Principales Pregunas AR 2011

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SUBSECRETARÍA DE POBLACIÓN, MIGRACIÓN Y ASUNTOS RELIGIOSOS INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN 1. ¿Qué es lo primero que se tiene que hacer para internar a un ministro de culto o asociado religioso extranjero, que vaya a colaborar en la asociación religiosa? El representante legal de la asociación religiosa deberá solicitar, por escrito, a la Dirección General de Asociaciones Religiosas, la opinión favorable (anuencia) para poder realizar su trámite migratorio ante el Instituto Nacional de Migración. 2. ¿Qué requisitos se necesitan para iniciar el trámite de internación ante el Instituto Nacional de Migración? Una vez que se haya obtenido la opinión favorable (anuencia) de la Dirección General de Asociaciones Religiosas, deberá presentarse ante el Instituto Nacional de Migración (INM) el formato de solicitud de trámite migratorio, carta de apoyo económico de la asociación religiosa a la que pertenece el extranjero, firmada por el representante legal de la misma, copia de identificación oficial vigente con fotografía del representante legal de la asociación religiosa y copia del pasaporte vigente del extranjero. 3. ¿Qué debe contener la carta de la asociación religiosa? La carta de la asociación religiosa deberá especificar claramente las actividades que realizará el extranjero, la duración y el lugar de las mismas, asentando, si es el caso, que dicha asociación se responsabiliza económicamente del extranjero, o en su defecto, acreditar con documentación idónea la percepción ininterrumpida de medios económicos para su sostenimiento, además de indicar el Consulado en el que se documentará el extranjero, a fin de que sitúe en dicho Consulado la autorización respectiva, para efectos de expedición del documento migratorio FM3. 4. Si la asociación religiosa en México no es la que apoya económicamente al ministro de culto extranjero, de modo tal que quien lo hace es una agrupación o congregación extranjera ¿Qué se debe hacer? En dichos casos, la agrupación o congregación extranjera deberá expedir una carta en la que se haga constar que correrá a su cargo apoyar económicamente al ministro culto o asociado religioso, la cual deberá estar apostillada o legalizada por la autoridad competente y traducida, en su caso, al idioma español por perito autorizado y presentarse en original.

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