Índice //
Requisitos
Circulación
4-5
9-21
Categorías de licencias
Señalización
22-32 Notas de interés
6-8
33-38 MEV - Manual de Educación Vial Propiedad de: Lahitte y Asoc. Alsina 35 Piso 2 • (0291) 451-0357 / 456-4914 • 8000 Bahía Blanca Director: Jorge Eugenio Lahitte Coordinación General: M. Soledad Reuque Diseño: Rodrigo Galán Marzo • 2019 |
Prohibida la reproducción total o parcial del contenido.
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// Requisitos
LICENCIA DE CONDUCIR: requisitos a tener en cuenta La licencia de conducir es el documento personal e intransferible que la provincia de Buenos Aires otorga para conducir un vehículo en calles, rutas, caminos, autopistas, semiautopistas o autovías del país. Para obtenerla, hay que cumplir con los requisitos de las Leyes Nacional Nº 24.449 y Provincial Nº 13.927 y su Decreto Reglamentario Nº 532/09. Asimismo, la Provincia ha adhe- rido a la Licencia Nacional de Conducir, respondiendo a estándares de seguridad, técnicos y de diseño establecidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. En este modelo unificado de licencia se detallan datos identificatorios, foto, clases habilitadas para conducir, categoría de licencia, firma, fechas de emisión y de renovación y firma y sello del funcionario habilitante.
¿Qué se necesita para hacer el trámite por primera vez? a) Presentar original y copia de DNI. b) Presentar grupo y factor sanguíneo del titular.
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c) Acompañar autorización del representante legal, si fuere menor de 18 años. d) Saber leer y escribir. e) Encontrarse habilitado para la/s clases que se solicita. f) Abonar los aranceles que correspondan.
g) Asistir al curso teóricopráctico de educación para la seguridad vial. h) Aprobar los exámenes médico psicofísico; teórico de conocimientos sobre conducción, señalamiento y legislación; y el práctico de idoneidad conductiva. i) En el caso de conductores profesionales se requerirán además los conocimientos necesarios conforme a su especialidad
y Certificado de Antecedentes Penales para todas las clases de la Licencia.
Según el Municipio de Bahía Blanca se debe:
1. Informarse correctamente sobre los requisitos necesarios para obtener la licencia. Puede consultarse en la sede de la Dirección de Tránsito y Transporte, D to. Ad m i n i st ra t i vo Tránsito, (Undiano 1165); o a través de la página www.bahia.gob.ar 2. Solicitar turno para realizar el trámite a través de la página www.bahia.gob.ar. Diferenciar la CATEGORÍA de licencia que solicita: Original, Reemplazada, Renovación, Renovación Profesional, Duplicada. Si se trata de una Renovación el turno a obtener debe estar dentro de los treinta (30) días corridos anteriores al vencimiento o dentro de los 90 días posteriores. 3. Tomar nota del día y hora del turno asignado, como así también del Código de Operación para cualquier consulta o por si desea anularlo.
Requisitos //
4. En caso de no poder concurrir, anule el turno por lo menos un (1) día antes. Caso contrario, podrá obtener un nuevo turno transcurridos diez (10) días en el caso de Renovación/ Duplicada y treinta (30) días para Original/Reemplazada. 5. El día y a la hora asignada deberá ir a la Dirección de Tránsito, y en el área INFORMES, presentar la documentación exigida. Se entregará un número para ser llamado en los puestos de atención. Allí se tomarán los datos para iniciar el trámite. Luego se completa la declaración jurada sobre padecimiento de afecciones y se entregan los sellados para abonar.
6. Examen físico, obligatorio para todos los trámites. 7. Examen psicológico: el psicodiagnóstico es posterior a la evaluación física. Es obligatorio para los solicitantes de clases profesionales, de 70 años en adelante y todo postulante que el médico considere necesario derivar. 8. Examen teórico: se lleva a cabo una vez efectuado el psico-físico. 9. Examen práctico: se efectúa una vez aprobados los exámenes anteriores. Es obligatorio para licencia Original y Reemplazada, desarrollándose con el vehículo cuyo porte corresponda a la clase pretendida.
10. La evaluación práctica es obligatoria para las personas de 70 años en adelante, y todo postulante que el equipo profesional a cargo del psico-físico considere necesario.
Para rendir el examen teórico cuando se solicita la licencia por primera vez, se deberán cursar cuatro o cinco módulos de capacitación. Para rendir la licencia de Automóvil - Camioneta, se deberán cursar cuatro módulos. Para obtener la licencia de Motocicletas se deberá cursar cinco módulos.
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// Categorías
CATEGORÍAS DE LICENCIAS Licencia Original: Licencia solicitada por primera vez por un conductor que aspira matricularse como tal, aquellos que hayan superado el plazo de renovación o quienes posean licencia de otra jurisdicción y que no haya sido expedida bajo la Ley Nacional 24.449. Licencia Duplicada, Triplica-
da y siguientes: será otorgada en caso de pérdida, destrucción o deterioro, que haga imposible la identificación del titular.
Las licencias de conducir Duplicadas y Reemplazadas, mantienen el plazo de validez de la anterior.
Licencia Reemplazada: corresponde al cambio de jurisdicción de un conductor (Comprende ampliación de clases, cambios de domicilio y/o de aptitud física). Licencia Renovada: Se otorga en caso de vencimiento del plazo de vigencia de la licencia habilitante.
CLASES DE LICENCIAS La subdivisión de clases de licencias está determinada por la edad del titular, la diferencia de tamaño del automotor o el aditamento de remolque. Clase A.1: ciclomotores para menores entre dieciséis (16) y dieciocho (18) años. Clase A.2: a los fines de este inciso, se entiende por moto de menor potencia la comprendida entre cincuenta y ciento cincuenta centímetros cúbicos de cilindrada (50 y 150 cc). Clase A.2.1: motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de hasta ciento cincuenta centímetros cúbicos de cilindrada (150 cc). Se debe acreditar habilitación previa de dos (2) años para ciclomotor. Clase A.2.2: motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de más de ciento cincuenta centímetros cúbicos y hasta
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trescientos centímetros cúbicos de cilindrada (150 y 300 cc). Previamente se debe haber tenido habilitación por dos (2) años para una motocicleta de menor potencia, que no sea ciclomotor. Clase A.3: motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de más de trescientos centímetros cúbicos de cilindrada (300 cc). Previamente se debe haber tenido habilitación por dos (2) años para una motocicleta de menor potencia. Clase A4: motocicletas (incluidos ciclomotores, triciclos y cuatriciclos) de cualquier cilindrada contemplados en los puntos precedentes de la presente clase, que sean utilizados para el
Categorías //
transporte de toda actividad comercial, de servicios e industrial. Previamente se debe haber tenido habilitación por dos (2) años para una motocicleta. Clase B.1: automóviles, utilitarios, camionetas y casas rodantes motorizadas hasta tres mil quinientos kilogramos (3.500 Kg.) de peso total.
Clase D.1: automotores del servicio de transporte de pasajeros de hasta ocho (8) plazas y los comprendidos en la clase B.1. Clase D.2: vehículos del servicio de transporte de más de ocho (8) pasajeros y los de las clases B, C y D.1. Clase D.3: servicios de urgencia, emergencia y similares. Clase E.1: camiones articulados y/o con acoplado y los vehículos comprendidos en las clases B y C. Clase E.2: maquinaria especial no agrícola. La Dirección de Vialidad desarrollará el programa teórico-práctico para la evolución de los aspirantes y asistirá a los municipios que no posean capacidad operativa para dicha evaluación. Clase E.3: vehículos afectados al transporte de cargas peligrosas.
Clase B.2: automóviles y camionetas hasta tres mil quinientos kilogramos (3.500 Kg.) de peso con un acoplado de hasta setecientos cincuenta kilogramos (750 Kg.) o casa rodante no motorizada. Clase C: camiones sin acoplado ni semiacoplado y casas rodantes motorizadas de más de tres mil quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso y los automotores comprendidos en la clase B 1.
Clase F: automotores incluidos en las clases A1, A2, B y D1 (sólo taxis y remis) con la descripción de la adaptación que corresponda a la discapacidad de su titular. Los conductores que aspiren a obtener esta licencia, deberán concurrir con el vehículo que posea las adaptaciones y/o equipamiento especial necesario y compatible con su discapacidad. En caso de las persona daltónicas, con visión monocular o sordas y demás discapacidades físicas se regirá por el presente título. El vehículo habilitado para conducir por el solicitante será consignado en el campo de OBSERVACIONES de la Licencia. Clase G.1: tractores agrícolas. Clase G.2: maquinaria especial agrícola.
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// Categorías
CUATRICICLOS Las Licencias de Conducir actuales que incluyan la clase Motos (clase A.2.1; A.2.2 y A.3) emitidas hasta el último día hábil del año 2018, serán válidas para la conducción de vehículos cuatriciclos hasta la fecha de su vencimiento.
de manejo y exámenes correspondientes si desea mantener la clase cuatriciclos. Los conductores que deseen acceder, renovación común, duplicado, renovación profesional y mayores de 70 años deberán realizar la prueba práctica de
Aquellos conductores que actualmente posean las clases mencionadas no deberán realizar el reemplazo de la licencia. No obstante, al momento del vencimiento de la misma, no se renovará automáticamente la clase cuatriciclos (sólo se renovará de manera automática la clase Motos), debiendo el conductor realizar la prueba
manejo en alguno de los municipios con pista habilitada, antes de comenzar el trámite. La más cercana a nuestra localidad es Monte Hermoso. Las otras localidades son: Tandil; Villa Gesell; General Alvarado; Tres Arroyos; Puan; Las Flores; Olavarría; Carmen de Areco; Rivadavia; Carlos Tejedor; Lomas de Zamora y Pilar.
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Según informaron desde el municipio de Monte Hermoso, las condiciones de la prueba las estableció Nación a través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte. La evaluación consta de dos partes, una teórica y otra práctica. La primera mide conocimientos elementales generales de circulación con este tipo de vehículo y la segunda se divide, a su vez, en dos etapas. La primera de ellas, será de detección de fallas en los cuatriciclos. La persona debe demostrar que conoce los elementos de seguridad activa, pasiva y preventiva del vehículo con el que realiza el examen. La segunda etapa de la parte práctica será la prueba de manejo en sí misma. En un circuito cerrado y a través de diferentes maniobras el conductor deberá demostrar que tiene control del vehículo así como noción de sus dimensiones.
Para más información, contactarse con la Dirección de Tránsito Municipal de Monte Hermoso (Patagonia 370). Consultas al 02921 483123.
Circulación //
LA CIRCULACIÓN en la vía pública El artículo 39 de Ley N° 24.449 establece las condiciones para conducir. En tal sentido, los conductores deben: a) Antes de ingresar a la vía pública, verificar que tanto él como su vehículo se encuentren en adecuadas condiciones de seguridad, de acuerdo con los requisitos legales, bajo su responsabilidad. No obstante, en
caso de vehículos del servicio de transporte, la responsabilidad por sus condiciones de seguridad, se ajustará a los dispuesto en el inciso a del artículo 53.
El vehículo La industria automotriz es una de las más dinámicas en cuanto a la incorporación de alta tecnología, relacionada no
sólo con el confort del vehículo, sino también con la inclusión de sistemas y elementos vinculados a la seguridad. No obstante, tanto en rodados nuevos o con varios años de uso, es necesario proporcionar al vehículo del mantenimiento apropiado. Desde el punto de vista de la seguridad vial, los sistemas esenciales de un vehículo son:
Sistema de funciones y elementos que comprende: De frenado
Permanente y eficaz. Todo vehículo posee tres sistemas: de estacionamiento (o de “mano”), de servicio y de emergencia (o “doble circuito”), estos dos últimos están integrados y tienen asistencia (no los modelos más viejos).
De dirección
Permite con el menor esfuerzo posible conducir, circular y girar en el sentido deseado. Hoy prácticamente todos los modelos traen dirección asistida.
Tren de rodamiento
Comprende: suspensión, amortiguación y neumáticos. Fundamentales para la adherencia y estabilidad. Atenúan los efectos de las irregularidades de la vía y la conservan también.
Eléctrico
Incluye: generación y acumulación de energía; encendido (del motor); luces de alumbrado y señalamiento, y provisión de servicios (desempañador, limpiaparabrisas, levantavidrios, etc.).
De escape
Responsable de evacuar los restos (humo y sonido) de la mezcla que se quema en el motor, evitando al mismo tiempo la contaminación ambiental por ruido y gases.
De alimentación Suministra al motor el insumo que transforma en energía y le permite realizar el trabajo que moviliza al vehículo. De visión
Lo integran: parabrisas, vidrios y espejos retrovisores. Deben estar limpios sin elementos que obstruyan la visión.
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// Circulación
EL CONDUCTOR Al solo requerimiento de la autoridad competente, se debe presentar la documentación exi-
gible, la que debe ser devuelta inmediatamente de verificada, no pudiéndose retenerse sino
en los casos que la normativa contempla. Deber portar: • Licencia de conductor habilitante para el vehículo que conduce • Documento de Identidad • Cédula Verde de identificación del automotor • Comprobante del seguro obligatorio • Constancia de Verificación Técnica Vehicular (oblea VTV)
ELEMENTOS DE SEGURIDAD en los motovehículos Para la conducción de este tipo de vehículos, es importante que sus ocupantes lleven puestos cascos normalizados, y su conductor use anteojos. • Motocicletas: se trata de todo vehículo de dos ruedas con motor a tracción propia de más de 50 centímetros cúbicos de cilindrada, que pueden alcanzar velocidades superiores a los 50 km/h. En su estructura, se ubica el conductor y un solo acompañante (el cual se sitúa siempre detrás del conductor) o una carga de hasta 100 kilos.
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• Ciclomotor: no supera los 50 centímetros cúbicos de cilindrada y no puede exceder los
50 km/h de velocidad. No se pueden llevar cargas ni pasajeros que superen los 40 kilos.
En cuanto a los tipos de cascos, hay dos clases que brindan diferentes niveles de protección -casco abierto y casco cerrado-, y deben cumplir con los siguientes requisitos: Ĝ Reunir los estándares requeridos por las entidades que reglamentan sus características (homologados). Ĝ No presentar defectos a simple vista: fisuras, elementos sueltos, correas gastadas o dañadas, partes desajustadas. Ĝ Ajustarse con comodidad y exactitud a la cabeza.
Circulación //
PROHIBICIONES De acuerdo con la ley, no se puede conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Asimismo, también está prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre, y para quienes conduzcan motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre. Para vehículos destinados al transporte de pasajeros de
menores y de carga, queda prohibido hacerlo cualquiera sea la concentración por litro de sangre. La autoridad competente
realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario.
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// Circulación
MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO Los vehículos radicados en la provincia de Buenos Aires deben realizar una inspección técnica obligatoria periódica, que los habilita a circular. En tal sentido, los elementos y mecanismos de seguridad que trae de origen el vehículo, deben mantenerse inalterables y en
buenas condiciones. Si no se aprueba la inspección en una primera presentación, se indicará cuáles son el/los
elemento/s que no cumplieron con el nivel mínimo de exigencia. En este caso, se dará un plazo para una prueba presentación.
¿Quiénes deben verificar? Rige la obligatoriedad de verificar todos los vehículos radicados en la provincia de Buenos Aires, con más de 24 meses o dos años de antigüedad, cuando sean de uso particular y que posteriormente lo deberán realizar en forma anual. Las motocicletas se encuentran exentas de verificar hasta el año de antigüedad, luego deberán hacerlo en forma anual. Los vehículos de servicio público dedicados al transporte de personas hasta nueve plazas incluido el conductor (ej. taxis, remises) verifican a partir del año de antigüedad. De uno a cuatro años verifican anualmente y a partir del cuarto año en forma semestral. Los vehículos de servicio público o privado dedicados al transporte de personas, incluidos el transporte de escolares y de menores con capacidad de 10 plazas o más, incluido el conductor, hasta los seis meses exento, de seis a dos años deben verificar en forma anual, y a partir de los dos años en forma semestral. Los vehículos dedicados al transporte de
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mercancías, hasta los seis meses exentos, de seis a tres años lo hacen anualmente y a partir de los tres años en forma semestral.
¿Qué documentación debe presentarse? Quienes presenten sus vehículos por primera vez • Cédula Verde • Título de Propiedad del automotor (sólo la primera revisión)
Circulación //
• C.U.I.T (si corresponde) • Documento de Identidad del conductor Presentaciones subsiguientes • Cédula Verde • Tarjeta de Verificación Técnica • C.U.I.T. (sólo si hubo cambio de titularidad en el último período) • Documento de Identidad del conductor
¿Qué documentación recibe? Si el resultado es apto o condicional • Oblea autoadhesiva • Certificado de Verificación • Informe de Inspección Si el resultado es rechazado • Informe de Inspección
¿Qué se Verifica? Identificación del vehículo, carrocería, suspensión, tren delantero, frenos, neumáticos, sistema eléctrico y luces, contaminación, accesorios de seguridad, sistema de dirección.
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// Circulación
MANTENER LA DISTANCIA, es importante Para evitar una colisión, se necesita disponer del máximo tiempo posible para reaccionar. Por tal motivo, resulta fundamental respetar los espacios entre los vehículos. La distancia de seguridad es la distancia mínima que se debe guardar mientras se está circulando. Va a permitir tener un margen de reacción para anticipar una situación d e r i e s g o. U n a distancia adecuada de seguridad depende de una variedad de factores como el clima, la condición de la calle, el momento del día y el límite de velocidad establecido. Al respecto, la Ley de Tránsito 24.449, en su artículo 48 -inciso g-, dice que se debe “conducir a una distancia del vehículo que lo precede, menor de la prudente, de acuerdo a la velocidad de marcha”. No se asigna un valor específico de cuál es la distancia que se debe mantener con el vehículo que circula por delante. Sólo los colectivos, camiones y maquina-
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rias especiales deben mantener una distancia de 100 metros entre sí o con los vehículos que los anteceden.
Existe una fórmula para mantener una velocidad segura de seguimiento que permite conservar la distancia adecuada que es la Regla de los dos segundos: • Se elige un punto de referencia en la vía pública por donde pasará el vehículo que antecede.
• Cuando ese vehículo pasa por el punto de referencia se procede a decir “mil ciento uno, mil ciento dos”. Son dos segundos. • Si el vehículo llega al punto de referencia antes de decir “mil cientos dos” significa que el seguimiento es muy de cerca, y en consecuencia, se deberá reducir la velocidad hasta ponerse a dos segundos de distancia del vehículo de adelante. Se debe aumentar la distancia segura de seguimiento a más de dos segundos cuando: • Hay condiciones climáticas adversas. • Están en mal estado las vías de circulación o se están haciendo obras. • Anteceda a nuestro vehículo otro que limite el campo de visión.
Circulación //
DISTANCIA DE FRENADO Es el trayecto que recorre un que se esté prestando, la edad, se acciona el freno hasta detevehículo desde el momento en etc. La distancia relacionada al nerse completamente. En tal senque su conductor advierte un tiempo de reacción es el espacio tido, la distancia de frenado es la peligro hasta que el vehículo recorrido durante ese lapso. recorrida durante ese lapso. No se detiene totalmente. Por otro lado, el tiempo de depende solamente del conducHay que tener presente que frenado es el que va desde que tor, también habrá que tenerse este recorrido incluye en cuenta la carga del el tiempo de reacción vehículo, las condicioMetros por segundo que recorre un que se da cuando el nes del pavimento, los vehículo según la velocidad que lleva conductor percibe algo, neumáticos, etc. lo elabora, decide qué Por última, la disA 40 km/h recorre 11 m/s debe hacer y comienza tancia total de detenA 60 km/h recorre 16 1/2 m/s la acción efectiva de ción es la suma de la A 80 km/h recorre 22 m/s frenado. En un conducdistancia recorrida duA 100 km/h recorre 27 1/2 m/s tor tipo varía entre 1/2 rante el tiempo de reA 120 km/h recorre 33 m/s a 2 1/2 segundos, de acción más la distancia A 140 km/h recorre 39 m/s acuerdo con la atención de frenado.
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// Circulación
CIRCULACIÓN SEGURA EN BICICLETAS Los ciclistas tienen los mismos derechos y obligaciones que de los demás conductores, y al compartir la vía pública, deben atender y respetar las mismas normas. Sin embargo, quienes conducen un auto u otro vehículo más grande, deben tomar pre-
cauciones específicas, dada la poca visibilidad, inestabilidad y vulnerabilidad de los ciclistas.
Algunos consejos para tener en cuenta:
Hacete visible: usa ropa clara y reflectante y luces por la noche.
Usá casco y asegurate que esté colocado correctamente. Con tu mano izquierda señálizá y usá la campanita o timbre. Respetá siempre los semáforos y señales. No uses auriculares ni celular mientras circulás. Sujetá el manubrio con ambas manos y con la derecha mantené los dedos apoyados en el freno. Revisá periódicamente los frenos y el aire de los neumáticos.
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Mantenete atento a los imprevistos y hacé contacto visual.
Circulación //
Para evitar accidentes, hay una serie de precauciones que incluyen:
1 metro
Circular alejados de los mismos, al menos un metro. En el caso de motocicletas evitar circular compartiendo el carril.
No circular ni estacionar en las sendas destinadas a ciclistas. Y darle la prioridad de paso si debe atravesarlas.
No encerrar a ningún ciclista o motociclista al cambiar de carril o girar en una intersección.
Mirar muy bien girando su cabeza hacia los costados y atrás, ya que estos vehículos, por sus dimensiones, pueden ubicarse con facilidad en los “puntos ciegos”, esos que no se ven a través de los espejos.
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// Circulación
ACCIDENTES Y SINIESTROS VIALES Según la ley, se considera accidente de tránsito a todo hecho que produzca daño en personas o cosas, como consecuencia de la circulación. La siniestralidad vial es prevenible y evitable. Se presume responsable de un siniestro al que carecía de prioridad de paso, realizó mal el adelantamiento o cometió una infracción relacionada con la causa de la colisión.
En caso de siniestro, si usted está involucrado o es partícipe, debe: 1- Detenerse despacio, inmediatamente: debe hacerlo en un lugar seguro. Hay que tratar de “achicar el riesgo”, no incrementar el siniestro ni crear obstáculos para el socorro. Si está en vías de circulación rápidas, hay que alejarse lo más que se pueda. Hay que tratar de no dejar el vehículo sobre la calzada ni la banquina. Nunca se de a la fuga, eso empeora la situación procesal o contravencional y su responsabilidad. Baliza: colocarla para que queden visibles para quien deba advertir la presencia irregular de su vehículo. En caminos, del lado del tránsito, desde 50 a 150 metros antes para evitar sorpresas de los que se acercan.
del siniestro o comenzó a prenderse fuego la unidad, debe desconectar la batería. Puede ser manual o automático.
2- Llamar: lo antes que pueda al 911 o comunicarse de alguna manera con la asistencia pública, la policía o los bomberos.
4- Prestar el auxilio que esté a su alcance: respecto a los heridos, no los mueva si no es necesario. Hay que hacer lo que indique el médico o la autoridad cuando se hagan presentes en el siniestro.
3- Corte de energía: si quedó en la zona
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Circulación //
Extintor: los reglamentarios del vehículo son útiles para combatir un principio de incendio. Debe extraer el precinto de seguridad, dirigir la boca de salida a la base del fuego, accionar y agotar el contenido que se va en pocos segundos. 5- Suministrar sus datos: se debe brindar el contenido de la licencia de conducir y del seguro a las otras partes involucradas y a la autoridad interviniente. Si estas personas no estuvieran presentes, los datos debe adherirlos a los vehículos que participaron. Anotar toda la información que se pueda sobre los involucrados y circunstancias, ya que serán de utilidad. 6- Denunciar el hecho: si hay heridos y personas fallecidas, debe denunciar el hecho ante la fiscalía o la policía. Intervendrá la justicia y
quedará vinculado al sumario que se instruya como imputado, víctima o testigo. Si no hubo heridos ni fallecidos, hay que hacer la denuncia de siniestro al seguro en el plazo que éste fija.
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// Circulación
PRIORIDADES DE PASO Todo conductor debe ceder siempre el paso en las encrucijadas al que cruza desde su derecha. Esta prioridad del que viene por la derecha es absoluta, y sólo se pierde ante: • Señalización específica en contrario. • Vehículos ferroviarios y vehículos del servicio público de urgencia. • Vehículos que circulan por una semiautopista. Antes de ingresar o cruzarla se debe siempre detener la marcha. • Peatones que cruzan líci-
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tamente la calzada por la senda peatonal o en zona peligrosa señalizada como tal; debiendo el conductor detener el vehículo
si pone en peligro al peatón. • Las reglas especiales para rotondas. • Cualquier circunstancia cuando: se desemboque desde una vía de tierra a una pavimentada; se circule al costado de vías férreas, respecto del que sale del paso a nivel; se haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía; o se conduzcan animales o vehículos de tracción a sangre.
Circulación //
GIROS Y ROTONDAS Las normas establecidas para la circulación en rotondas, se constituyen en una excepción al principio de la prioridad de paso del vehículo que cruza desde la derecha. Para realizar un giro debe respetarse la señalización, y observar las siguientes reglas: 1. Advertir la maniobra con suficiente anticipación, mediante la señal luminosa correspondiente, que se mantendrá hasta la salida de la encrucijada. 2. Circular desde (treinta) 30 metros antes por el costado más próximo al giro a efectuar. 3. Reducir la velocidad, girando a una marcha moderada, dando siempre prioridad al peatón. 4. Reforzar con la señal manual cuando el giro se realice para ingresar en una vía de poca importancia o en un predio frentista. 5. Si se trata de una rotonda, la circulación a su alrededor será sin interrupción ni detenciones
y dejando la zona central no transitable de la misma, a la izquierda. Tiene prioridad de paso
el que circula por ella sobre el que intenta ingresar, debiendo
ceder el paso al que egresa, salvo que exista señalización que indique lo contrario. Muchas veces el desconocimiento de estas reglas especiales, son causa de siniestros viales, por lo que debe tenerse en cuenta, además, que el principio establecido se fundamenta en la posición más desfavorable, respecto a la eficiencia del flujo de tránsito, en que se encuentra el vehículo que se desplaza en la trayectoria curva.
En giros y rotondas disminuya la velocidad, respete la señalización existente y las reglas de prioridad correspondientes.
Ejemplos:
• Tiene prioridad el que circula por la rotonda, sobre el que intenta ingresar En este caso, el vehículo A que circula en la dirección de la flecha de color rojo, debe ceder el paso al vehículo B que circula por la rotonda en el sentido de la flecha color naranja.
• Debe cederle el paso al que egresa de la rotonda En este caso, el vehículo A que circula en la dirección de la flecha de color rojo, debe ceder el paso al vehículo B que intenta salir de la rotonda en el sentido de la flecha color naranja. MEV 2019 21
// Señales
SISTEMA DE SEÑALIZACIÓN VIAL UNIFORME (Anexo L - Ley Nac. de Tránsito 24.449)
Definición Son todos aquellos dispositivos viales que a través de códigos gráficos, simbólicos, sonoros, visuales o de otro tipo, regulen la circulación de vehículos y peatones. Las señales de tránsito se pueden dividir en: • Verticales • Horizontales o marcas en el pavimento • Transitorias (obra)
• Luminosas (electromecánicas o semáforos) • Humanas • Sonoras
Señales Verticales Se clasifican en: • Preventivas • Reglamentarias • Informativas • Transitorias
Señales Preventivas Tienen por objeto advertir al usuario de la vía la existencia de un peligro y/o situaciones imprevistas de carácter permanente o temporal, indicándole su naturaleza.
CURVA (COMÚN)
CURVA Y (CONTRACURVA)
CAMINO SINUOSO
CURVA (EN S)
CURVA PRONUNCIADA
PENDIENTE PELIGROSA (BAJADA)
PENDIENTE PELIGROSA (SUBIDA)
ELEVACIÓN TRANSVERSAL (LOMO DE BURRO)
ESTRECHAMIENTO (EN LAS DOS MANOS)
IRREGULARIDAD CONTINUA (SERRUCHO)
DEPRESIÓN TRANSVERSAL (BADÉN)
CALZADA RESBALADIZA
PROYECCIÓN DE PIEDRAS
DERRUMBES
TÚNEL
PUENTE ANGOSTO
PUENTE MÓVIL
ALTURA LIMITADA
ANCHO LIMITADO
COMIENZO DE CAMINO DIVIDIDO
FIN DE CALZADA DIVIDIDA
INCORPORACIÓN DE TRÁNSITO LATERAL
INICIO DE DOBLE CIRCULACIÓN
CRUCE
CAMINO LATERAL
BIFURCACIÓN EN Y
BIFURCACIÓN EN T
ESTRECHAMIENTO (EN UNA SOLA MANO)
EMPALME EN Y A LA DERECHA
ROTONDA
EMPALMES CONTRARIOS SUCESIVOS
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EMPALME
Señales //
ESCOLARES
NIÑOS
CICLISTAS
JINETES
VIENTOS FUERTES LATERALES
PRESENCIA DE VEHÍCULO EXTRAÑO (TRACTOR)
ANIMALES SUELTOS (VACA)
PRESENCIA DE VEHÍCULO EXTRAÑO (AMBULANCIA)
ANIMALES SUELTOS (CIERVO)
CRUCE PEATONAL
CORREDOR AÉREO
PRESENCIA DE VEHÍCULO EXTRAÑO (TRANVÍA)
Advertencias de Máxino Peligro
PANELES DE PREVENCIÓN
CRUCE FERROVIARIO
CRUZ DE SAN ANDRÉS
CURVA CERRADA
CRUCE DE PEATONES
ATENCIÓN
Señales Reglamentarias o Pescriptivas de Prioridad
FIN DE LA PRESCRIPCIÓN
PARE
CEDA EL PASO
PREFERENCIA DE AVANCE
TRAMOS DE 18º EN COLOR ROJO Y BLANCO ALTERNATIVOS MATERIAL REFLECTIVO EN AMBAS CARAS DE LA BARRERA 2.20 A 2.80 1.00 A 1.40
FIN DE LA PRESCRIPCIÓN
BARRERAS FERROVIALES
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// Señales
Señales Reglamentarias o Pescriptivas de Prohibición Tienen por objeto indicar a los usuarios de las vías las limitaciones, prohibiciones o restricciones sobre su uso y cuya violación constituye falta que se sancionará conforme a las normas de la Ley de Tránsito.
NO AVANZAR
CONTRAMANO
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (AUTOS)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (MOTOS)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (BICICLETAS)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (CAMIONES)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (ACOPLADO)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (PEATÓN)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (TRACCIÓN ANIMAL)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (CARRO DE MANO)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (TRACTOR)
PROHIBICIÓN DE CIRCULAR (ANIMAL)
NO ESTACIONAR NI DETENERSE
NO GIRAR A LA IZQUIERDA
NO GIRAR A LA DERECHA
GIRO OBLIGATORIO (DERECHA)
NO GIRAR EN U (NO RETOMAR)
GIRO OBLIGATORIO (IZQUIERDA)
PROHIBIDO ADELANTAR
SENTIDO DE CIRCULACIÓN (DERECHA)
NO RUIDOS MOLESTOS
SENTIDO DE CIRCULACIÓN (IZQUIERDA)
NO ESTACIONAR
SENTIDO DE CIRCULACIÓN
(COMIENZO SENTIDO ÚNICO)
PROHIBICIÓN DE CAMBIAR DE CARRIL
SENTIDO DE CIRCULACIÓN (ALTERNATIVA)
TRANSITAR CON LUCES BAJAS ENCENDIDAS LEY Nº25456
PASO OBLIGADO (DERECHA)
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PASO OBLIGADO (IZQUIERDA)
TRÁNSITO PESADO A LA DERECHA
PEATONES POR LA IZQUIERDA
PUESTO DE CONTROL
COMIENZO DE DOBLE MANO
Señales //
Señales Reglamentarias o Pescriptivas de Restricción
LIMITACIÓN DE PESO
LIMITACIÓN DE PESO POR EJE
LIMITACIÓN DE ALTURA
LIMITACIÓN DE ANCHO
LIMITACIÓN DE LARGO
LÍMITE DE VELOCIDAD MÁXIMA
LÍMITE DE VELOCIDAD MÍNIMA
ESTACIONAMIENTO EXCLUSIVO
CIRCULACIÓN EXCLUSIVA (TRANS. PÚBLICO)
CIRCULACIÓN EXCLUSIVA (MOTOS)
CIRCULACIÓN EXCLUSIVA (BICICLETAS)
CIRCULACIÓN EXCLUSIVA (JINETES)
CIRCULACIÓN EXCLUSIVA (PEATONES)
USO DE CADENAS PARA NIEVE
Señales informativas Nomenclatura vial y urbana, destinos y distancias Tienen por objeto identificar las vías, hacer referencias a servicios y guiar al usuario, proporcionándole la información que puede necesitar.
RUTA PANAMERICANA
RUTA NACIONAL
NOMENCLATURA URBANA
IDENTIFICACIÓN DE REGIÓN Y LOCALIDADES
COMIENZO O FIN DE ZONA URBANA
RUTA PROVINCIAL
IDENTIFICACIÓN DE JURISDICCIÓN O ACCESO GEOGRÁFICO
ORIENTACIÓN (EN CAMINOS PRIMARIOS Y SECUNDARIOS)
MOJÓN KILOMÉTRICO
NOMENCLATURA URBANA
ORIENTACIÓN (EN CAMINOS SECUNDARIOS)
NOMENCLATURA DE AUTOPISTA
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// Señales
Señales informativas Características de la vía
CAMINO O CALLE SIN SALIDA
CAMINO O CALLE SIN SALIDA
INDICADORA DE UTILIZACIÓN DE CARRILES
ESTACIONAMIENTO PERMITIDO
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FIN DE AUTOPISTA
ESQUEMA DE RECORRIDO
CAMINO O PASO NO TRANSITABLE
DIRECCIONES PERMITIDAS (DERECHA)
COMIENZO DE AUTOPISTA
DIRECCIONES PERMITIDAS (IZQUIERDA)
CAMINO O PASO TRANSITABLE
PERMITIDO GIRAR (DERECHA)
DESVÍO POR CAMBIO DE SENTIDO DE CIRCULACIÓN
VELOCIDADES MÁXIMAS PERMITIDAS
PERMITIDO GIRAR (IZQUIERDA)
DIRECCIONES PERMITIDAS (IGUAL SENTIDO O DERECHA)
DIRECCIONES PERMITIDAS (BIFURCACIÓN)
DIRECCIONES PERMITIDAS (IGUAL SENTIDO O IZQUIERDA)
DIRECCIONES PERMITIDAS (AMBAS DIRECCIONES)
Señales //
Señales informativas Información turística y de servicios
PUESTO SANITARIO
SERVICIO TELEFÓNICO
ESTACIÓN DE SERVICIO
TELEFÉRICO
CORREO
TALLER MECÁNICO
BALNEARIO
PLAYA
LUGAR PARA RECREACIÓN Y DESCANSO
POLICÍA
HOTEL
BAR
ZONA DE CAMPING
RESTAURANTE
ESTACIÓN DE FERROCARRIL
GOMERÍA
ESTACIONAMIENTO
PUNTO PANORÁMICO
PLAZA
ESTACIONAMIENTO CASAS RODANTES
AEROPUERTO
MUSEO
DETENCIÓN TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS
TAXI
TERMINAL DE ÓMNIBUS
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// Señales
Señales transitorias Tienen por objeto indicar a los usuarios de las vías las limitaciones, prohibiciones o restricciones sobre su uso y cuya violación constituye falta que se sancionará conforme a las normas de la Ley de Tránsito.
CALLE O CARRETERA EN CONSTRUCCIÓN CERRADA
ZONA DE EXPLOSIVOS
ESTRECHAMIENTO DE CALZADA
VALLAS (TIPO I)
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VALLAS (TIPO II)
BANDERILLERO
VALLAS (TIPO III)
DESVÍO
LONGITUD DE LA CONSTRUCCIÓN
HOMBRES TRABAJANDO
CONOS
CARRETERA DE UN SÓLO CARRIL
FIN DE CONSTRUCCIÓN
EQUIPO PESADO EN LA VÍA
TAMBORES
TRABAJOS EN LA BANQUINA
DELINEADORES
Señales //
Señales horizontales o marcas en el pavimento Además de las señales que ya se han presentado, existen marcas en el pavimento que sirven para canalizar y orientar la circulación de los vehículos e indican los movimientos a ejecutar mediante líneas, figuras y leyendas. Constituyen un excelente medio de señalización que guía al usuario sin distraer su vista del camino. Línea central continua Indica división de carriles opuestos y a la vez prohíbe la maniobra de sobrepasar. Línea central discontinua Indica división de carriles: se permite sobrepasar si hay suficiente visibilidad y el carril opuesto se encuentra desocupado en un espacio suficiente que permita una maniobra con seguridad. Línea continua y otra discontinua juntas al centro Indican que se permite sobrepasar a la circulación que se mueve por el lado de la línea discontinua.
transpuestas ni se puede circular sobre ellas bajo ninguna circunstancia, ya que representan una separación física. Sendas peatonales Delimitan el espacio dentro del cual deben de cruzar los peatones, los conductores de vehículos que tengan señal de alto deben detenerse sin invadir el área entre líneas. Zonas o áreas neutrales Son líneas diagonales que sirven para advertir la presencia de obstáculos y canalizar el tránsito. Está prohibido circular sobre ellas y también estacionarse.
Dos líneas continuas Separan los dos sentidos de circulación en calles y caminos. No deben ser
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// Señales
Marcas de aproximación de vías de ferrocarriles Indican que se está usted aproximando a un cruce de ferrocarril, por lo que debe reducir la velocidad y prepararse antes de cruzar las vías.
A
B
A) Cordón amarillo: prohibido estacionar. B) Cordón rojo: prohibido estacionar o detenerse. C) Senda peatonal D) Flechas direccionales E) Líneas carril C
D
E
Señales humanas o manuales Son las que hace el agente de tránsito para regular la circulación de vehículos y peatones.
Un brazo en alto obliga a detenerse a quien lo enfrenta. Ambos brazos en alto obligan a detenerse a todo el tránsito, con excepción de vehículos de emergencia. Posición de frente o de espaldas con brazos bajos o uno en alto, obliga a detenerse a quien lo enfrenta. Brazo en movimiento circular obliga a continuar la marcha a quien está en su línea.
30 MEV 2019
Señales //
Señales luminosas Luz roja continua (foco superior) Cuando se enfrente a la luz roja, debe detenerse en la línea de parada, en el caso de que esté marcada sobre el asfalto. De lo contrario, deberá detenerse antes de entrar en el cruce de peatones. Luz amarilla continua (foco medio) Anuncia la inmediata aparición de la luz roja, por lo que, quienes la enfrentan, tienen que despejar el cruce. En el caso de que se encuentre cruzando deberá completarlo si se está libre, si aun no ha comenzado deberá detenerse. Luz verde continua (foco inferior) Aquellos conductores que la enfrentan, tendrán el tránsito autorizado. Permite seguir la marcha, así como también girar a la derecha, cediendo primero el paso a los peatones. Si se circula por calles de un solo sentido también se permite girar a la izquierda. Luz roja intermitente Los vehículos que la enfrentan deben detenerse, ya que radica lo mismo que un signo de pare.
Luz amarilla intermitente Indica precaución.
Semáforo apagado Cuando los semáforos estén apagados, recuerde que deberá pasar el vehículo que aparece a su derecha.
Flechas de giro Flecha roja, prohibido girar a la izquierda.
Flechas de giro Flecha verde, permitido girar a la izquierda.
Semáforos peatonales Rojo, no debe cruzar. Blanco o verde, puede realizar el cruce.
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// Señales
TRANSPORTE de sustancias peligrosas Los transportes de mercancías peligrosas deben llevar:
Químicos del SEDRONAR y que la unidad esté preparada para este tipo de carga.
• Ficha de intervención del producto. • Tacógrafo en perfecto estado de funcionamiento. • Carteles de identificación de los productos que se transportan: Etiquetas de riesgo (rombo) y Paneles de seguri-
dad (rectángulos), identificación de productos, número ONU, y código de riesgo. • Matafuegos indicados para este transporte. • Un juego de herramientas para emergencias. • Dos clazas. • Elementos de protección personal para el producto que se transporta.
Residuos Peligrosos: • La inscripción en el Registro Nacional de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y el Manifiesto de Transporte, si las instalaciones del Generador se encuentran en Capital y las del Operador en alguna provincia. • La inscripción en el Registro Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos 32 MEV 2019
Alcoholes etílicos y metílicos: • Inscripción del Instituto Nacional de Vitivinicultura de Cubicaje de cisternas para transporte a granel, y los Carteles especiales de identificación del producto transportado.
Especiales de la Provincia de Buenos Aires si las instalaciones del generador y operador de los residuos peligrosos están en la provincia de Buenos Aires y el manifiesto de Transporte correspondiente. • Si el tráfico es local, la inscripción provincial correspondiente. • Elementos de contención para emergencias.
Combustibles líquidos y gases licuados derivados del petróleo: • La revisión técnica de la cisterna emitida por la Subsecretaría de Combustibles de la Nación y el calibrado con la capacidad volumétrica de cada cisterna.
Precursores Químicos: • La inscripción en el Registro Nacional de Precursores
En el caso de contenedores se debe llevar: • Elementos de sujeción para enganche de los contenedores que cumplan la norma IRAM 10.022/88
Sustancias Alimenticias: • Una Habilitación local para el transporte de sustancias alimenticias en general. • Una Habilitación del SENASA para transporte de carnes y/o lácteos. • La Inscripción de habilitación en las bodegas o cajas y Certificado de desinfección de la bodega.
Cargas Indivisibles: • Autorización especial de tránsito para circular que esté emitida por Vialidad Nacional y/o Provincial según la ruta que use.
Nota de Interés //
LA PÓLIZA DIGITAL desde una aplicación móvil A partir de la Resolución 219/2018, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) informó que los asegurados pueden circular por todo el país con el comprobante del seguro de manera digital. La Superintendencia de Seguros de la Nación lanzó una aplicación denominada “Mi Seguro” a través de la cual es posible consultar si el seguro de un vehículo está vigente ingresando el número de patente. Según informaron desde el organismo, la información de las compañías aún no está completa y es probable que en algunos casos, al ingresar una patente de un vehículo asegurado en una firma que aún no esté en el sistema, aparezca la leyenda “VERIFICAR DOCUMENTACIÓN” y sea necesario recurrir a la autogestión de su propia aseguradora. Asimismo, la Resolución autoriza la entrega de la documentación correspondiente a través de medios electrónicos. En tal sentido, el artículo 25.3 que hace referencia a la “Entrega de Póliza y demás Documentación” consigna que: • La documentación deberá remitirse a través de un medio electrónico que permita su lectura, el cual debe incluir el enlace para su descarga. La entrega por medios electrónicos puede efectuarse a través de: • Envío de la documentación por correo electrónico del asegurado y/o tomador, que debe ser declarado al momento de solicitar la contratación, sea esta en forma personal o por medios electrónicos. • Puesta a disposición en la página web de la
aseguradora, cuya dirección debe constar en los formularios de propuesta del seguro o en la página web por la cual, el asegurado y/o tomador haya solicitado la contratación de la póliza. • Puesta a disposición a través de aplicaciones móviles, que deben ser indicadas por la aseguradora al momento de la contratación de la póliza. Cabe destacar que la entrega de la póliza y/o endosos a través de medios electrónicos no impide la solicitud de la documentación física, si el asegurador o tomador lo requiere. En el caso de la compañía San Cristóbal, ofrece la posibilidad de adherirse a la póliza digital y descargar el archivo en PDF. También está la opción de consultarla desde la App de o desde el sitio de Autogestión.
Seguro Verde Comprometidos con el cuidado del medio ambiente y alineados a la póliza digital, San Cristóbal Seguros adhiere al Seguro Verde, destinando el 1% de sus primas al fomento de la forestación. El proyecto consiste en emitir una póliza online eliminando así la de papel. Esta iniciativa busca generar mayor transparencia y control por parte del Estado y agiliza los procesos de trámites beneficiando directamente a los asegurados.
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// Nota de Interés
UN VIAJE SEGURO para los más chicos Según un informe de accidentes con participación de menores realizado por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), aproximadamente el 8 por ciento de las víctimas fatales por siniestros viales en Argentina son menores de 16 años. El elemento más seguro para los niños de hasta 10 años -y obligatorio por ley- es el Sistema de Retención Infantil (SRI), porque reduce en un 70 por ciento los riesgos de lesiones graves o fatales. En varias oportunidades y ante siniestros con desenlaces fatales, los más pequeños han salvado su vida por estar correctamente sujetados al SRI.
De acuerdo con la normativa, niños y niñas deben ir siempre en los asientos traseros y sujetados con el SRI correspondiente según su peso y tamaño. Cuando son chiquitos, se recomienda que sean colocados mirando hacia atrás (contramarcha) y en posición central del vehículo. El nuevo Decreto 779/95 que modifica la Ley
Sin embargo, un estudio observacional de la ANSV sobre el comportamiento de los conductores en nuestro país, señala que menos del 50 por ciento lleva a sus hijos de hasta 4 años sujetados con la “sillita”. Y en general, la falta de protección total alcanza a 7 de cada 10 menores de edad.
de Tránsito 24.449 hace obligatorio el uso del SRI, más conocido como sillita. Sin embargo, cada jurisdicción debe adherir a la Ley para que sea efectiva en su territorio. El artículo 40 del Decreto establece que: “Los menores de diez años deben viajar sujetos al asiento trasero, con el Sistema
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Nota de Interés //
de Retención Infantil homologado, en relación a su peso y tamaño”. Desde hace tres años los anclajes fijos denominados Latch o Isofix para sillas infantiles son obligatorios para todos los nuevos modelos de autos lanzados a la venta en nuestro país. Y los autos más antiguos pueden utilizar como sostén del SRI el cinturón de seguridad.
A tener en cuenta: • Al usar la silla portabebés, corroborar que esté bien sujeta a los cinturones de seguridad del auto. • Asegurar bien las puertas. Colocar trabas
de seguridad en las p u e r t a s t ra s e ra s para que los chicos no puedan abrir el auto desde adentro. • En la Argentina está prohibido llevar niños en el asiento delantero del auto. Con apenas una frenada brusca se podrían provocar lesiones graves o incluso la muerte. Un estudio realizado por el club automovilístico español RACE reveló el peligroso efecto que puede ocasionar el airbag frontal sobre un pequeño. • Intentar que el viaje sea una experiencia amena para la familia. El copiloto, puede aprovechar el tiempo para hacer juegos en el auto que no molesten al conductor o escuchar música que sea agradable para todos.
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// Nota de Interés
REVISIÓN DE LOS NEUMÁTICOS Son el único punto de contacto entre el vehículo y la cinta asfáltica, y por tal motivo, resulta muy importante dedicarles tiempo revisándolos regularmente. Un neumático gastado reduce la seguridad y empeora el comportamiento del vehículo. Algunos puntos a tener en cuenta: • Presión del neumático Se recomienda hacerlo al menos una vez al mes o antes de un viaje largo. Un neumático puede tener una presión insuficiente sin que lo parezca. La presión debe comprobarse sólo cuando los neumáticos están fríos (cuando se han recorrido menos de cuatro kilómetros). Para saber cuál es
la presión correcta se debe consultar el manual del vehículo o bien acudir a un especialista. • Profundidad de la escultura Los neumáticos deben cambiarse cuando la altura de la escultura esté en el mínimo de 1,6 mm. Por debajo de este nivel de profundidad de dibujo, se estaría conduciendo sin ninguno tipo de seguridad. • Alineación y balanceo Es recomendable hacerlo para garantizar una
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mejor estabilidad de marcha y frenado, como también para extender la vida útil y la salud de los neumáticos. Parece mucho pero todos estos controles se efectúan en apenas un rato y son clave para salir a la ruta con mayor seguridad. • Equilibrado Es aconsejable realizar el equilibrado de los neumáticos cada vez que se montan y desmontan del vehículo.
El equilibrado permite que los neumáticos giren sin vibrar. Evita el desgaste prematuro del neumático y protege la suspensión, la dirección y la transmisión del vehículo. • Rotación Cambiar de periódicamente de lugar los neumáticos alarga la vida útil de los mismos. Se aconseja hacerlo cada 10 mil ó 15 mil kilómetros. Consiste en cambiar los neumáticos entre ejes delantero/trasero y de un lado a otro, derecho/ izquierdo.
Nota de Interés //
¿Qué hacer si se revienta un neumático durante la marcha? Al momento de reventarse un neumático, se suele sentir un fuerte estampido, con un movimiento del volante; e inmediatamente el vehículo comienza a portarse de forma muy extraña, tendiendo a ir hacia el lado donde la rueda perdió sus propiedades. Las dos primeras cosas que se deben hacer al unísono es agarrar el volante con firmeza, y sacar paulatinamente los pies de los pedales (no inmediatamente), dejando colocada la marcha en la que circulaba, para que la acción del motor vaya frenando el vehículo. Se debe evitar el peligro de la inercia, seguido de la pérdida de control, entendiendo también que seguir acelerando no es conveniente. No se debe frenar de golpe. Lo aconsejable es dejar que el vehículo se deslice solo, bajo nuestro control, y llevarlo a la banquina cuando la velocidad nos asegure el control.
Cuando se logró estabilizar el rodado, ya a baja velocidad, se debe presionar levemente el freno, y dejarlo en “punto muerto”, para guiarlo a la banquina, en un movimiento suave y paulatino.
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// Nota de Interés
DATOS ÚTILES • Bahía Transporte Sapem • Cámara de Mandatarios y Gestores • Colegio de Gestores de la Prov. Bs. As. Delegación VI • Dirección de Tránsito MBB • Dirección Nacional de Vialidad Distrito 19 • Registro del Automotor N° 1 • Registro del Automotor N° 2 • Registro del Automotor N° 3 • Registro del Automotor N° 4 • Registro del Automotor N° 5 • Registro del Automotor N° 6 • Tribunal de Faltas • Verificación Policial Automotor • Verificación Técnica Vehicular
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Chiclana 375 Viamonte 37
Tel: 0291 4510566 Tel: 0291 4553588
Viamonte 148 Undiano 1165
Tel: 0291 4557696 Tel: 0291 4558978
Montevideo 366 Chiclana 548 Alsina 111 2º “9” Villarino 279 Lamadrid 42 Dorrego 342 Güemes 267 Estomba 458 Ruta Nac. N° 3 Km. 696.50 C. Parque Sesquicentenario y Jujuy
Tel: Tel: Tel: Tel: Tel: Tel: Tel: Tel:
0291 0291 0291 0291 0291 0291 0291 0291
4039900 4521773 / 4545010 4564430 / 4562079 4559206 / 4524518 4512861 / 4558440 4521408 / 4518942 4543651 / 4543651 4563981
Tel: 0291 486 0353 Tel: 0291 4554820