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BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA EL SECTOR AGRICOLA EN LA EMPRESA AGROPECUARIA EL CARAJILLO SAS ESTUDIO DE CASO

AMANDA ELIZETH ROA RAMOS

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA AGRARIA DE COLOMBIA PROGRAMA DE PREGRADO CONTADURIA PÚBLICA 2016


BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA EL SECTOR AGRICOLA EN LA EMPRESA AGROPECUARIA EL CARAJILLO SAS ESTUDIO DE CASO

AMANDA ELIZETH ROA RAMOS

Trabajo de Tesis para optar el título de Contador Publico

Directora de Tesis Profesora July Carolina Rojas Gómez Contadora Pública – Msc en Medio Ambiente y Desarrollo (Co) director de Tesis Profesor Pedro Emilio Vargas Contador Público

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA AGRARIA DE COLOMBIA PROGRAMA DE PREGRADO CONTADURIA PÚBLICA 2016

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PAGINA DE ACEPTACION

NOTA DE ACEPTACION _________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________ _________________________________

Director de Tesis _________________________________

Codirector de Tesis _________________________________

Jurado _________________________________

Jurado _________________________________

Bogotรก, 2016

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DEDICATORIA

Este trabajo de Grado primeramente se lo he dedicado a Dios y la Virgen de Guadalupe la protectora de mis días y noches, por permitir hoy culminar con este proceso, y por hacer de mi un ser integro para la humanidad, a mis padres, Hermanos y sobrinas que con sus buenos deseos y excelentes consejos nunca permitieron que yo desfallecerá, a mi Tatys porque sin el esto tampoco había sido posible ya que se ha convertido en un ser de admirar y respetar Gracias amor por todo y porque hoy puedo decir lo logre, a mis profesores July Carolina Rojas Gómez y Pedro Emilio Vargas que fueron pioneros, guías incondicionales y no permitieron que yo me rindiera Gracias. Amanda Roa

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AGRADECIMIENTO A Dios primero que todo por permitirme estar hoy aquí, por darme la fe y sabiduría necesaria para terminar con éxito esta etapa de en mi vida

A mis padres Ana Isabel Ramos de Roa y Egidio de Jesús Roa Aldana, les dedico ya que les agradezco tanto esfuerzo, sacrificio, apoyo, confianza, compresión y amor, porque han hecho posible la culminación exitosa de esté logro más en mi vida.

A mis Sobrinas Daniela y Juliana que día a día me dieron el ánimo de seguir con esta lida labor y comprendieron tantos momentos de ausencia a su lado.

A mis hermanos por estar siempre presentes brindando alegría y humor a mis días y sin permitir que desfallezcan el intento.

A mis Profesores July Carolina Rojas y Pedro Emilio Vargas por dirigir este trabajo, por creer en mí, por darme la oportunidad de aprender, por motivarme e incentivarme a crecer más académicamente

A ti mi Tatys por que llego a mi vida en el momento más lindo de mi época profesional, por sus concejos, regaños, paciencia, comprensión y amor, ya que todo esto permitió que no me derrotara en el camino te amo.

A mis profesores que me sembraron conocimientos, aquellos y cada uno que empeñaron su tiempo en mi aprendizaje y comprensión del mundo.

A todos mis amigos y compañeros quienes me acompañaron en los ratos de estudio, a los que me enseñaron, a los que compartieron sus conocimientos, a los que me extendieron su mano en momentos en donde lo necesitaba, los que me escucharon, con los que reí y se alegraron de mis dichos, a todos ellos y a los que a largo del camino tomaron otras e ideas y hoy en día ya no volvimos hablar por diferencias…

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A la Fundación Universitaria Agraria de Colombia por brindarme sus espacios y herramientas para formarme como unas profesionales integrales

Y a todo lo hermoso de la vida…

“Y abarque el infinito en una solo mirada llena de fulgor intenso… y vi del tiempo la gigante ola radar al precipicio de lo inmenso…” Julio Flórez

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TABLA DE CONTENIDO 1.

Resumen

13

2.

Introducción

14

3.

Planteamiento del problema

15

4.

Objetivos

19

4.1.

Objetivo general

19

4.2.

Objetivos específicos

19

5.

Metodología

20

5.1.

Definición de Método

20

5.2.

Estrategia de Investigación

20

5.3.

Técnicas de Cuantitativos y Cualitativos

20

5.3.1. Cuantitativo

20

5.3.2. Cualitativo

20

6.

Justificación

21

7.

Caracterización de la unidad productiva

22

8.

Marco teórico

25

8.1.

El sector agrícola en algunos países de América latina

25

8.1.1. Ecuador

25

8.1.2. Chile

26

8.1.3. Uruguay

26

8.1.4. Argentina

27

8.1.5. Colombia

28

8.2.

29

Los tributos en el sector agropecuario

8.2.1. La renta del sector agrícola

29

8.2.1.1.

Chile

29

8.2.1.1.1.

Renta presunta

30

8.2.1.1.2.

Renta efectiva

31

7


8.2.1.2.

Uruguay

31

8.2.1.2.1.

Impuesto a la producción mínima exigible (IMPROME)

32

8.2.1.2.2.

Impuesto a las actividades agropecuarias (IMAGRO)

32

8.2.1.2.3.

Impuesto a las rentas agropecuarias (IRA)

33

8.2.1.2.4.

Impuesto al patrimonio

33

8.2.1.3.

Colombia

33

8.2.1.4.

Argentina

36

8.2.2. Valor agregado del sector agrícola (IVA)

39

8.3.

Estudios de caso

40

9.

Tributaria del sector agrícola de Colombia

45

10. Análisis de impactos de manejo tributario actual en la situación financiera y resultados de la empresa agropecuaria el carajillo SAS 49 10.1. Impuesto del valor agregado (IVA)

49

10.1.1. Situación actual del reconocimiento contable del IVA para el caso de la venta de ganado 51 10.1.2. ganado

Variación del costo ajustando beneficios del IVA por la venta de 52

10.1.3. Situación actual del reconocimiento contable del IVA para el caso de la venta de leche 55 10.1.4.

Variación del costo ajustando beneficios del IVA por la venta de leche 56

10.1.5. Situación actual del reconocimiento contable del IVA para el caso de la venta de pasto 59 10.1.6. pasto

Variación del costo ajustando beneficios del IVA por la venta de 60

10.2. Impuesto de renta

63

10.2.1.

Renta bruta

64

10.2.2.

Renta bruta especial

64

10.2.3.

Renta de trabajo

64

10.2.4.

Renta exenta

64

8


10.2.5.

Renta grava alternativa

64

10.2.6.

Renta líquida

65

10.2.7.

Renta pecuaria

65

10.2.8.

Renta por comparación patrimonial

65

10.2.9.

Renta presuntiva

65

10.2.10.

Renta vitalicia

66

10.2.11.

Situación actual de la empresa

66

10.3. Rendimientos financieros

70

11.

Conclusiones

72

12.

Recomendaciones

73

13.

Anexos

74

13.1. Estado de resultados de la empresa agropecuaria el carajillo SAS

74

13.2. Situación de la empresa actual

75

13.3. Plan de cuentas de la empresa bajo decreto 2649 (ingresos)

76

13.4. Plan de cuentas bajo el decreto 2649 (gastos administrativos)

77

13.5. Plan de cuentas bajo decreto 2649 (gastos no operacionales)

78

14.

79

Bibliografía

9


LISTA DE TABLAS

Tabla 1. Inventario final de la empresa agropecuaria el carajillo SAS

23

Tabla 2. Tributos que gravan empresas y actividades en argentina

38

Tabla 3. Impuestos que gravan al patrimonio en argentina

38

Tabla 4. Impuestos que gravan las transacciones en argentina

38

Tabla 5. Impuestos que gravan los insumos agropecuarios en argentina

38

Tabla 6. Tarifas de impuesto de riqueza persona jurídica

47

Tabla 7. Productos y servicios exentos

50

Tabla 8. Cálculos de la situación de la venta y costo de venta de ganado

52

Tabla 9. Calculo de la variación ideal de los ingresos y costos de la venta de ganado

53

Tabla 10. Estado de resultados con la variación a 31 de diciembre de 2015

54

Tabla 11. Tabla comparativa de la situación actual frente a la situación ideal en la venta de ganado 55 Tabla 12. Cálculos de la situación de la venta y costo de venta de leche

56

Tabla 13. Calculo de la variación ideal de los ingresos y costos de la venta de leche

57

Tabla 14. Estado de resultados con la variación a 31 de diciembre de 2015

58

Tabla 15. Tabla comparativa de la situación actual frente a la situación ideal en la venta de leche 59 Tabla 16. Cálculos de la situación de la venta y costo de venta de pasto.

60

Tabla 17. Calculo de la variación ideal de los ingresos y costos de la venta de pasto

61

Tabla 18. Estado de resultados con la variación a 31 de diciembre de 2015

62

Tabla 19. Tabla comparativa de la situación actual frente a la situación ideal en la venta de pasto 63 Tabla 20. Estado de resultados actual de la empresa

66

Tabla 21. Variación con deducción de impuestos asumidos en el impuesto de renta

68

10


Tabla 22. Beneficio tributario de renta art 189 del ET

69

Tabla 23. Participaciรณn de perdida sin beneficio del 2649 de 1993

70

Tabla 24. Variaciรณn del beneficio del art 62 del decreto 2649

71

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LISTA DE GRAFICAS

Grafica 1. Estado de Resultados de la Empresa Agropecuaria el Carajillo SAS 74 Grafica 2. Situaciรณn de la empresa Actual

75

Grafica 3. Plan de Cuentas de la Empresa bajo Decreto 2649 (Ingresos)

76

Grafica 4. Plan de Cuentas bajo el Decreto 2649 (Gastos Administrativos)

77

Grafica 5. Plan de Cuentas bajo Decreto 2649 (Gastos No Operacionales)

78

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1. RESUMEN

La venta de Ganado y leche es una actividad agrícola que desde hace ya varios años ha sido en Colombia una de las fuente de ingresos para los campesinos, a esto se le suma que gracias a la geografía colombiana las personas que habitan el área rural han podido sacar provecho de esto ya que la venta de pastaje también es tomado como fuente de ingreso o alimento directo para el levante del ganado. Este trabajo hace un enfoque al manejo Tributario que deban tener las empresas con actividad agrícola como es el caso de Agropecuaria el Carajillo SAS, la cual dentro del estudio de caso realizado se encontraron hallazgos de los cuales no están siendo uso de beneficios, en cuanto a los Decretos o Resoluciones que el Ministerio de Agricultura Colombiano y el Ministerio de Hacienda les emiten. De igual forma se realizó un enfoque de tributación agrícola de algunos países de América latania para mirar si existen algunas diferencias o beneficios que puedan ayudar al sector agrícola colombiano. Por último cabe aclarar que en este trabajo de estudio de caso a la empresa investigada se le cambio el nombre para proteger su integridad en el manejo que se lleva hasta el momento. Palabras Clave: Tributaria agrícola, Renta, Valor Agregado (IVA), estudio de Caso, tributos agrícola.

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2. INTRODUCCION

La empresa Agropecuaria el Carajillo SAS se dedica a la venta de ganado, leche y pasto y pero actualmente no están aprovechando los beneficios tributarios que el Art. 477 del ET. Se evidencio que la empresa asume el IVA descontable como mayor valor al costo y a la vez tienen un beneficio de renta que no está haciendo aprovechado para el pago de impuesto de renta para el sector agrícola de igual forma los rendimientos financieros que han sido sujetos como mayor valor al activo, por tanto es necesario analizar estos rubros del estado de resultado para analizar los ajustes a realizar aplicando de forma adecuada la normativa tributaria colombiana, y mirar los impactos en la situación Financiera de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS. Teniendo en cuenta el objetivo general es analizar la forma de aprovechar los beneficios tributarios asumiendo con la norma Art 477, Art. 189 literal e. del ET y Art 64 del Decreto 2649 de 1993 , en el caso de la empresa Agropecuaria El Carajillo SAS. Para el desarrollo de este trabajo se utilizó la siguiente metodología cualitativa y cuantitativa para el análisis del estudio de caso en la Empresa Agropecuaria El Carajillo SAS En el desarrollo del objetivo los resultados se presentaron en tres capítulos, en el primer capítulo es el marco teórico en el cual se plantea la problemática en el sector agropecuario en América latina se identifican los principales impuestos de algunos países de América latina en el segundo capítulo describe la norma actual del Sector agrícola en Colombia y en el tercer capítulo se hace un diagnostico o caracterización en la empresa objeto de estudio A continuación se presenta el análisis que se divide en tres partes, en la primera parte se hace el análisis del IVA, en la segunda parte el análisis de la Renta y en la Tercera parte el análisis de los Rendimientos Financieros Para finalizar se plantea conclusiones y recomendaciones que deben tenerse en cuenta a la hora de analizar el sector agropecuario y otras recomendaciones que deben ser aplicadas a la empresa para que puedan ser favorables frente a la DIAN.

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3. PLANTEMIENTO DEL PROBLEMA

En la empresa Agropecuaria El Carajillo SAS no se está aprovechando los beneficios tributarios a que tiene derecho, por desarrollar la actividad agrícola, dedicada principalmente a la compra y venta de ganado, la cría de los mismos y la venta de subproductos como la leche y venta de pastaje. Adicionalmente, se observa que los registros contables se registran en un software contable pero dando el tratamiento como una contabilidad de tipo comercial; el manejo de operaciones de costo, generadoras directas de los ingresos, se registran con causaciones en las cuentas de gastos administrativos y no en las cuentas de costo relacionadas con la actividad ganadera, establecidas en el Decreto 2649 de 1993, generando un costo de venta inadecuado y por consiguiente la utilidad operacional no es la real para la empresa. Aun cuando en Colombia no existe una legislación tributaria específica para el sector agropecuario y ganadero se puede identificar beneficios tributarios para las actividades agrícolas; para la empresa objeto de estudio se identifica que se están desaprovechando esos beneficios, afectando a la situación financiera y los resultados económicos de la empresa. El tener la información de las operaciones registrada en la contabilidad de manera inadecuada, conforme a la técnica contable regida por las normas vigentes al 31 de diciembre de 2015, puede conllevar al riesgo de incumplimiento al presentar reportes e informes solicitados por los entes de vigilancia y control con información incompleta o registrada de manera incorrecta. Para este estudio de caso se analizará en materia tributaria lo relacionado con los impuestos de IVA e impuesto de renta y complementarios, al identificar algunas situaciones en donde no se están aprovechando los beneficios tributarios que están a disposición de los contribuyentes, estos son: 1. La legislación tributaria otorga el derecho a los contribuyentes para tramitar la devolución de los saldos a favor, resultante de pagar el IVA en la compra de materiales y elementos necesarios para obtener el producto final generador de la renta en el sector de la ganadería por la venta de los productos exento del impuesto al valor agregado (IVA) al momento de la venta. El artículo 477 del Estatuto Tributario, relaciona los bienes y elementos animales que al venderlos están clasificados como bienes exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), por lo tanto, la compra de elementos y alimentos necesarios para su cría y levante se encuentran gravados con el IVA

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y por consiguiente dan derecho a devolución o compensación del valor pagado como IVA (Vasquez, 2012). La empresa seleccionada como fuente de información para el presente estudio de caso, tiene como actividad principal la ganadería y para ello cuenta con inventario de animales vivos de la especie bovina, clasificación que encuentra incluida en la relación de bienes exentos del artículo 477 del Estatuto Tributario (E.T.); la venta del inventario se encuentra exenta del cobro de IVA. En el análisis de la información se identifica que el valor del IVA pagado en las compras de materiales e insumos se registra en la contabilidad en las cuentas de gasto administrativo, como un mayor valor de los elementos comprados y no en las cuentas del costo de ventas, situación que no permite optar por el beneficio tributario que en los protocolos exige se registre el valor de IVA en cuenta separada; adicional a esta situación, en la contabilidad se registran las compras de insumos en cuentas de gastos administrativos, distorsionando el resultado operacional de la actividad ganadera. En resumen y tomando como base lo reportado en los párrafos anteriores, la empresa no está aprovechando el beneficio tributario que la Ley le brinda para su compensación o devolución del valor pagado como IVA en la compra de elementos e insumos necesarios para la cría y levante del ganado bovino, al estar clasificados en el momentos de la venta como un producto exento. 2. En la determinación del impuesto de renta y complementarios no se aplica de manera adecuada para la actividad económica que la empresa desarrolla y se desconocen los beneficios tributarios a que tiene derecho el contribuyente en la región donde se encuentra ubicada la finca ganadera. El artículo 92 del Estatuto tributario define el negocio de ganadería como “Para efectos fiscales, se entiende por negocio de ganadería, la actividad económica que tiene por objeto la cría, el levante o desarrollo, la ceba de ganado bovino, caprino, ovino, porcino y de las especies menores; también lo es la explotación de ganado para la leche y la lana…” Quienes se dedican al negocio de "Ganadería" efectuando todo el proceso de cría, levante y ceba, deben declarar el valor de sus inventarios con el mayor valor entre el costo fiscal a diciembre 31 y el valor comercial a la misma fecha fijado por el Gobierno. Como se indica en el artículo 276 del Estatuto tributarios,

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donde se lee: “En el negocio de la ganadería el valor de los semovientes es el del costo, el cual no podrá ser inferior al precio comercial en 31 de diciembre del respectivo ejercicio fiscal. En el caso del ganado bovino, éste último valor será determinado anualmente por el Gobierno, por intermedio del ministerio de Agricultura, teniendo en cuenta los precios de los mercados regionales” La empresa seleccionada como fuente de información para el presente estudio de caso, tiene inventario de terneras de cría y terneros machos nacidos en el año fiscal 2015, por éste inventario no se registró la valorización definida por el Gobierno en la Resolución 0014 del 28 de enero de 2016, mostrando en sus estados financieros unos inventarios desactualizados y, generando una inconsistencia entre el valor contable y el valor fiscal por el mayor valor entre el costo fiscal o el valor comercial, que debía calcularse como lo establece el artículo 276 del Estatuto Tributario. Las personas jurídicas creadas en Colombia liquidan y pagan el impuesto de renta a una tarifa del 25%, porcentaje vigente al 31 de diciembre de 2015, aplicable a la renta líquida gravable determinada por el año fiscal. 3. La actividad económica que se reporta en el Registro Único Tributario (RUT) no corresponde con las actividades relacionadas en el objeto inicial de la empresa tomada para el caso de estudio. Cuando la empresa se constituyó redactó su objeto social reportó ante la Cámara de Comercio de Bogotá actividad económica genérica, con la cual le permitía ejercer muchas funciones, pero desde el momento de su constitución y a la fecha del 31 de diciembre de 2015, la empresa sólo se ha dedicado a la actividad de compra y venta de ganado al igual que a la venta de leche y de manera esporádica a la venta de pastaje, aclarando que representa un porcentaje muy inferior en relación con las actividades de la cria, levante y venta de ganado bovino. Así las cosas, y con el objetivo de evitar sanciones tributarias por la no actualización de la información ante la Unidad Administrativa Especial – Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Artículo del Estatuto Tributario (ET). El Estatuto Tributario incluye sanciones por no cumplir con la actualización de la información, por ejemplo en el artículo 650-2 relaciona la sanción por no informar la actividad económica y el artículo 658-3 relaciona la sanciones por

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incumplimiento en la actualización del RUT; el grupo de estudio de caso detecta que es necesario e indispensable la actualización del RUT a la actividad que le genera los ingresos principales a la empresa Para concluir el nombre utilizado de la empresa es un nombre distinto por la protección de datos, pero demás información si es real para el estudio de caso que se realizo a los Estados Financieros a 31 de Diciembre de 2015. PREGUNTA ¿Cómo los beneficios Tributarios impactan el aprovechamiento de los beneficios tributarios para el sector agrícola en la situación financiera de la empresa Agropecuaria El Carajillo SAS?

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4. OBJETIVOS

4.1.

OBJETIVO GENERAL

Analizar la forma de aprovechar los beneficios tributarios asumiendo con la norma Art 477 y Art. 189 literal e. del ET y el Art 64 del Decreto 2649 de 1993 en el caso de la empresa Agropecuaria El Carajillo SAS

4.2.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 Caracterizar el estado actual de la aplicación de la norma Art 477 y Art. 189 literal e. del ET y el Art 64 del Decreto 2649 de 1993 de la empresa Agropecuaria El Carajillo SAS en cuanto a cómo aprovechan los beneficios tributarios y cumplimiento de obligaciones.  Analizar impactos de manera actual de aplicar impuestos tributarios de la empresa Agropecuaria El Carajillo SAS  Proponer ajustes para el mejoramiento tributario y contable a la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS.

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5. METODOLOGÍA

5.1.

Definición de Método

Es un método mixto que se utilizaron aspectos cualitativos y cuantitativos

5.2.

Estrategia de Investigación

Es un estudio de Caso de una empresa que se dedica a la cría de ganado bobino vivo para la venta junto con unos subproductos como es la le venta de leche, junto también con la venta de pastajes dentro de la región de los departamentos de Caldas y Tolima en Colombia.

5.3.

Técnicas Cuantitativos y Cualitativos

5.3.1. Cuantitativos Se tomaron los datos de los Estados Financieros de la empresa y se hicieron unos cálculos utilizando unas formulas simples para determinar el valor del IVA 5.3.2. Cualitativos Se realizaron análisis de textos en el caso de la bibliografía

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6. JUSTIFICACIÓN

Actualmente en Colombia el Sector agrícola no han adecuado un sistema tributario adecuado, muy seguramente por la falta de entendimiento de la norma o porque en su momento ha llegado hacer un trabajo netamente familiar, ya que nace de la mano de los campesinos y sus familias. Es por esto que grandes organizaciones con ingresos de infraestructura organizacional logran captar la necesidad del campesino explotando con su mano de obra directa y no permitiendo que ellos puedan ejercer su actividad con recursos propios. Para lograr esto el Ministerio de Agricultura está ayudando que estos micros y pequeños empresarios de la agricultura puedan sostener sus gastos directos e indirectos con beneficios de créditos sin generar intereses, siempre y cuando sean manejados para fines agrícolas. Así, se lograría que el campesino colombiano tuviera un implante financiero directo para producir su tierra y abastarse las necesidades de él y su familia. El caso de estudio realizado en la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS, se buscó que los beneficios tributarios que Colombia ofrece fueran utilizados de la mejor manera y que estuvieran aplicados como la norma lo emite. Esta sería un de las razones principales para realizar el estudio de caso ya que dentro de la norma colombiana existen beneficios que para algunos agentes pasivos de él no están siendo uso de ellos.

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7. CARACTERIZACION DE LA UNIDAD PRODUCTIVA

La empresa Agropecuaria El Carajillo SAS constituida en la ciudad de Bogotá desde el 1 de marzo de 2010 con dos Socios, se registró ante la DIAN como persona Jurídica y está obligada a llevar contabilidad, la empresa realiza una actividad agrícola en la cría y levante de ganado, venta de leche y pastaje. Donde opera en los Departamento de Caldas y del Tolima, realizando toda la parte operativa de la empresa, con una actividad económica con identificación CIIU 0150 (actividad no gravada explotación mixta Agrícola y Pecuaria). En su estructura organizativa está constituida por una Junta Directiva quienes también cumplen las funciones de Gerente y Administrador, está compuesta por el Representante Legal dueño y socio de la empresa. Además, cuentan con dos empleados en nómina a los cuales los tienen vinculados como lo determina la Ley 100, y pagándoles todas sus prestaciones y parafiscales. Dichos empleados cumplen con todas las funciones indispensables para la cría y levante del ganado. La empresa maneja contratos por prestación de servicio con un Contador Público, y para el médico veterinario, sus servicios son de forma periódica siempre y cuando se ajuste a la necesidad. Así las cosas, la estructura organizacional de la empresa se encuentra así: Una Planta interna: ➔ 2 Personas que son los Socios de la empresa conforman la parte de la Junta Directiva y a su vez Gerente o Administrador con la Representación Legal ➔ 2 Personas operarias Una Planta externa: ➔ 1 Médico Veterinario ➔ 1 Contador Público ➔ Auxiliar Contable De acuerdo a su planta personal la cual no supera los 10 trabajadores y sus Activos Totales excluyendo la vivienda superan más de los 500 salarios mínimos legales vigentes se determinaría como una pequeña empresa teniendo en cuenta Ley 905 del 2004 en el artículo 2. “Definiciones. Para todos los efectos, se entiende por micro incluidas las Famiempresas pequeña y mediana empresa, toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en

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actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, (..) El inventario de la empresa es conformado por su actividad comercial, como es la venta y cría de ganado en diferentes tipos de razas para su producción entre ellas están: Tabla 1. Inventario Final de la Empresa Agropecuaria el Carajillo SAS INVENTARIO Vacas Horras Hembras de levante y cría Macho de levante Toretes TOTAL

% 23,0% 30,6% 24,6% 21,8% 100%

Cantidad 25 26 49 25 125

Fuente.: Extraído del Balance General de la Empresa Agropecuario El Carajillo SAS

De igual modo sus razas son Brahman, Holstein, Cebú ya que dentro de su negocio está la venta de leche y esta raza es una de las mejores en producción. Ese inventario ha sido determinado por un inventario de tipo periódico que para la cual mediante decreto reglamentario 1333 del 29 de Julio de 1996 en su Art 2 lo permite (Hacienda, 2016, pág. 81) Las obligaciones tributarias de la empresa están de acuerdo con la normatividad establecida por el Ministerio de Hacienda y el estado que a su vez determina los términos y obligaciones de los sujetos pasivos perteneciente en el régimen Común, como es el caso de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS que por ser persona Jurídica pertenece únicamente al régimen común únicamente. De acuerdo a lo anterior la empresa a la fecha está cumpliendo con los impuestos nacionales y distritales que sea obligado a tributar como son: Impuesto Nacionales      

Impuesto de Renta Impuesto de la Equidad Impuesto de la Autorrentencion CREE Impuesto de Retención en la Fuente Impuesto del Retención en IVA Impuesto de la Riqueza y Normalización

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Impuestos Distritales  Impuesto del ICA  Impuesto del Retención de ICA Para lo cual la empresa ha cumplido a la fecha con todas las obligaciones respectivas en donde lo determinan como agente pasivo del impuesto.

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8. MARCO TEORICO

8.1.

EL SECTOR AGRÍCOLA EN ALGUNOS PAISES DE AMÉRICA LATINA

Los sectores agrícolas para cada uno de los países han sido y serán un sector importante por su objeto principal en el desarrollo de su producción y estabilidad economía, ya que de sus tierras y campos logran sacar provecho para sobrevivir y dar utilidades a las mismas. Esto con lleva a que el sector agrícola en los países de Ecuador, Chile, Uruguay, Argentina y Colombia que a continuación le han dado un valor agregado e importante para su rentabilidad económica. 8.1.1. ECUADOR En donde (Moreira, 2015) nos muestra la importancia de esta actividad en el país, indicando que la mayor parte de los alimentos, madera y algodón son extraídos de la producción agrícola del país y que la agricultura ha permitido que la gente de este país pueda ejecutar otros trabajos diferentes a la agricultura, ya que en las épocas de sequía ellos intercambian productos por trabajo para su manutención diaria en sus familias. En cuanto a los cultivos y la ganadería (Moreira, 2015) afirma ser la principal en el tema económico del país por su alta aceptación en los pequeños agricultores de la región y el de otros cultivos como son el trigo, la papa, la cebada entre otros alimentos básicos para la canasta familiar y gracias a la avanzada tecnología del mundo en el tema de genética ha permitido que los agricultores realicen excelentes producciones, aunque en algunas situaciones se han visto afectados por que los costos son elevados. Teniendo en cuenta lo anterior el estado debe suministrar semillas que permitan mejorar su producción con reducción al costo del mismo, pero aumentando la productividad para así lograr tener un trabajo en condiciones de producciones limitadas y generar mayores utilidades en sus productos. El agua es una de las fuentes más importantes del sector agrícola es así como (Moreira, 2015) toma como mayor preocupación futura ya que el tema climático de sequía se puede llegar a presentar y el principal recurso del hombre que es la agricultura tiene a ser afectado directamente y más cuando la población también va en crecimiento.

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Claramente los cultivos son más favorables en utilidad cuando se realiza cuando se utiliza de aguas lluvias y no por el desgasto o derroche de agua que este genera para su producción, teniendo en cuenta que ese gasto que produce para el productor no es directo si no que es suministrado por el mismo tiempo climático, aclarando que el exceso de lluvias puede ser una amenaza para sus cultivos. 8.1.2. CHILE Al hablar ya del país de Chile en donde (Bitran, Fierro, & Maggi, 1993) análisis que la agricultura es un área de actividad sujeta a explotación intensa de tierras en donde el principal aumento es en la superficie productiva de tierras, para lograrlo se ha introducido transformaciones en modos de producción, insumos y tecnologías. Igualmente, Chile se ha caracterizado en la productividad agrícola implementando mediante insumos de semillas mejoradas, pesticidas y fertilizantes, así como tecnología para nuevas prácticas de cultivos, crianzas y manejo de suelos. Para ello Chile cuenta con una superficie de 5.1 millones de hectáreas de producción de alimentos, que permiten la disponibilidad de manutención para la población con la que cuenta en los años de 1983 ha 1985. La FAO entro los años de 1987 y 1988 determino que la agricultura chilena muestra en materia de agroalimentación un potencial importante donde se comparó con otros países los cultivos anuales de mayor nivel de desarrollo en este país, dejando a este sector con un balance comercial positivo gracias al dinamismo especial por las exportaciones frutícolas y silvícolas tal como lo relato (Bitran E. , 1990) con el estudio que realizo en el sector agrícola chileno. 8.1.3. URUGUAY Por otra parte, con Uruguay frente al sector agrícola toma como base el PIB como factor esencial tal como lo afirmo (Alimentacion, 1993), en donde el desarrollo nacional de la agricultura contribuye fundamentalmente en el producto interno bruto de este país, como sucede con el tema de exportaciones, fuerza de trabajo, materias primas para el sector industrial y generando un ahorro de financiamiento del sector. El sector agropecuario uruguayo es relativamente estable para el producto interno bruto en su contribución, esto tomado como base por un estudio realizado sobre un promedio del 12% de producto interno bruto, donde se considera un valor agregado en los sectores productivos por su estabilidad, y determinando que el sector pecuario predomina de manera considerable sobre el agrícola.

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En contextos agroalimentarios el sector agrícola es uno delos factores más importantes para el ser humano ya que como lo describe (Alimentacion, 1993) agricultura provee la mayor parte de alimentos a la población, pero, aunque puede satisfacer la demanda de la canasta familiar el problema climático o de economía puede tener un déficit puntual en la producción. Uruguay desde la década de los 60 registra un proceso permanente de desaparición de predios agrícolas los cuales han sido intensos en categorías de predios inferiores de 50 hectáreas, no obstante, son producto de explotación. Estas desapariciones proveen por razones legales del cese de explotación. (Alimentacion, 1993), identifica que la agricultura hace patente a mayor claridad de procesos de concentración de las superficies y que a pesar del proceso de reducción estas áreas sembradas entre 500 y 4,500 hectáreas, la producción avanza en términos absolutos. Esto quiere decir que las tierras que Uruguay posee a pesar de que existe pérdidas de algunas el sector agrícola son productivo para el abastecimiento del ser humano principalmente en la canasta familiar. 8.1.4. ARGENTINA La agricultura de Argentina se tomó como base a lo escrito por (Regunaga & Suarez Porto, 1990), en donde nos identifica que el sector agrario tiene una contribución con PIB entre un 13 a 15%, en especial la producción primaria de este país, tomando como base los años de 1970 a 1988 en adelante, para la cual aumentaba de forma considerada frente al pecuario y otras actividades que en su momento se ejercían. Lo anterior se debe a que sus terrenos son excelentes en producción y permiten que cosechas como la soya, que para el estudio realizado por (Regunaga & Suarez Porto, 1990), tuviera un incremento productivo anual de un 10% aproximadamente, mientras el sector ganadero si sufrió cambios de baja producción para la época. Cuando el autor determina los índices de volúmenes físicos de la producción agropecuaria tomando como base la misma época, muestra que entre los 70 a 90 años los vegetales que reciben un nombre en argentina como las oleaginosas son más productivas que los cereales y el mismo sector pecuario. Esto con llevo que el sector agroindustrial de este país se viera más factible al momento de exporta, ya que inicialmente se enviaba sin procesar la soya junto con la oleaginosa y esto implicó un aumento de proporción de granos industrializados para su mejor exportación.

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En si el sector agrícola de este país a realizados grandes enfoques para su producción ya que sus tierras poseen buenos fertilizantes y la infraestructura organizacional del país puede lograr una mejor producción de tipo industrial de otros países. 8.1.5. COLOMBIA Desde mediados de la década de los 70 el sector agrícola en Colombia han sido de gran importancia la producción cafetal, tal es el caso y como lo describe (Muñoz , Martinez, & Carreño, 1993) en su libro, en donde refiere al sector cafetero como un crecimiento económico del 4,5% en promedio anual. Mientras la agricultura crece el 4,3% en promedio anual. Cuando el autor nombra la agricultura lo toma basado en los productos del banano quien junto con el café ha sido y son hasta el momento los principales productos exportadores como también lo son las flores, ya que Colombia cuenta con una producción de flores de diferente variedad y color, y ha logrado que sea de gran importancia exportadora. En el estudio realizado por (Muñoz , Martinez, & Carreño, 1993) indica que dentro de los años de la década de los 70 y 80 el sector agrícola alimentario disminuye en desigualdad con la distribución de los ingresos a nivel urbano, y esto hace que el sector agrícola no se ve factible para la distribución agrícola en los pequeños productores. Para el campesino de Colombia les han afectado directamente las grandes infraestructuras organizacionales por poseer los recursos necesarios para la producción de un mejor producto terminado, como lo determina el autor cuando hace notorio la comercialización de productos como la caña de azúcar africana, el arroz, el algodón, el sorgo y la soya en donde las grandes empresas se tomaron el comercio de estos productos. El campesino tan solo puede producir los productos básicos de la canasta familiar como son la papa, la yuca, el plátano entre otros, pero en parcelas pequeñas porque sus recursos son mínimos a lo que una organización pueda tener. Por concluir el sector agrícola de Colombia como lo determina (Muñoz , Martinez, & Carreño, 1993) en donde la evaluación de los recursos naturales en desarrollo y gestión de los mismos intentara cubrir temas de comercialización, agroindustria y desarrollo rural.

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8.2.

LOS TRIBUTOS EN EL SECTOR AGROPECUARIO

Los tributos del sector agrícola están demarcados por diferentes impuestos como son el impuesto de Renta, el valor agregado (IVA), Retención en la Fuente, Impuesto al Patrimonio, impuestos municipales etc., para este trabajo solamente se tomaran el impuesto de renta y de valor agregado (IVA) ya que son objeto para el análisis de impactos de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS

8.2.1. LA RENTA DEL SECTOR AGRICOLA Dentro de los impuestos que cualquier actividad económica de las empresas jurídicas o personas naturales que estén obligadas a presentar por ser agentes pasivos se encuentra el impuesto de la Renta el cual cumple con el principal tributo que hay en cada país, para lo cual se realizara un bosquejo por algunos de los países de América latina donde efectúan este impuesto, pero enfocado al sector agrícola que es el estudio a realizar en este trabajo. 8.2.1.1.

CHILE

La tributación y el gasto público en el país de chile frente al impuesto de Renta, se enfocó bajo la investigación realizada por (Bitran, Fierro, & Maggi, 1993) quien determina este impuesto como directo y de mayor importancia fiscal, ya que toda persona natural o jurídica estaría obligada a presentar y su composición estaría basada así: A mediados de los 70 la composición de Renta existente es basada en dos categorías, la primera se la que se realiza de las gravas de utilidades de las empresas y la segunda se toma por las gravas de renta de trabajo. La primera categoría está asociada por sociedades anónimas y empresarios y socios de personas ambos con una tasa del 10%, pero con la diferencia que en las sociedades anónimas se les aumenta un impuesto del 40%de la tasa. Ya para la segunda categoría se grava las rentas de trabajo esto aplicaría para los profesionales liberales y trabajadores sujetos al sueldo pero para estos dos campos existen dos impuestos diferentes como son para profesionales un 7% de la Tasa y para los empleados que vienen hacer los sujetos a un suelo la tasa estaría dentro de un 8% al 58%, adicionalmente para las gravas de profesionales, empresarios y sociedades anónimas debe sumar un impuesto global de tasa progresiva entre un 8% al 58%., todo lo anterior basado con la composición realizada por (Bitran, Fierro, & Maggi, 1993)

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Pero sobre el año de 1984 mediante una reforma tributaria se eliminó el 7% de impuesto de renta más para los profesionales en la categoría de dos de gravas de rentas de trabajo y determinaron mediante esta misma reforma que la categoría uno las utilidades fueran repartidas para los empresarios y para las sociedades los dividendos eliminando de igual forma para estas el 40% de la tasa en sociedades anónimas. En la primera categoría se afectaba las rentas provenientes del capital de personas jurídicas como anteriormente se señaló, pero estas eran basadas en cuatro actividades que son:    

Bienes Raíces agrícolas y no agrícolas Industriales y de comercio Actividades extractivas Rentas de cualquier actividad empresarial

Estas a su vez, se determinaban por un impuesto proporcional del 10% sobre la base imponible y que para el año de 1988 se tomaba sobre las utilidades devengadas y en el año 1989 en adelante se toma por la grava únicamente de utilidades retiradas durante el ejercicio esto tomado bajo lo investigado por (Bitran, Fierro, & Maggi, 1993). Para el efecto de participación agrícola en recaudación de este impuesto no supero el 2%, esto indicaba que dicha actividad no era de suma importancia, por lo tanto, el agricultor se acoge a la renta presunta la cual indica en este país que no paga el impuesto ya que para ser efecto de pago debe equivaler al 1% del avaluó fiscal del predio y puede descontarse del impuesto territorial cancelado que es sujeto a un 2% anual del avaluó esto eximia del pago en la primera categoría. Pero si el agricultor toma la decisión de acogerse a una renta efectiva y de sociedad anónima está no necesariamente se encontrarían exentas, porque su base es sujeta a la base imponible de la contabilidad efectivamente llevada como la norma lo requiera en este país. Concluyendo el tema de renta de este país, se explicarán las dos opciones de tributación de renta que lleva de nombre la renta presunta y la renta efectiva 8.2.1.1.1. RENTA PRESUNTA Esta renta está sujeta una base imponible de un 10% del avaluó junto con el impuesto de categoría del 10% de la renta presente arrojando así una renta presunta considerable de impuesto, pero para ello esta debe superar 1140 UTM (Unidad tributario Mensual) para que la actividad agrícola generara renta tributaria.

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8.2.1.1.2. RENTA EFECTIVA Es aquella obligada a llevar contabilidad y en dos opciones de sistema de contabilidad que son, el sistema de contabilidad simplificada y completa, para lo cual se deben cumplir con unos prerrequisitos de normas que determinan si tienes avalúos menores de 2000 UTM serían simplificadas, pero si superan estos 2000 UTM serían completas, esto de igual manera identificaba el tipo de base imponible que era sujeta la renta por dos razones, en la simplificada se determina por el estado de pérdidas y ganancias, mientras que la completa se determina por las utilidades retiradas, pero a cada una se calcula sobre el 10% del impuesto, dando como resultado la renta de consideración para la simplificada y la completa las rentas retiradas o de utilidades invertidas sin afectar el afecto global complementario. 8.2.1.2.

URUGUAY

En la tributación y gasto público de Uruguay en el sector agrícola como lo especifica (Alimentacion, 1993) de aquí en adelante en su libro como una tributación de grandes cambios entre mediados de los 70 y 80 en cuanto a sus tasas y características de su ejercicio, estos cambios han sido de acuerdo a sus políticas macroeconómicas. Estos cambios que se presentaron determinaron la eliminación de impuestos de menor significativo para el sector económico dentro de ellos se encuentra el IMPROME el cual era el que determinaba el impuesto a la renta bruta agropecuaria sobre la base ficta y estableció uno nueva situación para el impuesto agrícola IMAGRO que su significado es el impuesto a la renta neta agropecuaria sobre base ficta Al igual se implanto el impuesto de renta agropecuaria llamada de igual forma como IRA impuesto a la Renta real como alternativa para el impuesto a la renta neta agropecuaria sobre la base ficta el IMAGRO. El impuesto de la Renta de este país es tomado como un impuesto directo y para el sector agrícola no es sujetadle a diferencias, en donde se refiere que de acuerdo a otra actividad diferente al agro esta debe cumplir con las leyes o reformas que aplican este país. Teniendo en cuenta lo anterior (Alimentacion, 1993) nos identifica las modalidades que existen para la imposición de renta como es la renta presunta o ficta y que fueron operadas dentro de los años de 1973 y 1988. Para determinar el impuesto de la renta agropecuaria esta debe tomar sobre una base de producción presunta de suelos, estableciendo la ley de los niveles de la producción que son manejados por hectáreas, está a su vez daría una

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productividad básica obtendría la renta bruta a la cual se le puede deducir por conceptos de gastos de explotación entre un 30% a un 50% pero con dos prerrequisitos que se aplicarían el 30% para propietarios y el 50% para no propietarios, donde arrojaría la renta neta pero a su vez se puede integrar la renta total de la persona y que se pueden deducir otros gastos como arriendos, pensiones alimentarias en donde arrojaría la renta líquida y a esta también se le aplicaría otras deducciones y ya aquí se determina la renta gravada que es a la que le aplica entre un 5 y el 50% para sus tasas progresivas. 8.2.1.2.1. Impuesto a la producción mínima exigible (IMPROME) Es considerada la primera estructura de impuesto al sector agropecuario, desde luego en Uruguay las exportaciones pecuarias han sido la captación primaria fiscal de ingresos. Fue uno de los impuestos más cuestionados ya que su gravamen no es evadible esto quiere decir que la práctica de reducción del ingreso de los productos pecuarios no tendría mayores diferencias a través de reducciones equivalentes y homogéneas de precios para los principales productos pecuarios como lo es la carne y la lana. En este impuesto se gravaba el ingreso básico de la explotación, determinando una renta bruta pecuaria presunta, con el tipo de suelo y ubicación del padrón, los cuales se toman de las carnes y lana con objeto de un trabajo previo a cargo de la Comisión Nacional de Estudio Agroeconómico de la Tierra. La forma adecuada para determinar la mínima exigible que se expresa de cada padrón en 100 de la productividad media del país, expresada en kilogramos de carne vacuno equivalente por hectáreas. Se debe mantener con la medida del país la misma relación que se establezca entre la capacidad productiva del predio en cuestión y la capacidad productiva nacional. Para poder llegar al precio debe valorarse las producciones establecidas que luego se recurre a estimaciones de precios de los productos involucrados, estos se reconocen los costos de comercialización incurridos por conceptos de fletes, comisiones, seguros, IVA, impuestos a los remates y más reciente a los aportes al Movimiento por Erradicación de la Vivienda Rural Insalubre. 8.2.1.2.2. Impuesto a las actividades agropecuarias (IMAGRO) Es un impuesto que determina la Renta neta presunta, deduciendo a la renta bruta los costos incurridos para su obtención a los cuales se les da por nombre deducciones preceptivas.

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Este hace referente a la modificación de la precisión tributaria sobre la ganadería y las distorsiones causadas por el proceso de inflacionario e inclusión de estímulos adicionales en su liquidación que desnaturalizan la finalidad perseguida, que puede plantearse entre la intención de favorecer fiscalmente a los predios de menor tamaño. En la renta neta la precisión tributaria es menor ya que tiene su productividad real, de igual forma los periodos de crisis se constata en una relación de insumos / producto más desfavorable para los productores más tecnificados. Este ingreso se calcula deduciendo al ingreso neto total de un cierto porcentaje de lo efectivamente invertido en las mejoras realizadas, estas son definidas como rubros de deducciones condicionados e incluyen fertilizantes fosfatados y gastos para la fertilización, semillas y labores para la implantación de nuevas pasturas, generadores de energía eléctrica, alambrados, reservas forrajeras y honorarios de técnicos que ayuden al productor en áreas considerables. 8.2.1.2.3. Impuesto a las rentas agropecuarias (IRA) Este impuesto es alternativo del IMAGRO el autor (Alimentacion, 1993), lo determina como una preceptiva por encima de3 ciertos niveles de ingreso, para los contribuyentes titulares de las actividades de avicultura, apicultura y cunicultura, así como para aquellos que obtienen por arrendamientos. El IRA grava la denominada renta real o efectiva, aproximándose a impuesto a la renta de industria y comercio, aunque con variantes que intentan simplificar los procedimientos de liquidación. Los sujetos pasivos de este impuesto son aquellas personas jurídicas, los condominios, las personas físicas y los núcleos familiares. 8.2.1.2.4. Impuesto al patrimonio Este impuesto toma a todos los sectores económicos y se justifica por las necesidades fiscales del momento, planteando dos imposiciones diferentes • •

Impuesto personal, global y progresivo Impuesto de carácter real y progresivo.

8.2.1.3.

COLOMBIA

La tributación y el gasto público agrícola en el desarrollo agropecuario de Colombia, que durante los últimos treinta años ha sufrido transformaciones acompañadas por cambios estructurales de la economía en su conjunto

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Para poder determinar los autores de este libro (Muñoz , Martinez, & Carreño, 1993) asocian la política económica y vuelven efectivos el sistema de precios relativos desfavorables en el sector y conducen una transferencia de recursos hacia otros sectores de la economía para el carácter implícito. La situación se agudiza en los periodos de fuente de control de precios sobre los alimentos y sobrevaloración cambiara, esto sucede cuando se aplican tratamientos diferentes en materias de subsidios a las exportaciones. Mientras los impuestos explícitos son divididos en dos grupos directos e indirectos y de los cuales hacen parte de la tributación colombiana, como son los directos que están determinados por:    

Impuesto de Renta Impuesto al Patrimonio Impuesto Predial Sobretasa predial destinadas a las corporaciones Regionales de Desarrollo y otros.

De igual forma los impuestos indirectos se gravan al sector con aplicaciones de importaciones asumidas, maquinaria y a su producción local. Reducen la posibilidad de modernización con elevados costos de producción y que para el comienzo de este año son:     

Aranceles a las materias primas, insumos y maquinaria Impuesto del 5% sobre el valor CIF Impuesto del 3% sobre la legalización de factura comercial Impuesto del 8% sobre el valor CIF de las importaciones, exceptuando alimentos y fertilizantes Impuesto al valor agregado IVA

La renta presuntiva se establece como ayuda para determinar el ganado de cría y de leche, pero no puede ser inferior del 4% de dicho valor y a partir de esto se establece la tasa tributaria. Dentro del año de 1973 con la Ley 4 se crea la renta presuntiva y establece en al Art 144 que “el avaluó del terreno se determina tomando en cuenta el valor potencial de los suelos y las condiciones de su explotación económica, factores que no incluyen el valor de los cultivos, las construcciones, maquinaria, equipos adheridos a la tierra y otros similares” En el año de 1974 se creó una reforma tributaria en donde un régimen universal de presunción de renta mínima en consecuencia con el patrimonio, es ahí donde se plantea que ningún contribuyente obtenía una renta ordinaria inferior al 8% de

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su patrimonio neto, pero si se demuestra es de fuerza mayor o cuando el 50% de su patrimonio estuviera comprometido en empresas que se hallaran en periodo improductivo. Sobre el año de 1983 se determina y se firma la Ley 9 en donde establece que la renta líquida del contribuyente para este año no sería inferior del 6% del patrimonio líquido del año anterior o al 1.5% de los ingresos netos obtenidos con los de este año gravable. Y así aumentaría año a año un 1% del patrimonio y un 0.5% para los ingresos, aunque este último se mantiene por dos años más. En el sector agrícola se establecen deducciones a la Renta bruta de las personas naturales o jurídicas mediante Leyes de 1973 en Colombia, estas deducciones como lo determinan los autores (Muñoz , Martinez, & Carreño, 1993) fueron aplicadas en la Leyes 4 y 5 del año 1973, como lo tomaron, si una persona natural o jurídica invirtieran en cultivos de demora en su crecimiento o se eximían si del impuesto si realizaban inversiones en las zonas fronteras o colonización. Al igual mediante Decreto 2053 del 74 si las personas arborizaban terrenos reforestados también los eximían de este impuesto, pero en su mayor parte estos incentivos fueron derogados mediante la reforma tributaria de 1974. Ya a partir de la Ley 20 de 1979 se crearon otros incentivos tributarios para las personas que realizaran inversiones de reforestación y pesca y estos alcanzaron a durar sobre 4 años más, estos no excedían más de un 10% de su renta líquida. En los fondos ganaderos también se vieron igualmente favorecidos, se establecieron excepciones en el impuesto de Renta para aquellos que no fueran fondos de sociedades anónimas abiertas y se enviaban a una cuenta especial este impuesto en donde el propósito principal fuera exclusivamente para actividades de extensión agropecuario Teniendo en cuenta lo anterior en el Estatuto tributario Colombia en el Art. 92, 93 y 94 definen las rentas pecuarias junto con su renta bruta y su costo fiscal enfocadas al sector ganadero en donde a la letra reza: “Para efectos fiscales, se entiende por negocio de ganadería, la actividad económica que tiene por objeto la cría, el levante o desarrollo, la ceba de ganado bovino, caprino, ovino, porcino y de las especies menores; también lo es la explotación de ganado para la leche y lana. Constituye igualmente negocio de ganadería la explotación de ganado en compañía o en participación, tanto para quien entrega el ganado como para quien lo recibe ART 92 “En el negocio de ganadería la renta bruta proveniente de la enajenación de semovientes está constituida por la diferencia entre el precio de enajenación y el costo de los semovientes enajenados.” Art 93

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“El costo del ganado vendido está conformado por el de adquisición si el ganado enajenado se adquirió durante el año gravable o por el valor que figure en el inventario a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, si el ganado enajenado se adquirió en año diferente al de la venta. En este último caso el costo no puede ser inferior al del precio comercial del ganado en 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, que en el caso de ganado bovino se determina conforme a lo dispuesto en el artículo 276.” “PAR. En la explotación de ganado en compañía o en participación, tanto quien reciba como quien entregue el ganado valoriza la parte que le corresponda en el ganado.” Art, 94

8.2.1.4.

ARGENTINA

La tributación agrícola de Argentina teniendo en cuenta los principales instrumentos tributarios con factores que expliquen el comportamiento de tributación agropecuaria y la evolución de estructuras de uso del gasto público agropecuario. Dentro de la economía de Argentina el sector agrícola ocupa un gran ritmo de crecimiento, llegando ser una de las competencias del mercado internacional, ya que se considera ser en este país como la primaria. Como lo determina (Regunaga & Suarez Porto, 1990), para la década de los 70 la agricultura en Argentina fue llamada como la actividad en competencia comercial nacional e internacional, esto se debía a su gran proceso de producción de un 10% en promedio anual. A pesar del que sector ganadero no era en este momento el más rentable la agricultura mostraba otro aspecto diferente para la economía de este país. Ya que se permitía manejar una estructura de precios fijos y mostraba una producción de granos en especial los oleaginosos que en el resto de los demás. La tributación agrícola tenía principalmente instrumentos tributarios e impuestos indirectos e impuestos directos para la evaluación de estructuras y fuentes de recaudación tributaria de todos los sectores. Esto con lleva a que los sectores agrícolas en Argentina se manejara una elevada participación de los tributos nacionales (Regunaga & Suarez Porto, 1990) informaron que partía por la alta incidencia de los impuestos indirectos y por las variaciones en la composición de los ingresos fiscales. Los impuestos indirectos han sufrido la mayor relevancia en cuanto a lo que se determinan como derechos de exportación ya que son los que tienen mayor significación en el sector agropecuario, estos van asociados a razones de índole en necesidad y seguridad de recaudación.

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Estos tienen una particularidad de poder ser trasladados hacia el producto agropecuario y es por eso que su variación en el mercado capta de manera inmediata, estos a su vez son objeto de consumo local, teniendo a tener un incidente de rentabilidad en las empresas agropecuarias. Al mencionar los impuestos directos son gravados el sector agropecuario con el impuesto de ganancia ocasional y el impuesto del patrimonio, son de carácter nacional y se asimilan a la renta del sector agrícola, está compuesta por la totalidad de ingresos, deducciones en los costos y gastos, para no afectar directamente al patrimonio. Para el impuesto al patrimonio se están grabando el gravamen a capital de empresas y patrimonio neto, estos son evaluados por determinar el valor imponible del valor de adquisición del activo hasta de un 50% dejando una tasa de producción en proporción o igual al 1,5%. Otros que también afectan el impuesto al patrimonio son también el impuesto inmobiliario provisional y las tasas municipales, para el cual gradualmente afectan el estado gravado en el impuesto inmobiliario provisional esta tiene un máximo de un 36,5 por mil. La evolución estructural y fuentes de la recaudación tributaria, representa en promedio el producto interno bruto, y son impuestos que recaen también sobre la producción, el consumo y las transacciones fueron evolucionando menos de un 30% de su recaudación total. Las crisis recurrentes de balanzas de pagos en donde hacen parte las necesidades fiscales y las caídas de los precios internacionales son productos agropecuarios de exportación, en el cual (Regunaga & Suarez Porto, 1990) lo tomaron como política de derechos de exportación de los principales productos agropecuarios en los diferentes años, tradicionalmente en las exportaciones de granos y carne vacuna. Ya que la mayor proporción de la producción agropecuaria está vinculada el tipo de cambio con los precios y demanda que esto genera internacionalmente. La tributación en Argentina ha recurrido al análisis econométrico entre variables cuantitativamente a supuestos de existencia en relaciones de funciones tipo lineal, los principales factores explicativos surgen de los resultados de alcance como son los del producto bruto del sector agrícola. En síntesis, los impuestos que gravan al sector agropecuario son:

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Tabla 2. Tributos que Gravan empresas y Actividades en Argentina LOS TRIBUTOS QUE GRAVAN EMPRESAS Y ACTIVIDADES EMPRESARIAS  Impuesto a las Ganancias: Se gravan las rentas periódicas o no (Nacional) obtenidas; por empresas y actividades empresarias  Impuesto sobre los beneficios Grava, en general, los beneficios no eventuales; (Nacional) alcanzados por el anterior, en particular los derivados de transacciones de inmuebles, bienes muebles, cuotas y participaciones sociales, títulos, acciones, etc. que no tributen impuesto a las ganancias. Fuente Tributación y Gasto Público de Argentina

Tabla 3. Impuestos que gravan al patrimonio en Argentina IMPUESTOS QUE GRAVAN AL PATRIMONIO  Impuesto a los capitales de las Es un impuesto patrimonial neto empresas empresarial  Contribuciones especiales sobre Es un impuesto idéntico al anterior que el capital de cooperativas alcanza a las empresas que adoptan la forma cooperativa  Impuesto al patrimonio Neto Este alcanza los campos dados en arrendamientos y los patrimonios de empresas.  Impuesto inmobiliario Esta grava literalmente la tierra en su mayoría en los casos de impuestos básicos  Tasas Municipales Este es tomado por los municipios que se financian para cobrar las tasas por distintos servicios Fuente Tributación y Gasto Público de Argentina

Tabla 4. Impuestos que Gravan las Transacciones en Argentina IMPUESTOS QUE GRAVAN LAS TRANSACCIONES  Derechos de exportación Que se clasifican en retenciones aduaneras a las exportaciones agropecuarias  Impuesto de ingresos Es el ejercicio de una actividad habitual con propósito lucro Fuente Tributación y Gasto Público de Argentina

Tabla 5. Impuestos que gravan los Insumos Agropecuarios en Argentina IMPUESTO QUE GRAVAN LOS INSUMOS AGROPECUARIOS  Impuesto al valor agregado Es la tasa que grava los productos

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 Combustible  Derechos de Importación  Impuestos Internos

diferenciales Este se encuentra en la gasolina que se utilizan para la producción Son los precios de los productos importados del sector agropecuario Son los que gravan la comercialización de ciertos productos y servicios

Fuente Tributación y Gasto Público de Argentina

Cabe anotar que la estructura tributaria de Argentina es objeto de enseñanza para otros países ya que le dan al sector agropecuario grandes estructuras tributarias para su funcionamiento, teniendo en cuentan como sector principal y primario el sector agrícola y es por eso que de allí es nombrada como la mejor en estructura tributaria para este sector. Su económica radica inicialmente en el tema de exportación como lo describe el autor sin olvidar aquellos otros impuestos que hacen parte para que el sector agrícola sea valorado por su producción y su gran acogida hacia el sector nacional e internacional. Le da importancia necesaria para lograr captar para otros países la organización y tomar como referente que es objeto para subsistir del ser humano ya que es objeto principal de la canasta familiar. 8.2.2. VALOR AGREGADO DEL SECTOR AGRICOLA (IVA) Otro de los tributos del sector agrícola es el impuesto del IVA quien a su vez para Colombia es un impuesto netamente exento y es sujeto a devolución por sus insumos necesarios para realizar el producto agrícola, en el estatuto Tributario de Colombia en el Artículo 477 del ET se encuentran determinan los bienes exentos de dicho impuesto y para los otros países como Chile como lo determina (Bitran, Fierro, & Maggi, 1993), en Uruguay por (Alimentacion, 1993) y en Argentina por (Regunaga & Suarez Porto, 1990) son tomados de la misma manera. Tal es el caso que el impuesto de valor agregado como así lo hacen llamaren chile se dispone a ser una recaudación de tasa siendo descontados en una proporción a partir de la relación entre los valores agregados tal como lo señalo (Alimentacion, 1993). Por otra parte, en Uruguay es un impuesto indirecto, por tal motivo son también tomados como productos exonerados del impuesto al valor agregado para el IVA.

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8.3.

ESTUDIOS DE CASO

Los estudios de caso que se plasmaran en este capítulo, fueron tomados de Ecuador país que muy seguramente no ha sido comprendida para el sector agrícola quienes realizan esta actividad y se presentaron estudios sobre pequeñas empresas agrícolas, en donde reflejaron un estudio de campo para mostrar problemáticas tributarias en la actividad agrícola de las empresas y mostrar así resultados de tipo tributario para ser saneada frente a las entidades que los vigilan y no ser sancionadas a futura con impuestos onerosos. Uno de los primeros casos fue el efecto que tuvo una empresa bananera de llamada el Aguacate de Ecuador en donde su problemática inicial fue la evasión de impuesto para este país y esto se realizó un análisis del impuesto de renta y demás anexos transaccionales que debe ejecutar la agrícola bananera que lleva como nombre “El Aguacate”, el cual se encuentra registrada en el Servicio de Rentas del Ecuador “SRI” como una persona natural. Auditar cada uno de los sucesos tributarios mediante pruebas en donde hayan cumplido con las normas establecidas por la ley en el cumplimiento y presentación de los mismos, esto permitirá que la organización no tenga problemas futuros en sanciones o multas por movimientos mal ejecutados en su momento. Para ello (CALERO & FIAMA, 2015) se realizó un plan de programa de auditoría y de la misma forma se efectuó una matriz de medios internos y externos con el fin de determinar, fortalezas, debilidades, amenazas y oportunidades en la empresa, de igual forma con más magnitud el impuesto de renta ya que ha sido modificado en los últimos años, logrando poder obtener los efectos y el cumplimiento de las leyes y reglamentos a través de reformas para el año fiscal 2013 La investigan de los componentes de problemática, justificaciones, objetivos e hipótesis abarca en el tema de las modificaciones que ha tenido de la Renta en el país, al que como lo dice (CALERO & FIAMA, 2015) se encuentran los ciudadanos del país que perciban ingresos como es el caso de la Agrícola Bananera “El Aguacate” que se dedica a la producción y comercialización de Banano. Esta establece un examen y evaluación de la información contable y tributaria buscando determinar de forma oportuna situaciones y hechos que afecten al cumplimiento de la declaración y del pago de los impuestos. Por otra parte, se busca que esta empresa pueda contar con las mismas características de otros países en termino de igualdad de mercado internacional, de igual forma para lograr esto es necesario que el Gobierno invierta más su presupuesto en cuatro fases importantes que son la infraestructura, la salud,

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educación y autosuficiencia enérgica, claramente con la ayuda de cada ciudadano que cumpla con el pago oportuno de sus impuestos. De igual forma Ecuador ha ido evolucionado gradualmente como lo dice (CALERO & FIAMA, 2015) en lo que se refiere al sistema tributario siendo necesario la aplicación de Auditorias Tributarias para así lograr la integración entre las características de los tributos que lo conforman y las particularidades y necesidades económicas del país, tal por eso es que han sido tan modificadas y reformadas. Esta empacadora de banano entre otras necesita realizar auditorías tributarias que les permita conocer el grado de cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el fin de ayudar a empresarios a tomar adecuadas decisiones. Esto permitirá también a conocer sus actividades diarias que ejecutan, así como los manejos que estos requieran en cuanto al registro y manejo de su información contable utilizan adecuadamente para toda la parte de tributación. De acuerdo a esto se tomarán cuatro pilares que serna parte de la auditoria, que son.    

Incumplimiento Aplicación inadecuada Información Financiera Ausencia de Informe

El pronóstico del incumplimiento de las obligaciones se logró, por multas y sanciones, retrasos en el pago, errores en la declaración y la inadecuada toma de decisiones. Y de igual forma para poder lograrlo (CALERO & FIAMA, 2015) un control adecuado para el mejoramiento de los sistemas administrativos, operativos y tributarios que son  Registrar como lo determina la Ley de Orgánica de Régimen Tributario Interno  Frecuentemente revisar los procedimientos aplicados  La información financiera revisarla  Realizar auditorías tributarias de manera continua El impuesto de renta y otros tributos como los analizo (CALERO & FIAMA, 2015)en la agrícola bananera de Ecuador en donde con procesos de auditoría logran que diferentes organizaciones que se encuentran mal enfocadas en el tema logren realizar las cosas de la manera que la Ley lo requieran.

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Buscando que se comentan errores futuros para que puedan ser sancionados en futuro o más aun puedan ser cerrados o en quiebra por sus malos procesos tributarios. Claramente para igualar este proceso en nuestro país se tendría que lograr que cada campesino con su pequeña empresa permitiera un estudio avanzado de auditar sus costos y procesos, para generar en ellos conciencias para poder es tener sus frutos a otros países como lo buscan en esta empresa. Ya para el análisis que se realizó para la Hacienda Frut Victoria que posee 207,20 hectáreas de tierra, de acuerdo a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno de Ecuador es gravada aquellas que poseen unas hectáreas mayores de 25, para lo cual se analizará su afectación dentro de la conciliación tributaria ya que existen deducciones de cuatro veces al impuesto por ser tierras productivas. Ecuador cuenta con Impuesto directo para las tierras rurales que son las encargadas de la recaudación, pero al momento de implementarse la falta de información se generan muchas evasiones del mismo. Teniendo en cuenta lo anterior mencionado los autores (Espinoza Pacheco & Farez Plasencia, 2013) le dan una revisión a la creación de dicho impuesto creado por los entes reguladores en donde la Ley de la reforma Tributaria de Ecuador publican el Oficio sin antes detallar claramente lo que esto implica para el sector agrícola. Tal es el poco entendimiento por parte de los directos responsables que debido al desconocimiento del impuesto las administraciones tributarias extienden plazos para su pago y presentación del mismo. Para comprender un poco más de que trata este texto el autor del libro toma como referencia de la norma su definición que dice: El Impuesto a las Tierras Rurales se cobra a los dueños o propietarios que posean terrenos con una superficie superior a 25 hectáreas y estén ubicados en el sector rural, exceptuando a la región amazónica en cuyo caso los propietarios pagaran este impuesto sobre los terrenos que representen una superficie mayor a 70 hectáreas. El objetivo de la implementación de este impuesto es que permite identificar las tierras inactivas que existen en nuestro país, y en cierta forma beneficiara a quienes hacen producir la tierra, porque, en su declaración del Impuesto a Renta, ellos podrán deducir hasta cuatro veces este impuesto”. (Servicios de Rentas Internas, 2007) Esto indicaría que para la empresa a la cual se realizó dicho estudio de campo estaría obligada a pagar y presentar dicho impuesto por qué aria parte del encade miento tributario que los entes regulatorios indican.

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Ya que al igual harían parte de un hecho generador para dar el cumplimiento a lo que la Ley obliga al contribuyente. Dentro del esquema tributario se aplicaría la Base imponible en donde el contribuyente estime ciertos requisitos que son necesarios para el cálculo del impuesto que se consideren. Esto tiende a indicar que para el impuesto se considera como base imponible un área total correspondiente a todos los inmuebles rurales de propiedad o posesión del sujeto pasivo a nivel nacional, y que para ello existen ciertos requisitos que serían tomados como mínimos y son:          

Ubicación política Administrativa Identificación del Predio Información legal de la tendencia de la tierra Superficie Uso de Suelos Servicios Básicos Nombre del dueño con sus documentos Disponibilidad de riego Relieve Cobertura Vegetal

Todo lo anterior se toma de acuerdo a la Asamblea Nacional del año 2010. 1. Los sujetos Activos y pasivos de este impuesto se pueden aplicar a personas naturales o jurídicas si así la norma lo indica y que en este sector es particularidad ver estos dos contribuyentes obligados a hacerlos. Es así como el énfasis de este trabajo que realizaron (Espinoza Pacheco & Farez Plasencia, 2013) en donde se determinan ciertos aspectos importantes que se deben tener en cuenta para no presentar sanciones futuras con los entes reguladores como son:        

Sujetos Activos Sujetos Pasivos Cuantía Deducible Exenciones del Impuesto a las Tierras Rurales Calculo y pago del Impuesto a las Tierras Rurales Multase Intereses Análisis del Impuesto a las Tierras Rurales y su Incidencia en el Sector Agropecuario

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En donde cada una de los antes mencionados es tema de Ley obligatoria para que los entes reguladores vigilen sobre sus pagos y procedencias. Por lo menos la Renta el cual es un impuesto tributario directo y que incurre solamente sobre aquellas personas naturales o jurídicas bien sea nacionales o extranjeras y que realicen una actividad comercial, profesional, industrial, agrícola que den ingresos o rentas y aun sobre ingresos gratuitos. La legislación tributaria de Ecuador tiene muy clara las pautas que se deben tener para que los pequeños agricultores no ejecuten más impuestos en lo que las normas lo obligan. Ya que como lo afirman las investigadoras de este trabajo son solamente aquellas grandes superficies que, si pueden y deben asumir dichos impuestos, pero que a su vez deben realizar grandes ayudas a aquellos que lo requieran. Por que como toda Ley se debe cumplir ellos también pueden ejecutar sanciones por no aplicarlas en el tiempo determinado. Ahora si esto se estableciera en Colombia mucho de nuestros pequeños campesinos no tendría necesidad de pagar impuestos si no necesariamente los regulados por sus activos brutos en el régimen simplificado.

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9. TRIBUTARIA DEL SECTOR AGRICOLA DE COLOMBIA

Colombia ha sido un país considerado como el país de las reformas tributarias y con ellas llegan cambios en la información Tributaria tanto en el Estatuto Tributaria como en el de todas las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que estén obligadas, y que deban cumplir con lo establecido por Ley. Desde 1990 a la fecha se han publicado y firmado 39 Reformas Tributarias al estatuto Tributario, lo anterior tomado con base (Hacienda, 2016) en el cual mencionan cada una de ellas y para lo cual solo se destacarán tres de esta ya que son parte de cambios para las personas del sector Agrícola y serian sujetos pasivos a declarar y son: -

-

Ley 1370 del 30 de Diciembre de 2009, “Por la cual se adiciona parcialmente el Estatuto Tributario” Ley 1731 de 31 de Julio de 2014, “ Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de financiamiento para la reactivación del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustrial, y se dictan otras disposiciones relacionadas con el fortalecimiento de la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria (Corpoica)”. Ley 1739 de 23 de diciembre de 2014, “Por medio de la cual se modifica el Estatuto Tributario, la ley 1607 de 2012, se crean mecanismos de lucha contra la evasión y se dictan otras disposiciones.”

Teniendo en cuenta las anteriores Reformas tributarias se enunciarán algunos de las características principales que vinculan los sujetos pasivos en Colombia para el cumplimiento que deben tener ante la DIAN en sus declaraciones y/o obligaciones tributarias. La Ley 1370 del 30 de diciembre de 2009 (Legis Editores SA, 2015, págs. 123127, 546) fue por la cual se determinó cambios en el impuesto al patrimonio para las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho y los cuales fueron: 1.) La declaración se debe determinar a 1 de enero del 2011 defiriéndola en ocho pagos por cuatro años, 2.) Las bases gravables para dicho impuesto son Patrimonios entre $3.000 millones a $5.000 millones aplicando una tarifa del 2.4% y mayores de $5.000 millones con una tarifa del 4,8%, 3.) Se excluyen ciertos rubros del patrimonio para la deducción del mismo, como son acciones poseídas, hasta $ 319.215.000 del valor del apartamento o casa habitacional, neto de bienes inmuebles de beneficio y uso público de las empresas de transporte, neto de los activos fijos inmuebles adquiridos y/o destinados al control y mejoramiento del medio ambiente, neto de los bancos de tierras que posean las empresas publicas territoriales.

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Estas características al reflejarla al sector agrícola se vincularían aquellas que hayan cumplido los topes mínimos y que sería sujeto pasivo para dicho impuesto ante la DIAN, ya que no excluye a ninguna actividad específica para no ser sujeta del pago. La 1731 de 31 de Julio de 2014 (Legis Editores SA, 2015, págs. 92, 741) para lo cual fue modificado el artículo 175 del ET, en donde “El fondo Nacional de Garantías tendrá derecho a deducir anualmente el valor de las reservas técnicas o de siniestralidad constituidas durante el respectivo ejercicio. En igual forma podrá proceder el Fondo Agropecuario de Garantías de que trata la Ley 16 de 1990 respecto a sus provisiones y reservas.”, esta ley determina de igual forma que el sector agrícola de pequeños y medianos productores se beneficien con financiación rural, ya que esta reforma permitirá aplicaciones para créditos, seguros agropecuarios, fondos agropecuarios de garantías, programa nacional de reactivación agropecuaria y el fondo de solidaridad agropecuario, los cuales a pequeños productores agrícolas se beneficiaran con acuerdos de pago y suspensiones de cobros por parte de aquellos que le pueden facilitar sus créditos como son los programas nacionales de reactivación agropecuaria. Con base a lo anterior mencionado se podría clasificar o referir que la Ley ayuda en gran proporción al sector agrícola pequeño, en otros términos, al campesino, quienes no poseen recursos directos y dependen directamente de la siembra de sus tierras y para lograrlo debe solicitar un implante económico para poder recoger sus frutos y sostener su actividad comercial. Y con esta Ley se puede buscar la medida de invertir y reactivar el sector agrícola. La Ley 1739 de 23 de diciembre de 2014 (Legis Editores SA, 2015, págs. 123-130, 783-785), ha sido para los últimos tiempos la más cuestionado por parte de los agentes pasivos a declarar, ya que en gran parte se determinaron nuevas disposiciones tributarias para las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho, ya que de esta ley se modificaron y se implementaron nuevos impuestos como son: 

Impuesto a la Riqueza, Modifica el Art. 292-1 del ET en donde adicionan el impuesto y determinan nuevas formas de su pago, y su patrimonio neto líquido sea superior de $1.000 Millones, pero con diferencias en sus tarifas y periodicidades. ya que para las personas naturales se manejarán por cuatro años con tarifas progresivas entre 0,125%, 0,35%, 0,75%, hasta 1,50% y para las personas jurídicas son por tres años y cada uno de ellos con diferentes tarifas que son

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Tabla 6 Tarifas de Impuesto de Riqueza Persona Jurídica PERSONAS JURIDICAS AÑOS 2015 2016 2017

TARIFA 0,20%, 0,35%, 0,75, 1,15% 0,15%, 0,25%, 0,50%, 1,00% 0,05%, 0,10%, 0,20% 0,40%

Fuente Estatuto Tributario de Colombia Art 292

Impuesto sobre la renta para la equidad cree, Art.20 de la ley 1739 en donde aplican sobre la utilidad neta de la renta con una tarifa del 9%, disminuyendo los parafiscales del Sena e IGBF y el pago de Salud por empleador del 8,5% para solventar este gasto en las personas jurídicas solamente. Aclarando que si las personas naturales tienen más de un empleado dentro de su planta administrativa o productiva también puede obtener el beneficio del no pago de los parafiscales y salud, pero no son agentes pasivos del impuesto de renta CREE. Como consta en la Ley 1607 de 2012 en su Art. 25. Dentro del mismo y mediante Decreto 1828 de 2013 se implementó el impuesto de Autor retención del impuesto del CREE el cual difiere una proporción dependiendo a su actividad para ser descontado como anticipo y pago de retención sobre los ingresos brutos de las personas jurídicas para ser descontado en la declaración de renta del CREE. Estas tarifas son sujetas de acuerdo a su actividad económica que para el año 2015 fueron sujetas entre el 0.30% y el 0,60% Se le adiciona al impuesto de la riqueza el impuesto de Normalización por activos o pasivos inexistentes para los años 2015, 2016 y 2017, para las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que requieran cancelar estas obligaciones inexistentes dentro de su información tributaria.

Por otra parte dentro de los grandes cambios que ha sufrido la tributación Colombiana también se encuentra el Impuesto de generado y descontado sobre las ventas o compras, que para las cuales mediante la Ley de 1607 del 2012, estos impuestos dejaron de presentarse de manera periódica por bimestre, si no, en tres fases diferentes de acuerdo a los ingresos brutos del año inmediatamente anterior, adicionando al ET el Art, 600 la cual señalo la periodicidad con la cual, a partir del 2013 se debe declarar dicho impuesto mostrándolo así:  Si una persona natural, jurídica y sociedad de hecho tuvo ingresos inferiores a 15.000 UVT presentara un IVA anual anticipado en tres pagos cada cuatro meses con un porcentaje de pago de 30% para los dos primeros anticipos y un último por el 40%

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 Si una persona natural, jurídica y sociedad de hecho tuvo ingresos entre 15.000 a 92,000 UVT presentara un IVA cuatrimestral cancelando su pago.  Si una persona natural, jurídica y sociedad de hecho tuvo ingresos superiores a 92,000 UVT presentara un IVA bimestral cancelando su pago. Aclarando que si una persona natural del régimen simplificado es obligada a llevar contabilidad para el año en curso debe pagar y presentar su impuesto de IVA bimestral y si por otra parte una persona jurídica es constituida después del año 2013, ano que aplica este decreto también es obligada a pagar y presentar el impuesto de IVA bimestral.

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10. ANALISIS DE IMPACTOS DE MANEJO TRIBUTARIO ACTUAL EN LA SITUACION FINANCIERA Y RESULTADOS DE LA EMPRESA AGROPECUARIA EL CARAJILLO SAS Este análisis busca identificar la problemática actual que presenta la empresa frente a los beneficios tributarios que el sector agrícola colombiano posee para que la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS y se pueda manejar una tributación adecuada para la empresa. 10.1. IMPUESTO DEL VALOR AGREGADO (IVA) El impuesto del Valor agregado (IVA) es un impuesto por el cual grava un bien o servicio sobre una tarifa porcentual, la cual la determina el Estado de cada país para las personas que sean agentes pasivos como se determinó en el capítulo cuatro de este trabajo, y para el sector agrícola está exento como se enunciara a continuación. La normatividad colombiana a partir del año 2013 mediante Decreto 1607 del 2012 se determinó las nuevas obligaciones que deben tener las personas obligadas a declarar y pagar este impuesto, tomando como base los ingresos brutos del año inmediatamente anterior y dejando periodicidad en tres impuestos que son el anual, bimestre y el cuatrimestral de esta manera:  Si una persona natural, jurídica y sociedad de hecho tuvo ingresos inferiores a 15.000 UVT presentara un IVA anual anticipado en tres pagos cada cuatro meses con un porcentaje de pago de 30% para los dos primeros anticipos y un último por el 40%  Si una persona natural, jurídica y sociedad de hecho tuvo ingresos entre 15.000 a 92,000 UVT presentara un IVA cuatrimestral cancelando su pago.  Si una persona natural, jurídica y sociedad de hecho tuvo ingresos superiores a 92,000 UVT presentara un IVA bimestral cancelando su pago. Dentro de las cuales las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que manejen una actividad agrícola o pecuaria estarían obligadas a presentar sus declaraciones de acuerdo a estos topes establecidos, pero dentro de la norma colombiana en el Art. 477 ET el cual se encuentra modificado por el mismo decreto nos determinan los productos exentos de este impuesto pero nos compensan el derecho de devolución del impuesto descontable en compras o servicios gravados a la tarifa (Legis Editores SA, 2015, págs. 181-182), mostrando y detallando que bienes o servicios están gravados a la tarifa del 0% en la tabla 7 se relacionan los que se refieren a la actividad agropecuaria que son:

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Tabla 7. Productos y Servicios Exentos NOMENCLATURA

DESCRIPCION

01.02

Animales vivos de la especie bovina, excepto los de lidia.

01.05.11.00.00

Pollitos de un día de nacidos.

02.01

Carne de animales de la especie bovina, fresca o refrigerada.

02.02

Carne de animales de la especie bovina, congelada.

02.03

Carne de animales de la especie porcina, fresca, refrigerada o congelada.

02.04

Carne de animales de las especies ovina o caprina, fresca, refrigerada o congelada.

02.06

Despojos comestible de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, caballar, asnal o mular, frescos, refrigerados o congelados.

02.07

Carne y despojos comestibles, de aves de la partida 01.05, frescos, refrigerados o congelados.

02.08.10.00.00

Carnes y despojos comestibles de conejo o liebre, frescos, refrigerados o congelados.

03.02 03.03 03.04

Pescado fresco o refrigerado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04.

03.06.16.00.00

Pescado congelado, excepto los filetes y demás carne de pescado de la partida 03.04. Excepto los atunes de las partidas 03.03.41.00.00, 03.03.42.00.00 y 03.03.45.00.00.

03.06.17

Los demás camarones, langostinos y demás decápodos Natantia, congelados.

03.06.26.00.00

Camarones y langostinos y demás decápodos Natantia de agua fría, sin congelar.

03.06.27

Los demás camarones, langostinos y demás decápodos Natantia, sin congelar.

04.01

Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante.

04.02

Leche y nata (crema), concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante.

04.06.10.00.00

Queso fresco (sin madurar), incluido el lactosuero, y

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requesón 04.07.11.00.00

Huevos de gallina de las especies Gallusdomesticus, fecundadas para incubación.

04.07.19.00.00

Huevos fecundados para incubación de las demás aves

04.07.21.90.00

Huevos frescos de gallina

04.07.29.90.00

Huevos frescos de las demás aves

19.01.10.10.00

Fórmulas lácteas para niños de hasta 12 meses de edad, únicamente la leche maternizada o humanizada.

19.01.10.99.00

Únicamente preparaciones infantiles a base de leche. Fuente: Estatuto Tributario de Colombia Art 477

Para lo cual y teniendo en cuenta el anterior Cuadro No 7, las empresa o personas naturales que realicen la actividad agrícola o pecuaria estarían sujetas a pedir en devolución o compensación el impuesto descontable. La empresa Agropecuaria el Carajillo SAS muestra una situación, en donde no está aprovechando dicho beneficio que el Ministerio de Hacienda y el estado otorgan para mejor aclaratoria mostrare la situación actual que la empresa muestra al momento de realizar este estudio de campo en tres rubros importantes que son la Venta de Pastaje, Venta de Ganado y la Venta de Lecha. A continuación, se tomará como base cada uno de ellos para así al final del ejercicio mostrar la diferencia total en variación del IVA tomado como mayor del gasto o insumo. 10.1.1. SITUACION ACTUAL DEL RECONOCIMIENTO CONTABLE DEL IVA PARA EL CASO DE LA VENTA DE GANADO Esta empresa sus principales ingresos son representados de la venta de ganado en un 68% de sus ingresos totales, el proceso de venta de ganado ocurre como venta directo su ingreso es en efectivo y esta venta surge de la negociación con los ganaderos de otras regiones y son transacciones que se realizan en efectivo, este reporte de ventas se realiza mensualmente por el ausorsi quien realiza la contabilidad, en lo que se evidencio en la manera como se está contabilizando actualmente la venta de ganado se hace de la siguiente manera. En donde venden el ganado en plazas o ferias de ganado que los departamentos realicen en periodos del año. A continuación, en el Tabla 8 se muestra el rubro de venta de ganado que corresponde a lo que está reflejado en sus estados financieros a 31 de diciembre de 2015, para el caso de costo de venta se consideraron los rubros de insumos,

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honorarios, mano de obra, elementos de inseminación y compra de ganado, dado que estos intervienen directa e indirectamente para la utilidad de la venta de este rubro. Teniendo en cuenta esto las ventas de ganado son de $260.000.000 y los costó son de $ 102.269.131,90 y dentro de los cuales los rubros de Insumos, Honorarios y elementos para inseminación están con mayor valor ya que se tomó un IVA de más en el gasto. Tabla 8. Cálculos de la situación de la venta y costo de venta de ganado

RUBRO Venta de ganado Costo de ventas Insumos - Alimento sal Insumos veterinarios - Medicamneto Insumos veterinarios - vacunas Honorarios servicio Veterinario Mano de Obra Elementos para inseminar Compra de Ganado

VALOR SIN BENEFICIO (12) $ 260.000.000,00 T $ 102.269.131,90 (5) $ (5) (3) (5) (9)

$ $ $ $

4.383.377,90 1.199.000,00 6.470.196,00 711.931,00 89.504.627,00

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Diciembre del 2015

Teniendo en cuanta la tabla anterior es necesario replantear una variación para así observar la cuantificación de valor de impuesto desconocido para pedir en devolución y compensación de la empresa teniendo en cuenta el Art. 477 del ET (Legis Editores SA, 2015) Los datos de Ingresos y costos fueron sacados del estado de Resultado de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS a 31 de Diciembre de 2015, en donde están plasmados en el grafico 10.3 10.4 y 10.5 con relación de la tabla 8 por números entre paréntesis ejemplo: (12) Venta de ganado (Tabla 8) $260.000.000 grafico 10.3 del plan de Cuenta de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS mediante el Decreto Reglamentario 2649 de 1993. 10.1.2. VARIACION DEL COSTO AJUSTANDO BENEFICIOS DEL IVA POR LA VENTA DE GANADO En la tabla No. 9 se halló la situación ideal de la empresa en donde los rubros de ingreso no son sujetos de cambios ya que es un bien exento de acuerdo a lo

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establecido por la norma Art. 477 del ET, pero los insumos o gastos gravados como son los Insumos, honorarios y elementos para inseminar que fueron objeto como costo si son sujetos de IVA y donde la norma del Art.477 del ET refiere que los bienes exentos sobre el impuesto a la venta tiene el derecho de pedirlos en compensación y devolución, por tal razón no se solicitó el valor total de $868.180,5. Partiendo de lo anterior para el caso del costo de ventas, fue necesario calcular el valor correspondiente al IVA, para restarlo del costo de ventas, dado que contablemente debe reconocerse de forma separada, en la cuenta del IVA descontable en cada uno de los rubros analizados (Insumos, Honorarios y elementos para inseminar) El paso a seguir fue calcular el costo de venta descontando el IVA, para lo cual se usó la siguiente fórmula: HALLAR LA BASE GRAVADA

Fuente Elaboración propia para hallar la base gravada de un Valor Total

Esta fórmula permitió determinar el valor de la base gravable para así identificar el valor de IVA asumido como mayor valor de los rubros de Insumos, honorarios y elementos de inseminación que se analizaron para el costo de venta de la venta de ganado. En donde la base gravable es el valor a la cual se le debe aplicar un porcentaje para hallar el impuesto del valor respectivo. Tabla 9. Calculo de la variación ideal de los ingresos y costos de la venta de ganado SITUACION IDEAL RUBRO Venta de ganado Costo de ventas Insumos - Alimento sal Insumos veterinarios - Medicamneto Insumos veterinarios - vacunas Honorarios servicio Veterinario Mano de Obra Elementos para inseminar Compra de Ganado

VALOR BENEFICIO $ $

VALOR IVA

260.000.000,00 (12) 101.400.951,36 T

$

3.778.774,05 (5) $

$ $ $ $

1.033.620,69 6.470.196,00 613.733,62 89.504.627,00

(5) $ (3) (5) $ (9)

604.603,85 165.379,31 98.197,38

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

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La situación ideal que refleja la tabla 9 identifica que el ingreso de venta de ganado no varió a la situación actual ya que es un bien exento de IVA Art. 477 del ET, pero los costos de venta de los rubros analizados como Insumos, Honorarios y Elementos, si fueron objeto de variación y se utilizó la fórmula de hallar la base gravada para identificar su variación. Encontrando que la afectación total del valor fue de $868.180.50 no tomo como devolución o compensación que refiere el Art. 477 del ET. (Legis Editores SA, 2015) Los datos de Ingresos y costos fueron sacados del estado de Resultado de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS a 31 de Diciembre de 2015, en donde están plasmados en el grafico 10.3 10.4 y 10.5 con relación de la tabla 8 por números entre paréntesis Tabla 10. Estado de Resultados con la Variación a 31 de Diciembre de 2015 ESTADO DE RESULTADOS 2015 RUBRO VALOR VENTA DE GANADO $ 260,000,000.00 VENTA DE LECHE $ 119,580,050.00 TOTAL DE INGRESOS NETOS $ 379,580,050.00 COSTO DE VENTA $ 143,056,580.00 INVENTARIO INICIAL $ 370,706,000.00 COMPRAS $ 89,504,627.00 INVENTARIO DISPONIBLE $ 317,154,047.00 UTILIDAD BRUTA $ 236,523,470.00 OTROS INGRESOS $ 7,556,221.75 DIVERSOS $ 56,221.75 VENTA DE PASTAJE $ 7,500,000.00 GASTOS ADMINISTRATIVOS $ 70,153,785.16 GASTOS PERSONAL $ 21,567,320.00 HONORARIOS PROFESIONAL $ 3,500,000.00 IMPUESTOS PAGADOS $ 13,519,203.00 SERVICIOS $ 1,962,135.10 GASTOS LEGALES $ 1,696,000.00 ADECUACIONES E INSTALACIONES $ 613,733.62 DEPRECIACIONES $ 17,200,000.00 INSUMOS AGRICOLAS $ 8,824,138.44 OTROS GASTOS DIVERSOS $ 1,271,255.00 GASTOS NO OPERACIONALES 119,920,408.92 UTILIDAD NETA ANTES DEL BENEFICIO $ 54,005,497.67 Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

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En la tabla 10 se recalculo el estado de resultando A 31 de Diciembre de 2015 de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS, mostrando una utilidad mayor a la situación actual como lo pueden observar en la gráfica 11.1 del presente trabajo, en donde se analizaron los rubros adecuaciones e insumos agrícolas Estos dos rubros representan una participación de un 15% de los gastos administrativos del estado de Resultado a 31 de Diciembre de 2015. TABLA 11. Tabla Comparativa De La Situación Actual Frente A La Situacion Ideal En La Venta De Ganado SITUACION IDEAL RUBRO Venta de ganado Costo de ventas Insumos - Alimento sal Insumos veterinarios - Medicamneto Insumos veterinarios - vacunas Honorarios servicio Veterinario Mano de Obra Elementos para inseminar Compra de Ganado

SITUACION REAL

VALOR BENEFICIO $ $ $ $ $ $ $

VALOR IVA

260,000,000.00 (12) 101,400,951.36 T 3,778,774.05 (5) $ 1,033,620.69 6,470,196.00 613,733.62 89,504,627.00

(5) $ (3) (5) $ (9)

VALOR VALOR SIN BENEFICIO DEVOLUCION $ 868,180.54 $ 260,000,000.00 $ 102,269,131.90

604,603.85

$

4,383,377.90

165,379.31

$ $ $ $

1,199,000.00 6,470,196.00 711,931.00 89,504,627.00

98,197.38

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

En la tabla 11 muestra la variación del IVA de 868.180.54 no pedido en devolución y compensación tal como lo refiere el Art 477 del ET, el cual muestra un impacto positivo si fuera objeto para la devolución de un mayor pagado por el IVA del insumo o servicio que se pagó a un sujeto pasivo. Pero el efecto en el Estado de Resultados a 31 de Diciembre de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS si es negativo ya que disminuye su gasto administrativo aumentado la base gravada para el impuesto de Renta del año a declarar. 10.1.3. SITUACIÓN ACTUAL DEL RECONOCIMIENTO CONTABLE DEL IVA PARA EL CASO DE LA VENTA DE LECHE Esta empresa otro de sus principales ingresos son representados de la venta de leche en un 32% de sus ingresos totales, el proceso de venta de leche ocurre como venta directo su ingreso es en efectivo y esta venta surge de la venta diaria con la gente del mismo municipio o de otras regiones y son transacciones que se realizan en efectivo, este reporte de ventas se realiza mensualmente por el ausorsi quien realiza la contabilidad, en lo que se evidencio en la manera como se está contabilizando actualmente la venta de leche se hace de la siguiente manera. Se

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realiza una planilla diaria del reporte de litros de leche que se realizan para tener un control de ingresos. A continuación, en el Tabla 12 se muestra el rubro de venta de leche que corresponde a lo que está reflejado en sus estados financieros a 31 de diciembre, para el caso de costo de venta este se recalculo considerando los rubros de mano de obra, mantenimiento de la camioneta, peajes, depreciación y gasolina, dado que estos intervienen directa e indirectamente para la utilidad de la venta de este rubro. Teniendo en cuenta esto las ventas de leche son de $119.580.050 y los costos son de $ 32.125.432,61 y dentro del cual el rubro del Mantenimiento de la camioneta está con mayor valor del impuesto y no se tomó un IVA descontable. Tabla 12. Cálculos de la situación de la venta y costo de venta de leche.

RUBRO Venta de leche Costo de ventas Mano de obra ordeñador Mantenimiento camioneta Peajes Depreciacion camioneta Gasolina de Camioneta

VALOR SIN BENEFICIO (11) T (3) (5) (7) (8) (1)

$ $ $ $ $ $ $

119.580.050,00 32.606.738,79 10.783.660,00 3.489.469,79 63.609,00 17.200.000,00 1.070.000,00

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Diciembre de 2015

Teniendo en cuanta la tabla anterior es necesario replantear una variación para así observar la cuantificación de valor de impuesto desconocido para pedir en devolución y compensación de la empresa al momento de generar la venta de leche, teniendo en cuenta el Art. 477 del ET (Legis Editores SA, 2015) Los datos de Ingresos y costos fueron sacados del estado de Resultado de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS a 31 de Diciembre de 2015, en donde están plasmados en el grafico 10.3 10.4 y 10.5 con relación de la tabla 8 por números entre paréntesis ejemplo: (11) Venta de Leche (Tabla 12) $119.580.050 grafico 10.3 del plan de Cuenta de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS mediante el Decreto Reglamentario 2649 de 1993. 10.1.4. VARIACIÓN DEL COSTO AJUSTANDO BENEFICIOS DEL IVA POR LA VENTA DE LECHE En la tabla No. 11 se halló la situación ideal de la empresa en donde el rubro de ingreso no fue sujeto a cambios ya que es un bien exento de acuerdo a lo

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establecido por la norma Art. 477 del ET, pero los insumos o gastos gravados como el mantenimiento de la camioneta que fue objeto como costo si es sujeto de IVA y donde la norma del Art.477 del ET refiere que los bienes exentos sobre el impuesto a la venta tiene el derecho de pedirlos en compensación y devolución, por tal razón no se solicitó el valor de $481.306,18 Partiendo de lo anterior para el caso del costo de ventas, fue necesario calcular el valor correspondiente al IVA, para restarlo del costo de ventas, dado que contablemente debe reconocerse de forma separada, en la cuenta del IVA descontable en el rubro analizado (mantenimiento de camioneta) El paso a seguir fue calcular el costo de venta descontando el IVA, para lo cual se usó la siguiente fórmula: HALLAR LA BASE GRAVADA

Fuente Elaboración propia para hallar la base gravada de un Valor Total

Esta fórmula permitió determinar el valor de la base gravable para así identificar el valor de IVA asumido como mayor valor del rubro de mantenimiento de camioneta que se analizó para el costo de venta de la venta de la leche. En donde la base gravable es el valor a la cual se le debe aplicar un porcentaje para hallar el impuesto del valor respectivo. Tabla 13. Calculo de la variación ideal de los ingresos y costos de la venta de leche SITUACION IDEAL

RUBRO Venta de leche Costo de ventas Mano de obra ordeñador Mantenimiento camioneta Peajes Depreciacion camioneta Gasolina de Camioneta

VALOR $ $ $ $ $ $ $

119,580,050.00 32,125,432.61 10,783,660.00 3,008,163.61 63,609.00 17,200,000.00 1,070,000.00

VALOR IVA (11) T (3) (5) (7) (8) (1)

$ $ $ $ $ $

481,306.18 -

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

La situación ideal que refleja la tabla 13 identifica que el ingreso de venta de leche no varió a la situación actual ya que es un bien exento de IVA Art. 477 del ET, pero los costos de venta en el rubro de mantenimiento de camioneta, si fueron

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objeto de variación y se utilizó la fórmula de hallar la base gravada para identificar su variación. Encontrando que la afectación total del valor fue de $481.306.18 no tomo como devolución o compensación que refiere el Art. 477 del ET. (Legis Editores SA, 2015) Los datos de Ingresos y costos fueron sacados del estado de Resultado de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS a 31 de Diciembre de 2015, en donde están plasmados en el grafico 10.3 10.4 y 10.5 con relación de la tabla 13 por números entre paréntesis Tabla 14. Estado de Resultados con la Variación a 31 de Diciembre de 2015 ESTADO DE RESULTADOS 2015 RUBRO VALOR VENTA DE GANADO $ 260,000,000.00 VENTA DE LECHE $ 119,580,050.00 TOTAL DE INGRESOS NETOS $ 379,580,050.00 COSTO DE VENTA $ 143,056,580.00 INVENTARIO INICIAL $ 370,706,000.00 COMPRAS $ 89,504,627.00 INVENTARIO DISPONIBLE $ 317,154,047.00 UTILIDAD BRUTA $ 236,523,470.00 OTROS INGRESOS $ 7,556,221.75 DIVERSOS $ 56,221.75 VENTA DE PASTAJE $ 7,500,000.00 GASTOS ADMINISTRATIVOS $ 70,153,785.16 GASTOS PERSONAL $ 21,567,320.00 HONORARIOS PROFESIONAL $ 3,500,000.00 IMPUESTOS PAGADOS $ 13,519,203.00 SERVICIOS $ 1,962,135.10 GASTOS LEGALES $ 1,696,000.00 ADECUACIONES E INSTALACIONES $ 613,733.62 DEPRECIACIONES $ 17,200,000.00 INSUMOS AGRICOLAS $ 8,824,138.44 OTROS GASTOS DIVERSOS $ 1,271,255.00 GASTOS NO OPERACIONALES 119,920,408.92 UTILIDAD NETA ANTES DEL BENEFICIO $ 54,005,497.67 Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

En la tabla 14 se recalculo el estado de resultando A 31 de Diciembre de 2015 de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS, mostrando una utilidad mayor a la

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situación actual como lo pueden observar en la gráfica 11.1 del presente trabajo, en donde se analizaron los rubros adecuaciones e insumos agrícolas Estos dos rubros representan una participación de un 15% de los gastos administrativos del estado de Resultado a 31 de Diciembre de 2015. TABLA 15. TABLA COMPARATIVA DE LA SITUACION ACTUAL FRENTE A LA SITUACION IDEAL EN LA VENTA DE LECHE SITUACION IDEAL RUBRO Venta de leche Costo de ventas Mano de obra ordeñador Mantenimiento camioneta Peajes Depreciacion camioneta Gasolina de Camioneta

VALOR $ $ $ $ $ $ $

119,580,050.00 32,125,432.61 10,783,660.00 3,008,163.61 63,609.00 17,200,000.00 1,070,000.00

(11) T (3) (5) (7) (8) (1)

SITUACION REAL VALOR VALOR SIN BENEFICIO VALOR IVA DEVOLUCION $ 481,306.18 $ 119,580,050.00 $ $ 32,606,738.79 $ $ 10,783,660.00 $ 481,306.18 $ 3,489,469.79 $ $ 63,609.00 $ $ 17,200,000.00 $ $ 1,070,000.00

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

En la tabla 15 muestra la variación del IVA de 481.306.18 no pedido en devolución y compensación tal como lo refiere el Art 477 del ET (Legis Editores SA, 2015) el cual muestra un impacto positivo si fuera objeto para la devolución de un mayor pagado por el IVA del insumo o servicio que se pagó a un sujeto pasivo. Pero el efecto en el Estado de Resultados a 31 de Diciembre de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS si es negativo ya que disminuye su gasto administrativo aumentado la base gravada para el impuesto de Renta del año a declarar. 10.1.5. SITUACION ACTUAL DEL RECONOCIMIENTO CONTABLE DEL IVA PARA EL CASO DE LA VENTA DE PASTO Esta empresa otro de sus ingresos son representados de la venta del pasto en un 2% de sus ingresos totales, el proceso de venta de pasto ocurre como venta directo su ingreso es en efectivo y esta venta surge de la venta diaria con la gente del mismo municipio y son transacciones que se realizan en efectivo, este reporte de ventas se realiza mensualmente por el ausorsi quien realiza la contabilidad, en lo que se evidencio en la manera como se está contabilizando actualmente la venta de pasto se hace de la siguiente manera. Se realiza una planilla diaria del reporte de corte de pasto en donde la venta se hace por bulto que se realizan para tener un control de ingresos. A continuación, en el Tabla 16 se muestra el rubro de venta de pasto que corresponde a lo que está reflejado en sus estados financieros a 31 de diciembre, para el caso de costo de venta este se recalculo considerando los rubros de mano

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de obra, mantenimiento de la podadora, gasolina, depreciación, abonos y servicio de agua, dado que estos intervienen directa e indirectamente para la utilidad de la venta de este rubro. Teniendo en cuenta esto las ventas de leche son de $7.500.000 y los costos son de $ 5.585.412.55 y dentro del cual el rubro del Mantenimiento y abonos están tomados como mayor valor del impuesto y no se tomó un IVA descontable. Tabla 16. Cálculos de la situación de la venta y costo de venta de pasto. RUBRO Venta de pastos Costo de ventas Gasolina para podadora Mantenimiento podadora Mano de obra operario Depreciacion podadora Abonos y fertilizantes Servicio del agua

VALOR SIN BENEFICIO (10) T (1) (2) (3) (4) (5) (6)

$ $ $ $ $ $ $ $

7.500.000,00 5.738.498,00 200.346,00 711.931,00 4.313.464,00 397.934,00 114.823,00

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic./15

Teniendo en cuanta la tabla anterior es necesario replantear una variación para así observar la cuantificación de valor de impuesto desconocido para pedir en devolución y compensación de la empresa al momento de generar la venta del pasto, teniendo en cuenta el Art. 477 del ET (Legis Editores SA, 2015) Los datos de Ingresos y costos fueron sacados del estado de Resultado de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS a 31 de Diciembre de 2015, en donde están plasmados en el grafico 10.3 10.4 y 10.5 con relación de la tabla 16 por números entre paréntesis ejemplo: (11) Venta de pasto (Tabla 16) $7.500.000 grafico 10.3 del plan de Cuenta de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS mediante el Decreto Reglamentario 2649 de 1993. 10.1.6. VARIACION DEL COSTO AJUSTANDO BENEFICIOS DEL IVA POR LA VENTA DE PASTO En la tabla No. 17 se halló la situación ideal de la empresa en donde los rubros de ingreso no son sujetos de cambios ya que es un bien exento de acuerdo a lo establecido por la norma Art. 477 del ET, pero los insumos o gastos gravados como son los mantenimiento y abonos fertilizantes que fueron objeto como costo si son sujetos de IVA y donde la norma del Art.477 del ET refiere que los bienes exentos sobre el impuesto a la venta tiene el derecho de pedirlos en

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compensación y devolución, por tal razón no se solicitó el valor total de $153.084,73. Partiendo de lo anterior para el caso del costo de ventas, fue necesario calcular el valor correspondiente al IVA, para restarlo del costo de ventas, dado que contablemente debe reconocerse de forma separada, en la cuenta del IVA descontable en los rubros analizados (mantenimiento de podadora y fertilizantes) El paso a seguir fue calcular el costo de venta descontando el IVA, para lo cual se usó la siguiente fórmula: HALLAR LA BASE GRAVADA

Fuente Elaboración propia para hallar la base gravada de un Valor Total

Esta fórmula permitió determinar el valor de la base gravable para así identificar el valor de IVA asumido como mayor valor de los rubros de mantenimientos de podadora y fertilizantes que se analizaron para el costo de venta de la venta de pastaje. En donde la base gravable es el valor a la cual se le debe aplicar un porcentaje para hallar el impuesto del valor respectivo. Tabla 17. Calculo de la variación ideal de los ingresos y costos de la venta de pasto SITUACION IDEAL RUBRO Venta de pastos Costo de ventas Gasolina para podadora Mantenimiento podadora Mano de obra operario Depreciacion podadora Abonos y fertilizantes Servicio del agua

VALOR BENEFICIO $ $ $ $ $ $ $ $

7.500.000,00 5.585.412,55 200.346,00 613.733,00 4.313.464,00 343.046,55 114.823,00

VALOR IVA (10) T (1) (2) (3) (4) (5) (6)

$ $ $ $ $ $ $

98.197,28 54.887,45 -

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

La situación ideal que refleja la tabla 17 identifica que el ingreso de venta de pasto no varió a la situación actual ya que es un bien exento de IVA Art. 477 del ET, (Legis Editores SA, 2015) pero los costos de venta de los rubros de mantenimientos de podadora y fertilizantes, si fueron objeto de variación y se utilizó la fórmula de hallar la base gravada para identificar su variación.

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Encontrando que la afectación total del valor fue de $153.084.73 no tomo como devolución o compensación que refiere el Art. 477 del ET. (Legis Editores SA, 2015) Los datos de Ingresos y costos fueron sacados del estado de Resultado de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS a 31 de Diciembre de 2015, en donde están plasmados en el grafico 10.3 10.4 y 10.5 con relación de la tabla 17 por números entre paréntesis Tabla 18. Estado de Resultados con la Variación a 31 de Diciembre de 2015 ESTADO DE RESULTADOS 2015 RUBRO VALOR VENTA DE GANADO $ 260,000,000.00 VENTA DE LECHE $ 119,580,050.00 TOTAL DE INGRESOS NETOS $ 379,580,050.00 COSTO DE VENTA $ 143,056,580.00 INVENTARIO INICIAL $ 370,706,000.00 COMPRAS $ 89,504,627.00 INVENTARIO DISPONIBLE $ 317,154,047.00 UTILIDAD BRUTA $ 236,523,470.00 OTROS INGRESOS $ 7,556,221.75 DIVERSOS $ 56,221.75 VENTA DE PASTAJE $ 7,500,000.00 GASTOS ADMINISTRATIVOS $ 70,153,785.16 GASTOS PERSONAL $ 21,567,320.00 HONORARIOS PROFESIONAL $ 3,500,000.00 IMPUESTOS PAGADOS $ 13,519,203.00 SERVICIOS $ 1,962,135.10 GASTOS LEGALES $ 1,696,000.00 ADECUACIONES E INSTALACIONES $ 613,733.62 DEPRECIACIONES $ 17,200,000.00 INSUMOS AGRICOLAS $ 8,824,138.44 OTROS GASTOS DIVERSOS $ 1,271,255.00 GASTOS NO OPERACIONALES 119,920,408.92 UTILIDAD NETA ANTES DEL BENEFICIO $ 54,005,497.67 Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

En la tabla 18 se recalculo el estado de resultando A 31 de Diciembre de 2015 de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS, mostrando una utilidad mayor a la situación actual como lo pueden observar en la gráfica 11.1 del presente trabajo, en donde se analizaron los rubros adecuaciones e insumos agrícolas

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Estos dos rubros representan una participación de un 15% de los gastos administrativos del estado de Resultado a 31 de Diciembre de 2015. TABLA 19. TABLA COMPARATIVA DE LA SITUACION ACTUAL FRENTE A LA SITUACION IDEAL EN LA VENTA DE PASTO SITUACION IDEAL RUBRO Venta de pastos Costo de ventas Gasolina para podadora Mantenimiento podadora Mano de obra operario Depreciacion podadora Abonos y fertilizantes Servicio del agua

SITUACION REAL

VALOR BENEFICIO $ $ $ $ $ $ $ $

7,500,000.00 5,585,412.55 200,346.00 613,733.00 4,313,464.00 343,046.55 114,823.00

(10) T (1) (2) (3) (4) (5) (6)

VALOR VALOR SIN BENEFICIO DEVOLUCION VALOR IVA $ 153,084.73 $ 7,500,000.00 $ $ 5,738,498.00 $ $ 200,346.00 $ 98,197.28 $ 711,931.00 $ $ 4,313,464.00 $ $ $ 54,887.45 $ 397,934.00 $ $ 114,823.00

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio del IVA

En la tabla 19 muestra la variación del IVA de 153.084.73 no pedido en devolución y compensación tal como lo refiere el Art 477 del ET (Legis Editores SA, 2015) el cual muestra un impacto positivo si fuera objeto para la devolución de un mayor pagado por el IVA del insumo o servicio que se pagó a un sujeto pasivo. Pero el efecto en el Estado de Resultados a 31 de Diciembre de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS si es negativo ya que disminuye su gasto administrativo aumentado la base gravada para el impuesto de Renta del año a declarar. 10.2. IMPUESTO DE RENTA El Ministerio de Hacienda de Colombia junto con el estado emiten las normas establecidas para dar cumplimiento de las obligaciones que las entidades de comercio o de servicios que estén vinculadas y compuestas por personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho a retribuir al estado un impuesto anual llamado impuesto de renta y comentario. En otros términos las personas que son que se determinen como sujetos pasivos de este impuesto deberán cumplir con lo establecido dentro del Estatuto Tributario (Legis Editores SA, 2015, págs. 53-120), donde se determinan como se compone el impuesto de renta y que tipo de rentas hay. Cabe identificar que el impuesto de renta es el resultado del ejercicio compuesto por los ingresos brutos operacionales más otros ingresos menos los gastos administrativos, los gastos operativos, los gastos no operativos y los costos, de un año gravable y aumenta el patrimonio líquido anualmente con el ejercicio del resultado.

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Como se enuncio anteriormente existen diferentes tipos de renta como son Renta Bruta, Renta bruta especial, Renta de Trabajo, Renta Exenta, Renta Gravada Alternativa, Renta Líquida, Renta Pecuaria, Renta por Comparación Patrimonial, Renta Presuntiva y Renta Vitalicia, de las cuales se enunciarán para determinar la adecuada renta que debe tener el sector agrícola de Colombia. 10.2.1.

RENTA BRUTA

Esta renta hace referente a la participación para determinar la Renta Líquida de un año gravable tomando como base los ingresos netos del año o periodo menos los costos para así ser determinada la Renta bruta tomando como base lo expuesto por la norma (Legis Editores SA, 2015, págs. 67,93). 10.2.2.

RENTA BRUTA ESPECIAL

En el Art 91 del ET, se identifica esta renta como la tomada de los dividendos de los socios, accionistas o asociados, abonados en cuenta en calidad de exigibles conforme a lo previsto en los artículos 48 y 49 ET tal como lo refiere la norma (Legis Editores SA, 2015, pág. 68). 10.2.3.

RENTA DE TRABAJO

Esta renta y tomando como base lo estipulado en el Art 103 del ET (Legis Editores SA, 2015, pág. 71), se identifica que esta renta es solamente para las personas naturales y que posean ingresos salariales, comisiones, de servicio etc., que sean recibidas por un trabajo asociado y en general por prestación de servicios. 10.2.4.

RENTA EXENTA

Esta renta es un impuesto de tarifa cero y que a pesar de que sus ingresos fiscales, el estado otorga ciertos beneficios de gravarse con la misma tarifa como lo refiere los Art 206 y 235-1 del ET (Legis Editores SA, 2015, págs. 97,104), como le sucede a las personas Asalariadas en donde se descuenta o se toma como exenta el 25% de su salario, sin pasar los 240 Unidad de Valor tributario (UVT) que por norma establecen, eso quiere decir que existen limitantes para estas exclusiones en ese tipo de Renta. 10.2.5.

RENTA GRAVA ALTERNATIVA

Esta renta también es conocida como la renta del Impuesto Mínimo Alternativo Nacional (IMAN) o el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional Simple (IMAS) las cuales solo son tomadas asía las personas naturales por su normatividad en su Art 329 y 334 del ET (Legis Editores SA, 2015, págs. 138,141).

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10.2.6.

RENTA LIQUIDA

Esta renta es la que determina el impuesto de renta de las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que estén obligadas como lo estipula el Art 178 del ET (Legis Editores SA, 2015, pág. 93), y que para el sector agrícola en el Art 189 del ET se puede depurar el cálculo de la renta presuntiva en su literal e. que a la menciona “las primeras 19.000 UVT de activos del contribuyente destinados al sector agropecuario se excluirán de la base de aplicación de la renta presuntiva sobre patrimonio líquido” y que en el mismo artículo se aplica el valor inicialmente obtenido de renta presuntiva se sumaría la renta gravable generada por los activos exceptuados y este será el valor de la renta presuntiva que se compare con la renta líquida determinada por el sistema ordinario. Es aquí donde se miraría el beneficio tributario que tiene el sector agrícola al determinar la renta líquida de una empresa o persona natural que realice esta actividad. 10.2.7.

RENTA PECUARIA

En los Artículos 92, 93 y 94 ET se determinan la definición del negocio ganadero, su renta bruta y su costo de venta, y demarcan la cría del ganado el levante o desarrollo de la ceba del ganado bovino etc., junto con la explotación de venta de leche y lana. La renta bruta del ganado está contemplada mediante el Decreto reglamentario 2595 de 1979 en su Art, 11 (Legis Editores SA, 2015, pág. 15), y a la vez enuncia que el Ministerio de Agricultura emite una resolución anual para el valor del costo mínimo de acuerdo a su departamento, para determinar el costo adecuado en el sector ganadero esta aplicable la Resolución 000014 del 28 de enero de 2016 Art. 3 donde se demarcarían por zonas, en donde la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS se demarcan las Zona II para su venta de ganado mínimo como lo muestra la pagina 4 de la resolución. 10.2.8.

RENTA POR COMPARACION PATRIMONIAL

En el Art 236 del ET (Legis Editores SA, 2015, pág. 104), se determina la renta por comparación patrimonial “cuando la suma de la renta gravable, las rentas exentas y la ganancia ocasional neta resultante inferior a la diferencia entre el patrimonio líquido del último periodo gravable y el patrimonio líquido inmediatamente anterior”, es así como se consideraría un renta gravable, claramente que si aumenta debe ser justificado dicho aumento. 10.2.9.

RENTA PRESUNTIVA

Esta renta se aplicaría directamente sobre el patrimonio líquido del año anterior por un 3% como lo determina el Art 188 del ET (Legis Editores SA, 2015, pág. 93)

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y a la cual se le aplicaría la depuración antes mencionada en la renta líquida de este documento para el sector agrícola Art 189 ET. 10.2.10.

RENTA VITALICA

Es una renta tomada dentro del Código Civil en el Art 2287 donde se encuentra definido así “(..)Es un contrato aleatorio en que una persona se obliga, a título oneroso, a pagar a otra una renta o pensión periódica, durante la vida de cualquiera de esas dos personas de un tercero” Teniendo en cuenta lo anterior mencionado de las rentas que la tributación colombiana aplica solamente entraría para la determinación y beneficio tributario la renta líquida, la renta presuntiva y la renta pecuaria para establecer la aplicación adecuada para la renta de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS. 10.2.11.

SITUACION ACTUAL DE LA EMPRESA

En este momento la empresa presente utilidad liquida inadecuado por dos situaciones tomando como base lo antes mencionado en Renta Líquida, Renta Presuntiva y Renta Pecuaria. En la tabla 20 se muestra la actualidad de la empresa arrojando una utilidad $52.502.926 por el año en fiscal del 2015 y asumiendo gastos de impuestos a mayor valor. Tabla 20. Estado de Resultados actual de la empresa ESTADO DE RESULTADOS 2015 RUBRO VALOR VENTA DE GANADO $ 260.000.000,00 VENTA DE LECHE $ 119.580.050,00 TOTAL DE INGRESOS NETOS $ 379.580.050,00 COSTO DE VENTA $ 143.056.580,00 INVENTARIO INICIAL $ 370.706.000,00 COMPRAS $ 89.504.627,00 INVENTARIO DISPONIBLE $ 317.154.047,00 UTILIDAD BRUTA $ 236.523.470,00 OTROS INGRESOS $ 7.556.221,75 DIVERSOS $ 56.221,75 VENTA DE PASTAJE $ 7.500.000,00 GASTOS ADMINISTRATIVOS $ 71.656.356,69 GASTOS PERSONAL $ 21.567.320,00 HONORARIOS PROFESIONAL $ 3.500.000,00 IMPUESTOS PAGADOS $ 13.519.203,00 SERVICIOS $ 1.962.135,10 GASTOS LEGALES $ 1.696.000,00 ADECUACIONES E INSTALACIONES $ 711.931,00 DEPRECIACIONES $ 17.200.000,00 INSUMOS AGRICOLAS $ 10.228.512,59 OTROS GASTOS DIVERSOS $ 1.271.255,00 GASTOS NO OPERACIONALES $ 119.920.408,92 UTILIDAD NETA ANTES DE IMPUESTO $ 52.502.926,14 Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio de Renta

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En la tabla 20 no se está realizando ningún cambio en el estado de resultados a 31 de Diciembre de 2015 y se refleja la utilidad neta que fue objeto de impuesto al año fiscal estudiado. Partiendo de lo anterior para el caso de la Renta, fue necesario calcular el valor correspondiente al IVA, para mostrar la afectación directa que los valores en de impuesto llevados como mayor valor afectan la utilidad de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS al Estado de Resultado de 31 de Diciembre de 2015 Porque se debe calcular el valor correspondiente del IVA, pues el impuesto que no se generó el beneficio del Art 477 del ET (Legis Editores SA, 2015) y si está afectando directamente en el Estado de Resultado a 31 de Diciembre de 2015 de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS. El paso a seguir fue calcular el costo de venta descontando el IVA, para lo cual se usó la siguiente fórmula HALLAR LA BASE GRAVADA

Fuente Elaboración propia para hallar la base gravada de un Valor Total

Esta fórmula permitió determinar el valor de la base gravable para así identificar el valor de IVA asumido en las adecuaciones e insumos agrícolas y recordando que la base gravable es el valor a la cual se le debe aplicar un porcentaje para hallar el impuesto del valor respectivo. Tabla 21. Variación con deducción de impuestos asumidos en el impuesto de renta

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ESTADO DE RESULTADOS 2015 RUBRO VALOR VENTA DE GANADO $ 260.000.000,00 VENTA DE LECHE $ 119.580.050,00 TOTAL DE INGRESOS NETOS $ 379.580.050,00 COSTO DE VENTA $ 143.056.580,00 INVENTARIO INICIAL $ 370.706.000,00 COMPRAS $ 89.504.627,00 INVENTARIO DISPONIBLE $ 317.154.047,00 UTILIDAD BRUTA $ 236.523.470,00 OTROS INGRESOS $ 7.556.221,75 DIVERSOS $ 56.221,75 VENTA DE PASTAJE $ 7.500.000,00 GASTOS ADMINISTRATIVOS $ 70.153.785,16 GASTOS PERSONAL $ 21.567.320,00 HONORARIOS PROFESIONAL $ 3.500.000,00 IMPUESTOS PAGADOS $ 13.519.203,00 SERVICIOS $ 1.962.135,10 GASTOS LEGALES $ 1.696.000,00 ADECUACIONES E INSTALACIONES $ 613.733,62 DEPRECIACIONES $ 17.200.000,00 INSUMOS AGRICOLAS $ 8.824.138,44 OTROS GASTOS DIVERSOS $ 1.271.255,00 GASTOS NO OPERACIONALES $ 119.920.408,92 UTILIDAD NETA ANTES DE IMPUESTO $ 54.005.497,67

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio de Renta

En la tabla No. 21 muestra la variación que tuvo efecto el estado de resultado luego de calcular el valor de IVA asumido al gasto, tal como lo muestra los rubros de Adecuación y Insumos agrícolas los cuales sufren variación y dejan que la utilidad de la empresa aumente hasta un 2% del Estado de Resultados actual a 31 de Diciembre de 2015 De igual forma la empresa puede también ser uso del beneficio tributario de la renta como lo determina la norma Art. 189 literal e. del ET (Legis Editores SA, 2015) el cual al momento de depurar la renta presuntiva, se puede estimar un deducible del patrimonio líquido hasta de 19.000 UVT que para el año 2015 es igual a (27.485 (Valor de la UVT) (*) 19.000 UVT igual a $522.215.000) como deducible en la base para el cálculo de la Renta. A continuación, se mostraría el beneficio que tiene la norma Art 189 literal e del ET, (Legis Editores SA, 2015) en donde me permite deducir un tope de 19.000 UVT con base a mi patrimonio líquido que poseo en la empresa realizando la siguiente formula Hallazgo del Valor Máximo a Deducir tomando como base el Art 189 literal e ET Valor UVT

Valor Total Patrimonio Liquido del año 2014 Valor de la UVT a 31 de Diciembre del año 2014

Fuente Elaboración propia para hallar la base gravada de un Valor Total

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Esta fórmula permite hallar el valor de la UVT del patrimonio líquido para así saber hasta donde yo puedo deducir a mi renta presuntiva de la declaración de renta del año fiscal Art. 189 literal e ET (Legis Editores SA, 2015). Así para el año 2014 el valor de UVT en el patrimonio líquido fue de 21.887 superando el tope máximo, por lo cual, tan solo se puede deducir lo permitido por la norma Art 189 literal e ET (Legis Editores SA, 2015). Tabla No. 22 Beneficio Tributario de Renta Art 189 del ET ESTADO DE RESULTADOS 2015 RUBRO VALOR VENTA DE GANADO $ 260.000.000,00 VENTA DE LECHE $ 119.580.050,00 TOTAL DE INGRESOS NETOS $ 379.580.050,00 COSTO DE VENTA $ 143.056.580,00 INVENTARIO INICIAL $ 370.706.000,00 COMPRAS $ 89.504.627,00 INVENTARIO DISPONIBLE $ 317.154.047,00 UTILIDAD BRUTA $ 236.523.470,00 OTROS INGRESOS $ 7.556.221,75 DIVERSOS $ 56.221,75 VENTA DE PASTAJE $ 7.500.000,00 GASTOS ADMINISTRATIVOS $ 70.153.785,16 GASTOS PERSONAL $ 21.567.320,00 HONORARIOS PROFESIONAL $ 3.500.000,00 IMPUESTOS PAGADOS $ 13.519.203,00 SERVICIOS $ 1.962.135,10 GASTOS LEGALES $ 1.696.000,00 ADECUACIONES E INSTALACIONES $ 613.733,62 DEPRECIACIONES $ 17.200.000,00 INSUMOS AGRICOLAS $ 8.824.138,44 OTROS GASTOS DIVERSOS $ 1.271.255,00 GASTOS NO OPERACIONALES $ UTILIDAD NETA ANTES DEL BENEFICIO $ 173.925.906,59 Beneficio 19.000 UVT $ 173.925.906,59 UTILIDAD NETA PARA IMUESTO $ Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio de Renta

En el cuadro 22 muestra el beneficio que el Art. 189 literal e del ET (Legis Editores SA, 2015), puede llegar a presentar cuando la empresa lo haga efectivo para así recalcular una base para el impuesto en cero y generar no pago de la Renta a 31 de Diciembre de 2015 para la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS.

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10.3. RENDIMIENTOS FINANCIEROS Partiendo que el Decreto 2649 de 1993 no está vigente para la fecha, pero el estudio de caso que se realizo fue con base a la información del 2015 entraría a regir esta norma la cual dentro de su Art 64 de Propiedad Planta y Equipo se dispone que los intereses se incluyan como valor histórico de esos activos financiados hasta colocarlos en condiciones de utilización, igual tratamiento indica la norma o estándar internacional de contabilidad número 23 al señalar que “… los costos por intereses que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de activos que cumplan las condiciones para su cualificación, deben ser capitalizados, formando parte del costo de dichos activos….”. Entendiéndose como activo cualificado los bienes que requieren necesariamente de un periodo de tiempo sustancial antes de estar listo para su uso, lo anterior tomado de (Gerencie.com, 2011). Con lo anterior plasmado por la norma se encontró en la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS que dentro de su Estado de Resultados del 31 de Diciembre de 2015 mostro un gasto representativo de un 62,60% en deducción de renta afectando la utilidad de renta neta dejando su valor en cero como lo muestra el cuadro 23 extraído del Estado de Resultado Fiscal de la empresa. En donde se refleja la afectación directa que tiene este rubro en el Estado de Resultado a 31 de Diciembre de 2015, generando una utilidad neta de $52.502.926.14 para que pueda ser tomados como base del impuesto de renta. Esto permitirá que se realice una variación al estado de resultados para asi conocer e identificar el beneficio que puede generar lo estipulado en el Art 64 del Decreto Reglamentario 2649 de 1993 (Gerencie.com, 2011) Tabla No. 23 Participación de Perdida sin Beneficio del 2649 de 1993 Menos Total Gastos Operacionales de Administración Gastos de Personal Honorarios Profesionales Impuestos Pagados Servicios Gastos legales mantenimiento y reparaciones Adecuacion e instalacion Depreciaciones Insumos agricolas Otros Gastos Diversos Operacionales de venta Gastos no Operacionales

$191.576.765,61 $71.656.356,69 $21.567.320,00 $3.500.000,00 $13.519.203,00 $1.962.135,10 $1.696.000,00 $0,00 $711.931,00 $17.200.000,00 $10.228.512,59 $1.271.255,00 $0,00

UTILIDAD NETA ANTES DE IMPUESTOS

$0,00 $119.920.408,92

100,00% 37,40%

62,60% $52.502.926,14

Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio de Renta

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Para lo cual su situación actual es esta, por hacer parte de sus estados de resultados unos rendimientos financieros que se están cancelando a terceros por la compra de una de sus fincas en el año 2014 para el uso de su producción. En términos generales la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS tenía la posibilidad de adaptar este beneficio para que su utilidad neta del impuesto fuera más favorable y aplicaría otros beneficios que en renta líquida también podría deducir para su pago de renta. Mostrando en la tabla 24 una situación ideal y con mayor rentabilidad para la empresa porque el 62% de gasto representativo no se deduce a su Estado de Resultado si no aumenta su patrimonio líquido de la empresa. Para lo cual se puede decir que la utilidad neta ante de impuesto pudo haber sido de $172.423.335.06 y no de $52.502.926, 14 como se replanteó en la tabla 23 tomando como base el Estado de Resultados de 31 de Diciembre de 2015. Tabla No 24, Variación del Beneficio del Art 62 del Decreto 2649 RUBRO Rendimientos Financieros

VALOR CON BENEFICIO

DETALLE DE ESTADO DE RESULTADO TOTAL DE INGRESOS BRUTOS TOTAL GASTOS Y COMPRAS TOTAL UTILIDAD OPERATIVA OTROS INGRESOS OTROS GASTOS

$ $ $ $ $ $

387.080.050,00 140.614.368,69 246.465.681,31 56.221,75 20.546.615,00 225.975.288,06

INVENTARIO INICIAL INVENTARIO FINAL

$ 370.706.000,00 $ 317.154.047,00 $ 53.551.953,00 UTILIDAD NETA ANTES DE IMPUESTOS $ 172.423.335,06 Fuente Elaboración propia del Estado de Resultados de la Empresa El Carajillo SAS a 31 de Dic. 2015 con variación al Beneficio de Renta

En la Tabla 24 se pudo evidenciar la gran importancia que puede llegar a tener el beneficio del Art 64 del Decreto Reglamentario 2649 que afecta de igual forma como en el caso uno y dos el Estado de Resultados de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS y por la cual fue objeto de investigación. Para poder llegar a este valor fue necesario llevar mes a mes los rendimientos causados como mayor valor del activo paras ser ajustado al balance a 31 de Diciembre de 2015 de la empresa Agropecuaria el Carajillo SAS.

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11. CONCLUSIONES  El sector Agrícola en América latina de otros países no presenta alguna diferencia frente al de Colombia, ya que sus tributaciones son de gran similitud si no la comprensión de normatividad legal es la que no es clara para los sujetos pasivos quienes estén obligadas a cumplir, y la empresa Agropecuaria El Carajillo SAS, no fue la excepción ya que no ha gozado de dichos beneficios para su empresa.  La empresa Agropecuaria el Carajillo SAS ha cumplido con las normas establecidas por la Ley, pero a desconocido los beneficios tributarios que esta le otorga al momento de realizarlos en sus impuestos.  Dentro del hallazgo realizado en el IVA se pudo observar que si la empresa a pesar de ser bajos sus gastos, pero con afectación al impuesto en devolución puede llegar a satisfacer otras necesidades básicas para la empresa, como mejoramiento en la planta productiva para el mejoramiento de la producción.  Por otra parte, la Empresa Agropecuaria el Carajillo SAS debe financiar mejores sus rubros de ingresos ya que el rubro más importante en la venta de ganado presenta costos muy bajos y esto tiene a mostrar déficit de utilidad muy alto.  En general deben dar uso de los beneficios que año a año el ministerio de Agricultura o de Hacienda determine para que la empresa pueda usar esos recursos con otros fines en el pro de la empresa.

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12. RECOMENDACIONES

Realizar una actualización a la Actividad Económica ante la Cámara de Comercio y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional (DIAN), la cual no concuerda directamente con los Ingresos Brutos de la Empresa. En el desarrollo del trabajo se encontró que las Notas de los Estados Financieros se elaboran sin tener en cuenta la técnica existente y vigente para su elaboración. Se debe plantear un sistema de costos aplicable en el sector agro, con el propósito de tener una forma adecuada para la determinación del costo de ventas, permitiendo obtener una mejor utilidad en la empresa. El manejo de Inventario que se está utilizando en la Empresa Agropecuaria el Carajillo SAS no es el adecuado se les recomienda buscar la necesidad de implementar un sistema de Costos adecuado para el manejo de los costos de la Actividad, ya que de igual forma se está manejando un sistema de inventario periódico y no sería el adecuado para esta actividad. La empresa Agropecuaria el Carajillo SAS se le recomienda adecuar una restructuración en el manejo contable de la causación, ya que todos los gastos de insumos y gastos de producción no se están realizando de una forma adecuada para la empresa. Realizar las respectivas depreciaciones a todos sus activos ya que dentro de los hallazgos se encontró que en el Activo Fijo la podadora no tiene el desgaste adecuado por su manipulación o uso. Aprovechar los beneficios tributarios que sus Ministerios ofrecen. Determinar dentro de sus estados las construcciones que existan en el momento para los inmuebles rurales que por defecto deben estar discriminados en el Balance General. Si se pudiera establecer un honorario mensual del Médico Veterinario para la revisión del Ganado ya que, dentro de los hallazgos en el estado de resultado, se mostró muy bajo para la cantidad de ganado vendido.

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13. ANEXOS

13.1. Estado de Resultados de la Empresa Agropecuaria el Carajillo SAS

ESTADO DE RESULTADOS 2015 R1 RUBRO G VENTA DE GANADO $ L VENTA DE LECHE $ TOTAL DE INGRESOS NETOS $ COSTO DE VENTA $ INVENTARIO INICIAL $ G COMPRAS $ INVENTARIO DISPONIBLE $ UTILIDAD BRUTA $ OTROS INGRESOS $ DIVERSOS $ P VENTA DE PASTAJE $ GASTOS ADMINISTRATIVOS $ PGL GASTOS PERSONAL $ O HONORARIOS PROFESIONAL $ O IMPUESTOS PAGADOS $ OP SERVICIOS $ O GASTOS LEGALES $ P ADECUACIONES E INSTALACIONES $ L DEPRECIACIONES $ PLG INSUMOS AGRICOLAS $ PL OTROS GASTOS DIVERSOS $ GASTOS NO OPERACIONALES $ UTILIDAD NETA ANTES DE IMPUESTO $

VALOR 260.000.000,00 119.580.050,00 379.580.050,00 143.056.580,00 370.706.000,00 89.504.627,00 317.154.047,00 236.523.470,00 7.556.221,75 56.221,75 7.500.000,00 71.656.356,69 21.567.320,00 3.500.000,00 13.519.203,00 1.962.135,10 1.696.000,00 711.931,00 17.200.000,00 10.228.512,59 1.271.255,00 119.920.408,92 52.502.926,14

Grafico 1: Fuente del Estado de Resultado Fiscal del 31 de Dic., de 2015 de la Empresa

* R1 Identifica la relacion del Grafico 1 con el Grafico 2 *G Costos de Ganado *L Costo de Leche *P Costo de Pasto *PGL Suma de Gastos de Personal - Mano de Obra *PGL Suma de Insumos Agricolas - (Insumo de ganado, insumo de pasto y Mantenimiento *OP Suma de Servicios Otros y Servicio de Agua en el Pastaje *PL Suma de Gasolina en el Pastos y la Leche Fuente del Estado de Resultado Fiscal del 31 de Diciembre de 2015 de la Empresa

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13.2. Situación de la empresa Actual

R1 RUBRO 1 Venta de pastos P Costo de ventas P Gasolina para podadora P Mantenimiento podadora P Mano de obra operario P Depreciacion podadora P Abonos y fertilizantes P Servicio del agua

L L L L L L

G G G G G G G G

O O O O

SITUACION REAL DE LA EMPRESA VALOR $ 7.500.000,00 $ 5.738.498,00 $ 200.346,00 $ 711.931,00 $ 4.313.464,00 $ $ 397.934,00 $ 114.823,00

R2 UTILIDAD OPERTIVA (10) $ 1.761.502,00 T (1) (2) (3) (4) (5) (6)

2 Venta de leche Costo de ventas Mano de obra ordeñador Mantenimiento camioneta Peajes Depreciacion camioneta Gasolina de Camioneta

$ $ $ $ $ $ $

119.580.050,00 32.606.738,79 10.783.660,00 3.489.469,79 63.609,00 17.200.000,00 1.070.000,00

(11) $ T (3) (5) (7) (8) (1)

86.973.311,21

3 Venta de ganado Costo de ventas Insumos - Alimento sal Insumos veterinarios - Medicamneto Insumos veterinarios - vacunas Honorarios servicio Veterinario Mano de Obra Elementos para inseminar Compra de Ganado UTILIDADES OPERATIVA

$ $

260.000.000,00 (12) $ 102.269.131,90 T

157.730.868,10

$

4.383.377,90 (5)

$ $ $ $

1.199.000,00 6.470.196,00 711.931,00 89.504.627,00

4 OTROS GASTO DESCONTABLES EN RENTA Honorario $ Impuestos Pagados $ Otros Servicios $ Gastos Legales $

3.500.000,00 13.519.203,00 1.831.412,00 1.696.000,00

5 NO OPERACIONALES DESCONTABLES EN RENTA R Rendimientos Financieros $ DETALLE DE ESTADO DE RESULTADO TOTAL DE INGRESOS BRUTOS $ TOTAL GASTOS Y COMPRAS $ TOTAL UTILIDAD OPERATIVA $ OTROS INGRESOS $ OTROS GASTOS $ $ INVENTARIO INICIAL INVENTARIO FINAL UTILIDAD NETA ANTES DE IMPUESTOS

$ $ $ $

(5) (3) (5) (9) $

246.465.681,31

$

20.546.615,00

$

119.920.408,92

(13) (14) (15) (16)

119.920.408,92 (17)

387.080.050,00 TI 140.614.368,69 TGC 246.465.681,31 T 56.221,75 (18) 140.467.023,92 TOG 106.054.879,14 T 370.706.000,00 317.154.047,00 53.551.953,00 52.502.926,14

Grafico 2: Fuente del Estado de Resultado Fiscal del 31 de Dic., de 2015 de la Empresa

*R2 Identifica la Relacion donde fueron estraidos de la Grafica 2 en la Grafica 3 *T Sumatoria de Casillas *TGC Sumatoria de de Costos y gastos para tomar la utilidad total operativa *TOG Sumatoria de otros gastos y gastos no operativos *(#) Identifica la relacion donde se estraen los valores del Movimiento Contable a 31 de Diciembre de 2015

Fuente elaboración propia del Estado de Resultado Fiscal del 31 de Diciembre de 2015 de la Empresa

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13.3. Plan de Cuentas de la Empresa bajo Decreto 2649 (Ingresos)

MOVIMIENTO CONTABLE BAJO 2649 A 31 DE DICIEMBRE DE 2015 CUENTA 41 41 35 41 35 41 35 41 35 41 35 41 35 41 35 41 35 41 35 42 42 50 42 50 42 50 42 95 42 95 42 95 42 95

DESCRIPCION DEBITOS OPERACIONALES 0,00 R2 COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR 0,00 VENTA DE ANIMALES VIVOS Y CUEROS 0,00 MACHOS DE LEVANTE 0,00 HEMBRAS DE LEVANTO 0,00 TORETES 0,00 MACHOS PARA CEBA 0,00 VENTA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS 0,00 VENTA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS 0,00 AGRICOLA 0,00 NO OPERACIONALES 0,00 RECUPERACIONES 0,00 REINTEGRO PROVISIONES 0,00 SEGURIDAD SOCIAL 0,00 DIVERSOS 0,00 APROVECHAMIENTOS 0,00 SOBRANTE DE IMPUESTOS 0,00 INGRESOS DE PASTAJES 0,00

CREDITOS 379.580.050,00 379.580.050,00 260.000.000,00 117.119.614,00 35.137.006,00 8.470.000,00 99.273.380,00 119.580.050,00 119.580.050,00 119.580.050,00 7.556.221,75 55.902,00 55.902,00 55.902,00 7.500.319,75 7.500.319,75 319,75 7.500.000,00

Fuente del Estado de Resultado Contable del 31 de Diciembre de 2015 de la Empresa

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R2 (12) (11)

(18)

(18) (10)

NUEVO SALDO (379.580.050,00) (379.580.050,00) (260.000.000,00) (117.119.614,00) (35.137.006,00) (8.470.000,00) (99.273.380,00) (119.580.050,00) (119.580.050,00) (119.580.050,00) (7.556.221,75) (55.902,00) (55.902,00) (55.902,00) (7.500.319,75) (7.500.319,75) (319,75) (7.500.000,00)


13.4. Plan de Cuentas bajo el Decreto 2649 (Gastos Administrativos)

51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51 51

05 10 15 15 15 15 35 35 35 35 35 35 35 35 35 40 40 40 40 40 50 50 60 60 60 95 95 95 95 95 95 95 95

OPERACIONALES DE ADMINISTRACION 71.656.356,69 GASTOS DE PERSONAL 21.567.320,00 HONORARIOS 3.500.000,00 IMPUESTOS 13.519.203,00 FINCA LINDEROS -HONDA 4.687.810,00 EL JAGUEY LA DORADA 4.110.956,00 CASA ROJA EL ALMENDRO 4.720.437,00 SERVICIOS 1.962.135,10 ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO 114.823,10 DORADA CALDAS 54.823,10 HONDA TOLIMA 60.000,00 ENERGIA ELECTRICA 1.831.412,00 ENERTOLIMA 687.872,00 DORADA CALDAS 1.143.540,00 FLETES Y ACARREOS 15.900,00 ENCOMIENDAS 15.900,00 GASTOS LEGALES 1.696.000,00 REGISTRO MERCANTIL 1.696.000,00 RENOVACION PERSONA JURIDICA 1.255.000,00 CERTIFICAD DE CONSTITUCION Y GERENCIA 9.000,00 RENOVACION ESTABLESIMIENTOS 432.000,00 ADECUACION E INSTALACION 711.931,00 REPARACIONES 711.931,00 DEPRECIACIONES 17.200.000,00 FLOTA Y EQUIPO DE TRANSPORTE 17.200.000,00 NISSAN 4X4 MOD 2012 17.200.000,00 DIVERSOS 11.499.767,59 COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES 1.270.346,00 GASOLINA 1.270.346,00 PARQUEADEROS 909,00 OTROS 10.228.512,59 GASTOS VARIOS 1.163.874,80 INSUMOS 9.017.837,79 PEAJES 46.800,00

(3) (14)

(6)

(15)

(7) (16)

(2) (8)

(1) (7) (5) (5) (7)

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

Fuente del Estado de Resultado Contable del 31 de Diciembre de 2015 de la Empresa

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71.656.356,69 21.567.320,00 3.500.000,00 13.519.203,00 4.687.810,00 4.110.956,00 4.720.437,00 1.962.135,10 114.823,10 54.823,10 60.000,00 1.831.412,00 687.872,00 1.143.540,00 15.900,00 15.900,00 1.696.000,00 1.696.000,00 1.255.000,00 9.000,00 432.000,00 711.931,00 711.931,00 17.200.000,00 17.200.000,00 17.200.000,00 11.499.767,59 1.270.346,00 1.270.346,00 909,00 10.228.512,59 935.818,80 1.753.265,79 46.800,00


13.5. Plan de Cuentas bajo Decreto 2649 (Gastos No Operacionales)

53 53 53 53 53 53 53 53 53 53 53 53 53 54 54 54 54 61 61 61 61

05 05 05 05 05 15 15 15 15 15 95 95 05 05 05 05 05 05

163.601.504,84 NO OPERACIONALLES 119.976.522,92 FINANCIEROS 119.976.522,92 INTERESES 2.114,00 DE MORA SEGURIDAD SOCIAL 119.920.408,92 (17) RENDIMIENTOS FINANCIEROS 54.000,00 INT MORA IMPUESTOS 43.622.616,21 GASTOS EXTRAORDINARIOS 42.515.000,00 COSTAS Y PROCESOS JUDICIALES 42.515.000,00 IMPUESTO A LA RIQUEZA 1.107.616,21 IMPUESTOS ASUMIDOS 1.107.616,21 IMPUESTOS ASUMIDOS 2.365,71 GASTOS DIVERSOS 2.365,71 FALTANTE DE IMPUESTOS IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS 223.485,96 IMPUESTO DE RENTA Y COMPLEMENTARIOS 223.485,96 164.769,09 RENTA 58.716,87 EQUIDAD 143.056.580,00 COSTO DE VENTAS Y DE PRESTACION DE SERVICIOS 143.056.580,00 CAZA Y SILVICULTURA CRIA DE GANADO CABALLAR Y VACUNO 143.056.580,00 143.056.580,00 MACHO DE LEVANTE T O T A L E S ===>

378.537.927,49

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0 0,00 0,00

163.601.504,84 119.976.522,92 119.976.522,92 2.114,00 119.920.408,92 54.000,00 43.622.616,21 42.515.000,00 42.515.000,00 1.107.616,21 1.107.616,21 2.365,71 2.365,71 223.485,96 223.485,96 164.769,09 58.716,87 143.056.580,00 143.056.580,00 143.056.580,00 143.056.580,00

387.136.271,75

0,00

* La Franje de Color es no sujeto para deduccion de impuesto de Renta tomado como base lo determinado en el Captulo V del ET Fuente del Estado de Resultado Contable del 31 de Diciembre de 2015 de la Empresa

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14. BIBLIOGRAFIA Actualicese.com. (s.f.). www.actualicese.com. Alimentacion, O. d. (1993). Tributacion y gasto publico agricola en Uruguay 1973-1988. Roma. Bitran, E. (1990). Tributacion y gasto publico en la agricultura el caso de chile. Saantiago de Chile: CEPAL/FAO. Bitran, E., Fierro, G., & Maggi, C. (1993). Tributación y gasto público agrícola público en Chile. Chile: Food & Agriculture Org (Vol2). CALERO, L., & FIAMA, B. (2015). Auditoria tribiutaria y su incidencia en la liquidacion del impuesto a la renta de la agricola bananera "el aguacate" canton de valencia año 2013. Proyecto de Investigacion. QUEVEDO, ECUADOR: REPOSITORIO UTEQ. Espinoza Pacheco, I. C., & Farez Plasencia, D. V. (2013). Determinacion de Impuesto a las Tierras Rurales en la Hacienda Frut Victoria SA y su Incidencia para el Calculo del Impuesto a la Renta 2012. Tesis. CUENCA, ECUADOR: Universidad de Cuenca. Gerencie.com. (14 de Diciembre de 2011). www.gerencie.com. Hacienda, M. d. (2016). Estatuto Tributario Nacional. Bogota: Nueva Legislacion. Moreira, Y. S. (2015). Principales incentivos Tributarios al sector agricola de la provincia de Manabi, y su impacto en el desarrollo economico periodo 2010 - 2013. GUAYAQUIL ECUADOR. Muñoz , H., Martinez, G., & Carreño, M. (1993). Tributacion del Gasto publico agricola en Colombia. Roma: Organizaciones de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion. Regunaga, M., & Suarez Porto, A. (1990). TRIBUTACION Y GASTO PUBLICO AGRICULTURA EL CASO DE ARGENTINA. CHILE: CEPAL. Vasquez, C. G. (2012). IVA Y FACTURACION. BOGOTA: Legis Editorial SA.

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