MIÉRCOLES 11 DE DICIEMBRE DE 2024
Esmeraldas
MIÉRCOLES 11 DE DICIEMBRE DE 2024
Esmeraldas
Un estudio de InSight Crime advierte que el país vive una ‘paz mafiosa’. Documentó, a través de testimonios, cómo nacieron acuerdos, no socializados con la ciudadanía, entre autoridades carcelarias y presos. La primera alerta se dio hace más de una década. 7
Incendio destruye 4 viviendas en Aguas Claras, parroquia Daule
Policía Nacional intensifica operativos 4
Comunicación: la falla de los últimos tres gobiernos Sector privado se alista para un decrecimiento en ventas
Edmundo González vuelve a retar a la dictadura de Maduro 5 6 3 8
PABLO ESCANDÓN MONTENEGRO pescandon@gmail.com
Lobueno de las plataformas es la selección a la carta que podemos hacer. Quiero recomendar que no deje de ver La vuelta al mundo en 80 días, una producción francesa y africana, con una perspectiva novedosa que potencia dos personajes de la obra ficcional de Julio Verne, el primero es Paspartú, no lo escribo como debería ser, pero el mayordomo de Fogg presenta un desarrollo como personaje que nadie le había dado antes: un pasado político en la comuna de París, y algo muy destacable de las producciones europeas, la inclusión étnica.
El otro personaje es el de la señorita Fixx, que en la obra escrita es el inspector que persigue a Fogg porque supuestamente realizó el robo al banco y esta es su escapada. Aquí es la hija del dueño del periódico y se convierte en una cronista que descubre la vida de su padre en la India y le da la valía política de ser mujer en esa sociedad tan machista.
¿Y Fogg? Pues es un enamorado pusilánime con mucha suerte, que a raíz de ser muy flemático y conservador logra encajar en el trío de estos aventureros.
La serie es una reinterpretación de la obra de Verne y es muy adecuada y contemporánea, pues los personajes son actuales y la novela lo permite, pues al ser tan amplia y de aventuras, los guionistas encontraron un nuevo filón.
Y si de guionistas hablamos, les sugiero buscar El Quijote, una obra realizada por Televisión Española en la década de los noventa del siglo XX, con uno de los mejores guiones que novelista pudo haber escrito Camilo José Cela.
Fiel a la novela y al discurrir narrativo, los tiempos y hechos se trocan en la serie, y eso hace más cervantino y quijotesco el relato. Pero en esta serie, Cela pinta al Caballero de la Triste Figura y a Sancho, como a dos vecinos nuestros, más cercanos, más vinculados a nuestro siglo, a pesar de que la producción es de época. Busquen estas adaptaciones y confirmen que los clásicos nunca mueren, solo se reinterpretan, gracias a sus guionistas.
Pensamiento liberal: de la educación depende
Como ha escrito John Stuart Mill, “todo buen aporte nuevo necesariamente pasa por tres etapas: la ridiculización, la discusión y la adopción”. Si nos mantuviéramos con los criterios de los conservadores, nunca
Editor
Editor Regional: Josué Navarrete
Redacción: revistasemanal@lahora.com.ec
Publicidad: fesmeraldas@lahora.com.ec Año: XXVIII
El que un Estado sea diseñado con leyes tiene un sentido. Todos nos sometemos a las mismas reglas para evitar abusos, imposiciones, alejar apetitos de los poderosos y quienes dirimen son los jueces independientes. El poder Ejecutivo y el Legislativo deben estar separados. Eso, en teoría.
La tradición nació desde que el mundo supo que los poderes absolutos lastiman el crecimiento de las naciones y, claro, a las personas. Ecuador, en cambio, es una República joven y en aprendizaje, pues a veces olvida esta tradición y sus autoridades tensan la cuerda de la democracia; se arriesgan a probar si en verdad es resistente.
La publicación de la ley para la Mejora recaudatoria a través del combate al lavado de activos en el Registro Oficial deja a las autoridades de dos poderes de la nación en
total evidencia. Un Ejecutivo que decreta un nuevo impuesto y un Legislativo sin estrategia contundente para frenarlo.
Más allá de la apasionada discusión acerca de si el proyecto requería uno o dos debates en la Asamblea, antes de archivarlo, la ciudadanía es, nuevamente, un espectador importante ante las disputas del poder.
Si el Presidente quiere que sus leyes entren en vigencia, sin anuencia de la Asamblea, debería dejar de buscar grietas en las leyes y en la Constitución, y cambiar las reglas del juego. Pero debe definirse si, en esa aventura, quiere adoptar un modelo de libre mercado, participación equitativa del sector privado, o si quiere perpetuar el modelo estatista y populista, más parecido a la izquierda populista latinoamericana, que es lo que hoy se vive en Ecuador.
hubiéramos pasado del garrote, el taparrabo y la cueva.
Las cosas del pasado no necesariamente hay que endosarlas al futuro. La historia no es un proceso lineal inmutable, aunque se debe aprender de ella para no repetir errores.
Recalco el equilibrio presupuestario que ha logrado Argentina, la reducción del gasto público en 30%, una decidida reducción en la inflación, haber revertido el desorden y el caos que reinaban en las calles.
El presidente Javier Milei sostiene que todo el aparato estatal es una asociación inconveniente
DANIEL MÁRQUEZ SOARES dmarquez@lahora.com.ec
El mundo que se acabó
Haceapenas dos décadas, existía un consenso entre las élites mundiales de que el futuro sería democrático, capitalista e integrado. Se juzgaba que era cuestión de tiempo hasta que las dictaduras colapsaran y se convirtieran en regímenes respetuosos de las libertades, y hasta que los diferentes bloques del mundo se fundieran en un solo mercado de bienes y servicios. Se suponía, además, que el fortalecimiento y la evolución de los estados nacionales era una certeza, y que las instituciones terminarían imponiéndose paulatinamente en cada rincón del globo; se creía que no podía existir desarrollo sin democracia. Bajo esa narrativa, era inevitable que países como China y Rusia se convirtieran en democracias liberales de corte occidental —por eso se impulsaba tanto su incorporación a los multilaterales—, y resultaba lógico derrochar billones para crear un estado funcional en Afganistán, exportar democracia a Irak o impulsar acuerdos de libre comercio en toda región. La reelección de Donald Trump ha terminado de sepultar aquel ideal de inicios de siglo. Hoy el mundo es diferente. Hay países razonablemente prósperos sin un régimen de libertades —tanto en Asia como en Oriente Medio — y potencias autoritarias que ya nadie osa esperar que se tornen democráticas. No hay integración, sino fragmentación. El sueño de un área de libre comercio americana está acabado, y cada vez surgen más dictaduras en el continente —Venezuela, Nicaragua, El Salvador, y otras gestándose—. Hay estados que se han entregado en cuerpo entero al crimen organizado transnacional —Jamaica, Guinea Bissau, Albania, Venezuela, etc.— y otros que simplemente han descendido a una anarquía hobbesiana —Somalia, Haití, Libia, Afganistán, ahora Siria—. Cansadas de perder tiempo y recursos en proselitismo democrático, las sociedades occidentales se encierran sobre sí mismas. Los ecuatorianos necesitamos entender que, en este mundo, estamos en serio riesgo de descender al caos.
que no debiera existir, pero dadas las condiciones y circunstancias adopta la noción de una estructura estatal lo más reducida e indispensable posible. Esto no quiere decir que debemos paralizar las ideas y dejar de proponernuevosparadigmas.Bajo mi computadora tengo un letrero que reza nullius in verba, lema de la Royal Society de Londres, y se traduce en que no hay palabras finales; la historia intelectual del pensamiento liberal Lo último que escribí en materia de educación para discutir y desmenuzar en una línea argumental que pueda servir para
generaciones venideras: como prólogo al libro recién publicado por el Rector de la Universidad del CEMA, Edgardo Zablotsky, léase que de la educación depende todo lo demás. De allí el célebre dictum del marxista Antonio Gramsci: “Tomen la cultura y la educación, el resto se da por añadidura”, un consejo para el adoctrinamiento tomado por el estatismo militante, en lugar de lo escrito por Krishnamurti en cuanto a que “la educación enseña cómo pensar, nunca qué pensar” siendo el pensamiento crítico e independiente la clave del tema educativo. Las confrontaciones riguro-
sas logran pasos gigantes en el avance de la civilización. Como ha escrito el profesor austríaco en la Universidad de Georgetown, Erik Kuehnelt-Leddihn: “Si se quiere llegar a la fuente necesariamente se debe nadar contra la corriente”. Y para terminar con algo de humor, decía Cantinflas: “Una cosa es ganarse el pan con el sudor de la frente y otra bien distinta es ganarse el pan con el sudor del de enfrente”.
Un voraz incendio destruyó 4 viviendas en Aguas Claras, parroquia Daule, cantón Muisne, dejando a 12 personas damnificadas, entre ellas 6 niños. La alcaldía activó el Plan Misión Familia para brindar ayuda inmediata a los afectados. Se espera apoyo adicional.
La madrugada de este martes, un devastador incendio consumió por completo cuatro viviendas en la comunidad de Aguas Claras, ubicada en la parroquia Daule, al sur del cantón Muisne. El siniestro, registrado alrededor de las 04:20, dejó a 12 personas sin hogar, entre ellas 6 niños. Las familias afectadas han perdido todos sus bienes materiales, enfrentando ahora una situación crítica
que requiere de apoyo humanitario inmediato.
Familias pierden todo y piden ayuda
El fuego, que se propagó rápidamente, puso en peligro las viviendas aledañas, aumentando la desesperación de los vecinos que intentaron contener las llamas sin éxito. Entre los testimonios destaca el de María, una de las damnificadas, quien re -
lató cómo despertó debido al calor y el humo, logrando escapar junto a sus tres hijos sin tiempo para rescatar sus pertenencias. Esta tragedia ha sumido a las familias en la incertidumbre, al depender ahora de la solidaridad de la comunidad y las autoridades para reconstruir sus vidas.
Respuesta inmediata de la alcaldía de Muisne
Ante la emergencia, la alcaldesa del cantón Muisne, Yuri Colorado Márquez, activó el Plan Misión Familia, un programa diseñado para atender catástrofes de esta índole. Personalmente, la alcaldesa
se trasladó al lugar para entregar ayuda directa a las familias afectadas, consistente en colchonetas, cocinetas, kits de higiene y alimentos. Además, anunció que se están realizando gestiones para que el gobierno nacional brinde apoyo adicional en el menor tiempo posible. La rápida acción de las autoridades locales fue reconocida por los damnificados, como Eduardo Burgos, quien expresó su gratitud por el respaldo brindado desde las primeras horas del siniestro. Sin embargo, queda mucho por hacer para que estas familias puedan superar las
pérdidas y recuperar una vida digna.
Coordinación y apoyo continuo
La jefatura de Riesgos del cantón Muisne también se activó de inmediato para evaluar los daños y coordinar esfuerzos con las instituciones de socorro. Mientras tanto, las autoridades locales hacen un llamado a la ciudadanía y organizaciones humanitarias para que contribuyan con donaciones y recursos que permitan aliviar la difícil situación de las familias afectadas por este devastador incendio.(DLH)
3.-
La Policía Nacional intensifica operativos en Esmeraldas: incautación de 17.100 gramos de marihuana, controles nocturnos y patrullajes permanentes. Además, se lograron aprehensiones por delitos de robo, fortaleciendo la seguridad y confianza ciudadana.
La Policía Nacional continúa trabajando arduamente en Esmeraldas para combatir el crimen organizado y garantizar la seguridad ciudadana. En los últimos días, los operativos ejecutados en diversos puntos de la provincia han dado resultados significativos, incluyendo la incautación de drogas, el fortalecimiento de controles nocturnos y la aprehensión de implicados en robos.
Incautación de droga en Rioverde
En un importante operativo de control realizado en el cantón Rioverde, la Policía logró incautar 17.100 gramos de marihuana. Este cargamento, camuflado entre diversos productos, estaba destinado al comercio ilícito. Esta acción representa un golpe al tráfico de drogas en
la región y refuerza el compromiso de las autoridades para frenar esta problemática que afecta a la comunidad.
Controles nocturnos y patrullajes constantes
Con el objetivo de fortalecer la seguridad ciudadana, se han intensificado los controles nocturnos en diferentes sectores de Esmeraldas. Estos operativos se enfocan en el registro de personas y vehículos, detectando actividades sospechosas y previniendo posibles delitos. Además, los patrullajes permanentes buscan garantizar el orden público en zonas vulnerables, reforzando la confianza de los ciudadanos en las autoridades.
Aprehensiones por delitos de robo
La lucha contra el robo tam-
bién ha sido una prioridad. En operativos realizados en barrios del sur de Esmeraldas, se logró la captura de un individuo implicado en el hurto de una motocicleta, recuperando el vehículo sustraído. Asimismo, en el cantón Quinindé, tras una persecución ininterrumpida, se detuvo a dos personas, una de ellas menor de edad, quienes habrían cometido un robo similar. Estas acciones evidencian la capacidad operativa de la Policía para actuar rápidamente ante los delitos.
Compromiso con la seguridad ciudadana
La Policía Nacional reafirma su compromiso con Esmeraldas mediante acciones preventivas y operativos focalizados que buscan reducir los índices delictivos.(DLH)
El manejo de la comunicación de un Gobierno depende de la gestión gubernamental y de los recursos disponibles para ejecutar obras, según expertos que han pasado por la Secretaría de Comunicación en los periodos de Lenín Moreno, Guillermo Lasso y Daniel Noboa.
Hay algo en común entre los Gobiernos de Lenín Moreno (2017-2021), Guillermo Lasso (2021-2023) y Daniel Noboa (2023-2024). Ninguno se salva de los cuestionamientos al manejo de la comunicación.
En el actual período, las críticas llegan desde el mismo partido de Gobierno, como sucedió con el legislador Adrián Castro.
Pero, ¿por qué es importante la comunicación en un Gobierno? Gustavo Isch, sexto secretario de Comunicación en el período de Moreno, explica que es una prioridad porque si el gobernante pierde la conexión con los ciudadanos, se produce una falta de certezas e incluso una ingobernabilidad
Leonardo Laso, quien fue el segundo de cuatro secretarios de Comunicación de Guillermo Lasso, destaca que la comunicación permite ganar gobernabilidad y mantener a la gente como aliada. Pero advierte que esto se logra al definir ejes estratégicos que respondan a las necesidades de la ciudadanía y se informe sobre los avances. “Uno en la comunicación no puede inventar, la comunicación obedece a la gestión. Si hay gestión, puedo comunicar. Si la gestión no funciona, voy a tener problemas”.
Roberto Izurieta, exsecretario de Comunicación de Noboa, divide su análisis entre la comunicación en medios tradicionales y redes sociales Fallas en tres gobiernos Para Isch, un riesgo en una estrategia de comunicación empieza por una deficiente estrategia política o por los nexos de los políticos con grupos de interés. “Siempre son obstáculos que impiden el desarrollo apropiado de una buena estrategia de comunicación. Siempre hay comunicadores en los círculos
de los gobernantes que siembran dudas”, refiere respecto a funcionarios que generan rumores y velan por sus propios intereses. Lo que termina dañando la imagen de todo un Gobierno. Añade que la comunicación no puede “disfrazar” lo que ocurre dentro de un Gobierno ni lo que no se hace para la ciudadanía.
Isch hace una diferencia entre una comunicación de Gobierno y la del mandatario. Dice que si un jefe de Estado no logra administrar una o ambas, no hay comunicación que le sirva y su imagen no generará empatía con la gente. “Les pasó a los tres (presidentes), pero mucho más a Lasso y a Noboa”.
El anticorreísmo ha definido la estrategia Resume Isch que a Moreno le tocó lidiar con la oposición del correísmo, intentar desmontar la institucionalidad pública iniciada por esa tienda política y enfrentar la pandemia de Covid-19.
Laso refiere que ese Gobierno basó su estrategia en separarse del correísmo al distanciarse del exvicepresidente Jorge Glas, lo que le permitió sostenerse con el respaldo de élites anticorreístas. Además, Moreno pronunciaba reflexiones con sentido cómico sobre la física cuántica, que le generó un estilo carica-
turesco, según Laso.
Comunicación debe ser oportuna Sobre el Gobierno de Lasso, Isch observa que la comunicación estuvo anclada a una estrategia publicitaria y no entendió las dinámicas que se imponen en la gestión pública. “Su actitud arrogante y su manejo publicitario de la comunicación lo llevó a decir que en 100 minutos iba a arreglar el desastre del país con su nuevo Gobierno”, recuerda.
Leonardo Laso dice que Noboa maneja mejor que Lasso el sentido de la oportunidad para tomar decisiones. “El desgaste de no aprovechar la oportunidad y no hacer las acciones políticas y comunicacionales oportunamente, es algo que desgasta y eso era lo que pasaba en el Gobierno de Lasso”, reconoce. Justifica que hubo “anarquía” para ordenar el trabajo de la comunicación.
Falta de voceros
“La comunicación es una de las debilidades que hemos tenido porque cuando se juntan todos los enemigos del Gobierno, opacan mucho la comunicación gubernamental. Hemos detectado que esa es una debilidad que hay que trabajarla mejor en enero”, reconoce el asambleísta y candi-
de generación renovable para la inversión privada. La última actuación del Gobierno en materia de proyectos fue enviar al Registro Oficial la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, pese a que primero se publicó la resolución de archivo enviada por la Asamblea.
Las redes sociales, ‘un éxito’ de Noboa “Una cosa es con plata y otra cosa es sin plata”, expresa Izurieta desde un “análisis no político” al hablar de la comunicación y los retos de los diferentes Gobiernos. En el de Correa hubo “enorme cantidad de recursos”, pero cuando los Gobiernos no tienen recursos deben ser sumamente eficientes, apunta.
dato por ADN, Adrián Castro. Esa es la principal debilidad, el resto son líneas de acción a cubrir, resalta. Ishc menciona que falta coordinación y preparación de los voceros. Ve que Noboa es un joven políticamente inexperto cuya comunicación trata de construir una imagen de liderazgo por medio de una campaña permanente e intensiva en redes sociales. “Noboa no entiende la diferencia entre ser un influencer y un líder. Se ha rodeado, en su mayoría, de pésimos voceros públicos”. Esto ha llevado a que terminen siendo “contra comunicadores ” del propio Gobierno y Noboa endilga sus errores en la conducción del país a la oposición, señala. Leonardo Laso recuerda que inicialmente este Gobierno “patinaba mucho porque no podía ni definir los horarios de cortes (de luz)”. Pero ve que ahora tiene más control del mensaje, aunque estima que tiene otro problema más serio, el desconocimiento de lo público por ser un mandatario joven, con un equipo de trabajo novato. “Se les ve cometer errores en términos jurídicos, políticos, de plantear las cosas”, dice al ejemplificar que en la Ley No Más Apagones, enviada a la Asamblea Nacional, se planteó un techo de 10 megavatios en proyectos
“La comunicación está directamente relacionada con la capacidad que tiene un Gobierno para responder con obras y realidades”, resalta. Ejemplifica que en el Plan Fénix importan los resultados, pero que estos también están limitados por los ingresos que tiene el Gobierno para producir esos resultados.
Destacó la “fuerza política” de Noboa en las redes sociales. Considera que la comunicación de este Gobierno “ha estado marcada por su propia campaña y sus propias características personales”, como edad, flexibilidad y capacidad con las redes sociales. En su campaña y su Gobierno, Noboa “ha sido sumamente exitoso en el manejo de las redes sociales, creo que solo Rafael Correa ha estado cerca de ese éxito”. Advierte que el reto del actual Gobierno son los medios tradicionales.
Factor común en los Gobiernos
Para Laso, el factor común identificado en los problemas de los tres Gobiernos es la falta de sensibilidad porque la comunicación no atiende los problemas de la ciudadanía. Isch ve que para gobernar “todos” tienen que “negociar” con el correísmo, por lo que se genera un cortocircuito entre lo que los gobernantes dicen en campaña electoral y lo que terminan haciendo. Se refiere a los Gobiernos de Lasso y Noboa. (KSQ)
Los ecuatorianos y las empresas han sentido tres golpes fuertes en su economía durante 2024: la inseguridad, el fuerte incremento de impuestos y los apagones. Pese a eso, el Gobierno de Daniel Noboa pinta un escenario de crecimiento y recuperación.
A pesar del discurso oficial desde el Gobierno de Daniel Noboa, sobre que “la economía del Ecuador se recupera. Las ventas de la economía ecuatoriana están al alza durante el segundo semestre de 2024”, la realidad revela una situación completamente contraria.
Santiago Mosquera, economista y decano de la Escuela de Negocios de la Universidad de las Américas (UDLA), asegura que, con los cortes de luz que se mantienen desde la última semana de septiembre, la economía ha sufrido mucho.
“Tengo un estimado, solamente para el último trimestre de 2024, de una caída de -5% del Producto Interno Bruto (PIB). Eso significa una contracción económica del -1,2% del PIB para todo 2024”, acotó Antes de los apagones se proyectaba un crecimiento en todo 2024 de entre el 0,3% y el 0,8%, es decir, mucho menos del 1,2% que cada año crece la población. En otras palabras, ya antes de la crisis eléctrica se esperaba menos riqueza, oportunidades de empleo y calidad de vida para cada ecuatoriano.
Otros analistas como el exministro de Economía, Fausto Ortiz; o Jaime Carrera, del Observatorio de la Política Fiscal, ya han proyectado una caída que podría llegar hasta el -1,5% del PIB para todo 2024.
La economía ecuatoriana, durante el primer trimestre de 2024, cayó en recesión, según nueva nota técnica titulada ‘El ciclo económico y el sistema de indicadores compuestos económicos’, elaborada por el Banco Central del Ecuador (BCE).
Tres golpes directos a la economía “Entre enero y septiembre de
2024, se produjo una caída total del -0,4% en las ventas internas. No se puede sacar conclusiones sobre las ventas totales de la economía, porque ahí se confunde lo interno con lo externo. Tenemos una economía a dos ritmos. Que por el lado externo le está yendo relativamente bien, mientras por el lado interno la economía está muy deprimida, muy afectada por los tres golpes fuertes que se ha tenido este 2024: la inseguridad, el fuerte incremento de impuestos y los apagones ”, afirmó Alberto Acosta Burneo, economista y editor de Análisis Semanal.
En conclusión, el sector externo crece, como ya ha sucedido en otros momentos, a pesar de los problemas internos de Ecuador, pero el mercado interno está golpeado y se genera menos empleo e ingresos.
Marcia Yazbek, empresaria que lidera la plataforma mujeres por Ecuador ,
ha explicado que más allá de las ventas que se perdieron (y no se van a recuperar por los apagones) “indudablemente que declarar el conflicto armado interno desalentó la inversión y dejaron de venir los turistas”.
Las proyecciones de llegada de visitantes eran de 2 millones en 2024, pero se cerrará con mucho menos que eso.
Además, Yazbek recalcó que el empleo no se genera por decreto. “Si continúa la inseguridad, la baja del consumo y de los ingresos, las pérdidas económicas seguirán incrementándose”, apuntó.
Asimismo, el último análisis del comportamiento y las expectativas del sector empresarial, elaborado por el Banco Central del Ecuador (BCE), desnuda la crisis económica del país.
Solo el 33% del sector comercial proyecta una mejoría en las próximas semanas y meses. Lo mismo piensan
el mismo período de 2023 (enero-septiembre), y esta contracción fue aún más pronunciada en las ventas gravadas con IVA, que cayeron un -3,8%.
“Dado este panorama, es previsible que las ventas cierren el año en cifras negativas, especialmente considerando que octubre y noviembre fueron los meses más afectados por los apagones y sus repercusiones económicas. Lo que sí es importante resaltar, es que la caída en ventas podría haber sido mayor si no fuera por la resiliencia del sector empresarial, que, a pesar de las dificultades, resiste y encuentra siempre maneras de seguir avanzando”, aseveró González.
La inversión es muy sensible ante las recesiones y suele tener caídas importantes durante estos períodos, especialmente por las expectativas a futuro. Las empresas prefieren suspender sus proyectos de expansión y esperar que la condición económica del país mejore.
el 20% de los constructores, el 24% de los empresarios manufactureros y el 19% de los empresarios del sector de servicios.
Esto delata a una economía en recesión en donde se cumplen las siguientes características:
1El consumo disminuye, especialmente la compra de bienes inmuebles, alimentos y vehículos, así como las compras asociadas a los créditos. En el caso de los vehículos, se registra una caída del 15% en la facturación hasta septiembre de 2024. Miguel Ángel González, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, explicó que las cifras actualizadas de ventas hasta octubre aún no están disponibles para un análisis público detallado.
Sin embargo, los datos hasta septiembre reflejan una tendencia preocupante. Las ventas locales registraron una disminución del -1,4% en comparación con
Como ya ha analizado LA HORA, no solo que la inversión interna está frenada, sino que este 2024 se registra una caída histórica de la Inversión Extranjera Directa (IED).
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Debido a la caída del consumo, las empresas deben producir menos bienes y servicios para que no haya un exceso de oferta, por ello despiden trabajadores para ajustar su producción y aumenta así el desempleo
Si no reducen su producción, se puede provocar un aumento atípico de los inventarios, como ocurrió en el primer trimestre de 2024 en Ecuador
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Inflación. En períodos de recesión suele ser baja debido a la baja demanda de los productos. En noviembre de 2024, según el último informe del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) , la inflación mensual fue del -0,26%, pero no como consecuencia de mayor producción y productividad, sino que debido a que el bolsillo de los ecuatorianos está golpeado y consumen menos (JS)
La ‘paz mafiosa’ y la ‘zona gris criminal’ nacen de acuerdos no socializados con la ciudadanía, entre autoridades y presos. De esta forma las economías criminales crecen, a tal punto que en las cárceles hay bancos que prestan dinero y cobran intereses.
SINDICATO DE CHOFERES PROFESIONALES DE PICHINCHA CONVOCATORIA
A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE SOCIOS ACTIVOS Y JUBILADOS
En observancia a lo dispuesto en los artículos 21, 22 y 32, letra d) del Estatuto Social Reformado, del Sindicato de Choferes Profesionales de Pichincha, se CONVOCA a las señoras y señores socios activos y jubilados que se encuentren debidamente acreditados, a la Asamblea General Extraordinaria a celebrarse el día viernes 20 de diciembre del 2024 a las 08h00 en las instalaciones de la Escuela de Capacitación de Conductores Profesionales, ubicadas en la calle Inglaterra 30 – 197 y Vancouver del Distrito Metropolitano de Quito, a fin de conocer, tratar y resolver el siguiente orden del día:
1. Constatación del quórum a cargo de la Secretaría de Actas y Comunicaciones;
2. Instalación de la Asamblea General por parte del señor Secretario General;
3. Himno Nacional de la República del Ecuador;
4. Informe de la Comisión Fiscalizadora sobre el movimiento económico, financiero y contable del ejercicio económico del año 2023;
5. Informe de la Secretaría de Finanzas del ejercicio económico del año 2023;
6. Informe Administrativo del Secretario General del Sindicato de Choferes Profesionales de Pichincha, Fabricio Vivanco Vergara, con respecto al año 2023;
7. Himno a la ciudad de Quito; y,
8. Agasajo Navideño 2024 a los socios y socias del Sindicato de Choferes Profesionales de Pichincha legal y debidamente habilitados.
Conforme dispone el Art. 23 del Estatuto, se deja constancia que, de no haber quórum a la hora señalada, los socios quedarán convocados una hora más tarde y una vez transcurrida ésta, se dará inicio a la Asamblea General con los socios asistentes y acreditados; y, sus resoluciones serán obligatorias.
Nota: Los socios activos y jubilados para ingresar y participar de la Asamblea General Extraordinaria, deberán observar y cumplir con la disposición del artículo 16 del Estatuto Social vigente; esto es, con la presentación del carne sindical actualizado y su cédula de ciudadanía.
D.M. Quito, 09 de diciembre de 2024
Atentamente, UNIÓN, FUERZA Y ACCIÓN
Sr. Wilson Fabricio Vivanco Vergara Sr. Paco Ernesto Velasco Bucheli SECRETARIO GENERAl SECRETARIO DE AA.CC.
Una vez que el crimen organizado logró capitalizar las cárceles “vinieron los acuerdos, acuerdos por debajo de la mesa sobre quién maneja las prisiones”, dijo una exfuncionaria del Gobierno que investigó el sistema penitenciario, y que fue entrevistada para el estudio ‘Tras las rejas, fuera de control: la caída de las prisiones de Ecuador y el ascenso de sus mafias ’, de InSight Crime.
La teoría de pactos entre el Gobierno y líderes delincuenciales dentro de las cárceles, ya la había planteado el investigador Luis Córdova Alarcón, en su estudio llamado ‘ ¿Qu é hacer –y no hacer– para contrarrestar la violencia criminal?’
Ambos señalan que en el régimen de Rafael Correa se tejió una red de apoyo estatal para proteger a bandas del crimen organizado, lo que beneficiaba a los grupos delictivos que operaban en silencio y realzaba la imagen del entonces Presidente, quien presumía que Ecuador era una isla de paz, cuando en realidad había “una paz mafiosa” que abrió la puerta al
donde se acuerda la acción o inacción estatal, en definitiva, es el espacio de “respeto” que permite a todos los actores (gubernamentales y criminales) beneficiarse. Cuando el Gobierno cambia, esas zonas grises suelen verse amenazadas e inicia una ola de violencia. Los ejemplos son claros, pues las mayores matanzas carcelarias iniciaron tras terminar el mandato de Correa.
El avance criminal en las cárceles les ha permitido a las bandas criminales generar millonarios ingresos . De hecho, InSight Crime reporta que dentro de las prisiones hay bancos donde los líderes de bandas ofrecen préstamos de dinero a otros presos y les cobran altas tasas de interés (tipo chulco).
El Gobierno de (Rafael) Correa no desactivó la crisis penitenciaria de Ecuador. Por el contrario, la preparó para explotar”
INFORME INSIGTHCRIME
narcotráfico.
Los hechos refuerzan esta afirmación pues en el mismo per í odo que el régimen de Correa lograba los “mejores resultados” en su lucha antinarcóticos –según la DEA–, la organizaci ó n criminal de alias ‘Gerald’ tambi é n logr ó expandirse y consolidarse hasta convertirse en el mayor narcotraficante ecuatoriano. “El gobierno y el crimen organizado salieron ganando”, indica Córdova Alarcón
“El Gobierno de (Rafael) Correa no desactiv ó la crisis penitenciaria de Ecuador. Por el contrario, la preparó para explotar”, destaca InsigthCrime.
Los presos tienen su propio banco Los pactos entre gobernantes y delincuentes crearon la llamada «zona gris de criminalidad» que es el espacio
“Existían bancos internos, que manejaban efectivo y realizaban operaciones de usura. Si los presos necesitaban dinero en efectivo dentro, podían obtenerlo del banco a cambio de una comisión”, señala el estudio.
Fundaciones que nacen del crimen En el millonario negocio de la extorsión (en promedio la familia de un preso paga más de $250 para que acceda a alimento, cobijas y más) y otros “servicios” en las cárceles se lava, no solo en empresas fachada , también hay organizaciones criminales que tienen fundaciones.
“Incluso se han dado casos de mafias que han creado fundaciones sociales. Los Tiguerones , en su territorio natal de Esmeraldas, por ejemplo, crearon una asociación para formar a jóvenes como soldadores”, señala una lideresa barrial a InSight Crime.
Incluso, los líderes delincuenciales costean la universidad de quienes, a futuro, podrían ser sus abogados o testaferros. Mucho del dinero para estas acciones sale de las cárceles. Los servicios de inteligencia policial han llegado a calcular que cada año se mueven alrededor de $120 millones, gracias a una red de varias actividades ilegales dentro de prisiones. (DLH)
El presidente electo de Venezuela, Edmundo González Urrutia insiste en que tomará posesión el 10 de enero de 2025.
MADRID. El opositor venezolano Edmundo González ha insistido este 10 de diciembre de 2024 en que acatará el sentir de los más de siete millones de compatriotas que confiaron en él en las elecciones del 28 de julio y que por tanto asumirá como presidente del país el próximo 10 de enero de 2025.
“Más pronto que tarde, nuestro país logrará el cambio que tanto anhela”, ha dicho en el acto ‘El reto de la liberación en Venezuela’ , celebrado en la sede de la Asociación de la Prensa de
Madrid y en el que también ha participado a través de videoconferencia María Corina Machado.
“Con miedo no se va a la guerra. Estoy convencido de que voy a viajar a Venezuela por alguna vía”, ha enfatizado González ante la posibilidad de llegar al país y ser detenido por las autoridades venezolanas.
Para Machado, es Nicolás Maduro “quien está contra la pared” y no descarta que González tome posesión del cargo de presidente en la Asamblea Nacional más
tarde del 10 de enero de 2025, como está previsto.
En ese sentido, ha reclamado para tal fin “el máximo apoyo de las democracias del mundo”, así como la presión allá en Venezuela de los millones de venezolanos que votaron por él. Así “lo demanda el más sentido de humanidad”, ha manifestado.
Junto a víctimas del ‘régimen criminal’
Acompañado de varios familiares de víctimas del “régimen criminal” de Nicolás Maduro, González ha puesto
en valor a todos aquellos que en Venezuela han padecido y siguen haciéndolo la represión del chavismo, así como a las organizaciones de Derechos Humanos que trabajan por ellos.
“En la última década, han pasado por la cárcel más de 17.000 personas por motivos políticos”, ha asegurado el dirigente opositor, que ha denunciado que muchos de estas “detenciones arbitrarias” han derivado en “desapariciones forzosas”.
Actualmente, ha enumerado “más de 1.900 presos
políticos ” en las cárceles del país, entre ellos casi medio centenar de menores de edad , pero también personas de edad avanzada.
Por su parte, María Corina Machado ha destacado que “lejos” de apaciguar el “ansía de cambio” en la sociedad venezolana, el “régimen” de Maduro “ha levantado un movimiento de cambio social como nunca” en el país
“Venezuela está en pie, las acciones del régimen no son manifestaciones de fortaleza, sino de desaparición , le queda pretender el uso de la fuerza e ignorar el sentir de un pueblo que decidió ser libre , esto no tiene vuelta atrás”, ha enfatizado.
Machado también ha afirmado que “hoy en Venezuela se está librando la lucha por la democracia en América y Occidente” y ha destacado el “aislamiento” cada vez mayor de un “régimen” que ha visto como “aliados tradicionales como Siria, hayan colapsado”.
Ambos han adelantado que el mundo conocerá “todas las violaciones” que se han cometido durante todos estos años una vez González asuma el poder. “Los crímenes tiene consecuencias” y quienes los hayan cometido se enfrentarán a la Justicia”, ha advertido Machado. (EUROPA PRESS)
De conformidad con lo expuesto en el Art. 197 de la anterior ley de compañías se comunica que los títulos-Acción de Banco de la Producción S.A. Nos. 1821 y 2287 se han extraviado. En consecuencia, dichos títulos carecen de validez. 001-003-5016
El Gobierno de Javier Milei dio un paso contra el adoctrinamiento político al prohibir símbolos y referencias de partidos políticos en edificios públicos.
MADRID. El Gobierno de Argentina ha aprobado este 10 de diciembre de 2024 un decreto en virtud del que se prohíben la simbología o referencias a personas que puedan interpretarse como “propaganda política partidaria ” en edificios públicos, oficinas o bienes que sean propiedad del Estado.
En concreto, el texto estipula la prohibición de “exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política”.
El decreto incluye un segundo artículo en el que se destaca que no se podrá denominar ningún bien público con el nombre de personalidades políticas antes de que hayan transcurrido al menos diez años de su fallecimiento o de los acontecimientos que se pretendan honrar.
“Tampoco podrán asignarse denominaciones que correspondan a personas que hayan ejercido funciones como autoridades na-
cionales, provinciales o municipales mediante actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático”, añade el texto, recogido por ‘Clarín’.
Asimismo, los funcionarios públicos, sin importar su rango, estarán impedidos de utilizar recursos o bienes del Estado con la finalidad de “promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal”.
Las autoridades argentinas han habilitado un apartado en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) para que la ciudadanía pueda denunciar el incumplimiento de alguna de estas normas, que constituiría una infracción grave en el ejercicio de la función pública, aunque sin sanción administrativa, patrimonial ni penal.
Medidas contra el adoctrinamiento político
El Gobierno del presidente argentino, Javier Milei, que este 10 de diciembre cumplió un año en el cargo, ha impulsado ya varios procesos de
“reordenamiento en los espacios públicos”, como la retirada de fotografías y bustos de la ex primera dama Eva Perón de las sedes del Ministerio de Capital Humano.
También en noviembre se retiró el busto del expresidente Néstor Kirchner (2003-2007) de las oficinas centrales de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) en Ciudad de Buenos Aires; así como un mural del exmandatario que adornaba la sede del Correo Argentino, también en la capital.
“Los recursos y bienes del Estado Nacional son públicos y deben estar al servicio de la comunidad en general y no de intereses particulares o partidarios que suponen una imposición forzada a la memoria colectiva”, argumentó entonces el Gobierno, mientras que desde el Ministerio de Capital Humano subrayaron que “los edificios públicos son de todos”.
Además, se modificó la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para prevenir el adoctrinamiento político en el ámbito educativo. El argumento del Gobierno de MIlei para impulsar estas medidas es que la utilización de bienes públicos para la promoción política crea confusión entre lo público y lo partidario, y afecta la neutralidad que debe caracterizar a la administración pública. (EUROPA PRESS)
MIÉRCOLES 11 DE DICIEMBRE DE 2024
El Niño Viajero tendrá un nuevo traje para la Gran pasada el 24 de diciembre de 2024. El vestido fue confeccionado por las hermanas del Monasterio del Carmen de la Asunción, quienes presentarón la prenda especial que lucirá el Niño Viajero este 24 de diciembre en la Gran pasada. API
MIÉRCOLES, 11 DE DICIEMBRE DE 2024
AUTOR: DR. MAURICIO
BAYARDO ESPINOSA BRITO
La contestación a la demanda y la reconvención constituyen instituciones procesales previstas en el ordenamiento con el fin de ordenarlo, de manera que la controversia surgida pueda ser conocida y resuelta por los jueces.
La contestación a la demanda es el acto procesal deducido por el demandado, en el cual se pronuncia respecto de la pretensión o las pretensiones del actor, allanándose parcial o totalmente, o excepcionándose, ya sea en cuanto a la forma de reclamar o en cuanto a la extinción o desestimación de las pretensiones del accionante. La reconvención, ha sido catalogada doctrinariamente como aquella una acumulación de pretensiones permitida por la ley, para que el demandado incorpore al proceso las pretensiones que de otra manera tendría que deducirlas en un juicio aparte, dicha institución permite concentrar en un solo juicio todos los aspectos controvertidos entre las dos partes, para evitar que se divida la continencia de la causa y se produzca economía procesal. Antecedentes Legislativos de las instituciones procesales examinadas
La contestación a la demanda, bajo la normativa de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, estaba regulada en su contenido, ya que dicha ley disponía “expondrá los fundamentos de hecho y de derecho de sus excepciones, se referirá a todas las impugnaciones del actor, enunciará las pruebas que va a rendir y señalará domicilio dentro del perímetro legal…”1. Igualmente disponía: “Al contestar la demanda, el demandado presentará los documentos en que funda su derecho, y si no obraren en su poder, designará el archivo,
oficina, protocolo o persona en cuyo poder se encuentran2.”
En caso de no contestarse la demanda, la referida ley disponía: “Si el demandado no contestare la demanda dentro del término concedido para el efecto, a solicitud del actor, será declarado en rebeldía; se le hará conocer esta providencia y no se contará más con él. Pero si el rebelde compareciere, se lo oirá, y tomará la causa en el estado en que la encuentre3”.
La normativa anterior al COGEP establecía: “Con la contestación de la demanda se mandará notificar al actor, y en la misma providencia, caso de haber hechos que deban justificarse, se abrirá la causa a prueba por el término de diez días, en el cual se practicarán las diligencias probatorias que se solicitaren. Cuando la controversia versare exclusivamente sobre cuestiones de derecho, contestada la demanda se notificará a las partes, y sin otra sustanciación el Tribunal pronunciará sentencia en el término de doce días.”
Finalmente la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa establecía: “En todo lo no
previsto en esta Ley se aplicarán, en cuanto fueren pertinentes, las disposiciones del Código de Procedimiento Civil. 4 ”, así en aplicación de aquél régimen se realizaba una calificación de la demanda, disponiendo en casos excepcionales se aclare la misma. Únicamente en las controversias que versaban sobre contratación pública era admisible la reconvención y en resto de controversias subjetivas, objetivas y de otra naturaleza distinta se inadmitían las reconvenciones deducidas. En el ejercicio profesional, no evidencié una contestación a la demanda que fuera inadmitida, por incumplir prescripciones legales o deficiencias en el cumplimiento de las disposiciones de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o del Código de Procedimiento Civil, pese a que el Art. 102 del Código de Procedimiento Civil disponía “El juez cuidará de que la contestación sea clara y las excepciones contengan los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, y los requisitos señalados en los números de este artículo, y, de encontrar que no se los ha cumplido, ordenará que se aclare
A LA BIBLIOTECA DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL SE INCORPORÓ EL NOMBRE DEL DR. FRANCISCO J. SALGADO
El día viernes 29 de noviembre de este año tuvo lugar en la Biblioteca de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, el homenaje al doctor Francisco J. Salgado, Ex Rector y Ex Decano, con el develizamiento de la placa por la cual se incorporó su nombre a dicha Biblioteca, en acto público que contó con la presencia de varias personalidades universitarias y de la sociedad ecuatoriana, en el que intervino la señora Decana de la Facultad, la doctora Solimar Herrera, quien realizó el develizamiento de la placa. El doctor Roberto Salgado Valdez, a nombre de la familia Salgado Valdez, agradeció a la doctora Solimar Herrera y al doctor José Luis Terán Suárez, Ex Decano, de quien provino esta iniciativa, por el ho-
menaje que se brindó a su padre. En el mismo acto se presentó la última obra del doctor Roberto Salgado Valdez denominada “Comentarios Generales sobre la Teoría General de los Actos Jurídicos”, la misma que fue analizada por el doctor César Muñoz Pazmiño, catedrático de Derecho Civil en la Facultad.
o complete. Esta disposición no será susceptible de recurso alguno.”
Por lo que, si bien existía una calificación a la demanda, los Tribunales Distritales, únicamente debían verificar que exista una exposición de los fundamentos de hecho y de derecho de las excepciones, así como la referencia a las impugnaciones del actor, las pruebas a ser rendida y el domicilio para notificaciones.
Siendo muy raro el caso en que se inadmitan las contestaciones a la demanda, lo que si verifique en alguna muy excepcional es que se inadmitan reconvenciones por parte de las administraciones públicas contra los ciudadanos por cualquier aspecto patrimonial que las demandadas consideraban tener derecho a exigir sin que exista vínculo alguno de contratación estatal. En estos casos, el pronunciamiento del Tribunal Distrital para declararse incompetente e inadmitir dichas reconvenciones que pretendían reclamar una responsabilidad al ciudadano originada en un hecho o acto se fundaba en los numerales 2 y 3 del Art. 240 del Código Orgánico de la Función Judicial, norma orgánica que establece que los Jueces de lo Civil y Mercantil son los competentes para conocer cualquier delito civil, cuasi delito o cuasicontrato en el cual el Estado pretenda reclamar patrimonialmente a un ciudadano; pues el Tribunal Contencioso Administrativo, se halla vedado para distraer al ciudadano de su juez natural, y de hacerlo actuaría violando la garantías prevista en el Art. 76 numerales 3 y 7, letra k) de la Constitución de la República, pues la única excepción a dicha competencia se halla en las leyes de contratación pública (Art. 105 de la LOSNCP) y de contratación estatal (Art. 38 de la Ley de Modernización del Estado) que sometían a los contratantes a resolver sus controversias ante la jurisdicción contencioso administrativa.
Régimen Actual de la Contestación a la Demanda y Reconvención o Contrademanda y su calificación en materia Contencioso Administrativa
El Código Orgánico de General de Procesos, es más estricto con los litigantes que la normativa que le precedió5, impone más exigencias para el ejercicio de la acción, cuanto para el ejercicio de la contradicción.
Esta nueva normativa, nace de la necesidad de implementar un sistema que deje a un lado
viejas prácticas de deslealtad procesal y conducta procesal indebida, hacia un litigio ausente de aquellas prácticas abusivas y nocivas, caracterizadas por una cultura litigiosa ausente de ética, que se caracterizaba por la jerga popular “el papel aguanta todo”.
El Código Orgánico General de Procesos establece un conjunto de formalidades6 y solemnidades7 , para que la demanda y la contestación a la demanda y la reconvención puedan surtir los efectos procesales necesarios para trabar la litis y posteriormente desarrollarla en forma adecuada para que se pueda emitir una decisión motivada.
Desarrollando las nuevas exigencias que establece el nuevo ordenamiento legal, pese a someter la parte más intensa del juicio a un procedimiento oral, tanto la demanda como la contestación a la demanda y la reconvención deben ser presentadas por escrito, a diferencia de las acciones constitucionales que pueden ser deducidas oralmente y deben ser reducidas a escrito.
La norma impone que la contestación a la demanda “cumplirá, en lo aplicable, los requisitos formales previstos para la demanda8”, prescripción legal que adolece de oscuridad, ya que además de realizar una referencia a otras normas, lo cual ya inconveniente, resulta aún mayor la dificultad para los litigantes, cuando dicho texto legal contiene la frase “en lo aplicable”, que deja a la interpretación y al buen entender de las partes y del juzgador, aspectos que debían ser definidos en forma específica, clara y determinada.
Mientras no se corrija lo anterior, con una reforma legislativa que establezca los requisitos de la contestación a la demanda, continuarán existiendo inseguridad jurídica de la forma en que debe ser planteado dicho acto procesal.
A criterio de este, Juez la contestación a la demanda en materia contenciosa administrativa debe contener:
A.- La designación del Juez ante el cual se la presenta.
B.- Los nombres y apellidos del compareciente (demandado), su número de cédula de identidad o ciudadanía y la calidad en que comparece en los casos en que actúa como autoridad o como representante de las autoridades con mención de a quien representa.
C.- Dirección electrónica del demandado, casillero judicial o electrónico de su defensor.
D.- El pronunciamiento expreso sobre la veracidad de los hechos afirmados por el actor.
E.- El pronunciamiento sobre la prueba documental del actor y su autenticidad.
F.- El pronunciamiento sobre las pretensiones del actor.
G.-Las excepciones previas y de fondo que deduce en su demanda, con expresión de los fundamentos fácticos y de derecho que las sustentan.
H.- El anuncio de los medios probatorios que acreditan los hechos aseverados. En caso de pedir declaraciones testimoniales, debe indicar los hechos respecto de los cuales declararán. En cuanto a las diligencias de inspección, informes periciales y otras diligencias que consideren pertinentes, conducentes y útiles para el litigio, las acompañará con su demanda, y para pedir acceso judicial, deberá indicar el lugar en que deben practicarse, describir su contenido, justificar los motivos para requerirlo, y no presentar dichas pruebas con la demanda.
Las firmas del demandado y su defensor.
Además la contestación a la demanda debe acompañarse:
A.- El poder cuando se actué como procurador de personas naturales o jurídicas privadas y públicas, el oficio o delegación cuando se actúe como procurador de autoridades o delegados de las mismas en los términos previstos por el Art. 305 del COGEP.
B.- Los habilitantes que acrediten la representación, cuando se actúe por cuenta de un incapaz.
C.- Copia legible del documento de identidad del compareciente.
D.-Los medios probatorios de que se disponga, destinados a sustentar sus excepciones.
E.- En los casos de expropiación, la declaratoria de utilidad pública, el certificado de propiedad y gravámenes emitido por el Registro de la Propiedad, el certificado del catastro en el que conste el avalúo del predio.
F.- Copias certificadas de la Resolución o acto impugnado y el expediente original que sirvió de antecedente y se halle en el archivo de la dependencia a su cargo.
Si la demanda incumple alguno de los requisitos, es oscura en
forma insalvable o es incompleta en cuanto a los requisitos necesarios para su admisibilidad, se dispondrá completarla, conforme lo ordena el Art. 156 del Código Orgánico General de Procesos. Si el demandado incumple su deber de corregir, aclarar o completar demanda, se inadmitirá con el efecto de que la misma se entenderá por no presentada.
El que el demandado omita pronunciarse sobre algunos hechos aducidos por el actor, realice referencias oscuras y evasivas, genera el problema de si debe o no inadmitirse la demanda.
A criterio del juzgador, no puede considerarse un incumplimiento a los requisitos de la contestación a la demanda, sino que tiene que ser apreciado por el Tribunal en su justa medida como una admisión tácita de los hechos que le son adversos al demandado, pero no puede ser motivo para castigarla con la inadmisión de la contestación a la demanda.
De manera que el efecto de dar por no presentada la demanda, a criterio del juzgador se da debe ocurrir cuando se han incumpli-
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES
S.J COCOTOG C.A
De conformidad con la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la Compañía de Transportes
S.J Cocotog C.A., a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar en las oficinas de la compañía ubicada, en las calles la Loma y las Golondrinas, Barrio San Miguel parada de buses , de esta ciudad de Quito, el día martes 17 de diciembre del 2024 , a las 10h00 am, para tratar el siguiente orden del día: ORDEN DEL DIA
1. Constataciòn del quorum en función del capital suscrito y pagado.
2. Informe del gerente general del ejercicio económico año 2023
3. Informe del comisario del ejercicio económico año 2023
4. Análisis y aprobación de balances del ejercicio económico año 2023
5. Elaboración, lectura y aprobación del Acta
6. Clausura
Los estados financieros y sus anexos, asì como los informes de Gerencia y Comisario, se encuentran a disposición de los señores accionistas.
Se convoca de manera individual e independiente a la señora Norma Yambay, Comisario de la compañia.
Quito, 10 de diciembre del 2024 Atentamente
Pedro Loachamin PRESIDENTE
do flagrantemente alguno de los requisitos de la contestación a la demanda en forma tan grave que afectan la validez de acto procesal, en los demás casos tiene que admitirse a trámite con los defectos existentes, para hacer efectiva la garantía constitucional de no sacrificar la justicia por el incumplimiento de formalidades.
En tal virtud, es necesario destacar que, tanto el acto de calificación a la demanda, cuanto el de contestación a la demanda, deben orientarse a que las partes puedan ejercer su derecho de contradicción, de manera que la inadmisión de cualquier de estos actos procesales tiene que ser adecuadamente apreciada por el juzgador, pues aquel efecto, no solo genera la presunción legal de que el demandado ha negado en forma negativa pura y simple los hechos, también acarrea consecuencias importantes en los derechos procesales de la parte demandada, ya que inadmitida la contestación a la demanda, el demandado pierde elementos importantísimos del debate litigioso, pero principalmente se halla impedido de actuar todas las pruebas que acompañaba a su contestación a la demanda para ser actuadas en audiencia de juicio.
De ahí que el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo debe actuar con prudencia al calificar los actos procesales, pero también constituye un aspecto absolutamente relevante que los profesionales que defienden a demandados, realicen con responsabilidad, no solo la verificación de la oportunidad con la que debe ser presentada la contestación a la demanda, sino que adicionalmente deben realizar un esfuerzo importante para que dicho acto procesal cumpla los requisitos exigidos por la Ley.
Como se indicó al inicio de este ensayo, el Estado puede allanarse a la demanda al contestarla, lo cual es muy raro, pero ha ocurrido en poquísimas ocasiones, en estos casos debe quedar claro que para que el allanamiento estatal pueda ser eficaz y pueda darse por terminado el litigio, la entidad demandada tiene que estar autorizado por el Procurador General del Estado, y en el caso de los Gobiernos Autónomos Descentralizados por ministerio del Art. 331 del COOTAD los representantes legales y judiciales del ente deben estar autorizados por el órgano legislativo del respectivo gobierno autónomo.
Sin aquella autorización, el juzgador podría negar el allanamiento y continuar el proceso, considerando la ficción legal de
que el ente estatal no contestó la demanda.
En cuanto a la reconvención como recurso procesal tendiente a la defensa del demandado, este es poco común, pues como se explicó anteriormente, la re-
convención del demandado, generalmente se halla limitada a los procesos de contratación pública, pues el Estado fuera de estos casos no puede demandar al ciudadano en la jurisdicción contencioso administrativa.
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS COMPAÑÍA TRANSDISTRITOSCHOOL C.A.
Se convoca a los señores accionistas de la Compañía TransdistritoSchool C.A., con carácter de obligatorio a la Junta General Extraordinaria que se realizará el día viernes 13 de diciembre del año en curso a las 8:00 para conocer, resolver y aprobar el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quorum
2. Elecciones de Dignidades
3. Entrega y Colocación de Adhesivos
4. Entrega de Aguinaldo
Se convoca de manera especial a los comisarios, la Sra. Mercy Sigcho y la Sra. Victoria Navas.
Se ruega puntual asistencia
Quito, 09 de diciembre del 2024
Atentamente, LA DIRECTIVA
CONVOCATORIA A LA JUNTA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTES S.J COCOTOG C.A
De conformidad con la Ley de Compañías, se convoca a los señores accionistas de la Compañía de Transportes
S.J Cocotog C.A., a la Junta General Extraordinaria que tendrá lugar en las oficinas de la compañía ubicada, en las calles la Loma y las Golondrinas, Barrio San Miguel parada de buses , de esta ciudad de Quito, el día martes 17 de diciembre del 2024 , a las 14h00 pm., para tratar el siguiente orden del día:
ORDEN DEL DIA
1. Constataciòn del quorum en función del capital suscrito y pagado.
2. Análisis y aprobación del presupuesto año 2025
3. Elaboración, lectura y aprobación del Acta
4. Clausura
Se convoca de manera individual e independiente a la señora Norma Yambay, Comisario de la compañia.
Quito, 10 de diciembre del 2024
Atentamente
Pedro Loachamin
PRESIDENTE
El Art. 154 del Código Orgánico General de Procesos contempla la institución de la reconvención, y establece, nuevamente, oscuridad en relación a sus requisitos, pues igualmente mantiene la misma redacción oscura, que indica: “Serán aplicables a la reconvención, en lo pertinente, las reglas previstas para la demanda.”, con el agravante de que no existe ninguna otra referencia a distinciones de requisitos que deba contener, como si ocurre para la contestación a la demanda.
Aquel defecto nuevamente deja a criterio del juzgador la exigencia de los requisitos de los Arts. 142 y 143 que deben cumplir los demandados que pretendan ejercer su derecho a reconvenir al actor de una causa.
A mi criterio, Juez la reconvención en materia contenciosa administrativa debe contener:
A.- La designación del Juez ante el cual se la presenta.
B.- Los nombres y apellidos
del compareciente (demandado), su número de cédula de identidad o ciudadanía y la calidad en que comparece en los casos en que actúa como autoridad o como representante de las autoridades con mención de a quien representa.
C.- Los nombres y apellidos del contrademandado.
D.- La narración de los hechos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente clasificados y numerados.
E.- Los fundamentos de derecho que justifican el ejercicio de la reconvención, expuestos con claridad y precisión.
F.- El anuncio de los medios probatorios que acreditan los hechos aseverados. En caso de pedir declaraciones testimoniales, debe indicar los hechos respecto de los cuales declararán.
En cuanto a las diligencias de inspección, informes periciales y
CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRORDINARIA DE ACCIONISTAS DE THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.
De conformidad con la Ley de Compañías y el artículo 19 del estatuto social de la compañía “THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.” se convoca a los señores accionistas de la misma, a la Junta General Extraordinaria de Accionistas que se celebrará en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el día martes 17 de diciembre del 2024 a las 10H00 en las oficinas de sus abogados ubicados en el domicilio de la compañía en las calles Av. República de El Salvador N35-146 y Suecia, Edificio Prisma Norte, piso 11, de la ciudad de Quito, para tratar los siguientes puntos del orden del día:
1. Conocer y resolver sobre la venta de un bien inmueble de propiedad de la compañía ubicado en Lasso, Provincia de Cotopaxi.
Quito D.M., 11 de diciembre de 2024. Atentamente,
P) THE TESALIA SPRINGS COMPANY S.A.
NOESIS REPRESENTACIONES NOSREP CIA. LTDA. Jose Luis Cuesta Ribadeneira Gerente General
NOTA: A los accionistas que deseen hacerse representar en la Junta General, nos permitimos recordarles la necesidad de que los poderes de representación que otorguen deberán sujetarse a lo dispuesto en el Reglamento para Juntas Generales expedido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Asimismo, el texto completo de los documentos que serán conocidos en la junta general estarán a disposición de los accionistas en las oficinas
la compañía.
otras diligencias que consideren pertinentes, conducentes y útiles para el litigio, las acompañará con su demanda, y para pedir acceso judicial, deberá indicar el lugar en que deben practicarse, describir su contenido, justificar los motivos para requerirlo, y no presentar dichas pruebas con la demanda.
G.-- Las firmas del demandado y su defensor.
A la reconvención deben acompañarse:
A.-El poder cuando se actué como procurador de personas naturales o jurídicas privadas y públicas, el oficio o delegación cuando se actúe como procurador de autoridades o delegados de las mismas en los términos previstos por el Art. 305 del COGEP.
B- Los habilitantes que acrediten la representación, cuando se actúe por cuenta de un incapaz.
C.- Copia legible del documento de identidad del compareciente.
D.-Los medios probatorios de que se disponga, destinados a sustentar su acción.
La reconvención debe ser calificada como una demanda, de manera que de encontrarla oscura o incompleta debe mandársela a aclarar bajo las prevenciones del Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos. Si no se cumple dentro del término legal con los requisitos necesarios para su admisión, además de inadmitirla dejando a salvo el derecho a proponerla por cuerda separada se debe disponer la devolución de los documentos adjuntados a ella, a menos de que éstos sean parte también relevantes y necesarios por haberse referido en la contestación a la demanda, en caso de que se haya propuesto dicho acto procesal por el demandado.
El Tribunal Distrital también puede declarar inadmisible la reconvención, cuando incurre en las prohibiciones del Art. 147 del Código Orgánico General de procesos, en especial si el Tribunal Distrital es incompetente para conocerla, existiere una indebida acumulación de pretensiones o problemas para su sustanciación en un mismo juicio, por ejemplo se aumenten los sujetos procesales, incorporado otros adicionales al actor de la causa. También si la reconvención es manifiestamente inadmisible. En todos estos casos, se emitirá el auto de inadmisión respectivo.
Finalmente la contestación a la reconvención debe reunir los mismos requisitos que una contestación a la demanda.
Bibliografía:
Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Código de Procedimiento Civil
Código Orgánico General de Procesos.
Ley de Modernización del Estado
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública
Código Orgánico de la Función Judicial
Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
Véscovi Enrique, Teoría General del Proceso, Ed. Temis, Bogota, 1999.
Devis Echandia, Hernando. Compendio de Derecho Procesal. Tomo I. Teoría General del Proceso, Duodécima Edición, 1.999.
1.Art. 35 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
2.Art. 36 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
3.Art. 37 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
4.Art. 77 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
5.Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos
6.Constituyen formalidades aquellas exigencias legales que no afectan de manera principal la validez del acto procesal, y que incluso pueden ser prescindidas o admiten menos rigurosidad en su exigencia, tales como el “Registro Único de Contribuyentes” o “la dirección electrónica” del demandado.
7.Constituyen solemnidades aquellas exigencias legales que afectan la validez del acto procesal como
es la firma en el documento, la designación de las partes que lo presenta, en el caso de la demanda el domicilio del demandado, la pretensión o pretensiones que deduce.
8.El Art. 151 del Código Orgánico General de Procesos en lo pertinente establece: “Art. 151.- Forma y contenido de la contestación. La contestación a la demanda se presentará por escrito y cumplirá, en lo aplicable, los requisitos formales previstos para la demanda. La parte demandada deberá pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora, sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de la prueba documental que se haya acompañado, con la indicación categórica de lo que admite y de lo que niega.
Deberá además deducir todas las excepciones de las que se crea asistida contra las pretensiones de la parte actora, con expresión de su fundamento fáctico. Las excepciones podrán reformarse hasta antes de la audiencia preliminar.
En el término de tres días de calificada la contestación se notificará con su contenido a la parte actora, quien en el término de diez días, podrá anunciar nueva prueba que se referirá a los hechos expuestos en la contestación…”
POR PÉRDIDA SE ANULA POLIZA DE ACUMULACION
TITULAR Juana del Rocío de la Cueva Londoño
OPERACION 731046
FORMULARIO 731046
MONTO 70.000 USD
FECHA INICIO 03-01-24
VENCIMIENTO 03-01-25
PLAZO 366 DÍAS
TASA 8.25 %
OFICINA DE EMISION BANECUADOR MACHACHI
La FUNDACIÓN ACCIÓN CREATIVA, en cumplimiento de sus estatutos y normativa legal vigente, convoca a todos sus miembros activos a la Asamblea General Ordinaria, que se realizará con el siguiente detalle:
• Fecha: 27/12/2024
Hora: 17h00
• Lugar: Ilalo, casa de Juan Pablo (La pintora de macetas)
Orden del Día:
1. Análisis de la situación actual de la Fundación.
2. Propuesta y deliberación sobre el futuro de la Fundación.
3. Nombramiento del nuevo Directorio, incluyendo el cargo de presidente.
4. Resoluciones y acciones a tomar según las disposiciones estatutarias.
Su participación es vital para el cumplimiento de los objetivos y la consolidación de nuestra misión.
Adela García
Presidente Fundación Acción Creativa
CENTRONLINE SELT. S.A
Quito, 11 de diciembre del 2024
SE CONVOCA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE TRANSPORTE CENTRONLINE SELT S.A
De conformidad con los artículos: 21-23-24 -25- 26 -27 -28 -30 -32-33-35-3638 del Estatuto social y los artículos: 230-231-236-237-245-247 y 275 de la ley de la compañía y su reglamento, se convoca a los accionistas de la compañía
CENTRONLINE SELT S.A. a la Junta General Ordinaria que se llevara a cabo.
Fecha: viernes 27 de diciembre del 2024
Hora: 13H00
Dirección: Buenos Aires OE 5 -114 y Estados Unidos - Barrio San juan - Parroquia San Juan de la provincia de Pichincha cantón Quito
Para tratar los siguientes puntos del orden del día:
1. Constatación del Quorum.
2. Aprobación del orden del día.
3. Saludo e instalación de la Junta por parte del Presidente de la Compañía, señor Ramiro Cajamarca
4. Instalación de delegados de elecciones
5. Elección nominal de Presidente Ejecutivo periodo, enero 2025 a diciembre 2026
6. Elección nominal Gerente General periodo, enero 2025 a diciembre 2026
7. Juramento y posesión de los nuevos administradores
De no existir quorum respectivo se esperará una hora y se iniciará la Junta con los accionistas presentes
Atentamente,
001-003-5031
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TAXIFENIX ONLINE S.A.
COMPAÑÍA DE TRANSPORTE TAXIFENIX ONLINE S.A.
BUENOS AIRES OE9-114 Y ESTADOS UNIDOS TELEFONO 0987406855 - 0995192240
BUENOS AIRES OE9-114 Y ESTADOS UNIDOS TELEFONO 0987406855 - 0995192240
Quito, 09 de diciembre del 2024
Quito, 09 de diciembre del 2024
SE CONVOCA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE T TRANSPORTE TAXIFENIX ONLINE S.A
SE CONVOCA A LA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA DE T TRANSPORTE TAXIFENIX ONLINE S.A
De conformidad con los artículos: 12 -13 -14- 15- 16 -17- 22 del Estatuto social y los artículos 236-242-245246 de la ley de la compañía y su reglamento, se convoca a los accionistas de la TAXIFENIX ONLINE S.A a la Junta General Ordinaria que se llevara a cabo
Fecha: lunes 23 de diciembre del 2024
De conformidad con los artículos: 12 -13 -14- 15- 16 -17- 22 del Estatuto social y los artículos 236-242-245246 de la ley de la compañía y su reglamento, se convoca a los accionistas de la TAXIFENIX ONLINE S.A a la
Hora: 14:00 pm
Junta General Ordinaria que se llevara a cabo
Dirección: Buenos Aires OE 5 -114 y Estados Unidos - Barrio San juan - Parroquia San Juan de la provincia de Pichincha cantón Quito
Fecha: lunes 23 de diciembre del 2024
Para tratar los siguientes puntos del orden del día:
Hora: 14:00 pm
1. Constatación del Quorum.
2. Aprobación del orden del día.
3. Saludo e instalación de la Junta General por parte del Presidente de la Compañía, señor Pablo Arias
Dirección: Buenos Aires OE 5 -114 y Estados Unidos - Barrio San juan - Parroquia San Juan de la provincia de Pichincha cantón Quito
4. Elección de comisario principal y suplente año 2025
5. Elección de la comisión de deporte y asuntos sociales
Para tratar los siguientes puntos del orden del día:
6. Lectura y aprobación del acta de la Junta General de accionistas
De no existir el quórum a la hora señalada se instalará una hora más tarde con los accionistas presentes
1. Constatación del Quorum.
Atentamente,
2. Aprobación del orden del día.
3. Saludo e instalación de la Junta General por parte del Presidente de la Compañía, señor Pablo Arias
4. Elección de comisario principal y suplente año 2025
Ing. Jorge Basantes
5. Elección de la comisión de deporte y asuntos sociales
6. Lectura y aprobación del acta de la Junta General de accionistas
Gerente General
De no existir el quórum a la hora señalada se instalará una hora más tarde con los accionistas presentes
Atentamente,
Ing. Jorge Basantes
Gerente General
taxifenix-online@hotmail.com