Señor CIVIL DEL CIRCUITO DE ZIPAQUIRÀ (CUND.) (REPARTO) E. S. D.
JUAN CARLOS PEREIRA HERRERA, mayor de edad, vecino de Bogotá, identificado con la C.C. No.73.147.097 de Cartagena, en mi calidad de representante legal para actuaciones judiciales y extrajudiciales de la CORPORACIÓN DE AHORRO Y VIVIENDA LAS VILLAS, hoy BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A., Sociedad Comercial domiciliada en Bogotá con permiso de funcionamiento concedido por Resolución No.3352 del 21 de agosto de 1992, del Superintendente Bancario, protocolizado mediante Escritura Pública No.7815 del 7 de octubre de 1992 de la Notaría Quinta del Círculo de Bogotá, entidad absorbente de AHORRAMAS CORPORACIÓN DE AHORRO Y VIVIENDA, según acuerdo de fusión por absorción aprobado por la Superintendencia Bancaria mediante Resolución 030 del 7 de enero de 2000 protocolizada mediante Escritura Publica 160 del 28 de Enero del 2000, que mediante Escritura Pública Nº 1284 del 23 de abril de 2002, modifica su denominación social por la de BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A., que podrá girar bajo la denominación AV VILLAS, por medio del presente confiero poder especial, amplio y suficiente al (la) Doctor(a) BETSABE TORRES PEREZ, Abogado(a) titulado(a) con tarjeta profesional No. 42213 del C. S. de la J., para que inicie proceso Ejecutivo de MAYOR CUANTÍA con título Hipotecario contra HECTOR WILLIAM PARRA MORALES mayor(es) de edad, vecino(s) del Chìa(Cund), tendiente a obtener el pago del(los) crédito(s) Número(s) 1080207, contenido(s) en el(los) pagaré(s) Número(s) 1080207, suscrito(s) el(los) día(s) 29 de Junio de 2012, Título(s) valor(es) que contiene(n) una obligación clara, expresa y actualmente exigible; garantizada con gravamen hipotecario de primer grado constituido sobre el inmueble(s) situado(s) en la Vereda La Balsa Interior 70 y la zona comun de Uso Esclusivo G-70 del Conjunto Residencial "Condominio Campestre Rincon Los Nogales II P.H" de la ciudad de Chía (Cund.), como consta en la escritura pública Nº 720 del 22 de Julio de 2009 de la Notaría Primera del Círculo de Chía (Cund.) debidamente registrada al(los) folio(s) de matrícula inmobiliaria número 50N20549251 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Norte. La Doctora BETSABE TORRES PEREZ, queda facultada para recibir, desistir, reasumir, transigir, sustituir, terminar e interponer los recursos que considere necesarios: así como también para hacer postura por cuenta del crédito o solicitar en su oportunidad la adjudicación del bien perseguido en el proceso en mención a la Corporación que represento.
Del Señor Juez,
JUAN CARLOS PEREIRA HERRERA C.C. No 73.147.097 de Cartagena Acepto;
BETSABE TORRES PEREZ C.C. 51.742.136 de Bogotá T.P. 42.213 del C. S. de la J.
Señor CIVIL MUNICIPAL DE BOGOTÁ D.C (REPARTO) E. S.
D.
JUAN CARLOS PEREIRA HERRERA, mayor de edad, vecino de Bogotá, identificado con la C.C. No.73.147.097 de Cartagena, en mi calidad de representante legal para actuaciones judiciales y extrajudiciales de la CORPORACIÓN DE AHORRO Y VIVIENDA LAS VILLAS, hoy BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A., Sociedad Comercial domiciliada en Bogotá con permiso de funcionamiento concedido por Resolución No.3352 del 21 de agosto de 1992, del Superintendente Bancario, protocolizado mediante Escritura Pública No.7815 del 7 de octubre de 1992 de la Notaría Quinta del Círculo de Bogotá, entidad absorbente de AHORRAMAS CORPORACIÓN DE AHORRO Y VIVIENDA, según acuerdo de fusión por absorción aprobado por la Superintendencia Bancaria mediante Resolución 030 del 7 de enero de 2000 protocolizada mediante Escritura Publica 160 del 28 de Enero del 2000, que mediante Escritura Pública Nº 1284 del 23 de abril de 2002, modifica su denominación social por la de BANCO COMERCIAL AV VILLAS S.A., que podrá girar bajo la denominación AV VILLAS, por medio del presente confiero poder especial, amplio y suficiente al (la) Doctor(a) BETSABE TORRES PEREZ, Abogado(a) titulado(a) con tarjeta profesional No. 42213 del C. S. de la J., para que inicie proceso Ejecutivo de MINIMA CUANTÍA con título Hipotecario contra ALISSON CRUZ HERNANDEZ y CLAUDIA PATRICIA HERNANDEZ LEITON en nombre propio y en representación de su hija menor de edad JUANITA CRUZ HERNANDEZmayor(es) de edad, vecino(s) de esta ciudad tendiente a obtener el pago del(los) crédito(s) Número(s) 176300, contenido(s) en el(los) pagaré(s) Número(s) 176300, suscrito(s) el(los) día(s) 29 de agosto de 2002, Título(s) valor(es) que contiene(n) una obligación clara, expresa y actualmente exigible; garantizada con gravamen hipotecario de primer grado constituido sobre el inmueble(s) situado(s) en la Carrera 100, 17 – 16 “Agrupación de Vivienda Torres de Centenario Apto. 201 Torre 5 y/o Kr. 100, 16ª, 16 Torre 5 Apto . 201 (Dirección Catastral) como consta en la escritura pública Nº 1477 del 9 de julio de 2002 de la Notaría 40 del Círculo de Bogotá D.C debidamente registrada al(los) folio(s) de matrícula inmobiliaria número 50C-1496153 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá - Zona Centro La Doctora BETSABE TORRES PEREZ, queda facultada para recibir, desistir, reasumir, transigir, sustituir, terminar e interponer los recursos que considere necesarios: así como también para hacer postura por cuenta del crédito o solicitar en su oportunidad la adjudicación del bien perseguido en el proceso en mención a la Corporación que represento. Del Señor Juez,
JUAN CARLOS PEREIRA HERRERA C.C. No 73.147.097 de Cartagena Acepto;
BETSABE TORRES PEREZ C.C. 51.742.136 de Bogotá T.P. 42.213 del C. S. de la J.