La Profe Amada Paz
DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS, JÓVENES Y TERCERA EDAD
COMITE HUMANITARIO DEL HUILA ISBN Volumen: 978-958-99748-5-8
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FASCÍCULO
La Profe Amada Paz En 1989, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los Derechos del Niño. Este tratado sin precedentes, que ya ha sido ratificado por todos los países del mundo con dos excepciones, explica los derchos de todos los nilos a la salud, la educaión, condiciones de vida adecuadas, eñ espracimiento y el juego, la protección de la pobreza, la libre expresión de sus opiniones. Esos son derechos de los que deberían disfrutar todos los niños.
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La Universidad Santo Tomás en convenio con la Institución Educativa Eduardo Santos desarrollamos la temática: DERECHO DE LOS NIÑOS (AS); es importante recordarles que paralelamente a los derechos se encuentran deberes, temática pendiente a desarrollar. La coordinación estuvo a cargo de Catalina Mendoza Meriño, profesora asesora de práctica Claudia Mireya Guzmán Ortíz practicante y Esperanza Vargas Coordinadora CAU- NEIVA.
YESSICA ORTIZ MURCIA GRADO 503
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¿QUÉ SON LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS? Los derechos del niño son aquellos derechos que poseen los niños y adolescentes. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niños y la Convención sobre los Derechos del Niño. Estos documentos reconocen a los niños como sujetos de derecho, pero convierten a los Estados y a los adultos en titulares de la obligación de respetarlos y hacerlos respetar.
¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DEL NIÑO?
A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, casi la totalidad de los países han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales. Entre los Derechos del niño tenemos: Todos los niños tienen derecho a la libertad. Todos los niños tienen derecho a la paz mundial.
LAURA NATALIA GUALACO VARGAS GRADO 503
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ANGIE PAOLA SERRATO CORDOBA GRADO 502
Los ni単os tienen derecho a la libertad y a compartir sus puntos de vista con otros. Todos los ni単os tienen derecho a la libertad de conciencia.
YEFFRY STIVEN GAONA ROJAS GRADO 502
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JESSICA ORTIZ MURCIA GRADO 503
Los niños tienen derecho a la protección contra el descuido o trato negligente. Todos los niños tienen derecho a vivir en armonía
JUAN MANUEL ORDOÑEZ FUENTES GRADO 501
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MIGUEL ANGEL PAREDES SCARPETA GRADO 501
Los niños tienen derecho a la protección durante los conflictos armados.
Los niños tienen derecho a la protección contra las minas quiebra patas.
Los niños tienen derecho a la protección contra el trabajo infantil.
Los niños tienen derecho a la protección contra todas las formas de explotación
ANGIE PAOLA SERRATO CORDOBA GRADO 502
DANIELA TIERRADENTRO MOTTA GRADO 503
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LAURA FERNANDA AREVALO GRADO 503
KAROL DAYANNA VALENCIANO CARDOSO GRADO 502
YULY ALEXANDRA SANCHEZ GRADO 502
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VALENTINA RAMÍREZ BASTIDAS GRADO 501
Los niños tienen derecho a la protección contra la trata y el secuestro.
DAHIANA LORENA CASTAÑEDA GRADO 501
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REFLEXIONES SOBRE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Nuestra sociedad atraviesa circunstancias difíciles, algunas personas derrotadas ante la dificultad de construir una sociedad donde la pobreza, el hambre, la desnutrición, el conflicto armado, el desplazamiento forzado, la violencia y el maltrato infantil, permiten que se siembre en ellas la desesperanza y el desencanto, obstaculizando sin darse cuenta la construcción de un mundo donde se respeten los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Nuestro compromiso frente al reconocimiento y garantía de sus derechos, nos lleva a reafirmar que sí es posible lograr un entorno, donde cada niño goce del suficiente amor, atención y protección, un medio familiar que ofrezca el aliento necesario para desarrollar sus potencialidades personales y hacerlo partícipe de una socie-
dad cada vez más exigente y caótica. Hoy reafirmamos nuestra convicción frente a la promoción y garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescente en cualquier parte del territorio nacional, como un compromiso frente al fortalecimiento de la familia, la infancia y niñez. No compartimos el criterio derrotista de quienes piensan que no es posible construir un mundo apropiado para los niños, donde sus derechos puedan hacerse realidad. Gracias al esfuerzo interinstitucional en materia de derechos humanos, hemos alcanzado avances muy importantes. Es así como hoy día los niños tienen la posibilidad de avanzar más siempre y cuando, exista la voluntad necesaria para hacerlo y el interés de promover y respetar los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
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¿QUÉ SON LOS DERECHOS DE LA TERCERA EDAD? Para la ONU, las personas mayores tienen derecho a vivir con independencia, participación, cuidados, autorrealización y con dignidad. Nuestro país reconoce en su legislación los siguientes derechos: Integridad, dignidad y preferencia. Acceso a una vida plena, con calidad, libre de violencia y sin discriminación. Respeto a la integridad física, psicoemocional y sexual. Protección contra toda forma de explotación. Seguridad y certeza jurídica. En cualquier procedimiento judicial, tienes derecho a un trato digno y apropiado; a recibir el apoyo de las instituciones estatales y municipales, con asesoría jurídica gratuita y con un representante legal cuando sea necesario. Salud, alimentación y familia. Tiene derecho a los satisfactores básicos, como alimentos, bienes, servicios y condiciones para una atención integral y de manera preferente. Para el cuidado de la salud debe contar con el apoyo subsidiario de las instituciones públicas, además de orientación y capacitación en materia de nutrición, higiene y todo aquello que favorezca su cuidado personal. Educación. Acceso a la educación de manera preferente en instituciones públicas y privadas, las cuales deben incluir en sus planes conocimientos relacionados con las personas adultas mayores y contar con material educativo autorizado en el tema del envejecimiento. Trabajo. Igualdad de oportunidades o de otras opciones que permitan un ingreso propio y desempeñarse en forma productiva tanto tiempo como lo desee, además de protección de las disposiciones de la Ley del Trabajo y de otros ordenamientos de carácter laboral. Asistencia social. Tiene derecho a programas de asistencia social en caso de desempleo, discapacidad o pérdida de sus medios de subsistencia; de vivienda digna y de acceso a una casa hogar o albergue, sólo en situación de riesgo. Participación. Incumbencia en la planeación y toma de decisiones que le afecten, así como de desarrollo social en general,
ya sea de manera individual o mediante la libre asociación con otras personas; participación en los procesos productivos, de educación y capacitación, y en la vida cultural, deportiva y recreativa de la comunidad. Denuncia. Denunciar de manera personal cualquier hecho, acto u omisión que le produzca o pueda producir algún daño o afectación en sus derechos y garantías; también pueden hacer denuncias de este tipo toda persona, grupo social, organizaciones no gubernamentales, asociaciones o sociedades. Los derechos humanos de los ancianos y ancianas son obligaciones del Estado, la sociedad y la familia. No son favores ni regalos del gobernante de turno, ni de los hijos o hijas. Es indispensable que todos y todas conozcamos nuestros derechos y aprendamos a hacerlos valer y reclamarlos ante las autoridades públicas. 11
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Cómo proteger los derechos de los ancianos y las ancianas? Los hijos y las hijas mayores de edad tienen la obligación de suministrar o pagar los alimentos (vivienda, salud, recreación, comida o alimentación, vestido) de sus padres, en la medida de sus posibilidades económicas. El Estado, tiene la obligación de proteger y asistir a los y las ancianas. Brindarles salud, recreación, integración, alimentación, seguridad social. La ley permite que los ancianos y las ancianas exijan por vía de demanda y por vía de acción de tutela, la protección que les deben sus hijos e hijas y el Estado. Si usted, amigo y amiga lector, conoce de casos de maltrato o abandono de ancianas y ancianos, puede denunciarlo y pedir asistencia ante las autoridades. En sus manos, como ciudadano o ciudadana, existe parte de la respuesta al abandono familiar o estatal. No permita que maltrate, física o psicológicamente, a los ancianos y ancianas.
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