Santo Domingo: 17 de Febrero, 2025

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Caso ‘Reconstrucción de Manabí’ detenido por 57 días

Temporada invernal pone en emergencia al sector rural

Las lluvias han generado emergencias en sectores rurales de Santo Domingo, especialmente en las parroquias Alluriquín y El Esfuerzo. Los moradores se ven perjudicados, ya que no pueden movilizar sus productos ni acceder a servicios de salud y educación. 03

Inicia campaña de vacunación contra la fiebre aftosa

Pachakutik: voto indígena será decisivo en la segunda vuelta

La falta de empleo hace que los jóvenes sean dependientes de sus padres 09

Los riesgos del wifi público para tu celular

¿Trump allana el camino a la corrupción en América Latina?

Santo Domingo
JorgE gLAS, exvicepresidente de la República.

M AN u EL C A st Ro M. manuelcastromurillo@hotmail.com

Hechos los imparciales

Frente a los resultados electorales del 9 de febrero último, políticos, activistas y analistas, opinan queriendo dar la impresión de ser objetivos, como si la realidad no existiera, salvo para los ciegos, obnubilados y amorales que ya nos han gobernado y que en otros países son del mismo material antidemocrático. Los Trujillo, los Somoza, dictadores criminales, tienen sus dignos sucesores: Chávez, Maduro, Castro, Ortega, Petro, AMLO (los dos últimos sin poder zafarse de las instituciones republicanas y perennizarse en el poder). Sus ideas son públicas: Estado absoluto, control de las instituciones para un solo partido o líder, limitación de las libertades, todo ello se llama totalitarismo. ¡Y a ello aspiramos en el Ecuador! Audaces analistas se lamentan que el Ecuador esté dividido, para luego anunciar que lo que existe no sólo es anticorreísmo sino antinoboísmo. Fomentan el resentimiento del pueblo. Al igual que los totalitarios emocionalmente y prácticamente no tienen ni ideología, ni partido político, ni religión. Son desocupados jugando a filósofos politiqueros.

Donde más votos ha obtenido el movimiento de Correa es en las provincias o regiones que viven a diario la inseguridad, la violencia, el pequeño soborno o pago o empleo a destajo (sicarios), proporcionados por los narcotraficantes, cuyos recursos económicos les sobra y así mantienen florecientes sus criminales negocios. Necesitan un gobierno que distraiga, ya sea disponiendo de las reservas internacionales (ajenas), o subiendo el salario mínimo, o atacando a la empresa privada (su rival cierto). Y que, de pronto, no hay porque dudarlo, estará abrazado de Maduro y compañía.

Los correístas odian lo que más aman: el dólar, pero lograrán -así lo han proclamado- desdolarizar e imprimir billetes para recobrar la soberanía monetaria. Lo que quieren es el billete, el resto es literatura revolucionaria de segunda. Y perennizarse que es la mejor forma de garantizar su impunidad.

PACo Mo NCAyo G ALLEG os pmoncayog@gmail.com

¡Alerta!

Terminadas las últimas elecciones, parecería que el mapa electoral ecuatoriano refleja la imagen de un país fracturado ideológicamente como sucede, por ejemplo, en Estados Unidos, donde se conoce de antemano qué estados respaldan a los candidatos demócra-

Directora Nacional: Gabriela Vivanco Salvador

Editor General: Jean Cano

Editor Regional: Lorena Melo Mieles

Redacción: santodomingo@lahora.com.ec

Publicidad: mgranda@lahora.com.ec

Año: XXVII No. 11.323

EDitoRiAL

Blindaje a la independencia judicial

La Justicia necesita urgentemente de un verdadero blindaje para repeler las manipulaciones de los políticos de turno.

Actualmente los gremios de jueces y abogados que buscan la independencia judicial son muy débiles. No hay diagnósticos ni propuestas. Tampoco hay debates públicos en la Función Judicial y en la academia sobre lo que ha pasado en los casos emblemáticos de la parte final de la era de la fiscal Diana Salazar: Metástasis, Purga y Plaga. Tampoco hay reflexión sobre la corrupción causada por el crimen organizado y el narcotráfico. Ni cómo enfrentar las amenazas a operadores de justicia. No sabemos cuál es el papel de la Corte Nacional y del Consejo Nacional de la Judicatura en esta crisis. Hay voces entre los jueces que piden la eliminación de la Judicatura, por ejemplo, por la

contaminación política y delincuencial. Pero todo se queda en los despachos de los jueces o en los pasillos de los juzgados.

Las demoras de los procesos emblemáticos, como las que revela hoy este Diario en el caso de la reconstrucción de Manabí, solo lastima más la imagen de todo el sistema.

Ahora, que el país vive una campaña electoral, ya existen todas las justificaciones para una nueva “metida de mano”.

Por ello, es momento de que los propios magistrados tomen la iniciativa y establezcan los cambios legales y constitucionales necesarios para el blindaje a la Justicia. También mayor seguridad y recursos para mejorar el servicio a los usuarios.

La Justicia es uno de los pilares en la transformación nacional. La seguridad jurídica es el mejor negocio para la imagen del país, dentro y fuera de las fronteras.

tas y cuáles a los republicanos; mientras que, los ‘swing state’, donde el apoyo a los dos partidos principales está relativamente equilibrado, se convierten en la clave para ganar las elecciones. Ese no es el caso ecuatoriano, pues aquí no existe una competencia democrática ideológica.

¿Cómo podría haberla, si no existen verdaderos partidos políticos y el elector tuvo que escoger entre dieciséis candidatos, la mayoría improvisados?

En nuestro país la polarización tiene otro tipo de fractura:

democracia o totalitarismo. Para entenderlo basta con observar a la candidata más votada que adhiere, con hechos evidentes, y sin ninguna vergüenza, a modelos de corte fascistoide como el venezolano y el nicaragüense, que pueden ser todo menos progresistas o socialistas ¿Se parecen en algo Michelle Bachelet, Tabaré Vásquez o José Mujica a los depredadores que han destruido a esos países y al nuestro durante años?

El mapa electoral también ha dado lugar a interpretaciones simplistas, cuando se acude como

Nuestra sanidad

Epicuro era un hedonista, adicto al placer y actos no siempre reñidos con la moral. Para él, el placer; y para ciertos políticos y funcionarios mediocres, el dinero, la coima y los favoritismos son parte de esas mentalidades adornadas de risa hipócrita, de aquellos que no miran a los ojos porque lo hacen a un infinito de vacilaciones.

La pulcritud en el manejo de los fondos públicos se alimenta con el ejemplo que tenemos de nuestros padres y de personas que, sin siquiera ser nuestros amigos, les hemos admirado por su rectitud y sus convicciones, sin decir una cosa en la mañana y hacer otra en la tarde, porque eso significa un peligroso doblez de la personalidad de quien, o de quienes, tienen la responsabilidad de dirigir la salud de dieciocho millones de personas.

La salud se convierte en justicia social solo cuando está al alcance de todos, cuando es eficiente, efectiva y logra buenos resultados.” Acta, non verba”, hechos y no palabras.

Cuando los temas de sanidad se transforman en hechos arrastrados de intereses políticos o económicos, que incluyen el tráfico de influencias, o cuando se materializan pactos oscuros e indecentes, la salud pierde su esencia y corre el riesgo de convertirse en parte de un negocio con aparentes intereses particulares y, desde ahí, deja de ser un servicio social.

Difícil manejar un país politizado como el nuestro, dónde hasta las acciones más mínimas, si son precedidas de decisiones de ciertos funcionarios públicos con algo de poder, estas aparentemente se cotizan como en la bolsa de valores. Cuesta entender cómo estamentos del Estado, de estricta dedicación a brindar un servicio social para favorecer al pueblo, hayan sido politizados o contaminados con la mentalidad empresarial, que solo busca réditos económicos y no logros sociales en aspectos que conciernen a la sanidad nacional. Todos esperamos cambios de mentalidad y de acciones en favor del ser humano, ahí hay una deuda pendiente de todos los últimos gobiernos.

justificación al tema del regionalismo: costeños contra serranos, fundamentándose en los colores con que se pinta a las provincias, conforme a sus preferencias electorales. No hay razón para ello pues tanto el correísmo como el noboísmo (término al que tendremos que acostumbrarnos), son movimientos populistas de amplia presencia nacional. Al margen de enfocarse en qué regiones hayan nacido sus caudillos, se debe trabajar mucho en clarificar qué intereses están en juego; a qué grupos de poder representan

esas candidaturas. Esto es supremamente importante en la actualidad cuando –como ha sucedido en otros países– hace presencia en la competencia un actor poderosísimo, como el crimen organizado transnacional que requiere controlar el aparato del Estado para asegurar sus negocios ilegales. Frente a esta amenaza, el sistema de Inteligencia, con todos sus medios, deberá trabajar arduamente para evitar que el sistema político vuelva a ser cooptado por los intereses de las mafias.

SITUACIÓN. Las emergencias que se presentan en la provincia se priorizan según su gravedad.

Sector rural en emergencia por la temporada invernal

En lo que va del año, se han registrado alrededor de 20 emergencias, entre pérdidas de vías, taponamientos de puentes baden y alcantarillas.

Los recintos de las parroquias de Alluriquín y El Esfuerzo han sido los sectores más afectados por el inicio de la temporada invernal, con pérdidas de vías.

Cerca de dos semanas le llevó a los técnicos del Gobierno Provincial habilitar los accesos a los recintos El Manantial y Baniza, donde la mesa de la carretera se desplomó por completo, de-

jando a los habitantes incomunicados.

José Cevallos, analista de vialidad de la institución provincial, sostuvo que estos acontecimientos provocaron el despliegue de maquinaria y la priorización de la atención, dejando de lado el mantenimiento vial. “Cada emergencia nos obliga a movilizar la maquinaria, lo que significa suspender otros tra-

bajos importantes. Tenemos que priorizar donde la gente no puede transitar’, afirmó. Además, añadió que los moradores también han colaborado para agilizar los trabajos en sus sectores.

Pérdidas parciales

Cevallos comentó que también se han registrado pérdidas parciales de las mesas de las vías, una de ellas ubicada en el kilómetro 4 de la vía Las Mercedes – La Florida Por el momento, están realizando labores temporales hasta lograr construir muros de escolle-

ras o muros de gavión. “Los trabajos van a demorar un poco, pero lograremos establecer lo antes posible, ya que la vía es un acceso principal”, aseguró.

Además de las emergencias puntuales, la deforestación de los suelos y las filtraciones de agua han contribuido a la inestabilidad del terreno, generando deslizamientos y agravando la situación.

Cevallos señaló que el número de emergencias varía cada año dependiendo de la intensidad de las lluvias y la saturación del suelo.

Vientos huracanados causan daños y generan

La temporada invernal se intensifica con fuertes lluvias y vientos huracanados en la provincia Santo Domingo de los Tsáchilas, causando destrozos en servicios públicos y viviendas de barrios y cooperativas, lo que ha generado preocupación en la ciudadanía.

En la avenida Esmeral -

das, un árbol del parterre central cayó sobre un vehículo que estaba estacionado, dañando su carrocería.

Además, se reportó la interrupción del servicio eléctrico en varios sectores de las provincias: Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Los Ríos, debido a la caída de postes.

La Secretaría Nacional

de Gestión de Riesgos emitió una advertencia sobre fuertes precipitaciones en la provincia y varias zonas del país. Sin embargo, la presencia del temporal de vientos, que arrasó con techos de varias viviendas, postes de alumbrado público y árboles en la vía pública, alarmó a la población y generó pánico. (LMM)

En la vía Alóag-Santo Domingo también se han registrado complicaciones debido a la caída de árboles.

Mientras tanto, los habitantes de las zonas afectadas han indicado que la falta de acceso vial les perjudica, ya que no pueden movilizar sus productos, y se ven privados de acceso a servicios de salud y educación. (CT)

PELIGRO. El vehículo quedó atrapado bajo las ramas del árbol.

EL DATO

Las fechas se jugarán los domingos, de 12:00 a 23:00.

INAUGURACIÓN. El Interiglesias se juega los domingos.

Rueda el balón en el Interiglesias 2025

24 equipos femeninos y masculinos participan en el campeonato Interiglesias 2025

Desde ayer, domingo 16 de febrero, comenzaron las emociones futbolísticas del campeonato Interiglesias 2025 Los equipos ingresaron a la cancha sintética del Sindicato de Chóferes para participar en el acto inaugural, el cual contó con el apoyo de varios hinchas.

Una oración marcó el

inicio de esta actividad deportiva, momento emotivo que sirvió para agradecer al Creador por todas las bendiciones recibidas.

En la mesa principal se ubicaron varios invitados especiales. Uno de ellos fue Luis Tituaña , quien se encargó de tomar el juramento a los deportistas participantes.

Santo Domingo, 14 de febrero de 2025.

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS

De conformidad a lo establecido en el Art. 231 – 234 – 236 de la Ley de Compañías, y de acuerdo al Estatuto Social de la Compañía se convoca a todos los Señores Accionistas de la Compañía de Transporte Pesado TRANSCARDAVID S.A., a la JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo el día SABADO 22 de FEBRERO del 2025, a las 16H00, en la ciudad de Santo Domingo, en el domicilio social de la institución ubicada en la Urb. Pacheco, calle Luis A. Valencia y Augusto Gachet, con el objeto de conocer y resolver el siguiente orden del día:

1.- Constatación del Quórum.

2.- Instalación de la Junta General por parte de la Sra. Jessica Shimpiukat, PRESIDENTA.

3.- Conocimiento y aprobación de los estados financieros del ejercicio económico 2024.

4.- Lectura y aprobación Informe de GERENTE

5.- Lectura y aprobación Informe de COMISARIO

6.- Clausura.

Detalles del evento

Wilson Cevallos, coordinador del campeonato, explicó que en esta edición participan 24 equipos femeninos y masculinos.

Todos representan a iglesias de Santo Domingo, y el objetivo principal es compartir momentos amenos a través del deporte. El dirigente detalló que los equipos se enfrentarán todos contra todos y que, en total, se disputarán 12 fechas.

En el acto de inauguración se eligió a Oihane Cabezas como Madrina de

REPRESENTANTE. Oihane Cabezas es la Madrina del campeonato 2025.

Deportes , quien llegó en representación de la iglesia Remanentes. Además, este equipo también se quedó con el reconocimiento al mejor uniformado. (JD)

ACTIVIDAD. Cuatro equipos masculinos y cuatro femeninos se encuentran en semifinales.

Hay semifinalistas en el torneo de padres y madres de familia

El décimo campeonato de padres y madres de familia entró a su recta final en Santo Domingo, espectáculo futbolístico que se desarrolla en la cancha sintética de Mi Cuchito.

La jornada del sábado fue muy reñida, porque

los equipos llegaron con el propósito de ganar y obtener un cupo a semifinales, pero no todos corrieron con esta suerte.

En la categoría masculina, los resultados fueron: Semillitas de Dios 9 – 3 Providencia; Antonio

Neumane ganó en penales tras empatar en el tiempo reglamentario 3 – 3 con Pío XII; Kasama también superó en penales a Santo Domingo; y Madre Laura venció 7 – 4 a Fe y Alegría. Los marcadores de las féminas fueron: Antonio Neumane 2 – 1 Hortencia Vázquez; Ricardo Cornejo 3 – 0 Providencia; Kasama superó en penales a Fe y Alegría; y Metropolitano 4 – 2 Semillita de Dios. La organización confirmó que las semifinales se disputarán el sábado 22 de febrero. Se prevé la asistencia de numerosos hinchas, quienes alentarán desde los graderíos. (JD)

Categoría masculino
Antonio Neumane Vs. Madre Laura Kasama Vs. Semillita de Dios
Categoría femenino
Antonio Neumane Vs. Kasama Ricardo Cornejo Vs. Metropolitano Partidos

CIUDAD

Bovinos y bufalinos son inmunizados contra la fiebre aftosa

En esta campaña se vacunarán contra la fiebre aftosa 230.417 animales, entre bovinos y bufalinos.

En Santo Domingo de los Tsáchilas inició la campaña de vacunación contra la fiebre aftosa, que pretende inmunizar a cerca de 230.417 animales entre bovinos y bufalinos.

Para este nuevo proceso, la Asociación de Ganaderos (Asogan) Santo Domingo será la operadora certifi-

cada de la vacunación, con un equipo de 40 brigadistas que recorrerán el sector rural para garantizar la inmunización.

Luis Ortiz, director distrital de Agrocalidad, mencionó que los brigadistas coordinarán con los ganaderos la programación de las vacunaciones en los cerca de

7.650 predios.

“Los brigadistas son personas de los sectores rurales, lo que ayuda a tener un mejor acercamiento con los ganaderos para la inmunización. Además, están capacitados para realizar este trabajo”, sostuvo.

Asimismo, detalló que el biológico que les colocan a los animales es subsidiado por el Estado, por lo que deberán pagar 60 centavos por cada dosis.

Beneficios

Segundo Coloma, ganadero de la parroquia Alluriquín,

Voluntarios se preparan para simulacro

Del 16 al 23 de febrero, el personal humanitario de Santo Domingo de los Tsáchilas se unirá a voluntarios de Cruz Roja de todo el país en el tercer Ejercicio Nacional de Equipos de Respuesta (ENER).

Este evento, que tendrá lugar en la provincia de Pastaza, busca poner a prueba la capacidad de respuesta y evaluar los protocolos internos de emergencia de la institución.

Cristian Zambrano, presidente de la junta pro-

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vincial, informó que los voluntarios y el personal humanitario participarán en un simulacro de inundación, trabajando junto con la comunidad local.

El ejercicio abarca todas las líneas de acción de la Cruz Roja, incluyendo salud, medios de vida, programa de transferencias monetarias y agua, saneamiento e higiene.

Compromiso Zambrano mencionó que la participación de la Cruz

DATO

En el ejercicio participará la comunidad, autoridades locales y organismos internacionales.

Roja de Santo Domingo en este ejercicio nacional demuestra el compromiso con la preparación y la respuesta efectiva ante situaciones de emergencia.

afirmó que la salud de los animales es importante para garantizar una producción de leche de calidad ; por ello, han asumido con responsabilidad la vacunación.

“La lucha contra la fiebre aftosa es para el bienestar y el desarrollo del sector ganadero”, sostuvo el beneficiario.

Por su parte, Ortiz mencionó que, gracias a la erradicación de la fiebre aftosa, se han abierto nuevos mercados para la exportación de ganado en pie a Emiratos Árabes Unidos, carne congelada a Egipto, productos lácteos a

La vacunación contra la fiebre aftosa es un requisito indispensable para movilizar a los animales.

En 2024 se aplicaron 22.000 dosis en 7.474 predios.

ACTIVIDAD. Se pondrán a prueba las capacidades de respuesta ante una emergencia.

Explicó que la junta provincial ha participado en los dos anteriores ejercicios. ”Hay que mencionar que el

primer despliegue, en el que participaron más de 300 personas, se realizó en Santo Domingo”. (CT)

JORNADA. La campaña tendrá una duración de 45 días y empezó el 14 de febrero.
Argentina y Chile, suero fetal bovino a Uruguay y genética bovina a Argentina. (CT)

Conozca los riesgos de usar Wifi público y

cómo protegerte

En cafeterías, parques, aeropuertos existen redes públicas de internet. Sin embargo, el uso de este Wifi puede ser peligroso.

Es fácil dejarse deslumbrar por la gratuidad y la comodidad de lugares que tienen puntos de internet libres. Sin embargo, el Wifi gratuito puede traer muchos riesgos, por lo que es importante conocerlos y prevenirlos. Son diversos los lugares donde podemos encontrar internet público: cafeterías, parques, aeropuertos, hoteles y más.

Y si bien no todas las redes de Wifi gratuito son peligrosas, es mejor conocer cómo protegernos del robo de datos o hackeo por el uso de internet público.

¿Cómo protegernos al usar redes Wifi públicas o gratuitas?

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Navegación incógnita: Los navegadores nos ofrecen estar en internet de forma incógnita, lo que hace que una vez que cerramos la página, se pierde el historial de las páginas visitadas y las cookies. De este modo no dejan rastro en el equipo utilizado. Así evitaremos que puedan acceder a nuestras redes sociales o mails.

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Usar redes privadas virtuales VPN (red privada virtual) Siempre que podamos, o cuando por cuestiones de trabajo necesitemos conectarnos de forma habitual a internet fuera de casa, lo mejor es usar este tipo de redes.

Este sistema crea una red

cerrada y privada en la que es posible intercambiar información sin riesgo alguno. Podemos utilizar VPNs como HotSpot Shield o Tunnel Bear

3

Evitar pagar por internet al usar una red pública de Wifi: Esta regla es básica, pues al ingresar los datos de las tarjetas de crédito los ciberdelincuentes pueden acceder a esta información y realizar compras o clonar la tarjeta.

4No proporcionar demasiada información personal: Por lo regular, para acceder a una red WiFi pública, al usuario le solicitan datos personales: correo electrónico, número de teléfono o incluso logearnos con nuestras cuentas de redes sociales. Es necesario cuidar los datos que ingresamos y es momento de repensar si necesitamos la conexión a esa red.

5

Lee las condiciones legales: Esta debería ser una comprobación que deberíamos llevar a cabo cada vez que instalamos una app o nos registramos en cualquier web, pero en el caso de las redes WiFi públicas, es especialmente importante que entendamos las condiciones legales de dicho acceso. Sobre todo las referidas al uso de los datos que se recogen durante la conexión (qué webs visitas por ejemplo) y posterior tratamiento de esos datos.

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No envíes claves, ni contraseñas mediante redes WiFis de acceso público: Los expertos de seguridad recomiendan que nunca se envíen claves, contraseñas o cualquier tipo de información de acceso a un servicio. Esos datos que se mandan pueden estar siendo interceptados por otras personas conectadas a ese mismo WiFi y que bus-

ABOGADA MERCEDES CONTRERAS DICAO REGISTRADORA DE NA 00000313

PROPIEDAD Y MERCANTIL ENCARGADA DEL CANTON LAS NAVES

AVISO

de conformidad con los artículos 4 y 5 de la Resolución N.0 003-NGDINARDAP-2012, se procedió a REPONER, la Escritura Pública de Compraventa, celebrada el día martes once de agosto del año dos mil veinte ante el Notario Público primero del Cantón Las Naves, Doctor Wilson Toscano Tasigchana, la señorita ELISA

JUDITH QUILLIGANA GAVILANEZ, vende a favor del señor WILLIAM WILFRIDO QUILLIGANA GAVILANEZ, el lote de terreno antes descrito de la extensión total dc CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS (52771.51m2), equivalente a 7.47 cuadras, ubicado en el recinto Nave Chico, cantón las Naves, Provincia de Bolívar se encuentra circunscrito dentro de los siguientes linderos y dimensiones: por el Norte, Galo Gavilánez, con (242.76m); y Curimining S.A, con (118.57m); por el Sur, Gonzalo Tocta, con (34.09m); por el Este, Curimining. S.A. con (254.83m); y vio las Naves-Nave Chico, con (173,85m); y, por el Oeste, Galo Gavilánez, con (327.19m). -Inscrita el 20 de agosto del año 2020, bajo los números (183) del Repertorio; y, (100) del Registro de propiedad del Registro de propiedad, que pudieran tener interés, pueden oponerse en el término de 15 días a partir de la presente publicación. Las Naves 04 de febrero del 2025.

HECHO. Las redes de Wifi gratuito suelen solicitar datos perswonales.

quen fines malintencionados. Tampoco recomiendan escribir o compartir en estas redes información sensible como el

número de cédulas, fotos de pasaportes o cuentas bancarias. Fuente: Revista Movistar, Xataka Android.

R. DEL E.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO NAPO-TENA

EXTRACTO JUDICIAL

ACTOR: JORGE FRANCISCO ANDRADE DITO

DEMANDADO: MARIA JOSE CORRAL

JUEZ: DR. GERMAN RICARDO CASANOVA BORJA

SECRETARIA: ABG. CARMEN LEONOR ORTIZ GUEVARA

JUICIO: 15951-2024-00712

CAUSA: DIVORCIO POR CAUSAL

TRAMITE: SUMARIO

CUANTIA: INDETERMINADA

SE HACE SABER. - Que en la UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor  JORGE FRANCISCO ANDRADE DITO, presentó la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL,  en contra de MARIA JOSE CORRAL,  cuyo extracto es como sigue:                                                                                        “ Tena, martes 4 de Febrero del 2025, a las 15h07.-  VISTOS.- …En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Tena, (…)  Conozco de la demanda de divorcio contencioso presentada por el señor ANDRADE DITO JORGE FRANCISCO en contra de la señora MARIA JOSE CORRAL por reunir los requisitos legales, generales y especiales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, en adelante COGEP, en consecuencia, se la admite a trámite SUMARIO conforme lo dispone el numeral 4 del artículo 332 COGEP. CITACIÓN.Por cuanto se ha justificado que no se ha podido determinar con la individualidad o residencia de la demandada; Cítese a la señora MARIA JOSE CORRAL, mediante tres publicaciones en días distintos, en un medio de comunicación impreso de amplia circulación, esto es por el Diario “La Hora”; conforme lo determina el artículo 56 del Código General de Procesos; publicaciones que se realizarán con observancia del numeral 1 del referido artículo; para lo cual la señora Secretaria de esta Judicatura elaborará los extractos correspondientes; se le advierte a la parte demandada de la obligación que tiene de señalar domicilio judicial. Transcurridos veinte días desde la última publicación comenzará el término para contestar la demanda y para que presente sus anuncios probatorios de conformidad con el numeral 3 del artículo 333, en concordancia con los artículos 151 y 152 del Código Orgánico General de Procesos, bajo prevenciones de tramitarse la causa en rebeldía y en atención a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 87 del referido cuerpo legal. La actora adjuntara publicaciones íntegras (PDF), la certificación del representante legal del medio de comunicación donde se acredite las fechas en que se realizaron las publicaciones, como también se adjuntará el comprobante de pago. PRUEBAS.En cuanto a los anuncios probatorios presentados por la parte actora, constantes en su escrito de demanda, en el día de la audiencia única, se dispondrá lo que en derecho corresponda, así también la parte demandada, ejerza el derecho a la contradicción, respecto a la prueba anunciada por la contra parte, esto es: a) La partida de matrimonio del actor; b) Los documentos conferidos por el Registro Civil según los numerales 7.2 a 7.5 de su demanda; Las declaraciones de parte y de las testimoniales de los señores: FRANCISCO JAVIER ESPINOSA DITO y DANIELA RAQUEL VARGAS MEDINA se la realizará el día de la Audiencia Única debiendo notificarse de su comparecencia en el casillero electrónico señalado por la parte actora.  Agréguese al proceso la documentación adjunta y tómese en cuenta la Procuración Judicial y autorización conferida por el compareciente a la señorita Abogada Kimberly Noriega Valverde, para que le represente a la parte actora en esta causa, así como también tómese nota del correo electrónico, señalado por el compareciente, para recibir futuras notificaciones. - Cítese y Notifíquese”. -  Fdo) DR. CASANOVA BORJA GERMAN RICARDO-JUEZ.DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE TENA.

LO CERTIFICO.

Pachakutik ante la segunda vuelta: diálogo

y líneas rojas

ante

Noboa y González

El movimiento indígena en Ecuador está representado políticamente por Pachakutik, organización que no logró llegar a la Presidencia de la República con Leonidas Iza. Sus votos son codiciados en la segunda vuelta. ¿Qué proponen?

Daniel Noboa, candidato de Acción Democrática Nacional (ADN), se impone sobre Luisa González, candidata de la Revolución Ciudadana (RC) con un estrecho margen (44,16% y 43,99%, respectivamente hasta el 14 de febrero de 2025), tras las votaciones del 9 de febrero de 2025.

Leonidas Iza se ubicó tercero con el 5,24% de votos. La expectativa está en qué postu-

ra tomará Pachakutik (PK). El 19 de febrero habrá una reunión del Consejo Político de PK para analizar el tema, pero la definición se tomará hasta el 15 de marzo. La segunda vuelta es el 13 de abril.

Guillermo ChuruChumbi

destaCa el PlaN de GobierNo de PK

El 14 de febrero us ted se reunió con los asambleístas electos de PK, ¿qué temas trataron?

Hemos estado trabajando el tema de mantener la unidad con el equipo parlamentario de PK, para los distintos proyectos de ley. Esta mos definiendo una agenda legislativa, por ejemplo, el tema de Ley de Aguas, reformas sobre minería, seguridad, etc. El miércoles vamos a tener el Consejo Político de PK, es el organismo de debate.

El ministro de Gobierno, José de la Gasca, quiere invitar a mesas de diálogo a actores políticos, ¿se han comunicado con usted?

No tenemos ninguna invitación. Rechazamos categóricamente todo intento de división a las organizaciones y al movimiento PK. Lastimosamente, los Gobiernos de turno intentan cooptar, dividir, confundir y ahí esconden los grandes problemas de este país. Hay un video del 2023 que están utilizando como si Lourdes Tibán, prefecta de Cotopaxi estuviera apoyando a Noboa. No están autorizados ni las autoridades ni las organizaciones para que hagan este tipo de pronunciamiento. No hemos decidido nada.

¿Va a pesar la historia de PK al tomar una postura frente a los dos candidatos?

En todos los Gobiernos, incluidos

ahora el de Noboa y la Revolución Ciudadana, ha habido persecución , encarcelamiento, inclusive muerte, por las luchas sociales, populares, de los pueblos indígenas. Estamos valorando y conversando al interior de las organizaciones. Tenemos un programa de Gobierno como PK, ponemos a disposición de los dos finalistas. Lastimosamente, los dos quieren la Constituyente, en cambio nosotros no, vamos a defender la actual Constitución que garantiza los derechos de los niños, jóvenes, mujeres, pero también garantiza los derechos de la naturaleza. Los dos quieren el extractivismo, nosotros estamos proponiendo discutir un proceso de transición ecológica (…). Creemos que es importante que busquemos otras alternativas económicas en el país.

¿Estas serían las condiciones si deciden dialogar con Noboa o González?

No estamos diciendo ni puestos ni cargos. Lo que estamos diciendo es que con base al programa de Gobierno de PK podamos debatir, transformar este país. En estos momentos están regresando nuestros migrantes, ¿cómo vamos a resolver? No solo decir el qué sino el cómo, cuánto de presupuesto para inversiones agrarias o para que nuestros jóvenes vayan a universidades, para reducir la violencia.

Hay ciertos planteamientos y hechos que están presentes en el movimiento indígena, que podrían pesar a la hora de tomar una posición. Así lo hacen notar Guillermo Churuchumbi, coordinador

nacional de PK; y Salvador Quishpe, ex asambleísta por PK y exdirigente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie). Quishpe respondió a título personal. (KSQ)

salvador QuishPe

PlaNtea aCCioNes CoN deCretos

El ministro de Gobier no dijo que está “haciendo acercamientos con todos”. ¿Cómo debería responder el movimiento indígena?

Si él (Noboa) está coqueteando solamente para conseguir votos, está equivocado. Pero si en serio quiere implementar políticas en beneficio del movimiento indígena y del pueblo ecuatoriano, demuestre (…). Teníamos un sistema que nos ayudaba a recuperar conocimientos ancestrales, lenguas maternas. Pero vino la supuesta Revolución, terminó con esa educación. Correa nunca tuvo el espíritu de devolvernos, siempre nos gritó que somos unos ecologistas infantiles y unas mentes reducidas. Si Noboa quiere verse distinto, firme el Decreto Ejecutivo devolviendo ese Sistema de Educación Intercultural Bilingüe a los pueblos y nacionalidades del Ecuador, con autonomía, entregando recursos y respaldo integral. (La Secretaría de Educación Intercultural Bilingüe está supeditada al Ministerio de Educación). Segundo. Subieron el IVA del 12 al 15% con el argumento de que eso iba a generar recursos para luchar contra la delincuencia. La delincuencia sigue creciendo. Cojan esos recursos, capitalicen a la banca pública y ordenen en un decreto que se entreguen créditos, a una tasa de interés económica para la juventud emprendedora, que hoy está desocupada siendo presa fá-

cil del narcotráfico.

¿Estas propuestas deberían ser consideradas si los dirigentes van a un diálogo con Noboa?

Estoy dando mi opinión. El presidente debe recoger las opiniones de la ciudadanía y orientar una política en esa línea. El candidato hoy es el presidente, tiene en sus manos todo el poder que le da la Constitución y la ley para implementar políticas como he señalado.

¿Cuán importante es el pasado para el movimiento indígena?

Ellos (el correísmo) tenían 10 años para revisar la política crediticia del país y bajar la tasa de interés. Nunca lo hicieron. En 2021, presenté un proyecto de ley para bajar la tasa de interés . La mayoría del correísmo mandó el proyecto a Mireya Pazmiño, en ese entonces presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, para que lo archive. Ya sabemos quiénes son. En la historia se han dado muchos golpes. A mí me revolcaron en Quito, un 15 de agosto de 2015, cuando luchábamos para no permitir la reelección indefinida de Correa . Repito, nos quitaron el Sistema de Educación Intercultural Bilingüe. Nos quitaron la tranquilidad en nuestros territorios, se los entregaron a las empresas mineras. Esos son los problemas mayores por lo que no confiamos en ellos. Noboa tampoco es que vaya a resolver esos problemas.

Jorge Glas y ocho procesados aún sin sentencia en caso

Reconstrucción de Manabí

Desde hace 57 días, el conjuez de la CNJ, Marco Aguirre, delibera para resolver sobre pedidos de nulidad planteados por las defensas de los sospechosos de presunto peculado en el caso Reconstrucción de Manabí.

El 20 de diciembre de 2024, el conjuez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Marco Aguirre, suspendió la audiencia para deliberar y dar a conocer su decisión sobre los pedidos de nulidad planteados por las defensas de los sospechosos de presunto peculado en el caso Reconstrucción de Manabí, y decidir cuántos de los nueve procesados irían a juicio.

La investigación de Fiscalía busca demostrar un supuesto mal manejo de fondos públicos asignados para la reconstrucción de Manabí tras el terremoto de abril de 2016. La trama de presunta corrupción indaga a nueve personas:

-Exvicepresidente Jorge Glas

-Exministro de Obras

Públicas, Walter Solís

-Exsecretario del Comité de Reconstrucción, Carlos Bernal

-Exgerente de Ecuador

Estratégico, Pablo Ortiz

-Exviceministro de Obras

Públicas, Boris Córdova

-Exsubsecretario zonal del Ministerio de Obras Públicas, Franklin Bernal

-Exsubsecretario zonal del Ministerio de Obras Públicas, Omar Chamorro

-Exdirector de Inmobiliar, Víctor Salvador J.

-Exdirector de Secob, Milton Daniel M.

El 20 de diciembre de 2024, el juez de la CNJ había reinstalado la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio después de ocho diferimientos.

En la diligencia, Andrés Villegas, abogado de Glas, solicitó al conjuez que su defendido sea trasladado a un hospital psiquiátrico porque, según dijo, padece de un trastorno mental, y pidió que se declare la nulidad del proceso. Luego, el magistrado escu-

chó los argumentos de Glas. A través de una conexión virtual, desde la cárcel “La Roca” (Guayaquil), dijo que el Comité de la Reconstrucción no contrató ninguna obra tras el terremoto, sino que, se priorizaron algunos proyectos que tampoco eran de obligatorio cumplimiento. Según Glas, en el supuesto que se hubiese configurado un presunto peculado, los responsables serían los integrantes del ministerio de Finanzas de la época, encargado de asignar recursos.

El abogado de Walter Solís, Richard Ortiz, solicitó la nulidad alegando que la instrucción fiscal (de 90 días) del caso terminaba el 4 de abril, y su cliente fue vinculado el 20 de abril de 2024. La defensa de Carlos Bernal, en su pedido de nulidad, expuso que la fiscalía habría vulnerado el debido proceso en la etapa de investigación previa al haber sobrepasado el plazo de dos años establecido en el COIP. El fiscal subrogante Wilson Toainga rechazó los pedidos de nulidad, rebatió el argumento de que la investigación previa sobrepasó el tiempo legal, y dijo que el peculado es un delito imprescriptible, tanto en la ejecución de la pena como en los tiempos del proceso investigativo. Solicitó al conjuez que declaré

° 26/abril/2016: Con Decreto Ejecutivo 1004 se crea el Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva y del Empleo para ejecutar la construcción y reconstrucción de infraestructura para mitigar los efectos del terremoto.

° 20/mayo/2016: Se expide la Ley de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción de Zonas Afectadas por el terremoto que contempla recaudación de contribuciones solidarias.

° 25/abril/2019: Fiscalía recibe denuncia del Cpccs sobre hechos relacionados al abuso de dineros públicos utilizando fondos de la Ley de Solidaridad.

° 9/mayo/2019: Fiscalía recibe un informe con indicios de responsabilidad penal de Contraloría como parte de un examen especial a contratos suscritos para la construcción del Parque Las Vegas (Portoviejo) y la construcción del tramo de acceso al Puerto de Manta-Colisa cuyo financiamiento provino de los fondos de Ley de Solidaridad que eran específicos para enfrentar las consecuencias del terremoto.

° 10/ febrero/2020: Fiscalía recibe otra denuncia del Cpccs por el presunto delito de delincuencia organizada mencionado una reunión del 22 de mayo de 2017 entre los integrantes del Comité de la Reconstrucción en la cual se priorizaron 584 proyectos sin un sustento técnico que evidenciara la finalidad emergente de reconstrucción.

la validez procesal y dé paso a la presentación de su acusación. Con base en los indicios recopilados durante la instrucción fiscal, el conjuez deberá resolver cuántos de los nueve procesados irán a juicio.

Luego de escuchar a todas las partes procesales, el conjuez suspendió la diligencia, y se retiró a deliberar, y dijo que convocará a la reinstalación para dar a conocer su decisión.

Para Fiscalía, se configuró un “sistema de abuso de recursos estatales”

La teoría fiscal señala que la infracción se habría cometido en la adjudicación del contrato para la construcción del proyecto vial Manta-Colisa de 22 kilómetros por más de $68 millones.

La obra fue adjudicada después del terremoto. Para FGE existen los elementos que respaldaron la formulación de cargos contra Glas, quien presidía el Comité para la reconstrucción Para Fiscalía, en este caso se configuró un “sistema de abuso de los recursos estatales”, por ejemplo, para construcciones como el Parque Las Vegas, en Portoviejo.

El delito de peculado está tipificado en el artículo 278 del COIP y se sancion con prisión de diez a trece años. (SC)

° 30/mayo/2023: Una vez que Fiscalía revisa y analiza la conexión de los hechos (con las denuncias del Cpccs y del informe de Contraloría) se unifica el expediente fiscal para que siga la investigación.

° 1/junio/2023: Fiscalía solicita fecha y hora para formular cargos contra Jorge Glas y exfuncionarios públicos como Pablo Ortiz por su presunta participación en supuesto peculado.

° 5/enero/2024: Fiscalía formula cargos contra Glas, y exfuncionarios como Pablo Ortiz por presunto peculado. El juez de la causa dictó prisión preventiva para Glas y Carlos Bernal.

° 21/febrero/2024: CNJ declaró improcedente el pedido de apelación a prisión preventiva solicitado por Glas.

° 12/abril/2024: Fiscalía vincula a 6 personas más a la investigación por presunto peculado, entre ellos a Walter Solis

Club Deportivo Especializado Dedicado a la Práctica del Deporte Profesional “STAR CLUB RIOBAMBA”

Convocatoria a Asamblea de Elecciones

Riobamba 14 de febrero del 2025

De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación y el estatuto vigente, se convoca a todos(as) los Socios del Club Deportivo Especializado Dedicado a la Práctica del Deporte Profesional “STAR CLUB RIOBAMBA” de acuerdo a su estatuto vigente, a la Asamblea General de Elecciones que se llevará a cabo el día 6 de marzo del 2025, a partir de las 19:00 en el Salón Royal Club ( Veloz y Carlos Zambrano) para tratar el siguiente orden del día:

1. Constatación del quorum

2. Elección del Directorio Club Deportivo Especializado Dedicado a la Práctica del Deporte Profesional “STAR CLUB RIOBAMBA” periodo 2025 - 2029.

3.Toma de juramento, posesión y elaboración de nombramientos del nuevo directorio

4. Clausura

Se ruega puntualidad Atentamente

PERSONAJE. Jorge Glas, exvicepresidente de la República. (Foto API-archivo)
Fernando Adriano Roberto Morales Presidente Secretario
Hitos del caso Reconstrucción de Manabí (Fuente Fiscalía)

Jóvenes de hasta 29 años ganan un promedio de $189

La gran mayoría de jóvenes sobrevive con ingresos bajos o nulos, atrapados en la informalidad y la dependencia económica. Con un salario promedio de apenas $189 al mes, la independencia financiera es un lujo. Esta es una crisis silenciosa, pero real.

Ingresos mensuales de los jóvenes

Ingresos mensuales de jóvenes según ocupación

Ocupación

Ningún ingreso Menos de $450

$450 a $899

$900 a $1.349

$1.350 a $1.799

$1.800 a $2.249

Más de $2.250

Empleado bajo relación de dependencia

Empleado bajo honorarios profesionales

Autoempleo

Empleado en prácticas o pasantías

Desempleado

Estudiante a tiempo completo

Voluntariado

El panorama económico de la juventud ecuatoriana refleja una preocupante realidad: solo el 1,20% de los jóvenes de hasta 29 años en Ecuador logra percibir un ingreso mensual de $900 o más, lo que evidencia la fragilidad del mercado laboral y las dificultades de acceso a empleos bien remunerados

De acuerdo con una encuesta reciente impulsada

por Children International y Empleo Joven Ecuador, el ingreso mensual promedio de los jóvenes ecuatorianos, debido a la alta informalidad y el desempleo, es de apenas $189,6, una cifra que dista mucho del salario básico unificado y que limita sus oportunidades de desarrollo personal y profesional.

Como ya analizó LA HORA, el 80,1% de los jóve-

más, como ya se mencionó antes. el 80,1% se encuentra desempleado, lo que refleja la escasez de oportunidades laborales para este sector de la población.

Quienes logran acceder al mercado laboral en su mayoría tienen trabajos informales o con bajos ingresos: el 34,5% gana menos de $450 al mes, y solo el 12,4% percibe entre $450 y $899.

Esta situación genera un círculo vicioso en el que los jóvenes no pueden independizarse económicamente, retrasando su autonomía y limitando su capacidad de consumo e inversión en su futuro. La falta de ingresos adecuados afecta la estabilidad de las familias, muchas de las cuales deben sostener a sus hijos en la adultez, generando un impacto financiero adicional en los hogares.

“El hecho de que los jóvenes tengan un salario promedio menor al salario básico, que llega a los $189, por supuesto genera una dependencia económica y que tengan que vivir todavía con los padres. Existen cada vez más espacios con un mayor número de personas. Los bajos ingresos hacen que los jóvenes busquen espacios con sus padres, con sus tíos, con sus primos, y se forman familias ampliadas donde cada uno aporta lo poco que gana”, explicó María Augusta Proaño, directora de la oficina en Quito de Children Internacional.

Toda esta situación, de acuerdo con Proaño, también provoca que muchos jóvenes (8 de cada 10 según la encuesta) vean en la migración una “solución posible” a sus problemas, aunque en muchas ocasiones derive en deportación forzosa, endeudamiento, entre otros agravantes.

por el autoempleo, con un ingreso promedio de $475,7, o por pasantías y prácticas profesionales, que apenas alcanzan los $369,5 mensuales, lo que demuestra que incluso aquellos que trabajan enfrentan dificultades económicas . Un joven con un empleo formal bajo relación de dependencia gana alrededor de $600.

El reto del consumo y el desarrollo económico El bajo poder adquisitivo de la juventud ecuatoriana impacta directamente en el consumo interno del país. La falta de recursos limita la capacidad de los jóvenes para invertir en bienes y servicios, afectando sectores como la educación, el comercio y la industria. Sin ingresos estables, las decisiones de compra se reducen a cubrir necesidades básicas, disminuyendo el dinamismo económico y retrasando el crecimiento de negocios y emprendimientos.

“El desafío para Ecuador es claro. Sin estos cambios estructurales, el país corre el riesgo de perpetuar una generación atrapada en la precariedad, con pocas opciones de progreso y un impacto negativo en la economía a largo plazo”, acotó Lorena Mendoza, economista de 27 años y emprendedora. Como ejemplo, un joven ecuatoriano con un ingreso mensual de $189 que aún depende de sus familiares enfrenta un panorama económico muy limitado. Con ese dinero, apenas podría cubrir necesidades básicas:

-Transporte público: $40 (si usa bus, ecovía, metro para moverse diariamente).

-Alimentación básica: $100 (comiendo en casa y evitando restaurantes).

nes encuestados está desempleados, es decir, no ha tenido acceso a un trabajo formal.

Dependencia económica y empleos informales

Uno de los datos más alarmantes es que el 51,1% de los jóvenes encuestados no tiene ingresos propios y el 59,8% depende económicamente de sus padres. Ade-

Impacto en la calidad de vida El limitado acceso a ingresos dignos no solo restringe la posibilidad de una vida independiente, sino que también incide directamente en la calidad de vida de los jóvenes. Sin estabilidad financiera, el acceso a vivienda propia, educación continua y hasta la atención médica se convierte en un desafío.

Muchos jóvenes optan

-Recargas de celular e internet: $20 (para mantenerse comunicado y trabajar o estudiar).

-Otros gastos (higiene, esparcimiento ocasional): $29. No podría costear vivienda propia, educación superior de calidad ni atención médica privada. Su independencia es imposible sin apoyo familiar, y cualquier imprevisto económico, como una enfermedad o la pérdida del empleo informal, lo dejaría en una situación crítica. (JS)

Migrantes venezolanos:

EE. UU. deja de ser el destino soñado

Un 30% de la población venezolana menor a 30 años quiere salir del país, pero las políticas migratorias de Donald Trump alejan a Estados Unidos el principal destino de la migración.

Una reciente encuesta de la firma Poder y Estrategia revela que, ante la crisis política y económica en Venezuela, un número significativo de ciudadanos considera emigrar en los próximos meses. Así, al menos el 305 de la población menor a 30 años quiere salir del país. Aunque Estados Unidos ha sido un destino tradicional para los migrantes venezolanos, las políticas migratorias más estrictas de Donald Trump y las dificultades para obtener visas han llevado a muchos a reevaluar sus opciones.

Según el estudio, Colombia se perfila como el principal destino para los venezolanos que planean emigrar. Actualmente, más de 2,8 millones de venezolanos residen en Colombia, y se espera que esta cifra aumente debido a la proximidad geográfica, las similitudes culturales y las políticas de acogida implementadas por el gobierno colombiano.

Perú y Brasil también se destacan como destinos preferidos. Perú alberga a aproximadamente 1,6 millones de venezolanos, mientras que Brasil ha recibido a más de 626.000. Estos países ofrecen

oportunidades laborales y han establecido mecanismos para regularizar la situación migratoria de los recién llegados. En Europa, España se ha consolidado como un destino atractivo para los venezolanos, con más de 390.000 residentes venezolanos en 2024.

La facilidad del idioma y la existencia de redes comunitarias han facilitado este flujo migratorio. Además, en los primeros seis meses de 2024, España recibió 44.000 nuevos migrantes venezolanos, con un promedio de 241 llegadas diarias. Un aspecto notable es que el 37,5% de las solicitudes de protección internacional en España durante 2024 provinieron de ciudadanos venezolanos, con una tasa de aprobación cercana al 98%.

La encuesta también indica que factores como la estabilidad política, las oportunida-

des económicas y las políticas migratorias de los países receptores influyen significativamente en la elección del destino por parte de los migrantes venezolanos. Mientras algunos buscan oportunidades en países vecinos de América Latina, otros optan por destinos más lejanos como España, donde consideran que pueden integrarse más fácilmente debido a la lengua y la cultura compartidas.

En resumen, aunque Estados Unidos ha sido históricamente un destino para los migrantes venezolanos, las circunstancias actuales han llevado a una diversificación en los destinos preferidos, con países como Colombia, Perú, Brasil y España emergiendo como las opciones más atractivas para quienes buscan nuevas oportunidades fuera de Venezuela.

EMPRESA MINERA EN PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE REQUIERE CONTRATAR OBREROS Y AYUDANTES.

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Se le hace saber: INSPECCION

AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA INSPECTORA DEL TRABAJO DE PICHINCHA

DE PICHINCHA - Quito, 13 de Febrero del 2025, a las 11h40, continuando con el conocimiento de la solicitud de Visto Bueno identificada con el Nro. 338522-2025-PDZ, presentado por la DRA. ANA GABRIELA ANDRADE, PROCURADORA JUDICIAL DE FARMAENLACE CIA.LTDA, REPRESENTADA LEGALMENTE POR EL SR. JORGE ROBERTO ORTIZ CEVALLOS EN CALIDAD DE PRESIDENTE EJECUTIVO, en calidad de empleador en contra de la señora EVELYN PAULINA VIVANCO GONZAGA se ha dictado lo que sigue: 1) Agréguese al proceso el escrito presentado por la parte accionante de fecha 12 de febrero de 2025 a las 15h52 minutos. 2) En aplicación a los Art. 183, 545, atribución 5ta. y 621 del Código del Trabajo, con la copia de la solicitud de Visto Bueno que antecede y esta providenc ia notifíquese a la trabajadora EVELYN PAULINA VIVANCO GONZAGA mediante una sola publicación en un periódico de amplia circulación del lugar donde se sustancia el procedimiento de Visto Bueno. Dicha publicación contendrá un extracto de la solicitud de Visto Bueno y de la providencia respectiva, conforme a lo determinado en el Art. 11 del Acuerdo Ministerial MDT- 2024-041, por cuanto el empleador bajo j uramento declara desconocer el domicilio y residencia de la accionada, y ha justificado que ha efectuado todas las diligencias necesarias para tratar de ubicarlo, conforme se desprende de la documentación adjunta. A la accionada se le concede el término de hasta veintidós días para que conteste y señale casillero judicial para futuras notificaciones Con su contestación o sin ella se procederá a investigar los fundamentos de la solicitud de visto bueno y se dictará la resolución que corresponda. 3) Para tal efecto se entrega el correspondiente extracto, y se le informa al accionante que la publicación se remitirá a la Inspectoría del Trabajo dentro del término de diez días siguientes desde la notificación con la presente providencia, en caso de no dar cumplimiento se dispondrá el archivo del expediente. 3) Tómese en cuenta los correos electrónicos: anaandrade@farmaenlace.com / valeriapalacios@farmaenlace.com / mperezv@farmaenlace.com y la autorización otorgada al (a) profesional del derecho que suscribe la presente causa - NOTIFIQUESE - F) AB. EVELYN PAMELA DELGADO ZAPATA.

REALIDAD. Los venezolanos buscan huir de la dictadura chavista.

SANTO DOMINGO | lunes 17/febrero/2025 I

Juicio N.- 17305-2010-1699

Juicio No. 17305-2010-1699

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de febrero del 2025, a las 10h42. REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA, Quito, martes 11 de febrero del 2025, a las 10h42.

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA NOTIFICACIÓN JUDICIAL

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

ACTORES: CAMACHO MORENO JUAN FERNANDO y CAMACHO MORENO ANA VERONICA

NOTIFICACIÓN  JUDICIAL

DEMANDADOS: CAMACHO VALLEJO FERNANDO

JUICIO NÚMERO: 17305-2010-1699

ACTORES: CAMACHO MORENO JUAN FERNANDO y CAMACHO MORENO ANA VERONICA

DEMANDADOS: CAMACHO VALLEJO FERNANDO

JUICIO NÚMERO:  17305-2010-1699

OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

TIPO DE PROCEDIMIENTO: ESPECIAL

TIPO DE PROCEDIMIENTO: ESPECIAL

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de enero del 2025, a las 14h06. VISTOS.- Incorpórese al expediente físico el escrito de 16 de enero de 2025 de 2025, presentado vía SATJE por la parte actora.- AL MISMO.- 1) Recibidos que fueron los

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.  Quito, viernes 24 de enero del 2025, a las 14h06. VISTOS.- Incorpórese al expediente físico el escrito de 16 de enero de 2025 de 2025, presentado vía SATJE por la parte actora.- AL MISMO.- 1) Recibidos que fueron los informes de liquidación de 10 de enero de 2025, al amparo de lo previsto en el artículo 372 del Código Orgánico General de Procesos proceda el señor CAMACHO VALLEJO FERNANDO, en su calidad de obligado principal, a pagar dentro del término CINCO DÍAS: (i) la cantidad adeudada por pensiones alimenticias que le corresponde a la alimentaria ANA VERÓNICA CAMACHO MORENO, esto es: USD. $96,084.30 (NOVENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y CUATRO CON 30/100 DÓLARES AMERICANOS). Este valor será depositado en la cuenta SUPA N° 1701227040, bajo las prevenciones señaladas en el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos; y, (ii) la cantidad adeudada por pensiones alimenticias que le corresponde al alimentario JUAN FERNANDO CAMACHO MORENO , esto es: USD. $98,130.12 (NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA CON 12/100 DÓLARES AMERICANOS). Este valor será depositado en la cuenta SUPA N° 1701-227845, bajo las prevenciones señaladas en el artículo 137 del Código Orgánico General de Procesos.- 2) Se le indica al alimentante que, conforme lo prevé el Art. 373 ibídem, únicamente podrá oponerse al mandamiento de ejecución dentro del término de cinco días, por las causas determinadas en el referido artículo. La causa que se invoque deberá estar debidamente justificada.- 3) A fin de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso estos términos correrán a partir de que el alimentante sea notificado en legal y debida forma con el presente auto; para lo cual, téngase en cuenta el correo señalado por la parte actora en el escrito que se atiende; sin perjuicio de que sea notificado conforme lo previsto en el Art. 56 ibídem, según lo solicitado en escrito de 19 de noviembre de 2024, fs. 377; en tal sentido, se les requiere a los alimentarios, señores ANA VERÓNICA CAMACHO MORENO y JUAN FERNANDO CAMACHO MORENO, acudir a esta Unidad Judicial con sus documentos de identidad en originales y copias, el día 06 de febrero de 2025, a las 15h00, a fin de que, de conformidad con el artículo 56, numeral 2, inciso 2° del Código Orgánico General de Procesos; declaren bajo juramento que es imposible determinar la individualidad, el domicilio o residencia del demandado, señor CAMACHO VALLEJO FERNANDO.Hecho que sea se procederá conforme corresponda.- Conforme con el Art. 14 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos y Art. 19 de la Resolución 204-2023, de 12 de diciembre de 2023, aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, la firma electrónica contenida en el presente auto tiene igual validez y genera los mismos efectos jurídicos que la firma ológrafa (manuscrita) por lo que no será necesario consignarla. NOTIFICACIONES. Al amparo del Art. 66 del Código Orgánico General de Procesos; y, en cumplimiento de la Resolución 1022023, de 21 de junio de 2023, dictada por el Consejo de la Judicatura, todos los autos serán notificados únicamente a los correos electrónicos señalados por los sujetos procesales.- Actúe el Dr. Carlos Humberto Miranda Vela, en calidad de Secretario de este despacho Judicial.- NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.-

¿Trump allana el camino a la corrupción en América Latina?

La suspensión de la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero por orden de Donald Trump podría disparar la corrupción en América Latina. Al debilitar una de las principales herramientas de control, funcionarios y empresas se sentirán más protegidos para participar en sobornos. Expertos advierten que esta medida aumentará la inestabilidad política y el deterioro institucional en la región.

Juicio No. 17305-2010-1699

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, martes 11 de febrero del 2025, a las 10h42. REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA NOTIFICACIÓN JUDICIAL

ACTORES: CAMACHO MORENO JUAN FERNANDO y CAMACHO MORENO ANA VERONICA

DEMANDADOS: CAMACHO VALLEJO FERNANDO

JUICIO NÚMERO: 17305-2010-1699

OBJETO DE LA DEMANDA: DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO

TIPO DE PROCEDIMIENTO: ESPECIAL

Dr. Carlos Humberto Miranda Vela

SECRETARIO

La reciente orden ejecutiva de Donald Trump que suspende la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (FCPA) podría tener graves repercusiones en la lucha contra la corrupción en América Latina. La medida, que ha pasado desapercibida entre sus controvertidas declaraciones, pone en pausa la principal herramienta legal que Estados Unidos ha utilizado durante décadas para sancionar a empresas que sobornan a funcionarios extranjeros.

UNIDAD JUDICIAL DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, viernes 24 de enero del 2025, a las 14h06. VISTOS.- Incorpórese al expediente físico el escrito de 16 de enero de 2025 de 2025, presentado vía SATJE por la parte actora.- AL MISMO.- 1) Recibidos que fueron los

MIRANDA VELA CARLOS HUMBERTO

SECRETARIO

Desde su aprobación en 1977, la FCPA ha sido clave para destapar escándalos de corrupción a nivel global, incluyendo el caso Odebrecht , que sacudió a

varios gobiernos latinoamericanos. Sin embargo, Trump justifica su suspensión con el argumento de que la ley afecta la “competitividad ” de las empresas estadounidenses frente a competidores internacionales que operan sin restricciones similares. El impacto de esta decisión podría ser devastador para América Latina. Según expertos, los funcionarios corruptos se sentirán más seguros al recibir sobornos sin temor a ser investigados, mientras que empresas de EE.UU. podrán operar con menos restricciones en prácticas ilícitas. “Esto tendrá un impacto muy negativo en la región”, advirtió

José Ugaz, exfiscal peruano y director del grupo anticorrupción Proética. El anuncio de Trump también podría generar un efecto dominó en Europa , donde muchas empresas podrían exigir a sus gobiernos flexibilizar las regulaciones anticorrupción para no quedar en desventaja frente a sus pares estadounidenses.

El contexto regional ya es preocupante. Según Transparencia Internacional , países como Brasil, Chile, Honduras, Nicaragua y Venezuela han registrado un deterioro en los índices de percepción de corrupción. Ahora, con la suspensión de la FCPA, los niveles de corrupción podrían empeorar aún más.

La decisión de Trump genera interrogantes sobre sus verdaderas intenciones. Mientras algunos defienden que existen otras leyes para combatir la corrupción, la FCPA es considerada la herramienta más efectiva de Washington en esta lucha. “¿Realmente cree que permitir los sobornos hará más competitivas a las empresas estadounidenses, o simplemente está recompensando a quienes financiaron su campaña?”, se preguntan analistas.

Si la orden ejecutiva no es revocada o modificada, podría desatar un aumento en la corrupción en América Latina, debilitando las instituciones democráticas y favoreciendo la inestabilidad política y económica en la región.

PERSONAJE. Donald Trump ha firmado innumerables decretos y órdenes ejecutivas en un mes en la Casa Blanca

Minería ilegal en Imbabura financia a Los Lobos

Reportes militares y policiales apuntan a que una de las principales fuentes de financiamiento del grupo delictivo Los Lobos es la minería ilegal.

IMBABURA.- El control de la minería ilegal en la provincia de Imbabura, al norte del Ecuador, ha sido captado por Los Lobos, calificado como uno de los principales grupos delictivos organizados (GDO) del país.

Hace más de dos años, informes de seguridad del Estado revelaban que los Lobos intentaban tomar el control de los campamentos mineros, algo que han conseguido en la actualidad, en su totalidad, donde además cometen otros delitos como extorsiones.

En los últimos operativos desarrollados en la zona de Buenos Aires, en el cantón Urcuquí, epicentro de las actividades mineras ilegales en Imbabura, entre enero y febrero de 2025, el Ejército y la Policía ha encontrado varios campamentos sofisticados que no solo permiten explotar el material de la tierra, en este caso oro, sino procesarlo a través de un complejo proceso con maquinaria es-

pecia l , que llevan hasta las montañas e instalan en medio de la vegetación.

La segunda semana de febrero, precisamente, el personal militar y policial destruyó lo que calificaron como una mega procesadora de minería ilegal , donde encontraron cilindros amalgamadores, piscinas de sedimentación, tanques de agitación, trituradoras, motores, poleas, bultos de material mineralizado y químicos para procesar el oro.

Las Fuerzas Armadas aseguran que este sitio pertenecía a Los Lobos, recalcando que “es su principal fuente de financiamiento a nivel nacional, por lo que con estas operaciones se ocasiona un gran daño a sus estructuras económicas”.

Una semana antes, policías y militares también ejecutaron un operativo en zonas aledañas de donde se concentra la minería ilegal en Imbabura, donde encontraron armas de fuego, municiones, prendas militares y motocicletas robadas, en una casa donde presuntamente estarían pernoctando integrantes de Los Lobos. Informes de Inteligencia

Policial, a los que accedió LA HORA, señalan que luego de una intervención militar realizada en diciembre de 2024, alrededor de 400 mineros ilegales, así como presuntos

integrantes del grupo armado organizado Los Lobos , han reanudado las actividades mineras ilegales en las minas de la parroquia Buenos Aires.

“En este contexto, se conoció que en el sector de La Esperanza de Río Verde , personas desconocidas que se presume formarían parte de Los Lobos, estarían pernoctando en una vivienda abandonada, desde donde planificarían y ejecutarían extorsiones a quienes se dedican a la minería ilegal, cobrándoles un valor económico a cambio de una aparente seguridad que dicen brindar a todos los que se encuentran en las diferentes minas de la parroquia”, menciona la Policía.

Un negocio ilícito bastante lucrativo Tentativamente, según explicaron en su momento desde el Ejército, cada 1.000 bultos de minería extraídos representan 30.000 kilogramos de material aurífero, que tendrían un valor de alrededor de $80.000. Sin embargo, tras ser procesado y obtener el oro como tal, su valor se incrementa, dejando millonarias ganancias mensuales.

Otra muestra de lo lucrativo que es este negocio ilegal también está en los campamentos localizados por las Fuerzas Armadas en la parroquia Buenos Aires, donde se puede dar cuenta de la capacidad económica de quienes se dedican a estas actividades ilícitas, pues los materiales encontrados en las plantas procesadoras ilícitas de material minero bordean inversiones de $100.000. (DLH)

PARtIcIPAcIón. Personas detenidas y varias evidencias dan cuenta de la presencia de Los Lobos en las zonas de minería ilegal en Imbabura.
OPeRAtIvOs. Campamentos, minas activas, plantas procesadoras, es parte de lo encontrado en Buenos Aires en los controles que hacen policías y militares.
SANTO DOMINGO

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ESTADO DE EXCEPCIÓN: LÍIMITES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Introducción

Sin duda alguna, la calamidad pública que padecemos, como lo es, la emergencia sanitaria causada por el COVID-19, debemos enfrentarla todos, con esfuerzos mancomunados e ideas positivas para sobrevivir y sobresalir de este problema público. Pero, debemos preguntarnos si tales esfuerzos e ideas a presentarse y practicarse deben ser libres y abiertas, o, limitadas y enmarcadas al ordenamiento jurídico. Esto, por cuanto al menos en el Sistema Educativo Nacional se ha emitido una disposición, la cual debe ser analizada; en el sentido si tal disposición enmarca lineamientos para el inicio de clases durante la emergencia sanitaria, y si esos lineamientos están acordes al ordenamiento jurídico que rige al sistema nacional de educación. Para el efecto, se debe conocer el límite de competencia y las atribuciones que confiere la ley a determinada Autoridad Pública. En ese sentido, la actividad que realiza el Estado, se la conoce como: atribuciones, funciones, facultades, cometidos, servicios públicos, prerrogativas, etc., para Gabino Fraga (1999), la atribución es el contenido de la actividad del Estado y a la función como la forma en que se realiza esa actividad.

Desde esa perspectiva, para el presente tema, vendría las interrogantes ¿Es procedente? ¿Es legal? ¿Es pertinente? la disposición emitida por la Autoridad Educativa Nacional en iniciar el período escolar a través de un sistema virtual. Además, ¿Está la comunidad educativa preparada para el inicio de clases de manera virtual, frente a la emergencia sanitaria? Etc., etc… Ahora bien, la educación es uno de los derechos primordiales de los niños, niñas y adolescentes; a su vez, se constituye en una obligación del Estado cumplir con ese derecho, empero, es la obligación la que encierra parámetros esenciales de cumplimiento de aquel dere -

cho a la educación, misma que comprende a una igualdad y oportunidad en la educación, para acceder, permanecer, movilizarse y egresar. Siendo así, la aplicación de principios dentro del Sistema Educativo. Para mayor comprensión del lector, sobre el objetivo del presente artículo, estableceré dos consideraciones, que son:

• Diferencia entre competencia y funciones;

• Límite de la Competencia y Atribuciones de la Autoridad Educativa Nacional;

Diferencia entre competencia y funciones. Agustín Gordillo, en su obra “Los órganos del Estado” indica lo siguiente: No debe confundirse la competencia con la “aptitud de obrar” de los órganos administrativos, o con el “complejo de atribuciones otorgadas al órgano;” en otros términos, la competencia no designa al conjunto de actividades que pueden imputarse a un órgano estatal, sino sólo el conjunto de actividades que el órgano puede legítimamente realizar.

Se diferencia así al ejercicio de la función como género y al ejercicio de la competencia como especie. Para que el acto sea válido, es necesario que además de ser realizado dentro de la función que corresponde al órgano, lo sea dentro de su competencia. La ley atribuye una función a un órgano y dispone que el ejercicio de la función sólo será legítimo cuando lo realice en su competencia: El que lo realice fuera de la competencia, pero dentro de la función, significa que el acto es irregular, pero ello no quita que el acto sea estatal y pueda acarrear la responsabilidad de la administración. La competencia condiciona la validez del acto, pero no su condición propia de acto estatal o no; claro está, todo acto realizado dentro de una competencia es acto estatal, pero conviene no olvidar que no porque haya incompetencia el acto deja necesariamente de ser referible al Estado. La aptitud de obrar o ejercicio de la función deriva, pues, de que se confiere al órgano una parte de la función

administrativa y ello se aprecia de acuerdo con la “reconocibilidad externa” del acto o hecho; la competencia deriva de las limitaciones expresas o virtuales contenidas en el orden jurídico y regla la licitud del ejercicio de aquella función o aptitud de obrar. Frecuentemente se compara a la competencia de los órganos administrativos con la capacidad de los sujetos privados de derecho: En ambos se estaría señalando una aptitud de obrar, la medida de las actividades que el órgano o el sujeto puede legalmente ejercer. Sin embargo, es importante destacar que mientras que en el derecho privado la capacidad es la regla, y por lo tanto se presume que existe en tanto una norma expresa no venga a negarla, en derecho público la competencia de los órganos no se presume y debe estar expresamente otorgada por una norma jurídica para que pueda reputársela legalmente existente. En resumen, la competencia en el Derecho Administrativo es el conjunto de atribu-

CONSULTA LAbOrAL

¿La ley permite solicitar medidas cautelares aunque no exista una forma específica para conocer y proveer ese tipo de medidas?

RESPUESTA

l a posibildiad de solicitar y disponer medidas preventivas en los procesos judiciales está limitada a la cosa que se litiga o para asegurar un crédito. los requisitos para ordenar el secuestro o la retención de bienes, exigen que se demuestre la existencia de un crédito. e n materia laboral, al ser juicios de conocimiento que generalmente pretenden el reconocimiento de un derecho para ser indemnizados, no existe un crédito como tal, sino una mera expectativa. Por esta razón no es posible ordenar medidas preventivas con la presenación a la demanda como determina la norma. n o obstante el a rt. 594 del código del Trabajo.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley

ciones, poderes o facultades que le corresponden a un órgano en relación a los demás y que le permite actuar de acuerdo a derecho.

Competencia

Dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, para la

La Hora Santo Domingo
LUNES, 17 De FeBReRo De 2025
Autor: Ab. José Molina Mora
Corte Nacional de Justicia

actividad administrativa, se establece que “La competencia es la medida en la que la Constitución y la ley habilitan a un órgano para obrar y cumplir sus fines, en razón de la materia, el territorio, el tiempo y el grado”. (Art. 65 Código Orgánico Administrativo). A su vez, la competencia tiene un alcance, generado no tan solo en la ley, sino en todo lo necesario para el cumplimiento de sus funciones (Art. 67 del COA); dicho esto, mal se podría interpretar que las funciones pueden ser asignadas ilimitadamente sin observancia de la ley, y a son de “actuación administrativa” crea actos administrativos, normativos, etc., para pretender justificar el principio de legalidad (todo lo que no se encuentre previsto en la ley, se entiende permitido); sin observar el límite de la ley, en el sentido de que la ley es la que manda, la que prohíbe, la que permite (Art. 1 Código Civil). A mi criterio, en el campo administrativo, la Constitución es la regla general, y la Ley es la regla específica, de modo que, lo que establece la Constitución, debe observarse en la ley, pues en el campo administrativo, lo primero sería lo sustantivo y lo segundo lo adjetivo de la actividad administrativa, dentro del poder propio de la administración pública. Es por esa razón, que la competencia nace de la ley y la ejerce la o el servidor público.

Ahora bien, el ordenamiento jurídico delimita atribuciones dando a cada órgano de la Administración un conjunto de funciones que determinan su ámbito de actividad y establecen su ámbito de competencia. Entonces, la competencia administrativa de un órgano es su esfera de responsabilidad y, como tal, tiene el deber de ejercerla, de manera que los actos administrativos sólo pueden ser dictados por el órgano que tenga competencia para ello, siendo irrenunciable por ese órgano que la tenga atribuida como propia, salvo en supuestos previstos en la Ley.

Principios de la administración pública En resumen, la función es el objetivo institucional a través del cual produce o presta determinado bien o servicio y en el que se plasma las atribuciones del gobierno. Incorpora agrupaciones de acciones encaminadas a cumplir con los fines y atribuciones que le corresponde a la administración pública. Es por ello, que la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 227, establece que “La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de

eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación”. Siendo tales principios los que define la ley (Código Orgánico Administrativo), para el tema que nos ocupa, indicaré sobre los principios de eficacia, eficiencia y coordinación, porque de estos tres al menos nacen otros trascendentales en la actuación administrativa.

Art. 3 del Código Orgánico Administrativo. - Principio de eficacia. Las actuaciones administrativas se realizan en función del cumplimiento de los fines previstos para cada órgano o entidad pública, en el ámbito de sus competencias.

Criterio: Sobre la base doctrinaria expuesta anteriormente, las funciones son las actividades que realiza la administración pública de acuerdo a la competencia que le establece la ley; en tal virtud, sobre el tema educativo nacional, respecto al inicio de clases de manera virtual, en otras palabras, a través de plataforma web, internet, u otro medio tecnológico, distinto al estatus presencial, sin haberse observado el Art. 46 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, que refiere a las modalidades del Sistema Nacional de Educación que son: Presencial, Semipresencial, y a distancia. Como tampoco se está observando a la igualdad de oportunidades en la educación, tal como lo prevé el Art. 5 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, pues no es la mismo el uso de medios tecnológicos en la ciudad, con el uso de los mismos en el campo, toda vez que, los niños de la ciudad contará con un acceso breve al internet, pues tendrán planes de internet y una computadora a la mano, mientras que los niños del campo, tendrán solo su mochila de útiles del año anterior, pues sus padres viven de la agricultura, y en otros casos de solo jornales; en el supuesto caso de contar con una computadora, adquirir el internet para ellos es difícil por simple lógica.

Se dice entonces que, para los niños del campo se les brindará clases a través de la radio, para así garantizar el derecho a la educación por ejemplo, con una emisión en un respectivo horario, por cuanto ellos no cuentan con internet, ante ello, existe una igualdad entre la computadora con el uso del internet y la radio, estamos observando alguna eficacia, considero que no.

Todo lo expuesto, sin olvidar que la mayoría de las instituciones educativas, por no decir todas, cuentan con un permiso de funcionamiento

para las enseñanzas bajo la modalidad presencial, y hasta el momento no se ha emitido un acto administrativo con base jurídico sobre el cambio de dicha modalidad.

Art. 4 ibidem. - Principio de eficiencia. Las actuaciones administrativas aplicarán las medidas que faciliten el ejercicio de los derechos de las personas.

Criterio: Sobre la base doctrinaria expuesta anteriormente, la Constitución de la República del Ecuador establece la igualdad de derechos, en tal sentido, sobre el tema en cuestión, tomando en consideración que en razón al Estado de Excepción declarado, mediante Decreto Ejecutivo 1017, mismo que es por 60 días, en donde están restringidos dos derechos, el de libre tránsito, y el de libertad de reunión; como entonces pueden ejercer sus derechos la comunidad educativa, si no existe integración, ni relación social, para la formación de los educandos en los valores, tal como lo establece la LOEI.

Art. 9 ibidem. - Principio de coordinación. Las administraciones públicas desarrollan sus competencias de forma racional y ordenada, evitan las duplicidades y las omisiones. (el énfasis me pertenece)

Criterio: Sobre la base de este principio y la doctrina descrita, es una obligación del servidor público observar sus actuaciones, que estén enmarcadas en el ámbito del derecho, sin pretermitir esto, que las omisiones son sancionas por la ley, de ahí nace lo previsto en la Constitución… “ningún servidor público estará exento de responsabilidad en el ejercicio de sus funciones”. En tal sentido, iniciar las clases bajo una modalidad no legalmente autorizada, o que en su momento no se ha formalizado, inobservando así el derecho a la igualdad de la educación, implica entonces omisiones, y negligencia en el ejercicio de la función de la administración pública. Ante lo expuesto, todo se relaciona o se encuadra a la legalidad y la constitucionalidad que se debe observar en la administración pública, por tanto, considero importante destacar el principio de juridicidad, que, si bien no está como un principio en el Art. 227 de la Carta Fundamental, empero, por el carácter vinculante determinado en el Art. 429 ibidem se acopla, se inserta, en la administración pública, pues el ordenamiento jurídico administrativo (Código Orgánico Administrativo) en su Art. 14, señala: Principio de juridicidad. La actuación administrativa se somete a la Constitución, a los instrumentos internacionales, a la ley, a los principios, a la

jurisprudencia aplicable y al presente Código. La potestad discrecional se utilizará conforme a Derecho. En doctrina, para Julio Rodolfo Comadira, el Principio de Juridicidad expresa “…la exigencia de que todo el accionar de aquel se someta al ordenamiento jurídico considerado como un todo”. Esto quiere decir que todas las acciones del Estado deben preverse en el ordenamiento jurídico y sujetarse a su regulación. O, lo que es lo mismo, toda manifestación de poder estatal debe encontrar respaldo en la ley.

Tal jurista, solo se basa en la ley y no la Constitución, claro está, porque la legislación de su país respecto a la administración pública se rige solo en la ley; empero, en Ecuador, todo se rige en la Constitución, porque vivimos en un Estado Constitucional de Derechos y Justicia. Sin pretermitir, el Estado de Derecho, situaciones que hay que diferenciar, pero, aquello corresponde a otro asunto. En esa línea, sobre la juridicidad en la administración pública se debe observar el Art. 18 del Código Orgánico Administrativo, que indica: Principio de interdicción de la arbitrariedad. Los organismos que conforman el sector público, deberán emitir sus actos conforme a los principios de juridicidad e igualdad y no podrán realizar interpretaciones arbitrarias. Entonces, sobre esos principios (juridicidad e igualdad) para el presente tema, debe estar normado y autorizado para que exista el complemento a la pretensión, esto es, el inicio de clases de manera virtual ante la emergencia sanitaria, en instituciones educativas autorizadas para las enseñanzas bajo la modalidad presencial vs los derechos de los educandos y de los demás miembros de la comunidad educativa. Consecuentemente, correspondería indicar las competencias y atribuciones de la Autoridad Educativa Nacional, a efectos de conocer si la pretensión es legal, debida, pertinente.

Límite de la Competencia y Atribuciones de la Autoridad Educativa Nacional La Ley Orgánica de Educación Intercultural, en su Art. 22 establece las competencias de la Autoridad Educativa Nacional, y a su vez determina las atribuciones y deberes de la misma, todo esto se articula con la Constitución de la República del Ecuador, eh ahí el detalle importante, pues, toda Autoridad Administrativa deberá respetar y hacer respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República y la ley (…). Entonces, siendo la competencia el conjunto de fa -

cultades que un agente puede legítimamente ejercer; el concepto de “competencia” da así la medida de las actividades que de acuerdo al ordenamiento jurídico corresponden a cada órgano administrativo: Es su aptitud de obrar y por ello se ha podido decir que incluso formaría parte esencial e integrante del propio concepto de órgano.

Es así que el Art. 31 del Código Orgánico Administrativo, establece el Derecho fundamental a la buena administración pública., indicando que son “las personas los titulares del derecho a la buena administración pública, y esto se concreta en la aplicación de la Constitución, los instrumentos internacionales, la ley y el COA”.

En tal virtud, el MINEDUC debe observar la Constitución y la ley, para el respeto de los derechos, y la igual del ejercicio de esos derechos, con el fin de brindar una buena administración pública, lo que hasta el momento resulta contradictorio e inobservado.

Siguiendo esa línea de la norma, observamos en el Art. 37 del COA que la administración pública tiene como obligación servir con objetividad al interés general y la promoción de los derechos constitucionales, esto es, el efectivo ejercicio y goce de los derechos; por tanto, se resumen esto, en la equidad a la educación de los niños, niñas y adolescentes, sea de la ciudad o del campo, la igualdad de la enseñanza y de los métodos a utilizarse para la enseñanza de los educandos.

El Estatuto de Régimen Jurídico de la Función Ejecutiva, en su Art. 101 prevé con más amplitud a la Administración Pública Central, sobre el servicio de objetividad que se debe mantener, observar y practicar. En tal virtud, sobre el tema en cuestión, si bien la Autoridad Educativa Nacional puede expedir acuerdos y resoluciones para implementar planes educativos, estos, debe tener coherencia con la atribución que tiene en cumplir y hacer cumplir las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias y demás normativa que rige el Sistema Educativo Nacional (Art. 22 letras t), u).

Además, no se ha considerado hasta el momento la participación del gobierno escolar para el plan educativo propuesto, sin embargo, la disposición aún goza de tiempo para ser enmendada, presentando parámetros legales y constitucionales en el ejercicio de los derechos a la educación, puesto que, los anunciados hasta el momento no gozan de las garantías respectiva para el goce del derecho a la igualdad de oportunidad en la educación.

Grecia cuna de la democracia y de la contaminación

Investigadores que estudian los núcleos de sedimentos recuperados de la Grecia continental y el mar Egeo han encontrado la evidencia más antigua conocida de contaminación por plomo en el medio ambiente, que data de hace unos 5.200 años. AGENCIA AFP

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luNES 17 de febrero de 2025
Santo Domingo

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