Introducción El 1 ° de julio de 2002 entro en pleno vigor, en el mundo entero, el Estatuto de Roma de la corte Penal Internacional (de ahora en adelante ER) . De esa manera, el complejo sistema jurídico penal venezolano será impactado significativamente , al suscribirnos como país miembro de la Asamblea de Estados prevista en el instrumento y, el hecho y de derecho, asumir los cambios en la legislación penal interna. El propósito de esta presentación es contribuir con el proceso de implementación del ER en la legislación penal y militar venezolana . Animados por ese fin, nos proponemos hacer una sucinta descripción de los crímenes previstos en ese instrumento y su impacto en la legislación venezolana. No se incluye la materia
procesal penal por considerar
que COPP rinde con los estándares
internacionales y las previsiones del ER, tal como desarrollamos en otra presentación. Tampoco se incluyen en esta oportunidad los principios penales, porque merecen un detenido análisis aparte. De la misma forma, no se incluye lo relativo a las relaciones del Estado venezolano con la Corte Penal Internacional, lo que requiere un desarrollo legislativo adicional. Por ultimo, elaboramos en anexos un proyecto de articulado de los crímenes y los delitos contra la administración de justicia penal internacional, para ser incluido en el CODIG Penal , que hemos presentado ante la Asamblea Nacional. En particular, resulta indispensable fundamentar las razones por las cuales es necesarios incluir en nuestra legislación penal sustantiva el termino CRÍMENES para la tipificación de los hechos punibles mas graves contra los derechos de la humanidad , claramente definidos en el ER como el crimen de genocidios , los