislación del año 1923, y en este aspecto, ¿cuánto no se h a avanzado en este tipo de delincuencia que es practicada por todas las clases sociales? Tal vez sea el fraude de energía eléctrica el único delito que no es castigado por la actual legislación. j^o se puede llamar castigo a obligar al defraudador a restituir lo defraudado. (1)
I n g e n i e r o industriai.
eléctrica
E n el caso m á s favorable, las tasaciones de las Jef a t u r a s de Industria son practicadas de acuerdo con el vigente Reglamento de Verificación de Contadores sobre un cálculo basado en el consumo probable de la instalación d u r a n t e un período máximo de seis meses. Con este criterio, el abonado defraudador no h a corrido riesgo alguno, y a que en el peor de los casos sólo se le h a r á p a g a r la cantidad defraudada. Si unimos a esto el criterio extremadamente benigno que preside por regla general en las J e f a t u r a s de Industria al practicar las tasaciones de fraude de energía eléctrica, se pone de manifiesto la ineficacia absoluta de los preceptos reglamentarios como medio restrictivo del fraude de energía. Creemos que se debe facultar a las J e f a t u r a s de Industria p a r a imponer sanciones que sean un múltiplo de las tasaciones, y únicamente de esta forma las sanciones que las J e f a t u r a s impongan t e n d r á n verdadero carácter de multa. Admitamos por un momento que el Código Penal no impusiera m á s sanción en el caso de robo que el restituir lo robado, y entonces tendríamos un aumento completamente vertical de esta clase de delitos. Si a ello se une el falso concepto que el vulgo tiene formado sobre la energía eléctrica, la cual se considera como algo que no cuesta hacer llegar al consumidor, se comprobará fácilmente la importancia que en estos últimos tiempos h a adquirido esto, que en la actualidad es un verdadero problema p a r a las E m presas suministradoras. El abonado, al defraudar, no va sólo con m i r a s de disminuir el importe de un consumo normal, sino a emplear la energía eléctrica en usos domésticos tomando de la red cargas de verdadera importancia. Los descensos de t e m p e r a t u r a son perfectamente acusados en los watimetros y amperímetros de las centrales urbanas. Conocemos central en que al producirse un descenso brusco de t e m p e r a t u r a se han visto sus c a r g a s a u m e n t a d a s en un 20 por 100 sobre los valores normales, y eso que en e s t a s cargas consideradas normales está y a incluido el fraude de los a p a r a t o s de cocinar. L a s curvas de carga de u n a población son el mejor índice del fraude. P o r ellas se ve perfectamente la deformación que por su causa sufren si se las comp a r a con la curva que lógicamente se debiera obte-
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