PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO RELATIVO A LAS AFECTACIONES CAUSADAS A TIERRAS COMUNITARIAS DEL MUNICIPIO DE SAN LUCAS OJITLÁN DEL ESTADO DE OAXACA POR LA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE LA PRESA CERRO DEL ORO. La suscrita, Natalia Karina Barón Ortiz, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, somete a la consideración del Pleno de esta Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión la siguiente la siguiente Proposición con punto de acuerdo relativo a las afectaciones causadas a tierras comunitarias del municipio de San Lucas Ojitlán del Estado de Oaxaca por la construcción del proyecto de la presa Cerro del Oro al tenor de las siguientes:
CONSIDERACIONES El 4 de abril de 1978 el presidente Luis Echeverría Álvarez firmó el decreto expropiatorio de tierras de diversos núcleos agrarios de población indígena chinanteca para la construcción de la presa Cerro de Oro en el estado de Oaxaca a fin de concentrar el agua de los ríos Santo Domingo, San Juan Evangelista y Tesechoacan. La presa Miguel de la Madrid o Cerro de Oro se encuentra en el Cerro de Oro, en la parte noroeste del Estado de Oaxaca en el cauce del río Santo Domingo, cercano a Tuxtepec. Tiene una capacidad de 5920 millones de metros cúbicos y las corrientes que capta provienen de la cuenca del río Santo Domingo principalmente. La presa fue inaugurada en 1988 a fin de impedir las inundaciones de la parte baja del río Papaloapan y la creación de un distrito de riego además de aumentar la capacidad de generación eléctrica de la presa Miguel Alemán. Sin embargo, “ante la construcción de la presa tuvo que reubicarse la comunidad chinanteca de Arroyo Tambor en la región veracruzana de Uxpanapa entre 1976 y 1991. Los ejidatarios afectados por la construcción solicitaron 86 hectáreas de tierras en restitución del terreno ejidal expropiado para el vaso de la presa. La oferta de indemnización, que fue sólo parcialmente cumplida, consistía en construir 15 poblados con todos los servicios básicos y casas con solar para las familias reubicadas, así como una carretera con tres puentes para atravesar los ríos; dinero por la expropiación de sus tierras y por el valor de sus casas en La Chinantla, así como 1
implementación de programas productivos con asesoría y capacitación. Numerosas familias chinantecas que decidieron no desalojar viven en pequeñas islas esparcidas por el vaso del embalse, en las comunidades Laguna Escondida, Amado Nervo, Nuevo Aguacate y otras, cuyo único medio de transporte son lanchas”. i Entre las comunidades está la del municipio de San Lucas Ojitlán, en el distrito de Tuxtepec. De los decretos expropiatorios afectaron las tierras por la construcción del proyecto Cerro del Oro y de las presas Miguel Alemán y Miguel de la Madrid sin mediar la indemnización conforme a la ley. De acuerdo con información institucional se tenían cuarenta y uno decretos expropiatorios respecto del municipio de San Lucas Ojitlán a favor de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con cargo a la Comisión Nacional del Agua de los cuales diez se encuentran ejecutados y treinta y uno no cuentan con antecedente de ejecución toda vez que el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (FIFONAFE) no había realizado el pago de las indemnizaciones correspondientes. De manera especial, los afectados por estas expropiaciones indican graves rezagos agrarios además de haber sido lesionados sus derechos. Algunas informaciones periodísticas señalan que “entre los ejidos afectados se encuentran Ideal de Abajo, Ideal de Arriba, Paso Limón, Santa Rosa, El Cantón y Laguna del Diablo quienes exigen que el gobierno les pague las tierras de primera calidad en las cuales sembraban frijol, maíz, ajonjolí, trigo y fueron reubicados en los predios I, II, III, IV y V, del municipio de Tierra Blanca y en el Valle de Uxpanapa en el estado de Veracruz donde las tierras son áridas”.ii No obstante estas afectaciones, “después de casi 60 años, el gobierno federal no ha indemnizado a más de 100 indígenas chinantecos y mazatecos de municipios de la Cuenca del Papaloapan, por el uso de sus tierras para la construcción de las presas Miguel Alemán Valdés y Miguel de la Madrid”. iii De igual forma, de conformidad con la información de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, corresponde a la Secretaría de Recursos Hidráulicos del Estado de Oaxaca la conclusión de las obras de infraestructura hidráulica, agrícola, social y urbana en lugares y zonas donde se reubicarán a campesinos beneficiados con el proyecto del Cerro del Oro. En este sentido, se considera oportuno el exhorto para que el Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el director de la Comisión Nacional del Agua para que informe sobre el estado de las indemnizaciones relativas a las expropiaciones que 2
afectaron las tierras comunitarias del municipio de San Lucas Ojitlán por la construcción del proyecto Cerro del Oro. Igualmente se considera oportuno el exhorto al director del Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (FIFONAFE) para que dé a conocer las razones por las que no había realizado el pago de las indemnizaciones correspondientes sobre treinta y un decreto expropiatorios de tierras comunitarias del municipio de San Lucas Ojitlán. Por otro lado, es oportuno el exhorto al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales para que dé a conocer cuáles han sido las acciones que ha llevado a cabo a fin de verificar el cumplimiento relativo a la conclusión de las obras de infraestructura hidráulica, agrícola, social y urbana en lugares y zonas donde se reubicarán a campesinos beneficiados con el proyecto del Cerro del Oro. Finalmente, la Proposición con punto de Acuerdo considera oportuno el exhorto a la Secretaría de Recursos Hidráulicos del Estado de Oaxaca para que dé a conocer cuál ha sido el avance de las obras de infraestructura hidráulica, agrícola, social y urbana en lugares y zonas donde se acomodarán a campesinos beneficiados con el proyecto del Cerro del Oro. Por lo anterior expuesto, se presenta a la consideración de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión la siguiente Proposición con punto de: ACUERDO PRIMERO.- La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales a informar sobre el estado de la ejecución de las indemnizaciones relativas a las expropiaciones que afectaron las tierras comunitarias del municipio de San Lucas Ojitlán del Estado de Oaxaca por la construcción del proyecto presa Cerro del Oro. SEGUNDO.- La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al Secretario de Medio Ambiente para que dé a conocer las acciones que ha llevado a cabo a fin de verificar el cumplimiento relativo a la conclusión de las obras de infraestructura hidráulica, agrícola, social y urbana en lugares y zonas donde se reubicarán a campesinos beneficiados con el proyecto del Cerro del Oro en el distrito de San Juan Bautista Tuxtepec del Estado de Oaxaca. TERCERO.- La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al Director de la Comisión Nacional del Agua a informar sobre el estado de la ejecución de las indemnizaciones relativas a las expropiaciones que afectaron las tierras comunitarias 3
del municipio de San Lucas Ojitlán del Estado de Oaxaca por la construcción del proyecto presa Cerro del Oro. CUARTO.- La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al Director del Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal para que dé a conocer las razones por las que no se ha realizado el pago de las indemnizaciones correspondientes sobre treinta y un decretos expropiatorios de tierras comunitarias del municipio de San Lucas Ojitlán del Estado de Oaxaca por la construcción del proyecto presa Cerro del Oro. QUINTO.- La Comisión Permanente exhorta respetuosamente al Secretario de Recursos Hidráulicos del Estado de Oaxaca para que dé a conocer cuál es el estado de las obras de infraestructura hidráulica, agrícola, social y urbana en lugares y zonas donde se reubicarán a campesinos beneficiados con el proyecto del Cerro del Oro en el distrito de San Juan Bautista Tuxtepec del Estado de Oaxaca. Suscribe,
Dip. Natalia Karina Barón Ortiz.
Sede de la Comisión Permanente, Ciudad de México, a 01 de junio 2017.
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Joel ROJO ORTA, Chinantecos desplazados por la presa Cerro de Oro, en Oaxaca, Revista El Cotidiano, No. 183, EneroFebrero, 2014. ii Chinantecos desplazados exigen el pago de sus tierras en: http://old.nvinoticias.com/cuenca/general/indigenas/96209chinantecos-desplazados-exigen-pago-sus-tierras iii Niega gobierno federal indemnizaciones a indĂgenas de Oaxaca en: http://www.nvinoticias.com/nota/56377/niegagobierno-federal-indemnizaciones-indigenas-de-oaxaca