Laboratorio Contable Y De Costos
Autor : Marta Cecilia Barbosa Garcia 231015
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Docente: Jeison Rafael blanco Gentil
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS CONTADURÍA PÚBLICA Ocaña, Colombia
marzo 2021
Laboratorio Contable Y De Costos
Autor : Marta Cecilia Barbosa Garcìa 231015 Mileidy Angarita Rincòn 231005 Luis Gabriel Amaya 230916
Trabajo para obtener una nota en de la asignatura Laboratorio Contable y de Costos
Docente: Jeison Rafael blanco Gentil
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA SANTANDER OCAÑA FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS CONTADURÍA PÚBLICA Ocaña, Colombia
marzo 2021
Objetivo Social: produccion y comercializaciòn de vestidos de dama talla s. Objetivo General : ofrecer comodidad y elegancia para toda ocación a las mujeres de ocaña y la región. Objetios especificos: • Buscar la satisfacción de las necesidades de cada clienta. • Calcular y clasificar los principales tipos de costos. • Valorar la importancia que tiene para las empresas y la sociedad la innovacion. • Crecimiento: aspiramos crecer basandonos en el desarrollo de nuestra empresa. • Determinar la cantidad a producir.
COMRCIALIZADORA MADAMI LTDA ASAMBLEA GENERAL ACTA DE CONSTITUCIÓN FECHA: 01 de abril de 2021 HORA: 08: 00 A.M LUGAR: Hotel Tarigua Cra 12 N° 8-47 centro, Ocaña norte de santander Con el objeto de constituir una sociedad limitad, se reunieron las siguientes personas así: RELACION DE MIEMBROS FUNDADORES. Mileidy Angarita Rincòn identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 1.090.976.728 de Ocaña Marta Cecilia Barbosa Garcìa identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 1.098.565.456 de ocaña Luis Gabriel Amaya identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.090.766.427 de Ocaña
Para tal fin los fundadores arriba citados procedieron a aprobar el siguiente orden del día: ORDEN DEL DÍA 1. Designación de autoridades de la reunión 2. Voluntad de constituir la entidad sin ánimo de lucro 3. Lectura y aprobación de los estatutos. 4. Eleccion de los dignatarios 4. Lectura y aprobación de la presente acta.
DESARROLLO DEL ORDEN DEL DIA 1. DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES DE LA REUNIÓN. Se procedió a nombrar por unanimidad como autoridades de la reunión, esto es, presidente y secretario adhoc a las siguientes personas: Presidente Mileidy Angarita Rincòn identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.090.976.728 de Ocaña y como Secretario adhoc a Marta Cecilia Barbosa Garcìa identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1098.565.456 de Ocaña,como tesorero A Luis Gabriel Amaya identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.090.766.427 de Ocaña, los cuales aceptaron sus cargos y tomaron posesión de ellos.
2. VOLUNTAD DE CONSTITUIR LA SOCIEDAD LIMITADA Los fundadores manifestaron su voluntad de constituir la sociedad limitada denominada: COMERCILIZADORA MADAMI LTDA 3. LECTURA Y APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS. Se da lectura a los Estatutos que van a regir a la la sociedad limitada denominada COMERCILIZADORA MADAMILTDA sido aprobados por unanimidad, los cuales serán adjuntados a la presente acta y formarán parte integral de la misma. 4. ELECCIÓN DE LOS DIGNATARIOS El señor presidente de la reunión invita a los miembros de la Asamblea General para que se postulen para hacer parte de la Junta Directiva. La Asamblea General postula y aprueba por unanimidad para la Junta Directiva a: Mileidy Angarita Rincòn , identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.090.976.728 de Ocaña como presidente de la Junta Directiva. A Marta Cecilia Barbosa Garcìa identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1098.565.456 de Ocaña como secretario de la Junta directiva A Luis Gabriel Amaya identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1.090.766.427 de Ocaña como tesorero de la Junta Directiva Las personas elegidas estando presentes, manifestaron su aceptación al cargo para el cual fueron nombrados.
5. LECTURA Y APROBACIÓN DE LA PRESENTE ACTA. Se da lectura a la presente acta siendo aprobada por unanimidad.
La reunión se termina siendo las 11:00 A.M En constancia firman.
MILEIDY ANGARITA 1.090.976.728 de Ocaña Presidente
MartaBarbosa CC 1098.565.456 de Ocaña Secretario adhoc
Luis Gabriel Amaya CC.1.091.675.984 de Ocaña
CC
Actividad investigativa
¿Qué son los estatutos?
Los estatutos sociales es el pacto donde se agrupan todas los derechos y obligaciones de los socios, así como las normas que rigen la sociedad. Este documento debe estar redactado por un abogado y es un paso inicial para la constitución de la sociedad y deben estar en la escritura de constitución.
Finalidad de los estatutos En ellos se contemplan temas de vital importancia, como la forma de adoptar acuerdos, la forma de administrar la sociedad (un solo administrador o varios, solidarios o mancomunados, o un consejo de administración); el nombramiento de la persona o personas que van a desempeñar ese papel y otros muchos que iremos viendo. Contenido de los estatutos Los estatutos deben contener, como mínimo, la siguiente información: - La denominación de la entidad, su capital constitutivo, de haberlo, y su domicilio social. - Nombramiento del administrador o representante; duración del cargo y posible retribución. - Forma de tomar acuerdos. Plazo y sistema de convocatoria de la junta de socios. - Forma de actuación en caso de fallecimiento o abandono de la entidad por parte de un socio.
ESTATUTOS CAPÍTULO I Disposiciones generales ART. 1º—Forma. La compañía que por este documento se constituye es una sociedad por acciones simplificada, de naturaleza comercial, que se denominará comercializadora MADAMI LTDA, regida por las cláusulas contenidas en estos estatutos, en la Ley 1258 de 2008 y en las demás disposiciones legales relevantes. En todos los actos y documentos que emanen de la sociedad, destinados a terceros, la denominación estará siempre seguida de las palabras: "sociedad por responsabilidad LTDA" o de las iniciales "LTDA".
a) ART. 2º—Objeto social. La sociedad tendrá como objeto principal La fabricación, comercialización y venta al por mayor y al detal de vestidos de dama talla s elaborados con toda clase de materias primas textiles, hilados y tejidos. ASÍ MISMO, PODRÁ REALIZAR CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD ECONÓMICA LÍCITA TANTO EN COLOMBIA COMO EN EL EXTRANJERO. LA SOCIEDAD PODRÁ LLEVAR A CABO, EN GENERAL, TODAS LAS OPERACIONES, DE CUALQUIER NATURALEZA QUE ELLAS FUEREN, RELACIONADAS CON EL OBJETO MENCIONADO, ASÍ COMO CUALESQUIERA ACTIVIDADES SIMILARES, CONEXAS O COMPLEMENTARIAS O QUE PERMITAN FACILITAR O DESARROLLAR EL COMERCIO O LA INDUSTRIA DE LA SOCIEDAD.
ART. 3º—Domicilio. El domicilio principal de la sociedad será la ciudad de Ocaña y su dirección para notificaciones judiciales será centro comercial ciudadela norte local 49, La sociedad podrá crear sucursales, agencias o dependencias en otros lugares del país o del exterior, por disposición de la asamblea general de accionistas.
ART. 4º—Término de duración. El término de duración será de 15 años
CAPÍTULO II Reglas sobre capital y acciones ART. 5º—Capital Autorizado. El capital autorizado de la sociedad es de $60.000.000, dividido en acciones de valor nominal de $10.000. cada una. ART. 6º—Capital Suscrito. El capital suscrito inicial de la sociedad es de 30.000.000, dividido en 3000 acciones ordinarias de valor nominal de 10.000 cada una. ART. 7º—Capital Pagado. El capital pagado de la sociedad es de $60.000.000 dividido en 6000 acciones ordinarias de valor nominal de 10.000 cada una.
Distribuidas así:: Socio 1
No de Acciones
Capital
Mileidy Angarita
2000
$ 20.000.000
Marta Barbosa
2000
$ 20.000.000
Luis Gabriel Amaya 2000
$ 20.000.000
total
$ 60.000.000
PAR. —Forma y Términos en que se pagará el capital. El monto de capital suscrito se pagará, en dinero efectivo, dentro de los 24 meses siguientes a la fecha de la inscripción en el registro mercantil del presente documento.
ART. 8º—Derechos que confieren las acciones. En el momento de la constitución de la sociedad, todos los títulos de capital emitidos pertenecen a la misma clase de acciones ordinarias. A cada acción le corresponde un voto en las decisiones de la asamblea general de accionistas. Los derechos y obligaciones que le confiere cada acción a su titular les serán transferidos a quien las adquiriere, luego de efectuarse su cesión a cualquier título. La propiedad de una acción implica la adhesión a los estatutos y a las decisiones colectivas de los accionistas.
ART. 9º—Naturaleza de las acciones. Las acciones serán nominativas y deberán ser inscritas en el libro que la sociedad lleve conforme a la ley. Mientras que subsista el derecho de preferencia y las demás restricciones para su enajenación, las acciones no podrán negociarse sino con arreglo a lo previsto sobre el particular en los presentes estatutos.
ART. 10.—Aumento del capital suscrito. El capital suscrito podrá ser aumentado sucesivamente por todos los medios y en las condiciones previstas en estos estatutos y en la ley. Las acciones ordinarias no suscritas en el acto de constitución podrán ser emitidas mediante decisión del representante legal, quien aprobará el reglamento respectivo y formulará la oferta en los términos que se prevean en el reglamento.
ART. 11. —Derecho de preferencia. Salvo decisión de la asamblea general de accionistas, aprobada mediante votación de uno o varios accionistas que representen cuando menos el setenta por ciento de las acciones presentes en la respectiva reunión, el reglamento de colocación preverá que las acciones se coloquen con sujeción al derecho de preferencia, de manera que cada accionista pueda suscribir un número de acciones proporcional a las que tenga en la fecha del aviso de oferta. El derecho de preferencia también será aplicable respecto de la emisión de cualquier otra clase títulos, incluidos los bonos, los bonos obligatoriamente convertibles en acciones, las acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, las acciones con dividendo fijo anual y las acciones privilegiadas.
PAR. 1º.—El derecho de preferencia a que se refiere este artículo, se aplicará también en hipótesis de transferencia universal de patrimonio, tales como liquidación, fusión y escisión en cualquiera de sus modalidades. Así mismo, existirá derecho de preferencia para la cesión de fracciones en el momento de la suscripción y para la cesión del derecho de suscripción preferente.
PAR. 2º.—No existirá derecho de retracto a favor de la sociedad.
ART. 12.—Clases y Series de Acciones. Por decisión de la asamblea general de accionistas, adoptada por uno o varios accionistas que representen la totalidad de las acciones suscritas, podrá
ordenarse la emisión de acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto, con dividendo fijo anual, de pago o cualesquiera otras que los accionistas decidieren, siempre que fueren compatibles con las normas legales vigentes. Una vez autorizada la emisión por la asamblea general de accionistas, el representante legal aprobará el reglamento correspondiente, en el que se establezcan los derechos que confieren las acciones emitidas, los términos y condiciones en que podrán ser suscritas y si los accionistas dispondrán del derecho de preferencia para su suscripción. PAR.—Para emitir acciones privilegiadas, será necesario que los privilegios respectivos sean aprobados en la asamblea general con el voto favorable de un número de accionistas que represente por lo menos el 75% de las acciones suscritas. En el reglamento de colocación de acciones privilegiadas, que será aprobado por la asamblea general de accionistas, se regulará el derecho de preferencia a favor de todos los accionistas, con el fin de que puedan suscribirlas en proporción al número de acciones que cada uno posea en la fecha del aviso de oferta.
ART. 13.—Voto múltiple. Salvo decisión de la asamblea general de accionistas aprobada por el 100% de las acciones suscritas, no se emitirán acciones con voto múltiple. En caso de emitirse acciones con voto múltiple, la asamblea aprobará, además de su emisión, la reforma a las disposiciones sobre quórum y mayorías decisorias que sean necesarias para darle efectividad al voto múltiple que se establezca.
ART. 14.—Acciones de pago. En caso de emitirse acciones de pago, el valor que representen las acciones emitidas respecto de los empleados de la sociedad, no podrá exceder de los porcentajes previstos en las normas laborales vigentes.
Las acciones de pago podrán emitirse sin sujeción al derecho de preferencia, siempre que así lo determine la asamblea general de accionistas.
ART. 15. —Transferencia de acciones a una fiducia mercantil. Los accionistas podrán transferir sus acciones a favor de una fiducia mercantil, siempre que en el libro de registro de accionistas se identifique a la compañía fiduciaria, así como a los beneficiarios del patrimonio autónomo junto con sus correspondientes porcentajes en la fiducia.
ART. 16.—Restricciones a la negociación de acciones. Durante un término de cinco años, contado a partir de la fecha de inscripción en el registro mercantil de este documento, las acciones no podrán ser transferidas a terceros, salvo que medie autorización expresa, adoptada en la asamblea general por accionistas representantes del 100% de las acciones suscritas. Esta restricción quedará sin efecto en caso de realizarse una transformación, fusión, escisión o cualquier otra operación por virtud de la cual la sociedad se transforme o, de cualquier manera, migre hacia otra especie asociativa. La transferencia de acciones podrá efectuarse con sujeción a las restricciones que en estos estatutos se prevén, cuya estipulación obedeció al deseo de los fundadores de mantener la cohesión entre los accionistas de la sociedad.
ART. 17.—Cambio de control. Respecto de todos aquellos accionistas que en el momento de la constitución de la sociedad o con posterioridad fueren o llegaren a ser una sociedad, se aplicarán las normas relativas a cambio de control previstas en el artículo 16 de la Ley 1258 de 2008.
CAPÍTULO III Órganos sociales
ART. 18.—Órganos de la sociedad. La sociedad tendrá un órgano de dirección, denominado 1. Asamblea general de accionistas y 2.Gerente y Suplente de Gerente. La revisoría fiscal solo será provista en la medida en que lo exijan las normas legales vigentes.
ART. 19.—Sociedad devenida unipersonal. La sociedad podrá ser pluripersonal o unipersonal. Mientras que la sociedad sea unipersonal, el accionista único ejercerá todas las atribuciones que en la ley y los estatutos se le confieren a los diversos órganos sociales, incluidas las de representación legal, a menos que designe para el efecto a una persona que ejerza este último cargo. Las determinaciones correspondientes al órgano de dirección que fueren adoptadas por el accionista único, deberán constar en actas debidamente asentadas en el libro correspondiente de la sociedad.
ART. 20.—Asamblea general de accionistas. La asamblea general de accionistas la integran él o los accionistas de la sociedad, reunidos con arreglo a las disposiciones sobre convocatoria, quórum, mayorías y demás condiciones previstas en estos estatutos y en la ley. Cada año, dentro de los tres meses siguientes a la clausura del ejercicio, el 31 de diciembre del respectivo año calendario, el representante legal convocará a la reunión ordinaria de la asamblea general de accionistas, con el propósito de someter a su consideración las cuentas de fin de ejercicio, así como el informe de gestión y demás documentos exigidos por la ley. La asamblea general de accionistas tendrá, además de las funciones previstas en el artículo 420 del Código de Comercio, las contenidas en los presentes estatutos y en cualquier otra norma legal vigente. La asamblea será presidida por el representante legal y en caso de ausencia de éste, por la persona designada por él o los accionistas que asistan. Los accionistas podrán participar en las reuniones de la asamblea, directamente o por medio de un poder conferido a favor de cualquier persona natural o jurídica, incluido el representante legal o cualquier otro individuo, aunque ostente la calidad de empleado o administrador de la sociedad. Los accionistas deliberarán con arreglo al orden del día previsto en la convocatoria. Con todo, los accionistas podrán proponer modificaciones a las resoluciones sometidas a su aprobación y, en cualquier momento, proponer la revocatoria del representante legal.
ART. 21.—Convocatoria a la asamblea general de accionistas. La asamblea general de accionistas podrá ser convocada a cualquier reunión por ella misma o por el representante legal de la sociedad, mediante comunicación escrita dirigida a cada accionista con una antelación mínima de cinco (5) días hábiles. En la primera convocatoria podrá incluirse igualmente la fecha en que habrá de realizarse una reunión de segunda convocatoria, en caso de no poderse llevar a cabo la primera reunión por falta de quórum. Uno o varios accionistas que representen por lo menos el 20% de las acciones suscritas podrán solicitarle al representante legal que convoque a una reunión de la asamblea general de accionistas, cuando lo estimen conveniente.
ART. 22.—Renuncia a la convocatoria. Los accionistas podrán renunciar a su derecho a ser convocados a una reunión determinada de la asamblea, mediante comunicación escrita enviada al representante legal de la sociedad antes, durante o después de la sesión correspondiente. Los accionistas también podrán renunciar a su derecho de inspección por medio del mismo procedimiento indicado. Aunque no hubieren sido convocados a la asamblea, se entenderá que los accionistas que asistan a la reunión correspondiente han renunciado al derecho a ser convocados, a menos que manifiesten su inconformidad con la falta de convocatoria antes que la reunión se lleve a cabo.
ART. 23.—Derecho de inspección. El derecho de inspección podrá ser ejercido por los accionistas durante todo el año. En particular, los accionistas tendrán acceso a la totalidad de la información de naturaleza financiera, contable, legal y comercial relacionada con el funcionamiento de la sociedad, así como a las cifras correspondientes a la remuneración de los administradores sociales. En desarrollo de esta prerrogativa, los accionistas podrán solicitar toda la información que consideren relevante para pronunciarse, con conocimiento de causa, acerca de las determinaciones sometidas a consideración del máximo órgano social, así como para el adecuado ejercicio de los derechos inherentes a las acciones de que son titulares. Los administradores deberán suministrarles a los accionistas, en forma inmediata, la totalidad de la información solicitada para el ejercicio de su derecho de inspección. La asamblea podrá reglamentar los términos, condiciones y horarios en que dicho derecho podrá ser ejercido.
ART. 24.—Reuniones no presenciales. Se podrán realizar reuniones por comunicación simultánea o sucesiva y por consentimiento escrito, en los términos previstos en la ley. En ningún caso se requerirá de delegado de la Superintendencia de Sociedades para este efecto.
ART. 25.—Régimen de quórum y mayorías decisorias. La asamblea deliberará con un número singular o plural de accionistas que representen cuando menos la mitad más uno de las acciones suscritas con derecho a voto. Las decisiones se adoptarán con los votos favorables de uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más uno de las acciones con derecho a voto presentes en la respectiva reunión.
Cualquier reforma de los estatutos sociales requerirá el voto favorable del 100% de las acciones suscritas, incluidas las siguientes modificaciones estatutarias: (i) La modificación de lo previsto en el artículo 16 de los estatutos sociales, respecto de las restricciones en la enajenación de acciones. (ii) La realización de procesos de transformación, fusión o escisión. (iii) La inserción en los estatutos sociales de causales de exclusión de los accionistas o la modificación de lo previsto en ellos sobre el particular; (iv) La modificación de la cláusula compromisoria; (v) La inclusión o exclusión de la posibilidad de emitir acciones con voto múltiple; y (vi) La inclusión o exclusión de nuevas restricciones a la negociación de acciones. PAR.—Así mismo, requerirá determinación unánime del 100% de las acciones suscritas, la determinación relativa a la cesión global de activos en los términos del artículo 32 de la Ley 1258 de 2008.
ART. 26.—Fraccionamiento del voto. Cuando se trate de la elección de comités u otros cuerpos colegiados, los accionistas podrán fraccionar su voto. En caso de crearse junta directiva, la totalidad de sus miembros serán designados por mayoría simple de los votos emitidos en la correspondiente elección. Para el efecto, quienes tengan intención de postularse confeccionarán planchas completas que contengan el número total de miembros de la junta directiva. Aquella plancha que obtenga el mayor número de votos será elegida en su totalidad.
ART. 27.—Actas. Las decisiones de la asamblea general de accionistas se harán constar en actas aprobadas por ella misma, por las personas individualmente delegadas para el efecto o por una comisión designada por la asamblea general de accionistas. En caso de delegarse la aprobación de las actas en una comisión, los accionistas podrán fijar libremente las condiciones de funcionamiento de este órgano colegiado. En las actas deberá incluirse información acerca de la fecha, hora y lugar de la reunión, el orden del día, las personas designadas como presidente y secretario de la asamblea, la identidad de los accionistas presentes o de sus representantes o apoderados, los documentos e informes sometidos a consideración de los accionistas, la síntesis de las deliberaciones llevadas a cabo, la transcripción de las propuestas presentadas ante la asamblea y el número de votos emitidos a favor, en contra y en blanco respecto de cada una de tales propuestas. Las actas deberán ser firmadas por el presidente y el secretario de la asamblea. La copia de estas actas, autorizada por el secretario o por algún representante de la sociedad, será prueba suficiente de los hechos que consten en ellas, mientras no se demuestre la falsedad de la copia o de las actas.
ART. 28.—Representación Legal. La representación legal de la sociedad por responsabilidad limitada estará a cargo de una persona natural o jurídica, accionista o no, quien no tendrá suplentes, designado para un término de un año por la asamblea general de accionistas. Las funciones del representante legal terminarán en caso de dimisión o revocación por parte de la asamblea general de accionistas, de deceso o de incapacidad en aquellos casos en que el representante
legal sea una persona natural y en caso de liquidación privada o judicial, cuando el representante legal sea una persona jurídica. La cesación de las funciones del representante legal, por cualquier causa, no da lugar a ninguna indemnización de cualquier naturaleza, diferente de aquellas que le correspondieren conforme a la ley laboral, si fuere el caso. La revocación por parte de la asamblea general de accionistas no tendrá que estar motivada y podrá realizarse en cualquier tiempo. En aquellos casos en que el representante legal sea una persona jurídica, las funciones quedarán a cargo del representante legal de ésta. Toda remuneración a que tuviere derecho el representante legal de la sociedad, deberá ser aprobada por la asamblea general de accionistas.
ART. 29.—Facultades del representante legal. LA SOCIEDAD SERÁ GERENCIADA, ADMINISTRADA Y REPRESENTADA LEGALMENTE ANTE TERCEROS POR EL REPRESENTANTE LEGAL, MILEIDY ANGARITA RINCÒN , QUIEN NO TENDRÁ RESTRICCIONES DE CONTRATACIÓN POR RAZÓN DE LA NATURALEZA NI DE LA CUANTÍA DE LOS ACTOS QUE CELEBRE. POR LO TANTO, SE ENTENDERÁ QUE EL REPRESENTANTE LEGAL PODRÁ CELEBRAR O EJECUTAR TODOS LOS ACTOS Y CONTRATOS COMPRENDIDOS EN EL OBJETO SOCIAL O QUE SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON LA EXISTENCIA Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD. MILEIDY ANGARITA RICON COMO REPRESENTANTE LEGAL SE ENTENDERÁ INVESTIDO DE LOS MÁS AMPLIOS PODERES PARA ACTUAR EN TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS EN NOMBRE DE LA SOCIEDAD, CON EXCEPCIÓN DE AQUELLAS FACULTADES QUE, DE ACUERDO CON LOS ESTATUTOS, SE HUBIEREN RESERVADO LOS ACCIONISTAS. EN LAS RELACIONES FRENTE A TERCEROS, LA SOCIEDAD QUEDARÁ OBLIGADA POR LOS ACTOS Y CONTRATOS CELEBRADOS POR EL REPRESENTANTE LEGAL. LE ESTÁ PROHIBIDO AL REPRESENTANTE LEGAL Y A LOS DEMÁS ADMINISTRADORES DE LA SOCIEDAD, POR SÍ O POR INTERPUESTA PERSONA, OBTENER BAJO CUALQUIER FORMA O MODALIDAD JURÍDICA PRÉSTAMOS POR PARTE DE LA SOCIEDAD U OBTENER DE PARTE DE LA SOCIEDAD AVAL, FIANZA O CUALQUIER OTRO TIPO DE GARANTÍA DE SUS OBLIGACIONES PERSONALES. CAPÍTULO IV Disposiciones Varias
ART. 30.—Enajenación global de activos. Se entenderá que existe enajenación global de activos cuando la sociedad se proponga enajenar activos y pasivos que representen el cincuenta por ciento o más del patrimonio líquido de la compañía en la fecha de enajenación. La enajenación global requerirá aprobación de la asamblea, impartida con el voto favorable de uno o varios accionistas que representen cuando menos la mitad más una de las acciones presentes en la respectiva reunión. Esta operación dará lugar al derecho de retiro a favor de los accionistas ausentes y disidentes en caso de desmejora patrimonial.
ART. 31.—Ejercicio social. Cada ejercicio social tiene una duración de un año, que comienza el 1º de enero y termina el 31 de diciembre. En todo caso, el primer ejercicio social se contará a partir de la fecha en la cual se produzca el registro mercantil de la escritura de constitución de la sociedad.
ART. 32.—Cuentas anuales. Luego del corte de cuentas del fin de año calendario, el representante legal de la sociedad someterá a consideración de la asamblea general de accionistas los estados financieros de fin de ejercicio, debidamente dictaminados por un contador independiente, en los términos del artículo 28 de la Ley 1258 de 2008. En caso de proveerse el cargo de revisor fiscal, el dictamen será realizado por quien ocupe el cargo.
ART. 33. —Reserva Legal. La sociedad constituirá una reserva legal que ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento del capital suscrito equivalente a $30.000.000,(treinta millones de pesos m/cte) formado con el diez por ciento de las utilidades líquidas de cada ejercicio. Cuando esta reserva llegue al cincuenta por ciento mencionado, la sociedad no tendrá obligación de continuar llevando a esta cuenta el diez por ciento de las utilidades líquidas. Pero si disminuyere, volverá a apropiarse el mismo diez por ciento de tales utilidades, hasta cuando la reserva llegue nuevamente al límite fijado.
ART. 34.—Utilidades. Las utilidades se repartirán con base en los estados financieros de fin de ejercicio, previa determinación adoptada por la asamblea general de accionistas. Las utilidades se repartirán en proporción al número de acciones suscritas de que cada uno de los accionistas sea titular.
ART. 35.—Resolución de conflictos. Todos los conflictos que surjan entre los accionistas por razón del contrato social, salvo las excepciones legales, serán dirimidos por la Superintendencia de Sociedades, con excepción de las acciones de impugnación de decisiones de la asamblea general de accionistas, cuya resolución será sometida a arbitraje, en los términos previstos en la Cláusula 35 de estos estatutos.
ART. 36.—Cláusula Compromisoria. La impugnación de las determinaciones adoptadas por la asamblea general de accionistas deberá adelantarse ante un Tribunal de Arbitramento conformado por un árbitro, el cual será designado por acuerdo de las partes, o en su defecto, por el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de ....... El árbitro designado será abogado inscrito, fallará en derecho y se sujetará a las tarifas previstas por el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de ....... El Tribunal de Arbitramento tendrá como sede el Centro de Arbitraje y Conciliación Mercantil de ........, se regirá por las leyes colombianas y de acuerdo con el reglamento del aludido Centro de Conciliación y Arbitraje.
ART. 37.—Ley aplicable. La interpretación y aplicación de estos estatutos está sujeta a las disposiciones contenidas en la Ley 1258 de 2008 y a las demás normas que resulten aplicables.
CAPÍTULO V Disolución y Liquidación
ART. 38.—Disolución. La sociedad se disolverá:
1°. Por vencimiento del término previsto en los estatutos, si lo hubiere, a menos que fuere prorrogado mediante documento inscrito en el Registro mercantil antes de su expiración; 2º. Por imposibilidad de desarrollar las actividades previstas en su objeto social; 3º. Por la iniciación del trámite de liquidación judicial; 4º. Por voluntad de los accionistas adoptada en la asamblea o por decisión del accionista único; 5°. Por orden de autoridad competente, y 6º. Por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de la sociedad por debajo del cincuenta por ciento del capital suscrito. PAR. 1º.—En el caso previsto en el ordinal primero anterior, la disolución se producirá de pleno derecho a partir de la fecha de expiración del término de duración, sin necesidad de formalidades especiales. En los demás casos, la disolución ocurrirá a partir de la fecha de registro del documento privado concerniente o de la ejecutoria del acto que contenga la decisión de autoridad competente.
ART. 39.—Enervamiento de las causales de disolución. Podrá evitarse la disolución de la sociedad mediante la adopción de las medidas a que hubiere lugar, según la causal ocurrida, siempre que el enervamiento de la causal ocurra durante los seis meses siguientes a la fecha en que la asamblea reconozca su acaecimiento. Sin embargo, este plazo será de dieciocho meses en el caso de la causal prevista en el ordinal 6° del artículo anterior.
ART. 40.—Liquidación. La liquidación del patrimonio se realizará conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las sociedades de responsabilidad limitada. Actuará como liquidador el representante legal o la persona que designe la asamblea de accionistas. Durante el período de liquidación, los accionistas serán convocados a la asamblea general de accionistas en los términos y condiciones previstos en los estatutos y en la ley. Los accionistas tomarán todas las decisiones que le corresponden a la asamblea general de accionistas, en las condiciones de quórum y mayorías decisorias vigentes antes de producirse la disolución.
Determinaciones relativas a la constitución de la sociedad
1.—Representación legal. Los accionistas constituyentes de la sociedad han designado en este acto constitutivo, a Mileidy Angarita rincón identificado con el documento de identidad No 1.090.976.728 como representante legal de comercializadora Madami Ltda., por el término de 1 año. Mileidy Angarita Rincón participa en el presente acto constitutivo a fin de dejar constancia acerca de su aceptación del cargo para el cual ha sido designado, así como para manifestar que no existen incompatibilidades ni restricciones que pudieran afectar su designación como representante legal de comercializadora madami ltda
Firmas de los accionistas:
MILEIDY ANGARITA 1.090.976.728 de Ocaña
MartaBarbosa CC 1.098.565.456 de Ocaña
Luis Gabriel Amaya CC.1.091.675.984 de Ocaña
CC
CERTIFICADO
CAMARA DE COMERCIO DE OCAÑA HORA: 14:00:07 FECHA: 2021/04/01 OPERACION: R036265417 PÁGINA: 1
CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O INSCRIPCION DE DOCUMENTOS
LA CAMARA DE COMERCIO DE OCAÑA, CON INSCRIPCIONES DEL REGISTRO MERCANTIL
FUNDAMENTO
EN
LAS
MATRICULAS
CERTIFICA: NOMBRE: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA N.I.T.: 804321245-1 DOMICILIO: OCAÑA N. DE S. CERTIFICA: MATRICULA NO: 01148997 DEL 01 DE ABRIL DE 2021
CERTIFICA: DIRECCION DE NOTIFICACION JUDICIAL: CENTRO COMERCIAL CIUDADELA NORTE LOCAL 49 MUNICIPIO: OCAÑA N. DE S. EMAIL DE NOTIFICACION JUDICIAL: madamiltdaltda @gmail.com DIRECCION COMERCIAL
: CENTRO COMERCIAL CIUDADELA NORTE LOCAL 49
MUNICIPIO: OCAÑA N. DE S. EMAIL COMERCIAL: smadamiltdaltda @gmail.com
E
CERTIFICA: CONSTITUCION: QUE, POR DOCUMENTO PRIVADO DEL 01 ENERO DE 2021, INSCRITA EL 01 DE ABRIL DE 2021 BAJO EL NUMERO 00810409 DEL LIBRO IX, SE CONSTITUYO LA SOCIEDAD COMERCIAL DENOMINADA COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA.
CERTIFICA: LA VIGENCIA DE LA SOCIEDAD ES POR UN TÉRMINO DE CINCO (15) AÑOS CERTIFICA: OBJETO SOCIAL: LA SOCIEDAD TIENE COMO OBJETO SOCIAL LA FABRICACIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y VENTA AL POR MAYOR Y AL DETAL DE VESTIDOS DE DAMA TALLA S
CERTIFICA CAPITAL CAPITAL AUTORIZADO
VALOR
: 60.000.000,00
*** CONTINUA ***
CERTIFICADO
CAMARA DE COMERCIO DE OCAÑA
FECHA: 2021/04/01
HORA: 014:00:07
OPERACION: R036265417
PÁGINA: 2
CAPITAL SUSCRITO
VALOR
:
CAPITAL PAGADO
VALOR
: 60.000.000,00
CERTIFICA
REPRESENTACION LEGAL: LA REPRESENTACION LEGAL DE LA SOCIEDAD LIMITADA ESTARÁ A CARGO DE UNA PERSONA NATURAL, ACCIONISTA O NO, QUIEN TENDRÁ SUPLENTES, DESIGNADO PARA TÉRMINO INDEFINIDO, HASTA TANTO LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS APRUEBEN LO CONTRARIO.
CERTIFICA
FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL: FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DE LOS SUPLENTES. LA SOCIEDAD SERÁ GERENCIADA, ADMINISTRADA Y REPRESENTADA LEGALMENTE ANTE TERCEROS POR EL REPRESENTANTE LEGAL Y EN CASO DE AUSENCIA POR LOS SUPLENTES DESIGNADOS, QUIEN NO TENDRÁ RESTRICCIONES DE CONTRATACION POR RAZON DE LA NATURALEZA NI DE LA CUANTIA DE LOS ACTOS QUE CELEBRE. POR LO TANTO, SE ENTENDERÁ QUE EL REPRESENTANTE LEGAL PODRÁ CELEBRAR O EJECUTAR TODOS
LOS ACTOS Y CONTRATOS COMPRENDIDOS EN EL OBJETO SOCIAL O QUE SE RELACIONEN DIRECTAMENTE CON LA EXISTENCIA Y FUNCIONAMIENTO DE LA SOCIEDAD. EL REPRESENTANTE LEGAL SE ENTENDERÁ ENVESTIDO DE LOS MAS AMPLIOS PODERES PARA ACTUAR EN TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS EN NOMBRE DE LA SOCIEDAD, CON EXCEPCION DE AQUELLAS FACULTADES QUE, DE ACUERDO CON LOS ESTATUTOS, SE HUBIEREN RESERVADO LOS ACCIONISTAS. EN LAS RELACIONES FRENTE A TERCEROS, LA SOCIEDAD QUEDARÁ OBLIGADA POR LOS ACTOS Y CONTRATOS CELEBRADOS POR EL REPRESENTATE LEGAL.
CERTIFICA
DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL CODIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO Y DE LA LEY 962 DE 2005, LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE REGISTRO AQUÍ CERTIFICADOS QUEDAN EN FIRME DIEZ (10) DIAS HABILES DESPUES DE LA FECHA DE INSCRIPCION, SIEMPRE QUE NO SEAN OBJETO DE RECURSOS. *** CONTINUA *** CERTIFICADO
CAMARA DE COMERCIO DE OCAÑA
FECHA: 2021/04/01
MISION Somos una empresa dedicada a la fabricación de vestidos de dama con líneas de negocio diversificadas y verticalmente integrada. Trabajamos para satisfacer los estándares de calidad de nuestras clientas, basados en capacidad innovadora, flexibilidad y vocación de servicio, a través de estilos diversificados. con un equipo humano especializado, identificado y comprometido con la empresa, promoviendo el desarrollo de sus competencias. Orientamos nuestras operaciones a lograr una rentabilidad que permita un crecimiento sostenido. Promovemos un accionar con responsabilidad.
VISION
Ser una empresa verticalmente integrada, innovadora, con productos textiles diversificados y de calidad, cuya flexibilidad le permita atender a mercados de segmento alto, con diseños y colecciones. Todo ello respaldado en una cultura de excelencia operativa, prontitud de respuesta, así como un alto nivel de atención a nuestros clientes; por medio de personal capacitado y motivado que nos permita tener un crecimiento con rentabilidad sostenida. Objetivos Estratégicos:
✓ Proporcionar una óptima atención a nuestras clientas brindándoles un servicio que satisfaga el 100% de sus expectativas y necesidades. ✓ Lograr que cada uno de nuestro personal labore conjuntamente, orientándose hacia los requerimientos de nuestros clientes, con esfuerzo empeño y dedicación.
Secretaria de Planeación Impuestos y rentas
REGISTRO/ACTUALIZACION DE CONTRIBUYENTES IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, AVISOS Y TABLEROS
INFORMACION SUJETO PASIVO NOMBRE O RAZON SOCIAL: MADAMI LTDA
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NOMBRE DEL PROPIETARIO: MILEIDY ANGARITA RINCON
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NUMERO DE IDENTIFICACION: C.C NIT X . OTRO . N° 804321245-1 NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: MILEIDY ANGARITA RINCON
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DIRECCION: CC. CIUDADELA NORTE LOCAL 49 DIRECCIÓN DE COBRO
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FECHA DE INSCRIPCION: 01/04/2021
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FECHA DE INICIACION DE LABORES EN EL MUNICIPIO 01/04/2021
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REGISTRO MERCANTIL SI x . NO
F.DE REGISTRO
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TIPO DE REGIMEN: SIMPLIFICADO
. COMUN X . SIN REGISTRO
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TIPO DE CONTRIBUYENTE: NATURAL . JURÍDICO: X GRAN CONTRIBUYENTE SI . NO TELEFONO: 3142473420
. EMAIL: Delitortasocaña.1@gmail.com
INFORMACION DEL ESTABLECIMIENTO Y ACTIVIDADES COMERCIALES LOCAL X CASA__CENTRO COMERCIAL__OFICINA__SECTOR URBANO__SECTOR RURAL __ ACTIVIDAD DESARROLLADA: COMERCIALIZACION Y FABRICACION DE VESTIDOS DE DAMA COMERCIAL__FINANCIERA__INDUSTRIAL X SECVICIOS__ MIXTA___ ACTIVIDAD ECONOMICA PRINCIPAL: FABRICACION DE VESTIDOS DE DAMA ____
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OTRAS ACTIVIDADES ECONOMICAS EJERCIDAD EN EL ESTABLECIMIENTO: 1.______________________________________________________________________________________ 2.______________________________________________________________________________________
EL ESTABLECIMIENTO, LOCAL U OFICINA ES: PROPIO____________ ARRENDADO NUMERO DE EMPLEADOS:
8
AVISOS Y TABLEROS: SI X . NO
. JUEGOS DE BILLAR
X
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MILEIDY ANGARITA ______________
. MAQUINITAS
. OTROS
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MartaBarbosa
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FIRMA DEL PROPIETARIO
FIRMA FUNCIONARIO
C.C_ 1.090.976.728 ____________________
FECHA:01/04/2021
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Secretaria de Planeación
Ocaña:01/04/2021
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REF: Solicitud Certificado Uso de Suelo
Yo Mileidy Angarita Rincón
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Identificado (a) con cédula de Ciudadanía N°_ 1.090.976.728 . expedida En Ocaña Norte de Sant
. Solicito se me expida Certificado de uso de suelo para el predio.
Propietario: Mileidy Angarita Rincón, Luis Gabriel Amaya Y Marta Cecilia Barbosa Dirección: C.C CIUDADELA NORTE LOCAL 49
.
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Número Catastral: 67578900
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Esta solicitud tiene como fin: Tramitar Licencia Urbanística Clase de Licencia: _________________________
x
Actividad Comercial
Establecimiento Denominado MADAMI LTDA
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Modalidad: _________________________
Tiempo de Funcionamiento Dia 01 Mes 04 Año 2021
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Actividad Económica:
MILEIDY ANGARITA Firma del solicitante: C.C_ 1.090.976.728
De tortas
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¿Que es un organigrama? El organigrama es un esquema organizacional que representa gráficamente la estructura interna d una empresa. Es especialmente útil para el departamento de Recursos Humanos, ya que le permite visualizar rápidamente la jerarquía de la empresa por equipos, en función de quién reporta a cada persona, o quién está al cargo de cada equipo o empleado. Antes de centrarnos en las funciones de los organigramas y sus beneficios, repasemos qué elementos tienen que incluir para tener una mejor idea de lo que van a ilustrar. No todos los elementos han de aparecer de manera obligatoria en nuestro organigrama, ya que cada uno tiene que adaptarse a la estructura y necesidades de las distintas empresas, y reflejar los cargos de la mejor manera posible. ¿Cuál es la finalidad del organigrama? El organigrama les permite a las empresas analizar de manera ordenada todas y cada una de las estructuras de la organización representada. Desempeñan una función muy importante dentro del departamento de Recurso Humanos reflejando la estructura e información de toda la organización. En un organigrama empresarial puedes encontrar los nombres de las personas que están a cargo de dirigir cada uno de los departamentos de una compañía o divisiones de una entidad y explicar así las relaciones de competencias vigentes y relaciones jerárquicas. Un organigrama permite conocer información esencial del funcionamiento de la empresa para coordinar distintos aspectos del negocio y proyectos que se quieran llevar a cabo. Además, es un buen indicador del crecimiento de un negocio, y este estará mejor dimensionado si cuenta con una herramienta como el organigrama.
¿Qué es el manual de funciones?
El Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales es una herramienta de gestión de talento humano que permite establecer las funciones y competencias laborales de los empleos que conforman la planta de personal de las instituciones públicas; así como los requerimientos de conocimiento, experiencia y demás competencias exigidas para el desempeño de estos. Es, igualmente, insumo importante para la ejecución de los procesos de planeación, ingreso, permanencia y desarrollo del talento humano al servicio de las organizaciones públicas. Finalidad del manual de funciones
El objetivo principal del Manual de funciones es brindar la base sobre la cual se podrán diseñar las políticas de recursos humanos de la organización. En su gran mayoría todas las actividades de recursos humanos se basan en la información que proporciona el manual de puestos.
ORGANIGRAMA COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA
GERENTE DISEÑADOR
ASESOR MADAMI LTDA
CORTADOR 1
CONFECCIONISTA Nº1
CONTADOR
CONFECCIONISTA
ADMINISTRADR Nº2
VENDEDOR
Código
MADAMI LTDA
MANUAL DE DESCRIPCIÓN
MFO-06
Fecha de Emisión 01/04/2021 Página
20-50
DE FUNCIONES Elaborado por: Marta Barbosa I.- INFORMACIÓN BÁSICA 1. NOMBRE DEL PUESTO
ADMINISTRADOR Y VENDEDOR
2. ÁREA O DEPARTAMENTO
COMERCIALIZACIÓN
3. JEFE INMEDIATO SUPERIOR
Gerente VENDEDOR
4. SUPERVISA R
II.- NATURALEZA DEL PUESTO Mercadeo y ventas: Capacidad de comunicación con clientes actuales, potenciales y conocimiento en la gestión y cumplimiento de pedidos, de manera coordinada y oportuna. Conocimiento y gestión de las ventas online. III.- OBJETIVO DEL PUESTO Coordinar pedidos con el cliente y con producción, para su posterior entrega de acuerdo a lo establecido por ambas partes, tomando en cuenta la capacidad de producción de la empresa. Gestionar ventas online, con los clientes potenciales y reales de la empresa. IV.- FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
Funciones generales
• Realizar control y aprovisionamiento de inventario en el local comercial. • Conocer y presentar a los clientes los diferentes productos y servicios que oferta la empresa MADAMI LTDA • Gestionar, entregar y corroborar y reportar pagos de los pedidos de prendas de vestir, efectuados por los clientes comerciales. • Efectuar de acuerdo con las órdenes del gerente otras labores que le sean asignadas relacionadas con el perfil. Funciones específicas • Conocer acertadamente los productos y servicios que oferta la empresa MADAMI LTDA • Asesorar de manera real y objetiva a los clientes y sus necesidades. • Administrar coherentemente su agenda de trabajo. • Mantener una búsqueda constante de nuevos clientes y mercados. • Realizar visitas a los clientes con muestras físicas de las prendas. • Responsabilizarse del reporte de cartera de los clientes. • Ofrecer un excelente servicio post venta. • Comunicar al gerente las oportunidades de mejoramiento expresadas por el cliente. • Cumplir con las metas de ventas establecidas. • Confirmar con el cliente el recibo de la mercancía, la calidad del material, el servicio prestado y resolver cualquier inquietud que pueda tener. • Atender y promover nuevos clientes y rutas de ventas, promoviendo el uso de la plataforma digitales para la realización de pedidos. • Coordinar la presentación de actividades ante el gerente. • •
Realizar estudios continuos de mercado. Monitorear métodos y canales adecuados de comercialización de los servicios que brinda el Centro de Producción.
•
Proponer la celebración de convenios con instituciones asociativas o empresa pública y privada para brindar servicio.
• • • •
Coordinar con el cliente la cantidad y clase de producto a producir. Asegurarse que se cumplan las condiciones acordadas por ambas partes. Informar del acuerdo con el cliente a gerencia. Manejar el control de cartera de clientes, que establezcan las normas que exigen. - Otras funciones que le asigne el Jefe Inmediato
V.- REQUISITOS PARA EL PUESTO 1. NIVEL EDUCATIVO
Tecnológico y/o profesional.
2. EXPERIENCIA LABORAL
Dos años en funciones similares.
3. HABILIDAD LABORAL
Comunicación con los clientes reales y potenciales.
4. FORMACIÓN
Coordinación con producción y cliente.
¿Qué es una estrategia de mercado y cuál es su finalidad?
Una estrategia de mercadeo es la creación de acciones o tácticas que lleven al objetivo fundamental de incrementar las ventas y lograr una ventaja competitiva sostenible. La finalidad de la estrategia de mercado es mantener un grupo bien definido de clientes que pueden estar interesados en su producto o servicio.
Este diagrama detalla la estructura de nuestra estrategia de mercado
INFORMACIÓN BÁSICA DE MERCADO
ESTRATEGIA DE MERCADO
▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪ ▪
METAS ANALISIS DE VENTAS DISTRIBUCION FIJACION DE PRECIOS ANALISIS DE LA DEMANDA CONOCIMIENTOS Y ATRIBUTOS DE LAS PRENDAS ANALIS COMPARATIVO DE LA COMPETENCIA
OBJETIVO DE VENTAS SEGMENTACION – MERCADO META OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS DE MERCADO ESTRATEGIA DE POSICIONAMIENTO MEZCLA DE MERCADO PARA LAS HERRAMIENTAS DE REALIZACION 1.PRODUCTO 2. SERVICIO 3. MARCA 3. EMPAQUE 4 FIJACION DE PRECIO 5 DISTRIBUCION 6. VENTA PERSONAL 7. PROMOCION 8. MENSAJE PUBLICITARIO EJECUCION EVALUACION
POLITICAS CEDITO DE PROVEDORES Políticas de crédito de una empresa POLÍTICA DE CRÉDITO: son todos los lineamientos técnicos que utiliza el gerente financiero de una empresa, con la finalidad de otorgar facilidades de pago a un determinado cliente
Políticas de crédito proveedores
Días de diferimiento de pago: la empresa debe tener especificados los vencimientos máximos en los que cobrar una factura: 30, 60 ó 90 días fecha factura, que son los diferimientos más habituales
Política de crédito: deben establecerse unas normas claras sobre el grado de solvencia o capacidad financiera mínima de la empresa cliente. Si la empresa no llega a dicho nivel exigido, no se le proporcionará el crédito solicitado. Así mismo, debe establecerse un límite máximo de crédito a cada cliente, que nunca debe ser rebasado Política de cobro: hay que tener claros los procedimientos a seguir en caso de impagos, tantos los pasos internos (que lleve la empresa personalmente) como los externalizados a empresas de recobro especializadas (en caso de contratarse o ser necesarias Política de descuentos: Una buena forma de acelerar el ciclo de cobro es ofrecer a los clientes descuentos por pronto pago o por pago al contado. Obviamente, este descuento debe estar consensuado y estudiado para que no suponga una merma importante del margen de la venta
POLÍTICAS DE CLIENTES
a) COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA es una empresa productora de prendas de vestir que comercializa sus productos mediante venta directa y ventas a través de Comercio Electrónico, y para el desarrollo de su actividad requiere de datos que deben ser suministrados por TITULARES DE LA INFORMACIÓN.
b) USUARIOS DE LA PÁGINA WEB: son aquellos usuarios que navegando en los portales web (www.madami.com.co), le manifiestan a MADAMI LTDA su interés de recibir comunicaciones relacionadas con, promociones, tendencias de moda, conocimiento de la marca; adquirir productos y/o realizar solicitudes de crédito. c) TITULARES: Los titulares son aquellas personas, que Incorporan sus datos a las bases de
datos de MADAMI LTDA
d)CLIENTES: clientes son aquellos titulares que han celebrado relaciones comerciales o de
consumo con comercializadora Madami Ltda.
f) TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN: al autorizar el tratamiento de la información, EL TITULAR de la información autoriza a comercializadora madami Ltda. a consultar en las centrales de riesgo el dato financiero, crediticio y/o comercial, que a su nombre reposa en estas, de acuerdo con la ley 1266 de 2008, a incorporar los datos a su base de datos para, administrarlos de tal manera que se cumpla con la finalidad establecida en el artículo 9 de la presente política de tratamiento, legitimada para tal efecto, incluyendo las facultades de usar, procesar y compartir la información con sus aliados comerciales g) CONSENTIMIENTO: El consentimiento es la manifestación previa, libre y expresa que emite el TITULAR a COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA con el fin de que ésta pueda tratar su información. El consentimiento también expresa la conciencia de los efectos que produce la autorización. h) SOLICITUD DE CRÉDITO: Es aquel formulario, que, por cualquier medio, llena EL TITULAR de los datos personales y entrega a LA EMPRESA para que esta custodie y trate de acuerdo con sus políticas de tratamientos de datos.
REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO Artículo 104: Definición de Reglamento Interno de Trabajo: Reglamento de trabajo es el conjunto de normas que determinan las condiciones a que deben sujetarse el empleador y sus trabajadores en la prestación del servicio. ARTÍCULO 1. El presente reglamento interno de trabajo es prescrito por COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA “la empresa” domiciliada en el centro comercial ciudadela Norte local 49, de la ciudad de Ocaña. A sus disposiciones queda sometida la empresa como sus trabajadores. Este reglamento hace parte integral de los contratos individuales de trabajo, celebrados o que se celebren con todos los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario, que sin embargo sólo pueden ser favorables al trabajador. CAPÍTULO II CONDICIONES DE ADMISIÓN A RTÍCULO 2. La persona que aspire a desempeñar un cargo en COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA, deberá participar en el proceso de selección y contratación establecido por la empresa, ajustado a las políticas y procedimientos establecidos para dicho proceso y aportar los siguientes documentos: a) Hoja de Vida totalmente diligenciada. b) Fotocopia de la cédula de ciudadanía. c) Registro civil de nacimiento de los hijos (para afiliación al sistema de seguridad social y la Caja de Compensación Familiar), si es del caso. d) Registro civil de matrimonio o declaración extrajuicio de convivencia, si es del caso. e) Fotocopia de diplomas y actas de grado, si es del caso. f) Fotocopia de la tarjeta profesional, si es del caso. g) Certificaciones laborales de empleos anteriores. h) Fotocopia de certificados de estudios cursados (diplomados, seminarios, congresos, entre otros) . i) Certificado de aptitud ocupacional, expedido por el médico señalado por la empresa el cual podrá reconocer al aspirante, y podrá exigir los exámenes de laboratorio que a su juicio requiera, los cuales serán sufragados por el empleador. No se exigirá la prueba del V.I.H (Artículo 22, Decreto 559 de 1991), ni la prueba de embarazo, salvo que la labor a desempeñar salvo que la labora desempeñar sea de alto riesgo para la madre o para el bebé. (Artículo 43 de la Constitución Nacional y Convenio 111 de la O.I.T), ni la Abreu grafía Pulmonar (Resolución 13824 de 1989). j) Certificación escrita de afiliación al Fondo de Pensiones, EPS a la que pertenece y Fondo de Cesantías. k) Diligenciar el formato de apertura de cuenta de nómina indicada por la empresa, si es del caso
CAPÍTULO III PERÍODO DE PRUEBA ARTÍCULO 3. La empresa, una vez admitido el aspirante, podrá estipular con él un período inicial de prueba que tendrá por objeto apreciar las aptitudes del trabajador y, por parte de éste, las conveniencias de las condiciones de trabajo (Artículo 76 C.S.T.).
ARTÍCULO 4. El período de prueba será de (2) meses. En los contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a 1 año, el período de prueba será la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato. Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos de trabajo sucesivos, no es válida la estipulación del período de prueba, salvo para el primer contrato (Artículo 7 Ley 50 de 1990). ARTÍCULO 5. Durante el período de prueba, el contrato puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento y sin previo aviso. Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones (Artículo 80 c.s.t) CAPÍTULO IV TRABAJADORES ACCIDENTALES O TRANSITORIOS ARTÍCULO 6. Son trabajadores accidentales o transitorios, los que se ocupen en labores de corta duración no mayor de un mes y de índole distinta a las actividades normales de la empresa. Estos trabajadores tienen derecho, además del salario, al descanso remunerado en dominicales y festivos (Artículo 6 C.S.T.). CAPÍTULO V JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO ARTÍCULO 7. La jornada laboral será de cuarenta y cuatro (44) horas a la semana, que deberán cumplirse de lunes a viernes entre las 7:00 a.m. y las 6:00 p.m., con una hora de almuerzo, en los turnos que establezca la Gerencia de la empresa. Reglamento Interno de Trabajo V2 05.2018 Página 3 de 28 PARÁGRAFO PRIMERO. Están excluidos de la regulación jornada máxima legal de trabajo los trabajadores que se desempeñen en alguna actividad profesional, de dirección, confianza y manejo. CAPÍTULO VI HORAS EXTRAS, TRABAJO ORDINARIO Y TRABAJO NOCTURNO ARTÍCULO 8. El reconocimiento y liquidación de horas extras, trabajo ordinario y nocturno, serán efectuados de conformidad con lo señalado en el Código Sustantivo del Trabajo, Decreto 2352 de 1965, Decreto 13 de 1967, Ley 50 de 1990, Ley 789 de 2002, y demás normas concordantes o aquellas que lo modifiquen o adicionen. CAPÍTULO VII DÍAS DE DESCANSO LEGALMENTE OBLIGATORIOS ARTÍCULO 9. Serán de descanso obligatorio remunerado, los domingos y días de fiesta que sean reconocidos como tales en nuestra legislación laboral. Cuando las mencionadas festividades caigan en domingo, el descanso remunerado igualmente se trasladará al lunes en los casos establecidos por la ley. PARÁGRAFO PRIMERO. Cuando la jornada de trabajo convenida por las partes, en días u horas, no
implique la prestación de servicios en todos los días laborables de la semana, el trabajador tendrá derecho a la remuneración del descanso dominical en proporción al tiempo laborado (Ley 50 de 1990. Art. 26 numeral. 5º). PARÁGRAFO SEGUNDO. El reconocimiento y liquidación del trabajo dominical y festivo, será efectuado de conformidad con lo señalado en el Código Sustantivo del Trabajo, Ley 789 de 2002, Ley 50 de 1990. Ley 51 1983, y demás normas concordantes o aquellas que lo modifiquen o adicionen. CAPÍTULO VIII VACACIONES REMUNERADAS ARTÍCULO 10. Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios a la empresa durante un (1) año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas (Artículo 186 numeral 1º C.S.T.). ARTÍCULO 11. La época de las vacaciones debe ser señaladas por la empresa a más tardar dentro del año subsiguiente y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso. El empleador tiene la obligación de dar a conocer al trabajador, por lo menos con quince (15) días de anticipación, la fecha en que le concederán las vacaciones (Artículo 187, C.S.T.). CAPÍTULO IX SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, SERVICIO MÉDICO Y RIESGOS LABORALES ARTÍCULO 11 La empresa, implementará el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el trabajo señalado en el Decreto 1443 del 1 de Julio de 2014 y Decreto 472 de 2015 y demás normas concordantes o aquellas que lo modifiquen o adicionen. ARTÍCULO 12. Los servicios médicos que requieran los trabajadores se prestarán por la empresa prestadora de salud (E.P.S) a través de la I.P.S., o por la administradora de riesgos laborales ARL, a través de la I.P.S. a la cual se encuentre afiliado el trabajador. En caso de no afiliación o suspensión del servicio por causas no atribuibles al empleador, los servicios serán a cargo del empleado, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes. ARTÍCULO 13. Todo trabajador, desde el mismo día en que se sienta enfermo, deberá comunicarlo al empleador, su representante o a quien haga sus veces, el cual hará lo conducente para que sea examinado por el médico correspondiente, a fin de que certifique si puede continuar o no en el trabajo y en su caso determine la incapacidad y el tratamiento a que el trabajador debe someterse. Si éste no diere aviso dentro del término indicado o no se sometiere al examen médico que se haya ordenado, su inasistencia al trabajo se tendrá como injustificada para los efectos a que haya lugar, a menos que demuestre que estuvo en absoluta imposibilidad para dar el aviso y someterse al examen en la oportunidad debida. PARÁGRAFO PRIMERO. Los trabajadores deben someterse a los exámenes médicos y seguir las instrucciones de tratamiento que ordene el médico que los haya examinado. De igual forma, deberán someterse a los exámenes y tratamientos preventivos que para todos o algunos de ellos requieran la empresa en determinados casos. El trabajador que sin justa causa se negare a someterse a los exámenes, instrucciones o tratamientos antes indicados, perderá el derecho a la
prestación en dinero por la incapacidad que sobrevenga a consecuencia de esa negativa y será enteramente responsable del deterioro de su salud y las posibles consecuencias que esta desatención tenga. Se considera falta grave la desatención a realizarse los exámenes o a seguir las instrucciones médicas. ARTÍCULO 14. Los trabajadores deberán someterse a todas las medidas de higiene y seguridad que prescriban las autoridades del ramo en general, y en particular a las que ordene la empresa para prevención de las enfermedades y de los riesgos en el manejo de los elementos de trabajo especialmente para evitar los accidentes de trabajo. PARÁGRAFO PRIMERO. El incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos, adoptados en forma general o específica, y que se encuentren dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de la empresa, que la hayan comunicado por escrito o en charlas de seguridad, facultan al empleador para la terminación del vínculo o relación laboral por justa Reglamento Interno de Trabajo V2 05.2018 Página 8 de 28 causa, tanto para los trabajadores privados como para los servidores públicos, previa autorización del Ministerio de la Protección Social, respetando el derecho de defensa (Artículo 91 Decreto 1295 de 1994). PARÁGRAFO SEGUNDO. El trámite de reconocimiento de incapacidades por enfermedad general, licencias de maternidad y paternidad, está a cargo única y exclusivamente del empleador (Decreto Ley 19 del 10 de enero de 2012). ARTÍCULO 15. En caso de accidente de trabajo, graves o mortales, el trabajador lo comunicara inmediatamente al empleador o a quien haga sus veces, ordenará inmediatamente la prestación de los primeros auxilios, la remisión al médico y tomará todas las medidas que se consideren necesarias y suficientes para reducir al mínimo las consecuencias del accidente, denunciándolo en los términos establecidos en el Decreto 1295 de 1994, ante la EPS, ARL y Dirección Territoriales del Ministerio del Trabajo. (Decreto 472 de 2015). Todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que ocurra en la empresa, será informado a la entidad administradora de riesgos laborales ARTÍCULO 16 En todo caso, en lo referente a los puntos de que trata este capítulo, tanto la empresa como los trabajadores se someterán a las normas de riesgos laborales establecidas en el del Código Sustantivo del Trabajo, la Resolución 1016 de 1989 expedida por el Ministerio de la Protección Social y las demás que con tal fin se establezcan. De la misma manera, ambas partes están obligadas a sujetarse al Decreto Ley 1295 de 2012, Ley 776 del 17 de diciembre de 2002 y demás normas concordantes o aquellas que lo modifiquen o adicionen. CAPÍTULO IX DEBERES DE LOS TRABAJADORES ARTÍCULO 17. Los trabajadores de la empresa tienen como los siguientes deberes: a) Observar la misión, visión y valores de la empresa, así como los principios éticos y morales. b) Anteponer los principios éticos, morales y profesionales al cumplimiento de sus metas laborales y administrativas.
c) Respeto y subordinación a los superiores. d) Respeto y buen trato con sus compañeros de trabajo. e) Responder por el cuidado de su salud e integridad física durante el ejercicio de sus funciones. f) Procurar armonía con sus superiores y compañeros de trabajo, en las relaciones personales y en la ejecución de labores. g) Guardar buena conducta en todo sentido y obrar con espíritu de leal colaboración en el orden moral y disciplina general de la empresa. h) Ejecutar los trabajos que le confíen con honradez, buena voluntad y de la mejor manera posible. i) Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar por conducto del respectivo superior y de manera fundada, comedida y respetuosa. j) Recibir y aceptar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el trabajo, con su verdadera intención que es, en todo caso, la de encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la empresa en general. k) Cumplir con los horarios de trabajo estipulados por la empresa; sin perjuicio de que la empresa, según sus necesidades, pueda mantenerse o cambiar los horarios de trabajo. l) Observar y atender las medidas y precauciones que le indique su respectivo jefe para el manejo de los equipos o elementos de trabajo. m) Mantenerse en estado de limpieza, en su ropa como en su persona, teniendo en cuenta la clase de labor que le ha sido encomendada y hacer un uso adecuado de las instalaciones de la empresa. n) Evitar que terceras personas utilicen información confidencial, materiales, elementos de trabajo, enseres, mobiliario, equipos electrónicos, utensilios de oficina y, en general, los muebles e inmuebles del lugar donde desempeñen sus funciones, que estén al servicio o beneficio de la empresa o que se hayan dispuesto para uso exclusivo de sus empleados. o) Guardar reserva absoluta con relación a los Manuales de Procedimientos, programas de sistematización, información atinente a asuntos internos o administrativos de la empresa de cualquier índole o que estén relaciones con los socios, usuarios o contratistas. p) No pedir, ofrecer ni aceptar ningún tipo de dadivas. Así mismo se abstendrán de recibir remuneración de terceras personas. q) Comunicar oportunamente a sus superiores todo hecho o irregularidad que sea cometido por parte de otro empleado, funcionario o tercero que Reglamento Interno de Trabajo V2 05.2018 Página 10 de 28 afecte los intereses de la empresa, clientes, proveedores, socios o trabajadores.
r) Acatar el conducto regular en sus relaciones con la empresa. s) Conocer y estar permanentemente actualizados en todas las normas, políticas y procedimientos que hacen parte de los diferentes procesos
POLITICAS ADMINISTRATIVAS Constituyen la filosofía institucional y el soporte de la cultura organizacional. ... Define y describe la situación futura que desea tener la empresa, el propósito de la visión es guiar, controlar y alentar a la organización en su conjunto para alcanzar el estado deseable de la organización.
Define el conjunto de principios, creencias, reglas que regulan la gestión de la organización. Constituyen la filosofía institucional y el soporte de la cultura organizacional. Las políticas de una compañía tienen por objeto orientar la acción, por la cual sirven para formular, interpretar y suplir las normas concretas PUBLICIDAD: Utilizaremos distintos medios de publicidad para darnos a conocer como son la radio, comerciales de televisión y también nos pueden contactar a través de nuestra fan page madami Ltda.
Para ti que eres una mujer elegante y sofisticada, llega a Ocaña COERCIALIZADORA MADAMI LTDA para complacerte y satisfacer todos tus gustos, con lo mejor en la moda que va con tu estilo y glamur, acércate y sorpréndete con la mejor colección de invierno. Estamos ubicados en santa clara en el centro comercial ciudadela norte, local 49, también puedes contactarnos en nuestra fan page MADAMI LTDA, whatsapp 3112372882.
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Luis Gabriel a Amaya Contreras CC: 1.090.766.427 de Ocaña, Norte de Santander
Perfil Profesional Me considero una persona de buenas costumbres, honesta, comprometida, responsable, con gran carisma e iniciativa y con un alto espíritu de superación y compromiso. He logrado terminar poco a poco mis metas y soy consciente de la importancia del talento humano en todas las actividades de la sociedad, he asumido un rol de vida basado en la excelencia, el mejoramiento continuo y el crecimiento personal, como pilares fundamentales. Espero que mi hoja de vida, les permita considerarme un posible candidato para la vacante disponible.
I. Datos Personales FECHA DE NACIMIENTO
: 10 de octubre de 1988
LUGAR DE NACIMIENTO
: Ocaña, Norte de Santander
ESTADO CIVIL
: Soltero
DIRECCION
: Calle 7 N° 16- 160
TELEFONO
: 3156765893
CIUDAD
: Ocaña
CORREO
: siulleirbag-26@hotmail.com
II. Estudios Realizados SECUNDARIA Instituto Pedagógico Ocupacional INPO CURSANDO 5 SEMESTRE DE CONTADURIA PUBLICA (JORNADA NOCTURNA) Universidad Francisco de Paula Santander Ocaña
III. Experiencia laboral EMPRESA
: Panadería Súper Cali
CARGO
: Administrador
TIEMPO
: Enero 15 del 2008
Hasta enero del 2010 JEFE INMEDIATO : 3158204181
: Libardo Lázaro Osorio TELÉFONO
EMPRESA
: Tigo
CARGO
: Asesor de Ventas
TIEMPO
: Marzo 04 del 2011 Hasta agosto del 2012
JEFE INMEDIATO : 3011903968
: Carolina Bayona TELÉFONO
: Café Águila Roja : Vendedor Tienda a Tienda
EMPRESA CARGO TIEMPO
: Septiembre 2 del 2012 Hasta septiembre 2 del 2014
TELÉFONO : José Reinaldo Hincapié
: 3289370 - 3217601610 JEFE INMEDIATO
EMPRESA
: Antioqueño
CARGO
: Vendedor
TIEMPO
: Junio 26 del 2015 Hasta marzo 26 del 2016
TELEFONO : Liliana Mantilla
: 5619709 - 310213207 JEFE INMEDIATO
EMPRESA
: Frito lay
CARGO
: Vendedor Tienda a Tienda
TIEMPO
: 05 de abril del 2016 Hasta Febrero 08 de 2018
JEFE INMEDIATO : 3107208489
: Osvaldo Angarita TELÉFONO
EMPRESA
: Colanta
CARGO
: Vendedor Tienda a Tienda
TIEMPO
: 10 de marzo del 2018 Hasta agosto 08 de 2018
JEFE INMEDIATO : 3113956940
: Lorena Pérez TELÉFONO
EMPRESA
: MOVILVIDA
CARGO
: Conductor de ambulancia
TIEMPO
: Septiembre del 2018 hasta Mayo 2019
JEFE INMEDIATO : 3187506005
: Dany Murcia TELÉFONO
IV. Referencias Personales NOMBRE
: Marina Lázaro Osorio
TELEFONO
: 5896246 - 3187901609
OCUPACION
: Administrador de Empresas
NOMBRES
: Bleidy Navarro
TELEFONO
: 3152080218
OCUPACION
: Ingeniera Ambiental
V. Referencias Familiares NOMBRE
: Laura Amaya
TELEFONO
: 3103104879
OCUPACION
: Administrador de Empresas
NOMBRE
: Libardo Lázaro
TELÉFONO
: 3138208181
OCUPACIÓN
: Comerciante
Para Todos los efectos legales, certifico que todas las respuestas e informaciones anotadas por mí, en la presente hoja de vida son veraces (C.S.T. Art. 62 Núm. 1)
Luis Gabriel Amaya Contreras
Mileidy Angarita Rincón CC: 1.090.976.728 de Ocaña, Norte de Santander
Perfil Profesional Me considero una persona responsable, honesta,servicicial, de rápido aprendizaje y con gran personalidad.
IV. Datos Personales FECHA DE NACIMIENTO
: 18 de Enero de 1996
LUGAR DE NACIMIENTO
: Ocaña, Norte de Santander
ESTADO CIVIL
: Soltera
DIRECCION
: Calle 4b 56-90
TELEFONO
: 3100004565
CIUDAD
: Ocaña
CORREO
: mileidyangarita@hotmail.com
V. Estudios Realizados SECUNDARIA Colegio la salle CURSANDO 5 SEMESTRE DE CONTADURIA PUBLICA (JORNADA NOCTURNA) Universidad Francisco de Paula Santander Ocaña
VI. Experiencia laboral EMPRESA
: hospital Emiro quintero cañizares
CARGO
: enfermera
TIEMPO
: Enero 15 del 2010 Hasta enero del 2010
JEFE INMEDIATO : 31582876651
: Libardo Lázaro Osorio TELÉFONO
CARGO
: Asesora
telefono: 3187506005
IV. Referencias Personales NOMBRE
: Marina Lázaro Osorio
TELEFONO
: 5896246 - 3187901609
OCUPACION
: Administrador de Empresas
NOMBRES
: Bleidy Navarro
TELEFONO
: 3152080218
OCUPACION
: Ingeniera Ambiental
V. Referencias Familiares NOMBRE
: Laura Amaya
TELEFONO
: 3103104879
OCUPACION
: Administrador de Empresas
NOMBRE
: Libardo Lázaro
TELÉFONO
: 3138208181
OCUPACIÓN
: Comerciante
Para Todos los efectos legales, certifico que todas las respuestas e informaciones anotadas por mí, en la presente hoja de vida son veraces (C.S.T. Art. 62 Núm. 1)
Mileidy Angarita rincón 1090.976.728
Marta Cecilia Barbosa Garcia CC: 1.098.565.456 de Ocaña, Norte de Santander
Perfil Profesional soy una persona comprometida con los deberes, de rápido aprendizaje y de gran entendimiento. Me desempeño excelentemente ya sea para un trabajo en equipo o individual estoy siempre dispuesta a cumplir con los retos que se me presentan en el día a día.
Datos personales:
NOMBRE
Marta Cecilia Barbosa García
DOCUMENTO DE IDENTIDAD
1.098.565.648 de 0caña
FECHA DE NACIMIENTO
23 de abril de 1992
LUGAR DE NACIMIENTO
Ocaña norte de Santander
ESTADO CIVIL
Soltera
DIRECCIÓN
calle 45b 23-32
TELÉFONO
3000760981
martabarbosartyiu@gmail.com
Informacion academica
Estudios Profesionales
Universidad Francisco De Paula Santander Ocaña Sexto semestre Contaduria publica Ocaña 2020
Estudios Secundarios:
Colegio Guillermo Quintero Calderon
Bachiller Académico
Convencion Norte De Santander 2010
Otros estudios:
SENA Ocaña
Técnico En Nómina Y Prestaciones Sociales
Ocaña Abril De 2015
Cursos:
SENA Ocaña
Servicio al cliente
Marzo 2016
NOMBRE DE LA EMPRESA: Almacen Jimmy LUGAR: Convencion norte de santander CARGO: vendedor FUNCIONES Atención al cliente, recibo y despacho de productos, organización de producto e informe de ventas. JEFE INMEDIATO: Carmen Maria Ballesteros Telefono: 3505050456
21 de enero 2009 – 30 de diciembre 2011
NOMBRE DE LA EMPRESA Ferreteria Edifihohar LUGAR: Convencion Norte De Santander CARGO: Vendedor FUNCIONES: atención al cliente,despacho de productos,organización de mercancias,atención a provedores. JEFE INMEDIATO: Eduardo Sanchez Telefono: 3177778900 02 de enero del 2012 – 29 de noviembre de 2014
NOMBRE DE LA EMPRESA: Autoservicio El Campeón LUGAR:Ocaña Norte De Santander CARGO: Cajera FUNCIONES: manejo de software Russoft (punto de venta , cobro de cartera, devoluciones,arqueos de caja. Inventarios ,mercadeo,servicio al cliente,atención a provedores. JEFE INMEDIATO: Lorenzo Jose Morales Telefono: 31898778900 01 de diciembre del 2014 – 31 de diciembre de 2020
Referencias: PERSONAL
NOMBRE: Danny Gómez Cargo actual: Administradora Telefono: 31354678900
NOMBRE: Claudia Patricia Zapata Cargo actual: Administradora Telefono: 3111111110 FAMILIAR
NOMBRE : Nelly Maria Barbosa CARGO : Ama De Casa Telefono: 3200005432
NOMBRE : maricela garcia guerrero CARGO : Vendedora Telefono: 3105790764
MARTA CECILIA BARBOSA GARCIA 1.098.566456 de Bucaramanga Santander
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO
NOMBRE DEL EMPLEADOR: MILEIDY ANGARITA RINCON IDENTIFICACIÓN: NIT: 1.090.976.728 DOMICILIO DEL EMPLEADOR: CC CIUDADELA NORTE LOCAL 49 NOMBRE DEL TRABAJADOR: LUIS GABRIEL AMAYA IDENTIFICACIÓN: 1.090.766.427 DIRECCIÓN DEL TRABAJADOR: CALLE 7 N° 16- 160 LUGAR, FECHA DE NACIMIENTO Y NACIONALIDAD:
OFICIO QUE DESEMPEÑARÁ EL TRABAJADOR: TESORERO SALARIO: $ 1.500.000
VII.
PERÍODO DE PAGO: MENSUAL
FECHA DE INICIACIÓN DE LABORES: 01 DE ABRIL DE 2021 FECHA TERMINACION: 01 de octubre de 2021 DURACIÓN CONTRATO: 6 meses LUGAR DONDE DESEMPEÑARÁ LAS LABORES: Calle 10 N°11-50 CENTRO CIUDAD DONDE HA SIDO CONTRATADO EL TRABAJADOR: Ocaña, Norte de Santander
Entre los suscritos a saber, Luis Gabriel Amaya de Ocaña, mayor de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Ocaña quien para efectos del presente contrato se denominará el EMPLEADOR, de una parte, y de la otra del empleado, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.090.766.427de Ocaña, quien para fines del presente
contrato se denominará el TRABAJADOR, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, regido además de las normas legales por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO.— EL EMPLEADOR contrata los servicios personales del TRABAJADOR para desempeñar las funciones inherentes al cargo de TESORERO así como las tareas ordinarias y anexas al mencionado cargo, de conformidad con los reglamentos, ordenes e instrucciones que le imparta el EMPLEADOR, observando en su cumplimiento la diligencia y cuidado necesarios. Además de las obligaciones determinadas en la Ley y en los reglamentos. PARÁGRAFO. - El TRABAJADOR acepta los cambios de labores decididos por el EMPLEADOR siempre que sus condiciones laborales se mantengan. PARÁGRAFO. SEGUNDA. - INICIACIÓN Y JORNADA DE TRABAJO: El TRABAJADOR iniciará labores a partir del primero (01) de abril del 2021, con una jornada laboral ordinaria de 48 horas, que se podrán distribuir de la forma permitida por el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo. TERCERA. PERIODO DE PRUEBA. En virtud de la calificación de las labores que desarrollará EL TRABAJADOR, , que inicia conjuntamente con la vigencia del contrato. Durante el aludido periodo, se aplicarán las disposiciones pertinentes de acuerdo a la legislación vigente. CUARTA.- LUGAR DE TRABAJO. El lugar de trabajo será en el centro comercial ciudadela norte local 49 santa clara Ocaña Norte de Santander. El trabajador puede ser reubicado por acuerdo entre las partes, siempre que las condiciones laborales del trabajador no sufran desmejora o se disminuya su remuneración o le cause perjuicio. QUINTA.- SALARIO. El TRABAJADOR devengará la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS ($ 1.500.000) M/Cte. Incluido el auxilio de transporte, pagaderos en efectivo. PARAGRAFO. Dentro de este pago se encuentra incluida la remuneración de los descansos dominicales y festivos de que trata los capítulos I, II y III del título VII del C.S.T. SEXTA. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD. El trabajador se compromete a que toda la información intercambiada, facilitada o creada entre ellas en el transcurso de relación laboral y después de ella, será mantenida en estricta confidencialidad. La parte receptora correspondiente sólo podrá revelar información confidencial a quienes la necesiten y estén autorizados previamente por la parte de cuya información confidencial se trata, es decir, el empleador. PARAGRAFO PRIMERO. EXCEPCIONES. No habrá ninguna excepción frente a la confidencialidad de la información recibida. PARAGRAFO SEGUNDO. DURACION. Este acuerdo regirá durante el tiempo de la relación laboral y seis (6) meses siguiente a la terminación contractual. PARAGRAFO TERCERO. MODIFICACIÓN O TERMINACIÓN. Este acuerdo será inmodificable en lo relacionado con la confidencialidad de la información .PARAGRAFO CUARTO. SANCIONES. Además de las sanciones previstas en el
ordenamiento jurídico; en el caso de que la información se conozca por terceros por causa imputable al trabajador, éste deberá a la parte contratante la suma de 100 salarios mínimos legales mensuales a título de cláusula penal. SEPTIMA. OTRAS DISPOSICIONES. Las partes declaran que en el presente contrato se entienden incorporadas, en lo pertinente, las disposiciones legales que regulan las relaciones entre la empresa y sus trabajadores, en especial, las del contrato de trabajo para el oficio que se suscribe, fuera de las obligaciones consignadas en los reglamentos de trabajo y de higiene y seguridad industrial de la empresa. OCTAVA. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR: En relación con la actividad propia del trabajador, éste la ejecutará dentro de las siguientes modalidades que implican claras obligaciones para el mismo trabajador así: —Observar rigurosamente las normas que le fije la empresa para da realización de la labor a que se refiere el presente contrato. —Guardar absoluta reserva, salvo autorización expresa de la empresa, de todas aquellas informaciones que lleguen a su conocimiento, en razón de su trabajo, y que sean por naturaleza privadas. —Ejecutar por sí mismo las funciones asignadas y cumplir estrictamente las instrucciones que le sean dadas por la empresa, o por quienes la representen, respecto del desarrollo de sus actividades. —Cuidar permanentemente los intereses de la empresa. —Dedicar la totalidad de su jornada de trabajo a cumplir a cabalidad con sus funciones. —Programar diariamente su trabajo y asistir puntualmente a las reuniones que efectúe la empresa a las cuales hubiere sido citado. —Mantener completa armonía y comprensión con los clientes, con sus superiores y compañeros de trabajo, en sus relaciones personales y en la ejecución de su labor. —Cumplir permanentemente con espíritu de lealtad, colaboración y disciplina con la empresa. —Avisar oportunamente y por escrito, a la empresa todo cambio en se dirección, teléfono o ciudad de residencia. — Trabajar durante la vigencia del presente contrato única y exclusivamente al servicio del EMPLEADOR. —Cumplir con la jornada de trabajo dentro de los turnos y horario señalado por el EMPLEADOR. —Las demás consagradas en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo. NOVENA. - TRABAJO EXTRA, EN DOMINICALES Y FESTIVOS. El trabajo suplementario o en horas extras, así como el trabajo en domingo o festivo en los que deba concederse descanso, será remunerado conforme a la Ley, al igual que los respectivos recargos nocturnos. Es de advertir que dicho trabajo debe ser autorizado por el empleador o sus representantes, para efectos de su reconocimiento. DECIMA. JORNADA DE TRABAJO. EL TRABAJADOR se obliga a laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro de las horas señalados por EL EMPLEADOR, pudiendo hacer éste ajuste o cambios de horario cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o tácito de las partes, podrán repartirse las horas de la jornada ordinaria en la forma prevista en el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 23 de la Ley 50 de 1990, teniendo en cuenta que los
tiempos de descanso entre las acciones de la jornada no se computan dentro de la misma, según el artículo 167 ibídem. Así mismo el empleador y del trabajador podrán abordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis (6) días a la semana con un (1) día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. En éste, el número de horas de trabajo diaria podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana y podrá ser de mínimo cuatro (4) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria. DECIMA PRIMERA. JUSTAS CAUSAS PARA DESPEDIR.—Son justas causas para dar por terminado unilateralmente este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en los artículos 62 y 63 del C.S.T., modificado por el artículo 7º del Decreto 2351 de 1965; y, además, por parte del EMPLEADOR, las faltas que para el efecto se califiquen como graves en reglamentos y demás documentos que contengan reglamentaciones, órdenes, instrucciones o prohibiciones de carácter general o particular, pactos, convenciones colectivas, laudos arbitrales y las que expresamente convengan calificar así en escritos que formarán parte integrante del presente contrato. Expresamente se califican en este acto como faltas graves la violación de las obligaciones y prohibiciones contenidas en la cláusula primera de este contrato. DECIMA SEGUNDA TERCERA. DURACIÓN—La duración del presente contrato es de un (1) año. No obstante, si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente. DECIMA TERCERA- AVISO DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. Cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato dando aviso a la otra con una anticipación mayor a Quince (15) días de la fecha de vencimiento del periodo contratado. En caso de no producirse tal aviso, o de hacerlo en un término inferior al establecido, la parte que termina el contrato deberá a la otra, a título de indemnización, el equivalente a quince (15) días de salario o proporcional al tiempo que falte. DECIMA CUARTA. - PRORROGA. Si el aviso de terminación unilateral del contrato no se da o se da con una anticipación menor a Quince (15) días el contrato se prorroga por un periodo igual al inicial, siempre que subsistan las causas que lo originaron y la materia del trabajo. DECIMA QUINTA. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES LABORALES—Las partes podrán convenir que el trabajo se preste en lugar distinto del inicialmente contratado, siempre que tales traslados no desmejoren las condiciones laborales o de remuneración del TRABAJADOR, o impliquen perjuicios para él. Los gastos que se originen con el traslado serán cubiertos por EL EMPLEADOR de conformidad con el numeral 8º del
artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. EL TRABAJADOR se obliga a aceptar los cambios de oficio que decida EL EMPLEADOR dentro de su poder subordinante, siempre que se respeten las condiciones laborales del TRABAJADOR y no se le causen perjuicios. Todo ello sin que se afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del TRABAJADOR, de conformidad con el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 1º de la Ley 50 de 1990. DECIMA SEXTA. - El presente contrato reemplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad. DECIMA SEPTIMA.- Cualquier modificación al presente contrato debe efectuarse por escrito y anexarse a este documento. Para constancia se firma en dos o más ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en la ciudad y fecha que se indican a continuación:
El empleador: Mileidy
Angarita
CC:1.090.976.728 de ocaña
El empleado: Luis Gabriel Amaya CC:1.090.766.427
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO
NOMBRE DEL EMPLEADOR: MARTA CECILIA BARBOSA IDENTIFICACIÓN: NIT: 1.098.565.456 DOMICILIO DEL EMPLEADOR: CC CIUDADELA NORTE LOCAL 49 NOMBRE DEL TRABAJADOR: MILEIDY ANGARITA RINCON IDENTIFICACIÓN: 1.090.976.728 DIRECCIÓN DEL TRABAJADOR: CALLE 7 N° 16- 160 LUGAR, FECHA DE NACIMIENTO Y NACIONALIDAD:
OFICIO QUE DESEMPEÑARÁ EL TRABAJADOR: PRESIDENTE SALARIO: $ 2.000.000
VIII. PERÍODO DE PAGO: MENSUAL FECHA DE INICIACIÓN DE LABORES: 01 DE ABRIL DE 2021 FECHA TERMINACION: 01 DE OCTUBRE DE 2021 DURACIÓN CONTRATO: 6 MESES LUGAR DONDE DESEMPEÑARÁ LAS LABORES: CENTRO CIUDADELA NORTE LOCAL 49
COMERCIAL
CIUDAD DONDE HA SIDO CONTRATADO EL TRABAJADOR: Ocaña, Norte de Santander
Entre los suscritos a saber, Mileidy Angarita Rincòn de Ocaña, mayor de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Ocaña quien para efectos del presente contrato se denominará el EMPLEADOR, de una parte, y de la otra el empleado, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.090.976.728 de Ocaña, quien para fines del presente contrato se denominará el TRABAJADOR, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, regido además de las normas legales por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO.— EL EMPLEADOR contrata los servicios personales del TRABAJADOR para desempeñar las funciones inherentes al cargo de PRESIDENTE así como las tareas ordinarias y anexas al mencionado cargo, de conformidad con los reglamentos, ordenes e instrucciones que le imparta el EMPLEADOR, observando en su cumplimiento la diligencia y cuidado necesarios. Además de las obligaciones determinadas en la Ley y en los reglamentos. PARÁGRAFO. - El TRABAJADOR acepta los cambios de labores decididos por el EMPLEADOR siempre que sus condiciones laborales se mantengan. PARÁGRAFO. SEGUNDA. - INICIACIÓN Y JORNADA DE TRABAJO: El TRABAJADOR iniciará labores a partir del primero (01) de abril del 2021, con una jornada laboral ordinaria de 48 horas, que se podrán distribuir de la forma permitida por el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo. TERCERA. PERIODO DE PRUEBA. En virtud de la calificación de las labores que desarrollará EL TRABAJADOR, , que inicia conjuntamente con la vigencia del contrato. Durante el aludido periodo, se aplicarán las disposiciones pertinentes de acuerdo a la legislación vigente. CUARTA.- LUGAR DE TRABAJO. El
lugar de trabajo será en el centro comercial ciudadela norte local 49 santa clara Ocaña Norte de Santander. El trabajador puede ser reubicado por acuerdo entre las partes, siempre que las condiciones laborales del trabajador no sufran desmejora o se disminuya su remuneración o le cause perjuicio. QUINTA.- SALARIO. El TRABAJADOR devengará la suma de DOS MILLONES ($ 2.000.000) M/Cte. Incluido el auxilio de transporte, pagaderos en efectivo. PARAGRAFO. Dentro de este pago se encuentra incluida la remuneración de los descansos dominicales y festivos de que trata los capítulos I, II y III del título VII del C.S.T. SEXTA. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD. El trabajador se compromete a que toda la información intercambiada, facilitada o creada entre ellas en el transcurso de relación laboral y después de ella, será mantenida en estricta confidencialidad. La parte receptora correspondiente sólo podrá revelar información confidencial a quienes la necesiten y estén autorizados previamente por la parte de cuya información confidencial se trata, es decir, el empleador. PARAGRAFO PRIMERO. EXCEPCIONES. No habrá ninguna excepción frente a la confidencialidad de la información recibida. PARAGRAFO SEGUNDO. DURACION. Este acuerdo regirá durante el tiempo de la relación laboral y un (1) año siguiente a la terminación contractual. PARAGRAFO TERCERO. MODIFICACIÓN O TERMINACIÓN. Este acuerdo será inmodificable en lo relacionado con la confidencialidad de la información .PARAGRAFO CUARTO. SANCIONES. Además de las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico; en el caso de que la información se conozca por terceros por causa imputable al trabajador, éste deberá a la parte contratante la suma de 100 salarios mínimos legales mensuales a título de cláusula penal. SEPTIMA. OTRAS DISPOSICIONES. Las partes declaran que en el presente contrato se entienden incorporadas, en lo pertinente, las disposiciones legales que regulan las relaciones entre la empresa y sus trabajadores, en especial, las del contrato de trabajo para el oficio que se suscribe, fuera de las obligaciones consignadas en los reglamentos de trabajo y de higiene y seguridad industrial de la empresa. OCTAVA. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR: En relación con la actividad propia del trabajador, éste la ejecutará dentro de las siguientes modalidades que implican claras obligaciones para el mismo trabajador así: —Observar rigurosamente las normas que le fije la empresa para da realización de la labor a que se refiere el presente contrato. —Guardar absoluta reserva, salvo autorización expresa de la empresa, de todas aquellas informaciones que lleguen a su conocimiento, en razón de su trabajo, y que sean por naturaleza privadas. —Ejecutar por sí mismo las funciones asignadas y cumplir estrictamente las instrucciones que le sean dadas por la empresa, o por quienes la representen, respecto del desarrollo de sus actividades. —Cuidar permanentemente los intereses de la empresa. —Dedicar la totalidad de su jornada de trabajo a cumplir a cabalidad con sus funciones. —Programar diariamente su trabajo y
asistir puntualmente a las reuniones que efectúe la empresa a las cuales hubiere sido citado. —Mantener completa armonía y comprensión con los clientes, con sus superiores y compañeros de trabajo, en sus relaciones personales y en la ejecución de su labor. —Cumplir permanentemente con espíritu de lealtad, colaboración y disciplina con la empresa. —Avisar oportunamente y por escrito, a la empresa todo cambio en se dirección, teléfono o ciudad de residencia. — Trabajar durante la vigencia del presente contrato única y exclusivamente al servicio del EMPLEADOR. —Cumplir con la jornada de trabajo dentro de los turnos y horario señalado por el EMPLEADOR. —Las demás consagradas en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo. NOVENA. TRABAJO EXTRA, EN DOMINICALES Y FESTIVOS. El trabajo suplementario o en horas extras, así como el trabajo en domingo o festivo en los que deba concederse descanso, será remunerado conforme a la Ley, al igual que los respectivos recargos nocturnos. Es de advertir que dicho trabajo debe ser autorizado por el empleador o sus representantes, para efectos de su reconocimiento. DECIMA. JORNADA DE TRABAJO. EL TRABAJADOR se obliga a laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro de las horas señalados por EL EMPLEADOR, pudiendo hacer éste ajuste o cambios de horario cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o tácito de las partes, podrán repartirse las horas de la jornada ordinaria en la forma prevista en el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 23 de la Ley 50 de 1990, teniendo en cuenta que los tiempos de descanso entre las acciones de la jornada no se computan dentro de la misma, según el artículo 167 ibídem. Así mismo el empleador y del trabajador podrán abordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis (6) días a la semana con un (1) día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. En éste, el número de horas de trabajo diaria podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana y podrá ser de mínimo cuatro (4) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria. DECIMA PRIMERA. JUSTAS CAUSAS PARA DESPEDIR.—Son justas causas para dar por terminado unilateralmente este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en los artículos 62 y 63 del C.S.T., modificado por el artículo 7º del Decreto 2351 de 1965; y, además, por parte del EMPLEADOR, las faltas que para el efecto se califiquen como graves en reglamentos y demás documentos que contengan reglamentaciones, órdenes, instrucciones o prohibiciones de carácter general o particular, pactos, convenciones colectivas, laudos arbitrales y las que expresamente convengan calificar así en escritos que formarán parte integrante del presente contrato. Expresamente se califican en este acto como faltas graves la violación de las obligaciones y prohibiciones
contenidas en la cláusula primera de este contrato. DECIMA SEGUNDA TERCERA. DURACIÓN—La duración del presente contrato es de un (6) meses. No obstante, si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente. DECIMA TERCERA- AVISO DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. Cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato dando aviso a la otra con una anticipación mayor a Quince (15) días de la fecha de vencimiento del periodo contratado. En caso de no producirse tal aviso, o de hacerlo en un término inferior al establecido, la parte que termina el contrato deberá a la otra, a título de indemnización, el equivalente a quince (15) días de salario o proporcional al tiempo que falte. DECIMA CUARTA. - PRORROGA. Si el aviso de terminación unilateral del contrato no se da o se da con una anticipación menor a Quince (15) días el contrato se prorroga por un periodo igual al inicial, siempre que subsistan las causas que lo originaron y la materia del trabajo. DECIMA QUINTA. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES LABORALES—Las partes podrán convenir que el trabajo se preste en lugar distinto del inicialmente contratado, siempre que tales traslados no desmejoren las condiciones laborales o de remuneración del TRABAJADOR, o impliquen perjuicios para él. Los gastos que se originen con el traslado serán cubiertos por EL EMPLEADOR de conformidad con el numeral 8º del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. EL TRABAJADOR se obliga a aceptar los cambios de oficio que decida EL EMPLEADOR dentro de su poder subordinante, siempre que se respeten las condiciones laborales del TRABAJADOR y no se le causen perjuicios. Todo ello sin que se afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del TRABAJADOR, de conformidad con el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 1º de la Ley 50 de 1990. DECIMA SEXTA. - El presente contrato reemplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad. DECIMA SEPTIMA.- Cualquier modificación al presente contrato debe efectuarse por escrito y anexarse a este documento.
Para constancia se firma en dos o más ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en la ciudad y fecha que se indican a continuación:
El EMPLEADOR:Marta Barbosa CC:1.098.565.456
Empelado: Mileidy Angarita CC:1.090.976.728
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TÉRMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO
NOMBRE DEL EMPLEADOR: MILEIDY ANGARITA RINCON IDENTIFICACIÓN: NIT: 1.090.976.728 DOMICILIO DEL EMPLEADOR: CC CIUDADELA NORTE LOCAL 49 NOMBRE DEL TRABAJADOR: MARTA CECILIA BARBOSA GARCIA IDENTIFICACIÓN: 1.098.565.456 DIRECCIÓN DEL TRABAJADOR: CALLE 7 N° 16- 160 LUGAR, FECHA DE NACIMIENTO Y NACIONALIDAD: 23 DE ABRIL DE 1992
OFICIO QUE DESEMPEÑARÁ EL TRABAJADOR: SECRETARIA SALARIO: $ 1.000.000
IX. PERÍODO DE PAGO: MENSUAL FECHA DE INICIACIÓN DE LABORES: 01 DE ABRIL DE 2021 FECHA TERMINACION: 01 DE OCTUBRE DE 2021 DURACIÓN CONTRATO: 6 MESES LUGAR DONDE DESEMPEÑARÁ LAS LABORES: CENTRO CIUDADELA NORTE
COMERCIAL
CIUDAD DONDE HA SIDO CONTRATADO EL TRABAJADOR: Ocaña, Norte de Santander
Entre los suscritos a saber, MARTA Cecilia Barbosa García de Ocaña, mayor de edad, con domicilio y residencia en la ciudad de Ocaña quien para efectos del presente contrato se denominará el EMPLEADOR, de una parte, y de la otra _______________
, identificada con cédula de ciudadanía No. ______________de Ocaña, quien para fines del presente contrato se denominará el TRABAJADOR, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, regido además de las normas legales por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO.— EL EMPLEADOR contrata los servicios personales del TRABAJADOR para desempeñar las funciones inherentes al cargo de TESORERO así como las tareas ordinarias y anexas al mencionado cargo, de conformidad con los reglamentos, ordenes e instrucciones que le imparta el EMPLEADOR, observando en su cumplimiento la diligencia y cuidado necesarios. Además de las obligaciones determinadas en la Ley y en los reglamentos. PARÁGRAFO. - El TRABAJADOR acepta los cambios de labores decididos por el EMPLEADOR siempre que sus condiciones laborales se mantengan. PARÁGRAFO. SEGUNDA. - INICIACIÓN Y JORNADA DE TRABAJO: El TRABAJADOR iniciará labores a partir del primero (01) de enero del 2020, con una jornada laboral ordinaria de 48 horas, que se podrán distribuir de la forma permitida por el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo. TERCERA. PERIODO DE PRUEBA. En virtud de la calificación de las labores que desarrollará EL TRABAJADOR, , que inicia conjuntamente con la vigencia del contrato. Durante el aludido periodo, se aplicarán las disposiciones pertinentes de acuerdo a la legislación vigente. CUARTA.- LUGAR DE TRABAJO. El lugar de trabajo será en el centro comercial ciudadela norte local 49 santa clara Ocaña Norte de Santander. El trabajador puede ser reubicado por acuerdo entre las partes, siempre que las condiciones laborales del trabajador no sufran desmejora o se disminuya su remuneración o le cause perjuicio. QUINTA.- SALARIO. El TRABAJADOR devengará la suma de UN MILLON DE PESOS ($ 1,000,000) M/Cte. Incluido el auxilio de transporte, pagaderos en efectivo. PARAGRAFO. Dentro de este pago se encuentra incluida la remuneración de los descansos dominicales y festivos de que trata los capítulos I, II y III del título VII del C.S.T. SEXTA. ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD. El trabajador se compromete a que toda la información intercambiada, facilitada o creada entre ellas en el transcurso de relación laboral y después de ella, será mantenida en estricta confidencialidad. La parte receptora correspondiente sólo podrá revelar información confidencial a quienes la necesiten y estén autorizados previamente por la parte de cuya información confidencial se trata, es decir, el empleador. PARAGRAFO PRIMERO. EXCEPCIONES. No habrá ninguna excepción frente a la confidencialidad de la información recibida. PARAGRAFO SEGUNDO. DURACION. Este acuerdo regirá durante el tiempo de la relación laboral y un (1) año siguiente a la terminación contractual. PARAGRAFO TERCERO. MODIFICACIÓN O TERMINACIÓN. Este acuerdo será inmodificable en lo relacionado
con la confidencialidad de la información .PARAGRAFO CUARTO. SANCIONES. Además de las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico; en el caso de que la información se conozca por terceros por causa imputable al trabajador, éste deberá a la parte contratante la suma de 100 salarios mínimos legales mensuales a título de cláusula penal. SEPTIMA. OTRAS DISPOSICIONES. Las partes declaran que en el presente contrato se entienden incorporadas, en lo pertinente, las disposiciones legales que regulan las relaciones entre la empresa y sus trabajadores, en especial, las del contrato de trabajo para el oficio que se suscribe, fuera de las obligaciones consignadas en los reglamentos de trabajo y de higiene y seguridad industrial de la empresa. OCTAVA. OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR: En relación con la actividad propia del trabajador, éste la ejecutará dentro de las siguientes modalidades que implican claras obligaciones para el mismo trabajador así: —Observar rigurosamente las normas que le fije la empresa para da realización de la labor a que se refiere el presente contrato. —Guardar absoluta reserva, salvo autorización expresa de la empresa, de todas aquellas informaciones que lleguen a su conocimiento, en razón de su trabajo, y que sean por naturaleza privadas. —Ejecutar por sí mismo las funciones asignadas y cumplir estrictamente las instrucciones que le sean dadas por la empresa, o por quienes la representen, respecto del desarrollo de sus actividades. —Cuidar permanentemente los intereses de la empresa. —Dedicar la totalidad de su jornada de trabajo a cumplir a cabalidad con sus funciones. —Programar diariamente su trabajo y asistir puntualmente a las reuniones que efectúe la empresa a las cuales hubiere sido citado. —Mantener completa armonía y comprensión con los clientes, con sus superiores y compañeros de trabajo, en sus relaciones personales y en la ejecución de su labor. —Cumplir permanentemente con espíritu de lealtad, colaboración y disciplina con la empresa. —Avisar oportunamente y por escrito, a la empresa todo cambio en se dirección, teléfono o ciudad de residencia. — Trabajar durante la vigencia del presente contrato única y exclusivamente al servicio del EMPLEADOR. —Cumplir con la jornada de trabajo dentro de los turnos y horario señalado por el EMPLEADOR. —Las demás consagradas en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo. NOVENA. TRABAJO EXTRA, EN DOMINICALES Y FESTIVOS. El trabajo suplementario o en horas extras, así como el trabajo en domingo o festivo en los que deba concederse descanso, será remunerado conforme a la Ley, al igual que los respectivos recargos nocturnos. Es de advertir que dicho trabajo debe ser autorizado por el empleador o sus representantes, para efectos de su reconocimiento. DECIMA. JORNADA DE TRABAJO. EL TRABAJADOR se obliga a laborar la jornada ordinaria en los turnos y dentro de las horas señalados por EL EMPLEADOR, pudiendo hacer éste ajuste o cambios de horario cuando lo estime conveniente. Por el acuerdo expreso o tácito de las partes, podrán repartirse las horas de la jornada ordinaria en la forma prevista en el
artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 23 de la Ley 50 de 1990, teniendo en cuenta que los tiempos de descanso entre las acciones de la jornada no se computan dentro de la misma, según el artículo 167 ibídem. Así mismo el empleador y del trabajador podrán abordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis (6) días a la semana con un (1) día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. En éste, el número de horas de trabajo diaria podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana y podrá ser de mínimo cuatro (4) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria. DECIMA PRIMERA. JUSTAS CAUSAS PARA DESPEDIR.—Son justas causas para dar por terminado unilateralmente este contrato por cualquiera de las partes, las enumeradas en los artículos 62 y 63 del C.S.T., modificado por el artículo 7º del Decreto 2351 de 1965; y, además, por parte del EMPLEADOR, las faltas que para el efecto se califiquen como graves en reglamentos y demás documentos que contengan reglamentaciones, órdenes, instrucciones o prohibiciones de carácter general o particular, pactos, convenciones colectivas, laudos arbitrales y las que expresamente convengan calificar así en escritos que formarán parte integrante del presente contrato. Expresamente se califican en este acto como faltas graves la violación de las obligaciones y prohibiciones contenidas en la cláusula primera de este contrato. DECIMA SEGUNDA TERCERA. DURACIÓN—La duración del presente contrato es de un (1) año. No obstante, si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente. DECIMA TERCERA- AVISO DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO. Cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato dando aviso a la otra con una anticipación mayor a Quince (15) días de la fecha de vencimiento del periodo contratado. En caso de no producirse tal aviso, o de hacerlo en un término inferior al establecido, la parte que termina el contrato deberá a la otra, a título de indemnización, el equivalente a quince (15) días de salario o proporcional al tiempo que falte. DECIMA CUARTA. - PRORROGA. Si el aviso de terminación unilateral del contrato no se da o se da con una anticipación menor a Quince (15) días el contrato se prorroga por un periodo igual al inicial, siempre que subsistan las causas que lo originaron y la materia del trabajo. DECIMA QUINTA. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES LABORALES—Las partes podrán convenir que el trabajo se preste en lugar distinto del inicialmente contratado, siempre que tales traslados no desmejoren las condiciones laborales o de remuneración del TRABAJADOR, o impliquen perjuicios para él. Los
gastos que se originen con el traslado serán cubiertos por EL EMPLEADOR de conformidad con el numeral 8º del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo. EL TRABAJADOR se obliga a aceptar los cambios de oficio que decida EL EMPLEADOR dentro de su poder subordinante, siempre que se respeten las condiciones laborales del TRABAJADOR y no se le causen perjuicios. Todo ello sin que se afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del TRABAJADOR, de conformidad con el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por el artículo 1º de la Ley 50 de 1990. DECIMA SEXTA. - El presente contrato reemplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad. DECIMA SEPTIMA.- Cualquier modificación al presente contrato debe efectuarse por escrito y anexarse a este documento.
Para constancia se firma en dos o más ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en la ciudad y fecha que se indican a continuación:
El emplead
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE APARTAMENTO La señora Aurora castro castro, identificada con cc 13974165 de Ocaña , con domicilio en la ciudad de Ocaña calle 13 #16-898, de estado civil (soltero(a) con sociedad conyugal disuelta quien obra en nombre propio y que para efectos de este contrato se denominará el “Arrendador”, por una parte, y por la otra, MadaMy lida identificada nit:804321245-1, de estado civil (soltero(a), casado(a) con sociedad conyugal vigente o disuelta), identificado(a) con la Cédula de Ciudadanía (de extranjería o pasaporte) número .............. de .........., quien para efectos de este contrato obra en nombre propio y se denominará el “Arrendatario”, manifestaron que han decidido celebrar un contrato de arrendamiento de bien inmueble destinado a vivienda, en adelante el “Contrato”, el cual se rige por las siguientes cláusulas:
X. XI.
Primera. – Objeto: Por medio del presente Contrato, el Arrendador entrega a título de arrendamiento al Arrendatario el siguiente bien inmueble: ubicado en el centro comercial ciudadela norte local 49 , destinado para el uso de local comercial del Arrendatario (en adelante, el Inmueble queda a cargo del arrendador.
Segunda. – Canon de Arrendamiento: El canon de arrendamiento mensual es la suma de quinientos mil pesos (500,000) que el Arrendatario pagará anticipadamente al Arrendador o a
su orden, en las oficinas del Arrendador ubicadas ..........., dentro de los primeros ....... días de cada mes. Cada doce (12) meses de ejecución del Contrato, el valor del canon de arrendamiento será reajustado en una proporción igual a [de acuerdo a lo que convengan las partes], sin exceder en todo caso el límite máximo de reajuste fijado por la ley. Parágrafo1: Si el limite máximo de reajuste del canon de arrendamiento señalado por el Artículo 7° de la Ley 242 de 1995 llegare a variar por alguna disposición legal posterior a la fecha de firma del presente Contrato, las Partes acuerdan que el porcentaje de reajuste que se aplicará al canon de arrendamiento fijado en este Contrato, será el máximo permitido por la ley para la fecha en que el canon de arrendamiento deba ser reajustado. Parágrafo 2: La tolerancia del Arrendador en recibir el pago del canon de arrendamiento con posterioridad al plazo indicado para ello en esta Cláusula, no podrá entenderse, en ningún caso, como ánimo del Arrendador de modificar el término establecido en este Contrato para el pago del canon.
Tercera – Vigencia: El arrendamiento tendrá una duración de ..... meses [6] contados a partir del 1 de abril del 2021. No obstante lo anterior, el término del arrendamiento se prorrogará automáticamente por periodos consecutivos iguales al inicial, si ninguna de las Partes dentro de los 6 meses al vencimiento del periodo inicial o de cualquiera de sus prorrogas informa a la otra Parte su decisión de terminar este Contrato.
Cuarta – Entrega: El Arrendatario en la fecha de suscripción de este documento declara recibir el Inmueble de manos del Arrendador en perfecto estado, de conformidad con el inventario elaborado por las partes y que forma parte integrante de este contrato en calidad de Anexo 1.
Quinta - Reparaciones: Los daños que se ocasionen al Inmueble por el Arrendatario, por responsabilidad suya o de sus dependientes, serán reparados y cubiertos sus costos de reparación en su totalidad por el Arrendatario. Igualmente, el Arrendatario se obliga a cumplir con las obligaciones previstas en los artículos 2029 y 2030 del Código Civil.
Parágrafo: El Arrendatario se abstendrá de hacer mejoras de cualquier clase al Inmueble sin permiso previo y escrito del Arrendador. Las mejoras al Inmueble serán del propietario del Inmueble y no habrá lugar al reconocimiento del precio, costo o indemnización alguna al Arrendatario por las mejoras realizadas. Las mejoras no podrán retirarse salvo que el Arrendador lo exija por escrito, a lo que el Arrendatario accederá inmediatamente a su costa, dejando el Inmueble en el mismo buen estado en que lo recibió del Arrendador, salvo el deterioro natural por el uso legitimo.
Sexta – Servicios Públicos: El Arrendatario pagará oportuna y totalmente los servicios públicos del Inmueble desde la fecha en que comience el arrendamiento hasta la restitución del Inmueble. Si el Arrendatario no paga los servicios públicos a su cargo, el Arrendador podrá hacerlo para evitar que los servicios públicos sean suspendidos. El incumplimiento del Arrendatario en el pago oportuno de los servicios públicos del Inmueble se tendrá como
incumplimiento del Contrato y el Arrendatario deberá cancelar de manera incondicional e irrevocable al Arrendador las sumas que por este concepto haya tenido que pagar el Arrendador, pago que deberá hacerse de manera inmediata por el Arrendatario contra la presentación de las facturas correspondientes por parte del Arrendador. No obstante lo anterior, el Arrendador podrá abstenerse de pagar los servicios públicos a cargo del Arrendatario, sin que por ello el Arrendatario pueda alegar responsabilidad del Arrendador. Parágrafo 1: El Arrendatario declara que ha recibido en perfecto estado de funcionamiento y de conservación las instalaciones para uso de los servicios públicos del Inmueble, que se abstendrá de modificarlas sin permiso previo y escrito del Arrendador y que responderá por daños y/o violaciones de los reglamentos de las correspondientes empresas de servicios públicos.
Séptima – Destinación: El Arrendatario, durante la vigencia del Contrato, destinará el Inmueble única y exclusivamente para su vivienda y la de su familia. En ningún caso el Arrendatario podrá subarrendar o ceder en todo o en parte este arrendamiento, so pena de que el Arrendador pueda dar por terminado validamente el Contrato en forma inmediata, sin lugar a indemnización alguna en favor del Arrendatario y podrá exigir la devolución del Inmueble sin necesidad de ningún tipo de requerimiento previo por parte del Arrendador. Igualmente, el Arrendatario se abstendrá de guardar o permitir que dentro del Inmueble se guarden semovientes o animales domésticos y/o elementos inflamables, tóxicos, insalubres, explosivos o dañosos para la conservación, higiene, seguridad y estética del inmueble y en general de sus ocupantes permanentes o transitorios.
Parágrafo: El Arrendador declara expresa y terminantemente prohibida la destinación del inmueble a los fines contemplados en el literal b) del parágrafo del Artículo 34 de la Ley 30 de 1986 y en consecuencia el Arrendatario se obliga a no usar, el Inmueble para el ocultamiento de personas, depósito de armas o explosivos y dinero de los grupos terroristas. No destinará el inmueble para la elaboración, almacenamiento o venta de sustancias alucinógenas tales como marihuana, hachís, cocaína, metacualona y similares. El Arrendatario faculta al Arrendador para que, directamente o a través de sus funcionarios debidamente autorizados por escrito, visiten el Inmueble para verificar el cumplimiento de las obligaciones del Arrendatario.
Octava - Restitución: Vencido el periodo inicial o la última prórroga del Contrato, el Arrendatario (i) restituirá el Inmueble al Arrendador en las mismas buenas condiciones en que lo recibió del Arrendador, salvo el deterioro natural causado por el uso legítimo, entregará al Arrendador los ejemplares originales de las facturas de cobro por concepto de servicios públicos del Inmueble correspondientes a los últimos tres (3) meses, debidamente canceladas por el Arrendatario, bajo el entendido que hará entrega de dichas facturas en el domicilio del Arrendador, con una antelación de dos (2) días hábiles a la fecha fijada para la restitución material del Inmueble al Arrendador.
Parágrafo 1: No obstante lo anterior, el Arrendador podrá negarse a recibir el Inmueble, cuando a su juicio existan obligaciones pendientes a cargo del Arrendatario que no hayan sido satisfechas en forma debida, caso en el cual se seguirá causando el canon de arrendamiento hasta que el Arrendatario cumpla con lo que le corresponde. Parágrafo 2: La responsabilidad del Arrendatario subsistirá aún después de restituido el Inmueble, mientras el Arrendador no haya entregado el paz y salvo correspondiente por escrito al Arrendatario.
Novena – Renuncia: El Arrendatario faculta al Arrendador a ceder total o parcialmente este Contrato y declara al cedente del Contrato, es decir al Arrendador, libre de cualquier responsabilidad como consecuencia de la cesión que haga de este Contrato.
Décima– Validez: El presente Contrato anula todo convenio anterior relativo al arrendamiento del mismo Inmueble y solamente podrá ser modificado por escrito suscrito por la Partes.
Décima Primera – Preaviso: El Arrendador podrá dar por terminado el presente Contrato durante cualquiera de sus prorrogas, mediante preaviso dado al Arrendatario con tres (3) meses de anticipación y el pago de la indemnización que para el efecto prevé la ley. Igualmente, el Arrendatario podrá dar por terminado este Contrato durante el término inicial o el de sus prorrogas previo aviso escrito al Arrendador, con un plazo no menor de tres (3) meses y el pago de una indemnización equivalente al valor de tres (3) cánones de arrendamiento vigente a la fecha en que sea intención terminar este Contrato. Cumplidas estas condiciones el Arrendador estará obligado a recibir el inmueble.
Para constancia el presente Contrato es suscrito en la ciudad de Ocaña el día 01 abril 2021, en dos (2) ejemplares de igual valor, cada uno de ellos con destino a cada una de las Partes. El Arrendador
Aurora castro castro ____________________ [aurora castro castro cc:13974165
El Arrendatario
MILEIDY ANGARITA RINCON ________________________________ MILEIDY ANGARITA RINCON
cc:1090976728
ºº
FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓN Ocaña
Ciudad:
CESANTÍAS
Fecha:
Afiliación
x
Traslado
2
0
2 1
0 4
Espacio eusivo para sticker de correspondencia
0 1
Nombre del fondo o empresa que administra sus cesantías:
AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL
AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL COLOMBIANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR
Diligenciar únicamente si su solicitud de afiliación es para el producto Ahorro Voluntario Contractual Tipo de vinculación
AVC Plus * Independiente
x
Dependiente Docente
Ejercito Nacional Armada Nacional
Fuerza Aérea Policía Nacional
Madre Comunitaria Ferias Nacionales de Servicio al Ciudadano
Cuenta con beneficios AFC Autoriza debito automático
FAVOR DILIGENCIAR EN LETRA IMPRENTA CLARA Y LEGIBLE EN TINTA NEGRA, SIN TACHONES NI ENMENDADURAS
* Aplica para dependiente; pensionado; independiente bancarizado, es decir que declare renta o que haya suscrito contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión asociado a cooperativas de trabajo; convenios con entidades publicas o privada
Tipo documento CC
CE
x
de identidad:
Número de
TI
documento:
LUIS
1. INFORMACIÓN PERSONAL
Primer Nombre
Teléfono(s) domicilio:
Indicativo país:
Correoelectrónico
2 3
Ocaña N de
Celular (Móvil): Nivel de estudio:
Primaria
Indicativo país:
Propia
Arrendada Familiar Santander Departamento/Estado
Número:
Colombia
Bachillerato
Pregrado
*U.S. PERSON es una definición que incluye ciudadanos y residentes de los Estados Unidos (poseedores de Green Card o que cumplen los requisitos de presencia sustancial en los Estados Unidos mayor a 183 días durante los últimos tres años).
Mi númeroTIN en EE.UU. es:
SI
Vivienda:
Ciudad:
3156765893
Siueirbag26@hotmail.com
¿Es responsable de impuestos NO en EE.UU. (U.S Person * )?
Segundo Apellido
MARABEL Número:
TESORERO CONTRERAS
País: Colombia
Barrio:
654378
x
Primer Apellido
x
Código de área Ciudad
+57
Profesión ú Oficio:
Género:
0 9 1 9
Departamento/Estado: Norte de Santander
Ciudad: Ocaña
CLL 7 Nº16-160
Dirección domicilio:
2 0 0 8 AMAYA
documento :
Segundo Nombre
1 9 9 5 0 9
Fecha de Nacimiento:
Fecha expedición
1.090.766.427 GABRIEL
Posgrado
¿Tiene doble nacionalidad?
NO
Ninguno
¿Cuál?
SI
DILIGENCIAR SI RESIDE EN EL EXTERIOR País:
Número de documento:
Tipo documento de identidad país de residencia:
Estatus migratorio definido: SI
NO
Código postal:
2. INFORMACIÓN LABORAL DILIGENCIAR SI ES INDEPENDIENTE Y/O DEPENDIENTE: Actividad Económica Principal-CIIU Descripción actividad: Dependiente SI USTED ES TRABAJADOR ASALARIADO O DEPENDIENTELIGENCIE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
Nombre o razón social empleador: COMERCIALIZADORA MADAM I LTDA Salario: $ Privado x Mixto 1.500.000 Ciudad:
Sector: Público Dirección:
Ocaña Indicativo país: +57
CC CIUDADELA NORTE LOCAL 49
Correo electrónico de la empresa:
NO
SI
¿Es ustedunapersona políticamente expuesta(Decreto1674de 2016)? NO
¿Cuál?
SI
¿Es reconocido públicamente? NO
Seleccione cuál de las siguientespor actividades:
INGRESOS MENSUALES
$1.500.000
* OTROS INGRESOS
País:
Colombia 5654378 Farándula
Contratista Estatal Prensa
Política
Deportista 49
SI
EGRESOS MENSUALES
$
800.505.922-7
2 1 0 4 0 1
Norte de Santander Número: 54498
3. INFORMACIÓN FINANCIERA $
NIT X No.
Código de área ciudad:
Teléfono oficina
madamiltda@gmail.com
¿Tiene familiares hasta segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil que sean PEPs?
Identificación Entidad CC CE oEmpresa: Fecha de 2 0 vinculación: TESORERO Departamento/Estado:
Cargo actual:
(Diligenciar en pesos colombianos)
TOTAL ACTIVOS
$
TOTAL PASIVOS
$
$
* Detalle de otros ingresos:
¿Realiza operaciones en moneda extranjera? NO SI Producto financiero:
Tipo de operación:
Pago de servicios: Prestamos en M.E:
Exportación: Importación:
Banco:
Número de cuenta/Producto:
¿Cuál?:
Otro: Moneda:
Monto:
Ciudad/País:
4. SI USTED ES APODERADO (Aplica para afiliación AVC - Colombianos Residentes en el Exterior, en este caso el apoderado deberá residir en Colombia) Primer Nombre Tipo doc identidad: CC CE
No.
Dirección domicilio: Celular:
Segundo Nombre
Primer Apellido
Fecha Exp.:
Segundo Apellido
Expedida en:
Ciudad:
Parentesco con el beneficiario:
Departamento/Estado:
Teléfono(s) domicilio:
Correo electrónico:
5. DECLARACIÓN DE ORIGEN Y DESTINO DE LOS RECURSOS - DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN
5.1. CESANTÍAS (Si seleccionó afiliación por Cesantías) Declaro que los recursos que se entregarán al FNA por concepto de cesantías provienen de actividades lícitas. No admitiré que terceros efectúen depósitos a mi cuenta con dineros provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. Declaro que la información que he suministrado en esta formulario es exacta, completa y verídica, por lo tanto entiendo que la falsedad, omisión o error en ella tendrá las consecuencias estipuladas en la Ley y en la reglamentación interna de la entidad. Declaro que he recibido información comercial sobre los derechos y deberes que adquiero como Afiliado(a) al FNA y acepto la normatividad de la Entidad.
Los trabajadores pertenecientes al sector privado afiliados al FNA, así como los servidores públicos que se afilien voluntariamente, solo podrán trasladar sus Cesantías a una Sociedad Administradora de Cesantías transcurridos tres (3) años a partir de la afiliación, siempre que no tengan crédito vigente con el FNA (Art. 5 y 8 de la Ley 432 de 1998).
5.2. AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL (Si seleccionó afiliación por AVC o AVC CRE)
1) Declaro que los activos y recursos que poseo y he informado en el presente contrato; así como aquellos que entregaré en virtud del Ahorro Voluntario Contractual no
provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en la legislación vigente. 2) Los recursos que entregaré en Ahorro Voluntario Contractual provienen de las siguientes fuentes (Detalle de la ocupación, oficio, profesión, negocio, entre otros):
3) No admitiré que terceros efectúen depósitos en cuentas a mi nombre con fondos provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales
actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas.
4) Autorizo al FNA a que dé por terminado el Contrato de Ahorro Voluntario, en caso de infracción de cualquiera de los numerales contenidos en e ste documento,
eximiendo a la Entidad de toda responsabilidad que se derive de información inconsistente, inexacta o insuficiente que yo hubiere proporcionado en este documento o de la violación del mismo.
6. DECLARACIONES Y AUTORIZACIONES Declaro que la información aquí suministrada es auténtica y veraz. Autorizo irrevocablemente al Fondo Nacional del AHORRO – FNA, para verificarla a través de los medios que considere conveniente. Igualmente, me obligo a actualizar los datos reportados en este formulario, por lo menos una vez al año y/o una vez se produzca cambios en ellos o que el FNA lo requiera. De igual forma autorizo al FNA o a quien represente sus derechos u ostente en futuro la calidad de acreedor a reportar, actualizar, solicitar, consultar y divulgar a sus filiales a las centrales de FNA - OTRA ADMINISTRADORA
De conformidad con lo previsto en las leyes estatutarias 1266 de 2008 y 1581 de 2012, declar haber leído cuidadosamente el contenido del aviso de privacidad del FNA y haberlo comprendid a cabalidad, razón por la cual entiendo sus alcances y sus implicaciones y autorizo el uso de m información personal y financiera al FNA para los fines mencionados en el aviso de privacidad.
Autorizo al FNA a enviar mensajes con contenido institucional, informativo y comercial a través de:
GC-FO-181
1. CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: 1.1. Podrán suscribir contrato de ahorro voluntario con el Fondo Nacional del AHORRO, en adelante “FNA”, las personas naturales, en adelante el “SUSCRIPTOR”, afiliadas a través de cesantías, así como las personas señaladas en el parágrafo segundo del artículo primero de la ley 1114 de 2006 y decreto 2555 de 2010.
1.2. Todo SUSCRIPTOR de contrato de ahorro voluntario con el FNA estará sometido a suministrar al FNA todos los documentos y demás información que éste requiera para cumplir con un adecuado proceso de identificación y conocimiento del cliente.
1.3. El SUSCRIPTOR se obliga a notificar al FNA oportunamente y en la forma o por los medios establecidos por éste, cualquier cambio de la información que permita su ubicaci ón, evaluación financiera o cambio en el tipo de actividad que desarrolle.
1.4. El FNA aplicará políticas y controles sobre prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, de conformidad con lo establecido en las normas correspondientes. Así mismo, se reservará
el derecho de afiliación por vía de ahorro voluntario contractual, absteniéndose de aprobar o desembolsar créditos, cuando el lo pueda implicar exposición del FNA a los riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo. 1.5. El SUSCRIPTOR se compromete a realizar depósito (s) de dinero a favor del FNA, en la (s) cuantía (s) acordada (s) e intervalo (s) regulares libremente establecidos en el presente contrato, hasta cumplir la meta del ahorro en el plazo convenido. El cumplimiento de este contrato se fundamenta en tres (3) parámetros básicos: i)pe riodicidad (entendida como constancia y hábito del ahorro), ii) monto periódico (suma pactada como ahorro) y, iii) monto total. PARAGRAFO: En el evento de que el SUSCRIPTOR de este contrato sea dependiente; pensionado; independiente bancarizado que declare renta o que haya suscrito contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión; asociado a cooperativas de trabajo o cuando existan convenios con entidades públicas o privadas suscritas con el FNA gozarán de condiciones especiales del AVC, en virtud de las cuales se entenderán cumplidos los término del contrato de AVC en el momento de acumular lo correspondientes al ahorro pactado y /o un vez la suma de los depósitos realizados sea igual o superior a un ingreso promedio mensual del SUSCIPTOR. Cuando exista convenio suscrito con fuente de pago a favor del FNA por un plazo de 12 meses se entenderá cumplido el contrato AVC cuando se consigne el equivalente a una cuota del monto del contrato. En todo caso, el mon to deberá ser inmovilizado hasta el vencimiento del plazo pactado en este contrato. 1.6. El primer pago y los subsiguientes se realizaran con la periodicidad definida en el presente contrato, adquiriendo el SUSCRIPTOR la calidad de afiliado al FNA una vez se haya hecho efectivo el primer pago pactado en el contrato. 1.7. Para efectos del cálculo del puntaje, la fecha inicial será aquella en la cual el ahorrador complete en cien por ciento (100%) del valor de la primera cuota del contrato, aunque ésta se haya efectuado en varias consignaciones y en fechas diferentes. 1.8. El FNA podrá habilitar medios electrónicos para que EL SUSCRIPTOR efectúe los depósitos acordados, realice el retiro total de los mismos, para lo cual el FNA asegurará la adecuada contabilización de depósitos y de los retiros a nombre del suscriptor, en todo caso, se requerirá autorización expresa del SUSCRIPTOR para el uso de estos medios.
2. CONDICIONES DE MANEJO 2.1. El monto total del ahorro voluntario contractual, no podrá ser inferior al uno punto dos (1.2) SMLMV del salario mínimo mensual legal vigente en Colombia a la fecha de suscripción del contrato. 2.2. El plazo mínimo del Ahorro Voluntario Contractual para personas cuyos ingresos provengan de un contrato de trabajado o de una relación laboral de derecho público o privado y pensionados será
de nueve (9) meses y de doce (12) meses para quienes no cumplan con estas condiciones. La(s) cuantía(s) de la(s) cuota(s) será la pactada en este contrato y su periodicidad podrá ser: Mensual, Bimestral, Trimestral, Semestral, cada nueve meses o anual, según se indique en este documento. Este contrato, una vez terminado, se prorroga automáticamente en periodos sucesivos de seis meses en seis meses, salvo que el SUSCRIPTOR manifieste su decisión de no prorrogarlo durante el mes siguiente al vencimiento del periodo pactado. Durante las prórrogas el afiliado podrá solicitar el retiro de las sumas depositadas en cualquier tiempo, la entrega de los recursos se hará en los términos previstos en el numeral 7.5 de este mismo reglamento. 2.3. Los afiliados no podrán tener más de un contrato de ahorro voluntario vigente con el FNA. 2.4. El FNA suministrará al SUSCRIPTOR o a quien éste autorice, información sobre la apertura, movimientos y saldos del ahorro voluntario contractual y a los funcionarios públicos facultados para consultarla. En tal sentido, el FNA enviará Anualmente al SUSCRIPTOR, en documento físico o correo electrónico o medio electrónico idóneo, la información relacionada con el movimiento del contr ato de ahorro voluntario a los afiliados. 2.5. El FNA podrá entregar a los titulares del contrato de ahorro voluntario un código de barras que les permitirá dar cumplimiento con el plan de ahorro voluntario acordado. 2.6. El FNA no cobrará suma alguna al titular del ahorro voluntario contractual por el manejo, la administración, transacciones y servicios asociados al producto. 2.7. El monto del ahorro voluntario contractual podrá incrementarse mensualmente de acuerdo al valor de las cuotas mensuales del crédito. El afiliado que resulte beneficiario de un crédito del FNA podrá destinar el monto del ahorro voluntario contractual y sus rendimientos al pago del crédito, previa autorización del afiliado, de manera expresa en documento independiente y/o en el pagaré contentivo de la obligación.
3. LIQUIDACIÓN Y ABONO DE INTERESES 3.1. El FNA reconocerá y abonará al “SUSCRIPTOR” sobre los depósitos de ahorro voluntario contractual, una tasa de interés al límite inferior del rango meta de inflación esta blecido por el Banco de la República para el año en curso (Financiera debe revisar este aspecto). Dicha tasa de interés no podrá ser modificada durante el periodo de liquidación del respectivo depósito.
3.2. La tasa de interés remuneratorio se liquidará en forma trimestral, sobre el saldo promedio del trimestre o fracción correspondiente a partir de la primera consignación, y el abono de los rendimientos
se efectuará en el último día de cada periodo de liquidación, esto es, trimestre vencido, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. 3.3. El FNA cesará la obligación de reconocer intereses remuneratorios por las sumas depositadas, en el caso de terminación unilateral por parte del FNA descritas en el numeral 6.1 del presente contrato.
4. DEPÓSITOS 4.1. El SUSCRIPTOR realizará los depósitos pactados en el presente contrato en las entidades financieras que para tal efecto señale el FNA, quien adoptará los canales de comunicación adecuados para mantener informado al SUSCRIPTOR sobre los establecimientos bancarios en los cuales podrá realizar tales depósitos.
4.2. El SUSCRIPTOR podrá depositar sumas de dinero superiores a las acordadas en el presente contrato. Estos depósitos adicionales no modificarán las condiciones iniciales del contrato, y no podrán exceder, individual o conjuntamente, el valor inicial del contrato.
4.3. El SUSCRIPTOR podrá realizar depósitos extraordinarios cuyo monto individual o conjuntamente considerado supere el monto total del ahorro i nicialmente acordado en el contrato de AVC, con lo cual se entenderá modificado en el monto final. Las cuotas periódicas continuarán cancelándose en las fechas y montos inicialmente acordados. Los depósitos extraordinarios se podrán aplicar a elección del afiliado, como anticipo a cuotas futuras del ahorro voluntario. (no puede aplicar para todos).
4.4. Los depósitos adicionales que realice el SUSCRIPTOR se tendrán en cuenta para la evaluación y asignación del puntaje para acceder a los créditos que otorgue el FNA. 4.5. Los depósitos se podrán hacer en efectivo, medios electrónicos o cheques de gerencia. 5. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 5.1. El SUSCRIPTOR podrá solicitar crédito para vivienda y/o educación, Leasing Habitacional o Arriendo Social al FNA cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato, de acuerdo con
la metodología definida por la Junta Directiva. 5.2. En todo caso conforme a lo dispuesto en el artículo 10.5.10.1.5 del Decreto 2555 de 2010 la celebración del contrato de ahorro voluntario, así como el cumplimiento del mismo por parte del SUSCRIPTOR, no supone obligación alguna del FNA de otorgar crédito únicamente por ese hecho. 5.3. El SUSCRIPTOR que resulte beneficiario de un crédito del FNA podrá destinar el monto del ahorro voluntario contractual y sus rendimientos al pago del crédito, para lo cual autorizó al FNA a realizar el debito de la cuenta de AVC. 5.4 El SUSCRIPTOR que fue objeto de aprobación de crédito y/o legalización del mismo antes del vencimiento del plazo pactado en el contrato de AVC, los recursos depositados en la cuenta AVC quedarán inmovilizados hasta el vencimiento del plazo pactado.
6. TERMINACIÓN DEL CONTRATO 6.1. El FNA dará por terminado el contrato en los siguientes casos: a) Cuando se detecte inconsistencia o inexactitud en la información suministrada por el afiliado. b) Cuando se advierta que el origen de los recursos utilizados por el afiliado puedan estar relacionados con las conductas mencionadas en el artículo 102 del EOSF, modificado por el artículo 1 del la ley 1121 de 2006. c) Cuando se detecte cualquier conducta fraudulenta por parte del afiliado. Una vez se presente alguna de estas causales el FNA informará por escrito o vía correo electrónico al suscriptor, en un término no mayor a 30 días, para efectúe la solicitud de retiro de estos recursos.
7. RETIROS 7.1. El FNA entregará al SUSCRIPTOR, a quien éste autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, junto con los rendimientos liquidados, en los siguientes ca sos: a) A solicitud del afiliado, siempre y
cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato y previa suscripción del formato establecido para tal efecto y el documento de identificación. b) Por orden de autoridad competente. c) Por muerte del afiliado. En este evento se devolverá el capital más los intereses causados hasta la fecha del retiro. 7.2. El FNA entregará al afiliado, a quien éste autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, sin rendimientos, en los siguientes casos: a) Cuando el contrato se termine por decisión unilateral por parte del FNA, en lo casos señalados en el numeral 6.1 del presente contrato. b). Cuando el afiliado haya incumplido las condiciones pactadas del contrato durante el plazo inicialmente pactado. c) Cuando el afiliado solicite el retiro del ahorro antes del plazo inicialmente pactado. 7.3. El SUSCRIPTOR no podrá realizar retiros parciales de las sumas depositadas. 7.4. El SUSCRIPTOR podrá dar por terminado unilateralmente, y en cualquier momento, el presente contrato. Cuando la terminación unilateral del contrato sea antes de su cumplimiento el FNA no reconocerá intereses remuneratorios sobre las sumas depositadas. 7.5. El FNA realizará el pago de las sumas depositadas al titular o persona autorizada en un plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud. 7.6. En caso de fallecimiento o presunción de muerte del SUSCRIPTOR el FNA entregará las sumas depositadas con sus intereses a los herederos, a solicitud de éstos y de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
8. PERDIDA DE LA CALIDAD DE AFILIADO POR AHORRO VOLUNTARIO 8.1. El SUSCRIPTOR perderá la condición de afiliado a través de ahorro voluntario contractual en: a) en los casos enunciados en el numeral 6.1. b) A solicitud del afiliado, siempre y cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato. En este caso se perderá la condición de afiliado, cuando este manifieste su intención de no prorrogar el contrato o cuando incumpla las condiciones pactadas durante la prórroga. c) Por muerte del afiliado. En este evento se devolverá el capital más los intereses causados hasta la fecha del retiro. d) Cuando el contrato se termine por decisión unilateral. e). Cuando el afiliado solicite el retiro de las sumas depositadas antes de la terminación del contrato.
9. BENEFICIOS AFC 9.1. En relación con los beneficios tributarios que aquí se trata, el titular del ahorro voluntario contractual que se vincule a este producto en los términos del presente reglamento y de la normatividad
vigente aplicable a la materia, reconoce y acepta: a) Que los beneficios tributarios aquí previstos son de creación legal, y por tanto, su duración y alcance se encuentran sujetos a las disposiciones legales vigentes. b) Que la información que le ha suministrado al FNA en relación con los beneficios tributarios no constituye una asesoría tributaria. c) Es obligación del SUSCRIPTOR informar previa y oportunamente a su empleador o pagador, según sea el caso, el valor de las sumas que deberá consignar con destino al ahorro v oluntario contractual. d) Que a través de la cuenta de ahorro voluntario contractual sólo podrán efectuarse pagos de las cuotas periódicas de amortización del crédito que le hubiere otorgado el FNA, para realizar prepagos de éste o para la cancelación del precio de compraventa del respectivo inmueble. Salvo que el afiliado expresare una intención diferente.
10. OTRAS DISPOSICIONES
10.1. El SUSCRIPTOR declara y acepta que toda la información contenida en este documento (anverso y reverso) constituye el contrato de ahorro voluntario Contractual suscrito con el FNA. El SUSCRIPTOR deberá actualizar sus datos con una periodicidad mínima de un año. En caso de incumplimiento de este numeral, será
ºº
FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓN Ocaña
Ciudad:
CESANTÍAS
Fecha:
Afiliación
x
Traslado
2
0 2 1
0 4
Espacio eusivo para stickerde correspondencia
0 1
Nombre del fondo o empresa que administra sus cesantías:
AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL
AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL COLOMBIANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR
Diligenciar únicamente si su solicitud de afiliación es para el producto Ahorro Voluntario Contractual Tipo de vinculación
AVC Plus * Independiente
x
Dependiente Docente
Ejercito Nacional Armada Nacional
Fuerza Aérea Policía Nacional
Madre Comunitaria Ferias Nacionales de Servicio al Ciudadano
Cuenta con beneficios AFC Autoriza debito automático
FAVOR DILIGENCIAR EN LETRA IMPRENTA CLARA Y LEGIBLE EN TINTA NEGRA, SIN TACHONES NI ENMENDADURAS
* Aplica para dependiente; pensionado; independiente bancarizado, es decir que declare renta o que haya suscrito contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión asociado a cooperativas de trabajo; convenios con entidades publicas o privadas
Tipo documento CC CE
x de identidad: MILEIDY
TI
Número de documento:
1. INFORMACIÓN PERSONAL
1 9 9 5 0 9 2 3 CLL 4 B 56-96
Dirección domicilio: Teléfono(s) Indicativo país: domicilio: Correoelectrónico
Segundo Nombre
Propia
x
Ciudad:
Celular Indicativo Número: país: (Móvil): Colombia
300004565
Nivel de estudio:
Primaria
Bachillerato
Pregrado
*U.S. PERSON es una definición que incluye ciudadanos y residentes de los Estados Unidos (poseedores de Green Card o que cumplen los requisitos de presencia sustancial en los Estados Unidos mayor a 183 días durante los últimos tres años).
Mi númeroTIN en EE.UU. es:
Vivienda:
Arrendada Familiar Ocaña N de Santander Departamento/Estado:
Barrio:
Mileidy Angarita@hotmail.com
¿Es responsable de impuestos en EE.UU. (U.S Person * )? NO SI
País: Colombia
SANTA CLARA Número:
PRESIDENTE RINCON Segundo Apellido
Departamento/Estado: Norte de Santander
Ciudad: Ocaña
654378
x
Primer Apellido
x
Código de área Ciudad
+57
Profesión ú Oficio:
Género:
2 0 0 8 0 9 1 9 ANGARITA
documento :
Primer Nombre Fechade Nacimiento:
Fecha expedición
1.090.976.728.427
Posgrado
Ninguno
¿Tiene doble NO SI nacionalidad?
¿Cuál?
DILIGENCIAR SI RESIDE EN EL EXTERIOR País:
Número de documento:
Tipodocumento de identidad paísde residencia:
Estatus migratorio definido: SI NO
Código postal:
2. INFORMACIÓN LABORAL DILIGENCIAR SI ES INDEPENDIENTE Y/O DEPENDIENTE: Actividad Económica Principal-CIIU Descripción actividad: Dependiente SI USTED ES TRABAJADOR ASALARIADO O DEPENDIENTELIGENCIE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
Sector: Público Dirección:
Identificación Entidad CC CE NIT X No. 800.505.922-7 oEmpresa: Fechade Cargo actual: 2 0 2 1 0 4 0 1 vinculación: PRESIDENTE Departamento/Estado: País:
NombreMADAM o razón social empleador: COMERCIALIZADORA I LTDA Salario: $ Privado x Mixto 2.000.000 Ciudad:
CC CIUDADELA NORTE LOCAL 49
Correo electrónico de la empresa:
Teléfono oficina
madamiltda@gmail.com
¿Tiene familiares hasta segundo grado de consanguinidad, segundode afinidad y primero civil que sean PEPs? NO SI
NO
Código de área ciudad:
+57
¿Esustedunapersona políticamente expuesta(Decreto1674de 2016)?
¿Cuál?
Norte de Santander Colombia Número: 54498 5654378
Indicativo país:
SI
Farándula
¿Es reconocido Contratista Estatal cuál de públicamente? lasSeleccione siguientespor actividades: Prensa NO
Política
Deportista 49
SI
3. INFORMACIÓN FINANCIERA (Diligenciar en pesos colombianos) INGRESOS MENSUALES
$
$2.000.000
* OTROS INGRESOS
EGRESOS MENSUALES
$
TOTAL ACTIVOS
$
TOTAL PASIVOS
$
$
* Detalle de otros ingresos:
¿Realiza operaciones en moneda extranjera? NO SI Producto financiero:
Pago de servicios: Prestamos en M.E:
Tipo de operación: Exportación: Importación: Banco:
Número de cuenta/Producto:
¿Cuál?:
Otro: Moneda:
Monto:
Ciudad/País:
4. SI USTED ES APODERADO (Aplica para afiliación AVC - Colombianos Residentes en el Exterior, en este caso el apoderado deberá residir en Colombia) Primer Nombre Tipo doc identidad: CC CE No. Dirección domicilio: Celular:
Segundo Nombre
Primer Apellido
Fecha Exp.:
Ciudad: Teléfono(s) domicilio:
Segundo Apellido
Expedida en:
Parentesco con el beneficiario:
Departamento/Estado: Correoelectrónico:
5. DECLARACIÓN DE ORIGEN Y DESTINO DE LOS RECURSOS - DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN 5.1. CESANTÍAS (Si seleccionó afiliación por Cesantías) Declaro que los recursos que se entregarán al FNA por concepto de cesantías provienen de actividades lícitas. No admitiré que terceros efectúen depósitos a mi cuenta con dineros provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. Declaro que la información que he suministrado en esta formulario es exacta, completa y verídica, por lo tanto entiendo que la falsedad, omisión o error en ella tendrá las consecuencias estipuladas en la Ley y en la reglamentación interna de la entidad. Declaro que he recibido información comercial sobre los derechos y deberes que adquiero como Afiliado(a) al FNA y acepto la normatividad de la Entidad. Los trabajadores pertenecientes al sector privado afiliados al FNA, así como los servidores públicos que se afilien voluntariamente, solo podrán trasladar sus Cesantías a una Sociedad Administradora de Cesantías transcurridos tres (3) años a partir de la afiliación, siempre que no tengan crédito vigente con el FNA (Art. 5 y 8 de la Ley 432 de 1998).
5.2. AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL (Si seleccionó afiliación por AVC o AVC CRE) 1) Declaro que los activos y recursos que poseo y he informado en el presente contrato; así como aquellos que entregaré en virtud del Ahorro Voluntario Contractual no
provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en la legislación vigente.
1. CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: 1.1. Podrán suscribir contrato de ahorro voluntario con el Fondo Nacional del AHORRO, en adelante “FNA”, las personas naturales, en adelante el “SUSCRIPTOR”, afiliadas a través de cesantías, así como las personas señaladas en el parágrafo segundo del artículo primero de la ley 1114 de 2006 y decreto 2555 de 2010.
1.2. Todo SUSCRIPTOR de contrato de ahorro voluntario con el FNA estará sometido a suministrar al FNA todos los documentos y demás información que éste requiera para cumplir con un adecuado proceso de identificación y conocimiento del cliente.
1.3. El SUSCRIPTOR se obliga a notificar al FNA oportunamente y en la forma o por los medios establecidos por éste, cualquier cambio de la información que permita su ubicaci ón, evaluación financiera o cambio en el tipo de actividad que desarrolle.
1.4. El FNA aplicará políticas y controles sobre prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, de conformidad con lo establecido en las normas correspondientes. Así mismo, se reservará
el derecho de afiliación por vía de ahorro voluntario contractual, absteniéndose de aprobar o desembolsar créditos, cuando el lo pueda implicar exposición del FNA a los riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo.
1.5. El SUSCRIPTOR se compromete a realizar depósito (s) de dinero a favor del FNA, en la (s) cuantía (s) acordada (s) e intervalo (s) regulares libremente establecidos en el presente contrato, hasta cumplir
la meta del ahorro en el plazo convenido. El cumplimiento de este contrato se fundamenta en tres (3) parámetros básicos: i)pe riodicidad (entendida como constancia y hábito del ahorro), ii) monto periódico (suma pactada como ahorro) y, iii) monto total. PARAGRAFO: En el evento de que el SUSCRIPTOR de este contrato sea dependiente; pensionado; independiente bancarizado que declare renta o que haya suscrito contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión; asociado a cooperativas de trabajo o cuando existan convenios con entidades públicas o privadas suscritas con el FNA gozarán de condiciones especiales del AVC, en virtud de las cuales se entenderán cumplidos los término del contrato de AVC en el momento de acumular lo correspondientes al ahorro pactado y /o un vez la suma de los depósitos realizados sea igual o superior a un ingreso promedio mensual del SUSCIPTOR. Cuando exista convenio suscrito con fuente de pago a favor del FNA por un plazo de 12 meses se entenderá cumplido el contrato AVC cuando se consigne el equivalente a una cuota del monto del contrato. En todo caso, el mon to deberá ser inmovilizado hasta el vencimiento del plazo pactado en este contrato. 1.6. El primer pago y los subsiguientes se realizaran con la periodicidad definida en el presente contrato, adquiriendo el SUSCRIPTOR la calidad de afiliado al FNA una vez se haya hecho efectivo el primer pago pactado en el contrato. 1.7. Para efectos del cálculo del puntaje, la fecha inicial será aquella en la cual el ahorrador complete en cien por ciento (100%) del valor de la primera cuota del contrato, aunque ésta se haya efectuado en varias consignaciones y en fechas diferentes. 1.8. El FNA podrá habilitar medios electrónicos para que EL SUSCRIPTOR efectúe los depósitos acordados, realice el retiro total de los mismos, para lo cual el FNA asegurará la adecuada contabilización de depósitos y de los retiros a nombre del suscriptor, en todo caso, se requerirá autorización expresa del SUSCRIPTOR para el uso de estos medios.
2. CONDICIONES DE MANEJO 2.1. El monto total del ahorro voluntario contractual, no podrá ser inferior al uno punto dos (1.2) SMLMV del salario mínimo mensual legal vigente en Colombia a la fecha de suscripción del contrato. 2.2. El plazo mínimo del Ahorro Voluntario Contractual para personas cuyos ingresos provengan de un contrato de trabajado o de una relación laboral de derecho público o privado y pensionados será
de nueve (9) meses y de doce (12) meses para quienes no cumplan con estas condiciones. La(s) cuantía(s) de la(s) cuota(s) será la pactada en este contrato y su periodicidad podrá ser: Mensual, Bimestral, Trimestral, Semestral, cada nueve meses o anual, según se indique en este documento. Este contrato, una vez terminado, se prorroga automáticamente en periodos sucesivos de seis meses en seis meses, salvo que el SUSCRIPTOR manifieste su decisión de no prorrogarlo durante el mes siguiente al vencimiento del periodo pactado. Durante las prórrogas el afiliado podrá solicitar el retiro de las sumas depositadas en cualquier tiempo, la entrega de los recursos se hará en los términos previstos en el numeral 7.5 de este mismo reglamento. 2.3. Los afiliados no podrán tener más de un contrato de ahorro voluntario vigente con el FNA. 2.4. El FNA suministrará al SUSCRIPTOR o a quien éste autorice, información sobre la apertura, movimientos y saldos del ahorro voluntario contractual y a los funcionarios públicos facultados para consultarla. En tal sentido, el FNA enviará Anualmente al SUSCRIPTOR, en documento físico o correo electrónico o medio electrónico idóneo, la información relacionada con el movimiento del contr ato de ahorro voluntario a los afiliados. 2.5. El FNA podrá entregar a los titulares del contrato de ahorro voluntario un código de barras que les permitirá dar cumplimiento con el plan de ahorro voluntario acordado. 2.6. El FNA no cobrará suma alguna al titular del ahorro voluntario contractual por el manejo, la administración, transacciones y servicios asociados al producto. 2.7. El monto del ahorro voluntario contractual podrá incrementarse mensualmente de acuerdo al valor de las cuotas mensuales del crédito. El afiliado que resulte beneficiario de un crédito del FNA podrá destinar el monto del ahorro voluntario contractual y sus rendimientos al pago del crédito, previa autorización del afiliado, de manera expresa en documento independiente y/o en el pagaré contentivo de la obligación.
3. LIQUIDACIÓN Y ABONO DE INTERESES 3.1. El FNA reconocerá y abonará al “SUSCRIPTOR” sobre los depósitos de ahorro voluntario contractual, una tasa de interés al límite inferior del rango meta de inflación esta blecido por el Banco de la República para el año en curso (Financiera debe revisar este aspecto). Dicha tasa de interés no podrá ser modificada durante el periodo de liquidación del respectivo depósito.
3.2. La tasa de interés remuneratorio se liquidará en forma trimestral, sobre el saldo promedio del trimestre o fracción correspondiente a partir de la primera consignación, y el abono de los rendimientos
se efectuará en el último día de cada periodo de liquidación, esto es, trimestre vencido, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. 3.3. El FNA cesará la obligación de reconocer intereses remuneratorios por las sumas depositadas, en el caso de terminación unilateral por parte del FNA descritas en el numeral 6.1 del presente contrato.
4. DEPÓSITOS 4.1. El SUSCRIPTOR realizará los depósitos pactados en el presente contrato en las entidades financieras que para tal efecto señale el FNA, quien adoptará los canales de comunicación adecuados para mantener informado al SUSCRIPTOR sobre los establecimientos bancarios en los cuales podrá realizar tales depósitos.
4.2. El SUSCRIPTOR podrá depositar sumas de dinero superiores a las acordadas en el presente contrato. Estos depósitos adicionales no modificarán las condiciones iniciales del contrato, y no podrán exceder, individual o conjuntamente, el valor inicial del contrato.
4.3. El SUSCRIPTOR podrá realizar depósitos extraordinarios cuyo monto individual o conjuntamente considerado supere el monto total del ahorro i nicialmente acordado en el contrato de AVC, con lo cual se entenderá modificado en el monto final. Las cuotas periódicas continuarán cancelándose en las fechas y montos inicialmente acordados. Los depósitos extraordinarios se podrán aplicar a elección del afiliado, como anticipo a cuotas futuras del ahorro voluntario. (no puede aplicar para todos).
4.4. Los depósitos adicionales que realice el SUSCRIPTOR se tendrán en cuenta para la evaluación y asignación del puntaje para acceder a los créditos que otorgue el FNA. 4.5. Los depósitos se podrán hacer en efectivo, medios electrónicos o cheques de gerencia. 5. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 5.1. El SUSCRIPTOR podrá solicitar crédito para vivienda y/o educación, Leasing Habitacional o Arriendo Social al FNA cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato, de acuerdo con
la metodología definida por la Junta Directiva. 5.2. En todo caso conforme a lo dispuesto en el artículo 10.5.10.1.5 del Decreto 2555 de 2010 la celebración del contrato de ahorro voluntario, así como el cumplimiento del mismo por parte del SUSCRIPTOR, no supone obligación alguna del FNA de otorgar crédito únicamente por ese hecho. 5.3. El SUSCRIPTOR que resulte beneficiario de un crédito del FNA podrá destinar el monto del ahorro voluntario contractual y sus rendimientos al pago del crédito, para lo cual autorizó al FNA a realizar el debito de la cuenta de AVC. 5.4 El SUSCRIPTOR que fue objeto de aprobación de crédito y/o legalización del mismo antes del vencimiento del plazo pactado en el contrato de AVC, los recursos depositados en la cuenta AVC quedarán inmovilizados hasta el vencimiento del plazo pactado.
6. TERMINACIÓN DEL CONTRATO 6.1. El FNA dará por terminado el contrato en los siguientes casos: a) Cuando se detecte inconsistencia o inexactitud en la información suministrada por el afiliado. b) Cuando se advierta que el origen de los recursos utilizados por el afiliado puedan estar relacionados con las conductas mencionadas en el artículo 102 del EOSF, modificado por el artículo 1 del la ley 1121 de 2006. c) Cuando se detecte cualquier conducta fraudulenta por parte del afiliado. Una vez se presente alguna de estas causales el FNA informará por escrito o vía correo electrónico al suscriptor, en un término no mayor a 30 días, para efectúe la solicitud de retiro de estos recursos.
7. RETIROS 7.1. El FNA entregará al SUSCRIPTOR, a quien éste autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, junto con los rendimientos liquidados, en los siguientes ca sos: a) A solicitud del afiliado, siempre y cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato y previa suscripción del formato establecido para tal efecto y el documento de identificación. b) Por orden de autoridad competente. c) Por muerte del afiliado. En este evento se devolverá el capital más los intereses causados hasta la fecha del retiro.
7.2. El FNA entregará al afiliado, a quien éste autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, sin rendimientos, en los siguientes casos: a) Cuando el contrato se termine por decisión unilateral por parte del FNA, en lo casos señalados en el numeral 6.1 del presente contrato. b). Cuando el afiliado haya incumplido las condiciones pactadas del contrato durante el plazo inicialmente pactado. c) Cuando el afiliado solicite el retiro del ahorro antes del plazo inicialmente pactado.
7.3. El SUSCRIPTOR no podrá realizar retiros parciales de las sumas depositadas.
7.4. El SUSCRIPTOR podrá dar por terminado unilateralmente, y en cualquier momento, el presente contrato. Cuando la terminación unilateral del contrato sea antes de su cumplimiento el FNA no reconocerá intereses remuneratorios sobre las sumas depositadas. 7.5. El FNA realizará el pago de las sumas depositadas al titular o persona autorizada en un plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud. 7.6. En caso de fallecimiento o presunción de muerte del SUSCRIPTOR el FNA entregará las sumas depositadas con sus intereses a los herederos, a solicitud de éstos y de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
8. PERDIDA DE LA CALIDAD DE AFILIADO POR AHORRO VOLUNTARIO 8.1. El SUSCRIPTOR perderá la condición de afiliado a través de ahorro voluntario contractual en: a) en los casos enunciados en el numeral 6.1. b) A solicitud del afiliado, siempre y cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato. En este caso se perderá la condición de afiliado, cuando este manifieste su intención de no prorrogar el contrato o cuando incumpla las condiciones pactadas durante la prórroga. c) Por muerte del afiliado. En este evento se devolverá el capital más los intereses causados hasta la fecha del retiro. d) Cuando el contrato se termine por decisión unilateral. e). Cuando el afiliado solicite el retiro de las sumas depositadas antes de la terminación del contrato.
9. BENEFICIOS AFC 9.1. En relación con los beneficios tributarios que aquí se trata, el titular del ahorro voluntario contractual que se vincule a este producto en los términos del presente reglamento y de la normatividad
vigente aplicable a la materia, reconoce y acepta: a) Que los beneficios tributarios aquí previstos son de creación legal, y por tanto, su duración y alcance se encuentran sujetos a las disposiciones legales vigentes. b) Que la información que le ha suministrado al FNA en relación con los beneficios tributarios no constituye una asesoría tributaria. c) Es obligación del SUSCRIPTOR informar previa y oportunamente a su empleador o pagador, según sea el caso, el valor de las sumas que deberá consignar con destino al ahorro v oluntario contractual. d) Que a través de la cuenta de ahorro voluntario contractual sólo podrán efectuarse pagos de las cuotas periódicas de amortización del crédito que le hubiere otorgado el FNA, para realizar prepagos de éste o para la cancelación del precio de compraventa del respectivo inmueble. Salvo que el afiliado expresare una intención diferente.
10. OTRAS DISPOSICIONES 10.1. El SUSCRIPTOR declara y acepta que toda la información contenida en este documento (anverso y reverso) constituye el contrato de ahorro voluntario Contractual suscrito con el FNA. 10.2. El SUSCRIPTOR deberá actualizar sus datos con una periodicidad mínima de un año. En caso de incumplimiento de este numeral, será calificado como afiliado activo no aportante y deberá
actualizar los datos y realizar un depósito conforme a los montos pactos en el presente contrato para que sea CONDICIONES PACTADAS POR EL SUSCRIPTOR Valor del Contrato $
SUSCRIPTOR Nombre:
MILEIDY ANGARITA RINCON
No. de documento de identidad:
1.090.976.728
Fecha de diligenciamiento: Firma
Plazo del contrato:
Nueve meses
FUNCIONARIO QUE ENTREVISTA
Valor de la Cuota $
Doce meses
x
Periodicidad:
Mensual Bimestral
FNA Nombre: No. de documento de identidad: Fecha de diligenciamiento: Firma
Trimestral Semestral
Nueve meses Anual
x
ºº
FORMULARIO ÚNICO DE SOLICITUD DE AFILIACIÓN Ocaña
Ciudad:
CESANTÍAS
Fecha:
Afiliación
x
Traslado
2
0
2 1
0 4
Espacio eusivo para sticker de correspondencia
0 1
Nombre del fondo o empresa que administra sus cesantías:
AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL
AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL COLOMBIANOS RESIDENTES EN EL EXTERIOR
Diligenciar únicamente si su solicitud de afiliación es para el producto Ahorro Voluntario Contractual Tipo de vinculación
AVC Plus * Independiente
x
Dependiente Docente
Ejercito Nacional Armada Nacional
Fuerza Aérea Policía Nacional
Madre Comunitaria Ferias Nacionales de Servicio al Ciudadano
Cuenta con beneficios AFC Autoriza debito automático
FAVOR DILIGENCIAR EN LETRA IMPRENTA CLARA Y LEGIBLE EN TINTA NEGRA, SIN TACHONES NI ENMENDADURAS
* Aplica para dependiente; pensionado; independiente bancarizado, es decir que declare renta o que haya suscrito contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión asociado a cooperativas de trabajo; convenios con entidades publicas o privadas
Tipo documento CC
CE
x de identidad: MARTA
TI
1. INFORMACIÓN PERSONAL
Número de documento:
Primer Nombre Fecha de Nacimiento:
Teléfono(s) Indicativo país: domicilio: Correoelectrónico
9 2
Primaria
Propia
x
Arrendada Familiar Ocaña N de Santander Departamento/Estado:
Nivel de estudio:
Número:
Colombia
Bachillerato
Pregrado
*U.S. PERSON es una definición que incluye ciudadanos y residentes de los Estados Unidos (poseedores de Green Card o que cumplen los requisitos de presencia sustancial en los Estados Unidos mayor a 183 días durante los últimos tres años).
Mi númeroTIN en EE.UU. es:
Vivienda:
Ciudad:
Celular Indicativo país: (Móvil):
300070081
martabarbosariua@gmail.com
¿Es responsable de impuestos NO SI en EE.UU. (U.S Person * )?
Segundo Apellido
SANTA CLARA Número:
SECRETARIA GARCIA
País: Colombia
Barrio:
654378
x
Primer Apellido Departamento/Estado: Norte de Santander
Ciudad: Ocaña x
Código de área Ciudad
+57
Profesión ú Oficio:
Género:
2 0 0 8 0 9 1 9 BARBOSA
documento :
Segundo Nombre
2 3 0 4 1 9 CLL 45B 23 -32
Dirección domicilio:
Fecha expedición
1.08.565.456 CECILIA
Posgrado
Ninguno
¿Tiene doble NO SI nacionalidad?
¿Cuál?
DILIGENCIAR SI RESIDE EN EL EXTERIOR País:
Número de documento:
Tipo documento de identidad país de residencia:
Estatus migratorio definido: SI NO
Código postal:
2. INFORMACIÓN LABORAL DILIGENCIAR SI ES INDEPENDIENTE Y/O DEPENDIENTE: Actividad Económica Principal-CIIU Descripción actividad: Dependiente SI USTED ES TRABAJADOR ASALARIADO O DEPENDIENTELIGENCIE LA SIGUIENTE INFORMACIÓN:
Sector: Público Dirección:
Identificación Entidad CC CE NIT X No. 800.505.922-7 oEmpresa: Fecha de 2 0 2 1 0 4 0 1 vinculación: PRESIDENTE Departamento/Estado: País:
NombreMADAM o razón social empleador: COMERCIALIZADORA I LTDA Salario: $ Privado x Mixto 2.000.000 Ciudad:
Cargo actual:
CC CIUDADELA NORTE LOCAL 49
Correo electrónico de la empresa:
Teléfono oficina
madamiltda@gmail.com
¿Tiene familiares hasta segundo grado de consanguinidad, segundode afinidad y primero civil que sean PEPs? NO
SI
NO
Código de área ciudad:
+57
¿Es ustedunapersona políticamente expuesta(Decreto1674de 2016)?
¿Cuál?
Norte de Santander Colombia Número: 54498 5654378
Indicativo país:
SI
¿Es reconocido Seleccione cuál de públicamente? las siguientespor actividades: NO
Farándula
Contratista Estatal Prensa
Política
Deportista 49
SI
3. INFORMACIÓN FINANCIERA (Diligenciar en pesos colombianos) INGRESOS MENSUALES
$
$1.000.000
* OTROS INGRESOS
EGRESOS MENSUALES
$
TOTAL ACTIVOS
$
TOTAL PASIVOS
$
$
* Detalle de otros ingresos:
¿Realiza operaciones en moneda extranjera? NO SI Producto financiero:
Pago de servicios: Prestamos en M.E:
Tipo de operación: Exportación: Importación: Banco:
Número de cuenta/Producto:
¿Cuál?:
Otro: Moneda:
Monto:
Ciudad/País:
4. SI USTED ES APODERADO (Aplica para afiliación AVC - Colombianos Residentes en el Exterior, en este caso el apoderado deberá residir en Colombia) Primer Nombre Tipo doc identidad: CC CE No. Dirección domicilio: Celular:
Segundo Nombre Fecha Exp.:
Primer Apellido
Segundo Apellido
Expedida en:
Ciudad:
Parentesco con el beneficiario:
Departamento/Estado:
Teléfono(s) domicilio:
Correo electrónico:
5. DECLARACIÓN DE ORIGEN Y DESTINO DE LOS RECURSOS - DECLARACIÓN DE INFORMACIÓN 5.1. CESANTÍAS (Si seleccionó afiliación por Cesantías) Declaro que los recursos que se entregarán al FNA por concepto de cesantías provienen de actividades lícitas. No admitiré que terceros efectúen depósitos a mi cuenta con dineros provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. Declaro que la información que he suministrado en esta formulario es exacta, completa y verídica, por lo tanto entiendo que la falsedad, omisión o error en ella tendrá las consecuencias estipuladas en la Ley y en la reglamentación interna de la entidad. Declaro que he recibido información comercial sobre los derechos y deberes que adquiero como Afiliado(a) al FNA y acepto la normatividad de la Entidad. Los trabajadores pertenecientes al sector privado afiliados al FNA, así como los servidores públicos que se afilien voluntariamente, solo podrán trasladar sus Cesantías a una Sociedad Administradora de Cesantías transcurridos tres (3) años a partir de la afiliación, siempre que no tengan crédito vigente con el FNA (Art. 5 y 8 de la Ley 432 de 1998).
5.2. AHORRO VOLUNTARIO CONTRACTUAL (Si seleccionó afiliación por AVC o AVC CRE) 1) Declaro que los activos y recursos que poseo y he informado en el presente contrato; así como aquellos que entregaré en virtud del Ahorro Voluntario Contractual no
provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en la legislación vigente. 2) Los recursos que entregaré en Ahorro Voluntario Contractual provienen de las siguientes fuentes (Detalle de la ocupación, oficio, profesión, negocio, entre otros): 3) No admitiré que terceros efectúen depósitos en cuentas a mi nombre con fondos provenientes de actividades ilícitas, ni efectuaré transacciones destinadas a tales
actividades o a favor de personas relacionadas con las mismas. 4) Autorizo al FNA a que dé por terminado el Contrato de Ahorro Voluntario, en caso de infracción de cualquiera de los numerales contenidos en e ste documento,
eximiendo a la Entidad de toda responsabilidad que se derive de información inconsistente, inexacta o insuficiente que yo hubiere proporcionado en este documento o de la violación del mismo.
6. DECLARACIONES Y AUTORIZACIONES Declaro que la información aquí suministrada es auténtica y veraz. Autorizo irrevocablemente al Fondo Nacional del AHORRO – FNA, para verificarla a través de los medios que considere conveniente. Igualmente, me obligo a actualizar los datos reportados en este formulario, por lo menos una vez al año y/o una vez se produzca cambios en ellos o que el FNA lo requiera. De igual forma autorizo al FNA o a quien represente sus derechos u ostente en futuro la calidad de acreedor a reportar, actualizar, solicitar, consultar y divulgar a sus filiales a las centrales de FNA - OTRA ADMINISTRADORA
De conformidad con lo previsto en las leyes estatutarias 1266 de 2008 y 1581 de 2012, declaro haber leído cuidadosamente el contenido del aviso de privacidad del FNA y haberlo comprendido a cabalidad, razón por la cual entiendo sus alcances y sus implicaciones y autorizo el uso de mi información personal y financiera al FNA para los fines mencionados en el aviso de privacidad.
Autorizo al FNA a enviar mensajes con contenido institucional, informativo y comercial a través de: GC-FO-181/V3
1. CONDICIONES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO: 1.1. Podrán suscribir contrato de ahorro voluntario con el Fondo Nacional del AHORRO, en adelante “FNA”, las personas naturales, en adelante el “SUSCRIPTOR”, afiliadas a través de cesantías, así como las personas señaladas en el parágrafo segundo del artículo primero de la ley 1114 de 2006 y decreto 2555 de 2010.
1.2. Todo SUSCRIPTOR de contrato de ahorro voluntario con el FNA estará sometido a suministrar al FNA todos los documentos y demás información que éste requiera para cumplir con un adecuado proceso de identificación y conocimiento del cliente.
1.3. El SUSCRIPTOR se obliga a notificar al FNA oportunamente y en la forma o por los medios establecidos por éste, cualquier cambio de la información que permita su ubicaci ón, evaluación financiera o cambio en el tipo de actividad que desarrolle.
1.4. El FNA aplicará políticas y controles sobre prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo, de conformidad con lo establecido en las normas correspondientes. Así mismo, se reservará
el derecho de afiliación por vía de ahorro voluntario contractual, absteniéndose de aprobar o desembolsar créditos, cuando el lo pueda implicar exposición del FNA a los riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo.
1.5. El SUSCRIPTOR se compromete a realizar depósito (s) de dinero a favor del FNA, en la (s) cuantía (s) acordada (s) e intervalo (s) regulares libremente establecidos en el presente contrato, hasta cumplir
la meta del ahorro en el plazo convenido. El cumplimiento de este contrato se fundamenta en tres (3) parámetros básicos: i)pe riodicidad (entendida como constancia y hábito del ahorro), ii) monto periódico (suma pactada como ahorro) y, iii) monto total. PARAGRAFO: En el evento de que el SUSCRIPTOR de este contrato sea dependiente; pensionado; independiente bancarizado que declare renta o que haya suscrito contrato de prestación de servicios profesionales o de apoyo a la gestión; asociado a cooperativas de trabajo o cuando existan convenios con entidades públicas o privadas suscritas con el FNA gozarán de condiciones especiales del AVC, en virtud de las cuales se entenderán cumplidos los término del contrato de AVC en el momento de acumular lo correspondientes al ahorro pactado y /o un vez la suma de los depósitos realizados sea igual o superior a un ingreso promedio mensual del SUSCIPTOR. Cuando exista convenio suscrito con fuente de pago a favor del FNA por un plazo de 12 meses se entenderá cumplido el contrato AVC cuando se consigne el equivalente a una cuota del monto del contrato. En todo caso, el mon to deberá ser inmovilizado hasta el vencimiento del plazo pactado en este contrato. 1.6. El primer pago y los subsiguientes se realizaran con la periodicidad definida en el presente contrato, adquiriendo el SUSCRIPTOR la calidad de afiliado al FNA una vez se haya hecho efectivo el primer pago pactado en el contrato. 1.7. Para efectos del cálculo del puntaje, la fecha inicial será aquella en la cual el ahorrador complete en cien por ciento (100%) del valor de la primera cuota del contrato, aunque ésta se haya efectuado en varias consignaciones y en fechas diferentes. 1.8. El FNA podrá habilitar medios electrónicos para que EL SUSCRIPTOR efectúe los depósitos acordados, realice el retiro total de los mismos, para lo cual el FNA asegurará la adecuada contabilización de depósitos y de los retiros a nombre del suscriptor, en todo caso, se requerirá autorización expresa del SUSCRIPTOR para el uso de estos medios.
2. CONDICIONES DE MANEJO 2.1. El monto total del ahorro voluntario contractual, no podrá ser inferior al uno punto dos (1.2) SMLMV del salario mínimo mensual legal vigente en Colombia a la fecha de suscripción del contrato. 2.2. El plazo mínimo del Ahorro Voluntario Contractual para personas cuyos ingresos provengan de un contrato de trabajado o de una relación laboral de derecho público o privado y pensionados será
de nueve (9) meses y de doce (12) meses para quienes no cumplan con estas condiciones. La(s) cuantía(s) de la(s) cuota(s) será la pactada en este contrato y su periodicidad podrá ser: Mensual, Bimestral, Trimestral, Semestral, cada nueve meses o anual, según se indique en este documento. Este contrato, una vez terminado, se prorroga automáticamente en periodos sucesivos de seis meses en seis meses, salvo que el SUSCRIPTOR manifieste su decisión de no prorrogarlo durante el mes siguiente al vencimiento del periodo pactado. Durante las prórrogas el afiliado podrá solicitar el retiro de las sumas depositadas en cualquier tiempo, la entrega de los recursos se hará en los términos previstos en el numeral 7.5 de este mismo reglamento. 2.3. Los afiliados no podrán tener más de un contrato de ahorro voluntario vigente con el FNA. 2.4. El FNA suministrará al SUSCRIPTOR o a quien éste autorice, información sobre la apertura, movimientos y saldos del ahorro voluntario contractual y a los funcionarios públicos facultados para consultarla. En tal sentido, el FNA enviará Anualmente al SUSCRIPTOR, en documento físico o correo electrónico o medio electrónico idóneo, la información relacionada con el movimiento del contr ato de ahorro voluntario a los afiliados. 2.5. El FNA podrá entregar a los titulares del contrato de ahorro voluntario un código de barras que les permitirá dar cumplimiento con el plan de ahorro voluntario acordado. 2.6. El FNA no cobrará suma alguna al titular del ahorro voluntario contractual por el manejo, la administración, transacciones y servicios asociados al producto. 2.7. El monto del ahorro voluntario contractual podrá incrementarse mensualmente de acuerdo al valor de las cuotas mensuales del crédito. El afiliado que resulte beneficiario de un crédito del FNA podrá destinar el monto del ahorro voluntario contractual y sus rendimientos al pago del crédito, previa autorización del afiliado, de manera expresa en documento independiente y/o en el pagaré contentivo de la obligación.
3. LIQUIDACIÓN Y ABONO DE INTERESES 3.1. El FNA reconocerá y abonará al “SUSCRIPTOR” sobre los depósitos de ahorro voluntario contractual, una tasa de interés al límite inferior del rango meta de inflación esta blecido por el Banco de la República para el año en curso (Financiera debe revisar este aspecto). Dicha tasa de interés no podrá ser modificada durante el periodo de liquidación del respectivo depósito.
3.2. La tasa de interés remuneratorio se liquidará en forma trimestral, sobre el saldo promedio del trimestre o fracción correspondiente a partir de la primera consignación, y el abono de los rendimientos
se efectuará en el último día de cada periodo de liquidación, esto es, trimestre vencido, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre. 3.3. El FNA cesará la obligación de reconocer intereses remuneratorios por las sumas depositadas, en el caso de terminación unilateral por parte del FNA descritas en el numeral 6.1 del presente contrato.
4. DEPÓSITOS 4.1. El SUSCRIPTOR realizará los depósitos pactados en el presente contrato en las entidades financieras que para tal efecto señale el FNA, quien adoptará los canales de comunicación adecuados para mantener informado al SUSCRIPTOR sobre los establecimientos bancarios en los cuales podrá realizar tales depósitos.
4.2. El SUSCRIPTOR podrá depositar sumas de dinero superiores a las acordadas en el presente contrato. Estos depósitos adicionales no modificarán las condiciones iniciales del contrato, y no podrán exceder, individual o conjuntamente, el valor inicial del contrato.
4.3. El SUSCRIPTOR podrá realizar depósitos extraordinarios cuyo monto individual o conjuntamente considerado supere el monto total del ahorro i nicialmente acordado en el contrato de AVC, con lo cual se entenderá modificado en el monto final. Las cuotas periódicas continuarán cancelándose en las fechas y montos inicialmente acordados. Los depósitos extraordinarios se podrán aplicar a elección del afiliado, como anticipo a cuotas futuras del ahorro voluntario. (no puede aplicar para todos).
4.4. Los depósitos adicionales que realice el SUSCRIPTOR se tendrán en cuenta para la evaluación y asignación del puntaje para acceder a los créditos que otorgue el FNA. 4.5. Los depósitos se podrán hacer en efectivo, medios electrónicos o cheques de gerencia. 5. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 5.1. El SUSCRIPTOR podrá solicitar crédito para vivienda y/o educación, Leasing Habitacional o Arriendo Social al FNA cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato, de acuerdo con
la metodología definida por la Junta Directiva. 5.2. En todo caso conforme a lo dispuesto en el artículo 10.5.10.1.5 del Decreto 2555 de 2010 la celebración del contrato de ahorro voluntario, así como el cumplimiento del mismo por parte del SUSCRIPTOR, no supone obligación alguna del FNA de otorgar crédito únicamente por ese hecho. 5.3. El SUSCRIPTOR que resulte beneficiario de un crédito del FNA podrá destinar el monto del ahorro voluntario contractual y sus rendimientos al pago del crédito, para lo cual autorizó al FNA a realizar el debito de la cuenta de AVC. 5.4 El SUSCRIPTOR que fue objeto de aprobación de crédito y/o legalización del mismo antes del vencimiento del plazo pactado en el contrato de AVC, los recursos depositados en la cuenta AVC quedarán inmovilizados hasta el vencimiento del plazo pactado.
6. TERMINACIÓN DEL CONTRATO 6.1. El FNA dará por terminado el contrato en los siguientes casos: a) Cuando se detecte inconsistencia o inexactitud en la información suministrada por el afiliado. b) Cuando se advierta que el origen de los recursos utilizados por el afiliado puedan estar relacionados con las conductas mencionadas en el artículo 102 del EOSF, modificado por el artículo 1 del la ley 1121 de 2006. c) Cuando se detecte cualquier conducta fraudulenta por parte del afiliado. Una vez se presente alguna de estas causales el FNA informará por escrito o vía correo electrónico al suscriptor, en un término no mayor a 30 días, para efectúe la solicitud de retiro de estos recursos.
7. RETIROS 7.1. El FNA entregará al SUSCRIPTOR, a quien éste autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, junto con los rendimientos liquidados, en los siguientes ca sos: a) A solicitud del afiliado, siempre y cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato y previa suscripción del formato establecido para tal efecto y el documento de identificación. b) Por orden de autoridad competente. c) Por muerte del afiliado. En este evento se devolverá el capital más los intereses causados hasta la fecha del retiro.
7.2. El FNA entregará al afiliado, a quien éste autorice o a sus herederos, las sumas depositadas, sin rendimientos, en los siguientes casos: a) Cuando el contrato se termine por decisión unilateral por parte del FNA, en lo casos señalados en el numeral 6.1 del presente contrato. b). Cuando el afiliado haya incumplido las condiciones pactadas del contrato durante el plazo inicialmente pactado. c) Cuando el afiliado solicite el retiro del ahorro antes del plazo inicialmente pactado.
7.3. El SUSCRIPTOR no podrá realizar retiros parciales de las sumas depositadas.
7.4. El SUSCRIPTOR podrá dar por terminado unilateralmente, y en cualquier momento, el presente contrato. Cuando la terminación unilateral del contrato sea antes de su cumplimiento el FNA no reconocerá intereses remuneratorios sobre las sumas depositadas. 7.5. El FNA realizará el pago de las sumas depositadas al titular o persona autorizada en un plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud. 7.6. En caso de fallecimiento o presunción de muerte del SUSCRIPTOR el FNA entregará las sumas depositadas con sus intereses a los herederos, a solicitud de éstos y de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
8. PERDIDA DE LA CALIDAD DE AFILIADO POR AHORRO VOLUNTARIO 8.1. El SUSCRIPTOR perderá la condición de afiliado a través de ahorro voluntario contractual en: a) en los casos enunciados en el numeral 6.1. b) A solicitud del afiliado, siempre y cuando haya cumplido con las condiciones pactadas en el contrato. En este caso se perderá la condición de afiliado, cuando este manifieste su intención de no prorrogar el contrato o cuando incumpla las condiciones pactadas durante la prórroga. c) Por muerte del afiliado. En este evento se devolverá el capital más los intereses causados hasta la fecha del retiro. d) Cuando el contrato se termine por decisión unilateral. e). Cuando el afiliado solicite el retiro de las sumas depositadas antes de la terminación del contrato.
9. BENEFICIOS AFC 9.1. En relación con los beneficios tributarios que aquí se trata, el titular del ahorro voluntario contractual que se vincule a este producto en los términos del presente reglamento y de la normatividad
vigente aplicable a la materia, reconoce y acepta: a) Que los beneficios tributarios aquí previstos son de creación legal, y por tanto, su duración y alcance se encuentran sujetos a las disposiciones legales vigentes. b) Que la información que le ha suministrado al FNA en relación con los beneficios tributarios no constituye una asesoría tributaria. c) Es obligación del SUSCRIPTOR informar previa y oportunamente a su empleador o pagador, según sea el caso, el valor de las sumas que deberá consignar con destino al ahorro v oluntario contractual. d) Que a través de la cuenta de ahorro voluntario contractual sólo podrán efectuarse pagos de las cuotas periódicas de amortización del crédito que le hubiere otorgado el FNA, para realizar prepagos de éste o para la cancelación del precio de compraventa del respectivo inmueble. Salvo que el afiliado expresare una intención diferente.
10. OTRAS DISPOSICIONES 10.1. El SUSCRIPTOR declara y acepta que toda la información contenida en este documento (anverso y reverso) constituye el contrato de ahorro voluntario Contractual suscrito con el FNA. 10.2. El SUSCRIPTOR deberá actualizar sus datos con una periodicidad mínima de un año. En caso de incumplimiento de este numeral, será calificado como afiliado activo no aportante y deberá actualizar los datos y realizar un depósito conforme a los montos pactos en el presente contrato para que sea calificado como afiliado activo aportante.
CONDICIONES PACTADAS POR EL SUSCRIPTOR Valor del Contrato $
SUSCRIPTOR Nombre:
MARTA BARBOSA GARCIA
No. de documento de identidad:
1.08.565.456
Fecha de diligenciamiento: Firma
Plazo del contrato:
Nueve meses
FUNCIONARIO QUE ENTREVISTA
Valor de la Cuota $
Doce meses
x
Periodicidad:
Mensual Bimestral
FNA Nombre: No. de documento de identidad: Fecha de diligenciamiento: Firma
Trimestral Semestral
Nueve meses Anual
x
Formato de Afiliación, Adición y Modificación del Trabajador y Grupo Familiar *
1. Datos del trabajador
Campos obligatorios Género
CC
1 0 9 0 7 6 6 4 2 7
AMAYA
Dirección residencia
CLL 7 17 160 *
9 A
A8
9A
A
*
CONTRERAS Teléfono fijo
Colombiana
Celular
*
3
Ciudad
*
Retener requisitos
Segundo apellido
*
Nacionalidad
0D 10 M 1 M
Normalizar requisitos
X UL SE VI CA SO Primer apellido
LUIS GABRIEL D1
Uso exclusivo de Compensar
Estado Civil
MF X
*
1
5
6
7 6
5
8
93
* Ciuleirbag-26@hotmil.com
* Correo electrónico
Ocaña
Para fines comerciales de los servicios brindados por la Caja de Compensación Familiar, autorizo enviarme información comercial, publicitaria o promocional sobre sus servicios, nuevas alianzas o convenios, eventos y/o promociones, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos y todas aquellas actividades asociadas a los servicios sociales de la Caja de Compensación. Autorizo a Compensar el envío de información a través de:
Ciuleirbag-26@hotmil.com
E - Mail
Si X
*
No
3
Celular
1
5
6
XSi
765893
No
2. Datos del empleador Tipo doc.
Número de identificación
Fecha de ingreso a la empresa
Trabaja en otra empresa No
¡COMERCIALIALIZADORA MADAMI LTDA
Hora labor mes Salario básico mensual
0D 1 1 D 0 M 4 M A2 A0 2 A A Si
Nombre de empresa o razón social
1090976728
NIT
Cargo
$1.500.000
1 9 2
Teléfono oficina - Extensión
5645563
TESORERO
Empresa donde trabaja simultáneamente
Salario básico mensual (otra empresa) o ingreso adicional
X
3. Datos del cónyuge o compañero(a) permanente Tipo doc.
Adición
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
M
Género
A
A
A
Segundo apellido
Trabaja actualmente Si
Caja de Compensación a la cual está afiliado
Sueldo básico mensual
Nacionalidad
M F
A
Independiente
Dependiente
No
Recibe subsidio actualmente Observaciones (Campo exclusivo de Compensar) Si
No
4. Datos de los beneficiarios (padres, hijos o hermanos) Tipo doc.
X
Fecha de nacimiento
Número de identificación
0D
R C
Retiro Nombres
Primer apellido
4D
Parentesco
M 1M 2A 0A 2 A 0 A 1
HI
PA
X
HE
Género M
XF
Nacionalidad
Segundo apellido
Paulina
Colombiana Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Nombres y apellidos
Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado
Si X
Normalizar
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
PA
HE
Género M
F
Nacionalidad
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Celular Subsidio
Tipo doc.
Si
Normalizar
Número de identificación
D Primer apellido
Nombres
D
M
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
PA
HE
Género M
F
Nacionalidad
Segundo apellido
Aprobado
Nombres y apellidos
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Retiro
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
M
Aprobado Servicios Si
E-mail Adición
D
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
LAPS 15-11-2018
Adición
Si
Normalizar
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
Parentesco
M
A
A
A
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
HI
PA
HE
Género M
F
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado Servicios Si
A
Nacionalidad
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Observaciones
Celular Subsidio
Si
Normalizar
Retener
En caso de ser padre pensionado, afiliado a otra Caja o estar laborando escriba la entidad pensionadora, nombre de la Caja o empresa donde labora: Bajo la gravedad de juramento declaro que este informe ha sido examinado por mi y que todos los datos son exactos. Consiento y autorizo de manera previa, expresa e inequívoca que mis datos personales sean tratados conforme a lo previsto en la Ley 1581 de protección de datos personales, según lo anuncia el presente documento; y que conozco (he leído) el aviso de privacidad, incluido al respaldo de este formato.
Firma y sello del empleador
CC 1.065.815.393
Sello de Revisión
Observaciones Para uso exclusivo de Compensar - Número de documentos aceptados Registro Civil
Declaración Juramentada
Certificado TR. Cónyuge
Certificado Escolaridad
Fotocopia Cédula
Fotocopia Tarjeta Identidad
Certificado EPS
Certificado Discapacidad
Registro Defunción
FOR-PSB-0085
*
Firma del trabajador (a) Tipo y Nº de identificación
Uso exclusivo de Compensar
Formato de Afiliación, Adición y Modificación del Trabajador y Grupo Familiar *
1. Datos del trabajador
Campos obligatorios Género
CC
1 9 0 7 6 6 7 2 8
Retener requisitos
Segundo apellido
*
ANGRITA
0D 10 1 M M
Dirección residencia
9 A
8 A
9A
A
Teléfono fijo
Colombiana
*
Celular
*
Ciudad
*
Ocaña
CLL 4 B 5 6- 4 6
*
RINCON
Nacionalidad
*
Normalizar requisitos
X UL SE VI CA SO Primer apellido
MILEIDY D1
Uso exclusivo de Compensar
Estado Civil
MF X
*
3 1 0 0 0 0 4 93 Correo electrónico * mileidyangarita@gmail.com
5
6
5
5 8
Para fines comerciales de los servicios brindados por la Caja de Compensación Familiar, autorizo enviarme información comercial, publicitaria o promocional sobre sus servicios, nuevas alianzas o convenios, eventos y/o promociones, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos y todas aquellas actividades asociadas a los servicios sociales de la Caja de Compensación. Autorizo a Compensar el envío de información a través de: E - Mail
Si X
mileidyangarita@gmail.com
*
No
3
Celular
1
5
6
XSi
765893
No
2. Datos del empleador Tipo doc.
Número de identificación
Fecha de ingreso a la empresa
0D 1 D 0 M 4 M
A2 A0 2 A
Trabaja en otra empresa Si
Nombre de empresa o razón social
109 8 5 6 5 4 5 6
NIT
No
¡COMERCIALIALIZADORA MADAMI LTDA
Hora labor mes Salario básico mensual
1 A
Cargo
$2.000.000
1 9 2
Teléfono oficina - Extensión
5645563
PRESIDENTE
Empresa donde trabaja simultáneamente
Salario básico mensual (otra empresa) o ingreso adicional
X
3. Datos del cónyuge o compañero(a) permanente Tipo doc.
Adición
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
M
Género
A
A
A
Segundo apellido
Trabaja actualmente Si
Caja de Compensación a la cual está afiliado
Sueldo básico mensual
Recibe subsidio actualmente Si
Nacionalidad
M F
A
Independiente
Dependiente
No
Observaciones (Campo exclusivo de Compensar)
No
4. Datos de los beneficiarios (padres, hijos o hermanos) Tipo doc.
X
Fecha de nacimiento
Número de identificación
R C
Retiro
D
Nombres
Primer apellido
D
M
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
PA
X
HE
Género M
XF
Nacionalidad
Segundo apellido
Paulina
Colombiana Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Nombres y apellidos
Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado
Si X
Normalizar
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
PA
HE
Género M
F
Nacionalidad
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Celular Subsidio
Tipo doc.
Si
Normalizar
Número de identificación
D Primer apellido
Nombres
D
M
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
PA
HE
Género M
F
Nacionalidad
Segundo apellido
Aprobado
Nombres y apellidos
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Retiro
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
M
Aprobado Servicios Si
E-mail Adición
D
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
LAPS 15-11-2018
Adición
Si
Normalizar
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
Parentesco
M
A
A
A
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
HI
PA
HE
Género M
F
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado Servicios Si
A
Nacionalidad
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Observaciones
Celular Subsidio
Si
Normalizar
Retener
En caso de ser padre pensionado, afiliado a otra Caja o estar laborando escriba la entidad pensionadora, nombre de la Caja o empresa donde labora: Bajo la gravedad de juramento declaro que este informe ha sido examinado por mi y que todos los datos son exactos. Consiento y autorizo de manera previa, expresa e inequívoca que mis datos personales sean tratados conforme a lo previsto en la Ley 1581 de protección de datos personales, según lo anuncia el presente documento; y que conozco (he leído) el aviso de privacidad, incluido al respaldo de este formato.
Firma y sello del empleador
CC 1.065.815.393
Sello de Revisión
Observaciones Para uso exclusivo de Compensar - Número de documentos aceptados Registro Civil
Declaración Juramentada
Certificado TR. Cónyuge
Certificado Escolaridad
Fotocopia Cédula
Fotocopia Tarjeta Identidad
Certificado EPS
Certificado Discapacidad
Registro Defunción
FOR-PSB-0085
*
Firma del trabajador (a) Tipo y Nº de identificación
Uso exclusivo de Compensar
Formato de Afiliación, Adición y Modificación del Trabajador y Grupo Familiar *
1. Datos del trabajador
Campos obligatorios Género
CC
10 9 8 5 6 54 56
CECILIA
Dirección residencia
9 A
8 A
9A
A
Colombiana
Celular
*
Ciudad
*
*
BARBOSA Teléfono fijo
*
Ocaña
CLL 4 B 5 6- 4 6 *
Retener requisitos
Segundo apellido
*
Nacionalidad
0D 10 1 M M
Normalizar requisitos
X UL SE VI CA SO Primer apellido
MARTA D1
Uso exclusivo de Compensar
Estado Civil
MF X
*
3 1 0 0 0 0 4 93 Correo electrónico * martabarbosartiu@gmail.com
5
6
5
5 8
Para fines comerciales de los servicios brindados por la Caja de Compensación Familiar, autorizo enviarme información comercial, publicitaria o promocional sobre sus servicios, nuevas alianzas o convenios, eventos y/o promociones, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos y todas aquellas actividades asociadas a los servicios sociales de la Caja de Compensación. Autorizo a Compensar el envío de información a través de: E - Mail
Si X
mileidyangarita@gmail.com
*
No
3
Celular
1
5
6
XSi
765893
No
2. Datos del empleador Tipo doc.
Número de identificación
Fecha de ingreso a la empresa
0D 1 D 0 M 4 M
A2 A0 2 A
Trabaja en otra empresa Si
Nombre de empresa o razón social
109 0 7 6 6 7 2 8
NIT
No
COMERCIALIALIZADORA MADAMI LTDA
Hora labor mes Salario básico mensual
1 A
Cargo
$1.000.000
1 9 2
Teléfono oficina - Extensión
5645563
SECRETARIA
Empresa donde trabaja simultáneamente
Salario básico mensual (otra empresa) o ingreso adicional
X
3. Datos del cónyuge o compañero(a) permanente Tipo doc.
Adición
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
M
Género
A
A
A
Segundo apellido
Trabaja actualmente Si
Caja de Compensación a la cual está afiliado
Sueldo básico mensual
Recibe subsidio actualmente Si
Nacionalidad
M F
A
Independiente
Dependiente
No
Observaciones (Campo exclusivo de Compensar)
No
4. Datos de los beneficiarios (padres, hijos o hermanos) Tipo doc.
X
Fecha de nacimiento
Número de identificación
R C
Retiro
D
Nombres
Primer apellido
D
M
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
PA
X
HE
Género M
XF
Nacionalidad
Segundo apellido
Paulina
Colombiana Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Nombres y apellidos
Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado
Si X
Normalizar
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
PA
HE
Género M
F
Nacionalidad
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Celular Subsidio
Tipo doc.
Si
Normalizar
Número de identificación
D Primer apellido
Nombres
D
M
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
PA
HE
Género M
F
Nacionalidad
Segundo apellido
Aprobado
Nombres y apellidos
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Retiro
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
M
Aprobado Servicios Si
E-mail Adición
D
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
LAPS 15-11-2018
Adición
Si
Normalizar
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
Parentesco
M
A
A
A
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
HI
PA
HE
Género M
F
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado Servicios Si
A
Nacionalidad
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Observaciones
Celular Subsidio
Si
Normalizar
Retener
En caso de ser padre pensionado, afiliado a otra Caja o estar laborando escriba la entidad pensionadora, nombre de la Caja o empresa donde labora: Bajo la gravedad de juramento declaro que este informe ha sido examinado por mi y que todos los datos son exactos. Consiento y autorizo de manera previa, expresa e inequívoca que mis datos personales sean tratados conforme a lo previsto en la Ley 1581 de protección de datos personales, según lo anuncia el presente documento; y que conozco (he leído) el aviso de privacidad, incluido al respaldo de este formato.
Firma y sello del empleador
CC 1.065.815.393
Sello de Revisión
Observaciones Para uso exclusivo de Compensar - Número de documentos aceptados Registro Civil
Declaración Juramentada
Certificado TR. Cónyuge
Certificado Escolaridad
Fotocopia Cédula
Fotocopia Tarjeta Identidad
Certificado EPS
Certificado Discapacidad
Registro Defunción
FOR-PSB-0085
*
Firma del trabajador (a) Tipo y Nº de identificación
Uso exclusivo de Compensar
Fondo de Pensiones Voluntarias Porvenir
N° 123456
Solicitud de Vinculación o Traslado Planes Individuales Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. Nit 800.144.331-3
1. Tipo de Vinculación Marque con (X) el fondo al cual desea vincularse en Porvenir.
x Vinculación Inicial
Fondo Anterior
Traslado
Ciudad
Fecha de Solicitud de Afiliación
Ocaña
2 0 A 2 M 1 M 0 4D 0D 1
2. Datos Básicos
Tipo de Documento T.I C.C x C.E Primer Apellido
R.C
1
Primer Nombre Lugar de Nacimiento
Cargo
A A A
Actividad Económica
Ocupación, oficio o profesión
x
D
Fecha Nacimiento 1 9 9de 6 0 1 1 0
OCAÑA NORTE DE SANTANDER
Actividad Económica (Seleccione sólo una opción entre Independiente o Dependiente)
Dependiente
D
MILEIDY
RINCON
Nacionalidad Colombiana x Otra ¿Cuál?
Independiente
Fecha de Expedición A0 13A/ 04/2014 A A M M Segundo Nombre
OCAÑA
0 9 0 9 7 6 7 2 8
Segundo Apellido
ANGARITA
Género F M
Lugar de Expedición
N° de Documento de Identidad C.D
A
M
M
D
D
Código CIIU
PRESIDENTE 3. Datos de Localización del Afiliado y Datos del Empleador
Ciudad/Municipio
Dirección de Residencia
CLL 4 B 56-96
N° de Teléfono Fijo
3
1 0 0 0 4 5 6 6
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA
Tipo de Documento
Ciudad/Municipio
N° de Identificación
NIT C.C Departamento
NORTE DE SANTANDER
OCAÑA AA
Autorizo a Porvenir S.A. para enviar el extracto de mi cuenta a través del siguiente medio (Marque sólo una) Autorizo a Porvenir S.A. para enviar información del fondo y en general de los productos y servicios que ofrece PORVENIR e información de interés para los afiliados.
Norte de Santander
Mileidyangaritahotmail.com
Nombre o Razón Social del Empleador Tipo de empresa: Privada Publica Mixta Dirección Laboral o Negocio
Departamento
Ocaña
Dirección de Correo Electrónico (e-mail)
N° de Teléfono Celular
N° de Teléfono Fijo
Extensión
Físico
Si marcó físico diligencie la siguiente información (Marque sólo una)
Electrónico
Si marcó electrónico diligencie la siguiente información (Marque sólo una) SMS SI
Residencia
Físico
Si marcó físico diligencie la siguiente información (Marque sólo una)
Electrónico
Si marcó electrónico diligencie la siguiente información (Marque sólo una) SMS SI
Lugar de trabajo NO
Residencia
E-MAIL SI
NO
Lugar de trabajo NO
E-MAIL SI
NO
4. Origen de Fondos
Salarios y/o Prestaciones
Venta de Activos
Honorarios
Ingreso Laboral
Actividad Comercial
Otro ¿Cuál? Si es reconocido, indique en cuál actividad ¿Es usted servidor público? SI NO ¿Es reconocido públicamente? SI NO NO ¿Usted maneja fondos públicos? SI Declaro expresamente y de manera voluntaria que: (i) La información aquí consignada es veraz. (ii) Los recursos provienen de la fuente informada y no son producto de actividades ilícitas, conexas o complementarias descritas en las disposiciones legales vigentes que regulan la materia. (iii) Durante mi vinculación daré estricto cumplimiento a las disposiciones legales vigentes y a las normas legales vigentes y a las disposiciones establecidas en el reglamento del fondo sobre Sistema de Administración de Lavado de Activos y Financiación de Terrorismo (SARLAFT), sus modificaciones y/o adiciones. (iv) Entiendo y acepto que Porvenir S.A. podrá cancelar la afiliación, por el incumplimiento de lo anteriormente descrito y/o por la información errónea, falsa o inexacta que yo hubiera proporcionado en este documento. N° de cuenta Cta. Corriente Total Ingresos laborales Mensuales
$
Total Otros Ingresos Mensuales
$
6. Información Financiera (a la fecha de vinculación) Total Egresos Mensuales
Concepto de Otros Ingresos
- PORVENIR - EMPLEADOR - AFILIADO-
$
Total Activos
$
Total Pasivos
$
Cta. Ahorros
JUL - 14 F-05-AF-CR-05 V:6.0
5. Registro de cuenta para retiros (Exclusivo para el titular)
Nombre del banco
Formato de Afiliación, Adición y Modificación del Trabajador y Grupo Familiar *
1. Datos del trabajador
Campos obligatorios Género
CC
10 9 8 5 6 54 56
Dirección residencia
A8
9A
A
Teléfono fijo
Colombiana
*
*
Ciudad
*
Ocaña
CLL 4 B 5 6- 4 6
*
BARBOSA
Nacionalidad A9
Retener requisitos
Segundo apellido
*
CECILIA
0D 10 M 1 M
Normalizar requisitos
X UL SE VI CA SO Primer apellido
MARTA D1
Uso exclusivo de Compensar
Estado Civil
MF X
Celular
*
3 1 0 0 0 0 4 93 * Correo electrónico * martabarbosartiu@gmail.com
5
6
5
5 8
Para fines comerciales de los servicios brindados por la Caja de Compensación Familiar, autorizo enviarme información comercial, publicitaria o promocional sobre sus servicios, nuevas alianzas o convenios, eventos y/o promociones, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos y todas aquellas actividades asociadas a los servicios sociales de la Caja de Compensación. Autorizo a Compensar el envío de información a través de: E - Mail
Si X
mileidyangarita@gmail.com
*
No
3
Celular
1
5
6
XSi
765893
No
2. Datos del empleador Tipo doc.
Número de identificación
Fecha de ingreso a la empresa
0D 1 1 D 0 M 4 M A2 A0 2 A A Trabaja en otra empresa Si
Nombre de empresa o razón social
109 0 7 6 6 7 2 8
NIT
No
COMERCIALIALIZADORA MADAMI LTDA
Hora labor mes Salario básico mensual
1 9 2
Cargo
$1.000.000
Teléfono oficina - Extensión
5645563
SECRETARIA
Empresa donde trabaja simultáneamente
Salario básico mensual (otra empresa) o ingreso adicional
X
3. Datos del cónyuge o compañero(a) permanente Tipo doc.
Adición
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
M
A
Género A
A
Segundo apellido
Trabaja actualmente Si
Caja de Compensación a la cual está afiliado
Sueldo básico mensual
Nacionalidad
M F
A
Independiente
Dependiente
No
Recibe subsidio actualmente Observaciones (Campo exclusivo de Compensar) Si
No
4. Datos de los beneficiarios (padres, hijos o hermanos) Tipo doc.
X
Fecha de nacimiento
Número de identificación
R C
Retiro
D
Nombres
Primer apellido
D
M
M
A
A
A
A
HI
X
Parentesco
Género
PA
M
HE
XF
Nacionalidad
Segundo apellido
Paulina
Colombiana Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Nombres y apellidos
Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado
Si X
Normalizar
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
M
A
A
A
A
HI
Parentesco
Género
PA
M
HE
F
Nacionalidad
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Celular Subsidio
Tipo doc.
Si
Normalizar
D Primer apellido
Nombres
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
D
M
M
A
A
A
A
HI
Parentesco
Género
PA
M
HE
F
Nacionalidad
Segundo apellido
Aprobado
Nombres y apellidos
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Número de identificación
Retiro
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
M
Segundo apellido
Servicios Si
E-mail Adición
D
Aprobado
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
LAPS 15-11-2018
Adición
Si
Normalizar
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
Beneficiario de pago / Tercero autorizado Nombres y apellidos
D
M
M
A
A
A
A
HI
Parentesco
Género
PA
M
HE
F
Nacionalidad
Segundo apellido
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Retener
Observaciones
Celular Subsidio
Si
Normalizar
Retener
En caso de ser padre pensionado, afiliado a otra Caja o estar laborando escriba la entidad pensionadora, nombre de la Caja o empresa donde labora: Bajo la gravedad de juramento declaro que este informe ha sido examinado por mi y que todos los datos son exactos. Consiento y autorizo de manera previa, expresa e inequívoca que mis datos personales sean tratados conforme a lo previsto en la Ley 1581 de protección de datos personales, según lo anuncia el presente documento; y que conozco (he leído) el aviso de privacidad, incluido al respaldo de este formato.
Observaciones
Firma y sello del empleador
CC 1.065.815.393
Sello de Revisión
-0085
*
Firma del trabajador (a) Tipo y Nº de identificación
Uso exclusivo de Compensar
Formato de Afiliación, Adición y Modificación del Trabajador y Grupo Familiar *
1. Datos del trabajador
Campos obligatorios Género
CC
10 9 8 5 6 54 56
CECILIA
Dirección residencia
9 A
8 A
9A
A
Colombiana
*
Ciudad
*
*
BARBOSA Teléfono fijo
Ocaña
CLL 4 B 5 6- 4 6 *
Retener requisitos
Segundo apellido
*
Nacionalidad
0D 10 M 1 M
Normalizar requisitos
X UL SE VI CA SO Primer apellido
MARTA D1
Uso exclusivo de Compensar
Estado Civil
MF X
Celular
*
3 1 0 0 0 0 4 93 * Correo electrónico * martabarbosartiu@gmail.com
5
6
5
5 8
Para fines comerciales de los servicios brindados por la Caja de Compensación Familiar, autorizo enviarme información comercial, publicitaria o promocional sobre sus servicios, nuevas alianzas o convenios, eventos y/o promociones, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos y todas aquellas actividades asociadas a los servicios sociales de la Caja de Compensación. Autorizo a Compensar el envío de información a través de: E - Mail
Si X
mileidyangarita@gmail.com
*
No
3
Celular
1
5
6
XSi
765893
No
2. Datos del empleador Tipo doc.
Número de identificación
Fecha de ingreso a la empresa
0D 1 D 0 M 4 M
A2 A0 2 A
Trabaja en otra empresa Si
Nombre de empresa o razón social
109 0 7 6 6 7 2 8
NIT
No
COMERCIALIALIZADORA MADAMI LTDA
Hora labor mes Salario básico mensual
1 A
Cargo
$1.000.000
1 9 2
Teléfono oficina - Extensión
5645563
SECRETARIA
Empresa donde trabaja simultáneamente
Salario básico mensual (otra empresa) o ingreso adicional
X
3. Datos del cónyuge o compañero(a) permanente Tipo doc.
Adición
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
M
Género
A
A
A
Segundo apellido
Trabaja actualmente Si
Caja de Compensación a la cual está afiliado
Sueldo básico mensual
Nacionalidad
M F
A
Independiente
Dependiente
No
Recibe subsidio actualmente Observaciones (Campo exclusivo de Compensar) Si
No
4. Datos de los beneficiarios (padres, hijos o hermanos) Tipo doc.
X
Fecha de nacimiento
Número de identificación
R C
Retiro
D
Nombres
Primer apellido
D
M
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
PA
X
HE
Género M
XF
Nacionalidad
Segundo apellido
Paulina
Colombiana Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Nombres y apellidos
Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado
Si X
Normalizar
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
PA
HE
Género M
F
Nacionalidad
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Celular Subsidio
Tipo doc.
Si
Normalizar
Número de identificación
D Primer apellido
Nombres
D
M
Parentesco
M
A
A
A
A
HI
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
PA
HE
Género M
F
Nacionalidad
Segundo apellido
Aprobado
Nombres y apellidos
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Retiro
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
M
Aprobado Servicios Si
E-mail Adición
D
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
LAPS 15-11-2018
Adición
Si
Normalizar
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
Parentesco
M
A
A
A
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
HI
PA
HE
Género M
F
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado Servicios Si
A
Nacionalidad
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Observaciones
Celular Subsidio
Si
Normalizar
Retener
En caso de ser padre pensionado, afiliado a otra Caja o estar laborando escriba la entidad pensionadora, nombre de la Caja o empresa donde labora: Bajo la gravedad de juramento declaro que este informe ha sido examinado por mi y que todos los datos son exactos. Consiento y autorizo de manera previa, expresa e inequívoca que mis datos personales sean tratados conforme a lo previsto en la Ley 1581 de protección de datos personales, según lo anuncia el presente documento; y que conozco (he leído) el aviso de privacidad, incluido al respaldo de este formato.
Firma y sello del empleador
CC 1.065.815.393
Sello de Revisión
Observaciones Para uso exclusivo de Compensar - Número de documentos aceptados Registro Civil
Declaración Juramentada
Certificado TR. Cónyuge
Certificado Escolaridad
Fotocopia Cédula
Fotocopia Tarjeta Identidad
Certificado EPS
Certificado Discapacidad
Registro Defunción
FOR-PSB-0085
*
Firma del trabajador (a) Tipo y Nº de identificación
Uso exclusivo de Compensar
Formato de Afiliación, Adición y Modificación del Trabajador y Grupo Familiar *
1. Datos del trabajador
Campos obligatorios Género
CC
1090766427
AMAYA
Dirección residencia
A9
A8
9A
A
Colombiana
Celular
*
*
3 1 0 0 0 0 4 93 * Correo electrónico * martabarbosartiu@gmail.com
Ciudad
*
*
CONTRERAS Teléfono fijo
Ocaña
CLL 4 B 5 6- 4 6 *
Retener requisitos
Segundo apellido
*
Nacionalidad
0D 10 M 1 M
Normalizar requisitos
X UL SE VI CA SO Primer apellido
LUIS GABRIEL D1
Uso exclusivo de Compensar
Estado Civil
MF X
5
6
5
5 8
Para fines comerciales de los servicios brindados por la Caja de Compensación Familiar, autorizo enviarme información comercial, publicitaria o promocional sobre sus servicios, nuevas alianzas o convenios, eventos y/o promociones, con el fin de impulsar, invitar, dirigir, ejecutar, informar y de manera general, llevar a cabo campañas, promociones o concursos y todas aquellas actividades asociadas a los servicios sociales de la Caja de Compensación. Autorizo a Compensar el envío de información a través de:
Siulleirbag-26hotmail.com
E - Mail
Si X
*
No
3
Celular
1
5
6
XSi
765893
No
2. Datos del empleado Tipo doc.
Número de identificación
Fecha de ingreso a la empresa
Trabaja en otra empresa No
COMERCIALIALIZADORA MADAMI LTDA
Hora labor mes Salario básico mensual
0D 1 1 D 0 M 4 M A2 A0 2 A A Si
Nombre de empresa o razón social
109 0 7 6 6 7 2 8
NIT
Cargo
$1.500.000
1 9 2
Teléfono oficina - Extensión
5645563
TESORERO
Empresa donde trabaja simultáneamente
Salario básico mensual (otra empresa) o ingreso adicional
X
3. Datos del cónyuge o compañero(a) permanente Tipo doc.
Adición
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
M
Género
A
A
A
Segundo apellido
Trabaja actualmente Si
Caja de Compensación a la cual está afiliado
Sueldo básico mensual
Nacionalidad
M F
A
Independiente
Dependiente
No
Recibe subsidio actualmente Observaciones (Campo exclusivo de Compensar) Si
No
4. Datos de los beneficiarios (padres, hijos o hermanos) Tipo doc.
X
Fecha de nacimiento
Número de identificación
R C
Retiro
D
Nombres
Primer apellido
D
M
M
A
A
A
A
HI
X
Parentesco
Género
PA
M
HE
XF
Nacionalidad
Segundo apellido
Paulina
Colombiana Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Nombres y apellidos
Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado
Si X
Normalizar
Fecha de nacimiento
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
M
A
A
A
A
HI
Parentesco
Género
PA
M
HE
F
Nacionalidad
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Celular Subsidio
Tipo doc.
Si
Normalizar
Número de identificación
D Primer apellido
Nombres
D
M
M
A
A
A
A
HI
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
Parentesco
Género
PA
M
HE
F
Nacionalidad
Segundo apellido
Aprobado
Nombres y apellidos
Uso exclusivo de Compensar Observaciones
Servicios Si
Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Retiro
Celular Subsidio
E-mail Tipo doc.
Adición
M
Aprobado Servicios Si
E-mail Adición
D
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
LAPS 15-11-2018
Adición
Si
Normalizar
Número de identificación
D
Retiro Primer apellido
Nombres
D
M
M
A
A
A
Beneficiario de pago / Tercero autorizado
HI
Parentesco
Género
PA
M
HE
F
Uso exclusivo de Compensar
Aprobado Servicios Si
A
Nacionalidad
Segundo apellido
Nombres y apellidos Tipo y No. Identificación
Retener
Fecha de nacimiento
Observaciones
Celular Subsidio
Si
Normalizar
Retener
En caso de ser padre pensionado, afiliado a otra Caja o estar laborando escriba la entidad pensionadora, nombre de la Caja o empresa donde labora: Bajo la gravedad de juramento declaro que este informe ha sido examinado por mi y que todos los datos son exactos. Consiento y autorizo de manera previa, expresa e inequívoca que mis datos personales sean tratados conforme a lo previsto en la Ley 1581 de protección de datos personales, según lo anuncia el presente documento; y que conozco (he leído) el aviso de privacidad, incluido al respaldo de este formato.
Firma y sello del empleador
CC 1.065.815.393
Sello de Revisión
Observaciones Para uso exclusivo de Compensar - Número de documentos aceptados Registro Civil
Declaración Juramentada
Certificado TR. Cónyuge
Certificado Escolaridad
Fotocopia Cédula
Fotocopia Tarjeta Identidad
Certificado EPS
Certificado Discapacidad
Registro Defunción
FOR-PSB-0085
*
Firma del trabajador (a) Tipo y Nº de identificación
Uso exclusivo de Compensar
FORMUL ARI O ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES
AL SGSSS
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Fecha de Radicación
CÓDIGO 005, República
0 1 0 4 2 0 2 1 1 M M A A A A D 0 1
NIT. 800.251.440-6 de Colombia - SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
I - DATOS DEL TRÁMITE (Lea las instrucciones que se encuentran anexas al formulario antes de diligenciarlo) 1. Tipo de trámite
A. Afiliación
x
2. Tipo de Afiliación
- Cotizante
x
B. Cabeza
de Familia
C. Beneficiario
x
A. Contributivo B. Subsidiado
Código
x
A. Dependiente
3. Régimen
D. De Oficio
C. Institucional
5. Tipo de cotizante
A. AFILIACIÓN II - DATOS BÁSICOS DE IDENTIFICACIÓN 6. Apellidos
B. Colectiva
- Beneficiario o Afiliado adicional
4. Tipo de afiliado A. Cotizante
x
o Cabeza de Familia
A. Individual
B. Reporte de Novedades
B. Independiente
C. Pensionado
(a registrar por la EPS)
(del cotizante o cabeza de familia)
y nombres
Sánchez
Jaime
Primer apellido 7. Tipo de document o de identidad
Natalia
Segundo apellido 8. Número del documento de identidad
CONTRERAS 1.065.815.393
Cédula de ciudadanía
AMAYA
Andrea
Primer nombre 9. Sexo Femenino
Segundo nombre
x
Masculino
LUIS
III - DATOS COMPLEMENTARIOS
10. Fecha de nacimiento
D 23 D M 0 M 9 A1 A 9 A 9 A 5
GABRIEL
Datos personales 11. Etnia
12. Discapacidad Tipo
15. Administrad ora
de Riesgos
Laborales
F
N
- ARL
13. Puntaje SISBÉN Condición
M
16. Administradora
ARL Sura 18. Residencia
T
14. Grupo de población
especial
P
de Pensiones
17. Ingreso Base de Cotización
- IBC
Porvenir Dirección
Teléfono Fijo
Cra24 # 2ª – 18
Correo Electrónico
najaimes@ufpso.edu.co
317 8869169
Municipio / Distrito
Zona Urbana
Ocaña
Teléfono Celular Localidad / Comuna
x
Rural
Departamento
Norte de Santander
Barrio Nueva España
IV - DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIAR (datos básicos de identificación del cónyuge o compañero(a) permanente cotizante) 19. Apellidos
y nombres
Primer apellido 20. Tipo de document o de identidad
Segundo apellido 21. Número del document o de identidad
Primer nombre 22. Sexo Femenino
Segundo nombre Masculino
23. Fecha de nacimiento
D D M M A A A A
Datos básicos de identificación de los beneficiarios y de los afiliados adicionales 24. Apellidos
y nombres Primer apellido
Segundo apellido
Primer nombre
Segundo nombre
B1 B2 B3 B4 B5 25. Tipo de document o
de identidad
26. Número document o
27. Sexo
de identidad
Femenino
28. Fecha
de nacimiento
Masculino
B1
D
D
M
M
A
A
A
A
B2
D
D
M
M
A
A
A
A
B3
D
D
M
M
A
A
A
A
B4
D
D
M
M
A
A
A
A
B5
D
D
M
M
A
A
A
A
Datos complementarios 29. Parentesco
30. Etnia
31. Discapacidad
Tipo F
N
Condición M
T
P
B1 B2 B3 B4 B5
32. Datos de residencia
33. Valor de la UPC del afiliado adicional Zona
Municipio / Distrito Urbana
Teléfono fijo y/o Celular
Departamento Rural
(A registrar por la E.P.S.)
B1 B2 B3 B4 B5
Selección de la I.P.S. Primaria 34. Nombre de la Institución Prestadora de Servicios
Código de la IPS (A registrar por la E.P.S.)
de Salud - IPS
C B B B V. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEADOR Y OTROS APORTANTES O DE LAS ENTIDADES RESPONSABLES DE LA AFILIACIÓN COLECTIVA, INSTITUCIONAL O DE OFICIO 35. Nombre o razón social
RK&N BURGER LTDA 39. Ubicación
Dirección
Carrera 12 # 9 -74 Local 207
36. Tipo de document o
N
Teléfono Fijo
5645563
I
T
de identificació n
37. Número del documento
de identificación
38. Tipo de Aportante o Pagador (A registrar por la E.P.S.)
800.505.922-7 Correo Electrónico
Rk&nburger@gmail.com
Municipio / Distrito
Ocaña
Departamento
Norte de S/der
FORMULARI O ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES AL SGSSS
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Fecha de Radicación
CÓDIGO 005, República
0 1 0 4 2 0 2 1 1 M M A A A A D 0 1
NIT. 800.251.440-6 de Colombia - SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
I - DATOS DEL TRÁMITE (Lea las instrucciones que se encuentran anexas al formulario antes de diligenciarlo) 1. Tipo de trámite
A. Afiliación
x
2. Tipo de Afiliación
x
B. Colectiva
- Beneficiario o Afiliado adicional
4. Tipo de afiliado A. Cotizante
x
- Cotizante o Cabeza de Familia A. Individual
B. Reporte de Novedades
C. Beneficiario
x
A. Dependiente
x
A. Contributivo B. Subsidiado
Código
5. Tipo de cotizante B. Cabeza de Familia
3. Régimen
D. De Oficio
C. Institucional
B. Independiente
C. Pensionado
(a registrar por la EPS)
A. AFILIACIÓN II - DATOS BÁSICOS DE IDENTIFICACIÓN (del cotizante o cabeza de familia) 6. Apellidos
y nombres
ANGARITA
Sánchez RINCON
Jaime
Primer apellido 7. Tipo de document o de identidad
Natalia MILEIDY Primer nombre
Segundo apellido 8. Número del documento de identidad
Cédula de ciudadanía
Andrea
Segundo nombre
9. Sexo Femenino
1.065.815.393
x
Masculino
10. Fecha de nacimiento
D 23 D M 0 M 9 A1 A 9 A 9 A 5
III - DATOS COMPLEMENTARIOS Datos personales 11. Etnia
12. Discapacidad Tipo
15. Administrad ora
F
N
de Riesgos Laborales - ARL
13. Puntaje SISBÉN Condición
M
16. Administradora
ARL Sura 18. Residencia
T
14. Grupo de población especial
P
de Pensiones
17. Ingreso Base de Cotización - IBC
Porvenir Dirección
Teléfono Fijo
Cra24 # 2ª – 18
Correo Electrónico
najaimes@ufpso.edu.co
317 8869169
Municipio / Distrito
Zona Urbana
Ocaña
Teléfono Celular
x
Localidad / Comuna Rural
Departamento
Norte de Santander
Barrio Nueva España
IV - DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIAR (datos básicos de identificación del cónyuge o compañero(a) permanente cotizante) 19. Apellidos
y nombres
Primer apellido 20. Tipo de document o de identidad
Segundo apellido 21. Número del document o de identidad
Primer nombre 22. Sexo Femenino
Segundo nombre Masculino
23. Fecha de nacimiento
D D MM A A A A
Datos básicos de identificación de los beneficiarios y de los afiliados adicionales 24. Apellidos
y nombres Primer apellido
Segundo apellido
Primer nombre
Segundo nombre
B1 B2 B3 B4 B5 25. Tipo de document o
de identidad
27. Sexo
26. Número document o de identidad
Femenino
28. Fecha de nacimiento Masculino
B1
D
D
M M
A
A
A
A
B2
D
D
M M
A
A
A
A
B3
D
D
M M
A
A
A
A
B4
D
D
M M
A
A
A
A
B5
D
D
M M
A
A
A
A
Datos complementarios 29. Parentesco
30. Etnia
31. Discapacidad
Tipo F
N
Condición M
T
P
B1 B2 B3 B4 B5
32. Datos de residencia
33. Valor de la UPC del afiliado adicional Zona
Municipio / Distrito Urbana
Teléfono fijo y/o Celular
Departamento Rural
(A registrar por la E.P.S.)
B1 B2 B3 B4 B5
Selección de la I.P.S. Primaria Código de la IPS (A registrar por la E.P.S.)
34. Nombre de la Institución Prestadora de Servicios de Salud - IPS C B B B
V. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEADOR Y OTROS APORTANTES O DE LAS ENTIDADES RESPONSABLES DE LA AFILIACIÓN COLECTIVA, INSTITUCIONAL O DE OFICIO 35. Nombre o razón social
RK&N BURGER LTDA 39. Ubicación
Dirección
Carrera 12 # 9 -74 Local 207
36. Tipo de document o de identificació n
N
Teléfono Fijo
5645563
I
T
37. Número del documento
de identificación
38. Tipo de Aportante o Pagador (A registrar por la E.P.S.)
800.505.922-7 Correo Electrónico
Rk&nburger@gmail.com
Municipio / Distrito
Ocaña
Departamento
Norte de S/der
FORMULARI O ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES AL SGSSS
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Fecha de Radicación
CÓDIGO 005, República
0 1 0 4 2 0 2 1 M M A A A A 1 1 0 D
NIT. 800.251.440-6 de Colombia - SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
I - DATOS DEL TRÁMITE (Lea las instrucciones que se encuentran anexas al formulario antes de diligenciarlo) 1. Tipo de trámite
A. Afiliación
x
2. Tipo de Afiliación
x
Código
x
A. Dependiente
C. Beneficiario
B. Independiente
GRCIA
BARBOSA
Jaime
MARTA
Cédula de ciudadanía
CECILIA
Andrea
Natalia
Sánchez
Segundo nombre
Primer nombre 9. Sexo
Segundo apellido 8. Número del documento de identidad
Primer apellido 7. Tipo de document o de identidad
(a registrar por la EPS)
C. Pensionado
A. AFILIACIÓN II - DATOS BÁSICOS DE IDENTIFICACIÓN (del cotizante o cabeza de familia) 6. Apellidos y nombres
x
A. Contributivo B. Subsidiado
C. Institucional
5. Tipo de cotizante B. Cabeza de Familia
3. Régimen
D. De Oficio
B. Colectiva
- Beneficiario o Afiliado adicional
4. Tipo de afiliado A. Cotizante
x
- Cotizante o Cabeza de Familia A. Individual
B. Reporte de Novedades
Femenino
1.065.815.393
x
Masculino
10. Fecha de nacimiento
5 9 A 9 A1 A9 A 0M 2 3D M D
III - DATOS COMPLEMENTARIOS Datos personales Tipo 15. Administrad ora
F
N
Condición
M
T
P 17. Ingreso Base de Cotización - IBC
de Pensiones
16. Administradora
de Riesgos Laborales - ARL
Porvenir
ARL Sura 18. Residencia
14. Grupo de población especial
13. Puntaje SISBÉN
12. Discapacidad
11. Etnia
Cra24 # 2ª – 18
najaimes@ufpso.edu.co
317 8869169
Urbana
x
Departamento
Localidad / Comuna
Zona
Municipio / Distrito
Ocaña
Correo Electrónico
Teléfono Celular
Teléfono Fijo
Dirección
Rural
Norte de Santander
Barrio Nueva España
IV - DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIAR (datos básicos de identificación del cónyuge o compañero(a) permanente cotizante) 19. Apellidos y nombres
Primer apellido 20. Tipo de document o de identidad
Primer nombre 22. Sexo Femenino
Segundo apellido 21. Número del document o de identidad
Segundo nombre Masculino
23. Fecha de nacimiento
D D MM A A A A
Datos básicos de identificación de los beneficiarios y de los afiliados adicionales 24. Apellidos y nombres Primer apellido
Segundo nombre
Primer nombre
Segundo apellido
B1 B2 B3 B4 B5 25. Tipo de document o
de identidad
28. Fecha de nacimiento
27. Sexo
26. Número document o de identidad
Femenino
Masculino
B1
D
D
M M
A
A
A
A
B2
D
D
M M
A
A
A
A
B3
D
D
M M
A
A
A
A
B4
D
D
M M
A
A
A
A
B5
D
D
M M
A
A
A
A
Datos complementarios 31. Discapacidad
30. Etnia
29. Parentesco
Condición
Tipo F
N
M
T
P
B1 B2 B3 B4 B5
32. Datos de residencia
33. Valor de la UPC del afiliado adicional Zona
Municipio / Distrito
Teléfono fijo y/o Celular
Departamento Rural
Urbana
(A registrar por la E.P.S.)
B1 B2 B3 B4 B5
Selección de la I.P.S. Primaria Código de la IPS (A registrar por la E.P.S.)
34. Nombre de la Institución Prestadora de Servicios de Salud - IPS C B B B
V. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEADOR Y OTROS APORTANTES O DE LAS ENTIDADES RESPONSABLES DE LA AFILIACIÓN COLECTIVA, INSTITUCIONAL O DE OFICIO 35. Nombre o razón social
RK&N BURGER LTDA 39. Ubicación
Dirección
Carrera 12 # 9 -74 Local 207
36. Tipo de document o de identificació n
N
Teléfono Fijo
5645563
I
T
37. Número del documento
de identificación
38. Tipo de Aportante o Pagador (A registrar por la E.P.S.)
800.505.922-7 Correo Electrónico
Rk&nburger@gmail.com
Municipio / Distrito
Ocaña
Departamento
Norte de S/der
que es una cuenta de ahorros
Es l cuenta bancaria transaccional mas básica ofrecida por bancos, cooperativas de créditos. Estas cuentas generalmente están destinadas a servir como una cuenta de transacciones.
Cuenta corriente:
Es un contrato entre una persona, empresa y un banco, mediante la cual el primero deposita dinero, queda claro que el contrato obliga al cliente a mantener dinero en la cuenta o bien pagar la línea de crédito cuando haya sido ocupada.
01 de abril de 2021
Señores banco de Bogotá
Cordial saludo
Por medio de la presente, COMERCIALIZADORA MADDAMI LTDA, con número de identificación 800976543-2 deseo solicitarles de la manera más atenta la apertura de la cuenta corriente en este importante banco. Sin más por el momento, les reitero mi interés por abrir la cuenta anteriormente mencionada. Asimismo, anexo los documentos solicitados para realizar el trámite, que son los siguientes:
Atentamente:
MILEIDY ANGARITA RINCON
1090976728
REPRESENTANTE LEGAL
1.090.976.728 ANGRITA RINCON C:\Users\CRISTIAN\Desktop\DOSSIER LABORATORIO CONTABLE\carta banco.docx
MILEIDY MILEIDY ANGARITA
REFERENCIA BANCARIA
El BANCO DE BOGOTÁ a solicitud del interesado informa que Mileidy Angarita Rincón identificado(a) con Cedula de ciudadanía número 1.090.976.728 Como representante legal de COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA está vinculado(a) con el BANCO DE BOGOTÁ a través de los siguientes productos financieros:
Cuentas de Corriente No. 446328270, abierta/o desde el 04/2021 Se expide en Ocaña el día 02 del
mes de abril del año 2021 con destino a: A quién le interese
Luis Felipe arias
CONTABILIZACION
El 01 de abril de 2021 se constituye la empresa COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA dedicada a la fabricación y comercialización de vestidos de dama. CODIGO
CUENTA
PARCIAL
1101
CAJA
110101.01
Caja general
310301.01
Luis Gabriel Amaya
20.000.000
310301.02
Marta Cecilia Barbosa
20.000.000
310301.03
Mileidy Angarita Rincón
20.000.000
3103
APORTES SOCIALES
DEBE
HABER
60.000.000
60.000.000
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No7645235.
FECHA: 01-ABRIL 2021 CONCEPTO: Aporte de Socio 1. LUIS GABRIEL AMAYA
A FAVOR DE: COMERCIALIZADORA MaDAMI LTDA
Saldo anterior
CHEQUE No. 7645235 FECHA: 1 abril 2021
$20.000.000=
PÁGUESE A LA ORDEN DE: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA -------------------
--------------------------------------LA SUMA DE: VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE.------------------------------------------------------------_________________________________________________________________________________
Consignación
Luis Gabriel Amaya
Suma -este cheque Saldo que pasa
CUENTA No. N° 44678920
$20.000.000=
RECIBO DE CAJA No.
0001
Recibido de: Luis Gabriel Amaya Ciudad: Ocaña Norte de Santander Dirección: Barrio Santa Clara La suma (en letras): veinte millones de pesos m/cte----------------------------------------------------------------------------------------Por concepto de: Aportes sociales. 2000 cuotas de valor nominal de $10.000 pesos cada una.
Cheque No.
CODIGO 1101 3103
7645235 Banco: x
Banco caja Bogotá
CUENTAS CAJA APORTES SOCIALES
Firma y Sello. Luis Gabriel
Sucursal: Ocaña
DEBITOS $
Efectivo:
Váuchers:
CREDITOS
Cajero:
20.000.000 $ 20.000.000
Cédula: No:
Nit:
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352967
CUENTA No. N° 44678920
CHEQUE No. 310047 FECHA: 01-ABRIL 2021 CONCEPTO: Aporte de Socio 2 MARTA CECILIA BARBOSA
$20.000.000=
FECHA: 1 abril 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA -------------------------------------------------
---------
A FAVOR DE: COMERCIALIZADORA MaDAMI LTDA
LA SUMA DE: VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE.-------------------------------------------------------------Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Marta Cecilia Barbosa García
Suma -este cheque Saldo que pasa
$20.000.000=
RECIBO DE CAJA No.
0002
Recibido de: Marta Cecilia Barbosa García Ciudad: Ocaña Norte de Santander Dirección: Barrio Santa Clara La suma (en letras): veinte millones de pesos m/cte----------------------------------------------------------------------------------------Por concepto de: Aportes sociales. 2000 cuotas de valor nominal de $10.000 pesos cada una.
Cheque No.
CODIGO 1101 3103
0352967 Banco: x
Banco caja Bogotá
CUENTAS CAJA APORTES SOCIALES
Sucursal: Ocaña
DEBITOS $
Efectivo:
Váuchers:
CREDITOS
Cajero:
20.000.000 $ 20.000.000
Firma y Sello.
Cédula: No:
Marta Cecilia Barbosa
Nit:
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352967
CUENTA No. N° 44678920
CHEQUE No. 0352967 FECHA: 01-ABRIL 2021 CONCEPTO: Aporte de Socio 3 MILEIDY ANGARITA RINCON
$20.000.000=
FECHA: 1 abril 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA -----------------------------------------
-----------------
A FAVOR DE: COMERCIALIZADORA MaDAMI LTDA
LA SUMA DE: VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE.------------------------------------------------------------Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$20.000.000=
RECIBO DE CAJA No.
0003
Recibido de: Marta Cecilia Barbosa Garcìa Ciudad: Ocaña Norte de Santander Dirección: Barrio Santa Clara La suma (en letras): veinte millones de pesos m/cte.----------------------------------------------------------------------------------------Por concepto de: Aportes sociales. 2000 cuotas de valor nominal de $10.000 pesos cada una.
Cheque No.
CODIGO 1101 3103
0352967 Banco: x
CUENTAS CAJA APORTES SOCIALES
Firma y Sello. Marta Barbosa
Banco caja Bogotá
Sucursal: Ocaña
DEBITOS $
Efectivo:
CREDITOS
Váuchers: Cajero:
20.000.000 $ 20.000.000
Cédula: No:
Nit:
01 de abril de 2021 se genera comprobante de contabilidad con los aportes de lo 3 socios.
COMPROBANTE DE CONTABILIDAD 001 No. FECHA: CODIGO
CUENTAS
01 de abril del 2021 No.
APERTURA PARCIALES
1101 CAJA 110101.01 Caja general
DEBITOS
CREDITOS
$60.000.000
Aporte social Luis Gabriel Amaya N RC 001 Aporte social Marta Cecilia Barbosa según RC 002 Aporte Social Mileidy Angarita Rincón según RC 003 3115
Aportes sociales Aporte social Luis Gabriel Amaya según 311505.01 RC 001 Aporte Social Marta Cecilia Barbosa 311505.02 Según RC 002 Aporte social Mileidy Angarita Rincón 311505.03 RC 003
PREPARADO
REVISADO
MARCELA
JIMENA
$20.000.000 $20.000.000 $20.000.0000
60.000.000
$60.000.000
$20.000.000 $20.000.000 $20.000.000
SUMAS IGUALES APROBADO
GRACIELA
$60.000.000
$60.000.000
$60.000.000
$60.000.000
CONTABILIZADO AUXILIAR DIARIO
pedro
El 01 de abril d 2021 Se efectúa el pago del registro mercantil ante la cámara de comercio de Ocaña por valor de $900.000 según comprobante de egreso y factura de compra 001. CODIGO
CUENTA
PARCIAL
5108
GASTOS LEGALES
510801.01
Registro mercantil
900.000
1101
CAJA
900.000
110101
Caja general
900.000
DEBE
HABER
900.000
900.000
COMPROBANTE DE EGRESO
No. 0001 CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. FECHA:01 abril 2021 Valor: $900.000= PAGADO A: Cámara de comercio C.C./ N.I.T.77.456.879-3 DIRECCIÓN: San Agustín La suma de (en letras) novecientos mil pesos/Cte.--------------------------------------------------------------------------Por concepto. Pago de registro mercantil CODIGO CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS 510802.01 Registro mercantil $900.000 110101 Caja general $900.000
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO MARCELA
EFECTIVO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO
Cámara de comercio Ocaña
REVISADO PATRICIA
C.C. / N.I.T.800.054.852-3 FECHA RECIBIDO: APROBADO JIMENA
CONTABILIZADO PEDRO
El 01 de abril se efectúa el pago ante el cuerpo de bomberos CODIGO
CUENTA
PARCIAL
5108
GASTOS LEGALES
510801.02
Bomberos
120.000
1101
CAJA
120.000
110101
Caja general
120.000
DEBE
HABER
120.000
120.000
COMPROBANTE DE EGRESO
No. 0002 CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. FECHA:01 abril 2021 Valor: $120.000= PAGADO A: Cuerpo de Bomberos C.C./ N.I.T.77.456.879-3 DIRECCIÓN: La gloria La suma de (en letras) ciento veinte mil pesos/Cte.--------------------------------------------------------------------------Por concepto. Pago de bomberos CODIGO CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS 510802.02 Cuerpo de bomberos $120.000 110101 Caja general $120.000
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO MARCELA
EFECTIVO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO x
Cuerpo de bomberos
REVISADO PATRICIA
C.C. / N.I.T.801.034.852-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO JIMENA
CONTABILIZADO PEDRO
El 01 de abril de 2021 se efectúa el pago de Sayco y acimpro según comprobante de egreso 003 CODIGO
CUENTA
PARCIAL
5108
GASTOS LEGALES
510801.03
Sayco y Acimpro
198.000
1101
CAJA
198.000
110101
Caja general
198.000
DEBE
HABER
198.000
198.000
COMPROBANTE DE EGRESO
No. 0003 CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. FECHA:01 abril 2021 Valor: $120.000= PAGADO A: Sayco y acimpro C.C./ N.I.T.77.456.879-3 DIRECCIÓN: La gloria La suma de (en letras) ciento veinte mil pesos/Cte.--------------------------------------------------------------------------Por concepto. Pago de registro de Sayco y acimpro CODIGO CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS 510802.03 Sayco y acimpro $120.000 110101 Caja general $120.000
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO MARCELA
EFECTIVO FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO x
Sayco y acimpro
REVISADO PATRICIA
C.C. / N.I.T.801.086.852-0 FECHA RECIBIDO: APROBADO JIMENA
CONTABILIZADO PEDRO
El 01 de abril de 2021 se efectúa el pago del uso del suelo según comprobante de egreso 0004
CODIGO
CUENTA
PARCIAL
5108
GASTOS LEGALES
510801.04
Uso del suelo
60.000
1101
CAJA
60.000
110101
Caja general
60.000
DEBE
HABER
60.000
60.000
COMPROBANTE DE EGRESO
No. 0004 CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. FECHA:01 abril 2021 Valor: $60.000= PAGADO A: secretaria de hacienda C.C./ N.I.T.77.456.879-3 DIRECCIÓN: Ocaña La suma de (en letras) sesenta mil pesos/Cte.--------------------------------------------------------------------------Por concepto. Pago de uso del suelo CODIGO CONCEPTO DÉBITOS 510802.04 Secretaria de hacienda $60.000 110101 Caja general
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO MARCELA
CREDITOS $60.000
EFECTIVO x FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO
Secretaria de Hacienda
REVISADO PATRICIA
C.C. / N.I.T.801.086.852-0 FECHA RECIBIDO: APROBADO JIMENA
CONTABILIZADO PEDRO
El 02 de abril de 2021 se efectúa la apertura de la cuenta corriente en el banco de Bogotá nº 446328270 por$ 50.000.000 según comprobante de egreso 005 y recibo de consignación. CODIGO
CUENTA
PARCIAL
1102
BANCO
110201.01
Banco de Bogotá
55.000.000
1101
CAJA
55.000.000
110101
Caja general
55.000.000
DEBE
HABER
55.000.000
55.000.000
NOTA DE CONTABILIDAD N.º 001
No.
0001
DIA :02
MES: 04
DETALLE: Apertura de cuenta corriente La suma de (en letras) sesenta mil pesos/Cte.--------------------------------------------------------------------------Por concepto. Pago de uso del suelo CODIGO CONCEPTO PARCIAL DÉBITOS 1102 BANCO 55.000.000 Banco de Bogotá 110202 55.000.000 1101 CAJA 110101.01 Caja general 55.000.000
PREPARADO MARCELA
REVISADO PATRICIA
C.C. / N.I.T.801.086.852-0 FECHA RECIBIDO: APROBADO JIMENA
AÑO: 2021
CREDITOS
55.000.000
CONTABILIZADO PEDRO
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352967
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352967 FECHA: 01-ABRIL 2021 CONCEPTO: Apertura de cuenta de ahorro
$55.000.000=
FECHA: 2 abril 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA -----------------------------------------
-----------------
A FAVOR DE: BANCO DE BOGOTA
LA SUMA DE: SINCUENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE.------------------------------------------------------------Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$55.000.000=
COMPROBANTE DE EGRESO
No. 0005 FECHA:012abril 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. Valor: $55.00.000= PAGADO A: Banco de Bogotá C.C./ N.I.T.77.456.879-3 DIRECCIÓN: Ocaña La suma de (en letras) cincuenta y cinco millones de pesos M/Cte.-------------------------------------------------------------------------Por concepto. Pago de uso del suelo CODIGO CONCEPTO DÉBITOS CREDITOS 110201 Banco de Bogotá $55.000.000 110101.01 Caja general $55.00.000
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
EFECTIVO x FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO
Banco de Bogotá
REVISADO
C.C. / N.I.T.801.086.852-0 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
1. El Banco De Bogotá entrega una chequera de 50 cheques a la empresa por valor de $ 480.000, el cual será descontado de su cuenta bancaria. Nota de Contabilidad No. 002 CODIGO 5305
CUENTA Gastos bancarios
530505.01 Compra chequera 1102
PARCIAL
HABER
$ 480.000 $ 480.000
Moneda nacional
110201.01 Banco Bogotá
DEBE
$ 480.000 $ 480.000
NOTA DE CONTABILIDAD No. 0002
DETALLE:
FECHA DIA: 02
MES: 04
AÑO: 2021
Chequera
CODIGO 5305 530505.01 1102 111005.01
ACOMPAÑESE SIEMPRE DOCUMENTO DE PRUEBA CUENTAS No. PARCIALES DEBITOS Gastos bancarios $ 480.000 compra chequera $ 480.000 Moneda nacional Banco Colombia $ 480.000 PREPARADO
REVISADO
MARCELA
JIMEN
APROBADO GRACIEL
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
PEDRO
1.920 1920
1.920
$ 480.000
CONTABILIZADO
4 X 100 5305
CREDITOS
1.920
El 03 de abril de 2021 la empresa cancela arrendamiento por valor de $577.500 según cheque No. 0352968
CODIGO
CUENTA
5104
ARRENDAMIENTO
510401.01
Arrendamiento
6111
ACTIVIDADES INMOVILIARIAS EMPRESARIALES Y DE ALQUILER
611102.01
Inmobiliaria por retribución o contrata
2404
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR.
240401.01
IVA descontable
2422
Retención en la fuente
242206.01
Arrendamiento
1102
BANCO
110201.01
Banco de Bogotá
PARCIAL
DEBE
HABER
$ 400.000 $ 400.000 $100.000
$100.000 $95.0000 $95.000 $17.500 $17.500 $577.500 $577.500
COMPROBANTE DE EGRESO
No. 0006 FECHA:03bril 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. Valor: $577.500= PAGADO A: Inmobiliaria Drimobiliaria C.C./ N.I.T.77.456.879-3 DIRECCIÓN: Ocaña La suma de (en letras) quinientos setenta y siete mil pesos M/Cte.--------------------------------3-----------------------------------------Por concepto. Pago de arriendo CONCEPTO CODIGO PARCIAL PARCIAL DÉBITOS CREDITOS 5104 ARRENDAMIENTO $400.000 510401.01 Arrendamiento $ 400.000 ACTIVIDADES INMOVILIARIAS EMPRESARIALES Y DE ALQUILER
6111 611002.01
Inmobiliaria por retribución o contrata
$100.000
2404 240401.01 2422 242206.01 1102 110201.01
IMPUSTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR IVA DESCOTABLE RETENCION EN LA FUENTE Arrendamiento BANCO Banco de Bogotá
CHEQUE No.
001 Banco de Bogotá
BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
$100.000
100.000 $95.000 95.000 $17.500 $17.500 $577.500 $577.500
EFECTIVO x FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO Inmobiliaria Drimobiliaria
PREPARADO
C.C. / N.I.T.901.086.852-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
REVISADO
CONTABILIZADO
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
2.310 2310
2.310
2.310
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352967
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352968 FECHA: 01-ABRIL 2021 CONCEPTO: PAGO DE ARRENDAMIENTO
$577.500=
FECHA: 3 abril 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: INMOBILIARIA DIMOVILIAR ----------------------------------------------------
------
A FAVOR DE: BANCO DE BOGOTA
LA SUMA DE: QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE.------------------------------------------------------------Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$577.500=
El 03 de mayo de 2021 la empresa cancela arrendamiento por valor de $577.500 según cheque No. 0352968 CODIGO
CUENTA
5104
ARRENDAMIENTO
510401.01
Arrendamiento
6111
ACTIVIDADES INMOVILIARIAS EMPRESARIALES Y DE ALQUILER
611102.01
Inmobiliaria por retribución o contrata
2404
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR.
240401.01
IVA descontable
2422
Retención en la fuente
242206.01
Arrendamiento
1102
BANCO
110201.01
Banco de Bogotá
PARCIAL
DEBE
HABER
$ 400.000 $ 400.000 $100.000
$100.000 $95.0000 $95.000 $17.500 $17.500 $577.500 $577.500
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0007 FECHA:03 mayo 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. Valor: $577.500= PAGADO A: Inmobiliaria Drimobiliaria C.C./ N.I.T.77.456.879-3 DIRECCIÓN: Ocaña La suma de (en letras) quinientos setenta y siete mil pesos M/Cte.--------------------------------3------------------------------------------Por concepto. Pago de arriendo CONCEPTO CODIGO PARCIAL PARCIAL DÉBITOS CREDITOS 5104 ARRENDAMIENTO $400.000 510401.01 Arrendamiento $ 400.000 ACTIVIDADES INMOVILIARIAS EMPRESARIALES Y DE ALQUILER
6111 611002.01
Inmobiliaria por retribución o contrata
$100.000
2404 240401.01 2422 242206.01 1102 110201.01
IMPUSTO SOBRE LAS VENTAS POR PAGAR IVA DESCOTABLE RETENCION EN LA FUENTE Arrendamiento BANCO Banco de Bogotá
CHEQUE No.
001 Banco de Bogotá
BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
$100.000
100.000 $95.000 95.000 $17.500 $17.500 $577.500 $577.500
EFECTIVO x FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO Inmobiliaria Drimobiliaria
PREPARADO
C.C. / N.I.T.901.086.852-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
REVISADO
CONTABILIZADO
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
2.310 2310
2.310
2.310
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352968
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352968 FECHA: 01-MAYO 2021 CONCEPTO: PAGO DE ARRENDAMIENTO
$577.500=
FECHA: 3 MAYO 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: INMOBILIARIA DIMOVILIAR ----------------------------------------------------
------
A FAVOR DE: BANCO DE BOGOTA
LA SUMA DE: QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE.------------------------------------------------------------Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$577.500=
El 3 de abril de 2021 se realiza la cotización de muebles para oficina y mesas para la fábrica en
COTIZACION FECHA: 03 de abril de 2021 Nº 5835
REFERENC. 051236 051238 253698 253699
DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O ACCESORIOS ESCRITORIO SILLAS GIRATORIAS ARCHIVADORES MESAS
CANTIDAD 3
3 9 6
V/R UNITARIO $230.000 $220.000 $120.000 $120.000
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $ OBSERVACIONES: ESTA COTIZACION TIENE VALIDEZ DE 8 DIAS.
la mueblería muebles herrera.
V/R TOTAL $ 690.000 $ 660.000 $1.080.000 $ 720.000
$3.150.000 $598.500 $3.748.500
El 04 de abril se realiza la compra de muebles para oficina y mesas para la fábrica en la mueblería muebles herrera, se paga con cheque N.º 0352969 y comprobante de egreso
FACTURA DE VENTA
No. 4520
VENDIDO A:
FECHA: 04 de abril de 2021 CIUDAD: Ocaña VENDEDOR: Andrea Tatiana Pino
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA. C.C./N.I.T: 800.989.343 - 4
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CRÉDITO
LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FINANCIAC. PERIODO DE LA CUOTA: No. Cuotas SALDO
VALOR DE LA CUOTA: DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O REFERENC. ACCESORIOS ESCRITORIO 051236 SILLAS GIRATORIAS 051238 ARCHIVADORES 253698 MESAS 253699
CANTIDAD
SON (En letras): Tres millones setecientos cuarenta y ocho mil quinientos pesos m/cte.
OBSERVACIONES:
3
3 9 6
V/R UNITARIO $230.000 $220.000 $120.000 $120.000
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL $ 690.000 $ 660.000 $1.080.000 $ 720.000
$3.150.000 $598.500 $3.748.500
PARA SU COMODIDAD Y CUMPLIMIENTO, FAVOR CONSIGNAR EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANCO BOGOTA CTA CTE. No. 102314670 - Banco Bogotá CTE No. 46512350760 BANCOLOMBIA CTA AHORROS 2057- 8034941
El o4 de abril la empresa realiza el pago de la factura a MUEBLES HERRERA con cheque.
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352969
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352969 FECHA: 03-ABRIL 2021 CONCEPTO: PAGO DE MUEBLES A FAVOR DE: BANCO DE BOGOTA
$3.748.500=
FECHA: 4ABRIL DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: MUEBLES HERRERA ---------------------------------------------------------LA SUMA DE: TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE.--------------------------------------------------------------
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$3.748.500=
Código
Descripción
1508
EQUIPO DE OFICINA
1508.01.01
Muebles herrera
1110
BANCO
111005,01
Parcial
Debe $3.748.500
$3.748.500 $3.748.500
Banco de Colombia
$$3.748.500
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
Haber
14.994 14.994
14.994
14.991
COMPROBANTE DE EGRESO
No.
0008
Valor: $ 3.748.500= CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. FECHA:04 abril 2021 PAGADO A: MUEBLES HERRERA C.C./ N.I.T.77.456.879-3 DIRECCIÓN: Ocaña La suma de (en letras) La Suma De: Tres Millones Setecientos Cuarenta Y Ocho Mil Quinientos Pesos M/Cte.-------------------------------------------------------------C M/Cte.--------------------------------------------------------------------------Por concepto. Pago de muebles CODIGO CONCEPTO PARCIAL DÉBITOS CREDITOS 1508 EQUIPO DE OFICINA $3.748.500 150801,01 Muebles herrera $3.748.500 $3.748.500
1110 111005,01
BANCO Banco de Colombia
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
$3.748.500 EFECTIVO x FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO
Muebles Herrera
PREPARADO
REVISADO
C.C. / N.I.T.77.456.879-3 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
COTIZACION FECHA: 03 de abril de 2021 Nº 5675 REFERENC. 3567899 3567900
DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O ACCESORIOS Impresora Epson Computador de mesa Lenovo
CANTIDAD
Valor en letras: cinco millones ochocientos cuarenta y tres mil doscientos sesenta y siete pesos m/cte. OBSERVACIONES: ESTA COTIZACION TIENE VALIDEZ DE 8 DIAS.
3
3
V/R UNITARIO $292.899 $1.344.537
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL $876.697 $4.033.611
$4.910.308 $932.958 $5.843.267
FACTURA DE VENTA
No. 4621
VENDIDO A:
FECHA: 04 de abril de 2021 CIUDAD: Ocaña VENDEDOR: Andrea Tatiana Pino
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA. C.C./N.I.T: 800.989.343 - 4
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CRÉDITO
LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FINANCIAC. PERIODO DE LA CUOTA: No. Cuotas SALDO
VALOR DE LA CUOTA: DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O REFERENC. ACCESORIOS Impresora Epson 3567899 Computador de mesa Lenovo 3567900
CANTIDAD 3
3
V/R UNITARIO $292.899 $1.344.537
V/R TOTAL $876.697 $4.033.611
SON (En letras): cinco millones ochocientos cuarenta y tres mil
doscientos sesenta y siete pesos m/cte. OBSERVACIONES:
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
$4.910.308 $932.958.52 $5.843.267
PARA SU COMODIDAD Y CUMPLIMIENTO, FAVOR CONSIGNAR EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANCO BOGOTA CTA CTE. No. 102314670 - Banco Bogotá CTE No. 46512350760 BANCOLOMBIA CTA AHORROS 2057- 8034941
El 04 de abril la empresa realiza el pago de la factura a MI COMPUTADOR con cheque nº 0352970 y CE 009
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352970
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352970 FECHA: 03-ABRIL 2021 CONCEPTO: PAGO DE COMPUTADOR Y IMPRESORA. A FAVOR DE: MI COMPUTADOR
$5.843.267=
FECHA: 3ABRIL DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: MI COMPUTADOR---------------------------------------------------------LA SUMA DE: M/CTE CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE... --------------------------------------------------------------
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$$5.843.267=
Código 1509
Descripción
Parcial
150901.01
EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACION Mi Computador
1110
BANCO
111005,01
Debe $5.843.267
$5.843.267 $5.843.267 $5.843.267
Banco de Colombia
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
Haber
23.373 23.373
23.373
23.373
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0009 FECHA:04 abril 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. Valor: $5.843.267= PAGADO A: Mi Computador C.C./ N.I.T.1091654345-2 DIRECCIÓN: Ocaña La suma de (en letras) cinco millones ochocientos cuarenta y tres mil doscientos sesenta y siete pesos M/Cte.-------------------------------------------------------------------------Por concepto. Pago de computador y impresora CODIGO CONCEPTO PARCIAL DÉBITOS CREDITOS $5.843.267 1509 EQUIPO DE COMUNICACIÓN Y COMPUTACION 5.843.267 15090.01 Mi Computador
1110 111005,01
$5.843.267
BANCO Banco de Colombia
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
5.843.267 EFECTIVO x FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO
Mi Computador REVISADO
C.C. / N.I.T.1091654345-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
El 04 de abril la empresa realiza la cotización de la maquinaria en Homecenter.
COTIZACION FECHA: 04 de abril de 2021 Nº 56675 REFERENC. 567765 567766
DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O ACCESORIOS máquina de cocer 1100xy5 fileteadora maxxis 55c11
CANTIDAD 3
3
Valor en letras: veinte tres millones doscientos cinco mil C/CTE OBSERVACIONES: ESTA COTIZACION TIENE VALIDEZ DE 8 DIAS.
V/R UNITARIO $4.000.000 2.500.00
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL 12.000.000 7.500.000
19.500.000 3.705.000 $23.205.000
FACTURA DE VENTA
No. 4621
VENDIDO A:
FECHA: 04 de abril de 2021 CIUDAD: Ocaña VENDEDOR: Andrea Tatiana Pino
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA. C.C./N.I.T: 800.989.343 - 4
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CRÉDITO
LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FINANCIAC. PERIODO DE LA CUOTA: No. Cuotas SALDO
VALOR DE LA CUOTA: DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O REFERENC. ACCESORIOS máquina de coser 1100xy5 567765 fileteadora maxxis 55c11 567766
CANTIDAD
SON (En letras veinte tres millones doscientos cinco mil C/CTE
OBSERVACIONES:
3
3
V/R UNITARIO $4.000.000 2.500.000
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL 12.000.000 7.500.000
19.500.000 3.705.000 $23.205.000
PARA SU COMODIDAD Y CUMPLIMIENTO, FAVOR CONSIGNAR EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANCO BOGOTA CTA CTE. No. 102314670 - Banco Bogotá CTE No. 46512350760 BANCOLOMBIA CTA AHORROS 2057- 8034941
El 04 de abril la empresa realiza el pago de la factura a Homecenter con cheque nº 0352971 y CE 010
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352970
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352970 FECHA: 03-ABRIL 2021 CONCEPTO: MAQUINARIA A FAVOR DE: HOMECENTER
$23.205.000=
FECHA: 3ABRIL DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: HOMECENTER---------------------------------------------------------LA SUMA DE: VEINTE TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL C/CTE. -------------------------------------------------------------
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$23.205.000=
Código
Descripción
Parcial
1507
MAQUINARIA Y EQUIPO
150701.01
Homecenter
1110
BANCO
111005,01
Debe 23.205.000
23.205.000 23.205.000 23.205.000
Banco de Colombia
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
Haber
92.820 92820 92.820 92820
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0010 FECHA:04 abril 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. PAGADO A: Homecenter DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Veinte Tres Millones Doscientos Cinco Mil C/Cte Por concepto. Pago de computador y impresora CODIGO CONCEPTO
1507 150701.01 1110 111005,01
Valor: $= 23.205.000 C.C./ N.I.T.1091654345-2
PARCIAL
MAQUINARIA Y EQUIPO Homecenter
23.205.000
BANCO Banco de Colombia
23.205.000
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
DÉBITOS 23.205.000
CREDITOS
23.205.000 EFECTIVO x FIRMA Y SELLO DEL BENEFICIARIO
Homecenter REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-9 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
COTIZACION FECHA: 04 de abril de 2021 Nº 56676 REFERENC. 3456778 3457779 3457780 3457781 3457782 3457782 3457783
DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O ACCESORIOS Resmas de papel carta Caja de lapiceros A-Z tamaño carta Resaltador Caja de lápiz
CANTIDAD
Borrador sacapunta
3
1 12 12 2 10 5
Valor en letras: ciento ochenta y siete mil trecientos seis pesos M/CTE OBSERVACIONES: ESTA COTIZACION TIENE VALIDEZ DE 8 DIAS.
V/R UNITARIO $10.000 $7000 $5500 $2200 $7000 $800 $1200
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL $30.000 $ 7000 $66.000 $26.400 $14.000 $ 8000 $ 6000
157.400 29.906 187306
FACTURA DE VENTA
No. 7620
VENDIDO A:
FECHA: 04 de abril de 2021 CIUDAD: Ocaña VENDEDOR: Alfredo Ramírez
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA. C.C./N.I.T: 800.989.343 - 4
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CRÉDITO
LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FINANCIAC. PERIODO DE LA CUOTA: No. Cuotas SALDO
VALOR DE LA CUOTA: DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O REFERENC. ACCESORIOS Resmas de papel carta 3456778 Caja de lapiceros 3457779 A-Z tamaño carta 3457780 Resaltador 3457781 Caja de lápiz 3457782 3457782 3457783
Borrador sacapunta
CANTIDAD 3
1 12 12 2 10 5
SON (En letras ciento ochenta y siete mil trecientos seis pesos M/CTE)
V/R UNITARIO $10.000 $7000 $5500 $2200 $7000 $800 $1200
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL $30.000 $ 7000 $66.000 $26.400 $14.000 $ 8000 $ 6000
157.400 29.906 187306
OBSERVACIONES:
PARA SU COMODIDAD Y CUMPLIMIENTO, FAVOR CONSIGNAR EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANCO BOGOTA CTA CTE. No. 102314670 - Banco Bogotá CTE No. 46512350760 BANCOLOMBIA CTA AHORROS 2057- 8034941
El 04 de abril la empresa realiza el pago de la factura a papelería obregón con cheque nº 0352972 y CE 011
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352972
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352972 FECHA: 04-ABRIL 2021 CONCEPTO: COMPRA DE PAPELERIA A FAVOR DE: LIBRERÍA Y PAPELERIA OBREGON
$187.306=
FECHA: 4 ABRIL DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: HOMECENTER---------------------------------------------------------LA SUMA DE: CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL TRECIENTOS SEIS PESOS M/CTE)
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$187.306=
Código
Descripción
Parcial
DIVRSOS
511406.01
Librería y papelería obregón
1110
BANCO
187.306 187.306 187.306
Banco de Colombia
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
Haber
187.306
5114
111005,01
Debe
749 749
749
749
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0011 FECHA:04 abril 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. Valor: $= 187.306 PAGADO A: Librería Y Papeleria Obregón C.C./ N.I.T.1091654345-2 DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) ciento ochenta y siete mil trecientos seis pesos m/cte) Por concepto. Compra de papeleria CODIGO CONCEPTO PARCIAL DÉBITOS 187.306 2205 PROVEDORES NACIONALES Librería y papeleria 187.306 220505,04 obregón
1110 111005,01
187.306
BANCO Banco de Colombia
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
CREDITOS
187.306 EFECTIVO x
Librería y papeleria 2a obregon REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
El 04 de abril de 2021 la empresa cotiza insumos para la fabricación de vestidos de dama a ECO HILANDES.
COTIZACION FECHA: 04 de abril de 2021 Nº 6676
REFERENC.
56778 57779 57782 57780 57781 57782 35778
DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O ACCESORIOS
CANTIDAD
yardas de tela blanca 60% algodón y 40% poliéster yardas Tela amarilla Yardas de tela rosado rollos de Hilo Blanco Rollos Hilo amarrillo Botones Blancos No 18 Botones amarrillos No 18
V/R TOTAL
1450
$ 5350
$ 7.757.500
2000 500 100 100
$5350
$ 10.700.000
$5350
$ 2.675.000
$5500
$
550000
$2200
$
220.000
250
$500
$
125.000
250
$500
$
125.000
Valor en letras: veinte seis millones trecientos ssenta y unos mil cuatrocientos setenta y cinco pesos /CTE OBSERVACIONES: ESTA COTIZACION TIENE VALIDEZ DE 8 DIAS.
V/R UNITARIO
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
22.152.500 4.208.975 26.361.475
FACTURA DE VENTA
No. 2620
VENDIDO A:
FECHA: 04 de abril de 2021 CIUDAD: Ocaña VENDEDOR: Daniel Ortiz
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA. C.C./N.I.T: 800.989.343 - 4
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CRÉDITO
LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FINANCIAC. PERIODO DE LA CUOTA: No. Cuotas SALDO
VALOR DE LA CUOTA: DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O REFERENC. ACCESORIOS yardas de tela blanca 60% algodón y 40% poliéster 56778 Yardas de tela amarilla 57779 Yardas de tela rosado 57782 Rollos de hilo blanco 57780 rollos de hilo amarillo 57781 57782 35778
Botones blancos nº 18 Botones amarillos nº18
SON (En letras veinte z pesos M/CTE)
OBSERVACIONES:
CANTIDAD 1450
2000 500 100 100 250 250
V/R UNITARIO $ 5350 $5350 $5350 $5500 $2200 $500 $500
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL $ 7.757.500 $ 10.700.000 $ 2.675.000 $ 550000 $ 220.000 $ 125.000 $ 125.000
22.152.500 4.208.975 26.361475
PARA SU COMODIDAD Y CUMPLIMIENTO, FAVOR CONSIGNAR EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANCO BOGOTA CTA CTE. No. 102314670 - Banco Bogotá CTE No. 46512350760 BANCOLOMBIA CTA AHORROS 2057- 8034941
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352972
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352973 FECHA: 04-ABRIL 2021 CONCEPTO: HECO HILA A FAVOR DE: LIBRERÍA Y PAPELERIA OBREGON
$26.361.475=
FECHA: 4 ABRIL DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: HOMECENTER---------------------------------------------------------LA SUMA DE: VEINTE SEIS MILLONES TRECIENTOS SSENTA Y UNOS MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS /CTE Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$$26.361.475=
Código
Descripción
1401
MATERIAS PRIMAS
140101.01
Heco Hollandia
1101
BANCO
110101,01
Parcial
Debe $26.361.475
$26.361.475 $26.361.475 $26.361.475
Banco de Colombia
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
Haber
105.446 105.446
105.446
105.446
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0012 CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. FECHA:04 abril 2021 Valor: $$26.361.475= PAGADO A: Heco Hilandia C.C./ N.I.T.1091654345-2 DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) ciento ochenta y siete mil trecientos seis pesos m/Cte.) Por concepto. Compra de Insumos CODIGO CONCEPTO PARCIAL DÉBITOS 1401 MATERIAS PRIMAS $26.361.475 Heco Hilandia $26.361.475 220505,04
1110 111005,01
$26.361.475
BANCO Banco de Colombia
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
CREDITOS
$26.361.475 EFECTIVO x
Heco hilandia REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
El día 4 de abril 2021 se cancela servicio de publicidad a rumba stereo
FACTURA CAMBIARIA DE VENTA
RUMBA STEREO No. 678945
NIT: 800.164.852-3
VENDIDO A: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA
FECHA:
04/04/2020
CIUDAD:
OCAÑA
VENDEDOR: LUIS
DURAN
C.C.N.I.T.: 900.123.456-1 LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CREDITO
VALOR CUOTA INICIAL: $ FINANCIAC.
PERIODO DE LA CUOTA:
SALDO
No. Cuotas
VALOR DE LA CUOTA:
R/CIA
DESCRIPCIÓN
01
PUBLICIDAD RADIAL
CANTIDAD
V/R TOTAL $200.000
1
SON (En letras): DOSCIENTOS MIL PESOS -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
IVA: TOTAL :
200.000
OBSERVACIONES:
FIRMA Y SELLO CLIENTE
Mileidy Angarita Rincon
CUENTA No. 446789200219
VENDIDO
RUMBA STEREO
CHEQUE No 0352973
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352973 FECHA: 04-ABRIL 2021 CONCEPTO: HECO HILA A FAVOR DE: RUMBA STEREO
$200.000=
FECHA: 4 ABRIL DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: HOMECENTER---------------------------------------------------------LA SUMA DE: doscientos mil pesos m/cte
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$$200.000=
5206 520612.01 1102 110205.01
CUENTA Publicidad propaganda Emisora rumba stereo Bancos
PARCIAL
DEBE $ 200.000
$ 200.000 $ 200.000 $ 200.000
Bancolombia
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
HABER
800 800
800
800
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0012 FECHA:04 abril 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. PAGADO A: RUMBA STEREO DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Doscientos mil pesos m/cte. Por concepto. Pago de publicidad CODIGO CONCEPTO
5206 520612.01 1102 110205.01
PARCIAL
Publicidad propaganda Emisora rumba stereo Bancos Bancolombia
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
Valor: $$200.000= C.C./ N.I.T.1091654345-2
DÉBITOS $200.000
CREDITOS
$200.000 $200.000 200.000 EFECTIVO x
Rumba stereo REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
FACTURA CAMBIARIA DE VENTA
RUMBA STEREO No. 678945
NIT: 800.164.852-3
VENDIDO A: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA
FECHA:
04/05/2020
CIUDAD:
OCAÑA
VENDEDOR: LUIS
DURAN
C.C.N.I.T.: 900.123.456-1 LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CREDITO
VALOR CUOTA INICIAL: $ FINANCIAC. SALDO
PERIODO DE LA CUOTA:
R/CIA 01
No. Cuotas
VALOR DE LA CUOTA:
DESCRIPCIÓN PUBLICIDAD RADIAL
CANTIDAD
V/R TOTAL $200.000
1
SON (En letras): DOSCIENTOS MIL PESOS -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
IVA: TOTAL :
200.000
OBSERVACIONES:
FIRMA Y SELLO CLIENTE
Mileidy Angarita Rincon
VENDIDO
RUMBA STEREO
EL 04 DE MAYO SE CANCELA PUBLICIDAD A RUMBA STEREO
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
CODIGO 5206 520612.01 1102 110205.01
800 800
800
CUENTA Publicidad propaganda Emisora rumba stereo Bancos Bancolombia
800 PARCIAL
DEBE $ 200.000
HABER
$ 200.000 $ 200.000 $ 200.000
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352974
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352973 FECHA: 04-MAYO 2021 CONCEPTO: PAGO DE PUBLICIDAD
$200.000=
FECHA: 4 MAYO DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: HOMECENTER---------------------------------------------------------A FAVOR DE: RUMBA STEREO Saldo anterior
LA SUMA DE: doscientos mil pesos m/cte _________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$$200.000=
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0013 FECHA:04Mayo 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. PAGADO A: RUMBA STEREO DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Doscientos mil pesos m/Cte.) Por concepto. Compra de Insumos CODIGO CONCEPTO
5206 520612.01 1102 110205.01
PARCIAL
Publicidad propaganda Emisora rumba stereo Bancos Bancolombia
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
Valor: $$200.000= C.C./ N.I.T.1091654345-2
DÉBITOS $200.000
CREDITOS
$200.000 $200.000 200.000 EFECTIVO x
Rumba stereo REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
EL 04 DE ABRIL DE 2021 LA EMPRESA CANCELA PUBLICIDAD A TV NORTE FACTURA CAMBIARIA DE VENTA
TV NORTE No. 78945 NIT: 901.164.852-2
VENDIDO A: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA
FECHA:
04/04/2020
CIUDAD:
OCAÑA
VENDEDOR:
C.C.N.I.T.: 900.123.456-1 LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CREDITO
VALOR CUOTA INICIAL: $ FINANCIAC. SALDO
PERIODO DE LA CUOTA: VALOR DE LA CUOTA:
R/CIA 01
No. Cuotas
DESCRIPCIÓN PUBLICIDAD TV
CANTIDAD
V/R TOTAL $300.000
1
SON (En letras): DOSCIENTOS MIL PESOS -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
IVA: TOTAL :
300.000
OBSERVACIONES:
FIRMA Y SELLO CLIENTE
Mileidy Angarita Rincon
VENDIDO
TV NORTE
EL 04 DE MAYO SE CANCELA PUBLICIDAD A RUMBA STEREO
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
CODIGO 5206 520612.01 1102
CUENTA Publicidad propaganda Tv norte Bancos
110205.01
Bancolombia
1200 1200
1200
1200
PARCIAL
DEBE $ 300.000
HABER
$ 300.000 $ 300.000 $ 300.000
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352974
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352974 FECHA: 04-ABRIL 2021 CONCEPTO: PAGO DE PUBLICIDAD DE TELEVISION A FAVOR DE: TV NORTE Saldo anterior
$300.000=
FECHA: 4 abril DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: TV NORTE ---------------------------------------------------------LA SUMA DE: doscientos mil pesos m/cte _________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$$300.000=
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0014 CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. FECHA:04 ABRIL 2021 PAGADO A: TV NORTE DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Trecientos mil pesos m/Cte.) Por concepto. Pago de publicidad CODIGO CONCEPTO
5206 520612.01 1102 110205.01
Valor: $$200.000= C.C./ N.I.T.1091654345-2
PARCIAL
Publicidad propaganda
$300.000
Bancos Banco de bogota
PREPARADO
CREDITOS
$300.000
TV norte
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
DÉBITOS $300.000
300.000 EFECTIVO x
Tv norte REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
EL 04 DE ABRIL DE 2021 LA EMPRESA CANCELA PUBLICIDAD A TV NORTE FACTURA CAMBIARIA DE VENTA
TV NORTE No. 78950 NIT: 901.164.852-2
VENDIDO A: COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA
FECHA:
04/04/2020
CIUDAD:
OCAÑA
VENDEDOR:
C.C.N.I.T.: 900.123.456-1 LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CREDITO
VALOR CUOTA INICIAL: $ FINANCIAC. SALDO
PERIODO DE LA CUOTA: VALOR DE LA CUOTA:
R/CIA 01
No. Cuotas
DESCRIPCIÓN PUBLICIDAD TV
CANTIDAD
V/R TOTAL $300.000
1
SON (En letras): DOSCIENTOS MIL PESOS -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
IVA: TOTAL :
300.000
OBSERVACIONES:
FIRMA Y SELLO CLIENTE
Mileidy Angarita Rincon
VENDIDO
TV NORTE
EL 04 DE MAYO SE CANCELA PUBLICIDAD A TV NORTE
CODIGO 5206 520612.01 1102
CUENTA Publicidad propaganda Tv norte Bancos
110205.01
Bancolombia
PARCIAL
DEBE $ 300.000
HABER
$ 300.000 $ 300.000 $ 300.000
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352974
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352974 FECHA: 04-MAYO 2021 CONCEPTO: PAGO DE PUBLICIDAD DE TELEVISION
$300.000=
FECHA: 4 MAYO DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: TV NORTE ---------------------------------------------------------A FAVOR DE: TV NORTE
LA SUMA DE: Trecientos mil pesos m/cte
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$300.000=
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
1200 1200
1200
1200
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0015 CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. FECHA:04 Mayo 2021 PAGADO A: TV NORTE DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Trecientos mil pesos m/Cte.) Por concepto. Pago de publicidad CODIGO CONCEPTO
5206 520612.01 1102 110205.01
Valor: $$200.000= C.C./ N.I.T.1091654345-2
PARCIAL
Publicidad propaganda TV norte
$300.000
Bancos Banco de bogota
300.000
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
DÉBITOS $300.000
CREDITOS
$300.000 EFECTIVO x
Tv norte REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
EL 04 DE ABRIL DE 2021 LA EMPRESA CANCELA SRVICIO DE ENERGIA ELECTRICA A CENTRALES ELECTRICAS DEL NORTE DE SANTANDER.
Nombre. Comercializadora Madami Ltda. DIRECCION: Santa clara Clase de servicio: comercial
$225.500
Estrato 3
$225.500
EL 04 DE ABRIL LA EMPRESA CANCELA SERVICIO DE ENERGIA CODIGO 5107 510706.01 1102 110205.01
CUENTA
PARCIAL
SERVICIOS Centrales eléctricas Bancos
DEBE $ 225.500
HABER
$ 225.500 $ 225.500 $ 225.500
Bancolombia
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352975
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352974 FECHA: 04-MAYO 2021 CONCEPTO: PAGO DE PUBLICIDAD DE TELEVISION A FAVOR DE: TV NORTE
$225.500=
FECHA: 4 MAYO DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: TV NORTE ---------------------------------------------------------LA SUMA DE: DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS PESOS
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$225.500=
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
902 902
902
902
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0015 FECHA:04 abril 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. PAGADO A: Centrales eléctricas DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Trecientos mil pesos m/Cte.) Por concepto. Pago de publicidad CODIGO CONCEPTO 5107 SERVICIOS 510706.01 Centrales electricas
1102 110205.01
PREPARADO
PARCIAL
DÉBITOS $225.500
CREDITOS
$225.500 $225.500
Bancos Banco de bogota
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
Valor: $$225.500= C.C./ N.I.T.1091654345-2
225500 EFECTIVO x
Centrales electricas REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
Nombre. Comercializadora Madami Ltda. DIRECCION: Santa clara
$227.200
Clase de servicio: comercial Estrato 3
227.200
EL 04 DE ABRIL LA EMPRESA CANCELA SERVICIO DE ENERGIA CODIGO 5107 510706.01 1102 110205.01
CUENTA
PARCIAL
SERVICIOS Centrales eléctricas Bancos
DEBE $ 227.200
HABER
$ 227.200 $ 227.200 $ 227.200
Bancolombia
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352975
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352974 FECHA: 04-MAYO 2021 CONCEPTO: SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA A FAVOR DE: TV NORTE
$227.200=
FECHA: 4 MAYO DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: TV NORTE ---------------------------------------------------------LA SUMA DE: DOSCIENTOS VEINTICIETE MIL DOSCIENTOS PESOS
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$227.200=
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
909 909 909 909
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0015 FECHA:04 Mayo 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. PAGADO A: Centrales eléctricas DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Trecientos mil pesos m/Cte.) Por concepto. Pago de publicidad CODIGO CONCEPTO 5107 SERVICIOS 510706.01 Centrales electricas
1102 110205.01
PREPARADO
PARCIAL
DÉBITOS $225.500
CREDITOS
$227.200 $227.200
Bancos Banco de bogota
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
Valor: $$227.200= C.C./ N.I.T.1091654345-2
227.200 EFECTIVO x
Centrales electricas REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA 15/04/21 DIRECCION: SANTA CLARA Abril de 2021 01/04/2021
84.375
EL 04 DE ABRIL LA EMPRESA CANCELA SERVICIO DE INTERNET A MOVISTAR CODIGO 5107 510706.01 1102 110205.01
CUENTA
PARCIAL
SERVICIOS Centrales eléctricas Bancos
DEBE $ 84.375
HABER
$ 84.375 $ 84.735 $ 84.375
Bancolombia
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352975
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352974 FECHA: 04-MAYO 2021 CONCEPTO: SERVICIO DE INTERNET. A FAVOR DE: TV NORTE
$84.375=
FECHA: 4 ABRIL DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: MOVISTAR ---------------------------------------------------------LA SUMA DE: OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$84.375=
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
338 338 338 338
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0016 FECHA:04 ABRIL 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. Valor: $$84.375= PAGADO A: Centrales eléctricas C.C./ N.I.T.1091654345-2 DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Ochenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco mil pesos. Por concepto. Pago de publicidad CODIGO CONCEPTO PARCIAL DÉBITOS $84.375 5107 SERVICIOS $84.375 510706.02 Movistar
1102 110205.01
84.375
Bancos Banco de bogota
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
CREDITOS
84.375 EFECTIVO x
Movistar REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
El 04 de mayo se realiza el pago de servicio de internet a movistar.
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA DIRECCIÓN: SANTA CLARA 04 de mayo 21 01/05/2021
84.375
EL 04 DE MAYO LA EMPRESA CANCELA SERVICIO DE INTERNET A MOVISTAR CODIGO 5107 510706.01 1102 110205.01
CUENTA
PARCIAL
SERVICIOS Centrales eléctricas Bancos
DEBE $ 84.375
HABER
$ 84.375 $ 84.735 $ 84.375
Bancolombia
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352975
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352974 FECHA: 04-MAYO 2021 CONCEPTO: SERVICIO DE INTERNET. A FAVOR DE: TV NORTE
$84.375=
FECHA: 4 MAYO DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: MOVISTAR ---------------------------------------------------------LA SUMA DE: OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$84.375=
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
1200 1200
1200
1200
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0016 FECHA:04 ABRIL 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. Valor: $$84.375= PAGADO A: Centrales eléctricas C.C./ N.I.T.1091654345-2 DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) Ochenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco mil pesos. Por concepto. Pago de publicidad CODIGO CONCEPTO PARCIAL DÉBITOS $84.375 5107 SERVICIOS $84.375 510706.02 Movistar
1102 110205.01
84.375
Bancos Banco de bogota
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
PREPARADO
CREDITOS
84.375 EFECTIVO x
Movistar REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
$75.000
10/04/202 1 COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA SA
$75.000
EL 04 DE ABRIL LA EMPRESA CANCELA SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALANTARILLADO A EXPO. CODIGO 5107 510706.03 1102 110205.01
CUENTA SERVICIOS EXPO Bancos Banco de bogota
PARCIAL
DEBE $ 75.000
HABER
$ 75.000 $ 75.000 $ 75.000
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352975
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352974 FECHA: 04-MAYO 2021 CONCEPTO: SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO. A FAVOR DE: TV NORTE
$75.000=
FECHA: 4 ABRIL DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: EXPO ---------------------------------------------------------LA SUMA DE: SETENTA Y CINCO MIL PESOS
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$75.000=
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
300 300 300 300
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0016 FECHA:04 ABRIL 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. PAGADO A: EXPO DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) setenta y cinco mil pesos. Por concepto. Pago de acueducto y alcantarillado CODIGO CONCEPTO 5107 SERVICIOS 510706.03 EXPO
1102 110205.01
PARCIAL
PREPARADO
DÉBITOS $75.000
CREDITOS
75.000 $75.000
Bancos Banco de bogota
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
Valor: $$84.375= C.C./ N.I.T.1091654345-2
75.000 EFECTIVO x
Expo REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
75.000
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA
EL 04 DE MAYO LA EMPRESA CANCELA SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALANTARILLADO A EXPO. CODIGO 5107 510706.03 1102 110205.01
CUENTA
PARCIAL
SERVICIOS EXPO Bancos
DEBE $ 75.000
HABER
$ 75.000 $ 75.000 $ 75.000
Banco de bogota
CUENTA No. 446789200219 CHEQUE No 0352975
CUENTA No. N°446328270
CHEQUE No. 0352974 FECHA: 04-MAYO 2021 CONCEPTO: SERVICIO DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO. A FAVOR DE: TV NORTE
$75.000=
FECHA: 4 MAYO DE 2021
PÁGUESE A LA ORDEN DE: EXPO ---------------------------------------------------------LA SUMA DE: SETENTA Y CINCO MIL PESOS
Saldo anterior
_________________________________________________________________________________
Consignación
Mileidy Angarita Rincón.
Suma -este cheque Saldo que pasa
$75.000=
4 X 100 5305
FINANCIEROS
530502.01
4 x 1000
1102
BANCO
110201.01
Bancolombia
300 300 300 300
COMPROBANTE DE EGRESO No. 0016 FECHA:04 MAY0 2021
CIUDAD: Ocaña, Norte de Santander. PAGADO A: EXPO DIRECCIÓN: Ocaña La Suma De (En Letras) setenta y cinco mil pesos. Por concepto. Pago de acueducto y alcantarillado CODIGO CONCEPTO 5107 SERVICIOS 510706.03 EXPO
1102 110205.01
Valor: $75.000= C.C./ N.I.T.1091654345-2
PARCIAL
DÉBITOS $75.000
CREDITOS
75.000 $75.000
Bancos Banco de bogota
75.000
CHEQUE No. BANCO. CUENTA No. SUCURSAL. OBSERVACIONES.
EFECTIVO x
Expo
PREPARADO
REVISADO
C.C. / N.I.T.800.987.865-2 FECHA RECIBIDO: APROBADO
CONTABILIZADO
LA EMPRESA CONTABILIZA LA DEPRECIACION DE LA MAQUINARIA
19.500.000 X 10% =1.950.000/12=162.500 X 2 MESES=325.000 MNSUAL CODIGO
CUENTA
1592 15120.01 5112
DEPRECIACION Depreciación acumulada DEPRECIACIONES
511202.01
Maquinaria
PARCIAL
DEBE
HABER 325.000
$ 325.000 $ 325.000 $ 325.000
CANTIDAD PROYECTADA A PRODUCIR 1000 UND CONCEPTO yardas de tela blanca 60% algodón y 40% poliéster
MATERIAL DITECTO
Yardas de tela rosado rollos de Hilo Blanco Rollos Hilo amarrillo Botones Blancos No 18 Botones amarrillos No 18
COSTO X UND
COSTO TOTAL
CANT 1450
$
9.231.425
9.231
$ 6.367
2000
$
12.733.000
12.733
$ 6.367
500
$
3.183.250
383
$ 6.545
100
$
654.500
655
$ 2.618
100
$
261.800
262
$ 595
250
$
148.750
149
$ 595
250
$
148.750
149
-
MATERIAL INDIRECTO
|MATERIA PRIMA
yardas Tela amarilla
PRECIO UN $ 6.367
-
Totales TOTAL COSTO MATERIA PRIMA
$ $ 29.453 -
26.361.475
23.562
ABRIL
SALUD 8.5%
CARGO
PENSION 8.5%
VACA CESANTIAS CIONES
ARL
TOTAL
PRIMAS
1.359.707
1.014.980
77.225
77.225
75.711
75.711
37.855
86.314
PRODUCCION
1.014.980
77.225
77.225
75.711
75.711
37.855
86.314
CORTADOR
1.0149.980
77.225
77.225
75.711
75.711
37855
86.314
1.359.707
166.667
166.667
41.667
41.667
83.333 62.500
43.157 43.157
2.779.824 1.358.991
43.157
2.631667
166.667
41.667
83.333
125.0000
62.500
DITECTO
OPERARIO DE MAQUINA
1.359.707
-
INDIRECTO
MANO DE OBRA DIRECTA
SUELDO
GERENTE
2.000.000
170.000
SECRETARIA
1.000.000
85.000
CONTADOR
2.000.000
170.000
170.000 85.000 170.000
2.110.657 TESORERO
1.500.000
127.500
127.500
125000
43.157 9.238.418
TOTALES
405.201 431.570 9.544.940
784.175
784.175
614634
614634
9.238.418/ 1000= 9.238
COSTOS INDIRECTOS DE FABRICACION VARIABLE
VALOR
COSTO UNITARIO
ARRENDAMIENTO
$400.000
$400
SERVICIO DE ENERGIA
$225.500
$226
ACUEDUCTO
75000
$75
INTERNET
84.375
$84
DEPRECIACION MAQUINARIA
$325.000
$325
Y ALCANTARILLADO
TOTAL
$1.110
COSTO UNITARIO DE PRODUCCION VARIABLE
COSTO UNID
COSTO PRODUCCION
MATERIALES DIRECTOS
$23.562
$23.562.000
MANO DIRECT
DE
OBRA $9.238
$9.238.000
COSTOS INDIRECTOS $1.110 DE FABRICACION
$1.110.000
COSTO TOTAL
$33.910.000
$33.910
CANTIDAD PROYECTADA
PRECIO AL CONSUMIDOR
VALOR TOTAL VENTA
1000 UND
$ 60.000
60.000.000
EL 20 DE ABRIL DE 2021 SE VENDEN LOS VESTIDOS CONFECCIONADOS A SHOPINTEC CODIGO
CUENTA
PARCIAL
1407
INVENTARIO PRODUCTOS TERMINADOS
140701.01
Productos manofactureros
1402
INVENTARIO PRODUCTOS PROCESO
DE EN
140201.01
Productos proceso
en $33.910.000
CODIGO
CUENTA
1101
CAJA
110101.01
Caja general
1355
ANTICIPO IMPUESTO Y CONTRRIBUCIONES
135515.01
Retención en la fuente
2404
IMPUESTO A LAS VENTAS POR PAGAR
240401.02
IVA generado
4104
INDUSTRIA MANOFACTURERA
410401.01
Elaboración de vestidos de dama
EN
DEBE
HABER
$33.910.000
$33.910.000 $33.910.000
PARCIAL
DEBE
HABER
$69.900.000 $69.900.000 $1.500.000 $1.500.000 $11.400.000 $11.400.000 $60.000.000 $60.000.000
CODIGO
CUENTA
DEBE
6107
COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR
$33.910.000
1407
PRODUCTOS TERMINADOS
HABER
$33.910.000
RECIBO DE CAJA No.
0004
Recibido de: Shopintec Ciudad: Ocaña Norte de Santander Dirección: Barrio centro La suma (en letras): sesenta y nueve millones novecientos mil m/cte.----------------------------------------------------------------------------------------Por concepto de: pago de factura de venta 001. Cheque No.
CODIGO
Banco:
CUENTAS
1101
CAJA
110101.01
Caja general
1355
ANTICIPO IMPUESTO Y CONTRRIBUCIONES Retención en la fuente
135515.01 2404 240401.02 4104 410401.01
IMPUESTO A LAS VENTAS POR PAGAR IVA generado INDUSTRIA MANOFACTURERA Elaboración de vestidos de dama
Firma y Sello.
Comercializadora Madami Ltda.
Sucursal: Ocaña
DEBITOS
Efectivo: x
Váuchers:
CREDITOS
Cajero:
$69.900.000 $1.500.000
$11.400.000
$60.000.000
Cédula: No:
Nit:
FACTURA DE VENTA
No.0001
VENDIDO A: Shopintec.
FECHA: 20 de abril de 2021 CIUDAD: Ocaña VENDEDOR: Daniel Ortiz
C.C./N.I.T: 800.989.343 - 4
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CRÉDITO
LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FINANCIAC. PERIODO DE LA CUOTA: No. Cuotas SALDO
VALOR DE LA CUOTA: DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O REFERENC. ACCESORIOS Vestido de dama talla s V001
SON (En letras veinte z pesos M/CTE)
OBSERVACIONES:
CANTIDAD 1000
V/R UNITARIO $60.000
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL $60.000.000
$60.000.000 $11.400.000 $71.400.000
PARA SU COMODIDAD Y CUMPLIMIENTO, FAVOR CONSIGNAR EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANCO BOGOTA CTA CTE. No. 102314670 - Banco Bogotá CTE No. 46512350760 BANCOLOMBIA CTA AHORROS 2057- 8034941
Se consigna en el banco de Bogotá lo recibido de la venta. CODIGO
CUENTA
PARCIAL
1102
BANCO
110201.01
Banco de bogota $69.900.000
1101
CAJA
1101.01
Caja general
DEBE
HABER
$69.900.000
69.900.000 $69.900.000
El 31 de mayo se vende la mercancía fabricada CODIGO
CUENTA
PARCIAL
1407
INVENTARIO PRODUCTOS TERMINADOS
140701.01
Productos manofactureros
1402
INVENTARIO PRODUCTOS PROCESO
DE EN
140201.01
Productos proceso
en $33.910.000
CODIGO
CUENTA
1101
CAJA
110101.01
Caja general
1355
ANTICIPO IMPUESTO Y CONTRRIBUCIONES
135515.01
Retención en la fuente
2404
IMPUESTO A LAS VENTAS POR PAGAR
240401.02
IVA generado
4104
INDUSTRIA MANOFACTURERA
EN
DEBE
HABER
$33.910.000
$33.910.000 $33.910.000
PARCIAL
DEBE
HABER
$69.900.000 $69.900.000 $1.500.000 $1.500.000 $11.400.000 $11.400.000 $60.000.000
410401.01
Elaboración de vestidos de dama
$60.000.000
CODIGO
CUENTA
DEBE
HABER
6107
COMERCIO AL POR MAYOR Y MENOR
$33.910.000
1407
PRODUCTOS TERMINADOS
$33.910.000
RECIBO DE CAJA No.
0004
Recibido de: Shopintec Ciudad: Ocaña Norte de Santander Dirección: Barrio centro La suma (en letras): sesenta y nueve millones novecientos mil m/cte.----------------------------------------------------------------------------------------Por concepto de: pago de factura de venta 001. Cheque No.
CODIGO
Banco:
CUENTAS
1101
CAJA
110101.01
Caja general
1355
ANTICIPO IMPUESTO Y CONTRRIBUCIONES Retención en la fuente
135515.01 2404 240401.02 4104 410401.01
IMPUESTO A LAS VENTAS POR PAGAR IVA generado INDUSTRIA MANOFACTURERA Elaboración de vestidos de dama
Firma y Sello.
Comercializadora Madami Ltda.
Sucursal: Ocaña
DEBITOS
Efectivo: x
Váuchers:
CREDITOS
Cajero:
$69.900.000 $1.500.000
$11.400.000
$60.000.000
Cédula: No:
Nit:
FACTURA DE VENTA
No.0001
VENDIDO A: Shopintec.
FECHA: 31 mayo de 2021 CIUDAD: Ocaña VENDEDOR: Daniel Ortiz
C.C./N.I.T: 800.989.343 - 4
FORMA DE PAGO:
CONTADO X
CRÉDITO
LA PRESENTE FACTURA SE ASIMILA EN TODOS SUS EFECTOS A UNA LETRA DE CAMBIO (Art.774 CÓDIGO DE COMERCIO)
FINANCIAC. PERIODO DE LA CUOTA: No. Cuotas SALDO
VALOR DE LA CUOTA: DESCRIPCIÓN VEHÍCULO O REFERENC. ACCESORIOS Vestido de dama talla s V001
SON (En letras veinte z pesos M/CTE)
OBSERVACIONES:
CANTIDAD 1000
V/R UNITARIO $60.000
SUBTOTAL: $ IVA: $ TOTAL: $
V/R TOTAL $60.000.000
$60.000.000 $11.400.000 $71.400.000
PARA SU COMODIDAD Y CUMPLIMIENTO, FAVOR CONSIGNAR EN LAS SIGUIENTES CUENTAS BANCO BOGOTA CTA CTE. No. 102314670 - Banco Bogotá CTE No. 46512350760 BANCOLOMBIA CTA AHORROS 2057- 8034941
Se consigna en el banco de Bogotá lo recibido de la venta.
CODIGO
CUENTA
PARCIAL
1102
BANCO
110201.01
Banco de bogota $69.900.000
1101
CAJA
1101.01
Caja general
DEBE
HABER
$69.900.000
69.900.000 $69.900.000
COMERCIALIZADORA MADAMI LTDA ESTADO DE SITUACION FINANCIERA cifras en pesos
INGRESO DE ACTIVIDADES ORDINARIAS COSTO DE VENTAS UTILIDAD BRUTA GASTOS OPERACIONALES DE ADMINISTACION, OPERACIÓN Y VENTA Servicios publicidad y propaganda0 Gastos legales Arrendamiento Gastos diversos
DETERIORO, DEPRECIACION, AMORTIZACION Y PROVISION Depreciacion de propiedades, planta y equipo UTILIDAD OPERACIONAL EGRESO POR TRANSFERENCIA OTROS EGRESOS Ajuste por diferencia en cambio Financieros Perdida participacion negocio conjunto Gastos diversos UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS UTILIDAD NETA DEL PERIODO
$ $ $
ABRIL 60,000,000 33,910,000 26,090,000
$
3,277,381 612,075 800,000 1,278,000 400,000 187,306
$ $
325,000 22,487,619
$
727,261
$
21,760,358