1
PLAN DE AUSTERIDAD 2019
PARA EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
Con fundamento en los artículos 17, 39, 40, 41 y 116 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 17, 55, 56 fracción XV, 60 y 62 de la Constitución Política del Estado de Veracruz; y visto también lo dispuesto por los numerales 2 fracción II, 3 fracción XII y XVIII, 12, 17 fracción XXIV, 72 fracciones I, II, III, y 88 fracciones I, II IV, XVI, XXIII, XXX, XXXI, 95, 99 fracción I y II, 100, 101, 102 y 103 fracciones I, II, IV y VIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se exponen y comunican las siguientes consideraciones:
Primero.
Quienes
integramos
el
Poder
Judicial,
reconocemos que nuestro Estado enfrenta retos profundos a los que no somos ajenos, por lo que se deben reorientar las estrategias que permitan el pleno ejercicio de las atribuciones jurisdiccionales y, el cumplimiento a nuestro compromiso social con una mayor eficiencia, eficacia, racionalidad y particularmente austeridad en el ejercicio del gasto público; haciéndolo con
la
responsabilidad
necesaria
para
no
comprome-
ter la independencia y autonomía institucional, principios fundamentales de la estabilidad democrática del país, me2
PLAN DE AUSTERIDAD 2019
PARA EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
diante
la
prestación
de
un
servicio
público
fundamen-
tal, irreductible e insustituible como lo es impartir justicia.
Segundo.
El
Poder
Judicial
del
Estado
respetará
siempre los derechos humanos de todos sus integrantes y se identifica como un ente público autónomo e independiente de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 39, 40, 41, y 116 de la Constitución Federal y el artículo 17 de la Constitución Local.
Tercero. Para cumplir con nuestro compromiso social, el Poder Judicial del Estado, emite el Plan de Austeridad para el año dos mil diecinueve, como la materialización de nuestra propia convicción por atender la demanda ciudadana de un aparato gubernamental más eficiente con los recursos y austero en el gasto.
Cuarto. Por ello, se debe revisar la política de erogaciones, a fin de sólo ejercer recursos públicos en aquellos rubros que sean estrictamente indispensables, disminuyendo gastos no prioritarios, y siguiendo siempre los principios de economía, eficacia, eficiencia, transparencia, y honradez en la administración institucional. 3
PLAN DE AUSTERIDAD 2019
PARA EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
Quinto. Se profundizará en la política de racionalidad, sustentabilidad, disciplina y ahorro, misma que comenzó a ser instrumentada en los últimos meses, y que tendrá como condición única la de no obstruir el cumplimiento de las obligaciones del Poder Judicial en su labor sustancial.
Sexto. Estas acciones no comprometen la independencia ni la autonomía judicial frente a otros Poderes, pues surgen de un impulso intrínseco por sumarse al nuevo paradigma de gobierno, con el cual se logrará reorientar recursos a las áreas más necesitadas de la institución y de mayor impacto en la población vulnerable del Estado.
Séptimo. El Principio de División de Poderes es uno de los pilares de la democracia, el cual, si bien es flexible, esto solo significa que entre ellos existe una colaboración y coordinación en los términos establecidos en la Constitución Federal, la Constitución Local, y toda la legislación aplicable. Con base en ello, el Poder Judicial del Estado manifies4
PLAN DE AUSTERIDAD 2019
PARA EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
ta que siempre colaborará con sus iguales cuando el llamado sea legítimo, pues la autonomía e independencia entre Poderes no son obstáculos para recordar que todo gobierno se debe, en esencia, al pueblo y sus integrantes, por constituir ellos el sentido y razón de ser de las partes orgánica y dogmática de nuestra Constitución; por lo que, los tres Poderes, deben servir para salvaguardar el respeto pleno e irrestricto del orden primario: la soberanía popular.
Por todo lo anterior, se implementará de inmediato una primera
etapa
de
acciones
administrativas,
siendo
estas las siguientes:
Primero. Se exhorta a los Magistrados y Consejeros de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, a reducirse voluntariamente en un 20% el sueldo anual devengado.
Segundo. Los recursos ahorrados como resultado de los descuentos descritos en el punto Primero serán destinados exclusiva
y
directamente
al 5
Programa
de
Becas
y
PLAN DE AUSTERIDAD 2019
PARA EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
Estímulos
Educativos
para
los
Empleados
del
Poder
Judicial. Se instruye a la Dirección General de Administración para realizar las gestiones necesarias para la creación, reglamentación, y administración de dicho programa.
Tercero. Se eliminará todo tipo de seguro privado contratado en beneficio de cualquier servidor público que no tenga dentro de sus atribuciones legales la toma de decisiones jurisdiccionales.
Cuarto. ciales
Queda
para
fines
prohibido
el
personales,
uso así
de como
vehículos la
ofi-
asignación
individualizada de los mismos a un servidor público en específico.
Quinto. Se realizará, inmediatamente, una reducción en el recurso destinado a servicios personales, con el fin de disminuir los gastos en viajes, congresos, convenciones, ceremonias, viáticos, telefonía celular, gasolina, o cualquier apoyo económico en general que no sea indispensables para la adecuada impartición de justicia.
6
PLAN DE AUSTERIDAD 2019
PARA EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
Sexto. nía
Queda
celular
en
prohibida beneficio
la de
asignación cualquier
de
telefo-
servidor
público.
Séptimo. Se preferirá el uso de comunicaciones digitales sobre las impresas, siempre y cuando no transgredan las necesidades del servicio y el debido proceso en asuntos jurisdiccionales.
Octavo. Se procurará el uso de electricidad proveniente de energías renovables en las oficinas de los recintos judiciales.
7
PLAN DE AUSTERIDAD 2019
PARA EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE VERACRUZ.
Lo anterior se comunica para los fines legales a los que haya
lugar
y
su
acatamiento
interno
inmediato
por
las
autoridades administrativas durante el ejercicio fiscal 2019.
Dado en el Palacio de Justicia de la Ciudad de Xalapa, Veracruz, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil diecinueve.
8
TSJVer
pjeveracruz.gob.mx