1era. Edición
HISTORIA Y EVOLUCIÓN DEL DERECHO II
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Enrique Ramón Castillo
C.I. 15.274.096
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LOS CONTRATOS EN ROMA
El contrato es una institución jurídica de vital importanciaqueregulalasrelacionesentrelaspartes involucradas, estableciendo derechos y obligaciones mutuas. A lo largo de la historia, diversos juristas y pensadores han realizado aportes significativos para comprenderloselementosfundamentalesdelcontrato, suclasificaciónprincipal,asícomolascaracterísticas y particularidades de la compra venta y el arrendamientoenelderechoromano.Enestaocasión, exploraremos las contribuciones de destacados autores y analizaremos sus conocimientos para obtenerunavisiónmásprofundasobreelcontrato en sucontextohistórico.
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El contrato es una institución jurídica de vital importancia que regula las relaciones entre las partes involucradas, estableciendo derechos y obligaciones mutuas. Uno de los elementos fundamentales del contrato es el consentimiento, como señalaba el jurista romano Ulpiano: "El consentimiento es la base de todo contrato". Lo que destaca la importancia del acuerdo voluntario entre las partes como pilar fundamental para la existencia y validez de un contrato. El consentimiento refleja la libre manifestacióndelavoluntaddelas partes y es esencial para el establecimiento de obligaciones recíprocas.
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En cuanto a la clasificación de los contratos, Jean Domat, filósofo del derecho francés, afirmaba: "El contratoesunactoenelqueunoo varios se obligan hacia uno o varios". La misma resalta la distinción entre los contratos unilaterales y bilaterales, donde en los primeros solo una parte asume obligaciones, mientras que en los segundos existen compromisos mutuos entre las partes. Domat enfatiza la naturaleza de intercambio y reciprocidad que subyaceenloscontratos.
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En relación a las características de los contratos, Friedrich Carl von Savigny, jurista alemán, sostenía: "El contrato se basa en el acuerdo de las partes y, por lo tanto, en la voluntad común de estas". Esta afirmación resalta que la esenciadelcontratoradicaen el consenso entre las partes, quienes mediante su voluntad conjunta establecen los términos y condiciones que regiránsurelacióncontractual.
La voluntad común es el fundamento sobre el cual se construyelavalidezylafuerza obligatoriadelcontrato.
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En el derecho romano, la compra venta y el arrendamiento eran contratos de gran importancia. El jurista romano Gayo expresaba: "La compraventa es el cambio de una cosa por un precio". Es decir, pone de manifiesto la esencia del contrato de compra venta, donde una de las partes se compromete a transferir la propiedad de un bien a cambio de una contraprestación económica.
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Destaca el aspecto fundamental de intercambio que subyace en este tipo de contrato.
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En cuanto al arrendamiento, Gayo también aportaba: "El arrendamiento es el contrato porelcualseadquiereelusoy goce de una cosa por tiempo determinado". En el cual, resalta la característica esencial del arrendamiento, donde el locatario obtiene el derechodeusarydisfrutarde un bien por un período establecido,acambiodelpago de una renta. Subraya la temporalidad y el aspecto remunerativo del contrato de arrendamiento.
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En conclusión, el contrato es una institución jurídica fundamental que regula las relaciones entre las partes, estableciendo derechos y obligaciones. Los elementos fundamentales del contrato, como el consentimiento, son reconocidos por juristas como Ulpianocomolabaseesencial de esta figura jurídica. La clasificación de los contratos en unilaterales y bilaterales, destacada por Jean Domat, nospermitecomprendermejor su naturaleza y las implicaciones de las obligacionesasumidas.
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Friedrich Carl von Savigny
enfatiza la importancia de la voluntad común como fundamentodelcontrato.Enel derecho romano, la compra venta, según Gayo, se basaba enelintercambiodebienespor un precio, mientras que el arrendamiento implicaba la adquisición del uso y goce de un bien por tiempo determinado a cambio de una renta.Talesconocimientosnos brindan una visión más profundasobreloscontratosy su aplicación en el derecho romano, resaltando elementos clave y características distintivas.
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REFERENCIAS
Abouhamad, Ch. (1998). Lecciones De Derecho Romano. Caracas,Venezuela:UniversidadCentralDeVenezuela.
aulavirtual4,(2017).Clasificacióndeloscontratosdentrodel derecho romano. Disponible en:
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https://aulavirtual4.unl.edu.ar/pluginfile.php/1213/mod_res ource/content/0/UNIDAD%205.pdf.Consulta:2023,Junio 30.
cdigital,(2015).Característicasdeloscontratos. Disponible en:
https://cdigital.uv.mx/bitstream/handle/1944/50908/Monca yoRodriguezSocorro.pdf?sequence=1&isAllowed=y Consulta:2023,Junio28.
e-archivo, (2010). Características de los contratos. Disponible en: https://earchivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/21520/vocacion _savigny_hd38_2015.pdf.Consulta:2023,Junio29.
Grisanti, H. (1992). Los Contratos Romanos. Caracas, Venezuela:Nohara, Works bepress (2007). El concepto del contrato en el derecho romano clásico. Disponible en: https://Works bepress/Jorge_adame_doddar/166/download/. Consulta: 2023,Junio28.