ASPECTOS NOVEDOSOS LEY ORGÁNICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS
1. Se cambia el nombre de la Ley mencionada en el título por el de “Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas” ya que las drogas son objetos, mercancías ilícitas, que no actúan por sí solas, sino que es el hombre con sus acciones, quien comete hechos punibles y son estas conductas transgresoras de la Ley lo que penaliza el Estado. 2. Se títularon todos los artículos de la Ley con el fin de que los lectores puedan ubicar con mayor facilidad el contenido de su interés . Se rebajan las penas a aplicar por los delitos cometidos contemplados en esta Ley haciendo más objetivas las decisiones al tomar en cuenta la magnitud del delito. 4. Se mantienen las penas de los militares. 5. Se aumentan las penas de los financistas. 6. Se rebajan las penas de los jueces y fiscales. 7. Consideración especial para los indígenas. 8. Consideración especial para los jornaleros y asalariados originarios de las zonas donde se siembre. 9. Se crea Fuerza de Tarea Especial para Delta Amacuro. 10. Se obliga al Ejecutivo Nacional y Poder Público a crear sistemas de seguridad especiales en los Estados fronterizos. 11. En la Sierra de Perijá el Ejecutivo Nacional en coordinación con el estatal, desarrollará un programa de desarrollo integral alternativo y un subprograma agroindustrial preservando la ecología de la zona y pondrá en funcionamiento la Red de Telecomunicaciones Contra Operaciones de Desvío en las zonas fronterizas. 12. Se le da prioridad en el aspecto preventivo y curativo a los niños y adolescentes. 13. Se considera circunstancia agravante todo delito donde estén afectados niños y adolescentes.